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CD-2021-RES-139 10/11/2021 (Carga: 10/11/2021) |
MENDOZA, 10 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 28188/21 caratulado: “S/ Solicitud prórroga designación interina Prof. ATENCIO, Nuria en Cargo de Prof. Adjunto (SE) cátedra "Actuación I" - FAD”
CONSIDERANDO:
Que la presente prórroga de designación corresponde al cargo cubierto mediante selección de Instructivo aprobado por la ordenanza N° 2/20-CD y que a la fecha se ha cumplido con los 6 meses que estipula la mencionada normativa.
Los informes producidos por Dirección de Personal, Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina del Personal Docente cuyo cargo fue cubierto mediante ordenanza N° 2/20-CD, desde el UNO (1) de noviembre hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, siempre que antes el mismo no sea provisto mediante concurso, en el cargo y funciones de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO ÚNICO que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5o considerando de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 139
ANEXO ÚNICO PRÓRROGA DE DESIGNACIÓN INTERINA DOCENTE INGRESADA POR ORD. N° 02/20–C.D.
DESDE 01/11/2021 HASTA 31/12/2021
LEGAJO CUIL APELLIDO Y NOMBRES CARGO DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR CARRERAS
34546 27-24370492-3 ATENCIO, Nuria Profesor Adjunto Semiexclusiva Actuación I Artes del Espectáculo
RESOLUCIÓN N° 139
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CD-2021-RES-138 10/11/2021 (Carga: 10/11/2021) |
MENDOZA, 10 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 11026/21 caratulado: s/Solicitar autorización para la convocatoria al “Concurso para la Cobertura de Cargos Docentes Interinos” Ord Nº 1/2020 a un cargo de Prof. Adjunto con dedicación S.E, para cumplir funciones en INTRODUCCIÓN AL DISEÑO. Carrera Industrial. FAD.”.
CONSIDERANDO: Que mediante Acta VAR-CUY Nº 92630/21 figuran los siguientes postulantes inscriptos: TORNELLO, Julieta; CHABRIER, Juan José; QUINTEROS BAEZ, Julio Roberto; GALARZA, María Florencia; AMICI, Italo Ricardo; PONCE, Micaela; NASSIVERA, María Eugenia; GALLERANO, Silvia Susana; BOND, Álvaro Matías. Que sustanciado el mismo, la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso, se expidió mediante acta fechada el día 15 de octubre de 2021, resolviendo en primer lugar que en el caso de los postulantes Micaela PONCE y Álvaro Matías BOND, quedan excluidos de la mencionada convocatoria, al no presentar propuesta docente, cuyo requisito era excluyente; y en segundo lugar y en virtud de los antecedentes evaluados y de las entrevistas realizadas propuso el siguiente orden de méritos: 1- QUINTEROS BAEZ, Julio Roberto; 2- GALLERANO, Silvia Susana; 3CHABRIER, Juan José; 4- TORNELLO, Julieta.
Que por otra parte, en los casos de los postulantes GALARZA, María Florencia; AMICI, Italo Ricardo y NASSIVERA, María Eugenia no figuran en el orden de méritos mencionado precedentemente por haber obtenido puntajes menores a los 40 puntos que exige la reglamentación. Que se han cumplimentado con normalidad todas las instancias concursales previstas en la reglamentación vigente y no se han presentado impugnaciones a la decisión del Jurado.
Que, Dirección de Personal informa que el Prof. QUINTEROS BAEZ registra situación de revista en esta dependencia en los cargos de: 1.- Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, interina, para cumplir funciones en el espacio curricular “Diseño de Productos II”, y 2.- Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, reemplazante, con funciones en “Introducción al Diseño” de las Carreras de Diseño. Por otra parte, aclara que correspondería la baja en este último cargo, por tratarse de funciones en la misma asignatura. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Lo dispuesto por este Cuerpo en sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
Resol. N° 138
ARTÍCULO 1º.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de diciembre de 2021 la designación, con carácter de reemplazante, del D.I. Julio Roberto QUINTEROS BAEZ (Legajo nº 32.554 – CUIL Nº 20-27550522-7) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, para cumplir funciones en la asignatura “Introducción al Diseño” de las Carreras de Diseño, quien fuera designado mediante resolución nº 467/21-FAD.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 75/21-C.D., para proveer UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva, interino, para el dictado de la asignatura “Introducción al Diseño” de las Carreras de Diseño de esta Facultad; estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1- QUINTEROS BAEZ, Julio Roberto; 2- GALLERANO, Silvia Susana; 3CHABRIER, Juan José; 4- TORNELLO, Julieta.
ARTÍCULO 3°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres QUINTEROS BAEZ, Julio Roberto Documento Único 27.550.522 CUIL o CUIT 20-27550522-7 Legajo N° 32.554
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Adjunto Dedicación Semiexclusiva Condición Interino
Término de la designación Desde UNO (1) de diciembre de 2021 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Introducción al Diseño”
ARTÍCULO 4°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 2 Ingeniería y Tecnología Subdisciplina: 4 8 Ingeniería Industrial Especialidad: 9 9 Introducción al Diseño
ARTÍCULO 5°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 153 Diseñador Industrial 100% Porcentaje total 100%
3
ARTÍCULO 6°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependen- Fuente de Sub– Participación cia o Financiamient Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Dependencia Porcentual Apartado o 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 807 Profesor Adjunto con dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 8°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos y a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTICULO 9º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 6to.considerando de la presente.
ARTICULO 10º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 138
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CD-2021-RES-137 10/11/2021 (Carga: 10/11/2021) |
MENDOZA, 10 de noviembre del 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7385/21 caratulado: “RIGHI, Valeria s/ solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov ) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Ayudante de 1ra. categoría (S) Asig: "Taller de Matricería y Molderia"Carreras de Cerámica -FAD-“.
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “
ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado para todos los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. 197 y 198/2021 C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 32/95-C.S.
Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa de la Prof. Valeria RIGHI, se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo deAyudante de Primera con dedicación simple, para cumplir funciones en el "Taller de Matricería y Molderia",que se cursa en las Carreras de Cerámica de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación: desde el DOCE (12) al DIECISÉIS (16) de noviembre de 2021. Inscripción: desde el DIECISIETE (17) al DIECINUEVE (19) de noviembre de 2021; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.arla documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad- , Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes: los días VIENTIDÓS (22) y VEINTITRÉS (23) de noviembre de 2021, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.aren horario de 9 a 12 h.
Resol.Nº 137
ARTÍCULO 3°.- Los objetivos generales y específicos del Tallerson: Taller de Matricería y Moldería El Taller de Matricería y Moldería constituye una herramienta fundamental para la educación formal que imparte la institución. No sólo apoya a los espacios curriculares troncales para su desarrollo práctico sino que mantiene al alumnado en permanente contacto con parte de los procesos de la industria cerámica. Este taller estimula al alumnado a ahondar sobre los procesos inherentes a la producción cerámica tanto industrial como de taller, y le otorga por tanto, valiosas herramientas para el desarrollo de su perfil profesional, al lograr una formación completa y adecuada. Disciplinas y/o áreas del conocimiento y la práctica que intervendrán: Espacios curriculares medulares: • Diseño Cerámico I, II y III • Modelado y Color Cerámico I, II y III • Taller Cerámico I, II, III y IV • Técnica y Práctica Cerámica I, II y III • Taller de Producción Objetivos generales: Apoyar toda actividad curricular según los sistemas de producción artística, artesanal e industrial desarrollada en el marco de la educación formal impartida por el Grupo de Carreras de Cerámica. Apoyar el sistema de elaboración industrial del Taller de Producción. Objetivos específicos: Asesorar al alumnado, en interacción con las cátedras, en la realización de actividades curriculares de "Modelado y Color Cerámico I, II y III", "Taller Cerámico I, II, III y IV", "Técnica y Práctica Cerámica I, II y III"y "Diseño Cerámico I, II y III"; en lo concerniente a tallado de matrices y moldes. Interactuar con las cátedras mencionadas facilitando al alumno la realización de matrices y moldes en el ámbito del "Taller de Matricería y Moldería". Implementar la investigación y desarrollo de matrices y moldes en materiales tales como resina, caucho, látex y otros. Estimular la investigación y desarrollo de matrices en ABS a través de impresoras 3D. Planificar el uso de las instalaciones dando prioridad en todos los casos a las actividades académicas. FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES: Los aspirantes deberán poseer formación académica y experiencia relacionada al espacio extracurricular que se concursa: “Taller de Matricería y Moldería”. Además, deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma. Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación al perfil profesional que se pretende formar en las carreras Licenciatura en Cerámica Industrial, Licenciatura en Cerámica Artística y Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística. Resol.Nº 137
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR: El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecida en el Art.67 del Anexo único de la ordenanza Nº 5/19–CD–FAD, según se detallan a continuación: El Auxiliar de Primera Categoría y Segunda Categoría.Son los integrantes del equipo de cátedra con jerarquía inmediata inferior al Jefe de Trabajos Prácticos, dependen directamente del Profesor Titular y/o Asociado y Adjunto colaboran armónicamente con el restante personal del Equipo en todas las actividades inherentes a la misma.
Funciones del Auxiliar de Primera y Segunda Categoría
• Colaborar, como asistente del Profesor Titular, Asociado, Adjunto o Jefe de Trabajos Prácticos, en la realización de todas las tareas de carácter docente, de extensión o investigación de acuerdo a las indicaciones del Profesor Titular. • Asistir a las clases teóricas y/o prácticas según lo indicado por el Profesor Titular o Asociado o adjunto. • Asistir si fuera convocado por el Director de Carreras a los exámenes de la cátedra formando parte del Tribunal Examinador. • Colaborar en las tareas de carácter administrativo de la cátedra que le encomiende el Profesor Titular. • Asistir a los horarios de consulta en los horarios estipulados. • Realizar búsqueda, fichaje, referencia de bibliografía y presentar informes sobre material bibliográfico según pedido del Profesor Titular. • Toda otra actividad que el Profesor Titular, Asociado o Adjunto consideren pertinentes.
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: Miembros Titulares: Jubilado. Profesor Adjunto con dedicación semiexlcusiva, para el GROBA, Héctor Oscar dictado de las asignatura "Modelado y Color Cerámico I", en las Carreras de Cerámica – Facultad de Artes y Diseño.
Jefe de Trabajos Prácticos en la cátedra “Tecnología Cerámica II” en GONZÁLEZ, Laura Gladys las Carreras de Cerámica – Facultad de Artes y Diseño.
Profesor Titular efectivo, cátedra “Técnica y Práctica Cerámica III” en MOM, Patricia las Carreras de Cerámica – Facultad de Artes y Diseño.
Miembros Suplentes: Profesor Adjunto efectivo, cátedra “Taller Cerámico I” y “Modelado y MANCHENTO, Adrián Walther Color Cerámico I” en las Carreras de Cerámica – Facultad de Artes y Diseño.
Profesor Titular efectivo, cátedra “Técnica y Práctica Cerámica I y SUCH, Esteban Gabriel III”, en las Carreras de Cerámica – Facultad de Artes y Diseño.
Profesor Titular efectivo, cátedra “Técnica y Práctica Cerámica II”, DÍAZ, Carlos Eliseo en las Carreras de Cerámica – Facultad de Artes y Diseño.
ARTÍCULO 5°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 10º considerando de la presente. Resol.Nº 137
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 137
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FA-2021-RES-580 9/11/2021 (Carga: 9/11/2021) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 28964/21 caratulado: “Arias, Lourdes Yémina s/Solicitud acreditación materias optativas. FAD”.
CONSIDERANDO:
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Lourdes Yamina ARIAS (Registro N° 18557) las asignaturas “Relación Médico-Paciente I” con una carga horaria de SETENTA (70) horas; “Medicina, Hombre y Sociedad” con una carga horaria de CUARENTA (40) horas, y “Bioestadística y Demografía” con una carga horaria de CUARENTA (40) horas, por un total de CIENTO CINCUENTA (150) horas en calidad de Materias Optativas de Profundización o Vocacional perteneciente a la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro de las Carreras Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 580
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FA-2021-RES-579 9/11/2021 (Carga: 9/11/2021) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 30465/21 caratulado: “s/ Solicitud acreditación de cursos optativos Jaque, Antonela - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Antonela Oriana JAQUE (Registro N° 26124) TRESCIENTOS VEINTIDÓS (322) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 579
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FA-2021-RES-578 9/11/2021 (Carga: 9/11/2021) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 26410/21 caratulado: “María Emilia Miralles s/ Informar dirección Práctica Profesional - FAD. ”.
CONSIDERANDO:
Lo aconsejado por Secretaría Académica y de la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°. – Autorizar la realización de la “Práctica Profesional” de la alumna María Emilia MILLARES DI CESARE (Registro Nº 26522) de la carrera de Licenciatura en Arte Dramático correspondiente a las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 578
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CD-2021-RES-136 9/11/2021 (Carga: 9/11/2021) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 7383/21 caratulado: “GALDAMES, Jorge Alejandro s/ solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov ) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Profesor Titular (SE) Asig: "Química Gral"-"Química I optativa"- "Física Aplicada a la Cerámica"-"Tecnología del Calor-FAD- ”
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “
ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado sólo para los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general resoluciones Nº 197 y 198/21-C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 23/10 C.S.
Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa del Prof. Jorge Alejandro GALDAMES, figura en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas: "Química General", "Química I” (Optativa), "Física Aplicada a la Cerámica" y "Tecnología del Calor” que se cursa en las Carreras de Cerámica de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso:
Publicación: desde el DOCE (12) al DIECISÉIS (16) de noviembre de 2021.
Inscripción: desde el DIECISIETE (17) al DIECINUEVE (19) de noviembre de 2021; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.ar la documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad- , Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.).
Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta.
Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado.
Vistas de los antecedentes presentados por el/los postulante/s: los días VEINTIDÓS (22) y VEINTITRÉS (23) de noviembre de 2021, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.ar en horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Las expectativas de logro y los descriptores de la mencionada asignatura son: Química General
Perteneciente a 1er año de la carrera: Licenciatura en Cerámica Artística, con una carga horaria de 84 horas anuales. De acuerdo con la ordenanza Nº 10/09-C.S que aprueba el Plan de Estudio de la carrera, se detalla las siguientes:
Expectativas de logro: • Introducir a los principios de la Química General. • Integrar los conocimientos, leyes y principios de la química para resolver problemas inherentes al área cerámica.
Descriptores:
Los elementos y sus combinaciones. Átomo. Molécula. Notaciones. Formulas y ecuaciones químicas. Compuestos oxigenados. Soluciones. Tipos de disoluciones. Concentración. Solubilidad. Propiedades. Presión de vapor. Punto de congelación y de ebullición. Electrolito y no electrolito. Electrolisis. Estado coloidal. Oxidación y reducción. Cinética química. Velocidad de reacción. Equilibrio químico y equilibrio iónico. Química I (Optativa)
Perteneciente a la carrera: Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística, con una carga horaria de 45 horas anuales. De acuerdo con la ordenanza Nº 40/95-C.S que aprueba el Plan de Estudio de la carrera, se detalla las siguientes:
Expectativas de logro: • Introducir a los principios de la Química General. • Integrar los conocimientos, leyes y principios de la química para resolver problemas inherentes al área cerámica. Descriptores:
Los elementos y sus combinaciones. Átomo. Molécula. Notaciones. Formulas y ecuaciones químicas. Compuestos oxigenados. Soluciones. Tipos de disoluciones. Concentración. Solubilidad. Propiedades. Presión de vapor. Punto de congelación y de ebullición. Electrolito y no electrolito.. Electrolisis. Estado coloidal. Oxidación y reducción. Cinética química. Velocidad de reacción. Equilibrio químico y equilibrio iónico.
Física Aplicada a la Cerámica
Perteneciente a XX año de la carrera: Licenciatura en Cerámica Industrial, con una carga horaria de 84 horas anuales. De acuerdo con la ordenanza Nº 10/09-C.S que aprueba el Plan de Estudio de la carrera, se detalla las siguientes: Expectativas de logro:
• Conocer los fenómenos físicos que sirvan para la comprensión y el estudio del proceso cerámico. • Introducir al análisis matemático. • Seleccionar variables y sus relaciones de dependencia, en problemas concretos de la especialidad. Descriptores:
• Introducción al Análisis matemático: Funciones. Derivadas. Integrales. Cálculo. • Unidades y errores: Magnitudes. Mediciones. Error absoluto. Error relativo. • Estática y elasticidad: Fuerzas. Momento. Centro de gravedad. Coeficientes. Tracción, corte, compresión, flexión, torsión. • Cinemática. Velocidad y aceleración. Dinámica: trabajo y energía. Hidrostática e hidrodinámica: Densidad. Presión. Determinación de densidades. Aplicaciones. Viscosidad. Termometría y calorimetría: Dilatación lineal, superficial y cúbica. Cantidad de calor. Calor especifico. Calor de fusión y de vaporización. Física Aplicada a la Cerámica (Optativa)
Perteneciente a las carreras: Licenciatura en Cerámica Artística y Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística, con una carga horaria de 84 y 60 horas anuales, respectivamente. De acuerdo con las ordenanzas Nº 4/09–C.S. y 40/95-C.S, que aprueban los Planes de Estudio de las carreras mencionadas, se detalla las siguientes: Expectativas de logro:
• Conocer los fenómenos físicos que sirvan para la comprensión y el estudio del proceso cerámico. • Introducir al análisis matemático. • Seleccionar variables y sus relaciones de dependencia, en problemas concretos de la especialidad. Descriptores:
• Introducción al Análisis matemático: Funciones. Derivadas. Integrales. Cálculo. • Unidades y errores: Magnitudes. Mediciones. Error absoluto. Error relativo. • Estática y elasticidad: Fuerzas. Momento. Centro de gravedad. Coeficientes. Tracción, corte, compresión, flexión, torsión. • Cinemática. Velocidad y aceleración. Dinámica: trabajo y energía. • Hidrostática e hidrodinámica: Densidad. Presión. Determinación de densidades. • Aplicaciones. Viscosidad. Termometría y calorimetría: Dilatación lineal, superficial y cúbica. Cantidad de calor. Calor especifico. Calor de fusión y de vaporización.
POR EXTENSIÓN:
Tecnología del Calor
Perteneciente a 4to año de la carrera: Licenciatura en Cerámica Industrial, con una carga horaria de 112 horas anuales. De acuerdo con la ordenanza Nº 4/09-C.S que aprueba el Plan de Estudio de la carrera, se detalla las siguientes: Expectativas de logro: • Introducir a la termodinámica y a los principios que la rigen. • Conocer, comprender y aplicar los principios termodinámicos a los procesos cerámicos.
Descriptores:
• Sistemas termodinámicos: cerrado y abierto. Equilibrios. Principios de la termodinámica. Gases ideales gases reales. Ciclos. Entropía. • Ecuaciones químicas. Espontaneidad. Tipos de vapor. Diagramas de fases. Regla de las fases. Triángulos de composición binarios y ternarios. • Procesos fisicoquímicos de secado. Hornos eléctricos. Hornos a gas. Cálculo de hornos.
Formación y antecedentes exigidos a los aspirantes
Los aspirantes deberán poseer formación académica y experiencia relacionada al espacio curricular que se concursa: “Química General”, “Química I” (Optativa), “Física Aplicada a la Cerámica”, “Física Aplicada a la Cerámica” (Optativa) y “Tecnología del Calor”. Además, deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma. Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación al perfil profesional que se pretende formar en las carreras Licenciatura en Cerámica Industrial,Licenciatura en Cerámica Artística y Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística, según inciso 4 - Anexo Único de las ordenanzas Nº 10/09-C.S., 4/09– C.S. y 40/95–C.S. para sus Planes de estudio, en los cuales se explicita que:
Al finalizar la carrera de Profesorado de Grado Universitario de Cerámica Artística, se espera que el egresado esté en condiciones de: • Desarrollar capacidades y competencias, habilidades y destrezas, en el manejo de los procesos cerámicos según los sistemas de producción artesanal y artístico, incluyendo otros tipos de materiales, soportes y herramientas acordes a la expresión, comunicación y cualidades estéticas. • Adquirir y desarrollar competencias y capacidades didácticas- pedagógicas centradas en tres ejes: expresión, comunicación y cualidades estéticas de las producciones artesanales y artísticas, en interacción e interrelación con el entretejido histórico-social-cultural y ético estético.
• Utilizar creativa y eficazmente, en el ejercicio de la docencia, las competencias propias del quehacer de la Cerámica Artística. • Identificar las principales problemáticas y desafíos de la enseñanza de la Cerámica Artística, en los distintos niveles, ciclos y modalidades del Sistema Educativo, en Educación Artística (Regímenes Especiales) y Educación No Formal, adecuándose al contexto regional y con apertura universal. • Conocer las categorías estéticas y sus contextos socio-históricos, para posibilitar el análisis de las producciones cerámicas, ejerciendo una reflexión crítico-valorativa de las mismas. • Planificar e implementar situaciones didácticas variadas, sustentadas en el dominio de los contenidos de la enseñanza de la Cerámica, su relación con las otras áreas del conocimiento escolar y las características evolutivas de los alumnos a su cargo, respetando la diversidad de los contextos. • Manifestar actitudes personales y conocimientos psicopedagógicos básicos y artísticos necesarios para establecer con los estudiantes la relación de empatía requerida por el proceso de enseñanza- aprendizaje. • Analizar e interpretar los resultados de su trabajo, siendo capaz de modificarlos para mejorar la calidad de los aprendizajes de los alumnos, reconociendo la provisoriedad del conocimiento, con actitudes crítico-reflexivas y de honestidad intelectual. • Desarrollar actitudes favorables a la permanente capacitación, actualización y perfeccionamiento en los aspectos referidos a sus conocimientos específicos,habilidades artísticas y al ejercicio del rol docente, incorporando los procesos y metodologías de investigación para el enriquecimiento personal y social. • Asumir actitudes de compromiso y respeto por la diversidad cultural, la equidad social, la producción cooperativa y en equipo, valorando la importancia de las producciones cerámicas propias y ajenas, por su contribución a la construcción del mundo de la cultura. El Licenciado en Cerámica Artística formado a nivel de grado universitario tiene conocimientos, competencias y habilidades propios de este profesional sobre la base del presente Plan de Estudio, que comprende:
• Conocimiento acerca de proyectos artísticos cerámicos, que puede incluir o no otros materiales y/o soportes, en función de las necesidades expresivas, estéticas, comunicacionales, y/o artísticas. • Conocimiento de las diversas categorías estéticas construidas en relación al contexto socio-histórico. • Capacidad para analizar críticamente producciones artísticas cerámicas. • Capacidad para investigar en proyectos artísticos vinculados al campo de la cerámica. • Capacidad para analizar e interpretar los resultados de su producción personal, desarrollando actitudes critico-reflexivas.
• Capacidad para gestionar culturalmente proyectos artísticos cerámicos. • Capacidad para intervenir y planificar el sistema de circulación y exposición de la obra cerámica. • Capacidad para intervenir en la preservación, conservación y restauración de objetos cerámicos artísticos. • Aptitud para asumir actitudes de compromiso y respeto por la diversidad cultural, desde la valoración de las producciones artísticas locales en relación al contexto internacional y su contribución en la dinámica de la construcción del mundo de la cultura. • Capacidad para trabajar en equipos interdisciplinarios. • Conocimiento de las capacidades artísticas, tecnológicas y de investigación aplicadas a la producción cerámica. • Capacidad para experimentar e innovar en proyectos artísticos. El Licenciado en Cerámica Industrial, formado a nivel de grado universitario, tiene conocimientos, competencias y habilidades propios de este profesional, sobre la base del presente Plan de Estudio, que comprende: • Conocimientos básicos en disciplinas científicas, técnicas y humanísticas. • Competencias básicas en técnicas de creativamente. • Conocimientos y habilidades para el diseño y desarrollo de productos cerámicos, participando en todas las etapas del proceso proyectual. • Capacidad para intervenir en desarrollos tecnológicos de materiales y productos cerámicos. • Capacidad para determinar, calificar y hacer uso de minerales, rocas y otras materias primas de origen natural o sintético que apliquen a la producción cerámica. • Capacidad para controlar y optimizar los procesos específicos de los distintos sectores productivos cerámicos. • Capacidad para asesorar en la organización y desarrollo de líneas productivas de todos los sectores industriales y/o artesano/industriales cerámicos. • Capacidad para investigar y desarrollar productos cerámicos innovadores. • Capacidad para asesorar técnica y proyectualmente en emprendimientos de conservación e investigación del patrimonio histórico cultural cerámico. • Conocimientos actualizados de los avances de la tecnología de materiales cerámicos, los procesos productivos, las innovaciones en el campo de la decoración seriada, entre otros. • Habilidades para integrar aspectos creativamente, científicos, técnicos, tecnológicos y estéticos relacionados con la Cerámica Industrial. • Capacidad para la integración de aspectos funcionales, de uso, estéticos, comunicacionales, constructivos y productivos en la creativamente de productos o líneas de productos cerámicos con una visión totalizadora. Resol. N.º 136
• Capacidad para imaginar e idear las características configurativas de futuros productos cerámicos. Funciones, Artísticas y/o investigación por cumplir
El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecida en el Art.62 del Anexo único de la ordenanza Nº 5/19–CD–FAD, según se detallan a continuación: El Profesor Titular es la máxima jerarquía de profesor ordinario que tiene a su cargo la coordinación de la gestión académica de la cátedra y, por tanto, le compete la responsabilidad de la enseñanza e investigación que en ese ámbito se realicen. Funciones del Profesor Titular • Organizar la labor de la cátedra en acuerdo con sus pares del equipo de cátedra, organizando y supervisando el desempeño del mismo, tendiendo al mejoramiento continuo de la enseñanza y a la formación de docentes e investigadores en el marco de los lineamientos acordados con la Dirección de Carreras. • Elaborar anualmente el programa de la asignatura. • Dictar las clases correspondientes estipuladas en los planes y programas vigentes y en los horarios establecidos. • Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. • Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación. • Participar en las actividades y reuniones de la Dirección de Carreras a que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. • Actuar en las comisiones en que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. • Informar a la Dirección de Carreras hasta el 30 de abril de cada año el plan anual de labor que la cátedra concretará durante el año académico. • Evaluar e informar, según se establece en la presente reglamentación, a la Dirección de Carreras a la que pertenece su cátedra el desempeño de los docentes a su cargo, así como también las actividades académicas realizadas durante el año. • Colaborar en actividades de posgrado, extensión o dirigidas a graduados en las que se requiera su participación mediando solicitud de autoridad universitaria competente. • Realizar actividades de investigación científica, técnica o artística, conforme al plan anual de labor de la cátedra y los lineamientos propuestos por la Facultad y Universidad a tal efecto, según dedicación. • Realizar reuniones con su equipo de cátedra a fin de analizar en conjunto la marcha de las actividades de enseñanza, los reajustes en la programación, la evaluación de los estudiantes, los trabajos prácticos, etc. • Coordinar la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra. Resol. Nº 136
• Realizar en conjunto con el Profesor Adjunto y Asociado la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra. • Orientar y supervisar la elaboración, implementación y evaluación de trabajos prácticos. • Acordar con los profesores asociado y adjunto la realización de tareas relacionadas con la elaboración de exámenes parciales y su posterior evaluación y recuperación.
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: MIEMBROS TITULARES: Profesora Titular efectivo - "Química Analítica" (Optativa), "Química II” COMADRÁN, María Alba (Optativa) y "Química Analítica" – Facultad de Artes y Diseño Universidad Nacional de Cuyo
Profesora Titular efectiva “Mineralogía y Petrología” – Facultad de Artes MÁRQUEZ ZAVALÍA, María Florencia y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
Profesor Titular efectivo – “Química Orgánica” - Facultad de Enología – BARRIONUEVO, Sergio Armando Universidad Juan Agustín Maza
MIEMBROS SUPLENTES: Profesora Titular “Tecnología Cerámica I y II” – Facultad de Artes y SAMMARCO FAZIO, Liliana Beatriz Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
Profesor Titular Técnica y Práctica Cerámica I y III – Facultad de Artes SUCH, Esteban Gabriel y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
Profesor Titular efectivo “Matemática” y “Biomatemática” – Facultad de ALBERTO, Marcelo Eduardo Ciencias Agrarias – Universidad Nacional de Cuyo
ARTÍCULO 5°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 10º considerando de la presente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 136
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FA-2021-RES-577 8/11/2021 (Carga: 8/11/2021) |
MENDOZA, 8 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY: 28130/21 caratulado: “Alejandro Pablo Venezia s/ Solicitud Licencia Extraordinaria por 25 Años de Servicios - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que su solicitud se encuentra contemplada en lo dispuesto por ordenanzas Nos. 11/73-R.I., 20/73-R.I., 16/87-R. y 49/87-C.S.
Los informes producidos.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento lo informado al respecto por la Dirección General de Personal de Rectorado,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Tener por autorizado al Sr. Alejandro Pablo VENEZIA (Legajo N° 24.539 CUIL N° 23-24530775-7) a hacer uso de la licencia extraordinaria con goce de haberes, en su cargo Categoría 3 del Agrupamiento Técnico-Profesional, efectivo, con el que desempeña las funciones de Jefe de Departamento de procesos técnicos de la Dirección de Biblioteca de esta Facultad, desde el CUATRO (4) de octubre hasta el DOS (2) de noviembre de 2021.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3º considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 577
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CD-2021-RES-135 8/11/2021 (Carga: 8/11/2021) |
MENDOZA, 8 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 8250/21 caratulado: “CANIULLÁN HERNÁNDEZ, Miriam Paola s/ solicitud de Convocatoria CEREP (cov)- Concursos Especiales s/Resol.265/20 C.S. Cargo: J.T.P. (S)- Asignatura: "Taller de Matricería y Moldería"-Carreras de Cerámica- FAD “.
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “
ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado para todos los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. 197 y 198/2021 C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 32/95-C.S.
Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa de la Prof. Miriam Paola CANIULLÁN HERNÁNDEZ, se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, para cumplir funciones en el "Taller de Matricería y Molderia", que se cursa en las Carreras de Cerámica de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación: desde el DOCE (12) al DIECISÉIS (16) de noviembre de 2021. Inscripción: desde el DIECISIETE (17) al DIECINUEVE (19) de noviembre de 2021; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.ar la documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad, Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes: los días VIENTIDÓS (22) y VEINTITRÉS (23) de noviembre de 2021, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.aren horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Las Expectativas de Logro/Objetivos y Descriptores/Contenidos Temáticos mínimos de las asignaturas según carrera son: Taller de Matricería y Moldería
El Taller de Matricería y Moldería constituye una herramienta fundamental para la educación formal que imparte la institución. No sólo apoya a los espacios curriculares troncales para su desarrollo práctico, sino que mantiene al alumnado en permanente contacto con parte de los procesos de la industria cerámica. Este taller estimula al alumnado a ahondar sobre los procesos inherentes a la producción cerámica tanto industrial como de taller, y le otorga por tanto, valiosas herramientas para el desarrollo de su perfil profesional, al lograr una formación completa y adecuada. Disciplinas y/o áreas del conocimiento y la práctica que intervendrán: Espacios curriculares medulares: Diseño Cerámico I, II y III Modelado y Color Cerámico I, II y III Taller Cerámico I, II, III y IV Técnica y Práctica Cerámica I, II y III Taller de Producción
Objetivos generales: Apoyar toda actividad curricular según los sistemas de producción artística, artesanal e industrial desarrollada en el marco de la educación formal impartida por el Grupo de Carreras de Cerámica. Apoyar el sistema de elaboración industrial del Taller de Producción. Objetivos específicos: Asesorar al alumnado, en interacción con las cátedras, en la realización de actividades curriculares de "Modelado y Color Cerámico I, II y III", "Taller Cerámico I, II, III y IV", "Técnica y Práctica Cerámica I, II y III" y "Diseño Cerámico I, II y III"; en lo concerniente a tallado de matrices y moldes. Interactuar con las cátedras mencionadas facilitando al alumno la realización de matrices y moldes en el ámbito del "Taller de Matricería y Moldería". Implementar la investigación y desarrollo de matrices y moldes en materiales tales como resina, caucho, látex y otros. Estimular la investigación y desarrollo de matrices en ABS a través de impresoras 3D. Planificar el uso de las instalaciones dando prioridad en todos los casos a las actividades académicas. FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES: Los aspirantes deberán poseer formación académica y experiencia relacionada al espacio extracurricular que se concursa: “Taller de Matricería y Moldería”. Además, deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma. Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación al perfil profesional que se pretende formar en las carreras Licenciatura en Cerámica Industrial, Licenciatura en Cerámica Artística y Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística.
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR:
El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecida en el Art.66 del Anexo único de la ordenanza Nº 5/19–CD–FAD, según se detallan a continuación:
El Jefe de Trabajos Prácticos es el auxiliar de mayor jerarquía que integra el equipo de cátedra trabajando según las orientaciones del Profesor Titular Asociado y Adjunto que constituye su jerarquía inmediata superior.
Funciones del Jefe de Trabajos Prácticos
Programar, según las pautas del Profesor Titular los trabajos prácticos necesarios para asegurar las experiencias de aprendizaje de los estudiantes, encargarse de su implementación y la evaluación de los mismos. Estará a su cargo la orientación de los estudiantes en el desarrollo de los mismos, debiendo atender los lineamientos que el Profesor Titular dé a su cátedra. Asistir a las clases del Profesor Titular, Asociado y/o adjunto cuando ellos lo consideren necesarios para la correcta orientación de las clases prácticas. Controlar la asistencia de los estudiantes a clase cuando así lo determinen los requerimientos de la regularidad incluidos en el programa anual, y colaborar con el resto del equipo de cátedra en la evaluación continua del estudiante. Colaborar en todo lo concerniente a las tareas inherentes a la cátedra (docencia, investigación, extensión) armonizando con la el Profesor Titular las tareas y propuestas necesarias para el logro de los fines de la misma. Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación. Participar en las actividades y reuniones de la Dirección a la que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. Actuar en comisiones en que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. Asistir a las reuniones con su equipo de cátedra con objetivos de optimizar la gestión de enseñanza. Colaborar en la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra, según solicitud del Profesor Titular. Colaborar en la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra, según solicitud del Profesor Titular.
Resol.Nº 135
ARTÍCULO Nº 4.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: PROFESORES TITULARES CARGO DEDICACIÓN PROFESOR/A ASIGNATURA CARÁCTER Jubilado. asignatura "Modelado y Color Cerámico I", en las Carreras de GROBA, Héctor Oscar Profesor Adjunto Cerámica – Facultad de Artes y Diseño. semiexclusiva
GONZÁLEZ, Laura Gladys Jefe de Trabajos Cátedra “Tecnología Cerámica II” en las Carreras de Cerámica – Prácticos Facultad de Artes y Diseño.
Cátedra “Técnica y Práctica Cerámica III” en las Carreras de Cerámica – Profesor Titular MOM, Patricia Facultad de Artes y Diseño efectivo
PROFESORES SUPLENTES CARGO PROFESOR/A DEDICACIÓN ASIGNATUR CARÁCTER MANCHENTO, Adrián Walther Cátedras “Taller Cerámico I” y “Modelado y Color Cerámico I” en las Profesor Adjunto efectivo Carreras de Cerámica – Facultad de Artes y Diseño. SUCH, Esteban Gabriel Profesor Titular Cátedras “Técnica y Práctica Cerámica I y III”, en las Carreras de Cerámica – efectivo Facultad de Artes y Diseño. Cátedra “Técnica y Práctica Cerámica II”, en las Carreras de Cerámica – DÍAZ, Carlos Eliseo Profesor Titular efectivo Facultad de Artes y Diseño.
ARTÍCULO 5°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 10º considerando de la presente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 135
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CD-2021-RES-134 8/11/2021 (Carga: 8/11/2021) |
MENDOZA, 8 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 29387/21 caratulado: “CARRERAS DE ARTES VISUALES S/Prórroga de designación Prof. Claudia Beatriz PERALTA en un cargo Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva. FAD”
CONSIDERANDO:
Que la presente prórroga de designación corresponde al cargo cubierto mediante selección de Instructivo aprobado por la ordenanza N° 2/20-CD y que a la fecha se ha cumplido con los 6 meses que estipula la mencionada normativa.
Los informes producidos por Dirección de Personal, Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina del Personal Docente cuyo cargo fue cubierto mediante ordenanza N° 2/20-CD, desde el UNO (1) de noviembre hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, siempre que antes el mismo no sea provisto mediante concurso, en el cargo y funciones de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO ÚNICO que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5o considerando de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 134
ANEXO ÚNICO
PRÓRROGA DE DESIGNACIÓN INTERINA DOCENTE INGRESADA POR ORD. N° 02/20–C.D.
DESDE 01/11/2021 HASTA 31/12/2021
LEGAJO CUIL APELLIDO Y NOMBRES CARGO DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR CARRERAS
Taller I y II: Pintura
Taller I y II para Profesorado: 22852 27-13760982-2 PERALTA, Claudia Beatriz Profesor Adjunto Semiexclusiva Pintura Artes Visuales Optativa Grupo I: Taller I (Pintura)
RESOLUCIÓN N° 134
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CD-2021-RES-133 8/11/2021 (Carga: 8/11/2021) |
MENDOZA, 8 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 29388/21 caratulado: “CARRERAS DE ARTES VISUALES S/Prórroga de designación, remplazante, Prof. Joana Celeste ORTEGA en un cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva. FAD”
CONSIDERANDO:
Que la presente prórroga de designación corresponde al cargo cubierto mediante selección de Instructivo aprobado por la ordenanza N° 2/20-CD y que a la fecha se ha cumplido con los 6 meses que estipula la mencionada normativa.
Que si bien la presente prórroga es de carácter de reemplazante, es necesario dar continuidad a la misma, teniendo en cuenta que la titular del cargo, Prof. Claudia PERALTA se encuentra tramitando por Expte. E-CUY N° 30340/2021, la prórroga de Licencia por Incompatibilidad, desde 1/11/21 hasta 31/12/21.
Los informes producidos por Dirección de Personal, Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación remplazante del Personal Docente cuyo cargo fue cubierto mediante ordenanza N° 2/20-CD, desde el UNO (1) de noviembre hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, en el cargo y funciones de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO ÚNICO que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5o considerando de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 133
ANEXO ÚNICO
PRÓRROGA DE DESIGNACIÓN INTERINA DOCENTE INGRESADA POR ORD. N° 02/20–C.D.
DESDE 01/11/2021 HASTA 31/12/2021
LEGAJO CUIL APELLIDO Y NOMBRES CARGO DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR CARRERAS
Taller I y II: Pintura Jefe de Trabajos Taller I y II para 33.765 27-30176468-0 ORTEGA, Joana Celeste Semiexclusiva Prácticos Profesorado: Pintura Artes Visuales (Reemplazante) Taller I (Pintura) Optativa Grupo I
RESOLUCIÓN N° 133
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CD-2021-ORD-004 8/11/2021 (Carga: 8/11/2021) |
MENDOZA,08 de noviembre del 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 33554/21 caratulado: “ESCUELAS ARTÍSTICAS VOCACIONALES s/Solicitud a la FAD de intermediar ante las autoridades de la Dirección General de Escuelas, para lograr el tratamiento del Marco Normativo de las Escuelas Artísticas de Mendoza”.
CONSIDERANDO:
La nota de respuesta por parte del Decano de la FAD Prof. Arturo TASCHERET puesta en conocimiento del Consejo Directivo en Sesión Plenaria del día 02/11/2021 y la imperiosa necesidad de profundizar la articulación existente entre las Escuelas Artísticas Vocacionales y la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo, mediante la celebración de convenios específicos.
El rol fundamental que cumple este ciclo alentando la educación artística a temprana edad, siendo la fuente de muchos futuros alumnos de esta Casa de Estudios, y a la vez oportunidad laboral de una parte de los egresados de nuestra institución que una vez titulados integran el plantel docente y directivo de estos centros.
Que la falta de formalización del marco legal acordado por paritarias oportunamente (que determina presupuesto, financiamiento, cargos, equipamiento, edificios, competencias propias, junta calificadora de méritos, escalafón, entre otros) debilita y resta estabilidad y previsibilidad al mencionado espacio educativo.
Que el valor superlativo de la educación artística integral y de calidad, con respeto a la diversidad cultural e integración social profunda con las comunidades de toda la provincia en que se desarrolla, hace realidad la premisa de que el arte es un derecho.
Que en este proceso de articulación con la FAD, los municipios comprometidos con las Escuelas Artísticas Vocacionales también pueden desempeñar un rol activo brindando información, facilitando el acceso a estudios superiores mediante becas y otras acciones conducentes.
Que la puesta en marcha de este vínculo requiere de un espacio o mesa de trabajo integrada por los actores involucrados, el Consejo Directivo insta a las partes a su constitución poniéndose a disposición del organismo a crearse.
El compromiso asumido por esta Unidad académica en la Res. Nº 116/20 CD que declaró al 2021 como “Año de la Formación Docente en Artes y Diseño” que conlleva a una participación activa en relación con una Nueva Ley de Educación Provincial, así como “un posicionamiento crítico respecto del abordaje realizado en torno a la educación artística”. (art.1º)
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
El CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la articulación entre la Facultad de Artes y Diseño de la UNCuyo y las Escuelas Artísticas Vocacionales dependiente de la Dirección de Escuelas del Gobierno de la Provincia de Mendoza, a través de la celebración de convenios específicos.
ARTÍCULO 2º.- Auspiciar ante la Dirección General de Escuelas, la formalización del marco legal específico aprobado oportunamente en paritarias para las Escuelas Artísticas Vocacionales, a fin de dar estabilidad y previsibilidad a las mismas.
ARTÍCULO 3°.- Solicitar al Consejo Superior el aval para la iniciativa.
ARTICULO 4°.- Remitir la presente a la Dirección General de Escuelas para conocimiento y demás efectos.
ARTÍCULO 5º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 8º considerando de la presente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de ordenanzas del Consejo Directivo.
ORDENANZA N.º 4
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CD-2021-RES-132 5/11/2021 (Carga: 6/11/2021) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 32711/21 caratulado: “PEREIRA, Fabiana Haydeé s/Título Magíster en Arte Latinoamericano. FAD - ”.
CONSIDERANDO: Que la maestranda ha dado cumplimiento a todas las exigencias determinadas en la reglamentación vigente.
Que de acuerdo con el acta del jurado designado oportunamente por la resolución Nº 88/20-C.D. se aprueba la tesis titulada: “DOCUMENTO ARTÍSTICO Y NARRACIÓN FOTOGRÁFICA: EL ADOBE EN MENDOZA. CHRISTIANO JUNIOR (1880)”, bajo la dirección de la Mgter. María de los Ángeles FORCADA y la codirección de la Dra. Lorena Verónica MANZINI MARCHESI, otorgando la calificación de “MUY BUENO”.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por el Jurado que evaluó con la calificación de “MUY BUENO” la tesis denominada: “DOCUMENTO ARTÍSTICO Y NARRACIÓN FOTOGRÁFICA: EL ADOBE EN MENDOZA. CHRISTIANO JUNIOR (1880)”, presentada por la maestranda Prof. y Lic. Fabiana Haydeé PEREIRA (DNI 22.248.656), nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el día CINCO (5) de febrero de 1971.
ARTÍCULO 2º.- Otorgar el título de Magíster en Arte Latinoamericano a la Prof. y Lic. Fabiana Haydeé PEREIRA y autorizar la expedición del diploma respectivo, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 29/16-C.S., con fecha de egreso DIECISÉIS (16) de setiembre de 2021.
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 132
lo
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CD-2021-RES-131 5/11/2021 (Carga: 6/11/2021) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 29044/21 caratulado: “S/Prórroga designación interina Prof. LÚQUEZ, Daniela Belén - Cargo: Profesor Titular (SE) Cátedra: “Taller de los Materiales Escenográficos” - Carreras de Artes del Espectáculo FAD”
CONSIDERANDO:
Que la presente prórroga de designación corresponde al cargo cubierto mediante selección de Instructivo aprobado por la ordenanza N° 2/20-CD y que a la fecha se ha cumplido con los 6 meses que estipula la mencionada normativa.
Los informes producidos por Dirección de Personal, Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina del Personal Docente cuyo cargo fue cubierto mediante ordenanza N° 2/20-CD, desde el TRES (3) de noviembre hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, siempre que antes el mismo no sea provisto mediante concurso, en el cargo y funciones de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO ÚNICO que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3o considerando de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 131
ANEXO ÚNICO
PRÓRROGA DE DESIGNACIÓN INTERINA DOCENTE INGRESADA POR ORD. N° 02/20–C.D.
DESDE 03/11/2021 HASTA 31/12/2021
LEGAJO CUIL APELLIDO Y NOMBRES CARGO DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR CARRERAS
Taller de los Materiales 34849 27-25067094-5 LUQUEZ, Daniela Belén Profesor Titular Semiexclusiva Escenográficos Artes del Espectáculo
RESOLUCIÓN N° 131
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CD-2021-RES-130 5/11/2021 (Carga: 6/11/2021) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 29423/21 caratulado: “CARRERAS DE ARTES VISUALES S/Prórroga de designación, remplazante, Arq. María Cecilia BILEN en un cargo Profesor Adjunto con dedicación simple. FAD”
CONSIDERANDO:
Que la presente prórroga de designación corresponde al cargo cubierto mediante selección de Instructivo aprobado por la ordenanza N° 2/20-CD.
Que si bien la presente prórroga es de carácter de reemplazante, es necesario dar continuidad a la misma ya que la titular del cargo, Prof. Paula MURCIA se encuentra tramitando, por Exp. E-CUY N° 29512/21, la prórroga de Licencia por Incompatibilidad, desde 01/11/21 hasta 31/12/21 en el mencionado cargo.
Los informes producidos por Dirección de Personal, Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación Reemplazante del Personal Docente cuyo cargo fue cubierto mediante ordenanza N° 2/20-CD, desde el UNO (1) de noviembre hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, siempre que antes el mismo no sea provisto mediante concurso, en el cargo y funciones de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO ÚNICO que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5o considerando de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 130
ANEXO ÚNICO
PRÓRROGA DE DESIGNACIÓN REEMPLAZANTE DE DOCENTE INGRESADA POR ORD. N° 2/20–C.D.
DESDE 01/11/2021 HASTA 31/12/2021
LEGAJO CUIL APELLIDO Y NOMBRES CARGO DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR CARRERAS
Sistemas de Representación Artes Visuales 34.896 27-33761111-2 BILEN, María Cecilia Profesor Adjunto Simple Artes del Espectáculo (reemplazante) Sistemas de Cerámica Representación (Optativa)
RESOLUCIÓN N° 130
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CD-2021-RES-129 5/11/2021 (Carga: 6/11/2021) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2021
VISTO:
Las resoluciones N° 533/21, 534/21, 535/21, 536/21, 537/21, 538/21, 539/21 y 540/21 dictadas por el Decano Ad-Referéndum del Consejo Directivo.
CONSIDERANDO:
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto en Sesión Plenaria Virtual del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ratificar las resoluciones que a continuación se detallan, las que fueran dictadas por el Decano Ad-Referéndum de este Cuerpo:
Resolución N° 533/21-FAD: Prórroga de designación de la Prof. Marta PAZ en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva (Reemplazante) para cumplir funciones en los espacios curriculares “Taller de Rotación I: Pintura” y “Taller de Rotación II: Pintura” de la Lic. en Artes Plásticas y Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, “Taller de Rotación: Pintura” del Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte y “Taller de Rotación I: Pintura” de Diseño Escenográfico, desde el UNO (1) de octubre, mientras dure la licencia por incompatibilidad de la Prof. CAMPASSI y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021. Resolución N° 534/21-FAD: Prórroga de designación de la Prof. Elizabeth Graciela CARBAJAL en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva (Reemplazante) para cumplir funciones en el espacio curricular “Análisis de las Formas” de la Licenciatura en Artes Plásticas, Licenciatura en Historia del Arte y Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, desde el UNO (1) de octubre, mientras dure la licencia por incompatibilidad de la Prof. CAMPASSI y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Resolución N° 535/21-FAD: Prórroga de designación del Mgter. Sergio Eduardo ROSAS en un cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva – Interino para el dictado de los espacios curriculares “Visión I” y “Visión II” de la Lic. en Artes Plásticas, Historia de las Artes Plásticas, Cerámica Industrial, Cerámica Artística, Diseño Escenográfico, Profesorado de Grado Universitario en Historia de las Artes Plásticas y Profesorado de Grado Universitario en Historia de las Artes Visuales y “Visión I – Optativa” y “Visión II – Optativa” del Profesorado de Grado Universitario de Cerámica Artística, todas las Carreras de Artes Visuales, Cerámica y Artes del Espectáculo desde el UNO (1) de octubre y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Resol. N° 129
Resolución N° 536/21-FAD: Prórroga de designación del Prof. Antonio Alberto ALTERIO en un cargo de Profesor Titular con dedicación Simple – Interino para cumplir funciones en el “Taller de Gráfica”, desde el DIECIOCHO (18) de agosto, hasta que se resuelva su trámite jubilatorio y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Resolución N° 537/21-FAD: Prórroga de designación del Prof. Gonzalo Germán ARANDA en un cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva – Interino para el dictado del espacio curricular “Práctica Escénica I” de la Licenciatura en Arte Dramático, desde el UNO (1) de octubre y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Resolución N° 538/21-FAD: Prórroga de designación de la Prof. Olga Herminia CAMPASSI en un cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva – Interino para el dictado del espacio curricular “Análisis de las Formas” de la Licenciatura en Artes Plásticas, Licenciatura en Historia del Arte y Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, desde el UNO (1) de octubre y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Resolución N° 539/21-FAD: Prórroga de designación de la Prof. Rosana Ignacia AGUERREGARAY CASTIGLIONE en un cargo de Profesor Titular con dedicación Simple – Interino para el dictado del espacio curricular “Práctica de Formación Profesional” del Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte, desde el UNO (1) de octubre y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Resolución N° 540/21-FAD: -Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de octubre de 2021, a la Prof. Dorka Pamela FERNÁNDEZ BURDILES en el cargo de Profesora Adjunta con dedicación simple, interina, con el que cumplía funciones de Vicedirectora en las Carreras de Artes Visuales, designada mediante resolución 218/2019-C.D. -Dar de baja, a partir del UNO (1) de octubre de 2021, al Adicional por Carácter Crítico de la Función que percibía la Prof. Dorka Pamela FERNÁNDEZ BURDILES por el desempeño de las funciones mencionadas en el párrafo precedente. -Designar a la Prof. Dorka Pamela FERNÁNDEZ BURDILES en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, para cumplir funciones en el ingreso a las Carreras de Artes Visuales, desde el UNO (1) de octubre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 1er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 129
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FA-2021-RES-576 4/11/2021 (Carga: 5/11/2021) |
MENDOZA, 4 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 26822/21 caratulado: “s/aprobar adscripcion E s/aprobar alumnos HERRERA SAGUI, Alvaro - SOLANO BARONA, Karina Alexandra - Fad”
CONSIDERANDO:
Que la presente adscripción fue realizada y coordinada de manera virtual por parte de los mencionados alumnos, debido a la situación de Pandemia durante los años mencionado , 2020 y 2021.
Los informes producidos por la Secretaría Académica. ormes
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, Referendum autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los C.S., Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Na Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la adscripción realizada por los alumno de las Carreras l alumnos Musicales esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle:
LEGAJO DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES 24731 38336683 HERRERA SAGUI, Alvaro HISTORIA DE LA MÚSICA III Ciclo Lectivo: 2019 25409 95439185 SOLANO BARONA, Karina Alexandra HISTORIA DE LA MÚSICA II Ciclo Lectivo: 2019
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a los interesados el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del el COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente. resado
ARTICULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 576
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FA-2021-RES-575 4/11/2021 (Carga: 31/03/2022) |
MENDOZA, 4 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 33803/21 caratulado: “Pago proporcional de vacaciones - PLANA, Amelia - FAD ”
CONSIDERANDO:
Lo establecido en el artículo 45° inciso a) del Decreto Nacional N° 1246/15 y en lo dispuesto por ordenanza N° 32/16-R.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Secretaría Económico-Financiera a liquidar días de licencia proporcional de vacaciones correspondientes al año 2021, a favor del siguiente agente:
Prof. Amelia Ángela PLANA – Legajo N° 27.200 – CUIL n° 27-13184401-3 Proporcional a liquidar: TREINTA Y OCHO (38) días Cargo: Profesor Asociado con dedicación semiexclusiva -Interino Baja definitiva: a partir del UNO (1) de noviembre de 2021
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 575
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CD-2021-RES-128 4/11/2021 (Carga: 4/11/2021) |
MENDOZA, 4 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 27981/21 caratulado: “s/Solicitud prórrogas de las designaciones interinas y reemplazantes del personal docente por ordenanza N° 2/20-CD de las Carreras de Diseño - FADFAD. ”
CONSIDERANDO:
Que las presentes prórrogas de designaciones corresponden a los cargos cubiertos mediante selección de Instructivo aprobado por las ordenanzas N° 2/20-CD.
Que es necesario dar continuidad al servicio educativo como así también a la designación de los docentes por los periodos correspondientes hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria en la que se encuentra el país.
Los informes producidos por Dirección de Personal, Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar las designaciones interinas y con carácter de remplazantes del Personal Docente cuyos cargos fueron cubiertos mediante ordenanza N° 2/20-CD, desde el UNO (1) de noviembre hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, siempre que antes los mismos no sean provistos mediante concursos, en los cargos y funciones de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO ÚNICO de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5o considerando de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 128
ANEXO ÚNICO
PRÓRROGAS DE DOCENTES QUE INGRESARON POR ORD. N° 02/20–C.D., DESDE 01/11/2021 HASTA 31/12/2021
INTERINAS
LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES GRUPO DE CARRERAS DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR CARGO
Geometría Descriptiva I-II 25.096 MURCIA, Paula Cecilia Artes Visuales Profesor Titular Exclusiva Sistemas de Representaciòn Diseño Sist. de Representaciòn (Optativa)
19.996 GUINEA, Carlos Alberto Diseño Profesor Adjunto Semiexclusiva Geometría Descriptiva I y II
REEMPLAZANTES
GRUPO DE LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CARGO DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR MOTIVO REMPLAZO CARRERAS
Jefe de Geometría Descriptiva Licencia Prof. Carlos GARCÍA, María Adriana Diseño Semiexclusivo I-II Guinea 28.611 Trabajos Prácticos
RESOLUCIÓN N° 128
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CD-2021-RES-127 4/11/2021 (Carga: 4/11/2021) |
MENDOZA, 4 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 28199/21 caratulado: “Solicitud prórroga designación interina Prof. LERGA MOSQUERA, Gabriela Ana en cargo Prof. Titular (SE) cátedras "Historia de la Cultura y el Teatro Universales II / Historia de la Cultura y el Teatro Universales II (Optativa)" - FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la presente prórroga de designación corresponde al cargo cubierto mediante selección de Instructivo aprobado por la ordenanza N° 2/20-CD.
Que es necesario dar continuidad al servicio educativo como así también la designación de la mencionada docente por el periodo correspondiente hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria en la que se encuentra el país.
Los informes producidos por Dirección de Personal, Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina del Personal Docente cuyo cargo fue cubierto mediante ordenanza N° 2/20-CD, desde el UNO (1) de noviembre hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, siempre que antes el mismo no sea provisto mediante concurso, en el cargo y funciones de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO ÚNICO que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la UniversidadNacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5o considerando de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 127
ANEXO ÚNICO
PRÓRROGA DE DESIGNACIÓN INTERINA DOCENTE INGRESADA POR ORD. N° 02/20–C.D.
DESDE 01/11/2021 HASTA 31/12/2021
GRUPO DE LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CARGO Y ESPACIO CURRICULAR CARRERAS CARRERAS DEDICACIÓN
Historia de la Cultura y el Teatro Universales II Licenciatura en Arte Dramático LERGA MOSQUERA, Gabriela Profesor Diseño Escenográfico 26.867 Teatro Titular Ana Semiexclusiva
Historia de la Cultura y el Teatro Universales II Diseño Escenográfico (Optativa)
RESOLUCIÓN N° 127
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FA-2021-RES-574 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 30373/21 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer un cargo de Profesor/a Titular con dedicación semiexclusiva, efectivo, para el dictado de la asignatura “Diseño Gráfico I” de la carrera Diseño Gráfico en las Carreras de Diseño.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 113/21-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 113/21-CD. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor/a Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Diseño Gráfico I” que se cursa en la carrera de Diseño Gráfico, de las Carreras de Diseño, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: D.G. RIVEROS, Federico Pablo Suplente: D. I. CASTELLINO, María Florencia
Por los egresados: Titular: DG Blanco, Ana Gabriela Suplente: DG Barrionuevo, Carla
Por los alumnos: Titular: CASTILLO DE BLAS, Gabriela Gisel Suplente: RODRIGUEZ MARTINEZ, María José
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 8340/21.
Resol. N° 574
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 574
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FA-2021-RES-573 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 26734/21 caratulado: “s/Adicional por Carácter Crítico de la Función a Srta. María Celeste CANTÓN 01/09/2021 al 31/12/2021.”
CONSIDERANDO: Que dicho pedido se funda en la necesidad de cumplir funciones de colaboración en el Ingreso 2022, consistente en la carga de fichas de inscripción en el sistema Siu Guaraní.
Que por otra parte, dicho adicional se solicita ante la cobertura de funciones surgidas a partir de la jubilación de las Directoras de Alumnos y de Ingreso de esta Facultad.
Que los mencionados adicionales se fundamentan en el artículo 12°, inciso b) de la ordenanza N° 23/15–C.S. y el artículo 12° de la ordenanza N° 28/00–C.S.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” a la D.I. María Celeste CANTÓN (Leg. n° 33.342 – CUIL n° 27- 36629346-4) para cumplir funciones de colaboración en el Ingreso 2022, por un monto mensual de PESOS DIEZ MIL ($10.000), desde el UNO (1) de setiembre al TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4º considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 573 Lo
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FA-2021-RES-572 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 26733/21 en el que se tramita la asignación de un Adicional por Carácter Crítico de la Función, a favor del Personal de Apoyo Académico, que cumple funciones en el Ingreso 2022.
CONSIDERANDO: Que los agentes afectados desarrollan tareas específicas de carga de fichas de inscripción referida a dicho Ingreso, en el sistema Siu Guaraní, además del apoyo general en el desarrollo de las tareas correspondientes al mismo.
Que la solicitud de dicho adicional surge debido a la necesidad de cubrir funciones, a partir de la jubilación de las Directoras de Alumnos y de Ingreso de esta Facultad. Que los mencionados adicionales se fundamentan en el artículo 12°, inciso b) de la ordenanza N° 23/15–C.S. y el artículo 12° de la ordenanza N° 28/00–C.S. Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, al Personal de Apoyo Académico de esta Facultad, que se detalla seguidamente, con el que cumple tareas específicas de carga de fichas de inscripción en el sistema Siu Guaraní, referida al Ingreso 2022, además del apoyo general en el desarrollo de las tareas correspondientes al mismo, desde el UNO (1) de setiembre al TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021. LEGAJO APELLIDO y NOMBRE MONTO 31.313 CAPERÓN, Patricia Ruth $ 10.000 22.398 MONTENEGRO, Mabel Nancy $ 10.000 28.855 LOYERO, Andrea Yolanda $ 10.000 20.448 ROLDÁN, Pablo Javier $ 10.000
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4º considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 572 lo
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FA-2021-RES-571 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 31434/21 caratulado: “s/ Solicitud de baja definitiva por jubilación Gabriela María Menéndez Giorgio - FAD”
CONSIDERANDO:
Que la Prof. MENENDEZ ha obtenido el beneficio jubilatorio a partir del 1 de octubre de 2021.
Lo informado por la Dirección de Personal.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el art. 9° de la ordenanza Nº 32/16-R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja por jubilación, a partir del UNO (1) de octubre de 2021, a la Prof. Gabriela María Eugenia MENÉNDEZ (Legajo Nº 19.100– CUIL Nº 27-13690570-3) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, efectivo, para cumplir funciones en las asignaturas “Taller de Rotación I y II: Grabado”, “Taller I y II: Grabado”, “Taller I de Grabado”, “Taller I y II para Profesorado: Grabado”, todas correspondientes a las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 571
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CD-2021-RES-126 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 29985/21 caratulado: “s/ Solicitud prórroga contratación Personal de Apoyo Académico, Sra. Silvia Graciela VIVES, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora VIVES, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y de Secretaría Económico-Financiera en la que certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Silvia Graciela VIVES (Legajo N° 31.915 – CUIL N° 27-23901306-1) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
Resol. N°126
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 126
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Silvia Graciela VIVES (CUIL N° 27-23901306-1), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Almirante Brown 5798 - Guaymallén - Mendoza, se celebra el presente contrato:---------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.---
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.-------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.-------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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