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CD-2022-RES-045 21/03/2022 (Carga: 21/03/2022) |
MENDOZA, 21 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7419/21 caratulado: “ORTEGA Federico (1) s/ solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Profesor Titular (SE)- Asignatura: "Técnicas Vocales III" Carreras de Artes del Espectáculo FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “
ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado para todos los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. 197 y 198/2021 C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 23/10-C.S.
Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa del Prof. Federico ORTEGA se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 19 de octubre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Técnicas Vocales III”, de la carrera de Licenciatura en Arte Dramático, que se cursa en las Carreras Artes del Espectáculo de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación: VEINTITRÉS (23) al VEINTISIETE (27) de marzo de 2022. Inscripción: VEINTIOCHO (28) al TREINTA (30) de marzo de 2022; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.arla documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad - Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes: los días TREINTA Y UNO (31) de marzo y UNO (1) de abril de 2022, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.aren horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Las expectativas de logro y los descriptores de la mencionada asignatura son: Expectativas de Logro: Se espera que el alumno logre: ● Reconocer y manejar la voz como recurso fundamental en la caracterización de personajes. ● Manejar la voz hablada y cantada desde el punto de vista expresivo. ● Desarrollar la “conciencia vocal”, de tal manera que optimice su utilización y prevenga futuras alteraciones.
Descriptores: • El cuerpo sonoro. • Asociación y disociación corporal – vocal: compliancia y resistencia energética corporal en función fonatoria. • Uso no convencional de la voz. Aspectos creativos no convencionales referidos a la voz y al habla. • Plasticidad vocal. • Voz cantada: desarrollo de las posibilidades expresivas de la voz cantada. Voz cantada y coreografías. • Puesta en escena y voz.
FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES:
• Poseer título de Licenciado en Arte Dramático o Profesor de Grado Universitario en Teatro, con experiencia comprobada en el área vocal. • Poseer conocimientos en arte, y acreditar estudios pertinentes con cursos, seminarios, jornadas, trabajos teóricos, etc. • Acreditar antecedentes docentes. • Tener pleno conocimiento de las expectativas de logro y de los descriptores de la asignatura, en el marco del Plan de Estudios de la Carrera.
En función del perfil profesional descripto en el Plan de Estudios vigente, para ejercer su profesión se espera que el graduado pueda: • Reconocer y aplicar sus posibilidades expresivas en el campo teatral. • Lograr desarrollar sus habilidades como intérprete dramático, relacionado con distintos ámbitos, dando respuestas a las necesidades y demandas del medio. • Aplicar distintos métodos y técnicas de actuación. • Integrar adecuadamente el manejo del espacio escénico, su cuerpo y su voz para resolver situaciones dramáticas. • Resolver el trabajo en equipo en forma responsable y disciplinadamente, como elemento esencial del arte dramático. • Integrar sus conocimientos a la investigación y su correspondiente transferencia. • Aplicar sus conocimientos a otros medios de expresión como el cine, la radio, la televisión y el video.
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR:
El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecidas en el Art.62 del Anexo único de la Ordenanza Nº 5/19- C.D. – FAD, según se detallan a continuación:
El Profesor Titular constituye la máxima jerarquía de profesor ordinario que tiene a su cargo la coordinación de la gestión académica de la cátedra y, por tanto, le compete la responsabilidad de la enseñanza e investigación que en ese ámbito se realicen. Funciones de Profesor Titular: ● Organizar la labor de la cátedra en acuerdo con sus pares del equipo de cátedra, organizando y supervisando el desempeño del mismo, tendiendo al mejoramiento continuo de la enseñanza y a la formación de docentes e investigadores en el marco de los lineamientos acordados con la Dirección de Carreras. ● Elaborar anualmente el programa de la asignatura. ● Dictar las clases correspondientes estipuladas en los planes y programas vigentes y en los horarios establecidos. ● Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. ● Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación. ● Participar en las actividades y reuniones de la Dirección a la que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. ● Actuar en las comisiones en las que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. ● Informar a la Dirección de Carreras hasta el 30 de abril de cada año el plan anual de labor que la cátedra concretará durante el año académico. ● Evaluar e informar, según se establece en la presente reglamentación, a la Dirección de Carreras a la que pertenece su cátedra, el desempeño de los docentes a su cargo, así como también las actividades académicas realizadas durante el año. ● Colaborar en actividades de posgrado, extensión o dirigidas a graduados en las que se requiera su participación mediando solicitud de autoridad universitaria competente. ● Realizar actividades de investigación científica, técnica o artística, conforme al plan anual de labor de la cátedra y los lineamientos propuestos por la Facultad y Universidad a tal efecto, según dedicación. ● Realizar reuniones con su equipo de cátedra a fin de analizar en conjunto la marcha de actividades de enseñanza, los reajustes en la programación, la evaluación de los estudiantes, los trabajos prácticos, etc. ● Coordinar la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra. ● Realizar en conjunto con el Profesor Asociado y Adjunto la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra. ● Orientar y supervisar la elaboración, implementación y evaluación de trabajos prácticos. ● Acordar con los profesores asociados y adjuntos la realización de tareas relacionadas con la elaboración de exámenes parciales y su posterior evaluación y recuperación.
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: Miembros Titulares: Prof. Titular efectivo “Actuación III”. Carreras de Artes MONTERO, Adriana Marcela del Espectáculo. Facultad de Artes y Diseño. Universidad Nacional de Cuyo. Jubilada Prof. Titular efectivo “Canto”. Departamento de Música (DAMUS). Universidad Nacional de las Artes (Buenos BLANCO, Marta Aires). Prof. Titular efectiva “Técnica Vocal”. Instituto Superior de Arte del Teatro Colón de Buenos Aires. Prof. Titular efectivo “Foniatría y Técnicas Vocales para Músicos”. Carreras Musicales. Facultad de Artes y RODRIGUEZ, María Mercedes Diseño. Universidad Nacional de Cuyo.
Miembros Suplentes: Prof. Titular Efectivo “Canto I a V” del Profesorado en Canto, y “Canto I y II” del Profesorado Universitario en Educación Musical, “Canto Módulo A, B y C” de la carrera Intérprete Musical, y “Canto I a III” de la SANCHEZ, César Alejandro Tecnicatura Superior en Canto. Facultad de Filosofía, Humanidades y Artes. Universidad Nacional de San Juan. Regularizado el 08 de febrero de 2021, según Res. 0257/21 FFHA.
Prof. Titular efectivo de las cátedras “Técnicas Corporales I y II”. Carreras de Artes del Espectáculo. Facultad de Artes y Diseño. Universidad Nacional de SINAY, Paula Rut Cuyo. Jubilada Prof. Titular “Técnicas Corporales I y II” y “Práctica Escénica para Cantantes I, II, III”. Carreras Musicales. Facultad de Artes y Diseño. Universidad Nacional de Cuyo. Jubilada
Prof. Titular Efectivo “Canto coral” y “Dirección Coral”. PACHECO, Mónica Beatriz Carreras Musicales. Facultad de Artes y Diseño. Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 5°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 45
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FA-2022-RES-055 18/03/2022 (Carga: 21/03/2022) |
MENDOZA, 18 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 8283/21 en el que mediante VARCUY:0012593/2022 se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer un cargo de Profesor Titular (SE)- Asignatura: "Historia del Arte y la Escenografía I" que se cursa en las Carreras Artes del Espectáculo de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 26/22-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 26/22-CD. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura "Historia del Arte y la Escenografía I" que se cursa en las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: Mario Carlos HERRERA Suplente: Graciela Inés D’ALESSANDRO Por los egresados: Titular: María Gabriela DI LUCIANO Suplente: Bárbara TREVES MORÁN Por los alumnos: Titular: Maimará BRACAMONTE Suplente: Pablo Nicolás TRAMONTINA
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 8283/21 .
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 55
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FA-2022-RES-054 18/03/2022 (Carga: 18/03/2022) |
MENDOZA, 18 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 39752/21caratulado: “s/solicitud Baja por Finalización Opción de Permanencia del Prof. Roberto DI NARDO - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el Prof. DI NARDO ha presentado el Formulario Nº 4 de la Circular nº 57/18 – de GESTIÓN DE PERSONAL, en el que informa la baja a partir del 16 de enero de 2022.
Asimismo ha presentado el Formulario Nº 10 de la Circular nº 57/18 – de GESTIÓN DE PERSONAL, en el que informa el motivo de la misma “Baja por Finalización de la Opción de Permanencia - Docente Universitario”.
Lo informado por la Dirección de Personal.
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el art. 9° de la ordenanza Nº 32/16-R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de “Baja por Finalización de la Opción de Permanencia Docente Universitario”, a partir del DIECISÉIS (16) de enero de 2022, al Prof. Roberto Antonio DI NARDO (Legajo Nº 17.666 - CUIL Nº 20-10352152-2) en el cargo de Profesor Titular dedicación semiexclusiva, efectivo, en las asignaturas“Trompeta I, II, III y IV” del Ciclo Preparatorio; “Trompeta (Nivel A, B, C, D)” de la Licenciatura en Trompeta; “Trompeta I, II, III, IV y V” de la Licenciatura en Trompeta; “Instrumento A y B (CIEMU)” de la Licenciatura en Música Popular (Vientos) e “Instrumento I, II, III y IV” de la Licenciatura en Música Popular (Vientos), designación efectuada por Resol. N° 1367/07-C.S.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución se emitida en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 54
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CD-2022-RES-044 18/03/2022 (Carga: 18/03/2022) |
MENDOZA, 18 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 5090/22 caratulado: “S/propuesta Medidas transitorias de Excepción a la Reglamentación Académica (Ord. N° 5/2019 CD) para el ciclo lectivo 2022.”
CONSIDERANDO:
El marco de la emergencia sanitaria a raíz de la pandemia por Covid19 desde el año 2020 y las medidas de aislamiento y distanciamiento social preventivo y obligatorio establecidos por el Gobierno Nacional y por Resoluciones de Rectorado de la UNCUYO 1; Res. Nros. 40/2021-R.; 331/2021-R; la aprobación y aplicación de Protocolo de la UNCUYO, el establecimiento de la presencialidad inteligente en la Ord. 185/2021 CS y de la Facultad de Artes y Diseño (Res. 1/2021 CD) 2. Así como también las normativas referidas a las condiciones académicas para los ciclos lectivos 2020 y 2021 a partir de las Ord. RE. N° 0001/2020 y 17/2021 CS.
Que es intención de la Facultad de Artes y Diseño, al igual que en los ciclos 2020 y 2021, garantizar condiciones de inclusión y calidad en sus procesos académicos, dando respuestas a las contingencias que se presentan en relación a la Pandemia.
Que durante el Ciclo Lectivo 2020 se realizaron diagnósticos que posibilitaron la toma de decisiones y los ajustes necesarios en los procesos de enseñanza, aprendizaje y evaluación; se pusieron en marcha nuevos dispositivos de formación y protocolos para el desarrollo del cursado y de instancias de evaluación virtuales. Que durante el Ciclo Lectivo 2021, se implementaron medidas en el marco de la presencialidad inteligente que posibilitaron el regreso cuidado y progresivo al cursado y evaluaciones presenciales. Que es necesario realizar una evaluación de la experiencia institucional acumulada en los dos años transcurridos en orden a dimensionar cuantitativa y cualitativamente el impacto de la pandemia en la actividad académica.
Que en el actual contexto de la Pandemia por Covid-19, rigen medidas tendientes a la flexibilización de restricciones y ampliación de la presencialidad en distintas actividades tanto a nivel nacional como provincial.
1 Res N°. 231/2020 R-UNCUYOhttp://rectorado.uncu.edu.ar/documentos/digesto/2020/03/R_RE_0231_2020.pdf Res N°. 298/2020 R-UNCUYO http://rectorado.uncu.edu.ar/documentos/digesto/2020/03/R_RE_0298_2020.pdf Res N°. 325/2020 RUNCUYO http://rectorado.uncu.edu.ar/documentos/digesto/2020/03/R_RE_0325_2020.pdf 2 PROTOCOLO GENERAL PARA LA PREVENCIÓN DE COVID-19 http://digesto.fad.uncu.edu.ar/view/inline/regulation/file/11134
Que es compromiso de la Facultad de Artes y Diseño asegurar condiciones para el ejercicio del derecho a la educación superior, promoviendo el vínculo pedagógico con las y los estudiantes conducente al logro de aprendizajes sustanciales en cada carrera recuperando progresivamente espacios de encuentro y trabajo pedagógico, conjugando escenarios presenciales y virtuales conforme a la normativa vigente 3. Que, por lo tanto, es necesario generar condiciones y marcos regulatorios que acompañen las trayectorias académicas de las y los estudiantes en este ciclo lectivo considerado de “transición” a través de medidas de excepción que contemplen tanto decisiones de política académica, medidas organizativas como también recomendaciones en vistas a consolidar criterios institucionalmente. Que si bien se encuentra vigente la Ordenanza Nº 5/19-C.D. Reglamentación Académica FAD, es menester, en vistas del contexto antes descripto y la experiencia de los años 2020 y 2021 en el marco de las medidas académicas de excepción aprobadas por el Consejo Directivo a través de las Res. 116/20-FAD, 317/20-FAD y 13/21-FADrenovar y/o modificar algunas de esas medidas académicas para enfrentar la presente situación de manera transitoria.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 10 de marzo de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar las Medidas de Excepción a la Reglamentación Académica (Ord. N° 5/19-C.D.) para el Ciclo Lectivo 2022 o para el contexto de emergencia sanitaria por Covid 19, según se detalla en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 44
3 RM 2641/2017 sobre Educación a Distancia y sistemas institucionales; SIED UNCUYO aprobado por Res. 4280/2018 R- y la Ord. 29/2021 CS respecto de protocolo de implementación de complementos virtuales en carreras presenciales. Formación docente FAD http://digesto.fad.uncu.edu.ar/view/inline/regulation/file/11094
ANEXO ÚNICO
Programas de los espacios curriculares en contexto de emergencia sanitaria
El Programa 2022 del espacio curricular debe consignar, además de los elementos señalados en el modelo institucional, las características que adopta el cursado en el contexto de emergencia sanitaria, consignando los horarios de cursado y horarios de consulta por cada docente integrante del equipo de cátedra (en relación a su dedicación), así como la modalidad presencial o virtual de las diferentes instancias pedagógicas, medios de comunicación, ajustes en contenidos (prioritarios y básicos), las estrategias de enseñanza y aprendizaje, las propuestas de extensión y la evaluación de proceso, formas y criterios de acreditación del espacio curricular. En el marco de la implementación de complementos virtuales en propuestas de la oferta educativa presencial de la UNCUYO (Ord. 29/2021 CS) 4 y de los criterios establecidos por la Facultad, el programa 2022 se acompañará de un Anexo con los siguientes criterios: - Estas definiciones así como también los criterios tendientes a asegurar la coordinación entre todos los espacios de cursado de estudiantes, se realizarán bajo la coordinación de las Direcciones de Carreras y el acompañamiento técnicopedagógico del Área de Tecnologías del Aprendizaje y la Comunicación (TAC) - Los espacios teóricos podrán desarrollar hasta el 30% de su carga horaria en modalidad virtual. - Los espacios prácticos (talleres, proyectos, laboratorios, prácticas supervisadas), hasta el 10% de su carga horaria en virtualidad. - El mencionado Anexo deberá contener la Descripción de la propuesta formativa virtual, a modo de plan de trabajo, organizada por tema, bloque, módulo o unidad, en la que se especifiquen las actividades académicas de estudiantes obligatorias u optativas, presenciales o virtuales, sincrónicas o asincrónicas. También deberá definirse el entorno virtual con el que se trabajará con el propósito de facilitar el acceso a la información, la interacción, comunicación, producción y/o socialización de los procesos y resultados de aprendizaje. Contendrá una muestra de los materiales didácticos (textos, imágenes, audios y/o videos) y el link a la plataforma correspondiente (MOODLE FAD o UNCUVIRTUAL). Los materiales didácticos deben ser al menos el 50% de producción propia (incluyendo la curaduría de contenidos) con su respectiva Licencia CreativeCommons. Respecto del equipo docente, se sugiere mencionar roles y funciones en relación al diseño de la propuesta y acompañamiento de estudiantes en el desarrollo de las actividades mediadas con TIC. - Dadas las estrategias de hibridación 5 centradas fundamentalmente en plataformas de videollamadas según protocolos institucionales, a saber: 1) de alternancia (secuencial), 2) híbrida (optativa) y mixta (parcialmente optativa) y la necesidad de asegurar espacios flexibles frente a las cambiantes y críticas condiciones de estudiantes en el marco de la pandemia, se sugiere
4 Para la confección del Programa 2022 se debe tener en cuenta los lineamientos y sugerencias establecidos en el Anexo I de la Ordenanza 29/2021 CS, de manera que se explicite cada uno de los ítems correspondientes a la implementación de complementos virtuales en las propuestas a desarrollarse los espacios curriculares. 5 Ver Documento de CONEAU: Consideraciones sobre las estrategias de hibridación en el marco de la Evaluación y Acreditación Universitaria frente al inicio del ciclo lectivo 2022 y el Documento Técnico de la Dirección de Ead e Innovación Educativa de la UNCUYO: Comentarios sobre estrategias de hibridación que propone CONEAU.
Anexo Único-hoja 2 - implementar tales estrategias solamente para casos y procesos excepcionales. - Se sugiere promover estrategias tendientes a la consolidación de las instancias virtuales asincrónicas, diseñadas en escenarios virtuales y preferentemente asincrónicas en el marco de propuestas pedagógicas integrales que expliciten disposiciones metodológicas, comunicacionales y tecnológicas. - Dichas propuestas serán evaluadas por referentes en Educación a Distancia y/o miembros del equipo TAC de la Secretaría Académica de la FAD.
Se sugiere el desarrollo de contenidos sustantivos, mínimos y básicos o fundamentales para el logro de las competencias establecidas en los planes de estudio, así como también revisar los criterios de evaluación para obtener la condición de regular, no regular, y además la figura de alumno libre, siendo fundamental esta última condición en las materias teóricas. Será necesario definir y explicitar los requisitos de asistencia ya que en escenarios virtuales toman otros significados y alcances. En el mismo sentido, las condiciones de acreditación del espacio curricular por promoción o con examen final deben ser replanteadas, claramente establecidas en el programa para la toma de conocimiento de la Dirección de Carreras/Dirección de Alumnos y armado de comisiones de cursado en SIU Guaraní. 2. Formas de cursado y horarios de consulta
El cursado de las materias, comprendido en el contexto de prevención y cuidado, se desarrollará mediante estrategias que alternen o combinen la virtualidad y la presencialidad, siendo esta última la modalidad que predomine. Se continuará con un modelo de presencialidad inteligente, es decir en donde el cursado se lleve adelante de manera presencial en forma alternada, escalonada y no lineal, a través de instancias virtuales, presenciales o combinadas, según las indicaciones y recomendaciones epidemiológicas establecidas en los “Lineamientos para el manejo de casos y contactos estrechos de COVID 19 en contexto de alta circulación (Circulación comunitaria de Variante Ómicron)” elaborados por el COEP (Comité de Emergencia de la Provincia de Mendoza) y aprobado por Resol. 926/2020 del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia de Mendoza.
En todos los casos, las Direcciones de Carreras planificarán en conjunto con la Secretaría Académica las instancias de presencialidad y virtualidad según las posibilidades del contexto epidemiológico.
Asimismo, se tendrá en cuenta las condiciones de las y los estudiantes, ya sea en relación a la conectividad, equipamiento, distancia y salud. En cuanto a las instancias virtuales del cursado, se desarrollarán a través de plataformas o entornos institucionales, siendo FAD Virtual (Moodle) el escenario propicio para las actividades académicas bajo esta modalidad. También podrán desarrollarse actividades a través de plataformas de comunicación sincrónica (clase u horarios de consulta mediante videollamadas, videoconferencias o transmisión en vivo). Se recomienda hacer un uso prudencial de este recurso tanto respecto de su duración o extensión de tiempo como en la cantidad de estudiantes que participan de las mismas a fin de propiciar interacciones lo más personalizadas posibles.
Anexo Único- Hoja 3
El cursado deberá desarrollarse conforme carga horaria establecida en el Plan de Estudios y consignada en el programa. En el caso de las clases (presenciales o virtuales) se realizarán en los días y horarios informados y/o pautados entre docentes y estudiantes y, en ninguna circunstancia, se podrá hacer uso de fines de semana y feriados para videollamadas, envío de tareas, materiales, correos, mensajes, etc.
Las y los docentes deberán mantener los horarios de consulta de manera presencial y/o en línea a través de videollamadas, chat o correo electrónico según se consigne en el programa e informe a las y los estudiantes. La intención es garantizar espacios permanentes de comunicación con las y los estudiantes, pero contemplando la presencialidad como modalidad predominante.
Los horarios de consulta siguen siendo de cumplimiento voluntario por parte de las y los estudiantes.
El cumplimiento de horarios de consultas por parte de las y los docentes corresponde a la dedicación en el cargo que revistan en la materia, y se efectúa en dos planos: presencialidad y disponibilidad, según lo establecido en la Ordenanza 28/2000 CS.
En todos los casos, las actividades propuestas deben ser acordes a la carga horaria, criterios y formas de evaluación de la materia, con la previsión de tiempo para su presentación, así como también el compromiso con la evaluación (comunicación o devolución) en tiempo y forma. En todas las modalidades de la educación, la retroalimentación es una condición esencial del aprendizaje.
En los casos prioritarios (prácticas profesionales, laboratorios, talleres, proyectos, etc.), las Direcciones de Carreras, en conjunto con los equipos docentes, podrán planificar instancias presenciales según las condiciones epidemiológicas. Estas instancias se realizarán en grupos reducidos y se resignificarán según su articulación con el proceso desarrollado en forma virtual, siendo espacios propicios para el encuentro, la socialización, el trabajo sobre prácticas y consultas, la evaluación de procesos, etc.
Los espacios curriculares que no pudieron desarrollarse en forma parcial o completa en la modalidad virtual y/o presencial durante el ciclo 2021, ya sea por su formato curricular establecido en el Plan de Estudios (práctica, laboratorio, taller, etc.), el equipamiento requerido, los espacios de trabajo, el abordaje grupal, etc., deberán informar y solicitar el cierre de actas de regularidades al 13/03/2022 a las Direcciones de Carreras. Tal solicitud, será evaluada por las Direcciones de Carreras en forma conjunta entre el o la docente responsable, y posteriormente será informada a la Dirección de Alumnos con copia Secretaría Académica.
Esta extensión no afecta o modifica los requisitos dispuestos en los Programas 2022 para alcanzar las diferentes condiciones.
Anexo Único- Hoja 4
Medidas para el acceso a las propuestas educativas para estudiantes y docentes Entendiendo el nuevo escenario planteado a nivel provincial y nacional en el manejo de casos y contactos estrechos por COVID 19, las nuevas recomendaciones sanitarias y el regreso progresivo, paulatino, escalonado y no lineal a las actividades académicas presenciales supone nuevos desafíos para las y los docentes y estudiantes que forman parte de la Facultad de Artes y Diseño, se establecerán medidas integrales que resguarden el acceso a la educación.
a) En cuanto al cursado virtual de las clases por parte de los y las estudiantes Se garantizará el cursado para aquellas/os estudiantes que no dispongan de dispositivos y/o conectividad, así como quienes se encuentren residiendo fuera del área del “Gran Mendoza” y de la Provincia de Mendoza que se vean imposibilitados para acceder a la propuesta formativa. Para ello se solicita a las y los docentes titulares de la cátedra realizar un diagnóstico inicial así como también el seguimiento sistemático y continuo de cada una/o de las y los estudiantes que permitan determinar: el nivel de acceso a internet, la posibilidad de utilizar dispositivos de conexión durante las clases y/o consultas virtuales, la frecuencia de conexión, domicilio de residencia actual y otros datos que consideren necesarios. A partir de dicho relevamiento se determinará si es pertinente utilizar otros medios de comunicación alternativos y/o realizar otras adaptaciones que permitan el proceso de enseñanza, aprendizaje y evaluación. Los casos de estudiantes cuya situación socioeconómica u otros factores dificultan el desarrollo del proceso de aprendizaje, deben ser comunicados a TRACES/SAPOE6 y Asesoría Estudiantil7 (indicando datos personales, de contacto y situación por la que se la/lo deriva). De igual modo, al detectar casos de estudiantes con discapacidad que se vean impedidos en el uso de los recursos desde la virtualidad, afectando su desempeño o ante la necesidad de información, asesoramiento y acompañamiento para abordar estos temas en la virtualidad o con otras alternativas, comunicarse a la Coordinación de DDHH, Género y Discapacidad8. Se garantizarán aquellos servicios que tienen como objetivo acompañar las trayectorias académicas, brindando espacios de contención psicológica y asesoramiento pedagógico, mediante los servicios de TRACES/SAPOE. Para ello se continuará con las consultas a través de diferentes medios de comunicación que permitan una vinculación directa entre estudiantes y el equipo de profesionales especialistas, docentes, egresadas/os y tutoras/es estudiantes. La Facultad de Artes y Diseño promoverá acciones de compensación para las y los estudiantes que por distintos motivos presentaran dificultades para el cursado con las modalidades propuestas (sea por razones de accesibilidad, tecnológicas, socioeconómicas, etc.) a los fines de garantizar trayectorias académicas integrales, inclusivas y de contenidos teniendo en cuenta criterios de razonabilidad y flexibilidad de las mismas.
6 tracesfad@gmail.com y sapoefad@gmail.com Facebook: Sapoe FAD 7 estudiantilfad@gmail.com 8 coorddhhfad@gmail.com
Anexo Único- Hoja 5 b) En cuanto al desarrollo virtual de los espacios curriculares por parte de los y las docentes: La Secretaría Académica, a través del Área de Tecnologías del Aprendizaje y la Comunicación (TAC- FAD) ofrecerá capacitación y asistencia continua para la utilización de Moodle como plataforma virtual y otros recursos y herramientas digitales, mediante cursos virtuales y tutorías grupales e individuales mediadas por el equipo del Área y por docentes expertos por grupos de carreras. El propósito de este acompañamiento es contribuir y aproximarse a estándares de calidad de los procesos de enseñanza y aprendizaje en entornos y escenarios virtuales. También se difundirá y promoverá participación en instancias formativas organizadas por la Universidad a través de la Dirección de Educación a Distancia e Innovación Educativa. A través del Sistema Integrado de Documentación (SID), del cual forma parte la Biblioteca de Artes y Diseño se programan y ofrecen capacitaciones virtuales para estudiantes, docentes, investigadores y bibliotecarios/as, vinculadas al aprovecha-miento de plataformas de investigación y gestores de referencias bibliográficas como Mendeley, acceso a bibliotecas digitales, repositorios institucionales, asesoramiento y gestión de usuarios y claves, para el acceso on line, a colecciones de editoriales con recursos electrónicos (libros, revistas, tesis, artículos de revistas, etc.), acceso remoto para investigadores a las versiones completas de los recursos electrónicos, que ofrece la Biblioteca Digital del MINCYT, en sus bases nacionales e internacionales de acceso restringido y/o abierto. Asimismo se ofrecen servicios de difusión selectiva de información para usuarios y público en general9. En el presente ciclo lectivo se ofrecerán servicios presenciales según protocolos y situación epidemiológica de la Provincia de Mendoza. c) En cuanto a los exámenes finales: El equipo de TRACES/SAPOE y la Asesoría Pedagógica de la Secretaría Académica, ofrecerá asesoramiento y asistencia pedagógica para la construcción de criterios y modelos de evaluación que se adapten a las diferentes instancias (sincrónicas, asincrónicas o mixtas) y plataformas que el equipo de cátedra considere apropiadas según las modalidades de evaluación (oral y/o escrita) y características de la materia. La Coordinación de DDHH, Género y Discapacidad brindará asistencia y orientación en la implementación del Protocolo para la Inclusión de Estudiantes con Discapacidad en la Universidad Nacional De Cuyo (Res. N° 757/19 CS- UNCUYO) previo y durante la mesa de examen. El equipo del Área de Tecnologías del Aprendizaje y la Comunicación (TAC-FAD) dará asistencia a las y los docentes previamente y durante la mesa de examen, realizando sugerencias y verificaciones técnicas sobre los dispositivos y conexiones en relación a las modalidades de evaluación (sincrónicas, asincrónicas o mixtas). Las Direcciones de Carrera y la Dirección de Alumnos proveerán a las y los docentes, que conformen la comisión evaluadora, de un protocolo que contará con procedimientos a seguir, instructivos y modelos de registro según los formatos y modalidades de evaluación, y un sistema para almacenar las sesiones grabadas de los exámenes finales.
9 La página de Facebook de la Biblioteca (Biblioteca de Artes y Diseño Uncuyo) ofrece información actualizada sobre recursos y capacitaciones on line. Los correos electrónicos habilitados para consultas de servicios y recursos digitales son: sigsid.oar@gmail.com y biblioteca@fad.uncu.edu.ar
Anexo Único-hoja 6 Para la organización de las mesas de exámenes sigue vigente el Protocolo para la evaluación de aprendizajes en entornos virtuales en el contexto de emergencia sanitaria (TAC FAD, 2020).
Plazos de reinscripción anual y de inscripción a cursada de materias
Los plazos de reinscripción anual y de inscripción a cursada de materias son los establecidos en el Calendario Académico 2022-2023. En casos excepcionales y por razones de público conocimiento, podrán realizarse ajustes o modificaciones en dicho calendario (Res. 17/2021 CS), las que serán informadas al Consejo Directivo.
Las y los estudiantes que, por dificultades de conectividad, no hayan podido realizar la reinscripción anual o inscribirse al cursado de materias, podrán presentar solicitudes de carácter formal a través de correo electrónico institucional (cyefad@gmail.com), debiendo guardar las y los interesados tales comunicaciones como constancia de pedido y aceptación del mismo.
Las situaciones que se contemplan son las siguientes:
a) En cuanto a la reinscripción a la carrera:
a) Imposibilidad de acceso al SIU Guaraní por no poder generar nueva clave de acceso (correo electrónico usado frecuentemente distinto al declarado en el Guaraní) o por motivos de imposibilidad de acceso a internet, o dispositivos de conectividad. b) Cambio de Plan de Estudio. Estudiantes que solicitan retomar la carrera, y al momento de hacerlo el plan de estudio no se encuentra vigente. c) Estudiantes de intercambio y vocacionales. d) Estudiantes extranjeras/os a quienes se les ha vencido la residencia temporal.
b) Para la inscripción a cursado de materias:
a) Si no hay comisiones de cursado para la materia en la que se quiere inscribir, puede deberse a dos casos: i) La comisión está armada para alguna carrera y no contempla al resto de las carreras en que podrían ser dictadas como optativas curriculares. ii) Es una materia que un/a estudiante quiere cursar como materia optativa y no está incorporada como tal en su carrera. b) Estudiantes ingresantes sin legajo generado. c) Todos los otros casos detallados en reinscripción a carreras. 5. Reinscripción anual condicional
a) Todas/os las y los estudiantes que se encontraran en las situaciones descriptas en el artículo 11 de la Reglamentación Académica (Ord. N° 5/19 CD-FAD), podrán realizar su reinscripción a la carrera y serán readmitidas/os debiendo ajustarse a las condiciones de estudiante activo. Se trata de quienes lleven tres o más años sin actividad académica (que no hayan regularizado asignaturas, no se hayan reinscripto a la carrera o no se presentaron a rendir exámenes finales en los últimos TRES (3) años).
Anexo Único- Hoja 7 Las cuatro situaciones previstas en el artículo mencionado son: 1) Tener rendimiento académico negativo tres veces consecutivas o cuatro alternadas, por no haber aprobado dos asignaturas en el ciclo lectivo correspondiente. 2) Alcanzar en la carrera una cantidad de aplazos superior al 60 % del número total de asignaturas que integran el plan de estudios vigente. 3) Demorarse en egresar más del 2,5 % del tiempo asignado como duración teórica de la carrera. 4) Solicitar reinscripción a la carrera habiendo transcurrido tres o más años de inactividad académica, sea cual fuera la causa de la inactividad.
b) Las y los estudiantes que se encuentren en las situaciones antes mencionadas, deberán aprobar una evaluación global de conocimientos (art. 12, Ord. N° 5/19 CD-FAD), que estará a cargo de las Direcciones de Carreras, responsable de la información fehaciente respecto de la modalidad, requisitos y fecha de realización. Serán notificados durante la primera semana de abril a través de correo electrónico. Por esta razón, deberán actualizar sus datos de contacto al momento de realizar la reinscripción a la carrera.Los y las estudiantes en tales condiciones, contarán con el acompañamiento de TRACES- SAPOE c) En el caso que no puedan realizar la reinscripción a la/s carrera/s por problemas de conectividad y/o acceso al SIU Guaraní, o por cualquier otra razón expuesta en el punto 4, inc. a, se aceptarán las solicitudes de carácter formal realizadas a través de correo electrónico institucional (cyefad@gmail.com), debiendo guardar tales comunicaciones como constancia de pedido y aceptación del mismo. 6. Cursado condicional de materias a) Durante el presente ciclo lectivo 2022, se continuará la excepción del régimen de correlatividades para el cursado que establece la condición referida a "para cursar debe tener regular o aprobada..." de acuerdo a Resolución de Correlativas que acompaña cada plan de estudio. De este modo, quienes cumplan con las exigencias que se establecen para el cursado de la materia en el programa, al finalizar el mismo podrán obtener la condición de alumno Regular, No Regular o Libre. b) No obstante, seguirá vigente el régimen de correlativas de cada materia tanto para promocionar como para rendir en mesa de examen final; es decir, se mantendrá la exigencia que establece "para rendir, debe tener regular o aprobada..."(art 35, Ord. N° 5/19 CD-FAD). c) Cabe aclarar que, en las materias de Diseño Gráfico Final y Diseño de Productos Final de las Carreras de Diseño, continuará vigente el artículo 33 de la Ordenanza 5/2019 CD, pudiendo adeudar una sola materia correlativa de cursado (excepto Diseño Gráfico III), hasta el mes de mayo del corriente. d) Finalmente, la suspensión temporal del sistema de correlatividades para el cursado condicional de materias no se aplicará en las materias de Práctica de la Enseñanza en Artes Visuales y Práctica de la Enseñanza en Historia del Arte del grupo de Carreras de Artes Visuales; Práctica de la Enseñanza de la Carrera de Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística del grupo de Carreras de Cerámica; Práctica de la Enseñanza de la Carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro del grupo de Carreras de Artes del Espectáculo; Práctica de la Enseñanza de las Carreras de Profesorado del grupo de Carreras Musicales y Práctica de la Enseñanza del Ciclo de Profesorado de Diseño.
Anexo Único-hoja 8 7. Resguardo de Promoción a) Los/las responsables de cátedras podrán evaluar admitir excepciones, y permitir el resguardo de la condición de promoción hasta el 13 de marzo de 2023 siempre que la/el estudiante alcance los requisitos establecidos en el programa. Cabe aclarar que esta excepción debe ser informada a la Dirección de Carrera y a la Dirección de Alumnos: en estos casos el/la docente titular deberá notificar con anticipación a estudiantes y a la Dirección de Carrera, e informarse sobre cómo proceder administrativamente para resguardar esta nota. b) Debido a la liberación de correlativas de cursado, los/las estudiantes que cursaron un espacio curricular del primero, del segundo cuatrimestre o de carácter anual, y cumplieron oportunamente con los requisitos para alcanzar la promoción (según el Programa vigente de la materia), tendrán la posibilidad de conservar la calificación obtenida hasta tanto rindan la materia correlativa adeudada. El plazo máximo para acceder a tal beneficio será hasta las mesas de examen de marzo de 2023, pasado este plazo el/la estudiante no podrá solicitar la acreditación de la calificación obtenida y conservará la condición alcanzada oportunamente. c) En estos casos, el/la estudiante que adeude solo DOS (2) materias correlativas, deberá solicitar la Excepción, mediante Formulario que será procesado y controlado por las Direcciones de Carreras y la Dirección de Alumnos, hasta el 7 de diciembre de 2022, indicando Materia a Promocionar y Materia correlativa adeudada tal como figura en el Plan de Estudio y/o en el Sistema de Correlativas vigente. Podrá solicitar esta Excepción en más de un espacio curricular. Este formulario posibilita un control cruzado de la información y, fundamentalmente, representa la expresión de la comprensión y aceptación de las condiciones establecidas así como también un compromiso por parte del /la estudiante a rendir la correlativa adeudada para poder acreditarla nota obtenida por promoción durante el cursado. Se realizará una verificación del contenido del formulario, es decir: a) Si el/la estudiante que solicita la Excepción cumplió con los requisitos para promocionar. b) Si adeuda hasta DOS (2) materias correlativas. Si la/el estudiante cumple con las condiciones antes mencionadas en relación a su cursado y a la materia adeudada, se le notificará por correo electrónico que hasta el día 17/03/2023, podrá rendir la materia adeudada para acreditar la promoción de la materia. d) El cierre de Actas de Cursado en el Sistema Guaraní se realizará de la siguiente manera: Los/las docentes podrán cargar la calificación obtenida de quienes no figuren en Acta de Promoción en Guaraní (porque adeudan hasta dos materias correlativas) en el Acta de Regularidad. En la misma se dejará constancia de la calificación obtenida (columna Observaciones), la que, una vez aprobada la/s Correlativa/s, se cargará en el sistema con la misma nota obtenida durante el proceso en el marco de una mesa de examen (a la que el estudiante debe inscribirse). Esta inscripción a mesa de examen no implica que deba rendir. Esta medida se toma con carácter excepcional para garantizar el registro de la nota en el sistema y asegurar el reconocimiento de los saberes acreditados por el/la estudiante. Es preciso aclarar que para todos los demás casos, el Aprobado que figura en Acta de Cursado de Guaraní, significa que ha cumplido con las condiciones para regularizar, pero no implica necesariamente la promoción y la acreditación del espacio curricular.
e) El/la estudiante que no cumpliere con las condiciones de Aprobación de la/s correlativa/s, luego de las mesas de exámenes de Marzo de 2023, quedará en condición de alumno/a REGULAR en la materia referida en puntos 3, 4 y 5 y luego deberá rendir examen final para acreditar según lo establecido en el programa vigente.
Anexo Único-hoja 9
Rendimiento Académico Negativo
En cuanto al cómputo del Rendimiento Académico Negativo para el año académico 2022 (1 de abril de 2022 al 31 de marzo de 2023), queda en suspenso hasta tanto continúe vigente la Ord. 1/2020 Re, que en su artículo 9, inciso e. menciona que para el año académico 2020 (1 de abril de 2020 al 31 de marzo de 2021) no se efectuará dicho cómputo; o bien, se expida el Rectorado o Consejo Superior al respecto. Cabe aclarar que el Rendimiento Académico Negativo es una medida que se encuentra regida por las Ordenanzas Nros. 24/2007 y 45/2016 del Consejo Superior, por ello es preciso que sea desde este ámbito donde se establezcan nuevas medidas que indiquen cómo proceder.
Si bien no se computará el Rendimiento Negativo Académico, se considera necesario identificar y realizar un análisis sobre las causas que incidieron en las trayectorias académicas de los y las estudiantes, y de esta manera planificar acciones que puedan abordar las problemáticas o causales, y desarrollar un posterior seguimiento mediante el equipo de SAPOE y TRACES. Para ello se realizarán encuestas y entrevistas durante los meses de abril a junio del 2022 a los y las estudiantes que no han rendido dos o más materias durante el ciclo 2021/22. 9. Cursado Vocacional de materias
Las solicitudes para el cursado vocacional de materias se realizarán mediante nota modelo10 enviada al correo electrónico de la Dirección de Alumnos (cyefad@gmail.com), indicando: apellido y nombre, DNI, legajo, unidad académica, carrera y materia por la cual se realiza la solicitud. Una vez recibida la solicitud se procederá de la siguiente manera: a) La Dirección de Alumnos comprobará que la/el estudiante solicitante cumpla con los requisitos: estar reinscripta/o en alguna carrera de la FAD durante el presente ciclo o ser estudiante de otra Universidad o Unidad Académica de esta Universidad, para lo cual se solicitará un certificado de alumno regular de dicha institución. b) La solicitud será reenviada a la/el docente titular de la materia solicitada, quien responderá con su autorización o no al cursado de la materia en forma vocacional. c) La respuesta será informada a la/el estudiante a través de la Dirección de Alumnos mediante correo electrónico. d) En caso de ser autorizada la solicitud, deberá procederse a la inscripción en dicha materia del mismo modo que lo hacen quienes no pueden inscribirse por diferentes situaciones: enviar un correo a la Dirección de Alumnos, debiendo guardar tales comunicaciones como constancia de pedido y aceptación del mismo, y el mismo será derivado a la Dirección de Carrera correspondiente para que sea agregado a la lista de estudiantes inscriptas/os de dicha materia. e) Previo al pedido de cursado vocacional, se sugiere que la/el estudiante se ponga en contacto con la/el docente titular o quien esté a cargo de la asignatura, para constatar si la materia prevé el cursado vocacional de la misma.
10 La misma se podrá descargar del siguiente link: http://fad.uncuyo.edu.ar/informacion-para-el-alumno
Anexo Único-hoja 10
10. Adscripciones La solicitud de adscripciones de estudiantes o egresados/as se realiza a Secretaría Académica, mediante correo electrónico tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.arindicando: apellido, nombre, DNI, número de legajo, carrera, nombre de la materia en la que se solicita la adscripción. En todos los casos, es requisito la aprobación del/la docente titular, o quien esté a cargo del espacio curricular, para dar inicio a la adscripción. La respuesta será informada a la/el estudiante o el/la egresado/a por responsable de la Secretaría Académica o Dirección de Carrera.
11. Épocas y turnos de exámenes finales a) Los turnos de evaluación establecidos en el Calendario Académico de la FAD (Resol. N°183/21-C.D.) se desarrollarán de manera presencial y virtual a través de plataformas virtuales, asegurando las condiciones de confiabilidad, validez y calidad para las mismas a través de la conformación de las comisiones evaluadoras según Reglamentación Académica (Ord. N° 5/2019 CD) y protocolos especialmente diseñados.
b) Se dará tratamiento especial a quienes soliciten mesa especial y estén en condiciones de recibirse, es decir, adeuden hasta 4 (cuatro) materias del plan de estudio vigente. c) Las y los docentes deberán garantizar las horas de consulta previas y preparatorias de las mesas de exámenes ya sea mediante instancias de comunicación sincrónicas o asincrónicas. La cantidad de horas de consulta a cargo de cada docente depende de la dedicación de su cargo (Ord. 5/2019 CD). Esta consulta tendrá doble propósito: por un lado, referido al contenido de la evaluación y, por otro, en relación a la modalidad del examen mediatizado por tecnologías. Es condición indispensable ofrecer esta consulta, pero en modo alguno se establecerá como requisito obligatorio para rendir examen final, es decir, ningún/a estudiante podrá ser excluido de la mesa de examen ni ver afectada su calificación por no haber participado en esta instancia. Los horarios de consulta deberán ser informados a través de las Direcciones de Carreras, para su posterior difusión a través de los medios de comunicación oficiales de la FAD, al inicio del ciclo lectivo e informar si hubiera cambios con al menos 7 días previos al inicio del período de consulta. Esto permitirá a las y los docentes organizar y programar consultas; y en el caso de requerir asistencia técnica por parte de las TACs, solicitarla con anticipación. d) Los espacios curriculares que puedan adoptar instancias virtuales de evaluación final serán informadas oportunamente por las Direcciones de Carreras. En todos los casos se publicará e informará fehacientemente a través de los medios institucionales oficiales, correo electrónico y casilla de mensajes del SIU Guaraní, a las y los estudiantes inscriptos el tipo de examen (oral o escrito; sincrónico, asincrónico o mixto), horario y duración, y medio o soporte a utilizar con una antelación no menor a 7 días corridos antes del periodo de inscripción a las mesas. Así como también solicitar con suficiente antelación la asistencia y acompañamiento del equipo Tac.
Anexo Único-hoja 11 e) El equipo de Tecnologías del Aprendizaje y la Comunicación (TAC-FAD) asistirá mediante protocolos y asesoramiento para la realización de las evaluaciones finales. En caso de exámenes tomados mediante la plataforma MOODLE se debe informar al equipo del Área de Tecnologías del Aprendizaje y la Comunicación (TAC - FAD) sobre la fecha y hora del examen (mediante correo a coordinaciontac@fad.uncu.edu.ar) y cumplir con las especificaciones tecnológicas. También equipo podrá asistir en el uso de otros recursos digitales como plataformas de videollamadas. f) La inscripción al examen final se realizará a través del SIU Guaraní los días establecidos en el calendario académico. Cualquier reclamo administrativo vinculado a la inscripción se deberá realizar a cyefad@gmail.com, hasta 48 horas antes de la mesa de examen (o 2 días hábiles). Vencido dicho plazo, se confeccionará el acta de examen. La inscripción a rendir implica que el/la estudiante se encuentra notificado de la modalidad y acepta las condiciones de la misma, por ello no podrá realizar reclamos relativos a la modalidad. g) El personal de apoyo académico de las Direcciones de Carreras proporcionará la lista de estudiantes inscriptas/os al examen final al/la docente titular o a quien se encuentre a cargo del espacio curricular una vez finalizada la inscripción, a través de SIU Guaraní y/o del correo electrónico informado. En nota adjunta deberá indicarse apellido y nombre, DNI, N° de legajo y el correo electrónico y el número de celular de cada estudiante inscripto para rendir, en la medida en que disponga de dicha información. h) El acta de examen será generada por la Dirección de Carreras, a través del personal de apoyo académico, en SIU Guaraní previo estudio de la condición del estudiante para rendir y luego una copia del acta será enviada mediante correo a la/el docente titular o a quien se encuentre a cargo del espacio curricular. Concluida la mesa de examen, la/el docente indicará mediante correo electrónico las calificaciones obtenidas por estudiantes al personal de apoyo académico de las Direcciones de carreras para que éste vuelque el resultado en el SIU Guaraní. i) En caso de no poder participar de la instancia de evaluación, la/el estudiante deberá borrarse a través del SIU GUARANÍ con 48 horas de antelación e informar al/la docente responsable del espacio curricular mediante correo electrónico. j) La/el docente titular, o quien esté a cargo del espacio curricular será quien realice las acciones necesarias para la programación del encuentro virtual. La/el docente deberá informar con 24 horas de anticipación a la/el estudiante las especificaciones técnicas y los modos de acceso, ya sean links de sesión por videollamada o videoconferencia, ID y contraseña de la sesión, y demás datos necesarios para que la/el estudiante pueda realizar sus pruebas de conexión con antelación para resolver situaciones que puedan afectar el desarrollo del examen. Es imprescindible informar la duración estimada de los exámenes.
k) Los exámenes escritos (ya sea conforme la totalidad de la evaluación final o sea una de sus partes), se tomarán preferentemente a través de la plataforma institucional Moodle. Para otras opciones deberá solicitar autorización a la Dirección de Carreras. La evaluación dará inicio en el horario programado (mediante sistema) de inicio y de cierre. La duración del examen debe ser informada con antelación y se recomienda al equipo docente establecer períodos de tiempo conforme el nivel de dificultad del examen. El/la estudiante deberá cumplir dicho horario ya que, salvo cortes de electricidad o interrupciones comprobadas del servicio de internet, no se extenderá más allá del plazo establecido. Resol. Nº 44
Anexo Único-hoja 12
l) La mesa examinadora inicia cuando la/el docente titular, o quien esté a cargo de la materia, compruebe la asistencia de todas/os las/os integrantes del tribunal, así como la asistencia de la/el estudiante. Posteriormente se verificará la identidad de las y los estudiantes conectadas/os. Se admitirá una tolerancia de QUINCE (15) minutos para realizar las pruebas necesarias de conectividad y funcionamiento de los dispositivos a utilizar, en caso que la/el estudiante no se presente al examen transcurrido este tiempo de tolerancia se dejará constancia en el acta de examen de las/os ausentes.
m) Los exámenes orales, podrán efectuarse mediante videollamadas (se podrá realizar en cualquier plataforma o dispositivo que asegure adecuada conectividad). Se recomienda no superar los 30 minutos de duración. Se enviará protocolo acerca de la preparación, información y registro de las sesiones de evaluación.
n) Finalizado el examen el/la docente titular o quien se encuentre presidiendo tribunal completará el Acta de Notas; en el caso de ser un examen oral virtual deberá completar un registro de la sesión, estos documentos deben ser enviados a la Dirección de Carrera, quienes realizarán la carga de las notas en el SIU Guaraní. Para finalizar y dar cierre de las actas se deberá remitir un correo a la Dirección de Alumnos - Secretaría Académica - autorizando el cierre de las mismas. o) El resultado del examen oral se le informará a la/el estudiante transcurridos hasta 30 minutos de finalizado el mismo, para ello se realizará una segunda instancia de comunicación a través de la cual se le informará el resultado. Se sugiere que dicha instancia sea entendida como parte del proceso de aprendizaje de la/el estudiante, pudiendo brindar información que dé cuenta de los criterios de evaluación y resultados obtenidos en cada uno; así como devoluciones que posibiliten la adquisición posterior de aprendizajes, destrezas o competencias para el futuro desarrollo profesional de la/el estudiante. Para los exámenes escritos, el plazo de devolución será el establecido en la normativa vigente (Ord. 108/2010 CS). p) El registro de la sesión de examen oral deberá adjuntarse al Acta Volante digital y conformará el resguardo digital del acto evaluativo. i) Para cada espacio curricular, personal de apoyo académico creará una carpeta en línea para archivo y registro de las evaluaciones que se tomen en este período. ii) Se elaborará un documento para edición compartida con el/la responsable de cada espacio curricular donde quedarán almacenadas la grabación de la sesión (a través de un link) y el acta con el anexo según el siguiente detalle:
• Medio de comunicación (Zoom, Meet, BBB, otros) • Fecha • Hora de inicio Hora de Finalización • Datos del Tribunal • Apellido: Nombre: DNI: • Datos de estudiantes (verificar DNI al inicio de la sesión) Apellido, Nombre, DNI • Link a la sesión • Incidencias y observaciones (cortes, ausencia, problemas de visualización, etc.)
Anexo Único-Hoja 13 12. Prórrogas de regularidad Se prorrogan las regularidades obtenidas de manera previa al 31 de marzo de 2022 y se suspende el plazo de caducidad de las mismas hasta el 31 de marzo de 2023, o hasta tanto se apruebe otra norma en contrario y conforme a las medidas de las autoridades de la UNCUYO. 13. Ingresantes 2022 Se tomarán las siguientes medidas en torno a las y los estudiantes ingresantes, en línea con lo establecido con la Ord. RE 1/2020: a) Los plazos de presentación de la documentación requerida según las Condiciones de Admisibilidad para el Ingreso 2022 a las carreras de grado de la FAD (Res. N° 41/2021 CD-FAD) atendiendo al contexto de emergencia sanitaria podrán ser extendidos, subrayando el carácter excepcional de la situación que atravesamos. Las fechas (y sus posibles modificaciones) serán comunicadas a través de los medios oficiales de la Facultad. b) Se admitirán, para todo trámite, certificados digitales validados por autoridad competente con firma autorizada. c) El plazo de presentación para los y las estudiantes extranjeras/os que adeuden título de nivel secundario revalidado, se extenderá hasta la fecha en que se regularice la atención en los organismos estatales. Asimismo, recibirán asesoramiento y asistencia en trámites correspondiente a la Convalidación de títulos y residencias. d) En estos casos, la Facultad generará un legajo provisorio, que dará derecho a cursada y regularización de espacios curriculares, conforme normas universitarias vigentes. e) Los Certificados de aspirantes y alumno regular se solicitarán a través ingreso@fad.uncu.edu.ar, detallando: nombre y apellido, DNI, legajo y carrera/s, los certificados se enviarán con formato digital al correo informado. 14. Inclusión de estudiantes con discapacidad Teniendo como marco de referencia el Protocolo para la Inclusión de Estudiantes con Discapacidad de la Universidad Nacional de Cuyo11, en cuanto al cursado virtual y a las evaluaciones por parte de los y las estudiantes que se vean impedidos en el uso de los recursos de las plataformas virtuales, herramientas o procesos de evaluación, comunicarse a la Coordinación de DDHH, Género y Discapacidad (coorddhhfad@gmail.com) y consultar sobre posibles ajustes razonables pertinentes, así como solicitar asesoramiento de especialistas, según la situación que manifieste o presente la/el estudiante. Se prestará fundamental atención a cumplir con las recomendaciones y las intervenciones planteadas en la Guía Práctica de Inclusión de estudiantes con Discapacidad según especificaciones y contemplando las necesidades manifestadas de cada estudiante o solicitadas desde la Coordinación de DDHH, Género y Discapacidad; TRACES - SAPOE. Las y los docentes deberán: a) Facilitar el material de cátedra y/o clases con los ajustes razonables necesarios para garantizar el cursado. b) Generar instancias de evaluación que respondan a las sugerencias del protocolo y las especificidades manifestadas por las y los estudiantes con discapacidad. c) Atender a las sugerencias y orientaciones realizadas por la Coordinación de DDHH, Género y Discapacidad y equipos de Secretaría Académica de la FAD.
RESOLUCIÓN Nº 44
11 http://www.uncu.edu.ar/programa_discapacidad/upload/protocolo-uncuyo-2019.pdf
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CD-2022-RES-043 18/03/2022 (Carga: 18/03/2022) |
MENDOZA, 18 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 35137/21 caratulado: “s/Presentación propuesta Seminario de capacitación para los tutores del Ingreso 2022 “Ser tutor en la virtualidad 2° nivel” - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que este Seminario denominado“Ser Tutor en la Virtualidad 2º Nivel FAD” estuvo a cargo del Equipode Tecnología del Aprendizaje y la Comunicación (TAC) y destinado a los tutores del Ingreso 2022.
Que Secretaría Académica, avaló la propuesta, estimando la necesidad y pertinencia del desarrollo de la mencionada capacitación en relación al dictado del Curso de Ingreso con modalidad virtual.
Que la Secretaría Académica y su Área TAC propusieron un proceso formativo intensivo destinado a las y los tutores que trabajaron en el Curso de Ingreso 2022 y en la formación en Derechos Humanos, cuyos ejes principales fueron: ● El dominio básico de la plataforma Moodle de la FAD, EVEA que actuó como soporte de cada bloque del Ingreso ● El desarrollo de capacidades propias del tutor en entornos virtuales ● El conocimiento de la propuesta de enseñanza, aprendizaje y evaluación que les correspondiótutorear para planificar su trabajo.
Que dicha capacitación fue desarrollada en elEVEA, con estrategias metodológicas similares a las que se implementarán en el cursado virtual del Ingreso propiamente dicho, para que al finalizar la formación, las y los tutores cuenten con un plan de trabajo que les permita organizar el seguimiento grupal y personalizado de las personas que acompañarán.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 30 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Tener por autorizado el dictado del Seminario de “Ser Tutor en la Virtualidad 2º Nivel - FAD”, que estuvo a cargo del equipo de Tecnologías del Aprendizaje y la Comunicación (T.A.C.)se llevóa cabo entre el ONCE (11) y VEINTICINCO (25) de octubre de 2021, con una carga horaria de TREINTA Y CINCO (35) horas, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo Único que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 43
ANEXO ÚNICO
FORMATO CURRICULAR (Marcar con una x según corresponda)
Curso Conferencia Taller Obra de Teatro
Jornada Ciclo de debate Muestra de Arte Otro
Seminario x Clase Magistral Concierto
TÍTULO DE LA ACTIVIDAD
SER TUTOR EN LA VIRTUALIDAD 2° Nivel
ORGANIZADORES O RESPONSABLES
Área TAC
Estudiantes Colaboradores
PROFESOR QUE OFRECERÁ LA ACTIVIDAD En caso de que el docente sea externo a la FAD, incluir a continuación un CV completo. En caso de necesitar programa o catálogo, incluir CV abreviado (no más de 200 palabras).
Marcela Zakalik, , Vanina Lucero Natalia Marengo
FECHA DE LA ACTIVIDAD
Comienza 11 10 21 Finaliza 25 10 21
HORARIO
de a hs
Especificar carga horaria Horas reloj Horas reloj (NO 35 (presenciales) presenciales) Horas cátedra Horas cátedra (NO (presenciales) presenciales)
Observaciones El Seminario será dictado por medio de la Plataforma Moodle, con una instancia sincrónica en Zoom
Resol. N° 43
Anexo Único- Hoja 2. 7. LUGAR DONDE SE REALIZARÁ LA ACTIVIDAD
Plataforma Moodle de la Facultad de Artes y Diseño
Gestión del mismo a cargo de: Equipo TAC
DESTINATARIOS (Marcar con una X según corresponda)
Estudiantes de grado Activos x Oyentes FAD
Estudiantes de posgado Activos Oyentes
Graduados FAD Activos x Oyentes
Docentes FAD Activos x Oyentes
Externo Activos Oyentes
Otro Activos Oyentes
CUPOS
Mínimo 20 Máximo 60
10. ARANCEL (Especificar montos)
DESTINATARIOS ACTIVO OYENTES
Estudiantes de grado $ $ FAD
Estudiantes de posgrado $ $
Graduados FAD $ $
Docentes FAD $ $
Externo $ $
Otro $ $
Considerar en concepto de Becas un 10% de los inscriptos estudiantes de nuestra institución (Ord.6/2015-CDFAD)
11. MODALIDAD DE LA ACTIVIDAD (Marcar con una X según corresponda)
Resol. N° 43
Anexo Único- Hoja 3.
Teórica Presencial Teórica-Práctica X
Práctica Semi-Presencial Otra x
12. MATERIAL GRÁFICO NECESARIO PARA LA DIFUSIÓN
Flyer Programa Catálogo
Otro (Especificar)
13. RECURSOS TÉCNICOS REQUERIDOS
14. INSCRIPCIÓN ASISTENTES
La inscripción se realizará únicamente a través de la página web de la FAD.
En caso de requerir otra información especificarlo a continuación
En caso de que la actividad sea arancelada, la inscripción se podrá realizar contando con el número de recibo de pago. Los pagos se realizan exclusivamente en Secretaría Económica Financiera (planta baja Edificio de Gobierno FAD) de lunes a viernes de 9 a 13 h.
15. CERTIFICACIÓN
Enviar exclusivamente en formato digital a tac@gm.fad.uncu.edu.ar, el listado con la nómina de participantes que hayan asistido y/o aprobado la actividad (nombre completo, DNI o pasaporte, correo electrónico). El periodo de envío de dicha lista no debe superar los 20 días a partir de finalizada la actividad
16. OTRAS NECESIDADES O CONSIDERACIONES
RESOLUCIÓN N° 43
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CD-2022-RES-042 18/03/2022 (Carga: 18/03/2022) |
MENDOZA, 18 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7465/21 caratulado: “LÓPEZ DUPERTUIS, Laura Verónica s/ solicitud de Convocatoria CEREP cov-de Concursos Especiales s/Resol.265/20 C.S. cargo Profesor Asociado (SE) asignatura: "Diseño Gráfico Final" Carreras de Diseño- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el Acta de Cierre de Inscriptos figura como única postulante: Prof. Laura Verónica LÓPEZ DUPERTUIS.
Que mediante VAR-CUY: 0129304/2021 consta el Acta Final elaborada por la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso y en la misma se propone la designación de la Prof. Laura Verónica LÓPEZ DUPERTUIS.
Que mediante VAR-CUY: 0130157/2021 el Departamento de Concursos informa que se ha llevado a cabo la notificación del acta propuesta por la Comisión Asesora. Asimismo destaca que habiendo transcurrido el plazo para la presentación de recursos, no se han manifestado impugnaciones a la decisión del jurado.
Que por otra parte, la Dirección de Personal informa que la Prof. LÓPEZ DUPERTUIS revista en esta dependencia en el cargo de: . Profesor Asociado (SE), interina, para el dictado de la asignatura “Diseño Gráfico Final”, de las Carreras de Diseño, según resolución Nº 57/21-CD. Además, informa que correspondería la baja del cargo interino que se menciona; al momento de la efectivización del mismo, por tratarse de la misma asignatura.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 10 de marzo de 2022.
Por ello y atento lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de Concursos (ordenanza N° 23/10-C.S.),
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 97/21-C.D. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Asociado con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura "Diseño Gráfico Final" que se cursa en las Carreras de Diseño de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S., estableciendo el siguiente orden de méritos: 1º.- Laura Verónica LÓPEZ DUPERTUIS, única postulante presentada.
ARTICULO 2°.- Auspiciar ante el Consejo Superior la designación con carácter efectivo de la Prof. Laura Verónica LÓPEZ DUPERTUIS (Legajo Nº 31.327 – CUIL n° 2723291256-7) en el cargo y funciones objeto del presente concurso.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 42
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CD-2022-RES-041 18/03/2022 (Carga: 18/03/2022) |
MENDOZA, 18 de marzo del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7383/21 caratulado: “GALDAMES, Jorge Alejandro s/solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov) s/Resol. 265/2020 C.S. Cargo: Profesor Titular (SE) Asig: "Química Gral"-"Química I optativa""Física Aplicada a la Cerámica"-"Tecnología del Calor-FAD-”.
CONSIDERANDO:
Que en el Acta de Cierre de Inscriptos figura como único postulante: Prof. Jorge Alejandro GALDAMES.
Que mediante VAR-CUY: 0130654/2021 consta el Acta Final elaborada por la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso y en la misma se propone la designación del Prof. Jorge Alejandro GALDAMES.
Que mediante VAR-CUY: 0133142/2021 el Departamento de Concursos informa que se ha llevado a cabo la notificación del acta propuesta por la Comisión Asesora. Asimismo destaca que habiendo transcurrido el plazo para la presentación de recursos, no se han manifestado impugnaciones a la decisión del jurado.
Que por otra parte, la Dirección de Personal informa que el Prof. GALDAMES revista en esta dependencia en los cargos de: . Profesor Titular (SE), interina, para el dictado de las asignaturas “Química General”, Licenciatura en Cerámica Artística; “Química I - optativa”, Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística; “Física Aplicada a la Cerámica” Licenciatura en Cerámica Industrial; “Física Aplicada a la Cerámica – optativa” Licenciatura en Cerámica Artística y Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística y por extensión “Tecnología del Calor” en la Licenciatura en Cerámica Industrial, Carreras de Cerámica, según Resol. n° 169/21- CD . Profesor Titular (S), interino, para el dictado de la asignatura “Operaciones y Procesos Unitarios I” en la Licenciatura en Cerámica Industrial, Carreras de Cerámica, según Resol. n° 179/21-CD. Además, informa que correspondería la baja del primer cargo interino que se menciona; al momento de la efectivización del mismo, por tratarse de las mismas asignaturas.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 10 de marzo de 2022.
Por ello y atento lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de Concursos (ordenanza N° 23/10-C.S.),
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 136/21-C.D. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas: "Química General", "Química I” (Optativa), "Física Aplicada a la Cerámica" y "Tecnología del Calor” que se cursan en las Carreras de Cerámica de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S., estableciendo el siguiente orden de méritos: 1º.-Jorge Alejandro GALDAMES, único postulante presentado.
ARTICULO 2°.- Auspiciar ante el Consejo Superior la designación con carácter efectivo del Prof. Jorge Alejandro GALDAMES (Legajo Nº 32.510 – CUIL n° 20-14528907-7) en el cargo y funciones objeto del presente concurso.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 41
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FA-2022-RES-053 17/03/2022 (Carga: 17/03/2022) |
MENDOZA, 17 de marzo del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 2184/22 caratulado: “s/Solicitud de renuncia condicionada - Patricia Amalia de la Torre - FAD -”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde la Prof. DE LA TORRE solicita a partir del día 1 de marzo de 2022 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en los cargos detallados en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista de la docente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES DE LA TORRE, Patricia Amalia
D.N.I. 12.044.108
CUIT/CUIL 27-12044108-1
LEGAJO 16.701
Los cargos en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Adjunto
Dedicación Simple
Condición reemplazante
Nº de Resolución de designación Resol. n° 160/21-C.D.
Término de la última designación
Desde UNO (1) de enero de 2022 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022
Espacio/s Curricular/es
1) “Historia de la Cultura y el Teatro Universales III” (optativa)
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Artes del Espectáculo
Resol.Nº 53
6. Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES MARZO
AÑO 2022
ARTÍCULO 2º.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 53
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FA-2022-RES-052 16/03/2022 (Carga: 16/03/2022) |
MENDOZA, 16 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 38193/21 caratulado: “Solicitud Prorroga designación reemplazante Prof. Marcela Fabiana Carrizo y Cristian Nicolas Mella. Carreras Musicales FAD -”.
CONSIDERANDO:
Que las presentes prorrogas corresponden a docentes designados en carácter de reemplazantes mediante el Instructivo para la coberturas de cargos establecido por la Ordenanza Nº 2/20 C.D.
Los informes favorables emitidos por Dirección de Personal, Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación, en carácter de reemplazantes, al Personal Docente Universitario que se detalla en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Las características particulares del espacio detallado en el Anexo Único, que figuran en el informe de Secretaría Académica.
ARTÍCULO 3º.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en el Legajos Electrónico Único que consta en el informe de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTÍCULO 4°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 52
ANEXO ÚNICO PRÓRROGAS REEMPLAZANTES ORD. N° 02/20–C.D., DESDE 01/03/2022 HASTA 31/12/2022.
Legajo Nº Apellido y nombre Cargo Dedicación Espacio curricular Observaciones Canto I a V - Canto Ciemu (ABCD) , Lic. Canto CARRIZO, Marcela Reemplazante de Prof. Jimena 22579 Profesor Adjunto Semiexclusiva Canto Complementario I y II Lic. Dirección Coral Fabiana SEMIZ Canto I a IV Nivel Parasistemático Canto I a V - Canto Ciemu (ABCD) Lic. Canto MELLA, Cristian Ayudante de Reemplazante de Prof. Marcela 29616 Simple Canto Complementario I y II Lic. Dirección Coral Nicolás Primera CARRIZO Canto I a IV Nivel Parasistemático
RESOLUCIÓN Nº 52
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CD-2022-RES-040 16/03/2022 (Carga: 16/03/2022) |
MENDOZA, 16 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 4842/22 caratulado: “s/Solicitud pautas para la organización de cursado 2022 - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las recientes disposiciones de la UNCUYO referidas a la planificación del cursado presencial durante el primer cuatrimestre del Ciclo Lectivo 2022 y teniendo en cuenta el contexto de la situación epidemiológica a nivel provincial y nacional, esta Unidad Académica, a través de la Secretaría Académica, presenta una propuesta de transición que deberá ser cuidadosamente planificada y será sujeta a evaluación continua.
Asimismo, se deja establecido que necesariamente tendrá un carácter flexible conforme las condiciones sanitarias mencionadas, además aclara que la coordinación de tales medidas estará a cargo de las Direcciones de las Carreras que integran esta Unidad Académica.
Que estas normas tienen como objetivo “resguardar la calidad en la formación de las distintas carreras” y tomar decisiones que se nutran de las experiencias en la enseñanza remota de emergencia (virtualización) y de las instancias de alternancia transitadas durante la segunda mitad del año 2021.
Que la intención es identificar y/o generar estrategias de hibridación (presencialidad/virtualidad) que resulten más efectivas en función de las características de los espacios curriculares, las carreras de la FAD, las características y situación contextual de los propios docentes y estudiantes. Las instancias virtuales deben respetar las recomendaciones de CONEAU y la normativa de la UNCUYO al respecto.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en sesión del día 10 de marzo de 2022.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las pautas para la “Planificación del cursado presencial para el primer cuatrimestre del Ciclo Lectivo 2022”, de acuerdo a los criterios establecidos en esta Unidad Académica: • La FAD trabajará en su propuesta de carreras presenciales, con/hasta el 30% de virtualidad, conforme lo que posibilita la normativa vigente (Ord. 29/2021 CS) según criterios acordados entre la Secretaría Académica, las Direcciones de Carreras y atendiendo a recomendaciones del Área TAC. • La virtualidad se pone en juego en distintos modos de encuentro mediatizados por tecnologías entre docentes, estudiantes y contenidos, ya sea de modo sincrónico (a través de videollamadas, con instancias que emulan encuentros presenciales) y de modo asincrónico (principalmente a través del aula virtual). • Entre las posibilidades de la hibridación o combinación presencialidad/virtualidad, el porcentaje de virtualidad para la FAD se establece según formato curricular:
Resol.Nº 40
• Espacios teóricos: 70% presencial / 30% virtual conjugando instancias sincrósincrónicas y asincrónicas. • Espacios prácticos (talleres, laboratorios, proyectos, prácticas supervisadas): 90% presencial, 10 % virtual asincrónico (preferentemente).
• Las estrategias diseñadas en cuanto a la virtualidad deben explicitarse junto con la presentación de programas de los espacios curriculares en un Anexo específico según Ord. 29/2021 CS destinado a tal propósito (descripción de la propuesta formativa en la virtualidad especialmente las instancias sincrónicas o asincrónicas, el entorno virtual de aprendizaje, los materiales didácticos, las instancias evaluativas y la organización de las tareas del equipo docente). • Los horarios de consulta podrán ser virtuales, sincrónicas, a través de videollamadas. El horario y la modalidad deberán informarse en el programa de la materia. Carga horaria según dedicación docente (Ord. 28/00 CS). • Se sugiere considerar especialmente las posibilidades de la presencialidad de estudiantes que están fuera del Gran Mendoza (Gral Alvear, San Rafael y Malargüe) o de la Provincia y por razones de salud. • A nivel institucional es importante resaltar que las decisiones no pueden tomarse en solitario yaque requieren una coordinación de los horarios de cursado, el monitoreo de laparticipación de estudiantes y docentes, la disponibilidad de equipamiento y conectividad. • Respecto de las plataformas de videollamadas, contamos conMeet (con laslimitaciones impuestas por la empresa) y con un par de cuentas de Zoom(administradas por el Área TAC). Razón porla cual es imperioso manejarse institucionalmente respecto de la disponibilidad equitativa de estas herramientas. • En cuanto a las videollamadas, se recuerda que se desaconsejan para el desarrollo de clases expositivas o de sola transmisión de información. Por el contrario, debierapromoverse el uso de metodologías activas de enseñanza que sitúen al estudiante como autogestor de su aprendizaje, la creación de soluciones y el trabajo colaborativo e interdisciplinario. • En cuanto a la organización de aulas virtuales, las recomendaciones están a disposición en el espacio FAD VIRTUAL.
ARTÍCULO 2º.- Las normativas que constituyen el marco de referencia son: • Resolución Ministerial 2641/2017: SIED; • Consejo Superior UNCUYO. Ordenanza 29/21. Procedimiento para la implementación de complementos virtuales en propuestas de la oferta educativa presencial. • CONEAU (2022) Consideraciones sobre las Estrategias de Hibridación en el marco de la evaluación y la acreditación universitaria frente al inicio del ciclo lectivo 2022; • Chrabalowski-Ficcardi (2022) Documento técnico. Comentarios sobre estrategias de hibridación que propone CONEAU; • Comisión de Referentes de los SIED y áreas de EAD de la UNCUYO (2021) Mejores prácticas de la EaD para escenarios de transición. • Facultad de Artes y Diseño-TAC (Marzo de 2020). Recomendaciones para docentes. Iniciando la construcción de escenarios virtuales. • Facultad de Artes y Diseño-TAC (Junio de 2020). Marco pedagógico didáctico para la autoevaluación y validación de entornos virtuales de enseñanza y aprendizaje. Resol.Nº 40
• Facultad de Artes y Diseño-TAC (Mayo de 2020). Recomendaciones para exámenes virtuales. • Facultad de Artes y Diseño – Dirección de Carreras de Diseño (2020). Pautas para el trabajo académico en modalidad virtual. Material para docentes.
ARTÍCULO 3°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 40
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FA-2022-RES-051 15/03/2022 (Carga: 15/03/2022) |
MENDOZA, 15 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 3182/22 caratulado: “S/Designación Referentes Comisión Evaluación y Certificación Calidad SIED UNCuyo. Secretaría Académica – FAD”.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los representantes de esta Unidad Académica ante dicha Comisión.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar, desde el UNO (1) de marzo hasta el DIECISÉIS (16) de agosto de 2022, a quienes actuarán en calidad de Referentes ante la Comisión de Evaluación y Certificación de Calidad SIED UNCuyo, que se mencionan a continuación: TITULAR: • Prof. Esp. Mariela Beatriz MELJIN LOMBARDI - D.N.I. N° 22.519.373 - Legajo 25.598. SUPLENTE:
• D.I. Marcela Rebeca ZAKALIK - DNI 17.317.286 - Legajo 28.221.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 51
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FA-2022-RES-050 15/03/2022 (Carga: 15/03/2022) |
MENDOZA, 15 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUY-CUDAP Nº 37256/21 caratulado: “Solicitud de reconocimiento de antigüedad docente - REINOSO, Ruth - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que Dirección de Control e Información de Rectorado informa que dicho pedido encuadra en lo dispuesto en el Art. 36 del Decreto Nacional N° 1246/15 (CCT) y en la Ord. N° 45/97-CS.
Lo informado por Dirección de Personal.
Que de acuerdo a la normativa vigente, corresponde el pago de la bonificación por antigüedad resultante a partir de los haberes de DICIEMBRE de 2021, mes siguiente al de la presentación de las probanzas en el expediente mencionado.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Reconocer a la Prof. Ruth Analía REINOSO (Legajo N° 34.894 – CUIL Nº 27-27975488-9) una Antigüedad Docente acumulada al VEINTIOCHO (28) de febrero de 2022, de DIECINUEVE (19) años y NUEVE (9) meses, de acuerdo al siguiente detalle: REPARTICIÓN DESDE HASTA A M D Dirección General de Escuelas- Gobierno de Mendoza 31/05/2002 28/02/2022 19 09 00 Universidad Nacional de Cuyo-Colegio Universitario Central
Licencia sin goce de haberes NO REGISTRA TOTAL 19 09 00
ARTÍCULO 2°.- Corresponde el pago del adicional a partir del mes de DICIEMBRE de 2021.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 50
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FA-2022-RES-049 15/03/2022 (Carga: 15/03/2022) |
MENDOZA, 15 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 39745/21 caratulado: “s/solicitud Baja por Finalización de Opción de Permanencia, Prof. Silvia VALENTE - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la Prof. VALENTE ha presentado el Formulario Nº 4 de la Circular nº 57/18 – de GESTIÓN DE PERSONAL, en el que informa la baja a partir del 30 de enero de 2022.
Asimismo ha presentado el Formulario Nº 10 de la Circular nº 57/18 – de GESTIÓN DE PERSONAL, en el que informa el motivo de la misma “Baja por Finalización de la Opción de Permanencia - Docente Universitario”.
Lo informado por la Dirección de Personal.
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el art. 9° de la ordenanza Nº 32/16-R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de “Baja por Finalización de la Opción de Permanencia Docente Universitario”, a partir del TREINTA (30) de enero de 2022, a la Prof. Silvia Elena VALENTE (Legajo Nº 13.571 - CUIL Nº 23-10273280-4) en el cargo de Profesor Titular dedicación semiexclusiva, efectivo, en la asignatura “Percusión y Accesorios” de las Carreras Musicales, designación efectuada por Resol. N° 475/1986-C.S.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución se emitida en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 49
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CD-2022-RES-039 15/03/2022 (Carga: 15/03/2022) |
MENDOZA, 15 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 27952/21 caratulado: “S/Solicitud “dedicación Exclusiva” p/Mgter. Laura Braconi, cargo Prof.Titular Efectivo. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la Mgter. Laura Viviana BRACONI solicita se unifiquen en UN cargo de Profesor Titular con dedicación Exclusiva, los DOS cargos efectivos que posee de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva para el dictado de los espacios curriculares de “Diseño de Productos I” y “Diseño de Productos II”.
Considerando la opinión favorable de Secretaría Académica, en coincidencia con lo informado por Dirección General Administrativa en cuanto a que el pedido se encuadra en lo establecido por Ord. 1/08-C.S. que establece en el artículo 1º, como medida excepcional y transitoria las pautas para la unificación de cargos docentes. Cabe aclarar que en este caso, por tratarse de dos cargos con carácter efectivo, la dedicación unificada se otorgará con carácter efectiva, por lo que procede, una vez aprobada por el Consejo Directivo, su elevación al Consejo Superior.
Que Secretaría Económico-Financiera considera el otorgamiento de Dedicación Exclusiva por unificación de cargos docentes a favor de la misma (Ordenanza N° 1/08-CS – Artículo 1° - Inciso a)), será necesario realizar la transformación presupuestaria pertinente a partir de la fecha de su designación por el órgano competente.
Los informes de Secretaría Académica y de Dirección de Personal.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en sesión del día 30 de noviembre de 2021.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Transformar los cargos Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, efectivo, para el dictado del espacio curricular “Diseño de Productos I” y Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, efectivo, para el dictado del espacio curricular “Diseño de Productos II”, que revista la Mgter. Laura Viviana BRACONI (Legajo Nº 23.146 – CUIL N° 27-16553998-8) en UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación exclusiva, para el dictado de ambas asignaturas que se cursan en las Carreras de Diseño.
ARTÍCULO 2°.- Elevar al Consejo Superior para su consideración.
ARTÍCULO 3°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Dependencia o Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Apartado dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100,00% Total de la distribución programática 100%
Resol. N° 39
ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande el presente incremento según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código de Cargo 800 Profesor Titular con Dedicación Exclusiva
ARTÍCULO 4°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 39
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FA-2022-RES-048 14/03/2022 (Carga: 14/03/2022) |
MENDOZA, 14 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 812/22 caratulado: “SARDI, María Candelaria s/ Diploma DUPLICADO Diseñadora Industrial - FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la egresada argumenta su solicitud en el extravío sufrido del diploma original extendido según resolución N° 948/15-FAD, como así también el certificado analítico de egreso.
Que María Candelaria SARDI presenta la constancia del extravío mencionado, emitida por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Gobierno de Mendoza.
Que dicho pedido se encuentra encuadrado en las disposiciones de la ordenanza N° 35/91–C.S. (artículo 27° - inciso a).
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Autorizar la emisión en DUPLICADO del diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada María Candelaria SARDI (D.N.I. Nº 35.623.356) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTITRÉS (23) de marzo de 1992, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 4/06-C.S., con fecha de egreso (11) de septiembre de 2015 y cuyo original fuera expedido mediante resolución N° 948/15-F.A.D., como así también la copia del certificado analítico de egreso.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCION Nº 48
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FA-2022-RES-047 14/03/2022 (Carga: 14/03/2022) |
MENDOZA, 14 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 30845/21 caratulado: “Benjamín Ernesto Perez Matta S/ Solicitud acreditación de horas de cátedra abierta. FAD”
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 611/21-FAD se acreditó al alumno MATTA la carga horaria de 35 horas correspondientes a la actividad curricular “Cátedra Abierta de Música Popular”, de las Carreras Musicales.
Que elevadas las presentes actuaciones a la Dirección de Alumnos, se advierte que el alumno registra en el sistema Guaraní un total de 14 horas de actividades, las que debería sumarse a las acreditadas por resolución N° 611/21-FAD, a fin de cumplimentar con la totalidad exigida para el reconocimiento de “Catedra Abierta de Música Popular”.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Benjamín Ernesto PEREZ MATTA (Registro N° 20.621- DNI Nº 31.286.475) CATORCE (14) horas correspondientes a la actividad curricular “Cátedra Abierta de Música Popular”, de las Carreras Musicales a fin de cumplimentar con la carga horaria exigida para su reconocimiento.
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 47
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FA-2022-RES-046 14/03/2022 (Carga: 14/03/2022) |
MENDOZA, 14 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 37357/21 caratulado: “S/Aprobar adscripción del alumno MOYANO RODRIGUEZ, Juan Ignacio 2020 /2021 – FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la presente adscripción fue realizada y coordinada de manera virtual por parte del mencionado alumno, debido a la situación de Pandemia durante los años 2020 y 2021. Los informes producidos por la Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la adscripción realizada por el alumno de las Carreras de Diseño esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: LEGAJO DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES 23.093 36.618.706 MOYANO RODRÍGUEZ, Juan Ignacio DISEÑO 2.0 Ciclo Lectivo: 2021
ARTÍCULO 2°.- Otorgar al interesado el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 46
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FA-2022-RES-045 14/03/2022 (Carga: 14/03/2022) |
MENDOZA, 14 de marzo del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6345/22 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Instrumento Complementario Piano", "Instrumento I al IV Piano” (teclados) e “Instrumento A y B Piano” CIEMU que se cursan en la Licenciatura en Música Popular, perteneciente a las Carreras Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 28/22-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 28/22-CD. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Instrumento Complementario Piano", "Instrumento I al IV Piano” (teclados) e “Instrumento A y B Piano” CIEMU que se cursan en la Licenciatura en Música Popular, perteneciente a las Carreras Musicales de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: Alejandra SÁEZ Suplente: Bárbara BUONO Por los egresados: Titular: Andrea CAPELLI Suplente: Melisa BUDINI Por los alumnos: Titular: José Manuel RO Suplente: Jorge Gerardo CASTILLO AGÜERO
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 7851/21 .
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 45
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FA-2022-RES-044 14/03/2022 (Carga: 14/03/2022) |
MENDOZA, 14 de marzo del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6346/22 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer un cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas “Instrumento Complementario Piano", "Instrumento I al IV Piano” (teclados) e “Instrumento A y B Piano” CIEMU que se cursan en la Licenciatura en Música Popular, perteneciente a las Carreras Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 27/22-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 27/22-CD. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas “Instrumento Complementario Piano", "Instrumento I al IV Piano” (teclados) e “Instrumento A y B Piano” CIEMU que se cursan en la Licenciatura en Música Popular, perteneciente a las Carreras Musicales de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: Alejandra SÁEZ Suplente: Bárbara BUONO Por los egresados: Titular: Andrea CAPELLI Suplente: Melisa BUDINI Por los alumnos: Titular: José Manuel RO Suplente: Jorge Gerardo CASTILLO AGÜERO
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 8272/21 .
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 44
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FA-2022-RES-043 11/03/2022 (Carga: 11/03/2022) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6375/22 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer un cargo de Profesor Titular con dedicación simple para el dictado de la asignatura: “Interpretación I –Canto”, perteneciente a la Licenciatura en Música Popular que se cursa en las Carreras Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 25/22-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/21-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/21-R.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 25/22-CD. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de la asignatura “Interpretación I – Canto”, perteneciente a la Licenciatura en Música Popular que se cursa en las Carreras Musicales de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: Marcela Fabiana CARRIZO Suplente: Diego Valentín FLORES Por los egresados: Titular: Andrea CAPELLI Suplente: Melisa BUDINI Por los alumnos: Titular: Martina MC COUBREY CEBALLOS Suplente: Carlos Andres FUENTES MORENO
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 18615/21 .
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 43
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FA-2022-RES-042 11/03/2022 (Carga: 11/03/2022) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 5551/22 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer un cargo de Profesor Titular con dedicación simple para el dictado de las asignaturas: “Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos II” e “Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos II” (Optativa Grupo II), pertenecientes a las Carreras de Artes del Espectáculo y de Artes Visuales, respectivamente, que se cursan en esta Facultad.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 38/22-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 38/22-CD. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas: “Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos II” e “Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos II” (Optativa Grupo II), pertenecientes a las Carreras de Artes del Espectáculo y de Artes Visuales, respectivamente, que se cursan en esta Facultad., en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: Mario Carlos HERRERA Suplente: Alba Gabriela BIZÓN Por los egresados: Titular: Ariadna Estela SALVO Suplente: Mauricio Martín FUNES ZAINA Por los alumnos: Titular: Lucas Julián SALINAS VERÓN Suplente: Franco Nicolás POCLAVA
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 7016/21 .
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 42
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CD-2022-RES-038 11/03/2022 (Carga: 11/03/2022) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7016/21 caratulado: “María Verónica MANZONE s/ solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Profesor Titular (S) Asig: Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos II- Optativa grupo II -FAD”
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “
ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado para todos los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. 197 y 198/2021 C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 23/10-C.S.
Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa de la Prof. María Verónica MANZONE se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
2Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.” Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 19 de octubre de 2021, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de la asignatura “Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos II” e “Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos II” (Optativa Grupo II), pertenecientes a las Carreras de Artes del Espectáculo y de Artes Visuales de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso:
Publicación: desde el VEINTIUNO (21) al VEINTICINCO (25) de marzo de 2022.
Inscripción: desde el VEINTIOCHO(28) al TREINTA (30) de marzo de 2022; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.arla documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad- , Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes: los días TREINTA Y UNO (31) de marzo y UNO (1) de abril de 2022, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.aren horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Los descriptores y las expectativas de logro de la mencionada asignatura son: EXPECTATIVAS DE LOGROS:
• Conocer el teatro argentino desde los orígenes a la actualidad, reconociendo los momentos claves de su evolución, y estableciendo las relaciones entre el contexto histórico político y el campo cultural en que se inserta el Teatro. • Definir los rasgos caracterizadores de los discursos dramáticos y actoral, en sus distintos aspectos y las estéticas en que se inserta. • Vincular los momentos de la evolución del Teatro en Buenos Aires con los de Mendoza, reconociendo el desarrollo de otros hechos del espectáculo argentino: radio, cine y televisión. • Valorar la función social del teatro en el desarrollo de la cultura nacional y regional.
DESCRIPTORES • Teatro argentino del Siglo XX. Tipos de teatro. Principales orientaciones estéticas del teatro argentino y sus influencias europeas. • El Teatro en los años 30: contexto. Vanguardias de Florida y Boedo. Grotesco criollo. Comedia Brillante. Revista. Asociaciones gremiales. Actores representativos. El teatro entre 1930 y 1960. Contexto socio-cultural. Roberto Arlt. Crisis teatral. • El teatro entre 1960 y 1995. Contextos socio-políticos. Hitos fundamentales del desarrollo cultural. Realismo reflexivo y neovanguardia. El fenómeno teatro abierto. La dramaturgia de Gambaro y Pavlovsky. Nuevas propuestas escénicas. Autores representativos. Cambios de paradigma en la dramaturgia y la puesta en escena. FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES:
• Poseer título de Licenciado en Arte Dramático, Profesor de Grado Universitario en Teatro, Diseñador Escenográfico, Profesor de Historia con especialización en Teatro, o ser profesional que acredite formación específica en la asignatura. • Poseer conocimientos en Historia de la Cultura y el Teatro en general, y en particular del Teatro Argentino. • Acreditar antecedentes docentes. • Tener pleno conocimiento de las expectativas de logro y de los descriptores de la asignatura, en el marco del Plan de Estudios de las Carreras, en función de los perfiles profesionales descriptos en los Planes de Estudios vigentes. FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR: El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecidas en el Art.62 del Anexo único de la Ordenanza Nº 05/2019- C.D. – FAD, según se detallan a continuación: El Profesor Titular constituye la máxima jerarquía de profesor ordinario que tiene a su cargo la coordinación de la gestión académica de la cátedra y, por tanto, le compete la responsabilidad de la enseñanza e investigación que en ese ámbito se realicen. Funciones de Profesor Titular: • Organizar la labor de la cátedra en acuerdo con sus pares del equipo de cátedra, organizando y supervisando el desempeño del mismo, tendiendo al mejoramiento continuo de la enseñanza y a la formación de docentes e investigadores en el marco de los lineamientos acordados con la Dirección de Carreras. • Elaborar anualmente el programa de la asignatura. • Dictar las clases correspondientes estipuladas en los planes y programas vigentes y en los horarios establecidos. • Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. • Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación.
Resol. N.º 38
• Participar en las actividades y reuniones de la Dirección a la que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. • Actuar en las comisiones en las que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. • Informar a la Dirección de Carreras hasta el 30 de abril de cada año el plan anual de labor que la cátedra concretará durante el año académico. • Evaluar e informar, según se establece en la presente reglamentación, a la Dirección de Carreras a la que pertenece su cátedra, el desempeño de los docentes a su cargo, así como también las actividades académicas realizadas durante el año. • Colaborar en actividades de posgrado, extensión o dirigidas a graduados en las que se requiera su participación mediando solicitud de autoridad universitaria competente. • Realizar actividades de investigación científica, técnica o artística, conforme al plan anual de labor de la cátedra y los lineamientos propuestos por la Facultad y Universidad a tal efecto, según dedicación. • Realizar reuniones con su equipo de cátedra a fin de analizar en conjunto la marcha de actividades de enseñanza, los reajustes en la programación, la evaluación de los estudiantes, los trabajos prácticos, etc. • Coordinar la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra. • Realizar en conjunto con el Profesor Asociado y Adjunto la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra. • Orientar y supervisar la elaboración, implementación y evaluación de trabajos prácticos. • Acordar con los profesores asociados y adjuntos la realización de tareas relacionadas con la elaboración de exámenes parciales y su posterior evaluación y recuperación.
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: MIEMBROS TITULARES:
Jubilada - Prof. Titular efectivo “Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos II”. ROMERO, Alicia Beatriz Carreras de Artes del Espectáculo. Facultad de Artes y Diseño. Universidad Nacional (jubilada) de Cuyo. Prof. Titular efectivo “Técnicas Vocales II”. Carreras de Artes del Espectáculo. PSENDA, Gabriela Cecilia Facultad de Artes y Diseño. Universidad Nacional de Cuyo. Prof. Titular efectivo “Seminario de Introducción a la Investigación: Teatro TARANTUVIEZ, Susana Argentino Contemporáneo”. Departamento de Letras. Facultad de Filosofía y Letras. Universidad Nacional de Cuyo.
MIEMBROS SUPLENTES: Jubilada - Prof. Titular efectivo “Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos I”. GONZÁLEZ, María Graciela Carreras de Artes del Espectáculo. Facultad de Artes y Diseño. Universidad (jubilada) Nacional de Cuyo. Prof. Titular efectivo “Historia de la Cultura y el Teatro Universales I”. Carreras de MILLARES, Héctor Julio del Corazón de Jesús Artes del Espectáculo. Facultad de Artes y Diseño. Universidad Nacional de Cuyo. Profesor Titular Plenario “Texto Teatral con atención en Introducción a la ARGÜELLO PITT, Cipriano Javier Teatrología”. Licenciatura en Teatro. Facultad de Artes. Universidad Nacional de Córdoba.
ARTÍCULO 5°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 38
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CD-2022-ORD-002 11/03/2022 (Carga: 15/03/2022) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUYNº 5548/22 caratulado: “SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO s/Modificación de Plan de Estudios de la Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales. FAD -”
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario adecuar la estructura del Plan de Estudios de la Maestría en Gestión del Diseño para los desarrollos regionales, según los requerimientos de la normativa de posgrado vigente, y los requerimientos de CONEAU, en cuanto al porcentaje de la carga horaria de actividades prácticas acorde con una carrera de carácter profesional.
Que atento al proceso de re-acreditación de la carrera, resulta necesario adecuar el Plan de Estudios a los criterios establecidos en el reglamento de la carrera, según la normativa de posgrado vigente en sus aspectos académicos y de gestión, lo cual contribuirá al mejoramiento de las actividades curriculares y a los aspectos que hacen al control, gestión y seguimiento de los procedimientos que implica su desarrollo.
Que desde la Facultad de Artes y Diseño se propone ofrecer estudios de posgrado del más alto nivel académico, acompañando el desarrollo de las capacidades artísticas y científico tecnológicas de las diferentes disciplinas que se desarrollan en la Unidad Académica, propiciando un enfoque interdisciplinar de los trabajos que resulten de este proceso, con el propósito de contribuir a la apropiación social del conocimiento.
Que la carrera está destinada a formar profesionales de diseño capacitados para participar en la definición y construcción de modelos de cambio institucional que contribuyan a la conformación de una sociedad integrada y equitativa, cubriendo un área de vacancia regional en la formación de recursos que se ocupen de estas problemáticas.
Que la Secretaría de Investigación y Posgrado ha corroborado que la nueva propuesta de Plan de Estudios se ajusta a la reglamentación vigente y que su actualización permitirá un marco normativo adecuado para el desarrollo de nuevas cohortes, atento a lo cual aconseja aprobar las modificaciones del Plan de Estudios de la Carrera de Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 10 de marzo de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTICULO 1º.- Aprobar la modificación del Plan de Estudios correspondiente a la Carrera de Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales, a desarrollarse en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo, según el detalle que, como Anexo Único con ONCE (11) hojas, forma parte de la presente ordenanza.
ARTICULO 2º.- Las modificaciones aprobadas en el artículo precedente, entrarán en vigencia a partir de la emisión de la Resolución de Acreditación de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria, los estudiantes que inicien la carrera a partir de entonces lo harán con el nuevo plan de estudios, obrante en el Anexo Único de la presente norma.
ARTICULO 3º.- Solicitar al Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo, la derogación progresiva de la Ordenanza Nº 60/12-C.S. y la ratificación de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 5º.- Comuníquese e insértese en el Libro Ordenanzas del Consejo Directivo.
ORDENANZA Nº 2
ANEXO ÚNICO MAESTRÍA EN GESTIÓN DEL DISEÑO PARA LOS DESARROLLOS REGIONALES DETALLE DEL PLAN DE ESTUDIOS Tipo de carrera: Maestría profesional Modalidad: Estructurada Carácter de la carrera: Presencial/continua
Fundamentación
El escenario internacional de globalización y la apertura de la economía hacia una creciente libertad de capitales y un cambio tecnológico vertiginoso, produjo un impacto en los escenarios productivos regionales, caracterizado por un vaciamiento de valores de identidad en sus productos. Igualmente sucede con los conflictos generados por la competitividad y la inserción en el mercado global.
En este contexto, el concepto de territorio, sufre transformaciones a diferentes escalas y hacia un creciente interés por lo local; sin embargo, no es posible construir desarrollo sin una comprensión amplia de la génesis de esta vulnerabilidad y la forma en que afecta nuestra región. El desafío es poner en valor la voluntad de transformación regional, con sentido de futuro.
Desde esta concepción, se considera que el diseño en tanto disciplina integral, de carácter estratégico, correctamente gestionada puede ser un instrumento esencial para generar valor en los diferentes procesos de desarrollo. Entender al diseño en este marco y adoptar una visión sistémica del mismo, permite interactuar con otras disciplinas con el fin de propender al desarrollo regional.
La Facultad de Artes y Diseño de la UNCUYO posee una trayectoria amplia, puesta de manifiesto en diferentes acciones direccionadas a tal fin, tanto en las actividades de grado, de posgrado, de investigación y sobre todo de vinculación con el territorio. Para ello, se han realizado cursos, jornadas, congresos y actividades de posgrado relacionadas específicamente con el diseño y la intervención en el territorio, ajustadas al plan estratégico de la Facultad. Se ha dado un fuerte impulso institucional, a través del Área de Vinculación Productiva, a partir de la cual se busca conectar el conocimiento desarrollado en este ámbito académico con el sector productivo de la región, lo que implica la relación tanto con el ámbito público como privado. Estas experiencias, conjuntamente con la sinergia con actores locales de diferentes escenarios del territorio local justifican la inserción de la carrera en la provincia de Mendoza
Anexo Único- Hoja 2
En concordancia con los lineamientos institucionales de la UNCUYO, el área de Vinculación Productiva acompaña la gestión de la Secretaría de Desarrollo Institucional de la Universidad, que cuenta con profesionales de Diseño en la intervención de problemáticas del territorio, así como las desarrolladas desde el instituto de trabajo y producción de dependencia universitaria. Por otro lado, Mendoza es protagonista del primer nodo de Diseño del País, integrando al Estado, en el Programa Mendocino de Diseño, a lo que se suma la participación de la Facultad en la estructura de la RED DISUR integrada por carreras de diseño de universidades públicas de Argentina, Paraguay, Brasil, Uruguay y Bolivia. Previo a su implementación la carrera fue evaluada por el Consejo Asesor Permanente de Posgrado de la Universidad, siendo evaluada como proyecto prioritario de posgrado.
Título que otorga la carrera
Magíster en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales
Objetivos de la carrera
La Maestría pretende formar profesionales de diseño capacitados para participar en la definición y construcción de modelos de cambio institucional que contribuyan a la conformación de una sociedad integrada y equitativa, cubriendo un área de vacancia regional en la formación de recursos que se ocupen de estas problemáticas.
Los principales objetivos que se propone son: • Comprender y reflexionar sobre la relación existente entre territorio, instrumentos de la política estatal o privados, desarrollo local e innovación, comunicación y diseño, en las diferentes organizaciones insertas en contextos locales, regionales o latinoamericanos. • Ampliar el conocimiento del territorio y de las organizaciones y promover la capacidad de análisis y diagnóstico de los mismos, desde la mirada del diseño, con el fin de propender al desarrollo de estas organizaciones, tanto públicas como privadas. • Generar una visión estratégica del diseño para favorecer el desarrollo sostenible y sustentable en procesos de innovación de un territorio. • Aplicar modelos para la innovación territorial y el desarrollo económico desde la visión del diseño estratégico.
Anexo único- Hoja 3
• Promover la adquisición de competencias para el diagnóstico de problemáticas sociales, la planificación y la intervención desde la perspectiva del diseño estratégico, para la concreción de acciones sustentadas en la innovación y vinculadas al desarrollo de un territorio.
Perfil del/a egresado/a
Los/as egresados/as de la maestría estarán capacitados para: - Analizar, diagnosticar y planificar soluciones con pensamiento estratégico y de Innovación frente a los problemas físico ambientales, económico productivos y socioculturales, existentes en el territorio. - Comprender y reflexionar sobre la relación existente entre territorio, instrumentos de la política estatal o privados, desarrollo local e innovación, comunicación y diseño, en las diferentes organizaciones insertas en contextos locales, regionales o latinoamericanos. - Desarrollar competencias para el diagnóstico de problemáticas, la planificación y la intervención desde la perspectiva del diseño estratégico. - Aplicar modelos para la innovación territorial y el desarrollo económico sostenible y sustentable desde la visión del diseño estratégico. - Colaborar en la vinculación entre sectores productivos, el Estado y la universidad, como núcleos generadores de conocimiento a través de proyectos, I+d+i donde se potencia la innovación y el diseño. - Evaluar y proponer proyectos y planes prospectivos de desarrollo estratégico, desde la perspectiva de valoración del diseño, así como evaluar, diseñar e implementar instrumentos efectivos para la ejecución de proyectos que promuevan el desarrollo territorial. - Evaluar e implementar instrumentos efectivos para la ejecución de proyectos de I+D+i, cuyos resultados promuevan el desarrollo territorial.
Organización del Plan de Estudio
El diseño curricular de la maestría comprende cuatro EJES de formación: A partir de esta organización se propone desarrollaruna propuesta académica dirigida a la resolución de problemáticas vinculadas con el desarrollo regional sustentable; en el que el diseño es un elemento articulador y de innovación que contribuye a crear valor territorial y propender a mejorar la calidad de vida en la región que se inserta.
Anexo único- Hoja 4
1) Diseño para el Territorio: abarca disciplinas que permiten acceder al conocimiento del territorio, en el sentido amplio de contexto como espacio geográfico en el que interactúan componentes sociales, económicos, culturales e institucionales generando lazos entre los diferentes actores. 2) Diseño para las Organizaciones: busca reconocer en las organizaciones productivas y/o sociales, ya sean estatales, privadas o mixtas, el fenómeno de la identidad, así como, a través de estrategias comunicacionales, satisfacer la necesidad de crear relatos y elementos simbólicos que expresen esos mundos internos y externos relevantes para su sostenibilidad. 3) Diseño para Proyectar: se focaliza en el desarrollo de proyectos territoriales, como área medular de discusión centrada en métodos proyectuales como son el design thinking, la innovación, designdriven, el sistema-producto/servicio, que orientan estratégicamente el desarrollo y posicionamiento de la organización logrando altos niveles de diferenciación. 4) Diseño para la Gestión: se centra en los instrumentos de gestión, comprende diversas metodologías y herramientas que posibilitan la intervención en problemas vinculados al diseño con el objeto de generar estrategias efectivas para el desarrollo de una región.
Los cuatro ejes se encuentran concatenados y permiten que los y las maestrandos/as puedan ir desarrollando su Proyecto deTrabajo Final de Maestría a partir de los conocimientos y herramientas adquiridas durante su formación, orientados a la resolución de problemáticas vinculadas con el desarrollo de la región. Para ello, se incluye un Espacio de formación transversal orientado a la realización del TF de Maestría.
El Plan de Estudio es de carácter estructurado, presencial y está organizado en DIECISIETE(17) actividades curriculares, de las cuales CINCO (5) son seminarios teóricos y DOCE (12) son seminarios teóricos - prácticos; clasificados de esta manera a partir de las características propias de sus contenidos y/o metodologías.
La elección de esta forma de organización, en actividades curriculares teóricas, teóricos-prácticas,y en modalidad de taller, tiene relación con criterios epistemológicos y pedagógicos relacionados con el tipo de contenidos a abordar y sus necesarias correlaciones entre los aprendizajes que sirven de prerrequisitos para otras actividades y para la producción del Trabajo Final de Maestría. Responde a un criterio de complejidad creciente, en el marco del cual, el hilo conductor está dado por los cuatro ejes conceptuales propuestos, que brindan el marco general y
Anexo único- Hoja 5
específico para que los/as maestrandos/as pueden proponer soluciones creativas, generadas desde el diseño como instrumento generador de valor, a problemáticas regionales o locales.
Duración Cursado: 24 meses - plazo para la finalización de la tesis: 18 meses Carga horaria: SETECIENTAS NOVENTA Y CINCO (795) HORAS.
Actividades curriculares
Actividad Curricular Modalidad Carácter Carga Carga Total Teórica Práctica Eje 1 Diseño para el territorio
El diseño en el Teórica Obligatorio 45 15 60 contexto cultural latinoamericano Diseño y Teórico/práctico Obligatorio 30 15 45 sustentabilidad Eje 2 Diseño para las organizaciones
Teoría de las Teórico Obligatorio 20 25 45 organizaciones El diseño en el Teórico/práctico Obligatorio 20 25 45 contexto económico y en las organizaciones Gestión estratégica Teórico/práctico Obligatorio 20 25 45 del diseño Eje 3 Diseño para proyectar
Epistemología del Teórica Obligatorio 30 15 45 diseño Innovación y Teórico/práctico Obligatorio 30 15 45 diseño Cultura y Teórico Obligatorio 20 25 45 comunicación organizacional Eje 4 Diseño para la gestión
Anexo único- Hoja 6
Alianzas estratégicas Teórico/práctico Obligatorio 25 20 45 para los desarrollos regionales Herramientas para el Teórico/práctico Obligatorio 20 25 45 diseño en el territorio El rol del diseño en Teórico/práctico Obligatorio 30 15 45 los planes prospectivos Evaluación de Teórico/práctico Obligatorio 30 15 45 bienes, servicios, experiencias y procesos Gestión de la cadena Teórico/práctico Obligatorio 30 15 45 de valor Plan de negocio Teórico/práctico Obligatorio 25 20 45
Espacio de Formación transversal*
Metodología de la Teórico/práctico Obligatorio 30 15 45 investigación I
Metodología de la Teórico/práctico Obligatorio 30 15 45 investigación II
Taller de trabajo final Taller/ teórico Obligatorio 45 15 60 de Maestría
Carga horaria total 480 315 795
*El espacio de formación transversal se orienta a la realización del TF de Maestría, está conformado por tres seminarios: Metodología de la investigación I, que se dicta en
Anexo único- Hoja 7
simultaneo al primer eje, Metodología de la investigación II, que se dicta al finalizar los ejes II y III y Taller de trabajo final de Maestría, que se dicta en el último tramo.
Contenidos mínimos de las actividades curriculares
EJE 1: DISEÑO PARA EL TERRITORIO
1-Nombre de la actividad curricular: El diseño en el contexto cultural latinoamericano Contenidos mínimos: Modelo de desarrollo. Política para el desarrollo y la industria. Evolución de los procesos de industrialización. Crecimiento endógeno: concepto de centro y periferia. Desigualdad y pautas de crecimiento. Orígenes del proceso industrializador. Evolución del crecimiento hacia adentro: proceso de industrialización por sustitución de importaciones, etapas y su relación con la política. Políticas para el desarrollo y políticas industriales: subdesarrollo. Tecnología y desarrollo. Dependencia tecnológica, capacidades tecnológicas. Articulación entre estado, organizaciones y empresas.
2-Nombre de la actividad curricular: Diseño y sustentabilidad Contenidos mínimos: El debate sobre la sostenibilidad. El diseño como herramienta de satisfacción de necesidades sociales y construcción de sentido, elementos disruptivos y contradicciones para un diseño sostenible. Ambiente - Recursos naturales y diseño. Ecodiseño: la relación de equilibrio dinámico con la naturaleza en todas las etapas del diseño. Capital/trabajo y capital natural. Diseño y Biomímesis. El diseño sostenible como propuesta de desarrollo regional. Definición, uso, gestión y adaptación de tecnologías alternativas. Contradicciones estructurales, exclusión y globalización.
EJE 2: DISEÑO PARA LAS ORGANIZACIONES
3-Nombre de la actividad curricular: Teoría de las organizaciones Contenidos mínimos: Conformación de las organizaciones modernas. Procesos de institucionalización. Ejes de tensión. Sujeto colectivo: plano social y técnico. Rol del Diseño como factor institucionalizador. Tipologías empresarias: pymes, micro-pymes, ONG, ONS. Emprendimientos familiares, grandes empresas. Fundamentos de fenómenos de mercados globales y locales. Mapas, redes, territorio. Principio de subsidiaridad. Requerimiento de organizaciones hacia el Estado.
4- Nombre de la actividad curricular: El diseño en el contexto económico y en las organizaciones
Anexo único- Hoja 8
Contenidos mínimos: El contexto económico. Macroeconomía y economía política. Las gestiones administrativas. Las tipologías empresarias. La economía empresaria: contabilidad analítica, costo de producto y presupuesto funcional. Análisis de inversión en nuevos productos y proyectos. Financiación de nuevos proyectos. El marketing. Análisis de la demanda. El modelo de comportamiento del consumo y del mercado. Los objetivos prioritarios y análisis crítico del marketing.
5-Nombre de la actividad curricular: Gestión estratégica del diseño Contenidos mínimos: Conceptos, modelos, enfoques. Diagnóstico y pensamiento estratégico. Desarrollo de estrategas: distintos enfoques. Planificación estratégica, elementos metodológicos, actores, contextos y proyectos. Cambio institucional, organizacional. Inteligencia creativa. Solución de problemas. Estrategia de producto de diseño. Gestión de las organizaciones de desarrollo. Gestión de la innovación de procesos, bienes y servicios. Gestión de la innovación tecnológica. Gestión de la calidad en los productos de diseño. La estrategia del producto de diseño. Estudios de casos
EJE 3: DISEÑO PARA PROYECTAR
6-Nombre de la actividad curricular: Epistemología del diseño Contenidos mínimos: Paradigmas del pensamiento y ubicación de la práctica disciplinar a partir de la definición de problema de diseño. Estudio de la producción y validación del diseño, en relación con la cadena de valor. Presencia de aspectos funcionales, estéticos y simbólicos. El nuevo diseño. Problemas de las circunstancias históricas, psicológicas y sociológicas que llevan a su desarrollo. Criterios por los cuales se los justifica e invalida. Análisis de casos: diseño de experiencia, para el placer, de lo intangible, diseño y utopía, diseño de procesos y diseño social.
7-Nombre de la actividad curricular: Innovación y diseño Contenidos mínimos: Ciencia, tecnología y técnica. Características y diferencias. El valor del conocimiento en la sociedad actual. El diseño y la tecnología en los países periféricos. El caso argentino. El proceso de cambio tecnológico. Innovación lineal y en cadena. Componentes para el cambio. Tipos de innovaciones. Los actores en el proceso de innovación. Interacciones. Capacidades para innovar. El papel de la innovación en la economía de los países. Niveles de especificación de la innovación: con relación al cambio, quienes la hacen, efectos que provoca. Políticas de innovación. La innovación y el Sistema Nacional de Innovación (SNI). Normativa vigente.
Anexo único- Hoja 9
8-Nombre de la actividad curricular: Cultura y comunicación organizacional Contenidos mínimos: Cultura y diseño. Estilos de producción, significación y comunicación cultural. La problemática de la integración, distintas tendencias. Definiendo la audiencia, interna y externa. La producción cultural. Principal materia prima, la innovación en cultura y creatividad humana. La renovación los hábitos de consumo y de las propuestas estéticas y funcionales. Comunicación, industria cultural y del conocimiento como potencial de crecimiento para las economías regionales.
EJE 4: DISEÑO PARA LA GESTIÓN
9-Nombre de la actividad curricular: Alianzas estratégicas para los desarrollos regionales Contenidos mínimos: Cooperación. Modelos de cooperación. El desarrollo de la cultura de cooperación y las orientaciones hacia la vinculación, la innovación tecnológica y la participación de las empresas. Las redes de cooperación en tecnología e innovación. Conceptos, modelos experiencias. Principales programas en Latinoamérica. Políticas de cooperación internacional en innovación en Argentina. Programas de cooperación con impacto en la región. Proyecto de cooperación internacional en el campo de la innovación. Concepto gestión y administración. Las motivaciones y modalidades de la cooperación entre empresas para desarrollos locales. Redes, clusters, tramas, asociatividad. Vinculación. Criterios, metodologías e instrumentos para su desarrollo. Gestión de la vinculación, modelos institucionales en el ámbito internacional, regional y argentino. Programas de fomento de la vinculación y cooperación. Políticas de estado en relación al diseño. Diseño como factor de desarrollo.
10- Nombre de la actividad curricular: Herramientas para el diseño en el territorio Contenidos mínimos: Métodos para el desarrollo económico local territorial. Inversión de la lógica predominante basada en la oferta y la polarización competitiva. Métodos para la creación de valor basado en la sincronía de identidad de la organización con el territorio. Análisis de Tendencias: tecnológicas, ambientales, materiológicas, culturales, de los consumidores y simbólicas. Métodos para la innovación de productos y servicios. Diseño en la planificación, en la programación y en el proyecto; jerarquías y articulación.
11- Nombre de la actividad curricular: El rol del diseño en los planes prospectivos Contenidos mínimos:
Anexo único- Hoja 10
El concepto de futuro. Análisis prospectivo y sus dimensiones. Importancia como instrumento de gestión y planificación. Metodología para el análisis prospectivo: método Delphi, modelos de simulación, método de juego de actores, matriz de impacto cruzado y otros. Construcción de escenarios. Prospección tecnológica y no tecnológica.
12-Nombre de la actividad curricular: Evaluación de bienes, servicios, experiencias y procesos Contenidos mínimos: Observación de diseño. Indicadores de calidad. Indicadores de innovación. Modos de medir la innovación. Mapeos. Análisis de casos. Metodologías y aplicación de herramientas: Breaf, GAFO, encuestas, entrevistas.
13- Nombre de la actividad curricular: Gestión de la cadena de valor Contenidos mínimos: Cadenas de valor. Conceptualización. Diagnóstico sobre la intervención del diseño en la cadena de valor. Seguimiento y evaluación. Mapa horizontal de la cadena como modalidad de pensamiento y gestión. Recorrido de la materia prima al consumidor. Sistema de valor. Sistema de productos. Bienes, servicios y experiencias. Tipo de procesos.
14-Nombre de la actividad curricular: Plan de negocios Contenidos mínimos: Herramienta de diagnóstico para la detección de la potencialidad del emprendimiento. Análisis de investigación de mercado. Instrumentos de viabilidad de proyecto. Estudio de competencia. Construcción de escenarios potenciales de desarrollo: factibilidad técnica, económica, financiera. El modelo de negocio y su vinculación a: la filosofía, el propósito general, el organigrama, el escenario de desarrollo, la construcción de la visión y la misión del emprendimiento. Factores críticos del plan: las oportunidades y la competencia, los escenarios futuros y el contexto, la capacidad del riesgo empresario, los recursos humanos, tecnológicos y financieros. La estrategia de sistemas de productos. El factor innovación y diseño como herramienta estratégica en la cadena de valor del Plan.
ESPACIO DE FORMACIÓN TRANSVERSAL
15-Nombre de la actividad curricular: Metodología de la investigación I Contenidos mínimos: Marco Teórico. Instrumentos de investigación. Trabajo científico. Tipos: Informe de investigación, monografía, artículo científico, ponencia, tesina, tesis, anteproyecto y proyecto de investigación, resumen, ensayo, etc. Tesis y sus tipos. Delimitación del problema. Justificación y antecedentes. Formulación de objetivos. Introducción a la elaboración del marco teórico.
Anexo único- Hoja 11
16- Nombre de la actividad curricular: Metodología de la investigación II Contenidos mínimos: Marco Teórico. Hipótesis. Variables e indicadores. Enfoque metodológico: Enfoque cuantitativo y cualitativo. Técnicas e Instrumentos según enfoques. Elaboración del proyecto de tesis.
17- Nombre de la actividad curricular: Taller de Trabajo Final de Maestría Contenidos mínimos: Etapas de planificación y producción del texto de tesis. Función cognitiva y funciones comunicativas de la tesis. La situación comunicativa en la que se inserta su producción. Estructura textual: categorías canónicas y paratextuales. Los procesos para el desarrollo del texto: selección de la información y de los procedimientos. El estilo de la tesis: características de su realización lingüística (citas, nominalización, léxico, etc.). Etapa de edición del texto.
ORDENANZA Nº 2
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FA-2022-RES-041 10/03/2022 (Carga: 10/03/2022) |
MENDOZA, 10 de marzo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6128/22 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer UN cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Seminario de Licenciatura” y “Taller de Trabajo Final”, que se cursan en las Carreras de Artes Visuales y Cerámica de esta Facultad, de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 196/21-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 196/21-CD. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas: “Seminario de Licenciatura” y “Taller de Trabajo Final”, que se cursan en las Carreras de Artes Visuales y Cerámica de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: Sergio Eduardo ROSAS Suplente: Mirta Roxana JORAJURIA Por los egresados: Titular: Gisel Romina MANNA, Suplente: Melisa NAFISSI, Por los alumnos: Titular: Nancy Beatriz ALDAY Suplente: José María ALTAMIRA CAPRERA
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 6927/21 .
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 41
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FA-2022-RES-040 10/03/2022 (Carga: 10/03/2022) |
MENDOZA, 10 de marzo del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 5304/22 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer un cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Actuación II”, de las carreras de Licenciatura en Arte Dramático y Profesorado de Grado Universitario en Teatro, pertenecientes a las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 36/22-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 36/22-CD. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Actuación II”, de las carreras de Licenciatura en Arte Dramático y Profesorado de Grado Universitario en Teatro, pertenecientes a las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: Silvina Laura MADDIO Suplente: Francisco SUÁREZ VIÉ Por los egresados: Titular: María Florencia MANINO Suplente: Silvana Paola ORTIZ Por los alumnos: Titular: José Roberto GARCÍA DÍAZ Suplente: María Belén ESCUDERO
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 7377 /21 .
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 40
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