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CD-2025-RES-204 19/09/2025 (Carga: 19/09/2025) |
MENDOZA, 19 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico 24390/25 caratulado: “Solicitud de Aval Institucional para la realización de actividades en el marco de los Encuentros Creativos de Carreras”.
CONSIDERANDO:
Que dicho encuentro contempla una serie de actividades destinadas a promover un espacio para la creación y transformación colectiva, poniendo en valor los espacios que habitamos, recorremos y construimos desde las prácticas; lo posible abre la puerta a lo que aún no fue, pero puede emerger a partir del encuentro de saberes, lenguajes y disciplinas.
Que se proponen los siguientes objetivos: 1. Estimular la integración interdisciplinaria. Propiciar espacios en los que cátedras y carreras de la FAD trabajen en conjunto, reconociendo saberes específicos y potenciando colaboraciones. 2. Fortalecer capacidades en ICC. Ofrecer herramientas prácticas y conceptuales vinculadas a la gestión de proyectos, comunicación, financiamiento y sostenibilidad, con un enfoque aplicado a iniciativas artísticas y de diseño. 3. Impulsar proyectos creativos emergente. Acompañar la preproducción y el desarrollo de proyectos trabajados previamente en cátedras, asegurando su viabilidad y profesionalización al momento de la exposición. 4. Diversificar la circulación de obras y saberes. Generar espacios planificados de exhibición y comercialización que permitan dar visibilidad a proyectos, propiciar redes de contacto y fomentar el pensamiento crítico sobre dinámicas territoriales. 5. Reforzar la comunidad FAD. Consolidar un clima de confianza, distensión y reconocimiento mutuo mediante actividades recreativas, artísticas y de intercambio horizontal.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y lo acordado en sesión del día 26 de agosto de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar Aval Institucional para la de realización actividades en el "Encuentro Creativo de Carreras - Territorio de lo Posible", organizado por la Secretaria de Extensión y Articulación Social, el que se llevó a cabo los días TRES (3), CUATRO (4) y CINCO (5) de setiembre de 2025.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 204
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CD-2025-RES-203 18/09/2025 (Carga: 18/09/2025) |
MENDOZA, 18 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 18950/25 caratulado: “DECANATO S/Convocatoria Concurso PAA - Ord. 91-23 - Cat. 5 - Administrativo - Liquidación de Haberes”.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se efectúa en el marco de la ordenanza Nº 91/2023-C.S., por la cual se aprobó la “Reglamentación del Régimen de Concursos para cubrir Cargos Vacantes del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo” y de acuerdo con los datos detallados en el formulario previsto en la Circular Nº 04/24 de Gestión Administrativa del Rectorado.
Que la Secretaría Administrativo–Financiera de esta Unidad Académica informa la disponibilidad presupuestaria para dicho cargo.
Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes; lo acordado por este Cuerpo en sesión del 26 de agosto de 2025.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 91/23–C.S.,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al Consejo Superior la pertinente autorización para convocar a Concurso Cerrado Interno de Antecedentes, Entrevista Personal, Prueba de Oposición y Propuesta de mejora, para cubrir, con carácter efectivo, UN (1) cargo Categoría 5 – Tramo Intermedio – del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones en el Departamento de Liquidación de Haberes dependiente de la Secretaría Administrativa Financiera de esta Facultad, cuyos datos se encuentran detallados en el Anexo Único de la presente resolución, que consta de DOS (2) hojas, de conformidad con los establecido en la ordenanza N° 91/23-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Solicitar al Consejo Superior la ratificación de los jurados propuestos en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo
RESOLUCIÓN N° 203
ANEXO ÚNICO
PEDIDO DE AUTORIZACIÓN PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Ordenanza Nº 91/2023 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
SEÑORA RECTORA:
El presente pedido de autorización para llamado a Concurso ante el Consejo Superior para la cobertura de vacantes del Personal de Apoyo Académico corresponde al siguiente detalle:
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Artes y Diseño b) Unidad Organizativa: Secretaría Administrativa Financiera c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Departamento de Liquidación de Haberes. 2) Datos del Concurso: d) Clase de Concurso: Cerrado Interno. e) Metodología de Evaluación: Antecedentes, Entrevista Personal, Prueba de Oposición y Propuesta de Mejora. 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Intermedio 5) Categoría: 5 (cinco) 6) Detalles del Cargo: Funciones específicas: Registrar y actualizar en el sistema SIU-MAPUCHE todas las novedades salariales del personal de la facultad. Colaborar con el cálculo y la gestión de pago de retroactivos, reintegros y ajustes salariales que correspondan. Informar al personal de la facultad en temas relacionados con la liquidación de haberes. Verificar el cumplimiento de las normas legales vigentes y de las disposiciones y pautas dispuestas por la Universidad en materia salarial y financiera. Tramitar los incentivos económicos autorizados para el personal de la Facultad. Gestionar solicitudes de adelanto de haberes, en los casos que se autoricen. Colaborar con la elaboración de informes periódicos requeridos por la Secretaría AdministrativaFinanciera, vinculados con las actividades del Departamento de Liquidación de Haberes. Proponer e implementar mejoras en los circuitos administrativos, con el fin de optimizar los tiempos y garantizar la precisión de los procesos. Colaborar con auditorías internas, brindando la información y documentación necesaria. 7) Cantidad de Cargos: UNO (1) 8) Horario de desempeño previsto: lunes a viernes de 07:00 a 14:00 9) Remuneración del cargo: importe vigente al momento de la sustanciación. 10) Bonificaciones especiales: No posee. 11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: A consignar en la resolución de convocatoria. 12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso: a) Jurados Titulares Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa
FUNES, Orlando José Raúl 17745 14041317 3 Administrativo Jefe Dto. Patrimonio FAD
Dpto. Informes y Legajos COZZOLINO, Carlos Matías 28830 26681014 5 Administrativo Dirección de Personal FAD Dpto. Carreras Artes del AGUERO, Selva Anahí 29011 26088692 5 Administrativo Espectáculo FAD
Anexo Único – Hoja 2 b) Jurados Suplentes Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa
CASTRO, Érica Natalia 30492 25793254 3 Administrativo Jefa Dpto. Egreso FAD
Dpto. Concursos- Dirección de Personal VILLARRUEL, Susana Beatriz 27986 13996070 5 Administrativo FAD
SABARONI, Roberto Ariel 27813 23901335 5 Administrativo Dpto. Apoyo Consejo Directivo FAD
13) Condiciones Generales: Secundario o Polimodal Completo.
14) Condiciones Particulares (Perfil del postulante): Preferentemente Título Terciario/Universitario afín a las funciones. Poseer experiencia comprobable en áreas administrativas relacionadas con las tareas concursadas. Formación en Liquidación de Haberes. Conocimientos sobre la estructura orgánico-funcional de la Facultad de Artes y Diseño. Dominio del sistema de liquidación de haberes SIU-MAPUCHE. Experiencia en el manejo del sistema de expedientes SIU-SUDOCU. Conocimiento avanzado de herramientas ofimáticas (procesador de texto y hoja de cálculo). Manejo avanzado de herramientas de almacenamiento y colaboración en línea (gestión de archivos, carpetas compartidas y trabajo colaborativo en tiempo real). Predisposición para el buen trato y respeto hacia autoridades, alumnos, docentes y personal de apoyo académico. Capacidad para el desempeño autónomo, resolución de conflictos, creatividad y pensamiento crítico. Disposición para el trabajo en equipo. Capacidad para resolver problemas desde una perspectiva de género. Actitud proactiva. Compromiso con la institución y la calidad de los procedimientos.
15) Temario General: Estatuto Universitario. Título I, IV y VII Ordenanza Nº 112/03 C.S. Estructura Orgánico-Funcional de la Facultad de Artes y Diseño - Secretaría Económico Financiera. Convenio Colectivo Docentes Universidades Nacionales - Decreto 1246/15 PEN - Capítulo V y Capítulo VII. Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales - Decreto 366/06 PEN. Título V y Título VI Ley Nacional Nº 24521 de Educación Superior - Título IV - Capítulo 4 - Sección 3 - Sostenimiento y Régimen Económico Financiero de la Instituciones Universitarias Nacionales. Ley Nacional N° 27.499. Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para todas las Personas que integran los Tres Poderes del Estado. Ley Nacional N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control Público Nacional. Ley Nacional N° 26.508 Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el Personal Docente de la UUNN. Ley Nacional Nº 24.241 Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones - Título I - Capítulo I ámbito de aplicación y Título II - Capítulo II - Prestación Básica Universal Ordenanza Nº 36/04 C.S. y su modificatoria Ordenanza N° 44/12 C.S. Régimen de incentivos para el personal docente y no docente. Ordenanza Nº 84/04 C.S. Cargos de Coordinadores de Áreas de Gestión de Universidad y de Facultad. Ordenanza N° 75/06 C.S. Cargos de Organizadores Ejecutores. Ordenanza Nº 23/15 C.S. Sistema de Asignación de Adicionales por Mayor Dedicación y Carácter Crítico de la Función. Ordenanza Nº 50/96 C.S. Mayor Responsabilidad a las Autoridades Superiores con Cargos Electivos. Sistema SIU MAPUCHE y Sistema SIU SUDOCU.
RESOLUCIÓN N° 203
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CD-2025-RES-202 18/09/2025 (Carga: 18/09/2025) |
MENDOZA, 18 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 22105/25 caratulado: “CM Conv. Concurso Prof. Titular (SE) efectivo, Ord. Nº 23/10 CS, "Contrabajo", Lic. Contrabajo.”
CONSIDERANDO:
Los informes de Secretaría Académica, del Departamento de Concursos y de Secretaría Administrativo-Financiera en la que ésta última manifiesta que cuenta con la disponibilidad presupuestaria para atender lo solicitado.
Que este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 26 de agosto de 2025 prestó su acuerdo para proceder de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ordenanza N° 23/10-C.S. (Reglamento de Concursos) y también aprobó la constitución de la Comisión Asesora propuesta, según lo determinado en el artículo 17° de la mencionada norma.
Por ello,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al Consejo Superior la pertinente autorización para convocar a concurso con carácter efectivo, de conformidad con lo establecido en la ordenanza N° 23/10-C.S. y su modificatoria ordenanza N° 39/10-C.S., para cubrir UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, para el dictado de los espacios curriculares “Instrumento A, B, C y D Contrabajo” del CIEMU; “Instrumento I a IV Contrabajo” e “Instrumento V Contrabajo”, pertenecientes a la carrera de Licenciatura en Contrabajo e “Iniciación en Instrumento” (Contrabajo) del Ciclo Preparatorio, que se dictan en las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: MIEMBROS TITULARES:
PROFESOR CARGO ESPACIO CURRICULAR
Leonardo Omar GROSSO Profesor Titular-Universidad Nacional de San Juan Contrabajo
María Gabriela GUEMBE Profesor Titular (S)- Efectivo FAD-UNCUYO Armonía III
Omar Hugo ARANCIBIA Profesor Titular (SE)- Jubilado FAD-UNCUYO Contrabajo A a D (CIEMU) y I a V
MIEMBROS SUPLENTES: PROFESOR CARGO ESPACIO CURRICULAR
Domingo Aníbal PORTA Profesor Titular (S) Efectivo Universidad Nacional de Rosario Contrabajo
Andrea Verónica YURCIC Profesor Titular (S)- Efectivo FAD- UNCUYO Fagot A a D (CIEMU) y I a V
Nikolay Ginev GROZDEV Profesor Titular (SE)- Efectivo FAD-UNCUYO Violoncello A a D (CIEMU) y I a V
Resol. N° 202
ARTÍCULO 3°.- Solicitar al Consejo Superior la ratificación de los miembros de la Comisión Asesora designados en el artículo precedente.
ARTÍCULO 4°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 202
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CD-2025-RES-201 18/09/2025 (Carga: 18/09/2025) |
MENDOZA, 18 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 15871/25 caratulado: “CAV–Dirección de Carreras de Artes Visuales / s/Actualización de Plan de Estudio PGU HISTORIA DEL ARTE 2025”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Artes Visuales eleva los fundamentos y lineamientos para llevar a cabo la reforma del Plan de Estudio de la carrera Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte, en el marco de lo establecido mediante Ord. Nº 7/22–C.D.
Que la Historia del Arte es una disciplina que en estos últimos años ha sufrido una significativa renovación, al igual que sus métodos de enseñanza.
Que los diferentes planes de estudio, desde la creación de la carrera en 1975 carecen en su formulación de marcos teóricos y enfoques explícitos que señalen un posicionamiento en los aspectos disciplinares de la Historia del Arte.
Que es a partir de la consideración de los espacios curriculares y sus contenidos, y de la disposición dentro de la malla curricular, que se evidencia un apego a una concepción tradicional de la disciplina, con una acentuada tendencia eurocéntrica y una mirada formalista frente a la obra de arte.
Que, desde hace algunos años se ha producido en la práctica docente un replanteo de la disciplina que se manifiesta en los actuales programas de diferentes espacios curriculares que conforman la carrera.
Que, son los docentes de los espacios curriculares quienes deben organizarse para plantear el marco referencial de la nueva propuesta curricular con una concepción abierta, flexible y en construcción de la Historia del Arte.
Que se requiere de un diálogo interdisciplinar, que incluya los aportes de los estudios de la cultura visual y perspectivas críticas, como los estudios de género y decoloniales, que responda a la expansión sufrida tanto por el objeto de estudio como de los tópicos y problemáticas a abordar.
Que la Secretaria Académica avala la justificación para la reforma del Plan de Estudio de la carrera Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte, aprobado por ordenanza N° 95/06-CS.
Por ello, atento con lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y con lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 1 de julio de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Aprobar la propuesta de justificación para la reforma del Plan de Estudio de la carrera Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte de las Carreras de Artes Visuales, realizada en el marco establecido mediante Ord. Nº 7/22–C.D., de acuerdo con los fundamentos expresados en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCION N° 201
ANEXO ÚNICO
JUSTIFICACIÓN DE REVISIÓN ACTUALIZACIÓN. PLAN DE ESTUDIO DE LA CARRERA PROFESORADO DE GRADO UNIVERSITARIO DE HISTORIA DEL ARTE FAD, UNCuyo
El presente documento es una justificación que expone los fundamentos por los cuales consideramos necesario modificar el Plan de Estudio correspondiente al Profesorado de Grado Universitario de Historia del Arte, Ord. 39/2005-C.S. El pedido de actualización parte de los considerandos de la ordenanza Nº 7/22-C.D, donde se establece que es un objetivo institucional de la FAD “desarrollar procesos de actualización de planes de estudio, adaptación curricular y ampliación de la oferta académica, dando continuidad a la implementación gradual de las innovaciones y actualizaciones curriculares dispuestas en las ordenanzas Nº 7/16 y 75/16 C.S.”. Se inicia el análisis sobre la necesaria adecuación a los nuevos perfiles de estudiante y egresados/as y su apropiación de competencias profesionales, para lo cual consideramos aspectos sociales, del campo laboral, tecnológicos, enfoques teóricos, contenidos disciplinares y de la formación docente, en vistas de promover una verdadera calidad en la trayectoria educativa y futura inserción profesional de los/as estudiantes. El Plan de la carrera Profesorado de Historia del Arte aprobado por Ord. Nº 95/06–C.S. ha superado ampliamente los diez años de antigüedad sugeridos en la Ord Nº 7/22–C.D, por lo cual se incluye dentro de aquellos que “se encuentran desactualizados y fragmentados institucionalmente”. Sin dejar de lado su especificidad, el mismo, evidencia en su configuración, una subordinación a los recursos materiales y humanos de las Carreras de Artes Visuales. La ausencia de enfoques propios, tanto en los espacios de formación general como en las disciplinas pedagógicas, debe ser revisada y constituye un reclamo legítimo, tanto de egresados/as como de estudiantes. Por lo expuesto requerimos de manera impostergable una actualización. Al diagnóstico inicial, surgido a partir de diferentes reuniones con la participación de docentes, estudiantes y egresados/as, se agrega la información estadística sobre ingreso, trayectoria y egreso de los últimos diez años, recabada por la Dirección de Carreras de Artes Visuales, que ha permitido detectar en los puntos que se enumeran a continuación, los aspectos fundamentales de la presente justificación 1. De la antigüedad del Plan de Estudio arriba mencionado se desprende, por un lado, que carece de sustento normativo, por cuanto no se rige por lo establecido en la Ley de Educación Nacional N°26.206/06, y la ordenanza N° 7/16-C.S. El plan del Profesorado se atiene a la Ley Federal de Educación, por tanto, las nuevas propuestas curriculares deberán estar encuadradas dentro de la legislación nacional vigente que hace referencia al nivel superior universitario. La Ley de Educación Nacional 26.206/06, que entre sus fines y objetivos expresa “Brindar una formación ciudadana comprometida con los valores éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución pacífica de conflictos, respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoración y preservación del patrimonio natural y cultural. […] y una formación que estimule la creatividad, el gusto y la comprensión de las distintas manifestaciones del arte y la cultura.” La Ley de Educación Superior N° 25573/02 (Modificación de la Ley 24.521/95) que en su artículo 28 dispone como funciones básicas de las instituciones universitaria
Anexo Único – Hoja 2 “a) Formar y capacitar científicos, profesionales, docentes y técnicos, capaces de actuar con solidez profesional, responsabilidad, espíritu crítico y reflexivo, mentalidad creadora, sentido ético y sensibilidad social, atendiendo a las demandas individuales, en particular de las personas con discapacidad, desventaja o marginalidad, y a los requerimientos nacionales y regionales; b) Promover y desarrollar la investigación científica y tecnológica, los estudios humanísticos y las creaciones artísticas; c) Crear y difundir el conocimiento y la cultura en todas sus formas; d) Preservar la cultura nacional; e) Extender su acción y sus servicios a la comunidad, con el fin de contribuir a su desarrollo y transformación, estudiando en particular los problemas nacionales y regionales y prestando asistencia científica y técnica al Estado y a la comunidad.” A nivel institucional debe enmarcarse en el Estatuto Universitario, que menciona dentro de los fines, que la Universidad Nacional de Cuyo es una institución “cuya actividad se orienta al esclarecimiento de los grandes problemas humanos, al desarrollo, a la difusión de la cultura en todas sus formas y a la elevación del nivel ético y estético de la sociedad”; los lineamientos establecidos en el Plan Estratégico 2030 cuya misión es “la construcción de ciudadanía, la formación integral de artistas, docentes, científicos, profesionales, tecnólogos y técnicos para una sociedad justa. Produce, desarrolla, transfiere e intercambia conocimientos, prácticas y tecnologías acordes con las demandas y necesidades sociales, con las políticas públicas nacionales y regionales y con el propio avance científico. Asume la educación como bien público y gratuito, como derecho humano y como obligación del Estado y desarrolla políticas con principios de calidad y pertinencia, que fortalecen la inclusión social, la igualdad de oportunidades, la integración en la diversidad y el respeto por las identidades culturales, en el ejercicio pleno de principios y valores democráticos”. Asimismo, los nuevos proyectos deberán estar regulados por los lineamientos y ejes para la creación y/o actualización de Carreras de pregrado y grado de la Universidad Nacional de Cuyo y los lineamientos para la reforma, actualización y construcción colectiva de Planes de Estudio de la Facultad de Artes y Diseño establecidos en las ordenanzas Nº 7/16–C.S., 75/16–C.S. y 7/22–C.D., respectivamente, así como de las ampliaciones que surgieran de éstas. Las carreras de profesorado deben ser elaboradas respondiendo a los Lineamientos Generales de la Formación Docente Comunes a los Profesorados Universitarios establecidos por el Consejo Interuniversitario Nacional en el ANEXO Resol. Nº 787/12–C.E. donde plantea que las prácticas pedagógicas transformadoras son posibles a partir de: “- una formación sólida y de calidad tanto en el campo de conocimiento disciplinar al que hace referencia la titulación, como en el campo pedagógico; integración teoría-práctica desde una posición de reflexión sistemática, crítica y situada; situacionalidad regional latinoamericana vinculada con el contexto mundial; posicionamiento reflexivo y crítico respecto de los procesos involucrados en las propias prácticas, las razones y sentidos que los orientan y los efectos que los mismos producen; -conocimiento situado e histórico; -centralidad de la enseñanza como tarea nuclear de la docencia; -afirmación y explicitación de sus fundamentos éticos, políticos y sociales; su interés por la justicia y la construcción de ciudadanía; su papel emancipador; el fortalecimiento de un compromiso responsable con la consolidación de valores solidarios y democráticos; -focalización en el desempeño específico en diversos contextos de intervención que abarcan comunidades, instituciones y aulas”. 2. Siguiendo con lo observado, en cuanto a lo formativo-pedagógico, se han detectado una serie de necesidades que afectan tanto a los enfoques como a las metodologías.
Anexo Único – Hoja 3
La Historia del Arte es una disciplina que en estos últimos años ha sufrido una significativa renovación, al igual que sus métodos de enseñanza. Los diferentes planes de estudio, desde la creación de la carrera en 1975 (Ord. 50/75 R,) carecen en su formulación de marcos teóricos y enfoques explícitos que señalen un posicionamiento en los aspectos disciplinares de la Historia del Arte. Es a partir de la consideración de los espacios curriculares y sus contenidos, y de la disposición dentro de la malla curricular, que se evidencia un apego a una concepción tradicional de la disciplina, con una acentuada tendencia eurocéntrica y una mirada formalista frente a la obra de arte. Sin embargo, desde hace algunos años, se ha producido en la práctica docente de la Facultad de Artes y Diseño, un replanteo de la disciplina, que se manifiesta en los actuales programas de diferentes espacios curriculares que conforman la carrera. Es desde allí, de donde debe surgir el marco referencial de la nueva propuesta curricular. Con una concepción abierta, flexible y en construcción de la Historia del Arte que requiere de un diálogo interdisciplinar, que incluya los aportes de los estudios de la cultura visual y perspectivas críticas, como los estudios de género y decoloniales, que responda a la expansión sufrida tanto por el objeto de estudio como de los tópicos y problemáticas a abordar. Como señalan Dolinko y García (2012) “Desde mediados de los años 90, se asistió en la Argentina al surgimiento de nuevos modos de narrar la historia del arte. A diferencia de los enfoques precedentes que se centraban en la vida de los artistas y en el análisis e interpretación de las obras, esta nueva historia -como se la reconoció y definió- formula otros problemas y preguntas fundamentalmente desde el marco de la sociología de la cultura y de la historia social. En este sentido, los importantes desarrollos respecto del estudio de las relaciones entre arte, política y sociedad, y más particularmente, de la conformación y el rol de las instituciones, fueron resultado de estas incorporaciones teóricas.” (Dolinko y García, 2012, p. 427) Esta perspectiva es compartida y consideramos debe ser incorporada al nuevo plan. Otro punto que requiere ser actualizado es la incorporación de los estudios regionales y locales en las propuestas curriculares, tomando una distancia crítica del enfoque eurocéntrico que ha guiado desde los inicios la disciplina en nuestra institución. En este sentido resultan señeras las posturas de diferentes pensadores/as latinoamericanos/as que han ampliado la visión incluyendo producciones estéticas populares, como Ticio Escobar, Adolfo Colombres, Juan Acha, Néstor García Canclini, Walter Mignolo, Nelly Richard, entre otros/as que consideramos necesario incorporar para enriquecer nuestro plan. Estas observaciones, entre otras posturas novedosas, deben reflejarse en la nueva propuesta curricular y el cambio de plan resulta una coyuntura propicia para que se produzcan debates disciplinares al interior de la carrera. Las perspectivas actuales, las nuevas tendencias historiográficas, los intereses temáticos y las líneas de investigación abiertas, plantean la necesidad impostergable de una actualización y reformulación de descriptores/saberes.
Otro de los aspectos a considerar es la estructura rígida e inconsistencia de muchos aspectos del Plan de Estudio del Profesorado, en el cual se visualiza la necesidad de revisar los regímenes y modalidad de cursado, cantidad de horas totales, materias obligatorias y optativas, como así también correlatividades y año al que pertenecen, en vistas de atender la extensión de los tiempos de egreso, y la adaptación de la carrera a las demandas sociales en la actualidad. La currícula vigente comprende espacios de formación artística e instrumental con una carga horaria excesiva. Tal es el caso de Visión I, Visión II, que suman 160 horas; Talleres de Rotación I (Pintura, Grabado y Escultura) con 210 horas. Esta carga horaria supera ampliamente al espacio curricular específico, Historia del Arte Americano y Argentino Contemporáneo, que tiene 180 horas, por dar un ejemplo. Desde los inicios, su presencia en
Anexo Único – Hoja 4
la formación del/la Historiador/a del Arte se sustenta en la importancia de conocer desde lo vivencial procedimientos técnico artísticos para una mejor comprensión y valoración de las problemáticas disciplinares. Este aspecto ha sido destacado por Elkins (2014) quien señala la trascendencia de la experimentación para comprender los procesos artísticos como un asunto fundamental en la formación en Historia del Arte. Si bien esto constituye un aspecto identitario, que diferencia a nuestra carrera del resto de las formaciones universitarias de su tipo del país y se lo valora positivamente, es un enfoque que debe ser reevaluado a la luz de las exigencias profesionales en los tiempos que corren, y sobre todo atendiendo a la duración real promedio de la carrera que se ha extendido a más de 10 años. En cuanto a la estructura y carga horaria se considera relevante construir una actualización que incluya el sistema de créditos y otras consideraciones emanadas de la legislación del Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo. Resulta importante implementar la necesidad de diseñar espacios curriculares con régimen de cursado cuatrimestral, lo que reviste beneficios varios. En primer lugar, se facilita el reconocimiento académico del cursado en las becas de intercambio y movilidad estudiantil, generalmente semestrales (Ord. 75/16-CS). En segundo lugar, para los/as estudiantes resultaría más ágil, lo cual impactaría positivamente en los tiempos de egreso. Cabe mencionar la necesidad de hacer una revisión exhaustiva de la carga horaria total, las parciales por Espacio Curricular, los formatos actuales y sus posibles modificaciones (presencial, virtual e híbrido) si correspondiera, de la carrera del P.G.U en Historia de Arte, que por lo que se evidencia en las trayectorias estudiantiles, termina por extenderse más de lo planificado, dilatando los tiempos de egreso y en otros casos el abandono de la formación profesional. Respecto de su estructura general, cabe también mencionar, que este enfoque debe incluir nuevos campos epistemológicos e incorporar saberes actualizados, plantear las competencias y capacidades pertinentes, la incorporación de las tecnologías propias y necesarias para la disciplina y formular un currículum flexible que responda a las características del actual mercado laboral.
Es necesario que se integren competencias relativas al desarrollo tecnológico como es la alfabetización digital con aval académico, como así también, la incorporación de medios digitales y el análisis de problemáticas actuales como el uso de inteligencia artificial (IA). Esta arista está comprendida actualmente en la dinámica de la enseñanza aprendizaje a partir de la posibilidad del 30% de virtualidad, otorgada por ordenanza Nº 29/2021-C.S. Esta necesidad se hizo evidente en la pandemia de COVID 19, situación que resultó un desafío en que la institución pudo continuar su funcionamiento, lo que evidencia que se tienen las capacidades y los recursos para ser desarrolladas y deben ser incorporadas a los nuevos planes. La mediación tecnológica debe ser enfatizada en el nuevo plan a fin de garantizar los saberes actualizados y dar oportunidad a quienes, por cuestiones de distancia, no pueden cumplir con las exigencias del cursado presencial. Así como también debe contemplarse la formación en el uso de recursos tecnológicos imprescindibles para el ejercicio de la docencia en el contexto actual.
Resulta imprescindible revisar saberes que se repiten en espacios curriculares distintos, que se solapan entre sí ocasionando problemas en el funcionamiento orgánico de la carrera, como en el caso de Historia de la Crítica, Historiografía y Filosofía del Arte, pudiendo articular coordinadamente saberes específicos de cada espacio de formación. Para ello es necesario revisar los saberes mínimos de cada espacio curricular.
Anexo Único – Hoja 5
Por último, atendiendo a lo solicitado sobre las estadísticas de las trayectorias educativas correspondientes a los últimos diez años del P.G.U en Historia del Arte, que han sido elaborado a partir de la información disponible a la fecha1, brindada por el Departamento de Clases y Exámenes y el Departamento de Egreso, que arrojan la siguiente información:
PGU de Historia del 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 Promedio Arte
Ingreso 9 8 7 2 10 9 5 6 15 6 15 13 8
sin RAN 7 6 10 9 13 14 5 10 14 9 17 10 información Sin 2-3 materias 13 13 12 9 10 11 11 16 7 6 8 11 información sin 4-5 materias 5 7 4 8 4 4 7 4 3 15 6 6 información sin 6 o más 5 2 0 2 0 3 4 1 3 3 2 2 información Cantidad sin de 39 36 33 30 37 41 32 37 42 39 48 38 información Estudiantes Egresados 4 0 1 2 0 1 2 3 1 1 2 3 2
Expuestas las fundamentaciones y atendiendo a la normativa vigente ordenanza 07/2022C.D.; “Lineamientos para la reforma, actualización y construcción colectiva de Planes de Estudio de la Facultad de Artes y Diseño”, la cual establece en su proceso en cuanto a “... Declaración de la necesidad de la reforma: el Consejo Directivo declarará la necesidad de la reforma, estableciendo la apertura formal del proceso…” definido en el artículo 2°, es que elevamos el presente documento y solicitamos su tratamiento en el respetado Consejo Directivo, a los fines de su aprobación y posterior proceso de actualización.
Fuente Acha, A. Colombres, A. Escobar, T. (2004). Hacia una teoría americana del arte. Ediciones del Sol. - Consejo Interuniversitario Nacional. Resol. C.E. N° 787/12 - Díaz Sánchez, J. (2021). Pensar la historia del arte. Viejas y nuevas propuestas. Universidad de Zaragoza. - Dolinko, Silvia y García, M. Amalia (2012) “Lecturas en torno a las instituciones artísticas argentinas” en M. I. Baldasarre y S. Dolinko (ed.) Travesías de la Imagen. Historias de las artes visuales en la Argentina. Universidad Nacional Tres de Febrero. - Elkins, J. (2002) Historias del Arte. Routledge. - Elkins, J. (2014) What is Interesting Writing in Art History? The University of Edinburgh - Escobar, T. (2012) La belleza de los otros: arte indígena del Paraguay, Servilibro.
1 La información sobre 2024 fue provista por Secretaría Académica. No incluye la totalidad de los datos del ciclo 2024 por cuanto, hasta mayo 2025, el Departamento de Clases y Exámenes y el Departamento de Egreso no cuentan con la información. Esto se debe a que actualmente se encuentran en curso los exámenes de readmisión según consta en el Artículo Nº 9 de la Ord. 05/2019 - CD Reglamentación Académica
Anexo Único – Hoja 6
- Fuentes Moreno, Concha; and Gil Duran, Núria. “La Didáctica de la Historia del Arte y la Educación Competencial. Propuesta de replanteamiento curricular”. Enseñanza de las ciencias sociales: revista de investigación, no. 18, pp. 63-75, https://raco.cat/index.php/EnsenanzaCS/article/view/363103. - García Pérez, N., Martínez Cayado, L., y Sempere Marín, A. (Eds.). (2023). Historia del Arte e innovación educativa. Nuevas estrategias metodológicas y docentes. Editum. Ediciones de la Universidad de Murcia. https://doi.org/10.6018/editum.3004. - García Canclini, N. (2001) Culturas híbridas estrategias para entrar y salir de la modernidad. Paidós. - Facultad de Artes y Diseño, Universidad Nacional de Cuyo. Ord. N° 7/22–C.D. - Ley de Educación Nacional N° 26.206/2002 - Ley de Educación Superior N° 25573/2002 - Mignolo, W. (2010) Aiesthesis decolonial. Calle 14: Revista de investigación en el campo del arte, ISSN-e 2145-0706, Vol. 4, Nº. 4, 2010, págs. 10-25. - Richard, N. (2021) Zona de tumultos: memoria, arte y feminismo. Textos reunidos de Nelly Richard: 1986-2020. CLACSO. - Shiner, L. (2004). La invención del arte. Una historia cultural. Paidós. - Universidad Nacional de Cuyo. Plan Estratégico 2030 - Universidad Nacional de Cuyo. Ordenanza 7/16.CS - Universidad Nacional de Cuyo. Ordenanza 75/16.CS - Universidad Nacional de Cuyo. Estatuto Universitario
RESOLUCIÓN Nº 201
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CD-2025-RES-200 18/09/2025 (Carga: 25/09/2025) |
MENDOZA, 18 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 38816/24 caratulado: “Decanato S/Convocatoria Concurso PAA - Ord. 91-23 - Cat. 3 – Cerrado General - Administrativo – Departamento Operativo Consejo Directivo”.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se efectúa en el marco de la ordenanza N° 91/2023-C.S., por la cual se aprobó la “Reglamentación del Régimen de Concursos para cubrir Cargos Vacantes del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo”.
Que el Consejo Superior de la Universidad dictó la resolución N° 246/25, por la cual se autoriza la convocatoria del presente concurso, de acuerdo con los datos detallados en el instructivo previsto en la Circular N° 4/2024- Rectorado.
Los informes producidos por la Secretaría Administrativa–Financiera de esta Unidad Académica y de Dirección General de Presupuesto de Rectorado de la Universidad Nacional de Cuyo.
Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes; lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del 10 de diciembre de 2024 y las fechas propuestas por el Departamento de Concursos de esta Unidad Académica.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 91/23–C.S.,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a Concurso Cerrado General de Antecedentes, Entrevista Personal, Prueba de Oposición y Plan de Actividades, para cubrir, con carácter efectivo, UN (1) cargo Categoría 3 – Tramo Mayor – del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar las funciones de Jefe Departamento Operativo Consejo Directivo de esta Facultad, cuyos datos se encuentran detallados en el Anexo Único de la presente resolución, que consta de DOS (2) hojas, de conformidad con los establecido en la ordenanza N° 91/23-C.S. y que fueron aprobados por resolución N° 246/25-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Difundir el presente llamado a concurso durante DIEZ (10) días hábiles, en el período comprendido desde el VEINTISÉIS (26) de setiembre al NUEVE (9) de octubre de 2025 (artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 91/23-C.S.).
ARTÍCULO 3°.- Fijar como período de inscripción desde el TRECE (13) al DIECISIETE (17) de octubre de 2025, inclusive (5 días hábiles). Los interesados deberán presentar de manera virtual su inscripción a través del siguiente formulario Web https://forms.gle/hfpU7CAnpMG84rv6A ; el mismo estará habilitado desde las 08:00 del día de apertura hasta las 23:59 del día de cierre.
El/la postulante declarará en su inscripción un correo electrónico y aceptará la notificación electrónica a todos los efectos concursales, en el marco de las Ordenanzas Nros. 30/2016 y 26/2020-CS.
La documentación deberá adjuntarse en formato PDF y su inscripción tendrá carácter de declaración jurada. Asimismo, para mayor información podrá comunicarse a través del correo institucional del Departamento de Concursos (concursos@gm.fad.uncu.edu.ar)
No se admitirá documentación con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción. (Artículo 9°, Anexo I de la Ord. N° 91/23-C.S.)
ARTÍCULO 4°.- Los aspirantes deberán completar la solicitud de inscripción en el formulario electrónico habilitado al efecto, que deberá contener como mínimo la siguiente información básica: Apellido y nombres del postulante; Lugar y fecha de nacimiento; Número y tipo de Documento Nacional de Identidad, domicilio real, teléfono y cuenta de correo electrónico en la cual se efectuaran las correspondientes notificaciones; Curriculum Vitae con carácter de declaración jurada, probanzas en formato digital; título del nivel Secundario o polimodal completo, preferentemente Título Universitario afín con las funciones y Plan de Actividades que se propone desarrollar en el caso de obtener el cargo que se concursa. Todo ello de acuerdo a lo establecido en el Artículo 9, Anexo I de la Ord. N° 91/23-C.S.
ARTÍCULO 5°.- Establecer que la prueba de oposición, a la que se hace referencia en el artículo primero de la presente resolución, se llevará a cabo en el lugar, día y hora que determine el Jurado, integrado según el listado detallado en el Anexo Único de la presente resolución, conforme con las atribuciones conferidas en el Artículo 13° inciso b) del Anexo I de la Ord. N° 91/23-C.S.
ARTÍCULO 6°.- El temario de la prueba de oposición estará sujeto al detallado en el Anexo Único de la presente resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en el orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 7°.- Remitir una copia certificada de la presente resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, mediante el respectivo Trámite iniciado por SUDOCU, a fin de difundirlo en la página web de la Universidad, en virtud de lo establecido en el Artículo 8º - penúltimo párrafo – del Anexo I de la Ord. Nº 91/23-C.S.
ARTÍCULO 8°.- Convocar, mediante notificación fehaciente, que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, al Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (ATUNCU) a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante.
ARTÍCULO 9°.- Disponer que la notificación del Acta de Determinación de Aspirantes y Acta Final establecidas en el Artículo 13° del Anexo I de la Ordenanza N° 91/2023-C.S., se realizará electrónicamente en el domicilio electrónico constituido al efecto.
ARTÍCULO 10°.- Los postulantes podrán obtener mayor información del presente llamado a concurso comunicándose al correo electrónico mesaentradasfad@gmail.com (Mesa de Entradas de la Facultad de Artes y Diseño) o bien ingresando a la página Web https://fad.uncuyo.edu.ar/ (Concursos Personal de Apoyo Académico).
ARTÍCULO 11°.- A los efectos de la tramitación del presente concurso se tendrán en cuenta las normas establecidas en la ordenanza N° 91/2023-C.S., en virtud de la cual se aprobó la “REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONCURSOS PARA CUBRIR CARGOS VACANTES DEL PERSONAL NO DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO”, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales celebrado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Federación Argentina de Trabajadores de las Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional N° 366/06.
ARTÍCULO 12°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 13°.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 200
ANEXO ÚNICO PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADEMICO Ordenanza nº 91/2023 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Artes y Diseño b) Unidad Organizativa: Dirección General Administrativa c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Departamento Operativo Consejo Directivo 2) Datos del Concurso: a) Clase de Concurso: Cerrado General b) Metodología de Evaluación: Antecedentes, Entrevista Personal, Prueba de Oposición y Plan de Actividades 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Mayor 5) Categoría: 3 (TRES) 6) Detalles del Cargo: a) Denominación del cargo: Jefe Departamento Operativo Consejo Directivo b) Funciones específicas: Prestar asistencia al Consejo Directivo en las reuniones plenarias y de comisiones. Proporcionar toda información concerniente a disposiciones y normativas vigentes. Entender en la recepción, identificación, registro y clasificación de la documentación ingresada. Elaborar dictámenes, pases y proveídos emanados de las Comisiones de Consejo. Promover y difundir, a solicitud de consejeros y de responsables de gestión, toda información relevante. Confeccionar Actas del Consejo Directivo. Colaborar activamente con la Dirección General Administrativa en temas competentes al Consejo Directivo. Cumplir y hacer cumplir el Reglamento del Consejo Directivo. Prestar asistencia en el proceso electoral. Cooperar con Asesoría Letrada y realizar el registro de trámites del área para un correcto seguimiento. Realizar toda actividad necesaria y suficiente para la consecución de la misión de la Secretaría de Consejo. Organizar y mantener actualizado el archivo documental de la Secretaría de Consejo. Resguardar los bienes del patrimonio físico asignados a la unidad organizativa.
7) Cantidad de Cargos: 1 (uno) 8) Horario de desempeño previsto: de lunes a viernes de 8 a 15 hs o aquellos en lo que resulte necesario el cumplimiento por la naturaleza de la función 9) Remuneración del cargo: a consignar al momento de la convocatoria 10) Bonificaciones especiales: no posee 11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: Los interesados deberán presentar de manera virtual su inscripción a través del siguiente formulario Web https://forms.gle/hfpU7CAnpMG84rv6A ; el mismo estará habilitado desde las 08:00 del día de apertura hasta las 23:59 del día de cierre.
Resol. N° 200
12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso: a) Jurados Titulares Apellido y Nombre legajo DNI Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa
Directora General Administrativa SANTOS, Mariana 19544 18079976 1 Administrativo FAD PUGA, Cintia Laura 18666 18080084 3 Administrativo Jefa de Mesa de Entradas - FCE Directora de Asuntos Académicos CADUTO, Sonia Eusebia Francisca 18316 17640478 2 Administrativo FAD
b) Jurados Suplentes Apellido y Nombre legajo DNI Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa
GUERRA, Alejandro Omar 23689 16256240 2 Técnico Director de Informática - FAD
ARIAS, Claudia Elizabeth 22000 17545401 3 Administrativo Directora de Despacho – F. Derecho
MOVIO, Sandra Patricia 20931 18012974 3 Administrativo Jefa Mesa de Entradas - FAD
13) Condiciones Generales Secundario o Polimodal Completo Preferentemente Título Universitario afín con las funciones 14) Condiciones Particulares (Perfil del postulante): ● Conocimientos generales de los marcos legales y reglamentarios de educación superior. ● Conocimiento de reglamentaciones en particular de incumbencia del Consejo Directivo. ● Predisposición para el buen trato y respeto hacia autoridades, alumnos, docentes y personal de apoyo académico. ● Capacidad para el desempeño autónomo, resolución de conflictos, creatividad y pensamiento crítico. ● Habilidad para la toma de decisiones. ● Disposición para el trabajo en equipo. ● Capacidad para resolver problemas desde una perspectiva de género. ● Actitud proactiva. ● Compromiso con la institución y la calidad de los procedimientos. ● Experiencia en el manejo del sistema de expedientes SIU-SUDOCU. ● Conocimiento avanzado de herramientas ofimáticas. ● Manejo avanzado de herramientas de almacenamiento y colaboración en línea (gestión de archivos, carpetas compartidas y trabajo colaborativo en tiempo real).
15) Temario General: ● Estatuto Universitario. ● Ley N° 24521 de Educación Superior. ● Ley N° 19549/72 de Procedimientos Administrativos y Decreto Reglamentario 1.759/72. ● Ley Marco de regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y Decreto Reglamentario N° 1421/02. ● Ley Nacional N° 27.499. Ley Micaela de Capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres Poderes del Estado. ● Decreto Nacional Nº 366/06 - Poder Ejecutivo Nacional. Convenio Colectivo de Trabajo No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales. ● Decreto N° 1246/15. Convenio Colectivo de Trabajo Docente Universitario. ● Ord. N° 1/89 C.D. Reglamento del Consejo Directivo de la FAD – (O aquella que la reemplace al momento de la convocatoria). ● Ord. Nº 112/03 - C.S. Estructura Orgánico-Funcional de la Facultad de Artes y Diseño. ● Res. N° 682/17 C.S. Protocolo de Intervención Institucional ante Denuncias por Situaciones de Violencias Sexistas en el ámbito de la UNCuyo. ● Ord. Nº 60/04 - CS Adoptar el Reglamento de Investigaciones Administrativas y su modificatoria Ord. 32/20 C.S. ● Ord. N° 182/21 C.S. Texto Ordenado - Reglamento Electoral - UNCuyo. ● Ord. N° 112/13 C.S. y modificatoria Ord. 17/20 C.S. Manual de Procedimiento Electoral. ● Ord. Nº 5/19 C.D. Reglamentación Académica FAD.
RESOLUCION Nº 200
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FA-2025-RES-462 17/09/2025 (Carga: 17/09/2025) |
MENDOZA, 17 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico N° 24021/25 caratulado: “CDIS S/Solicitud de ACCF Laura Beatriz TORRES”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Diseño solicita la asignación de un Adicional por carácter Critico a la D.I. Laura Beatriz TORRES, para cumplir funciones en el espacio curricular “Filosofía del Diseño” correspondiente a las carreras de Diseño Gráfico y Diseño Industrial. Asimismo, el presente incentivo se solicita en virtud de reforzar la estructura de la catedra, producida ante la baja por jubilación del profesor titular, Dr. Oscar ZALAZAR.
Que, Dirección de Personal informa que la D.I. TORRES revista en esta dependencia los siguientes cargos: Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple, efectiva, para cumplir funciones en la asignatura “Comunicación Visual”; Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple, efectiva para cumplir funciones en la asignatura “Filosofía del Diseño”; Profesor Adjunto con Dedicación Semiexclusiva, interina, para el dictado de la asignatura “Diseño de Productos I” y 10 Horas Superiores, para cumplir funciones de Coordinadora de Talleres y Laboratorio, Carreras de Diseño.
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12°, inciso b) de la ordenanza N° 23/15–C.S. y el artículo 12° de la ordenanza N° 28/00–C.S.
Por ello, atento a lo informado por la Secretaría Administrativo-Financiera.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” a la D.I. Laura Beatriz TORRES (Legajo Nº 32796 – CUIL Nº 27–30836988–4) por la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00) para desempeñar funciones en el espacio curricular “Filosofía del Diseño” de las Carreras de Diseño, desde el UNO (1) de agosto al TREINTA Y UNO (31) de octubre de 2025.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá ser atendido con Economías del Inciso 1 – Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2025.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 462
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FA-2025-RES-461 17/09/2025 (Carga: 18/09/2025) |
MENDOZA, 17 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 25020/25 caratulado: “CM-Desig. COLOMBO, Mariano, Ord. N° 2/20 CD, JTP (SE), Pianista Acompañante, cátedras de Canto (Lic. Canto)”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras Musicales solicita la designación interina del Lic. Mariano Gabriel COLOMBO en el cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, para desempeñar funciones de Pianista Acompañante en el espacios curriculares “Canto A, B, C y D” – CIEMU, “Canto I a V “ de la Licenciatura en Canto e “Iniciación a Canto y Canto I a IV” – Ciclo Preparatorio de la carrera Licenciatura en Canto, que se cursa en las mencionadas Carreras; debido a la baja por jubilación de la Prof. María Paz INIESTA. Que la Dirección de Personal informa que el Lic. COLOMBO CARRIZO no registra, situación de revista en esta dependencia. Aunque, según Sistema Siu-Mapuche el docente reviste en un cargo efectivo en Organismos Artísticos. Por este motivo no es necesario solicitar el alta a la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) ni certificado Aptitud psicofísica.
Que, por su parte, el Departamento de Concursos informa que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto C) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D.
Por ello, atento al informe emitido por Secretaría Administrativo-Financiera, LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres COLOMBO, Mariano Gabriel Documento Único 33821831 CUIL o CUIT 20-33821831-2 Legajo N° 29.906
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Semiexclusiva Condición Interina
Término de la designación Desde CUATRO (4) de setiembre de 2025 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025
4. Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras Musicales
Espacios con funciones Complementarias al Desarrollo Curricular Funciones: Pianista Acompañante para los espacios curriculares 1) “Canto A, B, C y D” – CIEMU 2) “Canto I a V“ – Licenciatura en Canto 3) “Iniciación a Canto” – Ciclo Preparatorio 4) “Canto I a IV” – Ciclo Preparatorio
ARTÍCULO 2°.- Las funciones complementarias al desarrollo curricular mencionado en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Musicales Especialidad: 9 9 “Canto A, B, C y D” – “Canto I a V” – “Iniciación a Canto” y “Canto I a IV”
ARTÍCULO 3°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 01 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporal Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 808 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 5°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 6º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 7º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 461
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FA-2025-RES-460 17/09/2025 (Carga: 17/09/2025) |
MENDOZA, 17 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 21634/25 caratulado: “Paredes Juan Pablo S/ Solicitud incorporación de la Mgter. Orellana Lanús Luciana, para la co-dirección del proyecto. Expediente 27415/22, de la Lic. en Música Popular Latinoamericana (percusió). FAD -”.
CONSIDERANDO:
Que el alumno Juan Pablo PAREDES solicita la incorporación de Co-Director de su Seminario Tesis.
La aceptación por parte de la docente que estará a cargo de la codirección del mismo.
Los informes producidos por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar al alumno Juan Pablo PAREDES (Registro Nº 26.244) de las Carreras de Musicales, la incorporación de la Co-Directora Mgter. ORELLANA LANÚS Luciana Natalia en su Seminario Tesis titulada: “Propuesta de sistematización para la creación de un ensamble de percusión en la Chacarera”, junto con la dirección del Lic. PÉREZ MATTA Ernesto.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 460
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FA-2025-RES-459 17/09/2025 (Carga: 18/09/2025) |
MENDOZA, 17 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico No 25023/25 caratulado: “Vilma Natali Vargas S/Solicitud probación para realizar la investigación final y la redacción del trabajo de tesina. Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas. FAD”
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de la docente que estará a cargo del mismo.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección de “Seminario” a la alumna de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, que se detalla seguidamente: Alumna: Vilma Natali VARGAS - Registro N° 27.230 Seminario: “Construcción del Imaginario Patagónico en el siglo XIX” Directora: Mgter. María Paula PINO VILLAR Carrera: Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 459
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FA-2025-RES-458 17/09/2025 (Carga: 17/09/2025) |
MENDOZA, 17 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 24303/25 caratulado: “CER - S/ Solicitud de Autorización MUESTRA "CARRUSEL CERAMICO".
CONSIDERANDO:
Que la actividad denominada “Carrusel Cerámico” consiste en una muestra/exposición de cuatro profesores de talleres de primero y segundo año de modelado y alfarería de las Carreras de Cerámica.
Que en ella podrán verse producciones tanto individuales como colectivas a lo largo de cada jornada.
Que dicho programa incluirá actividades como foros de estudiantes, conversatorios, y una muestra artística.
Que la presenta actividad cuenta con el aval de este Decanato y de la Secretaria de Extensión y Articulación Social
Por ello y atento a lo dispuesto por Ord. Nº 1/23-C.D. y su modif. Ord. 6/25-CD,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Autorizar la realización de la actividad denominada “Carrusel Cerámico”, organizado por los Prof. Gabriel Adolfo FERNÁNDEZ, Agustín Emilio HERRERA, Adrián Walther MANCHENTO y Ricardo Enrique REYNAUD que se llevará a cabo desde el VEINTINUEVE (29) de octubre al DOCE (12) de noviembre de 2025, en el Espacio Confluencia, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo Único que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 458
ANEXO ÚNICO
SOLICITUD DE ACTIVIDADES PROPIAS DE LA FACULTAD (ORD. Nº 1/23–C.D.)
CLASES MAGISTRALES CONCIERTOS VISITAS Formulario para CONFERENCIAS PUESTAS EN ESCENA OTROS solicitar CHARLAS OBRAS X MUESTRAS PRODUCCIONES
Responsable: Prof. Reynaud Ricardo y otros
Título de la actividad / producción / obra: CARRUSEL CERAMICO
Fechas de realización DESDE: 29 de octubre HASTA: 12 de noviembre de 2025 HORARIO: 15 a 20 hs
Lugar de realización Modalidad: Sala Confluencia, Edif. Talleres, FAD Presencial
Recursos solicitados:
Pedestales, Gráfica, edición de imágenes, pequeño catering para la apertura de la muestra.
Destinatarios:
Comunidad de la FAD y público en general
Disertantes: Profesores: Gabriel Adolfo FERNÁNDEZ, Agustín Emilio HERRERA, Adrián Walther MANCHENTO y Ricardo Enrique REYNAUD
Descripción de la actividad: Exposición de obras de los Profesores de las cátedras Modelado y Color cerámico I y II y Taller Cerámico I y II, podrán verse producciones individuales y colectivas, apreciando características particulares de los expositores. Los trabajos en conjunto surgen para motivar y estimular la cooperación por medio del trabajo colaborativo. Los trabajos realizados por el equipo de cátedra se constituirán en los premios de una rifa para recaudar recursos para la compra de pasta cerámica, para el Ciclo Lectivo 2026.
RESOLUCIÓN N° 458
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CD-2025-RES-199 17/09/2025 (Carga: 17/09/2025) |
MENDOZA, 17 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 25543/25 caratulado: “JORNADAS ACADEMICAS AGOSTO 2025-INSTANCIAS ACADEMICAS”.
CONSIDERANDO:
Que en esta Edición, las Jornadas Académicas 2025 plantean los siguientes objetivos: 1- Fortalecer los lazos entre los claustros y los distintos grupos de carreras de nuestra unidad académica buscando generar pertenencia, pensamiento crítico y reflexivo para el fortalecimiento de los nuevos planteos de nuestras carreras y la propuesta de nuevas opciones. 2 - Analizar cómo el contexto actual de la universidad pública afecta las prácticas pedagógicas y el quehacer académico de la Facultad de Artes y Diseño, identificando los desafíos y las oportunidades que surgen de este escenario. 3 - Impulsar el desarrollo de estrategias conjuntas y creativas que permitan la adaptación de los planes de estudio a las nuevas normativas, con un enfoque particular en la implementación de carreras de la FAD. 4 - Reafirmar, a través del trabajo colaborativo e innovador, el rol de la FAD en la defensa y el sostenimiento de una educación pública, gratuita, laica y de calidad frente a los desafíos que presenta la profunda crisis educativa argentina.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 9 de setiembre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la realización de las Jornadas Académicas- agosto 2025 denominada: "Desafío y oportunidades", el que se llevaron a cabo el día VEINTIDÓS (22) de agosto de 2025, de acuerdo al cronograma detallado en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 199
ANEXO ÚNICO
Jornadas Académicas 2025 "Desafío y oportunidades"
Primera instancia: JORNADAS INSTITUCIONALES. MARZO 2025
Segunda instancia: JORNADAS DE TRABAJO POR CARRERAS. ABRIL 2025 Armado de programa por competencias
Tercera instancia: JORNADAS ACADÉMICAS AGOSTO. 2025
Cuarta instancia: JORNADAS DE TRABAJO POR CARRERAS. SEPTIEMBRE 2025
Quinta instancia: CAPACITACIONES: 1- Competencias/ evaluación por competencias 2- Créditos
CRONOGRAMA VIERNES 22 de agosto Aula Magna HORARIO TEMÁTICA RESPONSABLES 8.30 a 9 h Acreditaciones 9 a 9.30 h Presentación de las Jornadas Dra Laura Braconi / Decana Apertura Dra Silvina Maddio / Vice Decana FAD D.I. Mariana Gordillo / Secretaria Académica 9.30 a 10.00 h Evaluación de Desempeño Docente Lic. María Laura Furlani Coordinadora Estado de situación Áreas evaluadas. Pedagógica y Académica Resultados. D.I. Mariana Gordillo Coordinación Académica Secretaria Académica 10 a 10.30 h Planes de estudio. D.I. Mariana Gordillo Bases para el trabajo en los planes de Secretaria Académica estudio. Secretaría Académica Lic. Ana Amico Coordinadora Pedagógica Profesorados 10.30 A 11 h PAUSA 11 a 11.45 h Créditos Dr. Julio L. Aguirre Rectorado Secretario Académico UNCUYO Prof. Mariana Guayco Directora General de Gestión Académica Lic. Gustavo Bilbao / Colaborador de la Dirección General de Gestión Académica 11.45 a 13.30 h Competencias/programa por Prof. Laura Doña competencia/ evaluación por Equipo de Coordinación Pedagógica. competencia. Planes de Estudio. Secretaría Académica. Prof. Natalia Marengo Coordinación Planes de estudio Equipo de Coordinación Pedagógica. Planes de Estudio.
Resol. N° 199
Anexo Único – Hoja 2Comisión Organizadora DECANA Dra. Laura Viviana Braconi VICEDECANA: Dra. Silvina Maddio SECRETARÍA ACADÉMICA: D.I. Mariana Gordillo
DIRECCIONES DE CARRERAS: Artes del Espectáculo: Arq. Alba Gabriela Bizon Lic. Ana Cecilia Caroff
Cerámica: Lic.Patricia Colombo Lic. Carina Paola Osorio
Diseño: D.I .María Belén Martin D.I. Verónica Valeria Carbone
Música: Prof. Jimena Semiz Prof. Verónica Vera
Artes Visuales: Prof. Claudia Beatriz Peralta Lic. Liliana Andrea Fiallo
PARTICIPACIÓN Secretaría de Extensión y Articulación Social de la FAD: Lic. Antonella Jaque
Secretaría de Investigación y Posgrado: Dr. Javier Ozollo
Área de virtualidad: D.I. Marcos Eula
Área Bienestar, DDHH y Géneros: Lic. Silvana Porro
Asesoría Estudiantil: María José Martinez Israel Tobar
SAPOE Lic. Pamela Fornés Lic. Elisa Mieras Prof. Roxana Loyero Lic. Juan Ignacio Castro.
TRACES Lic. Hanna Luszt
Coordinación de Prácticas Sociales Educativas: D.I. Mónica Manciana
Equipo Secretaría Académica: Prof. Sonia Caduto Sr. Pablo Nafra Prof. María Florencia Castellino Prof. Ana Amico Lic. Marìa Laura Furlani Prof. Roxana Loyero Prof. Laura Doña Prof. Natalia Marengo
RESOLUCIÓN N° 199
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CD-2025-RES-198 17/09/2025 (Carga: 17/09/2025) |
MENDOZA, 17 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 24306/25 caratulado: “Solicitud de cargo a la profesora Julieta Castronuobo en el marco del taller de comprensión lectora del ingreso 2026”.
CONSIDERANDO:
Que la Coordinación General de Ingreso – FAD solicita la designación interina de la Prof. Julieta Noelia CASTRONUOBO en un cargo de Ayudante de Primera con dedicación Simple, para cumplir funciones en el "Taller de Comprensión Lectora del Ingreso 2026”. Dicho pedido se fundamenta ante la necesidad de realizar ajustes y adecuaciones en el módulo de nivelación del ingreso y la realización de tareas específicas de esta área disciplinar.
Que la Dirección de Personal comunica que si bien la Prof. CASTRONUOBO no registra situación de revista en esta dependencia; la misma reviste en un cargo Ayudante de Primera (SE) en condición de interino en la Facultad de Filosofía y Letras de la UNCuyo, según consta en Sistema Siu-Mapuche. Por tal motivo no resulta necesario solicitar el alta a la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) ni certificado Aptitud psicofísica.
El informe favorable de Secretaría Administrativo-Financiera.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por el Cuerpo en Sesión Plenaria del 9 de setiembre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar interinamente a la Prof. Julieta Noelia CASTRONUOBO (Legajo Nº 35.389 – CUIL N° 27-41272021-6) en un cargo Ayudante de Primera con dedicación Simple, para cumplir funciones en el "Taller de Comprensión Lectora para el Ingreso 2026”, desde el UNO (1) de agosto hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, que constan en los informes de Secretaría Económico– Financiera de esta Facultad, de acuerdo al siguiente detalle: Depend. o Sub Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Apartado dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 01 00 99 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
Resol. N° 198
Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 814 Ayudante de 1ra. con Dedicación Simple
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 198
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CD-2025-RES-197 17/09/2025 (Carga: 17/09/2025) |
MENDOZA, 17 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 23043/25 caratulado: “Secretaría de Investigación y Posgrado s/ pedido cambio integrantes equipo de Proyec. internos de Investig. 2024/2025 - Prof. Adriana Arenas”.
CONSIDERANDO:
Que por resolución Nº 231/24–C.D. se aprobaron los Proyectos internos de Investigación 2024–2025.
Que, si bien en la misma no se encontraban enumerados los integrantes de los equipos, la Esp. Adriana Nancy ARENAS y el Mgter. Alejandro Luis IGLESIAS, Directora y el Co–Director del Proyecto de Investigación denominado: “Los proyectos de la Formación Específica en Arte en el Nivel Secundario, en relación al ingreso a la Formación Artística y Docente en la FAD”, solicitan la incorporación de nuevos integrantes, los que se encuentran trabajando desde el pasado mes de marzo del corriente.
Que por otro lado, solicitan la baja de algunos integrantes que por razones laborales o de estudio no pudieron continuar en dicho proyecto.
El informe favorable de la Secretaría de Investigación y Posgrado.
Por ello, atento con lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y con lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 5 de agosto de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Incorporar al Proyecto de Investigación denominado: “Los proyectos de la Formación Específica en Arte en el Nivel Secundario, en relación al ingreso a la Formación Artística y Docente en la FAD” dirigido por la Esp. Adriana Nancy ARENAS y el Mgter. Alejandro Luis IGLESIAS, a los siguientes integrantes:
Prof. Karina Fabiana VIZCAYA CASTRO Prof. y Lic. Gabriela Ana LERGA MOSQUERA Lic. Octavio CERUSICO Mgter. Adriana María PIEZZI Prof. y Lic. Ruy Paolo FACÓ NARANJO Mgter. Sergio Eduardo ROSAS. Mgter. Verónica Analía AGUIRRE Estudiante: Antonella Rosa MAGNI GENRE Estudiante: Ismael Gustavo GONZALES (becado)
ARTÍCULO 2º.-Dar de baja a los investigadores del mencionado proyecto, quienes por razones laborales y/o de estudio no pudieron continuar: Prof. Candela Mariel GARCÍA Prof. Hugo YÁÑEZ Prof. María Ángeles CARMONA Prof. Celeste COLA Estudiante: Sol Micaela PAVÓN Estudiante: María Laura RIVEROS Estudiante: María MORENO ROSSELOT Estudiante: Regina GANDOLFO VALDIVIESO
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 197
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CD-2025-RES-196 17/09/2025 (Carga: 17/09/2025) |
MENDOZA, 17 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 19316/25 caratulado: “Secretaría de Investigación y Posgrado s/ Incorporación de nuevos integrantes al equipo de investigaciónProyecto 2024/2025 –FAD”.
CONSIDERANDO:
Que por resolución Nº 231/24–C.D. se aprobaron los Proyectos internos de Investigación 2024–2025.
Que, si bien en la misma no se encontraban enumerados los integrantes de los equipos, la Mgter. María Paula PINO VILAR y el D.I. José CUERVO SOLA, Directora y Co– Director del Proyecto de Investigación denominado “Desarrollo de prototipos de mobiliario de almacenaje para la colección del Museo de Bienes Artístico Culturales de la Facultad de Artes y Diseño” solicitan la incorporación de nuevos integrantes, los que se encuentran trabajando desde el pasado mes de febrero del corriente.
El informe favorable de la Secretaría de Investigación y Posgrado.
Por ello, atento con lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y con lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 1 de julio de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Incorporar al Proyecto de Investigación denominado: “Desarrollo de prototipos de mobiliario de almacenaje para la colección del Museo de Bienes Artístico Culturales de la Facultad de Artes y Diseño” dirigido por la Mgter. María Paula PINO VILAR y el D.I. José CUERVO SOLA, a los siguientes integrantes:
Esp. Arq. Miguel Nicolás MARTI (DNI 28402752) Estudiante Amparo Mariel LACERNA (DNI 43119561) Estudiante Valentina DI CÉSARE (DNI 37623451)
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 196
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CD-2025-RES-195 17/09/2025 (Carga: 17/09/2025) |
MENDOZA, 17 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 24463/25 caratulado: “Secretaría de Investig. y Posg. s/ pedido incorporación de integrante al Proy. investig. int. 2024/2025 de Esp., Arenas”.
CONSIDERANDO:
Que por resolución Nº 231/24–C.D. se aprobaron los Proyectos internos de Investigación 2024–2025.
Que, si bien en la misma no se encontraban enumerados los integrantes de los equipos, la Esp. Adriana Nancy ARENAS y el Mgter. Alejandro Luis IGLESIAS, Directora y el Co–Director del Proyecto de Investigación denominado: “Los proyectos de la Formación Específica en Arte en el Nivel Secundario, en relación al ingreso a la Formación Artística y Docente en la FAD” solicitan la incorporación de un integrante a su nómina de investigadores.
El informe favorable de la Secretaría de Investigación y Posgrado.
Por ello, atento con lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y con lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 26 de agosto de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Incorporar al Proyecto de Investigación denominado: “Los proyectos de la Formación Específica en Arte en el Nivel Secundario, en relación al ingreso a la Formación Artística y Docente en la FAD” dirigido por la Esp. Adriana Nancy ARENAS y el Mgter. Alejandro Luis IGLESIAS, al siguiente integrante:
Lic. Roberto Ariel SABARONI (DNI 23901335)
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 195
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FA-2025-RES-457 16/09/2025 (Carga: 16/09/2025) |
MENDOZA, 16 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 27049/25 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL FAD- RENUNCIA CONDICIONADA PROFESORA LETICIA BURGOS”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se agrega el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 44/22-R, en donde la Prof. Leticia BURGOS solicita, a partir del 1 de setiembre de 2025 la respectiva renuncia condicionada, conforme con lo establecido en el Decreto Nacional N° 8820/62, en el cargo detallado en el mismo. Que además corre agregado el Formulario Nº 2 de la Ordenanza Nº 44/22-R, en donde la Dirección de Personal de esta Facultad informa la situación de revista de la docente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R y su modificatoria Ord. Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES BURGOS, Leticia
D.N.I. 13700607
CUIT/CUIL 27-13700607-9
LEGAJO 21647
Cargo en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos (en licencia por Licencia por Incompatibilidad- cargo mayor jerarquía y Art. 45° del Estatuto Universitario)
Dedicación Simple
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación Resol. N° 1090/2017–R ad-ref. y ratificado por Resol. N° 851/2017-C.S.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta -----
Espacio/s Curricular/es
1) “Taller de Rotación I y II Grabado”
2) ““Taller I y II Grabado”
3) “Taller de Rotación Grabado”
4) “Taller I Grabado- Optativa Grupo I”
Resol Nº 457
CARGO 2 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Adjunto
Dedicación Semiexclusiva
Condición Interino
Nº de Resolución de designación Resol. N° 319/2024–C.D.
Término de la última designación
Desde 01/01/2025
Hasta 07/10/2025
Espacio/s Curricular/es
1) “Taller I y II: Grabado”
2) Taller I y II para Profesorado (con opción a Grabado)
3) Taller I Grabado Optativa Grupo I
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Artes Visuales
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES SETIEMBRE
AÑO 2025
ARTÍCULO 2º.-La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional.
ARTÍCULO 3º.- La docente que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, y que se encontrare bajo Renuncia Condicionada, seguirá prestando servicios hasta tanto obtenga su beneficio jubilatorio, con la única condición de haber iniciado el correspondiente trámite previsional, caso contrario cesará automáticamente. Por tanto, en estos casos no corresponderá solicitar la continuidad laboral.
ARTÍCULO 4º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia digital de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 5°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 457
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FA-2025-RES-456 16/09/2025 (Carga: 16/09/2025) |
MENDOZA, 16 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 25558/25 caratulado: “Asesoría Estudiantil S/Solicitud de Licencia Estudiantil - GAY, Agustina Elizabeth - Carreras de Artes Visuales FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna Agustina Elizabeth GAY ha cumplimentado la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de “Fallecimiento de familiar, cónyuge y/o quien cohabite en unión convivencial” como así también se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por “Fallecimiento de familiar, cónyuge y/o quien cohabite en unión convivencial” a la alumna Agustina Elizabeth GAY (DNI Nº 43.295.674) de las carreras Licenciatura en Artes Plásticas y Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, desde el DIECIOCHO (18) de agosto hasta el DIECIOCHO (18) de noviembre de 2025, de acuerdo a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., Anexo I, artículo 5, inciso g.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 456
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FA-2025-RES-455 16/09/2025 (Carga: 16/09/2025) |
MENDOZA, 16 de setiembre de 2025
VISTO Y
CONSIDERANDO:
El expediente electrónico Nº 27138/25 en el que el personal de esta Unidad Académica tramita licencias por enfermedad de largo tratamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 93° del Decreto Nacional N° 366/06, en el artículo 46° c) del Decreto Nacional 1246/15-PEN (CCT), ordenanza N° 32/16-R. y su modificatoria Nº 4/22-R,
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia por enfermedad de largo tratamiento, con goce íntegro de haberes al personal que a continuación se detalla, en los cargos y períodos que se indica en cada caso, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 93° del Decreto Nacional N° 366/06, en el artículo 46° c) del Decreto Nacional 1246/15-PEN (CCT), ordenanza N° 32/16R. y su modificatoria Nº 4/22-R: AGÜERO, Selva Anahí – Legajo Nº 29011 – en el cargo Categoría 5 de carácter EfectivoSubrogando Categoría 3, del Agrupamiento Administrativo – por TREINTA (30) días corridos, desde el SEIS (6) de agosto al CUATRO (4) de setiembre de 2025. BENEGAS, Adriana Noemí – Legajo Nº 20714 – en el cargo Categoría 1, Efectivo, del Agrupamiento Administrativo – por TREINTA (30) días corridos, desde el VEINTITRÉS (23) de agosto al VEINTIUNO (21) de setiembre de 2025. BERRIDY, Héctor Hugo - Legajo Nº 28232 - en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación Semiexclusiva, Interino– por VEINTIDÓS (22) días corridos, desde el DOCE (12) de agosto al DOS (2) de setiembre de 2025. CAMPASSI, Olga Herminia – Legajo Nº 23765 – en los cargos de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva y Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, ambos Interinos – por DIECISÉIS (16) días corridos, del TRECE (13) al VEINTIOCHO (28) de agosto de 2025. DIAZ, Andrea Patricia – Legajo Nº 31918 - en el cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, Efectivo - por TREINTA (30) días corridos, desde el CINCO (5) de agosto al TRES (3) de setiembre de 2025. HERRERA, Mariela – Legajo Nº 35738 – en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación Semiexclusiva, Interino– por DOCE (12) días corridos, del TRECE (13) al VEINTICUATRO (24) de agosto de 2025. MARTI, Leopoldo Guillermo – Legajo Nº 22079 – en el cargo Profesor Titular con dedicación Exclusiva, efectivo – por TREINTA Y UNO (31) días corridos, desde el VEINTE (20) de agosto al DIECINUEVE (19) de setiembre de 2025.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 455
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FA-2025-RES-454 16/09/2025 (Carga: 16/09/2025) |
MENDOZA, 16 de setiembre de 2025
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nº 26651/25 y 26733/25 en los que se tramita licencia y prórroga de licencia por razones particulares a favor de la alumna Sofía Agustina VALENTI.
CONSIDERANDO:
Que la alumna VALENTI, ha cumplimentado con la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de “Razones Particulares”, como así también se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por “Razones Particulares”, a la alumna Sofía Agustina VALENTI (Registro N° 29207 – D.N.I. Nº 46325691) de la carrera Diseño Gráfico, los días UNO (1) y DOS (2) de setiembre de 2025, de acuerdo a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., Anexo I, artículo 5, inciso m.
ARTÍCULO 2°.- Prorrogar la Licencia Estudiantil, por “Razones Particulares”, a la alumna Sofía Agustina VALENTI (Registro N° 29207 – D.N.I. Nº 46325691) de la carrera Diseño Gráfico, los días TRES (3) y CUATRO (4) de setiembre de 2025, de acuerdo a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., Anexo I, artículo 5, inciso m.
ARTÍCULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 454
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FA-2025-RES-453 16/09/2025 (Carga: 16/09/2025) |
MENDOZA, 16 de setiembre de 2025
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nos 23143/25, 22108/25 y 23098/25 donde obran los pedidos de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad para desempeñarse en cargos de mayor jerarquía, sin estabilidad, solicitado por personal de esta Unidad Académica.
CONSIDERANDO:
Que, en las actuaciones, corre agregado el Formulario N° 17 de la Circular N° 39/15 de Gestión de Personal de la Dirección de Personal de esta Facultad, como así también se incorpora la declaración jurada de cargos y funciones de las docentes y el informe de la Dirección General de Personal de Rectorado.
Que la licencia comprendida en la presente resolución, corresponde a la incompatibilidad surgida en los cargos de los agentes pertenecientes a la planta del personal docente de esta Unidad Académica.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la ordenanza N° 32/16–R. y su modificatoria ordenanza Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia sin goce de haberes por incompatibilidad de Personal Docente Universitario, generada por las disposiciones vigentes aplicables, que afectan al cargo que desempeñan, para cumplir funciones en otro cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, por el período que se indica, de acuerdo con lo detallado en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 453
ANEXO ÚNICO
Cargo en el Cargo de Apellido/s y que se Disposiciones mayor Espacios Curriculares o Legajo CUIL Espacio/s Curricular/es Carrera Período Nombres otorga aplicables jerarquía a funciones especiales licencia desempeñar
Art. 49º Punto II inc. a) Jefe de apartado 1. del Decreto Trabajos Nº1246/15 Profesor Adjunto 01/07/25 CICCHINELLI, Claudio 34.012 23-21877517-9 Prácticos Diseño Gráfico I Ord. 28/00-CS. (SE) Diseño Gráfico I Diseño h/ Enrique (SE) Ord. 12/2000-R. Interino 31/12/25 Efectivo Ord. 32/16-R (Anexo III) Art. 45º del E.U.
Art. 49º Punto II inciso a) Profesor Departamento de Aplicación Docente apartado 1.a) Anexo II del Vicedirectora 21/07/2025 DE LA ROSA, María Adjunto (DAD) dependiente de la Dirección 25.432 27.22189273-4 Problemática Educativa Decreto Nº 1246/15 Efectivo a h/ Eugenia (S) General de Educación Secundaria Ord. 28/00-CS. termino 31/12/2025 Interino (DiGES) Ord. 12/2000-R.
Art. 49º Punto II inciso a) 01/08/25 apartado 1.a) Anexo II del Jefe de trabajos al Ayudante de Decreto Nº 1246/15 SANCHEZ, Natacha Análisis y Morfología Musical I y II Prácticos Análisis y Morfología Musical I y II 31/12/25 33.644 27-31028484-5 Primera (S) Ord. 28/00-CS. Musicales Soledad Análisis y Morfología Musical (SE) Análisis y Morfología Musical (mientras dure la Interino Ord. 12/2000-R. Remplazante licencia Prof. Art. 45º - Estatuto ORELLANA LANUS) Universitario
RESOLUCIÓN N° 453
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FA-2025-RES-452 16/09/2025 (Carga: 16/09/2025) |
MENDOZA, 16 de setiembre de 2025
VISTO:
El trámite electrónico Nº 26527/25 caratulado: “Asesoría Estudiantil S/Solicitud de Licencia Estudiantil - ARENAS, Alejandra Raquel - Carreras de Artes Visuales - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna Alejandra Raquel ARENAS, ha cumplimentado con la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de “Actividades de Intercambio en Universidades o Instituciones en el extranjero o en el territorio nacional”, como así también se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por razones de “Actividades de Intercambio en Universidades o Instituciones en el extranjero o en el territorio nacional”, a la alumna Alejandra Raquel ARENAS (Registros N° 26308 – D.N.I. Nº 24192527) de la carrera Licenciatura en Artes Plásticas, durante el periodo comprendido entre el UNO (1) de setiembre de 2025 y el VEINTISIETE (27) de febrero de 2026, inclusive, de acuerdo a lo establecido por la Ord. N° 18/18 C.S., Anexo I, artículo 5, inciso k.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 452
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FA-2025-RES-451 16/09/2025 (Carga: 16/09/2025) |
MENDOZA, 16 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 25895/25 caratulado: “Asesoría Estudiantil S/Solicitud de Licencia Estudiantil - DIAZ CASTRO, Tatiana Natalí - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna Tatiana Natalí DIAZ CASTRO ha cumplimentado la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de “Razones particulares” como así también se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por “Razones particulares” a la alumna Tatiana Natalí DIAZ CASTRO (CI 96187860) de las carreras Profesorado de Grado Universitario en Teatro y Licenciatura en Arte Dramático, los días UNO (1) y DOS (2) de setiembre de 2025, de acuerdo a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., Anexo I, artículo 5, inciso m.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 451
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CD-2025-RES-194 16/09/2025 (Carga: 16/09/2025) |
MENDOZA, 16 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 25610/25 caratulado: “DECANATO S/Becas de Fortalecimiento a las Trayectorias FAD 2025 - Becas Materiales.”
CONSIDERANDO:
Que el Decanato de esta Facultad solicita una reserva presupuestaria destinada a becas estudiantiles, con el objetivo de fortalecer las trayectorias académicas de nuestros estudiantes, enfocándose en su permanencia y egreso.
Que esta iniciativa propone compensar la crisis económica que atraviesa nuestro país, la cual afecta significativamente a nuestros estudiantes, impactando tanto su rendimiento académico como su capacidad para continuar y concluir sus estudios; situación que pone en riesgo tanto la permanencia como la graduación del estudiante. Que, en tal sentido. Asesoría Estudiantil eleva las condiciones de postulación, los criterios de evaluación, el cronograma de convocatoria y la siguiente propuesta de distribución: 50 Becas de Fortalecimiento a la Permanencia y 50 Becas de Fortalecimiento al Egreso.
Que la Secretaria Administrativo Financiera en su informe expresa que se ha procedido a realizar la reserva presupuestaria para atender con lo solicitado.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por el Cuerpo en Sesión Plenaria del día 26 de agosto de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la distribución del Presupuesto para las Becas de Fortalecimiento a las Trayectorias Académicas de la FAD 2025, de acuerdo al siguiente detalle: MONTO MODALIDAD CANTIDAD TOTAL MENSUAL Beca de Fortalecimiento a la Permanencia $70.000 50 $3.500.000 Beca de Fortalecimiento al Egreso $70.000 50 $3.500.000
Algunas consideraciones a saber: a) Condiciones para la postulación: ● Becas de Fortalecimiento a la Permanencia: Ser estudiante regular de alguna carrera de la FAD, tener entre el 30% y 70% del porcentaje de avance de la carrera y tener como máximo dos Rendimientos Académicos Negativos (RAN) a lo largo de su trayectoria. ● Becas de Fortalecimiento al Egreso: Ser estudiante regular de alguna carrera de la FAD, tener más del 70% del porcentaje de avance de la carrera y tener como máximo dos Rendimientos Académicos Negativos (RAN) a lo largo de su trayectoria. b) Criterios de Evaluación: Se propone considerar criterios de evaluación tanto socioeconómicos cómo académicos y que los mismos sean ponderados por la Comisión responsable de la evaluación de postulaciones de estudiantes conformada por la Res. 28/2023-CD c) Criterios de Adjudicación: Considerando que el presente proyecto no compromete la transferencia directa de fondos a los estudiantes beneficiarios, sino la adquisición de entrega de materiales e impresiones, se realizará un relevamiento de necesidad de materiales e impresiones de las personas adjudicadas. Luego, se proveerá a la Secretaría AdministrativoFinanciera un listado final de requerimientos.
Resol. N° 194
ARTÍCULO 2º.- Establecer el Cronograma para la Convocatoria para las Becas de Fortalecimiento a las Trayectorias Académicas de la FAD 2025, de acuerdo al siguiente detalle:
Llamado a inscripción de postulantes: del DOCE (12) al VEINTIDÓS (22) de agosto de 2025. Evaluación, selección y orden de mérito de beneficiarias/os: del VEINTISIETE (27) de agosto al UNO (1) de setiembre de 2025. Cierre de evaluaciones, presentación de informes a la autoridad: del UNO (1) al CUATRO (4) de setiembre de 2025. Publicación de resultados mediante resolución de Decanato y notificación de beneficiarios: del CUATRO (4) al NUEVE (9) de setiembre de 2025. Relevamiento de materiales, impresiones: del DIEZ (10) al QUINCE (15) de septiembre de 2025.
ARTÍCULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 194
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CD-2025-RES-193 16/09/2025 (Carga: 16/09/2025) |
MENDOZA, 16 de setiembre de 2025
VISTO
El expediente electrónico Nº 26359/25 caratulado: “SEC. DE INVES Y POS.S/propuesta jurados de tesis - Prof. Yanina Belén TORNELLO - Maestría en Arte Latinoamericano”.
CONSIDERANDO:
Que la referida propuesta surge de la reunión celebrada por los Miembros del Comité Académico Asesor de la “Maestría en Arte Latinoamericano”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 9 de setiembre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar el Jurado que evaluará la Tesis presentada por la Prof. Yanina Belén TORNELLO denominada: “Prácticas artísticas visuales en torno a la última dictadura militar argentina. Reconstrucciones en Villa Mercedes (San Luis) desde el retorno de la democracia hasta el año 2015”, desarrollada bajo la dirección del Dr. Guillermo Raúl RICCA, integrado de la siguiente manera:
Miembros Titulares: ● Dra. María José MELENDO ● Dra. Patricia Virginia BENITO ● Mgter. Mariana ORTIZ
Miembros Suplentes: ● Mgter. María Celeste BELENGUER ● Dra. Laura RODRÍGUEZ AGÜERO
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 193
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FA-2025-RES-450 15/09/2025 (Carga: 15/09/2025) |
MENDOZA, 15 de setiembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 26159/25 caratulado: “María Natalia Alfonsin S/ Solicitud reconocimiento de Equivalencias. Carreras Musicales FAD -”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna María Natalia ALFONSÍN ha cursado y aprobado, en calidad de materia optativa, el espacio curricular “Historia de la Música Argentina y americana” (Plan de Estudio Ord 29/99-CS) en la carrera de Licenciatura en Flauta. Asimismo, dicho espacio posee contenidos equivalentes a la asignatura “Historia de la Música IV” (Plan de Estudio Ord 84/10-CS) de la carrera Licenciatura en Dirección Coral, de modo que la estudiante solicita su acreditación por equivalencia.
El aval otorgado por el Profesor Titular de la asignatura y la opinión favorable de la Dirección de Carreras Musicales y Secretaria Académica.
Por último, Dirección de Alumnos aclara en su informe que en caso de proceder a la presente solicitud se deberá invalidar del historial académico de la estudiante la optativa “Historia de la Música Argentina y Americana”, para evitar una doble acreditación del mismo espacio curricular.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna María Natalia ALFONSÍN (Registro N° 15.937 - DNI N° 24881380) el espacio curricular “Historia de la Música IV” en la carrera de Licenciatura en Flauta de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- Invalidad a la alumna María Natalia ALFONSÍN de su historial académico el espacio curricular optativo “Historia de la Música Argentina y americana” en la carrera de Licenciatura en Flauta de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 450
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