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FA-2024-RES-112 17/04/2024 (Carga: 19/04/2024) |
MENDOZA, 17 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 4397/24 caratulado: “CARRERAS DE CERÁMICA s/Pedido de designación Victoria CASTRO en un cargo de Prof. Titular (S) int. en las cátedras de HA I- HAyC II- HC III por Ord. 02/20-CD".
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Cerámica solicita la designación interina de la Prof. María Victoria CASTRO en el cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Historia del Arte I”; “Historia del Arte y la Cerámica II” e “Historia de la Cerámica III”, cuya solicitud se encuentra motivada por la disposición del cargo vacante obtenido ante la baja por jubilación de la Prof. Elena Diana DIAZ, dispuesta por resolución N° 625/23-FAD.
Que, Dirección de Personal informa que la Prof. CASTRO actualmente no registra situación de revista en esta dependencia y que habiendo realizado los exámenes preocupacionales o de ingreso correspondientes obtuvo el certificado de aptitud psicofísica DEFINITIVO. Asimismo, esta Dirección comunicó a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) el ALTA correspondiente, estableciendo como fecha de efectiva prestación de servicios a partir del 1 de abril de 2024.
Que, por su parte, el Departamento de Concursos informa que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto C) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Administrativo-Financiera, LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres CASTRO, María Victoria Documento Único 34.627.613 CUIL o CUIT 23-34627613-4 Legajo N° ----- El cargo de la presente designación interina responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Simple Carácter Interino
Término de la designación Desde el UNO (1) de abril de 2024 Hasta el TREINTA (30) de setiembre de 2024
Resol. N° 112
4. Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Cerámica
Espacio/s Curricular/es 1) “Historia del Arte I” 2) “Historia del Arte y la Cerámica II” 3) “Historia de la Cerámica III”
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionado en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Artes Plásticas Especialidad: 9 9 “Historia del Arte I”- “Historia del Arte y la Cerámica II”- “Historia de la Cerámica III”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudios de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 846 Licenciatura en Cerámica Artística 33,33% 6462 Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística 33,33% 847 Licenciatura en Cerámica Industrial 33,34% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 05 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 810 Profesor Titular con Dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 112
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FA-2024-RES-111 17/04/2024 (Carga: 17/04/2024) |
MENDOZA, 17 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2634/24 caratulado: “Carreras Musicales - S/ pedido desig. Prof. Laureano Melchiori, cargo Titular (S/E), cát. "Contrabajo I a V, CIEMU A,B,C,D y ciclo Preparatorio".
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras Musicales solicita la designación interina del Prof. Laureano Fernando MELCHIORI en el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas “Contrabajo I a V”; “Contrabajo A,B,C,D – CIEMU” y “Contrabajo I a IV –Ciclo Preparatorio Contrabajo”, cuya solicitud se encuentra motivada por la disposición del cargo vacante obtenido ante la baja por jubilación de la Prof. Omar Hugo ARANCIBIA, dispuesta por resolución N° 218/22-FAD.
Que, Dirección de Personal informa que el Prof. MELCHIORI registra la siguiente situación de revista en el cargo de Profesor Adjunto con Dedicación Simple, interino, para el dictado de las asignaturas “Contrabajo I a V”; “Contrabajo A,B,C,D – CIEMU”, en la Licenciatura en Contrabajo y “Contrabajo I a IV – Ciclo Preparatorio Contrabajo”, todas corresponden a las Carreras Musicales. Por otra parte, esta Dirección aclara que el docente tramita por vía separada la licencia por incompatibilidad del mencionado cargo por tratarse de funciones de mayor jerarquía en las mismas asignaturas.
Que, por su parte, el Departamento de Concursos informa que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto A) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Administrativo-Financiera, LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres MELCHIORI, Laureano Fernando Documento Único 24.878.771 CUIL o CUIT 20-24878771-7 Legajo N° 26.866
El cargo de la presente designación interina responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Semiexclusiva Carácter Interino
Término de la designación Desde el UNO (1) de abril de 2024 Hasta el TREINTA (30) de setiembre de 2024
Resol. N° 111
4. Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras Musicales
Espacio/s Curricular/es 1) “Contrabajo I a IV”-Nivel Preparatorio 2) “Contrabajo CIEMU Niveles A, B, C, D” 3) “Contrabajo I a V”
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionado en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Música “Contrabajo I a IV”-Nivel Preparatorio-“Contrabajo CIEMU Niveles A, B, C, D”Especialidad: 9 9 “Contrabajo I a V”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudios de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 7389 Licenciatura en Contrabajo 100% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 01 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 805 Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 111
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FA-2024-RES-110 17/04/2024 (Carga: 19/04/2024) |
MENDOZA, 17 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 3267/24 caratulado: “Carr. Artes del Espectáculo – S/ Solicitud designación interina (Ord. Nº2/20) de la Prof. FERRARO PETTIGNANO, Estefanía – cargo Profesor con dedicación semiexclusiva – Historia de la Cultura y el Teatro Universales I – Carreras de Artes del Espectáculo - FAD.".
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo solicita la designación interina de la Prof. Estefanía FERRARO PETTIGNANO en el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Historia de la Cultura y el Teatro Universales I”, cuya solicitud se encuentra motivada por la disposición del cargo vacante obtenido ante la baja por jubilación del Prof. Héctor Julio del Corazón de Jesús MILLARES.
Que, Dirección de Personal informa que la Prof. FERRARO PETTIGNANO actualmente no registra situación de revista en esta dependencia y que habiendo realizado los exámenes preocupacionales o de ingreso correspondientes obtuvo el certificado de aptitud psicofísica DEFINITIVO. Asimismo, esta Dirección comunicó a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) el ALTA correspondiente, estableciendo como fecha de efectiva prestación de servicios a partir del 5 de abril de 2024.
Que, por su parte, el Departamento de Concursos informa que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto C) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Administrativo-Financiera, LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres FERRARO PETTIGNANO, Estefanía Documento Único 31.747.294 CUIL o CUIT 27-31747294-9 Legajo N° ----- El cargo de la presente designación interina responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Semiexclusiva Carácter Interino
Término de la designación Desde el CINCO (5) de abril de 2024 Hasta el CUATRO (4) de octubre de 2024
Resol. N° 110
4. Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes del Espectáculo
Espacio/s Curricular/es 1) “Historia de la Cultura y el Teatro Universales I” 2) “Materia Optativa Complementaria: Historia de la Cultura y el Teatro Universales I” 3) “Optativa Grupo II: Historia de la Cultura y el Teatro Universales I”
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionado en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Teatro “Historia de la Cultura y el Teatro Universales I”- “Materia Optativa Complementaria: Especialidad: 9 9 Historia de la Cultura y el Teatro Universales I”- “Optativa Grupo II: Historia de la Cultura y el Teatro Universales I”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudios de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 3297 Licenciatura en Arte Dramático 25% 6463 Profesorado de Grado Universitario en Teatro 25% 2411 Diseño Escenográfico 25% 881 Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas 25% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 02 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 805 Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 110
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FA-2024-RES-109 17/04/2024 (Carga: 17/04/2024) |
MENDOZA, 17 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 6286/24 caratulado: “Roxana Del Rosso S/ Solicitud licencia sin goce de haberes por motivos personales. FAD”.
CONSIDERANDO:
Lo informado por la Dirección de Personal en cuanto a que la Mgter. Roxana María DEL ROSSO, revista en ésta dependencia los siguientes cargos: 1) Profesor Asociado con Dedicación Semiexclusiva, efectivo, para el dictado de la asignatura “Diseño de Productos II”, cargo en licencia por Incompatibilidad, desde 01/01/24 hasta 31/12/24, según Resolución Nº 27/24-FAD. 2) Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva, reemplazante, desde 01/01/24 hasta el 31/12/24 según Resol. Nº 261/23-CD, para el dictado de la asignatura “Diseño de Productos II”; 3) Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple, efectivo, para cumplir funciones en las asignaturas “Técnicas de Dibujo”, carrera de Diseño Industrial y “Técnicas de Dibujo”/ ”Dibujo de Productos”, Carreras de Diseño. 4) Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Semiexclusiva, efectivo, para cumplir funciones en la asignatura “Ergonomía” y por extensión en el Laboratorio de Ergonomía, todas correspondientes a las Carreras de Diseño.
Que la Dirección de Carreras de Diseño avala el pedido de licencia por razones particulares de la Mgter. Roxana María DEL ROSSO.
Lo establecido en el artículo 49° Punto II, inc. b) Anexo II del Decreto Nacional N° 1246/15 y su modificatoria Nº 4/22-R.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia por razones particulares, sin goce de haberes, a la Mgter. Roxana María DEL ROSSO (Legajo N° 24.652 - CUIL 27-21740235-8) durante el período comprendido entre el DIECISÉIS (16) y el VEINTITRÉS (23) de abril de 2024, en los siguientes cargos: Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva, reemplazante, desde 01/01/24 hasta el 31/12/24 según Resol. Nº 261/23-CD, para el dictado de la asignatura “Diseño de Productos II”; Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple, efectivo, para cumplir funciones en las asignaturas “Técnicas de Dibujo”, carrera de Diseño Industrial y “Técnicas de Dibujo”/ ”Dibujo de Productos”, Carreras de Diseño. Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Semiexclusiva, efectivo, para cumplir funciones en la asignatura “Ergonomía” y por extensión en el Laboratorio de Ergonomía, todas correspondientes a las Carreras de Diseño
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 109
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FA-2024-RES-108 17/04/2024 (Carga: 17/04/2024) |
MENDOZA, 17 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 3826/24 en el que se tramita la baja por renuncia del Adicional por Carácter Critico de la Función que percibe el Lic. Esteban Gabriel SUCH, a partir del 1 de marzo de 2024.
CONSIDERANDO:
Que al Lic. Esteban Gabriel SUCH le fue encomendado por extensión, desde el año 2019, las funciones docentes en la asignatura “Practica de Fabrica” de las Carreras de Cerámica, reconocidas mediante la percepción un Adicional por Carácter Critico de la Función, tal como se dispone por resolución N° 719/23-FAD.
Que la Secretaria Administrativo-Financiera toma conocimiento de la baja presentada por el docente e informa que corresponde limitar el mencionado Adicional a partir del 01 de marzo de 2024.
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el art. 9° de la ordenanza Nº 32/16-R. y su modificatoria Nº 4/22-R
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de marzo de 2024, al “Adicional por Carácter Critico de la Función” percibido por el Lic. Esteban Gabriel SUCH (Legajo N° 23.412 – CUIL Nº 20–13912758–8) para cumplir funciones en la asignatura “Practica de Fabrica” de las Carreras de Cerámica, que le fuera prorrogado su asignación mediante resolución Nº 719/23-FAD.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 108
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CD-2024-RES-043 17/04/2024 (Carga: 17/04/2024) |
MENDOZA, 17 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 9879/24 caratulado: “SECRETARÍA CONSEJO DIRECTIVO S/ Aprobación Dictamen Comisiones de Consejo 09-04-2024 (Conformación Junta Electoral FAD)”.
CONSIDERANDO:
Que por resolución N° 75/23-CD se aprobó la constitución de la Junta Electoral Particular sección Facultad de Artes y Diseño por el período 2022–2026.
Que dada la asunción de las nuevas autoridades de esta Facultad y La necesidad de constituir la Junta Electoral Particular que dirigirá y fiscalizará los próximos sufragios electorales de autoridades de la Universidad para el periodo 20242026, en cumplimiento a lo estipulado por el Art. 42 del Manual de Procedimientos Electorales (Ord N° 112/13-C.S. y su modificatoria ordenanza Nº 12/14-R.) se propone la conformación de los nuevos comicios.
Lo establecido en el Estatuto Universitario y en la ordenanza N° 3/13–A.U. (Reglamento Electoral de la Universidad Nacional de Cuyo).
Por ello, atento a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión plenaria del día 16 de abril de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dejar sin efecto la resolución N° 75/23-CD, por la que se aprobó la constitución de la Junta Electoral Particular sección Facultad de Artes y Diseño por el período 2022–2026.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar la constitución de la Junta Electoral Particular sección “Facultad de Artes y Diseño” que dirigirá y fiscalizará los próximos comicios electorales de autoridades de la Universidad, por el período 2024–2026, que se detalla seguidamente:
PRESIDENTE Titular: D.I. Mónica Irene MANCIANA (D.U. N°13.482.282) Suplente: Mgter. Mónica Beatriz PACHECO (D.U. N° 14.667.810) PROFESORES Titular: Prof. Laura Gladys GONZALEZ (D.U. Nº 18.084.380) Suplente: Prof. Jesús Damián BELOT (D.U. N° 11.809.116) EGRESADOS Titular: Dra. Patricia Virginia BENITO (D.U. Nº 30.242.149) Suplente: Prof. Claudia Lorena JORGE (D.U. N° 30.972.658)
Resol. N° 43
2ALUMNOS Titular: Srta. María José RODRIGUEZ (D.U. Nº 38.580.705) Suplente: Srta. Federica María POLIZZI (D.U. Nº 36.417.981) PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Titular: Sr. Roberto Claudio HUMEREZ NÚÑEZ (D.U. N° 33.445.868) Suplente: Sr. Omar Darío MELZI (D.U. Nº 28.399.180)
SECRETARIA Titular: Lic. Mariana SANTOS (D.U. N° 18.079.976) – Directora General Administrativa Suplente: Lic. Roberto Ariel SABARONI (D.U. N° 23.901.335) – Prosecretario del Consejo Directivo.
ARTÍCULO 3º.- Incorporar como Asesor Letrado al Dr. Néstor PIEDRAFITA (D.U. N° 8.456.238).
ARTÍCULO 4º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCION N° 43
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FA-2024-RES-107 12/04/2024 (Carga: 21/05/2024) |
MENDOZA, 12 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 4347/24 caratulado: “ARGÜELLO, Leandro Agustín S/Recursos de reconsideración. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto se tramita el recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Leandro Agustín ARGUELLO con patrocino letrado, en los términos del Art. 84 Decreto 1759/72 reglamentario de la Ley 19549/72 contra de la resolución N° 707/23-FAD.
Que corresponde recordar que mediante la citada Resolución dictada por el Decanato de esta Facultad, en fecha del 20 de diciembre de 2023, entre otras cuestiones, se aplicó la Sanción de Suspensión y el descuento de 12 días al Sr. Leandro Agustín ARGUELLO por las inasistencias ocurridas entre el 10 y 21 de noviembre del año 2023, conforme a la reglamentación vigente dispuesta por el Art. 142, inc a) del Decreto Nacional 366/06.
Que posteriormente se procedió a la notificación electrónica del Sr. ARGUELLO, mediante correo institucional en el marco normativo adoptado por la Universidad Nacional de Cuyo aprobada por Ord. 26/2020-C.S. (Sistema de notificación Electrónica). Que firme y en conocimiento de los efectos de la resolución en cuestión, el citado agente presenta recurso de reconsideración, en el marco del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72, a los 60 días de aplicación efectiva de la medida disciplinaria y en forma extemporáneo. Que en su pieza recursiva el adjudicatario se limita y en forma reiterada en argumentar la nulidad absoluta de la resolución dictada al efecto, por carecer de fundamentos tal como cita textual “Sólo son expresiones vacías de contenido”; y por no haber garantizado el debido proceso, procediendo a describir en forma desglosada los Considerandos del acto administrativo. Que dada la presentación realizada por el Sr. Leandro Agustín ARGUELLO se corre vista de las presentes actuaciones a la Asesoría Letrada de esta Facultad a fin de emitir dictamen al respecto, entendiendo la misma las siguientes consideraciones: El recurso de reconsideración sostiene que “la Resolución N°707/23 padece de vicio grave y manifiesto, por carecer de motivación”. Esta Asesoría entiende por el contrario que el Acto Administrativo se sustenta concretamente en los hechos y antecedentes que le sirven de causa, esto es la falta de presentación en tiempo del justificativo correspondiente al periodo de inasistencias comprendido entre el 10-11 al 21-11-2023. El recurso de reconsideración sostiene que la sanción es nula de nulidad absoluta, porque incumple la Ley 19.549 que en su Artículo 1 dispone que el administrado tiene derecho a una decisión fundada. Esta Asesoría entiende por el contrario que los fundamentos surgen de la propia Resol. 707/23, de la nota dirigida a la Decana por la Médica Cecilia Inés ALLASINO – Directora General de Medicina del Trabajo y de la nota elevada por la Dirección de Personal a raíz de la falta de presentación en tiempo del justificativo correspondiente al periodo de inasistencias comprendido entre el 10-11 al 21-11-2023.
Resol. N° 107
El recurso de reconsideración sostiene que la Directora de la Dirección General de Medicina del Trabajo incumplió con la normativa vigente. Esta Asesoría entiende por el contrario que la Dra. ALLASINO cumplió con el procedimiento específico (Junta Médica – Revisión 09 – Código PEDGMT-003) que establece la metodología de justificación de los días otorgados por patologías de evolución largas que requieren licencia prolongada, es la normativa vigente para los agentes de la UNCUYO: Cabe preguntarse qué dispone dicho instructivo: “Toda vez que el agente sea citado a Junta Médica deberá concurrir con la certificación médica en donde conste diagnóstico y cantidad de días sugeridos, además deberá enviar el mismo por correo electrónico a sanidad@uncu.edu.ar Finalizada la Junta Médica, el profesional médico notificará al agente la fecha y hora de su próxima Junta Médica, firmando este de conformidad. El personal administrativo registrará la correspondiente licencia en el sistema CIT Sanidad, informando también la fecha y hora de la próxima Junta Médica a fin de que la dependencia pueda visualizar dicha información. En caso de que el agente no pueda presentarse a la Junta Médica en el día y hora indicados, deberá comunicarse con la Dirección General de Medicina del Trabajo, explicando los motivos por los cuales no puede concurrir. En caso de no reprogramar o no presentarse a la Junta Médica, el agente deberá elevar una nota a su autoridad, explicando las razones de su ausencia. Esta nota deberá ser elevada a través de un Trámite por SUDOCU a la Dirección General de Medicina del Trabajo para darle curso a la justificación de la licencia”.
Esta Asesoría entiende, como surge de la simple lectura de la reglamentación que quien incumplió con el procedimiento sencillo, claro y accesible para el agente, fue el recurrente ARGÜELLO al no presentar en tiempo del justificativo.
El recurso de reconsideración sostiene que su enfermedad dificultó presentarlo a tiempo, Esta Asesoría entiende humildemente y sin ser especialista en el tema, que no surge de la constancia firmada por la médica tratante Dra. Patricia PRILUSKY – Mat. 3989 un obstáculo o impedimento suficiente para que el agente incumpliera con los requisitos tan accesibles dispuestos en la normativa vigente, lo que pareciera reafirmarse por la Dra. ALLASINO al expresar que su decisión ha tenido en cuenta los antecedentes obrantes en el Legajo Médico de ARGÜELLO.
El recurso de reconsideración sostiene que no se ha garantizado el debido proceso que exige que la decisión sea fundada, que se base en la documentación respaldatoria e informe técnico correspondiente y que se notifique en términos de ley. Esta Asesoría entiende que se ha dado cumplimiento a lo establecido en los Art. 142º inc. a) y 145 del Dcto. 366/06 que exime de realizar un sumario previo y establece que la sanción la resolverá directamente la autoridad sobre la base de la prueba documental – consistente en este caso en nota dirigida a la Decana por la Directora General de Medicina del Trabajo, Legajo Médico y nota de la Dirección de Personal.
El recurso de reconsideración sostiene que la forma en que se puso en conocimiento la Resol. 707/23 (notificación) incumple la normativa vigente – Dcto. 1759/72. Esta Asesoría entiende que mediante la notificación efectuada se le hizo conocer al quejoso copia de la resolución impugnada en la cual figura, en el “VISTO”, la carátula y número de expediente que contiene el trámite administrativo. El hecho de que la notificación no indique los recursos que se puedan interponer contra dicho acto y el plazo dentro del cual deben articularse los mismos tiene como único efecto el inicio de un plazo perentorio de SESENTA (60) días para deducir el recurso administrativo que resulte admisible. El hecho de que se esté tratando este recurso, es prueba de que el Sr. ARGÜELLO pudo ejercer su derecho a defensa en tiempo y forma.
Por último el recurso desarrolla en un acápite denominado “salud mental” que la FAD no promueve el bienestar de la comunidad en relación a la salud mental. Le consta a esta Asesoría la preocupación y la inversión consecuente que realiza la gestión, para mejorar los lugares de trabajo promoviendo entornos laborales saludables. Asimismo desde la pandemia y consientes del aumento de dificultades ligadas a la salud mental, el abordaje de políticas preventivas ha sido permanente para la comunidad de la facultad.
Resol. N° 107
3 La licencia del Sr. ARGÜELLO – que se extiende desde hace casi un año conforme a la ley y sin perturbaciones de ninguna naturaleza – contradice la afirmación del agente de que no se tiene en cuenta su situación, pero no lo exime de la obligación de cumplir las formalidades mínimas impuestas por la reglamentación.
Por lo expuesto esta Asesoría aconseja rechazar el recurso interpuesto.
Que en merito a todo lo expuesto, resulta el siguiente análisis: 1. Que esta autoridad competente cumplió acabadamente con los procesos y procedimientos administrativos, que avalan legalmente la decisión aplicada en ese acto.
Que del cómputo de los plazos previstos por el artículo 84 del citado Reglamento surge que el recurso de reconsideración fue presentado fuera del plazo concedido, por lo que debe ser declarado inadmisible.
Que en articulación dispuesta en el artículo 1° inciso e) apartado 6 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, se prevé la posibilidad de interponer recursos fuera del plazo, entiéndase en consecuencia que ello no obsta a que se considere la petición de denuncia de ilegitimidad, por estar excedidas razonables pautas temporales, sino que además medió abandono voluntario del derecho.
Que en relación a la medida disciplinaria aplicada sobre el agente ARGUELLO, debe entenderse que conforme a las atribuciones de la autoridad ejecutiva y los recaudos establecidos por el Art. 142, inc a), del Decreto Nacional 366/06, resultan totalmente validas debido al incumplimiento que recae como empleado de esta administración pública en su obligación de informar y comunicar mediante certificado médico su licencia.
Que la medida de sanción aplicada, queda exceptuada de la exigencia de sumario previo y será resuelta directamente la autoridad sobre la base de la prueba documental expedida, conforme a lo expresado en el Art. 145. del Decreto Nacional 366/06, 3er párrafo.
Que, de los argumentos vertidos en el recurso de reconsideración inicial, no importan la introducción de nuevos elementos de valoración ni de nuevos agravios en el análisis con relación a la legitimidad del acto administrativo emitido, lo que ameritaría -sin másel rechazo del recurso aquí intentado.
La intervención técnica de la Asesoría Letrada de esta Facultad y la aplicación de la medida disciplinaria emitida mediante resolución N° 707/23-FAD.
Por ello, LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rechazar en lo formal, por extemporánea, y en lo sustancial el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sr. Leandro Agustín ARGUELLO contra la resolución Nº 707/23-FAD.
4
ARTÍCULO 2º.- Notificar electrónicamente en el domicilio especial denunciado por el agente Leandro Agustín ARGUELLO del presente resolutivo.
ARTÍCULO 3°.- Se le hace saber en cumplimiento de las formalidades de Art. 40 de Dcto. 894/17, que la presente resolución puede ser impugnada mediante la interposición de recurso jerárquico en el plazo de QUINCE (15) días hábiles desde su notificación, conforme Art. 90 de la citada normativa.
ARTÍCULO 4°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 107
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FA-2024-RES-106 12/04/2024 (Carga: 12/04/2024) |
MENDOZA, 12 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 3755/24 caratulado: “LÓPEZ, Germán Andrés s/ solicitud de Diploma Profesor de Grado Universitario en Música -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 68/05-C.S. y 70/14-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN MÚSICA al egresado Germán Andrés LÓPEZ (D.N.I. Nº 43.416.450) nacido en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTIOCHO (28) de abril de 2001, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 68/05-C.S. y 70/14-C.S., con fecha de egreso el DOCE (12) de diciembre de 2023 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 106
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FA-2024-RES-105 12/04/2024 (Carga: 12/04/2024) |
MENDOZA, 12 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 9330/24 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL- RENUNCIA CONDICIONADA PROF. CIRO ORTIZ A PARTIR DEL 01/04/2024”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se agrega el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 44/22-R, en donde el Prof. Ciro Omar ORTIZ solicita, a partir del 1 de abril de 2024 la respectiva renuncia condicionada, conforme con lo establecido en el Decreto Nacional N° 8820/62, en el cargo detallado en el mismo.
Que además corre agregado el Formulario Nº 2 de la Ordenanza Nº 44/22R, en donde la Dirección de Personal de esta Facultad informa la situación de revista del docente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R y su modificatoria Ord. Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES ORTIZ, Ciro Omar
D.N.I. 11.177.289
CUIT/CUIL 20-11177289- 5
LEGAJO 15.260
Cargo en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos
Dedicación Semiexclusiva
Condición Interino
Nº de Resolución de designación Resol. n° 275/23 CD.
Término de la última designación
Desde 1/01/2024
Hasta 14/09/2024 (Vigencia del certificado provisorio de aptitud psicofísico
Espacio/s Curricular/es
1) “Taller de Computación”
5. Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Diseño
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES ABRIL
AÑO 2024
ARTÍCULO 2º.- El docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional.
ARTÍCULO 3º.- EL docente que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, y que se encontrare bajo Renuncia Condicionada, seguirá prestando servicios hasta tanto obtenga su beneficio jubilatorio, con la única condición de haber iniciado el correspondiente trámite previsional, caso contrario cesará automáticamente. Por tanto, en estos casos no corresponderá solicitar la continuidad laboral.
ARTÍCULO 4º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia digital de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 5°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 105
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FA-2024-RES-104 12/04/2024 (Carga: 12/04/2024) |
MENDOZA, 12 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico N° 9384/24 caratulado: “Pago Proporcional Vacaciones 2024 - PIONETTI, Sandra Miriam y PANNACIULLI - Ana María - PAA”.
CONSIDERANDO:
Que dicha solicitud encuadra con lo establecido en los artículos 79º y 90º del Decreto Nacional N° 366/06 y en lo dispuesto por ordenanza N° 32/16-R. y su modificatoria Nº 4/22-R.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Secretaría Económico-Financiera a liquidar días de licencia proporcional de vacaciones correspondientes al año 2024, a favor de los siguientes agentes:
Fga. Sandra Miriam PIONETTI – Legajo N° 17.297– CUIL n° 27-16470598-1 Proporcional a liquidar: SIETE (7) días Cargo: Categoría 03 (Agrupamiento Administrativo) – Efectivo Computo de antigüedad hasta la fecha de desvinculación definitiva: TREINTA (30) años y ONCE (11) meses. Baja definitiva: a partir del UNO (1) de marzo de 2024
Prof. Ana María PANACCIULLI– Legajo N° 22.849– CUIL n° 27-13177814-2 Proporcional a liquidar: SIETE (7) días Cargo: Categoría 04 (Agrupamiento Administrativo) – Efectivo Computo de antigüedad hasta la fecha de desvinculación definitiva: TREINTA (30) años y ONCE (11) meses. Baja definitiva: a partir del UNO (1) de marzo de 2024
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 104
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FA-2024-RES-103 12/04/2024 (Carga: 12/04/2024) |
MENDOZA, 12 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 6165/24 caratulado: “Guido Emanuel Garcia Zalazar S/ Solicitud defensa de Tesina. FAD”.
CONSIDERANDO:
Lo propuesto por la Dirección de Carreras de Artes Visuales, en cuanto a la constitución del Jurado y fecha de examen.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Constituir la Comisión Examinadora Especial de “Seminario de Licenciatura” de las Carreras de Artes Visuales, integrada por los siguientes profesores: Presidente: Mgter. Alejandro Luis IGLESIAS, Vocales: Prof. Fernando Sebastián GUEVARA y Prof. Celia Elizabeth GARCÍA, Suplente: Prof. Marta Susana Paz, quienes serán los encargados de evaluar al alumno Guido Emanuel GARCÍA ZALAZAR (Registro N° 20.822) a llevarse a cabo el día VEINTIUNO (21) de mayo de 2024 a las 9:00 hs, en el aula 6, Edificio de Talleres de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 103
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FA-2024-RES-102 12/04/2024 (Carga: 12/04/2024) |
MENDOZA, 12 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 9164/24 caratulado: “Asesoría Estudiantil S/Solicitud de Licencia Estudiantil - BARROZO, María Agostina - Carreras Musicales - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna María Agostina BARROZO, ha cumplimentado la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de “Embarazo”, como así también se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por razones de “Embarazo”, a la alumna María Agostina BARROZO (DNI Nº 42.750.086) de la carrera de Licenciatura en Canto, durante el periodo comprendido entre el OCHO (8) de abril y el OCHO (8) de julio de 2024, inclusive, de acuerdo a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., Anexo I, artículo 5, inciso a.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 102
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FA-2024-RES-101 12/04/2024 (Carga: 12/04/2024) |
MENDOZA, 12 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 8915/24 caratulado: “Licencia Estudiantil BLANCO VILLEGAS, Zoe - Carreras de Diseño”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna Zoe BLANCO VILLEGAS, ha cumplimentado la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de “Fallecimiento de familiar, cónyuge o conviviente”, como así también se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por razones de “Fallecimiento de familiar, cónyuge o conviviente”, a la alumna Zoe BLANCO VILLEGA (DNI Nº 47.532.450) de la carrera de Diseño Gráfico, durante el periodo comprendido entre el CUATRO (4) y el VEINTIUNO (21) de abril de 2024, inclusive, de acuerdo a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., Anexo I, artículo 5, inciso g.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 101
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FA-2024-RES-100 12/04/2024 (Carga: 12/04/2024) |
MENDOZA, 12 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 9399/24 caratulado: “Asesoría Estudiantil S/Solicitud de Licencia Estudiantil - MAMONNDI FLITZ, Ramiro Jesús - Proyecto de Diseño - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el alumno Ramiro Jesús MAMONDI FLITZ, ha cumplimentado la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de “Intervenciones Quirúrgicas de alta, media o baja complejidad”, como así también se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por razones de “Intervenciones Quirúrgicas de alta, media o baja complejidad”, al alumno Ramiro Jesús MAMONDI FLITZ (DNI Nº 43.076.960) de la carrera de Diseño Gráfico, durante el periodo comprendido entre el DIEZ (10) y el VEINTICUATRO (24) de abril de 2024, inclusive, de acuerdo a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., Anexo I, artículo 5, inciso e.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 100
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FA-2024-RES-099 12/04/2024 (Carga: 12/04/2024) |
MENDOZA, 12 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 3758/24 caratulado: “AGÜERO, Sebastián Ariel s/ solicitud de Diploma Profesor de Grado Universitario en Música -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 68/05-C.S. y 70/14-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN MÚSICA al egresado Sebastián Ariel AGÜERO (D.N.I. Nº 33.944.704) nacido en la Ciudad de Buenos Aires- República Argentina, el DIECISIETE (17) de agosto de 1988, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 68/05-C.S. y 70/14-C.S., con fecha de egreso el VEINTICUATRO (24) de noviembre de 2023 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 99
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FA-2024-RES-098 12/04/2024 (Carga: 12/04/2024) |
MENDOZA, 12 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 3821/24 caratulado: “VAZQUEZ, Carla Melina s/ solicitud de Diploma Licenciada en Oboe -FAD-”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 84/10-C.S., 76/14-CS y 49/18-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN OBOE a la egresada Carla Melina VAZQUEZ (D.N.I. Nº 36.121.420) nacida en la Provincia de Santiago del Estero, República Argentina, el SIETE (7) de marzo de 1992, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 84/10-C.S., 76/14-CS y 49/18-C.S., con fecha de egreso el VEINTIUNO (21) de noviembre de 2023 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 98
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FA-2024-RES-097 12/04/2024 (Carga: 12/04/2024) |
MENDOZA, 12 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 8323/24 caratulado: “Agustina Pilar Paz Luján S/ Solicitud acreditación de un espacio optativo. Carreras de Diseño”
CONSIDERANDO:
Que, según lo informado por la Dirección de Carreras de Diseño, la estudiante Agustina Pilar PAZ LUJÁN certifica que ha cursado y aprobado el “Curso de idioma de Portugués Nivel A1” de marzo a julio del 2023, en la Facultad de Filosofía y Letras de ésta Casa de Estudios.
La opinión favorable de la Dirección de Alumnos de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Agustina Pilar PAZ LUJÁN (D.N.I. Nº 43.484.730 Legajo n° 27.205) el “Curso de idioma de Portugués Nivel A1”, con una carga horaria de CIEN (100) horas, con validez a UN (1) espacio curricular Optativo de la carrera de Diseño Industrial de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 97
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FA-2024-RES-096 12/04/2024 (Carga: 12/04/2024) |
MENDOZA, 12 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 3730/24 caratulado: “Solicitud Reconocimiento de Antigüedad Docente - GUTIERREZ BRUNET, Matías”.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal, dicho pedido encuadra en lo dispuesto en el Art. 36 del Decreto Nacional N° 1246/15 (CCT), en la Ord. N° 45/97-C.S., Ord. Nº 32/16-R y su modificatoria Nº 4/22-R.
Que, de acuerdo a la normativa vigente, corresponde el pago de la bonificación por antigüedad resultante a partir de los haberes de ABRIL de 2024, mes siguiente al de la presentación de las probanzas en el expediente mencionado.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Reconocer al Prof. Matías Javier GUTIERREZ BRUNET (Legajo N° 35.801 -CUIL: 20-34237167-2) una Antigüedad Docente acumulada al TREINTA Y UNO (31) de marzo de 2024, de TRES (3) años, SEIS (6) meses y NUEVE (9) días, de acuerdo al siguiente detalle: REPARTICIÓN DESDE HASTA A M D Liceo Militar General Espejo - FAD UNCUYO 22/09/2020 31/03/2024 03 06 09 Licencia sin goce de haberes NO REGISTRA TOTAL 03 06 09
ARTÍCULO 2°.- Corresponde el pago del adicional a partir del mes de ABRIL de 2024.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 96
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FA-2024-RES-095 10/04/2024 (Carga: 10/04/2024) |
MENDOZA, 10 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 9100/24 en el que el personal de esta Unidad Académica tramita licencia por enfermedad de largo tratamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 93° del Decreto Nacional N° 366/06, en el artículo 46° c) del Decreto Nacional 1246/15-PEN (CCT), ordenanza N° 32/16-R. y su modificatoria Nº 4/22R,
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia por enfermedad de largo tratamiento, con goce íntegro de haberes al personal que a continuación se detalla, en el cargo y período que se indica en cada caso, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 93° del Decreto Nacional N° 366/06, en el artículo 46° c) del Decreto Nacional 1246/15-PEN (CCT), ordenanza N° 32/16-R. y su modificatoria Nº 4/22-R: AGUERREGARAY CASTIGIONE, Rosana Ignacia - Legajo Nº 33.358- en los cargos de Profesor Asociado con dedicación Simple, Efectivo y Profesor Titular con dedicación Simple, Interino – por DIECINUEVE (19) días corridos, desde el QUINCE (15) de marzo hasta el DOS (2) de abril de 2024. ALTAMIRA CAPRERA, José María - Legajo Nº 35.664- en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación Simple, Reemplazante – por CATORCE (14) días corridos, del OCHO (8) al VEINTIUNO (21) de marzo de 2024. ARGÜELLO, Leandro Agustín – Legajo Nº 31.605 - en el cargo Categoría 7, Efectivo, del Agrupamiento Administrativo – por TREINTA (30) días corridos, desde el ONCE (11) de marzo hasta el NUEVE (9) de abril de 2024. BENEGAS, Adriana Noemí – Legajo Nº 20.714 – en el cargo Categoría 1, Efectivo, del Agrupamiento Administrativo – por TREINTA Y DOS (32) días corridos, desde el CUATRO (4) de marzo hasta el CUATRO (4) de abril de 2024. BERMEJILLO, Alejandra Edith - Legajo Nº 25.389- en los cargos de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, Efectivo y Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, Interino – por TREINTA (30) días corridos, desde el DIECIOCHO (18) de marzo hasta el DIECISÉIS (16) de abril de 2024. DALVELO, Ariana Silvia - Legajo Nº 20.478 - en el cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, Efectivo – por VEINTIOCHO (28) días corridos, desde el DIECIOCHO (18) de marzo hasta el CATORCE (14) de abril de 2024. DIAZ, Andrea Patricia - Legajo Nº 31.918 – en el cargo Categoría 7, Efectivo, del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales – por QUINCE (15) días corridos, desde el VEINTIDÓS (22) de marzo hasta el CINCO (5) de abril de 2024. MELCHIORI, Elsa Carmen - Legajo Nº 23.508 – en el cargo Categoría 4, Efectivo, del Agrupamiento Administrativo – por TREINTA Y UN (31) días corridos, desde el VEINTIOCHO (28) de febrero hasta el VEINTINUEVE (29) de marzo de 2024.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 95
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FA-2024-RES-094 10/04/2024 (Carga: 10/04/2024) |
MENDOZA, 10 de abril de 2024
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nros. 2760/24 y 2755/24, en los que constan pedidos de autorización de adscripción de egresados de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que los/las egresados/as han cumplido con los requisitos según lo prescripto por Ordenanza N° 11/09-C.D. y su modificatoria Ordenanza N° 12/13-CD
Los informes emitidos por los Profesores Titulares de cada asignatura, que avalan el inicio de las respectivas adscripciones.
La opinión de la Dirección de las Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar las adscripciones que realizarán los/las egresados/as de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan a continuación:
CARRERAS DE ARTES DEL ESPECTÁCULO DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
36.417.386 SANANE, Marina Estrella “TÉCNICAS CORPORALES II” Ciclo Lectivo: 2024 37.270.098 VELAZQUEZ, Pablo “HISTORIA DE LA CULTURA Y EL Ciclo Lectivo: 2024 Emanuel TEATRO UNIVERSALES III”
ARTÍCULO 2°.- Los/as egresados/as deberán realizar su adscripción según lo prescripto por la ordenanza N° 11/09-C.D. y su modificatoria ordenanza N° 12/13-C.D.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 94
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FA-2024-RES-093 10/04/2024 (Carga: 10/04/2024) |
MENDOZA, 10 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 8825/24 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL- BAJA POR JUBILACIÓN PROF. JORGE ROMERO A PARTIR DEL 01 DE ABRIL”.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal, el Prof. Jorge Antonio ROMERO, ha obtenido el beneficio jubilatorio a partir del 1 de abril de 2024, en el marco de la Ley 26508.
Por ello y de conformidad con el artículo 22 inc. b) del Decreto 366/06 y en lo establecido por ordenanza N° 32/16-R. y su modificatoria Ord. Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja definitiva, por jubilación, a partir del UNO (1) de abril de 2024, al Prof. Jorge Antonio ROMERO (Legajo 17.404 –CUIL N° 20-11091416-5) en el cargo de Profesor Ajunto con dedicación Simple, Efectivo, para el dictado del espacio curricular “Dibujo Técnico” de las Carreras de Diseño de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.- Expresar nuestro agradecimiento al Prof. Jorge Antonio ROMERO por los servicios prestados en esta Unidad Académica.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 93
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FA-2024-RES-092 10/04/2024 (Carga: 10/04/2024) |
MENDOZA, 10 de abril de 2024
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nro 1557/24, 6356/24 y 1075/24 en los que alumnas de las Carreras de Artes Visuales solicitan autorización para la Dirección de sus Seminario de Licenciatura.
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de los docentes que estarán a cargo de la dirección de los mismos.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección de “Seminario de Licenciatura” a las alumnas de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, que se detallan seguidamente: Alumna: Valentina RENDA VITALE- Registro N° 27.285 Seminario: “Vaciados escultóricos con materiales no contaminantes para aplicar en el taller de escultura de la U.N.Cuyo, en la actualidad” Directora: Lic. Marcela Beatriz CAMBA Carrera: Licenciatura en Artes Plásticas
Alumna: Gimena Lilian PONCE- Registro N° 24.581 Seminario: “LA IMAGEN FÍLMICA COMO RECURSO DEMOCRATIZADOR: DEL 16 MM AL SUPER 8. DE BUENOS AIRES A MENDOZA. ARGENTINA.” Directora: Mgter. Sergio Daniel FURFARI Carrera: Licenciatura en Artes Plásticas
Alumna: Ana Chiara BELLUSCI- Registro N° 25.047 Seminario: “La fotografía de archivo en las prácticas artísticas contemporáneas latinoamericanas desde la historia de la fotografía y la postfotografía.(1990 – 2021)” Directora: Prof. Fernando Sebastián GUEVARA Carrera: Licenciatura en Artes Plásticas
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 92
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FA-2024-RES-091 10/04/2024 (Carga: 10/04/2024) |
MENDOZA, 10 de abril de 2024
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nros 4027/24, 2977/24 y 5553/24, en los que se solicita autorización para la realización de adscripciones de los alumnos de las Carreras de Diseño y Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que las presentes solicitudes de adscripciones cumplen con los requisitos establecidos por la Ordenanza Nº 9/09-CD.
Los informes producidos, la opinión favorable de las Profesoras Titulares de los espacios curriculares involucrados y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar las adscripciones que realizarán los alumnos de las Carreras de Diseño y Musicales de esta Facultad, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan seguidamente. CARRERAS DE DISEÑO REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES MALUF ARAYA, Gastón “GEOMETRÍA 28.690 44.985.646 Ciclo Lectivo: 2024 Octavio DESCRIPTIVA I”
CARRERAS MUSICALES REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES 23.660 37.194.850 MIRANDA TIRADO, Fermín “ARMONÍA III” Ciclo Lectivo: 2024 28.127 44.309.618 INDOVINO, Jerónimo “ARMONÍA III” Ciclo Lectivo: 2024
ARTÍCULO 2 °- Los alumnos deberán realizar su adscripción de acuerdo con lo prescripto por la ordenanza N° 9/09-CD.
ARTÍCULO 3 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 91
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FA-2024-RES-090 10/04/2024 (Carga: 10/04/2024) |
MENDOZA, 10 de abril de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 6364/24 caratulado: “DIGITALIZACIÓN EXP_E-CUY:0006843/2022 Eliana Alejandra Aróstegui s/ Adscripción – egresado 2022.”
CONSIDERANDO:
Que la Prof. Eliana Alejandra ARÓSTEGUI cumplió con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 11/09-C.D. y su modificatoria ordenanza N° 12/13-C.D. sobre Reglamento de Adscripción de Egresados.
Los informes producidos, la opinión favorable de la Profesora Titular de la cátedra y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO1°.-Tener por autorizada la adscripción de la egresada Eliana Alejandra ARÓSTEGUI (D.N.I. N° 30.672.229) a la cátedra “Enseñanza y Aprendizaje del Teatro” en las Carreras de Artes del Espectáculo, durante los Ciclos Lectivos 20222023.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar la adscripción realizada por la egresada Eliana Alejandra ARÓSTEGUI (D.N.I. N° 30.672.229) a la cátedra “Enseñanza y Aprendizaje del Teatro” en las Carreras de Artes del Espectáculo, durante los Ciclos Lectivos 20222023.
ARTÍCULO 3°.-Otorgar a la interesada el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 4°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 90
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FA-2024-RES-089 10/04/2024 (Carga: 10/04/2024) |
MENDOZA, 10 de abril de 2024
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nros. 26500/23, 2965/24 y 1896/24, en los que constan pedidos de autorización de adscripción de egresados de las Carreras de Diseño y Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que los/las egresados/as deberán cumplir con los requisitos según lo prescripto por Ordenanza N° 11/09-C.D. y su modificatoria Ordenanza N° 12/13-CD
Los informes emitidos por los Profesores Titulares de cada asignatura, que avalan el inicio de las respectivas adscripciones.
La opinión de las Direcciones de las Carreras de Diseño y Musicales y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar las adscripciones que realizarán los/las egresados/as de las Carreras de Diseño y Musicales de esta Facultad, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan a continuación:
CARRERAS DE DISEÑO DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
32.085.751 LUCENTINI, Natalia Dana “HISTORIA DEL DISEÑO II” Ciclo Lectivo: 2023 2024
CARRERAS MUSICALES DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES 33.319.135 SOLER, Aníbal Darío “SEMINARIO TESIS” Ciclo Lectivo: 20242025 28.511.946 DI MARCO, José Luis “VIOLONCELLO III” Ciclo Lectivo: 20242025
ARTÍCULO 2°.- Los/as egresados/as deberán realizar su adscripción según lo prescripto por la ordenanza N° 11/09-C.D. y su modificatoria ordenanza N° 12/13-C.D.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 89
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