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FA-2022-RES-166 5/05/2022 (Carga: 5/05/2022) |
MENDOZA, 5 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP CUY Nº 14058/22 en el que el personal de esta Unidad Académica tramita licencias por enfermedad de largo tratamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 93° del Decreto Nacional N° 366/06, en el artículo 46° c) del Decreto Nacional 1246/15-PEN (CCT), ordenanza N° 32/16-R. y su modificatoria Nº 4/22-R,
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia por enfermedad de largo tratamiento, con goce íntegro de haberes al personal que a continuación se detalla, en el cargo y período que se indica en cada caso, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 93° del Decreto Nacional N° 366/06, en el artículo 46° c) del Decreto Nacional 1246/15-PEN (CCT), ordenanza N° 32/16-R. y su modificatoria Nº 4/22-R: ORO, Marcelo José – Legajo Nº 23.402- en el cargo de Ayudante Técnico de Trabajos Prácticos, interino - CATORCE (14) días corridos, del QUINCE (15) al VEINTIOCHO (28) de marzo de 2022. REYNAUD, Ricardo Enrique– Legajo Nº 22.116- en los cargos de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, interino; Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva, interino y Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interino - VEINTISIETE (27) días corridos, desde el VEINTISÉIS (26) de marzo hasta el VEINTIUNO (21) de abril de 2022. GONZALEZ, Liliana Myriam – Legajo Nº 20.388- en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva, efectivo- por TREINTA (30) días corridos, desde el ONCE (11) de abril hasta el DIEZ (10) de mayo de 2022. NEDYALKOVA, Mariela Gueorguieva – Legajo Nº 24.260- en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva, efectivo - TREINTA (30) días corridos, desde el DIECISÉIS (16) de marzo hasta el CATORCE (14) de abril de 2022. BRAJAK, Tania- Legajo Nº 31.638- en el cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, Efectivo - QUINCE (15) días corridos, desde el VEINTIUNO (21) de marzo hasta el CUATRO (4) de abril de 2022. MELZI, Aquiles Enrique- Legajo Nº 14.541- en el cargo Categoría 3 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, Efectivo y Ayudante de Trabajos Prácticos, Interino - SESENTA (60) días corridos, desde el OCHO (8) de marzo hasta el SEIS (6) de mayo de 2022. SOSA TALLEI, Héctor Andrés- Legajo Nº 21.237- en el cargo Categoría 4 del Agrupamiento Administrativo, efectivo- por SESENTA Y CINCO (65) días corridos, desde el TRES (3) de marzo hasta el SEIS (6) de mayo de 2022.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N°166
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CD-2022-RES-130 5/05/2022 (Carga: 5/05/2022) |
MENDOZA, 5 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 7454/22 caratulado: “Asesoría Estudiantil s/ Solicitud de fondos p/ Programa Anual Becas FAD 2022”.
CONSIDERANDO:
Que Asesoría Estudiantil eleva la solicitud de fondos extraordinarios para el Programa Anual de Becas FAD 2022, a fin de retomar las líneas de Becas de Prestación de Servicios y Pre Profesionales, previstas por la Ordenanza 1/17-C.D., las cuales se vieron suspendidas en las Convocatorias 2020 y 2021 en el marco de la emergencia socio sanitaria derivada de la Pandemia COVID- 19.
Que dicha suspensión se debió a la necesidad de priorizar durante el contexto de crisis económica y social aquellas líneas de Becas de Ayuda Económica que pudieran brindar asistencia a los y las estudiantes.
Que debido a la reconducción presupuestaria para el Ciclo 2022 establecida mediante la Ordenanza Nº 84/22-C.S., artículo 1º, el presupuesto destinado a las Becas Estudiantiles del Programa Anual de Becas FAD 2022 se ve reducido en términos reales a partir de la necesaria actualización de los montos de las Becas de Ayuda Económica.
Que, ante las necesidades y problemáticas detectadas, se plantea la reincorporación al Programa Anual de Becas FAD 2022 de las líneas de Becas PreProfesionales y de Prestación de Servicios.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 22 de marzo de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la asignación de Fondos Extraordinarios para el Programa Anual de Becas FAD 2022 y la siguiente distribución presupuestaria:
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 130
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CD-2022-RES-129 5/05/2022 (Carga: 5/05/2022) |
MENDOZA, 5 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 7448/22 caratulado: “Asesoría Estudiantil s/ Cronograma del Programa Anual de Becas FAD 2022”.
CONSIDERANDO:
Que Asesoría Estudiantil eleva la propuesta de distribución del presupuesto del Programa Anual de Becas FAD-2022, el cronograma de la convocatoria, y la designación de sus miembros para la conformación de la Comisión Evaluadora.
Que en relación a los diagnósticos realizados durante el año 2021 mediante el Relevamiento de Conectividad Estudiantil; intervenciones en casos vinculados a problemáticas socioeconómicas y de salud (física y mental); el análisis de los resultados obtenidos mediante la articulación con el Programa Anual de Becas FAD 2021, Becas de Impresiones y Becas para Estudiantes e Ingresantes 2021 (SBUUNCUYO); se espera un mayor número de postulaciones y situaciones o problemáticas para el corriente Ciclo Lectivo.
Que, en esta oportunidad, el Programa Anual de Becas FAD 2022 se encuentra contextualizado en una etapa de transición y retorno paulatino a las actividades académicas bajo una modalidad híbrida o combinada, es decir presencial y virtual.
Que, ante las necesidades y problemáticas detectadas, se plantea continuar con las tres modalidades de becas para el año 2022 para continuar garantizando el acceso y sostenimiento a las trayectorias estudiantiles, las mismas son: Beca de Ayuda Económica, Beca de Ayuda Económica para Conectividad, Becas de Ayuda Económica para Transporte (Urbano y Media/Larga Distancia).
Cabe aclarar que la cantidad de estudiantes beneficiadas/os con las mencionadas líneas de Becas estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria actual, contemplando la posibilidad de nuevos fondos destinados a becas. Asimismo, se propone continuar con la metodología de evaluación utilizada durante la Convocatoria/2021 del Programa Anual de Becas FAD, teniendo en cuenta el elevado número de postulaciones recibidas durante ese año.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 5 de abril de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la distribución del Presupuesto Anual de Becas 2022, las que tendrán una duración de OCHO (8) meses desde abril a noviembre del corriente, de acuerdo al siguiente detalle:
Resol. N° 129
ARTÍCULO 2º.- Establecer el Cronograma para la Convocatoria del Programa Anual de Becas FAD 2022, de acuerdo al siguiente detalle:
• Solicitud de designación de miembros del Consejo Directivo para la conformación de Comisión Evaluadora: DIECISÉIS (16) de marzo al VEINTIOCHO (28) de marzo al 2022. • Conformación de la Comisión Evaluadora: convocar e informar procesos de evaluación y criterios: VEINTIOCHO (28) al TREINTA (30) de marzo de 2022. • Llamado a inscripción de postulantes: del VEINTIOCHO (28) de marzo al OCHO (8) de abril de 2022. • Evaluación, selección y orden de mérito de beneficiarias/os: del OCHO (8) de abril al VEINTIDÓS (22) de abril de 2022. • Armado y confección de expediente: del VEINTICINCO (25) al VEINTIOCHO (28) de abril de 2022. • Cierre de evaluaciones, presentación de informes a la autoridad: VEINTIOCHO (28) de abril de 2022. • Publicación de resultados y notificación de beneficiarios: del DIECISÉIS (16) al VEINTE (20) de mayo de 2022
ARTÍCULO 3º.- Designar a los miembros que conformarán la Comisión Evaluadora: • La Secretaria Académica o su representante. • El Asesor Estudiantil o su representante. • La Asesora de Egresados o su representante. • Dos estudiantes designados por el Centro de Estudiantes FAD en representación de la mayoría y de la minoría del mismo. • Dos miembros del Consejo Directivo
Miembros por el Consejo Directivo:
• Antonella JAQUE (titular) • Marcela CAMBA (suplente) • Leonor ORTUBIA (suplente)
Se contemplará, asimismo, la posibilidad de convocar a representantes del equipo de TRACES y/o SAPOE en situaciones que requieran de sus observaciones.
Resol. N° 129
ARTÍCULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 129
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CD-2022-RES-128 5/05/2022 (Carga: 5/05/2022) |
MENDOZA, 5 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 8349/22 caratulado: “CARRILLO, Marina s/Solicitud de participar del proceso de efectivización. Carreras Musicales - FAD”.
CONSIDERANDO:
La nota presentada por la docente solicitando reconsideración por parte del Consejo Directivo - FAD para ser incluida en el proceso de concursos CEREP.
Que se ha evaluado e informado en cuanto al cumplimiento de los requisitos establecidos en Res. 265/2020-C.S. y Res. 100/21-R, a saber: que el cargo tenga presupuesto genuino, la antigüedad como docente interino (de 2 años al 31/03/21) y que haya realizado actividades áulicas durante 2020. Para ello se solicitaron informes a Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal, Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente.
Que es importante atender el requerimiento de la interesada y valorar la labor docente por parte de la Secretaría Académica, y la Dirección de Carreras Musicales, así como también tener en cuenta la necesidad institucional de desarrollo de la actividad educativa a la que oportunamente dieron respuestas los y las docentes en carácter de interinos y/o a través de distintas situaciones laborales.
La competencia del Consejo Directivo de considerar los casos que ameriten y la posibilidad de convocar al Concurso Especial solicitado (Res. 265/2020C.S., art. 3° inc. d), se eleva la nota presentada por la docente para ser revisada de modo que se le otorgue tratamiento y pueda inscribirse para continuar con el proceso de concursos especiales CEREP.COV.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria el día 26 de abril de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. – Aprobar la inscripción fuera de término de la Prof. Marina Ana CARRILLO ZAMBRONI, en razón de haber cumplimentado los requisitos establecidos en el proceso de los Concursos Efectivos Especiales (CEREP-Cov), conforme al detalle obrante en el ANEXO ÚNICO de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 128
ANEXO ÚNICO
DOCENTE INCLUIDO EN EL PROCESO DE CONCURSOS ESPECIALES CEREP.COV.
APELLIDO NOMBRE DNI LEGAJO CARGO DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR CARRERA
-Guitarra I a V Ayudante de CARRILLO ZAMBRONI Marina Ana 23.408.451 31.223 Simple -Guitarra A,B,C,D Musicales Primera -Guitarra I a IV
RESOLUCIÓN N° 128
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FA-2022-RES-165 4/05/2022 (Carga: 4/05/2022) |
MENDOZA, 4 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 15740/22 caratulada: “Laura Torres S/ Solicitud licencia en el cargo de gestión de Directora de las Carreras de Diseño por concurso CEREP. FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la D.I. TORRES se encuentra inscripta en los concursos convocados por las resoluciones Nº 101/21-C.D. y 103/21-C.D., para cubrir los cargos de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, para cumplir funciones en la asignatura “Filosofía del Diseño” y Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, para cumplir funciones en la asignatura “Comunicación Visual”, ambos de las Carreras de Diseño.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente informa que la licencia de la mencionada docente se encuadra en la Ley 22140 – Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, Apartado V (Deberes y Prohibiciones), Art. N° 27, inc. k); que dice: “Excusarse de intervenir en todo aquello en que su actuación pueda originar interpretaciones de parcialidad o concurra violencia moral.” Asimismo, en el Decreto n° 1246/15, establece en el Capítulo VII: Licencias, Justificaciones y Franquicias- artículo 49º d)…”los docentes que se presenten para rendir pruebas de oposición en Concursos para la cobertura de cargos ordinarios en el ámbito universitario nacional”. Sumado a lo establecido en el Capítulo IV: Derechos, Deberes, Prohibiciones e Incompatibilidad; que abarcaría el deber ético de licenciarse en el cargo de Director mientras se presenta a rendir un Concurso.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Conceder licencia con goce de haberes, a la Prof. Laura Beatriz TORRES (Legajo Nº 32.796 – CUIL N° 27-30836988-4) en sus funciones de Directora de las Carreras de Diseño de esta Facultad, desde el DOS (2) de mayo de 2022, fecha de inscripción de los respectivos concursos que se mencionan en el 1º considerando de la presente; y hasta la resolución definitiva del Consejo Directivo, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la ordenanza N° 32/95-C.S.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N.º 165
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FA-2022-RES-164 4/05/2022 (Carga: 28/09/2022) |
MENDOZA, 4 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 12183/21 en el que la Lic. Laura Angélica Rodriguez, docente de la asignatura “Práctica de la Enseñanza del Teatro” solicitó autorización para el dictado del Taller denominado: “DERECHOS LABORALES DE LOS/AS TRABAJADORES/AS DE LA EDUCACIÓN”, que estuvo a cargo de las docentes: Ana Julia LLULL y Viviana SCANIO.
CONSIDERANDO:
Que el mismo surgió a partir de una demanda específica de los estudiantes de la cátedra Práctica de la Enseñanza del Teatro, en torno a la incertidumbre que genera la inserción en el ámbito laboral docente de la provincia de Mendoza, en función de la documentación que deben presentar para la realización de los trámites y participación en concursos habilitantes.
Que dicho espacio propuso abordar la legislación laboral docente no solo como un conjunto de normas que orientan de forma bastante detallada nuestra actividad sino sobre todo como derechos que se han conquistado colectivamente.
Que los objetivos del Taller fueron: 1- Reflexionar sobre las distintas concepciones del trabajo docente y sus implicancias político-pedagógicas. 2- Reconocerse como futuros/as trabajadores/as de la educación. 3- Identificar cuáles son los derechos de los docentes como trabajadores/as y reconocer cuál fue el proceso histórico de luchas que permitió conquistarlos. 4- Analizar el marco legal específico que regula la tarea docente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Tener por autorizado el dictado del Taller “DERECHOS LABORALES DE LOS/AS TRABAJADORES/AS DE LA EDUCACIÓN”, realizado los días DOS (2) y NUEVE (9) de junio de 2021 de 18:30 a 20:30 hs, que estuvo a cargo de las docentes Ana Julia LLULL y Viviana SCANIO, con modalidad virtual sincrónica, en reuniones en la sala Zoom con licencia para más de TRESCIENTOS (300) estudiantes, de acuerdo con lo detallado en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2 °.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 164
ANEXO ÚNICO
Fundamentación de la Propuesta.
Este espacio se propone abordar la legislación laboral docente no solo como un conjunto de normas que orientan de forma bastante detallada nuestra actividad sino sobre todo como derechos que se han conquistado colectivamente. Esta historia poco difundida de disputas en torno a las condiciones en que se ejerce el trabajo docente, también es acerca de quién y para qué determina su sentido y se apropia de su producto. En ese marco, surgieron distintas concepciones de la tarea docente: como apostolado, función pública, ejecución de roles, ejercicio de una profesión y trabajo. En el taller, se intenta caracterizar a grandes rasgos cada una de ellas, analizando sus implicancias político-pedagógicas en sentido amplio y en las condiciones laborales concretas. Así, se intenta justificar la perspectiva que se asume en el espacio: de la docencia como un trabajo y de los/as docentes como trabajadores/as de la educación. Desde esta clave se abordará el marco jurídico que protege y organiza nuestro trabajo, partiendo de algunas normas generales que rigen para todos los/as trabajadores/as, para llegar al marco legal específico docente. A la vez, se recuperarán de forma breve los procesos de lucha por la conquista de los derechos plasmados en esas normas así como el protagonismo de los/as trabajadores/as y sus organizaciones sindicales en ellos. 2. Propósitos del Taller • Reflexionar sobre las distintas concepciones del trabajo docente y sus implicancias político-pedagógicas. • Reconocerse como futuros/as trabajadores/as de la educación. • Identificar cuáles son los derechos de los docentes como trabajadores/as y reconocer cuál fue el proceso histórico de luchas que permitió conquistarlos. • Analizar el marco legal específico que regula la tarea docente. 3. Contenidos de enseñanza • El trabajo docente: concepciones históricas. El/la docente como trabajador/a de la educación. • Derechos laborales docentes: procesos de lucha y rol de los sindicatos de trabajadores/as de la educación. • Marco legal general: Pirámide jurídica. Ley de Contrato de Trabajo. Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Código Civil, responsabilidad civil del docente. Ley de Procedimiento Administrativo. Ley de Educación Nacional. • Marco legal específico del trabajo docente: Estatuto del Docente. Régimen de Licencias. Acuerdos paritarios. Requisitos para presentarse a un llamado. 4. Saberes que se articulan con otros espacios:
• Práctica Profesional Docente: El trabajo docente (marcos legales, derechos y obligaciones del docente). Estatuto del Docente. Reglamentaciones y requisitos para el desempeño profesional docente. Régimen de Licencias. Sindicatos. Requisitos para presentarse a un llamado. Responsabilidad Civil del Docente.
Resol. Nº164
Anexo único- Hoja 2
Metodología de trabajo:
Se realizarán dos encuentros virtuales sincrónicos de 3 HC cada uno, se destinarán 3hc de trabajo virtual. En los encuentros presenciales se abordarán:
• 1° Encuentro: El trabajo docente. Breve recorrido histórico de los derechos laborales docentes. • 2° Encuentro: Marco legal general nacional. Marco legal específico del trabajo docente en la provincia de Mendoza.
En los dos primeros encuentros se analizará material bibliográfico y audiovisual en pequeños grupos, y luego se realizará una puesta en común y una sistematización de los saberes emergentes a partir de los análisis realizados. Al finalizar este encuentro, se propondrá la realización de un material audiovisual de hasta 5 minutos que integre de alguna manera lo reflexionado sobre el trabajo docente y sus derechos conquistados. Este material se socializará con la comunidad educativa. En el segundo encuentro se trabajará como punto de partida con el análisis de casos, luego se abordará el marco legal, y finalmente se analizarán los casos nuevamente evaluando la pertinencia o no de las estrategias de intervención propuestas inicialmente.
Certificación del taller
Se emitirán certificados de PARTICIPACIÓN O APROBACIÓN para quienes presenten y aprueben las actividades propuestas y se realizarán a solicitud de los interesados.
RESOLUCIÓN Nº 164
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FA-2022-RES-163 4/05/2022 (Carga: 4/05/2022) |
MENDOZA, 4 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 16192/22 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer un cargo de Profesor/a Adjunto/a con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas de la cátedra “Piano Complementario”, que se dictan en las Carreras Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 107/22-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 107/22-CD. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor/a Adjunto/a con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas de la cátedra “Piano Complementario”, que se dictan en las Carreras Musicales de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: Gabriel Fernando BAREA Suplente: Antonio Estanislao STIRN Por los egresados: Titular: Alicia Graciela ARCE Suplente: Luisa Noelia PAVEZ Por los alumnos: Titular: Daniel Caleb OSORIO Suplente: Alfonso Luis GIUNTA
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 29515/21 .
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N.º 163
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FA-2022-RES-162 4/05/2022 (Carga: 4/05/2022) |
MENDOZA, 4 de mayo del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 14725/22caratulado: “s/Solicitud renuncia definitiva por Jubilación Prof. Juan Alberto ÁVALOS, desde 01/04/22 - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el Prof. ÁVALOS ha obtenido el beneficio jubilatorio a partir del 1 de abril de 2022.
Lo informado por la Dirección General de Personal de Rectorado.
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el art. 9° de la ordenanza Nº 32/16-R. y su modificatoria Nº 4/22-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja por jubilación, a partir del UNO (1) de abril de 2022, al Prof. Juan Alberto ÁVALOS (Legajo Nº 18.760– CUIL Nº 20-08469471-2) en el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, efectivo, para el dictado de las asignaturas“Música Popular Latinoamericana I y II”de la Licenciatura en Música Popular correspondientes a las Carreras Musicales de esta Facultad, de acuerdo a lo dispuesto por resolución Nº 347/17-C.S..
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 162
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CD-2022-RES-127 4/05/2022 (Carga: 5/05/2022) |
MENDOZA, 4 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 12580/22 caratulado: “ s/Solicitud designación Federica BONOLDI RUFENER cargo Profesor Ajunto (SE) Asesora de Egresados – FAD.”
CONSIDERANDO:
Que la Srta. Federica BONOLDI RUFENER reúne las condiciones para desempeñar eficientemente las diversas funciones encomendadas por este Decanato.
Que la Dirección de Personal informa que la mencionada docente no registra situación de revista en esta dependencia por lo que ya se ha dado inicio al trámite de apertura del legajo electrónico, al mismo tiempo la interesada ha realizado los exámenes preocupacionales o de ingreso y ha obtenido el certificado provisorio de aptitud psicofísica. Del mismo modo se ha dado comunicación a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a los efectos del Alta Temprana.
Que se han tenido en cuenta los informes de Secretaría Económico– Financiera de esta Unidad Académica.
Por ello, atento a lo establecido en el artículo 40º, inciso 3) del Estatuto Universitario y a lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 3 de mayo de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres BONOLDI RUFENER, Federica Documento Único 35.184.062 CUIL o CUIT 27- 35184062-0 Legajo N° ------ El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Adjunto Dedicación Semiexclusiva Carácter Interino
Término de la designación Desde CUATRO (4) de mayo de 2022 Hasta DIECISÉIS (16) de agosto de 2022
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Asesoría de Egresados dependiente del Decanato
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Depend. Subdepen- Fuente de Subprograma o Participación o Programa Proyecto Actividad Obra Finalidad Función dencia Financiamiento Macroactividad Porcentual Apartado 10 00 11 37 03 00 99 00 3 4 100.00
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente designación, deberá ser imputada según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de cargos, según el siguiente detalle: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hace al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Cód. Presup. Cargo 807 Profesor Adjunto con Dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 4°.- De acuerdo con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTÍCULO 5°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 127
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CD-2022-RES-126 4/05/2022 (Carga: 4/05/2022) |
MENDOZA, 4 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY-Nº 8925/22 caratulado: “Secretaría Investigación y Posgrado s/ Solicitud designación Mgter. Patricia Daniela GARCIA con funciones de Directora de la tesis de Mtra. Lucia Margarita ESPINEL SUESCUN, alumna de la MIML. FAD -”
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido obedece a la renuncia, por razones personales, presentada por el Prof. Sebastián WANUMEN JIMENEZ, quien estaba a cargo de la Dirección de Tesis de la alumna de la “Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del S. XX”, Lucia Margarita ESPINEL SUESCUN.
Que la propuesta ha sido aceptada por el Comité Académico Asesor de la Carrera, como así también por parte de la Mgter. Patricia Daniela GARCÍA, que estará a cargo de la dirección de la misma.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 5 de abril de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la designación de la Mgter. Patricia Daniela GARCÍA, quien cumplirá las funciones de Directora de la Tesis denominada: “Influencia de Músicas Latinoamericanas Populares en la Composición de Repertorio Académico para Flauta Traversa: Aportes para la Interpretación”, presentada por la Maestranda Lucía Margarita ESPINEL SUESCUN, alumna de la 5ta. Cohorte de la “Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX” de esta Facultad, en reemplazo del Prof. Sebastián WANUMEN JIMENEZ.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 126
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FA-2022-RES-161 3/05/2022 (Carga: 14/06/2022) |
MENDOZA, 3 de mayo del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 16363/22 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer un cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, para cumplir funciones en la asignatura “Técnicas Vocales I” que se cursa en las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 125/22-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 125/22-CD. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, para cumplir funciones en la asignatura “Técnicas Vocales I” que se cursa en las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: María LACAU Suplente: Viviana Elina CARRIERI Por los egresados: Titular: Alejandra TRAMONTINA Suplente: Diego Alejandro RÍOS
Por los alumnos: Titular: Florencia Belén CHRISTEN Suplente: Aldana Belén DUTTO
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 7420/21 .
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 161
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CD-2022-RES-125 3/05/2022 (Carga: 14/06/2022) |
MENDOZA, 3 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7420/21 caratulado: “ORTEGA Federico s/ solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov ) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: J.T.P. (S)- Asignatura: "Técnicas Vocales I" Carreras de Artes del Espectáculo FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado para todos los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. 197 y 198/2021 C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 32/95-C.S.
Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa del Prof. Federico ORTEGA se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”
Resol. Nº125
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 23 de setiembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, para cumplir funciones en la asignatura “Técnicas Vocales I” que se cursa en las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación: desde el SEIS (6) al DIEZ (10) de mayo de 2022. Inscripción: desde el ONCE (11) al TRECE (13) de mayo de 2022; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.arla documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad- , Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes: los días DIECISÉIS (16) y DIECISIETE (17) de mayo de 2022, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.aren horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Las expectativas de logro y los descriptores de la mencionada asignatura son: EXPECTATIVAS DE LOGRO: Reconocer y manejar la voz como recurso fundamental en la caracterización de personajes. Manejar la voz hablada y cantada. ● Desarrollar para sí, y para sus futuros alumnos, una mayor conciencia vocal, para optimizar su utilización, y prevenir futuras alteraciones. DESCRIPTORES: El fenómeno de producción de la voz. El cuerpo y su compromiso con la emisión de la voz: tensión, relajación, posturas, energía corporal/vocal. La respiración y su adecuación a las necesidades del Teatro. La voz como fenómeno sonoro. Cualidades de la voz. Gesto y voz. Resonancia corporal. Proyección espacial de la voz. Aspectos expresivos de la voz. Presencia escénica de la voz. FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES: Formación profesional: Licenciado en Arte Dramático / Profesor de Grado Universitario en Teatro / Profesionales de la Voz con experiencia comprobable artística y/o docente en teatro, canto y/o comedia musical. Acreditar antecedentes docentes. Poseer conocimientos y acreditar estudios pertinentes con cursos, seminarios, jornadas, trabajos teóricos, etc., en el área específica.
Resol.Nº 125
Tener pleno conocimiento de las expectativas de logro y de los descriptores de la asignatura, en el marco de los Planes de Estudios de las Carreras. FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR:
El docente deberá cumplir las funciones establecida en el Art.66 del Anexo único de la Ordenanza Nº 5/19- CD – FAD, según se detallan a continuación: Los docentes auxiliares dependen del Profesor Titular, Asociado y Adjunto de la cátedra en la que se realice su designación. Jefe de Trabajos Prácticos Es el auxiliar de mayor jerarquía que integra el equipo de cátedra trabajando según las orientaciones del Profesor Titular, Asociado y Adjunto que constituye su jerarquía inmediata superior. Funciones del Jefe de Trabajos Prácticos: Programar, según las pautas del Profesor Titular los trabajos prácticos necesarios para asegurar las experiencias de aprendizaje de los estudiantes, encargarse de su implementación y la evaluación de los mismos. Estará a su cargo la orientación de los estudiantes en el desarrollo de los mismos, debiendo atender los lineamientos que el Profesor Titular dé a su cátedra. Asistir a las clases del Profesor Titular, Asociado y/o adjunto cuando ellos lo consideren necesarios para la correcta orientación de las clases prácticas. Controlar la asistencia de los estudiantes a clase cuando así lo determinen los requerimientos de la regularidad incluidos en el programa anual, y colaborar con el resto del equipo de cátedra en la evaluación continua del estudiante Colaborar en todo lo concerniente a las tareas inherentes a la cátedra (docencia, investigación, extensión) armonizando con la/el Profesor Titular las tareas y propuestas necesarias para el logro de los fines de la misma. Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación. Participar en las actividades y reuniones de la Dirección a la que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. Actuar en comisiones en que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. Asistir a las reuniones con su equipo de cátedra con objetivos de optimizar la gestión de enseñanza. Colaborar en la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra, según solicitud del Profesor Titular. Colaborar en la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra, según solicitud del Profesor Titular.
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: MIEMBROS TITULARES: LUNA, Silvia Cristina Prof. Titular efectivo “Técnicas Vocales I”. Carreras de Artes del Espectáculo. Facultad de Artes y Diseño. Universidad Nacional de Cuyo. Jefe de Trabajos Prácticos efectivo “Improvisación I”. Carreras de Artes del Espectáculo. FaculFALCÓN, Javier Omar tad de Artes y Diseño. Universidad Nacional de Cuyo.
MONTELLO, Flavia Prof. Adjunta regular “Actuación II”. Universidad Nacional de Río Negro. Sede Andina. Bariloche.
Resol. N.º 125
MIEMBROS SUPLENTES:
Prof. Titular efectivo “Foniatría y Técnicas Vocales para Músicos”. Facultad de Artes y Diseño. RODRÍGUEZ, María Mercedes Universidad Nacional de Cuyo.
Prof. Titular efectivo “Actuación IV” y “Práctica de Dirección”. Carreras de Artes del EspectáARROJO, Víctor Leonardo culo. Facultad de Artes y Diseño. Universidad Nacional de Cuyo.
Especialista en Terapia del Lenguaje y Lenguaje de Señas. Facultad de Educación. UniversiGIGENA, Silvia Adriana dad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 5º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N.º 125
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CD-2022-RES-124 2/05/2022 (Carga: 3/05/2022) |
MENDOZA, 2 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 37057/21caratulado: “s/Resguardo promo CUDAP promocionalidad 2021 – Sec. Académica – FAD”.
CONSIDERANDO:
Que las medidas implementadas por la resolución nº 13/21 s resolución 13/21-FAD, en el marco de la Ord. 17/21-CS, se tomaron a fin de asegurar trayectorias académicas de -CS, estudiantes en el marco de las expectativas y calidad exigidas por todas las carreras de Artes y Diseño.
Que, no obstante es necesario disponer y explicitar medidas concretas y operativas que complementen y posibiliten la aplicación de las mismas, teniendo en cuenta el cierre del cursado del Ciclo Lectivo 2021.
Que dichas medidas han sido trabajadas en conjunto con las Di Direcciones de Carreras, Consejo Asesor de Académica, Asesoría Estudiantil y TRACES.
Por ello, atento a lo aconsejado por este Cuerpo en sesión del día 30 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO1°.-Implementar medidas que complementen excepciones a la reglaImplementar regla mentación académica en el contexto de la Pandemia por Covid Covid-19 establecidas mediante resolución Nº 13/21-FAD., de acuerdo a lo establecido en el Anexo Único esolución 13/21 FAD., que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.-Dar amplia difusión a lo dispuesto en el artículo precedente. Dar
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones. resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 124
ANEXO ÚNICO Medidas que complementan las excepciones a La Reglamentación Académica en el contexto de la Pandemia (Resol. 13/21-FAD) 13/21
Teniendo en cuenta las excepciones a la Reglamentación Académica planteadas en las Resoluciones Nº 116/20-FAD, 317/20-FAD y 13/21-FAD en los diferentes 116/20 FAD contextos surgidos durante la pandemia, que se tomaron a fin de asegurar, acompañar y promover trayectorias académicas significativas de estudiantes en el marco de las ias expectativas y calidad exigidas por las carreras de Artes y Diseño.
A través de las medidas de excepción y complemento a la Reglamentación Académica vigente (Ord. 5/19 CD-FAD) se logró el desarrollo de un alto porcentaje de CD esarrollo espacios curriculares con modalidad virtual (durante el primer cuatrimestre de 2021); la flexibilización de condiciones académicas tales como correlativas de cursado, calendario, etc. y permitir el cursado de espacios curriculares liberando la condición de curriculares correlativas; asegurar épocas y turnos de evaluación durante el ciclo lectivo para todas las carreras; continuar con el cursado a través de una presencialidad inteligente que permitiera a los y las estudiantes recuperar e iniciar experiencias situadas y prácticas presenciales de manera colectiva en las aulas. No obstante es necesario disponer y explicitar de medidas concretas y operativas que complementen y posibiliten la aplicación de las mismas, a saber: 1. Teniendo en cuenta tanto la necesidad de mayor tiempo de los estudiantes para el logro de aprendizajes previstos así como también los tiempos de docentes para realizar las evaluaciones correspondientes en aquellos espacios curriculares que iniciaron sus actividades presenciales a partir del mes del mes de presenciales septiembre de 2021, se extiende hasta la primera semana de marzo de 2022 el cierre de actas de cursado (SIU Guaraní) para los espacios curriculares que hayan solicitado e informado a las Direcciones de Carreras sobre esta necesidad. Esta extensión debe ser informada fehacientemente a los/las . estudiantes, y no afecta o modifica los requisitos dispuestos en los Programas 2021 para alcanzar las diferentes condiciones. Las Direcciones de Carreras deben informar sobre los espacios curriculares que extienden el Cierre de Actas de espacios Cursado a la Dirección de Alumnos con copia a la Secretaría Académica. 2. Debido a la liberación de correlativas de cursado, los/las estudiantes que cursaron un espacio curricular del primero, del segundo cuatrimestre o de segundo carácter anual, y cumplieron oportunamente con los requisitos para alcanzar la promoción (según el Programa vigente de la materia), tendrán la posibilidad de conservar la calificación obtenida hasta tanto rindan la materia correlativ correlativa adeudada. El plazo máximo para acceder a tal beneficio será hasta las mesas de examen de marzo de 2022, pasado este plazo el/la estudiante no podrá solicitar la acreditación de la calificación obtenida y conservará la condición alcanzada oportunamente. 3. En estos casos, el/la estudiante que adeude solo DOS (2) materias correlativas, deberá solicitar la Excepción, mediante Formulario que será procesado ycontrolado por las Direcciones de Carreras y la Dirección de Alumnos, hasta el 3 controlado de diciembre de 2021, indicando Materia a Promocionar y Materia correlativa indicando adeudada tal como figura en el Plan de Estudio y/o en el Sistema de Correlativas vigente. Podrá solicitar estaExcepción en más de un espacio curricular. esta
Resol.Nº 124
Anexo Único – hoja 2
Este formulario posibilita un control cruzado de la información y, fundamentalmente, representa la expresión de la comprensión y aceptación de las condiciones establecidas así como también un compromiso por parte del /la estudiante a rendir la correlativa adeudada para poder acreditar la nota obtenida por promoción durante el cursado. Se realizará una verificación del contenido del formulario, es decir: a. Si el/la estudiante que solicita la Excepción cumplió con los requisitos para promocionar. b. Si adeuda hasta DOS (2) materias correlativas.
Si la/el estudiante cumple con las condiciones antes mencionadas en relación a su cursado y a la materia adeudada, se le notificará por correo electrónico que hasta el día 18/03/2022, podrá rendir la materia adeudada para acreditar la promoción de la materia. mater
El cierre de Actas de Cursado en el Sistema Guaraní se realizará de la siguiente manera: Los/las docentes podrán cargar la calificación obtenida de quienes no figuren en Acta de Promoción en Guaraní (porque adeudan hasta dos materias correlativas) en el Acta de Regularidad. En la misma se dejará constancia de la . calificación obtenida (columna Observaciones), la que, una vez aprobada la/s Correlativa/s, se cargará en el sistema con la misma nota obtenida durante el proceso en el marco de una mesa de examen (a la que el estudiante debe examen inscribirse). Esta inscripción a mesa de examen no implica que deba rendir. Esta medida se toma con carácter excepcional para garantizar el registro de la nota en el sistema y asegurar el reconocimiento de los saberes acreditados por el/la acre estudiante. Es preciso aclarar que para todos los demás casos, el Aprobado que que, figura en Acta de Cursado de Guaraní, significa que ha cumplido con las condiciones para regularizar, pero no implica necesariamente la promoción y la acreditación del espacio curricular. ación
El/la estudiante que no cumpliere con las condiciones de Aprobación de la/s correlativa/s, luego de las mesas de exámenes de marzo de 2022 quedará en arzo 2022, condición de alumno/a REGULAR en la materia referida en puntos 3, 4 y 5 y luego deberá rendir examen final para acreditar según lo establecido en el programa vigente.
RESOLUCION N° 124
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CD-2022-RES-123 2/05/2022 (Carga: 2/05/2022) |
MENDOZA, 2 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 38236/21 caratulado: “s/Notificación resultados II Edición de la Convocatorias para Actividades de Complemento Curricular 21/22 - Sec. Extensión - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que Secretaría de Extensión y Vinculación Social eleva los resultados de la “Convocatoria para actividades de Complemento Curricular – II Edición 2021/2022”; que se ha llevado a cabo según los términos establecidos por Resol. términos 99/21-CD.
Que a los efectos de evaluar cada una de las propuestas, se constituyó un Consejo Asesor integrado por miembros de la Secretaría de Extensión y Articulación Social, un miembros docente y un estudiante avanzado representante de cada grupo de Carrera, se presentaron 20 propuestas en total, que fueron organizadas según área de pertinencia, con el fin de distinguir y ordenar las acciones a fin de ser más equitativos entre los distintos grupos de carreras.
Que los recursos económicos destinados a la financiación de esta operatoria, resultan suficientes para satisfacer todas las solicitudes recibidas.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y aconsejado Extensión y a lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 22 de marzo de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la selección de las propuestas presentadas en la “II Edición de la Convocatorias para Actividades de Complemento Curricular 21/22”, que estuvo a cargo de miembros de la Secretaría de Extensión, docentes y alumnos de las distintas Carreras que integran esta Unidad Académica,llevada a cabo según los términos establecidos por Resol. 99/21-C.D., de acuerdo al detalle obrante en el Anexo Único que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 123
ANEXO ÚNICO
RESPONSABLE TÍTULO FORMATO CARGA ÁREA/CARRERAS HORARIA DE VINCULACIÓN 1 Mauricio Martín Títeres Bestiales Taller 15 horas reloj . Artes Visuales FUNES ZAINA . Artes del Espectáculo
2 Adriana Gabriela Siento luego existo. Taller 15 horas reloj Todas las carreras LAVARELLO Herramientas artísticas al servicio de la gestión emocional.
3 Melisa NAFISSI Introducción a la animación Taller 15 horas reloj Todas las carreras
4 Ángel ZALAZAR Escenarios Posnaturales Taller 15 horas reloj . Artes Visuales . Diseño
5 Patricia FAVRE Capacitación de guías en Curso 30 horas reloj . Artes Visuales patrimonio artístico-cultural de Mendoza. El parque General San Martín.
6 Cecilia Marianela La fotografía como Taller 15 horas reloj . Artes Visuales SÁNCHEZ herramienta educativa. . Artes del Espectáculo . Cerámica . Musicales
7 Lucas RAMALLO Descubriendo el mundo de Curso 15 horas reloj . Musicales la música antigua II. La ornamentación con criterios historicistas.
8 Gisela LEVIN Música y tecnología. Taller 15 horas reloj . Musicales Herramientas para lograr . TUPA una autonomía artística.
9 Magdalena DÍAZ Educación Sexual Integral y Curso 15 horas reloj Todas las carreras ARAUJO prácticas artísticas.
10 Viviana Beatriz Diseñando formas de Taller 15 horas reloj Todas las carreras MARTINEZ romper las barreras de la discapacidad.
RESOLUCIÓN N° 123
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CD-2022-RES-122 2/05/2022 (Carga: 14/06/2022) |
MENDOZA, 2 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 7384/21 caratulado: “GIL TARABAY, Zaida Regina s/ solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: J.T.P. (S) Asig: "Práctica de la Enseñanza" Carreras de Artes Visuales y Cerámica FAD”.
CONSIDERANDO: Que en el Acta de Cierre de Inscriptos figura como única postulante: Prof. Zaida Regina GIL TARABAY.
Que mediante VAR-CUY: 41738/2022 consta el Acta Final elaborada por la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso y en la misma se propone la designación de la Prof. Zaida Regina GIL TARABAY.
Que el Departamento de Concursos informa que se ha llevado a cabo la notificación del acta propuesta por la Comisión Asesora. Asimismo destaca que habiendo transcurrido el plazo para la presentación de recursos, no se han manifestado impugnaciones a la decisión del jurado, por lo que correspondería la elevación al Consejo Directivo de las presentes actuaciones, a fin de aprobar el concurso y la designación de la mencionada docente, en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple de dichas asignaturas.
Que, por otra parte, la Dirección de Personal informa que la Prof. GIL TARABAY revista en esta dependencia en los cargos de: Jefe de Trabajos Prácticos (S), interino, para cumplir funciones en la asignatura “Práctica de la Enseñanza” de las Carreras de Artes Visuales y Cerámica y Jefe de Trabajos Prácticos (S), interino, para cumplir funciones en la asignatura “Psicología del Desarrollo” que se dicta en las Carreras de Artes Visuales, Cerámica, Artes del Espectáculo y Diseño de esta Facultad. Además, informa que correspondería la baja del primer cargo interino que se menciona; al momento de la efectivización del mismo, por tratarse de la misma asignatura.
Que se han tenido en cuenta los informes de Dirección EconómicoFinanciera, Secretaría Académica y Dirección de Personal de esta Unidad Académica.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 26 de abril de 2022.
Por ello y de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 de la ordenanza Nº 32/95-C.S.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de mayo de 2022, a la Prof. Zaida Regina GIL TARABAY (Legajo Nº 30.880 – CUIL n° 27-25319584-9), en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interino, en el que fuera prorrogada su designación, para cumplir funciones en la asignatura “Práctica de la Enseñanza”, perteneciente a las Carreras de Artes Visuales y Cerámica de esta Facultad, desde UNO (1) de enero hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, según resol. n° 169/21C.D.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple para cumplir funciones en la asignatura “Práctica de la Enseñanza”, perteneciente a las Carreras de Artes Visuales y Cerámica de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S., estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1- Zaida Regina GIL TARABAY, única postulante presentado.
ARTÍCULO 3º.- Designar efectivamente al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres GIL TARABAY, Zaida Regina Documento Único 25319584 CUIL o CUIT 27-25319584-9 Legajo N° 30.880
El cargo de la presente designación efectiva responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Carácter Efectivo
Término de la designación Desde UNO (1) de mayo de 2022 Hasta
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes Visuales- Cerámica
Espacio/s Curricular/es 1) “Práctica de la Enseñanza”
ARTÍCULO 4°.-El espacio curricular mencionado en el artículo 3° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Artes Plásticas Especialidad: 9 9 “Práctica de la Enseñanza”
ARTÍCULO 5°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 3° forma parte de los Planes de Estudios de los Títulos que a continuación se detallan: Lista de Títulos Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 6464 Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales 33.33 % 6462 Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística 33.33 % 6465 Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte 33.33 % Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 6°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subdepen Fuente de Programa Subpro- Proyecto Actividad Obra Finali Función Participación Apartado -dencia Financia- grama -dad Porcentual miento 10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 66.66 %
10 00 11 37 03 00 05 00 3 4 33.34 %
Tot Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hace al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Cód. Presup. Cargo 813 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple
ARTÍCULO 8°.- De acuerdo con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 9°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 10°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 122
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CD-2022-RES-121 2/05/2022 (Carga: 2/05/2022) |
MENDOZA, 2 de mayo de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 7401/21 caratulado: “ORTEGA, Joana Celeste s/ solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: J.T.P. (S) Asig: "Dibujo I" Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo- FAD”.
CONSIDERANDO: Que en el Acta de Cierre de Inscriptos figura como única postulante: Prof. Joana Celeste ORTEGA.
Que mediante VAR-CUY: 53198/22 consta el Acta Final corregida y elaborada por la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso y en la misma se propone la designación de la Prof. Joana Celeste ORTEGA.
Que el Departamento de Concursos informa que se ha llevado a cabo la notificación del acta propuesta por la Comisión Asesora. Asimismo destaca que habiendo transcurrido el plazo para la presentación de recursos, no se han manifestado impugnaciones a la decisión del jurado, por lo que correspondería la elevación al Consejo Directivo de las presentes actuaciones, a fin de aprobar el concurso y la designación de la mencionada docente, en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple de dichas asignaturas.
Que, por otra parte, la Dirección de Personal informa que la Prof. ORTEGA revista en esta dependencia en los cargos de: Jefe de Trabajos Prácticos (S), interino, para cumplir funciones en la asignatura “Dibujo I” y Jefe de Trabajos Prácticos (S), remplazante, para cumplir funciones en las asignaturas “Taller I y II: Pintura”, “Taller I y II para Profesorado: Pintura”; “Optativa Grupo I: Taller I Pintura” todas correspondientes a las Carreras de Artes Visuales. Además, informa que correspondería la baja del primer cargo interino que se menciona; al momento de la efectivización del mismo, por tratarse de la misma asignatura.
Que se han tenido en cuenta los informes de Dirección EconómicoFinanciera, Secretaría Académica y Dirección de Personal de esta Unidad Académica.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 26 de abril de 2022.
Por ello y de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 de la ordenanza Nº 32/95-C.S.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de mayo de 2022, a la Prof. Joana Celeste ORTEGA (Legajo Nº 33.765 – CUIL n° 27-30176468-0), en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interino, en el que fuera prorrogada su designación, para cumplir funciones en la asignatura “Dibujo I”, perteneciente a las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo de esta Facultad, desde UNO (1) de enero hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, según resol. n° 181/21-C.D.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple para cumplir funciones en la asignatura “Dibujo I”, perteneciente a las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S., estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1- Joana Celeste ORTEGA, única postulante presentada.
ARTÍCULO 3º.- Designar efectivamente al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres ORTEGA, Joana Celeste Documento Único 30.176.468 CUIL o CUIT 27-30176468-0 Legajo N° 33.765
El cargo de la presente designación efectiva responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Carácter Efectivo
Término de la designación Desde UNO (1) de mayo de 2022 Hasta
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes Visuales- Artes del Espectáculo
Espacio/s Curricular/es 1) “Dibujo I”
ARTÍCULO 4°.-El espacio curricular mencionado en el artículo 3° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Dibujo Especialidad: 9 9 “Dibujo I”
ARTÍCULO 5°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 3° forma parte de los Planes de Estudios de los Títulos que a continuación se detallan: Lista de Títulos Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 6464 Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales 25 % 834 Licenciatura en Artes Plásticas 25 % 881 Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas 25 % 2411 Diseño Escenográfico 25 % Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 6°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subdepen Fuente de Programa Subpro- Proyecto Actividad Obra Finali Función Participación Apartado -dencia Financia- grama -dad Porcentual miento 10 00 11 37 03 00 02 00 3 4 25.00
10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 75.00
Tot Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hace al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Cód. Presup. Cargo 813 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple
ARTÍCULO 8°.- De acuerdo con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 9°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 10°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 121
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FA-2022-RES-160 29/04/2022 (Carga: 2/05/2022) |
MENDOZA, 29 de abril del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7777/22 caratulado: “VEGA, Brenda E Melisa s/Diploma Profesora de Grado Universitario en Artes Visuales- FAD-”. Visuales
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., que la hacen acreedora al título 80 , correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES a la egresada Brenda Melisa VEGA(D.N.I. Nº 37.517.037 nacida en la 37.517.037) provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTITRÉS (23) de marzo de 1993 en 1993, razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05 80/05-C.S., con fecha de egreso DOS (2) de diciembre de 2021y ) extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 160
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FA-2022-RES-159 29/04/2022 (Carga: 2/05/2022) |
MENDOZA, 29 de abril del 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7074/22 caratulado: “SANCHEZ, Emilia Florencia s/ solicitud de Diploma Profesora de Grado Universitario en Artes Visuales.FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES a la egresada Emilia Florencia SANCHEZ(D.N.I. Nº 36.416.553) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el CATORCE (14) de agosto de 1991, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., con fecha de egreso VEINTE (20) de mayo de 2021y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N°159
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FA-2022-RES-158 29/04/2022 (Carga: 2/05/2022) |
MENDOZA, 29 de abril de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 4828/22 caratulado: “MANRIQUE BARDINELLA, Silvina Benigna s/Diploma Profesora de Grado Universitario en Artes Visuales- FAD-”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES a la egresada Silvina Benigna MANRIQUE BARDINELLA (D.N.I. Nº 22.677.880) nacida en la provincia de San Juan, República Argentina, el TREINTA Y UNO (31) de julio de 1972, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., con fecha de egreso TRES (3) de agosto de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 158
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FA-2022-RES-157 29/04/2022 (Carga: 2/05/2022) |
MENDOZA, 29 de abril de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 8031/22 caratulado: “VALVERDE BORREGO, María candela s/ Diploma Diseñadora Gráfica -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada María Candela VALVERDE BORREGO (D.N.I. N° 34.324.479) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTITRÉS (23) de agosto de 1989, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso ONCE (11) de noviembre de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 157
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FA-2022-RES-156 29/04/2022 (Carga: 2/05/2022) |
MENDOZA, 29 de abril de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6841/22 caratulado: “TERRERA, Renata Andrea s/Diploma Diseñadora Industrial con Orientación en Gráfica- FAD-”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y 111/04-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL CON ORIENTACIÓN EN GRÁFICA a la egresada Renata Andrea TERRERA (D.N.I. Nº 24.929.584) nacida en la provincia del Chubut, República Argentina, el OCHO (8) de enero de 1976, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y 111/04-C.S., con fecha de egreso SIETE (7) de diciembre de 2006 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 156
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FA-2022-RES-155 29/04/2022 (Carga: 2/05/2022) |
MENDOZA, 29 de abril de 2022
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 8987/22 caratulado: “CORÁTOLO, Gabriela Fernanda s/ Diploma Licenciada en Gestión y Comunicación Gráfica. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 31/01-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN GESTIÓN Y COMUNICACIÓN GRÁFICA a la egresada Gabriela Fernanda CORÁTOLO (D.N.I. N° 27.785.143) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISIETE (27) de noviembre de 1979, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 31/01-C.S., con fecha de egreso TRES (3) de noviembre de 2009 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 155
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CD-2022-RES-120 29/04/2022 (Carga: 29/04/2022) |
MENDOZA, 29 de abril de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 8286/21 caratulado: “GUEVARA, Fernando Sebastián - s/solicitud de Convocatoria CEREP (cov)- Concursos Especiales s/Resol.265/20 C.S. Cargo: Profesor Titular (S)- Asignatura: "Dibujo III"-Carreras de Artes Visuales- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado para todos los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general resoluciones nº 197 y 198/21C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 23/10-C.S.
Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa del Prof. Fernando Sebastián GUEVARA se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 61/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Resol. N.º 120
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 26 de abril de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación Simple, para el dictado de la asignatura “Dibujo III” de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación: desde el ONCE (11) al QUINCE (15) de mayo de 2022. Inscripción: el DIECISÉIS (16), DIECISIETE (17) y DIECINUEVE (19) de mayo de 2022; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.arla documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad- , Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes: los días VEINTE (20) y VEINTITRÉS (23) de mayo de 2022, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.ar en horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Las expectativas de logro y los descriptores de la mencionada asignatura son: CARRERAS DE ARTES VISUALES:
Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales (Plan de Estudio aprobado por ordenanza 80/05-C.S.)
“DIBUJO III” (carga horaria de 200 horas anuales) Expectativas de logros: • Dominar el lenguaje dibujístico, desarrollando una base sólida que le permita progresar en el uso de distintas técnicas, medios y recursos instrumentales propios del Dibujo. • Desarrollar capacidad para la observación de formas y estructuras del entorno y de las formas naturales. • Profundizar habilidades para dibujar, estructurar, modelar (con sombras propias y reflejadas) en relación a estudios analíticos y con modelo desnudo. • Utilizar todas las técnicas conocidas que aceleran el proceso de aprehensión de las formas y todos los materiales conocidos o creados por la propia búsqueda (sanguina, tinta china, etc.) y con la guía docente en trabajos libres.
Resol. N.º 120
• Integrar en la práctica conocimientos y habilidades desarrolladas en otras materias de la carrera. • Desarrollar la creatividad plástico visual. • Entender el concepto de dibujo como composición, su relación con otras disciplinas artísticas (pintura, escultura, grabado, música, dramatización, danza, estenografía, literatura, cine, el dibujo autónomo y los lenguajes híbridos o mixados). • Desarrollar la capacidad de análisis, reflexión y fundamentación del propio trabajo plástico. • Comprender la tarea de producción como desarrollo de un lenguaje plástico personal. Descriptores de Dibujo III: Continuación del estudio con modelo vivo: el desnudo humano. Dibujo libre. Diferentes modos de representación, modelos, ambientaciones. Libre expresión de imagen, recursos técnicos, plásticos y significados. El dibujo como fin estético en sí mismo.
Licenciatura en Artes Plásticas (Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 10/81–R.) “DIBUJO III” (carga horaria de 200 horas anuales)
Objetivos: Mediante una metodología adecuada y retomando la labor de los Profesores de Dibujo I y Dibujo II, concretar la posibilidad de que los alumnos sepan dibujar, estructurar, modelar (con sombras propias y reflejadas) Esto en lo referente a estudios analíticos y con modelo desnudo. De los trabajos libres y mediante la guía constante del profesor, deberán utilizar todas las técnicas conocidas que aceleran el proceso de aprehensión de las formas y todos los materiales conocidos o creados por la búsqueda de los educandos (sanguina, tinta china, etc.) a favor de su futuro artístico y docente. Contenidos Temáticos Mínimos: Adiestramiento motriz. Evaluación del campo. Observación y análisis para desencadenar imágenes nemotécnicas. Dominio de la línea. Estudio analítico realista de las distintas partes del cuerpo. Estudio analítico del rostro humano tendiente a la captación del carácter del individuo. El dibujo como fin estético en sí mismo. Distintas técnicas, materiales y procedimientos que aceleran el proceso creativo. FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES: Los aspirantes deberán poseer formación académica y experiencia relacionada al espacio curricular a concursar: “Dibujo III”. Además deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma. Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación a los perfiles profesionales que se pretende formar en las carreras de: Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales (Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 80/05–C.S.), con una carga horaria de 280 horas anuales.
Licenciatura en Artes Plásticas (Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 10/81–R.) con una carga horaria de 280 horas anuales. En los cuales se explicita: PERFIL DE LOS TÍTULOS: Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales (Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 80/05–C.S.) con carga horaria de 280 horas anuales. Al finalizar la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, se espera que el egresado esté en condiciones de: • Utilizar creativa y eficazmente, en el ejercicio de la docencia, las competencias propias del quehacer de las Artes Visuales. • Identificar las principales problemáticas y desafíos de la enseñanza de las Artes Visuales, en los distintos Niveles, ciclos y Modalidades del Sistema Educativo, en Educación Artística (Regímenes Especiales) y Educación No Formal, adecuándose al contexto regional y con apertura universal. • Conocer las categorías estéticas y sus contextos socio-históricos, para posibilitar el análisis de las producciones artísticas visuales, ejerciendo una reflexión críticovalorativa de las mismas. • Planificar e implementar situaciones didácticas variadas, sustentadas en el dominio de los contenidos de la enseñanza de las Artes Visuales, su relación con las otras áreas del conocimiento escolar y las características evolutivas de los alumnos a su cargo, respetando la diversidad de los contextos. • Manifestar actitudes personales y conocimientos psicopedagógicos básicos y artísticos visuales necesarios para establecer con los estudiantes la relación de empatía requerida por el proceso de enseñanza• aprendizaje. • Analizar e interpretar los resultados de su trabajo, siendo capaz de modificarlos para mejorar la calidad de los aprendizajes de los alumnos, reconociendo lo provisorio del conocimiento, con actitudes crítico-reflexivas y de honestidad intelectual. • Desarrollar actitudes favorables a la permanente capacitación, actualización y perfeccionamiento en los aspectos referidos a sus saberes específicos, habilidades artísticas y al ejercicio del rol docente, incorporando los procesos y metodologías de investigación para el enriquecimiento personal y social. • Asumir actitudes de compromiso y respeto por la diversidad cultural, la equidad social, la producción cooperativa y en equipo, valorando la importancia de las producciones artístico-visuales propias y ajenas, por su contribución a la construcción del mundo de la cultura.
Licenciatura en Artes Plásticas (Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 10/81–R.) con carga horaria de 280 horas anuales. Al finalizar la carrera de Licenciatura en Artes Plásticas el egresado puede realizar su ejercicio profesional en forma libre a través de la actividad artística personal, en galerías de arte, en muestras artísticas y artesanales, en departamentos de cultura y museos de arte. También participa en forma interdisciplinaria en el campo del diseño, arquitectura y dibujo publicitario. Un campo importantísimo es la enseñanza a través de la docencia en los distintos niveles de enseñanza y a través de talleres particulares para niños, adolescentes y adultos. Actividad artística personal en las especialidades de escultura, pintura, de grabado, etc. Investigación en las artes plásticas, en medios de comunicación visual, problemas de visión etc.
Resol. N.º 120
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR:
El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecidas en el Art.62 del Anexo único de la Ordenanza Nº 05/2019- C.D. – FAD, según se detallan a continuación: El Profesor Titular constituye la máxima jerarquía de profesor ordinario que tiene a su cargo la coordinación de la gestión académica de la cátedra y, por tanto, le compete la responsabilidad de la enseñanza e investigación que en ese ámbito se realicen.
Funciones de Profesor Titular: - Organizar la labor de la cátedra en acuerdo con sus pares del equipo de cátedra, organizando y supervisando el desempeño del mismo, tendiendo al mejoramiento continuo de la enseñanza y a la formación de docentes e investigadores en el marco de los lineamientos acordados con la Dirección de Carreras. - Elaborar anualmente el programa de la asignatura. - Dictar las clases correspondientes estipuladas en los planes y programas vigentes y en los horarios establecidos. - Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. - Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación. - Participar en las actividades y reuniones de la Dirección a la que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. - Actuar en las comisiones en las que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. - Informar a la Dirección de Carreras hasta el 30 de abril de cada año el plan anual de labor que la cátedra concretará durante el año académico. - Evaluar e informar, según se establece en la presente reglamentación, a la Dirección de Carreras a la que pertenece su cátedra, el desempeño de los docentes a su cargo, así como también las actividades académicas realizadas durante el año. - Colaborar en actividades de posgrado, extensión o dirigidas a graduados en las que se requiera su participación mediando solicitud de autoridad universitaria competente. - Realizar actividades de investigación científica, técnica o artística, conforme al plan anual de labor de la cátedra y los lineamientos propuestos por la Facultad y Universidad a tal efecto, según dedicación. - Realizar reuniones con su equipo de cátedra a fin de analizar en conjunto la marcha de actividades de enseñanza, los reajustes en la programación, la evaluación de los estudiantes, los trabajos prácticos, etc. - Coordinar la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra. - Realizar en conjunto con el Profesor Asociado y Adjunto la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra. - Orientar y supervisar la elaboración, implementación y evaluación de trabajos prácticos. - Acordar con los profesores asociados y adjuntos la realización de tareas relacionadas con la elaboración de exámenes parciales y su posterior evaluación y recuperación.
Resol. N.º 120
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: MIEMBROS TITULARES:
Profesora Titular Ordinaria “Oficio y Técnicas de las Artes Visuales (OTAV) Dibujo niveles I FERNÍCOLA, Ana María. a III. IUNA. Depto. Artes Visuales “P. Pueyrredón”. Desde 4/ ’02 y continúa. Resolución IUNA Nº 149/ ‘01.
FORCADA, María de los Prof. Titular (E) EFECTIVO “Dibujo I”, de las Carreras de Artes Visuales, FAD, UNCuyo. Ángeles S/Resol.:44/12-C.S.
Profesor Titular (Se) EFECTIVO “Dibujo II”, “Optativa Grupo I: Dibujo II” de las Carreras FERRARESE, Ana Inés. de Artes Visuales y Dibujo III de las Carreras de Cerámica, FAD, UNCuyo. S/Resol.:709/18-C.S
MIEMBROS SUPLENTES:
Especialista Docente Titular Regular – “Artes Plásticas y Técnico Medios Audiovisuales y Fotografía”. CHRISTENSEN, Célica Facultad de Artes y Diseño – Universidad Nacional de Misiones
Prof. Titular (Se) EFECTIVO “Taller I: Pintura”, “Taller II: Pintura”, “Taller I para PGU: MOLINA, José Luis Ramón. Pintura” y “Taller II para PGU: Pintura” Carreas de Artes Visuales, FAD, UNCuyo. Prof. Emérito JUBILADO “Taller de Rotación I y II: Pintura”, Carreras de Artes Visuales. “Dibujo 2”, Carreras de Cerámica. “Dibujo y Pintura escenográfico I”, Carreras de Artes GONZÁLEZ, Eduardo del espectáculo; Carreras de Artes Visuales, FAD, UNCuyo. Profesor Titular Exclusivo Efectivo s/Resol.: 398/17-C.S Profesor Emérito s/ Resol.:96/20-C.S.
ARTÍCULO 5°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N.º 120
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CD-2022-RES-119 29/04/2022 (Carga: 29/04/2022) |
MENDOZA, 29 de abril de 2022
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 7372/21 caratulado: “Moyano Graffigna, Marta Isabel s/ solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Profesor Adjunto (S) Asig: "Taller Color Cerámico" Carreras Cerámica FAD” .
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “
ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado para todos los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. 197 y 198/2021 C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 23/10 C.S.
Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa de la Prof. Marta Isabel MOYANO GRAFFIGNA, se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 26 de abril de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, para el dictado de la asignatura “Taller Color Cerámico”, que se cursa en las Carreras de Cerámica de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso:
Publicación: desde el ONCE (11) al QUINCE (15) de mayo de 2022.
Inscripción: DIECISÉIS (16), DIECISIETE (17) Y DIECINUEVE (19) de mayo de 2022; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.arla documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad- , Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.).
Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta.
Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado.
Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes: los días VEINTE (20) y VEINTITRÉS (23) de mayo de 2022, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.aren horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Las expectativas de logro y los descriptores de la mencionada asignatura son:
Taller de Color Cerámico
El Taller de Color Cerámico constituye una herramienta fundamental para la educación formal que imparte la institución. No sólo apoya a los espacios curriculares troncales para su desarrollo práctico sino que mantiene al alumnado en permanente contacto con parte de los procesos de la industria cerámica. Este taller estimula al alumnado a ahondar sobre los procesos inherentes a la producción cerámica tanto industrial como de taller, y le otorga por tanto, valiosas herramientas para el desarrollo de su perfil profesional, al lograr una formación completa y adecuada.
Objetivos generales: • Apoyar toda actividad curricular según los sistemas de producción artística, artesanal e industrial desarrollada en el marco de la educación formal Impartida por el Grupo de Carreras de Cerámica. • Apoyar el sistema de elaboración industrial del Taller de Producción. Objetivos específicos: • Asesorar al alumnado, en interacción con las cátedras, en la realización de actividades curriculares de “Modelado y Color Cerámico I, II y III", “Taller Cerámico I, II, III y IV”, "Técnica y Práctica Cerámica I, II y III" y "Diseño Cerámico I, II” y en lo concerniente a la aplicación del color y sus respectivas técnicas de decoración. • Implementar la investigación y desarrollo de pigmentos y esmaltes cerámicos especiales. De baja y alta temperatura. • Estimular la investigación y desarrollo técnicas serigráficas para esculturas y productos industriales. • Planificar el uso de las instalaciones dando prioridad en todos los casos a las actividades académicas. Formación de recursos humanos: Disciplinas y/o áreas del conocimiento y la práctica que intervendrán: • Diseño Cerámico I, II y III • Modelado y Color Cerámico I, II y III • Taller Cerámico I, II, III y IV • Técnica y Práctica Cerámica I, II y III • Taller de Producción
FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES: Los aspirantes deberán poseer formación académica y experiencia relacionada al espacio extracurricular que se concursa: “Taller de Color Cerámico”. Además, deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma. Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación al perfil profesional que se pretende formar en las carreras Licenciatura en Cerámica Industrial, Licenciatura en Cerámica Artística y Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística. FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR:
El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecida en el Art.64 del Anexo único de la ordenanza Nº 5/19–CD–FAD, según se detallan a continuación: El Profesor Adjunto constituye la jerarquía académica que sigue a la del Profesor Asociado. Depende del Profesor Titular de la cátedra y colabora en la coordinación y ejecución de las actividades del sector académico correspondiente.
Funciones del Profesor Adjunto. • Acordar con el Profesor Titular y Asociado el plan anual de la cátedra. • Colaborar anualmente con la elaboración del programa de la asignatura. • Dictar las clases correspondientes estipuladas en los planes y programas vigentes y en los horarios establecidos. • Reemplazar al Profesor Titular o Asociado, en el desempeño de la cátedra en caso de ausencia temporaria • Colaborar en todo lo concerniente a las tareas inherentes a la cátedra (docencia, investigación, extensión) armonizando con el Profesor Titular las tareas y propuestas necesarias para el logro de los fines de la misma • Concurrir a las clases teóricas dictadas por el Profesor Titular o Asociado cuando estos lo consideren necesarios. • Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. • Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación. • Participar en las actividades y reuniones de la Dirección a la que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. • Actuar en las comisiones en que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. • Colaborar en actividades de posgrado, extensión o dirigidas a graduados en las que se requiera su participación mediando solicitud de autoridad universitaria competente. • Realizar actividades de investigación científica, técnica o artística, conforme al plan anual de la cátedra y los lineamientos propuestos por la Facultad y Universidad a tal efecto. • Asistir a las reuniones con su equipo de cátedra con objetivos de optimizar la gestión de enseñanza. • Ocuparse de la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra, según lo acordado con el Profesor Titular. • Realizar en conjunto con el Profesor Titular y asociado la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra. • Ocuparse de las tareas relacionadas a la elaboración de exámenes parciales y su posterior evaluación y recuperación según lo acordado con el Profesor Titular y el Asociado de la cátedra.
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: Miembros Titulares: Profesor Adjunto efectivo, “Taller I y II de Escultura” – Facultad de Artes y Diseño – CAMBA, Marcela Beatriz Universidad Nacional de Cuyo Jefe de Trabajos Prácticos, efectivo. “Taller Cerámico III” – Facultad de Artes y MARQUET, María Clara Diseño – Universidad Nacional de Cuyo Adjunto efectivo en Tecnología de Pastas y Esmaltes Docente Titular Regular - Exclusiva. “Integración Cultural”, “Pensamiento Proyectual” DORMOND, Andrea Martha – Facultad de Arte y Diseño. UNaM
Miembros Suplentes: Profesor Emérito, Jubilado, Taller de Rotación I y II: Pintura – Facultad de GONZÁLEZ, Eduardo Alberto Artes y Diseño – Universidad Nacional de Cuyo Profesor Adjunto efectivo cátedra “Taller Cerámico I” y “Modelado y Color MANCHENTO, Adrián Walther Cerámico I” – Facultad de Artes y Diseño – Universidad Nacional de Cuyo.
Especialista. Docente a cargo Taller de Cerámica y Escultura -Departamento de Arte, Secretaria de extensión y Desarrollo – Universidad Nacional de Río MUÑOZ, Jacinto Cuarto.
ARTÍCULO 5°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 119
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CD-2022-RES-118 29/04/2022 (Carga: 29/04/2022) |
MENDOZA, 29 de abril de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7848/21 caratulado: “GARCIA, Celia Elizabeth s/ solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Profesor Titular (SE) Asig: "Historia del Arte II e Historia del Arte Medieval" Carreras de Artes Visuales FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el Acta de Cierre de Inscriptos figura como única postulante: Prof. Celia Elizabeth GARCÍA.
Que mediante VAR-CUY: 44261/22 consta el Acta Final elaborada por la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso y en la misma propone la designación de la Prof. Celia Elizabeth GARCÍA.
Que mediante VAR-CUY: 48829/22 el Departamento de Concursos informa que se ha llevado a cabo la notificación del acta propuesta por la Comisión Asesora. Asimismo, destaca que habiendo transcurrido el plazo para la presentación de recursos, no se han manifestado impugnaciones a la decisión del jurado.
Que por otra parte, la Dirección de Personal informa que la Prof. GARCÍA revista en esta dependencia en los cargos de:. Profesor Titular (SE), interina, para el dictado de las asignaturas “Historia del Arte II” e “Historia del Arte Medieval” y Profesor Titular (S) para el dictado de la asignatura “Historiografía de la Historia del Arte”, todas correspondientes a las Carreras de Artes Visuales. Además, informa que correspondería la baja del primer cargo interino que se menciona; al momento de la efectivización del mismo, por tratarse de la misma asignatura.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 26 de abril de 2022.
Por ello y atento lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de Concursos (ordenanza N° 23/10-C.S.),
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 197/21-C.D. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas “Historia del Arte II” e “Historia del Arte Medieval” que se cursan en las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S., estableciendo el siguiente orden de méritos: 1º.- Celia Elizabeth GARCÍA.
ARTICULO 2°.- Auspiciar ante el Consejo Superior la designación con carácter efectivo de la Prof. Celia Elizabeth GARCÍA (Legajo Nº 24.428 – CUIL n° 27-17640530-4) en el cargo y funciones objeto del presente concurso.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 118
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