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FA-2022-RES-659 7/12/2022 (Carga: 7/12/2022) |
MENDOZA, 7 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2044/22 caratulado: “ABDO, Alfredo - Baja por renuncia - Cat 05 - Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios generales”.
CONSIDERANDO:
Que la presente baja por renuncia surge debido a que el Tec. Alfredo David ABDO ha efectivizado en un cargo de mayor jerarquía del mismo Agrupamiento, según Resol. n° 927/22-C.S.
Los informes producidos por Dirección de Personal.
Por ello y de conformidad con lo establecido en el Anexo Ι, punto ΙΙ de la Ord. N° 32/16-R. y su modificatoria Ord. Nº 4/22-R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de diciembre de 2022, al Tec. Alfredo David ABDO (Legajo Nº 19.066- CUIL N° 20-16588898-2) en el cargo Categoría 5 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales de esta Facultad, debido a que dicho agente ha efectivizado en un cargo de mayor jerarquía del mismo Agrupamiento, según Resol. n° 927/22-C.S.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 659
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FA-2022-RES-658 7/12/2022 (Carga: 7/12/2022) |
MENDOZA, 7 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 7944/22 caratulado: “SPANO, Ciro - Baja por renuncia - Cat 07 - Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios generales”.
CONSIDERANDO:
Que la presente baja por renuncia surge debido a que el Lic. Ciro SPANO ha efectivizado en un cargo de mayor jerarquía del mismo Agrupamiento, según Resol. n° 932/22-C.S.
Los informes producidos por Dirección de Personal.
Por ello y de conformidad con lo establecido en el Anexo Ι, punto ΙΙ de la Ord. N° 32/16-R. y su modificatoria Ord. Nº 4/22-R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de diciembre de 2022, al Lic. Ciro SPANO (Legajo Nº 34.041- CUIL N° 23-33022433-9) en el cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales de esta Facultad, debido a que dicho agente ha efectivizado en un cargo de mayor jerarquía del mismo Agrupamiento, según Resol. n° 932/22-C.S.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 658
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FA-2022-RES-657 7/12/2022 (Carga: 7/12/2022) |
MENDOZA, 7 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico N° 1961/22 caratulado: “Pago Proporcional de Vacaciones - Prof. BATURA, Rosa Inés - Baja por Jubilación 01/12/22”.
CONSIDERANDO:
Lo establecido en el artículo 45° inciso a) del Decreto Nacional N° 1246/15 y en lo dispuesto por ordenanza N° 32/16-R.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Secretaría Económico-Financiera a liquidar días de licencia proporcional de vacaciones correspondientes al año 2022, a favor de la siguiente docente:
Prof. Rosa Inés BATURA– Legajo N° 25.407 – CUIL N° 27-10273921-9 Cargos: . Profesor Adjunto con dedicación Exclusiva – Efectivo . Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple – Efectivo Baja definitiva: a partir del UNO (1) de diciembre de 2022 Computo de antigüedad hasta la fecha de desvinculación definitiva: VEINTICINCO (25) años y OCHO (8) meses Proporcional a liquidar: CUARENTA Y UNO (41) días
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 657
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FA-2022-RES-656 7/12/2022 (Carga: 7/12/2022) |
MENDOZA, 7 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 31668/21 caratulado: “Convocatoria a concurso cerrado general cat. 4 Agrupamiento Administrativo con funciones en Asesoría de Relaciones Institucionales - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 2º de la resolución nº 934/22-C.S., se designa en dicho cargo y funciones a la postulante que figura en primer lugar en el orden de méritos establecido: Sra. Laura Edith PEDRAZA.
Que así mismo, corresponde a esta Facultad establecer la fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios de la mencionada agente a los efectos de la eficacia de la designación efectuada, de conformidad con lo expresado en el artículo 3º de la resolución nº 934/22-C.S.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Fijar el UNO (1) de diciembre de 2022 como fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del Sra. Laura Edith PEDRAZA (Leg. n° 22.885– CUIL n° 27-20444979-7) en el cargo Categoría 4 – Tramo Intermedio- del Agrupamiento Administrativo, para cumplir funciones en la Asesoría de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional de esta Facultad, en la que ha sido designada mediante el artículo 2º de la resolución Nº 934/22-C.S..
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 656
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FA-2022-RES-655 7/12/2022 (Carga: 7/12/2022) |
MENDOZA, 7 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 21900/21 caratulado: “Convocatoria a concurso Cerrado General, Personal Apoyo Académico Ord. Nº 03/2008 C.S. Categoría 4 - Efectivo – EDIFICIOS. Agrupamiento Servicios Generales-FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 2º de la resolución nº 933/22-C.S., se designa en dicho cargo y funciones al postulante que figura en primer lugar en el orden de méritos establecido: Sr. Jerónimo Rodrigo REY.
Que así mismo, corresponde a esta Facultad establecer la fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del mencionado agente a los efectos de la eficacia de la designación efectuada, de conformidad con lo expresado en el artículo 3º de la resolución nº 933/22-C.S.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Fijar el UNO (1) de diciembre de 2022 como fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del Sr. Jerónimo Rodrigo REY (Leg. n° 28.104– CUIL n° 20-28162468-8) en el cargo Categoría 4 – Tramo Intermedio- del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de Subjefe de Departamento de la Dirección de Servicios y Mantenimiento de esta Facultad, en el que ha sido designado mediante el artículo 2º de la resolución Nº 933/22-C.S..
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 655
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CD-2022-RES-345 6/12/2022 (Carga: 6/12/2022) |
MENDOZA, 6 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY: 41016/22 caratulado: “Adriana Arenas s/ Solicitud reducción de cargo a 10 horas en materias Enseñanza y Aprendizaje de las Artes Visuales, Enseñanza y Aprendizaje de la Cerámica y Enseñanza y Aprendizaje de la Historia del Arte”.
CONSIDERANDO:
Que la Prof. ARENAS solicita la reducción transitoria de dedicación sobre el cargo que revista en esta Facultad por razones particulares, asimismo aclara que continuará desempeñando las mismas funciones docentes y asumiendo las responsabilidades académicas de los espacios afectados.
Que por su parte, la Secretaria Académica informa que la dotación de las asignaturas se encuentran acorde con lo peticionado por la docente, sin que pueda afectarse el normal desarrollo de las cátedras en cuestión.
Los contenidos dispuestos por la ordenanza N° 37/86–C.S.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este cuerpo en sesión plenaria del día 6 de diciembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Reducir transitoriamente de “Semiexclusiva” a “Simple” la dedicación de la Esp. Adriana Nancy ARENAS (Legajo N° 27.780 -CUIL N° 23-18061662-4) por el período comprendido del UNO (1) al TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el cargo de Profesor Titular, efectivo, para el dictado de los espacios curriculares “Enseñanza y Aprendizaje de las Artes Visuales”, “Enseñanza y Aprendizaje de la Cerámica” y “Enseñanza y Aprendizaje de la Historia del Arte”, correspondientes a las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 345
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FA-2022-RES-654 5/12/2022 (Carga: 5/12/2022) |
MENDOZA, 5 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 42506/22 caratulado: “DECANATO S/Prórroga designación Secretario de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional, Pablo José TORNELLO por el período 01/01 al 31/12/2023 - FAD”.
CONSIDERANDO:
Los informes producidos por Dirección de Personal y de Secretaría Administrativo-Financiera, en la que esta última aclara que la Facultad no dispone de dicho recurso y conforme a lo dispuesto por la Superioridad, será necesario proceder a su creación durante el período solicitado.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas al Decanato contenidas en el Art. 40 del Estatuto Universitario,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación del Personal que continuará acompañando la presente gestión, desde el UNO (1) de enero hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2023, en el cargo y funciones que se detallan en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 654
ANEXO ÚNICO
PRORROGAS PERSONAL DE GESTIÓN FAD DESDE EL 01/01/2023 HASTA EL 31/12/2023
LEGAJO CUIL APELLIDO Y NOMBRES CARGO FUNCIONES
Secretario de Relaciones Institucionales y 30.764 20-12929519-9 TORNELLO, Pablo José Secretario de Facultad con dedicación Tiempo Parcial Cooperación Internacional
RESOLUCIÓN N°654
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FA-2022-RES-653 5/12/2022 (Carga: 5/12/2022) |
MENDOZA, 5 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 42509/22 caratulado: “DECANATO S/Prórroga designación Secretario de Investigación y Posgrado, Dr. Javier OZOLLO por el período 01/01 al 31/12/2023 - FAD”.
CONSIDERANDO:
Los informes producidos por Dirección de Personal y de Secretaría Económico-Financiera, en la que esta última aclara que la Facultad no dispone de dicho recurso y conforme a lo dispuesto por la Superioridad, será necesario proceder a su creación durante el período solicitado.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas al Decanato contenidas en el Art. 40 del Estatuto Universitario,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación del Personal que continuará acompañando la presente gestión, desde el UNO (1) de enero hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2023, en el cargo y funciones que se detallan en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 653
ANEXO ÚNICO
PRORROGAS PERSONAL DE GESTIÓN FAD DESDE EL 01/01/2023 HASTA EL 31/12/2023
LEGAJO CUIL APELLIDO Y NOMBRES CARGO FUNCIONES
23.466 20-16640529-8 OZOLLO, Eduardo Javier Secretario de Facultad con dedicación Simple Secretario de Investigación y Posgrado
RESOLUCIÓN N° 653
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FA-2022-RES-652 5/12/2022 (Carga: 5/12/2022) |
MENDOZA, 5 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 1015/22 caratulado: “Solicitud Renuncia Condicionada - Prof. Carlos GUINEA - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Ordenanza Nº 44/22-R, en donde el Prof.GUINEA solicita a partir del 1 de noviembre de 2022, la respectiva renuncia condicionada, conforme con lo establecido en el Decreto Nacional N° 8820/62, en loscargos detallados en el mismo.
Que además corre agregado el Formulario Nº 2 de la Ordenanza Nº 44/22-R, en donde la Dirección de Personal de esta Facultad informa la situación de revista del docente.
Que asimismo corre agregado el informe de la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R y su modificatoria Ord. Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DELA DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES GUINEA,Carlos Alberto
D.N.I. 13.533.266
CUIT/CUIL 20-13533266-7
LEGAJO 19.996
Cargo en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Adjunto
Dedicación Semiexclusiva
Carácter Interino
Nº de Resolución de designación 173/21-C.D.
Término de la última designación
Desde 01/01/2022
Hasta 31/12/2022
Espacio/s Curricular/es
1) “Geometría Descriptiva I”
2) “Geometría Descriptiva II”
CARGO 2 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos (en licencia por incompatibilidad por desempeño de cargo de mayor jerarquía)
Dedicación Semiexclusiva
Carácter Efectivo
Nº de Resolución de designación 1732/16-C.S.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta --------- 4. Espacio/s Curricular/es
1) “Geometría Descriptiva I”
2) “Geometría Descriptiva II”
CARGO 3 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos
Dedicación Semiexclusiva
Carácter Efectivo
Nº de Resolución de designación 1731/16-C.S.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta --------- 4. Espacio/s Curricular/es
1) “Diseño de Productos I”
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Diseño
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES NOVIEMBRE
AÑO 2022
ARTÍCULO 2º.- Eldocente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional.
ARTÍCULO 3º.- El docente que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, y que se encontrare bajo Renuncia Condicionada, seguirá prestando servicios hasta tanto obtenga su beneficio jubilatorio, con la única condición de haber iniciado el correspondiente trámite previsional, caso contrario cesará automáticamente. Por tanto, en estos casos no corresponderá solicitar la continuidad laboral.
ARTÍCULO 4º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia digital de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 5°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 652
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FA-2022-RES-651 5/12/2022 (Carga: 5/12/2022) |
MENDOZA, 5 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 1621/22 caratulado: “Bajas cargos docentes interinos a partir del 01/09/22 Cerep. Fad”.
CONSIDERANDO:
Que corresponde la baja de cargos interinos de los docentes que han sido efectivizados por resolución del Consejo Superior, en el marco del procedimiento de “Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para Docentes Interinos” (CEREP.cov)
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en la ordenanza Nº 32/16-R. y su modificatoria Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de setiembre de 2022, los cargos interinos de los docentes que han sido efectivizados en el marco del procedimiento de “Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para Docentes Interinos” (CEREP.cov), de acuerdo al detalle consignado en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 651
ANEXO ÚNICO BAJA DE DOCENTES INTERINOS A PARTIR DEL 1/9/22 POR EFECTIVIZACIÓN
Legajo n° Apellido y Cargo Resolución de Asignatura/s Carreras Nombre designación efectiva Profesor 27.124 DIAZ ARAUJO, Magdalena 685/22-CS. “Historia del Arte y la Escenografía I” Artes del Espectáculo Titular (SE)
Profesor 23.390 ZINNA, María Fernanda 686/22-CS. “Diseño Cerámico III” Cerámica Adjunto (S)
RESOLUCIÓN Nº 651
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FA-2022-RES-650 5/12/2022 (Carga: 5/12/2022) |
MENDOZA, 5 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 1021/22 caratulado: “Romero Molina, Laura Romero Agustina S/ Solicitud Mesa Examinadora para defensa de Tesina. Carreras de Artes Visuales- FAD”
CONSIDERANDO:
Lo propuesto por la Dirección de Carreras de Artes Visuales en cuanto a Visuales, la constitución del Jurado y fecha de examen.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Constituir la Comisión Examinadora Especial de “Tesina” de las Carreras de Artes Visuales, integrada por los siguientes profesores: Presidente: Prof. Visuales, Alicia Susana ÁLVAREZ, Vocales: Prof. Cecilia Elizabeth GARCÍA y Prof. Daniel Enrique FERNÁNDEZ; Suplente: Prof. Paula Cecilia MURCIA, encargados de evaluar a la alumna Laura Agustina ROMERO MOLINA (Registro N° 21.880) a desarrollarse en el Aula 6 del Edificio de Talleres, el día jueves QUINCE (15) de diciembre de 2022, a las 18hs 18hs.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 650
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FA-2022-RES-649 5/12/2022 (Carga: 5/12/2022) |
MENDOZA, 5 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 41611/22 en la que la alumna Laura Agustina ROMERO MOLINA solicita la baja de la Co-directora de su proyecto de Tesina.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución Nº 149/20-FAD se autorizó a la alumna ROMERO MOLINA el cambio de Tema de su Tesina y la incorporación de la Prof. Laura FERNÁNDEZ como Co-directora, a cargo de la misma.
Que la mencionada alumna peticiona la baja de su Co-directora debido a que la docente encomendada en esas funciones se encuentra de licencia, realizando una residencia en el exterior.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la baja de la Co-directora, Prof. Laura FERNÁNDEZ, quien fuera nombrada en el Proyecto de Tesina de la alumna Laura Agustina ROMERO MOLINA (Registro N° 21.880) de la Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas, por las razones expuestas en el segundo Considerando de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 649
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CD-2022-RES-344 5/12/2022 (Carga: 5/12/2022) |
MENDOZA, 5 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 1270/22, donde obran los antecedentes relacionados con la propuesta de Convocatoria de Becas de Iniciación a la Investigación Para Estudiantes Avanzados de la FAD 2023-2024, elevado por la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad.
CONSIDERANDO:
Que uno de los objetivos estratégicos de la Secretaría de Investigación y Posgrado es incentivar, estimular y favorecer la formación de estudiantes avanzados en el ámbito de la investigación con miras a su preparación para integrar proyectos de investigación de la FAD y de la UNCUYO.
Que a partir de esta operatoria se busca incentivar a los estudiantes de los años superiores, a adquirir los conocimientos y las herramientas necesarias para el desarrollo de la investigación y para promover la prosecución de estudios superiores en carreras de posgrado.
Que la convocatoria tiene por objeto incentivar y favorecer a aquellos estudiantes avanzados que tengan aptitudes para insertarse en el ámbito de la investigación, a fin de desarrollar potencialidades inherentes a esta actividad, ya sea en su faz científica, artística o de desarrollo tecnológico.
Que la propuesta ha sido elaborada en forma conjunta entre la Secretaría de Investigación y Posgrado y su Consejo Asesor de Investigación y Posgrado.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 29 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Aprobar la CONVOCATORIA DE BECAS DE INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN PARA ESTUDIANTES AVANZADOS DE LA FAD 2023-2024 elaborado por la Secretaría de Investigación y Posgrado en forma conjunta con el Consejo Asesor de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño.
ARTÍCULO 2°- Las características, fechas, modalidad de participación y los formularios respectivos de esta convocatoria, obran en el Anexo Único de la presente resolución que consta de CINCO (5) hojas.
ARTÍCULO 3°- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 344
ANEXO ÚNICO
CONVOCATORIA BECAS DE INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN PARA ESTUDIANTES AVANZADOS DE LA FAD 2023-2024
ARTÍCULO 1º - OBJETIVO: Incentivar, estimular y favorecer la formación de estudiantes avanzados/as en el ámbito de la investigación con miras a su preparación para integrar proyectos de investigación de la FAD y de la UNCUYO.
ARTÍCULO 2º - REQUISITOS: Para poder participar de esta convocatoria se requiere ser estudiante avanzado/a de alguna de las carreras de la FAD, para lo cual se establece tener como mínimo el 60% de la carrera aprobada.
ARTÍCULO 3 º - CUPOS y ESTIPENDIO: Para la presente convocatoria se otorgarán hasta un máximo de 20 (VEINTE) becas por un monto mensual de PESOS TRES MIL ($ 3.000), por cada beca otorgada.
ARTÍCULO 4º - DURACION: Las becas tendrán una duración de OCHO (8) meses a partir del UNO (1) de mayo al TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2023.
ARTÍCULO 5º - DEDICACIÓN: Las tareas relacionadas con la beca deberán llevarse a cabo en el lugar de trabajo del/ la directora/a de Beca, con una dedicación horaria mínima de SEIS (6) horas semanales
ARTÍCULO 6º - FECHAS DE LA CONVOCATORIA: La convocatoria se extiende desde el UNO (1) hasta el TREINTA (30) de abril de 2023.
ARTÍCULO 7º - PRESENTACIÓN FORMAL: Los aspirantes a las becas deberán: a) Completar el formulario de plan de trabajo, en el que se expliciten las actividades que se propone realizar durante el transcurso de la beca. b) Proponer un/a director/a de beca que deberá avalar el plan de trabajo presentado. De forma opcional podrá incorporarse la figura de un/a codirector/a. c) Deberá integrarse a un proyecto de investigación vigente, de los aprobados por la FAD o la SIIP de la UNCUYO. d) Deberá adjuntar una nota de aceptación o pertenencia del director/a del proyecto de investigación. e) Deberá presentar una certificación que demuestre el estado de avance de la carrera. Este formulario se deberá solicitar en sección alumnos de la FAD y debe estar firmado por la dirección del grupo de carreras a las que pertenece el/la estudiante. El formulario de plan de trabajo avalado por el/la directora/a de beca, la nota de aceptación del/la directora/a de proyecto de investigación al que se incorpora el/la aspirante y el aval del estado de avance de la carrera, se deben presentar de manera digital a la dirección de correo: investigacionyposgrado@fad.uncu.edu.ar
Anexo Único – hoja 2
ARTÍCULO 8º - CRITERIOS DE EVALUACIÓN: Las solicitudes de becas serán evaluadas por el Consejo Asesor de Investigación y Posgrado de la FAD, en forma conjunta con una Comisión ad hoc designada a tal efecto.
La Evaluación de las solicitudes de becas, considera los siguientes ítems: Antecedentes del/la estudiante (hasta 15 p) Antecedentes del/a director/a y/o codirector/a de beca propuesto (hasta 15 p) Plan de trabajo: formulación y fundamentación del problema, claridad de los objetivos e hipótesis, pertinencia, metodología y factibilidad para su desarrollo (hasta 70 p)
ARTÍCULO 9º - OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS: a) Presentar de manera trimestral la planilla de asistencia avalada por el/la directora/a de beca b) Al finalizar la beca deberá presentar un informe final, avalada por el/la director/a de beca y del/la director/a del proyecto en el caso en que no fuera el mismo c) En todos los actos de divulgación de los resultados obtenidos en las investigaciones efectuadas con subsidio de la FAD, se deberá mencionar en forma explícita la beca que lo ha facilitado y pertenencia de la FAD. (En el siguiente link https://cicunc.uncuyo.edu.ar/imagen-institucional podrá encontrar el manual de identidad de la UNCuyo por Unidad Académica) d) Cuando se origine algún invento, publicación, creación y desarrollo como resultado del trabajo subsidiado por la FAD, esta se reserva la facultad de convenir con el becario, en cada caso, su participación en los derechos emergentes. e) Los/as becarias/as de los proyectos seleccionados y financiados deberán participar en las Jornadas de Investigación convocadas por la Secretaría de Investigación y Posgrado de ésta facultad.
ARTÍCULO 10º - SUSPENSIÓN DE LA BECA: En caso que el/la becario/a haga abandono de sus obligaciones sin justificar, o renuncie, se suspenderá la beca en forma automática.
ARTÍCULO 11º - CARACTERÍSTICAS Y OBLIGACIONES DEL/LA DIRECTOR/A DE BECA: Podrán ser directores de beca los/las docentes de las FAD que participen de un proyecto de investigación Interno de la FAD o de un proyecto de la SIIP. Es opcional proponer la figura de un/a codirector/a, quien debe cumplir las mismas condiciones del/la directora/a o bien, ser egresado de la FAD con dos o más años de egreso. El/La directora/a de beca debe, supervisar las actividades de formación y realizar las funciones de orientación y apoyo que resulten pertinentes.
Anexo Único – hoja 3
NOTA DE ACEPTACIÓN DEL/LA DIRECTORA/A DE PROYECTO DE INVESTIGACIÓN
DATOS DEL/LA DIRECTOR/A DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN EN EL QUE SE INCORPORARA COMO BECARIO/A
Título del proyecto de investigación: Nombres y apellido del/la director/a: Nº de CUIL: Facultad: Cargo y cátedra: Dedicación: Especialidad:
Secretaria de Investigación y Posgrado Facultad de Artes y Diseño Universidad Nacional de Cuyo Dr. Javier OZOLLO S. / D.
Por la presente expreso mi consentimiento para que ………………………………….., se incorpore, a partir de ………………….,al Proyecto “……………………………………..….” aprobado y subsidiado por (institución)……….. en el marco del cual podrá desarrollar, en el caso de aprobar, el plan de beca presentado.
Lugar y fecha: Firma:
Anexo Único – hoja 4
BECAS DE INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN PLAN DE TRABAJO
TIPO DE BECA: INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN PARA ESTUDIANTES AVANZADOS/AS DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO
POSTULANTE: DIRECTOR/A DE BECA: CODIRECTOR/A DE BECA (opcional):
Título del plan de trabajo de la beca:
1 - DESCRIPCION DEL PROYECTO (En todos los casos deberá citar siguiendo las normas APA 7, dejamos link de acceso (https://normas-apa.org/)
-Estado actual de conocimientos sobre el tema (Indicar bibliografía)
-Formulación y fundamentación del problema a investigar
-Anticipación de sentido/ Hipótesis de trabajo etc.
-Objetivos
-Metodología
-Resultados esperados
2-TRANSFERENCIA Y BENEFICIARIOS
LUGAR Y FECHA FIRMA DEL DIRECTOR DE BECA
Anexo Único – hoja 5
- Cronograma de Actividades:
Actividades 1 2 3 4 5 6 7 8
RESOLUCIÓN Nº 344
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CD-2022-RES-343 5/12/2022 (Carga: 5/12/2022) |
MENDOZA, 5 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 1298/22, caratulado: “SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO S/Propuesta de Resolución convocatoria Proyectos de Investigación Internos FAD 2023-2024”.
CONSIDERANDO:
Que la presente convocatoria está destinada a fomentar el desarrollo de proyectos de investigación internos de carácter disciplinar e interdisciplinar, orientados a promover la producción de conocimientos científico tecnológicos y artísticos relacionados con el acervo cultural y patrimonial en todas sus manifestaciones artísticas.
Que se busca promover el desarrollo científico-tecnológico-productivo vinculado a los diferentes campos de conocimiento aplicado (tales como el diseño, la cerámica industrial o las industrias culturales) que cuentan con capacidad para generar procesos de innovación creativos y soluciones alternativas a diferentes problemáticas regionales, así como el fortalecimiento de la investigación vinculada con el mejoramiento de la calidad educativa.
Que la referida propuesta se fundamenta en la necesidad de estimular la participación y la formación de docentes, investigadores/as nóveles, egresados/as y estudiantes avanzados/as en el ámbito de la investigación.
Que el programa se orienta a potenciar propuestas de investigación interdisciplinar que tiendan a la satisfacción de nuevas inquietudes, que respondan a las demandas de los/as egresados/as y los/as estudiantes avanzados/as.
Que uno de los objetivos estratégicos de la Secretaría de Investigación y Posgrado es promover la formación integral de profesionales que sean capaces de desarrollar, transferir e intercambiar conocimientos, prácticas y tecnologías acordes con las demandas y necesidades sociales.
Que la propuesta ha sido elaborada en forma conjunta entre la Secretaría de Investigación y Posgrado y su Consejo Asesor de Investigación y Posgrado.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 29 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Aprobar la Convocatoria de Proyectos de Investigación Internos 2023-2024, elaborado por la Secretaría de Investigación y Posgrado en forma conjunta con el Consejo Asesor de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño.
ARTÍCULO 2°- Las características, fechas, modalidad de participación y los formularios respectivos, de esta convocatoria obran en el ANEXO ÚNICO de la presente, que consta de DIEZ (10) hojas.
ARTÍCULO 3°- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 343
ANEXO ÚNICO CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INTERNOS 2023-2024
ARTÍCULO 1º - OBJETIVOS: La convocatoria está dirigida a fomentar el desarrollo de proyectos de investigación de carácter disciplinar e interdisciplinar orientados a promover la producción de conocimientos científico, tecnológicos y artísticos relacionados con el acervo cultural y patrimonial en todas sus manifestaciones artísticas, el desarrollo científico – tecnológico – productivo vinculado a los diferentes campos de conocimiento aplicado (tales como el diseño, la cerámica industrial o las industrias culturales) que cuentan con capacidad para generar procesos de innovación creativos y soluciones alternativas a diferentes problemáticas regionales y el fortalecimiento de la investigación vinculada con el mejoramiento de la calidad educativa. Tendrán una valoración positiva las propuestas que puedan articular con los objetivos estratégicos de la presente convocatoria: a) Proyectos de investigación que tengan como objetivo: valorizar y difundir el patrimonio y/o con foco en la preservación y difusión del acervo documental de la Colección de Bienes Artísticos y Culturales de la Facultad de Artes y Diseño (BACFAD). b) Proyectos de investigación que tengan como objetivo: analizar, describir y comparar las capacidades, saberes y habilidades pedagógicas requeridas para la articulación de los aprendizajes trabajados y adquiridos en el Nivel secundario con el ingreso a las carreras de la FAD y/o el mejoramiento del proceso de enseñanza aprendizaje en contextos virtuales o híbridos. c) Proyectos de investigación que tengan como objetivo: contribuir a desarrollos artísticos, en diseños y / o tecnológicos basados en el desarrollo sostenible que tiendan a minimizar el impacto socio - ambiental durante todo el ciclo de vida del producto y su impacto con el medio. (link ODS, Naciones Unidas https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/objetivos-de-desarrollosostenible/ ) d) Proyectos de Investigación que tengan como objetivo descubrir, analizar, comparar, profundizar, relevar y sistematizar metodologías y teorías referidas a la investigación en el campo de las artes”
ARTÍCULO 2: DURACIÓN Los proyectos seleccionados tendrán una duración de un año, comprendido en el periodo del 1 de mayo 2023 – al 30 de abril 2024.
ARTÍCULO 3: TIPOS DE PROYECTOS Y MONTOS La convocatoria cubre dos modalidades, orientados a Investigadores Nóveles e Investigadores Formados/as: Investigadores nóveles: docentes y auxiliares de docencia con menos de 10 años de antigüedad en investigación y categorizados/a o no categorizados/as. Para esta modalidad se prevé otorgar hasta TRECE (13) proyectos de 30.000 pesos anuales cada uno. Investigadores formados/as: docentes y auxiliares de docencia con más de 10 años de antigüedad en investigación categorizados/as o no categorizados/as. Para esta modalidad se prevé otorgar hasta SIETE (07) proyectos de 30.000 pesos anuales cada uno.
ARTÍCULO 4: PLAZOS DE LA CONVOCATORIA La convocatoria se extiende del 1 de diciembre 2022 al 30 de marzo 2023.
Anexo Único-Hoja 2
ARTÍCULO 5: PRESENTACIÓN FORMAL La solicitud y el formulario respectivo deben presentarse en formato digital dirigido al correo electrónico: investigacionyposgrado@fad.uncu.edu.ar Se debe adjuntar fotocopia del Documento del/la director/a del Proyecto, aval académico y patrimonial de la dirección de carrera a la que pertenece el/la director/a del proyecto (con firma digital). Tener en cuenta que el correcto llenado del formulario y, en general, la calidad de su presentación son factores que facilitan la evaluación del proyecto.
ARTÍCULO 6: CRITERIOS DE EVALUACIÓN Todos los proyectos serán evaluados por una Comisión Evaluadora ad hoc designada para tal fin por el Consejo Directivo de la Facultad, a propuesta del CAIP (Consejo Asesor de Investigación y Posgrado) de la FAD a fin de obtener su aprobación. Se evaluará favorablemente la formación de equipos interdisciplinarios.
La Evaluación de los Proyectos de Investigación presentados, considera los siguientes ítems: • Antecedentes del/la director/a y codirector/a (hasta 15 p. totales – 10 y 5 respectivamente) • Antecedentes del equipo de investigación (hasta 15 p.) • Plan de trabajo: fundamentación (incluyendo antecedentes del tema), claridad de los objetivos, pertinencia, metodología y factibilidad (hasta 30 p.) • Coincidencia con los objetivos estratégicos de la convocatoria (hasta 10 p.) • Formación de recursos humanos (hasta 15 p.) • Vinculación y transferencia (hasta 15 p.) • Para la aprobación de los proyectos se deberán reunir un puntaje mínimo de SESENTA (60) puntos.
ARTÍCULO 7: DEL EQUIPO DE INVESTIGACIÓN Director/a: podrán dirigir proyectos los/as docentes y auxiliares de docencia de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo. El o la Director/a podrá dirigir un solo proyecto de esta convocatoria, y no podrá participar en más de dos de esta convocatoria. Quienes dirijan proyectos en esta convocatoria no podrán dirigir simultáneamente proyectos de la SIIP con el mismo objeto. Codirector/a: Los proyectos deberán contar con un/a Co-Director/a, que en ausencia del Director (una vez que el proyecto haya sido aprobado para su financiamiento), asumirá la responsabilidad del mismo. Se podrá ser Co-Director/a de un solo proyecto a la vez. Un/a codirector/a formado/a podrá integrar un proyecto dirigido por Directores/as nóveles. Es condición ineludible de esta convocatoria que los equipos de trabajo incluyan la participación de al menos dos estudiantes avanzados y un egresado de la FAD.
ARTÍCULO 8: DE LAS OBLIGACIONES DE LOS/LAS DIRECTORES/AS DE PROYECTOS Los/as directores/as de los proyectos seleccionados y financiados deberán presentar un informe parcial de avance académico y una rendición de cuentas parcial, luego de transcurrido los seis meses del comienzo del proyecto, según las indicaciones oportunamente solicitadas por la Secretaría de Investigación y Posgrado de la FAD. La falta de presentación en término, observación o desaprobación de informes de avance de un proyecto financiado o avalado, sin la correspondiente justificación, implicará para el Director/a, Co-Director/a e integrantes, perder el derecho a presentarse en la próxima convocatoria de proyectos de investigación internos de la FAD, la suspensión del subsidio en el caso que corresponda, o a la devolución de los fondos asignados.
Anexo Único-Hoja 3
La falta de presentación en término de rendiciones de cuentas solicitadas sin la correspondiente justificación o la incurrencia en fraude, implicará para el Director/a y/o CoDirector/a perder el derecho a presentarse en la próxima convocatoria, la suspensión del subsidio en el caso que corresponda, la devolución de los fondos asignados o al inicio de las acciones penales correspondientes. Cuando se origine algún invento, publicación, creación y desarrollo como resultado del trabajo subsidiado por la FAD, esta se reserva la facultad de convenir con el/la director/a , en cada caso, su participación en los derechos emergentes. Los/as directores/as de los proyectos seleccionados y financiados deberán participar en las Jornadas de Investigación convocadas por la Secretaría de Investigación y Posgrado de ésta facultad y en todos los actos de divulgación de los resultados obtenidos en las investigaciones efectuadas deberán incluir pertenencia de la FAD. (En el siguiente link https://cicunc.uncuyo.edu.ar/imagen-institucional podrá encontrar el manual de identidad de la UNCuyo por Unidad Académica)
REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL PROYECTO
IDENTIFICACIÓN Director/a Codirector/a Integrantes Tipo de proyecto (Investigadores nóveles o Investigadores formados). Ubicación Académica: identifique el nombre de la Unidad que llevará a cabo la investigación. Ej.: Facultad, Grupo de Carreras. Denominación del Proyecto: la denominación de su proyecto identificará en adelante su investigación, por lo que debe ser formulada con claridad y precisión y no podrá modificarse en el futuro. Considere esta denominación en relación con el proyecto mayor o línea de investigación a que pertenece el presente proyecto. Palabras Clave: consigne las palabras o grupos de palabras claves de la denominación que permitan identificar claramente el proyecto. Ordénelas teniendo en cuenta la importancia decreciente que tenga significación en el proyecto. Resumen Técnico: el resumen técnico tiene por objetivo la aprehensión sintética de su proyecto. Haga una síntesis de los objetivos, la hipótesis de trabajo, la metodología y las actividades de transferencia. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Estado actual de conocimientos sobre el tema. Realice un balance actualizado de los conocimientos y grado de desarrollo del tema propuesto en el orden nacional e internacional. (Indicar bibliografía) Formulación y fundamentación del problema a investigar Explicite el o los objetivos. Explique la hipótesis de trabajo o presupuestos. Metodología: describa el proceso metodológico, especifique la estrategia que implementará y las técnicas que utilizará. Resultados esperados: de acuerdo con los objetivos propuestos, indique los resultados que puede lograr en función de las contribuciones que significará en cuanto al conocimiento, a la formación de recursos humanos, al desarrollo social, económico y cultural, etc. Cronograma de Actividades. Detalle las diferentes actividades y señale sus tiempos en meses. TRANSFERENCIA Y BENEFICIARIOS/AS Indique posibles formas de transferencia de los resultados y posibles beneficiarios/as.
Anexo Único-Hoja 4
EQUIPO DE TRABAJO Detallar el rol de los/as integrantes del grupo de trabajo (investigador/a, personal técnico, becario/a (podrán incluirse hasta dos becarios/as por proyecto), estudiante, graduado/a, personal de apoyo académico, etc.) y a que claustro pertenece.
AVAL ACADÉMICO Y AUTORIZACIÓN DEL/LA RESPONSABLE PATRIMONIAL Es necesario obtener y presentar el aval firmado (digitalmente) del/la directora/a de Carreras en que llevará a cabo la investigación o en caso de fuerza mayor, de la Decana de la Facultad.
DECLARACIÓN JURADA Se recibirán sólo proyectos que vengan acompañados de la declaración jurada firmados digitalmente por el/la Director/a del proyecto presentado.
CURRICULUM VITAE Los/as integrantes del equipo de investigación deberán presentar su curriculum vitae abreviado (no más de 3 carillas) actualizado, incluir link de CVar en el caso de tenerlo.
DATOS DEL PROYECTO EN INGLÉS A los efectos de poder confeccionar un catálogo de los proyectos de investigación que permita su difusión a nivel internacional, así como disponer del mismo en la página web de nuestra Facultad; se solicita la denominación del proyecto, las palabras clave y el resumen en idioma inglés.
RESOLUCIÓN Nº 343
Anexo Único- Hoja 5
FORMULARIOS
Anexo Único- Hoja 6
Anexo Único- Hoja 7
Anexo Único- Hoja 8
Anexo Único- Hoja 9
Anexo Único- Hoja 10
RESOLUCIÓN Nº 343
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CD-2022-RES-342 5/12/2022 (Carga: 5/12/2022) |
MENDOZA, 5 de diciembre de 2022
VISTO:
Los expedientes E-CUDAP-CUY: 35740/22 y 35318/22 en los que distintos Docentes Universitarios solicitan la revisión particular en relación a la solicitud de inscripción en el proceso de Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid 19 (CEREP.COV).
CONSIDERANDO:
Las notas presentadas por los docentes Verónica Analía AGUIRRE y Valeria SEÑORANS, solicitando consideración por parte del Consejo Directivo - FAD para ser incluidos en el proceso de concursos CEREP.
Que en la evaluación inicial de la postulación se tuvieron en cuenta los requisitos establecidos en Res. 265/2020 C.S.- Res. 100/2021 Rector, a saber: que el cargo tenga presupuesto genuino, la antigüedad como docente interino (de 2 años al 31/03/2021) y que haya realizado actividades áulicas durante 2020.
Que, atendiendo a las solicitudes de los docentes en cuestión, se analizan que las mismas no cumplen con la antigüedad exigida, con el objeto de ser incluidos en el proceso de concursos CEREP-COV.
La competencia del Consejo Directivo de considerar los casos que ameriten así como también plantear ante la Comisión Paritaria Particular en forma fundada y para casos especiales, la posibilidad de convocar al Concurso Especial solicitado (Res. 265/2020-C.S., art. 3° inc. d).
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y lo dispuesto por este Cuerpo sesión plenaria del día 22 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Denegar la solicitud de inscripción en el proceso de Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid 19 (CEREP.COV) a las Docentes Universitarias consignadas en el Anexo Único, por encontrarse fuera del ámbito de aplicación de las normativas vigentes (resoluciones N° 265/2020 C.S. y N° 100/21-R).
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 342
ANEXO ÚNICO
APELLIDO NOMBRE DNI LEGAJO CARGO DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR CARRERA
-Visión I y II AGUIRRE Verónica Analía 27.402.570 30.864 Profesor Adjunto Semiexclusiva -Visión I y II (Optativa) Artes Visuales
-Taller de Rotación I y II: Grabado Jefe de Trabajos -Taller I y II: Grabado SEÑORANS Valeria 29.875.581 32.401 Semiexclusiva Artes Visuales Prácticos -Taller I y II para Profesorado (con opción a Grabado)
RESOLUCIÓN N° 342
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FA-2022-CIR-003 5/12/2022 (Carga: 5/12/2022) |
CIRCULAR Nº 3 LICENCIA ANUAL ORDINARIA 2022 DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO
MENDOZA, 5 de diciembre de 2022
SEÑOR/A:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. con el fin de informarle que el personal de apoyo académico gozará de la Licencia Anual Ordinaria Año 2022, a partir del día DOS (2) de enero de 2023, de acuerdo con la Reglamentación vigente, Decreto Nº 366/06, conforme con las siguientes pautas: • Sólo con la autorización expresa de Decanato o Secretaría AdministrativoFinanciera, podrán desarrollarse actividades durante el mes de enero de 2023; cumpliendo como mínimo CINCO (5) hs. diarias, consignando ingreso y egreso a través del reloj digital. • El personal que, por razones de servicio, no hiciera uso total de los días de vacaciones, deberá acordar con su Jefe directo la fecha en la que tomarán los días restantes, que no podrá ser mas allá del TREINTA Y UNO (31) de julio de 2023. • De acuerdo con la antigüedad para vacaciones que acumule el personal de apoyo académico, corresponden los períodos que se indican a continuación: DÍAS DE VACACIONES DESDE HASTA REINTEGRO REAL
20 DÍAS 02/01/23 21/01/23 01/02/23
25 DIAS 02/01/23 26/01/23 01/02/23
30 DÍAS 02/01/23 31/01/23 01/02/23
35 DIAS 02/01/23 05/02/23 06/02/23
40 DIAS 02/01/23 10/02/23 13/02/23
• Se informa que los edificios de la Facultad permanecerán abiertos hasta el día 22/12/22 por lo que el personal cumplirá funciones hasta esa fecha.
• El personal con 20 ó 25 días de vacaciones podrá ser requerido para cumplir funciones durante el mes de enero 2023.
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CD-2022-RES-341 2/12/2022 (Carga: 2/12/2022) |
MENDOZA, 02 de diciembre de 2022
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 43086/22 caratulado: “DECANATO S/Designación Mgter. Marcelo Fabián ORTEGA en el cargo de JTP (SE), con la función de Responsable de Industrias Creativas y Culturales, dependiendo del Área de Innovación y Desarrollo; desde la efectiva prestación de serv., hasta el 31/12/2022.”.
CONSIDERANDO: Que este Decanato propone la designación del Mgter. Marcelo Fabián ORTEGA en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, para cumplir las funciones de Responsable de Industrias Creativas y Culturales, dependiente del Área de Innovación y Desarrollo de esta Facultad. Que, Dirección de Personal informa que el Mgter. ORTEGA no registra situación de revista en esta dependencia y habiendo realizado los exámenes preocupacionales o de ingreso correspondientes obtuvo de ello el certificado de aptitud psicofísica DEFINITIVO. Asimismo, esta Dirección comunicó a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) el ALTA correspondiente, estableciendo como fecha de efectiva prestación de servicios, el 1 de diciembre de 2022. Lo informado por la Secretaría Administrativo-Financiera. Por ello y atento a lo acordado en sesión plenaria del día 15 de noviembre de 2022, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al Mgter. Marcelo Fabián ORTEGA (Leg. N° 21.751 - CUIL N° 20-16743647-2) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, para cumplir las funciones de Responsable de Industrias Creativas y Culturales, dependiente del Área de Innovación y Desarrollo de esta Facultad, desde el UNO (1) hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad, de acuerdo al siguiente detalle: Depend. o Sub Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Apartado dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 99 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hace al cargo Escalafón y Códigos de Escalafón Docente – Jefe de Trabajos Prácticos con 808 cargos Dedicación Semiexclusiva
Resol. N° 341
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 341
DECANO
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CD-2022-RES-340 2/12/2022 (Carga: 2/12/2022) |
MENDOZA, 02 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 34301/22 caratulado: “DECANATO S/DESIGNACIÓN ASESORES ESTUDIANTILES. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que se propone la designación del Sr. Israel Macario Moisés TOBAR en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación Semiexclusiva, para cumplir las funciones de Asesor Estudiantil de esta Facultad.
Que, Dirección de Personal informa que el Sr. TOBAR no registra situación de revista en esta dependencia y habiendo realizado los exámenes preocupacionales o de ingreso correspondientes obtuvo de ello el certificado de aptitud psicofísica DEFINITIVO. Asimismo, esta Dirección comunicó a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) el ALTA correspondiente, estableciendo como fecha de efectiva prestación de servicios a partir del 1 de diciembre de 2022.
Lo informado por la Secretaría Económico-Financiera. Por ello y atento a lo acordado en sesión plenaria del día 20 de setiembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al Sr. Israel Macario Moisés TOBAR (CUIL N° 20-28757103-9) en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación semiexclusiva, para cumplir funciones de Asesor Estudiantil de esta Facultad, desde el UNO (1) hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad, de acuerdo al siguiente detalle: Depend. o Sub Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Apartado dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 99 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hace al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código de Cargo 809 Ayudante de Primera con Dedicación Semiexclusiva
Resol. N° 340
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 340
DECANO
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CD-2022-RES-339 2/12/2022 (Carga: 2/12/2022) |
MENDOZA, 02 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 31196/21 en el que se tramita la convocatoria a concurso Especial (CEREP-COV) para proveer con carácter efectivo, un cargo de Profesor Titular con dedicación Exclusiva, para el dictado de las asignaturas “Armonía”; “Armonía I y II”; “Armonía Práctica” y “Armonía Profesional”, que se cursan en las Carreras Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que por medio del VAR-CUY: 110942/22 se encuentra el Acta de Cierre de los postulantes inscriptos, en el que figuran los siguientes docentes: Ernesto Javier SUELDO, Verónica Isolina VERA y Gustavo Fabián ORDOÑEZ.
Que, iniciada la etapa de sustanciación del mencionado concurso, la Comisión Asesora encargada en atender el mismo, realizó el análisis de los antecedentes conjuntamente con la evaluación de los postulantes, resolviendo por medio del Acta Final VAR-CUY: 124654/22, el siguiente orden de meritos: 1.- Ernesto Javier SUELDO, 2.- Verónica Isolina VERA y 3.- Gustavo Fabián ORDOÑEZ. Que mediante VAR-CUY: 126103/2022 el Departamento de Concursos de esta Facultad lleva a cabo la notificación fehaciente (vía correo electrónico) a los docentes participantes del concurso, respecto al acta final resuelta por la Comisión Asesora.
Que tomado conocimiento de aquella por parte de los profesores involucrados, los docentes Gustavo Fabián ORDOÑEZ (Expte. E-CUDAP-CUY:36248/22) y Verónica Isolina VERA (Expte. E-CUDAP-CUY: 36254/22) presentan impugnaciones a la decisión del jurado, manifestando en ambos casos y en un sentido general, disconformidad respecto a los métodos de evaluación y otorgamiento de puntajes.
Que dadas las presentaciones realizadas, se corre vista de las presentes actuaciones a Asesoría Letrada de esta Facultad a fin de expresar dictamen al respecto, entendiendo la misma que: “Los recursos fueron interpuestos en tiempo y forma por lo tanto deben ser aceptados en lo formal, formulándose respecto a lo sustancial las siguientes apreciaciones: 1.- Los supuestos defectos de procedimiento no se advierten por parte de esta Asesoría, ni son puntualizados fehacientemente por los impugnantes, ni por el veedor docente Prof. Pablo SALCEDO, ni por el veedor por los alumnos Srta. María Belén RÍO PELLIZA, ni por la Prof. Roxana Margarita LOYERO quienes manifiestan que las instancias del concurso se han desarrollado con normalidad y dentro de lo que establece la normativa que reglamenta los concursos efectivos. Por lo tanto estimo que deberían ser desestimados. 2- La disconformidad respecto a los procesos de evaluación y otorgamiento de puntaje excede su evaluación a los conocimientos y funciones propias de esta Asesoría, debiendo ser el Consejo Directivo quien luego del análisis del Acta Final, de las Grillas y de las impugnaciones, resuelva al respecto. Puede acudirse para esta tarea, el recurso de solicitar a la Comisión Asesora una Ampliación de Dictamen – peticionada también por ambos impugnantes (Verónica Isolina VERA y Gustavo Fabián ORDOÑEZ) que responda a las dudas planteadas en cuanto a la formación académica, trayectoria docente, oposición, clase y coloquio.”
Que, analizadas las recomendaciones esgrimidas por la Asesoría Letrada, la Comisión de Concursos del Consejo Directivo, el día 27 de setiembre de 2022, solicita ampliación de dictamen a la Comisión Asesora interviniente, respecto al proceso de evaluación y otorgamiento de puntajes en los ítems de antecedentes y oposición de ambos recurrentes. Asimismo, se solicita a la Dirección de Concursos Docentes y Evaluación de Desempeño explicite el criterio adoptado para la realización o no de la Clase Pública a los diferentes postulantes.
Que mediante el VAR-CUY: 139418/22 la Comisión Asesora amplía dictamen ratificando la ponderación de puntajes dispuesta oportunamente y en consecuencia, mantiene incólume el orden de méritos propuesto.
Que, por otra parte, se acumulan en las presentes actuaciones el informe solicitado a la Dirección de Concursos Docentes y Evaluación de Desempeño respecto al criterio de la Clase Pública, de modo que hace alusión a lo dispuesto en la Resolución Nº 37/21-CD en su artículo 1º, que expresa: “Exceptuar de la Clase Pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de un Concurso de Trámite Abreviado Ord. 8/91 C.D., sin perjuicio a ello se deberá sustentar la evaluación en la presentación de Antecedentes, Plan de Labor y Coloquio”. Por lo expuesto y como en TODOS LOS CEREP llevados a cabo, por sugerencia de lo establecido en las normas mencionadas del Consejo Superior y para evitar la duplicación de instancias de evaluación y concursos previamente sustanciados, el Jurado decidió en uso de sus atribuciones NO TOMAR CLASE PÚBLICA a quién ya rindió Concurso de Trámite Abreviado y resultó ganador (en este caso por la Ord. 8/91 C.D.).”.
Que por Expte. E-CUDAP N° 38598/22 la Dirección de Concursos Docentes y Evaluación de Desempeño, destaca “…en primer lugar que ninguno de los dos postulantes hizo uso del derecho de impugnación que establece la Ord. 23/10 C.S. en su artículo 13º “...los aspirantes... podrán ejercer el derecho de impugnar a los aspirantes inscriptos. Las impugnaciones deberán fundarse en razones de carácter moral, ético, legal, cívico o en la actuación universitaria del impugnado”. En los recursos presentados, el tema de la actuación universitaria del profesor SUELDO a la que hacen mención en sus impugnaciones, ya resulta extemporánea, según la reglamentación. Del mismo modo, el artículo 14º deja claro que “...además se acompañarán las pruebas que pretendan hacerse valer. Después de esa oportunidad NO PODRÁ admitirse otra prueba”.
Que por Expte E-CUDAP N° 38600/22, la Secretaria de Consejo, a requerimiento de los consejeros directivos, solicita “de acuerdo con los argumentos esgrimidos en los recursos interpuestos por los postulantes Verónica Isolina VERA y Gustavo Fabián ORDOÑEZ, eleve al Consejo Directivo, toda la documentación referida a la cátedra en cuestión (supuesta intervención de la cátedra, actas y notas de estudiantes y docentes especialmente de los años 2018 y 2019) aludidas por los impugnantes. Asimismo, realice las consultas pertinentes a la Dirección de Carreras Musicales, Asesoría Estudiantil y SAPOE”. • La respuesta de la Jefatura del Departamento Operativo de Carreras Musicales (VAR CUY 141067/2022) informando que “…en esta oficina no hay ninguna documentación referida a la cátedra de Armonía. Las mesas nunca fueron intervenidas, no se realizaron reuniones donde se labraran actas, ni tampoco hay notas presentadas por alumnos o docentes sobre problemas en la cátedra. Estamos en conocimiento que se realizaron reuniones en el ámbito de Secretaría Académica, pero se desconoce su contenido o resultado.” Resol.Nº 339
• La respuesta de Asesoría Estudiantil incorporada mediante VAR CUY Nº 154811/2022 que informa“…que en esta oficina no hay ninguna documentación referida a la cátedra de Armonía, por lo que no podemos asegurar ni confirmar si las mesas fueron intervenidas, si se realizaron reuniones donde se labran actas, ni tampoco si hay notas presentadas por estudiantes.”. • Que mediante VAR-CUY Nº 0157780/2022 la oficina SAPOE (Servicio de Apoyo al Estudiante) mediante informe de la Lic. Elisa MIERAS, expone que “…que en el mes de octubre 2019 fui convocada por Secretaría Académica para mediar en una situación conflictiva entre los miembros de la cátedra de Armonía. Las acciones que se realizaron: - Entrevista Personal con el Prof. Sueldo. - Reunión con la Directora de Carreras Musicales, el Prof. Titular y los dos Prof. Adjuntos, donde se plantearon pautas a seguir para tener una coherencia en lo que se les transmite a los estudiantes. En noviembre nos volvimos a reunir con la Directora de Carreras Musicales, el Prof. Ernesto Sueldo y la Prof. Verónica Vera, y se observó que el Prof. Titular había incorporado las sugerencias dadas en la reunión anterior, y quedó a cargo de la Dirección de Carreras continuar supervisando lo planteado”. • Que finalmente Secretaría Académica “…considera que se han cumplido correctamente todas las instancias en el proceso de Concursos especiales CerepCov y de Concurso efectivo cátedra Armonía. Se realizaron intervenciones reiteradas de distintas áreas de la Facultad, y en ningún caso se incorporaron antecedentes que pudieran ser tenidos en cuenta por el Consejo al momento de autorizar la convocatoria, o por la Comisión Asesora al momento de analizar la trayectoria docente de los participantes, teniendo en cuenta que los otros aspirantes pueden dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de la inscripción, impugnar a los aspirantes inscriptos fundándose en razones referidas a la actuación universitaria o de carácter legal, ético, moral, cívico, etc.”. Las recomendaciones realizadas por la Comisión de Concursos del Consejo Directivo en cuanto a: “Teniendo en cuenta el ítem Trayectoria Docente incluido en la Ord. 23/2010 C.S. (Régimen de concursos efectivos), instrumentar en el ámbito de la Facultad el sistema de Evaluación de Desempeño Docente aprobado por Ord. 3/2020 C.D. a fin de que los resultados obtenidos por cada docente, puedan ser tenidos en cuenta por las Comisiones Evaluadoras de los futuros concursos. Informar a la comunidad educativa que las Actas de Aspirantes a concursos se encuentran publicadas en la página web de la Facultad, a efectos de la posibilidad de ejercer el derecho de impugnación de los postulantes, establecido en la reglamentación vigente. Se incorpore en las Comisiones Asesoras de los concursos docentes, a miembros que tengan formación pedagógica, ya que se trata de cargos para la enseñanza. En caso de que exista intervención de las diferentes áreas, queden registradas en Actas firmadas por los involucrados a fin de ser consultadas eventualmente por las Comisiones Asesoras en la apertura de concursos. Secretaría Académica y la Dirección de Carreras realice acompañamiento de la cátedra de “Armonía” y de todas aquellas que se encuentren en situación similar.”.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 15 de noviembre de 2022.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar en lo formal y rechazar en lo sustancial, los recursos interpuestos por el Prof. Gustavo Fabián ORDOÑEZ y por la Prof. Verónica Isolina VERA, en contra del Acta Final dispuesta por la Comisión Asesora designada para atender el mencionado concurso, obrantes en exptes E-CUDAP-CUY Nros. 36248/22 y 36254/22, respectivamente, por los argumentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 219/22-C.D. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación exclusiva, para el dictado de las asignaturas “Armonía”; “Armonía I y II”; “Armonía Práctica” y “Armonía Profesional” que se cursa en las Carreras Musicales de esta Facultad, en los términos y condiciones dispuestas por resolución N° 265/20-C.S., estableciendo el siguiente orden de méritos: 1.- Ernesto Javier SUELDO, 2.- Verónica Isolina VERA y 3.- Gustavo Fabián ORDOÑEZ.
ARTICULO 3°.- Auspiciar ante el Consejo Superior la designación con carácter efectivo del Prof. Ernesto Javier SUELDO (Legajo Nº 33.639 – CUIL n° 20-22033289-7) en el cargo y funciones objeto del presente concurso.
ARTÍCULO 4°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 339
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FA-2022-RES-648 1/12/2022 (Carga: 1/12/2022) |
MENDOZA, 1 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 21897/21 caratulado: “Convocatoria a E concurso Cerrado General, Personal Apoyo Académico Ord. Nº 03/2008 C.S. Categoría 3 - Efectivo – JEFE DPTO. EDIFICIO DE DOCENCIA. Agrupamiento Servicios GeneralesFAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 2º de la resolución nº 927/22-C.S., C.S.,se designa en dicho cargo y funciones al postulante que figura en primer lugar en el orden de méritos establecido: Téc. Alfredo David ABDO.
Que así mismo, corresponde a esta Facultad establecer la fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del mencionadoagente a los efectos de la eficacia de de la designación efectuada, de conformidad con lo expresado en el artículo 3º de la resolución nº 927/22-C.S. C.S.
Lo informado al respecto por la Dirección de Personal, en cuanto a que por Personal, vía separada se tramita la baja por renuncia partir del 01/12/22, d Téc. Alfredo David renuncia,a del ABDO en el cargo Categoría 5 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, como así también el Adicional por Carácter Crítico de la Función otorgado , Función, desde 01/03/22 hasta 31/12/22, para cumplir funciones de Referente de Edificio de Docencia, según Resol. n° 88/22-FAD., intertanto se tramitaba el concurso objeto de la , 88/22 , presente designación.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Fijar el UNO (1) de diciembre de 2022 como fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del Téc. Alfredo David ABDO (Leg. n° 19.066 – CUIL de Leg. n° 20- 16588898-8) en el cargo Categoría 3 – Tramo Mayor- del Agrupamiento ) Mante-nimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de nimiento, Generales, Jefe del Departamento de Servicios del Edificio de Docencia de esta Facul Facultad, en el que ha sido designado mediante el artículo 2º de la resolución Nº 927 med 927/22-C.S..
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el La mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 648
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FA-2022-RES-647 1/12/2022 (Carga: 1/12/2022) |
MENDOZA, 1 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 21899/21 caratulado: “Convocatoria a E concurso Cerrado General, Personal Apoyo Académico Ord. Nº 03/2008 C.S. Categoría 3 - Efectivo – JEFE DPTO. EDIFICIO DE GOBIERNO. Agrupamiento Servicios Generales GeneralesFAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 2º de la resolución nº 932/22-C.S., C.S.,se designa en dicho cargo y funciones al postulante que figura en primer lugar en el orden de méritos establecido:Lic. Ciro SPANO. SPANO
Que así mismo, corresponde a esta Facultad establecer la fecha de inicio blecer de la efectiva prestación de servicios del mencionadoagente a los efectos de la eficacia de de la designación efectuada, de conformidad con lo expresado en el artículo 3º de la resolución nº 932/22-C.S. C.S.
Lo informado al respecto por la Dirección de Personal, en cuanto a que por , vía separada se tramita la baja por renuncia,a partir del 01/12/22, d Lic. Ciro SPANOen renuncia del el cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales Generales, como así también el Adicional por Carácter Crítico de la Función, otorgado desde 01/01/22 po , hasta 31/12/22, para cumplir funciones de Referente delEdificio de Gobierno según Edificio Gobierno, Resol. n° 660/21-FAD., intertanto se tramitaba el concurso objeto de la presente , designación.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO DECA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Fijar el UNO (1) de diciembrede 2022 como fecha de inicio de la Fijar efectiva prestación de servicios del Lic. Ciro SPANO (Leg. n° 34 de Leg. 34.041 – CUIL n° 2333022433-9)en el cargo Categoría 3 – Tramo Mayor- del Agrupamiento en Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de Jefe Generales, del Departamento de Servicios del Edificio de Gobiernode esta Facul de Facultad, en el que ha sido designado mediante el artículo 2º de la resolución Nº 932/22--C.S..
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el La mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 647
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CD-2022-RES-338 1/12/2022 (Carga: 1/12/2022) |
MENDOZA, 1 de diciembre de 2022
VISTO:
Las actuaciones contenidas en los expedientes E-CUDAP-CUY Nros. 40852/22, 40949/22, 40941/22, 40946/22, 40939/22, 41013/22, 40793/22, 40943/22, 40873/22, 40866/22, 40710/22, 40947/22, 40944/22, 40877/22, 41010/22, 40849/22, 40792/22, 40948/22, 41009/22 y 40961/22, en los que distintos Docentes Universitarios solicitan la revisión particular en relación a la solicitud de inscripción en el proceso de Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid 19 (CEREP.COV).
CONSIDERANDO:
Los agentes involucrados solicitan consideración por parte del Consejo Directivo - FAD para ser incluidos en el proceso de concursos CEREP.
Que en la evaluación inicial de la postulación se tuvieron en cuenta los requisitos establecidos en Res. 265/2020 C.S.- Res. 100/2021 Rector, a saber: que el cargo tenga presupuesto genuino, la antigüedad como docente interino (de 2 años al 31/03/2021) y que haya realizado actividades áulicas durante 2020.
Que, atendiendo a las solicitudes de los agentes pertenecientes a los Organismos Artísticos en cuestión, se analizan que los mismos no cumplen sustancialmente con el objeto establecido para ser incluidos en el proceso de concursos CEREP-COV, por encontrarse fuera del ámbito de aplicación de la normativa vigente.
Que Asesoría Letrada, luego de un exhaustivo informe, llega a la conclusión de que, en los términos planteados, no debería hacerse lugar a la apertura de los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias provocadas por la Pandemia del Covid-19 (CEREP-Cov) solicitados por los agentes involucrados.
Que la Comisión de Concursos, luego de un amplio y profundo debate en el que se consideró el dictamen de Asesoría Letrada de esta Facultad, expresa que las solicitudes presentadas: 1) No encuadran en lo previsto por la Resol. 265/20 C.S. que establece en su Art. 1° como ámbito de aplicación: a) Docentes Interinos: Profesor Titular, Asociado y Adjunto b) Auxiliares de Docencia Interinos: Jefe de Trabajos Prácticos, Ayudante de Primera Categoría y Ayudante de Segunda Categoría, considerando que ninguno de los presentantes revista en los cargos citados. 2) Ser un procedimiento de efectivización estrictamente docente que exige el requisito excluyente de prestación de servicios aúlicos frente alumnos de forma presencial o remota, durante el ciclo lectivo 2020, situación que no se verifica en ninguno de estos casos. 3) Que si bien existen numerosos antecedentes, dictámenes y resoluciones en que la Facultad de Artes y Diseño se ha pronunciado a favor de la efectivización de los integrantes de los organismos, no ha consentido, ni antes ni ahora, con su efectivización como docentes, dentro del ámbito de la Facultad 4) La imposibilidad de convocar a concurso tantos cargos, con destino a una única asignatura que se propone: Práctica Orquestal.”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y lo dispuesto por este Cuerpo sesión plenaria del día 22 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Denegar la solicitud de inscripción en el proceso de Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid 19 (CEREP.COV) a los Docentes Universitarios, pertenecientes a los Organismos Artísticos, consignados a continuación, por encontrarse fuera del ámbito de aplicación de las normativas vigentes (resoluciones N° 265/2020 C.S. y N° 100/21-R), por las razones esgrimidas en el 5to. Considerando de la presente: CUDAP N°40852/22 ABT, Ladislao CUDAP N°40949/22 ALVENTOSA CORDERO, Alexandre CUDAP N°40941/22 CEDEÑO RIVAS Miguel Moises CUDAP N°40946/22 DIAZ Omar Roberto CUDAP N°40939/22 GEREDUS, Juan Ignacio CUDAP N°41013/22 GIDONI BLANCO, Franco Valentín CUDAP N°40793/22 GUTIÉRREZ Joaquin CUDAP N°40943/22 JARA ROSALES, Johana Karina CUDAP N°40873/22 JUNQUEIRA ROQUE, Amilcar CUDAP N°40866/22 MAZZOCCA, Juan Pablo CUDAP N°40710/22 PÉREZ, Carlos Esteban CUDAP N°40947/22 PINEDA ZÁCCARA, Elda María CUDAP N°40944/22 RINALDI, Melisa Lourdes CUDAP N°40877/22 ROSSI, Enzo Paolo CUDAP N°41010/22 SALINAS, Lucía Magdalena CUDAP N°40849/22 SANCHEZ SOSA, Gorgias Igor CUDAP N°40792/22 SCATTOLINI, Magdalena CUDAP N°40948/22 VAZQUEZ, Cecilia Marina CUDAP N°41009/22 VELAZQUEZ Leandra CUDAP N°40961/22 VERENZUELA, Carlos Antonio
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 338
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CD-2022-RES-337 1/12/2022 (Carga: 1/12/2022) |
MENDOZA, 1 de diciembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 669/22 caratulado: “CARRERAS DE ARTES DEL ESPECTÁCULO - Contrato Prof. MILLARES - Cargos: Prof. Titular (SE) “Historia de la Cultura y el Teatro Universales I” / Prof. Titular (SE) “Dramaturgia” - 01/01/2023 hasta el 31/12/2023”.
CONSIDERANDO: Que la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo estima conveniente y necesaria la prórroga de las funciones docentes que viene desarrollando el Prof. MILLARES en los espacios curriculares afectados, dada su destacada trayectoria, especialización y el gran aporte referido al encuadre metodológico y profesional brindado a los estudiantes. Que, de acuerdo a lo expresado en la resolución nº 615/21-C.S., la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) informa que el Prof. MILLARES no se encuentra en condiciones de recibir el beneficio jubilatorio dado que el cómputo de servicios no alcanzaría para otorgárselo, por lo que es importante tener presente que el docente fundamenta tal pedido en el hecho de haber tenido que abandonar el país por causas políticas en el año 1978, adjuntando un Cerfiticado del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (AGNUR) período que interrumpió de esa forma su carrera docente, aun cuando no hubo una expulsión explícita por parte de la Universidad Nacional de Cuyo. Que la Dirección de Personal informa que dicho pedido encuadra con lo normado en el Art. 5º de la ordenanza N° 69/10-C.S. y que actualmente dicho docente ha iniciado su trámite jubilatorio.
Que se ha tenido en cuenta el informe favorable de la Secretaría Académica y de Secretaría Administrativo–Financiera. Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en sesión plenaria del día 29 de noviembre de 2022, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Propiciar ante el Consejo Superior la prórroga de contratación, por vía de excepción, del siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente contratado Apellido y Nombres MILLARES, Héctor Julio del Corazón de Jesús Documento Único: 8.469.393 CUIT 20-08469393-7 Legajo N° 28.101
Cargo 1: 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Semiexclusiva Condición Contratado
Espacio/s Curricular/es: 1) Historia de la Cultura y el Teatro Universales I 2) Historia de la Cultura y el Teatro Universales I (Optativa)
Resol. N° 337
Cargo 2: 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Semiexclusiva Condición Contratado
Espacio/s Curricular/es: 1) Dramaturgia 2) Dramaturgia (Optativa)
Término de la contratación Desde 1 de enero de 2023 Hasta 31 de diciembre de 2023
Denominación de la Unidad Académica
Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras Artes del Espectáculo
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades
Subdisciplina: 4 8 Teatro
Historia de la Cultura y el Teatro Universales I- Historia de la Cultura y el Teatro Especialidad: 9 9 Universales I (Optativa) - Dramaturgia -Dramaturgia (Optativa)
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudios de Títulos que a continuación se detallan: Código de Carrera/s Descripción de la Carrera Participación Porcentual(*)
2411 Diseñador Escenográfico 25% 3297 Licenciado en Arte Dramático 25% 6463 Profesor de Grado Universitario en Teatro 25% 881 Licenciado en Historia de las Artes Plásticas 25%
Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 4°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participació Apartado Dependencia Financiamiento n Porcentual
10 00 11 37 03 00 02 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 5°: El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 805 Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva (2 cargos)
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder a los cargos en los que se lo contrata.
ARTÍCULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 337
PROYECTO DE CONTRATO
- - - Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por la señora Rectora, Cont. Esther Lucía SÁNCHEZ, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 27 - inciso 8) y 58 del Estatuto Universitario vigente y en el artículo 5° de la ordenanza N° 69/10-C.S y el Prof. Héctor Julio del Corazón de Jesús MILLARES (CUIL n° 20-08469393-7) en adelante EL CONTRATADO, se celebra el presente contrato::-------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: EL CONTRATADO tendrá a su cargo el dictado de las cátedras de “Historia de la Cultura y el Teatro Universales I”; “Historia de la Cultura y el Teatro Universales I” (Optativa), “Dramaturgia” y “Dramaturgia” (Optativa) todas correspondientes a las Carreras de Artes del Espectáculo de la Facultad de Artes y Diseño. ---
ARTÍCULO 2°.- DEDICACIÓN: Las funciones indicadas en el artículo 1° se cumplirán con dedicación semiexclusiva (en ambos cargos), debiendo EL CONTRATADO ajustarse a todas las obligaciones vigentes en la Universidad para este tipo de dedicación. A su efectivo cumplimiento quedará subordinada la subsistencia de este contrato.--------------
ARTÍCULO 3°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2023, inclusive.----
ARTÍCULO 4°.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a los sendos cargos de Profesor Titular, con la dedicación fijada en el artículo 2°y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales.----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada a EL CONTRATADO.---------------
ARTÍCULO 6°.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.---------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese solo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 8°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal docente, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a EL CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.--------------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el...............................................................
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CD-2022-RES-336 30/11/2022 (Carga: 30/11/2022) |
MENDOZA, 30 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 33668/22 caratulado: “Solicitud designación interina de la DI Maria Victoria Caruso en el cargo de Ayudante de 1ra (s) para cumplir funciones en las asignaturas Técnicas de Dibujo y Dibujo de Productos de las Carreras de Diseño. FAD”
CONSIDERANDO:
Que la D.I. CARUSO se encuentra designada en un cargo de Ayudante de Primera con dedicación simple, en condición de reemplazante, para cumplir funciones en las asignaturas “Técnicas de Dibujo” (Diseño Gráfico); “Técnicas de Dibujo” (Optativa Diseño Industrial) y “Dibujo de Productos” (Optativa Diseño Industrial), todas en las Carreras de Diseño, cuya prórroga de designación fue efectuada mediante resolución Nº 173/21-FAD.
Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal correspondería el cambio de condición en la designación de la docente CARUSO, “de reemplazante a interino” desde el 01/09/22, teniendo en cuenta la baja por renuncia de la titular del cargo, Prof. Andrea BECARES HINRICHSEN, al que la docente remplazaba.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 29 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. – Aprobar el cambio de condición de “reemplazante” a “interino”, a partir del UNO (1) de setiembre de 2022, a la D.I. María Victoria CARUSO (Leg. n° 34.173 – CUIL n° 27-29971532-0), en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación simple, para cumplir funciones en las asignaturas “Técnicas de Dibujo” (Diseño Gráfico); “Técnicas de Dibujo” (Optativa Diseño Industrial) y “Dibujo de Productos” (Optativa Diseño Industrial), todas en las Carreras de Diseño, cuya prórroga de designación fue efectuada mediante resolución Nº 173/21-CD, en razón al fundamento expresado en el 2do. Considerando de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 336
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FA-2022-RES-646 29/11/2022 (Carga: 29/11/2022) |
MENDOZA, 29 de noviembre de 2022
VISTO:
Los expedientes E-CUDAP-CUY Nros. 40443/22 y 39696/22 donde obran los pedidos de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad para desempeñarse en cargos de mayor jerarquía, sin estabilidad, solicitado por personal de esta Unidad Académica.
CONSIDERANDO:
Que, en cada una de las actuaciones, corre agregado el Formulario N° 17 de la Circular N° 39/15 de Gestión de Personal de la Dirección de Personal de esta Facultad, como así también se incorpora la declaración jurada de cargos y funciones de cada uno de los agentes y el informe de la Dirección General de Personal de Rectorado.
Que las licencias comprendidas en la presente resolución, corresponde en su totalidad a incompatibilidades surgidas de cargos de la planta de esta Unidad Académica.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la ordenanza N° 32/16–R. y su modificatoria Nº 4/22-R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia sin goce de haberes por incompatibilidad de Personal Docente Universitario, generada por las disposiciones vigentes aplicables, que afectan el cargo que desempeña, para cumplir funciones en otro cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, por el período que en cada caso se indica, de acuerdo con lo detallado en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 646
ANEXO ÚNICO
Cargo en el Funciones o Carreras o Apellido/s y que se Espacio/s Disposiciones Cargo de mayor Espacios Curriculares LEGAJO CUIL sector Período Nombres otorga Curricular/es aplicables jerarquía a específico licencia desempeñar . Art. 49 Punto II, inc. a) apartado 1) Decreto Profesor 1246/15 Profesor Titular 01/11/22 DEL ROSSO, Asociado (SE) . Ord. 28/00-C.S. (SE) 24.652 27-21740235-8 -Diseño de Productos II -Diseño de Productos II Diseño h/ Roxana María . Ord. 12/00-R Efectivo remplazante 31/12/22 . Ord. Nº 32/16-R (Anexo III) . Art. 45 E.U. . Art. 49 Punto II, inc. a) Ayudante de -Tecnología y Expresión de -Tecnología y Expresión apartado 1) Decreto Profesor Adjunto Primera los Materiales de los Materiales 01/11/22 LOPEZ SALDAÑA, 1246/15 (SE) 30.497 20-19049519-2 (SE) -Tecnología de los -Tecnología de los Artes Visuales h/ Alejandro . Ord. 28/00-C.S. Materiales y Procesos Interino Materiales y Procesos 31/12/22 Interino . Ord. 12/00-R Estructurales Estructurales . Art. 45 E.U.
RESOLUCIÓN N° 646
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