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FA-2024-RES-555 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 30589/24 caratulado: “Sol Castillo S/ Solicitud acreditación de la materia optativa “Electricidad y mantenimiento”. Carrera: Diseño Escenográfico FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna CASTILLO acredita mediante Certificado Institucional que cursó y aprobó la Materia Optativa “Electricidad y Mantenimiento” con una carga horaria de 40 horas, en la carrera de Tecnicatura Universitaria en Producción Audiovisual que se dicta en Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de esta Casa de Estudios.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de la Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Sol Ayelén CASTILLO GUTIÉRREZ (D.N.I. N° 36419009) la Materia Optativa “Electricidad y Mantenimiento” con una carga horaria de CUARENTA (40) horas, en la carrera de Diseño Escenográfico perteneciente a las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 555
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FA-2024-RES-554 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 33542/24 caratulado: “TAPIA URRA, CARLOS MANUEL. S/Acreditación Cátedra Abierta de Música Popular”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Alumnos informa que el alumno Carlos Manuel TAPIA URRA ha dado cumplimiento con la carga horaria de las actividades extracurriculares exigidas para la acreditación de “Cátedra Abierta de Música Popular” en la carrera de Licenciatura en Música Popular (Guitarra); acompañando al efecto el respectivo reporte de acreditación.
Los informes producidos por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Carlos Manuel TAPIA URRA (Registro Nº 27111 – DNI Nº 96106092) en calidad de Materia Optativa Complementaria “Cátedra Abierta de Música Popular” con CUARENTA Y OCHO (48) horas de carga horaria, correspondiente a la carrera de Licenciatura en Música Popular (Guitarra).
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 554
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FA-2024-RES-553 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 31667/24 caratulado: “Dirección de Alumnos. S/Acreditación Cátedra Abierta de Música Popular a Brenda Roggerone”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Alumnos informa que la alumna Brenda Natalí ROGGERONE ha dado cumplimiento con la carga horaria de las actividades extracurriculares exigidas para la acreditación de “Cátedra Abierta de Música Popular” en la carrera de Licenciatura en Música Popular (Canto); acompañando al efecto el respectivo reporte de acreditación.
Los informes producidos por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Brenda Natalí ROGGERONE (Registro Nº 24341 – DNI Nº 37613651) en calidad de Materia Optativa Complementaria “Cátedra Abierta de Música Popular” con CUARENTA Y OCHO (48) horas de carga horaria, correspondiente a la carrera de Licenciatura en Música Popular (Canto).
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 553
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FA-2024-RES-552 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 33541/24 caratulado: “NUÑEZ CASTRO, Abigail Micaela. S/Acreditación Cátedra Abierta de Música Popular”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Alumnos informa que la alumna Abigail Micaela NUÑEZ CASTRO ha dado cumplimiento con la carga horaria de las actividades extracurriculares exigidas para la acreditación de “Cátedra Abierta de Música Popular” en la carrera de Licenciatura en Música Popular (Canto); acompañando al efecto el respectivo reporte de acreditación.
Los informes producidos por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Abigail Micaela NUÑEZ CASTRO (Registro Nº 25788 – DNI Nº 40560871) en calidad de Materia Optativa Complementaria “Cátedra Abierta de Música Popular” con CUARENTA Y OCHO (48) horas de carga horaria, correspondiente a la carrera de Licenciatura en Música Popular (Canto).
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 552
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FA-2024-RES-551 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 14980/24 caratulado: “Gonzalo Hernán Puche S/ Solicitud Reconocimiento Académico de las actividades curriculares cumplimentadas durante el primer semestre de 2023 en UFRGS, Brasil”.
CONSIDERANDO:
Que el alumno Gonzalo Hernán PUCHE participó en el Programa de Movilidad Estudiantil, en el que cursó y aprobó distintos espacios curriculares durante el primer semestre de 2023, en UFRGS, Brasil.
El aval otorgado por el Profesor Titular de la asignatura “Música de Cámara I” y la opinión favorable de la Dirección de Carreras Musicales y Dirección de Alumnos.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el reconocimiento académico al alumno Gonzalo Hernán PUCHE (DNI N° 37194493) en la asignatura “Música de Cámara I” de la carrera de Licenciatura en Fagot, realizada en el marco de Movilidad Estudiantil durante el primer semestre de 2023, en UFRGS, Brasil.
ARTÍCULO 2°.- Reconocer al alumno Gonzalo Hernán PUCHE (DNI N° 37194493) como “Suplemento de Título” de la carrera de Licenciatura en Fagot, las siguientes actividades realizadas durante el primer semestre de 2023, en UFRGS – Brasil, en el marco establecido por Ord. Nº 9/20–C.D. (Art. 3), con una duración de TREINTA (30) horas cada una: “Práctica de Orquesta” “Laboratorio de Ejecución Instrumental I (Guitarra)” “Improvisación Musical I”
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 551
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FA-2024-RES-550 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 6837/23 que contiene las actuaciones referidas a la adscripción iniciada por la egresada Melisa Irupa LARA la cátedra “Enseñanza y Aprendizaje del Teatro” de las Carreras de Artes del Espectáculo.
CONSIDERANDO:
Que la egresada LARA presenta su renuncia a la presente adscripción debido a que la misma fue designada en un cargo docente para cumplir funciones en la catedra de “Actuación II”, según resolución 105/24 CD.
Por ello y a lo dispuesto en el inciso f) de las disposiciones generales contenidas en el Anexo Único de la ordenanza N° 11/09-C.D. y su modificatoria ordenanza Nº 12/13-C.D.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Cancelar la adscripción de la egresada Melisa Irupa LARA (D.N.I. N° 29.537.664)) en la cátedra “Enseñanza y Aprendizaje del Teatro”, de las Carreras de Artes del Espectáculo, para los Ciclos Lectivos 2023-2024, quien fuera autorizada mediante resolución Nº 376/23-FAD.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 550
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FA-2024-RES-549 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El trámite electrónico Nº 34790/24 caratulado: “Valeria Carolina Vitale S/ Solicitud autorización para dar inicio a la elaboración de Tesina. Carreras Musicales FAD -”
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte del docente que estará a cargo de la Dirección de la misma.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección de “Seminario Tesis” a la alumna de las Carreras Musicales de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumna VITALE, Valeria Carolina - Registro N° 26138. Seminario “Comunicación estratégica y difusión de conciertos en medios masivos: el caso de la Orquesta Barroca de Mendoza, como orquesta privada” Directora Lic. Vanina Silvana VITALE Co Directora Dra. Mariela Lourdes GONZÁLEZ Carrera Licenciatura en Música Popular (Teclados)
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 549
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CD-2024-RES-216 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 30315/24 caratulado: “Solicitud suplemento Mayor Responsabilidad a favor de HUMEREZ NUÑEZ, Roberto Claudio en Cat 5. - Dir. de Contrataciones y Patrimonio”.
CONSIDERANDO:
Que la Coordinación Económica Financiera de esta Facultad solicita la asignación de Suplemento por mayor responsabilidad correspondiente a un cargo Categoría 5 del Agrupamiento Administrativo al Sr. Roberto Claudio HUMEREZ NUÑEZ para cumplir funciones en la Dirección General Económica Financiera.
Que dicho pedido surge a raíz de las funciones que desempeña el Sr. HUMEREZ NUÑEZ las que superan ampliamente las responsabilidades que corresponden a su cargo de revista; entre las que se pueden enunciar: * Colaborar con la Dirección de Contrataciones y Patrimonio en la formulación, seguimiento y control de las contrataciones y suministros necesarios para el correcto funcionamiento de la Facultad; * Elaborar informes contables de las contrataciones realizadas; * Gestionar la tramitación de las actas de recepción de las compras efectuada; * Recibir y verificar las facturas correspondientes a las compras y servicios realizados por la Facultad; * Gestionar la tramitación de seguros solicitados por las diferentes áreas de la Facultad; * Mantener actualizado el registro de proveedores de la Facultad; * Asistir al Departamento de Patrimonio en la correcta recepción y registro de los bienes ingresados y egresados del patrimonio de la Facultad; * Colaborar en la coordinación con el departamento de Tesorería, Registros Contables y Auditoría Económica el pago a los proveedores contratados por la Facultad; * Elaborar los informes solicitados por la Dirección de Contrataciones y Patrimonio; * Proponer mejoras en los procedimientos existentes.
Que la Dirección de Personal informa que el Sr. Roberto Claudio HUMEREZ NUÑEZ revista en el cargo Categoría 07, efectivo, Agrupamiento Administrativo, para cumplir funciones en la Dirección General Económica Financiera.
Que dicho pedido encuadra en el Art. 72 del Dcto. 366/06 (Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No docente de Universidades Nacionales) que expresa: “Este suplemento se liquidará a los trabajadores no docentes que desarrollen tareas de mayor responsabilidad que la asignada a la categoría de revista y consistirá en una suma equivalente a la diferencia de su categoría con la correspondiente a la jerarquía que le toque desempeñar, en los casos establecidos en el art. 17 del presente convenio colectivo de trabajo. Sólo se aplicará este suplemento cuando exista la vacante o el titular del cargo se encuentre con licencia que dé origen a la cobertura de la mayor responsabilidad…”
Que por otra parte, en concordancia con lo dispuesto por Art. 17 del citado Decreto, prevé que el mencionado suplemento se abonará por el lapso en que se desempeñe tal función y si el plazo de permanencia en la nueva función excediera el año y el cargo estuviese vacante, deberán ponerse en marcha los mecanismos previstos en el capítulo de concursos.
Que la Secretaría Administrativo-Financiera informa que cuenta con la disponibilidad presupuestaria para atender lo solicitado.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 22 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asignar transitoriamente un Suplemento por Mayor Responsabilidad al Sr. Roberto Claudio HUMEREZ NUÑEZ (Legajo Nº 32892 – CUIL N° 20-33445868-8) correspondiente a la diferencia de un cargo Categoría 7, efectivo, del Agrupamiento Administrativo en el que revista y un cargo Categoría 5 del mismo Agrupamiento, para cumplir las funciones en la Dirección General Económica Financiera de esta Facultad, desde el UNO (1) de octubre, intertanto se tramita la cobertura del cargo mediante concurso y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1-Gasto de Personal- del Presupuesto Ordinario de esta Facultad Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 3°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 216
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CD-2024-RES-215 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 29111/24 caratulado: “SECRETARIA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO.S/Solicitud Subrogancia a la Lic. Mónica Silvia Sura”.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaria de Investigación y Posgrado solicita un Suplemento por mayor responsabilidad a la Lic. Mónica Silvia SURA, correspondiente a un cargo Categoría 3 del Agrupamiento Administrativo más la asignación de funciones (por tratarse de un cargo del Tramo Superior) para desempeñar las tareas a cargo de la Jefatura del Departamento Operativo del Área de Posgrado, dependiente de esa Secretaria.
Que dicho pedido surge del cargo vacante producido por la reciente jubilación de la Sra. Silvia Ema JATIB, quien cumplía al momento de su desvinculación funciones en dicha Área; lo que resulta inminente la necesidad de cubrir las tareas y responsabilidades que el sector requiere.
Que la Dirección de Personal informa que la Lic. Mónica Silvia SURA revista en el cargo Categoría 06, efectivo, Agrupamiento Administrativo, para cumplir funciones en el Departamento Operativo de la Secretaría de Investigación y Posgrado y además percibe un Adicional por Carácter Critico, para cumplir funciones en el mismo sector, según Resol. Nº 703/23-CD,. Asimismo, aclara que, en el caso de acceder al presente pedido deberá darse de baja al Adicional asignado.
Que dicho pedido encuadra en el Art. 72 del Dcto. 366/06 (Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No docente de Universidades Nacionales) que expresa: “Este suplemento se liquidará a los trabajadores no docentes que desarrollen tareas de mayor responsabilidad que la asignada a la categoría de revista y consistirá en una suma equivalente a la diferencia de su categoría con la correspondiente a la jerarquía que le toque desempeñar, en los casos establecidos en el art. 17 del presente convenio colectivo de trabajo. Sólo se aplicará este suplemento cuando exista la vacante o el titular del cargo se encuentre con licencia que dé origen a la cobertura de la mayor responsabilidad…”
Que por otra parte, en concordancia con lo dispuesto por Art. 17 del citado Decreto, prevé que el mencionado suplemento se abonará por el lapso en que se desempeñe tal función y si el plazo de permanencia en la nueva función excediera el año y el cargo estuviese vacante, deberán ponerse en marcha los mecanismos previstos en el capítulo de concursos.
Que la Secretaría Administrativo-Financiera informa que cuenta con la disponibilidad presupuestaria para atender lo solicitado.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 22 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Limitar, a partir del UNO (1) de octubre de 2024, el Adicional por Carácter Critico, asignado a la Lic. Mónica Silvia SURA (Legajo Nº 28.223- CUIL n° 2717252333-7) para cumplir funciones en el Departamento Operativo de la Secretaría de Investigación y Posgrado de esta Facultad, dispuesta mediante Resol. n° 703/23-FAD.
ARTÍCULO 2°.- Asignar transitoriamente un Suplemento por Mayor Responsabilidad a la Lic. Mónica Silvia SURA (Legajo Nº 28.223- CUIL n° 27-17252333-7) correspondiente a la diferencia de un cargo Categoría 6, efectivo, del Agrupamiento Administrativo en el que revista y un cargo Categoría 3 del mismo Agrupamiento, para cumplir las funciones a cargo de la Jefatura del Departamento Operativo del Área de Posgrado, dependiente de la Secretaria de Investigación y Posgrado, desde el UNO (1) de octubre, intertanto se tramita la cobertura del cargo mediante concurso y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 3°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1-Gasto de Personal- del Presupuesto Ordinario de esta Facultad Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 4°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 5°.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 215
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CD-2024-RES-214 23/10/2024 (Carga: 29/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 5537/24 caratulado: “CARRERAS DE ARTES VISUALES S/Convocar a concurso interino un cargo de JTP SE cátedra "Problemática Educativa" por Ord. 01/20- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Acta de Cierre de inscripción del concurso figuran los siguientes postulantes inscriptos: Pablo Sebastián MORÓN y Daiana Gisel BASCETA OLMOS.
Que agotada la instancia de sustanciación del concurso, la Comisión Asesora designada para atender en dicho concurso se expidió mediante Acta Final (subsanada) contenida a fs. 369/373, estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1°- Pablo Sebastián MORÓN (97p). Asimismo, en la misma Acta se dejó constancia que la postulante Daiana Gisel BASCETA OLMOS no figura en el orden de mérito dado que obtuvo un puntaje menor a los 40 puntos.
Que a fs. 391 la Comisión de Concursos del Consejo Directivo le solicita a la Comisión Asesora ampliación de dictamen, discriminando la asignación de puntaje otorgado en cada ítem de los postulantes. El mismo se encuentra incorporado a fs. 394/396, ratificando su actuación.
Que de acuerdo con la formalidad concursal, se ha dado cumplimiento con las notificaciones y plazos correspondientes y no se han presentado impugnaciones a la decisión del Jurado.
Lo acordado en Sesión Plenaria del día 8 de octubre de 2024.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora en el concurso convocado mediante resolución N° 95/24-CD, para proveer con carácter interino, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Problemática Educativa” que se dicta en las Carreras de Artes Visuales, Cerámica, Artes del Espectáculo, Musicales y Diseño de esta Facultad; estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1°- Pablo Sebastián MORÓN (97p).
ARTÍCULO 2°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres MORÓN, Pablo Sebastián Documento Único 34665186 CUIL o CUIT 20-34665186-6 Legajo 34.005
Resol. N° 214
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Semiexclusiva Condición Interino
Término de la designación Desde UNO (1) de noviembre de 2024 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes Visuales, Cerámica, Artes del Espectáculo, Musicales y Diseño
Espacio/s Curriculares 1) “Problemática Educativa”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina 5 Ciencias Sociales
Subdisciplina 5 1 Docencia en otros niveles
Especialidad 9 9 “Problemática Educativa”
ARTÍCULO 4°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° forma parte de los Planes de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Participación Descripción de la Carrera Títulos Porcentual 6464 Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales 11,11% 6465 Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte 11,11% 6462 Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística 11,11% 6466 Profesorado de Grado Universitario en Música 11,11% 6476 Profesorado de Grado Universitario en Teorías Musicales 11,12% 6469 Profesorado de Grado Universitario en Música- Ciclo de Profesorado 11,11% 6463 Profesorado de Grado Universitario en Teatro 11,11% Profesorado de Grado Universitario en Escenografía- Ciclo de Profesorado 11,11% 6422 Profesorado de Grado Universitario en Diseño- Ciclo de Profesorado 11,11% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 5°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 100,00 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 808 Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Semiexclusiva
Resol. N° 214
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 8°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 214
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CD-2024-RES-213 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 19279/24 caratulado: “BOSQUET, Diego Jesús S/Elevación del proyecto para la creación del CIFAD - Musicología Histórica, en los términos de la Ord. Nº 9 / 2023. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que se eleva la propuesta para la creación de un Centro de Investigación, en el marco de la Ordenanza N° 9/23-CD.
Que los Centros de Investigación se orientan principalmente en articular actividades de investigación, docencia y extensión entre las distintas áreas y carreras de esta Facultad y con el medio, de manera recíproca, promoviendo metodologías adecuadas para la formulación, implementación y transferencia de proyectos de investigación y vinculación en las áreas de Artes y Diseño.
Que a tal efecto el Consejo Asesor de Investigación y Posgrado de la FAD analizó y aprobó el Proyecto de Centro de Investigación formulado por el Dr. Diego Jesús BOSQUET, docente de esta Unidad Académica.
El visto bueno de la Secretaría de Investigación y Posgrado de esta Facultad.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 3 de setiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la creación del “Centro de Investigación FAD”, formulado por el Dr. Diego Jesús BOSQUET bajo la denominación “Musicología Histórica” en el marco de la Ordenanza N° 9/23-CD, según el detalle consignado en el ANEXO ÚNICO de la presente.
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 213
ANEXO ÚNICO 1. Denominación temática del CIFAD Musicología histórica
Fundamentación de la creación (máximo 300 palabras) Nuestra universidad tiene una larga tradición de investigación en música, y es reconocida como uno de los principales centros musicológicos de la Argentina. Los antecedentes son numerosos, y entre ellos debemos mencionar el Instituto de Musicología que creó Francisco Curt Lange, valorado como uno de los musicólogos más importantes de toda América. Inaugurado en 1948, el instituto se convirtió en la primera institución argentina dedicada a la musicología dentro de una universidad, y desde aquí se llevaron a cabo destacados proyectos, como la publicación de la Revista de Estudios Musicales. Lamentablemente, las autoridades que se hicieron cargo de la Universidad Nacional de Cuyo, luego de la intervención de 1955, decidieron cerrar el instituto. Más cerca en el tiempo, vemos a nuestra Facultad de Artes y Diseño participando activamente y siendo sede de Jornadas Nacionales de Musicología y de Conferencias de la Asociación Argentina de Musicología. No obstante el gran desarrollo que ha tenido la investigación musicológica en Mendoza, principalmente a través de proyectos y programas subsidiados por la Secretaría correspondiente de la Universidad y por la Facultad de Artes y Diseño (proyectos internos), no existe un ámbito institucional de reflexión y puesta en común entre los investigadores que participan de los diferentes proyectos. A esto debemos sumar la gran cantidad de tesis de maestría y tesinas de grado vinculadas con la música, observando que, en general, los tesistas transitan su camino en soledad. En cuanto a la denominación del CIFAD propuesto, creemos que al llamarlo “Musicología Histórica” estamos siendo bastante amplios para incluir todos los proyectos que tengan como objetivo la investigación musical en su perspectiva histórica, pero a la vez somos específicos para dar espacio a que se creen otros CIFAD vinculados con la etnomusicología, la educación musical, entre otras disciplinas afines.
Objetivos del CIFAD General: Brindar un espacio de reflexión, formación y acompañamiento a los investigadores que desarrollan su actividad en el terreno de la musicología histórica. Específicos: Difundir las investigaciones que llevan a cabo los integrantes del centro. Realizar tareas de extensión con la comunidad mendocina y argentina. Trabajar en conjunto con otros centros de investigación, universitarios o no. Brindar un programa de formación para los investigadores del centro, y cualquier interesado de la FAD.
Plan de transferencia a la docencia de grado y/o posgrado de la FAD y/o de la TUPA (máximo 500 palabras) La transferencia a la docencia de grado se hará directamente a través de los docentes que integran el CIFAD hacia sus cátedras: Historia de la Música, Análisis de la Música del Siglo XX, Contrapunto, Fuga, Armonía, Audioperceptiva, etc. Se realizarán actividades dirigidas especialmente a los estudiantes de grado (charlas, conciertos, etc.). En cuanto a la transferencia a la docencia de posgrado, se propondrán cursos que cumplan con los requisitos para ser acreditados en maestrías y/o doctorado, contemplando las temáticas que puedan resultar de interés para los estudiantes de posgrado. Además, se invitará a integrar el CIFAD a los maestrandos y/o doctorandos que estén elaborando sus tesis sobre temas vinculados con la musicología histórica.
Resol. N° 213
Anexo Único- Hoja 2
Áreas de estudio comprendidas (máximo 100 palabras) Historia de la Música, Historia del Arte, Análisis Musical, Pedagogía Musical, Historia Regional, Historia Cultural.
Adjuntar PDF con propuesta de reglamento interno (opcional)
Enumerar proyectos y programas de investigación desarrollados por cada uno de sus integrantes (últimos 5 años) Diego Jesús BOSQUET (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Director Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Director Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Proyecto: El arte en Mendoza, 1983-2001. Líneas de encuentros, debates y transformaciones Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: El arte en Mendoza, de las imágenes de la revolución a las de la guerra civil Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Silvia Susana MERCAU (FAD) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Directora Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Directora Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Miembro integrante desde 2021 del Grupo de Trabajo “Música y Periódicos” coordinado por la Dra. Maria Alice Volpe (UFRJ, Brasil), perteneciente a la Asociación Regional para América Latina y el Caribe (ARLAC) de la International Musicological Society (IMS). URL: https://www.gtmp-arlac-ims.org/ Luciana Natalia ORELLANA LANÚS (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025
Resol. N° 213
Anexo Único- Hoja 3
Proyecto: Hacia el estudio de interpretaciones y versiones de la música popular de base tradicional y su incidencia en torno a la circulación. Propuesta para su análisis y sistematización. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Octavio CERÚSICO (FAD) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Juan Antonio SÁNCHEZ MENDOZA (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Álvaro HERRERA SAGUÍ (FAD) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Ignacio Figueroa FERNÁNDEZ (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Germán SARTORI (FAD) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025
Resol. N° 213
Anexo Único- Hoja 4
Mario Agustín MASERA (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Codirector Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Codirector Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Lucas RAMALLO (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Proyecto: Hacia la profesionalización de la interpretación históricamente informada en Mendoza. Segunda generación: años '80 y '90. Función: Codirector Año de inicio: 2020 Año de finalización: 2021 Proyecto: Las escenas musicales de Mendoza en tiempos de dictadura: el Auditorium de Casa Galli (periodo 1974 – 1984) Función: Codirector Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2023 Matías Javier GUTIÉRREZ BRUNET (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Matías Daniel ÁLVAREZ FRANKS (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025
Resol. N° 213
Anexo Único- Hoja 5
Proyecto: Hacia la profesionalización de la interpretación históricamente informada en Mendoza. Segunda generación: años '80 y '90. Función: Integrante Año de inicio: 2020 Año de finalización: 2021 Ramón Hugo CERÚSICO (FAD) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Codirector Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Codirector Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Fátima Graciela MUSRI (UNSJ) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las óperas de Arturo Berutti. Segunda parte. Función: Directora Año de inicio: 2020 Año de finalización: 2022 Proyecto: Publicaciones periódicas en San Juan: Redes, proyectos y trayectorias (1825 – 1925). Aportes desde la Historia Regional. Función: Integrante Año de inicio: 2023 Año de finalización: 2024 Proyecto: Historia de la Universidad Nacional de San Juan. Desarrollo y consolidación en clave regional. Primera parte (1995 – 2021). Función: Integrante Año de inicio: 2023 Año de finalización: 2024 Proyecto: Historias socioculturales del acontecer musical en Argentina (1890-2000)UBA Función: Integrante Año de inicio: 2020 Año de finalización: 2023 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa.FAD Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 María Ancelma ROSALES (FAD) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022
Resol. N° 213
Anexo Único-Hoja 6
Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Alejandro Rafael GIBOIN (FCPyS) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Adrián Darío RODRÍGUEZ (FAD) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Giuliana CERÚSICO (FFyL, UNCuyo) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Representaciones de la ciudad en la literatura de Mendoza. FFyL. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Loreto Ximena HINOJOSA MELLA (FAD) Proyecto: Música contemporánea latinoamericana para guitarra desde 1950. 5ta.Etapa Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025
Actividades a desarrollar (máximo 600 palabras) Organización de cursos y seminarios (acreditables para estudiantes de posgrado). Participación en congresos nacionales e internacionales. Organización de charlas con temáticas vinculadas a la musicología histórica.
Resol. N° 213
Anexo Único- Hoja 7
Organización de jornadas y otros eventos científicos con el objeto de capacitar a jóvenes investigadores y difundir los temas de estudio de la musicología. Organización de conciertos. Contactos con otras instituciones locales, regionales, nacionales e internacionales vinculadas a la temática del CIFAD.
Autoridades y comité asesor (adjuntar resumen CV en PDF del director/a) Director: Diego Jesús BOSQUET Coordinadora: Silvia Susana MERCAU Representantes de docentes investigadores de la FAD: Luciana Natalia ORELLANA LANÚS Octavio CERÚSICO Representantes de estudiantes de la FAD: Juan Antonio SÁNCHEZ MENDOZA Álvaro HERRERA SAGUÍ Representantes de egresados de la FAD: Ignacio FIGUEROA FERNÁNDEZ Germán Abel SARTORI
RESOLUCIÓN Nº 213
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CD-2024-RES-212 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO: El expediente electrónico Nº 16772/24 caratulado: “Museo BAC - S/ Proyecto celebración del centenario de María Juana Heras Velasco Adhesión del Museo de Bienes Artístico Culturales, FAD UNCUYO Sept.-Nov. 2024”.
CONSIDERANDO: Que la Directora del Museo Bienes Artísticos Culturales FAD solicita la utilización de la vitrina del Edificio de Docencia con el propósito de exhibir la obra “Paz” de María Juana Heras Velasco.
Que dicho solicitud se funda en la voluntad de este Museo en la adhesión al Proyecto celebración del centenario de María Juana Heras Velasco, impulsado por el Archivo Taller Heras Velasco (ATHV), que incluye a una veintena de instituciones de todo el país, que han sido invitadas a participar de la puesta en valor de las obras de la artista que integran sus colecciones respectivas.
Que por su parte, el “Archivo Taller Heras Velasco” nace en 2014 con la misión de preservar, investigar, difundir y activar el legado de la escultora María Juana Heras Velasco, realizando exposiciones, publicaciones y ponencias de las obras de la destacada artista.
Que esta micromuestra tiene como objetivo difundir la producción de María Juana Heras Velasco, y rendirle homenaje al cumplirse 100 de su natalicio y 10 años de su fallecimiento; Conectar diversas ciudades de nuestro país a través de sus esculturas, configurando una gran constelación de obras, instituciones y públicos; Difundir la colección del Museo BAC, adhiriendo al Proyecto celebración del centenario de María Juana Heras Velasco, impulsado por el Archivo Taller Heras Velasco.
La opinión favorable de la Dirección de Carreras de Diseño y de la Secretaria de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional.
Lo dispuesto por ordenanza N° 1/23-CD.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 24 de setiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Institucional la adhesión del Museo de Bienes Artístico Culturales FAD para llevar a cabo la exhibición, en conmemoración del centenario de las obras artísticas de María Juana Heras Velasco, el que se llevó a cabo entre los días DOS (2) y TREINTA (30) de setiembre de 2024, en las vitrinas del Edificio de Docencia de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 212
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CD-2024-RES-211 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 19734/24 caratulado: “Nota Secretaria Académica s/elevación propuesta de Jornadas Instituciones-agosto 2024”.
CONSIDERANDO:
Que esta oportunidad, las Jornadas Instituciones plantean los siguientes objetivos: 1- Generar un espacio para actividades de formación y actualización de acuerdo a las normativas vigentes, así como de intercambio entre las y los docentes de la Facultad de Artes y Diseño (FAD). 2- Compartir información y recursos sobre competencias y evaluación; y su transferencia en la escritura de los programas de cátedra. 3- Brindar información en relación a aspectos contenidos en la programación curricular y normativas vigentes vinculadas al ejercicio de nuestra práctica docente.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 3 de setiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la realización de las Jornadas Institucionales agosto 2024 denominadas: “Solidaridad como espacio para la transformación. Colaboración y aprendizaje”, de acuerdo al programa que se adjunta en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 211
ANEXO ÚNICO
Jornadas Institucionales agosto 2024
Resol. N° 211
Anexo Único – Hoja 2
RESOLUCIÓN N° 211
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CD-2024-RES-210 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 18551/24 caratulado: “Nota Diputado Nacional Adolfo Bermejo s/prsentación Libro Obras "Completas de Jorge Marziali" en la FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el Diputado Nacional, Adolfo BERMEJO, solicita aval institución de esta Facultad para llevar a cabo la presentación del libro Obras Completas de Jorge Marziali, editado por la Academia Nacional de Folklore.
Que el mismo no posee finalidad comercial y se distribuirá gratuitamente en bibliotecas, Universidades y otras entidades de la cultura de nuestro país.
Que Jorge MARZIALI es uno de los más grandes creadores de acervo popular folklórico argentino. Poeta, escritor, músico, intérprete, refleja en su obra la variedad de los valores y riquezas.
La opinión favorable de la Secretaría de Extensión y Articulación Social.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 13 de agosto de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar Aval Institucional para la presentación del libro Obras Completas de Jorge Marziali”, organizado por los Legisladores Nacionales Liliana POPONET; Martín AVEIRO; Anabel FERNANDEZ SAGASTI y Adolfo BERMEJO, cuya actividad se llevó a cabo el día VEINTINUEVE (29) de agosto de 2024 en el Aula Teatro de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 210
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CD-2024-RES-209 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 30883/24 caratulado: “Solicitud de aval institucional - Feria Intergaláctica y hackatón internacional NASA Space Apps Challenge”.
CONSIDERANDO:
Que este evento está organizado por la ONG The Mars Society Argentina (TMSA) y la Facultad ha contado con una destacada participación en su edición anterior habiendo resultado seleccionado entre los 10 ganadores a nivel mundial un equipo de estudiantes de diseño industrial por su propuesta al hackatón - edición 2023.
Que el NASA Space Apps Challenge, hackatón internacional y anual de proyectos impulsada por la National Aeronautics Space Agency (NASA), es realizada de forma simultánea en más de 300 ciudades alrededor del mundo en un fin de semana.
Que el objetivo es formar equipos interdisciplinarios -con personas de distintas profesiones, como ingeniería, diseño, comunicaciones, etc.-, elegir alguno de los desafíos que plantea la NASA para solucionar problemáticas de la Tierra y el espacio y resolverlo utilizando información pública disponible de la NASA y otras entidades.
Que dicha solicitud de aval se encuentra enmarcada en la ordenanza N° 1/23-CD.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 24 de setiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar Aval Institucional a la Feria Intergaláctica y Hackatón Internacional NASA Space Apps Challenge, organizado por la ONG The Mars Society Argentina (TMSA) y se llevó a cabo de manera presencial en el Campus Barcala, Ciudad de Mendoza entre los días CUATRO (4) y SEIS (6) de octubre de 2024.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 209
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FA-2024-RES-548 22/10/2024 (Carga: 22/10/2024) |
MENDOZA, 22 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 28900/24 caratulado: “RIGHI, Valeria - Licencia Postmaternidad - 06/10/2024 al 03/01/2025 - CCER”.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia Post-Maternidad, con goce de haberes, a la Prof. Valeria RIGHI (Legajo N° 33.399) en el cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, en condición de reemplazante, para cumplir funciones en el “Taller de Matricería y Moldería”, Carreras de Cerámica de esta Facultad, por el periodo comprendido entre el SEIS (6) de octubre de 2024 y el TRES (3) de enero de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1º de la Ord. Nº 28/18-R., Artículo 48º inciso b) del Anexo II del Decreto Nacional Nº 1246/15-PEN (CCT), Ordenanza N° 32/16-R. y su modificatoria Ord. Nº 4/22-R.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 548
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FA-2024-RES-547 22/10/2024 (Carga: 22/10/2024) |
MENDOZA, 22 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 34510/24 caratulado: “Pedido pago adicionales mes Octubre por carácter crítico de la función a personal de la FAD 2024_ Ingreso 2025”.
CONSIDERANDO:
Que el personal de Servicio al que se le otorga dicho adicional se encuentra afectado en el marco del Plan de Actividades Programadas 2024.
Lo informado por la Coordinación de Infraestructura, Equipamiento y Servicios y la opinión favorable de Secretaría Administrativo-Financiero.
Que el presente pedido se encuentra contemplado en el Artículo 12, inc. e) de la Ord. Nº 23/15–C.S.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Asignar un“Adicional por Carácter Crítico de la Función” al personal de servicio que cumplió funciones durante el mes de octubre del corriente, conforme al Plan de Actividades Programadas 2024, de acuerdo al siguiente detalle:
Descripción de la Monto a Ítem Fecha Horario Agente Legajo Edificio Horas actividad pagar
08:00 1 19/10/2024 Ingreso 2025 Ana Laura REYES 31914 Edificio Docencia 5.5 $ 18.150 13:30
08:00 2 19/10/2024 Ingreso 2025 Abel LUCERO 33784 Edificio Docencia 5.5 $ 18.150 13:30
22 $ 36.300
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente corresponde ser imputado al Inciso 1 – Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 3°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 547
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FA-2024-RES-546 21/10/2024 (Carga: 21/10/2024) |
MENDOZA, 21 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 29617/24 caratulado: “Duplicado Acebedo, Victor Gabriel S/ Solicitud de Diploma de Intérprete Dramático”.
CONSIDERANDO:
Que el egresado argumenta su solicitud en el extravío sufrido del diploma original extendido según resolución N° 280/96–FAD. como así también el certificado analítico de egreso.
Que el Lic. Víctor Gabriel ACEBEDO presenta constancia de extravío emitida por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Gobierno de Mendoza.
Que dicho pedido se encuentra encuadrado en las disposiciones de la ordenanza N° 35/91–C.S. (artículo 27° - inciso a).
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la emisión en DUPLICADO del diploma de INTERPRETE DRAMÁTICO al egresado Víctor Gabriel ACEBEDO (DNI 21.592.105), nacido en la provincia de San Juan, República Argentina, el VEINTITRÉS (23) de setiembre de 1970, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 36/1987–C.S., con fecha de egreso DIEZ (10) de setiembre de 1996 y cuyo original fuera expedido mediante resolución N° 280/96–F.A.D., como así también la copia del certificado analítico de egreso.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 546
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FA-2024-RES-545 21/10/2024 (Carga: 21/10/2024) |
MENDOZA, 21 de octubre de 2024
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nº 20353/24, 20742/24, 28500/24, 29000/24, 31100/24 y 31128/24 donde obran los pedidos de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad para desempeñarse en cargos de mayor jerarquía, sin estabilidad, solicitado por personal de esta Unidad Académica.
CONSIDERANDO:
Que, en las actuaciones, corre agregado el Formulario N° 17 de la Circular N° 39/15 de Gestión de Personal de la Dirección de Personal de esta Facultad, como así también se incorpora la declaración jurada de cargos y funciones de las docentes y el informe de la Dirección General de Personal de Rectorado.
Que la licencia comprendida en la presente resolución, corresponde a la incompatibilidad surgida en los cargos de los agentes pertenecientes a la planta del personal docente de esta Unidad Académica.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la ordenanza N° 32/16–R. y su modificatoria Ord. Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia sin goce de haberes por incompatibilidad de Personal Docente Universitario, generada por las disposiciones vigentes aplicables, que afectan al cargo que desempeñan, para cumplir funciones en otro cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, por el período que se indica, de acuerdo con lo detallado en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 545
ANEXO ÚNICO Cargo de Cargo en el Disposiciones mayor Espacios Curriculares o Legajo CUIL Apellido/s y Nombres que se otorga Espacio/s Curricular/es Carrera Período aplicables jerarquía a funciones especiales licencia desempeñar
Art. 49º Punto II inciso a) apartado 1.a) Anexo II del Jefe de Trabajos Decreto Nº 1246/15 Profesor Adjunto 01/09/24 Prácticos Diseño Cerámico I, II Diseño Cerámico I, II 32.408 27-14607704-3 COMADRÁN, María Gloria Ord. 28/00-CS. (S) Cerámica al (S) Diseño Cerámico II (Optativa) Diseño Cerámico II (Optativa) Ord. 12/2000-R Interino 31/12/24 Efectivo Art. 45º - Estatuto Universitario
Art. 49º Punto II inciso a) Departamento de Aplicación Profesor Adjunto apartado 1.a) Anexo II del Vicedirectora 02/09/24 Docente (DAD) dependiente 25.432 27.22189273-4 DE LA ROSA, María Eugenia (S) Problemática Educativa Decreto Nº 1246/15 Efectivo a al de la Dirección General de Interino Ord. 28/00-CS. termino 31/12/24 Educación Secundaria (DiGES) Ord. 12/2000-R.
01/09/24 y mientras Rítmica y Percepción Auditiva Art. 49º Punto II inciso a) dure la A,B, C, D apartado 1 Nº 1246/15 licencia de Profesor Adjunto Lectura Musical I a V Profesor Adjunto Audioperceptiva I y II Ord. 28/00-CS. la Prof. 27.569 20-26128965-3 RODRÍGUEZ, Adrián Darío (S) Rítmica y Percepción Auditiva (SE) Rítmica I y II Musicales Ord. 12/2000-R. Elisabeth Interino A, B, C, D Reemplazante Lenguaje Musical Avanzado Art. 45° del Estatuto GUERRA Iniciación y Lectura Musical I Universitario y no más a IV allá del al 31/12/24
Art. 49º Punto II inciso a) apartado 1 Nº 1246/15 Contrabajo I a V Profesor Adjunto Contrabajo I a V Profesor Titular 01/10/24 Ord. 28/00-CS. Contrabajo ABCD 26.866 20-24878771-7 MELCHIORI, Laureano Fernando (S) Contrabajo ABCD (SE) Musicales al Ord. 12/2000-R. Iniciación y Contrabajo I a IV Interino Contrabajo I a IV Preparatorio Interino 31/12/24 Art. 45° del Estatuto Preparatorio Universitario
Anexo Único – Hoja 2
Art. 49º Punto II inciso a) Jefe de Trabajos apartado 1.a) Anexo II del Profesor 01/10/24 CANIULLÁN HERNÁNDEZ, Prácticos Decreto Nº 1246/15, Ord. Asociado 29295 27-28701838-5 Taller de Matricería y Moldería Taller de Matricería y Moldería Cerámica al Miriam Paola (S) 28/00-CS. y Ord. 12/2000- (S) 31/12/24 Efectivo R. - Art. 45º - Estatuto Interino Universitario
01/10/24 y mientras Art. 49º Punto II inciso a) dure la Ayudante de apartado 1.a) Anexo II del Jefe de Trabajos licencia de la Primera Decreto Nº 1246/15, Ord. Prácticos Prof. 33399 27-31546725-5 RIGHI, Valeria Taller de Matricería y Moldería Taller de Matricería y Moldería Cerámica (S) 28/00-CS. y Ord. 12/2000- (S) CANIULLÁN Efectivo R. - Art. 45º - Estatuto Reemplazante HERNÁNDEZ Universitario y no más allá del al 31/12/24
RESOLUCIÓN N° 545
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FA-2024-RES-544 21/10/2024 (Carga: 21/10/2024) |
MENDOZA, 21 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 34216/24 caratulado: “BRAJAK, Tania – BAJA POR RENUNCIA - 01/11/24 - Agrup. Adm. Cat 07 - Departamento de Ingreso”.
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Tania BRAJAK presenta su renuncia al cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, efectivo, para cumplir funciones en el Departamento de Ingreso y Estadísticas dependiente de la Secretaría Académica de esta Facultad, debido a que la misma accedió mediante concurso efectivo a un cargo Categoría 3 del mismo Agrupamiento, según resolución N° 560/24-C.S.
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el Art. N° 10 de la Ord. N° 44/22-R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de noviembre de 2024, a la Sra. Tania BRAJAK (Legajo N° 31638 – CUIL N° 27-24893789-6) en el cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, efectivo, para cumplir funciones en el Departamento de Ingreso y Estadísticas dependiente de la Secretaría Académica de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.- Limitar, al UNO (1) de noviembre de 2024, el Suplemento por Mayor Responsabilidad asignado transitoriamente a la Sra. Tania BRAJAK correspondiente a un cargo Categoría 3 del Agrupamiento Administrativo, con funciones a cargo de la Jefatura del Departamento de Ingreso dependiente de la Secretaría Académica de esta Facultad, el que fuera prorrogado desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024, mediante resolución Nº 248/23-CD.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 544
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FA-2024-RES-543 21/10/2024 (Carga: 21/10/2024) |
MENDOZA, 21 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico N° 41663/23 caratulado: “Continuidad E-CUY 37329/2021 Concurso Cerrado General 1 cargo efectivo cat. 3-Tramo Mayor Agrupamiento Administrativo para cumplir funciones de Jefe del Dpto. de Ingreso FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 2º de la resolución Nº 560/24-C.S., se designa con carácter efectivo, por concurso, a la Sra. Tania BRAJAK en el cargo que refiere en el Visto.
Que asimismo, corresponde a esta Facultad establecer la fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios de la mencionada agente a los efectos de la eficacia de la designación efectuada, de conformidad con lo expresado en el artículo 3º de la resolución Nº 560/24-C.S.
Que la Dirección de Personal informa que a partir del 1 de noviembre de 2024 se establece la fecha de efectiva prestación de servicios de la Sra. Tania BRAJAK. Asimismo, se aclara que mediante Expte. Electrónico N° 34216/24 la mencionada agente tramita la baja por renuncia en el cargo Categoría 07 del Agrupamiento Administrativo Efectivo, que revista en esta dependencia y su correspondiente Suplemento Mayor Responsabilidad cargo Categoría 03, asignado desde el 01/01/24 hasta el 31/12/24 según Resol. Nº 248/23-CD.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Fijar el UNO (1) de noviembre de 2024 como fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios de la Sra. Tania BRAJAK (Legajo N° 31638 – CUIL N° 27248937896-6) en el cargo Categoría 03 – Tramo Mayor– del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Jefe del Departamento de Ingreso de esta Facultad, designada mediante el artículo 2º de la resolución Nº 560/24-C.S.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 543
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CD-2024-RES-208 21/10/2024 (Carga: 21/10/2024) |
MENDOZA, 21 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico N° 31239/24 caratulado: “Carr. Diseño s/conv. conc. efectivo JTP (Simple) "Sociologia Aplicada al Diseño" Ord. 32/95 CS”.
CONSIDERANDO:
Que en el Acta de Cierre de Inscriptos del concurso de referencia figuran los siguientes postulantes: LOVAGLIO, Ricardo Hernán; FURLANI PALAZZI; María Laura; ESPINOSA ECHEGARAY, Flavia Carina y TARDINI, Francisco Fabricio.
Que llevándose a cabo la sustanciación el mismo, se incorpora el Acta Final elaborada por la Comisión Asesora designada al efecto, proponiendo el siguiente orden de méritos: 1º.- FURLANI PALAZZI, María Laura (801p). Asimismo, se deja constancia que los postulantes LOVAGLIO, Ricardo Hernán y ESPINOSA ECHEGARAY, Flavia Carina no acompañan carpeta de probanzas por lo tanto no cumplen con las condiciones formales en el proceso de evaluación y selección de aspirante; en el caso del concursante TARDINI, Francisco Fabricio queda excluido del mencionado orden de méritos ya que el mismo no se presenta en instancia de Prueba de oposición, quedando incompleta su evaluación.
Que el Departamento de Concursos informa que se ha llevado a cabo la notificación del acta propuesta por la Comisión Asesora. Asimismo, destaca que, habiendo transcurrido el plazo para la presentación de recursos, no se han manifestado impugnaciones a la decisión del jurado, por lo que correspondería la elevación al Consejo Directivo de las presentes actuaciones, a fin de aprobar el concurso y la designación de la mencionada docente, en el cargo concursado.
Que, por otra parte, la Dirección de Personal informa que la Prof. FURLANI PALAZZI revista en esta dependencia en el cargo de: Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interino, para cumplir funciones en la asignatura “Sociología Aplicada al Diseño” de las Carreras de Diseño de esta Facultad, según resol. n° 266/23C.D. Por otra parte, posee un cargo Coordinador de Área de Gestión de Facultad, Categoría B- Tiempo parcial, con funciones de Asesora Pedagógica, dispuesta por Resolución 677/23-FAD. y además percibe un Adicional por Carácter Crítico de la Función para cumplir funciones de Referente de Facultad de Artes y Diseño “V Autoevaluación Institucional y Evaluación Externa de la UNCuyo”. Por último, informa que correspondería la baja del cargo docente que se menciona; al momento de la efectivización del mismo, por tratarse de las mismas funciones.
Que se han tenido en cuenta los informes de Dirección EconómicoFinanciera, Secretaría Académica y Dirección de Personal de esta Unidad Académica.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 8 de octubre de 2024.
Por ello y de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 de la ordenanza Nº 32/95-C.S.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de noviembre de 2024, a la Prof. María Laura FURLANI PALAZZI (Legajo Nº 34011 – CUIL n° 27-23267681-2), en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interino, para cumplir funciones en la asignatura “Sociología Aplicada al Diseño” de las Carreras de Diseño de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024, según prórroga de designación efectuada por Resol. n° 266/23-C.D.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el concurso convocado por resolución N° 86/24-CD, para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones en la asignatura “Sociología Aplicada al Diseño” que se dicta en las Carreras de Diseño de esta Facultad, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Concursos para la designación de profesores auxiliares de docencia (ordenanza N° 32/95-C.S. y su modificatoria ordenanza N° 15/96-C.S.), estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1º.- FURLANI PALAZZI, María Laura (801p).
ARTÍCULO 3º.- Designar efectivamente al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres FURLANI PALAZZI, María Laura Documento Único 23.267.681 CUIL o CUIT 27-23267681-2 Legajo N° 34.011
El cargo de la presente designación efectiva responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Carácter Efectivo
Término de la designación A partir UNO (1) de noviembre de 2024
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curriculares/es 1) “Sociología Aplicada al Diseño”
ARTÍCULO 4°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 3° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 5 Historia Especialidad: 9 9 “Sociología Aplicada al Diseño”
ARTÍCULO 5°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 3° forma parte de los Planes de Estudios del Título que a continuación se detallan: Lista de Títulos: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 127 Diseño Gráfico 50 % 153 Diseño Industrial 50 % Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 6°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subdepen Fuente de Programa Subpro- Proyecto Actividad Obra Finali Función ParticiApartado -dencia Financia- grama -dad pación miento Porcentual 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100 %
Total de la distribució Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hace al cargo Escalafón 813 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple
ARTÍCULO 8°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 9°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 10°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 208
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CD-2024-ORD-009 21/10/2024 (Carga: 25/10/2024) |
MENDOZA, 21 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 18707/24 caratulado: “SECRETARIA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO S/elevación Proyecto Reglamento de la Maestría en Artes Escénicas Contemporáneas”.
CONSIDERANDO:
Que mediante Ord. N° 5/24-CD se auspicia la creación de la carrera de posgrado “Maestría en Prácticas Escénicas Contemporáneas” en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño de esta Casa de Estudios.
Que mediante el presente reglamento, la carrera de Maestría en Prácticas Escénicas Contemporáneas dará a conocer las bases y mecanismos de admisión, estructura curricular, modalidad de dictado y requisitos para la presentación de Trabajo Final de Maestría.
El aval de la Secretaria de Investigación y Posgrado de esta Facultad.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 13 de agosto de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el “Reglamento de la Carrera de Maestría en Prácticas Escénicas Contemporáneas” en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño de esta Casa de Estudios, de acuerdo con las condiciones y formalidades que se mencionan en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de ordenanzas del Consejo Directivo.
ORDENANZA N° 9
ANEXO ÚNICO
Reglamento de la Maestría en Prácticas Escénicas Contemporáneas
CAPÍTULO I: DE LA CARRERA
1 Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño
2 Tipo de carrera Maestría profesional
3 Título a otorgar Magister en prácticas escénicas contemporáneas otorgado por la Universidad Nacional de Cuyo
4 Estructura del Plan de Estudios Semiestructurado La carrera se organiza a partir de CUATRO (4) AREAS de formación: Área de Formación General; Área de Formación Metodológica; Área de Formación Profesional; Área Electiva.
CAPÍTULO II: DE LA GESTIÓN ACADÉMICA Y ADMINISTRATIVA DE LA CARRERA
Gestión académica y administrativa de la carrera
La carrera depende estructuralmente del área de gestión de Posgrado de la FAD. La estructura organizativa se compone de un/a Director/a, un/a Coordinador/a Académica, un Comité Académico y un Cuerpo Académico compuesto por el Cuerpo Docente a cargo del dictado de las actividades curriculares y el Cuerpo de Directores/as de Trabajos Finales Integradores a cargo de la dirección de los mismos.
Para formar parte de la gestión académica de la carrera se requiere, en todos los casos, poseer título igual o superior al que otorga la carrera o, excepcionalmente, mérito equivalente otorgado por el Consejo Directivo de la Facultad de Artes y Diseño reconocido sobre la base de los criterios establecidos en la normativa vigente de la Universidad Nacional de Cuyo.
La Secretaría de Investigación y Posgrado es responsable de: -Coordinar el componente administrativo de la carrera. -Supervisar el desarrollo de implementación de la carrera. -Contribuir a evaluar los procesos realizados en la carrera para procurar instancias de mejora continua y sistematización de la labor en informes escritos de gestión institucional. -Gestionar el componente financiero de la carrera.
Ord. N° 9
Anexo Único- Hoja 2
1 Mecanismos de designación, requisitos y funciones del Director/a, la Coordinación Académica, el Comité Académico y el Cuerpo Académico de la carrera:
1.1 Designación, requisitos y funciones del Director/a
El/la Director/a es propuesto por el Comité Académico y es designado/a por Resolución del Consejo Directivo de la Facultad. Para su selección se tienen en cuenta la trayectoria académica, artística y los antecedentes relevantes en la producción escénica, científica, docente, vinculación con el medio, gestión y formación de recursos humanos en temáticas relacionadas al campo disciplinar de la carrera.
El/la Director/a es responsable de la conducción de la carrera y de promover su nivel de excelencia en todo el proceso académico que implica, su planificación, ejecución, desarrollo, seguimiento y actualización.
En todos los casos, para continuar en funciones como Director/a, deberá cumplir con una instancia de evaluación, consistente en la presentación de un informe de gestión que será evaluado según los requisitos establecidos por la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño, acorde con los requerimientos de la normativa vigente.
Funciones del director/a
a) Instrumentar los lineamientos generales de la carrera. b) Supervisar el desarrollo de las actividades académicas. c) Llevar adelante las relaciones institucionales. d) Proponer al Decanato la designación del cuerpo docente propuesto para el dictado de asignaturas. e) Coordinar con el cuerpo docente las obligaciones académicas. f) Supervisar las tareas de gestión académico administrativas en conjunto con la Dirección Administrativa de Posgrado de la FAD relacionadas con la carrera.
1.2 Designación, requisitos y funciones del Coordinador/a Académico
El/la coordinador/a académico es propuesto por el/la directora de la carrera y designado por Resolución del Consejo Directivo de la Facultad. Para su selección se tienen en cuenta la trayectoria académica, artística y los antecedentes relevantes en la producción escénica, científica, docente, vinculación con el medio, gestión y formación de recursos humanos en temáticas relacionadas al campo disciplinar de la carrera. Además, deberá de contar con antecedentes en gestión de posgrado y participación en programas y proyectos de investigación y vinculación.
Funciones del/a coordinador/ a académica a) Coordinar el calendario académico y la programación curricular de los seminarios.
Ord. N° 9
Anexo Único- Hoja 3
b) Revisar la coherencia y pertinencia de los contenidos y metodologías de trabajo propuestos en los seminarios de la carrera. c) Efectuar el seguimiento de los/as estudiantes y docentes en el desarrollo de la carrera. d) Designación del Jurado encargado de evaluar el TFM y la defensa del mismo. e) Ratificar solicitudes de prórroga de presentación de trabajos finales. f) Ratificar solicitudes de readmisión a la carrera g) Asistir a la dirección en la elaboración de informes sobre el desarrollo de la carrera que le sean solicitadas. h) Aplicar los mecanismos de seguimiento de graduados/as. i) Diseñar y aplicar mecanismos de evaluación docente. j) Colaborar en la conformación de redes y acuerdos específicos con otras Instituciones para el desarrollo de programas de movilidad de docentes, investigadores/as y alumnos/as, la conformación de equipos y trabajos de investigación conjuntos, el desarrollo de publicaciones y producciones escénicas conjuntas.
1.3 Designación, requisitos y funciones del Comité Académico
El Comité Académico está integrado por un número impar de miembros designados por el Consejo Directivo de la Facultad y propuestos por el/a Director/a de la carrera, en función de sus antecedentes académicos, artísticos y científicos y la representatividad de las áreas del conocimiento que abarca la carrera. Podrá incluir especialistas de la Universidad Nacional de Cuyo u otros institutos de investigación y docencia superior.
Para integrar el Comité Académico se requiere: poseer título igual o superior al que otorga la carrera, contar con antecedentes relevantes en docencia, en prácticas escénicas, investigación y extensión relacionados con la temática de la carrera, acreditar formación de recursos humanos a nivel de posgrado, dirección de proyectos de investigación, extensión o vinculación, dictado de cursos y seminarios de posgrado. Contar, preferentemente, con antecedentes en gestión de posgrado y participación en programas y proyectos de investigación y vinculación.
En todos los casos, para continuar en funciones como integrantes del Comité Académico, cada dos años, quienes integren dicho cuerpo, deberán cumplir con una instancia de evaluación, consistente en la presentación de un informe de gestión que será evaluado según los requisitos establecidos por la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño, acorde con los requerimientos de la normativa vigente.
Funciones del Comité Académico a) Relativas a la estructura curricular: Brindar asistencia técnica en el diseño, desarrollo y seguimiento de la carrera de modo de contribuir a la optimización de los recursos vinculados con los objetivos propuestos en el plan de estudios.
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Anexo Único- Hoja 4
Realizar la autoevaluación de la carrera, a fin de destacar los logros y detectar áreas deficitarias o críticas, proponiendo planes de mejora. Determinar el otorgamiento de mérito equivalente del Cuerpo Docente. Promover la conformación de redes y acuerdos específicos con otras Instituciones para el desarrollo de programas de movilidad de docentes, investigadores/as y alumnos/as, la conformación de equipos y trabajos de investigación conjuntos, la realización de estudios comparados, el desarrollo de publicaciones y producciones escénicas conjuntas, el intercambio de jurados y directores de tesis.
b) Relativas al seguimiento de los/as estudiantes: Elevar al área de gestión de posgrado de la Facultad, la propuesta de los/as postulantes admitidos/as, para su posterior elevación al Consejo Directivo. Aceptar, rechazar o solicitar modificaciones del plan del Trabajo Final de Maestría (TFM) presentado por los/as estudiantes con el asesoramiento y conformidad de sus Directores/as de TFM. Proponer al área de gestión de posgrado de la Facultad la aceptación o no del/a Director/a de TFM propuesto/a (y del codirector/a si correspondiera). Aprobar las actividades de posgrado desarrolladas por los/as estudiantes y otorgar equivalencias. Evaluar el progreso de los/as estudiantes en la realización de sus trabajos finales integradores y, si fuera negativo, proponer las medidas a adoptar. Asesorar al área de gestión de posgrado de la Facultad sobre la designación del Jurado encargado de evaluar el TFM y la defensa del mismo. Resolver en forma conjunta con el área de posgrado de la Facultad, sobre todas las cuestiones concernientes al desarrollo del Plan de Estudio de la carrera en general o no previstas en la normativa específica. Evaluar solicitudes de prórroga de presentación de trabajos finales. Evaluar solicitudes de readmisión a la carrera.
1.4 Designación, requisitos y funciones del Cuerpo Docente
El Cuerpo Docente es designado por el Consejo Directivo de la Facultad previo aval del Comité Académico y Secretaría de Investigación y Posgrado, considerando su titulación a nivel de posgrado, sus antecedentes en investigación, producción escénica y docencia y sus capacidades para la formación de recursos humanos. El mismo está constituido por profesores e investigadores de la Facultad de Artes y Diseño, de la Universidad Nacional de Cuyo y de otras instituciones de reconocido prestigio. Su designación y el tipo de relación contractual de los docentes con la carrera, sigue las pautas establecidas en la normativa vigente de la Facultad y de la UNCUYO.
Los/as profesores/as a cargo de los cursos podrán ser estables e invitados/as:
Profesores estables: son aquellos docentes asignados a la carrera que forman parte del plantel docente de la Universidad que la ofrece y los/as que, provenientes de otras instituciones. 2. Profesores Invitados: aquellos docentes que asuman eventualmente parte del dictado de una actividad académica de la carrera.
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Anexo Único- Hoja 5
Funciones de los/as Docentes de la carrera
a) Dictado de los seminarios de la carrera según los formatos curriculares previstos por el plan de estudio (cursos teórico- prácticos, talleres, seminarios y laboratorios). b) Evaluación de los seminarios de la carrera según los formatos curriculares previstos por el plan de estudio (cursos teórico- prácticos, talleres, seminarios y laboratorios). c) Presentación de programas según los formatos curriculares previstos por el plan de estudio (cursos teórico- prácticos, talleres, seminarios y laboratorios). d) Dirección o codirección de trabajo final.
2 Mecanismos de designación, requisitos y funciones del Director/a y Codirector/a del Trabajo Final de Maestría
Los/as Directores/as y Codirectores/as del TFM son designados por el Consejo Directivo, previa evaluación de sus antecedentes y pertinencia por parte del Comité Académico Asesor y el área de gestión de posgrado de la Facultad, considerando que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Poseer título igual o superior al que otorga la carrera. b) Poseer antecedentes de investigación y/o escénicos en el tema del TFM propuesto. c) Poseer antecedentes en la dirección de tesis de posgrado o en la formación de recursos humanos.
Son funciones de los/as Directores/as y Codirectores/as del TFM:
a) Asesorar a los/as estudiantes en la elección del tema del TFM; la elaboración del proyecto del TFM, la presentación de informes de avances y la selección de las actividades complementarias para su formación. b) Orientar a los/as estudiantes en todo lo referente al desarrollo del trabajo de tesis tradicional, producción de obra o proyecto escénico que implica la elaboración del TFM. c) Informar al Comité Académico de la carrera acerca de las actividades de los/as estudiantes que dirigen toda vez que se lo requiera. d) Acompañar a los/as estudiantes en la elaboración del informe de avance anual de las actividades realizadas. e) Otorgar la aprobación final, y justificar la contribución de la producción artístico/científica desarrollada, habilitando a los/as maestrandos/as a presentar su TFM. El/la directora/a y Codirector/a del TFM pueden renunciar a sus funciones, a través de una nota dirigida al Comité Académico Asesor, que analizará el pedido de renuncia. Una vez aceptada la misma, el/la estudiante deberá proponer un nuevo Director/a o Codirector/a. El Comité Académico Asesor evaluará sus antecedentes, y notificará su aceptación o no. Durante el desarrollo de su trabajo los/as estudiantes pueden solicitar el cambio de Director/a de TFM. Esta propuesta debe ser analizada y resuelta por el Comité Académico Asesor.
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Anexo Único- Hoja 6
3 Constitución del Jurado de Tesis, mecanismo de selección, requisitos y funciones
El Jurado encargado de evaluar los Trabajo Finales de la Maestría debe estar constituido por TRES (3) miembros titulares y DOS (2) miembros suplentes que deberán ser artistas investigadores con trayectoria en la especialidad y modalidad sobre la que versa el trabajo. Podrán pertenecer a la Universidad Nacional de Cuyo, otras Universidades Argentinas o extranjeras. Deben poseer título superior o igual al que otorga la carrera, debiendo uno/a de ellos/as preferentemente ser un/a artista externo/a la Universidad Nacional de Cuyo y otro/a externo/a al programa de Maestría. El Jurado es designado por el Consejo Directivo, a propuesta del Comité Académico y el área de gestión de Posgrado de la Facultad, previa evaluación de sus antecedentes y pertinencia. En caso de ser necesario el reemplazo de un miembro titular se incorporará el suplente designado, sin mediar nueva resolución. En caso de que algún miembro del Jurado renunciara a su designación deberá presentar una nota fundamentada. Para su reemplazo se seguirá con el procedimiento indicado precedentemente.
CAPÍTULO III: DE LOS/AS ESTUDIANTES
1 Requisitos de admisión: Para ser admitidos/as en la carrera, los/as aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Poseer título de grado universitario, expedido por universidades nacionales o extranjeras, de gestión pública o privada, en disciplinas afines al abordaje disciplinar de la carrera. b) Acreditar dominio del idioma español. c) Cumplir con los requisitos formales que requiere la normativa de posgrado de la UNCuyo. d) En el caso de personas egresadas de otras carreras universitarias que no estén vinculadas al campo contemplado en la presente Maestría que soliciten la admisión por razones académicamente atendibles, el Comité Académico de la Maestría evaluará los antecedentes de la persona aspirante y emitirán un dictamen fundado de admisión, admisión condicional o rechazo de la solicitud. El Comité Académico tendrá la potestad de incorporar hasta dos seminarios adicionales de aprobación obligatoria, independientemente de los establecidos en el plan curricular, para estudiantes provenientes de disciplinas no vinculadas a la especificidad de la Maestría. e) Obtener la aprobación del Comité Académico. f) Para aquellos casos de excepción contemplados en el artículo 39 bis de la Ley 24521 de Educación Superior, los/as postulantes “podrán ser admitidos siempre que demuestren, a través de las evaluaciones y los requisitos que la respectiva universidad establezca, poseer preparación y experiencia laboral acorde con los estudios de posgrado que se proponen iniciar así como aptitudes y conocimientos suficientes para cursarlos satisfactoriamente”. La solicitud será sometida al juicio del Comité Académico de la Maestría.
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Anexo Único- Hoja 7
2 Inscripción La inscripción a la carrera se realiza a través del formulario establecido para tal fin por la Universidad Nacional de Cuyo.
2.1 Preinscripción on-line El proceso de selección se inicia cuando el/la aspirante completa un formulario de preinscripción on- line a la carrera y adjunta la documentación que se detalla a continuación:
a) Formulario de inscripción a la carrera. b) Documento de identidad escaneado (anverso y reverso), en formato pdf. c) Título de grado escaneado (anverso y reverso), en formato pdf o certificado de título en trámite. d) Certificado Analítico final de la carrera de grado, en formato pdf. e) Curriculum Vitae breve actualizado y firmado. f) Nota declarando el interés por el ingreso a la carrera en no más de (dos) 2 carillas. g) Pago del canon de preinscripción establecido por las autoridades en curso.
2.2 Proceso de selección. Nómina de aspirantes
La Secretaría de Investigación y Posgrado (SIP) correspondiente, a la Facultad de Artes y Diseño, remitirá la solicitud a la Dirección Administrativa de Posgrado que realizará el control y evaluación de la documentación que se adjunta y podrá solicitar información accesoria.
3 Proceso de admisión
Para recomendar la admisión, el Comité Académico realizará una evaluación del perfil y antecedentes de las/os postulantes, con el fin de determinar la viabilidad y pertinencia disciplinaria. Cuando se considere necesario se podrá solicitar una entrevista con las/los postulantes, para esclarecer cualquier aspecto vinculado a su postulación.
Las solicitudes de los/las aspirantes recibidas por la SIP en los plazos que oportunamente se establezcan, serán remitidas para que se expida en un plazo no mayor a CUARENTA Y CINCO (45) días hábiles acerca de la aceptación, determinación de otros prerrequisitos o rechazo de las mismas.
La solicitud de admisión podrá ser rechazada por defectos formales, documentación incompleta, o por haber sido evaluada su postulación como no pertinente. En este caso, el/la postulante deberá retirar su solicitud, pudiendo volver a presentar una nueva solicitud de admisión por única vez, la que seguirá el mismo proceso de admisión antes descripto.
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Anexo Único- Hoja 8
3.1 Inscripción definitiva
Una vez finalizado el proceso de admisión, se deben cumplir con los requerimientos formales establecidos por la normativa vigente de la UNCUYO y presentar la siguiente documentación en papel: Formulario debidamente firmado por el/la postulante. Certificado analítico y copia certificada del título de grado, título/s de posgrado (si corresponde).
Los títulos académicos obtenidos en el extranjero deben estar certificados por:
La Universidad de origen. El Ministerio de Educación (o su equivalente) del país de origen. La Embajada Argentina en el país de origen (Consulado del país donde obtuvo el título). Si el país no se encuentra inscripto en el convenio de La Haya, el trámite concluye en el Ministerio de Educación de la República Argentina.
La documentación redactada en idioma extranjero debe ser traducida por traductor público con registro
Copia del documento de identidad o pasaporte. Presentación de un CV con la información suficiente para valorar sus antecedentes de formación de grado y/o posgrado y/o desempeño profesional. Pago de la primera cuota establecida.
El procedimiento de admisión se completa mediante la elevación de la nómina de inscriptos/as para su aprobación mediante resolución del Consejo Directivo.
4 Requisitos de permanencia, promoción y graduación Para mantener su condición de regular se deberá:
a) Cumplir con la reinscripción anual según el formulario, el plazo y los requisitos establecidos para tal fin, por la Universidad Nacional de Cuyo. La reinscripción anual se realiza a través del sistema SIU GUARANI para estudiantes de posgrado. b) Cumplir con las obligaciones académicas de la carrera, previstas en el Plan de estudios. c) Presentar y aprobar los informes de avance anuales, según los requisitos formales y académicos establecidos por la carrera d) Cumplir con los plazos y los requisitos académicos y formales para la presentación del Trabajo Final de Maestría, según lo establecido por el área de posgrado de la FAD. e) Estar al día con las obligaciones económicas de la carrera. f) Cumplir con los plazos y los requisitos académicos y formales para la defensa ya probación del Trabajo Final de Maestría. Los casos particulares a considerar como excepciones deben ser analizados y decididos por el Comité Académico y el área de gestión de posgrado de la Facultad.
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Anexo Único- Hoja 9
Requisitos específicos de la Carrera
4.1 Aprobación de las actividades curriculares: seminarios teóricos, seminarios teórico- prácticos y seminarios-taller
Para aprobar cada una de las quince (15) actividades curriculares los/las maestrandos/as deberán: 1. Asistir como mínimo al 80 % de las horas presenciales. 2. Rendir y aprobar la actividad curricular según la modalidad de evaluación establecida en el programa.
Si por razones particulares debidamente fundamentadas y certificadas mediante una nota elevada a la Dirección de la Carrera, un/a maestrando/a no se presentara a una de las instancias de evaluación en las fechas y plazos establecidos, podrá solicitar ser nuevamente evaluado/a en oportunidad del dictado de las actividades curriculares afines.
Estas obligaciones se aplican tanto a cursos teórico- prácticos como a los talleres, los seminarios y los laboratorios de la carrera.
4.2 Presentación y aprobación de informes de avance
Los/as maestrandos/as deberán presentar un informe de avance anual una vez aprobado su proyecto de Trabajo Integrador de Maestría. Esta es una herramienta de evaluación del proceso que detalla el progreso del trabajo, ayuda a identificar cualquier problema o desviación del plan original y facilita la retroalimentación entre los/as directores/as de tesis, el Comité Académico y los/as estudiantes de la carrera.
El informe deberá resumir de un modo claro y de fácil comprensión los objetivos, las metodologías utilizadas, los resultados (máximo 300 palabras) y algunas conclusiones parciales o finales derivadas del trabajo (máximo 200 palabras) así como las dificultades encontradas que permitan justificar algunos retrasos en el avance de la Tesis que impliquen cambios en el plan original (Máximo 100 palabras).
Los informes de avances deberán ser presentados con el aval de los/as directores/as a los efectos de ser evaluado ante el Comité Académico.
5 Régimen, instrumentos y porcentaje máximo de equivalencias admitido
La Universidad Nacional de Cuyo promueve un sistema flexible de equivalencias para convalidar las actividades curriculares de posgrado que se dictan en el marco de las carreras y cursos de posgrado ofrecidos por la Facultad y las diferentes Unidades Académicas.
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Las actividades curriculares o seminarios que puedan ser considerados acreditables, que se hayan desarrollado en la Universidad Nacional de Cuyo, o en otros Centros Académicos y Científicos de reconocido prestigio, deben cumplir con la normativa específica de la Universidad Nacional de Cuyo y contar con la aprobación del Comité Académico de la carrera. Para ello el/la postulante debe aportar las probanzas que permitan juzgar los contenidos y la calidad de dichas actividades.
Se podrán acreditar actividades curriculares realizadas con anterioridad a la admisión en la carrera, hasta un 40% del total de horas totales del plan de estudios. El Comité Académico podrá considerar excepciones al presente artículo, por resolución fundada.
Para el otorgamiento de equivalencias se contemplará la calidad académica, carga horaria, trayectoria del docente responsable, contenidos mínimos y bibliografía de cada curso, según el formulario establecido a tal fin por la normativa vigente de la Universidad Nacional de Cuyo. En el caso de actividades académicas que se dictan como parte de la oferta de carreras de posgrado de la Universidad Nacional de Cuyo, la equivalencia será automática.
6 Políticas y procesos de seguimiento de estudiantes y graduados/as de posgrado
El seguimiento de los/as estudiantes de posgrado se realiza a través de diferentes instancias:
a) Del Comité Académico, encargado de supervisar que las/os estudiantes cumplan con los requisitos formales y académicos que implica el proceso de formación, aprobación de los informes de avance y los avances particulares requeridos respecto del TFM. b) Del Cuerpo Docente de las carreras, que aseguran el cumplimiento de las actividades curriculares a su cargo. c) Del Cuerpo de Directores/as de Trabajo Finales Integradores, quienes acompañan a las/os tesistas en su proceso formativo y guían los trabajos de cada actividad curricular y las actividades que deben desarrollar en el proceso de producción de sus trabajos finales integradores, desde la etapa de formulación de proyecto hasta su defensa y aprobación.
En todos los casos se debe informar al área de administración de posgrado de la Facultad sobre cualquier anormalidad detectada, a fin de que se propongan las medidas de corrección que se consideren necesarias.
La carrera contempla un programa de seguimiento de graduados/as que se desarrolla a través de:
la sistematización y divulgación de los proyectos escénicos, puestas en escena, trabajos de investigación, y de la producción artístico/científica desarrollada por las/os maestrandos/as,
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la incorporación de sus graduados/as como parte del cuerpo académico de la carrera, ya sea a través del dictado de actividades curriculares, o la dirección de nuevas tesis o trabajos finales y su participación activa en los seminarios de investigación y/ o cursos de posgrado que se dicten en el marco de las carreras u organizados por el área de gestión de investigación y posgrado de la Facultad.
Pasadas dos cohortes, las/os integrantes del Comité Académico y quien desempeñe funciones de Director/a de la carrera, podrán ser ratificados/as en sus funciones, o no, teniendo en cuenta los mecanismos de evaluación de desempeño de sus funciones de gestión y/o docencia, determinadas por la Facultad.
Para la postulación del cargo de Director/a, deberá tenerse en cuenta que el/la candidato/a posea un título igual o mayor al de la Maestría y deberá pertenecer al cuerpo docente de la Facultad de Artes y Diseño. Para la presentación de los/as candidatos, se realizará un proceso previo de selección por parte del Consejo Asesor de Posgrado de la Facultad, quien seleccionará 3 candidatos/as mediante la compulsa de antecedentes.
La designación de un/a nuevo/a Director/a deberá realizarse por concurso de antecedentes y presentación de una propuesta académica para el cumplimiento de las funciones de Dirección de la Carrera, según los términos y condiciones establecidos para tal fin por la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño.
El Cuerpo Docente es designado por el Consejo Directivo de la Facultad previo aval del Comité Académico y Secretaría de Investigación y Posgrado, considerando su titulación a nivel de posgrado, sus antecedentes en investigación, producción escénica y docencia y sus capacidades para la formación de recursos humanos. El mismo está constituido por profesores e investigadores de la Facultad de Artes y Diseño, de la Universidad Nacional de Cuyo y de otras instituciones de reconocido prestigio. Su designación y el tipo de relación contractual de los docentes con la carrera, sigue las pautas establecidas en la normativa vigente de la Facultad y de la UNCUYO.
Los/as profesores/as a cargo de los cursos podrán ser profesores/as estables e invitados:
Profesores estables: son aquellos docentes asignados a la carrera que forman parte del plantel docente de la Universidad que la ofrece y los/as provenientes de otras instituciones. 2. Profesores Invitados: aquellos docentes que asuman eventualmente parte del dictado de una actividad académica de la carrera.
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Anexo Único- Hoja 13
CAPÍTULO IV: DE LA EVALUACIÓN FINAL
1 Tipo de evaluación final: Trabajo Final de Maestría
2 Del proyecto de Trabajo Final de Maestría
Requisitos específicos de la Carrera.
Una vez que los/as maestrandos/as hayan cumplido con las obligaciones académicas y económicas del plan de estudios del primer año de cursado de la carrera, podrán presentar su proyecto de Trabajo Final de Maestría (TFM) acorde a una de las tres modalidades descritas a continuación, acompañado del formulario a cumplimentar por el/la directora/a y codirector/a propuesto/a y el aval de esto/as.
Tesis tradicional: abarca la producción de un trabajo escrito inédito que suponga la discusión y comunicación de aportes originales producidos en el área de conocimiento específico y que dé cuenta de la destreza en el manejo conceptual y metodológico propio del tema elegido. En el marco de esta maestría, se espera que este trabajo suponga un aporte particular a la práctica escénica profesional. Producción de obra o hecho escénico: supone la realización de una producción escénica que deberá contemplar el registro videográfico. Este dará cuenta de la destreza en el manejo conceptual y metodológico del campo disciplinar abordado. Estará acompañado de un texto ensayístico (memoria) que aporte la fundamentación teórica sobre la que se ha basado la producción en términos profesionales. Proyecto escénico: supone la presentación escrita de un proyecto de producción de obra escénica. Deberá contemplar el registro del proceso creativo concreto que dé cuenta de la destreza en el manejo conceptual y metodológico propio del campo disciplinar campo disciplinar abordado, como así también la fundamentación teórica sobre la que se ha basado la formulación del proyecto.
Los formularios para la presentación formal de los TFM contemplarán los siguientes puntos, de acuerdo al modelo de evaluación elegido:
2.1 Proyecto para Tesis tradicional
Título del Proyecto: un título claro y descriptivo que refleje el enfoque del proyecto de investigación. Descripción del Problema: breve explicación del problema de investigación que se abordará en la tesis. Objetivos del Proyecto: enumeración de los objetivos generales y específicos que se pretenden alcanzar con la investigación. Justificación: breve justificación de la importancia y relevancia del problema de investigación en relación al ejercicio profesional. Hipótesis o anticipaciones de sentido: establecimiento dos o más afirmaciones provisionales.
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Metodología Preliminar: descripción sucinta de los métodos y procedimientos que se utilizarán para llevar a cabo la investigación. Resultados Esperados: expectativas sobre los posibles resultados o hallazgos que se obtendrán al finalizar el trabajo. Cronograma Tentativo: estimación de los tiempos y etapas clave del proyecto, incluyendo la planificación, la recolección de datos, el análisis y la redacción. Referencias Preliminares: lista preliminar de las fuentes bibliográficas y recursos que se utilizarán como base para el proyecto.
2.2 Proyecto de Producción de obra o hecho escénico:
Justificación artística: explicación detallada de los motivos y razones sobre la creación de la obra, incluyendo su vinculación con marcos teóricos afines y la implicancia como artista/investigador/a. Objetivos creativos: establecimiento de los objetivos artísticos, creativos y profesionales que se pretenden alcanzar con la realización de la obra escénica. Revisión de la teoría existente: construcción de un breve marco teórico actualizado y coherente con la propuesta artística. Antecedentes escénicos relevantes: construcción de un breve marco históricoartístico que sitúe la propuesta respecto de otras exploraciones escénicas. Concepto escénico: desarrollo de un concepto escénico que incluya la dirección de arte, el diseño de escenografía, vestuario, iluminación, sonido, entre otros aspectos relevantes para la producción. Presupuesto y recursos: estimación de los recursos financieros y materiales requeridos para la producción de la obra, así como la planificación de su financiamiento. Cronograma de producción: establecimiento de un cronograma detallado que indique las etapas de preproducción, ensayos, producción y presentación de la obra o hecho escénico. Registro y reflexión: previsión de mecanismos de archivo, registro y reflexión sobre el proceso de creación y realización de la obra.
2.3 Proyecto para Proyecto escénico
Introducción: contextualización del proyecto y su importancia en el campo profesional. Descripción del tema-problema: explicación breve del tema problema que aborda el proyecto. Revisión de la teoría existente: construcción de un breve marco teórico actualizado y coherente con el proyecto escénico. Antecedentes escénicos relevantes: construcción de un breve marco históricoartístico que sitúe la propuesta respecto de otras exploraciones escénicas. Objetivos de la propuesta: establecimiento de los objetivos artísticos, creativos y profesionales que se pretenden alcanzar con el proyecto escénico. Metodología: procedimientos y/o técnicas a emplear para el diseño de un boceto o maqueta provisoria adecuada al campo profesional: diseño de vestuario, diseño de escenografía, guion dramatúrgico, gestión de espectáculo, proyecto con inclusión de tecnologías, etc.
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Recursos a utilizar: breve señalamiento de los insumos necesarios para el desarrollo del proyecto. Evaluación y Reflexión: previsión de mecanismos de evaluación y reflexión sobre el proceso de creación del proyecto escénico.
La evaluación del proyecto del TFM corresponde al Comité Académico Asesor de la carrera, quien analiza las propuestas presentadas, luego de lo cual emite un acta a partir de la que el proyecto resulta: aprobado, aprobado con observaciones menores, aprobado con modificaciones o desaprobado.
El Comité Académico establece el tiempo para que se realicen las modificaciones sugeridas. En caso de resultar desaprobado el proyecto, puede ser reformulado y volver a presentarse en los plazos establecidos a tal fin por el área de gestión de posgrado de la Facultad. Una vez aprobados los proyectos por parte del Comité Académico Asesor, se elabora un acta que es presentada al área de gestión de posgrado de la Facultad, quien eleva la propuesta de resolución respectiva al Consejo Directivo para su aprobación.
3 Modificaciones en el proyecto Trabajo Final de Maestría
En el proceso de elaboración del Trabajo Final de Maestría, las/los tesistas podrán cambiar el tema con razón fundada. Para formalizar este trámite debe presentar una nota indicando la modificación con su fundamentación, el aval de su Director/a y un nuevo proyecto. El Comité Académico Asesor evalúa el cambio de tema y el nuevo proyecto presentado y notifica su aprobación o no. Asimismo, se pueden realizar ajustes en el título cuando se trate de una modificación que no afecte la organización interna del trabajo, ni signifique un cambio de tema. Para realizar este trámite se debe seguir el formato y los periodos establecidos para tal fin por el área de gestión de posgrado de la Facultad, según la normativa vigente de la UNCUYO.
4 Características del Trabajo Final de Maestría: Requisitos específicos de la Carrera El trabajo final de la Maestría en Artes escénicas prevé tres modalidades de presentación y evaluación acordes al proyecto de TFM presentado originalmente con el aval del director/a:
4.1 Tesis tradicional
Debe seguir el formato determinado a tal fin por la normativa vigente de la UNCUYO, en el cual se especifiquen: a) Datos personales b) Título TFM c) Área en la que se encuadra d) Descripción del problema a investigar o a resolver y fundamentación de su relevancia e) Hipótesis de trabajo o supuestos de partida f) Objetivos generales y específicos g) Estrategia metodológica propuesta h) Conclusiones i) Bibliografía.
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4.2 Producción de obra o hecho escénico
Se espera que cada estudiante pueda presentar una producción escénica, ya sea en modo sincrónico o asincrónico, de no más de 45 min de duración y acompañado de un trabajo ensayístico (memoria). La coherencia entre ambas instancias debe tener en cuenta los siguientes puntos:
a) Presentar una perspectiva original y creativa; b) recopilar antecedentes sobre la perspectiva artística elegida y realizar entrecruzamientos con la teoría disponible en esa temática; c) especificar procedimientos, recursos y materiales involucrados, haciendo un análisis crítico de cómo la propuesta contribuye a una perspectiva creativa de síntesis; d) dejar un registro escrito sobre el proceso transitado en donde se dé cuenta de los entrecruzamientos realizados entre el proceso artístico, la investigación y la realización efectiva del proyecto.
El trabajo ensayístico deberá contener la estructura canónica tradicional (introducción, desarrollo y conclusiones), con una extensión mínima de 10 páginas y máxima de 20.
4.3 Proyecto escénico La estructura formal del proyecto será la siguiente: Introducción. Desarrollo: Capítulo 1: formulación del proyecto escénico: postulación del tema-problema, hipótesis de trabajo o anticipaciones de sentido, objetivos de la propuesta, metodología, recursos y resultados parciales. Capítulo 2: Justificación del valor y la originalidad de la propuesta a través de un análisis de la problemática trabajada, la teoría existente sobre la misma y los antecedentes escénicos que puedan identificarse. Capítulo 3: realización de un boceto o maqueta, entendido como un avance de trabajo adecuado al campo profesional: diseño de vestuario, diseño de escenografía, guion dramatúrgico, gestión de espectáculo, proyecto con inclusión de tecnologías, etc. Conclusiones: Análisis del proceso de la formulación del proyecto y de los resultados parciales que se han obtenido en el proceso. Valoración crítica de la implicancia en dicho proceso como artista/investigador/a. Proyección de los alcances de la práctica esbozada.
El trabajo ensayístico deberá contener la estructura canónica tradicional (introducción, desarrollo y conclusiones), con una extensión mínimo 40 páginas, máximo 70 páginas. El mismo podrá ir acompañado de bocetos, maquetas, videos, simulaciones digitales o cualquier formato que ayude a proyectar lo diseñado.
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5 Plazos
El Trabajo Final de Maestría deberá ser presentado ante el Jurado Ad-hoc propuesto por el Comité Académico Asesor de la Carrera y aprobado por el Consejo Directivo de la FAD, dentro del término de doce (12) meses a contar desde la fecha de aprobación de la última actividad curricular.
En todos los casos el TFM deberá:
a) Poseer la información teórica y empírica correspondiente. b) Demostrar un uso adecuado de datos y fuentes de información relevantes en el desarrollo del tema elegido. c) Cumplir con los requisitos formales establecidos por la normativa vigente de la UNCUYO. d) Cumplir con los requisitos específicos de la carrera. La valoración de los requisitos antedichos compete a los miembros del Jurado de Tesis.
6 Presentación formal del Trabajo Final de Maestría
Las/os interesados deben solicitar la defensa, siguiendo el formulario y requisitos establecidos por la normativa vigente de la UNCUYO, por Mesa de entradas de la Facultad Artes y Diseño, junto con una nota del/la Directora/a del TFM en la que fundamente las razones por las que considera que el Trabajo final de Maestría, está en condiciones de ser presentado y defendido.
Dicho trabajo, constituye el último requisito para alcanzar el grado de Magíster, por lo tanto, su presentación y estructura formal deben seguir los parámetros y plazos establecidos por la normativa vigente de la Universidad Nacional de Cuyo.
Requisitos específicos de la Carrera:
Tesis tradicional: el/la maestrando/a deberá presentar por Mesa de Entrada la tesis en formato digital según la normativa de posgrado vigente y, por separado, un resumen del TFM no superior a las doscientas (200) palabras. Una vez presentado y aprobado el trabajo escrito, se procederá a la defensa oral del mismo.
Producción de obra o hecho escénico: el/la maestrando/a deberá presentar el hecho escénico en formato de video y la memoria escrita. Además, deberá ser acompañado de un resumen del TFM no superior a doscientas (200) palabras. Luego de su presentación y aprobación se procederá a la defensa oral del mismo.
Proyecto escénico: el/la maestrando/a deberá presentar por Mesa de Entrada el proyecto escénico de acuerdo al formato propuesto de manera digital. El mismo podrá estar acompañado por bocetos, maquetas, videos, simulaciones digitales o cualquier formato que ayude a proyectar lo diseñado. Además, deberá ser acompañado de un resumen del TFM no superior a doscientas (200) palabras. Luego de su presentación y aprobación se procederá a la defensa oral del mismo.
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Anexo Único- Hoja 18
Prórroga de la presentación. Si el/la maestrando/a no pudiera presentar en término su Trabajo final integrador para acceder al título, tendrá la posibilidad de solicitar una prórroga por un período de UN (1) AÑO Para acceder a esta posibilidad, el/la maestrando/a deberá presentar una nota exponiendo los motivos por los cuales no ha cumplido con los plazos y un informe de avance de su Trabajo final integrador que dé cuenta del trabajo realizado hasta el momento. Esta presentación deberá estar avalada por el/la Director/a del Trabajo final integrador (y el/la Codirector/a, en caso de que estuviera nombrado/a). Este trámite deberá formalizarse dentro de los DIEZ (10) días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de presentación.
7 Proceso de defensa
Una vez iniciado el proceso de evaluación del Trabajo Final de Maestría, el área de gestión de Posgrado procederá de los siguientes modos de acuerdo al formato de TFM elegido: Tesis tradicional: se remitirán los ejemplares de la tesis a cada integrante del Jurado para su lectura y ponderación, a fin de que se expidan sobre su aprobación o no. Cada integrante del Jurado debe emitir un dictamen fundamentado, individual y por escrito sobre el trabajo que se somete a su consideración. Luego de lo cual se debe consignar si el TFM se encuentra: a) Aprobado sin modificaciones. b) Aprobado con modificaciones menores (podrán salvarse en la defensa oral). c) Sujeto a modificaciones (deberán salvarse y ser aprobadas por el jurado antes de la defensa oral). d) No aprobado. Producción de obra o hecho escénico: se remitirán los videos y la memoria del hecho escénico a cada integrante del Jurado para su visualización, lectura y ponderación, a fin de que se expidan sobre su aprobación o no. Cada integrante del Jurado debe emitir un dictamen fundamentado, individual y por escrito sobre el trabajo que se somete a su consideración. Luego de lo cual se debe consignar si el TFM se encuentra: a) Aprobado sin modificaciones. b) Aprobado con modificaciones menores (podrán salvarse en la defensa oral). c) Sujeto a modificaciones (deberán salvarse y ser aprobadas por el jurado antes de la defensa oral). d) No aprobado. Proyecto escénico: se remitirá el proyecto escrito y los posibles materiales adjuntos para su lectura, visualización y ponderación, a fin de que se expidan sobre su aprobación o no. Cada integrante del Jurado debe emitir un dictamen fundamentado, individual y por escrito sobre el trabajo que se somete a su consideración. Luego de lo cual se debe consignar si el TFM se encuentra: a) Aprobado sin modificaciones. b) Aprobado con modificaciones menores (podrán salvarse en la defensa oral). c) Sujeto a modificaciones (deberán salvarse y ser aprobadas por el jurado antes de la defensa oral). d) No aprobado.
Ord. N° 9
Anexo Único- Hoja 19
El Jurado deberá expedirse dentro de un plazo máximo de SESENTA (60) días hábiles, a partir de efectivizado el envío del ejemplar según una de las modalidades previstas por la carrera. Previo a notificar al o a la maestrando/a sobre los resultados de la evaluación, se dará vista a los/as integrantes del Jurado de los dictámenes emitidos, para su conocimiento. El/la maestrando/as será notificado/a sobre el resultado de los dictámenes emitidos por el Jurado. En el caso de los trabajos sujetos a modificaciones, se contará con un plazo máximo de SEIS (06) MESES para responder a las observaciones realizadas; cumplido este requisito, el trabajo será nuevamente enviado al Jurado para que evalúe el cumplimiento de lo solicitado. En los restantes casos, una vez que el Jurado haya aprobado por mayoría el TFM, el área de gestión de posgrado de la Facultad, fijará una fecha para la defensa oral en un plazo no mayor a SESENTA (60) días hábiles desde que el o la maestrando/a se haya notificado de la evaluación de su trabajo. En caso de que el TFM resultara no aprobado por la mayoría del Jurado, se deberá reelaborar y presentar nuevamente, transcurrido un lapso no mayor de UN (1) AÑO. El trabajo reelaborado deberá volver a ser examinado por el mismo Jurado, quien emitirá un nuevo dictamen.
7.1. De la defensa oral y pública
Los Trabajos Finales de Maestría deben ser defendidos de modo oral y público, en idioma español, ante el mismo Jurado que intervino en la evaluación del trabajo previamente entregado. En caso de imposibilidad física o de fuerza mayor, para la defensa presencial, se podrá recurrir a las posibilidades que brindan las tecnologías digitales, tales como videoconferencias o utilización de plataformas virtuales. Quien presida el Jurado es electo/a por los miembros del tribunal previo a la defensa.
Tesis tradicional: la defensa del trabajo escrito se iniciará con la ejecución de una presentación oral del maestrando en la cual expondrá una síntesis de los resultados obtenidos. La misma debe tener en cuenta las observaciones solicitadas antes de la defensa oral, si las hubiera. La presentación no debe superar los cuarenta y cinco (45) minutos. Luego el tribunal puede proceder a realizar observaciones y preguntas. Según lo amerite la situación, se contemplará una defensa virtual tomando medidas especiales que garanticen la presentación del material acorde a las exigencias y la realización de la defensa en aras de no dificultar el egreso de los/las maestrandos/as. Una vez aprobada esta instancia el jurado procede a consignar una nota final y la redacción de un dictamen.
Producción de obra o hecho escénico: la defensa de la producción de obra o hecho escénico se iniciará con la ejecución de una presentación oral del maestrando/a en la cual expondrá una síntesis de la producción escénica (proceso creativo y presentación) y las reflexiones teórico-prácticas obtenidas teniendo en cuenta las revisiones solicitadas antes de la defensa oral, si las hubiera. Esta instancia puede incluir material de archivo del proceso creativo y de la presentación de la obra frente al público. El coloquio no debe superar los cuarenta y cinco (45) minutos. Luego, el tribunal puede proceder a realizar observaciones y preguntas. Según lo amerite la situación se contemplará la defensa virtual tomando medidas especiales que garanticen la presentación del material acorde a las exigencias y la realización de la defensa en aras de no dificultar el egreso de los/las maestrandos/as. Una vez aprobada esta instancia el jurado procede a consignar una nota final y la redacción de un dictamen.
Ord. N° 9
Anexo Único- Hoja 20
Proyecto escénico: la defensa de proyecto se iniciará con la ejecución de una presentación oral del maestrando en la cual expondrá una síntesis del trabajo creativo para la ideación del proyecto de escénico y reflexiones obtenidas teniendo en cuenta las revisiones solicitadas antes de la defensa oral, si las hubiera. Esta instancia puede incluir material anexo que permita una mejor comprensión de las ideas presentadas: maquetas, bocetos, raiders, entre otras. El coloquio no debe superar los cuarenta y cinco (45) minutos. Luego el tribunal puede proceder a realizar observaciones y preguntas. Según lo amerite la situación, se contemplará una defensa virtual tomando medidas especiales que garanticen la presentación del material acorde a las exigencias y la realización de la defensa en aras de no dificultar el egreso de los/las maestrandos/as. Una vez aprobada esta instancia el jurado procede a consignar una nota final y la redacción de un dictamen.
7.2 De la calificación
En cada uno de los tres casos de Trabajo Final de Maestría, concluida la defensa oral y cumplidos los requisitos específicos de la carrera, el Jurado, en sesión secreta, procederá a extender el acta correspondiente, que suscriben todos los/as integrantes del Jurado, donde figurarán los conceptos que respectivamente merezcan la modalidad optada y su defensa oral.
La calificación final, en tales casos, será el promedio de lo establecido en las diferentes actas donde ponderará tanto el contenido, la originalidad y valor del trabajo, como calidad y nivel de su defensa. En cada uno de los casos de Trabajo Final de Maestría, se consignará un 60% del porcentaje de la nota final a la primera instancia, sea esta presentación de tesis, proyecto u hecho escénico, y un 40% a la instancia de defensa oral. De la suma de lo obtenido en ambas instancias, resultará una calificación que responde a la siguiente gradación: “No Aprobado”, “Bueno”, “Muy Bueno”, “Distinguido”, “Sobresaliente” y “Sobresaliente con Mención de Honor”. En caso de no existir acuerdo del Jurado, sus integrantes podrán plantear actas diferenciadas.
Una vez terminada la sesión, el Jurado procede a la lectura del acta haciendo pública la calificación obtenida. En todos los casos el dictamen es inapelable. Una vez que la tesis ha sido públicamente defendida, el área de gestión de Posgrado enviará un (1) ejemplar a la Biblioteca Central y uno (1) quedará en archivo de la carrera, según el formato requerido para tal fin.
7.3 Conceptos y Normas sobre Disciplina y Ética del Trabajo Intelectual
Se regirá por la normativa Nacional e Internacional vigente, relativa a la protección de propiedad intelectual y plagio académico. Se considera "plagio" la utilización y transcripción de textos ajenos haciéndolos pasar por propios sin indicación de la fuente o respectiva referencia bibliográfica o documental, tanto en trabajos prácticos, en monografías o en la Tesis. Todos los casos de plagio y las medidas respectivas a aplicar serán definidos por la Dirección junto con la Comité Académico Asesor de la Carrera según cada caso particular y se aplicarán las siguientes sanciones:
Ord. N° 9
Anexo Único- Hoja 21
a) Evaluación con nota "DESAPROBADO" del trabajo en el que se cometió el plagio, sin oportunidad de reformulación; notificación a la Comisión Académica Asesora de la Carrera y al Secretario/a de Investigación y Posgrado de la FAD y registro del incidente en el legajo de la persona que cometió el plagio. El/la estudiante tendrá que recursar el Seminario correspondiente en la próxima cohorte haciéndose cargo del arancel vigente. b) En caso de reincidencia, se podrá solicitar la baja de la carrera, mediante nota fundada dirigida al área de gestión de posgrado de la Facultad. La decisión final recae en el Consejo Directivo de la Facultad, que es el órgano que aprueba las admisiones y bajas de los/as estudiantes de las carreras de posgrado. En el Trabajo Final Integrador: solicitud de baja de la carrera, mediante nota fundada dirigida al área de gestión de posgrado de la Facultad. La decisión final recae en el Consejo Directivo de la Facultad, que es el órgano que aprueba las admisiones y bajas de los/as estudiantes de las carreras de posgrado.
CAPÍTULO V: DE LOS TÍTULOS
1 Requisitos para la obtención del título Concluidos los estudios de Maestría, el Consejo Directivo de la Facultad emitirá una resolución donde otorgará el grado de Magister en artes escénicas contemporáneas. El diploma que acredita el grado de Magíster es otorgado por la Universidad Nacional de Cuyo. En el diploma debe constar el nombre de la carrera y la Unidad Académica interviniente.
2 Requisitos formales para solicitar los títulos
El trámite para solicitar el título es de carácter personal y debe realizarse bajo las condiciones y normas establecidas para tal fin por la Universidad Nacional de Cuyo.
CAPÍTULO VI: DE LAS BECAS
1. Tipo de becas Desde la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad se promoverá que los/as estudiantes de las carreras de posgrado participen de las operatorias de becas ofertadas por los organismos nacionales e internacionales de apoyo a la formación de posgrado, tales como becas de CONICET, becas de la Agencia de Promoción Científico Tecnológica, becas de la Secretaría de Investigación Internacionales y Posgrado de la UNCUYO, organismos artísticos o similares. Así como la participación en programas de intercambio de investigación y formación con otras instituciones a nivel nacional e internacional.
CAPÍTULO VII ARANCELES
Las Carreras de modalidad estructurada son aranceladas con el objeto de garantizar el financiamiento de sus actividades. Para ello, el Comité Académico, el Director/a de la Carrera y la Secretaría de Posgrado de cada Unidad Académica fijan los montos correspondientes al momento de presentarla para su aprobación.
Ord. N° 9
Anexo Único- Hoja 22
Las obligaciones arancelarias con la Facultad, corren a partir del momento de la inscripción y sólo cesan cuando el alumno/a culmina con su Carrera o cuando decida suspender los estudios. En caso de que el alumno/a decida abandonar la Carrera con posterioridad a su inscripción o reinscripción, debe informarlo a la Secretaría de Posgrado mediante nota donde exprese su decisión. En caso contrario, continúa siendo alumno de la Carrera con el consiguiente cargo de los aranceles que se devenguen de allí en adelante y hasta la fecha en que haya comunicado efectivamente su renuncia.
ORDENANZA N° 9
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FA-2024-RES-542 16/10/2024 (Carga: 18/10/2024) |
MENDOZA, 16 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 30246/24 caratulado: “Pedido de compra_ insumos Sanitarios periodo Agosto 2024_ Febrero 2025 FAD Agosto 2024”.
CONSIDERANDO:
Que el Área de Coordinación de Infraestructura de esta Facultad solicita la adquisición de insumos sanitarios y de limpieza con el fin de no entorpecer el normal desarrollo de las actividades en los distintos sectores de esta Facultad.
Que a partir de dicha petición se crea el Pliego de bases y condiciones particulares elaborado por la Dirección de Contrataciones y Patrimonio.
Que se ha emitido informe de la Comisión Evaluadora aconsejando la adjudicación de insumos a los diferentes oferentes, contando con el visto favorable de la Secretaría Administrativo-Financiera.
Que, en función de los antecedentes expuestos, puede en consecuencia darse curso aprobatorio al gasto, con la imputación presupuestaria prevista para este trámite.
Por ello, en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto Nº 1023/01 art.25º inc d) párrafo 1, Decreto 1030/2016 y Ordenanza Nº 03/23 R.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Aprobar la Contratación Directa N° 05, tramitada en las presentes actuaciones destinada a la adquisición de insumos sanitarios y de limpieza con destino a esta Facultad.
ARTÍCULO 2°. - Adjudicar el trámite de referencia por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 96/100 ($ 4.546.954,96) y autorizar la emisión de la respectiva orden de compra a favor de las siguientes firmas comerciales, con la imputación presupuestaria que se indica seguidamente:
PROVEEDOR CUIT IMPORTE ADJUDICADO
BALACCO FEDERICO EXEQUIEL 23-30972618-9 $ 1.152.093,96
SUR INSUMOS Y DISTRIBUCIONES S.A.S 33-71756598-9 $ 3.053.421,00
TECNICOLOR S.A. 30-71161294-3 $ 341.440,00
TOTAL $ 4.546.954.96
Resol. N° 542
PROVEEDORES
IMPUTACIÓN SUR INSUMO Y TOTAL $ PRESUPUESTARIA DISTRIBUCIONES TECNICOLOR S.A. BALACCO FEDERICO S.A.S (CUIT 30-71161294-3) (CUIT 23-30972618-9) (CUIT 33-71756598-9)
234 $327.000,00 $327.000,00
251 $204.000,00 $229.195,00 $433.195,00
254 $810.600,00 $810.600,00
259 $69.000,00 $444.140,00 $513.140,00
275 $41.100,00 $41.100,00
291 $401.255,56 $1.528.386,00 $341.440,00 $2.271.081,56
296 $150.838,40 $150.838,40
TOTAL $ $1.152.093,96 $3.053.421,00 $341.440,00 $4.546.954,96
RED PROGRAMÁTICA:
A.1100.010.001.000.11.37.08.00.99.00.2.3.4.0000.1.21.3.4 $ 327.000,00 A.1100.010.001.000.11.37.08.00.99.00.2.5.1.0000.1.21.3.4 $ 433.195,00 A.1100.010.001.000.11.37.08.00.99.00.2.5.4.0000.1.21.3.4 $ 810.600,00 A.1100.010.001.000.11.37.08.00.99.00.2.5.9.0000.1.21.3.4 $ 513.140,00 A.1100.010.001.000.11.37.08.00.99.00.2.7.5.0000.1.21.3.4 $ 41.100,00 A.1100.010.001.000.11.37.08.00.99.00.2.9.1.0000.1.21.3.4 $ 2.271.081,56 A.1100.010.001.000.11.37.08.00.99.00.2.9.6.0000.1.21.3.4 $ 150.838,40
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 542
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FA-2024-RES-541 16/10/2024 (Carga: 16/10/2024) |
MENDOZA, 16 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 31402/24 caratulado: “ORTEGA, Marcelo S/ Renuncia al cargo de JTP (SE), a partir del 01 de octubre de 2024. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el Mgter. Marcelo Fabián ORTEGA presenta su renuncia al cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, interino, para cumplir funciones de Responsable de Industrias Creativas y Culturales de esta Facultad, quien fuera designado mediante resolución N° 250/23-CD.
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el Art. N° 10 de la Ord. n° 44/22-R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de octubre de 2024, al Mgter. Marcelo Fabián ORTEGA (Legajo N° 21.751 - CUIL Nº 20-16743647-2) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, interino, para cumplir funciones de Responsable de Industrias Creativas y Culturales de esta Facultad, según prorroga de designación dispuesta por resoluciones Nº 250/23-CD.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 541
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