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13569 Normativas
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FA-2015-RES-600
3/08/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 3 de agosto de 2015
VISTO:
Los expedientes CUDAP–FAD: 10144/15, 10789/15, 11698/15 y la nota CUDAP–FAD: 17698/15 en los que personal de esta Unidad Académica tramita licencia por enfermedad de largo tratamiento; atento a lo informado en cada caso por la Dirección General de Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo y por la Dirección de Personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 10º inciso c) del Decreto Nacional Nº 3413/79, en el artículo 93º del Decreto Nacional Nº 366/06 y por ordenanza Nº 4/96-R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Conceder licencia por enfermedad de largo tratamiento, con goce íntegro de haberes, al personal que a continuación se detalla, en el cargo y por el período que en cada caso se indica: GOLDSACK, María Alejandra – Legajo Nº 20737 – DOS (2) cargos de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, efectivo y remplazante, respectivamente – OCHENTA Y NUEVE (89) días corridos, desde el ONCE (11) de mayo hasta el SIETE (7) de agosto de 2015. HINOJOSA MELLA, Loreto Ximena – Legajo Nº 25101 – cargo Ayudante de Primera con dedicación simple, interino – SESENTA Y OCHO (68) días corridos, desde el DIECIOCHO (18) de mayo hasta el VEINTICUATRO (24) de julio de 2015. BEVILACQUA, María Elizabeth – Legajo Nº 21551 – cargos Ayudante de Primera con dedicación simple y Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, ambos interinos – CUARENTA (40) días corridos, desde el ONCE (11) de junio hasta el VEINTE (20) de julio de 2015. QUIROGA, Raúl Orlando – Legajo Nº 18200 – cargo Categoría 5 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales – VEINTISÉIS (26) días corridos, desde el OCHO (8) de junio hasta el CUATRO (4) de julio de 2015. CERIOTTO, Paula María – Legajo Nº 16890 – cargo Categoría 3 Agrupamiento Técnico – VEINTINUEVE (29) días corridos, desde el CINCO (5) de junio hasta el TRES (3) de julio de 2015. MARQUET, María Clara – Legajo Nº 22356 – en los cargos de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva, efectivo y Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, interino – TREINTA (30) días corridos, desde el ONCE (11) de junio hasta el DIEZ (10) de julio de 2015. PENIN, Guillermo César – Legajo Nº 16058 – en los cargos de Profesor Titular con dedicación simple, interino y Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, interino – TREINTA Y OCHO (38) días corridos, desde el QUINCE (15) de junio hasta el VEINTIDÓS (22) de julio de 2015.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 600
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CD-2015-RES-129
3/08/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 3 de agosto de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 1864/15 en el que obra la resolución Nº 173/15-FAD, por la que se concedió licencia con goce de haberes por razones de estudio a la Dra. Silvia María Elena PERSIO, desde el 9 de marzo hasta el 8 de mayo de 2015, con motivo de haber obtenido una beca del Personal de la Universidad Nacional de Cuyo para realizar estancias posdoctorales en la Universidad de Jaén, España.
CONSIDERANDO:
Que la citada docente eleva el informe final en cumplimiento con las exigencias establecidas en la ordenanza Nº 13/98-C.S. (Apartado I- inciso 1.9).
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en su sesión del día 30 de junio de 2015,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el informe presentado por la Dra. Silvia María Elena PERSIO (Legajo N° 16902), que le fuera requerido en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la ordenanza Nº 13/98-C.S. (Apartado I- inciso 1.9), con relación a la licencia con goce de haberes, por estudio, concedida por resolución Nº 173/15-FAD, desde el NUEVE (9) de marzo hasta el OCHO (8) de mayo de 2015.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 129
ecm.
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CD-2015-RES-128
3/08/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 3 de agosto de 2015
VISTO:
La nota CUDAP–FAD: 17458/15 en la que la Directora de Carreras Musicales informa la actividad desarrollada por el Prof. Octavio José SÁNCHEZ durante el año 2014 en el espacio curricular “Cátedra Abierta de Música Popular”.
CONSIDERANDO:
Que el docente estuvo a cargo de la organización de actividades y registro de asistencia del espacio curricular anteriormente mencionado.
El informe favorable de Secretaría Académica.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 30 de junio de 2015,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las tareas realizadas por el Prof. Octavio José SÁNCHEZ (Legajo N° 19903) durante el ciclo lectivo 2014, como extensión de su dedicación, las que consistieron en: organización de actividades y registro de asistencia a la Materia Optativa Complementaria “Cátedra Abierta de Música Popular” de la carrera de Licenciatura en Música Popular en las Carreras Musicales.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 128
ecm.
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CD-2015-RES-127
3/08/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 3 de agosto de 2015
VISTO:
La nota CUDAP–FAD: 17456/15 en la que la Directora de Carreras Musicales informa la actividad que desarrollará el Prof. Pablo Miguel SALCEDO durante el año 2015 en el espacio curricular “Cátedra Abierta de Música Popular”.
CONSIDERANDO:
Que el docente estará a cargo de la organización de actividades y registro de asistencia del espacio curricular anteriormente mencionado.
El informe favorable de Secretaría Académica.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 30 de junio de 2015,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asignar al Prof. Pablo Miguel SALCEDO (Legajo N° 24592), durante el año 2015, como extensión de su dedicación, la organización de actividades y registro de asistencia a la Materia Optativa Complementaria “Cátedra Abierta de Música Popular” de la carrera de Licenciatura en Música Popular en las Carreras Musicales.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 127
ecm.
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CD-2015-ORD-009
3/08/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 3 de agosto de 2015
VISTO:
La nota CUDAP–FAD: 17867/15 caratulada: “Sec. Económico Financiera – Sec. de Gobierno FAD s/Cambio de dependencia del Personal de Servicios y Mantenimiento FAD. De Secretaría Económico Financiera a Secretaría de Gobierno FAD”.
CONSIDERANDO:
Que si bien la ordenanza N° 112/03–C.S. establece que la Dirección de Servicios y Mantenimiento depende de la Secretaría Económico–Financiera, la actual gestión dispuso por ordenanza N° 3/15–C.D. la creación de la Secretaría de Gobierno como Unidad Organizativa en la Estructura de Gestión, por lo que resulta pertinente encomendar a dicha Secretaría la supervisión de las acciones del Personal de la Dirección de Servicios y Mantenimiento; por tanto es necesario el cambio de dependencia transitoriamente hasta tanto se reformule la Estructura Orgánico– Funcional de esta Unidad Académica.
Que ello permitirá propiciar la adecuada articulación entre las Secretarías de la Facultad, y monitorear y evaluar el cumplimiento de las acciones y metas de las líneas de acción que se desprendan de las políticas institucionales a implementar, incluidas las tareas del mencionado sector.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- Establecer que la Dirección de Servicios y Mantenimiento dependerá de la Secretaría de Gobierno hasta tanto se adecue la Estructura Orgánico–Funcional a la Estructura de Gestión de esta Unidad Académica.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de ordenanzas.
ORDENANZA N° 9
ecm.
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FA-2015-RES-559
30/07/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 30 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 4181/15 en el que el alumno Joseph Patricio BARAHONA ASTETE solicita que se otorgue equivalencia en el espacio curricular “Análisis y Morfología Musical” perteneciente a la carrera de Licenciatura en Música Popular, Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 128/03–C.S.
CONSIDERANDO:
Que el alumno es egresado de la carrera de Pedagogía en Educación Artística en Educación Básica y Media y Licenciatura en Educación cursadas en la Universidad Católica Cardenal Raúl Silva Henríquez, Chile.
La opinión favorable de las Profesoras Titulares de los espacios curriculares involucrados y el informe de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar equivalencia al alumno Joseph Patricio BARAHONA ASTETE (Registro N° 24699) en los espacios curriculares “Análisis y Morfología Musical” y “Pensamiento y Arte Latinoamericano” pertenecientes a la carrera de Licenciatura en Música Popular, Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 128/03–C.S.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 559
ecm.
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FA-2015-RES-558
30/07/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 30 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-REC: 9862/14 en el que la Dirección de Cooperación Internacional de la Secretaría de Relaciones Internacionales e Integración Regional Universitaria de la Universidad Nacional de Cuyo solicita el reconocimiento académico de las actividades realizadas por la señorita Ruth Valentina GALAZ MORA, en el Programa de Movilidad Estudiantil.
CONSIDERANDO:
Que la alumna GALAZ MORA participó en el Programa de Movilidad Estudiantil, en el que cursó y aprobó durante el segundo semestre del año 2013, los siguientes espacios curriculares: “Etnomusicología”, “Historia de la Música Brasilera”, “Instrumento I (Flauta)” y “Laboratorio de Creación I”, en la Universidade Estadual Paulista “Júlio de Mesquita Filho”, Brasil.
Lo sugerido por la Asesoría de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional.
El reconocimiento académico efectuado por la Dirección de Carreras de Musicales y lo informado al respecto por la Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar a la alumna Ruth Valentina GALAZ MORA (Registro N° 22691) de la carrera de Licenciatura en Flauta el reconocimiento académico del espacio curricular “Instrumento I (Flauta)” con una carga horaria de NOVENTA (90) horas.
ARTÍCULO 2°.- Acreditar a la alumna Ruth Valentina GALAZ MORA en calidad de Materias Optativas los espacios curriculares “Etnomusicología”, “Historia de la Música Brasilera” y “Laboratorio de Creación I” con una carga horaria de SESENTA (60) horas cada uno, en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 558
ecm.
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FA-2015-RES-557
30/07/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 30 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 5819/15 en el que consta la nota presentada por la alumna Miriam Adriana TORRES CAVILLIOTTI solicitando equivalencia en los espacios curriculares “Problemática Educativa” y “Psicología del Desarrollo” de la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Música-Ciclo de Profesorado, Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 68/05–C.S.
CONSIDERANDO:
Que la alumna TORRES CAVILLIOTTI ha cursado y aprobado las mencionadas asignaturas en el Instituto Superior de Formación Docente “Apoyo y Perfeccionamiento Educativo” (IAPE), de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, cabe destacar que la alumna es egresada de la carrera de Licenciatura en Canto de esta Unidad Académica.
La opinión favorable de la Profesora Silvia María Elena PERSIO otorgando equivalencia respecto a la asignatura “Problemática Educativa” y el informe de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar equivalencia a la alumna Miriam Adriana TORRES CAVILLIOTTI (Registro Nº 25.335) en el espacio curricular “Problemática Educativa” de la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Música- Ciclo de Profesorado, Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 68/05–C.S.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 557
pg
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FA-2015-RES-556
30/07/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 30 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-REC: 17498/14 en el que la Dirección de Cooperación Internacional de la Secretaría de Relaciones Internacionales e Integración Regional UniversitariaC de la Universidad Nacional de Cuyo solicita el reconocimiento académico de las actividades realizadas por la señorita Candela Mariel GARCÍA, en el Programa de Movilidad Estudiantil.
CONSIDERANDO:
Que la alumna GARCÍA participó en el Programa de Movilidad Estudiantil, en el que cursó y aprobó durante el primer semestre del año 2014, los siguientes espacios curriculares: “Quechua I”, “Mitología Andina”, “Música y Danzas Tradicionales del Perú” e “Idioma Moderno”, en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Perú.
Lo sugerido por la Asesoría de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional.
El reconocimiento académico efectuado por la Dirección de Carreras de Artes Visuales y lo informado al respecto por la Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar a la alumna Candela Mariel GARCÍA (Registro N° 20843) de la carrera de Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas y Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte, el reconocimiento académico de las asignaturas “Quechua I”, “Mitología Andina” y “Música y Danzas Tradicionales del Perú”, en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil, las que corresponderán al espacio curricular “Idioma Moderno Sajón”.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 556
ecm.
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FA-2015-RES-555
30/07/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 30 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 7442/15 en el que el alumno Eduardo FUCILI solicita que se otorgue equivalencia en varios espacios curriculares pertenecientes a la carrera Diseño Industrial, Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 4/06–C.S.
CONSIDERANDO:
Que el alumno cursó y aprobó 18 asignaturas en la carrera de Ingeniería Industrial de la Facultad de Ingeniería en esta Casa de Estudios.
La opinión favorable de los Profesores Titulares de los espacios curriculares involucrados y el informe de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar equivalencia al alumno Eduardo FUCILI (Registro N° 25461) en los espacios curriculares “Matemática”, “Dibujo Técnico” y “Física General” pertenecientes a la carrera de Diseño Industrial, Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 4/06–C.S.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 555
ecm.
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FA-2015-RES-554
30/07/2015
(Carga: 20/08/2015)
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MENDOZA, 30 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 1617/15 en el que la Lic. Laura Soledad MALLIMO solicita reconocimiento de antigüedad laboral.
CONSIDERANDO:
Que el informe de la Dirección de Control e Información obrante a fs. 9, detalla que los servicios docentes de la Escuela N° 3–478 María Magdalena Güemes no pueden ser incluidos para el pago de bonificaciones no docentes de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59° del Decreto 366/06 P.E.N.
Que lo solicitado encuadra en lo dispuesto por el artículo 79º del Decreto 366/06 P.E.N.
Por ello, atento a lo establecido por ordenanza N° 4/96–R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Reconocer a la Lic. Laura Soledad MALLIMO (Legajo Nº 30192), una antigüedad de OCHO (8) años, DOS (2) meses y VEINTIÚN (21) días al TREINTA (30) de junio de 2015, para el cómputo de licencia anual ordinaria.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 554
ecm.
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FA-2015-RES-553
30/07/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 30 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 10977/15 en el que la egresada Laura Inés OVIEDO tramita la extensión del diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL CON ORIENTACIÓN EN GRÁFICA.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 6/7 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y su modificatoria ordenanza Nº 111/04C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL CON ORIENTACIÓN EN GRÁFICA a la egresada Laura Inés OVIEDO (D.N.I. Nº 30478287) nacida en la provincia de San Luis, República Argentina, el CUATRO (4) de octubre de 1983, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y su modificatoria ordenanza Nº 111/04-C.S., con fecha de egreso VEINTITRÉS (23) de abril de 2015 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 553
ecm.
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FA-2015-RES-552
30/07/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 30 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 11191/15 en el que la egresada Almendra RETRIVI MORA tramita la extensión del diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL CON ORIENTACIÓN EN GRÁFICA.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 7/8 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y su modificatoria ordenanza Nº 111/04-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL CON ORIENTACIÓN EN GRÁFICA a la egresada Almendra RETRIVI MORA (D.N.I. Nº 28774641) nacida en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el SEIS (6) de julio de 1981, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y su modificatoria ordenanza Nº 111/04-C.S., con fecha de egreso VEINTISÉIS (26) de marzo de 2015 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 552
ecm.
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FA-2015-RES-551
30/07/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 30 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 10197/15 en el que la egresada Elina María Belén PONCE TIVIROLI tramita la extensión del diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL CON ORIENTACIÓN EN GRÁFICA.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 5/6 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y su modificatoria ordenanza Nº 111/04-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL CON ORIENTACIÓN EN GRÁFICA a la egresada Elina María Belén PONCE TIVIROLI (D.N.I. Nº 29420565) nacida en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el DIECISÉIS (16) de julio de 1982, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y su modificatoria ordenanza Nº 111/04-C.S., con fecha de egreso NUEVE (9) de marzo de 2015 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 551
ecm.
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FA-2015-RES-550
30/07/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 30 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 10617/15 en el que la egresada Romina Andrea LATINO tramita la extensión del diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL CON ORIENTACIÓN EN PRODUCTOS.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 7/8 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y su modificatoria ordenanza Nº 111/04-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL CON ORIENTACIÓN EN PRODUCTOS a la egresada Romina Andrea LATINO (D.N.I. Nº 27325386) nacida en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el TREINTA Y UNO (31) de julio de 1979, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y su modificatoria ordenanza Nº 111/04-C.S., con fecha de egreso NUEVE (9) de marzo de 2015 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 550
ecm.
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FA-2015-RES-549
30/07/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 30 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 10194/15 en el que la egresada María Alicia GABRIELLI tramita la extensión del diploma de DISEÑADORA GRÁFICA.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 5/6 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 2/06-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada María Alicia GABRIELLI (D.N.I. Nº 34747336) nacida en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTITRÉS (23) de octubre de 1989, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 2/06-C.S., con fecha de egreso VEINTINUEVE (29) de mayo de 2014 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 549
ecm.
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FA-2015-RES-548
30/07/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 30 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 10196/15 en el que la egresada Emilia MUÑIZ tramita la extensión del diploma de DISEÑADORA GRÁFICA.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 5/7 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 2/06-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Emilia MUÑIZ (D.N.I. Nº 34854289) nacida en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el UNO (1) de febrero de 1990, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 2/06-C.S., con fecha de egreso ONCE (11) de setiembre de 2014 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 548
ecm.
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FA-2015-RES-547
30/07/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 30 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 10621/15 en el que la egresada Paula HERNANDEZ tramita la extensión del diploma de DISEÑADORA GRÁFICA.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 5/6 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 2/06-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Paula HERNANDEZ (D.N.I. Nº 34608091) nacida en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISÉIS (26) de mayo de 1989, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 2/06-C.S., con fecha de egreso DIECIOCHO (18) de diciembre de 2013 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 547
ecm.
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CD-2015-RES-126
30/07/2015
(Carga: 3/08/2015)
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MENDOZA, 30 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 8702/15 en el que la Lic. Lourdes AYBAR eleva la propuesta de dictado del Taller denominado “Actuación frente a cámara: de la autoimagen al trabajo en el plano”, cuyo dictado estará a cargo de la Prof. Sara TORRES, en esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que esta propuesta cumple este año su cuarta edición.
La trayectoria destacada de la Prof. Sara TORRES que estará a cargo del mencionado taller.
La opinión favorable de Secretaría de Extensión y de la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 30 de junio de 2015,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la realización del Taller denominado “Actuación frente a cámara: de la autoimagen al trabajo en el plano”, que estará a cargo de la Prof. Sara TORRES, organizado por la Lic. Lourdes AYBAR junto al Prof. Marcelo Hipólito LACERNA, en esta Facultad, según el detalle contenido en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 126
ecm.
ANEXO ÚNICO SOLICITUD PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE EXTENSIÓN
Formato curricular (marcar con una x) CURSO CONFERENCIA TALLER X OBRA DE TEATRO
JORNADA CICLO DE DEBATE MUESTRA DE ARTE OTRO
SEMINARIO CLASE MAGISTRAL CONCIERTO
Nombre de la actividad: ACTUACIÓN FRENTE A CÁMARA: DE LA AUTOIMAGEN AL TRABAJO EN EL PLANO
Organizadores o responsables: Marcelo LACERNA y Lourdes AYBAR
Alumnos colaboradores
Profesora que estará a cargo de la actividad Profesora Sara TORRES
Fecha de la actividad: COMIENZA 18 8 15 TERMINA 21 8 15
Horario (cursos, talleres y seminarios Horas reloj (presenciales) 16 Horas reloj (NO presenciales)
Horas cátedra (presenciales) Horas cátedra ( NO presenciales)
Lugar donde se realizará la actividad: Sala Galina Tolmacheva. Facultad de Artes y Diseño.
Gestión del mismo a cargo de (Extensión, organizadores, etc.): Secretaria de Extensión Universitaria
Destinatarios: ALUMNOS DE GRADO activos X oyentes X
GRADUADOS activos X oyentes X
DOCENTES activos X oyentes X
PÚBLICO EN GENERAL activos oyente X
OTRO (especificar) actores activos X oyentes X
Cupo: MÍNIMO 8 MÁXIMO 20
10. Arancel: (indicar montos) DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES
ALUMNOS $ 200 $ 150
GRADUADOS $ 200 $ 150
DOCENTES $ 200 $ 150
PÚBLICO EN GENERAL $ 300 $ 250
Anexo Único – Hoja 2
11. Modalidad de la actividad: TEÓRICA PRESENCIAL X TEÓRICA-PRÁCTICA
PRÁCTICA X SEMI-PRESENCIAL OTRA (ESPECIFICAR)
12. Material gráfico necesario para la difusión: AFICHE X PROGRAMA CATÁLOGO
OTRA (ESPECIFICAR) X CERTIFICADOS – BANNER
13. Recursos técnicos requeridos: Cámara de video, trípode, micrófono externo y cables; Monitor de televisión; Sala de trabajo , Equipo de audio; reproductor de DVD
14. Certificación: asistencia y/o aprobación. Presentar nómina de participantes (nombre completo, DNI o pasaporte) que hayan aprobado la actividad en formato papel planilla de asistencia al CORREO ELECTRÓNICO DE EXTENSIÓN: extension@fad.uncu.edu.ar 15. Evaluación de actividades de Extensión Se le solicitará a los asistentes de las actividades organizadas por la Secretaría de Extensión una encuesta. Éste será un indicador que retroalimente el proceso, a tener en cuenta para futuros proyectos. 16. Otras necesidades o consideraciones:
RESOLUCIÓN Nº 126
ecm.
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FA-2015-CIR-001
30/07/2015
(Carga: 3/08/2015)
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CIRCULAR Nº 1 TEMA: AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE CURSOS
MENDOZA, 30 de julio de 2015
Señor:
En relación a la autorización requerida para realizar Cursos destinados al Personal de Apoyo Académico de la Facultad de Artes y Diseño, se informa la siguiente disposición:
Todo agente que realice cursos dentro del ámbito de la Facultad o de la Universidad Nacional de Cuyo deberá :
Solicitar a la Dirección de Personal el Formulario confeccionado para tal efecto. Completar el Formulario y hacerlo firmar por el Jefe directo. Entregar el Formulario a la Dirección de Personal para que ésta tome conocimiento y justifique el retiro durante la Jornada de trabajo.
Cabe aclarar que en la Estructura Orgánico-Funcional, que se encuentra en etapa de análisis y modificación, se ha propuesto un Sector dependiente de la Dirección de Personal:“Unidad de Capacitación y Desarrollo”. El Área de Capacitación será la encargada de coordinar todas las actividades relacionadas con los programas de capacitación que se brinden en esta Facultad y la encargada de registrar y comunicar los Cursos que se realicen fuera de este ámbito.
La presente Circular entrará en vigencia a partir del UNO (1) de agosto de 2015.
Sin otro particular, saludo atentamente.
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FA-2015-RES-546
29/07/2015
(Carga: 29/07/2015)
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MENDOZA, 29 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP–FAD: 10187/14 en el que el alumno José Gabriel SÁNCHEZ solicita que se otorgue equivalencia en espacios curriculares, pertenecientes a la carrera de Licenciatura en Canto, Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 84/10–C.S. y modificado por ordenanza N° 76/14–C.S.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se fundamenta en que el alumno SÁNCHEZ obtuvo el título de “Bachelor of Music, Emphasis: Performance – Voice” en la Universidad de Florida, EEUU.
La opinión de la Dirección de Carreras Musicales, de los Profesores Titulares de las distintas asignaturas y el informe de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar equivalencia al alumno José Gabriel SÁNCHEZ (Registro Nº 25340) en los espacios curriculares “Canto I, II y III”, “Canto Coral Profesional I y II”, “Francés I y II”, “Alemán I y II”, Armonía I y II”, “Técnicas Corporales para Cantantes I y II”, “Historia de la Música I, II y III”, “Análisis y Morfología Musical I” y “Piano Complementario I y II” de la carrera de Licenciatura en Canto, Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 84/10–C.S. y modificado por ordenanza N° 76/14–C.S.
ARTÍCULO 2º.- Acreditar al alumno José Gabriel SÁNCHEZ (Registro Nº 25340) CIENTO SESENTA (160) horas en calidad de Materia Optativa correspondiente a los siguientes espacios curriculares: * “Contrapunto” CUARENTA Y OCHO (48) horas * “Introducción a la Tecnología de la Música CUARENTA Y OCHO (48) horas * “Dirección Coral” TREINTA Y DOS (32) horas * “Orquesta Universitaria” TREINTA Y DOS (32) horas
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 546
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FA-2015-RES-545
29/07/2015
(Carga: 29/07/2015)
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MENDOZA, 29 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 16375/15 en el que el alumno Nehuen Esteban CAMACHO solicita que se otorgue equivalencia en el espacio curricular “Canto Complementario II” perteneciente a la carrera de Licenciatura en Dirección Coral, Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 84/10–C.S.
CONSIDERANDO:
Que el alumno ha cursado y aprobado “Canto” Nivel A, B, C y D del Ciclo Introductorio de Estudios Musicales Universitarios (C.I.E.M.U.) en la carrera de Licenciatura en Canto Lírico.
La opinión favorable de la Profesora Titular del espacio curricular involucrado y el informe de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar equivalencia al alumno Nehuen Esteban CAMACHO (Registro N° 22270) en el espacio curricular “Canto Complementario II” perteneciente a la carrera de Licenciatura en Dirección Coral, Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 84/10–C.S.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 545
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FA-2015-RES-544
29/07/2015
(Carga: 29/07/2015)
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MENDOZA, 29 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-REC: 2155/15 en el que la Dirección de Cooperación Internacional de la Secretaría de Relaciones Internacionales e Integración Regional Universitaria de la Universidad Nacional de Cuyo solicita el reconocimiento académico de las actividades realizadas por la señorita Paula Celeste LAZAYOTE, en el Programa de Movilidad Estudiantil.
CONSIDERANDO:
Que la alumna LAZAYOTE participó en el Programa de Movilidad Estudiantil, en el que cursó y aprobó durante el segundo semestre del año 2014, los siguientes espacios curriculares: “Edición de Imágenes Digitales”, “Ilustración Digital” y “Medios Audiovisuales”, en la Universidad de Colima, México.
Lo sugerido por la Asesoría de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional.
El reconocimiento académico efectuado por la Dirección de Carreras de Diseño y lo informado al respecto por la Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar a la alumna Paula Celeste LAZAYOTE (Registro N° 23283) de la carrera de Diseño Gráfico, Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 2/06–C.S., el reconocimiento académico en las asignaturas “Edición de Imágenes Digitales” e “Ilustración Digital” de SESENTA Y CUATRO (64) horas cada una, en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil, las que corresponderán a DOS (2) Espacios Curriculares Optativos del Ciclo de Formación General.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 544
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CD-2015-RES-125
29/07/2015
(Carga: 29/07/2015)
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MENDOZA, 29 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 8285/15 en el que la Dirección de Carreras Musicales solicita la designación de la Lic. Graciela Inés MILANA, en carácter de Profesor Libre, para desempeñar funciones académicas en la Cátedra de “Arpa” que se dictan en las mencionadas Carreras.
CONSIDERANDO:
Que la Lic. MILANA se desempeña actualmente en un cargo Categoría 2 del Escalafón Específico de Carácter Artístico-Cultural, para cumplir funciones de Arpa Solista en la Orquesta Sinfónica dependiente de los Organismos Artísticos. Por otra parte, cuenta con amplia trayectoria como intérprete de dicho instrumento.
Que las funciones encomendadas serán: colaborar en la cátedra “Arpa” en las asignaturas “Arpa I, II, III, IV y V” de la Licenciatura en Arpa; “Arpa” Niveles A, B, C y D del CIEMU y “Arpa I, II, III y IV” del Ciclo Preparatorio, según lo destacado en el informe de la Dirección de Carreras Musicales a fs. 5.
Que la Lic. MILANA brindará apoyo académico para el examen de readmisión de la alumna Valeria Elizabet VERGARA (Examen Global ordenanza Nº 24/07-C.S.), como así también colaborará en la reparación de las arpas de la Facultad que se encuentran dañadas.
Que lo solicitado encuadra en lo dispuesto por el Artículo 53 del Estatuto Universitario, que predica: “Pueden ejercer como profesores libres los docentes habilitados y las personas de reconocida competencia, diplomados universitarios o no, que sean autorizados por cada unidad académica. En ningún caso los profesores libres gozan de derecho a remuneración por la actividad desarrollada”.
La opinión favorable de Secretaría Académica y lo informado por Dirección de Personal.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este cuerpo en sesión del día 16 de junio de 2015,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Designar a la Lic. Graciela Inés MILANA (Legajo Nº 17.316- DNI Nº 14.858.003), en carácter de Profesor Libre, para desempeñar funciones académicas en la Cátedra de “Arpa” que se dictan en las Carreras Musicales de esta Unidad Académica, desde el VEINTICINCO (25) de marzo de 2015 y por el término de UN (1) año, en el marco dispuesto por el artículo 53 del Estatuto Universitario de esta Casa de Estudios.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 125
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CD-2015-RES-124
29/07/2015
(Carga: 29/07/2015)
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MENDOZA, 29 de julio de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 17842/14 en el que obran las actuaciones relacionadas con el concurso convocado por resolución Nº 16/15-C.D., para cubrir un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Diseño Cerámico I” de la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística y de las Licenciaturas en Cerámica Industrial y Cerámica Artística, “Diseño Cerámico II” de la Licenciatura en Cerámica Industrial y “Diseño Cerámico II (Optativa) de la Licenciatura en Cerámica Artística.
CONSIDERANDO:
Que a fs. 62/65 del mencionado expediente, la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso, se ha expedido proponiendo el siguiente orden de méritos: 1º.- María Ana MORÓN, 2º.- Martín ENDRIZZI, 3º.- Laura Gladys GONZALEZ 4º.- Luisa María PAGANO 5º.- Denise Edith ANDRADE RAMIREZ y que a fs. 125 la Dirección de Personal aclara que no corresponde consignar a los postulantes María Luisa PAGANO y Denise Edith ANDRADE RAMIREZ, por no alcanzar el puntaje mínimo estipulado por el art. 14° de la Ord. 8/91 C.D. (40 puntos)
Que a fs. 67/124 se recibe en tiempo y forma el recurso interpuesto por la postulante Laura Gladys GONZALEZ, basado en 7 puntos a saber: 1) Convocatoria e integración de la Comisión Asesora; 2) Inscripción; 3) Integración de la Comisión Asesora; 4) Calidad de postulante y asesor en una misma persona; 5) Actuación de la Comisión; 6) Criterios de evaluación y 7) Actas.
El dictamen emitido por Asesoría Letrada, a fs. 127/129, se transcribe textualmente en Anexo Único (consta de 3 hojas), que forma parte y figura al final de la presente.
Que a fs 130 la Comisión de Concursos del Consejo Directivo solicita a la Dirección de Carreras, un informe respecto de los antecedentes formales planteados en la impugnación presentada por la Lic. Gonzalez y a la Comisión Asesora interviniente emita ampliación de dictamen sobre la evaluación de antecedentes pedagógicos, científicos y/o de investigación y artísticos y/o profesionales de los 3 primeros postulantes.
El informe del Director de Carreras de Cerámica (fs. 131/132) y la ampliación de dictamen realizada por la Comisión Asesora a fs. 133.
Que a vista de la Comisión de Concursos del Consejo Directivo la ampliación de dictamen resulta insuficiente para llegar a una conclusión y en virtud de ello solicita nuevamente a la Comisión interviniente adjunte la grilla de puntaje utilizada consignando cuantitativamente la evaluación realizada a los postulantes que resultaron, primero, segundo y tercero en Orden de méritos (fs. 134)
El detalle de todos los antecedentes expuestos por el Jurado y el detalle de las grillas utilizadas en la evaluación (fs. 135/150).
Que los miembros de la Comisión de Concursos del Consejo Directivo se expiden emitiendo dos dictámenes, uno en minoría (fs. 151) y otro en mayoría (fs. 152) de sus miembros.
Resol.nº 124
Que según lo expresado por los miembros firmantes del dictamen en mayoría, que aconseja aprobar lo actuado por el Jurado y el Orden de Méritos propuesto, se llega a esa decisión luego de solicitar en dos oportunidades ampliación de dictamen y el análisis detallado de la grilla de puntajes; concluyendo que las irregularidades cometidas en lo formal son objetivas pero no afectan el proceso de evaluación de competencias y han sido salvadas por el dictamen de Asesoría Letrada
Que los consejeros por el claustro de alumnos fundamentan su adhesión a la aprobación del concurso en la necesidad urgente del cumplimiento del servicio educativo por tratarse de un concurso de trámite breve y la convocatoria de concurso efectivo de los cargos en el corto plazo, según la recomendación realizada por el Consejo Directivo al Director de Carreras.
Lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 16 de junio de 2015.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Desestimar el recurso interpuesto por la postulante Lic. Laura Gladys GONZALEZ.
ARTICULO 2º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución Nº 16/15-C.D., para cubrir un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Diseño Cerámico I” de la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística y de las Licenciaturas en Cerámica Industrial y Cerámica Artística, “Diseño Cerámico II” de la Licenciatura en Cerámica Industrial y “Diseño Cerámico II (Optativa) de la Licenciatura en Cerámica Artística y establecer el siguiente orden de méritos: 1º.- María Ana MORÓN, 2º.- Martín ENDRIZZI, 3º.- Laura Gladys GONZALEZ.
ARTÍCULO 3°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario:
Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres MORÓN, María Ana Documento Único 22.185.566 CUIL o CUIT 27-22185566-9 Legajo N°
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Adjunto Dedicación simple Carácter interino
Término de la designación Desde 24 de julio de 2015 Hasta 31 de diciembre de 2015
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Cerámica
Resol.nº 124
5. Espacios Curriculares 1) Diseño Cerámico I 2) Diseño Cerámico II 3) Diseño Cerámico II (optativa)
ARTÍCULO 4°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades
Subdisciplina: 4 8 Artes Plásticas
Especialidad: 9 9 Diseño Cerámico I – Diseño Cerámico II – Diseño Cerámico II (optativa)
ARTÍCULO 5°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Lista de Títulos Código de Carrera Descripción de la Carrera Participación Porcentual 846 Licenciatura en Cerámica Artística 33,33% 6462 Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística 33,33% 847 Licenciatura en Cerámica Industrial 33,34% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 6°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Fuente de Dependencia Sub– Participación Financiami Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Porcentual ento 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hace al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 812 Profesor Adjunto con dedicación simple
ARTÍCULO 8°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a fs. 157 de las presentes actuaciones y con lo informado a fs. 158 por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 124
MS/ms
ANEXO UNICO
Transcripción textual del dictamen emitido por Asesoría Letrada el día 04-05-2015.
“ Ref. Expte. 17842/2014. Conc. Trámite breve Prof. Adjunto (S) “Diseño Cerámico I y II”
SEÑOR DECANO:
Llega a conocimiento de esta Asesoría un recurso interpuesto por la postulante Lic. Laura Gladys GONZALEZ al concurso de referencia, basando la misma en siete puntos, a saber: 1) Convocatoria e integración de la Comisión Asesora 2) Inscripción 3) Integración de la Comisión Asesora 4) Calidad de postulante y asesor en una misma persona 5) Actuación de la Comisión 6) Criterios de evaluación 7) Actas 1) Convocatoria e integración de la Comisión Asesora: En cuanto a los plazos que según la impugnante no se han cumplido es dable aclarar en primer lugar que dicha situación no perjudica a los postulantes, salvo que se extiendan indefinidamente, lo cual no es el caso que analizamos. Cabe aclarar que el carácter ordenatorio de los plazos para la administración tienen su explicación en las vicisitudes que puedan ocurrir, como en este caso sucedieron: 12 días inhábiles más la renuncia de una postulante al concurso; un pedido de nulidad interpuesto por Nota CUDAP n° 8044/2015 (fs. 52), a lo que debe agregarse el hecho de la superposición de trámites concursales en la carrera, que son de conocimiento de todos los participantes. Lo exiguo de los plazos establecidos en la Ord. 8/91-C.D. -dictada hace 25 años y en contexto de carreras completamente distinto al actual- ha hecho que el Consejo Directivo establezca en su resolución de convocatoria, sólo dos fechas: la CONVOCATORIA o PUBLICACIÓN y LA INSCRIPCIÓN de manera de no imponer fechas de sustanciación a la Comisión Asesora, que actuará de acuerdo a sus posibilidades y circunstancias, sobre todo en caso de numerosos postulantes como sucede en el caso que analizamos. Dentro del mismo punto, la impugnante reclama por presunto incumplimiento relacionado con otra concursante, (fs.68 vta.) lo cual no corresponde responder, máxime que esa persona no ha presentado recurso al respecto. En cuanto a la integración de la Comisión Asesora, la impugnante reitera como lo había hecho por Nota CUDAP n° 8044/2015 - agregada a las presentes actuaciones, y oportunamente respondida por esta Asesoría- que no se notificaron los restantes postulantes respecto de los cambios producidos en la nómina de inscriptos por la renuncia de la postulante Gloria COMADRÁN (Nota CUDAP N° 5214/2015 fs. 50/51). El hecho de que esa circunstancia haya sido aclarada en el acta final del concurso, salva alguna falla que pudiera haber existido en la comunicación. Resol.nº 124
Anexo Único – hoja nº 2.
2) Inscripción: La objeción realizada en este punto es que el día viernes 20 de marzo la postulante, se presentó a consultar los antecedentes de los otros concursantes como lo prevé la reglamentación y le informaron que los mismos estaban bajo llave en la dirección y no se encontraba el Director de la Carrera. No obra en el expediente constancia de que la postulante haya solicitado tal documentación y que la misma le haya sido negada, por lo cual excede a esta Asesoría la posibilidad de pronunciarse respecto al punto. 3) Integración de la Comisión Asesora: Objeta que los alumnos que integran la Comisión Asesora (titular y suplente) no aparezcan propuestos por el Centro de Estudiantes de la Facultad. Aparece como extemporáneo objetar la integración de la Comisión Asesora en esta instancia. Más allá de lo expuesto, lo cierto es que la alumna Mariani como titular y la alumna Riccardi Miguens como suplente, fueron designadas e integraron el jurado. Sin embargo, a juicio de la autoridad podría realizarse la consulta sobre si fueron propuestas por el Centro de Estudiantes o por la Asesoría Estudiantil como lo habilita la reglamentación (art. 10°) aún cuando no se encontrare por nota formal en el expediente. 4) Calidad de postulante y asesor en una misma persona: El reclamo es que la alumna Amanda Riccardi Miguens es miembro de la Comisión Asesora y postulante al cargo Jefe de Trabajos Prácticos. Hay que distinguir dos situaciones: a) Respecto al cargo Jefe de Trabajos Prácticos al que alude la presentante, esta Asesoría ha sido informada que en las referidas actuaciones, no postula la presentante por lo que no es de su incumbencia el reclamo realizado. b) Respecto al concurso del cargo Profesor Adjunto llevado a cabo en las presentes actuaciones, conforme al Acta de Inscripción N° 2/2015 agregada a fs. 49, la Lic. Riccardi Miguens, no figura como postulante, lo que hace caer la argumentación realizada. 5) Actuación de la Comisión: Se objeta en este punto que no todos los miembros de la comisión hayan estado al momento de iniciarse el concurso. El hecho objetivo como consta en el Acta Final del concurso, es que al momento de iniciarse el mismo, estuvieron presentes todos los titulares actuantes, lo cual aparece como garantía suficiente para el buen desarrollo del concurso, más allá del rigorismo del artículo 11 que efectivamente establece que todos los miembros deben estar presentes. Seguramente, lo que se persigue con la normativa es que no fracase el concurso, lo que no sucedió en este caso. Respecto a los motivos de ausencia de uno de los suplentes, las razones corren por cuenta de quien las formula y no constan en el expediente como para ameritarlas.
Resol.nº 124
Anexo Único – hoja nº 3.
6) Criterios de evaluación: Objeta que la Comisión Asesora no comunicara el criterio con que evaluaría a los concursantes conforme al art. 1° de la Ord. 20/2005 C.D. Dicha Ordenanza establece 3 opciones: La primera consiste en entrevista más antecedentes docentes y artísticos. La segunda, agrega a ello, la clase. Y la tercera, agrega a todo esto la ejecución, sólo para el caso de los músicos. Como al realizarse el concurso no se convocó a los postulantes a sorteo de temas para la clase pública resultó obvio que se había optado por el criterio a), lo cual quedó ratificado en el acta final del concurso. 7) Actas: Se objeta la valoración de sus antecedentes pedagógicos, científicos y/o de investigación y su evaluación en relación con los otros postulantes. Este es el punto central del recurso interpuesto, fundamentado por la presentante con el ofrecimiento de pruebas que acompaña. A juicio de esta Asesoría, sólo la Comisión Asesora que realizó la evaluación puede dar respuesta a este punto. Sirva de atenta nota ASESORÍA LETRADA, 4 de mayo de 2015.
Dr. NESTOR PIEDRAFITA Asesor Letrado Facultad de Artes y Diseño Universidad Nacional de Cuyo”
RESOLUCIÓN Nº 124
MS/ms
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