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FA-2017-RES-404 15/08/2017 (Carga: 15/08/2017) |
UNCUYO fad FACULTAD DE • 2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES UNIVERSIDAD ARTES Y DISEÑO NACIONAL DE C U Y O
MENDOZA, 15 AGO 2DI?
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 10995/17 en el que el egresado Ignacio Matías VICENTE t r a m i t a la extensión del diploma de LICENCIADO EN ARTES PLÁSTICAS.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra a fs. 5/7 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 10/81-R., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN ARTES PLÁSTICAS al egresado Ignacio Matías VICENTE (D.N.I. No 35.626.373) nacido en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTE ( 2 0 ) de noviembre de 1 9 9 0 , en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 10/81-R., con fecha de egreso DIECIOCHO ( 1 8 ) de abril de 2017 y extender el certificado que lo acredita como t a l .
ARTÍCULO 2°.- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
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FA-2017-RES-403 15/08/2017 (Carga: 15/08/2017) |
UNCUYO fad FACULTAD DE • 2017 A Ñ O DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA, ] 5 f^j^n 2017
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 11425/17 en el que el egresado Carlos Raúl LORENZI tramita la extensión del diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra a fs. 5/7 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 66/05-C.S. y la modificatoria del referido título ordenanza n° 65/05-C.S., que lo hacen acreedor al mismo.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO al egresado Carlos Raúl LORENZI (D.N.I. N° 24.160.633) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTIDÓS (22) de octubre de 1974, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 66/05-C.S. y la modificatoria del referido título ordenanza n° 65/05C.S., con fecha de egreso VEINTISÉIS ( 2 6 ) de abril de 2017 y extender el certificado que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
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FA-2017-RES-402 15/08/2017 (Carga: 1/09/2017) |
UNCUYO • 2017 A Ñ O D E LÍ^S B N B R S I A S R E N O V A B L E S FACULTAD DE UNIVERSIDAD ARTES Y DISEÑO NACIONAL DE CUYO
MENDOZA,
VISTO: El expediente CUDAP-CUY: 15900/17 donde obra la propuesta de designación de personal docente en el marco del Convenio N° 150/14-ME, suscripto entre la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Cuyo, de fecha 4 de diciembre de 2013.
CONSIDERANDO:
Que la propuesta de creación y desarrollo de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos (CGCB) en subsedes distribuidas en el territorio provincial, a cargo de diferentes UUAA de la UNCuyo, tiene como propósito la ampliación del derecho y el fortalecimiento de las políticas de inclusión a los estudios superiores, con calidad y pertinencia social. Esto como producto del trabajo que la Universidad viene desarrollando como resultado de los procesos reflexivos realizados, producto de las prácticas de evaluación y acreditación a los que se somete periódicamente.
Que los CGCB, para áreas de conocimientos disciplinares afines, se plantean como componentes de una visión estratégica para la mejora en la calidad de la formación universitaria, así como posibilitadores del acceso a la Educación Superior por parte de grandes sectores de la población que, debido a las enormes distancias que deben recorrer hacia los centros urbanos en donde radican las sedes centrales de las universidades y consecuentemente los costos que esto significa para las familias, optan por desestimar su ingreso.
Que la provincia de Mendoza por sus características geográficas y poblacionales cuenta con regiones que requieren, por parte del Estado, el impulso de políticas integrales que apunten al logro de un desarrollo sostenible. En este sentido, el acceso a la Educación Superior se constituye en un potente instrumento de retención y/o atracción poblacional que permite paralizar y, en lo posible revertir, los procesos emigratorios desde las pequeñas ciudades hacia los centros densamente poblados.
Que la UNCuyo reconoce en este sentido que es necesario planificar, crear y desarrollar ofertas que permitan la presencia de la Universidad en todo el conglomerado poblacional que así lo requiera y asume el desafío de logrario.
Que se precisa definir mecanismos de gestión interinstitucional y generar normativa que garantice la articulación horizontal y vertical entre las Unidades Académicas responsables y el Rectorado para gestionar la creación y el desarrollo de nuevas carreras a partir de acciones sinérgicas entre la masa crítica ya formada en la UNCuyo y los actores involucrados.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO U . • RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente personal docente universitario: :, 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres: DE CARA, Ana Inés Documento Único: 21.809.079
Resol. N° .4l
UNCUYO fad • 2017 A Ñ O D E LAS ENERGIAS RENOVABLES FACULTAD DE UNIVERSIDAD ARTES Y DISEÑO NACIONAL DE CUYO
CU.I.L. 0 C.U.I.T.; 27-21809079- ' Legajo NO;
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo: Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación: Simple Condición: Interina
Término de la designación Desde el: UNO (1) de setiembre de 2017 Hasta el: TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2017
Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad: Facultad de Artes y Diseño Subdependencia: Carreras de Artes Visuales y Cerámica
Espacios currlculares 1) "Materiales y Procesos I y 11"
ARTÍCULO 20,- Los haberes que devenguen el ejercicio de la función precisada deberán imputarse de la siguiente forma: Dependencia 44, Programa 03, Subprograma 10, Actividad 02.
ARTÍCULO 30.- El docente dispondrá de TREINTA (30) días para la presentación del certificado de aptitud psicofísica requerido para su desempeño laboral (Ley No 22140/80), Condiciones de Ingreso y Decreto N° 3413/79).
ARTÍCULO 4°.- En el caso que el profesor designado estuviese en situación de incompatibilidad (Decreto-Ley N° 3282/75, Régimen de Incompatibilidades Docentes), se le otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles posteriores a la comunicación oficial de la presente resolución, para que regularice la misma.
ARTÍCULO 5°.- Se procederá a la baja de la función asignada si, vencidos uno o ambos plazos establecidos en los dos artículos precedentes, no resuelve la situación.
ARTÍCULO 6°,- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCION N° -.¡^
SNTOS 1.;ADHIHISTBAIIVA
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FA-2017-RES-401 15/08/2017 (Carga: 15/08/2017) |
UNCUYO fad • 2017 A Ñ O DE LAS ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA, 1 5 km 2017
VISTO:
El e x p e d i e n t e CUDAP-CUY: 1 5 7 1 7 / 1 7 d o n d e o b r a la p r o p u e s t a d e designación d e p e r s o n a l d o c e n t e e n e l m a r c o d e l C o n v e n i o N*' 1 5 0 / 1 4 - M E , s u s c r i p t o e n t r e la Secretaría d e Políticas U n i v e r s i t a r i a s d e l M i n i s t e r i o d e Educación y la Universidad Nacional d e Cuyo, de fecha 4 de diciembre d e 2 0 1 3 .
CONSIDERANDO:
Q u e la p r o p u e s t a d e creación y d e s a r r o l l o d e Ciclos G e n e r a l e s d e C o n o c i m i e n t o s Básicos ( C G C B ) e n s u b s e d e s d i s t r i b u i d a s e n e l t e r r i t o r i o p r o v i n c i a l , a c a r g o d e d i f e r e n t e s U U A A d e la U N C u y o , t i e n e c o m o propósito la ampliación d e l d e r e c h o y e l f o r t a l e c i m i e n t o d e las políticas d e inclusión a l o s e s t u d i o s s u p e r i o r e s , c o n c a l i d a d y p e r t i n e n c i a s o c i a l . Esto c o m o p r o d u c t o d e l t r a b a j o q u e la U n i v e r s i d a d viene desarrollando c o m o resultado d e los procesos reflexivos realizados, p r o d u c t o d e l a s prácticas d e evaluación y acreditación a l o s q u e s e s o m e t e periódicamente.
Q u e l o s CGCB, p a r a áreas d e c o n o c i m i e n t o s d i s c i p l i n a r e s a f i n e s , s e p l a n t e a n c o m o c o m p o n e n t e s d e u n a visión estratégica p a r a la m e j o r a e n la c a l i d a d d e la formación u n i v e r s i t a r i a , así c o m o p o s i b i l i t a d o r e s d e l a c c e s o a la Educación S u p e r i o r p o r p a r t e d e g r a n d e s s e c t o r e s d e la población q u e , d e b i d o a las e n o r m e s d i s t a n c i a s q u e d e b e n r e c o r r e r hacia l o s c e n t r o s u r b a n o s e n d o n d e r a d i c a n las s e d e s centrales d e las universidades y c o n s e c u e n t e m e n t e los costos q u e esto significa para las f a m i l i a s , o p t a n p o r d e s e s t i m a r s u i n g r e s o .
Q u e la p r o v i n c i a d e M e n d o z a p o r s u s características geográficas y poblacionales cuenta c o n regiones q u e r e q u i e r e n , p o r parte del Estado, el impulso d e políticas i n t e g r a l e s q u e a p u n t e n a l l o g r o d e u n d e s a r r o l l o s o s t e n i b l e . En e s t e s e n t i d o , el a c c e s o a la Educación S u p e r i o r se c o n s t i t u y e e n u n p o t e n t e i n s t r u m e n t o d e retención y / o atracción p o b l a c i o n a l q u e p e r m i t e p a r a l i z a r y, e n lo p o s i b l e r e v e r t i r , l o s p r o c e s o s e m i g r a t o r i o s d e s d e las pequeñas c i u d a d e s hacia l o s c e n t r o s d e n s a m e n t e poblados.
Q u e la U N C u y o r e c o n o c e e n e s t e s e n t i d o q u e e s n e c e s a r i o p l a n i f i c a r , c r e a r y d e s a r r o l l a r o f e r t a s q u e p e r m i t a n la p r e s e n c i a d e la U n i v e r s i d a d e n t o d o el c o n g l o m e r a d o p o b l a c i o n a l q u e así lo r e q u i e r a y a s u m e e l d e s a f i o d e l o g r a r l o .
Q u e s e p r e c i s a d e f i n i r m e c a n i s m o s d e gestión i n t e r i n s t i t u c i o n a l y g e n e r a r n o r m a t i v a q u e g a r a n t i c e la articulación h o r i z o n t a l y v e r t i c a l e n t r e l a s U n i d a d e s A c a d é m i c a s r e s p o n s a b l e s y e l R e c t o r a d o p a r a g e s t i o n a r la creación y el d e s a r r o l l o d e n u e v a s c a r r e r a s a p a r t i r d e a c c i o n e s sinérgicas e n t r e la m a s a crítica y a f o r m a d a e n la U N C u y o y l o s a c t o r e s i n v o l u c r a d o s .
Por e l l o , a t e n t o a lo e x p u e s t o y e n e j e r c i c i o d e s u s a t r i b u c i o n e s ,
EL D E C A N O DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- D e s i g n a r a l s i g u i e n t e p e r s o n a l d o c e n t e u n i v e r s i t a r i o : 1. Datos Personales dé! Docente designado Apellido y Nombres: GUEVARA, F e m a n d o Sebastián Documento Unico: 29.067.261
Resol. N° 401
UNCUYO fad • 2017 A Ñ O DE l_AS ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
C.U.I.L.oC.U.I.T: 23-29067261-9 Legajo N°:
El c a r g o d e la p r e s e n t e designación r e s p o n d e al s i g u i e n t e d e t a l l e : 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo: Profesor Titular Dedicacián: Simple Condición: Interina
Término de la designación Desde el; UNO (1) de agosto de 2017 Hasta el: TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2017
Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad; Facultad de Artes y Diseño Subdependencia: Carreras de Artes Visuales y Cerámica
Campo de formación 1) "Innovación Tecnológica Aplicada a las Artes Visuales"
ARTÍCULO 2 0 . - L o s h a b e r e s q u e d e v e n g u e n e l e j e r c i c i o d e la función p r e c i s a d a deberán i m p u t a r s e d e la s i g u i e n t e f o r m a : D e p e n d e n c i a 4 4 , Programa 0 3 , Subprograma 10, Actividad 0 2 .
ARTÍCULO 3°.- El d o c e n t e dispondrá d e T R E I N T A ( 3 0 ) días p a r a la presentación d e l c e r t i f i c a d o d e a p t i t u d psicofísica r e q u e r i d o p a r a s u d e s e m p e ñ o l a b o r a l ( L e y 2 2 1 4 0 / 8 0 ) , C o n d i c i o n e s d e I n g r e s o y D e c r e t o N° 3 4 1 3 / 7 9 ) .
ARTÍCULO 4°,- En el c a s o q u e el p r o f e s o r d e s i g n a d o e s t u v i e s e e n situación d e incompatibilidad (Decreto-Ley N * 3282/75, * Régimen de Incompatibilidades D o c e n t e s ) , s e le o t o r g a u n p l a z o d e D I E Z ( 1 0 ) días hábiles p o s t e r i o r e s a la comunicación o f i c i a l d e la p r e s e n t e resolución, p a r a q u e r e g u l a r i c e la m i s m a .
ARTÍCULO 5".- S e procederá a la b a j a d e la función a s i g n a d a s i , v e n c i d o s u n o o a m b o s p l a z o s e s t a b l e c i d o s e n l o s d o s artículos p r e c e d e n t e s , n o r e s u e l v e la situación.
ARTÍCULO 6°.- Comuniqúese e insértese e n el l i b r o d e r e s o l u c i o n e s .
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CD-2017-RES-180 15/08/2017 (Carga: 17/08/2017) |
UNCUYO fad • 2017 A Ñ O DE LAS ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA, 15 áGO 2017
VISTO:
La resolución N° 97/17-C.D. obrante en expediente CUDAP-FAD: 17769/16 en el que se t r a m i t a la convocatoria a concurso, con carácter efectivo, de un cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado del espacio curricular "Diseño de Productos 11" de la carrera de Diseño Industrial, que se cursa en las Carreras de Diseño de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el referido concurso.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en sesión del día 8 de agosto de 2017,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso, con carácter efectivo, para cubrir un cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado del espacio curricular "Diseño de Productos 11" de la carrera de Diseño Industrial, que se cursa en las Carreras de Diseño de esta Facultad: Por los profesores: Titular: D.I. Juan PALADINO Suplente: D.I, José Oscar Agustín JURADO
Por los egresados: Titular: D.I. Valeria Inés FARÍAS Suplente: D.I. Mariana Constanza ALLOGGIA '
Por los alumnos: Titular: María Macarena SPALENZA Suplente: Emiliano Javier SALINAS
ARTÍCULO 2°.- Agregúese copia de la presente al expediente CUDAP-FAD: 17769/16.
ARTÍCULO 3".- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
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CD-2017-RES-179 15/08/2017 (Carga: 17/08/2017) |
UNCUYO fad • 2017 AÑO DE LAS ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA, 15 2017
VISTO:
La resolución N» 9 9 / 1 7 - C . D . o b r a n t e e n e x p e d i e n t e C U D A P - F A D : 1 4 4 1 8 / 1 6 e n el q u e s e t r a m i t a la c o n v o c a t o r i a a c o n c u r s o , c o n carácter e f e c t i v o , d e u n c a r g o d e P r o f e s o r A d j u n t o c o n dedicación s e m i e x c l u s i v a , p a r a el d i c t a d o d e l e s p a c i o c u r r i c u l a r "Diseño Gráfico I I I " d e la c a r r e r a d e Diseño Gráfico, q u e s e c u r s a e n l a s C a r r e r a s d e Diseño d e e s t a F a c u l t a d .
CONSIDERANDO:
La n e c e s i d a d d e d e s i g n a r a l o s p r o f e s o r e s , egresados y alumnos que deberán a c t u a r c o m o v e e d o r e s e n e l r e f e r i d o c o n c u r s o .
Por e l l o y a t e n t o a l o a c o n s e j a d o p o r la Comisión d e C o n c u r s o s y a lo a c o r d a d o e n sesión d e l día 8 d e a g o s t o d e 2 0 1 7 ,
EL CONSEJO D I R E C T I V O DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
A R T Í C U L O 1°.- D e s i g n a r a l o s p r o f e s o r e s , e g r e s a d o s y a l u m n o s q u e s e d e t a l l a n s e g u i d a m e n t e p a r a q u e actúen e n c a l i d a d d e V e e d o r e s e n el c o n c u r s o , c o n carácter e f e c t i v o , p a r a c u b r i r u n c a r g o d e P r o f e s o r A d j u n t o c o n dedicación s e m i e x c l u s i v a , p a r a e l d i c t a d o d e l e s p a c i o c u r r i c u l a r "Diseño Gráfico I I I " de la c a r r e r a d e Diseño Gráfico, q u e se c u r s a e n l a s C a r r e r a s d e Diseño d e e s t a F a c u l t a d : Por los profesores: Titular: D.I. Ariel Alberto A N A D I O S u p l e n t e : D . I . J u a n Pablo D E L PERAL
Por los egresados: T i t u l a r : D . I . A d r i a n a María Z E I T U N E S u p l e n t e : D . I . F r a n c i s c o F a c u n d o G I M E N E Z PUJADAS
Por los alumnos: T i t u l a r : N a d i a Gabríela S O Z Z I S u p l e n t e : María Pía B A E Z A
A R T Í C U L O 2 ° . - A g r e g ú e s e c o p i a d e la p r e s e n t e al e x p e d i e n t e C U D A P - F A D : 1 4 4 1 8 / 1 6 .
ARTÍCULO 3 " . - Comuniqúese e insértese e n el l i b r o de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 179 F. Al
ecm. AMANM SANTOS BRAJAK NER*L Ac4llNlSTHATlVA )ECANO
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CD-2017-RES-178 15/08/2017 (Carga: 17/08/2017) |
UNCUYO fad DE FACULTAD • 2017 AÑO D EL A S ENERGIAS R E N O V A B L E S UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA, r^lCO ? 1 Q7
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY No 14603/17 en el q u e el Dr. Mario Daniel ADARO solicita se considere el o t o r g a m i e n t o de Título Doctor Honorís Causa de la Universidad Nacional de Cuyo al renombrado artista Julio LE PARC.
CONSIDERANDO:
Que la Ord. No 24/12-C.S., que reglamenta el otorgamiento de dicha distinción, establece en su artículo 5°: "...se conformarán dos comisiones asesoras ad tioc: una Discipiinar en la Unidad Académica correspondiente y otra Institucional e Interdisciplinar en el Consejo Superior".
El apoyo total a la iniciativa, brindado por el Decanato, quien propone la constitución de la Comisión Asesora Disciplinar ad-hoc para la evaluación de los antecedentes disciplinares académicos y las aportaciones al campo específico del artista, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 6° de la mencionada ordenanza.
Que dicha solicitud está contemplada en el artículo 20° inciso 26) del Estatuto Universitario.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y a lo acordado por este Cuerpo en sesión del día 8 de agosto de 2017,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Aprobar la integración de la Comisión Asesora Disciplinar ad-hoc designada para la evaluación de los antecedentes y las aportaciones al campo específico del renombrado y talentoso artista Julio LE PARC, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 6° de la mencionada ordenanza, con el fin de propiciar ante el Consejo Superior el otorgamiento del título de "Doctor Honorís Causa", la que quedará conformada de la siguiente manera:
• Prof. Susana Estela ÁVILA • Prof. Drago BRAJAK • Prof. Eduardo Alberto GONZÁLEZ • Prof. María Inés ZARAGOZA
ARTICULO 2 0 . - Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN NO J ^ 3.
¡ARLOS BRAJAK DECANO
I
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CD-2017-ORD-006 15/08/2017 (Carga: 23/08/2017) |
UNCUYO fad • 2017 AÑO DE LAS ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA, ] 5 2017
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 4 4 3 3 / 1 7 iniciado por la Dra. María Emilia GRECO, en su carácter de titular de la cátedra de "Análisis y Morfología Musical" dictada en las carreras Profesorado de Grado Universitario en Música ( O r d . N° 6 8 / 0 5 C.S.), y Licenciatura en Música Popular ( O r d . N° 128/03-C.S.) quien solicita que se establezca equivalencia entre la mencionada asignatura y las dictadas en el resto de las carreras de Música como "Morfología I y 11" y "Análisis y Morfología Musical I y 11".
CONSIDERANDO:
Que la docente mencionada refiere que es necesario establecer dichas equivalencias, debido a que, aunque existan sutiles diferencias en los contenidos, materiales y recursos utilizados en cada asignatura, las competencias son equivalentes.
Que corresponde derogar la ordenanza N° 3/08-C.D. que elimina las equivalencias de la asignatura "Análisis y /Morfología Musical" y modificar las ordenanzas N"^ 11/03-C.D. y 7/04-C.D., en v i r t u d de lo solicitado.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 4 de j u l i o de 2 0 1 7 ,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1«.- Derogar la ordenanza N° 3/08-C.D.
ARTÍCULO 2".- Modificar las ordenanzas N " 11/03-C.D. y 7/04-C.D. en lo referente a las equivalencias para la asignatura "Análisis y Morfología Musical", dictada en las carreras Licenciatura en Música Popular (Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 128/03-C.S.) y Profesorado de Grado Universitario en Música (Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 40/03-C.S.) de acuerdo con la siguiente tabla:
L O S ALUMNOS QUE TENGAN APROBADA PODRÁN A C R E D I T A R Morfología I y Morfología II de la carrera Análisis y Morfología Musical de las carreras Licenciatura en Música (Plan de Estudio aprobado por Profesorado de Grado Universitario en Música (Plan ordenanza N° 29/99-C.S.) de Estudio aprobado por ordenanza N° 68/05-C.S.) y en Licenciatura en Música Popular (Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 128/03-C.S.) Análisis Y Morfología Musical I y Análisis y Análisis y Morfología Musical de las carreras Morfología Musical I I de las carreras Licenciatura Profesorado de Grado Universitario en Música (Plan en Música (Plan de Estudio aprobado por ordenanza de Estudio aprobado por ordenanza N° 68/05-C.S.) y N° 84/10-C.S.) y Profesorado de Grado Universitario Licenciatura en Música Popular (Plan de Estudio en Teorías Musicales (Plan de Estudio aprobado por aprobado por ordenanza N° 128/03-C.S.) ordenanza N° 29/05-C.S.)
ARTÍCULO 3°.- Comuniqúese e insértese en el libro de ordenanzas del Consejo Directivo.
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FA-2017-RES-400 14/08/2017 (Carga: 14/08/2017) |
UNCUYO fad • 2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA, 14 2017
VISTO:
Las notas CUDAP-CUY: 22948/17, 23908/17 y 27225/17 en las que personal de esta Unidad Académica tramita licencia por enfermedad de largo tratamiento, atento a lo informado por la Dirección General de Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo y por la Dirección de Personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 3 " del Decreto Nacional N° 366/06, en el artículo 46°, inciso c) del Decreto Nacional N° 1246/15 y ordenanza N° 32/16-R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia por enfermedad de largo tratamiento, con goce íntegro de haberes al personal que a continuación se detalla, en el cargo y por el período que en cada caso se indica: • BIANCORROSSO, José Ricardo - Legajo N" 21.976 - en el cargo Categoría 5 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, efectivo SESENTA (60) días corridos, desde el DIEZ (10) de junio hasta el OCHO (8) de agosto de 2017. • ASTARGO, Luis Alberto -Legajo N° 14.545- en el cargo Categoría 4 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, efectivo NOVENTA (90) días corridos, desde el TREINTA (30) de mayo hasta el VEINTISIETE (27) de agosto de 2017. • VILLEGAS, Enrique Omar - Legajo N° 23.513 - en el cargo Categoría 4 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, efectivo - TRECE (13) días corridos, desde el VEINTICINCO (25) de junio hasta el SIETE (7) de julio de 2017. • JARDEL, Víctor Enrique - Legajo N° 18.721 - en el cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, efectivo - OCHO (8) días corridos, del VEINTITRÉS (23) al TREINTA (30) de junio de 2017. • MARQUET, María Clara - Legajo N° 22.356 - en los cargos Jefe de Trabajos Prácticos y Profesor Adjunto ambos con dedicación semiexclusiva, efectivos SESENTA (60) días corridos, desde el DIECINUEVE (19) de junio hasta el DIECISIETE (17) de agosto de 2017. • CORREA, María Teresa - Legajo N° 16.754 - en los cargos Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva, efectivo y Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, interino - SEIS (6) días corridos, del VEINTICINCO ( 2 5 ) al TREINTA (30) de junio de 2017.^ • COMADRÁN, María Gloria - Legajo N° 32.408 - en el cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interino - CUARENTA Y CINCO (45) días corridos, desde el OCHO (8) de julio hasta el VEINTIUNO (21) de agosto de 2017. • QUINTEROS BÁEZ, Julio Roberto - Legajo N" 32.554 - en el cargo Ayudante de Primera con dedicación simple, remplazante - VEINTICINCO (25) días corridos, desde el OCHO (8) de julio hasta el UNO (1) de agosto de 2017. ' ROVELLO, Ubaldo Francisco - Legajo N° 14.013 - en el cargo Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, efectivo - CINCUENTA Y SEIS (56) días corridos, desde el OCHO (8) de julio hasta el UNO (1) de setiembre de 2017.
Resol. N° 400
UNCUYO fad • 2017 AÑO DE LAS ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
• GROZDEV, Nikolay Ginev - Legajo N° 24.261 - en los cargos Profesor Adjunto con dedicación simple, interino y Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, efectivo - TREINTA (30) días corridos, desde el TREINTA Y UNO (31) de julio hasta el VEINTINUEVE (29) de agosto de 2017.
ARTÍCULO 2°.- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 400 F. A.
T i c . OnJ^^^RÍA^A SANTOS Proj JARLOS BRAJAK OESANO
6 I, !
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FA-2017-RES-399 14/08/2017 (Carga: 14/08/2017) |
UNCUYO fad • 2017 A Ñ O DE LAS ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA, 1 4 IQO 201/
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 12847/17 caratulado: ''Dirección de Personal. FAD. GARCÍA CLEMENTI, María Eugenia s/Baja en el cargo Jefe de Trabajos Prácticos (S), interino, cátedra "Técnica y Práctica Cerámica 11" Desde 01/08/2017. Carreras de Cerámica".
CONSIDERANDO:
Que el m o t i v o de la presente baja es por haber sido cubierto el cargo mediante concurso de trámite breve.
Por ello y conforme con las facultades otorgadas al Decanato por ordenanza N° 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1 " . - Dar de baja a la Lic. María Eugenia GARCÍA CLEMENTI (Legajo N° 32.648 - CUIL N» 2 7 - 3 4 3 2 7 8 5 7 - 3 ) en el cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interino, cátedra "Técnica y Práctica Cerámica 11" a partir del UNO ( 1 ) de agosto de 2 0 1 7 por las razones expuestas en el Primer Considerando.
ARTÍCULO 2°.- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCION 399 ñ F. A.
ecm.
w F e o . U.niv. . V U í i i A N . 4 S A N T O S PnjfMktíOB BRAJAK OlRECTfltiA G E N E R A L ADMSilSTRATlvft - - / D E C A N O
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FA-2017-RES-398 14/08/2017 (Carga: 14/08/2017) |
UNCUYO fad • 2017 AÑO DE LAS ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA, 1 4 Í(^f\7
VISTO:
La n o t a C U D A P - C U Y : 1 0 6 6 0 / 1 7 p r e s e n t a d a p o r el a l u m n o M a r c o s Aníbal FIGUEROA e n la q u e i n f o r m a s o b r e la realización. Dirección y Co-dirección d e s u "Seminario Tesis" de la c a r r e r a d e L i c e n c i a t u r a e n Música P o p u l a r .
CONSIDERANDO:
Lo s o l i c i t a d o y la aceptación p o r p a r t e d e l o s p r o f e s o r e s a c a r g o d e l m i s m o .
La opinión d e Secretaría A c a d é m i c a .
Por e l l o ,
EL D E C A N O DE LA FAC UL T AD DE A R T E S Y DISEÑO RESUELVE:
A R T I C U L O 1°.- A u t o r i z a r la realización. Dirección y Co-dirección d e l "Seminario Tesis" d e l a l u m n o d e las C a r r e r a s M u s i c a l e s , d e a c u e r d o c o n el s i g u i e n t e d e t a l l e :
Alumno: Marcos Aníbal F I G U E R O A - Registro N° 1 8 . 2 5 9
Seminario "Acercamiento a la sistematización de la percusión de la cueca brava de Los Chileneros"
Director: Luis Daniel M O R C O S P O R R A S
Co-Director: Verónica C R E M A S C H I
A R T I C U L O 2 ° . - Co m u n i q ú e s e e insértese e n el l i b r o d e r e s o l u c i o n e s .
R E S O L U C I O N N°
F. A. ecm.
!A SANTOS p, LOS BRAJAíf DMINISTRATiVA DESANO
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FA-2017-RES-397 14/08/2017 (Carga: 14/08/2017) |
UNCUYO fad • 2017 AÑO DE LAS ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA, \ Sí!!g 2 0 1 ?
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 14759/17 en el que consta el pedido f o r m u l a d o por el alumno Augusto Pablo CARNEVALE sobre constitución de mesa examinadora especial que reciba su examen final de "Fagot V".
CONSIDERANDO:
Que el alumno Augusto Pablo CARNEVALE, se encuentra en condiciones reglamentarias de rendir su examen final de "Fagot V".
Que las obras propuestas no han sido ejecutadas en exámenes anteriores.
Que dichas obras deberán ser consideradas por el Jurado en cuanto a la jerarquía de las mismas.
Lo propuesto por la Dirección de Carreras Musicales, con referencia a la constitución del Jurado y fecha de reunión, de acuerdo con lo establecido por ordenanza N° 4/82-FA.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Constituir el Tribunal Examinador de "Fagot V" integrado por los siguientes profesores: Presidente: Andrea Verónica YURCIC; Vocales: Alejandra Claudia GARCÍA TRABUCCO, Francisco Julio César LONIGRO, Beatriz Elina PLANA y Mauro Heber RODRÍGUEZ; Suplentes: Roberto Antonio D I NARDO y Juan Eugenio ROMERO, que evaluará el examen final del alumno Augusto Pablo CARNEVALE (Registro N° 2 4 . 8 6 3 ) , correspondiente a 5° año de la carrera de Licenciatura en Fagot, el día VEINTICINCO (25) de setiembre de 2017, en horario a d e t e r m i n a r en el Edificio de Carreras Musicales.
ARTÍCULO 2°.- El Tribunal Examinador se reunirá el día VEINTICINCO ( 2 5 ) de agosto de 2017, a las 17:30, en la sede de Carreras Musicales, para considerar la jerarquía de las obras propuestas y determinar la Obra I m p u e s t a , que se comunicará de inmediato al alumno.
ARTÍCULO 3°.- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
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FA-2017-RES-396 14/08/2017 (Carga: 14/08/2017) |
UNCUYO fad • 2017 AÑO DE LAS ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA, 1 4 ^1,0 2017
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 14753/17 en el que consta el pedido formulado por el alumno Lisandro PELEGRINA sobre constitución de mesa examinadora especial que reciba su examen final de "Canto V".
CONSIDERANDO:
Que el alumno Lisandro PELEGRINA, se encuentra en condiciones reglamentarias de rendir su examen final de "Canto V".
Que las obras propuestas no han sido ejecutadas en exámenes anteriores.
Que dichas obras deberán ser consideradas por el Jurado en cuanto a la jerarquía de las mismas.
Lo propuesto por la Dirección de Carreras Musicales, con referencia a la constitución del Jurado y fecha de reunión, de acuerdo con lo establecido por ordenanza N° 4/82-FA.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Constituir el Tribunal Examinador de "Canto V" integrado por los siguientes profesores: Presidente: Silvia Beatriz NASIFF; Vocales: Jimena Gabriela SEMIZ, Daniela BAJUK, Marcela Fabiana CARRIZO y María Mercedes RODRÍGUEZ; Suplentes: Mario Agustín MASERA y Mónica Beatriz PACHECO, que evaluará el examen final del alumno Lisandro PELEGRINA (Registro N° 20.756), correspondiente a 5° año de la carrera de Licenciatura en Canto, el día VEINTICUATRO (24) de agosto de 2017, en horario a determinar en el Edificio de Carreras Musicales.
ARTÍCULO 2 ° . - El Tribunal Examinador se reunirá el día TRES (3) de agosto de 2017 a las 10:00, en la sede de Carreras Musicales, para considerar la jerarquía de las obras propuestas y determinar la Obra Impuesta, que se comunicará de inmediato al alumno.
ARTÍCULO 3°.- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N«
1 F. A.
c ecm. S BRAJAK ^ SANTOS ANO
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FA-2017-RES-395 14/08/2017 (Carga: 14/08/2017) |
UNCUYO fad • 2017 A Ñ O DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA, 1 4 IQO 2017
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 14755/17 caratulado: "Directora Carreras Musicales. FAD. PÉREZ, María Carla s/Mesa Examinadora Especial "Dirección Coral V". Carreras Musicales. FAD. Fecha y lugar del examen: 31/8/17, 20hs. en la Parroquia San Agustín. Cdad. de Mendoza".
CONSIDERANDO:
Que la alumna María Carla PÉREZ TORRES, se encuentra en condiciones reglamentarias de rendir su examen final de "Dirección Coral V".
Lo propuesto por la Dirección de Carreras Musicales, con referencia a la constitución del Jurado y fecha.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1 " . - Constituir la Comisión Examinadora Especial de "Dirección Coral V" integrada por los siguientes profesores: Presidente: Mónica Beatriz PACHECO; Vocales: Víctor Daniel ARMENDÁRIZ y Elisabeth Beatriz GUERRA; Suplente: Ricardo Javier MANSILLA, que evaluará a la alumna María Carla PÉREZ TORRES (Registro N° 2 3 . 6 0 2 ) , el día TREINTA Y UNO ( 3 1 ) de agosto de 2017, a las 20:00 en la Parroquia San Agustín (9 de j u l i o 33, Ciudad, Mendoza).
ARTÍCULO 2°.- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
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FA-2017-RES-394 14/08/2017 (Carga: 14/08/2017) |
UNCUYO fad > 2017 A Ñ O DE LAS ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA, 1 4
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 15902/17 donde obra la propuesta de designación de personal docente en el marco del Convenio N° 150/14-ME, suscripto entre la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Cuyo, de fecha 4 de diciembre de 2 0 1 3 .
CONSIDERANDO:
Que la propuesta de creación y desarrollo de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos (CGCB) en subsedes distribuidas en el territorio provincial, a cargo de diferentes UUAA de la UNCuyo, tiene como propósito la ampliación del derecho y el fortalecimiento de las políticas de inclusión a los estudios superiores, con calidad y pertinencia social. Esto como producto del trabajo que la Universidad viene desarrollando como resultado de los procesos reflexivos realizados, producto de las prácticas de evaluación y acreditación a los que se somete periódicamente.
Que los CGCB, para áreas de conocimientos disciplinares afines, se plantean como componentes de una visión estratégica para la mejora en la calidad de la formación universitaria, así como posibilitadores del acceso a la Educación Superior por parte de grandes sectores de la población que, debido a las enormes distancias que deben recorrer hacia los centros urbanos en donde radican las sedes centrales de las universidades y consecuentemente los costos que esto significa para las familias, optan por desestimar su ingreso.
Que la provincia de Mendoza por sus características geográficas y poblacionales cuenta con regiones que requieren, por parte del Estado, el impulso de políticas integrales que apunten al logro de un desarrollo sostenible. En este sentido, el acceso a la Educación Superior se constituye en un potente instrumento de retención y/o atracción poblacional que permite paralizar y, en lo posible revertir, los procesos emigratorios desde las pequeñas ciudades hacia los centros densamente poblados.
Que la UNCuyo reconoce en este sentido que es necesario planificar, crear y desarrollar ofertas que permitan la presencia de la Universidad en todo el conglomerado poblacional que así lo requiera y asume el desafío de lograrío.
Que se precisa definir mecanismos de gestión interinstitucional y generar normativa que garantice la articulación horizontal y vertical entre las Unidades Académicas responsables y el Rectorado para gestionar la creación y el desarrollo de nuevas carreras a partir de acciones sinérgicas entre la masa crítica ya formada en la UNCuyo y los actores involucrados.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE;
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente personal docente universitario: 1. D a t o s P e r s o n a l e s d e l D o c e n t e d e s i g n a d o
Apellido y NomDres; RIOHI, Valeria D o c u m e n t o Único: 31.546.725
Resol. N° S94
fad UNCUYO >• 2017 A Ñ O DE ENERSiAS RENOVABLES FACULTAD DE UNIVERSIDAD ARTES Y DISEÑO NAQONAL DE CUYO
C.U.I.L, 0 C.UJ.T.: 27-31546725-5
L e g a j o NO: 33.399
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle 2. Descripción del Cargo
Denominación d e l C a r g o : A y u d a n t e de Primera Dedicación: Simple Condición: Interina
Térrnino de la designación
Desde e l : UNO ( 1 ) d e a g o s t o d e 2 0 1 7 Hasta e l : TREINTA Y UNO ( 3 1 ) de d i c i e m b r e de 2 0 1 7
4 , D e n o m i n a c i ó n d e |a U n i d a d A c a d é m i c a Dependencia o Facultad: F a c u l t a d d e A r t e s y Diseño Subdependencla; C a r r e r a s d e A r t e s V i s u a l e s y Cerámica
E s p a c i o C u r r i c u l a r
1) ''Química General"
ARTÍCULO 2°.- Los haberes que devenguen el ejercicio de la función precisada deberán innputarse de la siguiente f o r m a : Dependencia 4 4 , Programa 03, Subprograma 10, Actividad 02.
ARTÍCULO 3°.- El docente dispondrá de TREINTA ( 3 0 ) días para la presentación del certificado de a p t i t u d psicofísica requerido para su desempeño laboral (Ley H° 2 2 1 4 0 / 8 0 ) , Condiciones de Ingreso y Decreto 3413/79).
ARTÍCULO 4°.- En el caso que el profesor designado estuviese en situación de incompatibilidad (Decreto-Ley N° 3282/75, Régimen de Incompatibilidades Docentes), se le otorga un plazo de DIEZ ( 1 0 ) días hábiles posteriores a la comunicación oficial de la presente resolución, para que regularice la m i s m a .
ARTÍCULO 5°.- Se procederá a la baja de la función asignada si, vencidos uno o ambos plazos establecidos en los dos artículos precedentes, no resuelve la situación.
ARTÍCULO 6°.- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
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FA-2017-RES-393 14/08/2017 (Carga: 14/08/2017) |
UNCUYO fad • 2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA , '14
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 15893/17 donde obra la propuesta de designación de personal docente en el marco del Convenio N° 150/14-ME, suscripto entre la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Cuyo, de fecha 4 de diciembre de 2013.
CONSIDEÍ^NDO:
Que la propuesta de creación y desarrollo de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos (CGCB) en subsedes distríbuidas en el territorío provincial, a cargo de diferentes UUAA de la UNCuyo, tiene como propósito la ampliación del derecho y el fortalecimiento de las políticas de inclusión a los estudios superiores, con calidad y pertinencia social. Esto como producto del trabajo que la Universidad viene desarrollando como resultado de los procesos reflexivos realizados, producto de las prácticas de evaluación y acreditación a los que se somete periódicamente.
Que los CGCB, para áreas de conocimientos disciplinares afines, se plantean como componentes de una visión estratégica para la mejora en la calidad de la formación universitaria, así como posibilitadores del acceso a la Educación Superior por parte de grandes sectores de la población que, debido a las enormes distancias que deben recorrer hacia los centros urbanos en donde radican las sedes centrales de las universidades y consecuentemente los costos que esto significa para las familias, optan por desestimar su ingreso.
Que la provincia de Mendoza por sus características geográficas y poblacionales cuenta con regiones que requieren, por parte del Estado, el impulso de políticas integrales que apunten al logro de un desarrollo sostenible. En este sentido, el acceso a la Educación Superior se constituye en un potente instrumento de retención y/o atracción poblacional que permite paralizar y, en lo posible revertir, los procesos emigratorios desde las pequeñas ciudades hacia los centros densamente poblados.
Que la UNCuyo reconoce en este sentido que es necesario planificar, crear y desarrollar ofertas que permitan la presencia de la Universidad en todo el conglomerado poblacional que así lo requiera y asume el desafío de lograrlo.
Que se precisa definir mecanismos de gestión interinstitucional y generar normativa que garantice la articulación horizontal y vertical entre las Unidades Académicas responsables y el Rectorado para gestionar la creación y el desarrollo de nuevas carreras a partir de acciones sinérgicas entre la masa crítica ya formada en la UNCuyo y los actores involucrados.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de sus atríbuciones,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE;
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente personal docente universitario: 1. Datos P e r s o n a l e s del Docente designado Apellido y Nombres; FERNÁNDEZ B U R D I L E S , Dorka Pamela Documento Único: 92,665.362
Resol. N°
UNCUYO fad 2017 AÑO DE LAS ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO NACIONAL DE CUYO
C U . I . L , 0 C.U.I.T.; 27-92665362-3 Legajo N": 26.864
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2, Descripción del Cargo Denominación del Cargo; Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación; Semiexclusiva Condición: Interina
3, Térnilno de la designación Desde e l : UNO ( 1 ) de agosto de 2017 Hasta e l : TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2017
Denominación de la Unidad A c a d é m i c a Dependencia o Facultad; Facultad de Artes y Diseño Subdependencla: Carreras de Artes Visuales y Cerámica
E s p a c i o s curriculares 1) "Materiales y Procesos I y U"
ARTÍCULO 2 ° . - Los haberes que devenguen el ejercicio de la función precisada deberán imputarse de la siguiente forma: Dependencia 44, Programa 03, Subprograma 10, Actividad 02.
ARTÍCULO 3 ° . - El docente dispondrá de TREINTA (30) días para la presentación del certificado de aptitud psicofísica requerido para su desempeño laboral (Ley N° 22140/80), Condiciones de Ingreso y Decreto No 3413/79).
ARTÍCULO 4 ° . - En el caso que el profesor designado estuviese en situación de incompatibilidad (Decreto-Ley N° 3282/75, Régimen de Incompatibilidades Docentes), se le otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles posteriores a la comunicación oficial de la presente resolución, para que regularice la misma.
ARTÍCULO 5 ° . - Se procederá a la baja de la función asignada si, vencidos uno o ambos plazos establecidos en los dos artículos precedentes, no resuelve la situación.
ARTÍCULO 6 ° . - Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
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FA-2017-RES-392 14/08/2017 (Carga: 14/08/2017) |
UNCUYO fad FACULTAD DE • 2017 A Ñ O DE U S ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD ARTES Y DISEÑO NACIONAL DE CUYO
MENDOZA, AGO 2017
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 15912/17 donde obra la propuesta de designación de personal docente en el marco del Convenio N° 150/14-ME, suscripto entre la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Cuyo, de fecha 4 de diciembre de 2 0 1 3 .
CONSIDERANDO:
Que la propuesta de creación y desarrollo de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos (CGCB) en subsedes distribuidas en el territorio provincial, a cargo de diferentes UUAA de la UNCuyo, tiene como propósito la ampliación del derecho y el fortalecimiento de las políticas de inclusión a los estudios superiores, con calidad y pertinencia social. Esto como producto del t r a b a j o q u e la Universidad viene desarrollando como resultado de los procesos reflexivos realizados, producto de las prácticas de evaluación y acreditación a los que se somete periódicamente.
Que los CGCB, para áreas de conocimientos disciplinares afines, se plantean como componentes de una visión estratégica para ía mejora en la calidad de la formación universitaria, así como posibilitadores del acceso a la Educación Superior por parte de grandes sectores de la población que, debido a las enormes distancias q u e deben recorrer hacia los centros urbanos en donde radican las sedes centrales de las universidades y consecuentemente los costos que esto significa para las familias, optan por desestimar su ingreso.
Que la provincia de Mendoza por sus características geográficas y poblacionales cuenta con regiones que requieren, por parte del Estado, el impulso de políticas integrales que apunten al logro de un desarrollo sostenible. En este sentido, el acceso a la Educación Superior se constituye en un potente i n s t r u m e n t o de retención y/o atracción poblacional que permite paralizar y, en lo posible revertir, los procesos emigratorios desde las pequeñas ciudades hacia los centros densamente poblados.
Que la UNCuyo reconoce en este sentido que es necesario planificar, crear y desarrollar ofertas que permitan la presencia de la Universidad en todo el conglomerado poblacional que así lo requiera y asume el desafío de logrario.
Que se precisa definir mecanismos de gestión interinstitucional y generar normativa q u e garantice la articulación horizontal y vertical entre las Unidades Académicas responsables y el Rectorado para gestionar la creación y el desarrollo de nuevas carreras a partir de acciones sinérgicas entre la masa crítica ya formada en la UNCuyo y los actores involucrados.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones,
EL DECANO DE U FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente personal docente universitario: 1. Datos P e r s o n a l e s del Docente designado Apellido y Nombres; A G U I R R E , Verónica Analía Documento Unico: 27.402.570
Resol. N°
UNCUYO fad FACULTAD DE »- 2017 AÑO DE ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
C.U.I.L. 0 C.U.I.T.; 27-27402570-6 Legajo N°: 30.854
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo: Profesor Titular Dedicación: Simple Condición: Interina
Término de la designación Desde el; UNO (1) de agosto de 2017 Hasta el; TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2017
Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad; Facultad de Artes y Diseño Subdependencla; Carreras de Artes Visuales y Cerámica
Campo de formación 1) "Proyecto Integrado Experimental"
ARTÍCULO 2°.- Los haberes que devenguen el ejercicio de la función precisada deberán imputarse de la siguiente f o r m a : Dependencia 4 4 , Programa 0 3 , Subprograma 1 0 , Actividad 0 2 .
ARTÍCULO 30.- El docente dispondrá de TREINTA ( 3 0 ) días para la presentación del certificado de aptitud psicofísica requerido para su desempeño laboral (Ley N° 2 2 1 4 0 / 8 0 ) , Condiciones de Ingreso y Decreto N° 3 4 1 3 / 7 9 ) .
ARTÍCULO 4 " . - En el caso que el profesor designado estuviese en situación de incompatibilidad (Decreto-Ley N° 3282/75, Régimen de Incompatibilidades Docentes), se le otorga un plazo de DIEZ ( 1 0 ) días hábiles posteriores a la comunicación oficial de la presente resolución, para que regularice la misma.
ARTÍCULO 5°.- Se procederá a la baja de la función asignada si, vencidos uno o ambos plazos establecidos en los dos artículos precedentes, no resuelve la situación.
ARTÍCULO 6°,- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCION N°
T/O. Unív MAfÍANA SANTOS Profyt}*^UOS BRAJAK ^ jBEttANO 5^,ECT0RJéENBfeí.L ADHmlSTRMIW*
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FA-2017-RES-391 14/08/2017 (Carga: 14/08/2017) |
UNCUYO fad FACULTAD DE • 2017 AÑO DE LAS ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA,
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 15919/17 donde obra la propuesta de designación de personal docente en el marco del Convenio N° 150/14-ME, suscripto entre la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Cuyo, de fecha 4 de diciembre de 2 0 1 3 .
CONSIDERANDO:
Que la propuesta de creación y desarrollo de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos (CGCB) en subsedes distribuidas en el territorio provincial, a cargo de diferentes UUAA de la UNCuyp, tiene como propósito la ampliación del derecho y el fortalecimiento de las políticas de inclusión a los estudios superiores, con calidad y pertinencia social. Esto como producto del trabajo que la Universidad viene desarrollando como resultado de los procesos reflexivos realizados, producto de las prácticas de evaluación y acreditación a los que se somete periódicamente.
Que los CGCB, para áreas de conocimientos disciplinares afines, se plantean como componentes de una visión estratégica para la mejora en la calidad de la formación universitaria, así como poslbllitadores del acceso a la Educación Superior por parte de grandes sectores de la población que, debido a las enormes distancias que deben recorrer hacia los centros urbanos en donde radican las sedes centrales de las universidades y consecuentemente los costos que esto significa para las familias, optan por desestimar su ingreso.
Que la provincia de Mendoza por sus características geográficas y poblacionales cuenta con regiones que requieren, por parte del Estado, el impulso de políticas integrales que apunten al logro de un desarrollo sostenible, En este sentido, el acceso a la Educación Superior se constituye en un potente instrumento de retención y/o atracción poblacional que permite paralizar y, en lo posible revertir, los procesos emigratorios desde las pequeñas ciudades hacia los centros densamente poblados.
Que la UNCuyo reconoce en este sentido que es necesario planificar, crear y desarrollar ofertas que permitan la presencia de la Universidad en todo el conglomerado poblacional que así lo requiera y asume el desafío de logrado.
Que se precisa definir mecanismos de gestión interinstitucional y generar normativa que garantice la articulación horizontal y vertical entre las Unidades Académicas responsables y el Rectorado para gestionar la creación y el desarrollo de nuevas carreras a partir de acciones sinérgicas entre la masa crítica ya formada en la UNCuyo y los actores involucrados.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente personal docente universitario: 1. Datos P e r s o n a l e s del Docente designado Apellido y Nombres: G I L TARABAY, Zaida Regina Documento Único: 25.319.584
Resol. N° 3 9X
UNCUYO Ríí!^-^ UNIVERSIDAD fad FACULTAD DE »• 2 0 1 7 AÑO DE LAS ENERGIAS RENOVABLES
NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
C.U.I.L. 0 C.U.I.T.: 27-25319584-9 Legajo N°: 30.880
E! cargo de la presente designación responde al siguiente detalle 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo: Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación: Simple Condición: Interina
Término de la designación Desde el: UNO (1) de agosto de 2017 Hasta el: TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2017
4 . Denominación de la Unidad Académica dependencia o Facultad: (^acuitad de Artes y Diseño Subdependencia; Carreras de Artes Visuales y Cerámica
Campo de formación 1) V r o y a e f o Integrado Experimentar
ARTÍCULO 2°.- Los haberes que devenguen el ejercicio de la función precisada deberán imputarse de la siguiente f o r m a : Dependencia 4 4 , Programa 03, Subprograma 10, Actividad 02,
ARTÍCULO 3°.- El docente dispondrá de TREINTA ( 3 0 ) días para la presentación del certificado de aptitud psicofísica requerido para su desempeño laboral (Ley N° 2 2 1 4 0 / 8 0 ) , Condiciones de Ingreso y Decreto No 3 4 1 3 / 7 9 ) .
ARTÍCULO 4°.- En el caso que el profesor designado estuviese en situación de incompatibilidad (Decreto-Ley N° 3282/75, Régimen de Incompatibilidades Docentes), se le otorga un plazo de DIEZ ( 1 0 ) días hábiles posteriores a la comunicación oficial de la presente resolución, para que regularice la misma.
ARTÍCULO 5°.- Se procederá a la baja de la función asignada si, vencidos uno o ambos plazos establecidos en los dos artículos precedentes, no resuelve la situación.
ARTÍCULO 6°.- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCION N° 89
Too. Un :ANT0S Prof. los BRAJAK DIRECTORA miSTRATIVA 3'GANO
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FA-2017-RES-390 14/08/2017 (Carga: 14/08/2017) |
UNCUYO fad *• 2017 A Ñ O DE LAS ENERGIAS RENOVABLES FACULTAD DE UNIVERSIDAD ARTES Y DISEÑO NACIONAL DE CUYO
MENDOZA, 1 4 ACO 2ai7
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 15888/17 donde obra la propuesta de designación de personal docente en el marco del Convenio N° 150/14-ME, suscripto entre la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Cuyo, de fecha 4 de diciembre de 2 0 1 3 .
CONSIDERANDO:
Que la propuesta de creación y desarrollo de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos (CGCB) en subsedes distribuidas en el territorio provincial, a cargo de diferentes UUAA de la UNCuyo, tiene como propósito la ampliación del derecho y el fortalecimiento de las políticas de inclusión a los estudios superiores, con calidad y pertinencia social. Esto como producto del trabajo que la Universidad viene desarrollando como resultado de los procesos reflexivos realizados, producto de las prácticas de evaluación y acreditación a los que se somete periódicamente.
Que los CGCB, para áreas de conocimientos disciplinares afines, se plantean como componentes de una visión estratégica para la mejora en la calidad de ja formación universitaria, así como posibilitadores del acceso a la Educación Superior por parte de grandes sectores de la población que, debido a las enormes distancias que deben recorrer hacia los centros urbanos en donde radican las sedes centrales de las universidades y consecuentemente los costos que esto significa para las familias, optan por desestimar su ingreso.
Que la provincia de Mendoza por sus características geográficas y poblacionales cuenta con regiones que requieren, por parte del Estado, el impulso de políticas integrales que apunten al logro de un desarrollo sostenible. En este sentido, el acceso a la Educación Superior se constituye en un potente instrumento de retención y/o atracción poblacional que permite paralizar y, en lo posible revertir, los procesos emigratorios desde las pequeñas ciudades hacia los centros densamente poblados,
Que la UNCuyo reconoce en este sentido que es necesario planificar, crear y desarrollar ofertas que permitan la presencia de la Universidad en todo el conglomerado poblacional que así lo requiera y asume el desafío de lograrlo.
Que se precisa definir mecanismos de gestión interinstitucional y generar normativa que garantice la articulación horizontal y vertical entre las Unidades Académicas responsables y el Rectorado para gestionar la creación y el desarrollo de nuevas carreras a partir de acciones sinérgicas entre la masa crítica ya formada en la UNCuyo y los actores involucrados.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones,
EL DECANO DE lA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Designar al siguiente personal docente universitario: 1. Datos P e r s o n a l e s del Docente designado Apellido y Nombres: CASTRO, Maximiliano Documento Unico: 23.571.885
Resol. N°
UNCUYO fad • 2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO NACIONAL DE CUYO
C.U.I.L. 0 C.U.I.T.: 20-23571885-6 Legajo NO; 33.029
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo; Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación: Simple Condición; Interina
Término de la designación Desde el: UNO (1) de agosto de 2017 Hasta el: TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2017
4 . Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad: Facultad de Artes y Diseño Subdependenda; Carreras de Artes Visuales y Cerámica
Espacio curricular 1) Dibujo y Sistemas de Mediación Visual
ARTÍCULO 2°." Los haberes que devenguen el ejercicio de la función precisada deberán imputarse de la siguiente f o r m a ; Dependencia 44, Programa 03, Subprograma 1 0 , Actividad 02.
ARTÍCULO 3°,- El docente dispondrá de TREINTA ( 3 0 ) días para la presentación del certificado de aptitud psicofísica requerido para su desempeño laboral (Ley N^ 2 2 1 4 0 / 8 0 ) , Condiciones de Ingreso y Decreto N° 3 4 1 3 / 7 9 ) .
ARTÍCULO 4°.- En el caso que el profesor designado estuviese en situación de incompatibilidad (Decreto-Ley N° 3282/75, Régimen de Incompatibilidades Docentes), se le otorga un plazo de DIEZ ( 1 0 ) días hábiles posteriores a la comunicación oficial de la presente resolución, para que regularice la misma.
ARTÍCULO 5°.- Se procederá a la baja de la función asignada si, vencidos uno o ambos plazos establecidos en los dos artículos precedentes, no resuelve la situación.
ARTÍCULO 6°.- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
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FA-2017-RES-389 14/08/2017 (Carga: 14/08/2017) |
UNCUYO fad • 2017 A Ñ O D E LO.S ENERGIAS RENOVABLES FACULTAD DE UNIVERSIDAD ARTES Y DISEÑO NACIONAL DE CUYO
MENDOZA, íj,4 ^Q g 201?
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 15904/17 donde obra la propuesta de designación de personal docente en el marco del Convenio N° 150/14-!^E, suscripto entre la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Cuyo, de fecha 4 de diciembre de 2013.
CONSIDERANDO:
Que la propuesta de creación y desarrollo de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos (CGCB) en subsedes distribuidas en el territorio provincial, a cargo de diferentes UUAA de la UNCuyo, tiene como propósito la ampliación del derecho y el fortalecimiento de las políticas de inclusión a los estudios superiores, con calidad y pertinencia social. Esto como producto del trabajo que la Universidad viene desarrollando como resultado de los procesos reflexivos realizados, producto de las prácticas de evaluación y acreditación a los que se somete periódicamente.
Que los CGCB, para áreas de conocimientos disciplinares afines, se plantean como componentes de una visión estratégica para la mejora en la calidad de la formación universitaria, así como posibilitadores del acceso a la Educación Superior por parte de grandes sectores de la población que, debido a las enormes distancias que deben recorrer hacia los centros urbanos en donde radican las sedes centrales de las universidades y consecuentemente los costos que esto significa para las familias, optan por desestimar su ingreso,
Que la provincia de Mendoza por sus características geográficas y poblacionales cuenta con regiones que requieren, por parte del Estado, el Impulso de políticas integrales que apunten al logro de un desarrollo sostenible. En este sentido, el acceso a la Educación Superior se constituye en un potente instrumento de retención y/o atracción poblacional que permite paralizar y, en lo posible revertir, los procesos emigratorios desde las pequeñas ciudades hacia los centros densamente poblados.
Que la UNCuyo reconoce en este sentido que es necesario planificar, crear y desarrollar ofertas que permitan la presencia de la Universidad en todo el conglomerado poblacional que así lo requiera y asume el desafío de logrario.
Que se precisa definir mecanismos de gestión interinstitucional y generar normativa que garantice la articulación horizontal y vertical entre las Unidades Académicas responsables y el Rectorado para gestionar la creación y el desarrollo de nuevas carreras a partir de acciones sinérgicas entre la masa crítica ya formada en la UNCuyo y los actores involucrados.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones,
EL DECANO DE FACULTAD DE ARTES Y DISEÍ^O RESUELVE:
ARTÍCULO 1 ° . - Designar al siguiente personal docente universitario; 1. Datos P e r s o n a l e s del Docente designado Apellido y Nombres: PINO V I L L A R , María Paula Documento Unico: 32.623.867
Resol. N°
UNCUYO fad • 2017 A Ñ O D E lAS ENERGÍAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO NACIONAL DE CUYO
C.U.I.L, 0 C U . I . T . : 27-32623867-3 Legajo N°: 33.030
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo: Ayudante de Primera Dedicación; Simple Condición; Interina
Término de la designación Desde e l : UNO ( 1 ) de agosto de 2017 Hasta e l : TREINTA Y UNO ( 3 1 ) de diciembre de 2017
Denominación de la Unidad A c a d é m i c a Dependencia o Facultad: Facultad de Artes y Diseño Subdependencla: Carreras de Artes Visuales y Cerámica
E s p a c i o s currlcuiares 1) "Artes Visuales y Contexto I y U"
ARTÍCULO 2 ° . - Los haberes que devenguen el ejercicio de la función precisada deberán imputarse de la siguiente forma: Dependencia 4 4 , Programa 03, Subprograma 10, Actividad 02.
ARTÍCULO 3 ° . - El docente dispondrá de TREINTA (30) días para la presentación del certificado de aptitud psicofísica requerido para su desempeño laboral (Ley H° 22140/80), Condiciones de Ingreso y Decreto No 3413/79).
ARTÍCULO 4 ° . - En el caso que el profesor designado estuviese en situación de incompatibilidad (Decreto-Ley N'=' 3282/75, Régimen de Incompatibilidades Docentes), se le otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles posteriores a la comunicación oficial de la presente resolución, para que regularice la misma.
ARTÍCULO 5 ° . - Se procederá a la baja de la función asignada s i , vencidos uno o ambos plazos establecidos en los dos artículos precedentes, no resuelve la situación.
ARTÍCULO 6 ° . - Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N^ F, A.
MA/ííANpi SANTOS Prof. Í L O S BRAJAK ráimsTRATMA /
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FA-2017-RES-388 14/08/2017 (Carga: 14/08/2017) |
UNCUYO fad ^ . „„-,-.„ • 2017 A f l o DE l A S ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO NACIONAL DE CUYO
MENDOZA, '' 14 AGO 2 0 1 7
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 15907/17 donde obra la propuesta de designación de personal docente en el marco del Convenio N° 150/14-ME, suscripto entre la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Cuyo, de fecíia 4 de diciembre de 2 0 1 3 .
CONSIDERANDO:
Que la propuesta de creación y desarrollo de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos (CGCB) en subsedes distribuidas en el territorio provincial, a cargo de diferentes UUAA de la UNCuyo, tiene como propósito la ampliación del derecho y el foriialecimiento de las políticas de inclusión a los estudios superiores, con calidad y pertinencia social. Esto como producto del trabajo que la Universidad viene desarrollando como resultado de los procesos reflexivos realizados, producto de las prácticas de evaluación y acreditación a los que se somete periódicamente.
Que los C G C B , para áreas de conocimientos disciplinares afines, s e plantean como componentes de una visión estratégica para la mejora en la calidad de la formación universitaria, así como posibílitadores del acceso a la Educación Superior por parte de grandes sectores de la población que, debido a las enormes distancias que deben recorrer hacia los centros urbanos en donde radican las sedes centrales de las universidades y consecuentemente los costos que esto significa para las familias, optan por desestimar su ingreso.
Que la provincia de Mendoza p o r s u s características geográficas y poblacionales cuenta con regiones que requieren, por parte del Estado, el impulso de políticas integrales que apunten al logro de un desarrollo sostenible. En este sentido, el acceso a la Educación Superior se constituye e n un potente instrumento de retención y/o atracción poblacional que permite paralizar y , en lo posible revertir, los procesos emigratorios desde las pequeñas ciudades hacia los centros d e n s a m e n t e poblados.
Que la UNCuyo reconoce en este sentido que es necesario planificar, crear y desarrollar ofertas que permitan la presencia de la Universidad en todo el conglomerado poblacional que así lo requiera y a s u m e el desafío de logrario.
Que se precisa definir mecanismos de gestión interinstitucional y generar normativa q u e garantice la articulación horizontal y vertical entre las Unidades Q Académicas responsables y el Rectorado para gestionar la creación y el desarrollo de ^ nuevas carreras a partir de acciones sinérgicas entre la m a s a crítica y a formada en la UNCuyo y los actores involucrados.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones,
V EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ^^ ^^ "^" RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente personal docente universitario: 1. D a t o s P e r s o n a l e s d e l D o c e n t e d e s i g n a d o
Apellido y N o m b r e s : CARRIERI, Viviana Elina Documento Unico: 18.457.075
Resol. N° 888
UNCUYO fad • 2017 A Ñ O DE LAS ENERGIAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
C.U.I.L. 0 C.U.I.T,; 27-18457075-6 L e g a j o N°: 32.825
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle 2. D e s c r i p c i ó n d e l C a r g o
D e n o m i n a c i ó n del C a r g o ; Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación: Simple Condición: Interina
T é r m i n o de la d e s i g n a c i ó n
Desde el: U N O (1) d e a g o s t o d e 2 0 1 7 Hasta el: T R E I N T A Y U N O (31) de d i c i e m b r e d e 2 0 1 7
4 . D e n o m i n a c i ó n d e la U n i d a d A c a d é m i c a Dependencia o Facultad: Facultad de Artes y Diseño Subdependencla: C a r r e r a s de A r t e s Visuales y C e r á m i c a
E s p a c i o s c u r r i c u l a r e s
1) "Innovación Tecnológica Aplicada a las Artes Visuales"
ARTÍCULO 2 0 . - Los haberes que devenguen el ejercicio de la función precisada deberán imputarse de la siguiente f o r m a : Dependencia 4 4 , Programa 0 3 , S u b p r o g r a m a 1 0 , Actividad 02.
ARTÍCULO 3 0 . - El docente dispondrá de TREINTA (30) días para la presentación del certificado de aptitud psicofísica requerido para s u d e s e m p e ñ o laboral (Ley No 2 2 1 4 0 / 8 0 ) , Condiciones de Ingreso y Decreto 3413/79).
ARTÍCULO 4 ° . - En el caso que el profesor designado estuviese en situación de incompatibilidad (Decreto-Ley N° 3 2 8 2 / 7 5 , Régimen de Incompatibilidades Docentes), se le otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles posteriores a la comunicación oficial de la presente resolución, para que regularice la m i s m a .
ARTÍCULO 5 ° . - Se procederá a la baja de la función asignada si, vencidos uno o ambos plazos establecidos en los dos artículos precedentes, no resuelve la situación.
ARTÍCULO 6 ° . - Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
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CD-2017-RES-177 14/08/2017 (Carga: 14/08/2017) |
UNCUYO fad • 2017 AÑO DE LAS ENERGfAS RENOVABLES UNIVERSIDAD FACULTAD DE NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO
MENDOZA, [] 4 100
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 12522/17 caratulado "Dirección de Carreras de Diseño. FAD. EJEA, Silvina Eliana s/Selección de Cargos Docentes. UN ( 1 ) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos (SE), remplazante. Asignatura "Matemática". Según lo establecido por la Ordenanza N° 4/2015 C.D.".
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 5, consta el acta del j u r a d o encargado de atender el llamado a Selección del cargo que se menciona en el VISTO; conforme a la ordenanza N° 4 / 1 5 C.D. - Opción 2., proponiendo la designación de la Prof. Silvina Eliana EJEA.
Que, a fs. 25, la Dirección General Administrativa advierte que la persona seleccionada no se encuentra encuadrada en la Opción 2, que establece que los postulantes deberán ser "docentes, adscriptos egresados y egresados de la Facultad" y teniendo en cuenta que Secretaría Académica observa que debió convocarse a Opción 3 que enuncia: "En caso de imposibilidad de cobertura según los supuestos 1 y 2 y teniendo en cuenta el Perfil establecido, se convocará a selección externa a la Facultad de postulantes.", deberá el Consejo Directivo resolver respecto a este caso en particular.
Que analizadas las actuaciones, la Comisión de Enseñanza aconseja se deje sin efecto la presente Selección de Cargos Docentes por defectos de procedimientos y que la Dirección de Diseño realice una nueva convocatoria sobre dicho cargo.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en sesión del día 8 de agosto de 2 0 1 7 ,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dejar sin efecto la Selección de Cargos Docentes realizada en las presentes actuaciones teniendo en cuenta los motivos expuestos en el 2° CONSIDERANDO.
ARTÍCULO 2°.- Solicitar a la Dirección de Carreras de Diseño una nueva Selección de Cargos de acuerdo con la Ordenanza N° 4/15-C.D., para cubrir un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, remplazante, con destino al espacio curricular "Matemática"que se dicta en las Carreras de Diseño.
ARTÍCULO 3°.- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N°
F. A. lo
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CD-2017-RES-176 14/08/2017 (Carga: 14/08/2017) |
UNCUYO 1 / » ^ • 2017 A Ñ O DE LAS ENERGIAS R E N O V A B L E S UNIVERSIDAD F A C U L T A D DE N A C I O N A L DE C U Y O ARTES Y DISEÑO
MENDOZA, ¡]-AMQ 2917
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 27395/16 caratulado: "Dpto. de Egresos FAD "Proceso de Efectivizacion docente"Área: "Instrumentales vocales y Musicales"."
CONSIDERANDO:
Que por resolución N° 273/16-C.D. se aprobó la distribución por áreas de conocimientos (científicas y disciplinares) para iniciar el Proceso de Efectivizacion de docentes de esta Unidad Académica.
Que, posteriormente, se constituyeron las Comisiones Evaluadoras de Desempeño Docente de esta Facultad, según lo dispuesto por ordenanza N° 91/14-C.S., encargadas de realizar la revisión de antecedentes de los docentes cuyos cargos se encuentran en proceso de efectivizacion encuadrados en el Criterio IV de acuerdo con lo establecido por resolución N° 4 6 0 3 / 1 5 - R .
Lo actuado por los Miembros Titulares de la Comisión del Área Instrumentales vocales y ¡Musicales conformada por resolución N° 20/17-C.D., entre otras.
Los informes producidos por dicha Comisión y Dirección General Administrativa.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto en sesión del 8 de agosto de 2017,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Evaluadora del Área Instrumentales vocales y ¡Musicales que evaluó la gestión docente de los profesores que se detallan a continuación: > Prof. José Ernesto AGÜERO Cargo: Ayudante de Primera Dedicación: Simple Asignatura: Percusión I, II, III, IV y V - Licenciatura en Percusión Percusión I, II, III y IV - Ciclo Preparatorio Instrumento A, B, C y D - Licenciatura en Percusión Evaluación: Satisfactorio
Prof. Laura Beatriz BALMES Cargo: Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Agignatura Rítmica I y II - Licenciatura en ¡música Popular Evaluación Satisfactorio
Prof. Rosa Ynés BATURA Cargo: Profesor Adjunto Dedicación: Exclusiva Funciones: Pianista Acompañante Canto y Exámenes Finales Pianista Acompañante Vientos y Percusión Evaluación: Satisfactorio
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UNCUYO fad • 2017 A Ñ O D E LAS ENERGÍAS RENOVABLES íi^s^ UNIVERSIDAD F A C U L T A D DE N A C I O N A L DE C U Y O ARTES Y DISEÑO
> Prof. Roberto Antonio DI NARDO Cargo: Profesor Titular Dedicación: Semiexclusiva Asignatura: Trompeta I, II, III, IV y V - Licenciatura en Trompeta Trompeta I, II, III y IV - Ciclo Preparatorio Instrumento A, B, C y D - Licenciatura en Trompeta Instrumento A y B (CIEMU) - Licenciatura en Música Popular, orientación Vientos Instrumento I, II, III y IV - Licenciatura en Música Popular, orientación Vientos Evaluación: Satisfactorio
Prof. Diego Valentín FLORES Cargo: Profesor Asociado Dedicación: Simple Asignatura: Interpretación II Canto - Licenciatura en Música Popular, orientación Canto Evaluación; Satisfactorio
> Prof. Loreto Ximena HINOJOSA MELLA Cargo: Ayudante de Primera Dedicación: Simple Asignatura: Guitarra I, II, III, IVyV- Licenciatura en Guitarra Guitarra I, II, III y IV - Ciclo Preparatorio Instrumento A, B, C y D - Licenciatura en Guitarra Evaluación: Satisfactorio
> Prof. María de la Paz INIESTA Cargo: Profesor Adjunto Dedicación: Simple Función: Pianista Acompañante de los espacios curriculares: Práctica Escénica para Cantantes I, II, III y IV. Evaluación: Satisfactorio
> Prof. Claudia Mariana MATTA Cargo: Profesor Titular Dedicación: Simple Asignatura: Interpretación II Canto - Licenciatura en Música Popular, orientación Canto Evaluación: Satisfactorio
> Prof. Adela Virginia MOREIRA LIMA Cargo: Profesor Adjunto Dedicación: Semiexclusiva Asignatura: Guitarra I, II, III, IVyV- Licenciatura en Guitarra Guitarra I, II, III y IV - Ciclo Preparatorio Instrumento A, B, C y D - Licenciatura en Guitarra Evaluación: Satisfactorio
ARTICULO 2°.- Continuar con el trámite de Efectivizacion de acuerdo con lo establecido por resolución N" 4 6 0 3 / 1 5 - R .
ARTÍCULO 3°.- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCION N" 17 6 F. A.
EM/em. TécJJfíív. MARIANA SANTOS C A R L O S BRAJAK D I R ^ O R A G E N ^ R ^ Í - - A D M I N I S T R A T I V A DECANO
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CD-2017-RES-175 11/08/2017 (Carga: 11/08/2017) |
UNCUYO fad FACULTAD DE • 2017 AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES UNIVERSIDAD ARTES Y DISEÑO NACIONAL DE CUYO
MENDOZA, ( I 4gíJ 2017
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 12323/17 en el que la Secretaría de Posgrado solicita la designación de la Dra. Lorena Verónica MANZINI MARCHESI como Co-Directora de Tesis de la Lic. Fabiana Haydée PEREIRA, alunnna de la 4 t a . Cohorte de la Maestría en Arte Latinoamericano.
CONSIDERANDO:
La aceptación de la Comisión Académica Asesora de la mencionada carrera.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en sesión del 8 de agosto de 2 0 1 7 ,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1 0 . - Designar a la Dra. Lorena Verónica MANZINI MARCHESI como CoDirectora de Tesis de la Lic. Fabiana Haydée PEREIRA, alumna de la Ata. Cohorte de la Maestría en Arte Latinoamericano.
ARTÍCULO 2 0 . - Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
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FA-2017-CIR-001 11/08/2017 (Carga: 11/08/2017) |
UNCUYO fad FACULTAD DE • 2017 A Ñ O DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES
UNIVERSIDAD ARTES Y DISEÑO NACIONAL DE CUYO
CIRCULAR NO 1 TEMA: JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIAS
^^"doza, I 1 2017
SEÑOR
PRESENTE
Se comunica al Personal Docente y de Apoyo Académico que, por disposición de los miembros de Gabinete, deberá dar aviso a la Dirección de Personal y presentar Justificación de inasistencias de toda índole (clases, consultas, mesas examinadoras, razones particulares, licencias por enfermedad, etc.), hasta CINCO ( 5 ) días hábiles posteriores de producida la misma.
Caso contrario: SE PROCEDERÁ AL DESCUENTO DEL DIA CORRESPONDIENTE.
En v i r t u d de lo establecido, a partir del día de la fecha se pondrá en vigencia lo mencionado.
Sirva de atenta nota.
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