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CD-2018-RES-280 12/11/2018 (Carga: 27/11/2018) |
MENDOZA, 12 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 17045/18 caratulado: “RODRIGUEZ, Laura Angélica s/Designación cargo Profesor Titular (S) – Funciones Coordinadora Área de Tecnología y Aprendizaje de la Comunicación.”.
CONSIDERANDO:
Que por resolución N° 224/18-C.D. se designó a la docente en el cargo mencionado hasta el 1 de diciembre de 2018, fecha establecida en el certificado provisorio de Aptitud Psico–física, a pesar que el Consejo Directivo dispuso como término hasta el 31 de diciembre del mismo año.
Que a fs. 12 se incorpora el certificado DEFINITIVO de Aptitud Psico–física por lo que corresponde prorrogar la designación de la docente hasta la fecha dispuesta por el Cuerpo en sesión del 18 de setiembre de 2018.
El informe de Dirección de Personal.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación del Personal Docente Universitario que se detalla en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2°.- Las características particulares del espacio detallado en el Anexo Único, figuran en el informe de Secretaría Académica.
ARTÍCULO 3°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en su Legajo Electrónico Único de la designación efectuada anteriormente, que consta en el informe de Secretaría Económica–Financiera de esta Facultad.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 280
lo
ANEXO ÚNICO
CUIL APELLIDO Y NOMBRES CARGO DEDICACIÓN FUNCIONES PERÍODO
Coordinador de Área de Gestión 27-30000300-7 RODRIGUEZ, Laura Angélica Tiempo Parcial Coordinadora de Área de Tecnología y Aprendizaje de la Comunicación Desde el 2/12/18 hasta el 31/12/18 de Facultad Categoría “C”
RESOLUCIÓN N° 280
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FA-2018-CIR-004 12/11/2018 (Carga: 22/11/2018) |
fACULTAD~ DE ► .2018 UNCUYO fad ARTES UNIVERSIDAD ANO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA NACIONAL DE CUYO Y DISEÑO
CIRCULAR N°
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
MENDOZA, ~. ~ ~Ov 20~~
SEÑOR
PRESENTE
Con motivo del Cierre del Ejercicio -Anual Ordinario 2018- y, en cumplimiento de los plazos establecidos por Rectorado,- se informa que se aceptarán facturas y otros comprobantes referentes a Regímenes de Caja Chica y .Fondo Rotatorio, así como también Adelantos a Responsables hasta e/ viernes 30 de noviembre inclusive.
Con posterioridad a esa fecha no se recibirá documentación debido a las razones expuestas.
Sirva de atenta nota.
ltd. AtiURO E ARDO TAStHElE1 Cont. FAB10 A DECANO FAC. ARTES Y Ot8ER0 ~ECRETARIA CtR71S3ALA E NONICA Uniwnid acl~nal d~ Cuyo FA FINANCIERA WNCuyo
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FA-2018-RES-753 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 20288/18 caratulado: “GODOY, María Julia S/ Solicitud de Reconocimiento de Antigüedad.”
CONSIDERANDO:
Que a fs. 8 la Dirección de Control e Información de Rectorado informa que dicho pedido encuadra en lo dispuesto en el artículo 36° del Decreto Nacional N° 1246/15 (CCT), en las ordenanzas N° 45/97–C.S. y 32/16-Rectorado.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Reconocer a la Prof. María Julia GODOY (Legajo N° 31.000 – CUIL 27– 27785234–4) una antigüedad docente acumulada al TREINTA Y UNO (31) de octubre de 2018, de CUATRO (4) años y TRES (3) meses, de acuerdo al siguiente detalle: REP A DESDE HASTA A M D RTICIÓN Universidad “Juan Agustín Maza”, Universidad del Aconcagua y UNCuyo– 01-08-14 31-10-17 04 03 -Secretaría de Extensión Universitaria y Colegio Universitario Central.
Licencias sin goce de haberes NO REGISTRA
TOTAL 04 03 -
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 753
ecm.
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FA-2018-RES-752 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 18461/18 caratulado: “RIGHI, Valeria s/ Solicitud de Reconocimiento de Antiguedad.”
CONSIDERANDO:
Que a fs. 10 la Dirección de Control e Información de Rectorado informa que dicho pedido encuadra en lo dispuesto en el artículo 36° del Decreto Nacional N° 1246/15 (CCT), en las ordenanzas N° 45/97–C.S. y 32/16-Rectorado.
Que, a fs.11, consta el nuevo informe de dicha Dirección rectificando el anterior, debido a un error involuntario.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Reconocer a la Prof. Valeria RIGHI (Legajo N° 33.399–CUIL 27–31546725– 5) una antigüedad docente acumulada al TREINTA (30) de setiembre de 2018, de CINCO (5) años y DOS (2) meses, de acuerdo al siguiente detalle: REPARTICIÓN DESDE HASTA A M D Instituto Centro de Formación Las Retamas PS-232- Fundación Pedro 01-03-13 28-02-17 04 -- -Antonio Marzano
UNC- Facultad de Artes y Diseño 01-08-17 30-09-18 -- 02 - Licencias Sin Goce de Haberes NO REGISTRA
TOTAL 05 02 -
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 752
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FA-2018-RES-751 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 18989/18 caratulada: “TORRES, Laura Beatriz s/ Presentación renuncia al “Adicional por función crítica” espacio curricular “Diseño de Productos I”- Carreras de Diseño."
CONSIDERANDO:
Que por resolución N° 464/18-FAD se le asignó a la D.I. Laura Beatriz TORRES un Adicional por Carácter Crítico de la Función para cumplir funciones en la asignatura “Diseño de Productos I” de las Carreras de Diseño.
Que dicho pedido surge debido a que la D.I. TORRES ha sido designada en el cargo de Profesor Titular (S) para cumplir funciones de Directora de las Carreras de Diseño de esta Facultad, según resolución Nº 202/18-C.D.
Los informes de Dirección de Personal y de Secretaría Económico-Financiera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de octubre de 2018, al “Adicional por Carácter Crítico de la Función” asignado a la D.I. Laura Beatriz TORRES (Legajo N° 32.796- CUIL N° 27-30836988-4) para cumplir funciones en la asignatura “Diseño de Productos I” de las Carreras de Diseño de esta Facultad, en razón al argumento expuesto en el 2do. Considerando.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 751
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FA-2018-RES-750 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 17588/18 caratulado: “ORELLANA LANÚS, Luciana s/ Renuncia al cargo J.T.P. (S) efectivo, desde el 01/10/18 por haber obtenido cargo de mayor jerarquía- Carreras Musicales.”
CONSIDERANDO:
Que el motivo de la presente baja es debido a que la Prof. ORELLANA LANÚS ha obtenido por concurso efectivo un cargo de mayor jerarquía, a partir del 01/10/2018, para el dictado de las mismas cátedras, según resolución N° 544/18–C.S.
Por ello y conforme con las facultades otorgadas al Decanato por ordenanza N° 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de octubre de 2018, a la Prof. Luciana Natalia ORELLANA LANÚS (Legajo N° 29.847– CUIL N° 27–29429672–2) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, EFECTIVO, para cumplir funciones en las asignaturas “Historia de la Música I a IV”, “Historia de la Música Argentina y Americana” y “Música y Danzas Argentinas” de las Licenciaturas en Instrumento (todos), en Canto, en Dirección Coral, en Composición Musical, Profesorado de Grado Universitario en Música y de Teorías Musicales, que se cursan en las Carreras Musicales de esta Facultad, con motivo de haber obtenido por concurso efectivo un cargo de mayor jerarquía para el dictado de las mismas cátedras, según resolución Nº 544/18-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 750
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CD-2018-RES-279 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 18314/18 caratulado: “La expografía como diseño y como propuesta. Introducción a la inter-relación entre artefactos estéticos y espacios exhibitivos a/c Prof. Sergio Rosas.”
CONSIDERANDO:
La trayectoria del destacado ceramista Lic. Sergio Eduardo ROSAS, quien estará cargo del mencionado curso.
La opinión favorable de Secretaría de Extensión.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 23 de octubre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización del Curso-Taller denominado “La expografía como diseño y como propuesta. Introducción a la inter-relación entre artefactos estéticos y espacios exhibitivos” que estará a cargo del ceramista Lic. Sergio Eduardo ROSAS, según el detalle que consta en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 279
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ANEXO ÚNICO 1. Formato curricular (marcar con una x) CURSO X CONFERENCIA TALLER X OBRA DE TEATRO
JORNADA CICLO DE DEBATE MUESTRA DE ARTE OTRO
SEMINARIO CLASE MAGISTRAL CONCIERTO
Nombre de la actividad: “La expografía como diseño y como propuesta. Introducción a la inter-relación entre artefactos estéticos y espacios exhibitivos”
Organizadores o responsables: Sergio Eduardo ROSAS- Casa Stoppel- IFD 9-002 Tomás Godoy Cruz- FAD UNCuyo
Alumnos colaboradores
Profesor que estará a cargo de la actividad Lic. Sergio Eduardo ROSAS
Fecha de la actividad COMIENZA 27 10 18 TERMINA 10 11 18
Horario de: 10.00 a 14.00 Carga Horaria total 24 hs Horas reloj (presenciales) 12 Horas reloj (NO presenciales) 12
Horas cátedra (presenciales) Horas cátedra (NO presenciales)
Lugar donde se realizará la actividad: El curso será dictado en Casa Stoppel, también se hará uso de la galería Sur Urbano Espacio de Arte como experiencia
expografía
Gestión del mismo a cargo de (Extensión, organizadores, etc.):
Destinatarios: ALUMNOS DE GRADO activos X oyentes
GRADUADOS activos - oyentes
DOCENTES activos - oyentes
PÚBLICO EN GENERAL activo - oyente
OTRO (especificar) activo - oyente
Cupo: MÍNIMO 10 MÁXIMO 30
10. Arancel: DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES
ALUMNOS FAD- IFD 9-002 gratis
GRADUADOS
DOCENTES
PÚBLICO EN GENERAL
OTRO
11. Modalidad de la actividad: TEÓRICA PRESENCIAL TEÓRICA-PRÁCTICA X
PRÁCTICA SEMI-PRESENCIAL OTRA (ESPECIFICAR)
Anexo Único – Hoja 2
12. Material gráfico necesario para la difusión: FLYER X PROGRAMA CATÁLOGO
OTRA (ESPECIFICAR)
13. Recursos técnicos requeridos: -Multimedia (Casa Stoppel) -Auditorium (Casa Stoppel)
14. Certificación: asistencia y/o aprobación. Presentar nómina de participantes (nombre completo, DNI o pasaporte) que hayan aprobado la actividad en formato papel planilla de asistencia al CORREO ELECTRÓNICO DE EXTENSIÓN: extension@fad.uncu.edu.ar
15. Evaluación de actividades de Extensión Se le solicitará a los asistentes de las actividades organizadas por la Secretaría de Extensión una encuesta. Éste será un indicador que retroalimente el proceso, a tener en cuenta para futuros proyectos.
16. Otras necesidades o consideraciones:
RESOLUCIÓN N° 279
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CD-2018-RES-278 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 17977/18 caratulado: “El grabado cerámico contemporáneo. Su vinculación a la Historia de la Cerámica en Mza. Técnicas de Aplicación para la elaboración de un mural (segunda etapa) a/c Prof. Lic. Sergio Rosas.”
CONSIDERANDO:
La trayectoria del destacado ceramista Lic. Sergio Eduardo ROSAS, quien estará cargo del mencionado curso.
La opinión favorable de Secretaría de Extensión.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 23 de octubre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización del Curso-Taller denominado “El grabado cerámico contemporáneo. Su vinculación a la Historia de la Cerámica en Mza. Técnicas de Aplicación para la elaboración de un mural (segunda etapa)” que estará a cargo del ceramista Lic. Sergio Eduardo ROSAS y se llevará a cabo en esta Facultad, según el detalle que consta en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Solicitar al responsable del Curso un informe evaluativo del desarrollo del mismo y la presentación de la rendición de cuentas final de la actividad ante este Cuerpo.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 278
pg
ANEXO ÚNICO 1. Formato curricular (marcar con una x) CURSO X CONFERENCIA TALLER X OBRA DE TEATRO
JORNADA CICLO DE DEBATE MUESTRA DE ARTE OTRO
SEMINARIO CLASE MAGISTRAL CONCIERTO
Nombre de la actividad: “El grabado cerámico contemporáneo. Su vinculación a la Historia de la Cerámica en Mza. Técnicas de Aplicación para la elaboración de un mural (segunda etapa)”
Organizadores o responsables: Sergio Eduardo ROSAS- Patricia Eugenia COLOMBO- Adriana BRUCE- Rodrigo BARROSO
Alumnos colaboradores Taller Cerámico 4to y 5to. año. Carreras artísticas
Profesor que estará a cargo de la actividad Lic. Sergio Eduardo ROSAS
Fecha de la actividad COMIENZA 17 10 18 TERMINA 19 10 18
Horario de: 10.00 a 14.00 Carga Horaria total 15 hs Horas reloj (presenciales) 12 Horas reloj (NO presenciales) 3
Horas cátedra (presenciales) Horas cátedra (NO presenciales)
Lugar donde se realizará la actividad: FAD – UNCuyo. Taller de decoración y/o Taller de IV y V año de Cerámica Artística
Gestión del mismo a cargo de (Extensión, organizadores, etc.):
Destinatarios: ALUMNOS DE GRADO activos X oyentes
GRADUADOS activos X oyentes
DOCENTES activos X oyentes
PÚBLICO EN GENERAL activo oyente
OTRO (especificar) activo oyente
Cupo: MÍNIMO 10 MÁXIMO 30
10. Arancel: DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES
ALUMNOS gratis
GRADUADOS $ 100
DOCENTES $ 150
PÚBLICO EN GENERAL
OTRO
11. Modalidad de la actividad: TEÓRICA PRESENCIAL X TEÓRICA-PRÁCTICA X
PRÁCTICA SEMI-PRESENCIAL OTRA (ESPECIFICAR)
Anexo Único – Hoja 2
12. Material gráfico necesario para la difusión: FLYER X PROGRAMA CATÁLOGO
OTRA (ESPECIFICAR) X Difusión a través de Web
13. Recursos técnicos requeridos: -arcilla 50kg (FAD) -Cocción (sala de hornos FAD) -50 fotocopias blanco y negro. (se obtendrá del pago del curso) -Pigmento negro y esmalte transparente (se obtendrá del pago del curso )
14. Certificación: asistencia y/o aprobación. Presentar nómina de participantes (nombre completo, DNI o pasaporte) que hayan aprobado la actividad en formato papel planilla de asistencia al CORREO ELECTRÓNICO DE EXTENSIÓN: extension@fad.uncu.edu.ar
15. Evaluación de actividades de Extensión Se le solicitará a los asistentes de las actividades organizadas por la Secretaría de Extensión una encuesta. Éste será un indicador que retroalimente el proceso, a tener en cuenta para futuros proyectos.
16. Otras necesidades o consideraciones: Consideraciones: Este curso intenta establecer vínculos de pertenencia y reconocimiento entre alumnos de Historia de la Cerámica local, focalizando en aprendizajes significativos en el área del grabado cerámico contemporáneo destinada a la producción de mural cerámico. En este segundo tramo de dictado de curso, utilizaremos como insumo la producción de conocimientos provenientes del proyecto de investigación: “La Cerámica artística en Mendoza a partir de 1976-2001” SECTyP 2016-2018-IHA. Necesidades: -Emplazamiento del Mural resultado del curso. -Justificación y destino de lo recaudado: compra de materiales para el dictado del curso- taller en cuestión.
RESOLUCIÓN N° 278
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CD-2018-RES-277 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
La nota CUDAP–CUY: 41709/18 en la que la Prof. Nella Beatriz BORA solicita licencia en sus funciones de Consejera Suplente en representación del claustro Egresados ante el Consejo Directivo de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido surge debido a que la Prof. BORA ha sido designada en un cargo de Coordinador de Área de Gestión de Facultad con funciones de Coordinadora de Articulación Social, según resolución Nº 242/18.C.D.
Que atento a los estipulado en el Art. 143 del Estatuto Universitario: “Los consejeros mientras dure su mandato, no pueden ejercer cargos de gestión ni cargos administrativos rentados, con excepción de los representantes del personal de apoyo académico”. Conforme a lo expuesto y mientras dure su participación en la gestión, corresponde otorgar licencia a la mencionada docente en las funciones de consejera.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisiones de Consejo Directivo y lo acordado por este cuerpo en sesión del día 6 de noviembre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia, a partir del UNO (1) de octubre de 2018, a la Prof. Nella Beatriz BORA en las funciones de Consejera Suplente en representación del claustro Egresados ante el Consejo Directivo de esta Facultad, conforme a los motivos expuestos en los Considerandos y mientras dure su participación en la presente gestión.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 277
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CD-2018-RES-276 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 18988/18 caratulado: “DE LA ROSA, María Eugenia s/ Solicitud prórroga de designación en cargo de J.T.P (SE) interino "Problemática Educativa".
CONSIDERANDO:
Que la Prof. DE LA ROSA accedió al cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, en carácter de remplazante de la Prof. Laura Cecilia DOÑA, mediante la ordenanza N° 4/15-C.D. (Instructivo para la cobertura de cargos docentes vacantes) según prórroga de designación efectuada por resolución N° 350/17–C.D.
Los informes producidos por Secretaría Académica y de Dirección de Personal.
Que a fs. 7 Dirección General Económico-Financiera informa que para atender la solicitud se cuenta con la vacante correspondiente.
Lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 6 de noviembre de 2018.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación, en carácter de remplazante, del Personal Docente Universitario que se detalla en el Anexo Único que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Las características particulares del espacio curricular detallado en el Anexo Único, figura en el informe de Secretaría Académica.
ARTÍCULO 3°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en su Legajo Electrónico Único de la designación efectuada anteriormente, que consta en el informe de Secretaría Económica–Financiera de esta Facultad.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 276
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ANEXO ÚNICO
Apellido y Legajo Cargo Dedicación Espacio Curricular Carreras Período Nombre Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales
Profesorado de Grado Universitario de Historia del Arte
Profesorado de Grado Universitario de Cerámica Artística
Profesorado de Grado Universitario en Teatro Desde el 01/11/2018, DE LA ROSA, María Jefe de Trabajos Profesorado de Grado Universitario en Escenografía - Ciclo Profesorado mientras dure la licencia de la 25432 Semiexclusiva Problemática Educativa Eugenia Prácticos Titular del cargo (Prof. DOÑA) Profesorado de Grado Universitario en Música y no más allá del 31/12/2018.
Profesorado de Grado Universitario de teorías Musicales
Profesorado de Grado Universitario en Música – Ciclo Profesorado
Profesorado de Grado Universitario en Diseño – Ciclo de Profesorado
RESOLUCIÓN N° 276
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CD-2018-RES-275 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 18088/18 caratulado: “Dirección de Carreras de Artes Visuales. DOÑA, Laura Cecilia s/ Solicitud prórroga de designación en UN (01) cargo de Profesor Titular (SE) interino “Problemática Educativa".
CONSIDERANDO:
Que la Prof. DOÑA accedió al cargo Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, interino, mediante la ordenanza N° 4/15-C.D. (Instructivo para la cobertura de cargos docentes vacantes) según prórroga de designación efectuada por resolución N° 349/17–C.D.
Los informes producidos por Secretaría Académica y de Dirección de Personal, en los que ésta última informa que es viable la presente prórroga debido a que se ha dado inicio al trámite de convocatoria a concurso del mencionado cargo, según pieza administrativa CUDAP–CUY: 15796/18 y, al mismo tiempo la docente tramita por vía separada la prórroga de licencia por incompatibilidad.
Que a fs. 8 Dirección General Económico-Financiera informa que para atender la solicitud se cuenta con la vacante correspondiente.
Lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 6 de noviembre de 2018.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina del Personal Docente Universitario que se detalla en el Anexo Único que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Las características particulares del espacio curricular detallado en el Anexo Único, figura en el informe de Secretaría Académica.
ARTÍCULO 3°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en su Legajo Electrónico Único de la designación efectuada anteriormente, que consta en el informe de Secretaría Económica–Financiera de esta Facultad.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 275
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ANEXO ÚNICO
Apellido y Legajo Cargo Dedicación Espacio Curricular Carreras Período Nombre Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales
Profesorado de Grado Universitario de Historia del Arte
Profesorado de Grado Universitario de Cerámica Artística
Profesorado de Grado Universitario en Teatro Desde el 01/11/18 hasta el DOÑA, Laura Profesorado de Grado Universitario en Escenografía - Ciclo Profesorado 25433 Profesor Titular Semiexclusiva Problemática Educativa 31/12/18, siempre que antes Cecilia no sea provisto por Concurso Profesorado de Grado Universitario en Música
Profesorado de Grado Universitario de teorías Musicales
Profesorado de Grado Universitario en Música – Ciclo Profesorado
Profesorado de Grado Universitario en Diseño – Ciclo de Profesorado
RESOLUCIÓN N° 275
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CD-2018-RES-274 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 19342/18 caratulado: “Dirección de Carreras de Diseño. LOPEZ DUPERTUIS, Laura Verónica s/ Solicitud prórroga de Designación en un cargo de Profesor Asociado (SE) interino "Diseño Gráfico Final"- Carreras de Diseño”.
CONSIDERANDO:
Que la D.I. LOPEZ DUPERTUIS accedió al cargo Profesor Asociado con dedicación semiexclusiva, mediante la ordenanza N° 4/15-C.D. (Instructivo para la cobertura de cargos docentes vacantes) según prórroga de designación efectuada por resolución N° 349/17–C.D.
Los informes producidos por Secretaría Académica y de Dirección de Personal, en los que ésta última informa que es viable la presente prórroga debido a que se ha dado inicio al trámite de convocatoria a concurso efectivo del mencionado cargo, según pieza administrativa CUDAP–CUY: 18991/18 y, al mismo tiempo la docente tramita por vía separada la prórroga de licencia por incompatibilidad.
Que a fs. 7 Dirección General Económico-Financiera informa que para atender la solicitud se cuenta con la vacante correspondiente.
Lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 6 de noviembre de 2018.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina del Personal Docente Universitario que se detalla en el Anexo Único que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Las características particulares del espacio curricular detallado en el Anexo Único, figura en el informe de Secretaría Académica.
ARTÍCULO 3°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en su Legajo Electrónico Único de la designación efectuada anteriormente, que consta en el informe de Secretaría Económica–Financiera de esta Facultad.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 274
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ANEXO ÚNICO
LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CARGO DEDICACIÓN ESPACIOS CURRICULARES CARRERAS PERÍODO
31.327 LOPEZ DUPERTUIS, Laura Verónica Profesor Asociado Semiexclusiva Diseño Gráfico Final Diseño Gráfico Desde el 01/11/18 y no más allá del 31/12/18
RESOLUCIÓN N° 274
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CD-2018-RES-273 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 19449/18 caratulado: “Dirección de Carreras de Diseño. BUCCOLINI, María Eugenia s/Solicitud prórroga de designación en cargo de J.T.P. (SE) reemplazante “Diseño Gráfico Final” - Carreras de Diseño. Desde el 01/11 hasta el 31/12/2018”.
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido surge con motivo de la prórroga de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad de la Titular del cargo, D.I. Laura Verónica LÓPEZ DUPERTUIS que se tramita por vía separada, por encontrarse desempeñando un cargo de mayor jerarquía.
Que la Dirección de Personal considera viable la prórroga solicitada, teniendo en cuenta que se tramita, mediante Expte. CUDAP-CUY Nº 18991/18, la convocatoria de llamado a concurso efectivo en un cargo de Profesor Asociado con dedicación semiexclusiva en dicha cátedra.
Que se han tenido en cuenta los informes de la Secretaría EconómicoFinanciera y Secretaría Académica de esta Unidad Académica.
Lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 6 de noviembre de 2018.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación, con condición de remplazante, del Personal Docente Universitario que se detalla en el Anexo Único que forma parte de la presente.
ARTICULO 2°.- Las características particulares del espacio curricular detallado en el Anexo Único, figura en el informe de Secretaría Académica.
ARTÍCULO 3°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en su Legajo Electrónico Único de la designación efectuada anteriormente, que consta en el informe de Secretaría Económica–Financiera de esta Facultad.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 273
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ANEXO ÚNICO
LEGAJO APELLIDO Y NOMBRE CARGO Y DEDICACIÓN CONDICIÓN FUNCIONES PERÍODO
Desde el 01/11/18, mientras dure la licencia de la D.I. Laura Verónica 33.858 BUCCOLINI, María Eugenia Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva Remplazante en la cátedra “Diseño Gráfico Final” LÓPEZ DUPERTUIS y no más allá del 31/12/18
RESOLUCIÓN N° 273
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CD-2018-RES-272 9/11/2018 (Carga: 9/11/2018) |
MENDOZA, 09 de noviembre de 2018
VISTO:
La resolución N° 189/18–C.D. obrante en expediente CUDAP–CUY: 25748/16 en el que se tramita concurso para proveer con carácter efectivo UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Psicología del Desarrollo” de las carreras Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, Profesorado de Grado Universitario de Historia del Arte, Profesorado de Grado Universitario de Cerámica Artística, Profesorado de Grado Universitario de Diseño-Ciclo de Profesorado, Profesorado de Grado Universitario en Teatro, Profesorado de Grado Universitario en Escenografía- Ciclo de Profesorado, Profesorado de Grado Universitario en Música- Ciclo de Profesorado, Profesorado de Grado Universitario de Teorías Musicales y Profesorado de Grado Universitario en Música, correspondientes a las Carreras de Artes Visuales, Cerámica, Diseño, Artes del Espectáculo y Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el referido concurso.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en sesión del día 6 de noviembre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso, con carácter efectivo, para cubrir UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Psicología del Desarrollo” de las carreras Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, Profesorado de Grado Universitario de Historia del Arte, Profesorado de Grado Universitario de Cerámica Artística, Profesorado de Grado Universitario de Diseño-Ciclo de Profesorado, Profesorado de Grado Universitario en Teatro, Profesorado de Grado Universitario en Escenografía- Ciclo de Profesorado, Profesorado de Grado Universitario en Música- Ciclo de Profesorado, Profesorado de Grado Universitario de Teorías Musicales y Profesorado de Grado Universitario en Música, correspondientes a las Carreras de Artes Visuales, Cerámica, Diseño, Artes del Espectáculo y Musicales de esta Facultad, en los términos de la ordenanza N° 23/10-C.S. y su modificatoria N° 39/10-C.S.: Por los profesores: Titular: Prof. Eduardo Alberto GONZÁLEZ Suplente: Prof. Lelia Graciela ROCO Por los egresados: Titular: Prof. Ariadna Raquel BELLO Suplente: Prof. Noelia Alejandra BOGADO
Resol. N° 272
Por los alumnos: Titular: Florencia Antonella BATTISTUTTA Suplente: 1) Luz DE PRAT GAY 2) Verónica Florencia ZAPPETTINI
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente CUDAP–CUY: 25748/16.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 272
ecm.
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CD-2018-RES-271 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 20661/18 caratulado: “Directora de Personal. S/ SEÑORANS, Valeria S/Prórroga de contrato en un cargo categoría 07 – Tramo Inicial - Agrupamiento Administrativo. Desde el 01/01 hasta el 31/12/19.”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución nº 2655/17-R procedió a la incorporación de los cargos de Auxiliares de Gestión, creados por Ordenanza N 16/13-C.S y su modificatoria nº 122/15-C.S., cuyas designaciones hayan sido resueltas hasta el 30 de diciembre de 2016 inclusive, adecuando las mismas al cargo de personal de apoyo académico Caategoría 7, en condición interina no permanente, conforme al Escalafón previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo para el personal de Apoyo Académico de Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nº 366/06, e instruyó a la Secretaría de Gestión Económica y de Servicios de Rectorado para que estableciera el procedimiento, requisitos y alcances administrativos a tal fin.
Que, a fs. 3, consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la mencionada agente.
El informe de Dirección de Personal.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión del 6 de noviembre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Valeria SEÑORANS (Legajo Nº 32.401- CUIL N° 27-29875581-0) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de auxiliar en la Secretaría de Extensión de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100 Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo
Resol.nº 271
Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Administrativo
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 271
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PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Valeria SEÑORANS (CUIL N° 27-29875581-0), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en calle San Zenon 2292, Maipú, Mendoza, se celebra el presente contrato:----------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones de auxiliar en la Secretaría de Extensión de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.-----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019. -----------------------------------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.--------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada a LA CONTRATADA.---------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.-------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.----------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.-------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el …………………………………….........................................
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CD-2018-RES-270 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 20658/18 caratulado: “Directora de Personal. VIVES, Silvia Graciela s/Prórroga de contrato en un cargo categoría 7 – Tramo Inicial – Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 2655/17-R. procedió a la incorporación de los cargos de Auxiliares de Gestión, creados por ordenanza N° 16/13–C.S. y su modificatoria N° 122/15–C.S., cuyas designaciones hayan sido resueltas hasta el 30 de diciembre de 2016 inclusive, adecuando las mismas al cargo de personal de apoyo académico Categoría 7, en condición interina no permanente, conforme al Escalafón previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo para el personal de Apoyo Académico de Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional N° 366/06, y se instruyó a la Secretaría de Gestión Económica y de Servicios del Rectorado para que estableciera el procedimiento, requisitos y alcances administrativos a tal fin.
Que a fs. 3 consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora VIVES.
Que, a fs. 5, la Dirección General Económico-Financiera comunica que la Dirección General de Presupuesto de Rectorado, será la encargada de emitir el informe presupuestario pertinente.
El informe de Dirección de Personal.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión del 6 de noviembre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Silvia Graciela VIVES (Legajo 31.915 – CUIL N° 27-23901306-1) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de auxiliar en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 270
ecm.
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Silvia Graciela VIVES (CUIL N° 27-23901306-1), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Almirante Brown 5798 - El Sauce - Guaymallén - Mendoza, se celebra el presente contrato:----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.---------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019. --------------------------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.---------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.--------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------------------------------------------------------------------ En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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CD-2018-RES-269 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 20662/18 caratulado: “Directora de Personal. S/ARAYA, Norma Jaqueline S/Prórroga de contrato en un cargo categoría 07 – Tramo Inicial - Agrupamiento Administrativo. Desde el 01/01 hasta 31/12/19.”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución nº 2655/17-R procedió a la incorporación de los cargos de Auxiliares de Gestión, creados por Ordenanza N 16/13-C.S y su modificatoria nº 122/15C.S., cuyas designaciones hayan sido resueltas hasta el 30 de diciembre de 2016 inclusive, adecuando las mismas al cargo de personal de apoyo académico Caategoría 7, en condición interina no permanente, conforme al Escalafón previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo para el personal de Apoyo Académico de Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nº 366/06, e instruyó a la Secretaría de Gestión Económica y de Servicios de Rectorado para que estableciera el procedimiento, requisitos y alcances administrativos a tal fin.
Que, a fs. 3, consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la mencionada agente.
Que, a fs. 5, la Dirección General Económico-Financiera comunica que la Dirección General de Presupuesto de Rectorado, será la encargada de emitir el informe presupuestario pertinente.
El informe de Dirección de Personal.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión del 6 de noviembre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señorita Norma Jaqueline ARAYA (Legajo Nº 31.454 - CUIL N° 27-31839145-4) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de auxiliar en la Dirección Económico-Financiera, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 269
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PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señorita Norma Jaqueline ARAYA (CUIL N° 27-31839145-4), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Avelino Maure 919, El Bermejo- Guaymallén, Mendoza, se celebra el presente contrato:---------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones de auxiliar en la Dirección Económica-Financiera de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.-------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019. -----------------------------------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.--------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada a LA CONTRATADA.---------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.-------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.----------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.-------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el …………………………………….........................................
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CD-2018-RES-268 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 20657/18 caratulado: “Directora de Personal. S/REYES, Ana Laura S/Prórroga de contrato en un cargo categoría 07 – Tramo Inicial - Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales. Desde el 01/01 hasta 31/12/19.”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 2655/17-R. procedió a la incorporación de los cargos de Auxiliares de Gestión, creados por ordenanza N° 16/13–C.S. y su modificatoria N° 122/15–C.S., cuyas designaciones hayan sido resueltas hasta el 30 de diciembre de 2016 inclusive, adecuando las mismas al cargo de personal de apoyo académico Categoría 7, en condición interina no permanente, conforme al Escalafón previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo para el personal de Apoyo Académico de Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional N° 366/06, y se instruyó a la Secretaría de Gestión Económica y de Servicios del Rectorado para que estableciera el procedimiento, requisitos y alcances administrativos a tal fin.
Que, a fs. 3, consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la mencionada agente.
Que, a fs. 5, la Dirección General Económico-Financiera comunica que la Dirección General de Presupuesto de Rectorado, será la encargada de emitir el informe presupuestario pertinente.
El informe de Dirección de Personal.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión del 6 de noviembre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señorita Ana Laura REYES (Legajo 31.914 - CUIL N° 27-39239724-3) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 268
lo
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señorita Ana Laura REYES (CUIL N° 27-39239724-3), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en el B° Colovatti 4475 - Luján - Mendoza, se celebra el presente contrato:--------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.---------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019. --------------------------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada a LA CONTRATADA.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.---------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.--------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------------------------------------------------------------------ En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el …………………………………….........................................
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CD-2018-RES-267 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 20658/18 caratulado: “Directora de Personal. VIDELA, Germán Andrés s/Prórroga de contrato en un cargo categoría 7 – Tramo Inicial – Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 2655/17-R. procedió a la incorporación de los cargos de Auxiliares de Gestión, creados por ordenanza N° 16/13–C.S. y su modificatoria N° 122/15–C.S., cuyas designaciones hayan sido resueltas hasta el 30 de diciembre de 2016 inclusive, adecuando las mismas al cargo de personal de apoyo académico Categoría 7, en condición interina no permanente, conforme al Escalafón previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo para el personal de Apoyo Académico de Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional N° 366/06, y se instruyó a la Secretaría de Gestión Económica y de Servicios del Rectorado para que estableciera el procedimiento, requisitos y alcances administrativos a tal fin.
Que a fs. 3 consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio del señor VIDELA.
Que, a fs. 5, la Dirección General Económico-Financiera comunica que la Dirección General de Presupuesto de Rectorado, será la encargada de emitir el informe presupuestario pertinente.
El informe de Dirección de Personal.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión del 6 de noviembre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato del señor Germán Andrés VIDELA (Legajo 31.912 – CUIL N° 20-32130241-7) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de auxiliar en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 267
ecm.
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Germán Andrés VIDELA (CUIL N° 20-32130241-7), en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Las Golondrinas 1209 - Godoy Cruz - Mendoza, se celebra el presente contrato:--------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: EL CONTRATADO cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.---------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019. --------------------------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.---------------------------
ARTÍCULO 6°.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.--------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------------------------------------------------------------------ En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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CD-2018-RES-266 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 20784/18 caratulado: “Dirección de Personal – FAD – S/PIZARRO, Gabriel Víctor S/Prórroga de Contrato en un cargo Categoría 7 – Tramo Inicial - Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales. Desde el 01/01/19 hasta 31/12/19.”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución nº 2655/17-R procedió a la incorporación de los cargos de Auxiliares de Gestión, creados por Ordenanza N 16/13-C.S y su modificatoria nº 122/15-C.S., cuyas designaciones hayan sido resueltas hasta el 30 de diciembre de 2016 inclusive, adecuando las mismas al cargo de personal de apoyo académico Caategoría 7, en condición interina no permanente, conforme al Escalafón previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo para el personal de Apoyo Académico de Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nº 366/06, e instruyó a la Secretaría de Gestión Económica y de Servicios de Rectorado para que estableciera el procedimiento, requisitos y alcances administrativos a tal fin.
Que, a fs. 3, consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio del mencionado agente.
Que, a fs. 5, la Dirección General Económico-Financiera comunica que la Dirección General de Presupuesto de Rectorado, será la encargada de emitir el informe presupuestario pertinente.
El informe de Dirección de Personal.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión del 6 de noviembre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato del señor Gabriel Víctor PIZARRO (Legajo 31.919 - CUIL N° 20-33517037-8) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 266
lo
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Gabriel Víctor PIZARRO (CUIL N° 20-33517037-8), en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en calle Salavina 615 - Godoy Cruz - Mendoza, se celebra el presente contrato:--------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: EL CONTRATADO cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.---------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019. --------------------------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.---------------------------
ARTÍCULO 6°.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.--------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN:LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------------------------------------------------------------------ En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el …………………………………….........................................
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CD-2018-RES-265 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 20773/18 caratulado: “Dirección de Personal – FAD S/SIMIONATO, Claudia Petrona S/Prórroga de Contrato en un cargo Categoría 07 – Tramo Inicial - Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales. Desde el 01/01/19 hasta 31/12/19.”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución nº 2655/17-R procedió a la incorporación de los cargos de Auxiliares de Gestión, creados por Ordenanza N 16/13-C.S y su modificatoria nº 122/15-C.S., cuyas designaciones hayan sido resueltas hasta el 30 de diciembre de 2016 inclusive, adecuando las mismas al cargo de personal de apoyo académico Caategoría 7, en condición interina no permanente, conforme al Escalafón previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo para el personal de Apoyo Académico de Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nº 366/06, e instruyó a la Secretaría de Gestión Económica y de Servicios de Rectorado para que estableciera el procedimiento, requisitos y alcances administrativos a tal fin.
Que, a fs. 3, consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la mencionada agente.
Que, a fs. 5, la Dirección General Económico-Financiera comunica que la Dirección General de Presupuesto de Rectorado, será la encargada de emitir el informe presupuestario pertinente.
El informe de Dirección de Personal.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión del 6 de noviembre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señorita Claudia Petrona SIMIONATO (Legajo 31.910 - CUIL N° 27-26298099-0) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 265
lo
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señorita Claudia Petrona SIMIONATO (CUIL N° 2726298099-0), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en el B° Jardín Aeroparque - Las Heras - Mendoza, se celebra el presente contrato:----------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.---------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019. --------------------------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada a LA CONTRATADA.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.---------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.--------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------------------------------------------------------------------ En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el …………………………………….........................................
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CD-2018-RES-264 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 19803/18 caratulado: “Dirección de Personal – FAD S/FARIAS, Eduardo Claudio S/Prórroga Contratación Cargo Categoría 07 – Desde el 01/01/2019 hasta 31/12/2019. Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales”.
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 2, consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio del señor FARÍAS, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y a fs. 4, Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión del 6 de noviembre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato del señor Eduardo Claudio FARÍAS (Legajo 32.381 - CUIL N° 20-27648933-0) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100 Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 264
lo
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Eduardo Claudio FARÍAS(CUIL N° 20-27648933-0), en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en el B° SPUNC - Manz. A – Lote 5 - Casa 2 -Villanueva - GuaymallénMendoza,se celebra el presente contrato:---------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO:EL CONTRATADO cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.---------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019. --------------------------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.---------------------------
ARTÍCULO 6°.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.--------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN:LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------------------------------------------------------------------ En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el …………………………………….........................................
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CD-2018-RES-263 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 20663/18 caratulado: “Directora de Personal. CASTILLO MADRID, Jésica Paola s/Prórroga de contrato en un cargo categoría 7 – Tramo Inicial – Agrupamiento Técnico Profesional”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 2655/17-R. procedió a la incorporación de los cargos de Auxiliares de Gestión, creados por ordenanza N° 16/13–C.S. y su modificatoria N° 122/15–C.S., cuyas designaciones hayan sido resueltas hasta el 30 de diciembre de 2016 inclusive, adecuando las mismas al cargo de personal de apoyo académico Categoría 7, en condición interina no permanente, conforme al Escalafón previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo para el personal de Apoyo Académico de Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional N° 366/06, y se instruyó a la Secretaría de Gestión Económica y de Servicios del Rectorado para que estableciera el procedimiento, requisitos y alcances administrativos a tal fin.
Que a fs. 3 consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora CASTILLO MADRID y a fs. 4, la Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
Los informes de Dirección de Personal.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión del 6 de noviembre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Jésica Paola CASTILLO MADRID (Legajo 31.268 – CUIL N° 27-26828293-4) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Técnico Profesional, para desempeñar funciones de auxiliar en la Biblioteca de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100 Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales
Resol. N° 263
Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Técnico Profesional
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 263
ecm.
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Jésica Paola CASTILLO MADRID (CUIL N° 2726828293-4), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en B° Nueva Esperanza Manzana G - Casa 12 - Bermejo Guaymallén - Mendoza, se celebra el presente contrato:----------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Biblioteca de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.---------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019. --------------------------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Técnico Profesional, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.---------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.---------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.--------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------------------------------------------------------------------ En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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CD-2018-RES-262 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 20946/18 caratulado: “Directora de Personal – S/LUCERO, Abel s/Prórroga de Contrato en un cargo Categoría 7 – Tramo Inicial Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales. Desde el 01/01 hasta 31/12/19.”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución nº 2655/17-R procedió a la incorporación de los cargos de Auxiliares de Gestión, creados por Ordenanza N 16/13-C.S y su modificatoria nº 122/15-C.S., cuyas designaciones hayan sido resueltas hasta el 30 de diciembre de 2016 inclusive, adecuando las mismas al cargo de personal de apoyo académico Caategoría 7, en condición interina no permanente, conforme al Escalafón previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo para el personal de Apoyo Académico de Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nº 366/06, e instruyó a la Secretaría de Gestión Económica y de Servicios de Rectorado para que estableciera el procedimiento, requisitos y alcances administrativos a tal fin.
Que, a fs. 3, consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio del mencionado agente.
El informe de Dirección de Personal.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión del 6 de noviembre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato del señor Abel LUCERO (Legajo 33.784 - CUIL N° 20-17640912-7) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100 Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño
Resol.nº 262
Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 262
lo
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Abel LUCERO (CUIL N° 20-17640912-7), en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Bº Difunta Correa - Ciudad - Mendoza, se celebra el presente contrato:--------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: EL CONTRATADO cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.---------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019. --------------------------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.---------------------------
ARTÍCULO 6°.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.--------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN:LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------------------------------------------------------------------ En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el …………………………………….........................................
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CD-2018-RES-261 9/11/2018 (Carga: 12/11/2018) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 20660/18 caratulado: “Directora de Personal. DÍAZ, Andrea Patricia s/Prórroga de contrato en un cargo categoría 7 – Tramo Inicial – Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 2655/17-R. procedió a la incorporación de los cargos de Auxiliares de Gestión, creados por ordenanza N° 16/13–C.S. y su modificatoria N° 122/15–C.S., cuyas designaciones hayan sido resueltas hasta el 30 de diciembre de 2016 inclusive, adecuando las mismas al cargo de personal de apoyo académico Categoría 7, en condición interina no permanente, conforme al Escalafón previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo para el personal de Apoyo Académico de Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional N° 366/06, y se instruyó a la Secretaría de Gestión Económica y de Servicios del Rectorado para que estableciera el procedimiento, requisitos y alcances administrativos a tal fin.
Que a fs. 3 consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora DÍAZ.
Que, a fs. 5, la Dirección General Económico-Financiera comunica que la Dirección General de Presupuesto de Rectorado, será la encargada de emitir el informe presupuestario pertinente.
El informe de Dirección de Personal.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión del 6 de noviembre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Andrea Patricia DÍAZ (Legajo 31.918 – CUIL N° 27-26295659-3) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de auxiliar en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 261
ecm.
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Andrea Patricia DÍAZ (CUIL N° 27-26295659-3), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Colón 2832 - Las Heras - Mendoza, se celebra el presente contrato:--------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.---------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2019. --------------------------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.---------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.--------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------------------------------------------------------------------ En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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