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FA-2019-RES-636
17/09/2019
(Carga: 17/09/2019)
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MENDOZA, 17 de setiembre de 2019
VISTO:
La nota CUDAP–CUY: 24342/18 caratulada: “Secretaria Académica- FADSolicitud de Asignación de Funciones a las agentes: Prof. Rosana Margarita LOYERO y Tec. Univ. Susana Beatriz Villarruel en Dirección de Concursos Docentes y Evaluación de Desempeño"- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en la reestructuración administrativa establecida por resolución Nº 816/18-FAD, se dispuso que el Departamento de Concursos, que funcionaba en la Dirección de Personal pasaría a tener dependencia de la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que en relación a lo mencionado, se desafectaron y trasladaron de sus funciones a las agentes Prof. Rosana Margarita LOYERO y Téc. Univ. Susana Beatriz VILLARRUEL.
Que, al disponerse la creación de la “Dirección de Concursos Docentes y Evaluación de Desempeño”, bajo la dependencia de la Secretaria Académica de esta Facultad, mediante Ordenanza Nº 7/19-C.D., es necesario encomendar las misiones y acciones a quienes se encuentran abocados a su funcionamiento.
Que asimismo el presente pedido no implica erogación económica ni modificación en la situación de revista de las agentes involucradas.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asignar a las agentes que se mencionan a continuación las funciones que en cada caso se detallan: . Prof. Rosana Margarita LOYERO (Legajo N° 22.646- CUIL Nº 27-20220714-1) “Directora de Concursos Docentes y Evaluación de Desempeño” . Téc. Univ. Susana Beatriz VILLARRUEL (Legajo N° 27.986 CUIL Nº 27-13996070-5) “a cargo de la Jefatura del Departamento de Concursos”
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 636
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FA-2019-RES-635
17/09/2019
(Carga: 17/09/2019)
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MENDOZA, 17 de setiembre de 2019
VISTO:
La nota CUDAP–CUY Nº 24340/19 caratulada: “CASTRO, Érica Natalia s/Solicitud de emisión de resolución asignando funciones en Secretaría Académica-FAD. ”
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido surge en virtud de la adscripción conferida a la Sra. CASTRO por resolución Nº 277/19-R, quien cumplirá funciones en la Secretaría Académica de esta Facultad.
Que la Sra. CASTRO revista en esta Casa de Estudios, con carácter efectivo, un cargo Categoría 7-Tramo Inicial- del Agrupamiento Administrativo.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asignar a la Sra. Érica Natalia CASTRO (Legajo N° 30.492 – C.U.I.L. 27– 25793254-6) las funciones que se detallan seguidamente y que desempeñará en la Secretaría Académica de esta Facultad: Dirección de Egresos: • Las operativas propias de su cargo de revista (Administrativo – Categoría 7). • Asistir en la gestión de Planes de Estudio. Dirección de Concursos Docentes y Evaluación de Desempeño: • Colaborar en los procesos de evaluación de desempeño docente.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 635
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FA-2019-RES-634
17/09/2019
(Carga: 17/09/2019)
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MENDOZA, 17 de septiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 16839/19 caratulado: “Solicitud Renuncia Condicionada - DRAGOTTA, Susana Nancy. / DESDE 01/09/19“.
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 corre agregado el Formulario N° 1 de la Circular N° 41/16 de Gestión de Personal, donde la Prof. DRAGOTTA solicita a partir del 1 de setiembre de 2019 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional N° 8820/62, en los cargos detallados en el mismo.
Que a fs. 2 se incorpora el Formulario N° 2 de la Circular N° 41/16 de Gestión de Personal, donde la Dirección de Personal de esta Facultad informa la situación de revista de la Prof. DRAGOTTA.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9° de la ordenanza N° 32/16–R.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la RENUNCIA CONDICIONADA, conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional N° 8820/62, del siguiente Personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. Datos Personales del Docente Apellido y Nombres DRAGOTTA, Susana Nancy D.N.I 12.146.030 CUIL o CUIT 27-12146030-6 Legajo N° 24.105
Los cargos donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO I 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Adjunto Dedicación Semiexclusiva Condición Efectiva Nº de Resolución de designación 178/16-C.S.
Término de la última designación Desde UNO (1) de agosto de 2016 Hasta
Espacios Curriculares 1) “Tecnología y Expresión de los Materiales y Procesos Estructurales” 2) “Tecnología de los Materiales y Procesos Estructurales”
Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes Visuales
Resol. N° 634
6. Fecha de la Renuncia Condicionada DIA UNO (1) MES Setiembre AÑO 2019
CARGO II 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación simple Condición Efectiva Nº de Resolución de designación 30/18-C.S.
Término de la última designación Desde UNO (1) de enero de 2018 Hasta
Espacio/s Curricular/es 1) “Dibujo y Pintura Escenográficos II”
Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes del Espectáculo
Fecha de la Renuncia Condicionada DIA UNO (1) MES Setiembre AÑO 2019
ARTÍCULO 2°.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales con la percepción de sus haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en el que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3°: Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 634
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CD-2019-RES-219
17/09/2019
(Carga: 23/09/2019)
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MENDOZA, 17 de septiembre de 2019
VISTO:
La nota CUDAP–CUY: 28811/19 caratulada: “Dirección de Carreras Musicales - Solicitud derogación de Anexo Único: Módulo 3: Específico por Carrera de Resolución Nº 370/08.”
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 370/08-C.D. se aprobaron las pautas para “Eximir a los egresados de la “Escuela de Niños Cantores y Bachillerato Artístico Musical de Mendoza”, que deseen ingresar a las Carreras Musicales del cursado de las asignaturas del Módulo III Específico del Ingreso....”
La necesidad de actualizar las asignaturas que forman parte del Módulo mencionado del Curso de Ingreso de las Carreras Musicales dado que, desde hace varios años “Canto Coral” no forma parte de este Curso y que las competencias que se exigen actualmente en “Piano Complementario” son diferentes a las que existían cuando se formuló la resolución antes citada. Que además es necesario indicar requerimientos diferenciados para los aspirantes de la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Música (orientaciones Piano y Guitarra).
Que se deberán diferenciar las condiciones de eximición de quienes egresaron a partir del año 2017 de la Escuela de Niños Cantores y Bachillerato Artístico Musical de Mendoza ya que, debido al cambio sucedido en el plan de estudios durante ese año en dicha Escuela, sus competencias son diferentes a las de años anteriores.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 3 de septiembre de 2019.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 370/08-C.D. por la cual se eximió del cursado de las asignaturas del Módulo III Específico del Ingreso a los egresados de la “Escuela de Niños Cantores y Bachillerato Artístico Musical de Mendoza” que desearan ingresar a las Carreras Musicales, conforme a las pautas que se detallan en el Anexo Único de dicha resolución, previa presentación del certificado analítico, dado que deben acreditar un promedio mínimo de OCHO (8) en la asignatura “Rítmica y Percepción Auditiva”, para la aprobación de todos los niveles del Ciclo Introductorio de Estudios Musicales Universitarios (C.I.E.M.U.), en las carreras en las que se dicte dicha asignatura.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar las nuevas condiciones de eximición para los alumnos que hayan egresado del Bachillerato Artístico Musical Escuela “Niños Cantores de Mendoza”, conforme a las pautas que se detallan en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 219
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ANEXO ÚNICO
CONDICIONES DE EXIMICIÓN PARA LOS ALUMNOS QUE HAYAN EGRESADO DEL BACHILLERATO ARTÍSTICO ESCUELA “NIÑOS CANTORES DE MENDOZA” Y QUE INGRESAN A LAS CARRERAS MUSICALES DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO, UNCUYO
EGRESADOS HASTA 2016: Carrera Asignaturas Condiciones de Eximición Licenciatura en Dirección Coral 1. Rítmica y Percepción Auditiva 1. Eximir 2. Piano Complementario 2. Eximir CIEMU A y B (acreditando 3 años de cursado y promedio final 8) 3. Dirección Coral 3. Eximir Licenciatura en Canto 1. Rítmica y Percepción Auditiva 1. Eximir 2. Piano Complementario 2. Eximir CIEMU A y B (acreditando 3 años de cursado y promedio final 8) 3. Canto 3. Cursar y rendir Licenciatura en Composición Musical 1. Rítmica y Percepción Auditiva 1. Eximir 2. Piano Complementario 2. Eximir CIEMU A y B (acreditando 3 años de cursado y promedio final 8) Profesorado de Grado Universitario en Teorías 1. Rítmica y Percepción Auditiva 1. Eximir Musicales 2. Piano Complementario 2. Eximir CIEMU A y B (acreditando 3 años de cursado y promedio final 8) Profesorado de Grado Universitario en Música 1. Rítmica y Percepción Auditiva 1. Eximir 2.1 Instrumento (Piano) 2. Eximir CIEMU A y B (acreditando 3 años de cursado y promedio final 8) 2.2 Instrumento (Guitarra) 2.2 Cursar y rendir Licenciatura en Instrumento 1. Rítmica y Percepción Auditiva 1. Eximir 2 Instrumento 2. Cursar y rendir Licenciatura en Música Popular 1. Rítmica y Percepción Auditiva 1. Eximir 2 Interpretación 2. Cursar y rendir
Anexo Único- Hoja 2/2
EGRESADOS DESDE 2017: Carrera Asignaturas Condiciones de Eximición Licenciatura en Dirección Coral 1. Rítmica y Percepción Auditiva 1. Eximir 2. Piano Complementario 2. Eximir acreditando CIEMU A (acreditando 2 años de cursado y promedio final 8) 3. Dirección Coral 3. Eximir Licenciatura en Canto 1. Rítmica y Percepción Auditiva 1. Eximir 2. Piano Complementario 2. Eximir acreditando CIEMU A (acreditando 2 años de cursado y promedio final 8) 3. Canto 3. Cursar y rendir Licenciatura en Composición Musical 1. Rítmica y Percepción Auditiva 1. Eximir 2. Piano Complementario 2. Eximir acreditando CIEMU A (acreditando 2 años de cursado y promedio final 8) Profesorado de Grado Universitario en Teorías 1. Rítmica y Percepción Auditiva 1. Eximir Musicales 2. Piano Complementario 2. Eximir acreditando CIEMU A (acreditando 2 años de cursado y promedio final 8) Profesorado de Grado Universitario en Música 1. Rítmica y Percepción Auditiva 1. Eximir 2.1 Instrumento (Piano) 2.1 Eximir acreditando CIEMU A (acreditando 2 años de cursado y promedio final 8) 2.2 Instrumento (Guitarra) 2.2 Cursar y Rendir Licenciatura en Instrumento 1. Rítmica y Percepción Auditiva 1. Eximir Licenciatura en Música Popular 1. Rítmica y Percepción Auditiva 1. Eximir 2 Interpretación 2. Cursar y rendir
RESOLUCIÓN N° 219
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FA-2019-RES-633
16/09/2019
(Carga: 16/09/2019)
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MENDOZA, 16 de setiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 13681/19 en el que el egresado Fabrizio Luca GARDINI tramita la extensión del diploma de LICENCIADO EN PERCUSIÓN.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra a fs. 7/9 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 29/99-C.S. y sus modificatorias ordenanza N° 6/08C.S. y 42/10–C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN PERCUSIÓN al egresado Fabrizio Luca GARDINI (D.N.I. Nº 35.768.515) nacido en la provincia de San Luis, República Argentina, el CATORCE (14) de agosto de 1991, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 29/99-C.S. y sus modificatorias ordenanza N° 6/08-C.S. y 42/10–C.S., con fecha de egreso TRES (3) de junio de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 633
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FA-2019-RES-632
16/09/2019
(Carga: 16/09/2019)
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MENDOZA, 16 de setiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 12471/19 en el que el egresado Walter Ariel VEGA tramita la extensión del diploma de LICENCIADO EN FAGOT.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra a fs. 6/8 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 29/99-C.S. y sus modificatorias ordenanza N° 6/08C.S. y 42/10–C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN FAGOT al egresado Walter Ariel VEGA (D.N.I. Nº 25.587.160) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTICINCO (25) de agosto de 1976, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 29/99-C.S. y sus modificatorias ordenanza N° 6/08-C.S. y 42/10–C.S., con fecha de egreso VEINTINU EVE (29) de abril de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 632
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FA-2019-RES-631
16/09/2019
(Carga: 16/09/2019)
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MENDOZA, 16 de setiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 14807/19 en el que el egresado Leandro Javier RIOLOBO tramita la extensión del diploma de LICENCIADO EN GUITARRA.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra a fs. 6/8 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 29/99-C.S. y sus modificatorias ordenanza N° 6/08C.S. y 42/10–C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN GUITARRA al egresado Leandro Javier RIOLOBO (D.N.I. Nº 30.536.180) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DOS (2) de noviembre de 1983, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 29/99-C.S. y sus modificatorias ordenanza N° 6/08-C.S. y 42/10–C.S., con fecha de egreso VEINTINUEVE (29) de abril de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 631
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CD-2019-RES-218
16/09/2019
(Carga: 20/09/2019)
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MENDOZA, 16 de septiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 13539/19 mediante el cual la Dirección de Carreras de Artes Visuales solicita la designación de la Prof. Dorka Pamela FERNÁNDEZ BURDILES en un cargo de Prof. Adjunta (S), interino, para cumplir funciones de Jefa de Unidad de Apoyo Docente (JUAD) de las Carreras de Artes Visuales.
CONSIDERANDO:
Que dicha designación surge debido a la renuncia presentada por la Prof. Marcela Beatríz CAMBA a las mencionadas funciones, según resolución N° 569/19-FAD.
Que las funciones de Jefe de Unidad de Apoyo docente serán remuneradas con un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, además de la asignación de un Adicional por Carácter Crítico de la Función para el desempeño de dichas tareas.
Que dicho pedido se encuadra en las disposiciones de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Los informes de Dirección de Personal y de Secretaría Económico– Financiera obrantes a fs. 2 y 5, respectivamente.
Por ello; atento a lo acordado por este Cuerpo en sesión del día 3 de septiembre de 2019,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a la Prof. Dorka Pamela FERNÁNDEZ BURDILES (Legajo N° 26.864 – C.U.I.L. 27–92665362-3) en el cargo de Profesora Adjunta con dedicación simple, interino, para cumplir funciones de Jefa de Unidad de Apoyo Docente (JUAD) de las Carreras de Artes Visuales, desde el UNO (1) de septiembre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019.
ARTÍCULO 2°.- Asignar un "Adicional por Carácter Crítico de la Función" a la Prof. Dorka Pamela FERNÁNDEZ BURDILES (Legajo N° 26.864 – C.U.I.L. 27–92665362-3) por un monto mensual de PESOS TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 3561,55) desde el UNO (1) de septiembre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019, en el cargo de Profesora Adjunta con dedicación simple, con el que desempeña las funciones de Jefe de Unidad de Apoyo Docente de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad.
ARTÍCULO 3°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Depend. o Sub Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Apartado dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla:
Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hace al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código de Cargo 812 Profesor Adjunto con Dedicación Simple
ARTÍCULO 5°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo 2º deberá afectarse al Inciso 1 - Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2019.
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a fs. 3 de las presentes actuaciones y con lo informado a fs. 2 por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 218
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FA-2019-RES-629
13/09/2019
(Carga: 13/09/2019)
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MENDOZA, 13 de setiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 14819/19 en el que la egresada Melina FEDERICO tramita la extensión del diploma de LICENCIADA EN FLAUTA.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 17/19 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 29/99-C.S. y sus modificatorias ordenanza N° 6/08C.S. y 42/10–C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN FLAUTA a la egresada Melina FEDERICO (D.N.I. Nº 29.787.783) nacida en la provincia de Córdoba, República Argentina, el TRES (3) de marzo de 1983, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 29/99-C.S. y sus modificatorias ordenanza N° 6/08-C.S. y 42/10–C.S., con fecha de egreso OCHO (8) de junio de 2018 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 629
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FA-2019-RES-628
13/09/2019
(Carga: 13/09/2019)
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MENDOZA, 13 de setiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 14823/19 en el que la egresada Ruth Valentina GALAZ MORA tramita la extensión del diploma de LICENCIADA EN FLAUTA.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 9/11 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 29/99-C.S. y sus modificatorias ordenanza N° 6/08C.S. y 42/10–C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN FLAUTA a la egresada Ruth Valentina GALAZ MORA (D.N.I. Nº 95.126.438) nacida en Rancagua, de la República de Chile, el DIECINUEVE (19) de agosto de 1987, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 29/99-C.S. y sus modificatorias ordenanza N° 6/08-C.S. y 42/10–C.S., con fecha de egreso VEINTINUEVE (29) de abril de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 628
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FA-2019-RES-627
13/09/2019
(Carga: 13/09/2019)
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MENDOZA, 13 de setiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 13047/19 en el que la egresada Eliana Karina de los Angeles CONDORI tramita la extensión del diploma de LICENCIADA EN FLAUTA.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 7/9 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 29/99-C.S. y sus modificatorias ordenanza N° 6/08C.S. y 42/10–C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN FLAUTA a la egresada Eliana Karina de los Angeles CONDORI (D.N.I. Nº 34.192.208) nacida en la provincia de Jujuy, República Argentina, el DIECISIETE (17) de agosto de 1989, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 29/99C.S. y sus modificatorias ordenanza N° 6/08-C.S. y 42/10–C.S., con fecha de egreso OCHO (8) de junio de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 627
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FA-2019-RES-626
13/09/2019
(Carga: 13/09/2019)
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MENDOZA, 13 de setiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 15742/19 en el que la egresada Laura Elizabeth SEPÚLVEDA tramita la extensión del diploma de LICENCIADA EN PIANO.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 5/7 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 29/99-C.S. y sus modificatorias ordenanza N° 6/08C.S. y 42/10–C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN PIANO a la egresada Laura Elizabeth SEPÚLVEDA (D.N.I. Nº 31.990.736) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTICUATRO (24) de febrero de 1986, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 29/99-C.S. y sus modificatorias ordenanza N° 6/08-C.S. y 42/10–C.S., con fecha de egreso VEINTINUEVE (29) de abril de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 626
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FA-2019-RES-625
13/09/2019
(Carga: 13/09/2019)
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MENDOZA, 13 de setiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 15743/19 en el que el egresado Roberto Julián BASCUÑAN tramita la extensión del diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN MÚSICA.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra a fs. 6/8 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 68/05-C.S., y la modificatoria de la denominación de la carrera y del título ordenanza N° 67/05-C.S. que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN MÚSICA al egresado Roberto Julián BASCUÑAN (D.N.I. N° 38.491.739) nacido en la provincia del Neuquén, República Argentina, el VEINTICINCO (25) de setiembre de 1994, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 68/05-C.S., y la modificatoria de la denominación de la carrera y del título ordenanza N° 67/05-C.S., con fecha de egreso VEINTITRÉS (23) de julio de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 625
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FA-2019-RES-624
13/09/2019
(Carga: 13/09/2019)
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MENDOZA, 13 de setiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 11824/19 en el que la egresada Yésica Betiana ABRAHAM tramita la extensión del diploma de LICENCIADA EN MÚSICA POPULAR (ORIENTACIÓN GUITARRA).
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 7/9 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por las ordenanzas N° 119/03-C.S. y 128/03-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN MÚSICA POPULAR (ORIENTACIÓN GUITARRA) a la egresada Yésica Betiana ABRAHAM (D.N.I. N° 31.359.819) nacida en la provincia de Mendoza, República de Argentina, el VEINTISÉIS (26) de junio de 1985, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por las ordenanzas N° 119/03-C.S. y 128/03-C.S. con fecha de egreso CUATRO (4) de diciembre de 2018 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 624
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FA-2019-RES-623
13/09/2019
(Carga: 3/10/2019)
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MENDOZA, 13 de setiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 15353/19 en el que la egresada Emilia BONANNO ZANETTI tramita la extensión del diploma de DISEÑADORA GRÁFICA.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 7/9 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Emilia BONANNO ZANETTI (D.N.I. N° 38.606.817) nacida en la provincia de Buenos Aires, República Argentina, el QUINCE (15) de marzo de 1995, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso DIECINUEVE (19) de diciembre de 2018 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 623
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FA-2019-RES-622
13/09/2019
(Carga: 13/09/2019)
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MENDOZA, 13 de setiembre de 2019
VISTO:
La nota CUDAP–CUY Nº 34290/19 caratulada: “Solicitud rectificativa de Resolución Nº 548/19 – FAD.”
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 548/19-FAD se justificaron las inasistencias y concedieron las licencias del personal docente y de apoyo académico correspondientes al mes de junio de 2019.
Que Dirección de Personal informa novedades que fueron recibidas con posterioridad a la emisión de la resolución mencionada.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Rectificar parcialmente la resolución N° 548/19–FAD de acuerdo al detalle obrante en el Anexo Único de la presente, que consta de UNA (1) hoja.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 622
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ANEXO ÚNICO
donde dice: TIPO días efect. LIQUIDA CUIL LEG APELLIDO Y NOMBRE CARGO DEDICACIÓN CARÁCTER Observaciones ESCALAFÓN Prest DOS ------------------------------------------------------- 27 17572955 6 20921 GUERRA, Elisabeth Beatriz Jefe de Trabajos Prácticos Semiexclusiva Efectivo Docente 29 10 30 Decreto 1246/15 Art. 50º 1 c
27 17572955 6 20921 GUERRA, Elisabeth Beatriz Profesor Adjunto Semiexclusiva Efectivo Docente 29 10 30 Decreto 1246/15 Art. 50º 1 c
27 17572955 6 20921 GUERRA, Elisabeth Beatriz Profesor Titular Simple Interino Docente 29 10 30 Decreto 1246/15 Art. 50º 1 c
debe decir: TIPO días efect. LIQUIDA CUIL LEG APELLIDO Y NOMBRE CARGO DEDICACIÓN CARÁCTER Observaciones ESCALAFÓN Prest DOS ------------------------------------------------------- 27 17572955 6 20921 GUERRA, Elisabeth Beatriz Jefe de Trabajos Prácticos Semiexclusiva Efectivo Docente 24 10 – 27 a 31 30 Decreto 1246/15 Art. 50º 1 c - Art. 46º e
27 17572955 6 20921 GUERRA, Elisabeth Beatriz Profesor Adjunto Semiexclusiva Efectivo Docente 24 10 – 27 a 31 30 Decreto 1246/15 Art. 50º 1 c - Art. 46º e
27 17572955 6 20921 GUERRA, Elisabeth Beatriz Profesor Titular Simple Interino Docente 24 10 – 27 a 31 30 Decreto 1246/15 Art. 50º 1 c - Art. 46º e
RESOLUCIÓN N° 622
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FA-2019-RES-621
12/09/2019
(Carga: 12/09/2019)
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MENDOZA, 12 de septiembre de 2019
VISTO:
La nota CUDAP–CUY: 32035/19 caratulada: “CAMPI, Alfredo Javier s/Solicitud resolución invalidando en Sistema Siu Guaraní materias aprobadas antes del ingreso y acreditación de las mismas.”
CONSIDERANDO:
Que, según informe de la Dirección de Alumnos, el estudiante Alfredo Javier CAMPI, ingresó a la carrera de Licenciatura en Canto en el año 2008 y era alumno de la Licenciatura en Piano desde el año 2004, en la que llevaba rendidas y aprobadas hasta la fecha de ingreso a la Licenciatura en Canto tres materias que son comunes a ambas carreras en el nivel universitario, dos de estas curriculares y una optativa.
Que al hacerse la migración de materias de ambas carreras al sistema SIU Guaraní, ante la falta de normativa al respecto, se asentó la fecha real de aprobación de las materias sin tener en cuenta el año de ingreso a cada una de las carreras. Por ello, en el certificado analítico correspondiente a la Licenciatura en Canto del estudiante mencionado, se observan materias aprobadas con fecha anterior al ingreso a dicha carrera, aunque manteniendo la calificación y el Libro físico en el que se encuentra asentado el examen. Además el sistema Siu Guaraní generó automáticamente un número de acta al efectuarse la migración, situación observada por el Dirección de Egresos de esta Facultad.
Que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología ha impuesto a las unidades académicas universitarias nuevas medidas y procedimientos de digitalización y control de la información que consta en las certificaciones y diplomas emitidos por las mismas, con el fin de garantizar la transparencia, celeridad en los trámites, e información fidedigna y confiable de los graduados universitarios, para lo cual ha implementado diferentes sistemas (Sistema Informático de Certificaciones –SICer, y Sistema Informático de Diplomas y Certificaciones –SIDCer).
La propuesta de la Dirección de Alumnos de emitir una resolución por la que se invaliden en el Sistema Siu Guaraní las materias aprobadas con fecha anterior a su ingreso a la carrera de Licenciatura en Canto y se le acrediten las mismas con la fecha de ingreso a dicha carrera, manteniendo la calificación obtenida en cada una con el objetivo de que exista una coherencia entre las fechas de ingreso y aprobación de las materias correspondientes.
El informe favorable de Secretaría Académica. Por ello, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE
ARTICULO 1°.- INVALIDAR en el sistema SIU GUARANI las asignaturas aprobadas con anterioridad al año 2008 por el estudiante Alfredo Javier CAMPI (Registro N° 21.768 DNI 31.466.084) de la Carrera Licenciatura en Canto, Plan de Estudio aprobado por Ord. 29/99 C.S..
ARTÍCULO 2°.- ACREDITAR al estudiante Alfredo Javier CAMPI (Registro N° 21.768 DNI 31.466.084) las asignaturas aprobadas con anterioridad al año 2008 en la carrera de Licenciatura en Canto, Plan de Estudio aprobado por Ord. 29/99-C.S., manteniendo la calificación obtenida en cada caso y establecer idéntica fecha de aprobación, conforme el siguiente detalle:
Asignatura Calificación Fecha aprobación Armonía I 8 (ocho) 10/05/2008
Historia de la Música I 9 (nueve) 10/05/2008
Armonía II (optativa) 9 (nueve) 10/05/2008
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 621
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CD-2019-RES-217
12/09/2019
(Carga: 27/09/2019)
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MENDOZA, 12 de septiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 11963/18 (2 Cuerpos) caratulado: “Dirección de Carreras de Artes Visuales. Convocatoria a concurso UN (1) cargo de Profesor Titular Efectivo (S), asignaturas "Metodologías de Investigación en Historia del Arte" y “Técnicas de Investigación en Historia del Arte”. Carreras de Artes Visuales”.
CONSIDERANDO:
Que por resolución nº 94/19-C.D. se convocó a a concurso de títulos, antecedentes y oposición, para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas "Metodología de Investigación en Historia del Arte" de la carrera Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte y “Técnicas de Investigación en Historia del Arte” de la carrera Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas, correspondientes a las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, en los términos de la ordenanza N° 23/10-C.S. y su modificatoria N° 39/10-C.S.
Que según ACTA CUDAP-CUY Nº 16/19, a fs. 319, figuran inscriptos como postulantes: Valeria PACHMANN; Patricia Sandra FAVRE y Pablo Andrés CHIAVAZZA.
Que, a fs. 320, ingresa la NOTA CUDAP-CUY Nº 29852/19 en la que el Claustro de Estudiantes de Historia del Arte de las Carreras de Artes Visuales, amparándose en el artículo 13º de la Ord.nº 23/10-C.S. “De las Impugnaciones”, que dicta que: “Durante los CINCO (5) días hábiles posteriores al periodo de inscripción, los docentes y ex-docentes de la Universidad y de otras universidades, los aspirantes, las asociaciones de estudiantes y graduados reconocidas y las asociaciones científicas y de profesionales, podrán ejercer el derecho de impugnar a los aspirantes inscriptos. Las impugnaciones deberán fundarse en razones de carácter moral, ético, legal, cívico, o en la actuación universitaria del impugnado.”
Que en virtud de lo expresado, dicho claustro solicita la impugnación del concurso efectivo para las cátedras de “Metodología de la Investigación en Historia del Arte” y “Técnicas de Investigación en Historia del Arte”, aduciendo que una de las postulantes, registra denuncia en Defensoría Estudiantil, contenida en expediente CUDAP-CUY Nº 12830/19, caratulado: “P.V. y otros P/506-507”, con el fin de que sea imposibilitada su participación en el mismo, debido a que su “actuación universitaria no cumple con el carácter ético y moral.”
Que, el Decano de esta Facultad mediante NOTA CUDAP-CUY Nº 30078/19 solicitó la identificación de la postulante denunciada con carácter de URGENTE, a la Coordinación de Asuntos Estudiantiles a fin de dar cumplimiento al artículo 15º de la Ord.nº 23/10-C.S. que establece: “Dentro de los CINCO (5) días de presentada, el Decano o director dará vista de la impugnación al aspirante impugnado para que formule su descargo.....”.
Que, a fs. 324, Secretaría de Bienestar informa que obra en su poder el expediente CUDAP-CUY Nº 12830, en el que se presenta una denuncia proveniente de estudiantes de esta Facultad, por un hecho acaecido el día 18 de junio del corriente año, “...en la que manifiestan que habrían sufrido posibles situaciones de maltrato verbal y humillatorio por parte de la Profesora Patricia Sandra Favre. También mencionan que los exámenes corregidos por la docente habrían sido evaluados “injustamente” bajo criterios arbitrarios”.
Resol. nº 217
Como así también expresa que “...Defensoría Estudiantil Universitaria continúa realizanto su proceso de actuación sobre esta denuncia recibida, a los efectos de encontrar una solución satisfactoria al reclamo planteado.”
Que notificada fehacientemente la Prof. Patricia Sandra FAVRE, mediante cédula de notificación (fs. 326) de que su postulación ha sido impugnada por razones de “carácter moral y ética en su actuación universitaria”, de acuerdo a la denuncia efectuada en el ámbito de la Defensoría Estudiantil, se le hace saber que de acuerdo a lo estipulado en el artículo 15º de la ordenanza nº 23/10-C.S., cuenta con DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación para efectuar su descargo.
Que, mediante NOTA CUDAP-CUY Nº 32712/19 ingresa en tiempo y forma el descargo de la Prof. Patricia Sandra FAVRE, en la que expresa que se presentó ante el Sr. Alejandro CABRAL PÁEZ, referente de la Defensoría Estudiantil, quien le informa “...que las actuaciones se encontraban en etapa instructoria y que no podía tener acceso al expediente.” Por lo cual al día siguiente “...concurrió con su abogado, el Dr. Gabriel Marcelo Borghi, a Defensoría Estudiantil Universitaria en el edificio del comedor estudiantil de la UNCuyo y fue atendida por el Sr. Alejandro Cabral Páez, quien manifestó estar al tanto de la referida denuncia, pero expresó que no podía dar ningún tipo de información respecto de la misma y que oportunamente sería citada a dar las explicaciones pertinentes, negándose a informar sobre los denunciantes, los hechos que se denunciaron, circunstancias de tiempo, modo y lugar de la conducta supuestamente inmoral o antiética que se le atribuye.”
Que ante tal circunstancia le solicita al Dr. Carlos Alberto VIDART, Notario Público que se constituya en la Defensoría Estudiantil Universitaria a los efectos de que se le “...brinde la información requerida con el fin de realizar el descargo pertinente o en caso contrario, se deje constancia de la negativa de dicho organismo a brindar la información requerida.”. Ante la negativa, se realiza un acta extraprotocolar que se incorpora a fs. 330/330vta. Que debido a la etapa procesal en la que se encuentra el expediente, no se le ha dado vista a la denunciada de la acusación ni oportunidad alguna de defensa, por lo que resulta imposible efectuar un descargo, dado que se desconocen las circunstancias de tiempo, modo y lugar de la supuesta conducta inmoral o antiética que se le atribuye. Por lo que solicita “...atento al principio constitucional de inocencia (art. 18 de la Constitución Nacional) no existiendo en dichas actuaciones una resolución condenatoria, dicho expediente no puede ser tenido en cuenta como causal para impugnar mi postulación al cargo al que aspiro.-” y requiere pronto despacho de este descargo y la urgente resolución de la impugnación presentada.
Que, las presentes actuaciones fueron analizadas exhaustivamente por la Comisión de Concursos.
Por ello, atento a lo aconsejado por la mencionada Comisión y a lo acordado por este Cuerpo en sesión del 3 de setiembre de 2019,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- No excluir a la Prof. Patricia Sandra FAVRE (Legajo Nº 24.654 - DNI Nº 27-18080967-3) de su postulación al concurso de títulos, antecedentes y oposición, tramitado en las presentes actuaciones y atento al estado actual del expediente obrante en Defensoría Estudiantil Universitaria.
Resol. nº 217
ARTÍCULO 2°.- Ordenar la prosecución del trámite.
ARTICULO 3º.- Solicitar a Defensoría Estudiantil Universitaria TRÁMITE URGENTE a la denuncia efectuada.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 217
LO/lo
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FA-2019-CIR-004
12/09/2019
(Carga: 12/09/2019)
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CIRCULAR N° 4
SECRETARIA ACADÉMICA: ACTIVIDADES POR “100 AÑOS DE BAUHAUS” REFORMA PEDAGÓGICA
ESTIMADA COMUNIDAD EDUCATIVA:
La Semana de las Artes y el Diseño, actividad organizada por la Secretaría de Extensión y Articulación Social de la Facultad, a realizarse entre el VEINTITRÉS (23) y el VEINTISIETE (27) de setiembre próximo; inspirada en esta oportunidad en los 100 años de la “Bauhaus” como reforma pedagógica; nos convoca a encontrarnos, a reunirnos como comunidad, a intercambiar, a reconocernos desde nuestros proyectos en diálogo con la sociedad.
Dado el valor formativo de la propuesta, la Secretaría Académica informa a los docentes que las actividades de enseñanza y aprendizaje deberán realizarse en este contexto y sugiere que se analice la Grilla de Actividades en conjunto con los estudiantes para evaluar su participación activa.
Se los invita a destinar el tiempo para recorrer las muestras, asistir a las charlas, talleres y experiencias creativas, a participar activamente, a planificar sus actividades y evaluar en función de la misma.
Sirva de atenta nota.
SECRETARÍA ACADÉMICA, 12 de septiembre de 2019.
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CD-2019-RES-216
10/09/2019
(Carga: 10/09/2019)
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MENDOZA, 10 de septiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 14945/19 caratulado: “GÓMEZ, Walter Guillermo s/ Solicitud prórroga de designación en cargo de J.T.P. (S) "Química General" y "Química I (optativa)" D/ 01/08 al 31/12 de 2019 // Ord. 4/15 C.D. - Carreras de Cerámica.”
CONSIDERANDO:
Que por resolución Nº 573/19 dictada por el Decano Ad- Referéndum del Consejo Directivo se prorrogó la designación interina del Prof. GÓMEZ en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos (S) para el dictado del espacio “Química I (Optativa)” y “Química General” de las Carreras de Cerámica.
Que, la Comisión de Enseñanza en sesión del día 30 de julio de 2019, aconseja ratificar la resolución Nº 573/19-FAD respecto a la mencionada prórroga. Asimismo propone designar al Prof. GOMEZ desde el 1-9-19, mientras el cargo no sea provisto por concurso y no más allá de 31-12-2019.
Que, por otra parte, la designación del Prof. GOMEZ responde a la convocatoria realizada conforme con lo dispuesto por ordenanza N° 4/15-C.D. (Instructivo para la cobertura de cargos docentes vacantes) habiéndose elegido en el punto III: Niveles de Convocatoria, la opción 3.
Los informes producidos por Dirección de Personal, Secretaria Académica y de Dirección General Económico Financiera. Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ratificar la resolución Nº 573/19 que fuera dictada por el Decano de esta Facultad Ad-Referéndum del Consejo Directivo, respecto a la prórroga de designación del Ing. Walter Guillermo GÓMEZ en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interino, para el dictado de los espacios curriculares “Química I (Optativa)” y “Química General” que se dictan en las Carreras de Cerámica de esta Facultad, desde el UNO (1) al TREINTA Y UNO (31) de agosto de 2019.
ARTÍCULO 2°.- Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres GÓMEZ, Walter Guillermo Documento Único 13.184.529 CUIL o CUIT 20–13184529–5 Legajo N° 33.529
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Condición Interino
Término de la designación Desde 1 de septiembre Hasta mientras el cargo no sea provisto por concurso y no más allá del 31 de diciembre de 2019
4. Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Cerámica
Espacio/s Curricular/es 1) “Química I” (Optativo) 2) “Química General”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Artes Plásticas
Especialidad: 9 9 “Química I” (Optativo) y “Química General”
ARTÍCULO 4°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forma parte de los Planes de Estudios de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 846 Licenciado en Cerámica Artística 33,33 % 6462 Profesor de Grado Universitario en Cerámica Artística 33,33 % 847 Licenciado en Cerámica Industrial 33,34 % Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 5°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 05 00 3 4 100,00 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 813 Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a fs. 2 de las presentes actuaciones y con lo informado a fs. 3 por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 8°.- Solicitar a la Dirección de Carreras de Cerámica la Convocatoria a Concurso del cargo en un plazo no mayor a SESENTA (60) días a partir de la presente resolución, según lo dispuesto en el Punto VII.2 de la ordenanza Nº 4/15-C.D.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 216
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FA-2019-RES-620
9/09/2019
(Carga: 9/09/2019)
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MENDOZA, 9 de setiembre de 2019
VISTO:
Los expedientes CUDAP–CUY: 13763/19, 15212/19, 15213/19, 15214/19, 15215/19 y 15216/19 en los que constan pedidos de adscripción de alumnos de las Carreras de Diseño.
CONSIDERANDO:
Que los alumnos cumplen con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Que una vez realizados los coloquios que estipula la mencionada ordenanza, los informes de los Profesores Titulares son favorables.
La opinión de la Dirección de Carreras de Diseño y de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la adscripción de los alumnos de las Carreras de Diseño, durante el ciclo lectivo 2019, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan a continuación:
REGISTRO DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
24.433 37.001.868 RODRIGUEZ, Lucas Nahuel Dibujo de Productos --------------------- 24.443 36.766.847 ALVAREZ, Laura Agustina Diseño de Gráfica Animada --------------------- 25.144 39.380.587 BORONAT, Romina Cine y Diseño --------------------- 26.404 41.367.809 REVOREDO, Ignacio Manuel Dibujo de Productos --------------------- 24.495 38.333.638 RAMÍREZ GONZÁLEZ, Eliana Urbelina Infografía --------------------- 22.548 35.514.626 GALLAR, Nicolás Javier Taller de Gráfica Experimental ---------------------
ARTÍCULO 2°.- Los alumnos deberán realizar su adscripción de acuerdo con lo prescripto por la ordenanza N° 9/09-C.D.
ARTÍCULO 3°.- La presente autorización sólo valida el inicio de la adscripción de cada uno de los alumnos. Su culminación y aprobación será dispuesta con la emisión de la resolución correspondiente y la entrega del certificado que así lo acredite.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 620
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FA-2019-RES-619
9/09/2019
(Carga: 9/09/2019)
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MENDOZA, 9 de setiembre de 2019
VISTO:
Los expedientes CUDAP–CUY: 9858/19 y 9953/19 en los que constan pedidos de adscripción de alumnos de las Carreras de Artes del Espectáculo.
CONSIDERANDO:
Que los alumnos cumplen con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Que una vez realizados los coloquios que estipula la mencionada ordenanza, los informes de los Profesores Titulares son favorables.
La opinión de la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la adscripción de los alumnos de las Carreras de Artes del Espectáculo, durante el ciclo lectivo 2019, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan a continuación:
REGISTRO DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
24.157 35.661.486 SÁNCHEZ, Ignacio Práctica Escénica I --------------------- 23.759 37.137.515 VARGAS ASTUDILLO, Constanza Antonela Práctica Escénica I ---------------------
ARTÍCULO 2°.- Los alumnos deberán realizar su adscripción de acuerdo con lo prescripto por la ordenanza N° 9/09-C.D.
ARTÍCULO 3°.- La presente autorización sólo valida el inicio de la adscripción de cada uno de los alumnos. Su culminación y aprobación será dispuesta con la emisión de la resolución correspondiente y la entrega del certificado que así lo acredite.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 619
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FA-2019-RES-618
9/09/2019
(Carga: 9/09/2019)
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MENDOZA, 9 de setiembre de 2019
VISTO:
Los expedientes CUDAP–CUY: 4692/19 y 15356/19 en los que constan pedidos de adscripción de alumnas de las Carreras de Artes Visuales.
CONSIDERANDO:
Que las alumnas cumplen con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Que una vez realizados los coloquios que estipula la mencionada ordenanza, los informes de los Profesores Titulares son favorables.
La opinión de la Dirección de Carreras de Artes Visuales y de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la adscripción de las alumnas de las Carreras de Artes Visuales, durante el ciclo lectivo 2019, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan a continuación:
REGISTRO DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
26.058 40.560.220 AHUMADA, Melina Trinidad Análisis de las Formas --------------------- 26.046 40.559.883 TOBAR, Lucía Anahí Dibujo Técnico ---------------------
ARTÍCULO 2°.- Las alumnas deberán realizar su adscripción de acuerdo con lo prescripto por la ordenanza N° 9/09-C.D.
ARTÍCULO 3°.- La presente autorización sólo valida el inicio de la adscripción de cada una de las alumnas. Su culminación y aprobación será dispuesta con la emisión de la resolución correspondiente y la entrega del certificado que así lo acredite.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 618
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FA-2019-RES-617
9/09/2019
(Carga: 9/09/2019)
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MENDOZA, 9 de setiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 10524/19 caratulado: “Reconocimiento Académico de Macarena Guardiola.”
CONSIDERANDO:
Que la alumna Macarena GUARDIOLA participó en el Programa de Movilidad Estudiantil, en el que cursó y aprobó distintos espacios curriculares durante el segundo semestre del año 2018, en la Universidad Federal de Santa Catarina, Brasil.
Lo sugerido por la Asesoría de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional.
El reconocimiento académico efectuado por la Dirección de Carreras de Diseño y lo informado al respecto por Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Macarena GUARDIOLA (Registro N° 25.313) las siguientes asignaturas, realizadas en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil, con validez a TRES (3) espacios curriculares optativos de la Carrera Diseño Gráfico, Plan de Estudios aprobado por Ord. Nº 2/06-C.S.:
Espacio Curricular Carga Horaria ✔ Ilustración Digital SETENTA Y DOS (72) horas ✔ Narrativa y lenguaje visual SETENTA Y DOS (72) horas ✔ Portugués SESENTA (60) horas
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 617
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FA-2019-RES-616
9/09/2019
(Carga: 9/09/2019)
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MENDOZA, 9 de setiembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 9556/19 caratulado: “Solicita gestión de reconocimiento académico para Santiago Mario Ballarini.”
CONSIDERANDO:
Que el alumno Santiago Mario BALLARINI participó en el Programa de Movilidad Estudiantil, en el que cursó y aprobó distintos espacios curriculares durante el Segundo semestre del año 2018, en la Universidad de Santo Tomás, Colombia.
Lo sugerido por la Asesoría de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional.
El reconocimiento académico efectuado por la Dirección de Carreras de Diseño y lo informado al respecto por Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Santiago Mario BALLARINI (Registro N° 24.962) las siguientes asignaturas, realizadas en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil, con validez a TRES (3) espacios curriculares optativos/electivos de la carrera Diseño Industrial, Plan de Estudios aprobado por Ord. Nº 4/06-C.S.: Espacio Curricular Carga Horaria ✔ Soldadura y ensayos no destructivos SESENTA Y CUATRO (64) horas ✔ Arquitectura del paisaje SESENTA Y CUATRO (64) horas ✔ Electrónica SESENTA Y CUATRO (64) horas
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 616
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