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CD-2019-RES-323
11/12/2019
(Carga: 12/12/2019)
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MENDOZA, 11 de diciembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 25177/18 en el que obra la resolución N° 109/19C.D., por la que se concedió licencia con goce de haberes por Año Sabático a la Prof. Silvia Beatriz NASIFF, por el término de 12 meses.
CONSIDERANDO:
Que la citada docente eleva el Informe Parcial de su licencia en cumplimiento con las exigencias establecidas en el artículo 14º de la Ordenanza Nº 50/94-C.S.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en su sesión del día 28 de noviembre de 2019,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Informe Parcial presentado por la Prof. Silvia Beatriz NASIFF (Legajo N° 19.802 – CUIL N° 27–14149248–4) que le fuera requerido en cumplimiento con las exigencias establecidas en el artículo 14º de la Ordenanza Nº 50/94-C.S., con relación a la licencia con goce de haberes por Año Sabático, concedida por resolución N° 109/19–C.D., por el término de DOCE (12) meses, desde el UNO (1) de mayo de 2019 hasta el TREINTA (30) de abril de 2020.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 323
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FA-2019-RES-847
10/12/2019
(Carga: 11/12/2019)
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MENDOZA, 10 de diciembre de 2019
VISTO:
La nota CUDAP–CUY: 50293/19 caratulada: “LOCCONI CARDEZA, Mauro Andrés s/ Elevación proyecto acreditación "Introducción a la Escenografía" - Prof. de Grado Universitario en Teatro”.
CONSIDERANDO:
Que el estudiante LOCCONI CARDEZA Mauro Andrés, Legajo Nº 19.373, ingresó a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático en el año 2005 y luego se incorporó a la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro en el año 2010, en la que se le acreditó una materia en común a ambas carreras.
Que al hacerse la migración de esta materia de ambas carreras al sistema SIU Guaraní, ante la falta de normativa al respecto, se asentó la fecha real de aprobación de la materia sin tener en cuenta el año de ingreso a cada una de las carreras. Por ello, en el certificado analítico correspondiente al Profesorado de Grado Universitario en Teatro del estudiante mencionado, se observa una asignatura aprobada con fecha anterior al ingreso a dicha carrera, aunque manteniendo la calificación y el Libro físico en el que se encuentra asentado el examen. Además el sistema Siu-Guaraní generó automáticamente un número de acta al efectuarse la migración.
Que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología ha impuesto a las unidades académicas universitarias nuevas medidas y procedimientos de digitalización y control de la información que consta en las certificaciones y diplomas emitidos por las mismas, con el fin de garantizar la transparencia, celeridad en los trámites, e información fidedigna y confiable de los graduados universitarios, para lo cual ha implementado diferentes sistemas (Sistema Informático de Certificaciones –SICer, y Sistema Informático de Diplomas y Certificaciones –SIDCer).
Que la Dirección de Alumnos propone para el presente caso, la emisión de una resolución por la que se invalide en el Sistema Siu Guaraní la materia aprobada con fecha anterior a su ingreso a la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro y se le acredite la misma con la fecha de ingreso a dicha carrera, manteniendo la calificación obtenida con el objetivo de que exista una coherencia entre las fechas de ingreso y aprobación de la materia correspondiente.
El informe favorable de Secretaría Académica. Por ello, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE
ARTICULO 1°.- INVALIDAR en el sistema SIU GUARANI la asignatura aprobada con anterioridad al año 2010 por el estudiante Mauro Andrés LOCCONI CARDEZA (Registro N° 19.373 - DNI 32.004.623) de la Carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro, Plan de Estudio aprobado por Ord. 66/05-C.S.
ARTÍCULO 2°.- ACREDITAR al estudiante Mauro Andrés LOCCONI CARDEZA (Registro N° 19.373 - DNI 32.004.623) la asignatura aprobada con anterioridad al año 2010 en la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro, Plan de Estudio aprobado por Ord. 66/05-C.S., manteniendo la calificación obtenida y establecer idéntica fecha de aprobación, conforme el siguiente detalle:
Asignatura Calificación Fecha aprobación Introducción a la Escenografía 8 (OCHO) 08/04/2010
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 847
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CD-2019-RES-322
10/12/2019
(Carga: 11/12/2019)
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MENDOZA, 10 de diciembre de 2019
VISTO:
La nota CUDAP-CUY Nº 49535/19, caratulada: “Comisión Proyecto Prof. Univ. en Danza. Solicitud de REITERAR al C.S. el pedido de declarar de interés institucional del financiamiento de la Carrera Profesorado Universitario de Danza”
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución Nº 285/17-C.D. se solicitó al Consejo Superior la continuidad de las gestiones tendientes a la firma del Contrato-Programa aprobado en el año 2015 por la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU), para la apertura del Profesorado Universitario en Danza; y que también se solicitó al Sr. Rector la posibilidad de disponer transitoriamente el otorgamiento de cargos vacantes para el Ciclo Lectivo 2018.
Que, mediante resolución Nº 342/18-C.D. se reiteraron las solicitudes mencionadas para el ciclo lectivo 2019.
Lo acordado por este Cuerpo en sesión del día 3 de diciembre de 2019.
Por ello,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Solicitar al Consejo Superior declare de interés institucional el financiamiento de la Carrera Profesorado Universitario en Danza y encomiende al Sr. Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, la continuidad de las gestiones tendientes a la firma del Contrato-Programa aprobado en el año 2015 por la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU), para la apertura del Profesorado Universitario en Danza.
ARTICULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 322
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FA-2019-RES-846
9/12/2019
(Carga: 16/12/2019)
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MENDOZA, 9 de diciembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 17429/19 en el que la alumna Mariana CALVERA LOPEZ solicita la acreditación de Materias Optativas en la carrera de Licenciatura en Arte Dramático, realizadas en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil.
CONSIDERANDO:
Que por resolución Nº 710/19-FAD se le acreditó a la alumna Mariana CALVERA LOPEZ las asignaturas “Máscara: Elementos Técnicos de las Artes Visuales I”, “Música y Ritmo I” y “Formas Espectaculares Cultura Popular B I” con una carga horaria total de NOVENTA Y SEIS (96) horas, realizadas en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil; como Materias Optativas en la carrera de Licenciatura en Arte Dramático.
Que por un error involuntario la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo omitió consignar en su informe el listado completo de materias optativas y su correspondiente carga horaria con el fin de ser acreditadas a la alumna en su carrera de origen.
El informe efectuado por la Dirección de Alumnos a fs. 24 vta.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar la Resolución Nº 710/19-FAD, conforme al siguiente detalle: Donde dice:
..“
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Mariana CALVERA LOPEZ (Registro N° 25.634) las asignaturas “Máscara: Elementos Técnicos de las Artes Visuales I”, “Música y Ritmo I” y “Formas Espectaculares Cultura Popular B I”, con una carga horaria total de NOVENTA Y SEIS (96) horas, realizadas en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil; como Materias Optativas en la carrera de Licenciatura en Arte Dramático.”
Debe decir: ..“
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Mariana CALVERA LOPEZ (Registro N° 25.634) las siguientes asignaturas: “Máscara: Elementos Técnicos de las Artes Visuales I” con una carga horaria de TREINTA (30) horas; “Música y Ritmo I” con una carga horaria de TREINTA (30) horas; “Tópicos esenciales para el arte III” con una carga horaria de TREINTA (30) horas; “Cuerpo y teatralidades brasileras I”con una carga horaria de SESENTA (60) horas y “Canto para el actor” con una carga horaria de TREINTA (30) horas, en calidad de Materias Optativas de la carrera de Licenciatura en Arte Dramático, realizadas en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil.”
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 846
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FA-2019-RES-845
9/12/2019
(Carga: 16/12/2019)
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MENDOZA, 9 de diciembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 24191/19 caratulado: “VEGA, Jorge Antonio s/ Solicitud mesa examinadora especial "Clarinete V" - Licenciatura en Clarinete”.
CONSIDERANDO:
Que el alumno Jorge Antonio VEGA, se encuentra en condiciones reglamentarias de rendir su examen final de “Clarinete V”.
Que las obras propuestas no han sido ejecutadas en exámenes anteriores.
Que dichas obras deberán ser consideradas por el Jurado en cuanto a la jerarquía de las mismas.
Lo propuesto por la Dirección de Carreras Musicales, con referencia a la constitución del Jurado y fecha de reunión, de acuerdo con lo establecido por ordenanza N° 4/82-FA.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Constituir el Tribunal Examinador de “Clarinete V” integrado por los siguientes profesores: Presidente: Francisco Julio César LONIGRO; Vocales: Mauro Heber RODRIGUEZ, Juan Eugenio ROMERO, Andrea Verónica YURCIC, Roberto Antonio DI NARDO; Suplentes: Pablo Miguel SALCEDO y Omar Hugo ARANCIBIA que evaluará el examen final del alumno Jorge Antonio VEGA (Registro N° 13.229), correspondiente a 5° año de la carrera de Licenciatura en Clarinete, el día VEINTE (20) de diciembre de 2019 en el Edificio de Carreras Musicales.
ARTÍCULO 2°.- El Tribunal Examinador se reunirá el VEINTINUEVE (29) de noviembre de 2019 a las 18:00, en la sede de Carreras Musicales, para considerar la jerarquía de las obras propuestas y determinar la Obra Impuesta, que se comunicará de inmediato al alumno.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 845
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FA-2019-RES-844
6/12/2019
(Carga: 12/02/2020)
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MENDOZA, 6 de diciembre de 2019
VISTO:
La NOTA CUDAP-CUY Nº 46088/19 caratulado: “Asesor Estudiantil Solicitud autorización y ejecución del pago del monto diferencial del presupuesto anual de Becas de la Dirección de Acción Social de la Secretaría de Bienestar Universitario y Programa Anual de Becas FAD – 2019”.
CONSIDERANDO:
Que el monto diferencial de $ 39.956,00 fue solicitado para completar el presupuesto asignado de $ 657.290,00 que fue utilizado para el pago de Becas de Ayuda Económica, Transporte, Prestación de Servicios y Pre-profesionales, comprendidas en el Programa Anual de Becas 2019, según lo establecido por resolución nº 107/19.
Que el monto diferencial mencionado será para completar el pago de Becas con Prestación de Servicios y de Ayuda Económica.
Cabe aclarar que el pago de Becas de Ayuda Económica, Transporte y Prestación de Servicios correspondientes al mes de diciembre de 2019 del resto de los titulares comprendidos en la resolución Nº 107/19-C.D. continuará a cargo de la Secretaría de Bienestar Universitario.
Que, con estas acciones se intenta garantizar la continuidad y egreso de los estudiantes que cursan carreras en esta Unidad Académica, como así también en la Universidad Nacional de Cuyo.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Habilitar a Secretaría Económico-Financiera a financiar el pago de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 39.956,00) del monto diferencial otorgado por la Secretaría de Bienestar Estudiantil, con destino a Becas con Prestación de Servicios y de Ayuda Económica.
ARTICULO 2º.- Autorizar el pago de CUATRO (4) Becas con Prestación de Servicios, correspondientes al mes de diciembre de 2019, por CUATRO montos de DOS MIL QUINIENTOS PESOS ($ 2.500) para cada uno a los alumnos que se detallan a continuación, por un total de DIEZ MIL PESOS ($ 10.000,00): ✗ PIVAC RODRÍGUEZ, Jonathan D.N.I. N° 36.230.096 ✗ ALMENDRA, Rocío Anabel D.N.I. N° 37.858.037 ✗ AGÜERO, Sebastián Ariel D.N.I. N° 33.944.704 ✗ ARAYA SALATTINO, Cristian Gabriel D.N.I. Nº 39.843.568
ARTÍCULO 3°.- Autorizar el pago de CATORCE (14) Becas de Ayuda Económica, correspondientes al mes de diciembre de 2019, por VEINTE (20) montos de MIL CUATROCIENTOS PESOS ($ 1.400) para cada uno a los alumnos que se detallan a continuación, por un total de VEINTIOCHO MIL PESOS ($ 28.000,00): ✗ MARTÍNEZ, Rocío Micaela D.N.I. N° 41.868.766 ✗ PUERTA, Lucas Omar D.N.I. Nº 35.616.724 ✗ QUEZADA, Florencia Antonella D.N.I. Nº 39.085.597 ✗ RODRÍGUEZ, Evelín Lourdes D.N.I. Nº 38.910.092 ✗ MARTÍNEZ, Lana Ella D.N.I. Nº 41.819.541
Resol.nº 844
✗ BRUNA MUÑOZ, Raquel Dana D.N.I. Nº 42.668.556 ✗ HEREDIA, Francisco D.N.I. Nº 38.473.649 ✗ KREKCZA, Felicitas D.N.I. Nº 42.014.453 ✗ PAREDES, Caterina Brenda D.N.I. Nº 38.582.593 ✗ SÁNCHEZ FERNÁNDEZ, Valentina Tamara D.N.I. Nº 43.376.897 ✗ CHOQUE ARÉVALO, Johana Elisa D.N.I. Nº 35.072.434 ✗ GAETE, Leonardo Andrés D.N.I. Nº 35.842.011 ✗ LEDDA PÉREZ, Julieta Valentina D.N.I. Nº 41.636.863 ✗ PALACIOS, Valentina Yael D.N.I. Nº 37.737.926 ✗ SARTORIO, Ailín D.N.I. Nº 41.643.982 ✗ CASTRO, Andrea Fernanda D.N.I. Nº 38.334.167 ✗ MAÑANET GARAY, Daniela Verónica D.N.I. Nº 35.936.400 ✗ HERRERA SAGUÍ, Amparo D.N.I. Nº 40.272.114 ✗ GONZÁLEZ, Natalia Vanina D.N.I. Nº 28.540.662 ✗ PONCE, Gimena Lilian D.N.I. Nº 36.162.495
ARTÍCULO 4°.- Autorizar el pago de UNA (1) Beca de Transporte de media y larga distancia a la alumna Florencia Antonella QUEZADA – D.N.I. Nº 39.085.597 correspondiente al mes de diciembre de 2019, por un monto de MIL TRESCIENTOS PESOS ($ 1.300).
ARTÍCULO 5°.- Autorizar el pago de UNA (1) Beca de Transporte Urbano a la alumna Rocío Micaela MARTÍNEZ – D.N.I. Nº 41.868.766 - correspondiente al mes de diciembre de 2019, por un monto de TRESCIENTOS SETENTA PESOS ($ 370,00).
ARTÍCULO 6°.- La Beca de Ayuda Económica otorgada a la alumna Oriana GUTIERREZ ALFARO – D.N.I. Nº 41.112.017 – el pago correspondiente al mes de diciembre de 2019 se realizará en forma conjunta, a cargo de esta Facultad el monto de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($ 286,00) y a cargo de la Secretaría de Bienestar Universitario el monto de PESOS MIL CIENTO CATORCE ($ 1.114,00).
ARTICULO 7º.- El gasto que origine la presente asignación deberá ser imputado a la siguiente red programática: A.1100.010.001.000.11.37.08.00.99.00.5.1.0.0000.1.21.3.4.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 844
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CD-2019-RES-321
6/12/2019
(Carga: 19/12/2019)
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MENDOZA, 6 de diciembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY N° 13300/19 en el tramita la convocatoria a concurso de Trámite Abreviado de un cargo de Profesor Titular con dedicación simple para el dictado de las asignaturas: "Historia del Arte Americano y Argentino I" e "Historia del Arte Precolombino" que se cursan en las Carreras de Artes Visuales”.
CONSIDERANDO:
Que el mencionado concurso fue convocado mediante resolución Nº 247/19-C.D., estableciéndose que el mismo debía ajustarse a la ordenanza Nº 8/91C.D.
Que a fs. 44 consta el Acta CUDAP-CUY Nº 29/19 en la que figuran inscriptos: Patricia Sandra FAVRE; Laura Karina GOMEZ CONDENO; Graciela Inés MEMOLI y Valentina PRIETO.
Que a fs. 57/60 obra el Acta de la Comisión Asesora interviniente en la que por unanimidad figura el siguiente Orden de Méritos: 1º.- Valentina PRIETO con OCHENTA POR CIENTO (80%) y 2º.- Graciela Inés MEMOLI con CUARENTA POR CIENTO (40%).
Que a fs. 61/63 obra Nota CUDAP-CUY Nº 43379/19 caratulada “FAVRE, Patricia Sandra s/Denuncia irregularidades procedimental trámite urgente -suspensión de plazo. Concurso Trám. Abrev. "Historia del Arte Precolombino" Carr. A. VisualesFAD.”
Que a fs. 64/200 obra Nota CUDAP-CUY Nº 43621/19 caratulada: “FAVRE, Patricia Sandra S/Impugnación del dictamen de la comisión asesora del concurso "Historia del Arte Precolombino" e "Historia del Arte Americano y Argentino I" en UN (01) cargo de Prof.Tit. (S) interino.”
Que a fs. 203 la Comisión de Concursos solicitó ampliación de dictamen, que luego de efectuada la misma por la Comisión Asesora interviniente, ratifica lo actuado en el mencionado concurso (a fs. 204/212).
Que a fs. 214/217 obra Nota CUDAP-CUY Nº 46926/19 caratulada “COLL, Roxana Laura Alicia S/Solicitud Descargo ante la impugnación presentada por la postulante Patricia Sandra FAVRE al concurso llamado por Res. Nº 247/2019 CD”.
Que, a fs. 18/19, obra la Nota CUDAP-CUY Nº 46305/19 en la que la postulante Valentina PRIETO solicita copia del Acta Final elaborada por la Comisión Asesora del concurso de referencia, como así también copia de la impugnación presentada por la postulante Prof. Patricia Sandra FAVRE.
Que la Comisión de Concursos considera que la puntuación asignada a todos los postulantes aparece como arbitraria, llamando especialmente la atención la calificación de 0 (CERO) en diferentes instancias y a distintos postulantes, sin que la ampliación del dictamen haya aportado claridd a la evaluación.
Por ello, atento a lo aconsejado por dicha Comisión, en dictamen de mayoría, y lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 3 de diciembre de 2019,
Resol.nº 321
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Proceder a la anulación del concurso convocado por resolución Nº 247/19-C.D. para cubrir UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas: “Historia del Arte Americano y Argentino I” que se cursan en la carrera de Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas e “Historia del Arte Precolombino”, de la carrera de Profesorado de Grado Universitario de Historia del Arte, de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, por los motivos expresados en el 9no. Considerando de la presente.
ARTÍCULO 2°- Solicitar a la Dirección de Carreras de Artes Visuales la convocatoria urgente a concurso del cargo en cuestión y la designación de una nueva Comisión Asesora constituida por jurados externos a la FAD, si las circunstancias así lo ameritan.
ARTÍCULO 3°- Notificar de lo resuelto a los interesados.
ARTÍCULO 4°- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 321
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CD-2019-RES-320
6/12/2019
(Carga: 11/12/2019)
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MENDOZA, 6 de diciembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 9341/19 caratulado: “Convocatoria a concurso de trámite breve en UN (01) cargo de Prof. Adjunto (S) "Contrabajo I a V, CIEMU A,B,C,D" Lic. en Contrabajo y "Contrabajo I a IV" nivel parasistemático - Carreras Musicales.”
CONSIDERANDO:
Que a fs. 34, se encuentra el ACTA-CUY: 27/2019 en la que se registran las inscripciones de los siguientes postulantes: Laureano Fernando MELCHIORI y Enzo Paolo ROSSI.
Que a fs. 35/38, la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso ha evaluado los antecedentes de los postulantes y se ha expedido proponiendo el siguiente Orden de Méritos: 1°.- Laureano Fernando MELCHIORI y 2º.- Enzo Paolo ROSSI.
Que se han cumplimentado con normalidad todas las instancias concursales previstas en la reglamentación vigente y no se han presentado impugnaciones a la decisión del Jurado.
Que a fs. 41 Dirección de Personal informa que el Lic. MELCHIORI venía desempeñándose en el mismo cargo, dedicación y carácter, al que ingresó mediante el Instructivo para la cobertura de cargos docentes (Ord. N° 4/15-C.D.), cuya designación fue prorrogada desde 01/06/19 y/o hasta que el cargo fuera cubierto por concurso y no más allá del 31/12/19, mediante resolución Nº 122/19-C.D.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 28 de noviembre de 2019.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Limitar al TREINTA (30) de noviembre de 2019 la prórroga de designación del Lic. Laureano Fernando MELCHIORI (Legajo N° 26.866 – C.U.I.L. N° 20-24878771-7) en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple para el dictado de los espacios curriculares "CIEMU A, B, C y D- Contrabajo"; "Contrabajo I a IV” – Ciclo Preparatorio y "Contrabajo I a V" en las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 194/19-C.D., para cubrir UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Contrabajo I, II, III y IV”-Ciclo Preparatorio- Nivel parasistemático; “Instrumento Niveles A, B, C y D (Contrabajo) CIEMU y “Contrabajo I, II, III, IV y V” de la Licenciatura en Contrabajo, que se dictan en las Carreras Musicales de esta Facultad; proponiendo el siguiente Orden de Méritos: 1°.- Laureano Fernando MELCHIORI y 2º.- Enzo Paolo ROSSI.
ARTÍCULO 3°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres MELCHIORI, Laureano Fernando Documento Único 24.878.771 CUIL o CUIT 20–24878771–7 Legajo N° 26.866
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Adjunto Dedicación Simple Condición interino
Término de la designación Desde 01 de diciembre de 2019 Hasta 31 de diciembre de 2019
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras Musicales
Espacio/s Curricular/es 1) “Contrabajo I, II, III y IV”-Ciclo Preparatorio- Nivel parasistemático” 2) “Instrumento Niveles A, B, C y D (Contrabajo) CIEMU” 3) “Contrabajo I, II, III, IV y V”
ARTÍCULO 4°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 3° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina 6 Humanidades
Subdisciplina 4 8 Música
“Contrabajo I, II, III y IV”-Ciclo Preparatorio- Nivel parasistemático” Especialidad 9 9 “Instrumento Niveles A, B, C y D (Contrabajo) CIEMU” “Contrabajo I, II, III, IV y V”
ARTÍCULO 5°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 3° forman parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 7389 Licenciado en Contrabajo 100 % Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 6°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 01 00 3 4 100,00 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 7°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hace al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código de Cargo 812 Profesor Adjunto con Dedicación Simple
ARTÍCULO 8°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a fs. 43 de las presentes actuaciones y con lo informado a fs. 44 por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 320
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CD-2019-RES-319
6/12/2019
(Carga: 9/12/2019)
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MENDOZA, 6 de diciembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 13299/19 en el que la Dirección de Carreras de Artes Visuales solicita la convocatoria a concurso de trámite breve para cubrir un cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Historia del Arte Americano y Argentino II” de la carrera de Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas e “Historia del Arte Contemporáneo”, de la carrera de Profesorado de Grado Universitario de Historia del Arte, que se dictan en las mencionadas Carreras.
CONSIDERANDO:
Que a fs. 46/48, se encuentra el Acta Final en donde la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso ha evaluado los antecedentes de la única postulante presentada y se ha expedido proponiendo en el primer lugar del Orden de Méritos a la Mgter. María Paula PINO VILLAR.
Que se han cumplimentado con normalidad todas las instancias concursales previstas en la reglamentación vigente y no se han presentado impugnaciones a la decisión del Jurado.
Que a fs. 51 Dirección de Personal informa que la Mgter. PINO VILLAR revista en esta dependencia en un cargo de Ayudante de Primera con dedicación simple para cumplir funciones en las asignaturas “Artes Visuales y Contextos I y II”, perteneciente al Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales, en donde fue prorrogada su designación mediante resolución Nº 209/19-FAD.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 28 de noviembre de 2019.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 249/19-C.D., para cubrir UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Historia del Arte Americano y Argentino II” de la carrera de Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas e “Historia del Arte Contemporáneo”, de la carrera de Profesorado de Grado Universitario de Historia del Arte, que se dictan en las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad; en el primer lugar del Orden de Méritos a la única postulante Mgter. María Paula PINO VILLAR.
ARTÍCULO 2°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres PINO VILLAR, María Paula Documento Único 32.623.867 CUIL o CUIT 27–32623867–3 Legajo N° 33.030
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Simple Condición interino
Término de la designación Desde 2 de diciembre de 2019 Hasta tanto el cargo se provea mediante concurso efectivo y no más del 31 de diciembre de 2019.
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras Artes Visuales
Espacio/s Curricular/es 1) “Historia del Arte Americano y Argentino II” 2) “Historia del Arte Contemporáneo”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 2° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina 6 Humanidades
Subdisciplina 4 5 Historia
“Historia del Arte Americano y Argentino II” Especialidad 9 9 “Historia del Arte Contemporáneo”
ARTÍCULO 4°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 2° forman parte de los Planes de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 6465 Profesor de Grado Universitario de Historia del Arte 50 % 881 Licenciado en Historia de las Artes Plásticas 50 % Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 5°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 100,00 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hace al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código de Cargo 810 Profesor Titular con Dedicación Simple
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a fs. 50 de las presentes actuaciones y con lo informado a fs. 51 por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 319
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CD-2019-RES-318
6/12/2019
(Carga: 9/12/2019)
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MENDOZA, 6 de diciembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 10134/19 caratulado: “Solicitud proponer al Prof. Eduardo Alberto González como profesor extraordinario de UNCuyo en categoría de Profesor Emérito.”
CONSIDERANDO:
Que dicha propuesta cuenta con el aval de docentes, alumnos y personal de apoyo académico como también de la Dirección de Carreras Artes Visuales de esta Facultad, en el marco de la Ordenanza Nº 72/94-C.S.
Que el Prof. Eduardo Alberto GONZÁLEZ egresó de la Escuela de Artes Plásticas obteniendo el título de Profesor de Bellas Artes (1975), en donde fue uno de los primeros graduados en obtener una beca de Iniciación a la Investigación, perfeccionándose en la Escuela Nacional de Bellas Artes Ernesto de la Cárcova en pintura mural, entre los años 1977 y 1980.
Que como docente, se ha desempeñado en todos los niveles: primario, secundario y superior y dentro de esta Casa de Estudios ejerció la docencia en diferentes cargos de las Carreras de Artes Visuales, Cerámica y Artes del Espectáculo, como también cumplió funciones en cargos de gestión por su reconocida y amplia experiencia.
Que, el mencionado artista ha realizado numerosas exposiciones individuales y colectivas en distintas lugares como en Mendoza, San Luis, San Juan, Buenos Aires y Chile. Por otra parte, se destacan los premios y menciones obtenidos como el 1º Premio de Dibujo, Salón Vendimia de Artes Plásticas en el año 1983 y el Gran Premio de Honor Pintura del Fondo Nacional de las Artes, Salón Vendimia en 1991; actualmente participa activamente en los diferentes actos de la Fiesta Nacional de la Vendimia (Acto Central, Vendimias Departamentales y Bendición de los Frutos).
Que en 1995 fue distinguido como “Huésped de Honor” por la Universidad Nacional de Rio IV, de la Provincia de Córdoba.
Que sus obras forman parte de colecciones públicas y privadas del país destacando principalmente el Museo Emiliano Guiñazú (Casa de Fader), Museo Municipal de Arte Moderno y Museo de Arte Plástico Eduardo Sívori.
Que por su destacada trayectoria, es convocado para actuar como jurado en certámenes de Artes Visuales en las numerosas ediciones del Salón de Pintura que organiza el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en sesión del día 28 de noviembre de 2019,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Auspiciar ante el Consejo Superior la designación del Prof. Eduardo Alberto GONZÁLEZ como Profesor Extraordinario de la Universidad Nacional de Cuyo, en la categoría de “Profesor Emérito” en el marco de la Ordenanza Nº 72/94-C.S., por su destaca y reconocida trayectoria.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 318
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FA-2019-RES-843
5/12/2019
(Carga: 9/12/2019)
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MENDOZA, 5 de diciembre de 2019
VISTO:
La nota CUDAP–CUY: 24181/19 caratulada: “Solicitud pago proporcional por vacaciones año 2019: Prof. Susana Ivette Colque y D.I. Enrique Ernesto Nicolás Clara”.
CONSIDERANDO:
Que pedido encuadra con lo establecido en el artículo 45° inc. a) del Decreto Nacional N° 1246/15 y en lo dispuesto por ordenanza N° 32/16-R.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar a Secretaría Económico-Financiera a liquidar los días de licencia proporcional de vacaciones correspondientes al año 2019, a favor de los siguientes docentes que se detallan a continuación: ➢ Prof. Susana Ivette COLQUE – Legajo N° 23.061– CUIL N° 27-12044813–2 Proporcional a liquidar: TREINTA Y OCHO (38) días Cargo: Profesor Titular con dedicación semiexclusiva – Transitorio Baja definitiva: a partir del UNO (1) de noviembre de 2019.
➢ D.I. Enrique Ernesto Nicolás CLARA – Legajo N° 21.021 – CUIL N° 20-10356315-2 Proporcional a liquidar: TREINTA Y OCHO (38) días Cargo: Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva – Efectivo Baja definitiva: a partir del UNO (1) de noviembre de 2019.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 843
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FA-2019-RES-842
5/12/2019
(Carga: 9/12/2019)
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MENDOZA, 5 de diciembre de 2019
VISTO:
La nota en la que el personal de esta Unidad Académica tramita licencia por enfermedad de largo tratamiento, atento a lo informado por la Dirección General de Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo y por la Dirección de Personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 93° del Decreto Nacional N° 366/06 y en la ordenanza N° 32/16-R.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia por enfermedad de largo tratamiento, con goce íntegro de haberes a la Sra. Ivonne Ana MAURANO - Legajo Nº 15.856 – en el cargo Categoría 3 del Agrupamiento Administrativo, subroga cargo Categoría 2 del mismo agrupamiento – TREINTA (30) días corridos, desde el CUATRO (4) de noviembre hasta el TRES (3) de diciembre de 2019; conforme a lo dispuesto en el artículo 93° del Decreto Nacional N° 366/06 y en la ordenanza N° 32/16-R.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 842
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FA-2019-RES-841
4/12/2019
(Carga: 4/12/2019)
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MENDOZA, 4 de diciembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 23140/19 en el que se solicita autorización para la realización de una clase magistral denominada "Dúo Masterclass de Contrabajo" que estará a cargo de los músicos Luis CABRERA y Elian ORTIZ CÁRDENAS y que se llevará a cabo en las Carreras Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que esta actividad cuenta con el aval de la Dirección de Carreras Musicales y de Secretaría de Extensión de esta Unidad Académica.
Por ello, atento a lo dispuesto por resolución N° 117/15-C.D.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización de la actividad denominada “Dúo Masterclass de Contrabajo” que estará a cargo de los destacados músicos Luis CABRERA y Elian ORTIZ CÁRDENAS y se llevará a cabo en las Carreras Musicales en esta Facultad, según el detalle contenido en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 841
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ANEXO ÚNICO
Formato curricular: CURSO CONFERENCIA TALLER OBRA DE TEATRO
JORNADA CICLO DE DEBATE MUESTRA DE ARTE OTRO
SEMINARIO CLASE MAGISTRAL X CONCIERTO
Nombre de la actividad: “ Dúo Masterclass de Contrabajo”
Organizadores o responsables: Cátedra de Contrabajo de las Carreras Musicales- FAD UNCUYO
Alumnos colaboradores Juan Pablo MOLINA – Lucas MOYANO
Profesores que estarán a cargo de la actividad Luis CABRERA (España) Solista Acompañante de la Orquesta Filarmónica de Holanda
Elian ORTIZ CÁRDENAS (Chile- Argentina) Solista de la Orquesta Estable del Teatro Colón
Fecha de la actividad: COMIENZA 12 12 2019 FINALIZA 13 12 2019
Horario (de 9:00 a 16:00 y de 13:00 a 20:00 hs) Horas reloj (presenciales) 16 Horas reloj (NO presenciales)
Horas cátedra (presenciales) Horas cátedra (No presenciales)
Lugar donde se realizará la actividad: Edificio de Carreras Musicales- FAD UNCUYO
Gestión del mismo a cargo de (Extensión, organizadores, etc.): Prof. Omar Hugo ARANCIBIA
Destinatarios: Estudiantes de grado FAD activos X Oyentes X
Estudiantes de Posgrado FAD activos X Oyentes X
Graduados FAD activos X Oyentes X
Docentes FAD activos X Oyentes X
Externo activos X Oyentes X
Otro activos X Oyentes X
Cupo: MÍNIMO 6 MÁXIMO 20
Resol. N° 841
Anexo Único – Hoja 2
10. Arancel:
DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES
Estudiantes de grado FAD $ 1500 $ 800
Estudiantes de Posgrado FAD $ 1500 $ 800
Graduados FAD $ 1500 $ 800
Docentes FAD $ 1500 $ 800
Externo $ 1500 $ 1800
Otro $ 1500 $ 800
Considerar en concepto de Becas un 10% del cupo máximo previsto para los estudiantes de nuestra Institución Ord. 6/2015-CD FAD
11. Modalidad de la actividad: TEÓRICA PRESENCIAL X TEÓRICA-PRÁCTICA X
PRÁCTICA SEMI-PRESENCIAL OTRA (ESPECIFICAR)
12. Material gráfico necesario para la difusión: FLYER X PROGRAMA CATÁLOGO
OTRA (ESPECIFICAR)
13. Recursos técnicos requeridos: Un aula con capacidad para 20 personas- 6 atriles
14. Inscripción Asistentes: La inscripción se realizará únicamente a través de la página web de la FAD En caso de requerir otra información especificarlo a continuación:
En caso de que la actividad sea arancelada, la inscripción se podrá realizar contando con el número de recibo de pago. Los pagos se realizan exclusivamente en Secretaría Económico Financiera (plante baja Edificio de Gobierno FAD) de lunes a viernes de 9 a 13hs.
15. Certificación: Enviar exclusivamente en formato digital a extension@fad.uncu.edu.ar el listado con la nómina de participantes que hayan asistido y/o aprobado la actividad (nombre completo, DNI o pasaporte, correo electrónico). El período de envío de dicha lista no debe superar los 20 días a partir de finalizada la actividad.
16. Otras necesidades o consideraciones:
RESOLUCIÓN Nº 841
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FA-2019-RES-840
3/12/2019
(Carga: 4/12/2019)
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MENDOZA, 3 de diciembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 22201/19 caratulado: “ROSSELOT, María Morena s/ Solicitud de Licencia Estudiantil - Profesorado de Grado Universitario en Teatro y Lic. en Arte Dramático - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que la alumna ROSSELOT, ha cumplimentado la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal atención del grupo familiar, como así también los informes de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello, atento a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., anexo I, artículo 5, inciso h,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por razones de atención del grupo familiar, a la alumna María Morena ROSSELOT (Legajo N° 27.507 – DNI Nº 42.863.982) de las carreras de Profesorado de Grado Universitario en Teatro y Licenciatura en Arte Dramático, por el período del CINCO (5) al VEINTIDÓS (22) de noviembre de 2019, de acuerdo a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., anexo I, artículo 5, inciso h.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 840
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FA-2019-RES-839
3/12/2019
(Carga: 4/12/2019)
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MENDOZA, 3 de diciembre de 2019
VISTO:
La nota CUDAP-CUY: 45675/19 caratulada: "CALVET, Trinidad Martina s/ Solicitud acreditación materia optativa "Educación Auditiva y Musical" - Prof. de Grado Universitario en Música.”
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Lo informado al respecto por la Dirección de las Carreras Musicales y lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Trinidad Martina CALVET (Registro N° 10.614) la asignatura “Educación Auditiva y Musical” con una carga horaria total de CUARENTA Y CINCO (45) horas, en calidad de Cursos Optativos correspondientes a la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Música.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 839
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FA-2019-RES-838
3/12/2019
(Carga: 3/12/2019)
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MENDOZA, 3 de diciembre de 2019
VISTO:
La nota CUDAP–CUY: 44492/19 en la que el alumno Dalmiro Elías GARCÍA solicita autorización para la dirección de su Seminario Tesis, correspondiente a las Carreras Musicales.
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de los profesores a cargo del mismo.
La opinión de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización del “Seminario Tesis” al alumno de las Carreras Musicales, de acuerdo con el siguiente detalle:
Alumno: Dalmiro Elías GARCÍA– Registro N° 21.905 Seminario “El canto Ícaro de la etnia peruana Asháninca a través de la figura de Juan Flores Salazar. Una mirada etnomuscológica” Director: Prof. Luis Daniel MORCOS PORRAS Co-Director: Lic. Darío MATTA Carrera: Licenciatura en Música Popular (Guitarra)
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 838
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FA-2019-RES-837
3/12/2019
(Carga: 3/12/2019)
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MENDOZA, 3 de diciembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 17431/19 caratulado: “Solicita la gestión del reconocimiento académico de las actividades curriculares cumplimentadas por Agustina Sofia Nosenzo D' Alessandro”
CONSIDERANDO:
Que la alumna NOSENZO D'ALESSANDRO participó en el Programa de Movilidad Estudiantil, en el que cursó y aprobó distintos espacios curriculares durante el Primer semestre del año 2019 en la Universidad de Monterrey, México.
Lo sugerido por la Asesoría de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional.
El reconocimiento académico efectuado por la Dirección de Carreras de Diseño y lo informado al respecto por Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Agustina Sofía NOSENZO D'ALESSANDRO (Registro N° 25.189) las siguientes asignaturas, realizadas en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil, con validez a DOS (2) espacios curriculares optativos de la carrera Diseño Gráfico, Plan de Estudios aprobado por Ord. Nº 2/06-C.S.: Espacio Curricular Carga Horaria ✔ Fotografía Profesional de objeto SESENTA Y CUATRO (64) horas ✔ Video formativo para diseñadores CIENTO CUARENTA Y CUATRO (144) horas
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 837
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FA-2019-RES-836
3/12/2019
(Carga: 3/12/2019)
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MENDOZA, 3 de diciembre de 2019
VISTO:
La nota CUDAP–CUY: 45474/19 caratulada: “QUIROGA, Analía Vanesa s/ Solicitud acreditación de asignatura aprobada en carrera de Prof. de Grado Universitario en Teatro – FAD”.
CONSIDERANDO:
Que, según informe de la Dirección de Alumnos, la estudiante Analía Vanesa QUIROGA, ingresó a la carrera de Diseño Escenográfico en el año 2003 y es alumna del Profesorado de Grado Universitario en Teatro desde el año 2011, en el que llevaba rendida y aprobada hasta la fecha de ingreso a la Carrera de Diseño Escenográfico una materia que es común a ambas carreras en el nivel universitario.
Que al hacerse la migración de esta materia de ambas carreras al sistema SIU Guaraní, ante la falta de normativa al respecto, se asentó la fecha real de aprobación de la misma sin tener en cuenta el año de ingreso a cada una de las carreras. Por ello, en el certificado analítico correspondiente al Profesorado de Grado Universitario en Teatro de la estudiante mencionada, se observa una asignatura aprobada con fecha anterior al ingreso a dicha carrera, aunque manteniendo la calificación y el Libro físico en el que se encuentra asentado el examen. Además el sistema Siu-Guaraní generó automáticamente un número de acta al efectuarse la migración, situación observada por el Dirección de Egresos de esta Facultad.
Que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología ha impuesto a las unidades académicas universitarias nuevas medidas y procedimientos de digitalización y control de la información que consta en las certificaciones y diplomas emitidos por las mismas, con el fin de garantizar la transparencia, celeridad en los trámites, e información fidedigna y confiable de los graduados universitarios, para lo cual ha implementado diferentes sistemas (Sistema Informático de Certificaciones –SICer, y Sistema Informático de Diplomas y Certificaciones –SIDCer).
La propuesta de la Dirección de Alumnos de emitir una resolución por la que se invalide en el Sistema Siu Guaraní la materia aprobada con fecha anterior a su ingreso a la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro y se le acredite la misma con la fecha de ingreso a dicha carrera, manteniendo la calificación obtenida con el objetivo de que exista una coherencia entre las fechas de ingreso y aprobación de la materia correspondiente.
El informe favorable de Secretaría Académica. Por ello, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE
ARTICULO 1°.- INVALIDAR en el sistema SIU GUARANI la asignatura aprobada con anterioridad al año 2011 por la estudiante Analía Vanesa QUIROGA (Registro N° 17.552 - DNI 31.084.152) de la Carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro, Plan de Estudio aprobado por Ord. 66/05-C.S..
ARTÍCULO 2°.- ACREDITAR a la estudiante Analía Vanesa QUIROGA (Registro N° 17.552 - DNI 31.084.152) la asignatura aprobada con anterioridad al año 2011 en la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro, Plan de Estudio aprobado por Ord. 66/05C.S., manteniendo la calificación obtenida y establecer idéntica fecha de aprobación, conforme el siguiente detalle:
Asignatura Calificación Fecha aprobación Análisis del Hecho Teatral 10 (diez) 11/05/2011
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 836
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FA-2019-RES-835
3/12/2019
(Carga: 3/12/2019)
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MENDOZA, 3 de diciembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 17956/19 caratulado: “Reconocimiento académico a favor de Camila Eliana Gutierrez.”
CONSIDERANDO:
Que por resolución Nº 779/19-FAD se le acreditó a la alumna Camila Eliana GUTIERREZ las asignaturas “Historiografía de la Historia del Arte I”, “Historia del Arte Moderno” e “Historia del Arte Americano y Argentino II” (Optativa Grupo I), realizadas en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil, en la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, Colombia.
El informe efectuado por la Dirección de Alumnos a fs 47, en relación a que las mencionadas asignaturas deben consignar las carreras en donde pertenecen cada una respectivamente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar la Resolución Nº 779/19-FAD, conforme al siguiente detalle: Donde dice:
..“
ARTÍCULO 1°.- Otorgar a la alumna Camila Eliana GUTIERREZ (Registro N° 24.531) el reconocimiento académico de las siguientes asignaturas: “Historiografía de la Historia del Arte I”, “Historia del Arte Moderno” e “Historia del Arte Americano y Argentino II” (Optativa Grupo I) que se dictan en las Carreras de Artes Visuales, realizadas en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil.”
Debe decir: “
ARTÍCULO 1°.- Otorgar a la alumna Camila Eliana GUTIERREZ (Registro N° 24.531) el reconocimiento académico de las siguientes asignaturas: “Historiografía de la Historia del Arte” e “Historia del Arte Moderno” de las carreras de Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas y Profesorado de Grado de Historia del Arte; e “Historia del Arte Americano y Argentino II” de la carrera de Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas y Acreditar como espacio curricular Optativo “La imagen suceso social” con una carga horaria de NOVENTA Y SEIS (96) horas, correspondiente a la carrera de Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas, todas se dictan en las Carreras de Artes Visuales, realizadas en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil.”
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 835
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CD-2019-RES-316
3/12/2019
(Carga: 16/12/2019)
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MENDOZA, 3 de diciembre de 2019
VISTO
El Expediente CUDAP-CUY N° 9679/18, caratulado: “01 MR 227”, originado en una denuncia interpuesta el día 29 de mayo del año 2018, citando hechos ocurridos a partir de febrero del año 2015 ante la Consejería en Sexualidades, Identidades de Género y Situaciones de Violencia Patriarcal.
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 obra el Acta de Denuncia en forma de entrevista conforme a lo dispuesto en el Art. 2 de la Res. 682/17-C.S. que aprobara el “Protocolo de Intervención Institucional ante denuncias por situaciones de violencias sexistas en el ámbito de la Universidad Nacional de Cuyo”.
Que a fs. 13/14 obra el dictamen de Asesoría Letrada de la FAD en relación a los puntos “medidas preventivas” y “sumario administrativo”.
Que a fs. 15/16 obra la elevación al Consejo Directivo por parte del señor Decano solicitando autorización para aplicar medidas de protección y la elevación a la oficina de sumarios de la UNCuyo.
Que mediante Res. 118/18 C.D. (fs. 17) y 183/18 C.D. (fs. 21) se hizo lugar a lo solicitado.
Que a fs. 23 obra Res. 3433/18-R. mediante la cual se designa Instructor Sumariante Ad-Hoc y se ordena se comunique la iniciación del Sumario a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas.
Que a fs. 24 obra la aceptación del cargo de Instructor Sumariante y la designación del Secretario actuante.
Que a fs. 25 con fecha 2 de octubre de 2018 se procedió a citar al denunciado a prestar declaración indagatoria.
Que a fs. 29 y en una primera instancia el sumariado se abstuvo de declarar haciendo uso de las garantías procesales que lo asisten.
Que a fs. 33 obra la comunicación de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas del Ministerio Público Fiscal haciendo saber que no intervendrá en las presentes actuaciones conforme a los criterios de intervención vigente.
Que a fs. 64/65 se presenta a declarar espontáneamente el encartado acompañado por su letrado patrocinante con la intención de explicar “algunos puntos que en la denuncia de la alumna surgen”.
Que a fs. 66 obra la Res. 3/18 de la Oficina de Sumario citando a los testigos ofrecidos por la denunciante.
Que a fs. 67 obra una segunda declaración espontánea del denunciado respecto hacer algunas salvedades en relación a la declaración obrante a fs. 64/65.
Que a fs. 70 se incorporó copia de la NOTA CUDAP-CUY N°47566/18 relacionado con el dictado del curso de Ingreso a la FAD 2019 y en el cual considerando el dictamen de Asesoría Letrada de fs. 72 se lo desvinculó al docente de dicha actividad.
Resol.nº 316
Que a fs. 81/82 obra una presentación por parte del docente sumariado ofreciendo un nuevo descargo.
Que a fs. 88, 89, 90 y 91 obran las declaraciones testimoniales.
Que a fs. 92 – y en atención a que según la instrucción no se encuentra ninguna prueba pendiente de producción – se resuelve la clausura de las actuaciones, quedando la causa en estado de emitir informe final.
Que a fs. 93/95 obra el Informe Final del Instructor Sumariante según Art. 108 del Reglamento de Investigaciones Administrativas, consta de tres partes, a saber: 1) relación circunstanciada de los hechos investigados, 2) análisis y valoración de la prueba y 3) conclusión y medidas de reparación.
Que en el punto 1) el sumariante se refiere en general a los hechos arriba citados extendiéndose sobre a la declaración espontanea del sumariado fs. 64/65; sobre el escrito presentado a fs. 81/82 y sobre los testimonios de fs. 88/91.
Que en el punto 2) se analizan las distintas pruebas recogidas, se las contrasta con la argumentación del sumariado, se las valora en relación con la Ley 26.485 y especialmente indaga si se ha configurado alguno de los tipos de violencia contra la mujer tipificados en el Art. 5 de la citada norma legal.
Que en el punto 3) el instructor sumariante sugiere al Consejo Directivo de la FAD concluir la instancia investigativa del sumario administrativo en curso declarando la exención de responsabilidad (criterio a – Art. 122 – Reglamento de Investigaciones Administrativas Ord. 60/2004 C.S.)
Que no obstante, vale aclarar que si bien la instrucción considera que la conducta enjuiciada no implican per se la comisión de un hecho ilícito disciplinario en los términos de la Ley 26.485 y del Convenio Colectivo de Trabajo si “merece una revisión por parte del docente y una deconstrucción acorde a las perspectivas de género, librada de estereotipos machistas que voluntaria o involuntariamente puedan continuar afectando a estudiantes”.
Que el último párrafo de la resolución sumarial, reafirma lo expresado al recomendar que el docente “revea este tipo de prácticas que pueden considerarse formas de violencias hacia las mujeres, de acurdo a las previsiones de la Ley 26.485 y del Protocolo de Intervención Institucional ante situaciones de Violencia Sexistas en el ámbito de la Universidad Nacional de Cuyo; y que el Consejo Directivo de dicha Unidad Académica disponga de un mecanismo de monitoreo y evaluación continua sobre el docente para garantizar mejores prácticas académicas y pedagógicas”.
Que intertanto tramitaba el sumario que motiva estas actuaciones este Consejo Directivo dictó dos resoluciones: la Res. 234/19 que hizo lugar a un amparo estudiantil presentado por alumnos que se negaban a seguir asistiendo a clases del sumariado, autorizando a Secretaría Académica a designar otro docente que asegurara el proceso de enseñanza y aprendizaje y requiriendo al docente sumariado su participación en instancias de formación pedagógicas y en perspectivas de género y la Res. 235/19 solicitándole al Consejo Superior permitiera la desafectación del docente sumariado y el cambio de funciones que la unidad académica dispone, las que se estima siguen teniendo plena vigencia y deben ser revalidadas.
Que luego de un extenso debate desarrollado en más de una sesión los
Resol.nº 316
miembros del Consejo Directivo disienten parcialmente con las conclusiones del sumario y la medida sugerida por el instructor sumariante.
Por ello, atento a lo dispuesto por las Comisiones de este Cuerpo en sesión del 28 de noviembre de 2019,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Hacer lugar al requerimiento formulado a fs. 95 vuelta por el Instructor Sumariante del Área de Investigaciones Administrativas de la Universidad Nacional de Cuyo, procediendo a la clausura del sumario administrativo en curso por haberse agotado la instancia y entendiendo la instrucción que las circunstancias no implican “la comisión de un hecho ilícito disciplinario en los términos de la Ley 26485” adhieren a la exención de responsabilidad del sumariado respecto a la denuncia que dio origen al expediente.
ARTÍCULO 2°- Aplicar al profesor Raúl Daniel POSADA (DNI N° 13.998.282 – Legajo 20.984) una suspensión de QUINCE (15) días sin goce de haberes por incumplimiento de sus responsabilidades académicas de conformidad a lo previsto por el Art. 32 y concordantes del Convenio Colectivo de Trabajo de los Docentes Universitarios ratificado mediante Resol. 124/15-C.S. por considerar que sus prácticas han atentando contra la dignidad e integridad de sus estudiantes al punto de forzar el abandono de la carrera y/o la negativa colectiva de concurrir a sus clases según surge de la lectura atenta de los fundamentos del amparo estudiantil, los argumentos vertidos ante este plenario por estudiantes auto convocados y los diversos testimonios obrantes en el expediente, en violación al Art 92 inc. f) de la Ley 26206.
ARTÍCULO 3°- Ratificar la Res. 234/19 C.D. en cuanto hizo lugar al amparo estudiantil, autorizó a Secretaría Académica a designar otro docente que asegure el proceso de enseñanza y aprendizaje y requirió al docente sumariado participe en instancias de formación pedagógicas y en perspectivas de género.
ARTÍCULO 4°- Ratificar la Res. 235/19 C.D. solicitándole nuevamente al Consejo Superior el cambio de funciones que la Unidad Académica dispone para el docente en cuestión.
ARTÍCULO 5°- Asignar al profesor Raúl Daniel POSADA (DNI N° 13.998.282 – Legajo 20.984) el desempeño de tareas de producción audiovisual en “Señal U”, en el marco del proyecto TUPA (Tecnicatura Universitaria en Producción Audiovisual), de cogestión entre la Facultad de Artes y Diseño y la Facultad de Ciencias Políticas, integrando el equipo de coordinación, sin desarrollo de actividades de enseñanza – aprendizaje. Este cambio de funciones, teniendo en cuenta su formación en actuación ante cámara, se extenderá en principio al Ciclo Lectivo 2020 sujetándose a futuro a monitoreo y evaluación pedagógica y con perspectiva de género a cargo de Secretaría Académica y a consideración de este Consejo Directivo.
ARTICULO 6º.
ARTICULO 7º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 316
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CD-2019-RES-315
3/12/2019
(Carga: 3/12/2019)
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MENDOZA, 3 de diciembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 19652/19 caratulado: "XV Jornadas de reflexión y crecimiento profesional - Red Nacional de Profesores de Teatro "Dramatiza" - Nodo Mendoza - 2019 "Espacio para la resignificación de vínculos docentes y prácticas pedagógicas teatrales" a/c Prof. Gabriela Lerga.
CONSIDERANDO:
Que la mencionada actividad tiene como objetivo fundamental colaborar en el fortalecimiento del perfil de los docentes de teatro que se desempeñan en diferentes ámbitos y promover prácticas educativas de calidad.
El aval de la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaría de Extensión de esta Unidad Académica.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado por este cuerpo en sesión del día 12 de noviembre de 2019,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización de la “XV Jornadas de reflexión y crecimiento profesional - Red Nacional de Profesores de Teatro "Dramatiza" - Nodo Mendoza 2 0 1 9 "Espacio para la resignificación de vínculos docentes y prácticas pedagógicas teatrales” que estará a cargo de los profesores María Ester del Carmen TROZZO, Gabriela Ana LERGA MOSQUERA, Javier Omar FALCÓN, María Victoria BERNAL y la colaboración del alumno Augusto BENINGAZZA y se llevará a cabo en las Carreras de Artes del Espectáculo en esta Facultad, según el detalle contenido en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 315
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ANEXO ÚNICO
Formato curricular: CURSO CONFERENCIA TALLER OBRA DE TEATRO
JORNADA X CICLO DE DEBATE MUESTRA DE ARTE OTRO
SEMINARIO CLASE MAGISTRAL CONCIERTO
Nombre de la actividad: “XV Jornadas de reflexión y crecimiento profesional - Red Nacional de Profesores de Teatro "Dramatiza" Nodo Mendoza - 2019 "Espacio para la resignificación de vínculos docentes y prácticas pedagógicas teatrales”
Organizadores o responsables: María Ester del Carmen TROZZO Gabriela Ana LERGA MOSQUERA Javier Omar FALCÓN María Victoria BERNAL
Alumnos colaboradores Augusto BENINGAZZA
Profesores que estarán a cargo de la actividad María Ester del Carmen TROZZO Gabriela Ana LERGA MOSQUERA Javier Omar FALCÓN María Victoria BERNAL
Fecha de la actividad: COMIENZA 09 11 2019 FINALIZA 09 11 2019
Horario (de 8:30 a 18:30 hs) Horas reloj (presenciales) 10 Horas reloj (NO presenciales) 10
Horas cátedra (presenciales) Horas cátedra (No presenciales)
Observaciones Las jornadas poseen una instancia de evaluación, la cual debe realizarse durante las horas no presenciales. Ambas instancias se verán reflejadas en la certificación obtenida por los destinatarios.
Lugar donde se realizará la actividad: Aula Teatro y tres espacios a designar, de Planta Baja. Facultad de Artes y Diseño, Universidad Nacional de Cuyo
Gestión del mismo a cargo de (Extensión, organizadores, etc.): ------
Destinatarios: Estudiantes de grado FAD activos X Oyentes
Estudiantes de Posgrado FAD activos X Oyentes
Graduados FAD activos X Oyentes
Docentes FAD activos X Oyentes
Externo activos X Oyentes
Otro activos X Oyentes
Cupo: MÍNIMO 30 MÁXIMO 60
Resol. N° 315
Anexo Único – Hoja 2
10. Arancel:
DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES
Estudiantes de grado FAD
Estudiantes de Posgrado FAD
Graduados FAD
Docentes FAD
Externo
Otro
Considerar en concepto de Becas un 10% del cupo máximo previsto para los estudiantes de nuestra Institución Ord. 6/2015-CD FAD
11. Modalidad de la actividad: TEÓRICA PRESENCIAL X TEÓRICA-PRÁCTICA X
PRÁCTICA SEMI-PRESENCIAL OTRA (ESPECIFICAR)
12. Material gráfico necesario para la difusión: FLYER PROGRAMA CATÁLOGO
OTRA (ESPECIFICAR)
13. Recursos técnicos requeridos: Equipo de Audio y Video
14. Inscripción Asistentes: La inscripción se realizará únicamente a través de la página web de la FAD En caso de requerir otra información especificarlo a continuación:
En caso de que la actividad sea arancelada, la inscripción se podrá realizar contando con el número de recibo de pago. Los pagos se realizan exclusivamente en Secretaría Económico Financiera (plante baja Edificio de Gobierno FAD) de lunes a viernes de 9 a 13hs.
15. Certificación: Enviar exclusivamente en formato digital a extension@fad.uncu.edu.ar el listado con la nómina de participantes que hayan asistido y/o aprobado la actividad (nombre completo, DNI o pasaporte, correo electrónico). El período de envío de dicha lista no debe superar los 20 días a partir de finalizada la actividad.
16. Otras necesidades o consideraciones: *Dispenser de agua fría y caliente, más bidones de repuesto (Aproximadamente dos bidones de repuesto)
*Impresión de certificados para los participantes de la Jornada de Desarrollo Profesional
RESOLUCIÓN Nº 315
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FA-2019-CIR-007
2/12/2019
(Carga: 28/02/2020)
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CIRCULAR Nº 7
JORNADA INSTITUCIONAL PARA EL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO
MENDOZA, 2 de diciembre de 2019
SEÑOR
…………………………
PRESENTE
Tenemos el agrado de invitarles para el día viernes SEIS (6) de diciembre a las 12.30 horas a una Jornada Informativa sobre lo trabajado en los encuentros llevados a cabo en el año 2018, para el personal de esta Facultad.
Dicho evento tiene como objetivo hacer una devolución de todo el trabajo procesado en estos talleres y comunicar los lineamientos sobre los que se seguirá trabajando, por lo que los esperamos en la Sala de lectura del Edificio de Carreras Musicales.
• Al cierre de la Jornada compartiremos un brindis en celebración del Dia del Personal de Apoyo Académico.
• La asistencia a la presente jornada tiene CARÁCTER OBLIGATORIO y podrá extenderse hasta las 16 hs.
Sirva de atenta nota.
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FA-2019-RES-834
29/11/2019
(Carga: 3/12/2019)
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MENDOZA, 29 de noviembre de 2019
VISTO:
La resolución nº 189/19-C.D. contenida en expediente CUDAP–CUY: 2444/19 por la cual se convocó a concurso efectivo de un cargo Categoría 3 – Tramo Mayor – del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Jefe del Departamento Operativo de la Dirección de Carreras de Cerámica y Artes Visuales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que a fs. 61, consta el ACTA CUDAP-CUY Nº 26/19, en la que figuran inscriptos como postulantes: Cristian Andrés RODRIGUEZ, Selva Anahí AGÜERO, Elsa Carmen MELCHIORI y Marcela Raquel ACOSTA MANRIQUE.
Que, a fs. 62, consta la NOTA CUDAP-CUY Nº 39724/19 en la que obra la excusación del Sr. Gustavo Jesús Alfredo RODRIGUEZ, Jurado Titular en el mencionado concurso, debido al grado de parentesco de consanguinidad con uno de los postulantes inscriptos, teniendo en cuenta el artículo 14º inc. a) de la ordenanza nº 3/08-C.S., por lo que se incorpora la suplente: Sra. Sandra Miriam PIONETTI.
Que, a fs. 90/93, consta el Acta Final de la Comisión Asesora interviniente, en el que propone el siguiente orden de méritos: 1º.- Marcela Raquel ACOSTA MANRIQUE; 2º.Cristian Andrés RODRIGUEZ; 3º.- Elsa Carmen MELCHIORI y 4º.- Selva Anahí AGÜERO.
Que mediante NOTA CUDAP-CUY Nº 46540/19, el postulante Cristian Andrés RODRIGUEZ solicita vista y fotocopias de antecedentes de todos los concursantes y además la suspensión de plazos mientras dure este procedimiento, basado en el artículo 38º del Decreto nº 1759/72 (Reglamentario de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo).
Que por NOTA CUDAP-CUY Nº 46849/19, la postulante Marcela Raquel ACOSTA MANRIQUE solicita aclaración de la metodología de calificación de los antecedentes, haciendo hincapié en el art. 21º inc.f) de la Ord. 3/08-C.S.
Que mediante NOTA CUDAP-CUY Nº 46965/19, el postulante Cristian Andrés RODRIGUEZ interpone un recurso de reconsideración al dictamen emitido por la Comisión Asesora interviniente en el concurso objeto de dicha presentación.
Que, a fs. 116 consta el parte de inasistencia por enfermedad de corto tratamiento del Sr. Omar Walter GUTIERREZ, Jurado Titular de la Comisión Asesora interviniente en el concurso convocado por resolución nº 189/19-C.D., emitido por la Dirección General de Medicina del Trabajo, en el cual se le concede a dicho agente licencia desde el 14 de noviembre hasta el 14 de diciembre de 2019, pudiendo extenderse por un período mayor.
Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección del Departamento de Concursos de esta Unidad Académica, los recursos interpuestos por los postulantes: RODRIGUEZ y ACOSTA MANRIQUE, han sido realizados en tiempo y forma por lo que correspondería que el Jurado responda a los mismos en un plazo no mayor a 10 días hábiles (Art. 23º de la Ord.nº 3/08-C.D.).
Que giradas las presentes actuaciones a Asesoría Letrada esta expresa que: “... Por todo lo expuesto se impone que se constituya nuevamente la Comisión Asesora,
Resol.nº 834
conociéndose en ese momento que el Titular Omar Walter GUTIERREZ se encuentra en uso de licencia por enfermedad de corto tratamiento hasta el 14 de diciembre de 2019 según obra en el parte de inasistencia Nº 49835 expedido por la Dirección de Medicina del Trabajo que se acompaña.
Como conclusión y ante las alternativas de posponer el plazo para la ampliación del dictamen mientras dure la licencia y hasta la reincorporación del señor GUTIERREZ o la convocatoria de un miembro suplente de la Comisión Asesora (con el inconveniente de incorporar a un evaluador que no participó de ninguna instancia del mencionado trámite de concurso) esta Asesoría sugiere optar por la primer opción notificando fehacientemente a los postulantes.”
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Posponer el plazo establecido por el artículo 23º de la Ord.nº 3/08-C.S. para expedirse respecto a los recursos interpuestos por los postulantes Marcela Raquel ACOSTA MANRIQUE y Cristian Andrés RODRIGUEZ, al concurso convocado por resolución Nº 189/19C.D., hasta la reincorporación del Sr. Omar Walter GUTIERREZ, Jurado Titular de la mencionada Comisión.
ARTICULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 834
LO/lo
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FA-2019-RES-833
29/11/2019
(Carga: 3/12/2019)
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MENDOZA, 29 de noviembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 14445/18 en el que obra la resolución Nº 679/19C.S. en la que en su artículo 1º se aprueba el concurso efectivo de un cargo de Profesor Titular (S) de la asignatura “Tecnología III Producción” que se cursa en la carrera Diseño Gráfico, de las Carreras de Diseño de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 2º de la citada resolución se designo en el cargo y funciones correspondientes del referido concurso al D.I. Fernando Andrés MOYA MARTÍN.
Que corresponde a esta Facultad establecer la fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del docente a efectos de la eficacia de la designación efectuada, de conformidad con lo expresado en el artículo 4º de la resolución Nº 679/19-C.S.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establecer el día CUATRO (4) de diciembre de 2019, como fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del D.I. Fernando Andrés MOYA MARTÍN (Legajo N° 30.281-CUIL N° 20–22716657–7) en el cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de la asignatura “Tecnología III Producción” que se cursa en la carrera Diseño Gráfico, de las Carreras de Diseño de esta Facultad, en los términos de la ordenanza N° 23/10-C.S. y su modificatoria N° 39/10-C.S., cargo y funciones en el que ha sido designado con carácter efectivo, según lo dispuesto en el artículo 2º de la resolución Nº 679/19-C.S.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
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FA-2019-RES-832
29/11/2019
(Carga: 3/12/2019)
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MENDOZA, 29 de noviembre de 2019
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 19878/19 caratulado: “Solicitud de Reintegro de Licencia - ZOZAYA, Claudia Elisa - Desde 01/09/19 - JTP (S) - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que el presente pedido obedece a que la Mgter. ZOZAYA presentó su renuncia al cargo que desempeñaba por mayor jerarquía de Profesora Titular con dedicación semiexclusiva, interino, para dictado del espacio curricular “Psicología del Desarrollo” que dictan en los distintos Grupos de Carreras de esta Facultad, según resolución Nº 713/19-FAD
Que la Mgter. ZOZAYA se ha reintegrado a sus funciones docentes en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, efectivo, a partir del 1 de setiembre del corriente.
Los informes producidos por Dirección de Personal.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Limitar al UNO (1) de setiembre de 2019, la licencia por incompatibilidad para desempeñar cargo de mayor jerarquía, a la Mgter. Claudia Elisa ZOZAYA (Legajo N° 19.534- CUIL Nº 27-12663392-6) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, efectivo, para cumplir funciones en el espacio curricular “Psicología del Desarrollo” que dictan en los distintos Grupos de Carreras de esta Facultad, que le fuera otorgada (entre otros) mediante resolución N° 454/18-FAD.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
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