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CD-2024-RES-208 21/10/2024 (Carga: 21/10/2024) |
MENDOZA, 21 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico N° 31239/24 caratulado: “Carr. Diseño s/conv. conc. efectivo JTP (Simple) "Sociologia Aplicada al Diseño" Ord. 32/95 CS”.
CONSIDERANDO:
Que en el Acta de Cierre de Inscriptos del concurso de referencia figuran los siguientes postulantes: LOVAGLIO, Ricardo Hernán; FURLANI PALAZZI; María Laura; ESPINOSA ECHEGARAY, Flavia Carina y TARDINI, Francisco Fabricio.
Que llevándose a cabo la sustanciación el mismo, se incorpora el Acta Final elaborada por la Comisión Asesora designada al efecto, proponiendo el siguiente orden de méritos: 1º.- FURLANI PALAZZI, María Laura (801p). Asimismo, se deja constancia que los postulantes LOVAGLIO, Ricardo Hernán y ESPINOSA ECHEGARAY, Flavia Carina no acompañan carpeta de probanzas por lo tanto no cumplen con las condiciones formales en el proceso de evaluación y selección de aspirante; en el caso del concursante TARDINI, Francisco Fabricio queda excluido del mencionado orden de méritos ya que el mismo no se presenta en instancia de Prueba de oposición, quedando incompleta su evaluación.
Que el Departamento de Concursos informa que se ha llevado a cabo la notificación del acta propuesta por la Comisión Asesora. Asimismo, destaca que, habiendo transcurrido el plazo para la presentación de recursos, no se han manifestado impugnaciones a la decisión del jurado, por lo que correspondería la elevación al Consejo Directivo de las presentes actuaciones, a fin de aprobar el concurso y la designación de la mencionada docente, en el cargo concursado.
Que, por otra parte, la Dirección de Personal informa que la Prof. FURLANI PALAZZI revista en esta dependencia en el cargo de: Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interino, para cumplir funciones en la asignatura “Sociología Aplicada al Diseño” de las Carreras de Diseño de esta Facultad, según resol. n° 266/23C.D. Por otra parte, posee un cargo Coordinador de Área de Gestión de Facultad, Categoría B- Tiempo parcial, con funciones de Asesora Pedagógica, dispuesta por Resolución 677/23-FAD. y además percibe un Adicional por Carácter Crítico de la Función para cumplir funciones de Referente de Facultad de Artes y Diseño “V Autoevaluación Institucional y Evaluación Externa de la UNCuyo”. Por último, informa que correspondería la baja del cargo docente que se menciona; al momento de la efectivización del mismo, por tratarse de las mismas funciones.
Que se han tenido en cuenta los informes de Dirección EconómicoFinanciera, Secretaría Académica y Dirección de Personal de esta Unidad Académica.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 8 de octubre de 2024.
Por ello y de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 de la ordenanza Nº 32/95-C.S.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de noviembre de 2024, a la Prof. María Laura FURLANI PALAZZI (Legajo Nº 34011 – CUIL n° 27-23267681-2), en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interino, para cumplir funciones en la asignatura “Sociología Aplicada al Diseño” de las Carreras de Diseño de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024, según prórroga de designación efectuada por Resol. n° 266/23-C.D.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el concurso convocado por resolución N° 86/24-CD, para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones en la asignatura “Sociología Aplicada al Diseño” que se dicta en las Carreras de Diseño de esta Facultad, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Concursos para la designación de profesores auxiliares de docencia (ordenanza N° 32/95-C.S. y su modificatoria ordenanza N° 15/96-C.S.), estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1º.- FURLANI PALAZZI, María Laura (801p).
ARTÍCULO 3º.- Designar efectivamente al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres FURLANI PALAZZI, María Laura Documento Único 23.267.681 CUIL o CUIT 27-23267681-2 Legajo N° 34.011
El cargo de la presente designación efectiva responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Carácter Efectivo
Término de la designación A partir UNO (1) de noviembre de 2024
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curriculares/es 1) “Sociología Aplicada al Diseño”
ARTÍCULO 4°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 3° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 5 Historia Especialidad: 9 9 “Sociología Aplicada al Diseño”
ARTÍCULO 5°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 3° forma parte de los Planes de Estudios del Título que a continuación se detallan: Lista de Títulos: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 127 Diseño Gráfico 50 % 153 Diseño Industrial 50 % Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 6°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subdepen Fuente de Programa Subpro- Proyecto Actividad Obra Finali Función ParticiApartado -dencia Financia- grama -dad pación miento Porcentual 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100 %
Total de la distribució Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hace al cargo Escalafón 813 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple
ARTÍCULO 8°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 9°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 10°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 208
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CD-2024-ORD-009 21/10/2024 (Carga: 25/10/2024) |
MENDOZA, 21 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 18707/24 caratulado: “SECRETARIA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO S/elevación Proyecto Reglamento de la Maestría en Artes Escénicas Contemporáneas”.
CONSIDERANDO:
Que mediante Ord. N° 5/24-CD se auspicia la creación de la carrera de posgrado “Maestría en Prácticas Escénicas Contemporáneas” en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño de esta Casa de Estudios.
Que mediante el presente reglamento, la carrera de Maestría en Prácticas Escénicas Contemporáneas dará a conocer las bases y mecanismos de admisión, estructura curricular, modalidad de dictado y requisitos para la presentación de Trabajo Final de Maestría.
El aval de la Secretaria de Investigación y Posgrado de esta Facultad.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 13 de agosto de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el “Reglamento de la Carrera de Maestría en Prácticas Escénicas Contemporáneas” en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño de esta Casa de Estudios, de acuerdo con las condiciones y formalidades que se mencionan en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de ordenanzas del Consejo Directivo.
ORDENANZA N° 9
ANEXO ÚNICO
Reglamento de la Maestría en Prácticas Escénicas Contemporáneas
CAPÍTULO I: DE LA CARRERA
1 Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño
2 Tipo de carrera Maestría profesional
3 Título a otorgar Magister en prácticas escénicas contemporáneas otorgado por la Universidad Nacional de Cuyo
4 Estructura del Plan de Estudios Semiestructurado La carrera se organiza a partir de CUATRO (4) AREAS de formación: Área de Formación General; Área de Formación Metodológica; Área de Formación Profesional; Área Electiva.
CAPÍTULO II: DE LA GESTIÓN ACADÉMICA Y ADMINISTRATIVA DE LA CARRERA
Gestión académica y administrativa de la carrera
La carrera depende estructuralmente del área de gestión de Posgrado de la FAD. La estructura organizativa se compone de un/a Director/a, un/a Coordinador/a Académica, un Comité Académico y un Cuerpo Académico compuesto por el Cuerpo Docente a cargo del dictado de las actividades curriculares y el Cuerpo de Directores/as de Trabajos Finales Integradores a cargo de la dirección de los mismos.
Para formar parte de la gestión académica de la carrera se requiere, en todos los casos, poseer título igual o superior al que otorga la carrera o, excepcionalmente, mérito equivalente otorgado por el Consejo Directivo de la Facultad de Artes y Diseño reconocido sobre la base de los criterios establecidos en la normativa vigente de la Universidad Nacional de Cuyo.
La Secretaría de Investigación y Posgrado es responsable de: -Coordinar el componente administrativo de la carrera. -Supervisar el desarrollo de implementación de la carrera. -Contribuir a evaluar los procesos realizados en la carrera para procurar instancias de mejora continua y sistematización de la labor en informes escritos de gestión institucional. -Gestionar el componente financiero de la carrera.
Ord. N° 9
Anexo Único- Hoja 2
1 Mecanismos de designación, requisitos y funciones del Director/a, la Coordinación Académica, el Comité Académico y el Cuerpo Académico de la carrera:
1.1 Designación, requisitos y funciones del Director/a
El/la Director/a es propuesto por el Comité Académico y es designado/a por Resolución del Consejo Directivo de la Facultad. Para su selección se tienen en cuenta la trayectoria académica, artística y los antecedentes relevantes en la producción escénica, científica, docente, vinculación con el medio, gestión y formación de recursos humanos en temáticas relacionadas al campo disciplinar de la carrera.
El/la Director/a es responsable de la conducción de la carrera y de promover su nivel de excelencia en todo el proceso académico que implica, su planificación, ejecución, desarrollo, seguimiento y actualización.
En todos los casos, para continuar en funciones como Director/a, deberá cumplir con una instancia de evaluación, consistente en la presentación de un informe de gestión que será evaluado según los requisitos establecidos por la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño, acorde con los requerimientos de la normativa vigente.
Funciones del director/a
a) Instrumentar los lineamientos generales de la carrera. b) Supervisar el desarrollo de las actividades académicas. c) Llevar adelante las relaciones institucionales. d) Proponer al Decanato la designación del cuerpo docente propuesto para el dictado de asignaturas. e) Coordinar con el cuerpo docente las obligaciones académicas. f) Supervisar las tareas de gestión académico administrativas en conjunto con la Dirección Administrativa de Posgrado de la FAD relacionadas con la carrera.
1.2 Designación, requisitos y funciones del Coordinador/a Académico
El/la coordinador/a académico es propuesto por el/la directora de la carrera y designado por Resolución del Consejo Directivo de la Facultad. Para su selección se tienen en cuenta la trayectoria académica, artística y los antecedentes relevantes en la producción escénica, científica, docente, vinculación con el medio, gestión y formación de recursos humanos en temáticas relacionadas al campo disciplinar de la carrera. Además, deberá de contar con antecedentes en gestión de posgrado y participación en programas y proyectos de investigación y vinculación.
Funciones del/a coordinador/ a académica a) Coordinar el calendario académico y la programación curricular de los seminarios.
Ord. N° 9
Anexo Único- Hoja 3
b) Revisar la coherencia y pertinencia de los contenidos y metodologías de trabajo propuestos en los seminarios de la carrera. c) Efectuar el seguimiento de los/as estudiantes y docentes en el desarrollo de la carrera. d) Designación del Jurado encargado de evaluar el TFM y la defensa del mismo. e) Ratificar solicitudes de prórroga de presentación de trabajos finales. f) Ratificar solicitudes de readmisión a la carrera g) Asistir a la dirección en la elaboración de informes sobre el desarrollo de la carrera que le sean solicitadas. h) Aplicar los mecanismos de seguimiento de graduados/as. i) Diseñar y aplicar mecanismos de evaluación docente. j) Colaborar en la conformación de redes y acuerdos específicos con otras Instituciones para el desarrollo de programas de movilidad de docentes, investigadores/as y alumnos/as, la conformación de equipos y trabajos de investigación conjuntos, el desarrollo de publicaciones y producciones escénicas conjuntas.
1.3 Designación, requisitos y funciones del Comité Académico
El Comité Académico está integrado por un número impar de miembros designados por el Consejo Directivo de la Facultad y propuestos por el/a Director/a de la carrera, en función de sus antecedentes académicos, artísticos y científicos y la representatividad de las áreas del conocimiento que abarca la carrera. Podrá incluir especialistas de la Universidad Nacional de Cuyo u otros institutos de investigación y docencia superior.
Para integrar el Comité Académico se requiere: poseer título igual o superior al que otorga la carrera, contar con antecedentes relevantes en docencia, en prácticas escénicas, investigación y extensión relacionados con la temática de la carrera, acreditar formación de recursos humanos a nivel de posgrado, dirección de proyectos de investigación, extensión o vinculación, dictado de cursos y seminarios de posgrado. Contar, preferentemente, con antecedentes en gestión de posgrado y participación en programas y proyectos de investigación y vinculación.
En todos los casos, para continuar en funciones como integrantes del Comité Académico, cada dos años, quienes integren dicho cuerpo, deberán cumplir con una instancia de evaluación, consistente en la presentación de un informe de gestión que será evaluado según los requisitos establecidos por la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño, acorde con los requerimientos de la normativa vigente.
Funciones del Comité Académico a) Relativas a la estructura curricular: Brindar asistencia técnica en el diseño, desarrollo y seguimiento de la carrera de modo de contribuir a la optimización de los recursos vinculados con los objetivos propuestos en el plan de estudios.
Ord. N° 9
Anexo Único- Hoja 4
Realizar la autoevaluación de la carrera, a fin de destacar los logros y detectar áreas deficitarias o críticas, proponiendo planes de mejora. Determinar el otorgamiento de mérito equivalente del Cuerpo Docente. Promover la conformación de redes y acuerdos específicos con otras Instituciones para el desarrollo de programas de movilidad de docentes, investigadores/as y alumnos/as, la conformación de equipos y trabajos de investigación conjuntos, la realización de estudios comparados, el desarrollo de publicaciones y producciones escénicas conjuntas, el intercambio de jurados y directores de tesis.
b) Relativas al seguimiento de los/as estudiantes: Elevar al área de gestión de posgrado de la Facultad, la propuesta de los/as postulantes admitidos/as, para su posterior elevación al Consejo Directivo. Aceptar, rechazar o solicitar modificaciones del plan del Trabajo Final de Maestría (TFM) presentado por los/as estudiantes con el asesoramiento y conformidad de sus Directores/as de TFM. Proponer al área de gestión de posgrado de la Facultad la aceptación o no del/a Director/a de TFM propuesto/a (y del codirector/a si correspondiera). Aprobar las actividades de posgrado desarrolladas por los/as estudiantes y otorgar equivalencias. Evaluar el progreso de los/as estudiantes en la realización de sus trabajos finales integradores y, si fuera negativo, proponer las medidas a adoptar. Asesorar al área de gestión de posgrado de la Facultad sobre la designación del Jurado encargado de evaluar el TFM y la defensa del mismo. Resolver en forma conjunta con el área de posgrado de la Facultad, sobre todas las cuestiones concernientes al desarrollo del Plan de Estudio de la carrera en general o no previstas en la normativa específica. Evaluar solicitudes de prórroga de presentación de trabajos finales. Evaluar solicitudes de readmisión a la carrera.
1.4 Designación, requisitos y funciones del Cuerpo Docente
El Cuerpo Docente es designado por el Consejo Directivo de la Facultad previo aval del Comité Académico y Secretaría de Investigación y Posgrado, considerando su titulación a nivel de posgrado, sus antecedentes en investigación, producción escénica y docencia y sus capacidades para la formación de recursos humanos. El mismo está constituido por profesores e investigadores de la Facultad de Artes y Diseño, de la Universidad Nacional de Cuyo y de otras instituciones de reconocido prestigio. Su designación y el tipo de relación contractual de los docentes con la carrera, sigue las pautas establecidas en la normativa vigente de la Facultad y de la UNCUYO.
Los/as profesores/as a cargo de los cursos podrán ser estables e invitados/as:
Profesores estables: son aquellos docentes asignados a la carrera que forman parte del plantel docente de la Universidad que la ofrece y los/as que, provenientes de otras instituciones. 2. Profesores Invitados: aquellos docentes que asuman eventualmente parte del dictado de una actividad académica de la carrera.
Ord. N° 9
Anexo Único- Hoja 5
Funciones de los/as Docentes de la carrera
a) Dictado de los seminarios de la carrera según los formatos curriculares previstos por el plan de estudio (cursos teórico- prácticos, talleres, seminarios y laboratorios). b) Evaluación de los seminarios de la carrera según los formatos curriculares previstos por el plan de estudio (cursos teórico- prácticos, talleres, seminarios y laboratorios). c) Presentación de programas según los formatos curriculares previstos por el plan de estudio (cursos teórico- prácticos, talleres, seminarios y laboratorios). d) Dirección o codirección de trabajo final.
2 Mecanismos de designación, requisitos y funciones del Director/a y Codirector/a del Trabajo Final de Maestría
Los/as Directores/as y Codirectores/as del TFM son designados por el Consejo Directivo, previa evaluación de sus antecedentes y pertinencia por parte del Comité Académico Asesor y el área de gestión de posgrado de la Facultad, considerando que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Poseer título igual o superior al que otorga la carrera. b) Poseer antecedentes de investigación y/o escénicos en el tema del TFM propuesto. c) Poseer antecedentes en la dirección de tesis de posgrado o en la formación de recursos humanos.
Son funciones de los/as Directores/as y Codirectores/as del TFM:
a) Asesorar a los/as estudiantes en la elección del tema del TFM; la elaboración del proyecto del TFM, la presentación de informes de avances y la selección de las actividades complementarias para su formación. b) Orientar a los/as estudiantes en todo lo referente al desarrollo del trabajo de tesis tradicional, producción de obra o proyecto escénico que implica la elaboración del TFM. c) Informar al Comité Académico de la carrera acerca de las actividades de los/as estudiantes que dirigen toda vez que se lo requiera. d) Acompañar a los/as estudiantes en la elaboración del informe de avance anual de las actividades realizadas. e) Otorgar la aprobación final, y justificar la contribución de la producción artístico/científica desarrollada, habilitando a los/as maestrandos/as a presentar su TFM. El/la directora/a y Codirector/a del TFM pueden renunciar a sus funciones, a través de una nota dirigida al Comité Académico Asesor, que analizará el pedido de renuncia. Una vez aceptada la misma, el/la estudiante deberá proponer un nuevo Director/a o Codirector/a. El Comité Académico Asesor evaluará sus antecedentes, y notificará su aceptación o no. Durante el desarrollo de su trabajo los/as estudiantes pueden solicitar el cambio de Director/a de TFM. Esta propuesta debe ser analizada y resuelta por el Comité Académico Asesor.
Ord. N° 9
Anexo Único- Hoja 6
3 Constitución del Jurado de Tesis, mecanismo de selección, requisitos y funciones
El Jurado encargado de evaluar los Trabajo Finales de la Maestría debe estar constituido por TRES (3) miembros titulares y DOS (2) miembros suplentes que deberán ser artistas investigadores con trayectoria en la especialidad y modalidad sobre la que versa el trabajo. Podrán pertenecer a la Universidad Nacional de Cuyo, otras Universidades Argentinas o extranjeras. Deben poseer título superior o igual al que otorga la carrera, debiendo uno/a de ellos/as preferentemente ser un/a artista externo/a la Universidad Nacional de Cuyo y otro/a externo/a al programa de Maestría. El Jurado es designado por el Consejo Directivo, a propuesta del Comité Académico y el área de gestión de Posgrado de la Facultad, previa evaluación de sus antecedentes y pertinencia. En caso de ser necesario el reemplazo de un miembro titular se incorporará el suplente designado, sin mediar nueva resolución. En caso de que algún miembro del Jurado renunciara a su designación deberá presentar una nota fundamentada. Para su reemplazo se seguirá con el procedimiento indicado precedentemente.
CAPÍTULO III: DE LOS/AS ESTUDIANTES
1 Requisitos de admisión: Para ser admitidos/as en la carrera, los/as aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Poseer título de grado universitario, expedido por universidades nacionales o extranjeras, de gestión pública o privada, en disciplinas afines al abordaje disciplinar de la carrera. b) Acreditar dominio del idioma español. c) Cumplir con los requisitos formales que requiere la normativa de posgrado de la UNCuyo. d) En el caso de personas egresadas de otras carreras universitarias que no estén vinculadas al campo contemplado en la presente Maestría que soliciten la admisión por razones académicamente atendibles, el Comité Académico de la Maestría evaluará los antecedentes de la persona aspirante y emitirán un dictamen fundado de admisión, admisión condicional o rechazo de la solicitud. El Comité Académico tendrá la potestad de incorporar hasta dos seminarios adicionales de aprobación obligatoria, independientemente de los establecidos en el plan curricular, para estudiantes provenientes de disciplinas no vinculadas a la especificidad de la Maestría. e) Obtener la aprobación del Comité Académico. f) Para aquellos casos de excepción contemplados en el artículo 39 bis de la Ley 24521 de Educación Superior, los/as postulantes “podrán ser admitidos siempre que demuestren, a través de las evaluaciones y los requisitos que la respectiva universidad establezca, poseer preparación y experiencia laboral acorde con los estudios de posgrado que se proponen iniciar así como aptitudes y conocimientos suficientes para cursarlos satisfactoriamente”. La solicitud será sometida al juicio del Comité Académico de la Maestría.
Ord. N° 9
Anexo Único- Hoja 7
2 Inscripción La inscripción a la carrera se realiza a través del formulario establecido para tal fin por la Universidad Nacional de Cuyo.
2.1 Preinscripción on-line El proceso de selección se inicia cuando el/la aspirante completa un formulario de preinscripción on- line a la carrera y adjunta la documentación que se detalla a continuación:
a) Formulario de inscripción a la carrera. b) Documento de identidad escaneado (anverso y reverso), en formato pdf. c) Título de grado escaneado (anverso y reverso), en formato pdf o certificado de título en trámite. d) Certificado Analítico final de la carrera de grado, en formato pdf. e) Curriculum Vitae breve actualizado y firmado. f) Nota declarando el interés por el ingreso a la carrera en no más de (dos) 2 carillas. g) Pago del canon de preinscripción establecido por las autoridades en curso.
2.2 Proceso de selección. Nómina de aspirantes
La Secretaría de Investigación y Posgrado (SIP) correspondiente, a la Facultad de Artes y Diseño, remitirá la solicitud a la Dirección Administrativa de Posgrado que realizará el control y evaluación de la documentación que se adjunta y podrá solicitar información accesoria.
3 Proceso de admisión
Para recomendar la admisión, el Comité Académico realizará una evaluación del perfil y antecedentes de las/os postulantes, con el fin de determinar la viabilidad y pertinencia disciplinaria. Cuando se considere necesario se podrá solicitar una entrevista con las/los postulantes, para esclarecer cualquier aspecto vinculado a su postulación.
Las solicitudes de los/las aspirantes recibidas por la SIP en los plazos que oportunamente se establezcan, serán remitidas para que se expida en un plazo no mayor a CUARENTA Y CINCO (45) días hábiles acerca de la aceptación, determinación de otros prerrequisitos o rechazo de las mismas.
La solicitud de admisión podrá ser rechazada por defectos formales, documentación incompleta, o por haber sido evaluada su postulación como no pertinente. En este caso, el/la postulante deberá retirar su solicitud, pudiendo volver a presentar una nueva solicitud de admisión por única vez, la que seguirá el mismo proceso de admisión antes descripto.
Ord. N° 9
Anexo Único- Hoja 8
3.1 Inscripción definitiva
Una vez finalizado el proceso de admisión, se deben cumplir con los requerimientos formales establecidos por la normativa vigente de la UNCUYO y presentar la siguiente documentación en papel: Formulario debidamente firmado por el/la postulante. Certificado analítico y copia certificada del título de grado, título/s de posgrado (si corresponde).
Los títulos académicos obtenidos en el extranjero deben estar certificados por:
La Universidad de origen. El Ministerio de Educación (o su equivalente) del país de origen. La Embajada Argentina en el país de origen (Consulado del país donde obtuvo el título). Si el país no se encuentra inscripto en el convenio de La Haya, el trámite concluye en el Ministerio de Educación de la República Argentina.
La documentación redactada en idioma extranjero debe ser traducida por traductor público con registro
Copia del documento de identidad o pasaporte. Presentación de un CV con la información suficiente para valorar sus antecedentes de formación de grado y/o posgrado y/o desempeño profesional. Pago de la primera cuota establecida.
El procedimiento de admisión se completa mediante la elevación de la nómina de inscriptos/as para su aprobación mediante resolución del Consejo Directivo.
4 Requisitos de permanencia, promoción y graduación Para mantener su condición de regular se deberá:
a) Cumplir con la reinscripción anual según el formulario, el plazo y los requisitos establecidos para tal fin, por la Universidad Nacional de Cuyo. La reinscripción anual se realiza a través del sistema SIU GUARANI para estudiantes de posgrado. b) Cumplir con las obligaciones académicas de la carrera, previstas en el Plan de estudios. c) Presentar y aprobar los informes de avance anuales, según los requisitos formales y académicos establecidos por la carrera d) Cumplir con los plazos y los requisitos académicos y formales para la presentación del Trabajo Final de Maestría, según lo establecido por el área de posgrado de la FAD. e) Estar al día con las obligaciones económicas de la carrera. f) Cumplir con los plazos y los requisitos académicos y formales para la defensa ya probación del Trabajo Final de Maestría. Los casos particulares a considerar como excepciones deben ser analizados y decididos por el Comité Académico y el área de gestión de posgrado de la Facultad.
Ord. N° 9
Anexo Único- Hoja 9
Requisitos específicos de la Carrera
4.1 Aprobación de las actividades curriculares: seminarios teóricos, seminarios teórico- prácticos y seminarios-taller
Para aprobar cada una de las quince (15) actividades curriculares los/las maestrandos/as deberán: 1. Asistir como mínimo al 80 % de las horas presenciales. 2. Rendir y aprobar la actividad curricular según la modalidad de evaluación establecida en el programa.
Si por razones particulares debidamente fundamentadas y certificadas mediante una nota elevada a la Dirección de la Carrera, un/a maestrando/a no se presentara a una de las instancias de evaluación en las fechas y plazos establecidos, podrá solicitar ser nuevamente evaluado/a en oportunidad del dictado de las actividades curriculares afines.
Estas obligaciones se aplican tanto a cursos teórico- prácticos como a los talleres, los seminarios y los laboratorios de la carrera.
4.2 Presentación y aprobación de informes de avance
Los/as maestrandos/as deberán presentar un informe de avance anual una vez aprobado su proyecto de Trabajo Integrador de Maestría. Esta es una herramienta de evaluación del proceso que detalla el progreso del trabajo, ayuda a identificar cualquier problema o desviación del plan original y facilita la retroalimentación entre los/as directores/as de tesis, el Comité Académico y los/as estudiantes de la carrera.
El informe deberá resumir de un modo claro y de fácil comprensión los objetivos, las metodologías utilizadas, los resultados (máximo 300 palabras) y algunas conclusiones parciales o finales derivadas del trabajo (máximo 200 palabras) así como las dificultades encontradas que permitan justificar algunos retrasos en el avance de la Tesis que impliquen cambios en el plan original (Máximo 100 palabras).
Los informes de avances deberán ser presentados con el aval de los/as directores/as a los efectos de ser evaluado ante el Comité Académico.
5 Régimen, instrumentos y porcentaje máximo de equivalencias admitido
La Universidad Nacional de Cuyo promueve un sistema flexible de equivalencias para convalidar las actividades curriculares de posgrado que se dictan en el marco de las carreras y cursos de posgrado ofrecidos por la Facultad y las diferentes Unidades Académicas.
Ord. N° 9
Anexo Único- Hoja 10
Las actividades curriculares o seminarios que puedan ser considerados acreditables, que se hayan desarrollado en la Universidad Nacional de Cuyo, o en otros Centros Académicos y Científicos de reconocido prestigio, deben cumplir con la normativa específica de la Universidad Nacional de Cuyo y contar con la aprobación del Comité Académico de la carrera. Para ello el/la postulante debe aportar las probanzas que permitan juzgar los contenidos y la calidad de dichas actividades.
Se podrán acreditar actividades curriculares realizadas con anterioridad a la admisión en la carrera, hasta un 40% del total de horas totales del plan de estudios. El Comité Académico podrá considerar excepciones al presente artículo, por resolución fundada.
Para el otorgamiento de equivalencias se contemplará la calidad académica, carga horaria, trayectoria del docente responsable, contenidos mínimos y bibliografía de cada curso, según el formulario establecido a tal fin por la normativa vigente de la Universidad Nacional de Cuyo. En el caso de actividades académicas que se dictan como parte de la oferta de carreras de posgrado de la Universidad Nacional de Cuyo, la equivalencia será automática.
6 Políticas y procesos de seguimiento de estudiantes y graduados/as de posgrado
El seguimiento de los/as estudiantes de posgrado se realiza a través de diferentes instancias:
a) Del Comité Académico, encargado de supervisar que las/os estudiantes cumplan con los requisitos formales y académicos que implica el proceso de formación, aprobación de los informes de avance y los avances particulares requeridos respecto del TFM. b) Del Cuerpo Docente de las carreras, que aseguran el cumplimiento de las actividades curriculares a su cargo. c) Del Cuerpo de Directores/as de Trabajo Finales Integradores, quienes acompañan a las/os tesistas en su proceso formativo y guían los trabajos de cada actividad curricular y las actividades que deben desarrollar en el proceso de producción de sus trabajos finales integradores, desde la etapa de formulación de proyecto hasta su defensa y aprobación.
En todos los casos se debe informar al área de administración de posgrado de la Facultad sobre cualquier anormalidad detectada, a fin de que se propongan las medidas de corrección que se consideren necesarias.
La carrera contempla un programa de seguimiento de graduados/as que se desarrolla a través de:
la sistematización y divulgación de los proyectos escénicos, puestas en escena, trabajos de investigación, y de la producción artístico/científica desarrollada por las/os maestrandos/as,
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la incorporación de sus graduados/as como parte del cuerpo académico de la carrera, ya sea a través del dictado de actividades curriculares, o la dirección de nuevas tesis o trabajos finales y su participación activa en los seminarios de investigación y/ o cursos de posgrado que se dicten en el marco de las carreras u organizados por el área de gestión de investigación y posgrado de la Facultad.
Pasadas dos cohortes, las/os integrantes del Comité Académico y quien desempeñe funciones de Director/a de la carrera, podrán ser ratificados/as en sus funciones, o no, teniendo en cuenta los mecanismos de evaluación de desempeño de sus funciones de gestión y/o docencia, determinadas por la Facultad.
Para la postulación del cargo de Director/a, deberá tenerse en cuenta que el/la candidato/a posea un título igual o mayor al de la Maestría y deberá pertenecer al cuerpo docente de la Facultad de Artes y Diseño. Para la presentación de los/as candidatos, se realizará un proceso previo de selección por parte del Consejo Asesor de Posgrado de la Facultad, quien seleccionará 3 candidatos/as mediante la compulsa de antecedentes.
La designación de un/a nuevo/a Director/a deberá realizarse por concurso de antecedentes y presentación de una propuesta académica para el cumplimiento de las funciones de Dirección de la Carrera, según los términos y condiciones establecidos para tal fin por la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño.
El Cuerpo Docente es designado por el Consejo Directivo de la Facultad previo aval del Comité Académico y Secretaría de Investigación y Posgrado, considerando su titulación a nivel de posgrado, sus antecedentes en investigación, producción escénica y docencia y sus capacidades para la formación de recursos humanos. El mismo está constituido por profesores e investigadores de la Facultad de Artes y Diseño, de la Universidad Nacional de Cuyo y de otras instituciones de reconocido prestigio. Su designación y el tipo de relación contractual de los docentes con la carrera, sigue las pautas establecidas en la normativa vigente de la Facultad y de la UNCUYO.
Los/as profesores/as a cargo de los cursos podrán ser profesores/as estables e invitados:
Profesores estables: son aquellos docentes asignados a la carrera que forman parte del plantel docente de la Universidad que la ofrece y los/as provenientes de otras instituciones. 2. Profesores Invitados: aquellos docentes que asuman eventualmente parte del dictado de una actividad académica de la carrera.
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CAPÍTULO IV: DE LA EVALUACIÓN FINAL
1 Tipo de evaluación final: Trabajo Final de Maestría
2 Del proyecto de Trabajo Final de Maestría
Requisitos específicos de la Carrera.
Una vez que los/as maestrandos/as hayan cumplido con las obligaciones académicas y económicas del plan de estudios del primer año de cursado de la carrera, podrán presentar su proyecto de Trabajo Final de Maestría (TFM) acorde a una de las tres modalidades descritas a continuación, acompañado del formulario a cumplimentar por el/la directora/a y codirector/a propuesto/a y el aval de esto/as.
Tesis tradicional: abarca la producción de un trabajo escrito inédito que suponga la discusión y comunicación de aportes originales producidos en el área de conocimiento específico y que dé cuenta de la destreza en el manejo conceptual y metodológico propio del tema elegido. En el marco de esta maestría, se espera que este trabajo suponga un aporte particular a la práctica escénica profesional. Producción de obra o hecho escénico: supone la realización de una producción escénica que deberá contemplar el registro videográfico. Este dará cuenta de la destreza en el manejo conceptual y metodológico del campo disciplinar abordado. Estará acompañado de un texto ensayístico (memoria) que aporte la fundamentación teórica sobre la que se ha basado la producción en términos profesionales. Proyecto escénico: supone la presentación escrita de un proyecto de producción de obra escénica. Deberá contemplar el registro del proceso creativo concreto que dé cuenta de la destreza en el manejo conceptual y metodológico propio del campo disciplinar campo disciplinar abordado, como así también la fundamentación teórica sobre la que se ha basado la formulación del proyecto.
Los formularios para la presentación formal de los TFM contemplarán los siguientes puntos, de acuerdo al modelo de evaluación elegido:
2.1 Proyecto para Tesis tradicional
Título del Proyecto: un título claro y descriptivo que refleje el enfoque del proyecto de investigación. Descripción del Problema: breve explicación del problema de investigación que se abordará en la tesis. Objetivos del Proyecto: enumeración de los objetivos generales y específicos que se pretenden alcanzar con la investigación. Justificación: breve justificación de la importancia y relevancia del problema de investigación en relación al ejercicio profesional. Hipótesis o anticipaciones de sentido: establecimiento dos o más afirmaciones provisionales.
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Metodología Preliminar: descripción sucinta de los métodos y procedimientos que se utilizarán para llevar a cabo la investigación. Resultados Esperados: expectativas sobre los posibles resultados o hallazgos que se obtendrán al finalizar el trabajo. Cronograma Tentativo: estimación de los tiempos y etapas clave del proyecto, incluyendo la planificación, la recolección de datos, el análisis y la redacción. Referencias Preliminares: lista preliminar de las fuentes bibliográficas y recursos que se utilizarán como base para el proyecto.
2.2 Proyecto de Producción de obra o hecho escénico:
Justificación artística: explicación detallada de los motivos y razones sobre la creación de la obra, incluyendo su vinculación con marcos teóricos afines y la implicancia como artista/investigador/a. Objetivos creativos: establecimiento de los objetivos artísticos, creativos y profesionales que se pretenden alcanzar con la realización de la obra escénica. Revisión de la teoría existente: construcción de un breve marco teórico actualizado y coherente con la propuesta artística. Antecedentes escénicos relevantes: construcción de un breve marco históricoartístico que sitúe la propuesta respecto de otras exploraciones escénicas. Concepto escénico: desarrollo de un concepto escénico que incluya la dirección de arte, el diseño de escenografía, vestuario, iluminación, sonido, entre otros aspectos relevantes para la producción. Presupuesto y recursos: estimación de los recursos financieros y materiales requeridos para la producción de la obra, así como la planificación de su financiamiento. Cronograma de producción: establecimiento de un cronograma detallado que indique las etapas de preproducción, ensayos, producción y presentación de la obra o hecho escénico. Registro y reflexión: previsión de mecanismos de archivo, registro y reflexión sobre el proceso de creación y realización de la obra.
2.3 Proyecto para Proyecto escénico
Introducción: contextualización del proyecto y su importancia en el campo profesional. Descripción del tema-problema: explicación breve del tema problema que aborda el proyecto. Revisión de la teoría existente: construcción de un breve marco teórico actualizado y coherente con el proyecto escénico. Antecedentes escénicos relevantes: construcción de un breve marco históricoartístico que sitúe la propuesta respecto de otras exploraciones escénicas. Objetivos de la propuesta: establecimiento de los objetivos artísticos, creativos y profesionales que se pretenden alcanzar con el proyecto escénico. Metodología: procedimientos y/o técnicas a emplear para el diseño de un boceto o maqueta provisoria adecuada al campo profesional: diseño de vestuario, diseño de escenografía, guion dramatúrgico, gestión de espectáculo, proyecto con inclusión de tecnologías, etc.
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Recursos a utilizar: breve señalamiento de los insumos necesarios para el desarrollo del proyecto. Evaluación y Reflexión: previsión de mecanismos de evaluación y reflexión sobre el proceso de creación del proyecto escénico.
La evaluación del proyecto del TFM corresponde al Comité Académico Asesor de la carrera, quien analiza las propuestas presentadas, luego de lo cual emite un acta a partir de la que el proyecto resulta: aprobado, aprobado con observaciones menores, aprobado con modificaciones o desaprobado.
El Comité Académico establece el tiempo para que se realicen las modificaciones sugeridas. En caso de resultar desaprobado el proyecto, puede ser reformulado y volver a presentarse en los plazos establecidos a tal fin por el área de gestión de posgrado de la Facultad. Una vez aprobados los proyectos por parte del Comité Académico Asesor, se elabora un acta que es presentada al área de gestión de posgrado de la Facultad, quien eleva la propuesta de resolución respectiva al Consejo Directivo para su aprobación.
3 Modificaciones en el proyecto Trabajo Final de Maestría
En el proceso de elaboración del Trabajo Final de Maestría, las/los tesistas podrán cambiar el tema con razón fundada. Para formalizar este trámite debe presentar una nota indicando la modificación con su fundamentación, el aval de su Director/a y un nuevo proyecto. El Comité Académico Asesor evalúa el cambio de tema y el nuevo proyecto presentado y notifica su aprobación o no. Asimismo, se pueden realizar ajustes en el título cuando se trate de una modificación que no afecte la organización interna del trabajo, ni signifique un cambio de tema. Para realizar este trámite se debe seguir el formato y los periodos establecidos para tal fin por el área de gestión de posgrado de la Facultad, según la normativa vigente de la UNCUYO.
4 Características del Trabajo Final de Maestría: Requisitos específicos de la Carrera El trabajo final de la Maestría en Artes escénicas prevé tres modalidades de presentación y evaluación acordes al proyecto de TFM presentado originalmente con el aval del director/a:
4.1 Tesis tradicional
Debe seguir el formato determinado a tal fin por la normativa vigente de la UNCUYO, en el cual se especifiquen: a) Datos personales b) Título TFM c) Área en la que se encuadra d) Descripción del problema a investigar o a resolver y fundamentación de su relevancia e) Hipótesis de trabajo o supuestos de partida f) Objetivos generales y específicos g) Estrategia metodológica propuesta h) Conclusiones i) Bibliografía.
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4.2 Producción de obra o hecho escénico
Se espera que cada estudiante pueda presentar una producción escénica, ya sea en modo sincrónico o asincrónico, de no más de 45 min de duración y acompañado de un trabajo ensayístico (memoria). La coherencia entre ambas instancias debe tener en cuenta los siguientes puntos:
a) Presentar una perspectiva original y creativa; b) recopilar antecedentes sobre la perspectiva artística elegida y realizar entrecruzamientos con la teoría disponible en esa temática; c) especificar procedimientos, recursos y materiales involucrados, haciendo un análisis crítico de cómo la propuesta contribuye a una perspectiva creativa de síntesis; d) dejar un registro escrito sobre el proceso transitado en donde se dé cuenta de los entrecruzamientos realizados entre el proceso artístico, la investigación y la realización efectiva del proyecto.
El trabajo ensayístico deberá contener la estructura canónica tradicional (introducción, desarrollo y conclusiones), con una extensión mínima de 10 páginas y máxima de 20.
4.3 Proyecto escénico La estructura formal del proyecto será la siguiente: Introducción. Desarrollo: Capítulo 1: formulación del proyecto escénico: postulación del tema-problema, hipótesis de trabajo o anticipaciones de sentido, objetivos de la propuesta, metodología, recursos y resultados parciales. Capítulo 2: Justificación del valor y la originalidad de la propuesta a través de un análisis de la problemática trabajada, la teoría existente sobre la misma y los antecedentes escénicos que puedan identificarse. Capítulo 3: realización de un boceto o maqueta, entendido como un avance de trabajo adecuado al campo profesional: diseño de vestuario, diseño de escenografía, guion dramatúrgico, gestión de espectáculo, proyecto con inclusión de tecnologías, etc. Conclusiones: Análisis del proceso de la formulación del proyecto y de los resultados parciales que se han obtenido en el proceso. Valoración crítica de la implicancia en dicho proceso como artista/investigador/a. Proyección de los alcances de la práctica esbozada.
El trabajo ensayístico deberá contener la estructura canónica tradicional (introducción, desarrollo y conclusiones), con una extensión mínimo 40 páginas, máximo 70 páginas. El mismo podrá ir acompañado de bocetos, maquetas, videos, simulaciones digitales o cualquier formato que ayude a proyectar lo diseñado.
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5 Plazos
El Trabajo Final de Maestría deberá ser presentado ante el Jurado Ad-hoc propuesto por el Comité Académico Asesor de la Carrera y aprobado por el Consejo Directivo de la FAD, dentro del término de doce (12) meses a contar desde la fecha de aprobación de la última actividad curricular.
En todos los casos el TFM deberá:
a) Poseer la información teórica y empírica correspondiente. b) Demostrar un uso adecuado de datos y fuentes de información relevantes en el desarrollo del tema elegido. c) Cumplir con los requisitos formales establecidos por la normativa vigente de la UNCUYO. d) Cumplir con los requisitos específicos de la carrera. La valoración de los requisitos antedichos compete a los miembros del Jurado de Tesis.
6 Presentación formal del Trabajo Final de Maestría
Las/os interesados deben solicitar la defensa, siguiendo el formulario y requisitos establecidos por la normativa vigente de la UNCUYO, por Mesa de entradas de la Facultad Artes y Diseño, junto con una nota del/la Directora/a del TFM en la que fundamente las razones por las que considera que el Trabajo final de Maestría, está en condiciones de ser presentado y defendido.
Dicho trabajo, constituye el último requisito para alcanzar el grado de Magíster, por lo tanto, su presentación y estructura formal deben seguir los parámetros y plazos establecidos por la normativa vigente de la Universidad Nacional de Cuyo.
Requisitos específicos de la Carrera:
Tesis tradicional: el/la maestrando/a deberá presentar por Mesa de Entrada la tesis en formato digital según la normativa de posgrado vigente y, por separado, un resumen del TFM no superior a las doscientas (200) palabras. Una vez presentado y aprobado el trabajo escrito, se procederá a la defensa oral del mismo.
Producción de obra o hecho escénico: el/la maestrando/a deberá presentar el hecho escénico en formato de video y la memoria escrita. Además, deberá ser acompañado de un resumen del TFM no superior a doscientas (200) palabras. Luego de su presentación y aprobación se procederá a la defensa oral del mismo.
Proyecto escénico: el/la maestrando/a deberá presentar por Mesa de Entrada el proyecto escénico de acuerdo al formato propuesto de manera digital. El mismo podrá estar acompañado por bocetos, maquetas, videos, simulaciones digitales o cualquier formato que ayude a proyectar lo diseñado. Además, deberá ser acompañado de un resumen del TFM no superior a doscientas (200) palabras. Luego de su presentación y aprobación se procederá a la defensa oral del mismo.
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Prórroga de la presentación. Si el/la maestrando/a no pudiera presentar en término su Trabajo final integrador para acceder al título, tendrá la posibilidad de solicitar una prórroga por un período de UN (1) AÑO Para acceder a esta posibilidad, el/la maestrando/a deberá presentar una nota exponiendo los motivos por los cuales no ha cumplido con los plazos y un informe de avance de su Trabajo final integrador que dé cuenta del trabajo realizado hasta el momento. Esta presentación deberá estar avalada por el/la Director/a del Trabajo final integrador (y el/la Codirector/a, en caso de que estuviera nombrado/a). Este trámite deberá formalizarse dentro de los DIEZ (10) días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de presentación.
7 Proceso de defensa
Una vez iniciado el proceso de evaluación del Trabajo Final de Maestría, el área de gestión de Posgrado procederá de los siguientes modos de acuerdo al formato de TFM elegido: Tesis tradicional: se remitirán los ejemplares de la tesis a cada integrante del Jurado para su lectura y ponderación, a fin de que se expidan sobre su aprobación o no. Cada integrante del Jurado debe emitir un dictamen fundamentado, individual y por escrito sobre el trabajo que se somete a su consideración. Luego de lo cual se debe consignar si el TFM se encuentra: a) Aprobado sin modificaciones. b) Aprobado con modificaciones menores (podrán salvarse en la defensa oral). c) Sujeto a modificaciones (deberán salvarse y ser aprobadas por el jurado antes de la defensa oral). d) No aprobado. Producción de obra o hecho escénico: se remitirán los videos y la memoria del hecho escénico a cada integrante del Jurado para su visualización, lectura y ponderación, a fin de que se expidan sobre su aprobación o no. Cada integrante del Jurado debe emitir un dictamen fundamentado, individual y por escrito sobre el trabajo que se somete a su consideración. Luego de lo cual se debe consignar si el TFM se encuentra: a) Aprobado sin modificaciones. b) Aprobado con modificaciones menores (podrán salvarse en la defensa oral). c) Sujeto a modificaciones (deberán salvarse y ser aprobadas por el jurado antes de la defensa oral). d) No aprobado. Proyecto escénico: se remitirá el proyecto escrito y los posibles materiales adjuntos para su lectura, visualización y ponderación, a fin de que se expidan sobre su aprobación o no. Cada integrante del Jurado debe emitir un dictamen fundamentado, individual y por escrito sobre el trabajo que se somete a su consideración. Luego de lo cual se debe consignar si el TFM se encuentra: a) Aprobado sin modificaciones. b) Aprobado con modificaciones menores (podrán salvarse en la defensa oral). c) Sujeto a modificaciones (deberán salvarse y ser aprobadas por el jurado antes de la defensa oral). d) No aprobado.
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El Jurado deberá expedirse dentro de un plazo máximo de SESENTA (60) días hábiles, a partir de efectivizado el envío del ejemplar según una de las modalidades previstas por la carrera. Previo a notificar al o a la maestrando/a sobre los resultados de la evaluación, se dará vista a los/as integrantes del Jurado de los dictámenes emitidos, para su conocimiento. El/la maestrando/as será notificado/a sobre el resultado de los dictámenes emitidos por el Jurado. En el caso de los trabajos sujetos a modificaciones, se contará con un plazo máximo de SEIS (06) MESES para responder a las observaciones realizadas; cumplido este requisito, el trabajo será nuevamente enviado al Jurado para que evalúe el cumplimiento de lo solicitado. En los restantes casos, una vez que el Jurado haya aprobado por mayoría el TFM, el área de gestión de posgrado de la Facultad, fijará una fecha para la defensa oral en un plazo no mayor a SESENTA (60) días hábiles desde que el o la maestrando/a se haya notificado de la evaluación de su trabajo. En caso de que el TFM resultara no aprobado por la mayoría del Jurado, se deberá reelaborar y presentar nuevamente, transcurrido un lapso no mayor de UN (1) AÑO. El trabajo reelaborado deberá volver a ser examinado por el mismo Jurado, quien emitirá un nuevo dictamen.
7.1. De la defensa oral y pública
Los Trabajos Finales de Maestría deben ser defendidos de modo oral y público, en idioma español, ante el mismo Jurado que intervino en la evaluación del trabajo previamente entregado. En caso de imposibilidad física o de fuerza mayor, para la defensa presencial, se podrá recurrir a las posibilidades que brindan las tecnologías digitales, tales como videoconferencias o utilización de plataformas virtuales. Quien presida el Jurado es electo/a por los miembros del tribunal previo a la defensa.
Tesis tradicional: la defensa del trabajo escrito se iniciará con la ejecución de una presentación oral del maestrando en la cual expondrá una síntesis de los resultados obtenidos. La misma debe tener en cuenta las observaciones solicitadas antes de la defensa oral, si las hubiera. La presentación no debe superar los cuarenta y cinco (45) minutos. Luego el tribunal puede proceder a realizar observaciones y preguntas. Según lo amerite la situación, se contemplará una defensa virtual tomando medidas especiales que garanticen la presentación del material acorde a las exigencias y la realización de la defensa en aras de no dificultar el egreso de los/las maestrandos/as. Una vez aprobada esta instancia el jurado procede a consignar una nota final y la redacción de un dictamen.
Producción de obra o hecho escénico: la defensa de la producción de obra o hecho escénico se iniciará con la ejecución de una presentación oral del maestrando/a en la cual expondrá una síntesis de la producción escénica (proceso creativo y presentación) y las reflexiones teórico-prácticas obtenidas teniendo en cuenta las revisiones solicitadas antes de la defensa oral, si las hubiera. Esta instancia puede incluir material de archivo del proceso creativo y de la presentación de la obra frente al público. El coloquio no debe superar los cuarenta y cinco (45) minutos. Luego, el tribunal puede proceder a realizar observaciones y preguntas. Según lo amerite la situación se contemplará la defensa virtual tomando medidas especiales que garanticen la presentación del material acorde a las exigencias y la realización de la defensa en aras de no dificultar el egreso de los/las maestrandos/as. Una vez aprobada esta instancia el jurado procede a consignar una nota final y la redacción de un dictamen.
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Proyecto escénico: la defensa de proyecto se iniciará con la ejecución de una presentación oral del maestrando en la cual expondrá una síntesis del trabajo creativo para la ideación del proyecto de escénico y reflexiones obtenidas teniendo en cuenta las revisiones solicitadas antes de la defensa oral, si las hubiera. Esta instancia puede incluir material anexo que permita una mejor comprensión de las ideas presentadas: maquetas, bocetos, raiders, entre otras. El coloquio no debe superar los cuarenta y cinco (45) minutos. Luego el tribunal puede proceder a realizar observaciones y preguntas. Según lo amerite la situación, se contemplará una defensa virtual tomando medidas especiales que garanticen la presentación del material acorde a las exigencias y la realización de la defensa en aras de no dificultar el egreso de los/las maestrandos/as. Una vez aprobada esta instancia el jurado procede a consignar una nota final y la redacción de un dictamen.
7.2 De la calificación
En cada uno de los tres casos de Trabajo Final de Maestría, concluida la defensa oral y cumplidos los requisitos específicos de la carrera, el Jurado, en sesión secreta, procederá a extender el acta correspondiente, que suscriben todos los/as integrantes del Jurado, donde figurarán los conceptos que respectivamente merezcan la modalidad optada y su defensa oral.
La calificación final, en tales casos, será el promedio de lo establecido en las diferentes actas donde ponderará tanto el contenido, la originalidad y valor del trabajo, como calidad y nivel de su defensa. En cada uno de los casos de Trabajo Final de Maestría, se consignará un 60% del porcentaje de la nota final a la primera instancia, sea esta presentación de tesis, proyecto u hecho escénico, y un 40% a la instancia de defensa oral. De la suma de lo obtenido en ambas instancias, resultará una calificación que responde a la siguiente gradación: “No Aprobado”, “Bueno”, “Muy Bueno”, “Distinguido”, “Sobresaliente” y “Sobresaliente con Mención de Honor”. En caso de no existir acuerdo del Jurado, sus integrantes podrán plantear actas diferenciadas.
Una vez terminada la sesión, el Jurado procede a la lectura del acta haciendo pública la calificación obtenida. En todos los casos el dictamen es inapelable. Una vez que la tesis ha sido públicamente defendida, el área de gestión de Posgrado enviará un (1) ejemplar a la Biblioteca Central y uno (1) quedará en archivo de la carrera, según el formato requerido para tal fin.
7.3 Conceptos y Normas sobre Disciplina y Ética del Trabajo Intelectual
Se regirá por la normativa Nacional e Internacional vigente, relativa a la protección de propiedad intelectual y plagio académico. Se considera "plagio" la utilización y transcripción de textos ajenos haciéndolos pasar por propios sin indicación de la fuente o respectiva referencia bibliográfica o documental, tanto en trabajos prácticos, en monografías o en la Tesis. Todos los casos de plagio y las medidas respectivas a aplicar serán definidos por la Dirección junto con la Comité Académico Asesor de la Carrera según cada caso particular y se aplicarán las siguientes sanciones:
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a) Evaluación con nota "DESAPROBADO" del trabajo en el que se cometió el plagio, sin oportunidad de reformulación; notificación a la Comisión Académica Asesora de la Carrera y al Secretario/a de Investigación y Posgrado de la FAD y registro del incidente en el legajo de la persona que cometió el plagio. El/la estudiante tendrá que recursar el Seminario correspondiente en la próxima cohorte haciéndose cargo del arancel vigente. b) En caso de reincidencia, se podrá solicitar la baja de la carrera, mediante nota fundada dirigida al área de gestión de posgrado de la Facultad. La decisión final recae en el Consejo Directivo de la Facultad, que es el órgano que aprueba las admisiones y bajas de los/as estudiantes de las carreras de posgrado. En el Trabajo Final Integrador: solicitud de baja de la carrera, mediante nota fundada dirigida al área de gestión de posgrado de la Facultad. La decisión final recae en el Consejo Directivo de la Facultad, que es el órgano que aprueba las admisiones y bajas de los/as estudiantes de las carreras de posgrado.
CAPÍTULO V: DE LOS TÍTULOS
1 Requisitos para la obtención del título Concluidos los estudios de Maestría, el Consejo Directivo de la Facultad emitirá una resolución donde otorgará el grado de Magister en artes escénicas contemporáneas. El diploma que acredita el grado de Magíster es otorgado por la Universidad Nacional de Cuyo. En el diploma debe constar el nombre de la carrera y la Unidad Académica interviniente.
2 Requisitos formales para solicitar los títulos
El trámite para solicitar el título es de carácter personal y debe realizarse bajo las condiciones y normas establecidas para tal fin por la Universidad Nacional de Cuyo.
CAPÍTULO VI: DE LAS BECAS
1. Tipo de becas Desde la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad se promoverá que los/as estudiantes de las carreras de posgrado participen de las operatorias de becas ofertadas por los organismos nacionales e internacionales de apoyo a la formación de posgrado, tales como becas de CONICET, becas de la Agencia de Promoción Científico Tecnológica, becas de la Secretaría de Investigación Internacionales y Posgrado de la UNCUYO, organismos artísticos o similares. Así como la participación en programas de intercambio de investigación y formación con otras instituciones a nivel nacional e internacional.
CAPÍTULO VII ARANCELES
Las Carreras de modalidad estructurada son aranceladas con el objeto de garantizar el financiamiento de sus actividades. Para ello, el Comité Académico, el Director/a de la Carrera y la Secretaría de Posgrado de cada Unidad Académica fijan los montos correspondientes al momento de presentarla para su aprobación.
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Las obligaciones arancelarias con la Facultad, corren a partir del momento de la inscripción y sólo cesan cuando el alumno/a culmina con su Carrera o cuando decida suspender los estudios. En caso de que el alumno/a decida abandonar la Carrera con posterioridad a su inscripción o reinscripción, debe informarlo a la Secretaría de Posgrado mediante nota donde exprese su decisión. En caso contrario, continúa siendo alumno de la Carrera con el consiguiente cargo de los aranceles que se devenguen de allí en adelante y hasta la fecha en que haya comunicado efectivamente su renuncia.
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FA-2024-RES-542 16/10/2024 (Carga: 18/10/2024) |
MENDOZA, 16 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 30246/24 caratulado: “Pedido de compra_ insumos Sanitarios periodo Agosto 2024_ Febrero 2025 FAD Agosto 2024”.
CONSIDERANDO:
Que el Área de Coordinación de Infraestructura de esta Facultad solicita la adquisición de insumos sanitarios y de limpieza con el fin de no entorpecer el normal desarrollo de las actividades en los distintos sectores de esta Facultad.
Que a partir de dicha petición se crea el Pliego de bases y condiciones particulares elaborado por la Dirección de Contrataciones y Patrimonio.
Que se ha emitido informe de la Comisión Evaluadora aconsejando la adjudicación de insumos a los diferentes oferentes, contando con el visto favorable de la Secretaría Administrativo-Financiera.
Que, en función de los antecedentes expuestos, puede en consecuencia darse curso aprobatorio al gasto, con la imputación presupuestaria prevista para este trámite.
Por ello, en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto Nº 1023/01 art.25º inc d) párrafo 1, Decreto 1030/2016 y Ordenanza Nº 03/23 R.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Aprobar la Contratación Directa N° 05, tramitada en las presentes actuaciones destinada a la adquisición de insumos sanitarios y de limpieza con destino a esta Facultad.
ARTÍCULO 2°. - Adjudicar el trámite de referencia por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 96/100 ($ 4.546.954,96) y autorizar la emisión de la respectiva orden de compra a favor de las siguientes firmas comerciales, con la imputación presupuestaria que se indica seguidamente:
PROVEEDOR CUIT IMPORTE ADJUDICADO
BALACCO FEDERICO EXEQUIEL 23-30972618-9 $ 1.152.093,96
SUR INSUMOS Y DISTRIBUCIONES S.A.S 33-71756598-9 $ 3.053.421,00
TECNICOLOR S.A. 30-71161294-3 $ 341.440,00
TOTAL $ 4.546.954.96
Resol. N° 542
PROVEEDORES
IMPUTACIÓN SUR INSUMO Y TOTAL $ PRESUPUESTARIA DISTRIBUCIONES TECNICOLOR S.A. BALACCO FEDERICO S.A.S (CUIT 30-71161294-3) (CUIT 23-30972618-9) (CUIT 33-71756598-9)
234 $327.000,00 $327.000,00
251 $204.000,00 $229.195,00 $433.195,00
254 $810.600,00 $810.600,00
259 $69.000,00 $444.140,00 $513.140,00
275 $41.100,00 $41.100,00
291 $401.255,56 $1.528.386,00 $341.440,00 $2.271.081,56
296 $150.838,40 $150.838,40
TOTAL $ $1.152.093,96 $3.053.421,00 $341.440,00 $4.546.954,96
RED PROGRAMÁTICA:
A.1100.010.001.000.11.37.08.00.99.00.2.3.4.0000.1.21.3.4 $ 327.000,00 A.1100.010.001.000.11.37.08.00.99.00.2.5.1.0000.1.21.3.4 $ 433.195,00 A.1100.010.001.000.11.37.08.00.99.00.2.5.4.0000.1.21.3.4 $ 810.600,00 A.1100.010.001.000.11.37.08.00.99.00.2.5.9.0000.1.21.3.4 $ 513.140,00 A.1100.010.001.000.11.37.08.00.99.00.2.7.5.0000.1.21.3.4 $ 41.100,00 A.1100.010.001.000.11.37.08.00.99.00.2.9.1.0000.1.21.3.4 $ 2.271.081,56 A.1100.010.001.000.11.37.08.00.99.00.2.9.6.0000.1.21.3.4 $ 150.838,40
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 542
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FA-2024-RES-541 16/10/2024 (Carga: 16/10/2024) |
MENDOZA, 16 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 31402/24 caratulado: “ORTEGA, Marcelo S/ Renuncia al cargo de JTP (SE), a partir del 01 de octubre de 2024. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el Mgter. Marcelo Fabián ORTEGA presenta su renuncia al cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, interino, para cumplir funciones de Responsable de Industrias Creativas y Culturales de esta Facultad, quien fuera designado mediante resolución N° 250/23-CD.
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el Art. N° 10 de la Ord. n° 44/22-R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de octubre de 2024, al Mgter. Marcelo Fabián ORTEGA (Legajo N° 21.751 - CUIL Nº 20-16743647-2) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, interino, para cumplir funciones de Responsable de Industrias Creativas y Culturales de esta Facultad, según prorroga de designación dispuesta por resoluciones Nº 250/23-CD.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 541
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FA-2024-RES-540 16/10/2024 (Carga: 16/10/2024) |
MENDOZA, 16 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 19460/24 caratulado: “C.M sol./Designación Prof.Liliana Sánchez, cargo JTP (SE)-Reemplazante, Esp.Curr. "Canto Coral", Canto Coral I y II" C. Musicales, Ord. Nº 2/20 C.D".
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras Musicales solicita la designación, en carácter de reemplazante, a la Prof. Liliana Ester SÁNCHEZ en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, para cumplir funciones en las asignaturas “Canto Coral” de la Licenciatura en Instrumento: Piano, Guitarra y Órgano; Profesorado de Grado Universitario en Música y Licenciatura en Música Popular y optativa para las demás Carreras Musicales; “Canto Coral I” del Profesorado de Grado Universitario en Teorías Musicales y optativa para el grupo de Carreras de Artes del Espectáculo y “Canto Coral II” del Profesorado de Grado Universitario en Teorías Musicales, cuya solicitud se encuentra motivada por la disposición transitoria del cargo vacante obtenido ante la licencia por incompatibilidad de la titular del cargo, Prof. Elisabeth Beatriz GUERRA.
Que Dirección de Personal informa que según Sistema Siu-Mapuche la profesional reviste horas cátedras en el Colegio Magisterio.
Que, por su parte, el Departamento de Concursos informa que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto C) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. Asimismo se aclara que de acuerdo con el Art. 8° de la Ord. 2/20: "Cuando se trate de cargos reemplazantes el plazo de designación será mientras dure la licencia del titular del cargo y no deberá llamarse a concurso".
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Administrativo-Financiera,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres SÁNCHEZ, Liliana Ester Documento Único 27.487.498 CUIL o CUIT 27-27487498-3 Legajo N° 27.317
El cargo de la presente designación interina responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Semiexclusiva Carácter Reemplazante (mientras dure la licencia de la titular del cargo, Prof. Elisabeth GUERRA)
Resol. N° 540
3. Término de la designación Desde el UNO (1) de octubre de 2024 Hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras Musicales
Espacios Curriculares 1) “Canto Coral” 2) “Canto Coral I y II”
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Música Especialidad: 9 9 “Canto Coral”- “Canto Coral I y II”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudios de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 7389 Licenciatura en Piano, Guitarra, Órgano 25% 6476 Profesorado de Grado Universitario en Teorías Musicales 25% 6466 Profesorado de Grado Universitario en Música 25% 6293 Licenciatura en Música Popular 25% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 01 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 808 Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 540
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FA-2024-RES-539 16/10/2024 (Carga: 16/10/2024) |
MENDOZA, 16 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 30006/24 caratulado: “Solicitud BECA proyecto "Arte y Extensión en la UST" convocatoria UCyT22 - Ottonello”.
CONSIDERANDO:
Que el área de Innovación y Desarrollo solicita el otorgamiento de una Beca al proyecto seleccionado “Arte y Extensión en la UST”, en el marco de la convocatoria de proyectos de Extensión “Universidad, Cultura y Territorio”, aprobada mediante resolución N° 419/23 de la Secretaria de Políticas Universitarias (SPU).
Que se cuenta con el crédito para atender la presente erogación, informada por Dirección Económico Financiera de esta Facultad.
Por ello, en ejercicio de sus atribuciones,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar una Beca al proyecto “Arte y Extensión en la UST” por la suma total de CINCUENTA MIL PESOS ($50.000,00) a la estudiante del ámbito de la Facultad de Artes y Diseño, promovida en el marco de la convocatoria de proyectos de Extensión “Universidad, Cultura y Territorio”, aprobada mediante resolución N° 419/23 de la Secretaria de Políticas Universitarias (SPU), de acuerdo con las especificaciones del Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que origine la presente asignación deberá ser imputado a la siguiente red programática: - R.5186.010.001.000.16.37.06.00.04.00.5.1.3.0000.1.21.3.4
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 539
ANEXO UNICO
RESOLUCION N° 539
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FA-2024-RES-538 16/10/2024 (Carga: 16/10/2024) |
MENDOZA, 16 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 15652/24 caratulado: “DECANATO S/ Becas de Fortalecimiento a las Trayectorias FAD 2024”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 107/24-C.D. se aprobó la propuesta de distribución del presupuesto para las Becas de Fortalecimiento a las Trayectorias Académicas de la FAD 2024 y su cronograma de Convocatoria.
Que se incorporan en las presentes actuaciones las Actas Finales realizadas por la Comisión Evaluadora, en la que se determina la distribución de los fondos destinados a las mencionadas becas.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Evaluadora que intervino para la distribución y adjudicación de los fondos destinados a las Becas de Fortalecimiento a las Trayectorias Académicas de la FAD 2024, según la nómina de estudiantes Titulares que se menciona en el Acta Final de Evaluación consignado en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2º.- El gasto emergente de lo dispuesto en el presente resolutivo corresponde ser imputado al Inciso 1 – Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2024.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 538
ANEXO ÚNICO ACTA FINAL DE EVALUACIÓN BECAS DE FORTALECIMIENTO A LAS TRAYECTORIAS DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO CICLO 2024 Considerando la cantidad de estudiantes resultantes por tramo, esta comisión aconseja modificar el cupo establecido por tramo para que sea acorde a las postulaciones realizadas y brindar oportunidades de accesibilidad a quienes cumplen con todos los requisitos para obtener el beneficio de la actual beca en evaluación.
Orden de mérito de los estudiantes postulantes para Becas de Fortalecimiento a las Trayectorias
Tramo Medio
Nº APELLIDO Nombre DNI 1 GIAMMATTEO Julieta 41660737 2 TOBAR Lucía Anahi 40559883 3 SAA INOCENTI Ana Julieta 45137941 4 URQUIZA Bibiana Lourdes Graciela 27411517 5 MULENA Lucas Josue 41368010 6 QUIROGA Cinthia Sthefania 41364499 7 AGUILAR Lucas Javier 44752759 8 MAÑANET GARAY Daniela Verónica 35936400 9 MICHELONI Florencia Micaela 44663387 10 CHOQUE Micaela Elizabeth 40494538 11 ROJAS LEIVA Lucia Daiana 37513171 12 QUEVEDO Karen Dalma 41606328 13 LUCERO PAZ Sol 42064248 14 VICTORIA VALENZUELA Yadira Nazarena 45137580 15 SOSA Paulina Magali 44009234 16 CEVALLOS Carla Alejandra 38582640 17 BURGOS SQUIZZIATO Ignacio Claudio 41112342 18 VIEIRA Rafaela Adriana 27319453 19 BONADER VAZQUEZ Iara Leila 41643231 20 RIGOTTI QUEL Martina 43748558 21 BURGOS GUEVARA Rocío Candela 43682784 22 ALVAREZ CONTRERA Ana Carolina 45621459 23 GONZALES Ismael Gustavo 43242396 24 CARRIZO Gonzalo Miguel 39953285
Resol. N° 538
Anexo Único- Hoja 2
25 PUERTA Lucas Omar 35616724 26 ASTUDILLO Camila Ayelén 45720788 27 VON KATONA Alejandrina 44986078 28 BRITTOS ARPAJOU Brenda Fabiana 38760604 29 LEIVA Daniela Nicol 42974061 30 CASCIOTTA GRACIA Agustina Andrea 42210404 31 GUARDIA Vanesa Milagros 43643025 32 MONTES DE OCA Camila Victorina 40348138 33 HIPÓLITO Eliana Celina 34063973 34 ORTIZ SOSA Megan Victoria 45448562 35 JEREZ Celeste Carolina 45876983 36 TEJADA MERCADO Mauro Sebastian 45359934 37 OCHOA Agustina Abril 41869261 38 CORTES AGUILAR Franco Nahum 45137840 39 RUIZ LUNA María Gimena 42974519 40 VALDÉS Camila Rocío 44059001 41 GOMEZ Lucia Daniela 34552757 42 MAYORGA Renata 44539153 43 GUARDIA Brenda Jazmín 45024992 44 GAY Agustina Elizabeth 43295674 45 FUENTES ESCUDERO Lucía Marlene 45719915 46 OKUINGHTON MACCHI Daniela Martina 41284901 47 MARTINEZ Gaston Ezequiel1 41368172 48 ROMERO Carlos 34063462 49 QUINTEROS Daniela Milagros 44139996 50 ZÁRATE TORRES Laura Belén 43942638 51 KAHLE Emilia 41252320 52 LUNA Maria Clara 18416072 53 BRITTOS ARPAJOU Camila Fernanda 43748480 54 MALUCELLI TARIFA Julieta Giannina 38307347 55 LÓPEZ ALCAZAR Lucía Del Pilar 46474004 56 STELLA Candela Del Rosario 43117630 57 PASCUAL SCALA Luciana Antonella 44905282 58 MONTOYA LUCATO Ailin Rocio 40559485
Resol. N° 538
Anexo Único- Hoja 3
59 MONCUNILL FEDERICO Martina Ruth 41054208 60 LIBOSSART GUERRERO Lorena Belén 42670614 61 MARTINEZ María Celeste 44908743 62 SOSA Ariela Teresa 47875092 63 VIDAL Aisha Tatiana 33577996 64 TORRES Aldana 40787602 65 SILVESTRI María Ayelén 42318891 66 FERNANDEZ Evelin Daiana 38579021 67 ALANIZ Veronica Alejandra 36393653 68 JURY Omar Eduardo 32315864 69 GATICA VERNA Constanza Sofía 44139569 70 RODRIGUEZ Maria Laura 24058273 71 GUTIERREZ ALVARENGA Victoria De Los Angeles 45720600 72 ORTEGA María Victoria 46060093 73 CARMONA Guillermina 43270489 74 FERNÁNDEZ Ricardo 17177682 75 LACERNA Facundo Agustín 43684128
Tramo Final
Nº APELLIDO Nombre DNI 1 ANASTASI EPIS Paloma Rocío 42064156 2 PALERMO CHIRINO Lucila Eugenia 42167024 3 SALOMÓN VANELLA Emir Orlando 40272074 4 JEREB CORIA Vicente 44009281 5 BAZAN Yemina Noel 35936381 6 ROJAS Milena Ariadna 42506623 7 JOFRÉ GÓMEZ Luna Jazmín 42210299 8 ANTONIOW Renata Maximina 44140188 9 BORDON Ezequiel 34322516 10 DALLA TORRE Camila Giuliana 41643243 11 IBACETA Leandro Eduardo 39377433 12 RUPCIC María Priscila 39008280 13 FOZZATTI Marcia 38205117
Resol. N° 538
Anexo Único- Hoja 4
14 RÉBORI Carolina Beatriz 25585568 15 SOSA Daiana Soledad 34886450 16 LASPINA Anel Ashley 93393554 17 VILLALOBOS CONTRERAS Mayba Isis Aldana 41966176 18 DOHMEN AGÜERO Cecilia Lourdes 42477864 19 HERRERA SAGUÍ Álvaro 38336683
20 CORDOVA GALLARDO Rodrigo Ezequiel 39604240 21 PANELLA Aldana Estrella 42714168 22 MORICHETTI RAMAL Josefina 41795556 23 PÁEZ BRITOS Marcelo Guaraní 92744115 24 PEREYRA Ana Micaela 43270074
25 BALASTEGUI María Sofía 40561611 BALLESTEROS
RESOLUCION N° 538
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FA-2024-RES-537 16/10/2024 (Carga: 16/10/2024) |
MENDOZA, 16 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 31493/24 en el que se tramita un Adicional por carácter crítico de la función a favor de la Lic. Norma Jaqueline ARAYA, a partir del 1 de octubre de 2024.
CONSIDERANDO:
Que el Adicional solicitado a la Lic. Norma Jaqueline ARAYA será para cumplir funciones de soporte administrativo de los recursos propios provenientes de la Secretaria de Investigación y Posgrado de esta Facultad.
Que la Dirección de Personal informa que la Lic. ARAYA registra la siguiente situación de revista en esta dependencia: cargo Cat. 07, Agrupamiento Administrativo, efectiva, para cumplir funciones en la Facultad de Artes y Diseño; Suplemento Mayor Responsabilidad - Categoría 05 Agrupamiento Administrativo, prórroga asignación transitoria desde el 01/01/24 hasta el 31/12/24 según Resol. Nº 252/23-CD, para cumplir funciones en el Departamento de Liquidación de Haberes de la FAD. Adicional por Carácter Crítico de la Función: prórroga asignación desde el 01/01 al 31/12/24 según Resol. Nº 713/23-FAD para cumplir funciones en la Dirección General Económico Financiera de la FAD.
El aval favorable de la Secretaria Administrativo–Financiera.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” a la Lic. Norma Jaqueline ARAYA (Legajo n° 31.454 – CUIL N° 27-31839145-4) por el monto mensual de PESOS CIENTO MIL ($100.000), para cumplir funciones de soporte administrativo de los recursos propios de la Secretaria de Investigación y Posgrado de esta Facultad, desde el UNO (1) de octubre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 2º.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 537
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CD-2024-RES-207 16/10/2024 (Carga: 16/10/2024) |
MENDOZA, 16 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 29112/24 caratulado: “DGA S/SUPLEMENTO MAYOR RESPONSABILIDAD Y ASIGNACIÓN DE FUNCIONES CRISTIAN A RODRIGUEZ CAT 3. JEFE DTPO OPERATIVO CARR. ARTES VISUALES Y CERÁMICA”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General Administrativa de esta Facultad solicita la asignación de Suplemento por mayor responsabilidad correspondiente a un cargo Categoría 3 del Agrupamiento Administrativo al Lic. Cristian Andrés RODRIGUEZ para cumplir las funciones a cargo de la Jefatura del Departamento Operativo de las Carreras de Artes Visuales y Cerámica.
Que dicho pedido surge del traslado definitivo de la Brom. Marcela ACOSTA a la Facultad de Odontología dejando vacante la Jefatura del Sector, siendo inminente la necesidad de cubrir las funciones y cumplir con las responsabilidades que el área requiere.
Que por otra parte, se encomienda las mencionadas funciones al Sr. RODRIGUEZ dado que resultó, oportunamente, segundo orden de méritos en el concurso sustanciado mediante el resolución N° 402/22-C.S., para cubrir las tareas que actualmente se encuentran vacantes.
Que la Dirección de Personal informa que el Lic. Cristian Andrés RODRIGUEZ revista en el cargo Categoría 07, efectivo, Agrupamiento Administrativo, para cumplir funciones en la Dirección de Carreras de Diseño y además percibe un Suplemento por Mayor Responsabilidad, correspondiente a un cargo Categoría 4 del mismo Agrupamiento, para cumplir funciones en el Departamento Operativo de las Carreras de Diseño de esta Facultad, según Resol. Nº 45/24-CD,. Asimismo, aclara que, en el caso de acceder al presente pedido deberá darse de baja al Suplemento que posee asignado.
Que dicho pedido encuadra en el Art. 72 del Dcto. 366/06 (Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No docente de Universidades Nacionales) que expresa: “Este suplemento se liquidará a los trabajadores no docentes que desarrollen tareas de mayor responsabilidad que la asignada a la categoría de revista y consistirá en una suma equivalente a la diferencia de su categoría con la correspondiente a la jerarquía que le toque desempeñar, en los casos establecidos en el art. 17 del presente convenio colectivo de trabajo. Sólo se aplicará este suplemento cuando exista la vacante o el titular del cargo se encuentre con licencia que dé origen a la cobertura de la mayor responsabilidad…”
Que por otra parte, en concordancia con lo dispuesto por Art. 17 del citado Decreto, prevé que el mencionado suplemento se abonará por el lapso en que se desempeñe tal función y si el plazo de permanencia en la nueva función excediera el año y el cargo estuviese vacante, deberán ponerse en marcha los mecanismos previstos en el capítulo de concursos.
Que la Secretaría Administrativo-Financiera informa que cuenta con la disponibilidad presupuestaria para atender lo solicitado.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 8 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Limitar, a partir del UNO (1) de setiembre de 2024, el Suplemento por Mayor Responsabilidad asignado al Lic. Cristian Andrés RODRIGUEZ (Legajo Nº 30.851 - CUIL n° 20-31282485-0) correspondiente a un cargo Categoría 4 del Agrupamiento Administrativo, para cumplir funciones en el Departamento Operativo de las Carreras de Diseño de esta Facultad, dispuesta mediante Resol. n° 45/24-CD.
ARTÍCULO 2°.- Asignar transitoriamente un Suplemento por Mayor Responsabilidad al Lic. Cristian Andrés RODRIGUEZ (Legajo Nº 30.851 - CUIL n° 20-31282485-0) correspondiente a la diferencia de un cargo Categoría 7, efectivo, del Agrupamiento Administrativo en el que revista y un cargo Categoría 3 del mismo Agrupamiento, para cumplir las funciones a cargo de la Jefatura del Departamento Operativo de las Carreras de Artes Visuales y Cerámica de esta Facultad, desde el UNO (1) de setiembre, intertanto se tramita la cobertura del cargo mediante concurso y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 3°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1-Gasto de Personal- del Presupuesto Ordinario de esta Facultad Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 4°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 5°.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 207
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FA-2024-RES-536 15/10/2024 (Carga: 15/10/2024) |
MENDOZA, 15 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 28948/24 en el que se tramita la asignación de un Adicional por Carácter Critico a la Prof. Ana Karina MULLER PARRAO, a partir del 1 de octubre 2024.
CONSIDERANDO:
Que el Adicional solicitado a la Prof. MULLER PARRAO será para cumplir funciones en los espacios curriculares “Física Aplicada a la Cerámica” y “Química General” dado que los docentes a cargo de ambas cátedras, Prof. Jorge Alejandro GALDAMES y Prof. Virginia Alicia NAVARRO, se encuentran gozando licencia por enfermedad y por razones particulares, respectivamente; lo que resulta necesario cubrir las funciones académicas en dichos espacios.
Que la Dirección de Personal informa que la Prof. Ana Karina MULLER PARRAO revista en esta dependencia el siguiente cargo: Profesor Titular con Dedicación Simple, interina, para el dictado de la asignatura “Física General” de las Carreras de Diseño, desde el 01 de mayo hasta el 31 de octubre de 2024, dispuesta por resolución N° 171/24-FAD.
El informe favorable de Secretaria Académica.
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12° de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Por ello, atento a lo informado por la Secretaria Administrativo–Financiera,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” a la Prof. Ana Karina MULLER PARRAO (Legajo n° 35.998 – CUIL N° 27-19010101-6) por el monto de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000), para cumplir funciones en los espacios curriculares “Física Aplicada a la Cerámica” y “Química General” que se dicta en las Carreras de Cerámica de esta Facultad, del UNO (1) al TREINTA Y UNO (31) de octubre de 2024.
ARTÍCULO 2º.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 536
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CD-2024-RES-206 15/10/2024 (Carga: 18/10/2024) |
MENDOZA, 15 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 28879/24 caratulado: “CAE - S/ Solicitud de Prórroga designación interina de Prof. FERRARO PETTIGNANO, Estefanía en cargo de Profesor Titular (SE), para que continúe cumpliendo funciones en la asignatura “Historia de la Cultura y el teatro Universales I”, (Ord. 02/20-CD) – Desde el 05/10/2024 al 31/12/2024.”
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 110/24-FAD. fue designada la Prof. Estefanía FERRARO PETTIGNANO en el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Historia de la Cultura y el Teatro Universales I”, desde 05/04/24 y mientras tanto el cargo no se provea por concurso y no más allá del 04/10/24.
Que por su parte, la Secretaria Académica informa que se encuentra en proceso la convocatoria a concurso para cubrir el mencionado cargo.
Que además, la presente designación excede las atribuciones conferidas por Ord. 2/20 C.D. por lo que, formalmente, corresponde ser tratado a consideración del Consejo Directivo.
Los informes producidos por Dirección de Personal y de Secretaria Administrativa-Financiero.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 8 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina al Personal Docente Universitario que se detalla en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en el Legajos Electrónico Único que consta en el informe de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 206
ANEXO ÚNICO
CUIL APELLIDO/S Y NOMBRE/S CARGO ASIGNATURAS CARRERAS PERIODO
Licenciatura en Arte Dramático
Historia de la Cultura y el Teatro Profesorado de Grado Universitario Desde 05/10/2024, Profesor Titular Universales I en Teatro FERRARO PETTIGNANO, mientras el cargo no se 27-31747294-9 Semiexclusiva Estefanía Gisel provea por concurso y (Interino) no más allá del Diseño Escenográfico 31/12/2024
Optativa Grupo II: Historia de la Licenciatura en Historia de las Artes Cultura y el Teatro Universales I Plásticas
RESOLUCIÓN Nº 206
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CD-2024-RES-205 15/10/2024 (Carga: 18/10/2024) |
MENDOZA, 15 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 29486/24 caratulado: “CER s/ Solicitar Prórroga designación interina de la Prof. PRIETO Valentina en UN (1) cargo de Prof.Titular (S). FAD”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 113/24-FAD. fue designada la Prof. Valentina PRIETO en el cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Historia del Arte y la Cerámica I”; “Historia de la Cerámica II”; “Historia del Arte y la Cerámica IV” e “Historia de la Cerámica I”, desde 25/3/24 y mientras tanto el cargo no se provea por concurso y no más allá del 24/09/24.
Que por su parte, la Secretaria Académica informa que se encuentra en proceso la convocatoria a concurso para cubrir el mencionado cargo.
Que además, la presente designación excede las atribuciones conferidas por Ord. 2/20 C.D. por lo que, formalmente, corresponde ser tratado a consideración del Consejo Directivo.
Los informes producidos por Dirección de Personal y de Secretaria Administrativa-Financiero.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 8 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina al Personal Docente Universitario que se detalla en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en el Legajos Electrónico Único que consta en el informe de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 205
ANEXO ÚNICO
CUIL APELLIDO/S Y NOMBRE/S CARGO ASIGNATURAS CARRERA PERIODO
Licenciatura en Cerámica Artística Historia del Arte y la Cerámica I Licenciatura en Cerámica Industrial
Profesorado de Grado Universitario Desde 25/09/2024, Historia de la Cerámica II en Cerámica Artística Profesor Titular mientras el cargo no se 23-30819037-4 PRIETO, Valentina Simple provea por concurso y (Interino) Licenciatura en Cerámica Artística no más allá del Historia del Arte y la Cerámica IV Licenciatura en Cerámica Industrial 31/12/2024
Profesorado de Grado Universitario Historia de la Cerámica I en Cerámica Artística
RESOLUCIÓN Nº 205
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CD-2024-RES-204 15/10/2024 (Carga: 18/10/2024) |
MENDOZA, 15 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 29708/24 caratulado: “AV s/ Solicitar Prórroga designación interina de la Prof. PINO VILLAR, Maria Paula en UN (1) cargo de Prof.Titular (S). FAD”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 114/24-FAD. fue designada la Prof. María Paula PINO VILLAR en el cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Museología”, “Gestión y Producción de las Artes Visuales” y “Optativa grupo III: Gestión y Producción de las Artes Visuales”, desde 5/4/24 y mientras tanto el cargo no se provea por concurso y no más allá del 4/10/24.
Que por su parte, la Secretaria Académica informa que se encuentra en proceso la convocatoria a concurso para cubrir el mencionado cargo.
Que además, la presente designación excede las atribuciones conferidas por Ord. 2/20 C.D. por lo que, formalmente, corresponde ser tratado a consideración del Consejo Directivo.
Los informes producidos por Dirección de Personal y de Secretaria Administrativa-Financiero.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 8 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina al Personal Docente Universitario que se detalla en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en el Legajos Electrónico Único que consta en el informe de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 204
ANEXO ÚNICO
CUIL APELLIDO/S Y NOMBRE/S CARGO ASIGNATURAS CARRERA PERIODO
Museología
Profesorado de Grado Universitario Desde 05/10/2024, Profesor Titular en Historia del Arte mientras el cargo no se 27-32623867-3 PINO VILLAR, María Paula Simple Gestión y Producción de las Artes provea por concurso y Visuales Licenciatura en Historia de las Artes (Interino) no más allá del Plásticas 31/12/2024 Optativa Grupo III: Gestión y Producción de las Artes Visuales
RESOLUCIÓN Nº 204
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CD-2024-RES-203 15/10/2024 (Carga: 15/10/2024) |
MENDOZA, 15 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 29483/24 caratulado: “CER s/ solicitar prórroga designación interina de la Prof. María Victoria CASTRO en UN (1) cargo de Prof. Titular (S). FAD”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 112/24-FAD. fue designada la Prof. María Victoria CASTRO en el cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Historia del Arte I”; “Historia del Arte y la Cerámica II” e “Historia de la Cerámica III”, desde 1/4/24 y mientras tanto el cargo no se provea por concurso y no más allá del 30/09/24.
Que por su parte, la Secretaria Académica informa que se encuentra en proceso la convocatoria a concurso para cubrir el mencionado cargo.
Que además, la presente designación excede las atribuciones conferidas por Ord. 2/20 C.D. por lo que, formalmente, corresponde ser tratado a consideración del Consejo Directivo.
Los informes producidos por Dirección de Personal y de Secretaria Administrativa-Financiero.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 8 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina al Personal Docente Universitario que se detalla en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en el Legajos Electrónico Único que consta en el informe de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 203
ANEXO ÚNICO
CUIL APELLIDO/S Y NOMBRE/S CARGO ASIGNATURAS CARRERA PERIODO
Profesorado de Grado Universitario Historia del Arte I en Cerámica Artística Desde 01/10/2024, Profesor Titular mientras el cargo no se 23-34627613-4 CASTRO, María Victoria Simple Licenciatura en Cerámica Artística Historia del Arte y la Cerámica II Licenciatura en Cerámica Industrial provea por concurso y (Interino) no más allá del 31/12/2024 Profesorado de Grado Universitario Historia de la Cerámica III en Cerámica Artística
RESOLUCIÓN Nº 203
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CD-2024-RES-202 15/10/2024 (Carga: 18/10/2024) |
MENDOZA, 15 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 20622/24 caratulado: “C.M. Sol. Prórroga designación interina, Prof. Laureano Melchiori, cargo Prof. Titular (SE) , Esp. Cur. "Contrabajo A a D"-CIEMU; Contrabajo I a V"- Lic. en Contrabajo e "Iniciación y Contrabajo I a IV- C. Preparatorio-(Ord. 02/20 C.D.).”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 111/24-FAD. fue designado el Prof. Laureano Fernando MELCHIORI en el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas “Instrumento A,B,C,D Contrabajo” del CIEMU; “Instrumento I a V Contrabajo” de la Licenciatura en Contrabajo e “Iniciación” y “Contrabajo I a IV” del Ciclo Predatorio, desde 1/4/24 y mientras tanto el cargo no se provea por concurso y no más allá del 30/09/24.
Que por otra parte, se informa que por Expte. Electrónico 20594/24 (mecanismo previsto por Ord. 1/20-CD) se encuentra iniciado el llamado a concurso del cargo objeto de la presente designación.
Que la Secretaria Académica avala la continuidad del Prof. MELCHIORI en las funciones encomendadas, teniendo en cuenta lo informado precedentemente.
Que además, la presente designación excede las atribuciones conferidas por Ord. 2/20 C.D. por lo que, formalmente, corresponde ser tratado a consideración del Consejo Directivo.
Los informes producidos por Dirección de Personal y de Secretaria Administrativa-Financiero.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 8 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina al Personal Docente Universitario que se detalla en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en el Legajos Electrónico Único que consta en el informe de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 202
ANEXO ÚNICO
CUIL APELLIDO/S Y NOMBRE/S CARGO ASIGNATURAS CARRERA PERIODO -“Instrumento A,B,C,D Contrabajo” del CIEMU Desde 01/10/2024, Profesor Titular -“Instrumento I a V Contrabajo” de la mientras el cargo no se 20-24878771-7 MELCHIORI, Laureano Fernando Semiexclusiva Licenciatura en Contrabajo Musicales provea por concurso y (Interino) no más allá del - “Iniciación” y “Contrabajo I a IV” del Ciclo 31/12/2024 Preparatorio
RESOLUCIÓN Nº 202
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FA-2024-RES-535 14/10/2024 (Carga: 14/10/2024) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 30178/24 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL- RENUNCIA CONDICIONADA PROF. VIRGINIA ALICIA NAVARRO”
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se agrega el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 44/22-R, en donde la Prof. Virginia Alicia NAVARRO solicita, a partir del 1 de octubre de 2024 la respectiva renuncia condicionada, conforme con lo establecido en el Decreto Nacional N° 8820/62, en el cargo detallado en el mismo.
Que además corre agregado el Formulario Nº 2 de la Ordenanza Nº 44/22-R, en donde la Dirección de Personal de esta Facultad informa la situación de revista de la docente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R y su modificatoria Ord. Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES NAVARRO, Virginia Alicia
D.N.I. 16868350
CUIT/CUIL 27-16868350-8
LEGAJO 22890
Cargo en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos
Dedicación Semiexclusiva
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación Resol. N° 1/1996–C.D.
Término de la última designación
Desde 21/02/1996
Hasta -------
Espacio/s Curricular/es
1) “Tecnología del Calor” (con extensión a “Física Aplicada a la Cerámica”)
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Cerámica
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES OCTUBRE
AÑO 2024
ARTÍCULO 2º.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional.
ARTÍCULO 3º.- La docente que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, y que se encontrare bajo Renuncia Condicionada, seguirá prestando servicios hasta tanto obtenga su beneficio jubilatorio, con la única condición de haber iniciado el correspondiente trámite previsional, caso contrario cesará automáticamente. Por tanto, en estos casos no corresponderá solicitar la continuidad laboral.
ARTÍCULO 4º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia digital de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 5°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 535
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CD-2024-RES-201 14/10/2024 (Carga: 14/10/2024) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico N° 31109/24 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL- Prórroga desde 01 de octubre de 2024 - Personal docente con Funciones Complementarias al Desarrollo Curricular - FAD”.
CONSIDERANDO:
Los informes producidos por Dirección de Personal y de Secretaria Administrativo-Financiero.
Que por su parte la Secretaria Académica sugiere la continuidad de la nómina de docentes que se acompaña en planilla, atento que la Comisión Ad-Hoc constituida al efecto aún se encuentra en proceso de análisis de cada caso particular.
Po ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza en Sesión Plenaria del día 8 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar las designaciones interinas del Personal Docente con Funciones Complementarias al Desarrollo Curricular, desde el UNO (1) de octubre hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024, siempre que antes los mismos no sean provistos mediante concurso, en los cargos y funciones de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Prorrogar las designaciones, con carácter de remplazantes, del Personal Docente con Funciones Complementarias al Desarrollo Curricular, desde el UNO (1) de octubre o mientras dure la licencia de los respectivos titulares y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo II de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 4º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 201
ANEXO ÚNICO PRORROGAS INTERINAS DEL PERSONAL DOCENTE CON FUNCIONES COMPLEMENTARIAS AL DESARROLLO CURRICULAR DESDE EL 01/10/2024 HASTA EL 31/12/2024
LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CARRERAS y/o SECTOR CARGO DEDICACIÓN FUNCIONES OBSERVACIONES
Planta de Operaciones y Procesos Cerámicos – Ordenanza N° 35664 ALTAMIRA CAPRERA, José María Cerámica Ayudante de Primera Simple Cerámica 2/20-CD
Apoyo cátedra "Dibujo-Pintura-Escultura" 24953 ALVARADO, Georgina Verónica Artes Visuales Jefe de Trabajos Prácticos Semiexclusiva (Modelo)
Ayudante Trabajos Apoyo cátedra "Dibujo-Pintura-Escultura" 23556 AMAYA, Sergio Francisco Artes Visuales Prácticos (Modelo)
Ayudante de Trabajos 35570 BARRERA GUISASOLA, María Jazmín Artes Visuales y Cerámica Modelo Prácticos
28232 BERRIDY, Héctor Hugo Artes Visuales Ayudante de Primera Semiexclusiva Taller Fundición
Funciones de guitarrista acompañante para la 32039 BUDINI, Pablo Andrés Musicales Jefe de Trabajos Prácticos Semiexclusiva cátedra Interpretación I: Canto, vientos y percusión Ordenanza N° 29295 CANIULLÁN HERNÁNDEZ, Miriam Paola Cerámica Profesor Asociado Simple Taller de Matricería y Moldería 2/20-CD
25796 CAROFF, Ana Cecilia Artes del Espectáculo Jefe de Trabajos Prácticos Semiexclusiva Coordinadora Depósito de Vestuario
Pianista acompañante Canto - Exámenes Ordenanza N° 29375 CRESCITELLI, María Albertina Musicales Profesor Adjunto Semiexclusiva Finales Quinto Año (todos los instrumentos) 2/20-CD
Funciones de Pianista Acompañante cátedra Ordenanza Nº 28895 DIEZ, Nicolás Elías Musicales Profesor Adjunto Simple Interpretación IV: Canto, vientos y percusión 2/20-CD
Ayudante de Trabajos Modelo en espacios curriculares de las carreras Ordenanza Nº 33518 DUARTE, María Luján Artes Visuales Prácticos de Artes Visuales 2/20-CD
Pianista acompañante Canto - Exámenes Ordenanza N° 32887 FERNANDEZ, Antonio Emanuel Musicales Profesor Adjunto Semiexclusiva Finales Quinto Año (todos los instrumentos) 2/20-CD
Ayudante de Trabajos Apoyo cátedra "Dibujo-Pintura-Escultura" 20828 GALLARDO, Roberto Ángel Artes Visuales Prácticos (Modelo)
Resol. N° 201
Anexo I- Hoja 2
Taller de Rotación I y II: Escultura y Taller Ordenanza 35269 GERARDI, Santiago Felipe Artes Visuales Ayudante de Trabajos Prácticos de Rotación: Escultura Nº 2/20-CD
Dibujo I-II-III 33917 KOLLENBERGER Gabriel Ernesto Artes Visuales Ayudante de Trabajos Prácticos Modelo Talleres de Pintura y Escultura Ordenanza 35080 LOREFICE, Daniela Rosalí Diseño Jefe de Trabajos Prácticos Simple Taller de Productos N° 2/20-CD Ayudante Técnico de Trabajos 24172 MANCHENTO, Adrián Walther Artes Visuales Taller de Fundición - Carreras Artes Visuales Prácticos Responsable Técnico del Taller de 22812 MIERAS, Rolando Fabio Diseño Jefe de Trabajos Prácticos Semiexclusiva Impresiones Ordenanza 28310 MODICA, Erica Lorena Musicales Jefe de Trabajos Prácticos Simple Contralto en el cuarteto de Dirección Coral N° 2/20-CD Apoyo cátedra "Dibujo-Pintura-Escultura" Artes Visuales (Modelo) 30647 MORILLAS, María Rebeca Ayudante de Trabajos Prácticos Artes del Espectáculo Dibujo y Pintura Escenográficos I Ayudante Técnico de Trabajos Planta de Operaciones y Procesos 23402 ORO, Marcelo José Cerámica Prácticos Cerámicos – Cerámica Apoyo cátedra ”Dibujo, Pintura, Escultura” 17831 PERALTA, Miriam Beatriz Artes Visuales Ayudante de Trabajos Prácticos (Modelo) 24499 PERLBACH, María Beatriz Diseño Jefe de Trabajos Prácticos Semiexclusiva Taller de Computación Ordenanza 35252 QUINTERO FLOREZ, Silvia Daniela Artes del Espectáculo Ayudante de Primera Simple Asistencia Escenotécnica en el Aula Teatro N° 2/20-CD 22116 REYNAUD. Ricardo Enrique Cerámica Jefe de Trabajos Prácticos Simple Taller de Color Cerámico
20448 ROLDAN, Pablo Javier Secretaría Académica Ayudante de Trabajos Prácticos Apoyo Secretaría Académica Ordenanza 34360 SOLA, Claudio Javier Diseño Jefe de trabajos Prácticos Simple Taller de Productos N° 4/15-CD Ordenanza 28221 ZAKALIK, Marcela Rebeca Diseño Profesor Titular Semiexclusiva Laboratorio Digital N° 1/20-CD
RESOLUCION N° 201
ANEXO II PRÓRROGAS REEMPLAZANTE DEL PERSONAL DOCENTE CON FUNCIONES COMPLEMENTARIAS AL DESARROLLO CURRICULAR DESDE EL 01/10 MIENTRAS DURE LA LICENCIA DEL TITULAR DEL CARGO Y NO MÁS ALLÁ DEL 31/12/2024
CARRERAS y/o LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CARGO DEDICACIÓN FUNCIONES OBSERVACIONES SECTOR Ordenanza N° 2/20-CD Remplazante de la 35664 ALTAMIRA CAPRERA, José María Cerámica Ayudante de Primera Simple Taller de Matricería y Moldería Prof. RIGHI Ordenanza N° 2/20-CD Remplazante de la 33399 RIGHI, Valeria Cerámica Jefe de Trabajos Prácticos Simple Taller de Matricería y Moldería Prof. CANIULLÁN HERNÁNDEZ
RESOLUCIÓN N° 201
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CD-2024-RES-200 14/10/2024 (Carga: 14/10/2024) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 30277/24 caratulado: “SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO S/propuesta jurados de tesis - Prof. Luciana Natalia Orellana Lanús -Maestría en Arte Latinoamericano”.
CONSIDERANDO:
Que la referida propuesta surge de la reunión celebrada por los Miembros del Comité Académico Asesor de la “Maestría en Arte Latinoamericano”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 8 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar el Jurado que evaluará la Tesis presentada por la Prof. Luciana Natalia ORELLANA LANÚS correspondiente a la “Maestría en Arte Latinoamericano” denominada: El minimismo como identidad musical latinoamericana en la música culta argentina (1970- 1989)”, desarrollada bajo la dirección de la Dra. María Emilia GRECO y la codirección de la Mgter. María Inés GARCÍA, integrado de la siguiente manera:
Miembros Titulares: Mgter. Mónica Beatriz PACHECO Mgter. Damián RODRIGUEZ KEES Dr. Juan Raimundo Martín ORTIZ DE ZARATE Miembros Suplentes: Mgter. María Gabriela GUEMBE Mgter. Beatriz Elina PLANA Dr. Martín LIUT
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 200
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CD-2024-RES-199 14/10/2024 (Carga: 14/10/2024) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 30168/24 caratulado: “SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO S/propuesta jurados de tesis -Lic. Julieta Blanco -Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX”.
CONSIDERANDO:
Que la referida propuesta surge de la reunión celebrada por los Miembros del Comité Académico Asesor de la “Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 8 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar el Jurado que evaluará la Tesis presentada por la Lic. Julieta BLANCO correspondiente a la “Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX” denominada: “La obra para flauta de Osvaldo Lacerda: una visión de la música de Brasil” desarrollada bajo la dirección de la Mgter. Beatriz Elina PLANA y la codirección del Lic. Claudio BAZÁN, integrado de la siguiente manera:
Miembros Titulares: Mgter. Alejandra Claudia GARCÍA TRABUCCO Mgter. Lucas RAMALLO Mgter. Paula Corina OYHAMBURO (externa) Miembros Suplentes: Mgter Andrea Verónica YURCIC Mgter. Ricardo Fabián BUJALDON (externo)
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 199
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CD-2024-RES-198 14/10/2024 (Carga: 14/10/2024) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 30171/24 caratulado: “SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO s/propuesta jurados de tesis -Lic. Cecilia Alejandra Barrientos Covacich - Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX”.
CONSIDERANDO:
Que la referida propuesta surge de la reunión celebrada por los Miembros del Comité Académico Asesor de la “Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 8 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar el Jurado que evaluará la Tesis presentada por la Lic. Cecilia Alejandra BARRIENTOS COVACICH correspondiente a la “Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX” denominada: “La voz en obras del compositor chileno Gustavo Becerra-Schmidt: Análisis y comparación de lenguajes vocales en su obra para solista” desarrollada bajo la dirección de la Dra. Daniela FUGELLIE VIDELA, integrado de la siguiente manera:
Miembros Titulares: Esp. Jimena Gabriela SEMIZ Mgter. Mónica Beatriz PACHECO Mgter. Cristina Yolanda GALLO (externa) Miembros Suplentes: Mgter. Gustavo Adolfo GATICA Mgter. Carlos Emilio FLORIT (externa)
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 198
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CD-2024-RES-197 14/10/2024 (Carga: 14/10/2024) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 30135/24 caratulado: “SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO s/propuesta jurados de tesis -Lic. Marina Ana Carrillo Zambroni - Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX”.
CONSIDERANDO:
Que la referida propuesta surge de la reunión celebrada por los Miembros del Comité Académico Asesor de la “Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 8 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar el Jurado que evaluará la Tesis presentada por la Lic. Marina Ana CARRILLO ZAMBRONI correspondiente a la “Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX” denominada: “Una propuesta metodológica para la interpretación de la obra para guitarra de Carmen Guzmán y Tito Francia” desarrollada bajo la dirección de la Mgter. Elena Amalia DABUL y la codirección de la Mgter. María Cristina Elcira CUITIÑO, integrado de la siguiente manera:
Miembros Titulares: Mgter. Nahuel ROMERO PASCHERO Prof. Leopoldo Guillermo MARTÍ Mgter. Silvia María de Luján FERNÁNDEZ (externa) Miembros Suplentes: Mgter. Mónica Beatriz PACHECO Mgter. Emilio Manuel PEREZ (externo)
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 197
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FA-2024-RES-534 9/10/2024 (Carga: 9/10/2024) |
MENDOZA, 9 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 20216/24 caratulado: “C.M sol./Designación Lic. Mariana Jordán, cargo Prof. Adjunto (S)-, Esp. Curriculares "Flauta" (todos los niveles) Plan 84/10 CS, 19/13 CS, 128/03 CS y 2/02 CD, Ord. Nº2/20 C.D.”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras Musicales solicita la designación interina de la Lic. Mariana Elisa JORDÁN en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple, para el dictado de los espacios curriculares “Flauta A, B, C y D” CIEMU (Plan 19/13 C.S.), “Flauta I a V” de la Licenciatura en Flauta (Plan 84/10–C.S.), “Instrumento Flauta A y B” CIEMU (Plan 19/13–C.S.), “Instrumento Flauta I a IV” de la Licenciatura en Música PopularVientos, (Plan 128/03–C.S.), Iniciación e Instrumento I a IV-Flauta del Ciclo Preparatorio, (Plan 2/02 C.D.). Por otra parte, dicho nombramiento resulta del desdoblamiento del cargo Profesor Asociado con dedicación exclusiva vacante por la reciente jubilación de la Prof. Beatriz Elina PLANA.
Que, Dirección de Personal informa que la Lic. JORDÁN no registra situación de revista en esta dependencia y que habiendo realizado los exámenes preocupacionales o de ingreso correspondientes obtuvo el certificado de aptitud psicofísica DEFINITIVO. Asimismo, esta Dirección comunicó a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) el ALTA correspondiente, estableciendo como fecha de efectiva prestación de servicios a partir del 1 de octubre de 2024.
Que asimismo, la citada Dirección informa que, de la Declaración jurada digital de cargos y funciones, no surge situación de incompatibilidad. Que, por su parte, el Departamento de Concursos informa que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º Opción C) de la ordenanza Nº 2/20-C.D.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Administrativo-Financiera,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres JORDÁN, Mariana Elisa Documento Único 28793086 CUIL o CUIT 27-28793086-6 Legajo N°
El cargo de la presente designación interina responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Adjunto Dedicación Simple Carácter Interino
Resol. N° 534
3. Término de la designación Desde el UNO (1) de octubre de 2024 Hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras Musicales
Espacio/s Curricular/es 1) Iniciación a Instrumento Flauta e Instrumento Flauta I a IV nivel Preparatorio
2) Flauta A, B, C y D CIEMU
3) Flauta I a V
4) Instrumento Flauta A y B 5) Instrumento Flauta I a IV
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Música “Iniciación a Instrumento Flauta” e “Instrumento Flauta I a IV” nivel Preparatorio; “Flauta A, B, C y Especialidad: 9 9 D” CIEMU; “Flauta I a V”; “Instrumento Flauta A y B”- “Instrumento Flauta I a IV”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudios de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 7389 Licenciatura en Flauta 50% 6293 Licenciatura en Música Popular orientación Vientos (Flauta) 50% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 01 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 812 Profesor Adjunto con Dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 534
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FA-2024-RES-533 9/10/2024 (Carga: 9/10/2024) |
MENDOZA, 9 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 30800/24 caratulado: “Pedido pago adicionales mes Octubre por carácter crítico de la función a personal de la FAD 2024.”.
CONSIDERANDO:
Que el personal de Servicio al que se le otorga dicho adicional se encuentra afectado en el marco del Plan de Actividades Programadas 2024.
Lo informado por la Coordinación de Infraestructura, Equipamiento y Servicios y la opinión favorable de Secretaría Administrativo-Financiero.
Que el presente pedido se encuentra contemplado en el Artículo 12, inc “e)” de la Ord. 23/15 C.S.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” al personal de servicio que cumplirá funciones durante el mes de octubre del corriente, conforme al Plan de Actividades Programadas 2024, de acuerdo al siguiente detalle:
Ítem Fecha Horario Descripción de Agente Legajo Edificio Horas Monto a la actividad pagar
1 05/10/2024 08:00 Cámara Ana Laura 31914 Edificio Docencia 5.5 $18.150 13:30 mandatarios REYES Mendoza 2 19/10/2024 08:00 Cámara German 31912 Edificio Docencia 5.5 $18.150 13:30 mandatarios VIDELA Mendoza 3 26/10/2024 08:00 Cámara Ana Laura 31914 Edificio Música 5.5 $18.150 13:30 mandatarios REYES Mendoza 16.5 $54.450
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente corresponde ser imputado al Inciso 1 – Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 533
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FA-2024-RES-532 9/10/2024 (Carga: 9/10/2024) |
MENDOZA, 9 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 29500/24 caratulado: “Gutierrez Barrionuevo, Enzo Nicolás S/ Solicitud de Diploma de Diseñador Industrial”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL al egresado Enzo Nicolás GUTIERREZ BARRIONUEVO (D.N.I. N° 38.908.343) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el SIETE (7) de mayo de 1995, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso CUATRO (4) de julio de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 532
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FA-2024-RES-531 9/10/2024 (Carga: 9/10/2024) |
MENDOZA, 9 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 29497/24 caratulado: “Gallego, Jorge Andrés S/ Solicitud de Diploma de Licenciado en Música Popular con Orientación en Percusión”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 119/03-C.S. y 128/03-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN MÚSICA POPULAR CON ORIENTACIÓN EN PERCUSIÓN al egresado Jorge Andrés GALLEGO (D.N.I. Nº 23942800) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el CINCO (5) de junio de 1974, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 119/03-C.S. y 128/03-C.S., con fecha de egreso DOCE (12) de agosto de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 531
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