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CD-2022-RES-343 5/12/2022 (Carga: 5/12/2022) |
MENDOZA, 5 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 1298/22, caratulado: “SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO S/Propuesta de Resolución convocatoria Proyectos de Investigación Internos FAD 2023-2024”.
CONSIDERANDO:
Que la presente convocatoria está destinada a fomentar el desarrollo de proyectos de investigación internos de carácter disciplinar e interdisciplinar, orientados a promover la producción de conocimientos científico tecnológicos y artísticos relacionados con el acervo cultural y patrimonial en todas sus manifestaciones artísticas.
Que se busca promover el desarrollo científico-tecnológico-productivo vinculado a los diferentes campos de conocimiento aplicado (tales como el diseño, la cerámica industrial o las industrias culturales) que cuentan con capacidad para generar procesos de innovación creativos y soluciones alternativas a diferentes problemáticas regionales, así como el fortalecimiento de la investigación vinculada con el mejoramiento de la calidad educativa.
Que la referida propuesta se fundamenta en la necesidad de estimular la participación y la formación de docentes, investigadores/as nóveles, egresados/as y estudiantes avanzados/as en el ámbito de la investigación.
Que el programa se orienta a potenciar propuestas de investigación interdisciplinar que tiendan a la satisfacción de nuevas inquietudes, que respondan a las demandas de los/as egresados/as y los/as estudiantes avanzados/as.
Que uno de los objetivos estratégicos de la Secretaría de Investigación y Posgrado es promover la formación integral de profesionales que sean capaces de desarrollar, transferir e intercambiar conocimientos, prácticas y tecnologías acordes con las demandas y necesidades sociales.
Que la propuesta ha sido elaborada en forma conjunta entre la Secretaría de Investigación y Posgrado y su Consejo Asesor de Investigación y Posgrado.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 29 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Aprobar la Convocatoria de Proyectos de Investigación Internos 2023-2024, elaborado por la Secretaría de Investigación y Posgrado en forma conjunta con el Consejo Asesor de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño.
ARTÍCULO 2°- Las características, fechas, modalidad de participación y los formularios respectivos, de esta convocatoria obran en el ANEXO ÚNICO de la presente, que consta de DIEZ (10) hojas.
ARTÍCULO 3°- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 343
ANEXO ÚNICO CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INTERNOS 2023-2024
ARTÍCULO 1º - OBJETIVOS: La convocatoria está dirigida a fomentar el desarrollo de proyectos de investigación de carácter disciplinar e interdisciplinar orientados a promover la producción de conocimientos científico, tecnológicos y artísticos relacionados con el acervo cultural y patrimonial en todas sus manifestaciones artísticas, el desarrollo científico – tecnológico – productivo vinculado a los diferentes campos de conocimiento aplicado (tales como el diseño, la cerámica industrial o las industrias culturales) que cuentan con capacidad para generar procesos de innovación creativos y soluciones alternativas a diferentes problemáticas regionales y el fortalecimiento de la investigación vinculada con el mejoramiento de la calidad educativa. Tendrán una valoración positiva las propuestas que puedan articular con los objetivos estratégicos de la presente convocatoria: a) Proyectos de investigación que tengan como objetivo: valorizar y difundir el patrimonio y/o con foco en la preservación y difusión del acervo documental de la Colección de Bienes Artísticos y Culturales de la Facultad de Artes y Diseño (BACFAD). b) Proyectos de investigación que tengan como objetivo: analizar, describir y comparar las capacidades, saberes y habilidades pedagógicas requeridas para la articulación de los aprendizajes trabajados y adquiridos en el Nivel secundario con el ingreso a las carreras de la FAD y/o el mejoramiento del proceso de enseñanza aprendizaje en contextos virtuales o híbridos. c) Proyectos de investigación que tengan como objetivo: contribuir a desarrollos artísticos, en diseños y / o tecnológicos basados en el desarrollo sostenible que tiendan a minimizar el impacto socio - ambiental durante todo el ciclo de vida del producto y su impacto con el medio. (link ODS, Naciones Unidas https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/objetivos-de-desarrollosostenible/ ) d) Proyectos de Investigación que tengan como objetivo descubrir, analizar, comparar, profundizar, relevar y sistematizar metodologías y teorías referidas a la investigación en el campo de las artes”
ARTÍCULO 2: DURACIÓN Los proyectos seleccionados tendrán una duración de un año, comprendido en el periodo del 1 de mayo 2023 – al 30 de abril 2024.
ARTÍCULO 3: TIPOS DE PROYECTOS Y MONTOS La convocatoria cubre dos modalidades, orientados a Investigadores Nóveles e Investigadores Formados/as: Investigadores nóveles: docentes y auxiliares de docencia con menos de 10 años de antigüedad en investigación y categorizados/a o no categorizados/as. Para esta modalidad se prevé otorgar hasta TRECE (13) proyectos de 30.000 pesos anuales cada uno. Investigadores formados/as: docentes y auxiliares de docencia con más de 10 años de antigüedad en investigación categorizados/as o no categorizados/as. Para esta modalidad se prevé otorgar hasta SIETE (07) proyectos de 30.000 pesos anuales cada uno.
ARTÍCULO 4: PLAZOS DE LA CONVOCATORIA La convocatoria se extiende del 1 de diciembre 2022 al 30 de marzo 2023.
Anexo Único-Hoja 2
ARTÍCULO 5: PRESENTACIÓN FORMAL La solicitud y el formulario respectivo deben presentarse en formato digital dirigido al correo electrónico: investigacionyposgrado@fad.uncu.edu.ar Se debe adjuntar fotocopia del Documento del/la director/a del Proyecto, aval académico y patrimonial de la dirección de carrera a la que pertenece el/la director/a del proyecto (con firma digital). Tener en cuenta que el correcto llenado del formulario y, en general, la calidad de su presentación son factores que facilitan la evaluación del proyecto.
ARTÍCULO 6: CRITERIOS DE EVALUACIÓN Todos los proyectos serán evaluados por una Comisión Evaluadora ad hoc designada para tal fin por el Consejo Directivo de la Facultad, a propuesta del CAIP (Consejo Asesor de Investigación y Posgrado) de la FAD a fin de obtener su aprobación. Se evaluará favorablemente la formación de equipos interdisciplinarios.
La Evaluación de los Proyectos de Investigación presentados, considera los siguientes ítems: • Antecedentes del/la director/a y codirector/a (hasta 15 p. totales – 10 y 5 respectivamente) • Antecedentes del equipo de investigación (hasta 15 p.) • Plan de trabajo: fundamentación (incluyendo antecedentes del tema), claridad de los objetivos, pertinencia, metodología y factibilidad (hasta 30 p.) • Coincidencia con los objetivos estratégicos de la convocatoria (hasta 10 p.) • Formación de recursos humanos (hasta 15 p.) • Vinculación y transferencia (hasta 15 p.) • Para la aprobación de los proyectos se deberán reunir un puntaje mínimo de SESENTA (60) puntos.
ARTÍCULO 7: DEL EQUIPO DE INVESTIGACIÓN Director/a: podrán dirigir proyectos los/as docentes y auxiliares de docencia de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo. El o la Director/a podrá dirigir un solo proyecto de esta convocatoria, y no podrá participar en más de dos de esta convocatoria. Quienes dirijan proyectos en esta convocatoria no podrán dirigir simultáneamente proyectos de la SIIP con el mismo objeto. Codirector/a: Los proyectos deberán contar con un/a Co-Director/a, que en ausencia del Director (una vez que el proyecto haya sido aprobado para su financiamiento), asumirá la responsabilidad del mismo. Se podrá ser Co-Director/a de un solo proyecto a la vez. Un/a codirector/a formado/a podrá integrar un proyecto dirigido por Directores/as nóveles. Es condición ineludible de esta convocatoria que los equipos de trabajo incluyan la participación de al menos dos estudiantes avanzados y un egresado de la FAD.
ARTÍCULO 8: DE LAS OBLIGACIONES DE LOS/LAS DIRECTORES/AS DE PROYECTOS Los/as directores/as de los proyectos seleccionados y financiados deberán presentar un informe parcial de avance académico y una rendición de cuentas parcial, luego de transcurrido los seis meses del comienzo del proyecto, según las indicaciones oportunamente solicitadas por la Secretaría de Investigación y Posgrado de la FAD. La falta de presentación en término, observación o desaprobación de informes de avance de un proyecto financiado o avalado, sin la correspondiente justificación, implicará para el Director/a, Co-Director/a e integrantes, perder el derecho a presentarse en la próxima convocatoria de proyectos de investigación internos de la FAD, la suspensión del subsidio en el caso que corresponda, o a la devolución de los fondos asignados.
Anexo Único-Hoja 3
La falta de presentación en término de rendiciones de cuentas solicitadas sin la correspondiente justificación o la incurrencia en fraude, implicará para el Director/a y/o CoDirector/a perder el derecho a presentarse en la próxima convocatoria, la suspensión del subsidio en el caso que corresponda, la devolución de los fondos asignados o al inicio de las acciones penales correspondientes. Cuando se origine algún invento, publicación, creación y desarrollo como resultado del trabajo subsidiado por la FAD, esta se reserva la facultad de convenir con el/la director/a , en cada caso, su participación en los derechos emergentes. Los/as directores/as de los proyectos seleccionados y financiados deberán participar en las Jornadas de Investigación convocadas por la Secretaría de Investigación y Posgrado de ésta facultad y en todos los actos de divulgación de los resultados obtenidos en las investigaciones efectuadas deberán incluir pertenencia de la FAD. (En el siguiente link https://cicunc.uncuyo.edu.ar/imagen-institucional podrá encontrar el manual de identidad de la UNCuyo por Unidad Académica)
REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL PROYECTO
IDENTIFICACIÓN Director/a Codirector/a Integrantes Tipo de proyecto (Investigadores nóveles o Investigadores formados). Ubicación Académica: identifique el nombre de la Unidad que llevará a cabo la investigación. Ej.: Facultad, Grupo de Carreras. Denominación del Proyecto: la denominación de su proyecto identificará en adelante su investigación, por lo que debe ser formulada con claridad y precisión y no podrá modificarse en el futuro. Considere esta denominación en relación con el proyecto mayor o línea de investigación a que pertenece el presente proyecto. Palabras Clave: consigne las palabras o grupos de palabras claves de la denominación que permitan identificar claramente el proyecto. Ordénelas teniendo en cuenta la importancia decreciente que tenga significación en el proyecto. Resumen Técnico: el resumen técnico tiene por objetivo la aprehensión sintética de su proyecto. Haga una síntesis de los objetivos, la hipótesis de trabajo, la metodología y las actividades de transferencia. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Estado actual de conocimientos sobre el tema. Realice un balance actualizado de los conocimientos y grado de desarrollo del tema propuesto en el orden nacional e internacional. (Indicar bibliografía) Formulación y fundamentación del problema a investigar Explicite el o los objetivos. Explique la hipótesis de trabajo o presupuestos. Metodología: describa el proceso metodológico, especifique la estrategia que implementará y las técnicas que utilizará. Resultados esperados: de acuerdo con los objetivos propuestos, indique los resultados que puede lograr en función de las contribuciones que significará en cuanto al conocimiento, a la formación de recursos humanos, al desarrollo social, económico y cultural, etc. Cronograma de Actividades. Detalle las diferentes actividades y señale sus tiempos en meses. TRANSFERENCIA Y BENEFICIARIOS/AS Indique posibles formas de transferencia de los resultados y posibles beneficiarios/as.
Anexo Único-Hoja 4
EQUIPO DE TRABAJO Detallar el rol de los/as integrantes del grupo de trabajo (investigador/a, personal técnico, becario/a (podrán incluirse hasta dos becarios/as por proyecto), estudiante, graduado/a, personal de apoyo académico, etc.) y a que claustro pertenece.
AVAL ACADÉMICO Y AUTORIZACIÓN DEL/LA RESPONSABLE PATRIMONIAL Es necesario obtener y presentar el aval firmado (digitalmente) del/la directora/a de Carreras en que llevará a cabo la investigación o en caso de fuerza mayor, de la Decana de la Facultad.
DECLARACIÓN JURADA Se recibirán sólo proyectos que vengan acompañados de la declaración jurada firmados digitalmente por el/la Director/a del proyecto presentado.
CURRICULUM VITAE Los/as integrantes del equipo de investigación deberán presentar su curriculum vitae abreviado (no más de 3 carillas) actualizado, incluir link de CVar en el caso de tenerlo.
DATOS DEL PROYECTO EN INGLÉS A los efectos de poder confeccionar un catálogo de los proyectos de investigación que permita su difusión a nivel internacional, así como disponer del mismo en la página web de nuestra Facultad; se solicita la denominación del proyecto, las palabras clave y el resumen en idioma inglés.
RESOLUCIÓN Nº 343
Anexo Único- Hoja 5
FORMULARIOS
Anexo Único- Hoja 6
Anexo Único- Hoja 7
Anexo Único- Hoja 8
Anexo Único- Hoja 9
Anexo Único- Hoja 10
RESOLUCIÓN Nº 343
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CD-2022-RES-342 5/12/2022 (Carga: 5/12/2022) |
MENDOZA, 5 de diciembre de 2022
VISTO:
Los expedientes E-CUDAP-CUY: 35740/22 y 35318/22 en los que distintos Docentes Universitarios solicitan la revisión particular en relación a la solicitud de inscripción en el proceso de Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid 19 (CEREP.COV).
CONSIDERANDO:
Las notas presentadas por los docentes Verónica Analía AGUIRRE y Valeria SEÑORANS, solicitando consideración por parte del Consejo Directivo - FAD para ser incluidos en el proceso de concursos CEREP.
Que en la evaluación inicial de la postulación se tuvieron en cuenta los requisitos establecidos en Res. 265/2020 C.S.- Res. 100/2021 Rector, a saber: que el cargo tenga presupuesto genuino, la antigüedad como docente interino (de 2 años al 31/03/2021) y que haya realizado actividades áulicas durante 2020.
Que, atendiendo a las solicitudes de los docentes en cuestión, se analizan que las mismas no cumplen con la antigüedad exigida, con el objeto de ser incluidos en el proceso de concursos CEREP-COV.
La competencia del Consejo Directivo de considerar los casos que ameriten así como también plantear ante la Comisión Paritaria Particular en forma fundada y para casos especiales, la posibilidad de convocar al Concurso Especial solicitado (Res. 265/2020-C.S., art. 3° inc. d).
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y lo dispuesto por este Cuerpo sesión plenaria del día 22 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Denegar la solicitud de inscripción en el proceso de Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid 19 (CEREP.COV) a las Docentes Universitarias consignadas en el Anexo Único, por encontrarse fuera del ámbito de aplicación de las normativas vigentes (resoluciones N° 265/2020 C.S. y N° 100/21-R).
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 342
ANEXO ÚNICO
APELLIDO NOMBRE DNI LEGAJO CARGO DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR CARRERA
-Visión I y II AGUIRRE Verónica Analía 27.402.570 30.864 Profesor Adjunto Semiexclusiva -Visión I y II (Optativa) Artes Visuales
-Taller de Rotación I y II: Grabado Jefe de Trabajos -Taller I y II: Grabado SEÑORANS Valeria 29.875.581 32.401 Semiexclusiva Artes Visuales Prácticos -Taller I y II para Profesorado (con opción a Grabado)
RESOLUCIÓN N° 342
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FA-2022-CIR-003 5/12/2022 (Carga: 5/12/2022) |
CIRCULAR Nº 3 LICENCIA ANUAL ORDINARIA 2022 DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO
MENDOZA, 5 de diciembre de 2022
SEÑOR/A:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. con el fin de informarle que el personal de apoyo académico gozará de la Licencia Anual Ordinaria Año 2022, a partir del día DOS (2) de enero de 2023, de acuerdo con la Reglamentación vigente, Decreto Nº 366/06, conforme con las siguientes pautas: • Sólo con la autorización expresa de Decanato o Secretaría AdministrativoFinanciera, podrán desarrollarse actividades durante el mes de enero de 2023; cumpliendo como mínimo CINCO (5) hs. diarias, consignando ingreso y egreso a través del reloj digital. • El personal que, por razones de servicio, no hiciera uso total de los días de vacaciones, deberá acordar con su Jefe directo la fecha en la que tomarán los días restantes, que no podrá ser mas allá del TREINTA Y UNO (31) de julio de 2023. • De acuerdo con la antigüedad para vacaciones que acumule el personal de apoyo académico, corresponden los períodos que se indican a continuación: DÍAS DE VACACIONES DESDE HASTA REINTEGRO REAL
20 DÍAS 02/01/23 21/01/23 01/02/23
25 DIAS 02/01/23 26/01/23 01/02/23
30 DÍAS 02/01/23 31/01/23 01/02/23
35 DIAS 02/01/23 05/02/23 06/02/23
40 DIAS 02/01/23 10/02/23 13/02/23
• Se informa que los edificios de la Facultad permanecerán abiertos hasta el día 22/12/22 por lo que el personal cumplirá funciones hasta esa fecha.
• El personal con 20 ó 25 días de vacaciones podrá ser requerido para cumplir funciones durante el mes de enero 2023.
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CD-2022-RES-341 2/12/2022 (Carga: 2/12/2022) |
MENDOZA, 02 de diciembre de 2022
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 43086/22 caratulado: “DECANATO S/Designación Mgter. Marcelo Fabián ORTEGA en el cargo de JTP (SE), con la función de Responsable de Industrias Creativas y Culturales, dependiendo del Área de Innovación y Desarrollo; desde la efectiva prestación de serv., hasta el 31/12/2022.”.
CONSIDERANDO: Que este Decanato propone la designación del Mgter. Marcelo Fabián ORTEGA en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, para cumplir las funciones de Responsable de Industrias Creativas y Culturales, dependiente del Área de Innovación y Desarrollo de esta Facultad. Que, Dirección de Personal informa que el Mgter. ORTEGA no registra situación de revista en esta dependencia y habiendo realizado los exámenes preocupacionales o de ingreso correspondientes obtuvo de ello el certificado de aptitud psicofísica DEFINITIVO. Asimismo, esta Dirección comunicó a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) el ALTA correspondiente, estableciendo como fecha de efectiva prestación de servicios, el 1 de diciembre de 2022. Lo informado por la Secretaría Administrativo-Financiera. Por ello y atento a lo acordado en sesión plenaria del día 15 de noviembre de 2022, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al Mgter. Marcelo Fabián ORTEGA (Leg. N° 21.751 - CUIL N° 20-16743647-2) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, para cumplir las funciones de Responsable de Industrias Creativas y Culturales, dependiente del Área de Innovación y Desarrollo de esta Facultad, desde el UNO (1) hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad, de acuerdo al siguiente detalle: Depend. o Sub Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Apartado dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 99 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hace al cargo Escalafón y Códigos de Escalafón Docente – Jefe de Trabajos Prácticos con 808 cargos Dedicación Semiexclusiva
Resol. N° 341
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 341
DECANO
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CD-2022-RES-340 2/12/2022 (Carga: 2/12/2022) |
MENDOZA, 02 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 34301/22 caratulado: “DECANATO S/DESIGNACIÓN ASESORES ESTUDIANTILES. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que se propone la designación del Sr. Israel Macario Moisés TOBAR en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación Semiexclusiva, para cumplir las funciones de Asesor Estudiantil de esta Facultad.
Que, Dirección de Personal informa que el Sr. TOBAR no registra situación de revista en esta dependencia y habiendo realizado los exámenes preocupacionales o de ingreso correspondientes obtuvo de ello el certificado de aptitud psicofísica DEFINITIVO. Asimismo, esta Dirección comunicó a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) el ALTA correspondiente, estableciendo como fecha de efectiva prestación de servicios a partir del 1 de diciembre de 2022.
Lo informado por la Secretaría Económico-Financiera. Por ello y atento a lo acordado en sesión plenaria del día 20 de setiembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al Sr. Israel Macario Moisés TOBAR (CUIL N° 20-28757103-9) en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación semiexclusiva, para cumplir funciones de Asesor Estudiantil de esta Facultad, desde el UNO (1) hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad, de acuerdo al siguiente detalle: Depend. o Sub Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Apartado dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 99 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hace al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código de Cargo 809 Ayudante de Primera con Dedicación Semiexclusiva
Resol. N° 340
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 340
DECANO
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CD-2022-RES-339 2/12/2022 (Carga: 2/12/2022) |
MENDOZA, 02 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 31196/21 en el que se tramita la convocatoria a concurso Especial (CEREP-COV) para proveer con carácter efectivo, un cargo de Profesor Titular con dedicación Exclusiva, para el dictado de las asignaturas “Armonía”; “Armonía I y II”; “Armonía Práctica” y “Armonía Profesional”, que se cursan en las Carreras Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que por medio del VAR-CUY: 110942/22 se encuentra el Acta de Cierre de los postulantes inscriptos, en el que figuran los siguientes docentes: Ernesto Javier SUELDO, Verónica Isolina VERA y Gustavo Fabián ORDOÑEZ.
Que, iniciada la etapa de sustanciación del mencionado concurso, la Comisión Asesora encargada en atender el mismo, realizó el análisis de los antecedentes conjuntamente con la evaluación de los postulantes, resolviendo por medio del Acta Final VAR-CUY: 124654/22, el siguiente orden de meritos: 1.- Ernesto Javier SUELDO, 2.- Verónica Isolina VERA y 3.- Gustavo Fabián ORDOÑEZ. Que mediante VAR-CUY: 126103/2022 el Departamento de Concursos de esta Facultad lleva a cabo la notificación fehaciente (vía correo electrónico) a los docentes participantes del concurso, respecto al acta final resuelta por la Comisión Asesora.
Que tomado conocimiento de aquella por parte de los profesores involucrados, los docentes Gustavo Fabián ORDOÑEZ (Expte. E-CUDAP-CUY:36248/22) y Verónica Isolina VERA (Expte. E-CUDAP-CUY: 36254/22) presentan impugnaciones a la decisión del jurado, manifestando en ambos casos y en un sentido general, disconformidad respecto a los métodos de evaluación y otorgamiento de puntajes.
Que dadas las presentaciones realizadas, se corre vista de las presentes actuaciones a Asesoría Letrada de esta Facultad a fin de expresar dictamen al respecto, entendiendo la misma que: “Los recursos fueron interpuestos en tiempo y forma por lo tanto deben ser aceptados en lo formal, formulándose respecto a lo sustancial las siguientes apreciaciones: 1.- Los supuestos defectos de procedimiento no se advierten por parte de esta Asesoría, ni son puntualizados fehacientemente por los impugnantes, ni por el veedor docente Prof. Pablo SALCEDO, ni por el veedor por los alumnos Srta. María Belén RÍO PELLIZA, ni por la Prof. Roxana Margarita LOYERO quienes manifiestan que las instancias del concurso se han desarrollado con normalidad y dentro de lo que establece la normativa que reglamenta los concursos efectivos. Por lo tanto estimo que deberían ser desestimados. 2- La disconformidad respecto a los procesos de evaluación y otorgamiento de puntaje excede su evaluación a los conocimientos y funciones propias de esta Asesoría, debiendo ser el Consejo Directivo quien luego del análisis del Acta Final, de las Grillas y de las impugnaciones, resuelva al respecto. Puede acudirse para esta tarea, el recurso de solicitar a la Comisión Asesora una Ampliación de Dictamen – peticionada también por ambos impugnantes (Verónica Isolina VERA y Gustavo Fabián ORDOÑEZ) que responda a las dudas planteadas en cuanto a la formación académica, trayectoria docente, oposición, clase y coloquio.”
Que, analizadas las recomendaciones esgrimidas por la Asesoría Letrada, la Comisión de Concursos del Consejo Directivo, el día 27 de setiembre de 2022, solicita ampliación de dictamen a la Comisión Asesora interviniente, respecto al proceso de evaluación y otorgamiento de puntajes en los ítems de antecedentes y oposición de ambos recurrentes. Asimismo, se solicita a la Dirección de Concursos Docentes y Evaluación de Desempeño explicite el criterio adoptado para la realización o no de la Clase Pública a los diferentes postulantes.
Que mediante el VAR-CUY: 139418/22 la Comisión Asesora amplía dictamen ratificando la ponderación de puntajes dispuesta oportunamente y en consecuencia, mantiene incólume el orden de méritos propuesto.
Que, por otra parte, se acumulan en las presentes actuaciones el informe solicitado a la Dirección de Concursos Docentes y Evaluación de Desempeño respecto al criterio de la Clase Pública, de modo que hace alusión a lo dispuesto en la Resolución Nº 37/21-CD en su artículo 1º, que expresa: “Exceptuar de la Clase Pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de un Concurso de Trámite Abreviado Ord. 8/91 C.D., sin perjuicio a ello se deberá sustentar la evaluación en la presentación de Antecedentes, Plan de Labor y Coloquio”. Por lo expuesto y como en TODOS LOS CEREP llevados a cabo, por sugerencia de lo establecido en las normas mencionadas del Consejo Superior y para evitar la duplicación de instancias de evaluación y concursos previamente sustanciados, el Jurado decidió en uso de sus atribuciones NO TOMAR CLASE PÚBLICA a quién ya rindió Concurso de Trámite Abreviado y resultó ganador (en este caso por la Ord. 8/91 C.D.).”.
Que por Expte. E-CUDAP N° 38598/22 la Dirección de Concursos Docentes y Evaluación de Desempeño, destaca “…en primer lugar que ninguno de los dos postulantes hizo uso del derecho de impugnación que establece la Ord. 23/10 C.S. en su artículo 13º “...los aspirantes... podrán ejercer el derecho de impugnar a los aspirantes inscriptos. Las impugnaciones deberán fundarse en razones de carácter moral, ético, legal, cívico o en la actuación universitaria del impugnado”. En los recursos presentados, el tema de la actuación universitaria del profesor SUELDO a la que hacen mención en sus impugnaciones, ya resulta extemporánea, según la reglamentación. Del mismo modo, el artículo 14º deja claro que “...además se acompañarán las pruebas que pretendan hacerse valer. Después de esa oportunidad NO PODRÁ admitirse otra prueba”.
Que por Expte E-CUDAP N° 38600/22, la Secretaria de Consejo, a requerimiento de los consejeros directivos, solicita “de acuerdo con los argumentos esgrimidos en los recursos interpuestos por los postulantes Verónica Isolina VERA y Gustavo Fabián ORDOÑEZ, eleve al Consejo Directivo, toda la documentación referida a la cátedra en cuestión (supuesta intervención de la cátedra, actas y notas de estudiantes y docentes especialmente de los años 2018 y 2019) aludidas por los impugnantes. Asimismo, realice las consultas pertinentes a la Dirección de Carreras Musicales, Asesoría Estudiantil y SAPOE”. • La respuesta de la Jefatura del Departamento Operativo de Carreras Musicales (VAR CUY 141067/2022) informando que “…en esta oficina no hay ninguna documentación referida a la cátedra de Armonía. Las mesas nunca fueron intervenidas, no se realizaron reuniones donde se labraran actas, ni tampoco hay notas presentadas por alumnos o docentes sobre problemas en la cátedra. Estamos en conocimiento que se realizaron reuniones en el ámbito de Secretaría Académica, pero se desconoce su contenido o resultado.” Resol.Nº 339
• La respuesta de Asesoría Estudiantil incorporada mediante VAR CUY Nº 154811/2022 que informa“…que en esta oficina no hay ninguna documentación referida a la cátedra de Armonía, por lo que no podemos asegurar ni confirmar si las mesas fueron intervenidas, si se realizaron reuniones donde se labran actas, ni tampoco si hay notas presentadas por estudiantes.”. • Que mediante VAR-CUY Nº 0157780/2022 la oficina SAPOE (Servicio de Apoyo al Estudiante) mediante informe de la Lic. Elisa MIERAS, expone que “…que en el mes de octubre 2019 fui convocada por Secretaría Académica para mediar en una situación conflictiva entre los miembros de la cátedra de Armonía. Las acciones que se realizaron: - Entrevista Personal con el Prof. Sueldo. - Reunión con la Directora de Carreras Musicales, el Prof. Titular y los dos Prof. Adjuntos, donde se plantearon pautas a seguir para tener una coherencia en lo que se les transmite a los estudiantes. En noviembre nos volvimos a reunir con la Directora de Carreras Musicales, el Prof. Ernesto Sueldo y la Prof. Verónica Vera, y se observó que el Prof. Titular había incorporado las sugerencias dadas en la reunión anterior, y quedó a cargo de la Dirección de Carreras continuar supervisando lo planteado”. • Que finalmente Secretaría Académica “…considera que se han cumplido correctamente todas las instancias en el proceso de Concursos especiales CerepCov y de Concurso efectivo cátedra Armonía. Se realizaron intervenciones reiteradas de distintas áreas de la Facultad, y en ningún caso se incorporaron antecedentes que pudieran ser tenidos en cuenta por el Consejo al momento de autorizar la convocatoria, o por la Comisión Asesora al momento de analizar la trayectoria docente de los participantes, teniendo en cuenta que los otros aspirantes pueden dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de la inscripción, impugnar a los aspirantes inscriptos fundándose en razones referidas a la actuación universitaria o de carácter legal, ético, moral, cívico, etc.”. Las recomendaciones realizadas por la Comisión de Concursos del Consejo Directivo en cuanto a: “Teniendo en cuenta el ítem Trayectoria Docente incluido en la Ord. 23/2010 C.S. (Régimen de concursos efectivos), instrumentar en el ámbito de la Facultad el sistema de Evaluación de Desempeño Docente aprobado por Ord. 3/2020 C.D. a fin de que los resultados obtenidos por cada docente, puedan ser tenidos en cuenta por las Comisiones Evaluadoras de los futuros concursos. Informar a la comunidad educativa que las Actas de Aspirantes a concursos se encuentran publicadas en la página web de la Facultad, a efectos de la posibilidad de ejercer el derecho de impugnación de los postulantes, establecido en la reglamentación vigente. Se incorpore en las Comisiones Asesoras de los concursos docentes, a miembros que tengan formación pedagógica, ya que se trata de cargos para la enseñanza. En caso de que exista intervención de las diferentes áreas, queden registradas en Actas firmadas por los involucrados a fin de ser consultadas eventualmente por las Comisiones Asesoras en la apertura de concursos. Secretaría Académica y la Dirección de Carreras realice acompañamiento de la cátedra de “Armonía” y de todas aquellas que se encuentren en situación similar.”.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 15 de noviembre de 2022.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar en lo formal y rechazar en lo sustancial, los recursos interpuestos por el Prof. Gustavo Fabián ORDOÑEZ y por la Prof. Verónica Isolina VERA, en contra del Acta Final dispuesta por la Comisión Asesora designada para atender el mencionado concurso, obrantes en exptes E-CUDAP-CUY Nros. 36248/22 y 36254/22, respectivamente, por los argumentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 219/22-C.D. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación exclusiva, para el dictado de las asignaturas “Armonía”; “Armonía I y II”; “Armonía Práctica” y “Armonía Profesional” que se cursa en las Carreras Musicales de esta Facultad, en los términos y condiciones dispuestas por resolución N° 265/20-C.S., estableciendo el siguiente orden de méritos: 1.- Ernesto Javier SUELDO, 2.- Verónica Isolina VERA y 3.- Gustavo Fabián ORDOÑEZ.
ARTICULO 3°.- Auspiciar ante el Consejo Superior la designación con carácter efectivo del Prof. Ernesto Javier SUELDO (Legajo Nº 33.639 – CUIL n° 20-22033289-7) en el cargo y funciones objeto del presente concurso.
ARTÍCULO 4°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 339
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FA-2022-RES-648 1/12/2022 (Carga: 1/12/2022) |
MENDOZA, 1 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 21897/21 caratulado: “Convocatoria a E concurso Cerrado General, Personal Apoyo Académico Ord. Nº 03/2008 C.S. Categoría 3 - Efectivo – JEFE DPTO. EDIFICIO DE DOCENCIA. Agrupamiento Servicios GeneralesFAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 2º de la resolución nº 927/22-C.S., C.S.,se designa en dicho cargo y funciones al postulante que figura en primer lugar en el orden de méritos establecido: Téc. Alfredo David ABDO.
Que así mismo, corresponde a esta Facultad establecer la fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del mencionadoagente a los efectos de la eficacia de de la designación efectuada, de conformidad con lo expresado en el artículo 3º de la resolución nº 927/22-C.S. C.S.
Lo informado al respecto por la Dirección de Personal, en cuanto a que por Personal, vía separada se tramita la baja por renuncia partir del 01/12/22, d Téc. Alfredo David renuncia,a del ABDO en el cargo Categoría 5 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, como así también el Adicional por Carácter Crítico de la Función otorgado , Función, desde 01/03/22 hasta 31/12/22, para cumplir funciones de Referente de Edificio de Docencia, según Resol. n° 88/22-FAD., intertanto se tramitaba el concurso objeto de la , 88/22 , presente designación.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Fijar el UNO (1) de diciembre de 2022 como fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del Téc. Alfredo David ABDO (Leg. n° 19.066 – CUIL de Leg. n° 20- 16588898-8) en el cargo Categoría 3 – Tramo Mayor- del Agrupamiento ) Mante-nimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de nimiento, Generales, Jefe del Departamento de Servicios del Edificio de Docencia de esta Facul Facultad, en el que ha sido designado mediante el artículo 2º de la resolución Nº 927 med 927/22-C.S..
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el La mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 648
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FA-2022-RES-647 1/12/2022 (Carga: 1/12/2022) |
MENDOZA, 1 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 21899/21 caratulado: “Convocatoria a E concurso Cerrado General, Personal Apoyo Académico Ord. Nº 03/2008 C.S. Categoría 3 - Efectivo – JEFE DPTO. EDIFICIO DE GOBIERNO. Agrupamiento Servicios Generales GeneralesFAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 2º de la resolución nº 932/22-C.S., C.S.,se designa en dicho cargo y funciones al postulante que figura en primer lugar en el orden de méritos establecido:Lic. Ciro SPANO. SPANO
Que así mismo, corresponde a esta Facultad establecer la fecha de inicio blecer de la efectiva prestación de servicios del mencionadoagente a los efectos de la eficacia de de la designación efectuada, de conformidad con lo expresado en el artículo 3º de la resolución nº 932/22-C.S. C.S.
Lo informado al respecto por la Dirección de Personal, en cuanto a que por , vía separada se tramita la baja por renuncia,a partir del 01/12/22, d Lic. Ciro SPANOen renuncia del el cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales Generales, como así también el Adicional por Carácter Crítico de la Función, otorgado desde 01/01/22 po , hasta 31/12/22, para cumplir funciones de Referente delEdificio de Gobierno según Edificio Gobierno, Resol. n° 660/21-FAD., intertanto se tramitaba el concurso objeto de la presente , designación.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO DECA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Fijar el UNO (1) de diciembrede 2022 como fecha de inicio de la Fijar efectiva prestación de servicios del Lic. Ciro SPANO (Leg. n° 34 de Leg. 34.041 – CUIL n° 2333022433-9)en el cargo Categoría 3 – Tramo Mayor- del Agrupamiento en Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de Jefe Generales, del Departamento de Servicios del Edificio de Gobiernode esta Facul de Facultad, en el que ha sido designado mediante el artículo 2º de la resolución Nº 932/22--C.S..
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el La mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 647
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CD-2022-RES-338 1/12/2022 (Carga: 1/12/2022) |
MENDOZA, 1 de diciembre de 2022
VISTO:
Las actuaciones contenidas en los expedientes E-CUDAP-CUY Nros. 40852/22, 40949/22, 40941/22, 40946/22, 40939/22, 41013/22, 40793/22, 40943/22, 40873/22, 40866/22, 40710/22, 40947/22, 40944/22, 40877/22, 41010/22, 40849/22, 40792/22, 40948/22, 41009/22 y 40961/22, en los que distintos Docentes Universitarios solicitan la revisión particular en relación a la solicitud de inscripción en el proceso de Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid 19 (CEREP.COV).
CONSIDERANDO:
Los agentes involucrados solicitan consideración por parte del Consejo Directivo - FAD para ser incluidos en el proceso de concursos CEREP.
Que en la evaluación inicial de la postulación se tuvieron en cuenta los requisitos establecidos en Res. 265/2020 C.S.- Res. 100/2021 Rector, a saber: que el cargo tenga presupuesto genuino, la antigüedad como docente interino (de 2 años al 31/03/2021) y que haya realizado actividades áulicas durante 2020.
Que, atendiendo a las solicitudes de los agentes pertenecientes a los Organismos Artísticos en cuestión, se analizan que los mismos no cumplen sustancialmente con el objeto establecido para ser incluidos en el proceso de concursos CEREP-COV, por encontrarse fuera del ámbito de aplicación de la normativa vigente.
Que Asesoría Letrada, luego de un exhaustivo informe, llega a la conclusión de que, en los términos planteados, no debería hacerse lugar a la apertura de los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias provocadas por la Pandemia del Covid-19 (CEREP-Cov) solicitados por los agentes involucrados.
Que la Comisión de Concursos, luego de un amplio y profundo debate en el que se consideró el dictamen de Asesoría Letrada de esta Facultad, expresa que las solicitudes presentadas: 1) No encuadran en lo previsto por la Resol. 265/20 C.S. que establece en su Art. 1° como ámbito de aplicación: a) Docentes Interinos: Profesor Titular, Asociado y Adjunto b) Auxiliares de Docencia Interinos: Jefe de Trabajos Prácticos, Ayudante de Primera Categoría y Ayudante de Segunda Categoría, considerando que ninguno de los presentantes revista en los cargos citados. 2) Ser un procedimiento de efectivización estrictamente docente que exige el requisito excluyente de prestación de servicios aúlicos frente alumnos de forma presencial o remota, durante el ciclo lectivo 2020, situación que no se verifica en ninguno de estos casos. 3) Que si bien existen numerosos antecedentes, dictámenes y resoluciones en que la Facultad de Artes y Diseño se ha pronunciado a favor de la efectivización de los integrantes de los organismos, no ha consentido, ni antes ni ahora, con su efectivización como docentes, dentro del ámbito de la Facultad 4) La imposibilidad de convocar a concurso tantos cargos, con destino a una única asignatura que se propone: Práctica Orquestal.”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y lo dispuesto por este Cuerpo sesión plenaria del día 22 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Denegar la solicitud de inscripción en el proceso de Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid 19 (CEREP.COV) a los Docentes Universitarios, pertenecientes a los Organismos Artísticos, consignados a continuación, por encontrarse fuera del ámbito de aplicación de las normativas vigentes (resoluciones N° 265/2020 C.S. y N° 100/21-R), por las razones esgrimidas en el 5to. Considerando de la presente: CUDAP N°40852/22 ABT, Ladislao CUDAP N°40949/22 ALVENTOSA CORDERO, Alexandre CUDAP N°40941/22 CEDEÑO RIVAS Miguel Moises CUDAP N°40946/22 DIAZ Omar Roberto CUDAP N°40939/22 GEREDUS, Juan Ignacio CUDAP N°41013/22 GIDONI BLANCO, Franco Valentín CUDAP N°40793/22 GUTIÉRREZ Joaquin CUDAP N°40943/22 JARA ROSALES, Johana Karina CUDAP N°40873/22 JUNQUEIRA ROQUE, Amilcar CUDAP N°40866/22 MAZZOCCA, Juan Pablo CUDAP N°40710/22 PÉREZ, Carlos Esteban CUDAP N°40947/22 PINEDA ZÁCCARA, Elda María CUDAP N°40944/22 RINALDI, Melisa Lourdes CUDAP N°40877/22 ROSSI, Enzo Paolo CUDAP N°41010/22 SALINAS, Lucía Magdalena CUDAP N°40849/22 SANCHEZ SOSA, Gorgias Igor CUDAP N°40792/22 SCATTOLINI, Magdalena CUDAP N°40948/22 VAZQUEZ, Cecilia Marina CUDAP N°41009/22 VELAZQUEZ Leandra CUDAP N°40961/22 VERENZUELA, Carlos Antonio
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 338
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CD-2022-RES-337 1/12/2022 (Carga: 1/12/2022) |
MENDOZA, 1 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 669/22 caratulado: “CARRERAS DE ARTES DEL ESPECTÁCULO - Contrato Prof. MILLARES - Cargos: Prof. Titular (SE) “Historia de la Cultura y el Teatro Universales I” / Prof. Titular (SE) “Dramaturgia” - 01/01/2023 hasta el 31/12/2023”.
CONSIDERANDO: Que la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo estima conveniente y necesaria la prórroga de las funciones docentes que viene desarrollando el Prof. MILLARES en los espacios curriculares afectados, dada su destacada trayectoria, especialización y el gran aporte referido al encuadre metodológico y profesional brindado a los estudiantes. Que, de acuerdo a lo expresado en la resolución nº 615/21-C.S., la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) informa que el Prof. MILLARES no se encuentra en condiciones de recibir el beneficio jubilatorio dado que el cómputo de servicios no alcanzaría para otorgárselo, por lo que es importante tener presente que el docente fundamenta tal pedido en el hecho de haber tenido que abandonar el país por causas políticas en el año 1978, adjuntando un Cerfiticado del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (AGNUR) período que interrumpió de esa forma su carrera docente, aun cuando no hubo una expulsión explícita por parte de la Universidad Nacional de Cuyo. Que la Dirección de Personal informa que dicho pedido encuadra con lo normado en el Art. 5º de la ordenanza N° 69/10-C.S. y que actualmente dicho docente ha iniciado su trámite jubilatorio.
Que se ha tenido en cuenta el informe favorable de la Secretaría Académica y de Secretaría Administrativo–Financiera. Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en sesión plenaria del día 29 de noviembre de 2022, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Propiciar ante el Consejo Superior la prórroga de contratación, por vía de excepción, del siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente contratado Apellido y Nombres MILLARES, Héctor Julio del Corazón de Jesús Documento Único: 8.469.393 CUIT 20-08469393-7 Legajo N° 28.101
Cargo 1: 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Semiexclusiva Condición Contratado
Espacio/s Curricular/es: 1) Historia de la Cultura y el Teatro Universales I 2) Historia de la Cultura y el Teatro Universales I (Optativa)
Resol. N° 337
Cargo 2: 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Semiexclusiva Condición Contratado
Espacio/s Curricular/es: 1) Dramaturgia 2) Dramaturgia (Optativa)
Término de la contratación Desde 1 de enero de 2023 Hasta 31 de diciembre de 2023
Denominación de la Unidad Académica
Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras Artes del Espectáculo
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades
Subdisciplina: 4 8 Teatro
Historia de la Cultura y el Teatro Universales I- Historia de la Cultura y el Teatro Especialidad: 9 9 Universales I (Optativa) - Dramaturgia -Dramaturgia (Optativa)
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudios de Títulos que a continuación se detallan: Código de Carrera/s Descripción de la Carrera Participación Porcentual(*)
2411 Diseñador Escenográfico 25% 3297 Licenciado en Arte Dramático 25% 6463 Profesor de Grado Universitario en Teatro 25% 881 Licenciado en Historia de las Artes Plásticas 25%
Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 4°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participació Apartado Dependencia Financiamiento n Porcentual
10 00 11 37 03 00 02 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 5°: El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 805 Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva (2 cargos)
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder a los cargos en los que se lo contrata.
ARTÍCULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 337
PROYECTO DE CONTRATO
- - - Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por la señora Rectora, Cont. Esther Lucía SÁNCHEZ, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 27 - inciso 8) y 58 del Estatuto Universitario vigente y en el artículo 5° de la ordenanza N° 69/10-C.S y el Prof. Héctor Julio del Corazón de Jesús MILLARES (CUIL n° 20-08469393-7) en adelante EL CONTRATADO, se celebra el presente contrato::-------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: EL CONTRATADO tendrá a su cargo el dictado de las cátedras de “Historia de la Cultura y el Teatro Universales I”; “Historia de la Cultura y el Teatro Universales I” (Optativa), “Dramaturgia” y “Dramaturgia” (Optativa) todas correspondientes a las Carreras de Artes del Espectáculo de la Facultad de Artes y Diseño. ---
ARTÍCULO 2°.- DEDICACIÓN: Las funciones indicadas en el artículo 1° se cumplirán con dedicación semiexclusiva (en ambos cargos), debiendo EL CONTRATADO ajustarse a todas las obligaciones vigentes en la Universidad para este tipo de dedicación. A su efectivo cumplimiento quedará subordinada la subsistencia de este contrato.--------------
ARTÍCULO 3°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2023, inclusive.----
ARTÍCULO 4°.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a los sendos cargos de Profesor Titular, con la dedicación fijada en el artículo 2°y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales.----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada a EL CONTRATADO.---------------
ARTÍCULO 6°.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.---------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese solo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 8°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal docente, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a EL CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.--------------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el...............................................................
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CD-2022-RES-336 30/11/2022 (Carga: 30/11/2022) |
MENDOZA, 30 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 33668/22 caratulado: “Solicitud designación interina de la DI Maria Victoria Caruso en el cargo de Ayudante de 1ra (s) para cumplir funciones en las asignaturas Técnicas de Dibujo y Dibujo de Productos de las Carreras de Diseño. FAD”
CONSIDERANDO:
Que la D.I. CARUSO se encuentra designada en un cargo de Ayudante de Primera con dedicación simple, en condición de reemplazante, para cumplir funciones en las asignaturas “Técnicas de Dibujo” (Diseño Gráfico); “Técnicas de Dibujo” (Optativa Diseño Industrial) y “Dibujo de Productos” (Optativa Diseño Industrial), todas en las Carreras de Diseño, cuya prórroga de designación fue efectuada mediante resolución Nº 173/21-FAD.
Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal correspondería el cambio de condición en la designación de la docente CARUSO, “de reemplazante a interino” desde el 01/09/22, teniendo en cuenta la baja por renuncia de la titular del cargo, Prof. Andrea BECARES HINRICHSEN, al que la docente remplazaba.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 29 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. – Aprobar el cambio de condición de “reemplazante” a “interino”, a partir del UNO (1) de setiembre de 2022, a la D.I. María Victoria CARUSO (Leg. n° 34.173 – CUIL n° 27-29971532-0), en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación simple, para cumplir funciones en las asignaturas “Técnicas de Dibujo” (Diseño Gráfico); “Técnicas de Dibujo” (Optativa Diseño Industrial) y “Dibujo de Productos” (Optativa Diseño Industrial), todas en las Carreras de Diseño, cuya prórroga de designación fue efectuada mediante resolución Nº 173/21-CD, en razón al fundamento expresado en el 2do. Considerando de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 336
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FA-2022-RES-646 29/11/2022 (Carga: 29/11/2022) |
MENDOZA, 29 de noviembre de 2022
VISTO:
Los expedientes E-CUDAP-CUY Nros. 40443/22 y 39696/22 donde obran los pedidos de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad para desempeñarse en cargos de mayor jerarquía, sin estabilidad, solicitado por personal de esta Unidad Académica.
CONSIDERANDO:
Que, en cada una de las actuaciones, corre agregado el Formulario N° 17 de la Circular N° 39/15 de Gestión de Personal de la Dirección de Personal de esta Facultad, como así también se incorpora la declaración jurada de cargos y funciones de cada uno de los agentes y el informe de la Dirección General de Personal de Rectorado.
Que las licencias comprendidas en la presente resolución, corresponde en su totalidad a incompatibilidades surgidas de cargos de la planta de esta Unidad Académica.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la ordenanza N° 32/16–R. y su modificatoria Nº 4/22-R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia sin goce de haberes por incompatibilidad de Personal Docente Universitario, generada por las disposiciones vigentes aplicables, que afectan el cargo que desempeña, para cumplir funciones en otro cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, por el período que en cada caso se indica, de acuerdo con lo detallado en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 646
ANEXO ÚNICO
Cargo en el Funciones o Carreras o Apellido/s y que se Espacio/s Disposiciones Cargo de mayor Espacios Curriculares LEGAJO CUIL sector Período Nombres otorga Curricular/es aplicables jerarquía a específico licencia desempeñar . Art. 49 Punto II, inc. a) apartado 1) Decreto Profesor 1246/15 Profesor Titular 01/11/22 DEL ROSSO, Asociado (SE) . Ord. 28/00-C.S. (SE) 24.652 27-21740235-8 -Diseño de Productos II -Diseño de Productos II Diseño h/ Roxana María . Ord. 12/00-R Efectivo remplazante 31/12/22 . Ord. Nº 32/16-R (Anexo III) . Art. 45 E.U. . Art. 49 Punto II, inc. a) Ayudante de -Tecnología y Expresión de -Tecnología y Expresión apartado 1) Decreto Profesor Adjunto Primera los Materiales de los Materiales 01/11/22 LOPEZ SALDAÑA, 1246/15 (SE) 30.497 20-19049519-2 (SE) -Tecnología de los -Tecnología de los Artes Visuales h/ Alejandro . Ord. 28/00-C.S. Materiales y Procesos Interino Materiales y Procesos 31/12/22 Interino . Ord. 12/00-R Estructurales Estructurales . Art. 45 E.U.
RESOLUCIÓN N° 646
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FA-2022-RES-645 29/11/2022 (Carga: 29/11/2022) |
MENDOZA, 29 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 38290/22 caratulado: “Solicitud adicional por carácter crítico de la función para la Prof. Caruso, María Victoria, hasta el 31/12/2022. Carreras de Diseño - FAD.-”.
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido se fundamenta en el retorno al cursado presencial y el seguimiento personalizado que realiza la D.I. María Victoria CARUSO como auxiliar con dedicación simple, en los espacios curriculares “Técnicas de Dibujo” (Diseño Gráfico); “Técnicas de Dibujo” (Opt. Diseño Industrial) y “Dibujo de Productos” (Opt. Diseño Industrial) todas en las Carreras de Diseño, de carácter cuatrimestral y modalidad de taller, que requieren un conocimiento experto y específico en dichas materias.
Que la Dirección de Personal informa que la D.I. María Victoria CARUSO revista en los siguientes cargos: . Ayudante de Primera con Dedicación Simple, reemplazante, de la Prof. Andrea BECARES, desde 01/01/22 hasta 31/12/22, para cumplir funciones en las mencionadas asignaturas, además informa que por EXP_E-CUY n° 33668/2022, se tramita la designación interina en dicho cargo, desde el 01/09/22 hasta 31/12/22, teniendo en cuenta la baja por renuncia de la Prof. Andrea BECARES, a partir del 01/09/22; quién obtuvo un cargo de mayor jerarquía en la misma cátedra. . Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple, efectiva, para cumplir funciones en la asignatura “Dibujo a Mano Alzada”, todas en las Carreras de Diseño.
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12° de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Por ello, atento a lo informado por la Secretaría Administrativo-Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” a la Prof. María Victoria CARUSO (Legajo N° 34.173 – CUIL N° 27-29971532-0) por un monto mensual de PESOS DOCE MIL SETECIENTOS CUATRO CON 00/100 ($ 12.704,00), desde el UNO (1) de setiembre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, para cumplir funciones en los espacios curriculares: “Técnicas de Dibujo” (Diseño Gráfico); “Técnicas de Dibujo” (Optativa Diseño Industrial) y “Dibujo de Productos” (Optativa Diseño Industrial), todas en las Carreras de Diseño.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2022.
ARTÍCULO 3°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 645
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FA-2022-RES-644 29/11/2022 (Carga: 29/11/2022) |
MENDOZA, 29 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 28372/22 en el que se tramita el otorgamiento de un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” para la agente Natalia Karina FERNANDEZ, para desempeñar funciones en el Departamento de Ingreso de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido se fundamenta en que la Srta. FERNANDEZ se encuentra cumpliendo funciones de colaboración en la preinscripción para el ingreso a esta Unidad Académica.
Que la Dirección de Personal informa que la Srta. FERNANDEZ revista en un cargo en la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de esta Universidad.
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12° de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Por ello, atento a lo informado por la Secretaría Administrativo-Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” a la Srta. Natalia Karina FERNANDEZ (Leg. n° 30.860 – CUIL n° 27-33821719-1) por un monto mensual de PESOS DIECIOCHO MIL CON 00/100 ($ 18.000,00), para los meses de agosto a noviembre 2022, debido a que se encuentra cumpliendo funciones de colaboración en la preinscripción para el ingreso a esta Unidad Académica.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2022.
ARTÍCULO 3°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 644
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CD-2022-RES-335 29/11/2022 (Carga: 1/03/2023) |
MENDOZA, 29 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7006/22 caratulado: E caratulado:“Convocatoria a concurso Abierto, Personal Apoyo Académico Ord. Nº 03/2008 C.S. Categoría 7 – Dirección de Posgrado- FAD FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se efectúa en el marco del artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 3/08-C.S., por la cual se aprobó la “Reglamentación del régimen de C.S., “Reglamentación concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la Universidad Nacional de Cuyo”, y de acuerdo con los datos detallados en el formulario previsto en la Circular N° 34/13 de Gestión Administrativa del Rectorado. Rectorado.
El informe producido por la Secretaría Administrativo Administrativo–Financiera de esta Unidad Académica, en la que expresa que fue tramitado el reajuste presupuestario necesario que permite contar con el cargo para el presente concurso. e
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes; lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del 22 de noviembre de 2022 y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Artículo 6° del Anexo de I de la ordenanza N° 3/08-C.S., .,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al Consejo Superior la pertinente autorización para convocar a Concurso Abierto de Antecedentes y Prueba de Oposición para cubrir, con carácter efectivo, UN (1) cargo Categoría 7 – Tramo Inicial – del AgrupamientoAdministrativo, Agrupamiento para desempeñar funciones en la Dirección de Posgrado de esta Facultad, cuyos datos se encuentran detallados en el Anexo Único de la presente resolución, que consta de os DOS (2) hojas, de conformidad con lo establecido en la ordenanza N° 3/08 3/08-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Solicitar al Consejo Superior la ratificación de los jurados propuestos en el Anexo Único de la presente. prese
ARTÍCULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 335
ANEXO ÚNICO FORMULARIO DE PEDIDO DE AUTORIZACIÓN PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADEMICO Ordenanza nº 3/2008 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo SEÑOR RECTOR: El presente pedido de autorización para llamado a Concurso ante el Consejo Superior para la cobertura de vacantes del Personal de Apoyo Académico corresponde al siguiente detalle: 1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Artes y Diseño b) Unidad Organizativa: Secretaría de Investigación y Posgrado c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección de Posgrado ección
2) Datos del Concurso:
• Clase de Concurso: Abierto • Mecanismo del Concurso: Antecedentes y Oposición 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Inicial 5) Categoría: 7 (SIETE) 6) Detalles del Cargo:
a) Funciones Específicas: Llevar a cabo la carga y mantenimiento de datos de los sistemas estadísticos y certificaciones de las carreras de posgrado (SIU GUARANÍ- Araucano y SIDcer), y GUARANÍ manejar el sistema operativo de carga datos CONEAU GLOBAL utilizado en la acreditación de carreras de posgrado. 7) Cantidad de Cargos: UNO (1) 8) Horario de desempeño previsto: de 7 a 14hs o 14 a 21 hs. (de acuerdo con lo que disponga la ) hs autoridad al momento de la designación). d 9) Remuneración del cargo: se consignará al momento de la convocatoria ) 10) Bonificaciones especiales: no posee ) 11) Lugar y horario en que los interesados deberán presentar la documentación: in A través del correo electrónico tamiteselectronicos@fad.uncu.edu.ar en los días dispuestos para la inscripción. 12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso: ) Concurso a) Jurados Titulares Apellido y Nombre Legajo Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa
JATIB, Silvia Emma 20.375 16.588.687 Cat. 02 Administrativo Directora de Posgrado
Director Coordinador RODRIGUEZ, Gustavo 15.447 13.425.345 Cat. 2 Administrativo Administrativo de Jesús Alfredo Carreras FAD RIQUELME, Carina Gestión área Jimena 28.295 27.785.516 Cat. 05 Administrativo acreditación de posgrado Rectorado
Resol.nº 335
Anexo Único – hoja 2
b) Jurados Suplentes Apellido y Nombre Legajo Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa Auxiliar Secretaría SURA,Mónica Silvia 28. .223 17.252.333 Cat.06 Administrativo de Posgrado
SANTOS, Mariana 19. .544 18.079.976 Cat. 1 Administrativo Directora General Administrativa Área de PEREYRA, María 20. .177 17.650.096 Cat. 05 Administrativo certificaciones de Cecilia posgrado Rectorado
13) Requisitos:Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones de Ingreso”, artículo 21º del Son Decreto Nacional nº 366/06. Dichos requisitos deberán transcribirse en las resoluciones de llamado a concurso. 14) Condiciones Generales ) • Poseer Título Secundario o Polimodal 15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante) diciones • Manejo del sistema de carga de datos del sistema SIU GUARANÍ de posgrado • Manejo y mantenimiento de la carga de datos del sistema Araucano de estadísticas de posgrado. • Manejo del sistema SIDCer de emisión de certificaciones y diplomas de posgrado • Manejo operativo del sistema de carga de datos para la acreditación de carreras de posgrado CONEAU Global. • Manejo de la articulación entre sistemas de carga de datos personales de docentes investigadores CVAR – SIGEVA UNCUYO y su articulación con la ficha CONEAU de datos s personales. • Manejo de procedimientos administrativos, plazos y condiciones de los procesos de formalización y acreditación de nuevas carrerasde posgrado y las que estén en funcionamiento. • Manejo del calendario de carga de datos de estudiantes de posgrado solicitados por la Dirección Nacional de Gestión Universitaria. • Predisposición para cumplir tareas generales inherentes al sector. • Aptitud para relacionarse y ejercer buen trato con las personas, predisposición para el trabajo personas, en equipo, capacidad de desempeño autónomo y pensamiento crítico. crítico • Conocimiento de la Organización, normativa, objetivos y funciones de la Dirección de Posgrado y la Secretaría de Investigación y Posgrado. • Demostrar competencia y compromiso con las tareas a su cargo. ompetencia cargo 16) Temario General: La Prueba de Oposición abarcará: • Conocimientos avanzados del manejo de los programas de carga y registro de datos de estudiantes y docentes de posgrado: SIU GUARANÍ- SIDcer, ARAUCANO y CONEAU GLOBAL. GUARANÍ , • Normativa de CONEAU y del sistema de posgrado de la UNCUYO (Ord. 49/03 posgrado 49/03-C.S.; Ord. 43/06C.S.; Ord. 33/12-R, Ord. 38/12-C.S.; Ord. 2/15-C.S.; R, 38/12 • Ordenanza nº 112/03-C.S. (Estructura Orgánico-Funcional de la FAD) C.S. Orgánico • Decreto Nacional 366/06 Convenio colectivo de trabajo para el sector no docente de 6/06 delas instituciones universitarias nacionales. Título 2 (artículo 11, deberes y prohibiciones) 12 y 13 derechos. • Res. 682/17-C.S. Protocolo de Intervención Institucional ante denuncias de situaciones de C.S. violencias sexistas en el ámbito de la Universidad Nacional de Cuyo. Cuyo
RESOLUCIÓN N° 335
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CD-2022-RES-334 29/11/2022 (Carga: 29/11/2022) |
MENDOZA, 29 de noviembre de 2022
VISTO:
Los expedientes E-CUDAP-CUY Nº 38054/22, 36310/22, 39701/22 y 42948/22 en los que distintos Docentes Universitarios solicitan la inscripción fuera de término, para participar en el proceso de Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid 19 (CEREP.COV).
CONSIDERANDO:
Las notas presentadas por los docentes solicitando reconsideración por parte del Consejo Directivo - FAD para ser incluidos en el proceso de concursos CEREP.
Que se han evaluado e informado en cuanto al cumplimiento de los requisitos establecidos en Res. 265/2020-C.S. y Res. 100/21-R. y para ello se han solicitado los informes a Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal, Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente.
Que es importante atender el requerimiento de los interesados y valorar la labor docente, así como también tener en cuenta la necesidad institucional para el desarrollo de la actividad educativa a la que oportunamente dieron respuestas los y las docentes en carácter de interinos y/o a través de distintas situaciones laborales.
La competencia del Consejo Directivo de considerar los casos que ameriten y la posibilidad de convocar al Concurso Especial solicitado (Res. 265/2020C.S., art. 3° inc. d), se elevan las notas presentadas por los docentes para que sean revisadas de modo que se les otorgue tratamiento y puedan inscribirse para continuar con el proceso de concursos especiales CEREP.COV.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y lo dispuesto por este Cuerpo en Sesiones Plenarias de los días 15 y 22 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. – Aceptar la inscripción fuera de término de los docentes consignados en el Anexo Único de la presente y habilitar a dichos postulantes a continuar con el proceso de concursos especiales CEREP.COV.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 334
ANEXO ÚNICO DOCENTES INCLUIDOS EN EL PROCESO DE CONCURSOS ESPECIALES CEREP.COV
LEGAJO CUIL APELLIDO Y NOMBRE CARGO DEDICACIÓN ESPACIO/S CURRICULAR/ES CARRERA
22.579 27-18447182-0 CARRIZO, Marcela Fabiana Profesor Titular Simple -Interpretación IV (Canto) Musicales
-Contrabajo I a V 26.866 20-24878771-7 MELCHIORI, Laureano Fernando Profesor Adjunto Simple -Contrabajo Niveles A, B, C y D -CIEMU Musicales -Contrabajo I a IV- (Ciclo Preparatorio) -Guitarra I a V -Guitarra A, B, C y D 27.102 20-20114795-7 ORDOÑEZ, Gustavo Fabián Profesor Adjunto Semiexclusiva Musicales -Guitarra I a IV (Ciclo Preparatorio) -Instrumento A- B y I-II y IV -Taller de Producción de Textos -Taller de Producción de Textos Optativa) Artes Visuales 26.157 27-25123321-2 SILVESTRI, María Luciana Profesor Titular Simple -Historia de las Corrientes Literarias Diseño -Historia de las Corrientes Literarias (Optativa)
RESOLUCIÓN Nº 334
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CD-2022-RES-333 29/11/2022 (Carga: 29/11/2022) |
MENDOZA, 29 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 37333/21 caratulado: E caratulado:“s/Convocatoria a concurso Abierto, Personal Apoyo Académico Ord. Nº 03/2008 C.S. Categoría 7 – Efectivo, Agrupamiento Administrativo Dirección de Despacho - FAD FAD.”.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se efectúa en el marco del artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 3/08-C.S., por la cual se aprobó la “Reglamentación del régimen de C.S., “Reglamentación concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la a Universidad Nacional de Cuyo”, y de acuerdo con los datos detallados en el formulario previsto en la Circular N° 34/13 de Gestión Administrativa del Rectorado.
El informe producido producidopor la Secretaría Administrativo Administrativo–Financiera de esta Unidad Académica, en la que informa que atento a la decisión de la Superioridad sobre el origen de los recursos destinados a financiar los concursos del personal de apoyo académico solicitados, autorizó a la Dirección General Económico Financiera a tramitar Dirección los reajustes presupuestarios necesarios para proveer los cargos necesarios para tal fin, según expedientes EXP_E-CUY:0037705/2022 y EXP_E-CUY:0042669/2022. EXP_E CUY:0042669/2022.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes; de lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del 22 de noviembre de 2022 y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Artículo 6° del Anexo de I de la ordenanza N° 3/08-C.S., C.S.,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al Consejo Superior la pertinente autorización para convocar a Concurso Abierto de Antecedentes y Prueba de Oposición para cubrir, con carácter efectivo, UN (1) cargo Categoría 7 – Tramo Inicial – del AgrupamientoAdministrativo, Agrupamiento para desempeñar funciones en la Dirección de Despachode esta Facultad, cuyos datos de se encuentran detallados en el Anexo Único de la presente resolución, que consta de DOS (2) hojas, de conformidad con lo establecido en la ordenanza N° 3/08 3/08-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Solicitar al Consejo Superior la ratificación de los jurados propuestos en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 333
ANEXO ÚNICO FORMULARIO DE PEDIDO DE AUTORIZACIÓN
PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADEMICO Ordenanza nº 3/2008 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
SEÑOR RECTOR: El presente pedido de autorización para llamado a Concurso ante el Consejo Superior para la cobertura de vacantes del Personal de Apoyo Académico corresponde al siguiente detalle: 1) Dependencia de la vacante: vacante a) Unidad Académica: Facultad de Artes y Diseño b) Unidad Organizativa: Dirección General Administrativa c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección de Despacho 2) Datos del Concurso:
• Clase de Concurso: Abierto • Mecanismo del Concurso: Antecedentes y Oposición 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Inicial 5) Categoría: 7 (SIETE) 6) Detalles del Cargo:
a) Funciones Específicas: Auxiliar Administrativo 7) Cantidad de Cargos: UNO (1) NO 8) Horario de desempeño previsto: de 7 a 14hs. ) 9) Remuneración del cargo: se consignará al momento de la convocatoria ) 10) Bonificaciones especiales: no posee ) 11) Lugar y horario en que los interesados deberán presentar la documentación: in A través del correo electrónico tamiteselectronicos@fad.uncu.edu.ar en los días dispuest dispuestos para la inscripción. 12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso: ) Concurso a) Jurados Titulares
Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa Directora de ORO, Laura Esther 19.793 19 13.109.555 2 Administrativo Despacho FAD
Jefa de Mesa de MOVIO, Sandra Patricia 20.931 20 18.012.974 3 Administrativo Entradas FAD
a/c Dirección de GARCIA, Viviana Carmen 22.818 22 18.431.315 3 Administrativo Personal FAD
Resol.nº 333
Anexo Único – hoja 2
b) Jurados Suplentes Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa Auxiliar Dirección de GORDILLO, Pedro 28.665 665 33.577.042 6 Administrativo Despacho FAD Dante
20.226 226 Mesa de Entradas FAD 16.993.699 4 Administrativo FUNES, Daniel Ricardo
COZZOLINO, Carlos 28.830 830 26.681.014 5 Administrativo Dirección de Personal FAD Matías
13) Requisitos:Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones de Ingreso”, artículo 21º del Decreto Nacional nº 366/06. Dichos requisitos deberán transcribirse en las resoluciones de llamado a concurso.
14) Condiciones Generales ) • Poseer Título Secundario o Polimodal 15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante) ) • Conocimientos Generales de Reglamentaciones que se apliquen a la tarea • Conocimientos generales en el manejo informático (procesadores de textos, correo electrónico- Excel- sistema COMDOC - SUDOCU). • Conocer, manejar y mantener actualizado el archivo de Resoluciones, Ordenanzas y Circulares Resoluciones, • Predisposición para el trabajo en equipo. • Predisposición para el aprendizaje y la capacitación continúa. continúa
16) Temario General: La Prueba de Oposición abarcará:
• Estatuto Universitario: Título I – Fines y Estructura; Título II: Gobierno de la Universidad; Título III: Gobierno de las Facultades • Decreto 366/06 Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal No Docente de las Universidades Nacionales: Título 1: Art. 11, 12 y 13 Derechos, Deberes y Prohibiciones. : • Ord. 112/2003 C.S. Estructura Orgánico Funcional Facultad de Artes y Diseño • Ord. 2/2020 C.S. Reglamento de Mesa de Entradas UNCcuyo • Ord. 26/2020 C.S. Reglamento del Sistema de Notificación Electrónica en el ámbito de la UNCuyo
RESOLUCIÓN N° 333
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CD-2022-RES-332 29/11/2022 (Carga: 1/09/2023) |
MENDOZA, 29 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 37326/21, caratulado: “s/Convocatoria a CUDAP , concurso Abierto, Personal Apoyo Académico Ord. Nº 03/2008 C.S. Categoría 7 – Efectivo, Agrupamiento Administrativo Dirección de Personal - FAD” ”.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se efectúa en el marco del artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 3/08-C.S., por la cual se aprobó la “Reglamentación del régimen de C.S., “Reglamentación concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la Universidad Nacional de Cuyo”, y de acuerdo con los datos detallados en el formulario idad previsto en la Circular N° 34/13 de Gestión Administrativa del Rectorado.
El informe producido por la Secretaría Administrativo Administrativo–Financiera de esta Unidad Académica, en la que informa que atento a la decisión de la Superioridad sobre el origen de los recursos destinados a financiar los concursos del personal de apoyo académico solicitados, autorizó a la Dirección General Económico Financiera a tramitar los reajustes presupuestarios necesarios para proveer los cargos necesarios presupuestarios para tal fin, según expedientes EXP_E-CUY:0037705/2022 EXP_E CUY:0037705/2022 y EXP_E EXP_ECUY:0042669/2022.
Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes; lo acordado por este Cuerpo en sesión del 22 de noviembre de 2022. 2022
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Artículo 6° del Anexo de I de la ordenanza N° 3/08 3/08-C.S.,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al Consejo Superior la pertinente autorización para convocar pertinente a Concurso Abierto de Antecedentes y Prueba de Oposición para cubrir, con carácter efectivo, UN (1) cargo Categoría 7 – Tramo Inicial – del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar Administrativo en la Dirección de Personal Administrati dependiente de la Dirección General Administrativa de esta Facultad, cuyos datos se encuentran detallados en el Anexo Único de la presente resolución, que consta de DOS (2) hojas, de conformidad con los establecido en la ordenanza N° 3/08 ordenanza 3/08-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Solicitar al Consejo Superior la ratificación de los jurados propuestos en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo
RESOLUCIÓN N° 332
ANEXO ÚNICO
FORMULARIO DE PEDIDO DE AUTORIZACIÓN
PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADEMICO Ordenanza nº 3/2008 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
SEÑOR RECTOR:
El presente pedido de autorización para llamado a Concurso ante el Consejo Superior para la llamado cobertura de vacantes del Personal de Apoyo Académico corresponde al siguiente detalle: 1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Artes y Diseño b) Unidad Organizativa: Dirección General Administrativa c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección de Personal 2) Datos del Concurso:
• Clase de Concurso: Abierto • Mecanismo del Concurso: Antecedentes y Oposición 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Inicial 5) Categoría: 7 7) Detalles del Cargo: a) Funciones Específicas: Auxiliar Administrativo 8) Cantidad de Cargos: UNO (1) 9) Horario de desempeño previsto: de 7 a 14hs. 10) Remuneración del cargo: a consignar en el momento de la convocatoria 11) Bonificaciones especiales: ninguna 12) Lugar y fecha en que los interesados deberán presentar la documen documentación. A través del correo electrónico tamiteselectronicos@fad.uncu.edu.ar en los días dispuestos para la inscripción. 13) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso: Concurso a) Jurados Titulares
Apellido y Nombre Nº de Nº Categoría Agrupamiento Cargo que legajo Documento ocupa GARCIA, Viviana Carmen 28.818 18.431.315 3 Administrativo a/c Dirección de Personal
SANTOS, Mariana 19.544 19.54 18.079.976 1 Administrativo Directora General Administrativa
PIONETTI, Sandra 17.297 16.470.598 3 Administrativo Jefa Dpto. Miriam Operativo Carreras Musicales
Resol.nº 332
Anexo Único – hoja 2
b) Jurados Suplentes Apellido y Nombre Nº de Nº Categoría Agrupamiento Cargo que legajo Documento ocupa
Auxiliar Dirección COZZOLINO, Carlos 28830 26.681.014 5 Administrativo de Personal Matías
Sub Jefe Carreras AGUILAR, Juan Carlos 23188 14.002.872 4 Administrativo Musicales- FAD
Jefa de Mesa de MOVIO, Sandra 20931 18.012.974 3 Administrativo Entradas FAD Patricia
14) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones de Ingreso”, artículo 21º del Decreto Nacional nº 366/06. Dichos requisitos deberán transcribirse en las resoluciones de llamado a concurso. 15) Condiciones Generales • Poseer Título Secundario o Polimodal 16) Condiciones Particulares (Perfil del postulante) • Conocimientos Generales de Reglamentaciones que se apliquen a la tarea • Conocimientos generales en el manejo informático (procesadores de textos, correo ntos electrónico- Excel). ). • Conocer, manejar y mantener actualizado el archivo y el Digesto de Resoluciones, Ordenanzas y Circulares. Circulares • Predisposición para el trabajo en equipo. • Predisposición para el aprendizaje y la capacitación continúa. continúa 17) Temario General: • Estatuto Universitario: Título I – Fines y Estructura; Título II: Gobierno de la Univers Universidad; Título III: Gobierno de las Facultades • Decreto 366/06 Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal No Docente de las Un el Universidades Nacionales: Título 1: Art. 11, 12 y 13 Derechos, Deberes y Prohibiciones. Y : Título VI: Jornada de Trabajo: Art. 74 al 113 • Decreto 1246/2015 Capítulo VII Licencias, justificaciones y franquicias – Art. 44 al 52. Y Capítulo IX Extinción de la relación laboral: artículos 62 y 63 • Ord. 112/2003 C.S. Estructura Orgánico Funcional Facultad de Artes y Diseño • Ord. 28/00 C.S. Dedicaciones docentes, tipos, cumplimiento, sanciones, docentes i incompatibilidades, profesores efectivos. efe • Ord. 70/02 C.S. Presencialidad y disponibilidad Personal de Apoyo Académico • Ord. 45/97 C.S. Reglamento para reconocimiento de antigüedad docente en el ámbito de la UNCuyo. • Ord. 32/2016 R. Establece y regula, en el ámbito de la UNCUYO, la delegació de la condelegación cesión de Licencias, Justificaciones y Franquicias en los órganos y funcionarios que detadet lla. • Ord. 50/94 C.S. Licencia año sabático docentes UNCuyo • Ord. 28/2018 R. Licencia post maternidad • Ord. 13/98 C.S. Licencias por estudio • Ord. 1/08 C.D. Licencias para rendir posgrados encias • Ord. 50/19 C.S. y 9/20 C.S. (licencia maternidad, paternidad)
RESOLUCIÓN N° 332
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FA-2022-RES-643 28/11/2022 (Carga: 28/11/2022) |
MENDOZA, 28 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 35250/22 caratulado: E /22 caratulado:“DECANATO S/ DESIGNACIÓN Colaboradores del Área de Innovación y Desarrollo Dependiente de Decanato. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que por resolución N° 295/22-CD se designó alaD.I.AnaClara al REZINOVSKYen el cargo Ayudante de Primera con dedicación Simple paracumplir en funciones de Colaboradora del Área de Innovación y Desarrollo de esta UnidadAcadémicadesde el 17 de octubre hasta el 9 de diciembre de 2022, fecha de desde término establecida en el certificado provisorio de Aptitud Psicofísica emitido por la icofísica Dirección General de Medicina del Trabajo de esta Casa de Estudios.
Que laD.I. AnaClara REZINOVSKYpresentó el certificado definitivo de REZINOVSKYpresentó Aptitud Psicofísica, razón por la cual es viable su continuidad del 10 al 31 de diciembre de 2022.
El informeemitido por Dirección de Personal. emitido
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina al Personal que se detalla en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en el Legajos Electrónico Único que consta en el informe de Secretaría Económico Financiera de esta Facultad. sta Económico–Financiera
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones. resoluciones
RESOLUCIÓN Nº 643
ANEXO ÚNICO PERIODO CUIT APELLIDO Y NOMBRES CARGO FUNCIONES DEPENDENCIA
Ayudante de Primera (S)
Colaboradora Área Producción Área de Innovación y Desde el 10/12/22 27-39952719 39952719-3 REZINOVSKY, Ana Clara Adicional por Carácter Tecnológica DesarrolloDecanato Hasta el 31/12/22 Crítico de la Función
RESOLUCIÓN Nº 643
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FA-2022-RES-642 24/11/2022 (Carga: 17/02/2023) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 42978/22 caratulado: “PANIAGUA, Alejandra Gladys s/ Diploma Licenciada en Gestión y Producción Teatral -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 24/04 y 25/04-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN GESTIÓN Y PRODUCCIÓN TEATRAL a la egresada Alejandra Gladys PANIAGUA (D.N.I. Nº 22.273.333) nacida en la provincia Misiones, República Argentina, el SIETE (7) de octubre de 1971, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 24/04 y 25/04-C.S., con fecha de egreso SEIS (6) de setiembre de 2022 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 642
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FA-2022-RES-641 24/11/2022 (Carga: 24/11/2022) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 707/22 caratulado: “SIMAN, Amira Beatriz s/ Diploma Diseñadora Gráfica -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Amira Beatriz SIMAN (D.N.I. N° 35.927.569) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIECINUEVE (19) de setiembre de 1991, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso VEINTINUEVE (29) de octubre de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 641
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FA-2022-RES-640 24/11/2022 (Carga: 24/11/2022) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 714/22 caratulado: “PRAT GAY, Luz de s/ Solicitud de Diploma Licenciada en Artes Plásticas -FAD-”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por la ordenanza Nº 10/81-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN ARTES PLÁSTICAS a la egresada Luz de PRAT GAY (D.N.I. Nº 37.513.151) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTICINCO (25) de marzo de 1994, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por la ordenanza Nº 10/81C.S., con fecha de egreso VEINTE (20) de abril de 2022 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 640
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FA-2022-RES-639 24/11/2022 (Carga: 24/11/2022) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 712/22 caratulado: “CARUSO, Luciana Marina s/Solicitud de Diploma Diseñadora Gráfica -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Luciana Marina CARUSO (D.N.I. N° 36.814.681) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTICUATRO (24) de setiembre de 1991, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso CATORCE (14) de diciembre de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 639
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CD-2022-RES-331 24/11/2022 (Carga: 24/11/2022) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 42997/22 caratulado: “CARRERAS DE DISEÑO - Solicitud cambio de designación JAIME, Lucía María de reemplazante a interina en el cargo de Ayudante de Primera (SE) “Tipografía II-Editorial” y “Tipografía IIIExpresiva” Diseño Gráfico - FAD”
CONSIDERANDO:
Que la D.G. JAIME se encuentra designada en un cargo de Ayudante de Primera con dedicación semiexclusiva, en condición de reemplazante, para cumplir funciones en las asignaturas “Tipografía II-Editorial” y “Tipografía III-Expresiva”, de las Carreras de Diseño, cuya prórroga de designación fue efectuada mediante resolución Nº 397/22-FAD.
Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal correspondería el cambio de condición en la designación de la docente JAIME, “de reemplazante a interino” desde el 01/11/22, teniendo en cuenta la baja por renuncia de la titular del cargo, Prof. Lucía DOMENECH, al que la docente remplazaba.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 22 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. – Aprobar el cambio de condición de “reemplazante” a “interino”, a partir del UNO (1) de noviembre de 2022, a la D.G. Lucía María JAIME (Leg. n° 34.637 – CUIL n° 27-31081282-5), en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación semiexclusiva, para cumplir funciones en las asignaturas “Tipografía II-Editorial” y “Tipografía III-Expresiva”, de las Carreras de Diseño, cuya prórroga de designación fue efectuada mediante resolución Nº 397/22-FAD, en razón al fundamento expresado en el 2do. Considerando de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 331
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CD-2022-RES-330 24/11/2022 (Carga: 6/12/2022) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2022
VISTO:
El Expediente E-CUDAP-CUY Nº 42784/22 caratulado: “Secretaría de Investigación y Posgrado s/designación miembros Consejo Asesor de Investigación y Posgrado. FAD -”.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Investigación y Posgrado tiene como objetivo fundamental intervenir en la elaboración y coordinación de las políticas científicotecnológicas y de posgrado, promoviendo los mecanismos necesarios para su fomento y ejecución, la vinculación con el sistema universitario de investigación, así como con los organismos nacionales e internacionales que se dedican a dichas actividades.
Que una de sus funciones principales es promover la formación integral de profesionales que sean capaces de desarrollar, transferir e intercambiar conocimientos, prácticas y tecnologías acordes con las demandas y necesidades sociales, asumiendo a la educación como bien público, como derecho humano y como obligación ineludible del Estado.
Que, para desarrollar estas funciones resulta fundamental contar con la contribución activa de representantes de los diferentes grupos de carreras de la Facultad cuya participación ha sido consensuada con las autoridades de la misma y las direcciones de los Grupos de Carreras, para la cual se propone la conformación de un Consejo Asesor de Investigación y Posgrado que en adelante cumplirá con esta función.
Que se ha dado cumplimiento a lo estipulado por la ordenanza N° 49/03C.S. y la ordenanza N° 33/12-R., respecto a la normativa de posgrado vigente en la UNCuyo y dando cumplimiento a lo estipulado en cuanto a la constitución y funciones en la Ordenanza Nº 9/22–C.D.
Por ello atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en sesión del día 22 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar los miembros del Consejo Asesor de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño, y aprobar sus funciones según los términos establecidos en los artículo 6° al 12° de la ordenanza N° 49/03-C.S. y artículo 2º de la Ordenanza Nº 9/22–C.D.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar las funciones de los representantes del Consejo Asesor de Investigación y Posgrado que desempeñarán este rol por el período 2022- 2026, según los detalles establecidos en el Anexo Único de la ordenanza Nº 9/22–C.D.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 330
ANEXO ÚNICO De los representes del Consejo Asesor de Investigación y Posgrado Representando a la Secretaría de Investigación y Posgrado: • Dr. Eduardo Javier OZOLLO Secretario de Investigación y Posgrado • Lic. y Prof. María Laura FURLANI PALAZZI Coordinadora de Posgrado
Representado al Claustro Docente: Carreras Musicales: Titular: Mgter. Diego Jesús BOSQUET Suplente: Mgter. Silvia Susana MERCAU Carreras de Artes del Espectáculo: Titular: Dra. María Verónica MANZONE Suplente: Esp. Viviana Elina CARRIERI Carreras de Proyectos de Diseño: Titular: Dra. Ofelia Beatriz AGOGLIA Suplente: Dra. Ayelén María VILLALBA Carreras de Cerámica: Titular: Esp. Liliana Beatriz SAMMARCO FAZIO Suplente: Lic. Laura Gladys GONZÁLEZ Carreras de Artes Visuales: Titular: Mgter. María Paula PINO VILLAR Suplente: Mgter. Olga Herminia CAMPASSI
Representando a las carreras de Posgrado Maestría en Arte Latinoamericano: • Mgter. Patricia Amalia de la TORRE
Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales: • Mgter. Luis Alberto SARALE • Mgter. Claudia Susana CABUT
Maestría en Interpretación de música Latinoamericana de los siglos XX y XXI • Mgter. María Gabriela GUEMBE • Suplente: Mgter. Nahuel ROMERO PASCHERO
Representante de Egresados/as • Prof. Ana Patricia AMICO
RESOLUCIÓN Nº 330
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