Digesto
|
14185 Normativas
Últimas emisiones
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
CD-2016-RES-027 1/04/2016 (Carga: 4/04/2016) |
MENDOZA, 1 de abril de 2016
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 23601/15 en el que se tramita el llamado a concurso, con carácter efectivo, de un cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado del espacio curricular “Dibujo a Mano Alzada” de la carrera de Diseño Industrial, que se cursa en las Carreras de Diseño de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
El informe de Secretaría Académica y de Secretaría EconómicoFinanciera (fs. 128/130 y 132/132 vta., respectivamente) en el que ésta última manifiesta que deberá procederse a realizar un reajuste presupuestario con carácter definitivo del cargo en el cual revistaba el Prof. Mario DELHEZ al momento de producirse la baja por jubilación.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos.
Que este Cuerpo, en sesión del día 22 de marzo de 2016 prestó su acuerdo para proceder de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la ordenanza Nº 23/10-C.S. (Reglamento de Concursos) y también aprobó la constitución de la Comisión Asesora propuesta, según lo determinado en el artículo 17º de la mencionada norma.
Por ello,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Solicitar al Consejo Superior la pertinente autorización para convocar a concurso con carácter efectivo, de conformidad con lo establecido en la ordenanza Nº 23/10-C.S. y su modificatoria ordenanza Nº 39/10-C.S., para cubrir UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado del espacio curricular “Dibujo a Mano Alzada” de la carrera de Diseño Industrial, que se cursa en las Carreras de Diseño de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: MIEMBROS TITULARES: Profesor Titular de “Práctica Taller III, IV y V”. Arq. Marcos Antonio FIGUEROA Especialidad Pintura y de “Fundamentos Visuales”Universidad Nacional de Tucumán. Profesor Titular de “Dibujo I” del Departamento de Lic. Raúl Alberto IBARRA Plástica de la Universidad Nacional de La Plata. ESPECIALISTAS EN EL ÁREA Profesor de la asignatura “Dibujo y Expresión” de la Arq. Carlo CASTRO VIVODA Facultad de Arquitectura y Urbanismo DiseñoUniversidad de Mendoza.
Resol. N° 27
MIEMBROS SUPLENTES: ESPECIALISTA EN EL ÁREA D.I. Mariángeles VICENTE Profesor cátedra “Dibujo I-II”- Diseño IndustrialUniversidad Nacional de La Plata. Maestría de Dibujo y Plástica. Prof. María de los Ángeles FORCADA Profesor Titular cátedra “Dibujo I”- Carreras de Artes Visuales- Facultad de Artes y Diseño- Universidad Nacional de Cuyo. Prof. Eduardo Alberto GONZALEZ Profesor Titular cátedra “Dibujo I”- Carreras de CerámicaFacultad de Artes y Diseño- Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3º.- Solicitar al Consejo Superior la ratificación de las designaciones dispuestas en el artículo precedente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 27
pg
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2016-RES-103 31/03/2016 (Carga: 31/03/2016) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2016
VISTO:
La nota CUDAP–CUY: 5727/16 en la que la alumna María del Valle PEREIRA, de la carrera de Licenciatura en Arte Dramático, solicita la acreditación de Cursos Optativos en los que participó.
CONSIDERANDO:
Que la resolución Nº 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Lo informado al respecto por la Dirección de las Carreras de Artes del Espectáculo y lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Acreditar a la alumna María del Valle PEREIRA (Registro Nº 15.676) CIENTO DOCE (112) horas reloj, en calidad de Cursos Optativos correspondiente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático.
ARTICULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 103
ecm.
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2016-RES-102 31/03/2016 (Carga: 31/03/2016) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2016
VISTO:
La nota CUDAP–FAD: 38440/15 en la que el alumno Agustín Esteban SUCH, solicita la acreditación del Curso–Taller denominado “El fuego indeleble” como un espacio curricular optativo de la carrera de Profesorado de Grado Universitario de Cerámica Artística.
CONSIDERANDO:
Que el alumno SUCH adeuda sólo 5 horas para completar la carga horaria de los espacios optativos de la carrera.
Lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Acreditar al alumno Agustín Esteban SUCH (Registro N° 22.912) una carga horaria de TREINTA (30) horas reloj pertenecientes al Curso–Taller denominado “El fuego indeleble” para completar la carga horaria de un espacio curricular optativo de la carrera de Profesorado de Grado Universitario de Cerámica Artística.
ARTICULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 102
ecm.
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2016-RES-101 31/03/2016 (Carga: 31/03/2016) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2016
VISTO:
La nota CUDAP-CUY: 7543/16 presentada por la alumna Valeria Aneley CAFFERATA en la que informa sobre la realización y Dirección de su “Seminario de Investigación” de la carrera de Licenciatura en Arte Dramático.
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de la profesora que dirigirá el mismo.
Que es conveniente dictar una norma autorizando tanto la Dirección como el tema.
La opinión de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la dirección del “Seminario de Investigación” a la alumna de la carrera de Licenciatura en Arte Dramático, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumna: Valeria Aneley CAFFERATA (Registro N° 20.909) Seminario: “Rito, Fiesta Popular y Lenguajes Integrados en Vendimia. Diferentes enfoques según la situación socioeconómica y política del país y la provincia.” Directora: Alicia Mercedes CASARES
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 101
pg
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2016-RES-100 31/03/2016 (Carga: 31/03/2016) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2016
VISTO:
La nota CUDAP–CUY: 6896/16 en la que el alumno Roberto Antonio NAVARTA, solicita se le acrediten en el espacio curricular optativo complementario “Cátedra Abierta” de la carrera de Licenciatura en Música Popular las horas de los cursos en los que participó.
CONSIDERANDO:
Que el alumno NAVARTA asistió desde el año 2006 a diversos talleres correspondiente a dicho espacio curricular.
Lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Acreditar al alumno Roberto Antonio NAVARTA (Registro N° 21.155) una carga horaria de CINCUENTA Y CUATRO (54) horas reloj correspondiente a la Materia Optativa Complementaria “Cátedra Abierta”, de la carrera de Licenciatura en Música Popular, Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 128/03–C.S.
ARTICULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 100
ecm.
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2016-RES-099 31/03/2016 (Carga: 31/03/2016) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2016
VISTO:
La nota CUDAP–CUY: 6895/16 en la que el alumno Manuel GARCÍA MIGANI, de la carrera de Licenciatura en Arte Dramático, solicita la acreditación de Cursos Optativos en los que participó.
CONSIDERANDO:
Que la resolución Nº 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Lo informado al respecto por la Dirección de las Carreras de Artes del Espectáculo y lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Acreditar al alumno Manuel GARCÍA MIGANI (Registro Nº 15.663) CIENTO ONCE (111) horas reloj, en calidad de Cursos Optativos correspondiente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático.
ARTICULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 99
ecm.
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2016-RES-098 31/03/2016 (Carga: 31/03/2016) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2016
VISTO:
La nota CUDAP–CUY: 5730/16 en la que la alumna Estefanía MONTENEGRO, de la carrera de Licenciatura en Arte Dramático, solicita la acreditación de Cursos Optativos en los que participó.
CONSIDERANDO:
Que la resolución Nº 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Lo informado al respecto por la Dirección de las Carreras de Artes del Espectáculo y lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Acreditar a la alumna Estefanía MONTENEGRO (Registro Nº 23.041) CIENTO CATORCE (114) horas reloj, en calidad de Cursos Optativos correspondiente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático.
ARTICULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 98
ecm.
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2016-RES-097 30/03/2016 (Carga: 30/03/2016) |
MENDOZA, 30 de marzo de 2016
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 23058/15 en el que se tramita prórroga de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad (cargo de mayor jerarquía) de la D.I. María Alejandra RICCIARDI, en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, efectivo, para cumplir funciones en las asignaturas “Psicología Aplicada al Diseño I y II” en las Carreras de Diseño, atento a lo informado a fs. 3 por la Dirección de Personal y conforme con lo establecido en el artículo 49°, punto II, inciso a) apartado 1 del Decreto Nacional N° 1246/15, y en las ordenanzas Nº 8/80-R., 28/00-C.S. y 12/00-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Conceder prórroga de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad (cargo de mayor jerarquía) a la D.I. María Alejandra RICCIARDI (Legajo Nº 21.725 – CUIL 27-16767350-9) del UNO (1) al TREINTA Y UNO (31) de enero de 2016, en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, efectivo, para cumplir funciones en las asignaturas “Psicología Aplicada al Diseño I y II”, en las Carreras de Diseño, con motivo de haber sido prorrogada interinamente su designación en el cargo de Coordinadora de Área de Facultad Categoría “D” con dedicación de Tiempo Completo, con funciones de Asesora de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional de esta Unidad Académica, según resolución Nº 306/15– C.D.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 97
pg.
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2016-RES-026 28/03/2016 (Carga: 29/03/2016) |
MENDOZA, 28 de marzo de 2016
VISTO:
La resolución N° 210/15–C.D. obrante en expediente CUDAP-FAD: 17354/14 en el que se tramita la convocatoria a concurso, con carácter efectivo, de un cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Introducción al Diseño” de la carrera de Diseño Gráfico, que se cursa en las Carreras de Diseño de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el referido concurso.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en sesión del día 22 de marzo de 2016,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso, con carácter efectivo, para cubrir un cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Introducción al Diseño” de la carrera de Diseño Gráfico, que se cursa en las Carreras de Diseño de esta Facultad: Por los profesores: Titular: D.I. Hugo Roberto PETRICH Suplente: D.G. Graciela Viviana AMADIO Por los egresados: Titular: María Guadalupe DELGADO Suplente: Tania Romina DONADEL Por los alumnos: Titular: Germán Alberto ALOI Suplente: Noelia Evelin EGUREN ROMERA
ARTÍCULO 2°.- Agréguese copia de la presente al expediente CUDAP-FAD: 17354/14.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 26
ecm.
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2016-RES-025 28/03/2016 (Carga: 28/03/2016) |
MENDOZA, 28 de marzo de 2016
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 14752/14, donde obran los antecedentes relacionados con el llamado a Concurso Abierto de Antecedentes y Prueba de Oposición para cubrir, con carácter efectivo, DOS cargos Categoría 7 –Tramo Inicial– del Agrupamiento Administrativo, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo – Decreto Nacional N° 366/06-P.E.N., para cumplir funciones en la Dirección de Coordinación Administrativa de Carreras dependiente de la Dirección General Administrativa de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se efectúa en el marco de la ordenanza N° 3/08-C.S., por la cual se aprobó la “Reglamentación del régimen de concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la Universidad Nacional de Cuyo”.
Que el Consejo Directivo en sesión del día 17 de noviembre de 2015 acordó solicitar al Consejo Superior la pertinente autorización para llevar a cabo la correspondiente convocatoria, la que se hizo efectiva con la resolución Nº 270/15-C.D.
Que, en el marco del artículo 6º del Anexo I de la ordenanza Nº 3/08CS., el Consejo Superior de la Universidad dictó la resolución Nº 14/16-C.S., por la cual se autoriza la convocatoria del presente concurso, de acuerdo con los datos detallados en el formulario previsto en la Circular N° 34/13 de Gestión Administrativa del Rectorado.
Las fechas propuestas por el Departamento de Concursos de esta Unidad Académica.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Artículo 6º del Anexo de I de la ordenanza Nº 3/08-C.S.,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a Concurso Abierto de Antecedentes y Prueba de Oposición para cubrir, con carácter efectivo, DOS (2) cargos Categoría 7 –Tramo Inicial– del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de auxiliar administrativo de la Dirección de Coordinación Administrativa de Carreras dependiente de la Dirección General Administrativa de esta Facultad, cuyos datos se encuentran detallados en el Anexo Único de la presente resolución, que consta de DOS (2) hojas, de conformidad con los establecido en la ordenanza N° 3/08-C.S. y que fueron aprobados por resolución N° 14/16-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Difundir el presente llamado a concurso durante QUINCE (15) días hábiles, en el período comprendido entre el DIECIOCHO (18) de abril y el SEIS (6) de mayo de 2016 (artículo 7° del Anexo I de la ordenanza N° 3/08-C.S.).
ARTÍCULO 3°.- Publicar, en al menos un diario de mayor circulación de la Provincia, la presente convocatoria a concurso, especificándose los datos mínimos establecidos en el Artículo 8° del Anexo I de la ordenanza N° 3/08-C.S.
Resol. N° 25
ARTÍCULO 4°.- Fijar como período de inscripción el comprendido entre los días NUEVE (9) y TRECE (13) de mayo de 2016, inclusive, en el cual los interesados deberán presentar su solicitud de inscripción en Mesa de Entradas de la Facultad, todos los días hábiles administrativos (lunes a viernes) en horario de 09:00 a 13:00 y 15:30 a 19.00.
ARTÍCULO 5°.- Los aspirantes deberán acompañar a su solicitud de inscripción su Curriculum Vitae con carácter de declaración jurada, con las debidas probanzas, acreditados por autoridad competente. La falta de presentación de dicha documentación invalidará la inscripción del postulante al concurso (Artículo 9° Anexo I de la ordenanza N° 3/08-C.S.).
ARTÍCULO 6°.- Establecer que la prueba de oposición, a la que se hace referencia en el artículo primero de la presente resolución, se llevará a cabo en el lugar, día y hora que determine el Jurado, integrado según el listado detallado en el Anexo Único de la presente resolución, conforme con las atribuciones conferidas en el Artículo 12° Inciso b) del Anexo I de la ordenanza N° 3/08.C.S.
ARTÍCULO 7°.- El temario de la prueba de oposición estará sujeto al detallado en el Anexo Único de esta resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en el orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 8°.- Remitir una copia certificada de la presente resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, como así también copia de constancia del envío de un correo electrónico con archivo adjunto de la resolución en formato Word, a la dirección rrhh@uncu.edu.ar, a fin de difundirlo en la página Web de la Universidad, en virtud de lo establecido en el Artículo 8°, último párrafo, del Anexo I de la ordenanza N° 3/08-C.S.
ARTÍCULO 9°.- Convocar, mediante notificación fehaciente que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, al Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (SPUNC) a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante.
ARTÍCULO 10°.- Disponer que la notificación del Acta de Determinación de Aspirantes y Acta Final previstas en los incisos a) y d), respectivamente, del Artículo 13 del Anexo I de la ordenanza N° 3/08-C.S., se realizará mediante notificación en el expediente, las que se pondrán a disposición de los postulantes y aspirantes durante TRES (3) días hábiles, posteriores a su dictado, en el Departamento de Concursos – Dirección de Personal de la Facultad de Artes y Diseño, sede Edificio de Gobierno – Centro Universitario, Ciudad, Mendoza. Los interesados deberán procurar regularmente la consulta sobre el estado de definición del concurso.
ARTÍCULO 11°.- Los postulantes podrán obtener mayor información del presente llamado a concurso en Mesa de Entradas de la Facultad de Artes y Diseño, Centro Universitario, Sede Edificio de Gobierno - Ciudad, Mendoza, o ingresando a la página Web www.uncu.edu.ar (link – Concursos Personal de Apoyo Académico).
ARTÍCULO 12°.- Disponer que, finalizada la comunicación de la resolución definitiva a los concursantes, los mismos tendrán un plazo de TREINTA (30) días para el retiro de la documentación presentada. Dicho retiro se realizará bajo constancia en Mesa de Entradas de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo, Centro Universitario, Ciudad, Mendoza.
Resol. N° 25
ARTÍCULO 13°.- A los efectos de la tramitación del presente concurso se tendrán en cuenta las normas establecidas en la ordenanza N° 3/08-C.S., en virtud de la cual se aprobó la “REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONCURSOS PARA CUBRIR CARGOS VACANTES DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO”, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales celebrado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Federación Argentina de Trabajadores de las Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional N° 366/06.
ARTÍCULO 14°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 25
ecm.
ANEXO ÚNICO
LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Ordenanza Nº 3/08 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo 1)Dependencia de la vacante: a)Unidad Académica: Facultad de Artes y Diseño b)Unidad Organizativa: Dirección General Administrativa c)Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección Coordinación Administrativa de Carreras 2) Datos del Concurso: a) Clase de Concurso: Abierto. b)Mecanismo del Concurso: Antecedentes y Oposición 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Inicial 5) Categoría: 7 6) Detalles del Cargo: a) Funciones Específicas: Auxiliar Administrativo 7) Cantidad de Cargos: DOS (2) 8) Horario de desempeño previsto: 07:00 a 14:00 – 14:00 a 21:00 9) Remuneración del cargo: $ 9634,00 10) Bonificaciones especiales: 11) Lugar y horario en que los interesados deberán presentar la documentación: Mesa de Entradas de la Facultad de Artes y Diseño de 9:00 a 13:00 y de 15:30 a 19:00. 12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso: a) Jurados Titulares Nº de Nº de Apellido y Nombres Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa Legajo Documento MAURANO, Ivone Ana 15.856 12.860.589 A-03- Administrativo Ingreso y Estadística PANNACIULLI, Ana María 22.849 13.117.814 A-05- Administrativo Auxiliar Administrativo Dpto. Operativo Carreras de Diseño FREDES, Mercedes Elisa 20.125 10.205.946 A-04- Administrativo Departamento Operativo Carreras de Artes Visuales
b) Jurados Suplentes Nº de Nº de Apellido y Nombres Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa Legajo Documento SANTOS, Mariana 19.544 18.079.976 A-01- Administrativo Directora General Administrativa GALLARDO, Dora Beatriz 22.652 11.300.821 A-03- Administrativo Jefe Departamento Clases y Exámenes SCALZO, Pablo David 24.158 20.809.152 A-05- Administrativo Departamento Operativo Carreras Artes de Espectáculo
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Título 3 - “Condiciones de Ingreso”, artículo 21º del Decreto Nacional Nº 366/06. “Para ingresar como trabajador en una institución universitaria nacional se requieren: Las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, Cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente No estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier institución universitaria nacional o de la administración pública nacional, provincial o municipal. Resol. Nº 25
Anexo Único – Hoja 2
c) Estar inhabilitado para ejercicio de cargos públicos. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier institución universitaria nacional o en la administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme a lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aún cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena.” 14) Condiciones Generales: • Estudios Secundarios completos o Polimodal 15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante): • Condiciones Generales de Reglamentaciones que se apliquen a la tarea. • Conocimientos Generales en el manejo informático (procesadores de texto, correo electrónico- Excel- Sistema COMDOC) • Predisposición para el trabajo en equipo y buen trato en las relaciones interpersonales; con docentes, alumnos y público en general. • Capacidad para resolver problemas dentro del área. • Cooperación y cumplimiento eficaz y eficiente de las tareas. 16) Temario General: La Prueba de Oposición abarcará: • Estatuto Universitario: Título I, II y III • Estructura Orgánico Funcional: Dirección General Administrativa (ordenanza Nº 112/03-C.S.) Anexo I- Pág. 5 • Reglamentación Académica: ordenanza Nº 14/00-C.D. y sus modificatorias ordenanzas Nº 6/03-C.D.; 01/09-C.D. y 3/12-C.D. • Reglamentación alumno universitario: ordenanza Nº 24/07-C.S. • Decreto Nacional Nº 366/06: Titulo 2: Derechos, Deberes y Prohibiciones del Trabajador (artículos 11, 12, 13). Título 6: Licencias (artículos 91 al 113). • Decreto Nacional 3413/79: Capítulo III: Licencias Especiales. Capítulo V: Justificación de Inasistencias. • Decreto Nacional 1246/15: Capítulo VII: Licencias, Justificaciones y Franquicias: Artículos: 45°, 46°, 48° y 50°. • Grupo de Carreras y Títulos otorgados por las Carreras de Artes Visuales y Diseño de la Facultad de Artes y Diseño. • Conocimientos Generales de Ofimática (Windows, digitalización de documentos, manejo de archivos electrónicos, elaboración de certificaciones en formato digital, manejo de redes sociales- Excel-Word-Correo Electrónico-Internet).
RESOLUCIÓN N° 25
ecm.
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2016-RES-096 23/03/2016 (Carga: 28/03/2016) |
MENDOZA, 23 de marzo de 2016
VISTO:
Los expedientes CUDAP–CUY: 1982/16 y 2133/16 y la nota CUDAP–CUY: 4138/16 en los que personal de esta Unidad Académica tramita licencia por enfermedad de largo tratamiento; atento a lo informado en cada caso por la Dirección General de Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo y por la Dirección de Personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 46° inciso c) del Decreto Nacional N° 1246/15, en el artículo 93° del Decreto Nacional N° 366/06 y por ordenanza N° 4/96-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia por enfermedad de largo tratamiento, con goce íntegro de haberes, al personal que a continuación se detalla, en el cargo y por el período que en cada caso se indica: ZANI, Viviana Irene – Legajo N° 17207 – en los cargos de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusivo, efectivo y Profesor Asociado con dedicación semiexclusiva, interino – TREINTA (30) días corridos, desde el VEINTE (20) de noviembre hasta el DIECINUEVE (19) de diciembre de 2015. PENIN, Guillermo César – Legajo Nº 16058 – en los cargos de Profesor Titular con dedicación simple, interino y Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, interino – CIENTO DOS (102) días corridos, desde el VEINTE (20) de noviembre y limitar la misma al UNO (1) de febrero de 2016, fecha de su jubilación. OLIVENCIA, Ana María – Legajo N° 14421 – cargos Profesor Adjunto con dedicación simple y Profesor Titular con dedicación exclusiva, ambos interinos – VEINTITRÉS (23) días corridos, desde el UNO (1) hasta el VEINTITRÉS (23) de diciembre de 2015. JARDEL, Víctor Enrique – Legajo N° 18721 – cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interino – DIECINUEVE (19) días corridos, desde el CINCO (5) hasta el VEINTITRÉS (23) de diciembre de 2015. ASTARGO, Luis Alberto – Legajo N° 14545 – cargo Categoría 4 Agrupamiento Administrativo, efectivo – CIENTO VEINTISÉIS (126) días corridos, desde el DOS (2) de diciembre de 2015 hasta el CINCO (5) de abril de 2016. KEENA, Laura Cristina – Legajo N° 17523 – cargos Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva y Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, ambos interinos – CIENTO VEINTICINCO (125) días corridos, desde el DIEZ (10) de diciembre de 2015 hasta el DOCE (12) de abril de 2016. DABUL, Elena Amalia – Legajo N° 21845 – cargos de Profesor Titular con dedicación simple, interino y Profesor Titular con dedicación exclusiva, efectivo – TREINTA (30) días corridos, desde el VEINTIDÓS (22) de noviembre hasta el VEINTIUNO (21) de diciembre de 2015. BEVILACQUA, María Elisabeth – Legajo N° 21551 – cargos Ayudante de Primera con dedicación simple y Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, ambos interinos – CINCUENTA Y CUATRO (54) días corridos, desde el DIECIOCHO (18) de diciembre de 2015 hasta el NUEVE (9) de febrero de 2016.
Resol. N° 96
GIMÉNEZ, Daniel Omar – Legajo N° 18102 – cargos Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, efectivo e interino, respectivamente – CINCUENTA Y UN (51) días corridos, desde el VEINTIUNO (21) de enero hasta el ONCE (11) de marzo de 2016.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 96
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2016-RES-095 23/03/2016 (Carga: 28/03/2016) |
MENDOZA, 23 de marzo de 2016
VISTO:
La Nota CUDAP-CUY: 7542/16 en el que consta la nota presentada por la alumna Marina Elizabeth GONZALEZ solicitando equivalencia en los espacios curriculares “Historia de la Cerámica III” e “Historia del Arte I” de la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística.
CONSIDERANDO:
Que la alumna GONZALEZ ha cursado y aprobado la asignatura “Historia del Arte y la Cerámica II” de la carrera de Licenciatura en Cerámica Artística, cuyo contenido es equivalente a los espacios que se mencionan en el VISTO, según lo establecido por resolución N° 25/10-C.D.
La opinión favorable de la Dirección de Carreras de Cerámica y el informe de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar equivalencia a la alumna Marina Elizabeth GONZALEZ (Registro Nº 22.911) en los espacios curriculares “Historia de la Cerámica III” e “Historia del Arte I” de la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 95
pg
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2016-RES-094 23/03/2016 (Carga: 28/03/2016) |
MENDOZA, 23 de marzo de 2016
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 3132/15 en el que consta el pedido de adscripción del alumno Federico ROCHER a la cátedra “Conjuntos Instrumentales y Vocales” en las Carreras Musicales.
CONSIDERANDO:
Que el alumno Federico ROCHER cumplió con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D. sobre Reglamento de Adscripción de Alumnos.
El informe positivo del Profesor Titular de la cátedra y la opinión de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la adscripción realizada por el alumno Federico ROCHER (Registro N° 21.146 – D.N.I. N° 25.357.245), en la cátedra “Conjuntos Instrumentales y Vocales” en las Carreras Musicales, durante el ciclo lectivo 2015, autorizada por resolución N° 200/15-F.A.D.
ARTÍCULO 2°.- Otorgar al interesado el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 94
ecm.
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2016-RES-093 23/03/2016 (Carga: 28/03/2016) |
MENDOZA, 23 de marzo de 2016
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 4385/15 en el que consta el pedido de adscripción de la alumna Antonella ARDIANI a la cátedra “Ergonomía” en las Carreras de Diseño.
CONSIDERANDO:
Que la alumna Antonella ARDIANI cumplió con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D. sobre Reglamento de Adscripción de Alumnos.
El informe positivo del Profesor Titular de la cátedra y la opinión de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la adscripción realizada por la alumna Antonella ARDIANI (Registro N° 24.407 – D.N.I. N° 34.960.872) en la cátedra “Ergonomía” en las Carreras de Diseño durante el ciclo lectivo 2015, autorizada por resolución N° 481/15–F.A.D.
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a la interesada el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 93
ecm.
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2016-RES-092 23/03/2016 (Carga: 28/03/2016) |
MENDOZA, 23 de marzo de 2016
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 11752/15 en el que consta el pedido de adscripción de la alumna Mónica Malena TALQUENCA GUTIÉRREZ a la cátedra “Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos I” en las Carreras de Artes del Espectáculo.
CONSIDERANDO:
Que la alumna Mónica Malena TALQUENCA GUTIÉRREZ cumplió con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D. sobre Reglamento de Adscripción de Alumnos.
El informe positivo de la Profesora Titular de la cátedra y la opinión de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la adscripción realizada por la alumna Mónica Malena TALQUENCA GUTIÉRREZ (Registro N° 19.388 – D.N.I. N° 32.571.759) en la cátedra “Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos I” en las Carreras de Artes del Espectáculo durante el ciclo lectivo 2015, autorizada por resolución N° 679/15–F.A.D.
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a la interesada el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 92
ecm.
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2016-RES-091 23/03/2016 (Carga: 28/03/2016) |
MENDOZA, 23 de marzo de 2016
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 3858/15 en el que consta el pedido de adscripción de la alumna María Jimena BARROZO a la cátedra “Medios de Comunicación” en las Carreras de Artes Visuales.
CONSIDERANDO:
Que la alumna María Jimena BARROZO cumplió con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D. sobre Reglamento de Adscripción de Alumnos.
El informe positivo del Profesor Titular de la cátedra y la opinión de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la adscripción realizada por la alumna María Jimena BARROZO (Registro N° 22.119 – D.N.I. N° 26.838.511) en la cátedra “Medios de Comunicación” en las Carreras de Artes Visuales durante el ciclo lectivo 2015, autorizada por resolución N° 220/15–F.A.D.
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a la interesada el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 91
ecm.
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2016-RES-090 23/03/2016 (Carga: 28/03/2016) |
MENDOZA, 23 de marzo de 2016
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 22167/15 en el que la Dirección de Personal tramita la baja del Prof. Jesús Damián BELOT a partir del 1 de marzo de 2016, en el cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, efectivo, para desempeñar funciones en el espacio curricular “Introducción a la Escenografía” que se dictan en las Carreras de Artes del Espectáculo.
CONSIDERANDO:
Que dicha baja surge con motivo de que el Prof. Jesús Damián BELOT fue designado, con carácter de efectivo, en el cargo Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas “Introducción a la Escenografía” y “Diseño del Espacio Escénico”, según resolución N° 608/15-C.S., cuya fecha de efectiva prestación de Servicios se estableció mediante resolución N° 66/16-FAD.
Que este pedido encuadra dentro de las facultades otorgadas al Decanato por ordenanza Nº 4/96-R. y en el artículo 45° del Estatuto Universitario.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja al Prof. Jesús Damián BELOT (Legajo N° 19.987- CUIL N° 20-11809116-8) a partir del UNO (1) de marzo de 2016 en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, efectivo, para desempeñar funciones en el espacio curricular “Introducción a la Escenografía” que se dictan en las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, teniendo en cuenta el motivo expresado en el primer CONSIDERANDO.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 90
pg
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2016-RES-024 23/03/2016 (Carga: 29/03/2016) |
MENDOZA, 23 de marzo de 2016
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 14750/14, donde obran los antecedentes relacionados con el llamado a Concurso Abierto de Antecedentes y Prueba de Oposición para cubrir, con carácter efectivo, DOS cargos Categoría 7 –Tramo Inicial– del Agrupamiento Administrativo, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo – Decreto Nacional Nº 366/06-P.E.N., para cumplir funciones en la Secretaría Académica de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se efectúa en el marco de la ordenanza Nº 3/08-C.S., por la cual se aprobó la “Reglamentación del régimen de concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la Universidad Nacional de Cuyo”.
Que, en el marco del artículo 6º del Anexo I de la ordenanza Nº 3/08-C.S., el Consejo Superior de la Universidad dictó la resolución Nº 13/16-C.S., por la cual se autoriza la convocatoria del presente concurso, de acuerdo con los datos detallados en el formulario previsto en la Circular Nº 34/13 de Gestión Administrativa del Rectorado.
Los informes producidos por la Secretaría Económico–Financiera de esta Unidad Académica, Dirección de Planificación Estratégica de Personal y Dirección General de Presupuesto, ambas de Rectorado de la Universidad Nacional de Cuyo.
Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes; lo acordado por este Cuerpo en sesión del 17 de noviembre de 2015 y las fechas propuestas por el Departamento de Concursos de esta Unidad Académica.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Artículo 6º del Anexo I de la ordenanza Nº 3/08-C.S.,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Convocar a Concurso Abierto de Antecedentes y Prueba de Oposición para cubrir, con carácter efectivo, DOS (2) cargos Categoría 7 –Tramo Inicial– del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de auxiliar administrativo de la Secretaría de Académica dependiente de la Dirección General Académica de esta Facultad, cuyos datos se encuentran detallados en el Anexo Único de la presente resolución, que consta de DOS (2) hojas, de conformidad con los establecido en la ordenanza Nº 3/08-C.S. y que fueron aprobados por resolución Nº 13/16-C.S.
ARTÍCULO 2º.- Difundir el presente llamado a concurso durante QUINCE (15) días hábiles, en el período comprendido entre el ONCE (11) y el VEINTINUEVE (29) de abril de 2016 (artículo 7º del Anexo I de la ordenanza Nº 3/08-C.S.).
ARTÍCULO 3º.- Publicar, en al menos un diario de mayor circulación de la Provincia, la presente convocatoria a concurso, especificándose los datos mínimos establecidos en el Artículo 8º del Anexo I de la ordenanza Nº 3/08-C.S.
ARTÍCULO 4º.- Fijar como período de inscripción el comprendido entre los días DOS (2) y SEIS (6) de mayo de 2016, inclusive, en el cual los interesados deberán presentar su solicitud de inscripción en Mesa de Entradas de la Facultad, todos los días hábiles administrativos (lunes a viernes) en horario de 09:00 a 13:00 y 15:30 a 19.00.
ARTÍCULO 5º.- Los aspirantes deberán acompañar a su solicitud de inscripción su Curriculum Vitae con carácter de declaración jurada, con las debidas probanzas, acreditados por autoridad competente. La falta de presentación de dicha documentación invalidará la inscripción del postulante al concurso (Artículo 9º Anexo I de la ordenanza Nº 3/08-C.S.).
ARTÍCULO 6º.- Establecer que la prueba de oposición, a la que se hace referencia en el artículo primero de la presente resolución, se llevará a cabo en el lugar, día y hora que determine el Jurado, integrado según el listado detallado en el Anexo Único de la presente resolución, conforme con las atribuciones conferidas en el Artículo 12º Inciso b) del Anexo I de la ordenanza Nº 3/08.C.S.
ARTÍCULO 7º.- El temario de la prueba de oposición estará sujeto al detallado en el Anexo Único de esta resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en el orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 8º.- Remitir una copia certificada de la presente resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, como así también copia de constancia del envío de un correo electrónico con archivo adjunto de la resolución en formato Word, a la dirección rrhh@uncu.edu.ar, a fin de difundirlo en la página Web de la Universidad, en virtud de lo establecido en el Artículo 8º, último párrafo, del Anexo I de la ordenanza Nº 3/08-C.S.
ARTÍCULO 9º.- Convocar, mediante notificación fehaciente que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, al Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (SPUNC) a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante.
ARTÍCULO 10º.- Disponer que la notificación del Acta de Determinación de Aspirantes y Acta Final previstas en los incisos a) y d), respectivamente, del Artículo 13 del Anexo I de la ordenanza Nº 3/08-C.S., se realizará mediante notificación en el expediente, las que se pondrán a disposición de los postulantes y aspirantes durante TRES (3) días hábiles, posteriores a su dictado, en el Departamento de Concursos – Dirección de Personal de la Facultad de Artes y Diseño, sede Edificio de Gobierno – Centro Universitario, Ciudad, Mendoza. Los interesados deberán procurar regularmente la consulta sobre el estado de definición del concurso.
ARTÍCULO 11º.- Los postulantes podrán obtener mayor información del presente llamado a concurso en Mesa de Entradas de la Facultad de Artes y Diseño, Centro Universitario, Sede Edificio de Gobierno - Ciudad, Mendoza, o ingresando a la página Web www.uncu.edu.ar (link – Concursos Personal de Apoyo Académico).
ARTÍCULO 12º.- Disponer que, finalizada la comunicación de la resolución definitiva a los concursantes, los mismos tendrán un plazo de TREINTA (30) días para el retiro de la documentación presentada. Dicho retiro se realizará bajo constancia en Mesa de Entradas de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo, Centro Universitario, Ciudad, Mendoza.
ARTÍCULO 13º.- A los efectos de la tramitación del presente concurso se tendrán en cuenta las normas establecidas en la ordenanza Nº 3/08-C.S., en virtud de la cual se aprobó la “REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONCURSOS PARA CUBRIR CARGOS VACANTES DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO”, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales celebrado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Federación Argentina de Trabajadores de las Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nº 366/06.
ARTÍCULO 14º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 24
lo
ANEXO ÚNICO
LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Ordenanza Nº 3/08 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Artes y Diseño b) Unidad Organizativa: Secretaría Académica c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección General Académica 2) Datos del Concurso: a) Clase de Concurso: Abierto. b) Mecanismo del Concurso: Antecedentes y Oposición 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Inicial 5) Categoría: 7 6) Detalles del Cargo: Funciones Específicas: Auxiliar Administrativo 7) Cantidad de Cargos: DOS (2) 8) Horario de desempeño previsto: 07:00 a 14:00 9) Remuneración del cargo: $9.634,00 10) Bonificaciones especiales: 11) Lugar y horario en que los interesados deberán presentar la documentación: Mesa de Entradas de la Facultad de Artes y Diseño de 9:00 a 13:00 y de 15:30 a 19:00. 12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso: a) Jurados Titulares Categoría Nº de Nº de Apellido y Nombres de Agrupamiento Cargo que Ocupa Legajo Documento revista
MAURANO, Ivonne Ana 15.856 12.860.589 A - 03 Administrativo Ingreso y Estadística
CADUTO, Sonia Eusebia Jefe Dpto. Operativo 18.316 17.640.478 A - 03 Administrativo Francisca Secretaría Académica
Auxiliar Administrativo Montenegro, Mabel Nancy 22.398 12.458.086 A - 05 Administrativo Dpto. Clases y Exámenes
b) Jurados Suplentes Categoría Nº de Apellido y Nombres Nº de Legajo de Agrupamiento Cargo que Ocupa Documento revista Departamento de Clases y GALLARDO, Dora Beatriz 22.652 11.300.821 A - 03 Administrativo Exámenes. PIONETTI, Sandra Departamento Operativo17.297 16.470.598 A - 03 Administrativo Miriam Carreras Musicales. Auxiliar Administrativo LOYERO, Andrea Yolanda 28.855 20.220.713 A - 07 Administrativo Dpto. Clases y Exámenes
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Titulo 3-“Condiciones de Ingreso”, artículo 21º del Decreto Nacional Nº 366/06. “Para ingresar como trabajador en una institución universitaria nacional se requieren: Las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan,
Resol. Nº
Anexo Único – Hoja 2
Cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente No estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier institución universitaria nacional o de la administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para ejercicio de cargos públicos. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier institución universitaria nacional o en la administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme a lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aún cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena.”
14) Condiciones Generales: Estudios Secundarios completos o Polimodal
15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante): Condiciones Generales de Reglamentaciones que se apliquen a la tarea. Conocimientos Generales en el manejo informático (procesadores de texto, correo electrónico- Excel) Predisposición para el trabajo en equipo y buen trato en las relaciones interpersonales. Capacidad para resolver problemas dentro del área. Cooperación y cumplimiento eficaz y eficiente de las tareas.
16) Temario General: La Prueba de Oposición abarcará: Estatuto Universitario: Título I, II y III Estructura Orgánico Funcional: Dirección General Académica (ordenanza Nº 112/03-C.S.) Reglamentación Académica: ordenanza Nº 14/00-C.D. y sus modificatorias ordenanzas Nº 6/03-C.D.; 01/09-C.D. y 3/12-C.D. Reglamentación alumno universitario: ordenanza Nº 24/07-C.S. Estadísticas Decreto Nacional Nº 366/06: Título II: artículos 11,12,13. Conocimientos Generales en el manejo informático (Excel – Word-Correo ElectrónicoInternet).
RESOLUCIÓN Nº
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2016-RES-023 23/03/2016 (Carga: 30/03/2016) |
MENDOZA, 23 de marzo de 2016
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 4417/16 en el que el Sr. Decano solicita la prórroga en los Adicionales por Carácter Crítico de la Función a personal docente, desde el 1 de marzo al 30 de abril de 2016.
CONSIDERANDO:
Que los adicionales se fundamentan en el artículo 12° de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Que, de acuerdo con lo solicitado por el Consejo Directivo, una vez vencido el plazo mencionado, se elevará para su consideración la renovación de los mismos, a la luz de elementos que justifiquen los montos solicitados en cada caso, como cantidad de alumnos inscriptos en cada asignatura y otros elementos, como así también la distribución equitativa de los mismos, su análisis y estudio.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 22 de marzo de 2016,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar los Adicionales por Carácter Crítico de la Función, desde el UNO (1) de marzo hasta el TREINTA (30) de abril de 2016 al personal docente de esta Facultad, en los espacios curriculares y por el monto que en cada uno se detalla en el Anexo Único de la presente, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 12° de la ordenanza N° 23/15–C.S.
ARTÍCULO 2°.- Afectar el gasto que se origine al Inciso 1 – Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2016.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 23
lo
ANEXO ÚNICO PRÓRROGA ADICIONAL POR CARÁCTER CRÍTICO DE LA FUNCIÓN DE PERSONAL DOCENTE DESDE EL 01-03 AL 30-04-2016
LEGAJO APELLIDO Y NOMBRE CARGO DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR MONTO
“Museología”, “Gestión y Producción de las Artes Visuales”. Mientras dure la reducción de la 22255 ÁLVAREZ, Alicia Susana Profesor Titular Simple $ 1000 dedicación de la Prof. Silvia Amalia BENCHIMOL.
Jefe de 29166 AMADÍO, Graciela Viviana Semiexclusiva Apoyo a la asignatura “Tipografía I Básica” $ 1000 Trabajos Prácticos
“Historia del Arte I” e “Historia del Arte Antiguo”. Por desempeño de tareas de Gestión de la 24637 ÁVILA, Susana Estela Profesor Adjunto Simple $ 1000 titular de las cátedras: Prof. Silvia Amalia BENCHIMOL.
CASTELLINO, María Jefe de 26178 Simple “Tipografía I Básica” $ 1000 Florencia Trabajos Prácticos
28222 DIEZ, Irene María Ayudante de Primera Semiexclusiva Departamento de Publicaciones (Secretaría de Extensión) $1.869,40
Jefe de 25105 GIMÉNEZ, Flavia Gabriela Simple “Dibujo II”. Por aplicación del artículo 12°, inc. a) de la ordenanza N° 23/15–C.S. $ 1000 Trabajos Prácticos
LERGA MOSQUERA, 26867 Profesor Titular simple Apoyo a la asignatura “Historia de la Cultura y el Teatro Universales II” $ 800 Graciela Ana
LLOP, Graciela Inés 18722 Profesor Asociado semiexclusiva “Dibujo a Mano Alzada” (hasta que se provea por concurso) $ 3000 Ramona
17031 LONIGRO, Julio César Profesor Titular Exclusiva Siempre que permanezca en la situación de revista alcanzada por ordenanza nº 1/08-C.S. $ 196,84
LÓPEZ DUPERTUIS, Laura Jefe de 31327 Semiexclusiva “Publicidad” (Optativa) $ 1600 Verónica Trabajos Prácticos
22079 MARTÍ, Leopoldo Guillermo Profesor Titular Exclusiva “Música Popular Argentina I y II” $ 1000
Ayudante de Trabajos 14541 MELZI, Enrique Aquiles ---- “Tecnología y Expresión de los Materiales y Procesos Estructurales” $1000 Prácticos
“Taller de Rotación I y II: Pintura”, “Taller de Rotación: Pintura” y “Optativa Grupo I: Taller I: 25096 MURCIA, Paula Cecilia Profesor Adjunto Simple $ 1400 Pintura”. Por aplicación del artículo 12°, inc. a) de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Jefe de Capacitación y Elaboración de Materiales Visuales específicos para el área. Por aplicación del 24499 PERLBACH, María Beatriz Semiexclusiva $ 1500 Trabajos Prácticos artículo 12°, inc. c) de la ordenanza N° 23/15–C.S.
23037 PIEZZI, Adriana María Profesor Titular Semiexclusiva Coordinadora de Ingreso. Por aplicación del artículo 12°, inc. a) de la ordenanza N° 23/15–C.S. $ 3000
Resol.nº 23
Anexo Único – hoja 2
LEGAJO APELLIDO Y NOMBRE CARGO DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR MONTO
Coordinación para la articulación con el medio (Educación Primaria, Media, Terciarios y 25226 PISTONE, Ana Elia Profesor Titular Simple Licenciaturas extraordinarias) y formación de pregrado (Tecnicaturas; formación y certificación de $ 1800 competencias. Por aplicación del artículo 12°, inc. b) de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Siempre que permanezca en la situación de revista alcanzada por ordenanza nº 1/08-C.S. y/o el 24424 PORTALUPI, María Cristina Profesor Titular Exclusiva aumento de la remuneración del cargo con Dedicación Exclusiva asumido en la mencionada $ 414 ordenanza.
Analista Auxiliar 17786 PORTILLO, Ricardo Alberto Técnico docente ------ Coordinador de Extensión $ 3000 Escuela de Magisterio
30406 SORIA, María Soledad Escuela de Magisterio ------ “Técnicas Corporales III” $ 800
TROZZO, María Ester del 18722 Profesor Titular Semiexclusiva “Práctica de la Enseñanza del Teatro” $ 1000 Carmen
Horas cátedra Departamento de 26178 UANO, Gustavo Ariel simple “Gestión y Producción de Espectáculos” $ 1000 Aplicación Docente (U.A. 66)
RESOLUCIÓN N° 23
lo
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2016-RES-022 23/03/2016 (Carga: 30/03/2016) |
MENDOZA, 23 de marzo de 2016
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 4257/16 en el que el Sr. Decano tramita la prórroga de “Adicionales por Carácter Crítico de la Función” al Personal de Apoyo Académico de esta Facultad, desde el 1 de marzo hasta el 30 de abril de 2016.
CONSIDERANDO:
Que el período consignado en el VISTO responde a la finalidad de realizar un pormenorizado análisis de la situación y la actualización de los montos establecidos en cada caso, según lo informado por el señor Decano a fs. 1.
Que el presente pedido encuadra con lo estipulado en el artículo 12 de la ordenanza Nº 23/15-C.S.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo acordado por este Cuerpo en sesión del 22 de marzo de 2016,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrogar los “Adicionales por Carácter Crítico de la Función”, al Personal de Apoyo Académico de esta Facultad, por el monto que en cada caso se indica, a partir del UNO (1) de marzo hasta el TREINTA (30) de abril de 2016, de acuerdo con lo establecido en el art. 12 de la ordenanza Nº 23/15-C.S. ADICIONAL POR CARÁCTER CRITICO DE LA FUNCIÓN Inciso correspondiente al Artículo LEGAJO AGENTE Monto 12 ordenanza N° 23/15–C.S. 14.545 ASTARGO, Luis Alberto inciso e) $ 500 20.714 BENEGAS, Adriana Noemí inciso b) y c) $ 2000 17.061 COMADRÁN, Ana María inciso c) $ 700 Área de Tecnologías del Aprendizaje y la 20.125 FREDES, Mercedes Elisa $ 700 Comunicación 17.745 FUNES, Orlando José Raúl inciso b) $ 1000 20.931 MOVIO, Sandra Patricia inciso c) $ 700 22.885 PEDRAZA, Laura Edith inciso b) $ 700 27.813 SABARONI, Roberto Ariel inciso a) $ 700 19.544 SANTOS, Mariana inciso b) y c) $ 2000 27.986 VILLARRUEL, Susana Beatriz inciso a) $ 500 23.400 ZERVOS, Nicolás inciso e) $ 1200
ARTÍCULO 2º.- Afectar el gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente al Inciso I – Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2016.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 22
lo
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2016-RES-021 23/03/2016 (Carga: 29/06/2016) |
UNCUYO fad • 2016 A Ñ O DEL BICENTENARIO UNIVERSIDAD FACULTAD DE DE LA DECLARACIÓN NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL
MENDOZA, 2 3 HáR 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY No 4246/16 en el que el SeñorDecano tramita prórroga de "Adicionales por Mayor Dedicación" ñ\l de Apoyo Académico de esta Facultad, a partir del 1 de marzo de 2016.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría Económico-Financiera informa que será necesario realizar reajustes presupuestarios transitorios de cargos, teniendo en cuenta que no se cuenta con crédito suficiente para atender la presente erogación.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos no Docentes y a lo acordado por este Cuerpo en sesión del 22 de marzo de 2016,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar los "Adicionales por Mayor Dedicación", otorgados al Personal de Apoyo Académico, conforme al detalle obrante en el Anexo Único de la presente resolución, desde el UNO (1) de marzo hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2016.
ARTÍCULO 20.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso I - Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño - Ejercicio 2016.
ARTÍCULO 3°.- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCION
F. A. 4 lo [ARIANA feANTCS ^ntt íSWfíLOS B R A J A K ERAL AOJÍíísTRATIVA /• fJEGANO
15
UNCUYO fad • 2016 A Ñ O DEL BICENTENARIO UNIVERSIDAD FACULTAD DE DE LA DECLARACIÓN NACIONAL DE CUYO ARTES Y DISEÑO DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL
ANEXO ÚNICO
LEGAJO APELLIDO V NOMBRE CARGO CARGA HORARIA SEMANAL LUGAR D E PRESTACIÓN
31.605 ARGUELLO. Leandro Agustín CarL 07- Agrupamiento Adn^nistratlvo QUINCE (151 Administrador usuario de las TAC
14.545 ASTARGO, Luis Alberto CaL 04 - Agrupamiento Mantenimiento; Producción y Servicios Generales QUINCE (15) Dirección de Seníicios y Mantenimiento 20.714 BENEGAS. Adriana Noeml Cat 03 - (Subrogando Cat 01) - Agrupamiento Administrativo QUINCE (151 Secretaría Económico-Financiera
18.199 BISOLE. Ernesto Santiago Cat. 02 - Agnjpamiento Mamenimiemo, Producción v Servicios Generales QUINCE (15) Dirección de Servicios y Mantenimiento 18.316 CADUTO, Sania Eusebia Francisca Cat. 03 - ISutjrogando Cat 021 - Agrupamiento Administrativo DIEZ 1101 Secretaría Acadénñca 28.977 COSERES, Claudio Maximiliano Cat 07 • (SutxDgando Cat 051 - Agrupamiento Mantenimiento, Produccián y Sen/icios Generales QUINCE (15) Direccieo de Servicios y Mantenimiento
28.830 COZZOLINO, Carlas Matías Cat. 07 - (Subrogando Cat 051 - Agrupamiento Administrativo QUINCE (15) Dirección de Personal 25.845 FORNIES. Silvana Paula Cat. 06 - Agrupamiento Administrativo - Facultad de Odontología QUINCE 1151 Dirección de Biblioteca
20.125 FREDES, Mercedes Elisa Cat 04-{Subrogando Cat 031- Agrupamiento Administrativo QUINCE 1151 Dpta Clases y Exámenes - Secretarla Académica 22.652 GALLARDO, Dora Beatriz Cat 03 - [Subrogando Cat 02) - Agrupamiento Administrativo QUINCE 1151 Dpto. Clases y Exámenes - Secretarla Académica
30.137 HERRERA. Guido Andrés Cat 07 - (Subrogando Cat 05) - Agrupamiento Mantenimiento; Producción y Servicios Generales QUINCE (151 Dirección de Servicios y Mantenimiento 15^56 MAURANO, Ivonne Ana C a t 03 - (Subrogando Cat 02) - Agnjpamiento Administrativo DIEZ (10) Opto Ingreso y Estadística - Secretaría Académica 15.750 ORTIZ, Remigio Osvaldo C a t 06 - (Subrogando Cat 04) - Agrupamiento Mantenimiento; Produccián y Servicios Generales QUINCE (151 Dirección de Servicios y Mantenimiento
20.060 PELETAY, Angel Ricardo C a t 03 - Agrupamierto (Vlantenimiento, Producción y Servicios Generales QUINCE (151 Dirección de Sen/kios y Mantenimiento 16.169 PIZARRO. Vfctor Manuel C a t 03- Agrupamiento Mantenimiemc; Producción y Servicios Generales QUINCE (151 Dirección de Servicios y Mantenimiento 30.851 RODRÍGUEZ. Cristian Andrés C a t 07- Agrupamiento Administrativo QUINCE (15) Dpto Operativo Carreras de Artes del Espectáculo 19.853 RUIZ. Sergio Hugo C a t 03 - (Subrogando Cat 021 - Agrupamiento Administrativo DIEZ 1101 Secretaría de Extensión 19.544 SANTOS. Mariana Cat 01 - Agmpamiento Administrativo QUINCE ¡15) Dirección General Administrativa
28.978 S U R A José Santiago Cat. 07 - (Subrogando Cat 051 - Agrupamiento Mantenimienta Producción y Servicios Generales QUINCE (15) Dirección de Servicios y Mantenimiento
24.539 VENEZIA Alejandra Pablo Cat. 05 - (Subrogando Cat 041 - Agnjpamiento Técnico Profesional QUINCE (15) Dirección de Biblioteca 27.986 VILLARRUEL, Susana Beatriz Cat 07- (Subrogando Cat 051 - Agnjpamiento Administrativo QUINCE 1151 Dirección de Personal
23.513 VILLEGAS. Enrique Ornar Cat. 05 - (Subfogando Cat 04) - Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales QUINCE 1151 Dirección de Servicios y Mantenimiento
27.941 YANQUEZ. Héctor Miguel Cat 07 - (Subrogando Cat 05) - Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales QUINCE 1151 Direcdón de Servicios y Mantenimiento
23399 ZERVOS. Nicolás Rafael C a t 03 - Agrupamiento Técnico Profesional - CICUNC QUINCE 1151 Dpto Operativo Carreras de Proyectos de Diseño
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2016-RES-020 23/03/2016 (Carga: 13/04/2016) |
MENDOZA, 23 de marzo de 2016
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 4243/16 en el que se tramita la prórroga de Asignación Transitoria de Categorías y su correspondiente Suplemento por Mayor Responsabilidad del personal de Apoyo Académico de esta Facultad, a partir del 1 de marzo de 2016.
CONSIDERANDO:
Que se realizó un proceso de evaluación de desempeño de los agentes involucrados y de ello resulta el presente pedido en los distintos períodos.
El informe de Secretaría Económico-Financiera que indica que en los casos consignados en el Anexo I de las presentes actuaciones, existe el crédito suficiente para atender las asignaciones solicitadas. Asimismo informa, en el caso de los agentes: Selva Anahí AGÜERO, Lucía Beatriz MUÑOZ, Roberto Alejandro ROSALES y Pablo David SCALZO, contenidas en el Anexo II, que su financiamiento surge del uso transitorio de la vacante presupuestaria correspondiente al Cargo Categoría 3- Agrupamiento Administrativo, con funciones de Jefe del Departamento Operativo de las Carreras de Cerámica, cuya convocatoria a concurso se tramita en pieza administrativa identificada como EXP-FAD: 9696/15, por lo que dichas asignaciones cesarán indefectiblemente al momento de producirse la cobertura del cargo en forma efectiva.
Que la subrogancia de las agentes CERIOTTO y ORSINI por sugerencia de Secretaría Académica es cubierta en lapsos equivalentes de manera alternada, de acuerdo a lo estipulado en la resolución N° 68/14–C.D.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo acordado por este Cuerpo en sesión del 22 de marzo de 2016,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la asignación transitoria de categorías y su correspondiente Suplemento por Mayor Responsabilidad, al Personal de Apoyo Académico de esta Facultad, de acuerdo a las causales invocadas en el 1 er. Considerando y al detalle obrante en el Anexo I de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Prorrogar la asignación transitoria de funciones y su correspondiente Suplemento por Mayor Responsabilidad, al Personal de Apoyo Académico de esta Facultad, de acuerdo a las causales invocadas en el 2 do. Considerando y al detalle obrante en el Anexo II de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Prorrogar la asignación transitoria de funciones y su correspondiente Suplemento por Mayor Responsabilidad, al Personal de Apoyo Académico de esta Facultad, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo III de la presente resolución.
Resol. N° 20
ARTÍCULO 4°.- Prorrogar la asignación transitoria de funciones y su correspondiente Suplemento por Mayor Responsabilidad, al Personal de Apoyo Académico de esta Facultad de acuerdo a las causales invocadas en el 3 er. Considerando y al detalle obrante en el Anexo IV de la presente resolución.
ARTÍCULO 5°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso I – Gastos en Personal – del Presupuesto Ordinario de esta FacultadEjercicio 2016.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 20
ecm.
ANEXO I ASIGNACIÓN TRANSITORIA DE CATEGORÍAS CON EL CORRESPONDIENTE SUPLEMENTO POR MAYOR RESPONSABILIDAD Desde el 01-03 al 31-12-16
CATEGORÍA LEGAJ CATEGORÍA APELLIDO Y NOMBRES AGRUPAMIENTO LUGAR DE TRABAJO DE REVISTA O PROPUESTA ACTUAL Mantenimiento, Producción y Servicios 19066 ABDO, Alfredo David Dirección de Servicios y Mantenimiento 7 5 Generales
27448 BAYÓN, Silvia Marina Técnico Profesional Dirección de Biblioteca dependiente de Secretaría Académica 6 5
20714 BENEGAS, Adriana Noemí Administrativo a/c Dirección Gral. Económico-Financiera 3 1
Mantenimiento, Producción y Servicios 21976 BIANCORROSSO, José Ricardo Dirección de Servicios y Mantenimiento 6 5 Generales
18316 CADUTO, Sonia Eusebia Francisca Administrativo Secretaría Académica 3 2
28684 CONDORELLI, María Gabriel Técnico Profesional Dirección de Biblioteca dependiente de Secretaría Académica 7 6
Mantenimiento, Producción y Servicios 28977 COSERES, Claudio Maximiliano Dirección de Servicios y Mantenimiento 7 5 Generales Dirección de Personal dependiente de la Dirección General 28813 COZZOLINO, Carlos Matías Administrativo 7 5 Administrativa
21263 FERNÁNDEZ, Mario Héctor Administrativo a/c Dirección de Contrataciones y Patrimonio 3 2
20125 FREDES, Mercedes Elisa Administrativo a/c Jefe de Dpto. Operativo Carreras de Artes Visuales 4 3
22652 GALLARDO, Dora Beatriz Administrativo Clases y Exámenes dependiente de Secretaría Académica 3 2
a/c Dirección de Informática dependiente de la Dirección 23689 GUERRA, Omar Alejandro Técnico Profesional 3 2 General Administrativa Mantenimiento, Producción y Servicios 30137 HERRERA, Guido Alejandro Dirección de Servicios y Mantenimiento 7 5 Generales a/c Dirección Administrativa de Posgrado dependiente de la 20375 JATIB, Silvia Emma Administrativo 3 2 Secretaría de Posgrado
28683 LLORENS, Nilda Noemí Técnico Profesional Dirección de Biblioteca dependiente de Secretaría Académica 7 5
Dpto. Ingresos y Estadísticas dependiente de Secretaría 15856 MAURANO, Ivonne Ana Administrativo 3 2 Académica
Resol. N° 20
Anexo I – Hoja 2
Dpto. Despacho - Dirección de Despacho dependiente de la 23508 MELCHIORI, Elsa Carmen Administrativo 5 4 Dirección General Administrativa Mantenimiento, Producción y Servicios 28102 MELZI, Omar Darío Dirección de Servicios y Mantenimiento 7 6 Generales a/c Dirección de Despacho dependiente de la Dirección 19793 ORO, Laura Esther Administrativo 3 2 General Administrativa Mantenimiento, Producción y Servicios 15750 ORTIZ, Remigio Osvaldo Dirección de Servicios y Mantenimiento 6 4 Generales
15447 RODRÍGUEZ, Gustavo Jesús Alfredo Administrativo a/c Dirección Administrativa de Carreras 3 2
19853 RUIZ, Sergio Hugo Administrativo a/c Dirección Administrativa de Extensión 3 2
Mantenimiento, Producción y Servicios 24541 SANTINI, José Ariel Dirección de Servicios y Mantenimiento 6 5 Generales Mantenimiento, Producción y Servicios 28978 SURA, José Santiago Dirección de Servicios y Mantenimiento 7 5 Generales
24074 VALDIVIESO, Miriam Dominga Administrativo Dpto. Egresos dependiente de Secretaría Académica 3 2
24539 VENEZIA, Alejandro Pablo Técnico Profesional Dirección de Biblioteca dependiente de Secretaría Académica 5 4
Dirección de Personal dependiente de la Dirección Gral. 27986 VILLARRUEL, Susana Beatriz Administrativo 7 5 Administrativa Mantenimiento, Producción y Servicios 27941 YÁNQUEZ, Héctor Miguel Dirección de Servicios y Mantenimiento 7 5 Generales Mantenimiento, Producción y Servicios 30136 ZAVARONI, Edgardo Jesús Dirección de Servicios y Mantenimiento 7 6 Generales
RESOLUCIÓN N° 20
ANEXO II PRÓRROGA ASIGNACIÓN TRANSITORIA DE CATEGORÍAS CON EL CORRESPONDIENTE SUPLEMENTO POR MAYOR RESPONSABILIDAD QUE SURGEN POR REAJUSTE TRANSITORIO DE OTRO CARGO Desde el 01-03 al 31-12-16
CATEGORÍA CATEGORÍA LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES AGRUPAMIENTO LUGAR DE TRABAJO ACTUAL PROPUESTA 29011 AGÜERO, Selva Anahí (*) Administrativo Departamento Operativo Carreras Artes del Espectáculo 7 5
24327 ROSALES, Roberto Alejandro (*) Administrativo Dpto. de Egresos dependiente de Secretaría Académica 5 4
24158 SCALZO, Pablo David (*) Administrativo a/c del Departamento Operativo Carreras Artes del Espectáculo 5 3
(*) Mientras no se produzca la cobertura del cargo Categoría 3 del Agrupamiento Administrativo convocado a concurso por Expte: FAD: 9696/2015 para las funciones de Jefe de Departamento Operativo de las Carreras de Cerámica
RESOLUCIÓN N° 20
ANEXO III PRÓRROGA ASIGNACIÓN TRANSITORIA DE CATEGORÍAS CON EL CORRESPONDIENTE SUPLEMENTO POR MAYOR RESPONSABILIDAD QUE SURGEN POR REAJUSTE TRANSITORIO DE OTRO CARGO Desde el 01-03 al 31-5-16
CATEGORÍA CATEGORÍA LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES AGRUPAMIENTO LUGAR DE TRABAJO ACTUAL PROPUESTA 20713 ARANCIBIA, Laura Esther Administrativo Carreras de Cerámica y Artes Visuales 5 4
16433 MUÑOZ, Lucía Beatriz (*) Administrativo Secretaría Académica – Departamento Operativo y en SAPOE 5 4
(*) Mientras no se produzca la cobertura del cargo Categoría 3 del Agrupamiento Administrativo convocado a concurso por Expte: FAD: 9696/2015 para las funciones de Jefe de Departamento Operativo de las Carreras de Cerámica
RESOLUCIÓN N° 20
ANEXO IV PRÓRROGA ASIGNACIÓN TRANSITORIA DE CATEGORÍAS Y SU CORRESPONDIENTE SUPLEMENTO POR MAYOR RESPONSABILIDAD POR LOS PERÍODOS QUE EN CADA CASO SE INDICA SEGÚN LO DISPUESTO EN
RESOLUCIÓN N° 68/14–C.D.
CATEGORÍA CATEGORÍA LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES AGRUPAMIENTO LUGAR DE TRABAJO OBSERVACIONES ACTUAL PROPUESTA
Dirección de Biblioteca dependiente de Secretaría Desde el 01/03 hasta el 31/05/16 16890 CERIOTTO, Paula María Técnico Profesional 3 2 Académica y desde el 01/12 al 31/12/16
Dirección de Biblioteca dependiente de Secretaría 17793 ORSINI, Patricia Mónica Técnico Profesional 3 2 Desde el 01/06 al 30/11/16 Académica
RESOLUCIÓN N° 20
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2016-RES-019 23/03/2016 (Carga: 30/03/2016) |
MENDOZA, 23 de marzo de 2016
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 4235/16, en el que se tramita la prórroga de los Adicionales por Carácter Crítico de la Función de agentes que cumplen funciones de Gobierno de esta Unidad Académica, del 1 de marzo al 30 de abril de 2016.
CONSIDERANDO:
Que este Decanato está abocado al estudio y análisis del funcionamiento de la planta de gestión, etapa que será completada al finalizar el período indicado en el VISTO y cuya conclusión será elevada al Consejo Directivo para su tratamiento.
Atento a lo aconsejado por las Comisiones y a lo acordado en sesión del día 22 de marzo de 2016.
Por ello,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar los Adicionales por Carácter Crítico de la Función de personal en cargos de Gobierno según el detalle del Anexo Único que forma parte de la presente, desde el UNO (1) de marzo hasta el TREINTA (30) de abril de 2016.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 19
lo
ANEXO ÚNICO
PRÓRROGAS DE ADICIONALES POR CARÁCTER CRÍTICO DE LA FUNCION DE AGENTES CON FUNCIONES DE GOBIERNO (DESDE EL 01/03/16 HASTA EL 30/04/16) LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CARGO FUNCIONES MONTO 24637 AVILA, Susana Estela Profesor Titular (S) Directora de Carreras de Artes Visuales 1897,50 Jefe de Unidad de Apoyo Docente – Carreras Artes del 19987 BELOT, Jesús Damián Profesor Adjunto (S) 1150,00 Espectáculo 21375 DIAZ, Carlos Eliseo Profesor Titular (S) Director de Carreras de Cerámica 575,00 25963 GONZALEZ, Silvina Marcia Profesor Titular (S) Directora Carreras de Diseño 5520,00 18944 MONTERO, Adriana Marcela Profesor Titular (S) Directora Carreras de Artes del Espectáculo 1150,00 ORELLANA LANUS, Luciana 29847 Ayudante de Primera (S) Colaboradora de Gestión Académica 2000,00 Natalia Administrar y asesorar en el manejo de fondos en apoyo a la Secretaría de Extensión, Posgrado y Ciclo de Licenciaturas 30279 ORTIGALA, Rosana Fabiola Secretario de Facultad (E) 3500,00 Extraordinarias y controlar las obras edilicias que se realizan en esta Unidad Académica 31880 PIEDRAFITA, Néstor Profesor Titular (SE) Asesor Letrado. Decanato 4000,00 21737 RAMIREZ, María del Carmen Profesor Adjunto (S) Jefe de Unidad de Apoyo Docente – Carreras de Artes Visuales 1552,50 24735 SOSA, Emilce Nieves Profesor Adjunto (S) Jefe de Unidad de Apoyo Docente - Carreras de Cerámica 575,00 Tecnologías del aprendizaje, la comunicación e innovación 28125 TASCHERET, Arturo Eduardo Profesor Titular (S) 3000,00 educativa en Artes y Diseño (TAC) dependiente del Decanato 22962 BUCCOLINI, María Mónica Profesor Adjunto (S) Jefe de Unidad de Apoyo Docente - Carreras de Diseño 3680,00
RESOLUCIÓN N° 19
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2016-RES-018 23/03/2016 (Carga: 6/04/2016) |
MENDOZA, 23 de marzo de 2016
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 4224/16, en el que se tramita la prórroga de designación interina de Personal Docente Universitario de esta Unidad Académica, con funciones de Gobierno, a partir del 1 de marzo de 2016.
CONSIDERANDO:
Que se ha tenido en cuenta los informes de Dirección de Personal y de Secretaría Económico-Financiera.
Que a fs. 1 el Decanato informa que se encuentra en etapa de estudio y análisis del funcionamiento de la planta de gestión y que el mismo será concluido al finalizar el período solicitado para lo cual se elevará oportunamente la solicitud de renovación de los mismos.
Atento a lo aconsejado, a fs. 4, por las Comisiones de Consejo Directivo y a lo dispuesto en sesión del día 22 de marzo de 2016.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina de Personal Docente Universitario con funciones de Gobierno en los cargos que se detallan en el Anexo Único que forma parte de la presente, desde el UNO (1) de marzo hasta el TREINTA (30) de abril de 2016.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 18
ecm.
ANEXO ÚNICO PRÓRROGAS DE DESIGNACIONES INTERINAS DE DOCENTES CON FUNCIONES DE GOBIERNO DESDE EL 01-03 AL 30-04-16
LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CARGO FUNCIONES
16019 ALTERIO, Antonio Alberto Profesor Titular (SE) Taller de Producción Gráfica
24637 ÁVILA, Susana Estela Profesor Titular (S) Directora de Carreras de Artes Visuales
19987 BELOT, Jesús Damián Profesor Adjunto (S) Jefe de Unidad de Apoyo Docente – Carreras Artes del Espectáculo
31848 BONINO DI BLASSI, María Eva Profesor Adjunto (SE) Asesora de Bienestar Estudiantil
22962 BUCCOLINI, María Mónica Profesor Adjunto (S) Jefe de Unidad de Apoyo Docente de Carreras de Diseño
31849 CONTRERAS VILLARREAL, Pablo Martín Profesor Adjunto (SE) Asesor de Egresados de Decanato
21375 DÍAZ, Carlos Eliseo Profesor Titular (S) Director de Carreras de Cerámica
30282 DIUMENJO BAZAN, Victoria Noé Profesor Adjunto (S) Responsable de Comunicación Institucional dependiente de la Secretaría de Extensión
15295 GONZÁLEZ, Eduardo Alberto Profesor Adjunto (S) Coordinador de Extensión de las Carreras de Artes Visuales y Cerámica
25963 GONZÁLEZ, Silvina Marcia Profesor Titular (S) Directora de Carreras de Diseño
28491 MEDALLA ARAYA, Adolfo Ramón Ayudante de Primera (S) Secretaría Privada – Decanato
25598 MELJIN, Mariela Beatriz Profesor Titular (S) Coordinadora de TAC (Tecnología y aprendizaje de la comunicación)
18944 MONTERO, Adriana Marcela Profesor Titular (S) Directora de Carreras de Artes del Espectáculo
29847 ORELLANA LANÚS, Luciana Natalia Ayudante de Primera (S) Colaboradora de Gestión Académica
28560 PALAZZO, Lucía Romina Ayudante de Primera (S) Secretaría de Vinculación Productiva
31880 PIEDRAFITA, Néstor Profesor Titular (SE) Asesor Letrado. Decanato
21737 RAMÍREZ, María del Carmen Profesor Adjunto (S) Jefe de Unidad Apoyo Docente. Carreras Artes Visuales
24735 SOSA, Emilce Nieves Profesor Adjunto (S) Jefe de Unidad Apoyo Docente. Carreras de Cerámica
RESOLUCIÓN N° 18
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2016-ORD-001 23/03/2016 (Carga: 23/03/2016) |
MENDOZA, 23 de marzo de 2016
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD Nº 23903/15 en el que la Dra. Mariela Gueorguieva NEDYÁLKOVA, eleva el nuevo Reglamento General de la Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX.
CONSIDERANDO:
Que por ordenanza nº 7/15-C.D. se aprobó el mencionado Reglamento.
Que la Secretaría de Posgrado advierte algunas omisiones formales en el texto del Reglamento General de la Maestría.
Que efectuadas las modificaciones sugeridas por la mencionada Secretaria, en concordancia con la Comisión de Interpretación y Reglamento y lo acordado por este Cuerpo en sesión del 21 de diciembre de 2015.
Por ello,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1º.-Dejar sin efecto la ordenanza nº 7/15-C.D. por la que se aprobó el Reglamento General de la Carrera de Posgrado “Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX”.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el “Reglamento General de la Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX”, dependiente de la Secretaría de Posgrado de esta Unidad Académica que se detalla seguidamente:
CAPÍTULO I: DE LA CARRERA.
I.1.Descripción de la estructura académica:
1 Unidad académica: Facultad de Artes y Diseño. 1.2 Título a otorgar: Magíster en Interpretación de Música Latinoamericana del siglo XX. 1.3 Estructura del plan de estudios: estructurado.
Ord. N° 1
Hoja 2
4. Tipo de carrera: Maestría, perfil profesional. 1.5. Modalidad: semipresencial. 1.6. Carácter de la carrera: continua. 1.7. Organización: institucional.
I.2. Tipología de las actividades curriculares:
1. Cursos-seminarios teóricos. E cursado común para todos los maestrandos, cualquiera sea su especialidad. Ellos son: Historia Social de la Música Latinoamericana I y II Música popular Latinoamericana Metodología de la Investigación musical Problemática filosófica Latinoamericana Estética Epistemología y Metodología de la Investigación
2. Cursos-seminarios teórico-prácticos: de cursado común a todos los maestrandos, cualquiera que sea su especialidad: Análisis I Análisis II Análisis III
3. Seminarios taller;
a) comunes a todos los maestrandos, cualquiera sea su especialidad instrumental, tales como: Música de cámara I Música de cámara II Música de cámara III
b) específicos según la especialidad: Interpretación I Interpretación II Interpretación III Interpretación IV
Ord. N° 1
Hoja 3
Estos incluirán: Piano, Canto, Vientos, Cuerdas, Guitarra, Percusión y Dirección coral.
El curso-seminario específico de cualquiera de las modalidades ofrecidas deberá reunir un mínimo de CINCO (5) inscriptos aceptados. En el caso de no cumplirse este requisito, la Comisión Asesora Académica de la Maestría analizara el caso particular de cada especialidad en cuestión y efectuara la medida correspondiente en función de las necesidades musicales y de infraestructura pedagógica de la carrera.
CAPÍTULO II: DE LOS ESTUDIANTES:
II.1. Inscripción (modalidad y fechas)
Las inscripciones se realizan on line, sistema guaraní, en forma personal durante un periodo preestablecido para cada cohorte de la carrera (pudiendo ser entre 1° al 30 de marzo o 1° al 30 de agosto, siguiendo las pautas establecidas en el formulario único de inscripción y reinscripción para carreras de posgrado de la UNCuyo (Anexo). Los postulantes aceptados a la carrera deberán abonar el canon de inscripción vigente para la cohorte a la que aspiran. Para esta carrera las inscripciones se realizan luego de la instancia de la audición, cuando la Dirección de la Carrera, entregará a la Secretaria de Posgrado el listado con los resultados de la evaluación de las candidaturas, a efectos de proceder a la notificación fehaciente de los interesados.
Si la Comisión Académica Asesora de la Carrera procede a aceptar la candidatura presentada por el postulante, la inscripción será formalizada mediante Resolución dictada por el Consejo Directivo de la Facultad de Artes y Diseño.
Una vez que el aspirante ingresó a la carrera deberá reinscribirse anualmente. Dicha reinscripción se verá imposibilitada si el maestrando no está al día con sus obligaciones académicas y financieras.
II.2. Condiciones y requisitos de preinscripción y admisión.
II.2.1. Preinscripción Los aspirantes a cursar la Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX deberán inscribirse en Secretaría de Posgrado de la FAD-UN Cuyo y cumplir con los siguientes requisitos:
Ord. N° 1
Hoja 4
a) Presentación de la solicitud de preinscripción debidamente cumplimentada. b) Presentación de un CV con la información suficiente para valorar sus antecedentes de formación de grado y/o posgrado y/o desempeño profesional. c) Presentación de un DVD con obras del repertorio universal y latinoamericano, entre 15 y 30 minutos de duración. La grabación no debe tener antigüedad mayor a un año. d) Presentación de una carta/nota de no más de 2 (dos) carillas en la que explique las razones que lo han motivado a encarar esta Maestría.
e) Pago del canon de preinscripción establecido. f) Presentación de una copia del certificado analítico de la carrera de grado y del diploma (no excluyente) Aclaración acerca de la legalización de los títulos, acreditación de las copias de diplomas y certificados analíticos: Los títulos de grado y de posgrado deben estar debidamente legalizados por la universidad de origen. Los respectivos certificados analíticos deben ser expedidos por la facultad donde se obtuvo el título, en los que deben figurar las calificaciones obtenidas en cada asignatura. Para el caso del solicitante cuyo título haya sido otorgado por una universidad extranjera, esta legalización debe ser efectuada por la universidad de origen, el Ministerio de Cultura y Educación de su país o su equivalente y por la Embajada Argentina sita en el país de origen. Si el país no se encuentra inscripto en la Apostilla de La Haya, el trámite concluye en el Ministerio de Educación de la Nación Argentina en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El solicitante debe presentar copia de estos documentos autenticada por autoridad competente. En caso de no estarlo, la Secretaría de Posgrado de la FAD acredita las fotocopias a la vista de los originales que devuelve al interesado. La gestión de la preinscripción puede formalizarse por email y/o por correo postal, con copias certificadas de los documentos enumerados a Casilla de Correo 305 CP 5500, Mendoza, Rep. Argentina, y comprobante de depósito en una cuenta bancaria cuyos datos se informaran oportunamente. Las preinscripciones de los aspirantes recibidas en los plazos que oportunamente se establezcan, serán giradas a la Comisión Académica Asesora para que se expida en un plazo no mayor a 45 días acerca de la aceptación, determinación de otros prerrequisitos o rechazo de las mismas. II.2.2 Requisitos y condiciones de admisión A fin de determinar la competencia del postulante para ser inscripto en la carrera la Comisión Académica Asesora, evalúa las solicitudes presentadas considerando:
Ord. N° 1
Hoja 5 II.2.2. 1. Título presentado: a) Postulantes egresados de una universidad argentina o extranjera con título universitario de grado afín a la Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del s. XX, cuya obtención se derive de un plan de estudios de no menos de cuatro años de duración o cumplir los requisitos de excepción previstos en el Artículo 87 Inc. c) del Estatuto Universitario, a criterio de la Comisión Académica Asesora de la carrera. En el caso de ser egresado de una universidad extranjera con título de grado afín a la carrera, deberá acreditar dominio funcional del idioma español mediante certificación de estudio o examen oral y escrito (únicamente para aspirantes extranjeros que no hablan idioma español) La admisión no significa reválida de título de grado ni lo habilita para ejercer la profesión en el país. Para el caso de que el aspirante posea un título de grado universitario diferente del título de base de la carrera a que aspira se tendrá en cuenta la relación científica con el área. b) Postulantes que no posean título de grado y desean inscribirse en la carrera Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX deberán cumplimentar los prerrequisitos establecidos por el Honorable Consejo Directivo para dar cumplimiento al art. 39 bis de la Ley de Educación Superior N° 24521/95, modificada por la Ley N° 25754/03 que agrega el mencionado artículo sobre formación de posgrado. La Dirección de Carrera junto al Comisión Académica Asesora evaluará la documentación para considerar el acceso a la instancia de evaluaciones específicas. II.2.2. 2 Instancias de evaluaciones específicas para el ingreso Una vez aceptadas sus preinscripciones, los aspirantes deberán rendir y aprobar un examen de aptitudes musicales. a) El examen para los aspirantes con título universitario consiste en la ejecución pública de 30 minutos de música de repertorio universal y latinoamericano. La calificación consistirá en APROBADO/DESAPROBADO. Se aplicaran los siguientes criterios: Coordinación motriz, Destreza en el manejo del instrumento; Capacidad interpretativa; Creatividad y originalidad. b) El examen para los aspirantes sin título universitario podría constar de los siguientes pasos a criterio de la Dirección de Carrera junto con la Comisión Académica Asesora, según cada caso particular : -Audición de CUARENTA Y CINCO (45) minutos de duración con obras seleccionadas del repertorio de las asignaturas “Instrumento V”, “Canto V” o “Dirección Coral V” (según la especialidad del postulante) de la Licenciatura correspondiente al plan de estudio vigente en la FAD-UNCuyo, en esta etapa de evaluación 1.
1Las asignaturas que se mencionan en las evaluaciones pertenecen a las carreras de Licenciatura en Violín, Viola, Violoncelo, Contrabajo, Arpa, Flauta, Oboe, Clarinete, Fagot, Trompa, Trompeta, Trombón, Saxofón, Percusión, Piano, Guitarra u Órgano, Canto o Dirección Coral que se dictan en las Carreras Musicales de grado de esta unidad académica, del plan de estudio vigente en la fase de evaluación.
Ord. N° 1
Hoja 6
-Evaluación escrita de “Historia de la Música” con contenidos seleccionados de “Historia de la Música I, II, III y IV” de la Licenciatura correspondiente al plan de estudio en vigencia de la FAD-UNCuyo, en esta etapa de evaluación. -Evaluación escrita de “Análisis Musical”, con contenidos seleccionados de las asignaturas “Armonía I, II y III” y de “Análisis y Morfología I y II” de la Licenciatura correspondiente al plan de estudio en vigencia de la FAD-UNCuyo, en esta etapa de evaluación. -Presentación de una monografía de DIEZ (10) páginas sobre un tema asignado por la Comisión Académica Asesora.
Aclaraciones: - Los gastos ocasionados por la constitución de los jurados para cada instancia de las evaluaciones correrán por cuenta del postulante. - La aprobación de las evaluaciones mencionadas habilitará al postulante a acceder a las instancias de evaluación específica de la Maestría. - La obtención del título Magíster en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX no habilita, ni presupone el título de grado en caso de que el egresado de esta carrera no lo posea.
II.3. Promoción y vigencia de la inscripción: Para conservar la condición de alumno y la vigencia de la inscripción, los alumnos de esta carrera de posgrado deberán dar cumplimiento a los siguientes requisitos:
a) Reinscribirse anualmente mediante el formulario único de inscripción y reinscripción para carreras de posgrado de la UNCuyo (Anexo).
b) No ser deudor por mora en el pago de las cuotas acordadas por convenio académico entre el maestrando y la Facultad durante el periodo de inscripción.
c) Haber cumplido con la exigencia académica de una asistencia mínima del 80% a las clases presenciales del ciclo académico previo.
d) Haber cumplido con resultado positivo las actividades de evaluación de la Carrera, seminarios teóricos y/o seminarios- taller correspondientes al ciclo académico previo. e) Haber rendido el examen de idiomas.2 Aclaración: La aprobación de la totalidad de las actividades curriculares, sin estar inscripto en la carrera de Posgrado, no da lugar al otorgamiento de título.
2Es una exigencia de la carrera que no forma parte de la currícula de la misma. No otorga niveles de conocimiento o de competencia. Se realiza mediante la traducción de un texto a diccionario abierto. El idioma es a elección del alumno (inglés, francés, alemán, italiano o portugués) La calificación consiste en APROBADO O DESAPROBADO y tendrá una instancia de recuperación si el examen no fuera aprobado. Se reconocerán certificados internacionales referidos a uno de los idiomas mencionados.
Ord. N° 1
Hoja 7
II.3.1 Regularidad de los alumnos y aprobación de las actividades curriculares: seminarios y/o seminarios-taller (cursos teórico-prácticos): II.3. 1. 1. Para aprobar un Seminario, el alumno deberá: o Asistir al 80% de las horas presenciales, o Rendir y aprobar el examen de interpretación instrumental individual o en grupos, según sea el Seminario-taller de que se trate y o Presentar y aprobar el informe, monografía o trabajo final correspondiente, tanto para los Seminarios teóricos, cuanto para los Seminarios teórico-prácticos o de Interpretación (Seminarios-Taller).
II.3.1.2. Los trabajos finales, informes o monografías correspondientes a cada Seminario deberán versar sobre alguna temática original de alguno de los temas desarrollados en los mismos y presentados en soporte papel y en formato digital durante el cursado del seminario inmediato posterior, por Mesa de Entradas de la FAD. Para los trabajos que sean enviados por Correo Postal o Correo Electrónico, se tendrá en cuenta la fecha que certifique el matasellos postal o el envío del correo electrónico, según corresponda. Caso contrario, el trabajo presentado fuera de término(vencidas las fechas establecidas y/o prórroga concedida) será evaluado de acuerdo con el régimen de tutorías especiales cuyo arancel se fijara en cada cohorte y no podrá ser inferior a la hora cátedra dictada (hora reloj) por un profesor titular de la UNCuyo quien posee máxima dedicación y antigüedad.
La normativa de presentación de monografías es: Formato: - Portada: Seminario, profesor/a responsable, título de la obra, autor, intérprete. - Cuerpo principal: Contenido a determinar por el profesor responsable en el caso de los Seminarios teóricos y los Seminarios teórico - prácticos. En el caso de los Seminarios-talleres (ver Contenido*) - Bibliografía - Longitud: de 10 a 15 páginas, sin contar bibliografía. - Tipo de letra y tamaño: Times New Roman 12 - Interlineado: 1,5 Contenido:
- El autor y su contexto (geográfico, sociocultural, musical). - La obra: ubicación dentro de la producción musical del compositor, estructura musical (movimientos/secciones, material armónico, discurso melódico, factura rítmica, texturas empleadas, uso del/de los instrumento/s, elementos de intertextualidad, aportes teóricos).
Ord. N° 1
Hoja 8
- Interpretación: resolución técnico-musical de la parte propia, armado individual y/o del conjunto, problemática/desafíos de la interpretación musical de la obra.
Presentación:
- Consulta: envío por correo electrónico al profesor, con copia a posgrado (Asunto: consulta monografía). - Entrega final: durante el seminario siguiente se enviará el trabajo terminado por correo electrónico a Secretaría de Posgrado (Asunto: Envío Monografía definitiva) y se entregará una copia del mismo en soporte papel en Mesa de Entradas de la FAD -UNCuyo.
II.3. 1. 3. Si por razones de fuerza mayor un maestrando no puede asistir a las clases presenciales de un determinado Seminario teórico, Seminario teórico-práctico o SeminarioTaller, deberá cursar el mismo en la siguiente oportunidad en que sea dictado en otra cohorte de alumnos, no pudiendo presentar la evaluación en carácter de alumno libre.
II.3. 1. 4. Si un trabajo final de algún Seminario teórico, Seminario teórico-práctico o Seminario-Taller no es aprobado en primera instancia, el maestrando tendrá una instancia de reformulación. Si aun así no es aprobado, podrá optar por recursar el Seminario, si fuese posible, u optar por el régimen de las tutorías especiales para recuperar su aprendizaje y lograr la aprobación del Seminario correspondiente.
a) La condición de alumno regular se mantendrá hasta seis meses posteriores a la fecha de cursado del Seminario teórico, Seminario teórico-práctico o SeminarioTaller. Si durante dicho lapso el alumno no hubiere presentado o aprobado el Concierto-Evaluación de Interpretación o el informe, monografía o trabajo final, perderá su condición de regular y deberá cursar nuevamente el Seminario de que se trate.
b) Si por razones particulares debidamente fundamentadas y certificadas mediante una nota elevada a la Dirección de la carrera, un maestrando no se presenta a un Concierto-Evaluación en las fechas y plazos establecidos, podrá solicitar ser nuevamente evaluado en oportunidad de los próximos Seminarios-Taller presenciales, en fecha a convenir con la Dirección de la Maestría, sin exceder los seis meses. II.3.1.5 Baja de inscripción La baja de inscripción operará de forma inmediata cuando se verifique alguna de las siguientes situaciones:
a) Incumplimiento por parte del alumno del trámite de reinscripción anual, toda vez que después de haber notificado fehacientemente al interesado de tal situación y vencido el plazo otorgado para la normalización, la situación de incumplimiento persista.
Ord. N° 1
Hoja 9
b) Incumplimiento del pago de los aranceles correspondientes, toda vez que después de haber notificado fehacientemente al interesado de tal situación y vencido el plazo otorgado para la normalización, la situación de incumplimiento persista.
c) Decisión personal del alumno de posgrado de cesar en los estudios, formalizada por presentación escrita ante la Dirección de la Carrera. Una vez aceptada la baja voluntaria por la Dirección de la MIML, la aceptación de la baja voluntaria no exime al alumno de la cancelación de obligaciones pendientes.
d) Incumplimiento en la presentación del proyecto de Trabajo Final o Tesis, así como de los informes de avance, en los plazos establecidos.
e) No haber dado cumplimiento a los requisitos de permanencia en el sistema de Posgrado, establecidos en el presente Reglamento.
II.3.1.6 Readmisión:
Los alumnos de la carrera que hayan perdido su condición de regular, podrán solicitar la readmisión, para lo cual deberán dar cumplimiento a la totalidad de procedimientos exigidos en la primera instancia y abonar los aranceles vigentes en el momento de la readmisión. La cantidad máxima de readmisiones permitidas por cada alumno queda establecida en DOS (2).
II.4. Régimen e instrumentos de equivalencias.
La Comisión Académica Asesora de la Carrera podrá reconocer, por el sistema de equivalencias, todas aquellas actividades académicas y formativas de posgrado relacionadas con los objetivos de la presente Maestría, valoradas como relevantes y que hayan sido cumplidas por el Maestrando. Se consideran incluidos en estas condiciones los Cursos, Seminarios, Becas y otros modos de formación en Posgrado e Investigación que sean presentados con las debidas certificaciones de evaluación, probanzas y programas que posibiliten su análisis y valoración para determinar su relación con los estudios de esta Maestría. Para ello los interesados deben efectuar su solicitud mediante una nota dirigida a la Dirección de Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del s. XX aportando todos los elementos que permitan juzgar los contenidos y la calidad de la actividad desarrollada. En el caso de alumnos quienes ya hayan cursado y aprobado seminariostalleres en una cohorte anterior, el plazo de presentación de solicitud de equivalencias será de 90 días antes del cursado del seminario por el que se solicita la equivalencia.
Ord. N° 1
Hoja 10
II. 5. Condición de alumno extracurricular
a) La condición de alumno extracurricular comprende aquellos interesados en asistir y cursar una de las actividades curriculares, Seminarios teóricos, Seminarios-Taller o Seminarios teórico-prácticos, sin ser alumnos regulares de la Maestría.
b) Podrán ser alumnos extracurriculares profesionales músicos que reúnan las condiciones establecidas para la inscripción en la Maestría. Los cursos no podrán ser acreditados como cursos de posgrado hasta que sean evaluados. De manera extraordinaria podrán ser aceptados estudiantes avanzados de carreras de nivel superior en disciplinas musicales, priorizando los estudiantes de la FAD. Estos últimos podrían ser inscriptos en condición de alumnos condicionales (sujeto a la obtención de su título de grado).
c) Para acceder a la condición de alumno extracurricular deberá presentar una solicitud de inscripción y una nota explicando los motivos que lo llevan a solicitar la aceptación. Asimismo deberá presentar un curriculum vitae y el título de grado o un certificado analítico de estudios, esto último en caso de no haber completado la carrera.
d) La Comisión Académica Asesora de la carrera impondrá al alumno condicional un plazo para obtener su título de Grado a fin de registrar la condición de alumno regular con todas las obligaciones y compromisos que esto significa, y siempre y cuando reúna las condiciones de admisión establecidas.
e) El alumno extracurricular obtendrá una certificación de la Actividad curricular realizada, estableciéndose para este caso la posibilidad de certificar solo asistencia o asistencia y evaluación, en las mismas condiciones de asistencia y evaluación de los alumnos regulares de la Maestría.
f) Dentro de esta condición de alumno extracurricular, podrá concurrir en carácter de alumno “oyente”, sin tener obligación de asistir a la totalidad del Seminario o Curso, en cuyo caso no podrá presentar evaluación, ni tendrá derecho a la certificación de la actividad curricular.
g) Ambas condiciones, extracurricular y oyente, son aranceladas.
h) Los alumnos que cursen seminarios de la carrera y aún no han egresado de su carrera de grado obtendrán un certificado de asistencia de la Secretaría de Extensión.
Ord. N° 1
Hoja 11
II.6 Políticas y procesos de seguimiento de los estudiantes. Estrategias pedagógicas/didácticas.
El Director y la Comisión Académica Asesora de la Carrera deberán realizar el seguimiento y control a fin de que docentes y alumnos cumplan con la metodología prevista, y además, actuarán como guías y evaluadores de los estudios en general. La metodología de orientación y supervisión de los cursantes es la propia de los formatos que asumen las actividades curriculares: Seminarios teóricos, Seminarios teórico-prácticos y Seminarios-taller. En los Seminarios, se utilizan estrategias que permitan el tratamiento exhaustivo y en profundidad de los temas, incluyendo las de exposición de los docentes, grupos de discusión y trabajo alrededor de determinadas temáticas con participación activa de los alumnos. En los Seminarios teórico-prácticos se da oportunidad a la participación de los alumnos en la resolución de situaciones relacionadas con los contenidos a desarrollar. En ambos casos, se organizan sesiones intensivas de trabajo que permitan el óptimo aprovechamiento de las horas presenciales. Los Seminarios-Taller de Interpretación y Música de Cámara, integran la exposición, explicación y demostración musical por parte de los profesores, con diferentes estrategias pedagógicas. Ello posibilita el contacto personal del docente con los maestrandos, a través de clases individualizadas, por la índole de los aprendizajes, (especialmente los instrumentales y vocales). Por las características de Taller, la participación de los maestrandos es indispensable, tanto en forma individual como grupal, en donde, además de aplicar y utilizar las habilidades interpretativas adquiridas con anterioridad, podrán resolver nuevos desafíos a partir del aporte de los docentes, de los pares y su propia creatividad. La reflexión de los participantes sobre sus aprendizajes y desempeños debe acompañar permanentemente el desarrollo de estos Seminarios-taller. Como una de las estrategias de orientación y seguimiento en la elaboración de las Tesis, la carrera en conjunto con la Secretaria de Ciencia, Tecnología y Posgrado de UN Cuyo propone las siguientes ofertas de talleres de tesis: tres niveles de Talleres de Redacción de Tesis, de carácter anual y gratuito a través de su Dirección General de Posgrado, de la secretaría de Ciencia, Técnica y Posgrado de la UN Cuyo. La Facultad de Artes y Diseño a través de su Secretaría de Posgrado, ofrece el dictado de talleres de tesis de carácter anual como apoyo metodológico a los maestrandos.
CAPITULO III. DEL CUERPO ACADÉMICO.
III. 1. Gestión académica y administrativa de la carrera. De acuerdo a las reglamentaciones vigentes en la UNCuyo, cada carrera de posgrado con modalidad estructurada, como es el caso de esta Maestría, cuenta con un Cuerpo Académico propio, responsable de su desarrollo. Conforman este Cuerpo Académico, el Director, el Codirector, la Comisión Académica Asesora, los Profesores, los Directores y Codirectores de tesis, los profesores convocados como tutores.
Ord. N° 1
Hoja 12
III.1.1. Mecanismos de designación, requisitos y funciones del/la Director/a de la carrera, de la Comisión Académica Asesora y del cuerpo docente de la Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del s. XX. Las designaciones de los miembros del Cuerpo Académico (Director, Codirector, e integrantes de la Comisión Académica Asesora) son aprobadas por el Consejo Directivo de la FAD a propuesta de la Secretaría de Posgrado y tendrán una vigencia correspondiente a DOS (2) cohortes (entendiéndose por cohorte, al período comprendido entre el momento de inicio de la carrera y la finalización del dictado completo de las obligaciones curriculares que establece la misma), luego de la cual los integrantes del Cuerpo Académico pueden ser ratificadas en su designación o no, teniendo en cuenta los mecanismos de evaluación de desempeño de funciones (de gestión o docencia, según sea el caso), determinados por la Unidad Académica (según el Anexo VI -1- de la Ord. 33/12-R.UN Cuyo). Requisitos: Sus integrantes deben poseer como mínimo una formación de posgrado equivalente a la ofrecida por la carrera. En casos excepcionales, la ausencia de estudios de posgrado puede reemplazarse por una formación o mérito equivalente demostrados por sus trayectorias como profesionales, docentes e investigadores.
Pautas para la determinación del mérito equivalente: Ord. N°49/03-C.S, 2006, 1.3. a) Trayectoria académica, científica o artística destacada, desarrollada en su actividad profesional evaluada a través de sus publicaciones, conciertos, edición de libros, cd, obras, etc. En caso de Directores de tesis, la mencionada trayectoria debe estar vinculada al tema de la misma. b) Trayectoria en la dirección de proyectos de investigación con resultados concretos que puedan evaluarse. c) Dirección de docentes en formación (o becarios graduados) en proyectos de tesis de posgrado. d) Dictado de cursos y seminarios de posgrado. e) Dictado de conferencias y ponencias en sesiones científicas de su disciplina. f) Antecedentes como miembros de comisiones asesoras de evaluación de proyectos de investigación, desarrollo e innovación artística. Director de la Maestría en Música Latinoamericana del s. XX El Director/a y Codirector/a de la Maestría son propuestos por la Comisión Académica Asesora y aprobados por el Consejo Directivo de la Facultad de Artes y Diseño. El Director de la Maestría en Música Latinoamericana del Siglo XX cumple: a) Funciones ejecutivas y académicas. Entre las funciones ejecutivas: supervisión del seguimiento de profesores y estudiantes y aspectos económico-financieros de la carrera. b) Preside la Comisión Académica Asesora. c) Ejecuta las acciones que ésta y el Consejo Directivo decidan d) Supervisa estado económico financiero de ingreso por aranceles e inversiones para el desarrollo de la carrera.
Ord. N° 1
Hoja 13
e) El Director de la Maestría administra la carrera, tiene a su cargo la coordinación académica de los alumnos y será asistido por el personal de apoyo académico de la Secretaría de Posgrado de la Facultad. f) Es su responsabilidad y proponer a la Comisión Académica Asesora el cuerpo docente y lograr el desarrollo de la carrera en niveles de excelencia, en forma armónica con las oportunidades y requerimientos actuales y futuros de la Universidad, la comunidad científico-artística y la sociedad en la que está inserta. Codirector de la Maestría en Música Latinoamericana del Siglo XX Entre sus funciones son: apoyo a las actividades, obligaciones y responsabilidades del Director/a y cumplimiento en la totalidad de las mencionadas funciones para la Dirección de la maestría en caso de ausencia, licencia o renuncia del Director/a o/y hasta que las autoridades correspondientes de la FAD resuelvan la situación.
Asesor Académico: El Director de la Maestría puede estar auxiliado por un Asesor Académico, que entenderá en todo lo referente a los aspectos estrictamente técnicopedagógicos y organización académica de las actividades propias de la maestría, para contribuir a la optimización de la calidad de las acciones que se desarrollen. La complejidad de la puesta en marcha de una carrera de este nivel, la experiencia institucional a partir de la Maestría en Música Latinoamericana del Siglo XX y las exigencias curriculares de actualización permanente de un campo de estudio en constante expansión como es la música latinoamericana académica han influido en la generación de este rol. Comisión Académica Asesora (CAA). La Comisión Académica Asesora llevará a cabo el control, asesoramiento y evaluación permanente del desarrollo de la Maestría. La Comisión Académica Asesora está compuesta por 5 (cinco) miembros ad-hoc, vinculados con la temática de la carrera. Las designaciones de los miembros son aprobadas por el Consejo Directivo de la FAD (según el Anexo VI -1- de la Ord. 33/12 Rectorado UN Cuyo) con asesoramiento de la Secretaría de Posgrado. Es su responsabilidad brindar la asistencia técnica en el diseño, desarrollo y seguimiento del proyecto de referencia de modo de contribuir a la optimización de los recursos vinculados con la misión de la carrera, y avalar el cuerpo docente propuesto por el/la directora/a de la maestría. Funciones: - Proponer las reglamentaciones necesarias para el adecuado funcionamiento de la MIML • Establecer criterios de aceptación de postulantes. • Establecer y regular regímenes de becas. • Aprobar proyectos de tesis y sus directores. • Proponer jurados de defensa de tesis. • Establecer una lista de consultores. • Acreditar cursos de otros posgrados nacionales y/o extranjeros.
Ord. N° 1
Hoja 14
• Establecer nuevos plazos. • Proponer convenios con otras Maestrías o programas de posgrado en universidades nacionales y/o extranjeras. • Sugerir cambios curriculares vinculados a la necesidad de actualización permanente de contenidos no solo históricos sino contemporáneos en pleno crecimiento y renovación. Cuerpo docente: Cada Seminario estará a cargo de un Docente coordinador responsable de su desarrollo, que tendrá a su cargo la conducción de la enseñanza de las distintas actividades curriculares. Los profesores de la MIML ajustarán su actuación a lo expresado en el Estatuto Universitario en su Título IV, cap. I.Integrarán el cuerpo docente de la MIML todos los profesionales convocados por la Dirección de la carrera para asumir funciones docentes relacionadas con las actividades curriculares de la carrera. La elección y propuesta integral es prerrogativa de la Comisión Académica Asesora y la Dirección de la Maestría, avalada por las autoridades de la FAD correspondientes y la posterior aprobación por el Consejo Directivo de la FAD. Los profesores tendrán las siguientes obligaciones o deberes: Elaborar y presentar en tiempo y forma de acuerdo a los plazos que en cada caso se establezcan, los programas analíticos del Seminario teórico, Seminario teóricopráctico o Seminario-Taller a su cargo de acuerdo a las especificaciones y componentes que se establezcan. Informar con la debida antelación la bibliografía y el repertorio que los maestrandos deberán conocer previo al cursado presencial de cada actividad facilitando dicho material digitalizado, para reproducir en la plataforma virtual de la Secretaría de Posgrado, con dos meses de antelación como mínimo; caso contrario, orientando a la Dirección de la Maestría para su rápida localización y disposición a favor de los estudiantes. Cumplir con las fechas y horarios para el dictado del Seminario teórico, Seminario teórico-práctico o Seminario-Taller, una vez acordados los mismos con la Dirección de la Maestría. Comunicar con la debida anticipación, no menor a 30 días, cualquier solicitud de modificación en las fechas y horarios acordados para las actividades docentes, siempre que estas obedezcan a razones de fuerza mayor. Comunicar fehacientemente y con la debida antelación las necesidades relacionadas con medios de apoyo a la enseñanza, recursos, instrumentos o materiales bibliográficos necesarios en las actividades presenciales, y ajustar estas necesidades a las reales posibilidades de disponerlos de parte de la Secretaría de Posgrado de la FAD. Ajustar el desarrollo del Seminario teórico, Seminario teórico-práctico o SeminarioTaller al Plan de estudios aprobado para la carrera y a sus reglamentaciones en cuanto a plazos, sedes y criterios de evaluación, no pudiendo acordar con los alumnos plazos u obligaciones fuera de la reglamentación vigente.
Ord. N° 1
Hoja 15
Disponer de UNA (1) consulta personal o vía e-mail con el maestrando, previa a la presentación definitiva de los trabajos escritos por este último. Informar a la Dirección de la Maestría o al personal de apoyo académico toda novedad relacionada con la marcha del Seminario teórico, Seminario teórico-práctico o Seminario-Taller a su cargo. Evaluar a los maestrandos en los Conciertos-evaluación de los Seminarios-Taller y en las monografías. La modalidad de evaluación consiste en: a) El maestrando rinde un Concierto-Evaluación al final de cada Seminario-Taller y es evaluado por un jurado. b) El maestrando realiza la monografía y la envía a Secretaría de Posgrado directamente, como DEFINITIVA. Secretaría de Posgrado la reenvía al docente, quien corrige y presenta la evaluación en dicha secretaría, para informar al maestrando su resultado. c) El maestrando que solicite una instancia previa de comunicación con el docente, envía el escrito vía e-mail al profesor del seminario. Este realiza TODAS las indicaciones, correcciones, etc., y la reenvía al maestrando, quien trabajará en las correcciones y enviará la versión definitiva a Secretaría de Posgrado. Recibir los trabajos escritos, monografías o informes definitivos únicamente a través de Secretaría de Posgrado, evitando recepcionarlos en forma personal de los maestrandos, para facilitar el adecuado registro y control de los mismos. El docente deberá enviar las evaluaciones a Secretaría de Posgrado dentro de los sesenta días de recibidos los trabajos. Producir los informes de evaluación correspondientes a cada maestrando en los plazos estipulados tanto de las instancias presenciales, interpretación instrumental, cuanto de los informes monográficos presentados, los cuales serán devueltos, una vez evaluados, a la Secretaría de Posgrado. Presentar un informe referido a la evaluación general de la marcha del Seminario teórico, Seminario teórico-práctico o Seminario-Taller indicando los aspectos positivos o logrados y aquellos en los que es necesario producir reajustes. Responsabilizarse de los auxiliares de docencia e investigación que eventualmente colaboren. Los profesores tendrán los siguientes derechos: -Desempeñar su labor como docente de la Maestría en las condiciones de tiempo, lugar y recursos previamente establecidas y acordadas con la Secretaría de Posgrado y la Dirección de la carrera. -Percibir la remuneración pactada por su labor, previa firma del contrato respectivo y presentación de factura. -Recibir certificación de su labor docente. -Consultar las bases de datos, centros de documentación y bibliotecas de la FAD en requerimientos surgidos durante el dictado del seminario teórico y/o taller.
Ord. N° 1
Hoja 16
Régimen de tutorías especiales Para contribuir a asegurar un adecuado proceso de aprendizaje, se dispondrá de un cuerpo de tutores, seleccionados por la Comisión Académica Asesora entre los profesores de la Maestría o de las carreras musicales de la FAD posgraduados, preferentemente residentes en Mendoza, cuyo relevamiento está disponible en la Secretaría. Estos tutores brindarán apoyo pedagógico y orientación al maestrando que lo solicite per se o por derivación de su profesor responsable. Los profesores tutores establecerán, con quienes lo soliciten, las fechas, horarios y lugar de encuentro, y esta orientación podrá ser realizada en forma individual y/o grupal según necesidades. El tutor acordará asimismo, cuando corresponda, con el docente responsable, el enfoque, características y procesos correspondientes, de acuerdo a las dificultades particulares de cada situación, asegurando por sobre todas las cosas, la coherencia de los programas de la Maestría y la calidad de los aprendizajes, no pudiendo el/la tutor/a modificar temas, obras, bibliografía, sin acuerdo expreso del profesor titular del Seminario. Los docentes tutores percibirán honorarios por dicha tarea, previo acuerdo con las autoridades de la Maestría mediante presentación de factura para el cobro de los mismos. Dichos honorarios serán equivalentes a la retribución en vigencia de la hora/cátedra de un profesor titular universitario. El alumno que requiera apoyo del tutor, tanto en los Seminarios-Taller como en los Seminarios teóricos, deberá hacerse cargo del costo adicional que este servicio signifique, aun en el caso de estar beneficiado con una beca.
III.1. 2. Designación, requisitos y funciones del Director y Codirector de tesis.
Designación: El Director de Tesis será propuesto por el maestrando, aprobado por la Comisión Académica Asesora y elevado al Consejo Directivo de la Facultad de Artes y Diseño para su designación. La propuesta de Director o Codirector, si lo hubiese, deberá estar debidamente fundada, acompañada por nota de aceptación, y su curriculum vitae. Dado el carácter particular de la Tesis de la Maestría en Interpretación de la Música Latinoamericana, conformada por una instancia teórica y otra de interpretación, se aconseja la formación de un equipo de dirección y codirección que respondan al perfil teórico y de interpretación musical, a fin de lograr una complementariedad en el desarrollo de la preparación del concierto-tesis y el trabajo escrito, teniendo además en cuenta, el lugar de residencia del Director y el maestrando, como también la complejidad de la temática propuesta. Requisitos: Para ser aceptado por la Comisión Académica Asesora, el Director de Tesis, y en su caso, el Codirector, debe reunir los siguientes requisitos:
a) Poseer título de Posgrado afín a la Carrera o méritos equivalentes que justifiquen su elección
Ord. N° 1
Hoja 17
b) Ser Profesor, Investigador o Director de Tesis o Tesinas, con reconocida versación en el tema propuesto por el maestrando. c) Poseer demostrada capacidad para la formación de discípulos. d) Aceptación expresa de su función como Director o Codirector en su caso.
Funciones: Es responsabilidad del Director de Tesis (y del Codirector si lo hubiera) la asistencia y seguimiento del alumno en la elaboración de su Tesis y el cumplimiento de las siguientes funciones:
a) Asesorar al maestrando en la elección del tema de Tesis. b) Orientarlo en la elaboración del proyecto de Tesis y del Concierto-Tesis. c) Asesorar al maestrando en todo lo referente al desarrollo de su trabajo de investigación, en especial, sobre la metodología a emplear y las fuentes a utilizar. d) Supervisar la investigación del maestrando y aprobar los avances de Tesis y del Concierto-Tesis. e) Informar a la Comisión Académica Asesora de la MIML acerca de las actividades del candidato, toda vez que aquél lo requiera. f) Una vez concluido el trabajo de Tesis, y la preparación del Concierto-Tesis, dar su aval al maestrando para su presentación con fines de evaluación. g) Asistir a las reuniones del Jurado con voz pero sin voto a su requerimiento o por invitación del Jurado. Cada Director puede dirigir hasta cinco tesis simultáneamente, incluyendo las de otras carreras de Posgrado. Cambio de Director. Los maestrandos pueden, durante el desarrollo de su trabajo, mediante escrito fundado, solicitar el cambio del Director de Tesis. Esta propuesta será resuelta por la Comisión Académica Asesora de la Carrera. Para formalizar este trámite, el maestrando debe presentar: nota personal donde se indica el cambio propuesto y su fundamentación, nota de aceptación del nuevo Director que propone y su currículum vitae. Renuncia. El Director de Tesis puede renunciar a su función mediante escrito fundado presentado a la Comisión Académica Asesora. En tal caso el maestrando deberá notificarse de la renuncia y proponer un nuevo Director.
III.1.3. Constitución del Jurado de Tesis, mecanismo de selección, requisitos y funciones.
Constitución del Jurado. El Jurado encargado de evaluar la Tesis de Maestría estará constituido por TRES (3) miembros titulares y DOS (2) miembros suplentes, que pueden ser de la Universidad Nacional de Cuyo, de otras universidades argentinas o extranjeras o investigadores de reconocido prestigio en la especialidad del tema de la Tesis y que posean título de Magister, Doctor o méritos equivalentes. Al menos uno de ellos debe ser externo a la UNCuyo. Su nombramiento corresponde al Consejo Directivo de la Facultad, a propuesta de la Comisión Académica Asesora de la Carrera.
Ord. N° 1
Hoja 18
En caso de ser necesario el reemplazo de un miembro titular, se incorporarán los suplentes siguiendo el orden con el cual fueron designados, sin mediar nueva resolución. En caso de que algún miembro del Jurado renunciara a su designación deberá presentar una nota fundamentada. Para su reemplazo se seguirá con el procedimiento indicado precedentemente. El Director de la Tesis participa en las reuniones del Jurado con voz pero sin voto, a su requerimiento o por invitación del Jurado. Si el Codirector pertenece a la misma área disciplinaria que el Director, sólo podrá asistir a estas reuniones en caso de ausencia del mismo. Cuando el Codirector pertenezca a un área disciplinaria distinta a la del Director, también podrá asistir a las reuniones del Jurado con voz, pero sin voto, a su requerimiento o por invitación del Jurado. En el caso de que el Director y/o el Codirector no residan en Mendoza, la Facultad no se compromete a cubrir los gastos ocasionados por sus traslados y estadías. El presidente del Jurado es electo por los miembros del Tribunal en la reunión previa a la defensa pública. CAPITULO IV: DE LA EVALUACIÓN FINAL. IV.1. Tipo de evaluación final: Tesis de Maestría.
Requisitos sustanciales del trabajo de Tesis. La Tesis de Maestría en Interpretación de Música Académica Latinoamericana del Siglo XX, tendrá una característica particular. Incluirá dos aspectos: a) UN (1) Concierto de obras musicales referidas al tema seleccionado, de entre CINCUENTA (50) y SESENTA (60) minutos de duración que signifique un aporte valioso y demuestre no solo destreza en el manejo técnico-expresivo del instrumento, la voz o la dirección coral sino también en lo conceptual-metodológico en su parte escrita, relacionados ambos componentes, al estado actual de conocimientos en el campo y tema elegido3. b) UN (1) Trabajo escrito de carácter individual, de investigación original e inédito en el campo disciplinar o interdisciplinar de la Música Latinoamericana del Siglo XX. IV.2. Defensa. 1. Presentación del anteproyecto de Tesis. En el lapso que transcurre entre el dictado de los seminarios DOCE (12) y CATORCE (14) de la Maestría, el maestrando deberá presentar el tema de tesis debidamente diseñado, en el que se incluyan, además de título de la tesis, fundamentación, estado de la cuestión, objetivos, metodología y bibliografía, el programa de concierto a ejecutar y el nombre del Director, acompañado de los antecedentes académicos del mismo y de su nota de aceptación. La pertinencia de la propuesta será evaluada por la Comisión Académica Asesora de la carrera.
3El carácter de inédita no se invalida por la publicación de aspectos parciales de la referida Tesis en revistas científicas y/o congresos antes de la presentación de la misma o en la presentación de obras musicales en conciertos anteriores al de la conformación de la tesis final.
Ord. N° 1
Hoja 19 •
Presentación del proyecto de Tesis. Simultáneamente al dictado del último seminario se deberá presentar el proyecto de tesis acompañado por formulario a cumplimentar por el Director y Codirector (en caso que correspondiera) de Tesis propuestos y el aval de estos. También se incluirán el programa definitivo del Concierto a ejecutar y las partituras de las obras. El proyecto se ajustará al modelo de solicitud de inscripción del Proyecto de Tesis (Ord. N° 33/12-R.). 3. Cambios de tema. El maestrando puede solicitar cambio del tema con razón fundada. Para formalizar este trámite deberá presentar nota personal indicando el cambio con su fundamentación, el aval del Director (y del Codirector en caso que corresponda) y el nuevo plan de Tesis. Esta solicitud deberá ser evaluada y aprobada por la Comisión Académica Asesora de la Carrera. 4. Ajuste de título. El maestrando puede realizar ajustes en el título de su Tesis cuando se trate de una modificación que no afecte la organización interna del trabajo ni signifique cambio de tema. 5. Para realizar este trámite, el ajuste efectuado debe constar en la nota que se eleva en el momento de presentar la Tesis. Presentación de la Tesis. Plazos La Tesis de Maestría deberá ser presentada ante el Jurado Ad-hoc propuesto por la Comisión Académica Asesora de la Carrera y aprobado por el Consejo Directivo de la FAD, dentro del término de 1 (un) año a contar de la fecha de aprobación del último seminario. Este plazo será improrrogable. Es requisito imprescindible para la presentación de la Tesis la previa aprobación de todos los seminarios del plan de estudio de la carrera y la cancelación de todos los aranceles de la carrera. La tramitación de la defensa de Tesis debe ser iniciada personalmente por cada interesado y se realiza mediante el formulario único para las carreras de posgrado de la UNCuyo “Solicitud de defensa de Tesis”, establecido por la Ord. N°49/03-C.S., Anexo III -5-. Es imprescindible hacer efectivo el pago del arancel para la solicitud de defensa de tesis, fijado por la Dirección de Posgrado de la FAD, en Sección Contaduría o mediante una transferencia a la cuenta indicada por esta. Cabe aclarar que la carrera no se hace cargo a proveer al tesista de instrumentos que no están en existencia en FAD. Ejemplares a entregar y depósito. El maestrando deberá presentar por Mesa de Entradas de la Facultad TRES (3) ejemplares en formato papel y CINCO (5) ejemplares en formato digital de la parte escrita de la Tesis, acompañados de una nota personal indicando su intención de proceder a la defensa de la misma, y por separado, un resumen no superior a las DOSCIENTAS (200) palabras. Se adjuntarán además, por separado, TRES (3) ejemplares del Programa del concierto (en papel), en los que constará la duración exacta de las obras y si constituyen un estreno o fueron escritas especialmente para el Concierto-Tesis, o cualquier dato que contribuya
Ord. N° 1
Hoja 20
•
a aclarar el contenido del mismo, con las partituras correspondientes al mismo, TRES (3) copias impresas y digitalizadas de las partituras del Concierto-Tesis y TRES (3) DVD que contengan la filmación de obras del programa del Concierto-Tesis, especificando título de las obras, duración (máximo 40', mínimo 30´) y fecha de grabación de las mismas las que permanecerán en la Secretaria de Posgrado. La presentación debe estar avalada por el Director de Tesis y el Codirector, si lo hubiere (Ord. N°49/03-C.S., Anexo III -5-). Una vez que la Tesis ha sido públicamente defendida, los ejemplares impresos y digitalizados serán distribuidos por la Secretaría de Posgrado de la siguiente forma: UN (1) ejemplar impreso a la Biblioteca Central de la UNCuyo y DOS (2) ejemplares impresos a la Biblioteca de la Facultad de Artes y Diseño. Dos ejemplares digitalizados de la Tesis, quedarán a disposición de la Secretaría de Posgrado, en caso de que esta lo requiera para efectuar trámites de acreditación. El concierto-tesis deberá ser grabado en vivo, en audio y/o video, realizado por el tesista, quien deberá entregar TRES (3) copias a la Secretaría de Posgrado. El tesista deberá hacerse cargo de los costos que ésta demande. Cumplimiento de los recaudos formales. Una vez presentada la Tesis, la Secretaría de Posgrado tiene un plazo de QUINCE (15) días para examinar el cumplimiento de los recaudos formales establecidos en esta reglamentación. Si fueran incumplidos, la Tesis será devuelta al autor con las observaciones del caso. Este podrá presentarla nuevamente una vez cumplimentadas las observaciones efectuadas. Prórroga de la presentación. Si el alumno no pudiera presentar en término su Tesis para acceder al título, tiene la posibilidad de solicitar una prórroga por un período de seis meses, como máximo. Para acceder a esta posibilidad, el maestrando debe presentar una nota exponiendo los motivos por los cuales no ha cumplido con los plazos y un informe de avance de la Tesis que dé cuenta del trabajo realizado hasta el momento. Esta presentación debe estar avalada por el Director de Tesis (y el Codirector, en caso de que estuviera nombrado). Este trámite debe formalizarse dentro de los DIEZ (10) días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de presentación. Procedimientos para la evaluación de la Tesis. a) Dentro de los QUINCE (15) días posteriores a la presentación de la Tesis, la Secretaría de Posgrado convoca a la Comisión Académica Asesora de la Carrera para que proponga el Jurado encargado de evaluar la Tesis. b) Una vez propuesto el Jurado y confirmada la aceptación de sus miembros, se designa a los mismos mediante resolución del Consejo Directivo de la Facultad. c) Se comunica al maestrando la resolución emitida, quien puede apelar esta decisión dentro de los CINCO (5) días siguientes a ser notificado. d) Luego de la aprobación de los miembros del Jurado se remiten los ejemplares de la Tesis en papel o digitalizados y el video solicitado a cada miembro del Jurado para su lectura y ponderación.
Ord. N° 1
Hoja 21
e) Con un plazo máximo de SESENTA (60) días, contados a partir del envío de la Tesis, y en no menos de DIEZ (10) días hábiles antes la fecha de la defensa cada miembro del Tribunal debe emitir un informe fundamentado, individual y por escrito sobre el trabajo que se somete a su consideración. Se considerará: el interés e importancia del tema, la estructura lógica y conceptualización empleada en su exposición, la metodología usada, la originalidad del planteo, la calidad de la labor realizada y del programa de concierto seleccionado, la bibliografía y otras fuentes de datos utilizados y toda otra circunstancia adecuada. Dicho informe debe indicar expresamente si el trabajo escrito reúne las condiciones para pasar a su defensa oral o si por el contrario, no las reúne. f) Todo informe no fundamentado será desestimado por la Secretaría y devuelto al respectivo miembro del Tribunal para que sea debidamente cumplimentado. Si en esta segunda oportunidad se reitera un informe no fundamentado, se desestimará el mismo y se dejará sin efecto la designación de ese miembro del Tribunal, dejando constancia escrita de los motivos por los cuales se suspende la designación. En este caso se nombrará en su lugar al miembro suplente que corresponda o, en su defecto, a un nuevo miembro en su reemplazo. El mismo procedimiento se seguirá cuando un miembro del Tribunal no envíe el informe solicitado en los plazos estipulados. g) Recibidos los informes individuales, la Secretaría de Posgrado emitirá un acta donde conste el resultado de la evaluación que fije la mayoría y comunicará el mismo al maestrando y a su Director.
Resultado de la compulsa de los informes individuales de los miembros del Jurado.
Una vez iniciado el proceso de evaluación del trabajo escrito de Tesis, la Secretaria de Posgrado respectiva, remite un ejemplar en papel y/o digital a cada uno de los jurados designados por el C.D., para que se expidan sobre su aprobación o no, para lo cual se debe consignar si el trabajo de tesis se encuentra: Aprobado sin modificaciones; Aprobado con modificaciones menores que podrán salvarse en la defensa oral; Sujeto a modificaciones (deben salvarse y ser aprobadas por el jurado antes de la defensa oral) o No aprobado. El tesista será notificado sobre el resultado de los dictámenes emitidos por los miembros del jurado. Si la mayoría de los miembros del Tribunal considera que el trabajo escrito de Tesis reúne las condiciones suficientes para proceder a la ejecución del concierto y a la defensa oral y pública, la Secretaría de Posgrado fija la fecha para la reunión del Jurado y posterior sustanciación de la defensa que incluye el Concierto y la defensa oral, en un plazo no mayor de SESENTA (60) días hábiles. Por el contrario, si la mayoría de los miembros del Jurado considera que el trabajo escrito de Tesis no reúne las condiciones suficientes para proceder a la defensa oral y pública, el maestrando puede volver a elaborar su Tesis y presentarla nuevamente, transcurrido un lapso no mayor de un año. El trabajo reelaborado debe volver a ser examinado por el mismo Jurado. En este caso, se repite el procedimiento anterior.
Ord. N° 1
Hoja 22
•
En caso de Aprobado con modificaciones el maestrando tendrá un plazo máximo de SEIS (6) meses para responder a las observaciones realizadas, luego de lo cual el trabajo corregido se envía nuevamente a los mismos miembros del jurado que efectuaron las observaciones para que evalúen el cumplimiento de lo solicitado. La tesis debe ser defendida de modo oral y público, en idioma español, ante el mismo Jurado que intervino en la evaluación del trabajo escrito.
Cabe destacar que en caso de imposibilidad de la presencia física de algún miembro del Jurado, la videoconferencia no es aplicable a la defensa de Tesis de esta Maestría, por las características de audio y video, que deben ser de alta fidelidad en el Concierto-Tesis. Si el trabajo fuera nuevamente desaprobado por la mayoría de los miembros del Jurado, el maestrando no podrá insistir sobre el mismo tema. En este caso, tendrá un plazo de TRES (3) meses para presentar un nuevo tema (a través de un nuevo proyecto), el cual será evaluado por el mismo Jurado; caso contrario, quedará fuera de la carrera de Maestría. Para elaborar la nueva tesis, el maestrando dispone de un plazo no mayor a un año, contado a partir de la aprobación del tema. Si el maestrando no presenta la Tesis en ese lapso, será cancelada su admisión a la Maestría y perderán validez todos los actos realizados hasta ese momento. Reunión de los Jurados previa al Concierto-Tesis y la defensa oral. En reunión previa a la defensa oral de la Tesis, el Jurado procederá a elegir a su Presidente y redactará los considerandos correspondientes al trabajo escrito y al Programa de Concierto. Concierto –Tesis y Defensa oral y pública de la Tesis. La defensa de la Tesis consiste en la realización, en primer lugar, del Concierto-Tesis y, luego de aprobado éste, el tesista pasará a la defensa oral. Tanto el Concierto-Tesis como la defensa oral tendrán carácter público y se realizarán ante el mismo Jurado que haya aprobado el trabajo escrito de Tesis. Corresponde al Presidente del Jurado coordinar todo lo referente al desarrollo del concierto y de la sesión de defensa oral y pública de la Tesis de Maestría. A continuación, los miembros del Jurado propondrán las cuestiones que consideren oportunas, plantearán preguntas al maestrando y/o promoverán el diálogo. Nota: El desarrollo del concierto-tesis y la defensa oral se llevaran a cabo en la Universidad Nacional de Cuyo, ciudad, Mendoza. En casos excepcionales, la CAA considerara la posibilidad de llevar a cabo la evaluación final en una locación académica fuera de la UN Cuyo, siempre y cuando existan los motivos debidamente justificados.
IV. 3. Calificación: Concluida la defensa pública de la Tesis, el Tribunal, en sesión secreta, procederá a extender el acta correspondiente, que suscribirán todos los miembros, donde figurarán por separado los conceptos que respectivamente merecieron el trabajo escrito y la defensa oral. De ambos se hará una sola calificación que responderá a la siguiente gradación: "No Aprobado", "Bueno", “Muy Bueno”, "Distinguido", "Sobresaliente" y "Sobresaliente con Mención de Honor".
Ord. N° 1
Hoja 23
Una vez terminada la sesión secreta, el Jurado procederá a la lectura del acta haciendo pública la calificación obtenida. El SESENTA POR CIENTO (60%) de la nota corresponderá al Concierto y el CUARENTA POR CIENTO (40 %), restante, al trabajo teórico En todos los casos el dictamen es inapelable.
Desaprobación de la defensa. Si la mayoría de los miembros del Jurado desaprueba la Tesis en el acto de su defensa oral, el maestrando puede, por única vez, solicitar a la Secretaría de Posgrado una nueva fecha para reiterar la defensa. La nueva fecha estará comprendida entre los TRES (3) y los SEIS (6) meses posteriores a la primera.
IV.4. Características específicas de la Tesis de Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del s. XX.
La defensa de la Tesis de Maestría se inicia con la ejecución del Concierto, el cual deberá ser aprobado por el Jurado como requisito indispensable para la defensa oral del trabajo teórico. Luego se desarrolla la exposición libre del maestrando, cuya duración no puede ser inferior a TREINTA (30) minutos ni superior a SESENTA (60); en la misma sostendrá su Tesis y explicará sus aspectos sustanciales.
Requisitos formales para la presentación del trabajo escrito de Tesis:
La Tesis debe guardar los siguientes requisitos formales de acuerdo con lo establecido en la ordenanza Nº 33/12-R.
Redacción. En español, a una sola faz
Estructura del trabajo escrito (texto-tesis)
a) Introducción, donde debe presentarse brevemente el problema abordado, los objetivos del trabajo, su estructura, el enfoque que se le ha dado al estudio y la relevancia de la investigación y además el programa del concierto. b) Cuerpo del trabajo, que debe estar agrupado en capítulos con las respectivas citas de fuentes y bibliografía. c) Conclusiones, donde se resumen los datos más significativos de la Tesis, sus hallazgos, resultados y corolarios más importantes. d) Fuentes, discriminando las utilizadas e indicando de dónde fueron extraídas. e) Bibliografía, dispuesta por orden alfabético, de acuerdo con las normas de la ordenanza Nº 33/12-R. y de EDIUNC. f) Índice General g) Índice de ilustraciones, de gráficos, etc.
Ord. N° 1
Hoja 24
Programa del Concierto-Tesis
a) La duración será de entre CINCUENTA (50) y SESENTA (60) minutos netos de música aproximadamente b) El programa estará integrado por obras que se correspondan con el tema de la Tesis, y con el trabajo escrito. c) El programa podrá contener un máximo de DOS (2) obras de cámara. En tal caso el maestrando deberá proveer el conjunto de músicos que lo acompañarán en la ejecución del mismo. d) Cuando el maestrando presenta una o más obras de su autoría o escrita/s específicamente por un compositor para el Concierto-Tesis, la Comisión Académica Asesora de la Carrera someterá la propuesta a evaluación externa con especialistas en el tema.
CAPITULO V: DE LOS TÍTULOS:
V.1. Requisitos para la obtención del título.
Para obtener el título de Magister en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX se requiere: a) La aprobación de las obligaciones curriculares del Plan de estudio de la carrera La aprobación de la suma de las actividades curriculares, sin estar inscripto en la carrera, no implica el otorgamiento del título. b) La elaboración, presentación y aprobación, por parte de un jurado ad-hoc de un trabajo integrador de tesis, de carácter individual, cuyo proyecto con los correspondientes Director y Codirector han sido previamente aceptados por la Comisión Académica Asesora de la Carrera.
V.2. Requisitos formales para solicitar el título.
Concluida la defensa de Tesis la Secretaria de Posgrado gestiona ante el Consejo Directivo de la Facultad una Resolución que aprueba lo actuado por el Jurado durante la defensa de Tesis. La tramitación del diploma debe ser iniciada personalmente por cada interesado de acuerdo con las normas establecidas por la Universidad Nacional de Cuyo o por representante debidamente autorizado. Es necesario hacer efectivo el pago del arancel fijado por la Universidad Nacional de Cuyo para la solicitud de título en Contaduría.
Ord. N° 1
Hoja 25
CAPITULO VI: DE LAS BECAS.
VI.1. Condiciones generales.
VI.1.1: Categorías y características.
Se otorgaran becas en las siguientes categorías:
Becas de matrícula de inscripción.
Becas de medio arancel.
Becas de arancel completo (con prestación de servicios).
VI.1.2: Número y estipendio de las becas. El número y categoría de becas en otorgar en cada cohorte y el monto correspondiente serán determinados por la Comisión Académica Asesora de la Carrera. VI.1.3: Postulación de los candidatos.
Los aspirantes podrían presentarse a un solo tipo de beca en cada cohorte. Para ello presentarán una nota dirigida al Director de la carrera explicando los motivos de su solicitud, detallando su desempeño como alumno, y certificando la aprobación de los seminarios realizados y el cumplimiento de las obligaciones estipuladas. La nota de solicitud será considerada una declaración jurada. Eventualmente podrá requerirse a los postulantes otra documentación que resulte pertinente a los fines de la evaluación. En caso de detectarse la falsedad de algún dato consignado, se dará de baja la postulación.
VI.1.4: Selección de candidaturas. Para las becas de todas las categorías la selección de los candidatos se realizará de acuerdo a un orden de méritos, determinado por la Comisión Académica Asesora de la Carrera luego de examinar los elementos de juicio disponibles. En términos generales se contemplará la trayectoria artística y los méritos académicos de los postulantes, su desempeño y rendimiento como alumnos de la carrera y las dificultades económicas para sostener y culminar la carrera de posgrado. En caso de empate se priorizarán otros aspectos como la especialidad del postulante o la institución que otorgó el título del postulante.
VI.1.5: Condiciones y restricciones para el otorgamiento de las becas. Todos los aspirantes, sin excepción, deberán reunir los requisitos en los correspondientes llamados. No podrán presentarse a becas quienes ya usufructúen becas como estudiantes de posgrado, otorgadas por las instituciones del país o extranjero cualquiera sea su categoría.
Ord. N° 1
Hoja 26
VI.1.6: Obligaciones del Director de carrera
Cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones de este reglamento, así como comunicar cualquier transgresión al Secretario de Posgrado.
Certificar mensualmente el desempeño del becario y autorizar la acreditación del estipendio de beca del mismo.
Informar a la Comisión Académica Asesora de la Carrera cualquier modificación en la situación académica o incumplimiento de las obligaciones del becario, como también la renuncia a la beca.
VI.1.7: Obligaciones de los becarios:
Estar al día con las obligaciones académicas de la carrera que suponen el cursado de los 18 seminarios en dos años y la presentación de trabajos finales, Anteproyecto y Proyecto de Tesis en los tiempos estipulados. En caso contrario se dará por terminada la beca en forma inmediata.
Estar al día con el pago de los aranceles del posgrado y no tener ninguna deuda con la Facultad de Artes y Diseño al momento de iniciarse la prestación de la beca.
Informar, dentro del mes de producido, cualquier cambio que se produjera durante el período de la beca, en su desempeño académico o en cualquier situación que altere los compromisos asumidos oportunamente, mediante una nota dirigida al Director/a de la carrera.
VI.1.8: Derechos de los becarios: Son derechos del becario:
Acceder libremente a las diversas fuentes de información disponibles en la Universidad, tales como bibliotecas, bases de datos, publicaciones electrónicas.
Renunciar al usufructo de la beca, previa presentación de nota formal.
VI.1.9: Sanciones por incumplimiento de las obligaciones:
Al iniciar el ejercicio de la beca, los becarios suscribirán con esta Facultad un compromiso en el que constarán sus derechos y obligaciones. El incumplimiento de este Reglamento o del mencionado compromiso por parte del becario implicará la baja de la beca y la obligación de reintegrar el monto total del subsidio recibido por este concepto y podrá dar lugar al inicio de las acciones legales correspondientes.
Ord. N° 1
Hoja 27
VI.1.10: Seguimiento y evaluación del desempeño de los becarios:
Los alumnos beneficiados con la beca 2 y 3 deben presentar informes trimestrales y un informe final en el que den cuenta de su desempaño académico y del cumplimiento de las tareas encomendadas en el caso que corresponda. El seguimiento del desempeño académico de estos becarios está a cargo del Director/a de la carrera. La evaluación de los informes de los becarios estará a cargo de la Comisión Académica Asesora de la MIML.
VI.2. Modalidad:
VI.2.1. De las becas de matrícula de inscripción (categoría 1.)
VI.2.1.1. Objetivos: Promover la inscripción del estudiante en la Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX.
VI.2.1.2: Beneficiarios:
Se otorgarán a estudiantes que hayan aprobado satisfactoriamente la instancia de las audiciones (a determinar oportunamente por la Comisión Académica Asesora de la Carrera) y que reúnan los requisitos estipulados en la convocatoria y este reglamento.
VI.2.1.3. Duración: Las becas de matrícula de inscripción (categoría 1.) se otorgan por única vez. VI.2.2. De las becas de medio arancel (categoría 2.)
VI.2.2.1: Objetivos:
Promover la iniciación del estudiante en la Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX.
VI.2.2.2: Beneficiarios:
Se otorgarán a estudiantes que hayan aprobado las asignaturas correspondientes a los primeros seminarios cursados (a determinar oportunamente por la Comisión Académica Asesora de la Carrera) y que reúnan los requisitos estipulados en la convocatoria y este reglamento.
VI.2.2.3. Duración: Las becas de medio arancel tendrán una duración de 12 meses con opción de prórroga. Al finalizar la beca el beneficiario deberá presentar un informe final, dirigido al Director/a de la carrera, donde rinda cuenta de su desempeño como estudiante.
VI.2.3. De las becas de arancel completo (categoría 3.)
Ord. N° 1
Hoja 28
VI.2.3.1: Objetivos: Asegurar el mejor funcionamiento de la carrera. La modalidad de las becas de arancel completo (con prestación de servicios) implica el desarrollo de tareas pertinentes a la MIML, teniendo en cuenta tanto las actividades relacionadas con el dictado de los Seminarios, producción de Conciertos, actividades administrativas y/o técnicas para el buen desarrollo de la carrera, así como del perfil, aptitudes y capacidades del becario.
VI.2.3.2: Beneficiarios: Se otorgarán preferentemente a estudiantes que residan en la Provincia de Mendoza y que posean adiestramiento previo y conocimientos precisos para abordar con solvencia la prestación requerida.
VI.2.3.3: Duración: Las becas de arancel completo (con prestación de servicios) tendrán una duración de 12 meses con posibilidad de prórroga. Al finalizar la beca el beneficiario deberá presentar un informe final, dirigido al Director/a de la carrera, donde rinda cuenta del cumplimiento de las tareas asignadas en el trascurso de su período de servicio y de su desempeño como estudiante.
CAPITULO VII: CONCEPTOS Y NORMAS SOBRE DISCIPLINA Y ETICA DEL TRABAJO INTELECTUAL
VII.1. Se regirá por la normativa Nacional e Internacional vigente, relativa a la Proteccion de Propiedad Intelectual. Se adoptan los conceptos de plagio académico detallados en el Anexo 9 del presente Reglamento.
VII.2. Plagio académico. Se considera “plagio” la utilización y transcripción de textos ajenos haciéndoles pasar por propios sin indicación de la fuente o respectiva referencia bibliográfica/o documental, tanto en trabajos de módulo, monográficos o de Tesis.
Todos los casos de plagio y las medidas respectivas a aplicar serán definidos por la Dirección junto con la Comisión Académica Asesora de la Carrera según cada caso particular y se aplicarán las siguientes sanciones:
VII.2.1. En monografías: a) Evaluación con nota “cero” del trabajo en el que se cometió el plagio, sin oportunidad de reformulación; notificación a la Comisión Académica Asesora de la Carrera y al Secretario/a de Posgrado de la FAD y registro del incidente en el legajo de la persona que cometió el plagio. El alumno tendrá que recursar el Seminario correspondiente en la próxima cohorte haciéndose cargo del arancel vigente. b) En caso de reincidencia, expulsión de la carrera.
Ord. N° 1
Hoja 29
VII.2.2. En Anteproyecto, Proyecto de tesis y Trabajo final de Tesis: a) Suspensión de la carrera, registro del incidente en el legajo de la persona que cometió el plagio y notificación al Secretario/a de Posgrado de la FAD y al Rectorado de la UN Cuyo. b) Expulsión de la carrera, registro del incidente en el legajo de la persona que cometió el plagio y notificación al Secretario/a de Posgrado de la FAD, al Rectorado de la UN Cuyo y a la CONEAU. CAPITULO VIII: SANCIONES. VIII. 1. Sin perjuicio de otras responsabilidades de orden Administrativo, Civil y/o Penal que pudieren corresponder, los alumnos de la Maestría que infrinjan el presente Reglamento podrán recibir, de acuerdo a su gravedad, las siguientes sanciones, las que una vez firmes se incorporaran a su legajo personal: a) Advertencia, b) Suspensión de hasta 90 días en su condición de alumno. c) Baja en su condición de alumno. Los alumnos que son dados de baja por sanciones no podrán inscribirse nuevamente en la Cohorte inmediatamente posterior de la Maestría. Las sanciones antes mencionadas podrán ser recurridas, mediante recurso jerárquico ante el Sr. Decano de la FAD. CAPITULO IX: OTRAS DISPOSICIONES. La Comisión Académica Asesora reglamentará, en caso de ser necesario, y/o decidirá, acerca de todas aquellas situaciones no específicamente contempladas en el presente reglamento y que surjan del desarrollo de las actividades propias de la Maestría, en un todo de acuerdo a las reglamentaciones generales vigentes para el Posgrado y sometiendo las mismas al Consejo Directivo de la Facultad de Artes y Diseño cuando sea pertinente.
ARTÍCULO 3º.- Incorporar los siguientes Anexos de la ordenanza N° 33/12-R. que forman parte del presente Reglamento. I. Formulario de inscripción y reinscripción anual. II. Solicitud de inscripción del Proyecto de Tesis. III. Formulario a cumplimentar por el Director y Codirector de Tesis. IV. Informe anual de avance de Tesis. V. Solicitud de defensa de Tesis. VI. Modelo de tapa de Tesis. VII. Modelo de portada de Tesis. VIII. Elementos que conforman la presentación formal de la Tesis.
ARTÍCULO 4º.- Incluir en el presente Reglamento el contenido del tema Plagio Académico, que consta como Anexo IX.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de ordenanzas del Consejo Directivo.
ORDENANZA Nº 1
ANEXO I
Ord. N° 1
Anexo I- Hoja 2
Ord. N° 1
Anexo I- Hoja 3
Ord. N° 1
Anexo I- Hoja 4
FIRMA ACLARACION -DNI Ord. N° 1
Anexo I- Hoja 5
a)ETAPA DE CURSADO: (consignar créditos o carga horaria si corresponde)
*Número de materias/asignaturas/cursos/talleres totales de la Carrera:
*Número de materias/asignaturas/cursos/talleres cursadas de la Carrera:
*Número de materias/asignaturas/cursos/talleres aprobadas de la Carrera:
b) ETAPA DE FORMULACIÓN o DESARROLLO del TRABAJO FINAL o TESIS
* Datos del Director
Apellido y Nombre: Título Académico:
Institución a la que pertenece:
Teléfono / Fax: Correo Electrónico:
Datos del Codirector (Si correspondiera)
Apellido y Nombre: Título Académico:
Institución a la que pertenece:
Teléfono / Fax: Correo Electrónico:
* Título de Tesis o Trabajo Final: ………………………………………………………………………………
* Palabras Clave:..............……………………………………………………………………………………….
Firma del alumno Aclaración - DNI
ORDENANZA N° 1
ANEXO II
Firma del tesista de posgrado
ORDENANZA N° 1
ANEXO III
………………………………………………. …………………………………………………………. Fecha Firma del director o codirector
ORDENANZA N° 1
ANEXO IV
ORDENANZA N° 1
ANEXO V
ORDENANZA N° 1
ANEXO VI
MODELO DE TAPA
TESIS DE (DOCTORADO O MAESTRÍA)
TÍTULO DEL TRABAJO
Nombre del Tesista: Nombre del Director y Codirector (Si corresponde)
Lugar y año de presentación
ORDENANZA N° 1
ANEXO VII
MODELO DE PORTADA
UNIDAD ACADÉMICA
TESIS DE (DOCTORADO O MESTRÍA)
TÍTULO DEL TRABAJO
CARRERA DE POSGRADO
Nombre del Tesista: Nombre del Director y Codirector (Si corresponde)
Lugar y año de presentación
ORDENANZA N° 1
ANEXO VIII
El trabajo de Tesis, constituye el último requisito para alcanzar el grado de Doctor o Magíster otorgado por la UNCuyo. En el presente apartada se establecer pautas sobre distintos aspectos relacionados con su presentación formal: elementos que la conforman, tamaño, formato, número de ejemplares, etc.
ELEMENTOS QUE CONFORMAN LA PRESENTACIÓN FORMAL DE LA TESIS
*Campos obligatorios
1. Tapa: (Ver modelo adjuntado)
2. Lomo:
a)*Título del trabajo b)*Autor c)*Año de entrega
3. Páginas Preliminares:
a)* Portada (Ver modelo adjunto) b)Dedicatorias y/o agradecimientos c)*Índice de contenidos (índice de figuras y tablas – si corresponde) d)Certificaciones pertinentes
b- Dedicatorias y Agradecimientos Página optativa, en la que el autor menciona a quienes desea dedicar su investigación y a quienes contribuyeron y apoyaron la realización de la investigación.
c- Índice de contenidos Debe incluir un listado de los elemento que conforman la tesis en el orden en que se presentan en el trabajo. Incluye los títulos de los capítulos , las partes o secciones, las páginas y los materiales complementarios o de referencia. A continuación se presentan los índices de figuras o tablas (si corresponde).
d- Certificados pertinentes (si corresponde) Deben incluirse toas las constancias otorgadas por los distintos Centros reconocidos en los que el autor haya desarrollado parte o la totalidad de su trabajo de Tesis.
4. Papel y Tamaño
La tesis debe realizarse en papel blanco o similar liso, tamaño A4 (se podrá utilizar papel reciclado)
Espacios El texto de la tesis se deberá realizar a 1.5 espacios con excepción de los siguientes casos: Notas de pie de página: se hará a espacio simple y con letra de tamaño reducido. Después de títulos de capítulos o secciones, se debe dejar triple espacio. La lista de referencias bibliográficas, se realiza usando espaciado simple dentro del párrafo y espacio doble entre cada cita. El índice se presenta a doble espacio. Al intercalar una figura o tabla se dejará doble espacio entre ella y el texto ubicado por encima y debajo. Si una figura o tabla es seguida por un título, se debe dejar triple espacio.
Letras Utilizar letras cursivas, sólo en caso de emplear palabras en un idioma diferente al español. El tipo de letra utilizado en las tablas y figuras puede ser distinto al utilizado en el texto del trabajo. El tipo de letras de las páginas preliminares podrá ser diferente del tipo de letra usado para el texto del trabajo. En los anexos, las figuras, tablas y notas de pie de página, se podrá utilizar letras de tamaño reducido.
Figuras Deben ser numeradas en forma correlativa. Las fotografías, en general, no deben superar un tamaño de 9X 12 cm. Las figuras deben llevar una leyenda explicativa la que se debe ubicar como pie de foto. Podrá utilizarse un tipo de letra distinto al utilizado en el texto y de menor tamaño.
Ord. N° 1
Anexo VIII- Hoja 2
Paginación Debe utilizar números arábigos para el texto, comenzando a aplicarlos desde el resumen pero contando como válidas para la enumeración, las hojas preliminares a partir de la portada la cual debe contabilizarse. La paginación debe ubicarse al pie de cada página.
Diagramación del Texto Se deberá iniciar cada capítulo en página nueva. El texto se debe iniciar después de tres espacios por debajo del título. Dejar un espacio extra entre párrafos. El texto puede presentarse a doble faz. En todas las páginas, incluyendo la portada, se puede incluir un encabezado. Copias Todas las copias deberán ser idénticas al original. Debe contener los mismos materiales complementarios.
Encuadernación El original y las copias de la tesis, pueden presentar una encuadernación de tapas de cartón flexible; cosido o pegado. El color de las tapas y diseño será a elección del tesista (respetando formato de tapa) Tamaño A4
ORDENANZA N° 1
ANEXO IX
EL PLAGIO ACADÉMICO
Para la Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX se aplican los conceptos de plagio mencionados en la Presentación de Estefanía Tello y Beatriz Zepeda4 -FLACSO-, basada en la traducción libre del documento “Academic Plagiarism Defined” del académico y escritor canadiense Irving Hexham 5, que se transcriben a continuación:
«¿QUÉ ES EL PLAGIO? «SEGÚN EL DICCIONARIO DE LA REAL ACADEMIA EL PLAGIO ES “La acción y efecto de plagiar; copiar en lo substancial obras ajenas, dándolas como propias”. «En la normativa de centros académicos en el país y en el extrajero: • Universidad San Francisco de Quito: “Atribuirse el uso de las ideas escritas, publicadas o no publicadas de otra persona, tanto si este uso consiste en materia citada textualmente como si consiste en ideas parafraseadas”. • Universidad Andina Simón Bolívar: “Utilización y transcripción de textos ajenos haciéndolos pasar por propios o sin indicación de la respectiva referencia bibliográfica, tanto en trabajos escritos de asignatura o módulo, monografías o tesis”. • Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales: “Copia textual o parcial de un texto, documento o referencia académica. El plagio se constituye como el hacer propio el trabajo de otro.” «Entonces, el plagio es un ROBO. «El plagio es un problema serio porque destruye toda la práctica académica. « ¿De qué otra forma podrían los profesores medir el nivel de aprendizaje de un estudiante, reconocer la excelencia al momento de otorgar honores o una recomendación, si no es en base a la creencia de que su trabajo escrito es en realidad su propio trabajo?
«Características del plagio:
Es el intento de engañar a un lector a través de la apropiación y representación del trabajo y las palabras de otro como si fueran propias.
4Estefanía Tello y Beatriz Zepeda, “El plagio académico”, Presentación basada en el documento “Academic Plagiarism Defined” de Irving Hexham, en https://www.ses.unam.mx/curso2014/pdf/plagioacademico.ppt, Seminario de Educación Superior, Universidad Nacional Autónoma de México (México, 2014). 5Irving Hexham, “The Plague of Plagiarism: Academic Plagiarism Defined”, en http://people.ucalgary.ca/~hexham/content/articles/plague-of-plagiarism.html, Department of Religious Studies, University of Calgary (Alberta, 1992).
Ord. N° 1
Anexo IX- Hoja 2
El plagio académico ocurre cuando quien escribe usa repetidamente más de cuatro palabras de una fuente impresa sin el uso de comillas y sin una referencia precisa a la fuente original en un trabajo que el autor presenta como su propia investigación y estudio.
El parafraseo continuo sin interacción seria con puntos de vista de otra persona es también una forma de plagio en el trabajo académico.
«Tipos de plagio 1. Plagio directo «Se comete cuando: «No se reconoce al autor original, ni se usan comillas. «Se hacen cambios mínimos en la estructura de la oración, cambios de minúsculas mayúsculas, se cambian palabras, para hacer que el texto se vea como trabajo original.
«Ejemplo: Texto original: Con la modernidad, la primacía económica se hace cada vez mayor: ella orienta a los demás órdenes, los perturba e influye sobre ellos. Exagera las desigualdades, encierra en la pobreza o la riqueza a los copartícipes de la economía-mundo, les asigna un papel, y, al parecer, por muy largo tiempo. (Fuente: Fernand Braudel, Civilización material, economía y capitalismo, siglos XV-XVII. Tomo III. El Tiempo del Mundo. Madrid: Alianza Editorial, 1984, p. 30).
«Plagio: Con el advenimiento de la Modernidad, la preeminencia de lo económico es cada vez mayor haciendo que el orden económico oriente a los demás órdenes, los perturbe e influya sobre ellos. Exagera la existencia de desigualdades, encierra en la pobreza o la riqueza a los copartícipes de la Economía-Mundo, les asigna un papel por un tiempo bastante largo. Nota: Se realizan cambios mínimos en el texto aumentando palabras (orden económico); se ponen mayúsculas (Modernidad, Economía Mundo) y no se hace ninguna referencia del autor.
Uso correcto: Braudel escribe, “con la modernidad, la primacía económica se hace cada vez mayor: ella orienta a los demás órdenes, los perturba e influye sobre ellos. Exagera las desigualdades, encierra en la pobreza o la riqueza a los copartícipes de la economía-mundo, les asigna un papel, y, al parecer, por muy largo tiempo” (Braudel, 1984:30).
Ord. N° 1
Anexo IX- Hoja 3
Plagio citando al autor original pero sin el uso adecuado de comillas o de referencias «Aunque se reconoce al autor real, el plagio tiene lugar porque el texto original es reproducido con muy pocos cambios sin que se usen comillas o notas al pie.
«Ejemplo: «Texto original: El análisis del discurso no concierne solamente a una disciplina única. La focalización original sobre la lingüística y la gramática ya se ha ampliado, especialmente hacia las ciencias sociales. (Fuente: Teun van Dijk, La noticia como discurso. Comprensión, estructura y producción de la información, Barcelona: Paidós, 1990, p. 43).
«Plagio: De una forma brillante, van Dijk observa que el análisis del discurso no concierne solamente a una disciplina única. La focalización original sobre la lingüística y la gramática ya se ha ampliado, especialmente hacia las ciencias sociales. Nota: a pesar de que se reconoce la contribución de van Dijk, no se usan apropiadamente las comillas ni se hace referencia específica a la fuente de la que se extrajo el material. Uso correcto: Van Dijk observa que “el análisis del discurso no concierne solamente a una disciplina única. La focalización original sobre la lingüística y la gramática ya se ha ampliado, especialmente hacia las ciencias sociales” (Van Dijk, 1990:43). 3. Plagio simple usando una referencia o nota al pie «Se provee una referencia del autor. «No se usan las comillas, a pesar de que las reglas académicas para citar demandan su uso. «Se cambian algunas palabras del texto, pero no se hace una verdadera paráfrasis «ES EL TIPO MÁS COMÚN. «Ejemplo: «Texto original: La confusión entre exactitud descriptiva y pertinencia analítica ha conducido no solamente a que la teoría económica se viese criticada desde puntos de vista en gran parte irrelevantes, sino también a malentendidos respecto a la misma y a encaminar en dirección errónea los esfuerzos para reparar los supuestos defectos. (Fuente: Milton Friedman, Ensayos sobre Economía Positiva, Madrid: Editorial Gredos, 1967, p. 36).
«Plagio: En sus Ensayos sobre Economía Positiva, Friedman observa que el desconocimiento de las diferencias entre exactitud descriptiva y pertinencia analítica ha llevado a que la teoría económica se viese criticada desde puntos de vista en gran parte irrelevantes. Esto ha llevado a malentendidos respecto a la misma y a una forma errónea de encaminar los esfuerzos para reparar los defectos que en realidad no existen (Friedman, 1967).
Ord. N° 1
Anexo IX- Hoja 4 Nota: a pesar de que se incluye una referencia, ésta no provee información completa. No se utilizan comillas a pesar de que se reproduce de forma exacta partes del texto. Además, se cambian algunas palabras (confusión por desconocimiento de diferencias) con las que se disimula el plagio. Uso correcto: En sus Ensayos sobre Economía Positiva, Friedman observa que “la confusión entre exactitud descriptiva y pertinencia analítica ha conducido no solamente a que la teoría económica se viese criticada desde puntos de vista en gran parte irrelevantes, sino también a malentendidos respecto a la misma y a encaminar en dirección errónea los esfuerzos para reparar los supuestos defectos” (Friedman, 1967:36). 4. Plagio complejo usando una referencia «Existe una referencia al autor original pero en ésta no siempre se encuentran señaladas con exactitud las páginas correctas de la fuente. «Se usa el parafraseo para condensar argumentos largos, pero existe muy poca o ninguna indicación de que este pasaje está siendo parafraseado. «Las comillas no se emplean de manera apropiada, a pesar de que muchas palabras y frases del texto original se reproducen textualmente. «En algunos casos se encuentra un intento deliberado por cambiar la apariencia de las frases, sin variar los contenidos, para hacer que el plagio sea menos notorio.
«Texto original: La palabra Estado entra en el vocabulario político en Italia, en expresiones como “Estado de Florencia” y “Estado de Venecia” para caracterizar las formaciones políticas en las que la terminología medieval (regnum, imperium o civitas) era manifiestamente inadecuada. Es Maquiavelo quien primero registra este uso al principio de El príncipe: “todos los Estados, todos los dominios que ha tenido y tiene un imperio sobre los hombres son o repúblicas o principados”. La palabra Estado se convierte en importante y necesaria solo cuando comienza a designar una Herrschaft, un dominio caracterizado por la presencia estructural, impersonalidad y efectivo control territorial sobre todo el territorio en que se presume su jurisdicción. (Fuente: Giovanni Sartori, ¿Qué es la democracia?, Buenos Aires, Taurus, 2003, p. 202 y 203). Nota: El texto original proviene de más de una página, cita a otro autor y contiene vocablos extranjeros como regnum, imperium ,civitas y Herrschaft .
«Plagio: El vocablo Estado entra en el vocabulario político en Italia, en expresiones como “Estado de Florencia” y “Estado de Venecia” para caracterizar las formaciones políticas en las que la terminología medieval era manifiestamente inadecuada (Sartori, 2003: 202). Fue Nicolás Maquiavelo quien registró por primera vez este uso en su obra el príncipe indicando que todos los Estados, todos los dominios que ha tenido y tiene un imperio sobre los hombres son o repúblicas o principados (Maquiavelo, El príncipe). La palabra Estado se convierte en importante y necesaria sólo cuando comienza a designar un dominio caracterizado por la presencia estructural, impersonalidad y efectivo control territorial sobre todo el territorio en que se presume su jurisdicción.
Ord. N° 1
Anexo IX- Hoja 5 Razones: - Copia exactamente frases del texto original sin usar comillas. - Hace dos citas, una de Sartori y otra de Maquiavelo, de forma que lleva al lector a creer que quien escribe está citando directamente a Maquiavelo como si lo hubiese leído, cuando en verdad se reproduce lo que Sartori resalta del texto de Maquiavelo. - No se indica que el texto proviene de dos páginas del texto de Sartori y no de una.
Uso correcto: Sartori apunta que la palabra Estado entra en el vocabulario político en Italia, en expresiones como “Estado de Florencia” y “Estado de Venecia” para caracterizar las formaciones políticas en las que la terminología medieval (regnum, imperium o civitas) era manifiestamente inadecuada. Es Maquiavelo quien primero registra este uso al principio de El príncipe: “todos los Estados, todos los dominios que ha tenido y tiene un imperio sobre los hombres son o repúblicas o principados (2003: 202). Y añade: la palabra Estado se convierte en importante y necesaria solo cuando comienza a designar una Herrschaft, un dominio caracterizado por la presencia estructural, impersonalidad y efectivo control territorial sobre todo el territorio en que se presume su jurisdicción (Sartori, 2003:203). 5. Plagio con comillas sueltas «Se comete cuando se continúa reproduciendo una cita textual una vez que se han cerrado comillas. «Ejemplo: «Texto original: Al considerar problemas relativos a los asuntos internacionales, tanto los analistas profesionales como los hombres comunes proceden de una manera directa, informal y noteórica. Sin embargo, el examen cuidadoso de las explicaciones de acontecimientos tales como la instalación soviética de misiles en Cuba revela una sub-estructura teorética más compleja. (Fuente: Graham Allison, La esencia de la decisión, Buenos Aires: GEL, 1988, p. 22). «Plagio: Allison plantea que “al considerar problemas relativos a los asuntos internacionales, tanto los analistas profesionales como los hombres comunes proceden de una manera directa, informal y no-teórica” (Allison, 1988:22). Sin embargo, el examen cuidadoso de las explicaciones de acontecimientos tales como la instalación soviética de misiles en Cuba revela una sub-estructura teorética más compleja. «Uso correcto: Allison plantea que al considerar problemas relativos a los asuntos internacionales, tanto los analistas profesionales como los hombres comunes proceden de una manera directa, informal y no-teórica. Sin embargo, el examen cuidadoso de las explicaciones de acontecimientos tales como la instalación soviética de misiles en Cuba revela una subestructura teorética más compleja (Allison, 1988:22).
Ord. N° 1
Anexo IX- Hoja 6
El parafraseo como plagio «Ocurre cuando: 1) se parafrasea sin referencia a la fuente original y/o cuando 2) a pesar de que se menciona la fuente, el parafraseo es continuo y extenso sin la adición de nuevo material que permita interacción o añada información. «Los trabajos académicos exigen pensamientos originales y reflexiones críticas sobre los puntos de vista de otras personas y no únicamente la repetición. «Las normas de la academia demandan que todos los pasajes parafraseados sean claramente identificados como tales. • El parafraseo es aceptable cuando: a) no domina por sobre el trabajo de quien escribe b) se utiliza para permitir al autor interactuar críticamente con los puntos de vista de otra persona c) el argumento del texto original es re-escrito en palabras diferentes «Ejemplo: «Texto original: Durante la Guerra Fría, la agenda de Estados Unidos hacia América Latina fue diseñada sobre los parámetros teóricos realistas que sitúan a los Estados unitarios, que compiten por poder, como los actores únicos y exclusivos del sistema internacional. Esta agenda estuvo marcada por el tema de seguridad, bajo el supuesto de que el verdadero peligro que amenazada a la región consistía en la expansión comunista. […] Con el fin de la Guerra Fría, la agenda norteamericana reorientó el tema de seguridad militar frente a la amenaza comunista hacia la inclusión de temas económicos, sociales y humanitarios. (Fuente: Katalina Barreiro, “La agenda de política exterior Ecuador-Estados Unidos”, en Adrian Bonilla (Ed.) Orfeo en el Infierno. Una agenda de política exterior ecuatoriana. Quito: Flacso Ecuador, pp. 231 y 232). «Plagio: La agenda de Estados Unidos hacia América Latina durante la Guerra Fría fue diseñada sobre bases teóricas realistas situando al Estado como el centro que compite por poder y priorizando el tema de seguridad, para evitar la expansión comunista. Con el fin de la Guerra Fría, la agenda norteamericana se reorientó para priorizar temas económicos, sociales y humanitarios. Nota: No existe referencia a la fuente. Tampoco se presenta otro argumento más que el parafraseo. Uso correcto: La política exterior de Estados Unidos se ha ido modificando de manera importante en respuesta a los cambios del contexto internacional. En el caso de la política hacia América latina, esto ha sido particularmente notorio. Como lo plantea Barreiro, de estar enfocada en el tema de la seguridad –concebida como contención del comunismo– durante la Guerra Fría, la política exterior de Estados Unidos hacia América latina pasó a priorizar, tras la caída del Muro de Berlín, los temas de desarrollo económico y social (Barreiro, 2002:231-232).
Ord. N° 1
Anexo IX- Hoja 7
El “auto-plagio” o fraude de reciclaje • «Se comete “auto-plagio” o fraude de reciclaje cuando dos trabajos solo cambian en su apariencia pero son presentados como dos trabajos distintos. • «Es un intento de engaño porque no se da una indicación de que el trabajo está siendo reciclado y se pretende disfrazarlo con cambios que hacen que el texto se vea significativamente diferente, cuando en realidad permanece sin cambios en su argumento central. • «Debe ser distinguido de un reciclaje legítimo del trabajo propio que, en mayor o menor grado, es una acción que todos practican. • «Muchas universidades publican reglas que impiden a los estudiantes entregar el mismo ensayo para obtener créditos en diferentes asignaturas. «En FLACSO Sede Ecuador, el Reglamento General Interno de Programas Docentes, en su artículo 191, considera como una de las faltas a la ética académica, sujeta a sanciones, la “presentación de un mismo trabajo escrito para cursos distintos, sin la autorización de los profesores que hayan dictado esas materias y la aprobación de la comisión docente”.
«El Plagio y el Internet • «Es un problema de creciente magnitud: Existe un creciente acceso a internet y una incontable cantidad de fuentes disponibles, no todas de naturaleza confiable. • «En la mayoría de los casos, aplican las mismas reglas que para el material escrito: cuando el que escribe debe mencionar ideas o referencias de un sitio de Internet, debe citar esa fuente. • «Si un/a escritor/a quiere utilizar información visual o gráficas de un sitio de Internet, por lo general aplican las mismas reglas. • «No todas las fuentes son confiables.»
ORDENANZA N° 1
|
Mostrar 2 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||