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FA-2022-RES-195 20/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
MENDOZA, 20 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 19648/22 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer un cargo de Ayudante de Primera con dedicación semiexclusiva, para cumplir funciones Complementarias al Desarrollo Curricular en el "Laboratorio Químico – Taller de Emprendimientos Cerámicos" en las Carreras de Cerámica de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 142/22-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
LA VICEDECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 142/22-C.D. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Ayudante de Primera con dedicación semiexclusiva, para cumplir funciones Complementarias al Desarrollo Curricular en el "Laboratorio Químico – Taller de Emprendimientos Cerámicos" en las Carreras de Cerámica de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: María Fernanda ZINNA Suplente: Jorge Pedro FUNES
Por los egresados: Titular: Carina Paola OSORIO Suplente: José Fernando AGUAYO MUÑOZ
Por los alumnos: Titular: Abel David LAZO Suplente: Sandra Lidia DELGADO
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 26813/21 .
ARTÍCULO 3°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 195
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FA-2022-RES-194 20/05/2022 (Carga: 24/05/2022) |
MENDOZA,20 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 19457/22 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer un cargo de Profesor Titular con dedicación Simple, para el dictado de la asignatura “Dibujo III” de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 120/22concurso CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
LA VICEDECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resoluciónNº 120/22-C.D. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación Simple, para el dictado de la asignatura “Dibujo III” de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: Marcela CAMBA Suplente: Mirta Roxana JORAJURIA Por los egresados: Titular: Valentina PALACIOS Suplente: Alejandro Javier CARRIERI CAROSELLA Por los alumnos: Titular: Leonardo AntonioSANTARELLI Suplente: Sergio Daniel RODRIGO
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº el 8286/21.
ARTÍCULO 3°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº194
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FA-2022-RES-193 20/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
MENDOZA, 20 de mayo del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 17459/22 caratulado: “S/Solicitud asignación de un adicional por carácter crítico de la Función a la Sra Natalia Karina Fernandez, del 01/03/2022 y hasta el 30/06/2022. Fad”.
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido se fundamenta en que la Sra. Natalia Karina FERNÁNDEZ será la encargada de capacitar y asistir la implementación de la última versión del Sistema SIU GUARANÍ en esta Facultad.
Que la Dirección de Personal informa que la Sra. FERNÁNDEZ revista en un cargo Cat. 7, efectivo (Subroga Cat. 4) de la Facultad de Ciencias Económicas de esta Universidad.
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12° de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica,
LA VICEDECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” a la Sra. Natalia Karina FERNÁNDEZ (Leg. n° 30.860 – CUIL n° 27-33821719-1), por la suma de PESOS DIEZ MIL CON 00/100 ($ 10.000,00) mensuales, para cumplir las funciones de capacitación y asistencia en la implementación de la última versión del Sistema SIU GUARANÍ, desde el UNO (1) de marzo hasta el TREINTA (30) de junio de 2022.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2022.
ARTÍCULO 3°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 193
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FA-2022-RES-192 20/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
MENDOZA, 20 de mayo del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 13244/22 caratulado: “Solicitud "Adicional por carácter crítico de la función" para el Prof. Adrián Rodriguez, desde el 01/04/22 al 31/05/2022. Carreras Musicales FAD”.
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido surge ante la necesidad de contar con los servicios de docencia del Prof. RODRÍGUEZ en la asignatura “Rítmica y Percepción Auditiva, Nivel A”, debido a que la Prof. Liliana GONZÁLEZ, profesora adjunta de dicho espacio, se encuentra en licencia por enfermedad de largo tratamiento.
Que la Dirección de Personal informa que el Prof. RODRÍGUEZ revista en esta dependencia el cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple, interino, para cumplir funciones en las asignaturas “Rítmica y Percepción Auditiva CIEMU Niveles A, B, C y D” y “Lenguaje Musical I al IV – Ciclo Preparatorio” que se dictan en las Carreras Musicales de esta Facultad.
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12° de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica,
LA VICEDECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” al Prof. Adrián Darío RODRÍGUEZ (Legajo n° 27.569 – CUIL n° 20-26128965-3) por la suma de PESOS NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES CON 25/100 ($ 9.773,25) mensuales, para cumplir funciones en el espacio “Rítmica y Percepción Auditiva, Nivel A”, que se dicta en Carreras Musicales de esta Facultad, desde el UNO (1) de abril hasta el TREINTA Y UNO (31) de mayo de 2022.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2022.
ARTÍCULO 3°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 192
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FA-2022-RES-191 20/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
MENDOZA, 20 de mayo del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 12925/22 caratulado: “s/Solicitud designación del D.I SOLA, Claudio en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos (S) interino asignatura "MATERIALES Y PROCESOS I" - FAD”
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Diseño solicita la designación interina del D.I. Claudio Javier SOLA, en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, para cumplir funciones en la asignatura “Materiales y Procesos I” que se dicta en la carrera de Diseño Industrial de esta Facultad, teniendo en cuenta la baja por renuncia de la Prof. Cecilia LASAGNO (Resol Nº 511/21-FAD).
Que, Dirección de Personal informa que el D.I. SOLA registra en esta dependencia en los cargos de Jefe de Trabajos Prácticos (S), interino, con funciones en el “Taller de Productos” y Profesor Adjunto (SE), interino, para el dictado de la asignatura “Diseño de Productos Final”, ambos correspondientes a las Carreras de Diseño.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto C) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas.”
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
LA VICEDECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres SOLA, Claudio Javier Documento Único 21.985.137 CUIL o CUIT 20-21985137-6 Legajo N° 34.360
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Condición Interino
Término de la designación Desde DOS (2) de mayo de 2022 ( siempre que antes no sea provisto por concurso) y no más allá del Hasta TREINTA Y UNO (31) de octubre de 2022
4. Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s de Curricular/es 1) “Materiales y Procesos I”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 2 Ingeniería y Tecnología Subdisciplina: 2 0 Ingeniería Industrial Especialidad: 9 9 “Materiales y Procesos I”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 153 Diseño Industrial 100% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 813 Docente-Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 191
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FA-2022-RES-190 20/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
MENDOZA, 20 de mayo del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 12334/22 caratulado: “S/Solicitud designación interina Prof. Silvana Lorena Puccio Asignatura "Dibujo y Pintura Escenográficos I", y por extensión "Dibujo y Pintura Escenográficos II" - Carreras de Artes del Espectáculo - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo solicita la designación interina de la Prof. Silvana Lorena PUCCIO, en el cargo de Profesora Adjunta con dedicación simple, en los espacios curriculares “Dibujo y Pintura Escenográficos I y II” que se dicta en Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, teniendo en cuenta la vacancia del cargo generada a partir de la baja por jubilación de la Prof. María Angélica PÉREZ.
Que, Dirección de Personal informa que la Lic. PUCCIO no registra actualmente situación de revista en esta dependencia y que posee el certificado de aptitud psicofísica DEFINITIVO. Asimismo, esta Dirección comunicó a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) el ALTA correspondiente.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto C) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas.”
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
LA VICEDECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres PUCCIO, Silvana Lorena Documento Único 24.372.067 CUIL o CUIT 27-24372067-8 Legajo N° 32.541
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Adjunto Dedicación Simple Condición Interino
Término de la designación Desde DOS (2) de mayo de 2022 ( siempre que antes no sea provisto por concurso) y no más allá del Hasta TREINTA Y UNO (31) de octubre de 2022
4. Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes del Espectáculo
Espacio/s Curricular/es 1) “Dibujo y Pintura Escenográficos I y II”
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Teatro Especialidad: 9 9 “Dibujo y Pintura Escenográficos I y II”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Descripción de la Carrera Participación Títulos Porcentual 100% 2411 Diseño Escenográfico Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 02 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 812 Docente – Profesora Adjunta con Dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 190
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FA-2022-RES-189 20/05/2022 (Carga: 24/05/2022) |
MENDOZA, 20 de mayo del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 15685/22 caratulado: “S/Solicitud designación Prof. Nicolas Diez cargo Adjunto (S) funciones de Pianista Acompañante cát. "Interpretación IV canto, vientos y percusión" Lic. Música Popular. Carreras Musicales FAD -”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Artes Visuales solicita la designación interina del Prof. Nicolás Elías DIEZ, en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, para cumplir funciones de Pianista Acompañante de la cátedra “Interpretación IV- Canto, Vientos y Percusión” de la Licenciatura en Música Popular de esta Facultad, teniendo en cuenta la reciente baja de la Prof. Elba María Teresa OLALLA.
Que, Dirección de Personal informa que el Prof. DIEZ registra la siguiente situación de revista: . Profesor Adjunto con Dedicación Simple, interino, para cumplir funciones en la asignatura “Instrumento Complementario (Piano)”; “Instrumento I al IV (Teclado)”, “Instrumento A y B”, en la Licenciatura en Música Popular . Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Semiexclusiva, efectivo, para cumplir funciones complementarias al desarrollo curricular como “Pianista Acompañante para Interpretación III en Canto, Vientos y Percusión”, ambos en las Carreras Musicales.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto B) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas.”
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL VICEDECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres DIEZ, Nicolás Elías Documento Único 29.326.712 CUIL o CUIT 20- 29326712-0 Legajo N° 28.895
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Adjunto Dedicación simple Condición Interino
Término de la designación Desde UNO (1) de mayo de 2022 ( siempre que antes no sea provisto por concurso) y no más allá del Hasta TREINTA Y UNO (31) de octubre de 2022
4. Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras Musicales
Espacio/s para cumplir funciones complementarias a el/los desarrollo/os curricular/es 1) Pianista Acompañante ”Interpretación IV: Canto, Vientos y Percusión”
ARTÍCULO 2°.- El espacio para cumplir funciones complementarias al desarrollo curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Música Pianista Acompañante ”Interpretación IV: Canto, Vientos y Especialidad: 9 9 Percusión”
ARTÍCULO 3°.- El espacio para cumplir funciones complementarias al desarrollo curricular mencionado en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Descripción de la Carrera Participación Títulos Porcentual 6293 Licenciatura en Música Popular 100% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 01 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 812 Docente – Profesor Adjunto con Dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 189
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FA-2022-RES-188 20/05/2022 (Carga: 24/05/2022) |
MENDOZA, 20 de mayo del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 9975/22 caratulado: “CARRERAS DE ARTES VISUALES S/Designación Prof. Natalia Lorena MARENGO. FAD-”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Artes Visuales solicita la designación interina de la Prof. Natalia Lorena MARENGO, en el cargo de Profesora Titular con dedicación semiexclusiva, en el espacio curricular “Didáctica y Currículum” que se dicta en todos los profesorados de las carreras de esta Facultad, teniendo en cuenta la reciente baja de la Prof. Adriana ARENAS.
Que, Dirección de Personal informa que la Prof. MARENGO no registra situación de revista en esta dependencia, la misma cumple funciones en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de esta Universidad; según datos consignados del Sistema Siu Mapuche. Asimismo, informa que la docente se encuentra percibiendo un Adicional por Carácter Crítico de la Función para cumplir tareas en la asignatura objeto de la presente designación, por lo que correspondería la baja del mencionado Adicional.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto B) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas.”
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL VICEDECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de abril de 2022, al Adicional por Carácter Crítico de la Función percibida por la Prof. Natalia Lorena MARENGO (Legajo N° 32.133 – CUIL n° 27-27981218-8) para desempeñar funciones en la asignatura “Didáctica y Currículum”, que se dicta en todos los profesorados de las carreras de esta Facultad, otorgado según resolución Nº 655/21-FAD.
ARTÍCULO 2°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres MARENGO, Natalia Lorena Documento Único 27.981.218 CUIL o CUIT 27-27981218-8 Legajo N° 32.133
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación semiexclusiva Condición Interino
3. Término de la designación Desde UNO (1) de abril de 2022 ( siempre que antes no sea provisto por concurso) y no más allá del Hasta TREINTA (30) de setiembre de 2022
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes Visuales
Espacio/s Curricular/es 1) “Didáctica y Currículum”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 5 Ciencias Sociales Subdisciplina: 4 9 Psicología Especialidad: 9 9 “Didáctica y Currículum”
ARTÍCULO 4°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° forma parte de los Planes de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 6464 Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales 11,11% 6465 Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte 11,11% 11,11% 6462 Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística 11,11% 6422 Profesorado de Grado Universitario en Diseño- Ciclo de Profesorado 11,11% 6466 Profesorado de Grado Universitario en Música 11,11% 6476 Profesorado de Grado Universitario en Teorías Musicales 11,11% 6469 Profesorado de Grado Universitario en Música- Ciclo de Profesorado 11,11% 6463 Profesorado de Grado Universitario en Teatro 11,12% ------ Profesorado de Grado Universitario en Escenografía- Ciclo de Profesorado Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 5°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 01 00 3 4 33,33% 10 00 11 37 03 00 02 00 3 4 22,23% 10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 22,22% 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 11,11% 10 00 11 37 03 00 05 00 3 4 11,11% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 805 Docente – Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva
Resol.Nº 188
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 8º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 9º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 188
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CD-2022-RES-151 20/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
MENDOZA, 20 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 8254/21 caratulado: “CASTELLANI, Fabián Alejandro s/solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Profesor Adjunto (S)- Asignatura: "Práctica de Dirección" Carreras Artes del Espectáculo-FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el Acta de Cierre de Inscriptos figura como único postulante: Prof. Fabián Alejandro CASTELLANI.
Que mediante VAR-CUY: 58542/22 consta el Acta Final elaborada por la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso y en la misma propone la designación del Prof. Fabián Alejandro CASTELLANI.
Que mediante VAR-CUY: 61748/22 el Departamento de Concursos informa que se ha llevado a cabo la notificación del acta propuesta por la Comisión Asesora. Asimismo, destaca que, habiendo transcurrido el plazo para la presentación de recursos, no se han manifestado impugnaciones a la decisión del jurado.
Que por otra parte, la Dirección de Personal informa que el Prof. CASTELLANI revista en esta dependencia en los cargos de: . Profesor Adjunto con dedicación simple, interino, para el dictado de la asignatura “Práctica de Dirección”, en el Profesorado de Grado Universitario en Teatro; Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, efectivo, para el dictado de la asignatura “Improvisación II”, ambos de las Carreras de Artes del Espectáculo. Además, informa que correspondería la baja del cargo interino que se menciona; al momento de la efectivización del mismo, por tratarse de la misma asignatura.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 17 de mayo de 2022.
Por ello y atento lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de Concursos (ordenanza N° 23/10-C.S.),
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 52/22-C.D. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, para el dictado de la asignatura “Práctica de Dirección”, en el Profesorado de Grado Universitario en Teatro, que se cursa en las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S., estableciendo el siguiente orden de méritos: 1º.- Fabián Alejandro CASTELLANI.
ARTICULO 2°.- Auspiciar ante el Consejo Superior la designación con carácter efectivo del Prof. Fabián Alejandro CASTELLANI (Legajo Nº° 26.430 - CUIL N° 20-22027144-8) en el cargo y funciones objeto del presente concurso.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 151
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CD-2022-RES-150 20/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
MENDOZA, 20 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7024/21 caratulado: “Verónica CREMASCHI s/solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Profesor Titular (S) Asig: "Historia de la Crítica del Arte" Carreras de Artes Visuales FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el Acta de Cierre de Inscriptos figura como única postulante: Prof. Verónica CREMASCHI.
Que mediante VAR-CUY: 45874/2022 consta el Acta Final elaborada por la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso y en la misma propone la designación de la Prof. Verónica CREMASCHI.
Que mediante VAR-CUY: 48775/2022 el Departamento de Concursos informa que se ha llevado a cabo la notificación del acta propuesta por la Comisión Asesora. Asimismo destaca que habiendo transcurrido el plazo para la presentación de recursos, no se han manifestado impugnaciones a la decisión del jurado.
Que por otra parte, la Dirección de Personal informa que la Prof. CREMASCHI revista en esta dependencia en el cargo de: . Profesor Titular (S), interina, para el dictado de las asignaturas “Historia de la Crítica del Arte” e “Optativa Grupo III: Historia de la Crítica del Arte”, de las Carreras de Artes Visuales. Además, informa que correspondería la baja del cargo interino que se menciona; al momento de la efectivización del mismo, por tratarse de las mismas asignaturas.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 10 de mayo de 2022.
Por ello y atento lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de Concursos (ordenanza N° 23/10-C.S.),
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 14/22-C.D. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Historia de la Crítica del Arte” del Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte e “Historia de la Crítica del Arte” (Optativa Grupo III) de la Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas, que se cursan en las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S., estableciendo el siguiente orden de méritos: 1º.- Verónica CREMASCHI.
ARTICULO 2°.- Auspiciar ante el Consejo Superior la designación con carácter efectivo de la Prof. Verónica CREMASCHI (Legajo Nº 30.511 – CUIL n° 27-27143390-0) en el cargo y funciones objeto del presente concurso.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 150
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CD-2022-RES-149 20/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
MENDOZA, 20 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7419/21 caratulado: “ORTEGA Federico s/solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov ) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Profesor Titular (SE) - Asignatura: "Técnicas Vocales III" Carreras de Artes del Espectáculo FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el Acta de Cierre de Inscriptos figura como único postulante: Prof. Federico ORTEGA.
Que mediante VAR-CUY: 53583/22 consta el Acta Final elaborada por la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso y en la misma propone la designación del Prof. Federico ORTEGA.
Que mediante VAR-CUY: 56205/2022 el Departamento de Concursos informa que se ha llevado a cabo la notificación del acta propuesta por la Comisión Asesora. Asimismo, destaca que habiendo transcurrido el plazo para la presentación de recursos, no se han efectuado impugnaciones a la decisión del jurado.
Que por otra parte, la Dirección de Personal informa que el Prof. ORTEGA revista en esta dependencia en los cargos de: . Profesor Titular (SE), interina, para el dictado de la asignatura “Técnicas Vocales III” y Jefe de Trabajos Prácticos (S) interino, con funciones en la asignatura “Técnicas Vocales I”, ambos de las Carreras de Artes del Espectáculo y Profesor Titular (S), interina, para el dictado de las asignaturas “Técnicas Corporales para Cantantes I y II” y “Prácticas Escénica para Cantantes I, II y III” de las Carreras Musicales. Además, informa que correspondería la baja del primer cargo interino que se menciona; al momento de la efectivización del mismo, por tratarse de la misma asignatura.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 10 de mayo de 2022.
Por ello y atento lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de Concursos (ordenanza N° 23/10-C.S.),
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 45/22-C.D. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura "Técnicas Vocales III" de la carrera de Licenciatura en Arte Dramático, que se cursa en las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S., estableciendo el siguiente orden de méritos: 1º.- Federico ORTEGA.
ARTICULO 2°.- Auspiciar ante el Consejo Superior la designación con carácter efectivo del Prof. Federico ORTEGA (Legajo Nº 31.745 – CUIL n° 23-30536030-9) en el cargo y funciones objeto del presente concurso.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 149
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CD-2022-RES-148 20/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
MENDOZA, 20 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7421/21 caratulado: “ORTEGA Federico (3) s/ solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov ) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Profesor Titular (S)- Asignatura: "Técnicas Corporales para Cantantes I-II" "Práctica Escénica para Cantantes I-II-III" Carreras de Música-FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el Acta de Cierre de Inscriptos figura como único postulante: Prof. Federico ORTEGA.
Que mediante VAR-CUY: 53980/22 consta el Acta Final elaborada por la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso y en la misma propone la designación del Prof. Federico ORTEGA.
Que mediante VAR-CUY: 56179/2022 el Departamento de Concursos informa que se ha llevado a cabo la notificación del acta propuesta por la Comisión Asesora. Asimismo, destaca que habiendo transcurrido el plazo para la presentación de recursos, no se han manifestado impugnaciones a la decisión del jurado.
Que por otra parte, la Dirección de Personal informa que el Prof. ORTEGA revista en esta dependencia en los cargos de: . Profesor Titular (S), interina, para el dictado de las asignaturas “Técnicas Corporales para Cantantes I y II” y “Prácticas Escénica para Cantantes I, II y III” de las Carreras Musicales; Profesor Titular (SE), interina, para el dictado de la asignatura “Técnicas Vocales III” y Jefe de Trabajos Prácticos (S) interino, con funciones en la asignatura “Técnicas Vocales I”, ambos de las Carreras de Artes del Espectáculo. Además, informa que correspondería la baja del primer cargo interino que se menciona; al momento de la efectivización del mismo, por tratarse de la misma asignatura.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 10 de mayo de 2022.
Por ello y atento lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de Concursos (ordenanza N° 23/10-C.S.),
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 46/22-C.D. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Técnicas Corporales para Cantantes I y II” y “Prácticas Escénica para Cantantes I, II y III” de la Licenciatura en Canto, que se cursan en las Carreras Musicales de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S., estableciendo el siguiente orden de méritos: 1º.- Federico ORTEGA.
ARTICULO 2°.- Auspiciar ante el Consejo Superior la designación con carácter efectivo del Prof. Federico ORTEGA (Legajo Nº 31.745 – CUIL n° 23-30536030-9) en el cargo y funciones objeto del presente concurso.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 148
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CD-2022-RES-147 20/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
MENDOZA, 20 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 8597/22 en el que se propone el otorgamiento del título de Doctor Honoris Causa de la Universidad Nacional de Cuyo al Dr. Luis Manuel Reinaldo ESCOBAR ARGAÑA.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Asesora Disciplinar ad-hoc designada por resolución Nº 104/22-C.D. de acuerdo a los términos de la Ord. Nº 24/12-C.S., avalan la propuesta de otorgamiento del título de Dr. Honoris Causa al Dr. Luis Manuel Reinaldo Ramón ESCOBAR ARGAÑA, popularmente conocido como Ticio ESCOBAR, en reconocimiento de su mérito excepcional en lo académico-científico y en lo político-social.
Que el referido Abogado y Licenciado en Filosofía, títulos otorgados por la Universidad Católica de Nuestra Señora de la Asunción, Paraguay, es un curador, profesor, crítico de arte y promotor cultural paraguayo que fue designado Secretario de Cultura por el Presidente Fernando Lugo para el periodo 2008-2013. Actualmente es el Director del Centro de Artes Visuales/Museo del Barro del cual es fundador, también es autor de la Ley Nacional de Cultura y coautor de la Ley Nacional de Patrimonio, durante su paso por la política.
Que el pensamiento de Ticio ESCOBAR en el ámbito de la Crítica de Arte, así como su quehacer de riguroso investigador y destacado profesor universitario en distintos países de América Latina, es sobresaliente. Asimismo, se dedica a estudiar y promover diferentes manifestaciones del arte indígena, popular y urbano.
Su trayectoria y aportes lo hacen un referente no sólo de Paraguay sino en toda América Latina y el mundo. Ha contribuido y compartido sus desarrollos teóricos e investigaciones en los Congresos de Arte Latinoamericano realizados por nuestra Unidad Académica y es parte del staff de profesores que dictan seminarios en el marco de nuestra Maestría en Arte Latinoamericano. Asimismo, es miembro del Comité Asesor del Centro Internacional de Estudios en Visualidades, Narrativas, Imaginarios y Tecnologías, dependiente de la Secretaria de Investigación de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales.
Que los destinatarios de sus producciones son docentes, artistas, historiadores del arte, sociólogos, comunicadores sociales e investigadores de las Ciencias Humanas interesados en el abordaje de las culturas y su diversidad, los procesos que se articulan en la producción, circulación y consumo de las prácticas artísticas y culturales contemporáneas en contextos urbanos, rurales e indígenas y miradas situadas. Muchos son los investigadores que se han formado en contacto con los aportes de Ticio Escobar y muchos más son los docentes lectores, que han abordado sus textos en el ámbito académico, con el objetivo de mediar las reflexiones críticas sobre las problemáticas contemporáneas de las artes y las culturas.
Que, por su quehacer académico, científico, político y social, ha recibido numerosos premios, distinciones y diversos galardones otorgados no sólo en su país de origen, sino por Universidades Nacionales de la Argentina, como así también de entidades de renombre internacional.
Que la Comisión Asesora Disciplinar ad-hoc designada por esta Unidad Académica, afirma que el otorgamiento del título de Doctor Honoris Causa de la Universidad Nacional de Cuyo, al Dr. Luis Manuel Reinaldo ESCOBAR ARGAÑA, es un privilegio que enaltece a nuestra casa de estudios.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y a lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 3 de mayo de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora Disciplinar de esta Unidad Académica que ha evaluado y valorado la propuesta de otorgamiento del Título de “Doctor Honoris Causa” al Dr. Luis Manuel Reinaldo ESCOBAR ARGAÑA, popularmente conocido como Ticio ESCOBAR.
ARTICULO 2º.- Propiciar ante el Consejo Superior el otorgamiento de la mencionada distinción honorífica al Dr. Luis Manuel Reinaldo ESCOBAR ARGAÑA, en reconocimiento al mérito excepcional en lo académico-científico y en lo político-social y su relevancia como investigador, docente y promotor cultural.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 147
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CD-2022-RES-146 20/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
MENDOZA, 20 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 6542/22 caratulado: “Antonio Stirn s/ Solicitud inscripción en los Concursos CEREP en cargos de Prof. Adjunto (SE) p/ funciones de pianista acompañante de Cuerdas y Vientos, y en cargo de JTP (SE) p/ funciones de pianista acompañante de Canto y Cuerdas - FAD”.
CONSIDERANDO:
La nota presentada por el docente solicitando reconsideración por parte del Consejo Directivo - FAD para ser incluido en el proceso de concursos CEREP.
Que se ha evaluado e informado en cuanto al cumplimiento de los requisitos establecidos en Res. 265/2020-C.S. y Res. 100/21-R, a saber: que el cargo tenga presupuesto genuino, la antigüedad como docente interino (de 2 años al 31/03/21) y que haya realizado actividades áulicas durante 2020. Para ello se solicitaron informes a Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal, Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente.
Que es importante atender el requerimiento del interesado y valorar la labor docente por parte de la Secretaría Académica, y la Dirección de Carreras Musicales, así como también tener en cuenta la necesidad institucional de desarrollo de la actividad educativa a la que oportunamente dieron respuestas los y las docentes en carácter de interinos y/o a través de distintas situaciones laborales.
La competencia del Consejo Directivo de considerar los casos que ameriten y la posibilidad de convocar al Concurso Especial solicitado (Res. 265/2020C.S., art. 3° inc. d), se eleva la nota presentada por el docente para ser revisada de modo que se le otorgue tratamiento y pueda inscribirse para continuar con el proceso de concursos especiales CEREP.COV.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria el día 17 de mayo de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. – Aprobar la inscripción fuera de término del Prof. Antonio Estanislao STIRN, en razón de haber cumplimentado los requisitos establecidos en el proceso de los Concursos Efectivos Especiales (CEREP-Cov), conforme al detalle obrante en el ANEXO ÚNICO de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 146
ANEXO ÚNICO
DOCENTE INCLUIDO EN EL PROCESO DE CONCURSOS ESPECIALES CEREP.COV.
APELLIDO NOMBRE DNI LEGAJO CARGO DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR CARRERA
- Pianista acompañante de Profesor Adjunto Semiexclusiva Musicales cuerdas y vientos Antonio STIRN 28.159.455 31.732 Estanislao Jefe de Trabajos - Pianista acompañante de Semiexclusiva Musicales Prácticos canto y cuerdas
RESOLUCIÓN N° 146
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FA-2022-RES-187 16/05/2022 (Carga: 16/05/2022) |
MENDOZA, 16 de mayo del 2022
VISTO:
Elexpediente E-CUDAP-CUY Nº9157/22 caratulado: “Aprobar a E Aprobar adscripciones alumnos, CONSOLI - FIGUEROA - adscripciones egresados BUSTELO. dscripciones BUSTELO.2022 - FAD”
CONSIDERANDO:
Que las presentes adscripcione fueron realizadas por mail, los cuales se adscripciones encuentran en archivo de Adscripciones de la Secretaría Académica, considerando el contexto de pandemia del año 2020 y 2021.
Los informes producidos, la opinión de los Profesores Titul Titulares de las cátedras involucradas y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA VICEDECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las adscripciones realizadas por los alumnos de las Carreras de Diseño y Musicalesde esta Facultad, que se llevaron a cabo durante el Ciclo de Lectivo2021, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan seguidamente , especificaciones seguidamente. CARRERAS DISEÑO REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES 38.475.401 CONSOLI, Antonella Sofía Narrativa Gráfica Ciclo Lectivo:2021
CARRERAS MUSICALES REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES 26.673 42.173.184 FIGUEROA FERNANDEZ, Ignacio Armonía II Ciclo Lectivo:2021
ARTÍCULO 2°.- Aprobar la adscripción realizada por laEgresada de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad que se llevó a cabo durante el Ciclo Lectivo 2019 Facultad, 20192020, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan seguidamente.
CARRERAS DE ARTES DEL ESPECTÁCULO
DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES 20.357.940 BUSTELO, Elba Nerina Gestión y Producción de Espectáculos Ciclo Lectivo: 2019 – 2020
ARTÍCULO 3°.- Otorgar a los interesados los certificados de aprobación correspondientes a su adscripción.
ARTÍCULO 4 °- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 187
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FA-2022-RES-186 16/05/2022 (Carga: 16/05/2022) |
MENDOZA, 16 de mayo del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 5956/22 caratulado E caratulado: “OBRADOR PURPORA, MAILEN. S/Solicitud acreditación Cátedra Abierta de Música Popular. FAD FAD”.
CONSIDERANDO:
El informe de la Dirección de Alumnos en relación al cumplimiento de la l carga horaria de las actividades extracurriculares exigidas para la acreditación de la “CÁTEDRA ABIERTA DE MUSICA POPULAR” en la carrera de Licenciatura en Música Popular (Canto) por parte de la estudiante, conforme al reporte de acreditación de part actividades acompañado en las presentes actuaciones actuaciones.
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA VICEDECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Acreditar a la alumna Mailén Paula OBRADOR PURPORA (Legajo N° Acreditar 21.436) CUARENTA Y OCHO (48) horas de la actividad curricular “Cátedra Abierta de Música Popular”, en calidad de Materia Optativa Complementaria correspondiente a la carrera de Licenciatura en Música Popular (Canto). (Canto)
ARTICULO 2º.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el La mismo número en soporte papel papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 186
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CD-2022-RES-145 16/05/2022 (Carga: 16/05/2022) |
MENDOZA, 16 de mayo del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7025/21 caratulado: “Roberto Luis TOMASSIELLO s/solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP (cov) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Profesor Titular (S) asignatura "Ergonomía" Carreras de Diseño -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el Acta de Cierre de Inscriptos figura como único postulante: Prof. Roberto Luis TOMASSIELLO.
Que mediante VAR-CUY Nº 54635/22 consta el Acta Final elaborada por la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso y en la misma propone la designación del Prof. Roberto Luis. TOMASSIELLO.
Que mediante VAR-CUY Nº 55841/22 el Departamento de Concursos informa que se ha llevado a cabo la notificación del acta propuesta por la Comisión Asesora. Asimismo, destaca que habiendo transcurrido el plazo para la presentación de recursos, no se han manifestado impugnaciones a la decisión del jurado.
Que por otra parte, la Dirección de Personal informa que el Prof. TOMASSIELLO revista en esta dependencia en los cargos de: . Profesor Titular (S), interina, para el dictado de la asignatura “Ergonomía”. Además, informa que correspondería la baja del primer cargo interino que se menciona; al momento de la efectivización del mismo, por tratarse de la misma asignatura.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 10 de mayo de 2022.
Por ello y atento lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de Concursos (ordenanza N° 23/10-C.S.),
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 66/22-C.D. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de la asignatura “Ergonomía” que se cursa en las Carreras de Diseño de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S., proponiendo la designación del Prof. Roberto Luis TOMASSIELLO.
ARTICULO 2°.- Auspiciar ante el Consejo Superior la designación con carácter efectivo del Prof. Roberto Luis TOMASSIELLO (Legajo Nº 20.056 – CUIL n° 20-13772532-1) en el cargo y funciones objeto del presente concurso.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 145
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CD-2022-RES-144 16/05/2022 (Carga: 1/06/2022) |
MENDOZA, 16 de mayo del 2022
VISTO: El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7016/21 caratulado: “María Verónica MANZONE s/solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Profesor Titular (S) Asig: Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos II- Optativa grupo II -FAD”.
CONSIDERANDO: Que en el Acta de Cierre de Inscriptos figura como única postulante: Prof. María Verónica MANZONE. Que mediante VAR-CUY Nº 53447/22 consta el Acta Final elaborada por la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso y en la misma propone la designación de la Prof. María Verónica MANZONE.
Que mediante VAR-CUY: 55771/22 el Departamento de Concursos informa que se ha llevado a cabo la notificación del acta propuesta por la Comisión Asesora. Asimismo, destaca que habiendo transcurrido el plazo para la presentación de recursos, no se han manifestado impugnaciones a la decisión del jurado.
Que por otra parte, la Dirección de Personal informa que la Prof. MANZONE revista en esta dependencia en el cargo de: . Profesor Titular (S), interina, para el dictado de las asignaturas “Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos II” e “Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos II (optativa)”, de las Carreras de Artes del Espectáculo y de Artes Visuales, respectivamente. Además, informa que correspondería la baja del cargo interino que se menciona; al momento de la efectivización del mismo, por tratarse de las mismas asignaturas.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 10 de mayo de 2022.
Por ello y atento lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de Concursos (ordenanza N° 23/10-C.S.),
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 38/22-C.D. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de la asignatura “Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos II” e “Historia de la Cultura y el Teatro Argentinos II” (Optativa Grupo II), pertenecientes a las Carreras de Artes del Espectáculo y de Artes Visuales, respectivamente, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S., estableciendo el siguiente orden de méritos: 1º.- María Verónica MANZONE.
ARTICULO 2°.- Auspiciar ante el Consejo Superior la designación con carácter efectivo de la Prof. María Verónica MANZONE (Legajo Nº 33.489 – CUIL n° 27-33369703-9) en el cargo y funciones objeto del presente concurso.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 144
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FA-2022-RES-185 13/05/2022 (Carga: 13/05/2022) |
MENDOZA, 13 de mayo de 2022
VISTO:
Elexpediente E-CUDAP-CUY Nº6760/22 caratulado: “NAVARRO, Romina s/eximición de módulos ingreso 2021. FAD -”.
CONSIDERANDO:
Que desde la Dirección de Alumnos se informa que la estudiante aprobó Rítmica y Percepción AuditivaNivel A, y Violín Nivel A.
Asimismo expresa que la Vicedirectora del Grupo de Carreras Musicales de la FAD informa, en su nota incorporada al expediente electrónico, que la estudiante en 2021 ingresó al Nivel C de Rítmica y Percepción Auditiva y al Nivel B de Violín, por lo que se interpreta como que ya tiene aprobadas Rítmica y Percepción Auditiva (Nivel B) y Violín (Nivel A) y se sugiere la emisión de la aprobación de Rítmica y Percepción AuditivaNivel B, puesto que las otras actividades ya se encuentran acreditadas, mediante resolución 214/21-FAD.
Los informes producidos, por la Dirección de Carreras Musicales y de Secretaría Académica.
Por ello,
LAVICEDECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Aprobar el espacio “Rítmica y Percepción Auditiva” Nivel B de la carrera de Licenciatura en Violín, a la alumna Romina Belén NAVARRO MANRESA (Reg. N° 28.173).
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 185
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CD-2022-RES-143 13/05/2022 (Carga: 17/05/2022) |
MENDOZA, 13 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7803/21 caratulado: “GODOY, María Julia s/ solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov ) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Jefe de Trabajos Prácticos (S) -Asignatura: "Historia del Arte y la Cerámica I y IV e Historia de la Cerámica I-II" FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado para todos los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. 197 y 198/2021 C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 32/95-C.S.
Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa de la Prof. María Julia GODOY se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Resol. N.º 143
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 10 de mayo de 2022 ,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple para cumplir funciones en las asignaturas: “Historia del Arte y la Cerámica I y IV” e “Historia de la Cerámica I y II”, que se cursan en las Carreras de Cerámica de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación: desde el TRECE (13) al DIECISIETE (17) de mayo de 2022. Inscripción: los días DIECINUEVE (19), VEINTE (20) y VEINTITRÉS (23) de mayo de 2022; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.arla documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad, Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes: los días VEINTICUATRO (24) y VEINTISÉIS (26) de mayo de 2022, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.aren horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Las expectativas de logro y los descriptores de las mencionadas asignaturas son: “Historia del Arte y la Cerámica I”, perteneciente a 1er año de las carreras: Licenciatura en Cerámica Industrial y Licenciatura en Cerámica Artística, con una carga horaria de 56 horas anuales. De acuerdo con las ordenanzas Nº 10/09-C.S. y 4/09–C.S. que aprueban los Planes de Estudio de las carreras, se detallan las siguientes: EXPECTATIVAS DE LOGRO • Ubicar al alumno frente a la historia del quehacer artístico y vincularla con el arte y los procesos cerámicos. • Entender las obras artísticas como productos socio-históricos de un contexto determinado. • Analizar detenidamente las obras artísticas en sus áreas espacio-temporales, así como también con los estilos, particularidades y entorno social que las produjo.
Resol. N.º 143
• Valorar la historia del arte y de la cerámica, no solo como manifestaciones y aportes culturales del pasado, sino también como transformadores de la realidad artística actual. • Proporcionar los conocimientos conceptuales necesarios para reconocer estilos, técnicas y materiales propios de cada época y cultura. • Desarrollar capacidades y competencias para la apreciación de las obras artísticas, descubriendo la singularidad, significado y mensaje de cada expresión artísticas, a través de actitudes reflexivas, sensibles y críticas. • Desarrollar conductas teórico-prácticas acordes con el perfil estético elegido por los alumnos, expresándolas luego a través de su tarea en la práctica cerámica personal. • Acceder a una estructura critica de conocimientos de arte • Contribuir al fortalecimiento de la identidad nacional en el contexto latinoamericano y mundial, desarrollando acciones de protección del patrimonio nacional y universal. DESCRIPTORES DE HISTORIA DEL ARTE Y LA CERÁMICA I Prehistoria: Lo mágico y lo mítico en Europa. Pinturas rupestres, escultura, principios arquitectónicos. Culturas del Bronce: Mesopotámica, Egipto y Creta. Cosmovisiones. Lenguajes artísticos: arquitectura, escultura, pinturas, cerámicas y vidrios esmaltados. Edad Antigua: Grecia y Roma. El hombre y el mundo. Su incidencia en la arquitectura, escultura. La cerámica como soporte pictórico. China y Japón: Diferentes pensamientos. Los géneros artísticos en las diferentes dinastías. “Historia del Arte y la Cerámica IV”, perteneciente a 3er año de las carreras: Licenciatura en Cerámica Industrial y Licenciatura en Cerámica Artística, con una carga horaria de 84 horas anuales. De acuerdo con las ordenanzas Nº 10/09-C.S. y 4/09–C.S. que aprueban los Planes de Estudio de las carreras, se detallan las siguientes: EXPECTATIVAS DE LOGRO • Ubicar al alumno frente a la historia del quehacer artístico y vincularla con el arte y los procesos cerámicos. • Entender las obras artísticas como productos socio-históricos de un contexto determinado. • Analizar detenidamente las obras artísticas en sus áreas espacio-temporales, así como también con los estilos, particularidades y entorno social que las produjo. • Valorar la historia del arte y de la cerámica, no solo como manifestaciones y aportes culturales del pasado, sino también como transformadores de la realidad artística actual. • Proporcionar los conocimientos conceptuales necesarios para reconocer estilos, técnicas y materiales propios de cada época y cultura. • Desarrollar capacidades y competencias para la apreciación de las obras artísticas, descubriendo la singularidad, significado y mensaje de cada expresión artísticas, a través de actitudes reflexivas, sensibles y críticas. • Desarrollar conductas teórico-prácticas acordes con el perfil estético elegido por los alumnos, expresándolas luego a través de su tarea en la práctica cerámica personal. • Acceder a una estructura critica de conocimientos de arte • Contribuir al fortalecimiento de la identidad nacional en el contexto latinoamericano y mundial, desarrollando acciones de protección del patrimonio nacional y universal.
Resol. N.º 143
DESCRIPTORES DE HISTORIA DEL ARTE Y LA CERÁMICA IV América Precolombina: Región del NOA, Andina y Meso América. Cosmovisión. Arquitectura, escultura, pinturas murales y cerámicas. Colonial: La cerámica y la influencia española en México y la portuguesa en Brasil. Siglo XX en Argentina: Principales antecedentes de la pintura y arquitectura del S XIX. Vanguardias. Los ceramistas argentinos a partir de la década del 50.
“Historia de la Cerámica I”, perteneciente a 2do año de la carrera: Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística, con una carga horaria de 60 horas anuales. De acuerdo con las ordenanzas Nº 40/05–C.S. que aprueban los Planes de Estudio de las carreras, se detallan las siguientes: EXPECTATIVAS DE LOGRO • Conocer los contextos y características de las producciones cerámicas prehispánica colonial y moderna americanas. DESCRIPTORES Producción cerámica, prehispánica, colonial y moderna.
“Historia de la Cerámica II”, perteneciente a 4to año de la carrera: Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística, con una carga horaria de 60 horas anuales. De acuerdo con las ordenanzas Nº 40/05–C.S. que aprueban los Planes de Estudio de las carreras, se detallan las siguientes: EXPECTATIVAS DE LOGRO • Establecer las diferencias entre la producción artística y técnica realizada en Medio Oriente y Europa. • Conocer y diferenciar los sistemas productivos del Lejano Oriente. • Interpretar las estructuras socio-históricas, religiosas y culturales, como fundamentos de la producción artística y artesanal. • Comprender y transferir la constitución del campo cerámico, procesos y sistemas de producción en Occidente. DESCRIPTORES • Estudio de las primeras producciones cerámicas de Egipto y Medio Oriente. • Introducción a la producción cerámica de Grecia y Roma
FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES: Los aspirantes deberán poseer formación académica y experiencia relacionada al espacio curricular que se concursa: “Historia del Arte y la Cerámica I y IV” e “Historia de la Cerámica I y II”. Además, deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma. Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación al perfil profesional que se pretende formar en las carreras Licenciatura en Cerámica Industrial, Licenciatura en Cerámica Artística y Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística, según inciso 4 - Anexo Único de las ordenanzas Nº 10/09-C.S., 4/09– C.S. y 40/95–C.S. para sus Planes de estudio, en los cuales se explicita que:
Resol. Nº143
Al finalizar la carrera de Profesorado de Grado Universitario de Cerámica Artística, se espera que el egresado esté en condiciones de: • Desarrollar capacidades y competencias, habilidades y destrezas, en el manejo de los procesos cerámicos según los sistemas de producción artesanal y artístico, incluyendo otros tipos de materiales, soportes y herramientas acordes a la expresión, comunicación y cualidades estéticas. • Adquirir y desarrollar competencias y capacidades didácticas- pedagógicas centradas en tres ejes: expresión, comunicación y cualidades estéticas de las producciones artesanales y artísticas, en interacción e interrelación con el entretejido histórico-social-cultural y ético estético. • Utilizar creativa y eficazmente, en el ejercicio de la docencia, las competencias propias del quehacer de la Cerámica Artística. • Identificar las principales problemáticas y desafíos de la enseñanza de la Cerámica Artística, en los distintos niveles, ciclos y modalidades del Sistema Educativo, en Educación Artística (Regímenes Especiales) y Educación No Formal, adecuándose al contexto regional y con apertura universal. • Conocer las categorías estéticas y sus contextos socio-históricos, para posibilitar el análisis de las producciones cerámicas, ejerciendo una reflexión críticovalorativa de las mismas. • Planificar e implementar situaciones didácticas variadas, sustentadas en el dominio de los contenidos de la enseñanza de la Cerámica, su relación con las otras áreas del conocimiento escolar y las características evolutivas de los alumnos a su cargo, respetando la diversidad de los contextos. • Manifestar actitudes personales y conocimientos psicopedagógicos básicos y artísticos necesarios para establecer con los estudiantes la relación de empatía requerida por el proceso de enseñanza- aprendizaje. • Analizar e interpretar los resultados de su trabajo, siendo capaz de modificarlos para mejorar la calidad de los aprendizajes de los alumnos, reconociendo la provisoriedad del conocimiento, con actitudes crítico-reflexivas y de honestidad intelectual. • Desarrollar actitudes favorables a la permanente capacitación, actualización y perfeccionamiento en los aspectos referidos a sus conocimientos específicos, habilidades artísticas y al ejercicio del rol docente, incorporando los procesos y metodologías de investigación para el enriquecimiento personal y social. • Asumir actitudes de compromiso y respeto por la diversidad cultural, la equidad social, la producción cooperativa y en equipo, valorando la importancia de las producciones cerámicas propias y ajenas, por su contribución a la construcción del mundo de la cultura. El Licenciado en Cerámica Artística formado a nivel de grado universitario tiene conocimientos, competencias y habilidades propios de este profesional sobre la base del presente Plan de Estudio, que comprende: • Conocimiento acerca de proyectos artísticos cerámicos, que puede incluir o no otros materiales y/o soportes, en función de las necesidades expresivas, estéticas, comunicacionales, y/o artísticas. • Conocimiento de las diversas categorías estéticas construidas en relación al contexto socio-histórico, • Capacidad para analizar críticamente producciones artísticas cerámicas. • Capacidad para investigar en proyectos artísticos vinculados al campo de la cerámica.
Resol. Nº143
• Capacidad para analizar e interpretar los resultados de su producción personal, desarrollando actitudes critico-reflexivas. • Capacidad para gestionar culturalmente proyectos artísticos cerámicos. • Capacidad para intervenir y planificar el sistema de circulación y exposición de la obra cerámica. • Capacidad para intervenir en la preservación, conservación y restauración de objetos cerámicos artísticos. • Aptitud para asumir actitudes de compromiso y respeto por la diversidad cultural, desde la valoración de las producciones artísticas locales en relación al contexto internacional y su contribución en la dinámica de la construcción del mundo de la cultura. • Capacidad para trabajar en equipos interdisciplinarios. • Conocimiento de las capacidades artísticas, tecnológicas y de investigación aplicadas a la producción cerámica • Capacidad para experimentar e innovar en proyectos artísticos El Licenciado en Cerámica Industrial, formado a nivel de grado universitario, tiene conocimientos, competencias y habilidades propios de este profesional, sobre la base del presente Plan de Estudio, que comprende: • Conocimientos básicos en disciplinas científicas, técnicas y humanísticas. • Competencias básicas en técnicas de creativamente. • Conocimientos y habilidades para el diseño y desarrollo de productos cerámicos, participando en todas las etapas del proceso proyectual. • Capacidad para intervenir en desarrollos tecnológicos de materiales y productos cerámicos. • Capacidad para determinar, calificar y hacer uso de minerales, rocas y otras materias primas de origen natural o sintético que apliquen a la producción cerámica. • Capacidad para controlar y optimizar los procesos específicos de los distintos sectores productivos cerámicos. • Capacidad para asesorar en la organización y desarrollo de líneas productivas de todos los sectores industriales y/o artesano/industriales cerámicos. • Capacidad para investigar y desarrollar productos cerámicos innovadores. • Capacidad para asesorar técnica y proyectualmente en emprendimientos de conservación e investigación del patrimonio histórico cultural cerámico. • Conocimientos actualizados de los avances de la tecnología de materiales cerámicos, los procesos productivos, las innovaciones en el campo de la decoración seriada, entre otros. • Habilidades para integrar aspectos creativamente, científicos, técnicos, tecnológicos y estéticos relacionados con la Cerámica Industrial. • Capacidad para la integración de aspectos funcionales, de uso, estéticos, comunicacionales, constructivos y productivos en la creativamente de productos o líneas de productos cerámicos con una visión totalizadora. • Capacidad para imaginar e idear las características configurativas de futuros productos cerámicos. • Capacidad para resolver problemas creativamente.
Resol. Nº143
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR: El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecida en el Art.66 del Anexo único de la ordenanza Nº 5/19–CD–FAD, según se detallan a continuación: El Jefe de Trabajos Prácticos es el auxiliar de mayor jerarquía que integra el equipo de cátedra trabajando según las orientaciones del Profesor Titular Asociado y Adjunto que constituye su jerarquía inmediata superior. Funciones del Jefe de Trabajos Prácticos: • Programar, según las pautas del Profesor Titular los trabajos prácticos necesarios para asegurar las experiencias de aprendizaje de los estudiantes, encargarse de su implementación y la evaluación de los mismos. Estará a su cargo la orientación de los estudiantes en el desarrollo de los mismos, debiendo atender los lineamientos que el Profesor Titular dé a su cátedra. • Asistir a las clases del Profesor Titular, Asociado y/o adjunto cuando ellos lo consideren necesarios para la correcta orientación de las clases prácticas. • Controlar la asistencia de los estudiantes a clase cuando así lo determinen los requerimientos de la regularidad incluidos en el programa anual, y colaborar con el resto del equipo de cátedra en la evaluación continua del estudiante • Colaborar en todo lo concerniente a las tareas inherentes a la cátedra (docencia, investigación, extensión) armonizando con la el Profesor Titular las tareas y propuestas necesarias para el logro de los fines de la misma • Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. • Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación. • Participar en las actividades y reuniones de la Dirección a la que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. • Actuar en comisiones en que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. • Asistir a las reuniones con su equipo de cátedra con objetivos de optimizar la gestión de enseñanza. • Colaborar en la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra, según solicitud del Profesor Titular. • Colaborar en la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra, según solicitud del Profesor Titular.
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: MIEMBROS TITULARES:
Profesor Adjunto efectivo “Historia del Arte IV” e “Historia del Arte Contemporáneo” FIORE, Mariano Alcides – Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
Profesor Adjunto efectivo cátedra “Historia del Arte I” e “Historia del Arte Antiguo” ÁVILA, Susana Estela – Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
Profesor Titular. Efectivo "Introducción a las Artes Plásticas" e “Introducción a las JORAJURIA, Mirta Roxana Artes Visuales"- Profesor Adjunto efectivo “Historia del Arte Americano y Argentino” – Facultad de Artes y Diseño – Universidad Nacional de Cuyo
Resol. Nº143
MIEMBROS SUPLENTES:
Profesor Titular efectivo “Historia de la Cultura I y II” e “Historia de la Cultura UniPERALTA, Gabriel Enrique versal” – Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
Jubilada Profesor Titular efectivo cátedra “Historia del Arte I” e “Historia del Arte BENCHIMOL, Silvia Amalia Antiguo” - Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
Profesor Titular efectivo “Historia del Arte Moderno” e “Historia del Arte III” – FaculFAVRE, Patricia Sandra tad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
ARTÍCULO 5°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N.º 143
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CD-2022-RES-142 13/05/2022 (Carga: 14/06/2022) |
MENDOZA, 13 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 26813/21 caratulado l E caratulado:“Dirección de Concursos S/ inicio de Convocatoria Concursos Especiales CEREP. Agustín HERRERA Cargo: Ayudante de Primera (SE) -Asignatura: "Laboratorio Químico Taller de Asignatura: QuímicoEmprendimientos Cerámicos" de las Carreras de Cerámica FAD”. FAD
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20 C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un 265/20-C.S. régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias n originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP Covid 19 (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21 2/21-CD “
ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta ámbito Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado para todos los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. dispuesto 197 y 198/2021 C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente depe a dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenci esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la R procedimiento Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 32/95-C.S. R), 32/95 Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/2124/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD). Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa delProf. Agustín HERRERAse encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos se en el Anexo IV de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos 44 C.D. para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov). Cerep
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a r cabo.”
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 10 de mayo de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter onvocar , efectivo, UN (1) cargo de Ayudante de Primera con dedicación semiexclusiva para cumplir Funciones Complementarias al Desarrollo Curricularen el"Laboratorio Químico - Taller Curricular Laboratorio de Emprendimientos Cerámicos"en las Carreras de Cerámicade esta Facultad, en los Cerámicos de términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S. 265/20
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación: desde el TRECE (13) al DIECISIETE (17) de mayo de 2022. Inscripción: los días DIECINUEVE (19), VEINTE (20) y VEINTITRÉS (23) de mayo de 2022; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: ; tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.arla documentación solicitada, contenida en no más de nicos@fad.uncu.edu.arla TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad- ,Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). del Deberá consignarse en el “ “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o ” cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de erioridad inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes:los días VEINTICUATRO postulantes:los (24) y VEINTISÉIS (26) de mayo de 2022, en forma “virtual” solicitado al correo: 6) concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.aren horario de 9 a 12 h. concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.ar
ARTÍCULO 3°.- Las objetivos de la mencionada asignatura son: Taller de Emprendimientos Cerámicos Se llevará a cabo en el espacio físico que logre ampliar la planta existente asignada al Taller de Producción, perteneciente al Grupo de Carreras de Cerámica, a través de la refuncionalización de espacios con criterio equitativo. OBJETIVOS: a) Estimular el desempeño profesional de los alumnos a través del desarrollo práctico de esempeño las actividades que implican los sistemas de producción cerámica artesanal e industrial. b) Implementar el desarrollo de la producción y venta de objetos cerámicos utilitarios, decorativos y artísticos.
c) Incorporar potenciales consumidores. d) Reconocer la valía de nuestros docentes a partir de la integración de asesores docentes especializados, al equipo de producción cerámica. e) Generar recursos genuinos a partir de la venta de los productos obtenidos. f) Designar un espacio físico del edificio del Grupo de Carreras de Cerámica destinado a la exposición de la producción obtenida y organizar dos ventas anuales abiertas al público. g) Determinar el precio de venta al público teniendo en cuenta todos los costos de teniendo producción y margen de beneficio, con el fin de lograr un importe acorde a las condiciones de mercado y calidad del producto obtenido. h) Integrar al egresado para evitar una competencia no ética. i) Establecer interacción con las actividades curriculares
FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES: Los aspirantes deberán poseer formación académica y experiencia relacionada al espacio con Funciones Complementarias al Desarrollo Curricular Curricularque se concursa: "Laboratorio Químico- Taller de Emprendimientos Cerámicos" Además, Químico Cerámicos". deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma. Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en pertinencia relación al perfil profesional que se pretende formar en las carreras Licenciatura en Cerámica Industrial, Licenciatura en Cerámica Artística y Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística. FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR: ONES El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecida en el Art.67 del Anexo único de la ordenanza Nº 5/19–CD–FAD, según se detallan a 5/19 FAD, continuación: El Auxiliar de Primera Categoría es el integrante del equipo de cátedra con Cate jerarquía inmediata inferior al Jefe de Trabajos Prácticos, depende directamente del Profesor Titular y/o Asociado y Adjunto colaboran armónicamente con el restante personal del Equipo en todas las actividades inherentes a la misma. in Funciones del Auxiliar de Primera y Segunda Categoría • Colaborar, como asistente del Profesor Titular, Asociado, Adjunto o Jefe de TrabaTrab jos Prácticos, en la realización de todas las tareas de carácter docente, de exte extensión o investigación de acuerdo a las indicaciones del Profesor Titular. ión • Asistir a las clases teóricas y/o prácticas según lo indicado por el Profesor Titular o Asociado o adjunto. • Asistir si fuera convocado por el Director de Carreras a los exámenes de la cátedra formando parte del Tribunal Examinador. • Colaborar en las tareas de carácter administrativo de la cátedra que le encomiende el Profesor Titular. • Asistir a los horarios de consulta en los horarios estipulados. • Realizar búsqueda, fichaje, referencia de bibliografía y presentar informes sobre material bibliográfico según pedido del Profesor Titular. • Toda otra actividad que el Profesor Titular, Asociado o Adjunto consideren pert pertinentes.
Resol. Nº142
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: MIEMBROS TITULARES:
Profesor Titular “Técnica y Práctica Cerámica II” - – Facultad de Artes y Diseño – Universidad DÍAZ, Carlos Eliseo Nacional de Cuyo
Jefe de Trabajos Prácticos efectiva – “Tecnología del Calor III” y “Física Aplicada a la NAVARRO, Virginia Alicia Cerámica” – Facultad de Artes y Diseño – Universidad Nacional de Cuyo Jefe de Trabajos Prácticos, efectivo, cátedra “Tecnología Cerámica II” – Facultad de Artes y GONZÁLEZ, Laura Gladys Diseño – Universidad Nacional de Cuyo Profesor Titular efectivo cátedra “Operaciones y Procesos Unitarios II” – Facultad de Artes y Diseño – Universidad Nacional de Cuyo MIEMBROS SUPLENTES:
Jefe de Trabajos Prácticos, efectivo. "Tecnología Cerámica I" – Facultad de Artes y Diseño – PAGANO, Luisa María Universidad Nacional de Cuyo
Jefe de Trabajos Prácticos, efectivo. “Taller Cerámico III” – Facultad de Artes y Diseño – MARQUET, María Clara Universidad Nacional de Cuyo Adjunto efectivo en Tecnología de Pastas y Esmaltes
Jefe de Trabajos Prácticos efectivo "Química Analítica", "Química Analítica (Optativa)" y FUNES, Jorge Pedro "Química II (Optativa)" – Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
ARTÍCULO 5°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 142
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FA-2022-RES-184 12/05/2022 (Carga: 12/05/2022) |
MENDOZA, 12 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 18082/22 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, para cumplir funciones en el “Taller de Color Cerámico”, que se cursa en las Carreras de Cerámica de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 119/22-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
LA VICEDECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 119/22-CD. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, para cumplir funciones en el “Taller de Color Cerámico”, que se cursa en las Carreras de Cerámica de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: Miriam Paola CANIULLÁN HERNÁNDEZ Suplente: María Patricia BIONDOLILLO Por los egresados: Titular: Agustín Esteban SUCH Suplente: María Inés BRECCIA Por los alumnos: Titular: Noelia Griselda QUIROGA DONNA Suplente: José Fernando AGUAYO MUÑOZ
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 7372/21 .
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N.º 184
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FA-2022-RES-183 12/05/2022 (Carga: 12/05/2022) |
MENDOZA, 12 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 15052/22 en el que se tramita la baja por renuncia de la Prof. Elizabeth Graciela CARBAJAL en el cargo de Profesora Adjunta con dedicación Semiexclusiva para el dictado de “Tecnología de los Materiales y Procesos Estructurales” y “Tecnología y Expresión de los Materiales” de las Carreras de Artes Visuales.
CONSIDERANDO:
Que se ha tomado conocimiento de la renuncia de la mencionada docente en el cargo y funciones mencionadas en el Visto, en la que fuera prorrogada su designación mediante resol. n° 181/21-CD.
Las razones invocadas por la dimitente.
Los informes producidos por Dirección de Personal.
Por ello, de conformidad con lo establecido en el Anexo Ι, punto ΙΙ de la Ord. Nº 32/16-R. y su modificatoria Nº 4/22-R,
EL VICEDECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de junio de 2022, a la Prof. Elizabeth Graciela CARBAJAL (Legajo N° 33.728 - CUIL N° 27-28599193-0) en el cargo de Profesora Adjunta con dedicación semiexclusiva para el dictado de las asignaturas “Tecnología de los Materiales y Procesos Estructurales” y “Tecnología y Expresión de los Materiales” correspondientes a las Carreras de Artes Visuales, en la que fuera prorrogada su designación desde UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, según Resol. n° 181/21-CD.
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 183
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CD-2022-RES-141 12/05/2022 (Carga: 12/05/2022) |
MENDOZA, 12 de mayo de 2022
VISTO:
El expedienteE-CUDAP-CUY Nº 6722/22 caratulado:”S/Solicitud Creación Diplomado en Desarrollo Artístico de Videojuegos. FAD –“.
CONSIDERANDO
Queel proyecto plantea que el videojuego es un arte en tanto y en cuanto es sinónimo de manifestación humana artística y ya tiene sus propias corrientes estéticas, estructuras narrativas y lógicas de circulación con diversos festivales, muestras y exposiciones a lo largo del mundo. Los videojuegos son, también, un oficio audiovisual comparable con el arte/industria cinematográfica: en primera instancia, existe la fuerte necesidad de un trabajo artístico colectivo multidisciplinario y, en segunda instancia, podemos trazar paralelismos en sus diversas etapas, el proceso de producción y las disciplinas que lo componen.
Que para producir (y jugar) videojuegos es necesario desarrollar nuevas habilidades y competencias perceptivas y cognitivas que posibiliten la estructuración y el dominio de este sistema complejo, además de las competencias de creación colectiva y colaborativa entre los especialistas que participan en su creación.
Que los videojuegos suponen la generación de un nuevo lenguaje, que implica a su vez, el surgimiento de formas de interpretar y construir discursos en función del interfaz tecnológico sensorial que lo sustenta. En los videojuegos se representan las estructuras interactivas de los sistemas reales e imaginarios, sobre los que el jugador acciona, toma posición y puede subvertir el significado que porta de diversas formas.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 5 de abril de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.-Crear el“Diplomado en Desarrollo Artístico de Videojuegos – orientación en arte aplicado”y el“Diplomado en Desarrollo Artístico de Videojuegos -orientación en audio dinámico”, según el detalle obrante en el ANEXO ÚNICO que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución se emitida en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 141
ANEXO ÚNICO Diplomado en Desarrollo Artístico de Videojuegos
a) Título del Diplomado • DIPLOMADO EN DESARROLLO ARTÍSTICO DE VIDEOJUEGOS - ORIENTACIÓN EN ARTE APLICADO. • DIPLOMADO EN DESARROLLO ARTÍSTICO DE VIDEOJUEGOS ORIENTACIÓN EN AUDIO DINÁMICO. b) Responsables de la elaboración del proyecto y coordinación Secretaría de Extensión: Mgter. Javier FALCON Secretaría Académica FAD: Esp. Mariela MELJIN Diseño y Coordinación: Lic. Prof. Laura Angélica RODRIGUEZ Julián MICIC DE ROSAS Equipo de apoyo: Por la Secretaría de Extensión: Lucía INTERLIGGE Por el Área TAC: DI Marcela ZAKALIK c) Fundamentación Por qué proponer un Diplomado en Desarrollo Artístico de Videojuegos con Orientación en Arte Aplicado o en Audio Dinámico en la FAD, UNCUYO en articulación con el Ministerio de Cultura de la Nación y con otras posibles asociaciones El videojuego es un arte. Siguiendo a Ricciotto Canudo en el Manifiesto de las siete artes, el videojuego es considerado arte por su propiedad/esencia: combina artes plásticas, lingüísticas y sonoras en movimiento e interactivas. El arte del videojuego se plantea entonces como sinónimo de manifestación humana artística y ya tiene sus propias corrientes estéticas, estructuras narrativas y lógicas de circulación con diversos festivales, muestras y exposiciones a lo largo del mundo. Los videojuegos son, también, un oficio audiovisual comparable con el arte/industria cinematográfica: en primera instancia, existe la fuerte necesidad de un trabajo artístico colectivo multidisciplinario; y, en segunda instancia, podemos trazar paralelismos en sus diversas etapas, el proceso de producción y las disciplinas que lo componen. ¿Qué diferencia a un videojuego de una escultura o de una obra musical? Las mecánicas que dan lugar a su jugabilidad y el código y material en el que se escriben e inscriben. Todo lo demás, es un proceso de creación interdisciplinaria en artes. Es valioso mencionar que “en el reporte del 2017 de la Entertainment Software Association (ESA), de los Estados Unidos, donde analizan tendencias y cifras de venta por tipo de juego. se revelaba que la calidad gráfica era lo más importante para los compradores (68%),comparación con el precio (65%), historia interesante (59%) y jugabilidad online (50%)”1. De esta forma, podemos afirmar que las personas que juegan videojuegos, en su mayoría los eligen por su calidad artística y gráfica. En sus jóvenes 72 años de existencia, el campo de los VJs, es considerado el “primer lenguaje cultural de la cibernética”2. Es importante señalar que el surgimiento de los videojuegos ocurre apenas unos años después del inicio de los estudios sobre pensamiento sistémico y se insertan, en la actualidad, en la era de transmedialidad, es decir, de la hibridación de diversos lenguajes simbólicos. 1 Los videojuegos no son un juego,Copyright © 2019 Banco Interamericano de Desarrollo. Banco nteramericano de Desarrollo. Esta obra seencuentra sujeta a una licencia Creative Commons IGO 3.0 econocimiento-NoComercialSinObrasDerivadas (CC-IGO 3.0 BY-NC-ND) https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/igo/legalcode), p.24 2 Revista de Estudios de Juventud (2012). Videojuegos y juventud. Núm 098. INJUVE: Madrid. Disponible en línea en: http://www.injuve.es./observatorio/infotecnologia/no-98-videojuegos-y-juventud, p.55
Anexo Único – hoja 2.En este sentido, para producir (y jugar) videojuegos es necesario desarrollar nuevas habilidades y competencias perceptivas y cognitivas que posibiliten la estructuración y el dominio de este sistema complejo, además de las competencias de creación colectiva y colaborativa entre los especialistas que participan en su creación. Los videojuegos suponen la generación de un nuevo lenguaje, que implica a su vez, el surgimiento de formas de interpretar y construir discursos en función del interfaz tecnológico sensorial que lo sustenta. En los videojuegos se representan las estructuras interactivas de los sistemas reales e imaginarios, sobre los que el jugador acciona, toma posición y puede subvertir el significado que porta de diversas formas.
De este modo,“el videojuego constituye un cambio de paradigma perceptivo per se, pero es además una herramienta a través de la cual generar, transformar y transmitir significados culturales, políticos y sociales aportando a la colectividad una nueva concepción del mundo. La importancia de esto, es no sólo epistémica, sino práctica, en tanto que las concepciones del mundo se insertan en la vida práctica de los sujetos inspirando su praxis social. (...) En este sentido, los videojuegos como una herramienta que abre el camino a espacios de experimentación y producción simbólica nos permiten la construcción colaborativa de nuevas significaciones culturales, políticas y sociales conscientemente creadas, así como nuevos horizontes simbólicos para comprender y transformar el mundo”.3
El videojuego es una industria que es parte de la economía del conocimiento. Con el desarrollo tecnológico, las matrices productivas mundiales están mutando de la sociedad industrial hacia las sociedades estructuradas en el triple vértice capital, ciencia y tecnología. En este sentido, la innovación es el eje de las prácticas en un escenario dinámico y cambiante que advierte que las actividades culturales ocupan un lugar central en los procesos de desarrollo de esta economía, dejando el lugar periférico que se les asignó tradicionalmente. De este modo, nos encontramos ante una perspectiva que da cuenta de que creatividad, cultura y arte impactan en las múltiples dimensiones de las prácticas humanas –social, ciudadanía, económica y política. En ese sentido, “el concepto de innovación cultural (YProductions, 2008) identifica a la cultura como un espacio de investigación o de producción de conocimiento, en el que la universidad y las instituciones del sistema científico y tecnológico podrían ocupar un rol articulador entre las disciplinas académicas, científicas, tecnológicas o artísticas.” 4 El sector productivo de los videojuegos no paró de crecer desde su nacimiento y en el contexto actual la demanda de profesionales con perfiles artísticos y técnicos en las diversas áreas que requieren su producción, no logra ser satisfecha. Nos encontramos con un área de vacancia en cuanto a la formación de profesionales. Este proyecto implica entonces para la FAD la oportunidad de incluir en su formación académica una oferta que presenta una demanda laboral creciente, que se expande de la típica concepción del videojuego de consola o celular hacia la industria audiovisual y televisiva y hacia los servicios médicos y educativos, entre otros. La FAD es una institución que puede ofrecer calidad y humanismo, creando y a la vez interrogando a sus estudiantes y a la comunidad en general sobre lo que acontece en este mundo contradictorio, aportando una mirada ética y propiciando la creación de contenidos significativos y singulares. 3 Revista de Estudios de Juventud (2012). Videojuegos y juventud. Núm 098. INJUVE: Madrid. Disponible en línea en: http://www.injuve.es./observatorio/infotecnologia/no-98-videojuegos-y-juventud, p.73 4 Universidad pública y desarrollo: innovación, inclusión y democratización del conocimiento / Aldo Ferrer ... [et al.] ; compilado por Sebastián Mauro ; Damián Del Valle ; Federico Montero ; editado por Miriam Socolovsky ; prólogo de Glenn Postolski ; Patricia Funes. - 1a ed . - Buenos Aires : IEC - CONADU ; Ciudad Autónoma de Buenos Aires : CLACSO, 2015. Libro digital, PDF, p.158
.
Anexo Único- Hoja 3 En este sentido, el Diplomado propone a los participantes conocer el proceso de creación y producción de los videojuegos, con una aproximación generalista de carácter introductoria, que aporta las herramientas para conocer las mecánicas del juego y de la industria. Posteriormente, se organiza en dos orientaciones de perfiles artísticos-técnicos, propios de la tradición formativa la FAD: lo visual y lo sonoro, lenguajes fundamentales de este arte híbrido. A modo de síntesis de la formación, los espacios de JAM, propiciarán el desarrollo de proyectos de videojuegos en un período comprimido de tiempo y permitirán a los/las participantes vivenciar la dinámica de trabajo creativo y de producción en equipos interdisciplinarios colaborativos, propia de esta industria creativa.
En una postmodernidad globalizada donde “el principio del consumo -de arte- está de entrada e intrínsecamente presente en el proceso mismo de producción”5 y donde la producción de cultura es también una herramienta de creación de identidad pero también es “la influencia a través de los valores como la libertad, la democracia, el individualismo, el pluralismo de la prensa, la movilidad social, la economía de mercado y el modelo de integración de las minorías”6. En este marco, es fundamental el rol del Estado y de la Universidad Pública en diálogo con la sociedad, asegurando y promoviendo la interpelación de esta cadena de producción y proliferación de cultura globalizada desde una perspectiva nacional y proponiéndose discutir el modo de producción del arte con la lógica producciónconsumo-distribución. El Estado y sus instituciones deben garantizar la democratización del conocimiento en un marco de ampliación de derechos e inclusión socio digital, mediante políticas que garanticen la soberanía tecnológica (como la alfabetización digital o la inversión en infraestructura) donde la Universidad Nacional pública juega un rol fundamental, en tanto sus tradicionales funciones de docencia, investigación y extensión y su más reciente rol de vinculación que asocia tecnología con innovación en pos del desarrollo estratégico abierto y accesible a todos. En la economía del conocimiento, la cultura y el arte como la tecnología son áreas prioritarias de desarrollo y requieren encontrar su lugar en la educación pública, gratuita y de calidad. En el caso específico de los videojuegos, cuya creación/producción reviste una complejidad que está a la vista (es arte interdisciplinario, es tecnología, es estética, es comunicación, es industria) y además es un área de vacancia en la oferta académica de las Universidades Nacionales. En nuestra provincia, existe sólo una oferta académica de nivel superior en el campo de los videojuegos y es de gestión privada. En el resto del país, en instituciones de nivel superior, identificamos al menos una oferta de 10 propuestas formativas, de carácter público o privado y con diferentes orientaciones y alcances, lo que resulta una oferta académica insuficiente para el nivel de demanda tanto de los/las estudiantes como de los estudios y empresas del sector. Por otro lado, los videojuegos y otras aplicaciones asociadas, pueden ser potentes herramientas pedagógicas en las que hay que profundizar, ya que promueven “aprendizajes no solo en los contenidos tradicionales, sino en la formación de habilidades socioemocionales y digitales, clave para desenvolverse en las sociedades del siglo XXI”7 . Capacidades como enfrentar y resolver conflictos, colaborar en equipo, desarrollo de habilidades digitales y motoras, curiosidad y creatividad, perseverancia, son algunas de las que pueden desarrollarse apelando a herramientas como los videojuegos y la gamificación de las experiencias de aprendizaje. 5 Gilles Lipovetsky, La estetización del mundo 6 Frédéric Martel, Cultura mainstream 7 Los videojuegos no son un juego,Copyright © 2019 Banco Interamericano de Desarrollo. Banco Interamericano de Desarrollo. Esta obra seencuentra sujeta a una licencia CreativeCommons IGO 3.0 econocimientoNoComercialSinObrasDerivadas (CC-IGO 3.0 BY-NC-ND) https://creativecommons.org/licenses/by-ncnd/3.0/igo/legalcode), p.201
.
Anexo Único-Hoja 4
Por otro lado, es interesante mencionar que existe una infinidad de ejemplos de videojuegos que abordan diversas temáticas sociales, como el género, la discriminación, la violencia, la inclusión de personas con discapacidad, etc. que son jugados por 2,3 mil millones de jugadores alrededor del mundo, de los cuales 234 millones se encuentran en América Latina. Además, como mencionamos con anterioridad, la industria del videojuego aporta a la industria audiovisual (cine, TV, publicidad), en tanto se utilizan los mismos motores gráficos para la creación de efectos visuales que generan contenido fotorealista en tiempo real o diferido. También se desarrolla contenido transmedia disponible en diversas plataformas y redes sociales. En cuanto a la colaboración con la medicina, la industria de los videojuegos aporta nuevas estrategias para abordar diferentes problemáticas que van desde mejorar las herramientas para el diagnóstico y los tratamientos de diversas enfermedades, como colaborar con la construcción de conocimiento sobre el comportamiento humano, en sus dimensiones psicológicas, motoras, sociales.
Para finalizar, es importante destacar que este proyecto se originó como propuesta del equipo del Área TAC, a partir de la inquietud del agente personal de apoyo académico Andrés Sosa y que pudo realizarse una primera edición del Ciclo en el año 2019, bajo la gestión de la Lic. Laura Angélica Rodriguez. Esa primera edición dio cuenta del nivel de demanda de formación que existe en el campo de los videojuegos, se articuló en 8 módulos interrelacionados y concluyó con una JAM abierta al público que contó con charlas de especialistas como Verónica Zammito (Canadá), Tozy - Manuel Carazo y Alejandro Iparraguirre (CABA) y Nicolás Recabarren (Mendoza). Objetivos Objetivo General: Generar propuesta formativa de extensión universitaria denominada: Diplomado en Desarrollo Artístico de Videojuegos, con sus dos Orientaciones: Arte Aplicado o Audio Dinámico, organizado en módulos que abordan distintas disciplinas que intervienen en la producción de videojuegos. Objetivos Específicos: 1) Capacitar con esta propuesta formativa de alcance federal a personas a partir de los 16 años 2) Ofrecer respuestas pertinentes a la demanda nacional y provincial de formación en el área de perfiles artísticos-técnicos específicos, en el marco de la educación pública. A través de la articulación con el Ministerio de Cultura de la Nación y la sinergia con diferentes actores de la industria provincial y nacional: 3) Sistematizar la formación de perfiles diversos en el área de la cultura y potenciar su inserción laboral en la industria nacional e internacional. 4) Contribuir a la conformación de una perspectiva local/nacional de los métodos de realización de videojuegos. 5) Contribuir a la conformación de una perspectiva federal y nacional de la producción y recreación del conocimiento relativo a nuestra industria cultural. 6) Promover la democratización del conocimiento en un marco de ampliación de derechos e inclusión socio digital. Destinatarios Alcance Federal Personas interesadas en la temática de la comunidad en general Resol. Nº 141
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Anexo Único-Hoja 5 Requisitos de admisión Tener 16 años o más, cumplidos al momento de la inscripción. Debe presentar DNI. No es requisito poseer estudios de Nivel Secundario. Poseer una alfabetización digital mínima, acceso a una computadora y/o dispositivo que soporte los requisitos técnicos estipulados en cada módulo y acceso a internet. Cupos mínimo y máximo Cupo máximo: 500 participantes, de los cuales: 250 para participantes que cursan la Orientación Arte Aplicado 250 para participantes que cursan la Orientación Audio Dinámico Se propiciará una distribución equitativa de los cupos entre las diversas regiones del país (Cuyo, Centro, NEA, NOA, Patagonia y BA), de modo de contar con cierto margen en función de las inscripciones.
Dado el amplio espectro de público objetivo, en el caso de que la inscripción de aspirantes supere el cupo de 250 participantes para cada Orientación, el criterio de selección a implementar será el número de orden en el Formulario de Inscripción. Certificación a otorgar Certificación del trayecto formativo total del diplomado, según la Orientación elegida al momento de la inscripción, expresada de la siguiente manera: • Certificado Diplomado en Desarrollo Artístico de Videojuegos con Orientación en Arte Aplicado. • Certificado Diplomado en Desarrollo Artístico de Videojuegos con Orientación en Audio Dinámico. Carga horaria Diplomado: 170 horas reloj, distribuidas de la siguiente forma: • Conversatorios de Apertura y Cierre (común a todo el Diplomado): 6 horas, distribuidasen 2 encuentros; • Formación General (común a todo el Diplomado): 98 horas, distribuidas en 3 Módulos de 22 horas cada uno y dos Arte GameJam´s, con una distribución de 10 y 22 horas cada una • Formación Orientada (específica de cada Orientación): 66 horas, distribuidas en 3 Módulos de 22 horas cada uno. Duración y cronograma • Cronograma de Cursado: Mayo a Noviembre. • Cronograma Operativo de Gestión y Organización del Diplomado: Febrero a Diciembre.
MES ACTIVIDAD FEBRERO - Adecuación del Proyecto Ciclo de Seminarios en Videojuegos a Diplomado en Desarrollo Artístico en Videojuegos con Orientación en Arte Aplicado y Orientación en Audio Dinámico. Diseño y organización de la parrilla curricular y esquema de gestión. - Producción de contenidos de los módulos a dictarse en el 1° Bimestre. MARZO - Formulación de acuerdos en torno a tareas operativas (firma de convenio, campaña, inscripción de participantes, definición de cronograma de pagos) entre la Facultad de Artes y Diseño y el Ministerio de Cultura de la Nación. - Presentación del Proyecto del Diplomado para su aprobación al Decano y luego al Consejo Directivo. Elevación del Proyecto al SIED, por tratarse de una formación en educación a distancia. Trámite para dejar sin efecto la Resolución que autoriza la realización del Ciclo de Seminarios en Videojuegos. - Convocatoria y selección de Tutores. - Producción de contenidos de los módulos a dictarse en el 1° Bimestre. Diseño de campaña de difusión.
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Anexo Único-Hoja 6
ABRIL - Difusión del Diplomado. -Capacitación de Tutores (Moodle y disciplinar). Apertura y cierre de inscripción a participantes. Invitación a participar del curso autoadministrado, Moodle para Estudiantes. - Finalización de producción de contenidos del 1° Bimestre MAYO -Conversatorio de Apertura. - Actividades complementarias a definir. - Inicio del 1° Bimestre de Cursado. -Seguimiento y monitoreo del desarrollo de las actividades y las/los participantes. Ajustes. - Producción de contenidos de los módulos a dictarse en el 2° Bimestre. JUNIO -Seguimiento y monitoreo del desarrollo de las actividades y los participantes. Ajustes. Finalización de producción de contenidos del 2° Bimestre. - Actividades complementarias a definir JULIO -Arte GameJam Impromptu. - Actividades complementarias a definir. - Inicio del 2° Bimestre de Cursado. - Seguimiento y monitoreo del desarrollo de las actividades y los/las participantes. Ajustes. - Producción de contenidos de los módulos a dictarse en el 3° Bimestre AGOSTO - Finalización de producción de contenidos del 3° Bimestre. - Seguimiento y monitoreo del desarrollo de las actividades y los participantes. Ajustes. SEPTIEMBRE - Inicio del 3° Bimestre de Cursado - Seguimiento y monitoreo del desarrollo de las actividades y los participantes. Ajustes. OCTUBRE - Seguimiento y monitoreo del desarrollo de las actividades y los participantes. Ajustes. - Organización y Producción de contenidos para la Arte Game JAM. NOVIEMBRE - Arte GameJam - Actividades complementarias a definir - Conversatorio de Cierre del Diplomado - Certificaciones Modalidad de dictado: Presencial, semipresencial, a distancia. A distancia. Propuesta curricular: cursos, módulos, otras actividades. Nombre de la actividad, docente(s) responsable(s), carga horaria, objetivos, contenidos, cronograma, bibliografía, formas de evaluación y requisitos de aprobación, bibliografía. El siguiente cuadro presenta la Parrilla Curricular del Diplomado, especificando la organización temporal y los Módulos de la Formación General Común y los pertenecientes a cada Orientación.
Parrilla Curricular 1° BIMESTRE 2° 3° BIMESTRE 4° Bimestre BIMESTRE Formación General Conversatorio de 3. 8. Arte Game Básica Apertura Producción y JAM 1.Narrativa y Gestión 4. ----------------------- Conversatorio Guión 2.Game Arte Game de Cierre Design JAM Impromptu Formación Orientación 5. Arte 6. Animación 2D 7. Orientada Arte ------------------ Digital Modelado 3D ----------------Aplicado Aplicado Formación Orientación -- 5. Diseño 6. Sistemas y música Orientada Audio ------------------ Sonoro interactiva 7. ----------------Dinámico Producción e Implementación
Se anexa Programa de cada Módulo El diseño del currículum atiende a los siguientes criterios: - el campo de conocimiento de los videojuegos es relativamente reciente, es interdisciplinar, es específico y está en permanente renovación y transformación, lo que supone un desafío en cuanto, no sólo a la actualización permanente de los contenidos y las estrategias didácticas, sino también en lo que refiere a la pertinencia y significatividad de los mismos. - La producción de saberes en este campo del conocimiento, está ligada directamente al desarrollo de una industria en constante crecimiento, especialización y expansión hacia otras producciones audiovisuales, que demandan personal altamente capacitado. Resol. Nº 141
Anexo Único- Hoja 7. En función de lo mencionado con anterioridad, cabe destacar que nuestro enfoque se orienta al desarrollo de capacidades complejas, tales como: la autonomía, aprender a aprender, la resolución de problemas, el trabajo en equipo y el pensamiento crítico. Por otro lado, la organización de saberes propone dos instancias: una Formación General Básica, que aporta una mirada introductoria sobre el proceso de desarrollo y producción de un videojuego; y que combina espacios con formato académico (como es la organización modular) con espacios distintivos del mundo de los videojuegos, como son las JAMs. La segunda instancia es la Formación Orientada, que se enfoca en el desarrollo de dos lenguajes artísticos diferenciados: el visual y el sonoro/musical, y que se concretan en las Orientaciones Arte Aplicado y Audio Dinámico. Atendiendo a la móvil complejidad del campo del conocimiento, se podrían desarrollar Actividades Complementarias, abiertas, federales y gratuitas que permitan: presentar o ampliar saberes, que promuevan el intercambio entre los estudiantes de diversas regiones entre sí y con los diversos actores de la industria y que establezcan vínculos de cooperación con organismos y empresas nacionales e internacionales para la proyección de futuras acciones conjuntas. Propuesta pedagógica La propuesta formativa del Diplomado es con modalidad virtual, con instancias sincrónicas y asincrónicas y se concibe como un recorrido temático espiralado. La mediación de cada tema se realiza con la realización de breves clases magistrales por streaming que se complementan y amplían con recursos y actividades en el entorno de aprendizaje virtual de la FAD. Se propone un recorrido no lineal, hipertextual y multimedial, con materiales mediados didáctica y audiovisualmente, diseñados por el equipo de docentes/contenidistas. A su vez, los docentes de cada módulo trabajan con equipo de tutores especialmente seleccionados y capacitados en la propuesta disciplinar, en tutoría y en la gestión de Moodle. Con dichas herramientas, podrán realizar el seguimiento personalizado del aprendizaje de los estudiantes, para lo cual se especifican en cada tema los criterios de evaluación y acreditación de aprendizajes. La tutoría se sostiene en una relación pedagógica que se reconoce en primer lugar como una interacción humana basada en la preocupación y en el respeto por el otro y por uno mismo, con la responsabilidad de acompañar y promover el proceso de aprendizaje de los estudiantes. La comunicación, la respuesta oportuna, las devoluciones pertinentes y constructivas sobre los trabajos de los estudiantes son clave en este sentido. Esto implica la constante interacción entre el docente/contenidista, los tutores y el equipo de coordinación. En síntesis, el equipo pedagógico de cada módulo está conformado por un contenidista/profesor y un equipo de tutores, en una relación de 1 tutor cada 50 participantes. Aprendizajes esperados El estudiante: a) Conoce el proceso para el desarrollo integral de videojuegos, en cuanto al uso de las herramientas provenientes de software, jugabilidad, sonido, imágenes, video, gestión. b) Programa videojuegos, usando elementos y herramientas básicas de software. c) Participa en grupos interdisciplinarios para aplicar sus conocimientos en el desarrollo de videojuegos. Características de la evaluación de proceso y evaluación final. Requisitos de aprobación del Diplomado completo. Cada módulo se organiza en torno a actividades y experiencias de aprendizaje individuales y/o grupales que en sí mismas sirven para la evaluación continua de las capacidades que se espera desarrollen los/las participantes, que serán integradas en prácticas de aprendizaje periódicos Resol. Nº 141
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Anexo Único- Hoja 8.. Además, los/las estudiantes deben aprobar una práctica integradora por cada módulo, que se realiza y entrega a través del aula virtual. Por cada una de las instancias evaluativas, el estudiante tendrá la posibilidad de acceder a una instancia recuperatoria que les permita alcanzar el grado de desarrollo de competencias explicitadas por el docente en el programa. La entrega de la totalidad de los trabajos en tiempo y forma es condición para la acreditación del módulo. Los responsables de la evaluación son los profesores y el equipo de tutores, y será formativa y sumativa y podrá incluir instancias de hetero, co y autoevaluación. Dado el cupo máximo de participantes propuestos, todas las actividades y recursos de aprendizaje están diseñados para el autoaprendizaje. Asimismo, los saberes desarrollados en los módulos disciplinares se integran en la ARTE GAME JAM que se realizará al finalizar el ciclo, modalidad de creación y producción de videojuegos que implica el aprendizaje mediante el trabajo en equipos y que supone la puesta en juego de los saberes interdisciplinarios necesarios para tal fin. En esta instancia, los docentes oficiarán de tutores/ mentores, acompañado el proceso de producción con una mirada profesionalizante y de asesoramiento para la mejora de los proyectos en función de las necesidades de cada equipo. Con esta propuesta, pretendemos acercarnos a la dinámica de trabajo de la industria de videojuegos, en la que la horizontalidad organizada y colaborativa promueve espacios desestructurados de trabajo que propician el intercambio, la comunicación y la creatividad en torno al objetivo propuesto. Requisitos de Acreditación de Diplomado 1) Presentar y aprobar el 100% de actividades de aprendizaje propuestas por los docentes en cada Módulo 2) Participar activamente en las instancias de intercambio grupal, propuestas en la virtualidad o en la presencialidad, si así correspondiera. 3) Participación activa en instancia JAM integradora y presentación del proyecto formulado. Cuerpo Docente (con sus respectivos CV). En el cuerpo docente se debe prever un porcentaje no menor al 30% de profesores de esta Facultad. Podrá incluir especialistas, expertos o idóneos que puedan demostrar experiencia y saberes vinculados al campo de las artes y el diseño que se trate. Se Adjunta CV de cada docente no perteneciente a la FAD • Prof. Arturo TASCHERET - FAD • Prof. DI Marcela ZAKALIK - FAD • Mgter. Viviana CARRIERI - FAD • Lic. Lucía CASTEZ • DG Mariel ASTORGA • JulianMICIC DE ROSAS • Guillermo NÚÑEZ • DG Manuel CARAZO Presupuesto FINANCIABLE CON EL APORTE DEL MINISTERIO DE CULTURA Y DE LA FAD Equipamiento requerido • Acceso a internet con alta velocidad de subida. • Sala de Informática FAD –PCsGamers TAC • Equipo para transmisión streaming - TAC • Servidores FAD - Plataforma Moodle • Licencia de Zoom
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CD-2022-RES-140 12/05/2022 (Carga: 16/05/2022) |
MENDOZA, 12 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 23563/21 en el que se tramita la convocatoria a concurso Especial (CEREP-COV) de la Prof. Luciana ORELLANA LANUS, para proveer con carácter efectivo, un cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Análisis de la Música del Siglo XX - I y II” en las Carreras Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado para todos los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general resoluciones nº 197 y 198/21C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 23/10-C.S.
Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa de la Prof. Luciana Natalia ORELLANA LANÚS se encuentra en la nómina de docentes interinos habilitados fuera de termino, conforme a la aceptación otorgada por resolución Nº 153/21-C.D.
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Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 26 de abril de 2022, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de las asignaturas “Análisis de la Música del Siglo XX – I y II” que se cursan en la Licenciatura en Composición Musical, Dirección Coral y al Profesorado de Grado Universitario en Teorías Musicales de las Carreras Musicales de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación: desde el DIECISIETE (17) al VEINTIUNO (21) de mayo de 2022. Inscripción: el VEINTITRÉS (23), VEINTICUATRO (24) y VEINTISÉIS (26) de mayo de 2022; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.arla documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad- , Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes: los días VEINTISIETE (27) y TREINTA (30) de mayo de 2022, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.ar en horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Las expectativas de logro y los descriptores de las mencionadas asignaturas pertenecientes a las carreras de Licenciatura en Composición Musical, Dirección Coral y al Profesorado de Grado Universitario en Teorías Musicales, de acuerdo con la Ordenanza nº 84/10-C.S. que aprueba el Plan de Estudios de la Carrera de Licenciatura en Composición Musical y Dirección Coral y a la Ordenanza nº 29/05C.S, se detallan las siguientes: EXPECTATIVAS DE LOGROS: • Lograr la comprensión del repertorio musical del siglo XX, a partir del conocimiento técnico de los diferentes lenguajes. • Identificar las principales corrientes estéticas que se proyectan en el siglo XX. • Aplicar una metodología adecuada al análisis de las nuevas formas sonoras. • Distinguir los aportes de diferentes compositores a partir de sus obras. • Valorar las nuevas posibilidades expresivas a partir del aporte de los medios tecnológicos
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Descriptores Análisis de la Música del Siglo XX - I: La disolución de la tonalidad. Nuevas concepciones tonales. Modalismo. Bartok y el sistema axial. Politonalismo. Atonalismo. Dodecafonismo. Serialismo no dodecafónico y dodecafónico. Descriptores Análisis de la Música del Siglo XX - II Serialismo integral. Nuevas búsquedas tímbricas y experimentación con los componentes del sonido. El azar. Música concreta y música electroacústica. Masas sonoras y otros tipos de técnicas de la segunda mitad del siglo. Nuevas grafías. PERFIL DEL TÍTULO Se espera que los egresados de estas carreras posean los siguientes conocimientos y capacidades: • Conocer y aplicar técnicas para la ejecución instrumental, la dirección de coros, la composición musical o el canto, según la formación específica. • Desarrollar aptitud para formar ensambles musicales diversos: conjuntos de música de cámara, orquestas sinfónicas, bandas, coros, conjuntos, según corresponda a su dominio específico. • Poseer la habilidad para gestionar instancias de producción musical (conciertos, programas de divulgación musical, residencias para compositores, festivales corales, etc.) eficientemente y desde su ámbito profesional específico. • Conocer las categorías específicas referidas a las estéticas y sus contextos socio-históricos. • Desarrollar la capacidad para analizar, reflexionar y valorar producciones artístico-musicales propias y de otros. • Reflexionar en forma crítica sobre la realidad cultural y social. • Conocer metodologías de investigación artística, dentro de las líneas propias de su campo específico de estudio. • Dominar los recursos técnicos e interpretativos propios de los distintos estilos musicales, utilizándolos creativamente con eficacia en el ejercicio de la profesión. • Analizar las producciones artísticas musicales, propias y de los demás, ejerciendo una reflexión crítico-valorativa de las mismas. • Conocer las principales problemáticas y desafíos de la producción de la música a través de la dirección coral, composición, ejecución instrumental o vocal, adecuadas al contexto regional con apertura universal. Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación al perfil profesional que se pretende formar, considerando lo establecido en el punto 4 de la Ordenanza 29/05C.S. Perfil del Egresado Al finalizar la Carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teorías Musicales, se espera que el egresado esté en condiciones de: • Dominar los recursos técnicos e interpretativos propios de la Música, utilizándolos creativamente con eficacia en el ejercicio de la docencia artístico-musical. • Conocer las categorías estéticas y en sus contextos socio-históricos, para posibilitar el análisis de las producciones artísticas musical, ejerciendo una reflexión críticovalorativa de las mismas • Identificar las principales problemáticas y desafíos de la enseñanza de la Música, en los distintos niveles, ciclos y modalidades del Sistema Educativo, fundamentalmente en el nivel de Educación Superior, adecuándose al contexto regional con apertura universal. • Planificar e implementar situaciones didácticas variadas, comprendiendo los contenidos de la enseñanza de la música, su relación con las otras áreas del conocimiento y las características evolutivas de los alumnos a su cargo, respetando la diversidad de los contextos.
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4 .• Manifestar actitudes personales y conocimientos psicopedagógicos y artístico musicales necesarios para establecer con los estudiantes la relación de empatía requerida por el proceso de enseñanza aprendizaje. • Analizar e interpretar los resultados de su trabajo, siendo capaz de modificarlos para mejorar la calidad de los aprendizajes de los alumnos reconociendo la provisoriedad del conocimiento, con actitudes crítico-reflexivas y de honestidad intelectual. • Desarrollar actitudes favorables a la permanente capacitación, actualización y perfeccionamiento de los aspectos referidos a sus saberes específicos, habilidades artísticas y al ejercicio de rol docente, incorporando los procesos y metodologías de la investigación para el enriquecimiento personal y social. • Asumir actitudes de compromiso y respeto por la diversidad cultural, la equidad social, la producción cooperativa y en equipo, valorando la importancia de las producciones artístico-musicales propias y ajenas, por su contribución a la construcción del mundo de la cultura. • Valorar la importancia del juicio crítico fundado y de la sensibilidad estética aplicada a la creación
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR:
El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecidas en el Art.62 del Anexo único de la Ordenanza Nº 05/2019- C.D. – FAD, según se detallan a continuación: El Profesor Titular constituye la máxima jerarquía de profesor ordinario que tiene a su cargo la coordinación de la gestión académica de la cátedra y, por tanto, le compete la responsabilidad de la enseñanza e investigación que en ese ámbito se realicen. Funciones de Profesor Titular: - Organizar la labor de la cátedra en acuerdo con sus pares del equipo de cátedra, organizando y supervisando el desempeño del mismo, tendiendo al mejoramiento continuo de la enseñanza y a la formación de docentes e investigadores en el marco de los lineamientos acordados con la Dirección de Carreras. - Elaborar anualmente el programa de la asignatura. - Dictar las clases correspondientes estipuladas en los planes y programas vigentes y en los horarios establecidos. - Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. - Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación. - Participar en las actividades y reuniones de la Dirección a la que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. - Actuar en las comisiones en las que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. - Informar a la Dirección de Carreras hasta el 30 de abril de cada año el plan anual de labor que la cátedra concretará durante el año académico. - Evaluar e informar, según se establece en la presente reglamentación, a la Dirección de Carreras a la que pertenece su cátedra, el desempeño de los docentes a su cargo, así como también las actividades académicas realizadas durante el año. - Colaborar en actividades de posgrado, extensión o dirigidas a graduados en las que se requiera su participación mediando solicitud de autoridad universitaria competente. - Realizar actividades de investigación científica, técnica o artística, conforme al plan anual de labor de la cátedra y los lineamientos propuestos por la Facultad y Universidad a tal efecto, según dedicación.
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Realizar reuniones con su equipo de cátedra a fin de analizar en conjunto la marcha de actividades de enseñanza, los reajustes en la programación, la evaluación de los estudiantes, los trabajos prácticos, etc. - Coordinar la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra. - Realizar en conjunto con el Profesor Asociado y Adjunto la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra. - Orientar y supervisar la elaboración, implementación y evaluación de trabajos prácticos. - Acordar con los profesores asociados y adjuntos la realización de tareas relacionadas con la elaboración de exámenes parciales y su posterior evaluación y recuperación.
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: MIEMBROS TITULARES: Profesor titular e investigador (ordinario). Universidad Católica Argentina (U.C.A.). Materias: Composición IV y Seminario de Composición (2005 - 2015). Investigador Dr. Juan ORTIZ DE ZÁRATE (desde el año 2008). Profesor titular. Universidad Católica Argentina (U.C.A.) Programa de Doctorado. Materias: Pensamiento Compositivo Contemporáneo, Taller de Re invención Instrumental. A partir del año 2005 y continúa.
Profesor titular, efectivo, cátedras de “Composición I a V”, Instrumentación y lectura Prof. Miguel Ángel BELLUSCI de Partituras”, “Orquestación”, “Práctica Orquestal I a IV”, Carreras Musicales, Facultad de Artes y Diseño, UNCuyo. Profesora Titular, efectiva, cátedras de “Dirección Coral I a V”, “Canto Coral I y II”, Mgter. Mónica Beatriz PACHECO “Canto Coral Profesional I y II”, Carreras Musicales, Facultad de Artes y Diseño, UNCuyo.
MIEMBROS SUPLENTES: Profesor titular Rentado (Exclusiva) "- “Composición I a IV" Dpto de Artes Musicales Dr. Eduardo Julio CHECCHI y Sonoras "Carlos Lopez Buchardo" ; Universidad Nacional de las Artes.
Dra. María Emilia GRECO Profesora Titular, efectiva, cátedras de “Análisis y Morfología Musical I y II”, Carreras Musicales, Facultad de Artes y Diseño, UNCuyo. Prof. Titular, efectivo, cátedras de “Contrapunto I y II” y “Contrapunto Profesional”, Prof. Mario Agustín MASERA “Órgano I a V”, Carreras Musicales, Facultad de Artes y Diseño, UNCuyo.
ARTÍCULO 5°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
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