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FA-2020-RES-253 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 2764/20 caratulado: “Solicitud Diploma MARTIN, Celina Ruth- Profesora de Grado Universitario en Teatro.FAD” .
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05 y 66/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO a la egresada Celina Ruth MARTIN (D.N.I. Nº 37.137.178) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DOCE (12) de noviembre de 1992, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso DOS (2) de marzo de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
Resol. N° 253
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 253
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FA-2020-RES-252 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 2737/20 caratulado: “Solicitud Diploma CROSTA BLANC, Julia Mercedes -Profesorado en Grado Universitario en Teatro. FAD”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05 y 66/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO a la egresada Julia Mercedes CROSTA BLANC (D.N.I. Nº 38.759.479) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISÉIS (26) de febrero de 1995, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso VEINTISIETE (27) de mayo de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
Resol. N° 252
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 252
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FA-2020-RES-251 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 2743/20 caratulado: “Solicitud Diploma VARGAS. Denis Gastón Ismael- Profesor de Grado Universitario en Teatro. FAD”
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S, que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO al egresado Denis Gastón Ismael VARGAS (D.N.I. Nº 41.271.838) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTIDÓS (22) de abril de 1998, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso DIEZ (10) de marzo de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
Resol. N° 251
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 251
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FA-2020-RES-250 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 2739/20 caratulado: “Solicitud Diploma SCACCIANTE, Lisandro Iván Mario- Profesor de Grado Universitario en Teatro. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S, que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO al egresado Lisandro Iván Mario SCACCIANTE (D.N.I. Nº 40.560.464) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el UNO (1) de agosto de 1997, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso TRES (3) de junio de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
Resol. N° 250
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 250
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FA-2020-RES-249 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 3415/20 caratulado: “NOGARA, Diego Amador, s/ solicitud de Diploma - Profesor de Grado Universitario en Teatro. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S, que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO al egresado Diego Amador NOGARA (D.N.I. Nº 28.398.584) nacido en la provincia de Santa Fe, República Argentina, el DIEZ (10) de agosto de 1980, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso CUATRO (4) de agosto de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
Resol. N° 249
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 249
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FA-2020-RES-248 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 3286/20 caratulado: “MARTIN, Juan Pablo S/Solicitud Diploma - Profesor de Grado Universitario en Teatro.FAD ”
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S, que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO al egresado Juan Pablo MARTÍN (D.N.I. Nº 39.379.328) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el QUINCE (15) de febrero de 1996, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso DIECISIETE (17) de diciembre de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
Resol. N° 248
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 248
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FA-2020-RES-247 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 3742/20 caratulado: “DE VITTORIO BERTOLO, María Magdalena, s/ solicitud de Diploma - Profesora de Grado Universitario de Teorías Musicales. FAD”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 29/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO DE TEORÍAS MUSICALES a la egresada María Magdalena DE VITTORIO BÉRTOLO (D.N.I. Nº 30.055.138) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el CATORCE (14) de mayo de 1983, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 29/05-C.S., con fecha de egreso VEINTIOCHO (28) de julio de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
Resol. N° 247
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 247
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FA-2020-RES-246 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 2740/20 caratulado: “Solicitud Diploma SOSA, María Eugenia- Licenciada en Música Popular con orientación en Canto.FAD”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 128/03-C.S. y 119/03-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN MÚSICA POPULAR CON ORIENTACIÓN EN CANTO a la egresada María Eugenia SOSA (D.N.I. Nº 32.652.212) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISÉIS (26) de diciembre de 1986, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 128/03-C.S. y 119/03-C.S., con fecha de egreso DIECINUEVE (19) de mayo de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
Resol. N° 246
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 246
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FA-2020-RES-245 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 2747/20 caratulado: “Solicitud Diploma PERALTA, David Andrés - Diseñador Industrial con orientación en Gráfica.FAD”
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y 111/04-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL CON ORIENTACIÓN EN GRÁFICA al egresado David Andrés PERALTA (D.N.I. Nº 28.402.715) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIEZ (10) de setiembre de 1980, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y 111/04-C.S., con fecha de egreso VEINTIUNO (21) de mayo de 2015 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
Resol. N° 245
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 245
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FA-2020-RES-244 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E–CUY Nº 3294/20 caratulado: “VILOUTA, Denise Aldana S/Solicitud Diploma - Diseñadora Industrial. FAD.”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06—C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Denise Aldana VILOUTA (D.N.I. N° 39.767.645) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTIUNO (21) de mayo de 1996, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso TRES (3) de julio de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
Resol. N° 244
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 244
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FA-2020-RES-243 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E–CUY Nº 3374/20 caratulado: “VIDAÑA, Paloma Valentina S/Solicitud Diploma - Diseñadora Industrial.FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06—C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Paloma Valentina VIDAÑA (D.N.I. N° 37.518.779) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIECISIETE (17) de octubre de 1993, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso TRES (3) de julio de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
Resol. N° 243
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 243
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FA-2020-RES-242 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E–CUY Nº 2763/20 caratulado: “Solicitud Diploma TOURRES, Santiago- Diseñador Industrial.FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06—C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL al egresado Santiago TOURRÉS (D.N.I. N° 37.267.404) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el CATORCE (14) de octubre de 1992, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso OCHO (8) de mayo de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
Resol. N° 242
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 242
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FA-2020-RES-241 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E–CUY Nº 3658/20 caratulado: “DAHER, Paula, s/ solicitud de Diploma - Diseñadora Industrial. FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06—C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Paula DAHER (D.N.I. N° 35.513.210) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTIUNO (21) de abril de 1990, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso VEINTIOCHO (28) de julio de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
Resol. N° 241
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 241
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FA-2020-RES-240 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E–CUY Nº 3427/20 caratulado: “BÉCARES LAROCCA, María Gabriela s/ solicitud de Diploma - Diseñadora Industrial - FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06—C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada María Gabriela BÉCARES LAROCCA (D.N.I. N° 35.512.262) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTICUATRO (24) de noviembre de 1990, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso CATORCE (14) de noviembre de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
Resol. N° 240
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 240
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FA-2020-RES-239 25/09/2020 (Carga: 28/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E–CUY Nº 3571/20 caratulado: “MONTEAVARO, Agustina, s/ solicitud de Diploma - Diseñadora Gráfica. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06—C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Agustina MONTEAVARO (D.N.I. N° 36.134.630) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el CINCO (5) de diciembre de 1991, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso CUATRO (4) de diciembre de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
Resol. N° 239
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 239
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CD-2020-RES-048 25/09/2020 (Carga: 25/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO: El expediente CUDAP E-CUY Nº 2890/20 en el que se tramita la modificación de los espacios curriculares consignados en la resolución N° 98/20-FAD.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 98/20-FAD y ratificada por resolución N° 22/20CD se designó al Prof. Gabriel Adolfo FERNANDEZ en un cargo de Profesor Titular (SE) interino, para dictar espacios curriculares en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo. Que por error involuntario se consignaron en esa resolución asignaturas que correspondían a otra docente, por tal motivo, resulta necesario rectificar parcialmente la misma, estableciendo los espacios curriculares en forma correcta. Que, por otra parte, teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en sesión virtual del 22 de setiembre de 2020, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar parcialmente la resolución N° 98/20-CD. en relación a los espacios curriculares consignados en la misma, conforme al siguiente detalle: “Donde dice”: “
ARTÍCULO 1°.-…….. 5. Espacio/s Curricular/es 1) Taller de Rotación I: Escultura 2) Taller de Rotación II: Escultura 3) Taller I para Profesorado (con opción a Escultura) 4) Taller II para Profesorado (con opción a Escultura) 5) Taller I: Escultura 6) Taller II: Escultura 7) Taller I de Escultura: Optativa grupo I 8) Taller de Rotación: Escultura
Resol. N° 48
“Debe decir”: “
ARTÍCULO 1°.-…….. ” 5. Espacio/s Curricular/es 1) Taller de Rotación: Escultura 2) Taller de Rotación I: Escultura 3) Taller de Rotación II: Escultura
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 48
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CD-2020-RES-047 25/09/2020 (Carga: 25/09/2020) |
MENDOZA, 25 de setiembre de 2020
VISTO: El expediente CUDAP E-CUY Nº 2976/20 en el que se tramita la modificación de los espacios curriculares consignados en la resolución N° 93/20-FAD.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 93/20-FAD y ratificada por resolución N° 22/20CD se designó al Prof. Ricardo Enrique REYNAUD en un cargo de Profesor Adjunto (SE) interino, para dictar espacios curriculares en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo. Que por error involuntario se consignaron en esa resolución asignaturas que no están a su cargo, por tal motivo, resulta necesario rectificar parcialmente la misma, estableciendo los espacios curriculares en forma correcta. Que, por otra parte, teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en sesión virtual del 22 de setiembre de 2020, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar parcialmente la resolución N° 93/20-CD. en relación a los espacios curriculares consignados en la misma, conforme al siguiente detalle: “Donde dice”: “
ARTÍCULO 1°.-…….. 5. Espacio/s Curricular/es 1) “Taller de Rotación I y II: Escultura” 2) “Taller I y II para Profesorado (con opción a Escultura) 3) “Taller I y II: Escultura” 4) “Taller I de: Escultura (Optativa Grupo I)” 5) “Taller de Rotación: Escultura”
Resol. N° 47
“Debe decir”: “
ARTÍCULO 1°.-…….. ” 5. Espacio/s Curricular/es 1) Taller de Rotación: Escultura 2) Taller de Rotación I: Escultura 3) Taller de Rotación II: Escultura
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 47
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CD-2020-RES-046 23/09/2020 (Carga: 24/09/2020) |
MENDOZA, 23 de setiembre de 2020
VISTO:
Los expedientes E-CUDAP-CUY Nº 3506/20 y 4035/20 en los que las Secretarías de Extensión y de Posgrado e Investigación presentan el Proyecto: “Curso de Teatro del Oprimido, la estética como estrategia de diálogo”.
CONSIDERANDO:
Que ambas Secretarías: de Extensión y Articulación Social en trabajo conjunto con la Secretaría de Investigación y Posgrado, presentan este proyecto destinado a la participación de estudiantes, docentes y graduados de la FAD, pertenecientes a todas las Carreras.
Que este Curso, de formato virtual, estará a cargo de Marcela Alejandra FARFÁN RECCHIA y tiene la intención de generar instancias formativas de encuentro interdisciplinario. Los objetivos del mismo son: a) Propiciar un espacio formativo para todas las carreras de la FAD. b) Facilitar una base metodológica del Teatro del Oprimido. c) Conocer la metodología del Teatro del Oprimido (TO) para repensar, indagar y profundizar en colectivo prácticas políticas. d) Estimular el diálogo y la creatividad entre las distintas modalidades que conforman la FAD.
Este curso propone facilitar una base metodológica de teatro del Oprimido, para conocer y continuar profundizando en las técnicas e innovaciones de la misma, pero también para quien quiere repensar, debatir, indagar y profundizar en colectivo, sus prácticas políticas dentro y fuera del TO.
El cursado online está organizado en dos grupos cada grupo no deberán superar el cupo de 30 participantes: 1) Estudiantes de la FAD: este grupo será de acceso gratuito y lo coordinará la Secretaría de Extensión y Articulación Social de la FAD. Se garantizará su realización a partir del acceso a fondos del PDI. 2) Egresados y Docentes de la FAD: este segundo grupo deberá abonar un arancel y será coordinado la Secretaría de Investigación y Posgrado.
Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Resol. N° 46
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado en sesión virtual del día 8 de setiembre de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización del “Curso de Teatro del Oprimido, la estética como estrategia de diálogo”, destinado a estudiantes, docentes y graduados de la FAD, cuya organización está a cargo de las Secretarías de Extensión y de Posgrado e Investigación de esta Unidad Académica, a llevarse a cabo de manera virtual, durante el mes de octubre de 2020, cuyas actividades están contenidas en el Anexo Único, que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 46
lo
ANEXO ÚNICO CURSO DE TEATRO DEL OPRIMIDO “La estética como estrategia de diálogo”. SECRETARÍA de Extensión y Articulación Social Social SECRETARÍA de Investigación y Posgrado
FUNDAMENTACIÓN: La Secretaría de Extensión y Articulación Social en trabajo conjunto con la Secretaría de Investigación y Posgrado, presentan este proyecto destinado a la participación de estudiantes, docentes y graduados de la FAD, pertenecientes a todas las unidades académicas. Con la intención de generar instancias formativas de encuentro interdisciplinario, se propone el “Curso de Teatro del Oprimido, la estética como estrategia de diálogo”.
OBJETIVOS: Propiciar un espacio formativo para todas las carreras de la FAD. Facilitar una base metodológica del Teatro del Oprimido. Conocer la metodología del Teatro del Oprimido(TO) para repensar, indagar y profundizar en colectivo prácticas políticas. Estimular el diálogo y la creatividad entre las distintas modalidades que conforman la FAD. FORMATO:
Virtual. El taller se dictará por aula ZOOM de las FAD. Todos los martes de octubre: Estudiantes Todos los miércoles de octubre: Profesores y graduados. PRESENTACIÓN: Sobre el Teatro del Oprimido El Teatro del Oprimido es una metodología creada en el Brasil por el teatrólogo Augusto Boal, hoy desarrollada y difundida a lo largo de ochenta países. Estimula una postura activa y protagónica de sus practicantes y espectadores, con el objetivo de transformación social. Trabajamos con Teatro del Oprimido (TO) porque vivimos en un sistema político y social que promueve relaciones raciales, de género, sociales, culturales, políticas y económicas injustas. El TO es nuestro arsenal en la lucha por la transformación, la cual se inicia y se desarrolla a través de procesos estéticos y políticos que apuntan a identificar, investigar, revelar y representar la opresión, para provocar la percepción de estas injusticias y la búsqueda de medios concretos para superarlas. Nuestra práctica artística es política. Entendemos el método como un medio y no como un fin en sí mismo, y es por eso que creemos que es fundamental, actuar junto a grupos de oprimidos y oprimidas organizados y no organizados y a movimientos sociales, políticos y culturales, comprometidos con la lucha de estos oprimidos por justicia, con el objetivo de lograr una construcción solidaria que produzca acciones sociales, concretas y continuadas para la superación de situaciones de opresión y la transformación de la sociedad.
Resol. N° 46
Anexo Unico- Hoja 2
Teoría del Método: El Teatro del Oprimido es un Método lúdico y pedagógico, un instrumento eficaz de comunicación y de búsqueda de alternativas concretas para la superación de problemas reales, a través de medios estéticos. El Método crea condiciones para que el oprimido se apropie de los medios de producir teatro y amplíe sus posibilidades de expresión. Además, propone la eliminación de las barreras entre el escenario y la platea, para que se establezca un diálogo activo, democrático y propositivo. Diálogo en el sentido de búsqueda de alternativas para la resolución de conflictos. En esta pedagogía, conflictos deben ser revelados estéticamente, para que sus implicancias sean comprendidas, y los medios concretos para superarlas sean encontrados. Por este motivo, el Teatro del Oprimido es el primer Método Teatral elaborado en el Hemisferio Sur que es utilizado en más de setenta países de los cinco continentes. No se trata apenas de un estilo o género teatral – es un lenguaje humano por excelencia, que existe dentro de cada uno/una de nosotros. Somos los únicos habitantes de la Tierra capaces de crear Metáforas – de ser artistas: de vermos mirando, mirando; escucharnos, hablando; analizar las acciones, actuando. Somos actores y, al mismo tiempo, espectadores de nuestros actos. De esencia democrática y vocación pluralista, viene siendo utilizado como metodología en la lucha contra el racismo, contra el sexismo, en la mediación de conflictos en países en estado de guerra, en la prevención de enfermedades sexualmente transmisibles, en hospitales psiquiátricos como soporte terapéutico, y en otras actividades en decenas de países donde su influencia se amplía. El Teatro del Oprimido, sistema estético idealizado por Augusto Boal, además de ser fácilmente enseñado y aprendido, puede ser practicado en casi todos los espacios, sin exigencias técnicas sofisticadas y con bajos costos, es una tecnología esencial para grupos y organizaciones sociales y culturales. Teatro Foro: La dramaturgia simultánea era una especie de traducción realizada por artistas sobre los problemas vividos por las personas. Hasta el día en el que una mujer, en Perú, no aceptó la traducción se atrevió a ir al escenario para decir con su voz, a través de su cuerpo cual sería la alternativa para el problema escenificado. Nació el Teatro Foro, en el cual la barrera entre escenario y platea es destruida y el diálogo implementado. Existe un escenario basado en hechos reales, en el que los personajes son oprimidos y opresores que están en conflicto, de forma evidente y objetiva, en defensa de sus deseos e intereses. El personaje oprimido no logra su deseo y el público es estimulado por la/el Coringa (el facilitador del Teatro del Oprimido), para entrar en escena, sustituir al protagonista (sobrecargado) y buscar alternativas para el problema presentado. Estética del oprimido: Direccionada a la producción de conocimiento (autonomía de pensamiento / visión crítica de la realidad). Trabaja juegos, técnicas y ejercicios de la palabra, sonido e imagen que tienen como objetivo debatir la alfabetización estética de todo ser humano.
Resol. N° 46
Anexo Unico- Hoja 3
DESARROLLO Sobre el Teatro del Oprimido en la FAD El curso tendrá contenidos teóricos que serán plasmados en una parte práctica. Juegos y ejercicios adaptados al mundo virtual y al contexto en cual estamos inmersas/os hoy, pero que estimulen el diálogo, la creatividad y la construcción de escenas usando la palabra, ritmo y movimiento. La propuesta también es aproximarnos a la historia de la sistematización del método que va de la mano con la relación, intrínseca, que tiene con los procesos sociales contemporáneos y la práctica política del mismo, para así comprender su papel en las acciones concretas en la sociedad. Se hará un paseo por el TO y que nuestro medio de transporte será la Estética del/la Oprimida/o. ¿Qué quiere decir reapropiarse de los medios de producción artísticos? ¿Cómo influye en mi cotidianidad? ¿Cómo esto me va ayudar a transformar la sociedad, mi barrio mi familia, mi escuela? Vamos a descubrirlo juntos/as. Se propone para el desarrollo del mismo el cursado online del taller en organizado en dos grupos cada grupo no deberá superar el cupo de 30 participantes:
Estudiantes de la FAD: este grupo será de acceso gratuito y lo coordinará la Secretaría de Extensión y Articulación Social de la FAD. Se garantizará su realización a partir del acceso a fondos del PDI. Egresados y Docentes de la FAD: este segundo grupo deberá abonar un arancel y será coordinado la Secretaría de Investigación y Posgrado.
INSCRIPCIÓN: La inscripción del taller para estudiantes quedará a cargo de la Secretaría de Extensión y Articulación Social de la FAD. Se realizará luego de la difusión trabajada en coordinación con el Área de Comunicación de la FAD. Los postulantes deberán llenar un formulario de Google Forms. Quedarán inscriptos los primeros 30 estudiantes y se realizará una lista de espera de 10 estudiantes por si se liberase algún cupo. La difusión e inscripción del taller de docentes y graduados quedará a cargo de la Secretaría de Investigación y Posgrado. PARTICIPANTES: El Curso de Teatro del Oprimido será facilitado por la referente del Centro de Teatro del Oprimido de Brasil, Marcela Farfán Recchia. DESTINATARIOS: Estudiantes de las distintas carreras de la FAD. - Profesores y graduados de la FAD.
RECURSOS: Para el desarrollo del mismo se necesitará: en el caso del curso para estudiantes el pago al contado a través de los fondos de PDI, en el caso del curso para egresados y docentes el cobro del arancel a los y las participantes. Y el aula Zoom de la FAD para los encuentros.
Resol. N° 46
Anexo Unico- Hoja 4 OTRAS CONSIDERACIONES/OBSERVACIONES: Es importante destacar que el presente curso pretende ser un espacio de encuentro interdisciplinario. Que no se requiere de experiencia previa en teatro para realizarlo, ya que trabaja con herramientas que todos y todas tenemos, este taller intenta que las redescubramos para utilizarlas en nuestras prácticas cotidianas. La posibilidad de comenzar con esta primera instancia en forma virtual habilita a que en un futuro, esperamos cercano, podamos continuar con esta formación, ya que su facilitadora tiene programado un viaje con estadía permanente en nuestra provincia durante 2021.
RESOLUCIÓN Nº 46
FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE CURSOS DE POSGRADO
1. Indique la denominación del curso propuesto:
Teatro del Oprimido, la Estética como estrategia de dialogo
2. Inserto en una carrera de Posgrado
SI NO
3. En caso de que el curso ya sea dictado en otra carrera indique la siguiente información:
CARRERA TIPO DE DICTADO MODALIDAD CARÁCTER
Equipo docente 2.1. Responsable a cargo Apellido: Farfán Recchia Nombre: Marcela Alejandra Documento: 93975621 Correo electrónico: marce.farfanrecchia@gmail.com CUIT/CUIL: ……….......................................................................................
2. Integrantes del equipo docente (repartir cuantas veces sea necesario) Apellido:……………………………………………………………………. Nombre: ………............................................................................................. Documento: ………........................................................................................ Correo electrónico: …………………………………………………………. CUIT/CUIL: ……….......................................................................................
Fecha probable de dictado
Semestre 1er. 2do. Mes: Octubre
Número máximo 30 y mínimo 15 de alumnos
Carga horaria propuesta: 15 horas
1 Exprese la carga horaria relacionada al dictado de la actividad en horas reloj.
Modalidad Carga Teórica Carga Práctica Total Porcentaje Presencial 0 0 0 No presencial 0 0 0 Total 6 9 15
Resol. N° 46
6. Objetivos (200 caracteres)
Este curso propone facilitar una base metodológica de teatro del Oprimido, para conocer y continuar profundizando en las técnicas e innovaciones de la misma, pero también para quien quiere repensar, debatir, indagar y profundizar en colectivo, sus prácticas políticas dentro y fuera del TO
Contenidos (200 caracteres) El curso tendrá contenidos teóricos que serán plasmados na parte práctica. Juegos y ejercicios adaptados al mundo virtual y al contexto en cual estamos inmersas/os/es hoy, pero que estimulen el diálogo, la creatividad y la construcción de escenas usando la palabra, ritmo y movimiento. La propuesta también es aproximarnos a la historia de la sistematización del método que va de la mano con la relación, intrínseca, que tiene con los procesos sociales contemporáneos y la práctica política del mismo, para así comprender su papel en las acciones concretas en la sociedad. Me gusta decir que haremos un paseo por el TO y que nuestro medio de transporte será la Estética del/la Oprimida/o/e. ¿Qué quiere decir reapropiarse de los medios de producción artísticos? ¿Cómo esto influye en mi cotidianidad? ¿Cómo esto me va ayudar a transformar la sociedad, mi barrio mi familia, mi escuela? Vamos a descubrirlo juntos/as/es.
Describa las actividades prácticas desarrolladas, indicando lugar donde se desarrollan y modalidad de supervisión (Si corresponde). (200 caracteres)
Vamos a utilizar juegos y ejercicios del arsenal del Teatro del Oprimido, tanto del libro de Augusto Boal como de Bárbara Santos, quien acompañó a Boal a lo largo de 30 años y ha desarrollado en los últimos 10 años una investigación teórica y práctica sobre el Teatro del Oprimido. Además de ejercicios prácticos sistematizados por la docente Marcela Farfán Recchia, en espacios de laboratorio en el Centro de Teatro del Oprimido. Pasando por elementos de las diversas técnicas del método, Teatro Periodístico, Teatro Foro, Teatro Imagen, etc. Usando como herramienta principal, la Estética del Oprimido.
Bibliografía (200 caracteres)
Artículos de las diversas ediciones de la Metaxis, escritos por algunas referencias como Augusto Boal, Julián Boal, Bárbara Santos, Cláudia Simone, etc. También fragmentos de los siguientes libros: Raíces y Alas, Bárbara Santos, Juegos para Actores y no Actores, 10. Augusto Boal, Técnicas latinoamericanas de Teatro Popular,promoción (200 caracteres) Modalidad de evaluación y requisitos de aprobación y Augusto Boal
Los requisitos para la aprobación se remiten a la presencia en todos los encuentros y participación en el proceso.
Resol. N° 46
11. Ingrese toda otra información que considere pertinente, incluidos requisitos específicos si corresponde. (160 caracteres)
Para esta multiplicación vamos a necesitar, acceso a internet por parte de las/os/es participantes y cámara y micrófonos activos. En relación al material, vamos a usar papel, lapicera, pinturas o colores y basura limpia, esto es, elementos de diversos tipo de materiales que las personas que van a participar descarten de su consumo cotidiano, y que puedan lavar y guardar.
RESOLUCION N° 46
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FA-2020-RES-238 22/09/2020 (Carga: 23/09/2020) |
MENDOZA, 22 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 3935/20 caratulado: “Solicitar “Adicional por función crítica” para la Prof. Ana Paula MOLINA en el cargo Ayudante de Primera con dedicación simple en la materia Diseño de Productos III. Carrera D.I. FAD.”
CONSIDERANDO:
Que la D.I. Ana Paula MOLINA se desempeña en un cargo de Ayudante de Primera con dedicación simple en la asignatura “Diseño de Productos III” que se dicta en las Carreras de Diseño de esta Unidad Académica.
Que la presente solicitud surge debido a la gran cantidad de alumnos que asisten a las clases virtuales, en donde utiliza como método de enseñanza el seguimiento personalizado de sus estudiantes permitiendo de esa manera la accesibilidad del material de estudio y la mediación pedagógica de cada práctica en esta modalidad virtual de trabajo, por lo que es menester reconocer el esfuerzo y trabajo que realiza la mencionada docente.
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12°, inciso b) de la ordenanza N° 23/15–C.S. y el artículo 12° de la ordenanza N° 28/00–C.S.
Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que la resolución 323/20-R, en su artículo 5º expresa que si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad, serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, a la D.I. Ana Paula MOLINA (Legajo N° 34.350 – CUIL N° 23-37124935-4), por la suma mensual de PESOS CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($4.757), sobre el cargo de Ayudante de Primera con dedicación simple, para cumplir funciones en la asignatura “Diseño de Productos III” de las Carreras de Diseño, desde el UNO (1) de agosto hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 238
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FA-2020-RES-237 22/09/2020 (Carga: 23/09/2020) |
MENDOZA, 22 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 3940/20 caratulado: “Solicitud de Adicional por función crítica” para la Prof. María Ignacia CONALBI Jefa de Trabajos Prácticos con dedicación simple en la materia Introducción al Diseño. Carrera D.G - FAD”
CONSIDERANDO:
Que la D.I. María Ignacia CONALBI se desempeña en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple en la asignatura “Introducción al Diseño” que se dicta en las Carreras de Diseño de esta Unidad Académica.
Que por otra parte, la presente solicitud surge debido a la gran cantidad de alumnos que asisten a las clases virtuales, en donde utiliza como método de enseñanza el seguimiento personalizado de sus estudiantes permitiendo de esa manera la accesibilidad del material de estudio y la mediación pedagógica de cada práctica en esta modalidad virtual de trabajo, por lo que es menester reconocer el esfuerzo y trabajo que realiza la mencionada docente
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12°, inciso b) de la ordenanza N° 23/15–C.S. y el artículo 12° de la ordenanza N° 28/00–C.S.
Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que la resolución 323/20-R, en su artículo 5º expresa que si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad, serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, a la D.I. María Ignacia CONALBI (Legajo N° 33.900 – CUIL N° 27-27519342-4), por la suma mensual de PESOS SEIS MIL QUINIENTOS ($6.500), sobre el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, para cumplir funciones en la asignatura “Introducción al Diseño” de las Carreras de Diseño, desde el UNO (1) de agosto hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 237
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FA-2020-RES-236 22/09/2020 (Carga: 22/09/2020) |
MENDOZA, 22 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3943/20 caratulado: “PUCCIO, Silvana Lorena s/Otorgar Adicional por Carácter Crítico de la Función. Carreras de Artes VisualesFAD ”
CONSIDERANDO:
Que la Prof. PUCCIO se desempeña en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, remplazante, en las asignaturas “Visión I”, “Visión I” (Optativa), “Visión II” y “Visión II” (Optativa) que se dicta en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo.
Que la presente solicitud surge debido a la gran cantidad de alumnos que asisten a las clases virtuales, que ha superado las expectativas de los docentes. Esta es una materia de fundamento, teórico–práctica y en la que la virtualidad requiere un modo de evaluación mucho más exigente así como la generación de contenidos. Por lo que es menester reconocer el esfuerzo y trabajo que realiza la mencionada docente, teniendo en cuenta su cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple.
Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que la resolución 323/20-R, en su artículo 5º expresa que si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad, serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, a la Prof. Silvana Lorena PUCCIO (Legajo N° 32.541 – CUIL N° 27-24372067-8), por la suma mensual de PESOS CINCO MIL ($ 5.000), sobre el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, remplazante, con el que cumple funciones en las asignaturas “Visión I”, “Visión I” (Optativa), “Visión II” y “Visión II” (Optativa) que se dictan en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo, desde el UNO (1) de setiembre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 236
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FA-2020-RES-235 22/09/2020 (Carga: 22/09/2020) |
MENDOZA, 22 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3607/20 caratulado: “S/asignación de un adicional por carácter crítico de la Función para el Prof. David Oscar PAEZ.Fad ”
CONSIDERANDO:
Que el Prof. PÁEZ se desempeña en un cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para cumplir funciones en el Gabinete de Técnicas Vocales en las Carreras de Artes del Espectáculo.
Que la presente solicitud es para cumplir funciones en el espacio Foniatría y Técnicas Vocales para Músicos de las Carreras Musicales, mientras dure la licencia por enfermedad de la Prof. Mercedes RODRIGUEZ.
Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que la resolución 323/20-R, en su artículo 5º expresa que si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad, serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, al Prof. David Oscar PÁEZ (Legajo N° 33.899 – CUIL N° 20-33321115-8), por la suma mensual de PESOS SIETE MIL CIENTO TRES CON VEINTICINCO CENTAVOS ($ 7.103,25 ), sobre el cargo de Profesor Titular con dedicación simple, con el que cumple funciones en el Gabinete de Técnicas Vocales en las Carreras de Artes del Espectáculo, para desempeñarse en el espacio Foniatría y Técnicas Vocales para Músicos, de las Carreras Musicales desde el UNO (1) de setiembre, mientras dure la licencia por enfermedad de la Prof. Mercedes RODRIGUEZ y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 235
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FA-2020-RES-234 22/09/2020 (Carga: 22/09/2020) |
MENDOZA, 22 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 3718/20 en la que se tramita la baja por renuncia del Adicional por Carácter Crítico de la Función de la Prof. Paula Cecilia MURCIA sobre el cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, interino, con el que cumplía funciones en las asignaturas “Taller de Rotación I y I: Pintura”; “Taller de Rotación: Pintura” y “Optativa Grupo I: Taller I Pintura” de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que se ha tomado conocimiento de la renuncia manifestada por la Prof. MURCIA al Adicional que percibía en el cargo y funciones que se mencionan en el VISTO, según resolución N° 865/19-C.D.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Los informes producidos por Dirección de Personal y Secretaría Económico-Financiera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de setiembre de 2020, al “Adicional por Carácter Crítico de la Función” asignado a la Prof. Paula Cecilia MURCIA (Legajo N° 25.096- CUIL N° 27-22632277-4) sobre el cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, interino, con el que cumplía funciones en las asignaturas “Taller de Rotación I y I: Pintura”; “Taller de Rotación: Pintura” y “Optativa Grupo I: Taller I Pintura” de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, según resolución N° 865/19-CD.
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 234
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FA-2020-RES-233 22/09/2020 (Carga: 22/09/2020) |
MENDOZA, 22 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3937/20 caratulado: “Solicitar “Adicional por función crítica” para la Prof. Fernanda YARLLUR Jefa de Trabajos Prácticos con dedicación simple en la materia Introducción al Diseño. Carrera D.G- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que Introducción al Diseño es una materia proyectual anual esencial en la formación inicial del Diseñador Gráfico y netamente práctica con modalidad taller. En el presente contexto, ha sido clave la experiencia y aporte de la Prof. YARLLUR para la digitalización de material de estudio y la mediación pedagógica de cada práctica en esta modalidad virtual de trabajo. Por lo que es menester reconocer el esfuerzo y trabajo que realiza la mencionada docente, teniendo en cuenta su cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple.
Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que la resolución 323/20-R, en su artículo 5º expresa que si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad, serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, a la D.I. María Fernanda YARLLUR (Leg. N° 33.879 – CUIL N° 27-18084217-4), por la suma mensual de PESOS SEIS MIL QUINIENTOS ($6.500), sobre el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, con el que cumple funciones en la asignatura “Introducción al Diseño” desde el UNO (1) de agosto hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 233
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FA-2020-RES-232 22/09/2020 (Carga: 22/09/2020) |
MENDOZA, 22 de setiembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3471/20 caratulado: “s/ pedido de un adicional por carácter crítico de la Función para la Prof. Joana Celeste ORTEGA,de las carreras de Artes Visuales - FAD. ”
CONSIDERANDO:
Que la Prof. Joana Celeste ORTEGA se desempeña en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple en la asignatura “Dibujo I” que se dicta en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo.
Que la presente solicitud es para cumplir funciones en el Taller I y II : Pintura, de las carreras de Artes Visuales.
Que hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 establecido a partir del 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que la resolución 323/20-R, en su artículo 5º expresa que si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad, serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, a la Prof. Joana Celeste ORTEGA (Leg. N° 33.765 – CUIL N° 27-30176468-0), por la suma mensual de PESOS CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($4.756), sobre el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, con el que cumple funciones en la asignatura “Dibujo I”, para desempeñarse en el Taller I y II: Pintura, de las Carreras de Artes Visuales, desde el UNO (1) de agosto hasta el TREINTA (30) de noviembre de 2020.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 232
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