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FA-2020-RES-243 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E–CUY Nº 3374/20 caratulado: “VIDAÑA, Paloma Valentina S/Solicitud Diploma - Diseñadora Industrial.FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06—C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Paloma Valentina VIDAÑA (D.N.I. N° 37.518.779) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIECISIETE (17) de octubre de 1993, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso TRES (3) de julio de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
Resol. N° 243
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 243
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FA-2020-RES-242 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E–CUY Nº 2763/20 caratulado: “Solicitud Diploma TOURRES, Santiago- Diseñador Industrial.FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06—C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL al egresado Santiago TOURRÉS (D.N.I. N° 37.267.404) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el CATORCE (14) de octubre de 1992, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso OCHO (8) de mayo de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
Resol. N° 242
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 242
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FA-2020-RES-241 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E–CUY Nº 3658/20 caratulado: “DAHER, Paula, s/ solicitud de Diploma - Diseñadora Industrial. FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06—C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Paula DAHER (D.N.I. N° 35.513.210) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTIUNO (21) de abril de 1990, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso VEINTIOCHO (28) de julio de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
Resol. N° 241
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 241
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FA-2020-RES-240 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E–CUY Nº 3427/20 caratulado: “BÉCARES LAROCCA, María Gabriela s/ solicitud de Diploma - Diseñadora Industrial - FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06—C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada María Gabriela BÉCARES LAROCCA (D.N.I. N° 35.512.262) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTICUATRO (24) de noviembre de 1990, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso CATORCE (14) de noviembre de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
Resol. N° 240
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 240
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FA-2020-RES-239 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E–CUY Nº 3571/20 caratulado: “MONTEAVARO, Agustina, s/ solicitud de Diploma - Diseñadora Gráfica. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06—C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Agustina MONTEAVARO (D.N.I. N° 36.134.630) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el CINCO (5) de diciembre de 1991, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso CUATRO (4) de diciembre de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
Resol. N° 239
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 239
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CD-2020-RES-048 25/09/2020 (Carga: 25/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO: El expediente CUDAP E-CUY Nº 2890/20 en el que se tramita la modificación de los espacios curriculares consignados en la resolución N° 98/20-FAD.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 98/20-FAD y ratificada por resolución N° 22/20CD se designó al Prof. Gabriel Adolfo FERNANDEZ en un cargo de Profesor Titular (SE) interino, para dictar espacios curriculares en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo. Que por error involuntario se consignaron en esa resolución asignaturas que correspondían a otra docente, por tal motivo, resulta necesario rectificar parcialmente la misma, estableciendo los espacios curriculares en forma correcta. Que, por otra parte, teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en sesión virtual del 22 de setiembre de 2020, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar parcialmente la resolución N° 98/20-CD. en relación a los espacios curriculares consignados en la misma, conforme al siguiente detalle: “Donde dice”: “
ARTÍCULO 1°.-…….. 5. Espacio/s Curricular/es 1) Taller de Rotación I: Escultura 2) Taller de Rotación II: Escultura 3) Taller I para Profesorado (con opción a Escultura) 4) Taller II para Profesorado (con opción a Escultura) 5) Taller I: Escultura 6) Taller II: Escultura 7) Taller I de Escultura: Optativa grupo I 8) Taller de Rotación: Escultura
Resol. N° 48
“Debe decir”: “
ARTÍCULO 1°.-…….. ” 5. Espacio/s Curricular/es 1) Taller de Rotación: Escultura 2) Taller de Rotación I: Escultura 3) Taller de Rotación II: Escultura
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 48
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CD-2020-RES-047 25/09/2020 (Carga: 25/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO: El expediente CUDAP E-CUY Nº 2976/20 en el que se tramita la modificación de los espacios curriculares consignados en la resolución N° 93/20-FAD.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 93/20-FAD y ratificada por resolución N° 22/20CD se designó al Prof. Ricardo Enrique REYNAUD en un cargo de Profesor Adjunto (SE) interino, para dictar espacios curriculares en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo. Que por error involuntario se consignaron en esa resolución asignaturas que no están a su cargo, por tal motivo, resulta necesario rectificar parcialmente la misma, estableciendo los espacios curriculares en forma correcta. Que, por otra parte, teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en sesión virtual del 22 de setiembre de 2020, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar parcialmente la resolución N° 93/20-CD. en relación a los espacios curriculares consignados en la misma, conforme al siguiente detalle: “Donde dice”: “
ARTÍCULO 1°.-…….. 5. Espacio/s Curricular/es 1) “Taller de Rotación I y II: Escultura” 2) “Taller I y II para Profesorado (con opción a Escultura) 3) “Taller I y II: Escultura” 4) “Taller I de: Escultura (Optativa Grupo I)” 5) “Taller de Rotación: Escultura”
Resol. N° 47
“Debe decir”: “
ARTÍCULO 1°.-…….. ” 5. Espacio/s Curricular/es 1) Taller de Rotación: Escultura 2) Taller de Rotación I: Escultura 3) Taller de Rotación II: Escultura
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 47
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CD-2020-RES-046 23/09/2020 (Carga: 24/09/2020) |
MENDOZA, 23 de setiembre de 2020
VISTO:
Los expedientes E-CUDAP-CUY Nº 3506/20 y 4035/20 en los que las Secretarías de Extensión y de Posgrado e Investigación presentan el Proyecto: “Curso de Teatro del Oprimido, la estética como estrategia de diálogo”.
CONSIDERANDO:
Que ambas Secretarías: de Extensión y Articulación Social en trabajo conjunto con la Secretaría de Investigación y Posgrado, presentan este proyecto destinado a la participación de estudiantes, docentes y graduados de la FAD, pertenecientes a todas las Carreras.
Que este Curso, de formato virtual, estará a cargo de Marcela Alejandra FARFÁN RECCHIA y tiene la intención de generar instancias formativas de encuentro interdisciplinario. Los objetivos del mismo son: a) Propiciar un espacio formativo para todas las carreras de la FAD. b) Facilitar una base metodológica del Teatro del Oprimido. c) Conocer la metodología del Teatro del Oprimido (TO) para repensar, indagar y profundizar en colectivo prácticas políticas. d) Estimular el diálogo y la creatividad entre las distintas modalidades que conforman la FAD.
Este curso propone facilitar una base metodológica de teatro del Oprimido, para conocer y continuar profundizando en las técnicas e innovaciones de la misma, pero también para quien quiere repensar, debatir, indagar y profundizar en colectivo, sus prácticas políticas dentro y fuera del TO.
El cursado online está organizado en dos grupos cada grupo no deberán superar el cupo de 30 participantes: 1) Estudiantes de la FAD: este grupo será de acceso gratuito y lo coordinará la Secretaría de Extensión y Articulación Social de la FAD. Se garantizará su realización a partir del acceso a fondos del PDI. 2) Egresados y Docentes de la FAD: este segundo grupo deberá abonar un arancel y será coordinado la Secretaría de Investigación y Posgrado.
Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Resol. N° 46
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado en sesión virtual del día 8 de setiembre de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización del “Curso de Teatro del Oprimido, la estética como estrategia de diálogo”, destinado a estudiantes, docentes y graduados de la FAD, cuya organización está a cargo de las Secretarías de Extensión y de Posgrado e Investigación de esta Unidad Académica, a llevarse a cabo de manera virtual, durante el mes de octubre de 2020, cuyas actividades están contenidas en el Anexo Único, que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 46
lo
ANEXO ÚNICO CURSO DE TEATRO DEL OPRIMIDO “La estética como estrategia de diálogo”. SECRETARÍA de Extensión y Articulación Social Social SECRETARÍA de Investigación y Posgrado
FUNDAMENTACIÓN: La Secretaría de Extensión y Articulación Social en trabajo conjunto con la Secretaría de Investigación y Posgrado, presentan este proyecto destinado a la participación de estudiantes, docentes y graduados de la FAD, pertenecientes a todas las unidades académicas. Con la intención de generar instancias formativas de encuentro interdisciplinario, se propone el “Curso de Teatro del Oprimido, la estética como estrategia de diálogo”.
OBJETIVOS: Propiciar un espacio formativo para todas las carreras de la FAD. Facilitar una base metodológica del Teatro del Oprimido. Conocer la metodología del Teatro del Oprimido(TO) para repensar, indagar y profundizar en colectivo prácticas políticas. Estimular el diálogo y la creatividad entre las distintas modalidades que conforman la FAD. FORMATO:
Virtual. El taller se dictará por aula ZOOM de las FAD. Todos los martes de octubre: Estudiantes Todos los miércoles de octubre: Profesores y graduados. PRESENTACIÓN: Sobre el Teatro del Oprimido El Teatro del Oprimido es una metodología creada en el Brasil por el teatrólogo Augusto Boal, hoy desarrollada y difundida a lo largo de ochenta países. Estimula una postura activa y protagónica de sus practicantes y espectadores, con el objetivo de transformación social. Trabajamos con Teatro del Oprimido (TO) porque vivimos en un sistema político y social que promueve relaciones raciales, de género, sociales, culturales, políticas y económicas injustas. El TO es nuestro arsenal en la lucha por la transformación, la cual se inicia y se desarrolla a través de procesos estéticos y políticos que apuntan a identificar, investigar, revelar y representar la opresión, para provocar la percepción de estas injusticias y la búsqueda de medios concretos para superarlas. Nuestra práctica artística es política. Entendemos el método como un medio y no como un fin en sí mismo, y es por eso que creemos que es fundamental, actuar junto a grupos de oprimidos y oprimidas organizados y no organizados y a movimientos sociales, políticos y culturales, comprometidos con la lucha de estos oprimidos por justicia, con el objetivo de lograr una construcción solidaria que produzca acciones sociales, concretas y continuadas para la superación de situaciones de opresión y la transformación de la sociedad.
Resol. N° 46
Anexo Unico- Hoja 2
Teoría del Método: El Teatro del Oprimido es un Método lúdico y pedagógico, un instrumento eficaz de comunicación y de búsqueda de alternativas concretas para la superación de problemas reales, a través de medios estéticos. El Método crea condiciones para que el oprimido se apropie de los medios de producir teatro y amplíe sus posibilidades de expresión. Además, propone la eliminación de las barreras entre el escenario y la platea, para que se establezca un diálogo activo, democrático y propositivo. Diálogo en el sentido de búsqueda de alternativas para la resolución de conflictos. En esta pedagogía, conflictos deben ser revelados estéticamente, para que sus implicancias sean comprendidas, y los medios concretos para superarlas sean encontrados. Por este motivo, el Teatro del Oprimido es el primer Método Teatral elaborado en el Hemisferio Sur que es utilizado en más de setenta países de los cinco continentes. No se trata apenas de un estilo o género teatral – es un lenguaje humano por excelencia, que existe dentro de cada uno/una de nosotros. Somos los únicos habitantes de la Tierra capaces de crear Metáforas – de ser artistas: de vermos mirando, mirando; escucharnos, hablando; analizar las acciones, actuando. Somos actores y, al mismo tiempo, espectadores de nuestros actos. De esencia democrática y vocación pluralista, viene siendo utilizado como metodología en la lucha contra el racismo, contra el sexismo, en la mediación de conflictos en países en estado de guerra, en la prevención de enfermedades sexualmente transmisibles, en hospitales psiquiátricos como soporte terapéutico, y en otras actividades en decenas de países donde su influencia se amplía. El Teatro del Oprimido, sistema estético idealizado por Augusto Boal, además de ser fácilmente enseñado y aprendido, puede ser practicado en casi todos los espacios, sin exigencias técnicas sofisticadas y con bajos costos, es una tecnología esencial para grupos y organizaciones sociales y culturales. Teatro Foro: La dramaturgia simultánea era una especie de traducción realizada por artistas sobre los problemas vividos por las personas. Hasta el día en el que una mujer, en Perú, no aceptó la traducción se atrevió a ir al escenario para decir con su voz, a través de su cuerpo cual sería la alternativa para el problema escenificado. Nació el Teatro Foro, en el cual la barrera entre escenario y platea es destruida y el diálogo implementado. Existe un escenario basado en hechos reales, en el que los personajes son oprimidos y opresores que están en conflicto, de forma evidente y objetiva, en defensa de sus deseos e intereses. El personaje oprimido no logra su deseo y el público es estimulado por la/el Coringa (el facilitador del Teatro del Oprimido), para entrar en escena, sustituir al protagonista (sobrecargado) y buscar alternativas para el problema presentado. Estética del oprimido: Direccionada a la producción de conocimiento (autonomía de pensamiento / visión crítica de la realidad). Trabaja juegos, técnicas y ejercicios de la palabra, sonido e imagen que tienen como objetivo debatir la alfabetización estética de todo ser humano.
Resol. N° 46
Anexo Unico- Hoja 3
DESARROLLO Sobre el Teatro del Oprimido en la FAD El curso tendrá contenidos teóricos que serán plasmados en una parte práctica. Juegos y ejercicios adaptados al mundo virtual y al contexto en cual estamos inmersas/os hoy, pero que estimulen el diálogo, la creatividad y la construcción de escenas usando la palabra, ritmo y movimiento. La propuesta también es aproximarnos a la historia de la sistematización del método que va de la mano con la relación, intrínseca, que tiene con los procesos sociales contemporáneos y la práctica política del mismo, para así comprender su papel en las acciones concretas en la sociedad. Se hará un paseo por el TO y que nuestro medio de transporte será la Estética del/la Oprimida/o. ¿Qué quiere decir reapropiarse de los medios de producción artísticos? ¿Cómo influye en mi cotidianidad? ¿Cómo esto me va ayudar a transformar la sociedad, mi barrio mi familia, mi escuela? Vamos a descubrirlo juntos/as. Se propone para el desarrollo del mismo el cursado online del taller en organizado en dos grupos cada grupo no deberá superar el cupo de 30 participantes:
Estudiantes de la FAD: este grupo será de acceso gratuito y lo coordinará la Secretaría de Extensión y Articulación Social de la FAD. Se garantizará su realización a partir del acceso a fondos del PDI. Egresados y Docentes de la FAD: este segundo grupo deberá abonar un arancel y será coordinado la Secretaría de Investigación y Posgrado.
INSCRIPCIÓN: La inscripción del taller para estudiantes quedará a cargo de la Secretaría de Extensión y Articulación Social de la FAD. Se realizará luego de la difusión trabajada en coordinación con el Área de Comunicación de la FAD. Los postulantes deberán llenar un formulario de Google Forms. Quedarán inscriptos los primeros 30 estudiantes y se realizará una lista de espera de 10 estudiantes por si se liberase algún cupo. La difusión e inscripción del taller de docentes y graduados quedará a cargo de la Secretaría de Investigación y Posgrado. PARTICIPANTES: El Curso de Teatro del Oprimido será facilitado por la referente del Centro de Teatro del Oprimido de Brasil, Marcela Farfán Recchia. DESTINATARIOS: Estudiantes de las distintas carreras de la FAD. - Profesores y graduados de la FAD.
RECURSOS: Para el desarrollo del mismo se necesitará: en el caso del curso para estudiantes el pago al contado a través de los fondos de PDI, en el caso del curso para egresados y docentes el cobro del arancel a los y las participantes. Y el aula Zoom de la FAD para los encuentros.
Resol. N° 46
Anexo Unico- Hoja 4 OTRAS CONSIDERACIONES/OBSERVACIONES: Es importante destacar que el presente curso pretende ser un espacio de encuentro interdisciplinario. Que no se requiere de experiencia previa en teatro para realizarlo, ya que trabaja con herramientas que todos y todas tenemos, este taller intenta que las redescubramos para utilizarlas en nuestras prácticas cotidianas. La posibilidad de comenzar con esta primera instancia en forma virtual habilita a que en un futuro, esperamos cercano, podamos continuar con esta formación, ya que su facilitadora tiene programado un viaje con estadía permanente en nuestra provincia durante 2021.
RESOLUCIÓN Nº 46
FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE CURSOS DE POSGRADO
1. Indique la denominación del curso propuesto:
Teatro del Oprimido, la Estética como estrategia de dialogo
2. Inserto en una carrera de Posgrado
SI NO
3. En caso de que el curso ya sea dictado en otra carrera indique la siguiente información:
CARRERA TIPO DE DICTADO MODALIDAD CARÁCTER
Equipo docente 2.1. Responsable a cargo Apellido: Farfán Recchia Nombre: Marcela Alejandra Documento: 93975621 Correo electrónico: marce.farfanrecchia@gmail.com CUIT/CUIL: ……….......................................................................................
2. Integrantes del equipo docente (repartir cuantas veces sea necesario) Apellido:……………………………………………………………………. Nombre: ………............................................................................................. Documento: ………........................................................................................ Correo electrónico: …………………………………………………………. CUIT/CUIL: ……….......................................................................................
Fecha probable de dictado
Semestre 1er. 2do. Mes: Octubre
Número máximo 30 y mínimo 15 de alumnos
Carga horaria propuesta: 15 horas
1 Exprese la carga horaria relacionada al dictado de la actividad en horas reloj.
Modalidad Carga Teórica Carga Práctica Total Porcentaje Presencial 0 0 0 No presencial 0 0 0 Total 6 9 15
Resol. N° 46
6. Objetivos (200 caracteres)
Este curso propone facilitar una base metodológica de teatro del Oprimido, para conocer y continuar profundizando en las técnicas e innovaciones de la misma, pero también para quien quiere repensar, debatir, indagar y profundizar en colectivo, sus prácticas políticas dentro y fuera del TO
Contenidos (200 caracteres) El curso tendrá contenidos teóricos que serán plasmados na parte práctica. Juegos y ejercicios adaptados al mundo virtual y al contexto en cual estamos inmersas/os/es hoy, pero que estimulen el diálogo, la creatividad y la construcción de escenas usando la palabra, ritmo y movimiento. La propuesta también es aproximarnos a la historia de la sistematización del método que va de la mano con la relación, intrínseca, que tiene con los procesos sociales contemporáneos y la práctica política del mismo, para así comprender su papel en las acciones concretas en la sociedad. Me gusta decir que haremos un paseo por el TO y que nuestro medio de transporte será la Estética del/la Oprimida/o/e. ¿Qué quiere decir reapropiarse de los medios de producción artísticos? ¿Cómo esto influye en mi cotidianidad? ¿Cómo esto me va ayudar a transformar la sociedad, mi barrio mi familia, mi escuela? Vamos a descubrirlo juntos/as/es.
Describa las actividades prácticas desarrolladas, indicando lugar donde se desarrollan y modalidad de supervisión (Si corresponde). (200 caracteres)
Vamos a utilizar juegos y ejercicios del arsenal del Teatro del Oprimido, tanto del libro de Augusto Boal como de Bárbara Santos, quien acompañó a Boal a lo largo de 30 años y ha desarrollado en los últimos 10 años una investigación teórica y práctica sobre el Teatro del Oprimido. Además de ejercicios prácticos sistematizados por la docente Marcela Farfán Recchia, en espacios de laboratorio en el Centro de Teatro del Oprimido. Pasando por elementos de las diversas técnicas del método, Teatro Periodístico, Teatro Foro, Teatro Imagen, etc. Usando como herramienta principal, la Estética del Oprimido.
Bibliografía (200 caracteres)
Artículos de las diversas ediciones de la Metaxis, escritos por algunas referencias como Augusto Boal, Julián Boal, Bárbara Santos, Cláudia Simone, etc. También fragmentos de los siguientes libros: Raíces y Alas, Bárbara Santos, Juegos para Actores y no Actores, 10. Augusto Boal, Técnicas latinoamericanas de Teatro Popular,promoción (200 caracteres) Modalidad de evaluación y requisitos de aprobación y Augusto Boal
Los requisitos para la aprobación se remiten a la presencia en todos los encuentros y participación en el proceso.
Resol. N° 46
11. Ingrese toda otra información que considere pertinente, incluidos requisitos específicos si corresponde. (160 caracteres)
Para esta multiplicación vamos a necesitar, acceso a internet por parte de las/os/es participantes y cámara y micrófonos activos. En relación al material, vamos a usar papel, lapicera, pinturas o colores y basura limpia, esto es, elementos de diversos tipo de materiales que las personas que van a participar descarten de su consumo cotidiano, y que puedan lavar y guardar.
RESOLUCION N° 46
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FA-2020-RES-238 22/09/2020 (Carga: 23/09/2020) |
MENDOZA, 22 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 3935/20 caratulado: “Solicitar “Adicional por función crítica” para la Prof. Ana Paula MOLINA en el cargo Ayudante de Primera con dedicación simple en la materia Diseño de Productos III. Carrera D.I. FAD.”
CONSIDERANDO:
Que la D.I. Ana Paula MOLINA se desempeña en un cargo de Ayudante de Primera con dedicación simple en la asignatura “Diseño de Productos III” que se dicta en las Carreras de Diseño de esta Unidad Académica.
Que la presente solicitud surge debido a la gran cantidad de alumnos que asisten a las clases virtuales, en donde utiliza como método de enseñanza el seguimiento personalizado de sus estudiantes permitiendo de esa manera la accesibilidad del material de estudio y la mediación pedagógica de cada práctica en esta modalidad virtual de trabajo, por lo que es menester reconocer el esfuerzo y trabajo que realiza la mencionada docente.
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12°, inciso b) de la ordenanza N° 23/15–C.S. y el artículo 12° de la ordenanza N° 28/00–C.S.
Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que la resolución 323/20-R, en su artículo 5º expresa que si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad, serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, a la D.I. Ana Paula MOLINA (Legajo N° 34.350 – CUIL N° 23-37124935-4), por la suma mensual de PESOS CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($4.757), sobre el cargo de Ayudante de Primera con dedicación simple, para cumplir funciones en la asignatura “Diseño de Productos III” de las Carreras de Diseño, desde el UNO (1) de agosto hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 238
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FA-2020-RES-237 22/09/2020 (Carga: 23/09/2020) |
MENDOZA, 22 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 3940/20 caratulado: “Solicitud de Adicional por función crítica” para la Prof. María Ignacia CONALBI Jefa de Trabajos Prácticos con dedicación simple en la materia Introducción al Diseño. Carrera D.G - FAD”
CONSIDERANDO:
Que la D.I. María Ignacia CONALBI se desempeña en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple en la asignatura “Introducción al Diseño” que se dicta en las Carreras de Diseño de esta Unidad Académica.
Que por otra parte, la presente solicitud surge debido a la gran cantidad de alumnos que asisten a las clases virtuales, en donde utiliza como método de enseñanza el seguimiento personalizado de sus estudiantes permitiendo de esa manera la accesibilidad del material de estudio y la mediación pedagógica de cada práctica en esta modalidad virtual de trabajo, por lo que es menester reconocer el esfuerzo y trabajo que realiza la mencionada docente
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12°, inciso b) de la ordenanza N° 23/15–C.S. y el artículo 12° de la ordenanza N° 28/00–C.S.
Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que la resolución 323/20-R, en su artículo 5º expresa que si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad, serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, a la D.I. María Ignacia CONALBI (Legajo N° 33.900 – CUIL N° 27-27519342-4), por la suma mensual de PESOS SEIS MIL QUINIENTOS ($6.500), sobre el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, para cumplir funciones en la asignatura “Introducción al Diseño” de las Carreras de Diseño, desde el UNO (1) de agosto hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 237
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FA-2020-RES-236 22/09/2020 (Carga: 22/09/2020) |
MENDOZA, 22 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3943/20 caratulado: “PUCCIO, Silvana Lorena s/Otorgar Adicional por Carácter Crítico de la Función. Carreras de Artes VisualesFAD ”
CONSIDERANDO:
Que la Prof. PUCCIO se desempeña en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, remplazante, en las asignaturas “Visión I”, “Visión I” (Optativa), “Visión II” y “Visión II” (Optativa) que se dicta en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo.
Que la presente solicitud surge debido a la gran cantidad de alumnos que asisten a las clases virtuales, que ha superado las expectativas de los docentes. Esta es una materia de fundamento, teórico–práctica y en la que la virtualidad requiere un modo de evaluación mucho más exigente así como la generación de contenidos. Por lo que es menester reconocer el esfuerzo y trabajo que realiza la mencionada docente, teniendo en cuenta su cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple.
Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que la resolución 323/20-R, en su artículo 5º expresa que si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad, serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, a la Prof. Silvana Lorena PUCCIO (Legajo N° 32.541 – CUIL N° 27-24372067-8), por la suma mensual de PESOS CINCO MIL ($ 5.000), sobre el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, remplazante, con el que cumple funciones en las asignaturas “Visión I”, “Visión I” (Optativa), “Visión II” y “Visión II” (Optativa) que se dictan en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo, desde el UNO (1) de setiembre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 236
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FA-2020-RES-235 22/09/2020 (Carga: 22/09/2020) |
MENDOZA, 22 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3607/20 caratulado: “S/asignación de un adicional por carácter crítico de la Función para el Prof. David Oscar PAEZ.Fad ”
CONSIDERANDO:
Que el Prof. PÁEZ se desempeña en un cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para cumplir funciones en el Gabinete de Técnicas Vocales en las Carreras de Artes del Espectáculo.
Que la presente solicitud es para cumplir funciones en el espacio Foniatría y Técnicas Vocales para Músicos de las Carreras Musicales, mientras dure la licencia por enfermedad de la Prof. Mercedes RODRIGUEZ.
Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que la resolución 323/20-R, en su artículo 5º expresa que si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad, serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, al Prof. David Oscar PÁEZ (Legajo N° 33.899 – CUIL N° 20-33321115-8), por la suma mensual de PESOS SIETE MIL CIENTO TRES CON VEINTICINCO CENTAVOS ($ 7.103,25 ), sobre el cargo de Profesor Titular con dedicación simple, con el que cumple funciones en el Gabinete de Técnicas Vocales en las Carreras de Artes del Espectáculo, para desempeñarse en el espacio Foniatría y Técnicas Vocales para Músicos, de las Carreras Musicales desde el UNO (1) de setiembre, mientras dure la licencia por enfermedad de la Prof. Mercedes RODRIGUEZ y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 235
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FA-2020-RES-234 22/09/2020 (Carga: 22/09/2020) |
MENDOZA, 22 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 3718/20 en la que se tramita la baja por renuncia del Adicional por Carácter Crítico de la Función de la Prof. Paula Cecilia MURCIA sobre el cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, interino, con el que cumplía funciones en las asignaturas “Taller de Rotación I y I: Pintura”; “Taller de Rotación: Pintura” y “Optativa Grupo I: Taller I Pintura” de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que se ha tomado conocimiento de la renuncia manifestada por la Prof. MURCIA al Adicional que percibía en el cargo y funciones que se mencionan en el VISTO, según resolución N° 865/19-C.D.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Los informes producidos por Dirección de Personal y Secretaría Económico-Financiera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de setiembre de 2020, al “Adicional por Carácter Crítico de la Función” asignado a la Prof. Paula Cecilia MURCIA (Legajo N° 25.096- CUIL N° 27-22632277-4) sobre el cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, interino, con el que cumplía funciones en las asignaturas “Taller de Rotación I y I: Pintura”; “Taller de Rotación: Pintura” y “Optativa Grupo I: Taller I Pintura” de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, según resolución N° 865/19-CD.
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 234
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FA-2020-RES-233 22/09/2020 (Carga: 22/09/2020) |
MENDOZA, 22 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3937/20 caratulado: “Solicitar “Adicional por función crítica” para la Prof. Fernanda YARLLUR Jefa de Trabajos Prácticos con dedicación simple en la materia Introducción al Diseño. Carrera D.G- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que Introducción al Diseño es una materia proyectual anual esencial en la formación inicial del Diseñador Gráfico y netamente práctica con modalidad taller. En el presente contexto, ha sido clave la experiencia y aporte de la Prof. YARLLUR para la digitalización de material de estudio y la mediación pedagógica de cada práctica en esta modalidad virtual de trabajo. Por lo que es menester reconocer el esfuerzo y trabajo que realiza la mencionada docente, teniendo en cuenta su cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple.
Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que la resolución 323/20-R, en su artículo 5º expresa que si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad, serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, a la D.I. María Fernanda YARLLUR (Leg. N° 33.879 – CUIL N° 27-18084217-4), por la suma mensual de PESOS SEIS MIL QUINIENTOS ($6.500), sobre el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, con el que cumple funciones en la asignatura “Introducción al Diseño” desde el UNO (1) de agosto hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 233
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FA-2020-RES-232 22/09/2020 (Carga: 22/09/2020) |
MENDOZA, 22 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3471/20 caratulado: “s/ pedido de un adicional por carácter crítico de la Función para la Prof. Joana Celeste ORTEGA,de las carreras de Artes Visuales - FAD. ”
CONSIDERANDO:
Que la Prof. Joana Celeste ORTEGA se desempeña en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple en la asignatura “Dibujo I” que se dicta en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo.
Que la presente solicitud es para cumplir funciones en el Taller I y II : Pintura, de las carreras de Artes Visuales.
Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que la resolución 323/20-R, en su artículo 5º expresa que si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad, serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, a la Prof. Joana Celeste ORTEGA (Leg. N° 33.765 – CUIL N° 27-30176468-0), por la suma mensual de PESOS CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($4.756), sobre el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, con el que cumple funciones en la asignatura “Dibujo I”, para desempeñarse en el Taller I y II: Pintura, de las Carreras de Artes Visuales, desde el UNO (1) de agosto hasta el TREINTA (30) de noviembre de 2020.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 232
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CD-2020-RES-045 22/09/2020 (Carga: 22/09/2020) |
MENDOZA, 22 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3704/20 en el que se tramita la designación interina del D.I. Roberto Luis TOMASSIELLO, en un cargo de Profesor Titular con dedicación simple, de la cátedra Materiales y Procesos II de la carrera de Diseño Industrial.
CONSIDERANDO:
Que es menester la designación del D.I. Roberto Luis TOMASSIELLO, en el cargo de Profesor Titular dedicación simple de la mencionada cátedra.
El pedido es una medida excepcional y transitoria ya que el docente espera su efectiva prestación en dicho cargo desde el año pasado, pero debido al contexto de Emergencia Sanitaria, el expediente Expte. CUDAP-CUY Nº 12911/18 de la convocatoria a concurso efectivo del cargo objeto de la presente designación, se encuentra en despacho de Rectorado desde el 13 de marzo del presente año.
Por lo tanto desde la Dirección de las Carreras de Diseño, atendiendo a que el docente ha dado inicio al cursado de la materia que es anual y continua su dictado de manera no presencial, es que solicita su designación transitoria hasta que pueda Consejo Superior realizar la resolución pertinente que habilite su designación efectiva en dicho cargo.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en sesión virtual del 22 de setiembre de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE: Resol. N° 45
ARTÍCULO 1°.- Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres TOMASSIELLO, Roberto Luis Documento Único 13.772.532
CUIL o CUIT 20-13772532-1
Legajo N° 20.056
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación simple Condición interina
Término de la designación Desde UNO (1) de setiembre de 2020 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Materiales y Procesos II”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 2 Ingeniería y Tecnología
Subdisciplina: 2 0 Ingeniería Industrial
Especialidad: 9 9 “Materiales y Procesos II”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Descripción de la Carrera Participación Porcentual
153 Diseñador Industrial 100 % Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
Resol. N° 45
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 810 Profesor Titular con Dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a las presentes actuaciones y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 7º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 45
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FA-2020-RES-231 21/09/2020 (Carga: 22/09/2020) |
MENDOZA, 21 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 4058/20 caratulado: “Solicitar la renuncia del Prof. Julio QUINTEROS BAEZ, al cargo de Ayudante de Primera Simple en la cátedra de Diseño de Productos II a partir del 01 de septiembre del 2020.FAD”
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al informe emitido por la Dirección de Personal la presente renuncia surge de la promoción jerárquica obtenida por el Prof. QUINTEROS BÁEZ en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos (SE) interino, con funciones en la misma cátedra, según designación efectuada por resolución N° 228/20-FAD.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello y atento a lo establecido en el Anexo Ι, punto ΙΙ de la Ord. Nº 32/16-R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de setiembre de 2020, al Prof. Julio Roberto QUINTEROS BAEZ (Legajo N° 32.554- CUIL. N° 20-27550522-7) en el cargo Ayudante de Primera con dedicación simple, interino, para cumplir funciones en la asignatura “Diseño de Productos II” que se cursa en las Carreras Diseño de esta Facultad, según prórroga de designación efectuada por resolución N° 40/20-C.D.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 231
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FA-2020-RES-230 21/09/2020 (Carga: 21/09/2020) |
MENDOZA, 21 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3942/20 caratulado: “Solicitud de designación de la Prof. Cecilia LASAGNO en el cargo de Ayudante de primera (S) de la cátedra Diseño de Productos II como interina D.I.-FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al informe emitido por la Dirección de Personal, dicho pedido surge de la promoción jerárquica en la mencionada cátedra, que permitió la designación del Prof. QUINTEROS BÁEZ en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, dejando vacante con su renuncia tramitada por expte. ECUDAP-CUY Nº 4058/20, el cargo objeto de la presente designación.
Que es menester la designación de la Prof. Cecilia Marta LASAGNO, ya que la mencionada docente se encuentra cumpliendo las obligaciones del presente cargo de manera virtual desde el día 1 de setiembre del año en curso.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto b) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas..”
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
Resol. N° 230
ARTÍCULO 1º.-Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres LASAGNO, Cecilia Marta Documento Único 26.349.898
CUIL o CUIT 23-26349898-4 Legajo N° 28.058
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Ayudante de Primera
Dedicación simple Condición interino
Término de la designación Desde UNO (1) de setiembre de 2020 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Diseño de Productos II”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 2 Ingeniería y Tecnología
Subdisciplina: 2 0 Ingeniería Industrial
Especialidad: 9 9 “Diseño de Productos II”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Descripción de la Carrera Participación Porcentual
153 Diseño Industrial 100 % Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla:
Resol. N° 230
Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 814 Ayudante de Primera con Dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a las presentes actuaciones y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTÍCULO 7º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 230
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FA-2020-RES-229 21/09/2020 (Carga: 21/09/2020) |
MENDOZA, 21 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3412/20 caratulado: “JORAJURIA, Mirta Roxana s/Designación interina en un cargo de Prof.Titular (S). Carr.de Artes VisualesFAD”.
CONSIDERANDO:
Que es menester la designación de la Prof. JORAJURIA, ya que la mencionada docente se encuentra cumpliendo las obligaciones del presente cargo de manera virtual desde el día 1 de setiembre del presente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto b) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas..”
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
Resol. N° 229
ARTÍCULO 1º.-Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres JORAJURIA, Mirta Roxana Documento Único 22.939.669 CUIL o CUIT 27-22939669-8 Legajo N° 30.676
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación simple Condición interino
Término de la designación Desde UNO (1) de setiembre de 2020 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes Visuales
Espacio/s Curricular/es 1) “Historia del Arte Americano y Argentino I” 2) “Historia del Arte Precolombino”
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 5 Historia
Especialidad: 9 9 “Historia del Arte Americano y Argentino I” - “Historia del Arte Precolombino”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte del Plan de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan Descripción de la Carrera Participación Porcentual
6465 Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte 50 % 881 Licenciado en Historia de las Artes Plásticas 50 % Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
Resol. N° 229
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 810 Profesor Titular con Dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a las presentes actuaciones y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTÍCULO 7º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 229
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FA-2020-RES-228 21/09/2020 (Carga: 21/09/2020) |
MENDOZA, 21 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3756/20 caratulado: “Solicitud de Promoción jerárquica interna del Prof. Julio QUINTEROS en Diseño de Productos II. D.I - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al informe emitido por la Dirección de Personal la presente promoción jerárquica, surge de la baja del Prof. Daniel Omar GIMENEZ, dado que obtuvo el beneficio jubilatorio el 1/06/2019. Además expresa que el Prof. QUINTEROS BAEZ, deberá renunciar a partir del 1/09/2020, al cargo Ayudante de Primera (S), en el que fue designado para cumplir funciones en la cátedra “Diseño de Productos II”; el que fue cubierto mediante Ord. N° 4/15-CD., la misma se tramita por Expte. E-CUDAP Nº 4058/20.
Que es menester la designación del Prof. QUINTEROS BÁEZ, ya que el mencionado docente se encuentra cumpliendo las obligaciones del presente cargo de manera virtual desde el día 1 de setiembre del presente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto a) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas..”
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
Resol. N° 228
ARTÍCULO 1º.-Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres QUINTEROS BÁEZ, Julio Roberto Documento Único 27.550.522 CUIL o CUIT 20-27550522-7 Legajo N° 32.554
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación semiexclusiva Condición interino
Término de la designación Desde UNO (1) de setiembre de 2020 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Diseño de Productos II”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 2 Ingeniería y Tecnología Subdisciplina: 2 0 Ingeniería Industrial
Especialidad: 9 9 “Diseño de Productos II”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Descripción de la Carrera Participación Porcentual
153 Diseño Industrial 100 % Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 808 Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Semiexclusiva
Resol. N° 228
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a las presentes actuaciones y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 7º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 228
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CD-2020-RES-044 21/09/2020 (Carga: 21/09/2020) |
MENDOZA, 21 de setiembre de 2020
VISTO: Los expedientes CUDAP E-CUY Nº 4171/20 y 4176/20 en los que la Asesoría Estudiantil de esta Facultad solicita la modificación de la resolución N° 38/20-CD del Programa Anual de Becas 2020.
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido surge en razón de un error material cometido en la mencionada resolución por cuanto el área de quien efectúa el pago de las becas no es la Secretaria Económica-Financiera sino con los fondos del presupuesto de la Facultad de Artes y Diseño y por otro lado, en la nómina de los alumnos beneficiarios se detectaron datos faltantes que resultan indispensables para la viabilidad y curso del trámite de pago a las becas correspondientes.
Que por lo expresado precedentemente corresponde rectificar parcialmente la resolución N° 38/20-CD.
Que, por otra parte, teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar parcialmente la resolución N° 38/20-CD. en relación al motivo expuesto en el 1° Considerando, conforme a los detalles que se mencionan seguidamente: “Donde dice”: “
ARTÍCULO 2°.- Adjudicar a los alumnos de esta Facultad las Becas de Ayuda Económica para Conectividad II por el término de CINCO (5) meses -por el período de mayo a setiembre de 2020- y Becas de Ayuda Económica de Materiales, por el término de SIETE (7) meses -por el período de mayo a noviembre de 2020-, en los montos y cantidades que en cada caso se indica, cuyo pago se efectuará a través de la Secretaría de EconómicoFinanciera, según los detalles contenidos en el Anexo I de la presente resolución.”
Resol. N° 44
“Debe decir”: “
ARTÍCULO 2°.- Adjudicar a los alumnos de esta Facultad las Becas de Ayuda Económica para Conectividad II por el término de CINCO (5) meses -por el período de mayo a setiembre de 2020- y Becas de Ayuda Económica de Materiales, por el término de SIETE (7) meses -por el período de mayo a noviembre de 2020-, en los montos y cantidades que en cada caso se indica, cuyo pago se efectuará con fondos del presupuesto de la Facultad de Artes y Diseño, según los detalles contenidos en el Anexo I de la presente resolución.” “Donde dice”: En el Anexo I… SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO MODALIDAD MONTO DURACION PERÍODO CANTIDAD TOTAL MENSUAL Beca de Ayuda $1500 CINCO (5) meses Mayo a Setiembre 2020 TREINTA Y TRES (33) $247500 Económica para Conectividad II Becas de Ayuda $1000 SIETE (7) meses Mayo a Noviembre 2020 DIECINUEVE (19) $133000 Económica de Materiales TOTAL $380500
“Debe decir”: En el Anexo I… FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO MODALIDAD MONTO DURACION PERÍODO CANTIDAD TOTAL MENSUAL Beca de Ayuda $1500 CINCO (5) meses Mayo a Setiembre 2020 TREINTA Y TRES (33) $247500 Económica para Conectividad II Becas de Ayuda $1000 SIETE (7) meses Mayo a Noviembre 2020 DIECINUEVE (19) $133000 Económica de Materiales TOTAL $380500
“Donde dice”: Becas de Ayuda Económica para Conectividad II: • ASSIS, Wall - DNI: 45946198 • CASTRO, Jhovana – DNI:94937373 • ARANDA, Daniela Belén – DNI: 33462743 • DALPOZZO GOLBANO, Pamela Jéssica – DNI:35664690 Becas de Ayuda Económica para Materiales: • MORALES MAZZOCA, Camila - DNI:40466081 • PENZ PACHECO, María luz – DNI:39952534
“Debe decir”: Becas de Ayuda Económica para Conectividad II: • DE ASSIS JUNIOR, Wallace Jose - DNI: FZ911749 • CASTRO PUMA, Jhovana – DNI: 94937373 • ARANDA DÍAZ, Daniela Belén – DNI: 33462743 • DALPOZZO, Pamela Jéssica – DNI:35664690 Becas de Ayuda Económica para Materiales: • MORALES MAZZOCA, Camila Verónica - DNI:40466081 • PENZ, María Luz – DNI:39952534 Resol. N° 44
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 44
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FA-2020-RES-227 18/09/2020 (Carga: 19/09/2020) |
MENDOZA, 18 de setiembre de 2020
VISTO:
La resolución Nº 1360/20 en la que se otorga asueto en el Rectorado y sus dependencias, como así también en el ámbito de los Colegios secundarios dependientes de la Dirección General de Educación Secundaria para el día 21 de setiembre de 2020.
CONSIDERANDO:
Que mediante la mencionada resolución se delega en cada Unidad Académica, institutos, entidades descentralizadas y desconcentradas de la UNCuyo, de acuerdo con sus características y modalidades, la atribución de autorizar, según estime correspondiente el asueto dispuesto en la misma en concordancia con el Decreto N.º 1167/20 del Gobernador de la Provincia de Mendoza en acuerdo de Ministros, teniendo en cuenta la emergencia sanitaria que nos ocupa.
Que la medida contempla desde las 16.00 horas del día 20 de setiembre hasta las 05.30 del día 22 del mismo mes, en el que se volvería a la Fase 1 : teniendo en cuenta el día 21 de setiembre (Día del Estudiante).
Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar ASUETO a todo el personal de esta Unidad Académica el día VEINTIUNO (21) DE SETIEMBRE DE 2020, cuya medida abarca desde las 16.00 horas del día VEINTE (20) hasta las 05.30 del día VEINTIDÓS (22) del mismo mes, que se celebra el Día del Estudiante, en el que, por la emergencia sanitaria por la que atraviesa nuestra provincia, se volverá a Fase 1.
Resol. N° 227
ARTÍCULO 2º.- Eximir del asueto establecido en el artículo precedente, a las actividades previstas para la Semana de las Artes y el Diseño que se realiza entre el VEINTIUNO (21) y el VEINTICINCO (25) del mes en curso e invitar a todo el personal a participar de las mismas mediante la virtualidad.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 227
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FA-2020-RES-226 18/09/2020 (Carga: 18/09/2020) |
MENDOZA, 18 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUY: 4366/20 en el que el Asesor Estudiantil de esta Facultad solicita la modificación de la resolución N° 156/20-FAD por la que se adjudicaron las denominadas “Becas de Paquetes de Datos: UNCUYO reconecta”.
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido surge en razón de que los datos personales de quienes fueron beneficiarios de las mencionadas Becas, eran erróneos en algunos casos e incompletos en otros, por tal motivo corresponde la rectificación de los mismos.
Que sin perjuicio de lo anterior, se manifestaron renuncias a tales becas y/o bajas de aquellas personas que no presentaron datos indispensables, necesarios para efectuar los pagos correspondientes. Por otra parte, resulta factible la incorporación de estudiantes que se encuentran desempeñando actividades en el marco del Proyecto Traces, como tutores pares y del Proyecto “Tutores Voluntarios” como estudiantes referentes de tutores voluntarios.
Que, por otra parte, teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja a los siguientes estudiantes que resultaron beneficiarios a las denominadas “Becas de Paquetes de Datos: UNCUYO reconecta” e incorporar en su lugar a los que se encuentran desempeñando actividades en el marco del Proyecto Traces, como tutores pares y del Proyecto “Tutores Voluntarios” como estudiantes referentes de tutores voluntarios, conforme al siguiente detalle:
Resol. N° 226
Baja de estudiantes beneficiarios de las “Becas de Paquetes de Datos: UNCUYO reconecta” N° APELLIDO NOMBRE DNI EMPRESA CELULAR
1 ARIAS Juan Ignacio 44122909 Claro 2604303392 2. BURGOS GUEVARA Rocío Candela 43682784 Claro 2615128858 3. CANGIANI BELTRÁN Alan David 34917681 ---------------- ----------------4. MARTÍNEZ Elvira Magdalena 40742194 Movistar 2616101762 5. ORTIZ IERMOLI Mara Raquel 40822953 Movistar 2616614534
Incorporación de estudiantes Tutores Voluntarios
N° APELLIDO NOMBRE DNI EMPRESA CELULAR
1 FUCILI Eduardo 35661678 Claro 2615436072 2. PIVAC RODRÍGUEZ Jonathan 36230096 Claro 2615139566 3. GUEVARA Araceli Andrea 37513552 Claro 2634220537 4. PÁEZ BRITOS Marcelo Guaraní 92744115 Claro 2615408565 5. GARRO Lara Agostina 39018428 Claro 2612555568
ARTÍCULO 2°.-. Modificar la resolución N° 156/20-FAD. por la que se adjudicaron las denominadas “Becas de Paquetes de Datos: UNCUYO reconecta” en razón a los motivos expuestos en el 1° y 2° Considerando, conforme a los detalles que obran en el Anexo Único de la presente; conteniendo en esa nómina las incorporaciones mencionadas en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3°.-La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 226
ANEXO ÚNICO
N° APELLIDO NOMBRE DNI EMPRESA CELULAR
1 AGÜERO Ariel Sebastián 33944704 Movistar 2615995986 2. ALARCÓN SASSAROLI Chiara 41643261 Tuenti 2613666510 3. ARANA CASTILLO Angie Paola 95298187 Claro 2613830221 4. ARANDA DUMIT Mariela Virginia 39799756 Claro 2615916595 5. ARIAS Luana Guadalupe 44309702 Movistar 2613351879 6. BASCETA OLMOS Daiana Gisel 36814904 Tuenti 2612516452 7. CACERES Ivan Alexis 39602337 Movistar 2612551097 8. CALVO Victoria 43212825 Movistar 2615520338 9. CASERIO MAZZELLA Eliana Belen 33968163 Claro 2615978025 10. CASTILLA Gonzalo Martín 40543470 Claro 2616986907 11. CHAMVI RUIZ Santiago Cristian 41752262 Personal 2613434352 12. CÓNSOLI Antonella Sofía 38475401 Claro 2634357301 13. CUELLO AUSINAGA Florencia Aylen 39996236 Movistar 2622698298 14. DE ASSIS JUNIOR Wallace Jose FZ911749 Movistar 2615532174 15. DIAZ Maria Elena 39086134 Movistar 2615108688 16. DOMÍNGUEZ Maria Constanza 44057475 Movistar 2612159174 17. FARINA Mara Noemí 41702440 Movistar 2634543098 18. FIGUEROA FERNÁNDEZ Ignacio 42173184 Claro 3816576687 19. FONTANET Michel 40902587 Tuenti 3815133199 20. FUCILI Eduardo 35661678 Claro 2615436072 21. GALDEANO Stella Maris 23386495 Movistar 2615701320 22. GARRO Lara Agostina 39018428 Claro 2612555568 23. GIORDANO Jorge Nicolas 34872742 Claro 2612477801 24. GOMEZ Natalia Marcela 25508627 Movistar 2613343347 25. GONZALEZ Raúl Alejandro Pedro 35616512 Tuenti 2616391621 26. GRANADOS Gabriel Alejandro 23184888 Claro 2613067210 27. GUEVARA Araceli Andrea 37513552 Claro 2634220537 28. GUTIERREZ Camila Eliana 37513388 Movistar 2616104270 29. GUTIERREZ ALFARO Oriana 41112017 Movistar 2613448719 30. LEON MAINERI Juan Martín 42751935 Movistar 2634549307 31. LIZARZABURU PONTÓN Michelle Dominique 95912023 Movistar 2616146953 32. LOMBARDO Gabriela 38473324 Claro 2616405418 33. LOMBARDO Daniela 35553221 Claro 2613725475 34. LUQUEZ MARCIANESI Luciana Jaqueline 42713710 Claro 2615638853 35. MANGANELLI Carmen Patricia 17246121 Movistar 2614688737 36. MARTINEZ Lana Ella 41819541 Claro 2617084400 37. MAZA Jonathan Fabián 36999329 Movistar 2615871108 38. MINI Emilio Ramón 38592525 Claro 2641540000 39. MONTENEGRO MUÑOZ Nadin Sabrina 36837904 Personal 2616421412 40. MORENO Valentin Maximiliano 41030186 Movistar 2616599802 41. MORENO INIESTA Valentina 44139958 Claro 2616041383 42. OROZCO LUCONI Ricardo Juan Francisco 37520852 Claro 2615922173 43. PAEZ Sergio Adrián 36910379 Personal 2613359608 44. PÁEZ BRITOS Marcelo Guaraní 92744115 Claro 2615408565 45. PAILLAPI MÉRIDA Micaela Karen 41366919 Movistar 2613390108 46. PIVAC RODRÍGUEZ Jonathan 36230096 Claro 2615139566 47. QUINTERO FLOREZ Silvia Daniela 95254043 Claro 2612647068 48. QUIROGA Andrea Lourdes 28225511 Claro 2614660769 49. RAMIRO BUSTOS Florencia Paz 41417151 Tuenti 2612590268 50. ROCHA ESPINOZA Emiliano Agustín 40963131 Movistar 2616531149
Anexo Único- Hoja 2 51. RODRIGUEZ Sol Melina 41589827 Claro 2616101048 52. ROJAS LEIVA Lucia Daiana 37513171 Personal 2616463620 53. SANCHEZ FERNÁNDEZ Valentina Tamara 43376897 Claro 2644678891 54. SARMIENTO Amery 92745513 Movistar 2616100368 55. SARTORIO Ailín 41643982 Claro 2615017172 56. SILVA VARGAS María José 39844179 Tuenti 2612521137 57. SOSA Julieta Andrea 38101124 Movistar 2614172621 58. TAGLIO Julio Hernán 36591505 Claro 2634632286 59. TAMIOZZO OLIVA Sofia Caterina 37517143 Movistar 2614675159 60. TORRES Aldana Cristina 40787602 Claro 2615179333 61. TRAMONTINA Alejandra 33276265 Movistar 2616151896 62. VEGA ALTAMIRANO Victor Manuel 94238015 Tuenti 2612534753 63. VEGA VALERA José Osvaldo 94634041 Tuenti 2616825438 64. VELIZ Florencia Agustina 42914975 Claro 2616688885 65. VERNA Melina Abril 42318029 Tuenti 2634396351 66. VILAJA RODRIGUEZ Juan Rene 94864167 Personal 2622447988 67. WOODS SOTO Iara Belén 39021996 Movistar 2616103490 68. ZAINA Agustina Amanda 40002232 Claro 2617205615 69. ZAVALA ACIAR Dana Rocio 42913048 Claro 2612070605 70. ZULETA Enzo Agustin 30637324 Claro 3874880880
RESOLUCIÓN Nº 226
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FA-2020-RES-225 15/09/2020 (Carga: 15/09/2020) |
MENDOZA, 15 de setiembre de 2020
VISTO: Los expedientes CUDAP E-CUY Nº 3977/20 y 3994/20 en los que la Asesoría Estudiantil de esta Facultad comunica la renuncia de distintos estudiantes, quienes resultaron beneficiarios del Programa Anual de Becas 2020, de acuerdo con las disposiciones establecidas por la resolución N° 37/20-CD.
CONSIDERANDO:
Que dichas bajas resultan por situaciones de incompatibilidad surgidas a los distintos estudiantes, de conformidad con la reglamentación vigente establecida por la Ord. N° 79/06-C.S.
Que asimismo, por resolución N° 37/20-CD se prevé los casos de suplencia en caso de que los estudiantes titulares no pueden continuar ser beneficiarios de las distintas becas previstas para el Programa Anual de Becas 2020.
Que por lo expresado precedentemente correspondería otorgar las distintas becas, en caso de vacancia, a los suplentes inmediatos según el orden de méritos establecido en el Anexo III de la resolución N° 37/20-CD.
Que, por otra parte, teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja a los siguientes estudiantes Titulares que resultaron beneficiarios del Programa Anual a Becas 2020 e incorporar en su lugar a los Suplentes inmediatos según el orden de méritos establecido en el Anexo III de la resolución N° 37/20-CD, conforme al detalle obrante en el Anexo Único de la presente.
Resol. N° 225
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 225
ANEXO ÚNICO
Baja de estudiantes Titulares a Becas: Becas de Conectividad: • LEROLLE HOLGUIN, Suander Aliosca - DNI 95781441 • VIERA SALAZAR, Joel Omar - DNI 95519885 • RODRÍGUEZ, Mayra - DNI:43278780. • POSADAS, Priscila Elizabeth - DNI 41486023. • SOSA, Julieta Andrea - DNI 38101124. • ROZA ARRIGO, Giovanna Agustina - DNI 39767627
Becas de Ayuda Económica:
• VILAJA RODRÍGUEZ, Juan René - DNI 94864167
Adjudicar las becas a los siguientes estudiantes Suplentes inmediatos: Becas de Conectividad: • MEDERO SÁNCHEZ, Mauro Sebastián - DNI 41661290 • MARTÍNEZ, Yohana Belén - DNI 36126672 • GUTIÉRREZ, Camila Eliana - DNI 37513388 • SÁNCHEZ FERNÁNDEZ, Valentina Tamara -DNI 43376897 • ORTEGA, Paula, Ailin - DNI 39081981 • BIBILONI, Juan Manuel - DNI 3685924 Becas de Ayuda Económica:
• CHOQUE ARÉVALO, Johana Elisa - DNI 35072434
RESOLUCIÓN Nº 225
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FA-2020-RES-224 11/09/2020 (Carga: 12/09/2020) |
MENDOZA, 11 de setiembre de 2020
VISTO: Los expedientes CUDAP E-CUY Nº 2652/20, 2648/20, 2649/20, 2650/20, 2207/20, 2206/20, 2690/20, 2653/20, 2688/20, 2581/20, 2692/20, 2689/20, 2691/20, 2580/20, 2651/20, 2584/20, 2579/20, 2583/20, 2582/20, 2585/20 y 3315/20, en los que se solicita autorización para la dirección de “Tesina” a los alumnos de las Carreras de Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de los profesores que estarán a cargo de los mismos. Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización de “Tesina” a los alumnos de las Carreras de Musicales de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumna: Adriana Valeria BORGES- Registro N° 15303 Seminario: “Abriendo puertas al canto”
Directora: Prof. Luciana Natalia ORELLANA LANÚS Carrera: Licenciatura en Canto
Resol. N° 224
Alumna: Nadia Brenda Giuliana LUJÁN - Registro N° 25787 Seminario: “Los aportes de Graciela Prados al canto popular mediante estrategias de enseñanza aprendizaje innovadoras” Directora: Dra. Federica SCHERBOSKY Carrera: Licenciatura en Música Popular (Canto)
Alumna: Julieta Angelina CAPAROTTA - Registro N° 23600 Seminario: “Maestro Alberto Caparotta: su labor socio-cultural a través de “CANTOTERAPIA”” Director: Lic. Roberto BARROZO AHUMADA Carrera: Licenciatura en Canto
Alumna: Johana Elisa CHOQUE ARÉVALO - Registro N° 25784 Seminario: “El aporte de Sandra Amaya a la música popular mendocina”
Directora: Prof. María Emilia GRECO Co/Directora: Lic. Malisa BUDINI Carrera: Licenciatura en Música Popular (Canto)
Alumna: Camila RUIZ GIL- Registro N° 25394 Seminario: “Las diferentes posibilidades interpretativas que convergen en el Festival Barroco Misional” Director: Prof. Juan Florentino LA MOGLIE Carrera: Licenciatura en Flauta Traversa
Alumna: Ornella Vanina PASQUALETTI MANZANO - Registro N° 20601 Seminario: “La pedagogía del canto en la formación profesional y el desempeño laboral de cantantes con discapacidad visual: De la utilización de expresiones metafóricas en el proceso de adquisición de la técnica vocal a la consciencia del instrumento musical cuerpo”
Directora: Lic. Roxana Lucía MUÑOZ Co/Directora: Dra. María del Pilar RODRIGUEZ Carrera: Licenciatura en Música Popular (Canto)
Alumna: Ana Cristina ALCANO - Registro N° 25783 Seminario: “El Tango, las letras y su composición en la Ciudad de Mendoza”
Director: Lic. Diego Valentín FLORES Carrera: Licenciatura en Música Popular (Canto)
Alumna: Ana Florencia ARGAÑARAZ- Registro N° 31996 Seminario: “VIDALA DEL MANCHAO MUSICA CATAMARQUEÑA Del carnaval de Mutquín” Director: Dr. Willem DRAGSTRA Co/Director Lic. Juan Patricio SAENZ Carrera: Licenciatura en Violín
Resol. N° 224
Alumno: Marcos Sebastián ARANCIBIA NAVARRO- Registro N° 24882 Seminario: “Jorge Mansilla: Análisis y reflexiones sobre su obra para piano Piezas de los seres imaginarios” Director: Mgter. Diego Jesús BOSQUET Co/Directora Prof. Luciana Natalia ORELLANA LANUS Carrera: Licenciatura en Piano
Alumna: Carla Melina VAZQUEZ- Registro N° 26231 Seminario: “La gestión de las emociones en situación de concurso. Un estudio de caso sobre la selección de alumnos para el Ciclo "Jóvenes Talentos" de la Orquesta Sinfónica de la Universidad Nacional de Cuyo”
Directora: Mgter. Alejandra Claudia GARCIA TRABUCCO Co/Director Lic. Juan Pablo GANEM ÁBREGO Carrera: Licenciatura en Oboe
Alumno: Matías Daniel ALVAREZ FRANKS- Registro N° 25349 Seminario: “Etiolación, cánones en la oscuridad: El rizoma en la música de Evan Johnson” Directora: Prof. Luciana Natalia ORELLANA LANUS Carrera: Licenciatura en Composición Musical
Alumno: Marcelo Francisco ALLENDE- Registro N° 25415 Seminario: “Catálogo de obras para guitarra compuestas en la cátedra de composición de la Facultad de Música de la Universidad Nacional de Cuyo”
Director: Lic. David BAJDA Carrera: Licenciatura en Guitarra
Alumno: Cristian Gabriel ARAYA SALATTINO- Registro N° 25798 Seminario: “La inserción de la percusión en la Tonada Cuyana”
Director: Prof. Santiago SERVERA Co/Directora: Mgter. Mónica Beatriz PACHECHO Carrera: Licenciatura en Música Popular (Percusión)
Alumno: Juan Pablo MOLINA –Registro N° 24915 Seminario: “Las extensiones en el Contrabajo”
Director: Lic. Omar Hugo ARANCIBIA Carrera: Licenciatura en Contrabajo
Alumno: Diego Fabián GUIÑAZÚ- Registro N°19195 Seminario: “Fabiano Navarro. Un acercamiento a su estética en la Música Cuyana”
Director: Mgter. Octavio José SÁNCHEZ Carrera: Licenciatura en Música Popular (Canto)
Resol. N° 224
Alumno: Fernando REGALLO- Registro N° 22690 Seminario: “Contribución creativa, aportes e innovaciones del equipo de grabación de Los Beatles” Director: Lic. Gustavo Fabián ORDOÑEZ Carrera: Licenciatura en Guitarra
Alumno: Maximiliano MORENO-Registro N° 24860 Seminario: “TONADA: Propuesta de ejercicios técnicos para desarrollo de rasgueo aplicado a la guitarra” Director: Lic. Huayma Yepún TULIÁN LABIANO Carrera: Licenciatura en Música Popular (Guitarra)
Alumno: Facundo PELETAI- Registro N° 24701 Seminario: “Folklore Contemporáneo, análisis del grupo Aca seca y su disco Trino”
Director: Mgter. Carlos Gabriel del Corazón de Jesús CORREA Carrera: Licenciatura en Música Popular (Teclados)
Alumno: Nazareno TONDINI GÓMEZ- Registro N° 25823 Seminario: “Volver al folklore: Aproximación al estilo compositivo de Carlos Aguirre para la construcción de dos arreglos de música cuyana” Director: Ing. Gonzalo DE BORBÓN GUEVARA Carrera: Licenciatura en Música Popular (Guitarra)
Alumno: Facundo Leonardo REYES- Registro N° 26234 Seminario: “Operatorias interpretativas para gato norteño y chacarera: el pianista en ensamble” Director: Lic. Luis Daniel MORCOS PORRAS Carrera: Licenciatura en Música Popular (Teclados)
Alumna: Andrea Espinosa- Registro N° 23271 Seminario: “Alternativas y disidencias en milongas de Mendoza” Una mirada introductoria a estos nuevos escenarios y sus protagonistas” Directora: Mgter. Silvia Susana MERCAU Co/Director: Prof. Mario GUISASOLA Carrera: Licenciatura en Música Popular (Percusión)
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 224
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