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CD-2021-RES-125 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 29938/21 caratulado: “s/solicitud prórroga contratación Personal Apoyo Académico, Sra. Claudia SIMIONATTO, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora SIMIONATO, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y de Secretaría Económico-Financiera en la que certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo. El informe de Dirección de Personal. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Claudia Petrona SIMIONATO (Legajo N° 31.910 - CUIL N° 27-26298099-0) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
Resol. N° 125
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 125
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señorita Claudia Petrona SIMIONATO (CUIL N° 27-26298099-0), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en el B° Jardín Aeroparque, Mz. 5, casa 6 - Las Heras - Mendoza, se celebra el presente contrato:-----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.--
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada a LA CONTRATADA.---------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.--------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.-------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el …………………………………….........................................
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CD-2021-RES-124 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 30329/21 caratulado: “s/solicitu prórroga de contratación Personal de Apoyo Académico, Prof. Valeria SEÑORANS, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD”.
CONSIDERANDO: Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora Valeria SEÑORANS, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Valeria SEÑORANS (Legajo Nº 32.401 - CUIL N° 27-29875581-0) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Secretaría de Extensión de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Administrativo
Resol. N° 124
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 124
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Valeria SEÑORANS (CUIL N° 27-29875581-0), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en San Zenón 2292, Maipú, Mendoza, se celebra el presente contrato:----------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Secretaría de Extensión de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.----------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.-------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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CD-2021-RES-123 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 30155/21 caratulado: “s/solicitud prórroga de contratación Personal de Apoyo Académico, Sra. Norma Jaqueline ARAYA, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora Norma Jaqueline ARAYA, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Norma Jaqueline ARAYA (Legajo Nº 31.454 - CUIL N° 27-31839145-4) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Dirección Económico-Financiera, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Administrativo
Resol. N° 123
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 123
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Norma Jaqueline ARAYA (CUIL N° 27-31839145-4) en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Santa Clara y La escondida – Fray Luis Beltrán - Maipú, Mendoza, se celebra el presente contrato:----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección EconómicoFinanciera de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.----------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.--------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.--------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.-----------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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CD-2021-RES-122 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 30331/21 caratulado: “s/solicitud prórroga de contratación Personal de Apoyo Académico, Sr. Eduardo Claudio FARÍAS, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio del señor FARÍAS, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y de Secretaría Económico-Financiera en la que certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato del señor Eduardo Claudio FARÍAS (Legajo 32.381 - CUIL N° 20-27648933-0) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
Resol. N° 122
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 122
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Eduardo Claudio FARÍAS (CUIL N° 20-27648933-0), en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en el B° SPUNC - Mz. A – Lote 5 - Casa 2 -Villanueva - Guaymallén- Mendoza, se celebra el presente contrato:------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO:EL CONTRATADO cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.----
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022-- ---------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.---------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN:LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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CD-2021-RES-121 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 29939/21 caratulado: “s/solicitud prórroga contratación Personal Apoyo Académico, Téc. Jésica CASTILLO MADRID, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD ”.
CONSIDERANDO: Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora CASTILLO MADRID, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo. El informe de Dirección de Personal y de Dirección de Biblioteca, referido al período solicitado. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Jésica Paola CASTILLO MADRID (Legajo 31.268 – CUIL N° 27-26828293-4) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Técnico Profesional, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Biblioteca de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Técnico Profesional
Resol. N° 121
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 121
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Jésica Paola CASTILLO MADRID (CUIL N° 27-26828293-4), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en B° Nueva Esperanza Mz. G - Casa 12 -Guaymallén - Mendoza, se celebra el presente contrato:----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Biblioteca de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.---------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022. ---------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Técnico Profesional, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.--------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.----------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.--------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.----------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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CD-2021-RES-120 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 29944/21 caratulado: “s/ Solicitud prórroga de contratación Personal de Apoyo Académico, DI. María Celeste CANTON, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD”
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la D.I. María Celeste CANTÓN, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la D.I. María Celeste CANTÓN (Legajo Nº 33.342 - C.U.I.L: 27-36629346-4) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar en las Carreras de Diseño de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Administrativo
Resol. N° 120
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 120
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora María Celeste CANTÓN (CUIL N° 27-36629346-4), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Lavalle 633, San Rafael, Mendoza, se celebra el presente contrato:-------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección de las Carreras de Diseño de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.-
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.---------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.--------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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CD-2021-RES-119 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 30154/21 caratulado: “s/solicitud prórroga de contratación Personal de Apoyo Académico, Sr. Abel LUCERO, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio del señor LUCERO, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y de Secretaría Económico-Financiera en la que certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato del señor Abel LUCERO (Legajo Nº 33.784 - CUIL N° 20-17640912-7) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
Resol. N° 119
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 119
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Abel LUCERO (CUIL N° 20-17640912-7), en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Bº Difunta Correa Lote 30 - Ciudad - Mendoza, se celebra el presente contrato:--------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: EL CONTRATADO cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.-----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.--------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.-------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN:LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------ En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el …………………………………….........................................
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CD-2021-RES-118 2/11/2021 (Carga: 2/11/2021) |
MENDOZA, 2 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 31191/21 caratulado: “ E “Nota sobre solicitud de tramite acreditación de monto correspondiente al presupuesto 2021 de Ciencia y Técnica destinados a la Facultad de Artes y Diseño ”.
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 31/97 C.S. destina fondos del presupuesto para el 31/97-C.S. Área de Investigación.
Que la Secretaría de Investigación y Posgrado informa que dispone de un crédito correspondiente al presupuesto 2021, de Ciencia y Técnica destinados a la Facultad de Artes y Diseño, cuyos fondos se destinarán, de acuerdo a lo dispuesto por la mencionada ordenanza, a los siguientes rubros: a)Subsidio a proyectos de investigación Subsidio internos de la FAD.b) Realización de las Jornadas de Investigación y Posgrado FAD 2022 y c)Subsidios para la capacitación de posgrado y organización de eventos científicos de Subsidios apoyo a la investigación.
Que el Rectorado Ad Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de Ad-Referendum actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Nacional,
Por ello, atento a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 19 de octubre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Solicitar al Señor Rector disponga la efectiva acreditación, a través de la Secretaría de Investigación, Internacionales y Posgrado de la UNCuyo, de la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHO CON SIETE ($ 368.408,07), correspondiente al presupuesto 2021, que será destinada a subsidiar: orrespondiente proyectos de investigación internos de la FAD; realización de las Jornadas de ealización Investigación y Posgrado FAD 2022 y capacitación de posgrado y organización de eventos científicos de apoyo a la investigación, de acuerdo a lo estipulado por la Ordenanza N° investigación, 31/97-C.S.
ARTÍCULO 2°-La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el La mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 uando y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3ºconsiderando de la presente. do presente
ARTÍCULO 3°- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 118
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CD-2021-RES-117 2/11/2021 (Carga: 2/11/2021) |
MENDOZA, 2 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7469/21 caratulado: “DE LA TORRE, Patricia Amalia s/Solicitud opción de permanencia en la actividad docente universitaria - FAD. ”.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° inciso a) Apartado 2° de la citada Ley explicita que: los docentes universitarios podrán optar por permanecer en la actividad laboral durante cinco (5) años más, después de los sesenta y cinco (65) años. Que el Consejo Superior, a través del artículo 6° de la ordenanza N° 82/09, delega en los Consejos Directivos de las Unidades Académicas la atribución de resolver mediante el dictado de un acto administrativo las opciones presentadas por los docentes, previo se verifiquen los recaudos establecidos en la citada ordenanza y lo dispuesto en el Artículo 1° Inciso a) de la Ley 26.508.
Que debido a la situación que está atravesando la Universidad Nacional de Cuyo con respecto a la Pandemia; la Dirección de Personal informa que “...se ha comunicado con el Director de la Dirección General de Medicina Laboral, Dr. Di Pasquale, a fin de informar los docentes que han optado por la Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria. Desde Medicina Laboral informaron que se comunicarán con cada docente, para cumplimentar la realización del certificado de aptitud psicofísica”. Los informes producidos por la Dirección de Personal y de la Dirección De Concursos y Evaluación de Desempeño Docente, dependiente de Secretaría Académica, toma conocimiento y da el visto bueno. No obstante, aclara que la misma deberá quedar sujeta a la designación del cargo de reemplazante o futuro cargo interino de las asignaturas. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante Resolución Nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello, atento a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 19 de octubre de 2021, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Prorrogar la designación interina de la Prof. Patricia Amalia DE LA TORRE (Leg. N° 16.701 – CUIL n° 27-12044108-1) referida a la Opción de Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria atento a que se han cumplido los recaudos establecidos en la ordenanza N° 82/09-C.S. y lo dispuesto en el artículo 1°, inciso a) Apartado 2° de la Ley N° 26.508; en virtud de ello la citada docente reúne las condiciones para continuar revistando, según lo indica la citada Ley, en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, remplazante, para cumplir funciones en las asignaturas “Historia de la Cultura y el Teatro Universales III” e “Historia de la Cultura y el Teatro Universales III – Optativa”, desde el UNO (1) de agosto hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, según resol. N° 412/21-FAD ratificada por resolución Nº 62/21-C.D., la que deberá quedar sujeta a la designación del cargo de reemplazante o futuro cargo interino. Resol.Nº 117
ARTICULO 2º.- La continuidad en la actividad laboral del Personal Docente Universitario será prorrogada anualmente cuando el Consejo Directivo así lo disponga, hasta la finalización de la actual Gestión.
ARTÍCULO 3°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 6to. considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 117
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CD-2021-RES-116 2/11/2021 (Carga: 2/11/2021) |
MENDOZA, 2 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 23143/21 caratulado: “Pedido: agregar a la designación del Profesor Miguel Bellusci el dictado de Taller de Composición Electroacústica I y II. Carreras Musicales FAD. ”
CONSIDERANDO:
Que desde la creación del “Taller de Composición Electroacústica I y II”, que son materias pertenecientes a la carrera de Composición, no han contado con profesor a cargo, por lo que se ha resuelto de manera temporaria esta carencia con la designación de un Profesor Libre.
Que además, se observa que en el transcurso de los años, solamente se cuenta con un inscripto cada bienio aproximadamente, lo cual ha permitido justamente soluciones extraordinarias como la mencionada, en el que durante el Ciclo Lectivo 2021 estuvo designado el Prof. CERINI.
Que la Dirección de Carreras Musicales propone que estas asignaturas se encomienden al Prof. Miguel BELLUSCI, quien ha dado su acuerdo para esta modificación, entendiendo que con su cargo efectivo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva en Composición, puede asumir el dictado de las dichas asignaturas. Que, teniendo en cuenta que esta adición es con posterioridad a su designación original, se permita flexibilidad en el dictado de los espacios, lo que implicaría considerar la apertura de inscripciones y el armado de comisiones en dos momentos del año.
Que la Dirección de Personal informa que el Prof. BELLUSCI se desempeña en dos cargos a saber: • Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva, efectiva desde 1/12/2016, para el dictado de las asignaturas “Composición y Orquestación I a V” y “Composición I a V” • Profesor Titular con Dedicación Simple, efectiva, desde 1/12/2016, para el dictado de las asignaturas “Práctica Orquestal o Banda I a IV”, “Instrumentación y Lectura de Partituras” y “Orquestación”, ambos en las Carreras Musicales.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 19 de octubre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Encomendar al Prof. Miguel Angel BELLUSCI (Leg. N° 27.727 – CUIL n° 20-12578379-1) el dictado de las asignaturas “Taller de Composición Electroacústica I” y “Taller de Composición Electroacústica II”, por extensión de las funciones que desempeña con el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, efectivo, de las asignaturas “Composición y Orquestación I a V” y “Composición I a V” de esta Facultad, durante el Ciclo Lectivo 2022. Resol.Nº 116
ARTÍCULO 2º.- Solicitar a Secretaría Académica que a través de una Comisión Ad-Hoc designada a tal efecto, realice un estudio de proyección futura de la carrera.
ARTÍCULO 3º.- Monitorear a través de TRACES el desarrollo de la asignatura.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3° considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N.º 116
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FA-2021-RES-570 1/11/2021 (Carga: 1/11/2021) |
MENDOZA, 1 de noviembre de 2021
VISTO:
Los expedientes CUDAP E-CUY Nros.24174/21, 24467/21, 28360/21 y 30335/21 donde obran los pedidos de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad para desempeñarse en cargos de mayor jerarquía, sin estabilidad, solicitado por personal de esta Unidad Académica.
CONSIDERANDO:
Que, en cada una de las actuaciones, corre agregado el Formulario N° 17 de la Circular N° 39/15 de Gestión de Personal de la Dirección de Personal de esta Facultad, como así también se incorpora la declaración jurada de cargos y funciones de cada uno de los agentes y el informe de la Dirección General de Personal de Rectorado.
Que las licencias comprendidas en la presente resolución, corresponde en su totalidad a incompatibilidades surgidas de cargos de la planta de esta Unidad Académica.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la ordenanza N° 32/16–R.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia sin goce de haberes por incompatibilidad de Personal Docente Universitario, generada por las disposiciones vigentes aplicables, que afectan el cargo que desempeña, para cumplir funciones en otro cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, por el período que en cada caso se indica, de acuerdo con lo detallado en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3o considerando de la presente.
ARTICULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCION N° 570
ANEXO ÚNICO Cargo de Cargo en el que Carreras o Apellido y mayor Espacios Curriculares o LEGAJO CUIL se otorga Espacio/s Curricular/es Disposiciones aplicables sector Período Nombres jerarquía a funciones especiales licencia específico desempeñar . Art. 49 Punto II, inc. a) -Taller de Rotación I y II: Grabado -Taller de Rotación I y II: Grabado apartado 1) Decreto -Taller I y II: Grabado -Taller I y II: Grabado 19/08/21 ALTERIO, Antonio Profesor Adjunto 1246/15 Profesor Titular -Taller de Rotación: Grabado Artes 16019 20-08582132-7 -Taller de Rotación: Grabado h/ Alberto (SE) . Ord. 28/00-C.S (E) -Taller I: Grabado (Optativa Grupo I) Visuales -Taller I y II para Profesorado (Grabado) 31/12/21 . Ord. 12/00-R -Taller I y II para Profesorado (con -Taller I: Grabado (Optativa) . Art. 45 E.U. opción a Grabado) . Art. 49 Punto II, inc. a) AVILA, Susana apartado 1) Decreto Profesor Titular -Historia del Arte I 01/10/21 24.637 27-16555321-2 Profesor Adjunto (S) -Historia del Arte I 1246/15 Diseño Estela (SE) -Historia del Arte Antiguo h/ -Historia del Arte Antiguo . Ord. 28/00-C.S 31/12/21 . Ord. 12/00-R . Art. 45 E.U. . Art. 49 Punto II, inc. a) -Análisis de las Formas apartado 1) Decreto 01/10/21 CAMPASSI, Olga Jefe de Trabajos -Taller de Rotación I y II: Pintura 1246/15 Profesor Titular 23.765 27-14528726-5 -Análisis de las Formas Cerámica h/ Herminia Prácticos (E) -Taller de Rotación: Pintura . Ord. 28/00-C.S (SE) 31/12/21 -Taller I:Pintura (Optativa Grupo I) . Ord. 12/00-R . Art. 45 E.U. . Art. 49 Punto II, inc. a) apartado 1) Decreto 01/10/21 GIMENEZ, Flavia Jefe de Trabajos 1246/15 Profesor Titular Funciones de Directora de Carreras Artes 25.105 27-20115417-6 -Dibujo I h/ Gabriela Prácticos (S) . Ord. 28/00-C.S (S) de Artes Visuales Visuales 31/12/21 . Ord. 12/00-R . Art. 45 E.U.
RESOLUCIÓN N° 570
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FA-2021-RES-569 1/11/2021 (Carga: 1/11/2021) |
MENDOZA, 1 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 31185/21 caratulado: “s/Solicitar la designación de la Prof. María Fabiola PRULLETTI como interina en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos (S) de la materia TECNOLOGÍA III PRODUCCIÓN de la Carrera de Diseño Gráfico .FAD”
CONSIDERANDO: Que la designación de la D.I. María Fabiola PRULLETTI surge ante la necesidad de garantizar la actividad educativa de la asignatura “Tecnología III Producción” que se dicta en las Carreras de Diseño y ante la baja por renuncia de la titular de la asignatura, Prof. Adriana Laura CANAL. Que, Dirección de Personal informa que la D.I. PRULLETTI registra situación de revista en esta dependencia en los siguientes cargos: Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación (S), interino, para cumplir funciones en el espacio “Comunicación Visual” y Jefe de Trabajos Prácticos (S), remplazante, con funciones en la asignatura “Tipografía I Básica”, todas correspondientes a las Carreras de Diseño de esta Facultad.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto B) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas.” Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres PRULLETTI, María Fabiola Documento Único 22.464.774 CUIL o CUIT 27-22464774-9 Legajo N° 33.738
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Condición Interino
3. Término de la designación Desde UNO (1) de octubre de 2021 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Tecnología III Producción”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 2 Ingeniería y Tecnología Subdisciplina: 2 0 Ingeniería Industrial Especialidad: 9 9 Tecnología III Producción
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 127 Diseñador Gráfico 100% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Depende Sub– Fuente de Participación ncia o Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Dependencia Financiamiento Porcentual Apartado 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 813 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos y a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTICULO 7º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to.considerando de la presente.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 569
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FA-2021-RES-568 1/11/2021 (Carga: 1/11/2021) |
MENDOZA, 1 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 30564/21 caratulado: “s/Solicitar la designación de la D.I. María Macarena FERNANDEZ RABADÁN como interina en el cargo de Ayudante de primera (Dedicación Simple) de la materia SEMIOTICA de la Carrera de Diseño Gráfico. FAD”
CONSIDERANDO: Que la designación de la D.I. María Macarena FERNÁNDEZ RABADÁN surge ante la necesidad de garantizar la actividad educativa de la asignatura “Semiótica” que se dicta en las Carreras de Diseño y ante la baja del titular del cargo, Prof. Mario Edgardo ECHEGARAY, quien ha obtenido el beneficio jubilatorio recientemente. Que la Dirección de Personal informa que la D.I. FERNÁNDEZ RABADÁN registra situación de revista en esta dependencia en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, interino, para cumplir funciones en el espacio “Diseño Gráfico II”, de las Carreras de Diseño de esta Facultad.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto B) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas.” Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres FERNÁNDEZ RABADÁN, María Macarena Documento Único 28.159.408 CUIL o CUIT 27-28159408-2 Legajo N° 34.939
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Ayudante de Primera Dedicación Simple Condición Interino
3. Término de la designación Desde UNO (1) de octubre de 2021 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Semiótica”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 7 Lingüística Especialidad: 9 9 Semiótica
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 127 Diseñador Gráfico 100% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 814 Ayudante de Primera con dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos y a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTICULO 7º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to.considerando de la presente.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 568
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FA-2021-RES-567 1/11/2021 (Carga: 1/11/2021) |
MENDOZA, 1 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 31650/21 en el que se tramita la designación del Lic Cristian Nicolás MELLA en un cargo de Ayudante de Primera con dedicación simple, reemplazante, en el área de “Canto” en las Carreras Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO: Que la designación del Lic Cristian Nicolás MELLA se encuentra motivada por la necesidad de garantizar la actividad educativa de las asignaturas “Canto I a IV” Preparatorio: Nivel Parasistemático - “Canto A, B, C, D” CIEMU - “Canto I a V” y “Canto Complementario I y II”, que se dictan en las Carreras Musicales. Por otra parte, la presente designación es de carácter de reemplazante ya que la titular del cargo, Prof. Marcela Fabiana CARRIZO, se encuentra en licencia por incompatibilidad para desempeñar un cargo de mayor jerarquía.
Que la Dirección de Personal informa que el Lic. MELLA registra situación de revista en esta dependencia en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, efectivo, con funciones de Tenor en el Cuarteto Vocal de la cátedra “Dirección Coral”, de las Carreras Musicales de esta Facultad.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto B) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas.” Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres MELLA, Cristian Nicolás Documento Único 30.671.736 CUIL o CUIT 30-30671736-8 Legajo N° 29.616
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Ayudante de Primera Dedicación Simple Condición Reemplazante (mientras dure la licencia por incompatibilidad de la Prof. Marcela Fabiana CARRIZO)
3. Término de la designación Desde UNO (1) de octubre de 2021 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras Musicales
Espacio/s Curricular/es 1) “Canto I a IV” Preparatorio: Nivel Parasistemático 2) “Canto A, B, C, D” CIEMU 3) “Canto I a V” 4) “Canto Complementario I y II”
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Música “Canto I a IV” Preparatorio: Nivel Parasistemático- “Canto A, B, C, D”- CIEMU Especialidad: 9 9 “Canto I a V”- “Canto Complementario I y II”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 899 Licenciatura en Canto 50% 5329 Licenciatura en Dirección Coral 50% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Depend encia o Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Apartad Dependencia Financiamiento Porcentual o 10 00 11 37 03 00 01 00 3 4 100 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 814 Ayudante de Primera con dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos y a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTICULO 7º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to.considerando de la presente.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 567
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FA-2021-RES-566 1/11/2021 (Carga: 1/11/2021) |
MENDOZA, 1 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 31638/21 en el que se tramita la designación del Lic. Cristian Nicolás MELLA en el cargo Ayudante de Primera con dedicación simple, con carácter de remplazante en la asignatura de “Canto” de la Licenciatura en Música Popular de las Carreras Musicales.
CONSIDERANDO: Que la designación del Lic. Cristian Nicolás MELLA surge ante la necesidad de garantizar la actividad educativa de las asignaturas “Canto A y B” CIEMU y “Canto I a IV” que se dicta en la Licenciatura en Música Popular de las Carreras Musicales. Por otra parte, la presente designación es de carácter de reemplazante ya que la titular del cargo, Prof. Jimena Gabriela SEMIZ, se encuentra en licencia por incompatibilidad para desempeñar un cargo de mayor jerarquía.
Que la Dirección de Personal informa que el Lic. MELLA registra situación de revista en esta dependencia en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, efectivo, con funciones de Tenor en el Cuarteto Vocal de la cátedra “Dirección Coral”, de las Carreras Musicales de esta Facultad.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto B) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas.”
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres MELLA, Cristian Nicolás Documento Único 30.671.736 CUIL o CUIT 30-30671736-8 Legajo N° 29.616
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Ayudante de Primera Dedicación Simple Condición Reemplazante (mientras dure la licencia por incompatibilidad de la Prof. Jimena Gabriela SEMIZ)
3. Término de la designación Desde UNO (1) de octubre de 2021 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras Musicales
Espacio/s Curricular/es 1) “Canto A y B” CIEMU 2) “Canto I a IV”
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Música Especialidad: 9 9 “Canto A y B”- CIEMU y “Canto I a IV”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 100% 6293 Licenciatura en Música Popular Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 01 00 3 4 100 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 814 Ayudante de Primera con dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos y a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTICULO 7º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to.considerando de la presente.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 566
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FA-2021-RES-565 1/11/2021 (Carga: 8/11/2021) |
MENDOZA, 1 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 32933/21 en el que se tramita la designación de Veedores para el concurso Especial CEREP (cov) de un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, para cumplir funciones en las asignaturas: "Introducción a las Artes Plásticas" e "Introducción a las Artes Visuales", en las Carreras de Artes Visuales.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 111/21-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 111/21-CD., para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, para cumplir funciones en las asignaturas "Introducción a las Artes Plásticas" e "Introducción a las Artes Visuales", en las Carreras de Artes Visuales, de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: LEAL Victoria Suplente: ZARAGOZA María Inés Por los egresados: Titular: PAVEZ, José Luis Suplente: MIRANDA, Macarena Mariana
Por los alumnos: Titular: VALDES, Daniela Edith Suplente: FERNANDEZ AMIGO, Marina Magalí
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 7375/21 .
Resol.N° 565
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3° considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N.º 565
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FA-2021-RES-564 1/11/2021 (Carga: 1/11/2021) |
MENDOZA, 01 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 32113/21 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer con carácter efectivo, un cargo de Profesora Adjunta con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas: “Piano A,B,C,D” del CIEMU, “Piano I a V” de la Licenciatura en Piano y “Piano I a IV” del Ciclo Preparatorio, Nivel Parasistemático.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 112/21CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 112/21-CD, para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesora Adjunta con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas: “Piano A,B,C,D” del CIEMU, “Piano I a V”, de la Licenciatura en Piano y “Piano I a IV” del Ciclo Preparatorio, Nivel Parasistemático, que se cursan en las Carreras Musicales de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20C.S.: Por los profesores: Titular: Prof. Albertina CRESCITELLI Suplente: Prof. María Paz INIESTA Por los egresados: Titular: Prof. Roxana PALOMO DAL LAGO Suplente: Prof. María Elena JEFFERIES
Por los alumnos: Titular: Leonardo Martín MASETTI Suplente: Marcelo Andrés ROJAS CASTILLO
Resol.Nº 564
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 7854 /21.
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 564
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FA-2021-RES-563 1/11/2021 (Carga: 1/11/2021) |
MENDOZA, 01 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 32115/21 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer con carácter efectivo, un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, para cumplir funciones en las asignaturas: “Piano A,B,C,D” del CIEMU, “Piano I a V” de la Licenciatura en Piano y “Piano I a IV” del Ciclo Preparatorio, Nivel Parasistemático.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 106/21-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución 106/21-CD., para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos, con dedicación simple, para cumplir funciones en las asignaturas “Piano A,B,C,D” del CIEMU, “Piano I a V” de la Licenciatura en Piano y “Piano I a IV” del Ciclo Preparatorio, Nivel Parasistemático. que se cursan en las Carreras Musicales de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20C.S.: Por los profesores: Titular: Prof. Albertina CRESCITELLI Suplente: Prof. María Paz INIESTA
Por los egresados: Titular: Prof. Roxana PALOMO DAL LAGO Suplente: Prof. María Elena JEFFERIES
Por los alumnos: Titular: Leonardo Martín MASETTI Suplente: Marcelo Andrés ROJAS CASTILLO
Resol.Nº 563
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3º considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 7785/21.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 563
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FA-2021-RES-562 1/11/2021 (Carga: 1/11/2021) |
MENDOZA, 01 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 32114/21 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer con carácter efectivo, un cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas: “Piano A,B,C,D” del CIEMU, “Piano I a V” de la Licenciatura en Piano y “Piano I a IV” del Ciclo Preparatorio, Nivel Parasistemático.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 110/21C.D.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución 110/21-CD, para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor/a Adjunto/a con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas “Piano A,B,C,D” del CIEMU, “Piano I a V” de la Licenciatura en Piano y “Piano I a IV” del Ciclo Preparatorio, Nivel Parasistemático, que se cursan en las Carreras Musicales, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: Albertina CRESCITELLI Suplente: María Paz INIESTA
Por los egresados: Titular: Roxana PALOMO DAL LAGO Suplente: María Elena JEFFERIES
Por los alumnos: Titular: Leonardo Martín MASETTI Suplente: Marcelo Andrés ROJAS CASTILLO
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 7781 /21.
Resol.Nº 562
ARTÍCULO 5°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3º considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 562
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CD-2021-RES-115 28/10/2021 (Carga: 1/11/2021) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 24826/21 caratulado: “s/Solicitud aval institucional p/“PRÁCTICAS EN CONTEXTO: metodologías, debates y manifestaciones situadas en el arte contemporáneo” - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que el presente evento consiste en la realización de un ciclo de tres conferencias con modalidad virtual y de manera gratuita, coordinada por las cátedras de “Historia del Arte Americano y Argentino II” e “Historia del Arte Contemporáneo”, a cargo de la Prof. María Paula PINO VILLAR.
Las conferencias versarán sobre: a) ¿Cómo afrontar problemáticas territoriales específicas en tanto resistencia a la presión de la globalización entendida como estrategia de control? b) ¿Cómo usar las herramientas que habilita la práctica artística para encauzar estos pensamientos mediante sus manifestaciones formales? y c) ¿Cuáles son los instrumentos críticos más adecuados para acercarse a los focos de un problema?.
Que las conferencias tienen como objetivo proporcionar un contexto de discusión sobre la investigación artística como una práctica consciente de su esfera, impulsada por la experimentación, la reflexión y el análisis, en donde se desarman los límites entre práctica, pensamiento, escritura e intercambio.
Que esta actividad cuenta con el aval de la Dirección de Carreras de Artes Visuales, de Secretaría Académica y de la Secretaría de Extensión de esta Unidad Académica.
Lo dispuesto en el Anexo I, inciso C de la ordenanza Nº 2/15-C.D.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 19 de octubre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar Aval Académico para la realización del Ciclo de Tres Conferencias de modalidad virtual y de manera gratuita en el marco de “Prácticas en contexto: metodologías, debates y manifestaciones situadas en el arte contemporáneo” a llevarse a cabo los días: DIECIOCHO (18) de octubre a las 19:00 hs. a cargo de Nicolás TESTONI; VEINTICINCO (25) de octubre a las 19:00 hs. a cargo de Feda BAENZA y UNO (1) de noviembre a las 19:00 hs. a cargo de Natacha KELL, de acuerdo a lo expresado en el 2do. Considerando de la presente.
Resol. N° 115
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 6to. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 115
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CD-2021-RES-114 28/10/2021 (Carga: 1/11/2021) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 27620/21 caratulado: “s/Solicitud aval artístico, declaración de interés y auspicio institucional de Concierto de Piano “Música de la tres Américas” - FAD”
CONSIDERANDO:
Que el presente evento comprende un programa de música para piano de compositores representativos de distintos países de América, cuya puesta en escena estará a cargo de las destacadas docentes de nuestra institución, Dra. Alejandra SÁEZ y Mgter. Elena Amalia DABUL.
Que los objetivos principales de este acontecimiento son: 1. Generar una actividad concreta que profundice el acercamiento a la música. 2.Difundir la música americana para piano. 3. Retomar la realización de conciertos para ofrecer música en vivo.
Que la presentación de este concierto constituye una actividad esencial no sólo para el funcionamiento de la cátedra de Piano sino también la importancia de destacar la labor del intérprete ejecutante conjuntamente con la intervención del público con la finalidad de concretar el hecho artístico.
Que esta actividad cuenta con el aval de la Dirección de Carreras Musicales y de Secretaría de Extensión de esta Unidad Académica.
Que si bien se solicita aval artístico, declaración de interés y auspicio institucional la Comisión de Investigación y Extensión considera que no se trata de actividades organizadas por terceros, sino que constituye una forma de extensión de la Cátedra de Piano, por lo que corresponde autorizar su realización como propia de la Facultad.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 19 de octubre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización y declarar de interés institucional el Concierto de Piano denominado “Música de las tres Américas” a cargo de las destacadas docentes Dra. Alejandra SÁEZ y Mgter. Elena Amalia DABUL, que se llevará a cabo como actividad de extensión de la Cátedra de Piano, el día VEINTIOCHO (28) de octubre de 2021 en el Teatro Independencia.
Resol. N° 114
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5to. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 114
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CD-2021-RES-113 28/10/2021 (Carga: 28/10/2021) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 8340/21 caratulado:“BENITO, Elsa Cristina s/solicitud de Convocatoria de Concursos Especiales CEREP.cov.-Cargo: Profesor Titular (SE)- Asignatura: "Diseño Gráfico I" Carreras de Diseño- FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “
ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado para todos los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. 197 y 198/2021 C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 23/10-C.S.
Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa de la Prof. ElsaCristina BENITO, se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 61/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día19 de octubre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo,UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura:“Diseño Gráfico I"que se cursa en la carrera de Diseño Gráfico en las Carreras de Diseño de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación desde el TRES (3) al SIETE (7) de noviembre del 2021. Inscripción: desde el OCHO (8) al DIEZ (10) de noviembre de 2021; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.arla documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad- , Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes: los días ONCE (11) y DOCE (12) de noviembre de 2021,, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.aren horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Las expectativas de logro y los descriptores de la mencionada asignatura son:
EXPECTATIVAS DE LOGROS: • Desarrollar anteproyectos de problemas comunicacionales de Diseño Gráfico con mínimo grado de complejidad contextual, enfatizando los factores textuales, aplicando manejo sintáctico y semántico.
Resol. N° 113
• Estudiar sistemáticamente los objetos de comunicación visual de baja complejidad en sus aspectos semánticos y sintácticos para sensibilizar sobre el hábito del pensamiento crítico, reflexivo, relacional. • Aplicar técnicas metodológicas para proyectar de acuerdo a la complejidad del problema. • Definir de manera general la intencionalidad del proyecto, su finalidad y el perfil del público objetivo.
DESCRIPTORES
• Diseño gráfico y proyectación. El objeto de comunicación visual y sus relaciones con el preceptor. Nociones de la relación con la tecnología y la producción. Los requerimientos funcionales, semánticos y sintácticos de una pieza gráfica. La organización general de un proyecto según un problema determinado. • Ejercitaciones proyectuales de mínimo grado de complejidad.
FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES:
Los aspirantes deberán poseer formación académica de grado y experiencia relacionada al espacio curricular que se concursa: “Diseño Gráfico I”. Además, deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma.
Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación al perfil profesional que se pretende formar en la carrera de Diseño Gráfico, según inciso 4 - Anexo Único de la Ordenanza Nº 2/06- C.S. para su Plan de estudios, en el cual se explicita: PERFIL DEL TÍTULO: El Diseñador Gráfico, formado a nivel de grado universitario, tiene conocimientos, competencias y habilidades propios de este profesional, sobre la base del presente Plan de Estudio que comprende: 1. Conocimientos sobre: a) Factores humanos, socioculturales, semánticos y perceptuales, involucrados en el proceso de comunicación. b) Factores socioculturales que determinan las necesidades, capacidades e intereses de los destinatarios del proyecto. c) Factores tecnológicos, materiales y procesos productivos que posibilitan la producción del Diseño Gráfico. d) Factores legales y reglamentarios involucrados. e) Principios económicos del mercado y de las organizaciones empresariales. f) Aspectos jurídicos y éticos que requiere el desempeño profesional. g) La teoría y la práctica del diseño desde un enfoque metodológico que considera la actividad proyectual del diseño gráfico en relación interdisciplinaria con otras áreas y disciplinas afines. h) El proceso proyectual del Diseño Gráfico. i) La factibilidad operativa, técnica funcional, productiva y económica de objetos de comunicación visual.
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2. Aptitud para una visión holística del Diseño Industrial mediante la integración interdisciplinaria de aspectos socioculturales, científicos, técnicos y tecnológicos. 3. Competencias básicas en técnicas de representación. 4. Competencias específicas en técnicas de comunicación proyectual, bi y tridimensionales, adecuadas al Diseño Industrial.
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR:
El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecida en el Art.64 del Anexo único de la Ordenanza Nº 5/19- CD – FAD, según se detallan a continuación:
El Profesor Titular es la máxima jerarquía de profesor ordinario que tiene a su cargo la coordinación de la gestión académica de la cátedra y, por tanto, le compete la responsabilidad de la enseñanza e investigación que en ese ámbito se realicen. (Estatuto Universitario, art. 47).
Funciones de Profesor Titular:
• Organizar la labor de la cátedra en acuerdo con sus pares del equipo de cátedra, organizando y supervisando la labor del mismo, tendiendo al mejoramiento continuo de la enseñanza y a la formación de docentes e investigadores en el marco de los lineamientos acordados con la Dirección de Carreras y de Departamento a los que pertenece. • Elaborar anualmente el programa de la asignatura. • Dictar las clases correspondientes estipuladas en los planes y programas vigentes y en los horarios establecidos. • Atender la consulta de alumnos dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. • Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación. • Participar en las actividades y reuniones del Departamento al que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. • Actuar en las comisiones en que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. • Informar a la Dirección de Departamento hasta el 30 de abril de cada año el plan anual de labor que la cátedra concretará durante el año académico. • Evaluar e informar, según se establece en la presente reglamentación, a la Dirección de Departamento al que pertenece su cátedra el desempeño de los docentes a su cargo, así como también las actividades académicas realizadas durante el año. • Colaborar en actividades de posgrado, extensión o dirigidas a graduados en las que se requiera su participación mediando solicitud de autoridad universitaria competente. • Realizar actividades de investigación científica, técnica o artística, conforme al plan anual de labor de la cátedra y los lineamientos propuestos por la Facultad y Universidad a tal efecto, según dedicación.
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• Realizar reuniones con su equipo de cátedra a fin de analizar en conjunto la marcha de las actividades de enseñanza, los reajustes en la programación, la evaluación de los alumnos, los trabajos prácticos, etc. • Coordinar la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra. • Realizar en conjunto con el profesor adjunto y asociado la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra. • Orientar y supervisar la elaboración, implementación y evaluación de trabajos prácticos. • Acordar con los profesores asociado y adjunto la realización de tareas relacionadas a la elaboración de exámenes parciales y su posterior evaluación y recuperación.
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso:
COMISIÓN ASESORA:
Miembros Titulares:
NADAL, Patricio Héctor Prof. Titular, regular “Taller de Diseño Gráfico IV” - Universidad Nacional de Misiones
Prof. Titular, Efectivo “Semiótica”. Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional ASARCHUK, Andrés Gustavo de Cuyo. (Resol. 172/97CS) Prof. Titular, efectivo, “Diseño Tipográfico” Facultad de Artes y Diseño - Universidad PEPE, Eduardo Gabriel Nacional de Cuyo(Resol. 1747/16 CS)
Miembros Suplentes: Prof. Titular, regular de “Taller de Diseño Gráfico II y Tecnología I” - Universidad MARINARO, Claudia Alejandra Nacional de Misiones Prof. Titular, efectiva, “Introducción al Diseño”. Facultad de Artes y Diseño GONZÁLEZ, Silvina Marcia Universidad Nacional de Cuyo.(Resol: 1966/16 CS)
Prof. Titular, efectiva, “Tipografía II y III”. Facultad de Artes y Diseño - Universidad BRUNO, María Teresa Nacional de Cuyo. (Resol. 351/17 CS)
ARTÍCULO 5°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 10º considerando de la presente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
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CD-2021-RES-112 27/10/2021 (Carga: 27/10/2021) |
MENDOZA, 27 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 7854/21 caratulado: “TAKHMANOVA, Tatiana s/solicitud de Convocatoria de Concursos Especiales CEREP.cov.-Cargo: Profesor Adjunto (SE)- Asignatura: "Piano I a V""Piano Niveles A-B-C-y D CIEMU""Piano I a IV Ciclo Preparatorio" FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “
ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado para todos los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. 197 y 198/2021 C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 32/95-C.S.
Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa de la Prof. Tatiana TAKHMANOVA, se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 5 de octubre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo,UN (1) cargo de Profesor Adjunto, semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas “Piano I a V”, “Piano” Niveles A, B, C y D del CIEMU y “Piano I a IV” del Ciclo Preparatorio,que se cursan en las Carreras de Música de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación: desde el VEINTINUEVE (29) al TREINTA Y UNO (31) de octubre de 2021 y UNO (1) y DOS (2) de noviembre de 2021 Inscripción: desde el TRES (3) al CINCO (5) de noviembre de 2021; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.arla documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad- , Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes:los días OCHO (8) y NUEVE (9) de noviembre de 2021, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.aren horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Las expectativas de logro y los descriptores de las mencionadas asignaturas son:
EXPECTATIVAS DE LOGRO
Piano niveles A, B, C, D
- Conocer y utilizar en la ejecución las bases fundamentales de la técnica Instrumental. - Desarrollar automatismos de lectura-ejecución instrumental gradual acorde con los contenidos de cada nivel. - Conocer e interpretar un repertorio amplio de obras de distintas épocas, estilos yautores concordantes con las características específicas decada especialidad instrumental y con niveles de complejidad creciente según el nivel. - Desarrollar la memoria musical en la ejecución de las obras que se interpretan.
DESCRIPTORES
Para los niveles A y B
- Técnicas de ejecución específicas de cada instrumento. - Escalas, arpegios, ejercicios técnicos. - Estudios: como aplicación de los conocimientos adquiridos que posibiliten el desarrollo progresivo de la técnica adecuada a cada especialidad instrumental. - Repertorio: obras originales para el instrumento, de autores de diversas épocas y estilos que permitan experiencias variadas en cuanto a tempo, carácter, dinámica, fraseo y articulación.
Para los niveles C y D
- Continuar con el abordaje de los contenidos antes mencionados, aplicándolos a ejercitaciones, técnicas, estudios y repertorio según las características de cada especialidad instrumental, secuenciados en niveles de complejidad creciente.
De acuerdo a la ordenanza n°02/2002 C.D. que aprueba el Plan de Estudios del Ciclo Preparatorio de las Carreras Musicales, se detallan los siguientes:
Objetivos y Contenidos Mínimos de las Asignaturas
INSTRUMENTO (excepto Órgano)
Objetivos específicos (a lograr progresivamente en los cinco niveles)
• Conocer y utilizar en la ejecución las bases fundamentales de la técnica instrumental. • Desarrollar automatismos de lectura - ejecución instrumental de dificultad gradual acorde con los contenidos temáticos de cada nivel. • Conocer e interpretar un repertorio amplio de obras de variada factura de distintas épocas, estilos y autores, concordantes con las características específicas de cada especialidad instrumental y con dificultades graduales adecuadas a los contenidos de cada nivel. • Desarrollar la memoria musical en la ejecución de las obras que se interpreta.
Contenidos temáticos mínimos
Para los niveles Iniciación I y II
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• Técnicas de ejecución específicas de cada instrumento. • Escalas, arpegios, ejercicios técnicos. • Técnica respiratoria (en los instrumentos de viento ) notas largas. • Estudios: como aplicación de los conocimientos adquiridos que posibiliten el desarrollo progresivo de la técnica adecuada a cada especialidad instrumental. • Repertorio: obras originales para el instrumento, de autores de diversas épocas y estilos que permitan experiencias variadas en cuanto a tempo, carácter, dinámica, fraseo y articulación.
Para los niveles III y IV
• Continuar los contenidos antes mencionados aplicados a ejercitaciones, técnicas, estudios y repertorio de mayor dificultad, según las características del aprendizaje y la literatura musical de cada especialidad instrumental.
FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES:
Los aspirantes deberán poseer formación académica de grado y experiencia relacionada a los espacios curriculares que se concursan: “Piano”. Además, deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma.
Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación al perfil profesional que se pretende formar en las carreras de Licenciatura en Instrumento, según Ordenanza Nº 84/10- C.S., Ordenanza N°19/2013 C.S. y Ordenanza N°02/2002 C.D.
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR:
El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecidas en el Art.64 del Anexo único de la Ordenanza Nº 05/2019- CD – FAD, según se detallan a continuación:
El Profesor Adjunto constituye la jerarquía académica que sigue al Profesor Asociado. Depende del Profesor Titular de la cátedra y colabora en la coordinación y ejecución de las actividades del sector académico correspondiente.
Funciones de Profesor Adjunto:
• Acordar con el profesor Titular y Asociado el plan anual de la cátedra. • Colaborar anualmente con la elaboración del programa de la asignatura. • Dictar las clases correspondientes estipuladas en los planes y programas vigentes y en los horarios establecidos. • Reemplazar al profesor Titular o Asociado, en el desempeño de la cátedra en caso de ausencia temporaria. • Colaborar en todo lo concerniente a las tareas inherentes a la cátedra (docencia, investigación, extensión) armonizando con el profesor titular las tareas y propuestas necesarias para el logro de los fines de la misma. Resol.Nº 112
• Concurrir a las clases teóricas dictadas por el profesor Titular o Asociado cuando estos lo consideren necesario. • Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. • Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación. • Participar en las actividades y reuniones de la Dirección a la que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. • Actuar en las comisiones en las que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. • Colaborar en actividades de posgrado, extensión o dirigidas a graduados en las que se requiera su participación mediando solicitud de autoridad universitaria competente. • Realizar actividades de investigación científica, técnica o artística, conforme al plan anual de labor de la cátedra y los lineamientos propuestos por la Facultad y Universidad a tal efecto, según dedicación. • Asistir a las reuniones con su equipo de cátedra con objetivos de optimizar la gestión de enseñanza. • Ocuparse de la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra, según lo acordado con el profesor Titular. • Realizar en conjunto con el Profesor Titular y Asociadola actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra. • Ocuparse de las tareas relacionadas a la elaboración de exámenes parciales y su posterior evaluación y recuperación según lo acordado con el Profesor Titular y Asociado de la cátedra.
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: COMISIÓN ASESORA:
Miembros Titulares: Docente titular de cátedra (efectivo) en la asignatura instrumento principal Lic. Alberto Sebastián TRIMELITI Piano, en la UNSJ – Universidad Nacional de San Juan.
Profesor Titular, efectivo, cátedra de “ Piano I a V”, “Piano Niveles A,B,C,D”; Prof. Roberto Antonio URBAY “Piano I a IV” ciclo Preparatorio (Nivel Parasistemático).
Profesora Titular efectiva , cátedra “ Piano I a V”, “Piano Niveles A,B,C,D”; Mgter. Elena Amalia DABUL “Piano I a IV” ciclo Preparatorio (Nivel Parasistemático).
Miembros Suplentes: Docente Jubilado fue Profesor titular de Piano en la carrera de Magisterio en Música. Profesor titular de Piano Complementario en la carrera de Magisterio en Música. Profesor titular de Piano en la carrera de Profesorado en Educación Mgter Walter Luis LEZCANO Musical. Instituto Superior de Música “Prof. Carmelo Horlando De Biasi” (19862016)
Profesor Asociado, efectivo, cátedra de “ Piano I a V”, “Piano Niveles A,B,C,D”; Prof. Ramón Hugo CERÚSICO “Piano I a IV” ciclo Preparatorio (Nivel Parasistemático).
Profesor titular, efectivo, cátedra “Pianoo Complementario” de las carreras de Licenciatura y del Profesorado de Grado Universitario en Teorías Musicales, Prof. Gustavo Adolfo GATICA “Instrumento A, B y I a IV - Piano” de la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Música.
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ARTÍCULO 5°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 10º considerando de la presente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 112
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CD-2021-RES-111 27/10/2021 (Carga: 27/10/2021) |
MENDOZA, 27 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 7375/21 caratulado: “FERRARESE, Ana Inés s/ solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP (cov ) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: J.T.P. (SE) Asig: "Introducción a las Artes Plásticas""Introducción a las Artes Visuales" - Carreras de Artes Visuales- FAD-“.
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “
ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado para todos los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. 197 y 198/2021 C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 32/95-C.S.
Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa de la Prof. Ana Inés FERRARESE, se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día 23 de setiembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, para cumplir funciones en las asignaturas "Introducción a las Artes Plásticas"e "Introducción a las Artes Visuales", que se cursan en las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación: desde el VEINTINUEVE (29) de octubre al DOS (2) de noviembre de 2021. Inscripción: desde el TRES (3) al CINCO (5) de noviembre de 2021; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.arla documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad- , Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes: los días OCHO (8) y NUEVE (9) de noviembre de 2021, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.aren horario de 9 a 12 h.
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ARTÍCULO 3°.- Las Expectativas de Logro/Objetivos y Descriptores/Contenidos Temáticos mínimos de las asignaturas según carrera son: Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales (Plan de Estudio aprobado por ordenanza 80/05-C.S.)
“Introducción a las Artes Visuales” con carga horaria de 45 horas anuales:
Expectativas delogros:
• Tomar contacto con la obra de arte conociendo conceptualmente el material y técnica de cada tipo de manifestación plástica a través de las épocas y el valor expresivo que se alcanza enellos. • Introducirse en la problemática artística, logrando una comprensión de los trabajos a realizar en los distintostalleres. Descriptores: • Panorama general de la Historia del Arte integrando teoría y práctica, en una mirada consciente, incluyendo el enfoque artístico occidental, Latinoamericano ymendocino. • Discusión de las categorías artísticas occidentales y americanas. Redefinición del concepto de obra de arte, artista y receptor. • Introducción a la problemática de la investigación artística partiendo de supuestos prestados de mitologías científicas y de las teorías del arte. • Introducción a la problemática educativa del arte como un tipo de conocimiento especifico que puede ser abordado desde el panorama teórico y práctico del arte. Licenciatura de las Artes Plásticas
(Plan de Estudio aprobado por ordenanza 10/81-R.)
“Introducción a las Artes Plásticas” con carga horaria de 45 horas anuales.
Objetivos:
Enfrentar al alumno con la obra de arte, haciéndole conocer conceptualmente el material y técnicas de cada tipo de manifestación plástica a través de las épocas y el valor expresivo que alcanza en ellos, para introducirlos en la problemática artística que posibilitará la más adecuada comprensión en los trabajos a realizar en los distintos talleres. Contenidos Temáticos mínimos:
Estudio de la evolución del artes a través del tiempo y los conceptos críticos.
FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES:
Los aspirantes deberán poseer formación académica y experiencia relacionada al espacio curricular que se concursa: “Introducción a las Artes Visuales” e “Introducción a las Artes Plásticas”. Además, deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma. Resol.Nº 111
Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación a los perfiles profesionales que se pretenden formar en las carreras de: Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales (Plan de Estudio aprobado por Ord. N° 80/05–C.S.) Licenciatura en Artes Plásticas (Plan de Estudio aprobado por Ord. N° 10/81–R.) En los cuales se explicita: PERFIL DE LOS TÍTULOS Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales (Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 80/05–C.S.) Al finalizar la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, se espera que el egresado esté en condiciones de: • Utilizar creativa y eficazmente, en el ejercicio de la docencia, las competencias propias del quehacer de las Artes Visuales. • Identificar las principales problemáticas y desafíos de la enseñanza de las Artes Visuales, en los distintos Niveles, ciclos y Modalidades del Sistema Educativo, en Educación Artística (Regímenes Especiales) y Educación No Formal, adecuándose al contexto regional y con apertura universal. • Conocer las categorías estéticas y sus contextos socio-históricos, para posibilitar el análisis de las producciones artísticas visuales, ejerciendo una reflexión críticovalorativa de las mismas. • Planificar e implementar situaciones didácticas variadas, sustentadas en el dominio de los contenidos de la enseñanza de las Artes Visuales, su relación con las otras áreas del conocimiento escolar y las características evolutivas de los alumnos a su cargo, respetando la diversidad de los contextos. • Manifestar actitudes personales y conocimientos psicopedagógicos básicos y artísticos visuales necesarios para establecer con los estudiantes la relación de empatía requerida por el proceso de enseñanza y aprendizaje. • Analizar e interpretar los resultados de su trabajo, siendo capaz de modificarlos para mejorar la calidad de los aprendizajes de los alumnos, reconociendo lo provisorio del conocimiento, con actitudes crítico-reflexivas y de honestidad intelectual. • Desarrollar actitudes favorables a la permanente capacitación, actualización y perfeccionamiento en los aspectos referidos a sus saberes específicos, habilidades artísticas y al ejercicio del rol docente, incorporando los procesos y metodologías de investigación para el enriquecimiento personal y social. • Asumir actitudes de compromiso y respeto por la diversidad cultural, la equidad social, la producción cooperativa y en equipo, valorando la importancia de las producciones artístico-visuales propias y ajenas, por su contribución a la construcción del mundo de la cultura.
Licenciatura en Artes Plásticas (Plan de Estudio aprobado por Ord. N° 10/81–R.) Al finalizar la carrera de Licenciatura en Artes Plásticasel egresado puede realizar su ejercicio profesional en forma libre a través de la actividad artística personal, en galerías de arte, en muestras artísticas y artesanales, en departamentos de cultura y museos de arte. También participa en forma interdisciplinaria en el campo del diseño, arquitectura y dibujo publicitario. Un campo importantísimo es la enseñanza a través de la docencia en los distintos niveles de enseñanza y a través de talleres particulares para niños, adolescentes y adultos. Resol.Nº 111
Actividad artística personal en las especialidades de escultura, pintura, de grabado, etc. Investigación en las artes plásticas, en medios de comunicación visual, problemas de visión etc. FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR: El docente deberá cumplir las funciones establecida en el Art.66 del Anexo único de la Ordenanza Nº 05/2019- CD – FAD, según se detallan a continuación: LosdocentesauxiliaresdependendelProfesorTitular,AsociadoyAdjuntodela cátedraenlaquese realicesudesignación. JefedeTrabajosPrácticos Es el auxiliar de mayor jerarquíaque integra el equipo de cátedra trabajando segúnlasorientacionesdelProfesorTitular, AsociadoyAdjuntoqueconstituyesujerarquíainmediatasuperior. FuncionesdelJefedeTrabajosPrácticos: • Programar, según las pautas del Profesor Titular los trabajos prácticos necesarios paraasegurarlasexperienciasdeaprendizajedelosestudiantes,encargarsedesuimplem entación y la evaluación de los mismos. Estará a su cargo la orientación de losestudiantes en el desarrollo de los mismos, debiendoatender los lineamientos que elProfesorTitulardéasucátedra. • Asistir a las clases del Profesor Titular, Asociado y/o adjunto cuando ellos lo considerennecesariosparalacorrectaorientacióndelasclasesprácticas. • Controlarlaasistenciadelosestudiantesaclasecuandoasílodeterminenlos requerimientos delaregularidadincluidosenelprogramaanual,y colaborarconelrestodelequipodecátedraenlaevaluacióncontinuadelestudiante. • Colaborarentodoloconcernientealastareasinherentesalacátedra(docencia,investigaci ón, extensión) armonizando con la/el Profesor Titular las tareas y propuestasnecesariasparaellogrodelosfinesdelamisma. • Atenderla consultadeestudiantesdentrodelhorarioprevistooportunamenteenelámbitodelaFacul taddeArtesyDiseño. • Integrarlas mesasexaminadorasde su cátedra.Asimismo,deberáintegraraquellostribunalesenlosqueserequierasucolaboraci ón,segúnloestablecelapresentereglamentación. • ParticiparenlasactividadesyreunionesdelaDirecciónalaquepertenece sucátedraalasquefueraconvocado. • Actuaren comisionesen que sea designadoy realizarasesoramientoy otro tipo detrabajostécnicos,científicosoartísticosasolicituddelaautoridaduniversitariacompet enteyconsuprevioacuerdo. • Asistiralasreunionesconsuequipodecátedraconobjetivosdeoptimizarlagestión deenseñanza. • Colaborar en la producción de material pedagógicoy didáctico necesario para la gestióndelaenseñanzadesucátedra,segúnsolicituddelProfesorTitular. • Colaborarenlaactualizaciónbibliográficaytemáticaparaeldictadoanualdela cátedra,segúnsolicituddelProfesorTitular.
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso:
Resol.Nº 111
PROFESORES TITULARES CARGO DEDICACIÓN PROFESOR/A ASIGNATURA CARÁCTER Profesora “Introducción a las Artes Plásticas”, “Introducción a las Titular Artes Visuales” de las Carreras de Artes Visuales, FAD, JORAJURIA, Mirta Roxana (SE) UNCuyo efectivo Resol.:499/13-C.S “Taller de Rotación I y II: Pintura”, Carreras de Artes Visuales. “Dibujo II”, Carreras de Cerámica. “Dibujo y Profesor Pintura escenográfico I”, Carreras de Artes del GONZÁLEZ, Eduardo Alberto Titular espectáculo; Carreras de Artes Visuales, FAD, UNCuyo. (Jubilado) Profesor Titular Exclusivo Efectivo s/Resol.: 398/17-C.S Profesor Emérito s/ Resol.:96/20-C.S. Profesora “Dibujo I”, de las Carreras de Artes Visuales, FAD, Titular FORCADA, María de los Ángeles UNCuyo (E) S/Resol.:44/12-C.S. efectivo
PROFESORES SUPLENTES CARGO PROFESOR/A DEDICACIÓN ASIGNATURA CARÁCTER Jefe de Trabajos Prácticos “Dibujo I”, Carreras de Artes Visuales, FAD, UNCuyo GIMENEZ, Flavia Gabriela (S) - Resol.: 187/17-C.S efectivo Jefe de Trabajos Prácticos “Medios de Comunicación” Carreras de Artes Visuales, FAD, IGLESIAS, Alejandro Luis (S) UNCuyo - Resol.: 34/18-C.S efectivo FIORE, Mariano Profesor Adjunto “Historia del Arte IV” e “Historia del Arte Contemporáneo” de (S) las Carreras de Artes Visuales, FAD, UNCuyo efectivo
ARTÍCULO 5°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 10º considerando de la presente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 111
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CD-2021-RES-110 27/10/2021 (Carga: 27/10/2021) |
MENDOZA, 27 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 7781/21 caratulado: “SAEZ, Alejandra s/solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP (cov) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Profesor Adjunto (SE)-Asignatura: “Piano I a V” y “Piano A, B, C y D” de la Lic. en Piano y “Piano I a IV” del Ciclo Preparatorio” de las Carreras de Música -FAD- ”
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “
ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado para todos los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. 197 y 198/2021 C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 32/95-C.S.
Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa de la Prof. AlejandraSAEZ, se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Resol. Nº110
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día5 de octubre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo,UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación Semiexclusiva,para el dictado de las asignaturas: “Piano I a V” y “Piano A, B, C y D” de la Lic. en Piano y “Piano I a IV” del Ciclo Preparatorio”que se cursan en las Carreras Musicales de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación desde el VEINTINUEVE (29) al TREINTA Y UNO (31) de octubre de 2021 y UNO (1) y DOS (2) de noviembre del 2021. Inscripción: desde el TRES (3) al CINCO (5) de noviembre de 2021; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.arla documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad- , Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes: los días OCHO (8) y NUEVE (9) de noviembre de 2021,, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.aren horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Los descriptores y las expectativas de logro de la mencionada asignatura son:
DESCRIPTORES
• Técnica: Ejercicios y estudios progresivos con diferentes dificultades mecánicas. • Estilo y expresión: Repertorio de diferentes épocas • Práctica de ejecución: Realización de presentaciones en público en el marco de recitales solísticos, recitales de cátedra y otras situaciones similares. Resol. Nº110
EXPECTATIVAS DE LOGROS:
“Instrumento I, II, III, IV, V”
• Desarrollar las habilidades psicomotrices necesarias para lograr el domino técnico en la ejecución instrumental. • Aplicar la técnica adquirida para abordar el repertorio propio del instrumento en diferentes estilos. • Comprender las características estéticas a través de las obras de distintos autores del repertorio que aborda. • Lograr una comunicación efectiva de las obras musicales a través de la ejecución en público. • Desarrollar el juicio crítico y autónomo que permite abordar con eficiencia la labor artística interpretativa. • Valorar, a través de los conocimientos adquiridos, la propia interpretación musical.
De acuerdo a la Ordenanza n°19/2013 C.S que aprueba el Plan de Estudio del Ciclo Introductorio a los Estudios Musicales Universitarios (CIEMU), se detallan las siguientes:
EXPECTATIVAS DE LOGRO
Piano niveles A,B,C,D
- Conocer y utilizar en la ejecución las bases fundamentales de la técnica Instrumental. - Desarrollar automatismos de lectura-ejecución instrumental gradual acorde con los contenidos de cada nivel. - Conocer e interpretar un repertorio amplio de obras de distintas épocas, estilos y autores concordantes con las características específicas de cada especialidad instrumental y con niveles de complejidad creciente según el nivel. - Desarrollar la memoria musical en la ejecución de las obras que se interpreta.
DESCRIPTORES
Para los niveles A y B
- Técnicas de ejecución específicas de cada instrumento - Escalas, arpegios, ejercicios técnicos. - Estudios: como aplicación de los conocimientos adquiridos que posibiliten el desarrollo progresivo de la técnica adecuada a cada especialidad instrumental. - Repertorio: obras originales para el instrumento, de autores de diversas épocas y estilos que permitan experiencias variadas en cuanto a tempo, carácter, dinámica, fraseo y articulación.
Para los niveles C y D
- Continuar con el abordaje de los contenidos antes mencionados, aplicándolos a ejercitaciones, técnicas, estudios y repertorio según las características de cada especialidad instrumental, secuenciados en niveles de complejidad creciente.
Resol. Nº110
De acuerdo a la ordenanza n° 2/02-C.D. que aprueba el Plan de Estudios del Ciclo Preparatorio de las Carreras Musicales, se detallan las siguientes:
Objetivos y Contenidos Mínimos de las Asignaturas
INSTRUMENTO (excepto Órgano)
• Objetivos específicos (a lograr progresivamente en los cinco niveles) • Conocer y utilizar en la ejecución las bases fundamentales de la técnica instrumental. • Desarrollar automatismos de lectura - ejecución instrumental de dificultad gradual acorde con los contenidos temáticos de cada nivel. • Conocer e interpretar un repertorio amplio de obras de variada factura de distintas épocas, estilos y autores, concordantes con las características específicas de cada especialidad instrumental y con dificultades graduales adecuadas a los contenidos de cada nivel. • Desarrollar la memoria musical en la ejecución de las obras que se interpreta
Contenidos temáticos mínimos
Para los niveles Iniciación, I y II
• Técnicas de ejecución específicas de cada instrumento • Escalas, arpegios , ejercicios técnicos. • Técnica respiratoria (en los instrumento s de viento ) notas largas • Estudios: como aplicación de los conocimientos adquiridos que posibiliten el desarrollo progresivo de la técnica adecuada a cada especialidad instrumental. • Repertorio: obras originales para el instrumento, de autores de diversas épocas y estilos que permitan experiencias variadas en cuanto a tempo, carácter, dinámica, fraseo y articulación.
Para los niveles III y IV
• Continuar los contenidos antes mencionados aplicados a ejercitaciones, técnicas, estudios y repertorio de mayor dificultad , según las características del aprendizaje y la literatura musical de cada especialidad instrumental.
FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES:
Los aspirantes deberán poseer formación académica de grado y experiencia relacionada a los espacios curriculares que se concursan: “Piano”. Además, deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma.
Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación al perfil profesional que se pretende formar en las carreras de Licenciatura en Instrumento, según Ordenanza Nº 84/10- C.S.; Ordenanza N°19/2013 C.S y Ordenanza N°02/2002 C.D
Resol.Nº110
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR:
El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecida en el Art.64 del Anexo único de la Ordenanza Nº 05/2019- CD – FAD, según se detallan a continuación:
El Profesor Adjunto constituye la jerarquía académica que sigue al Profesor Asociado. Depende del Profesor Titular de la cátedra y colabora en la coordinación y ejecución de las actividades del sector académico correspondiente.
Funciones de Profesor Adjunto:
• Acordar con el profesor Titular y Asociado el plan anual de la cátedra. • Colaborar anualmente con la elaboración del programa de la asignatura. • Dictar las clases correspondientes estipuladas en los planes y programas vigentes y en los horarios establecidos. • Reemplazar al profesor Titular o Asociado, en el desempeño de la cátedra en caso de ausencia temporaria. • Colaborar en todo lo concerniente a las tareas inherentes a la cátedra (docencia, investigación, extensión) armonizando con el profesor titular las tareas y propuestas necesarias para el logro de los fines de la misma. • Concurrir a las clases teóricas dictadas por el profesor Titular o Asociado cuando estos lo consideren necesario. • Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. • Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación. • Participar en las actividades y reuniones de la Dirección a la que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. • Actuar en las comisiones en las que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. • Colaborar en actividades de posgrado, extensión o dirigidas a graduados en las que se requiera su participación mediando solicitud de autoridad universitaria competente. • Realizar actividades de investigación científica, técnica o artística, conforme al plan anual de labor de la cátedra y los lineamientos propuestos por la Facultad y Universidad a tal efecto, según dedicación. • Asistir a las reuniones con su equipo de cátedra a fin de analizar en conjunto la marcha de actividades de enseñanza, los reajustes en la programación, la evaluación de los estudiantes, los trabajos prácticos, etc. • Ocuparse de la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra, según lo acordado con el profesor Titular.
Resol.Nº 110
• Realizar en conjunto con el Profesor Titular y Asociado la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra. • Ocuparse de las tareas relacionadas a la elaboración de exámenes parciales y su posterior evaluación y recuperación según lo acordado con el Profesor Titular y Asociado de la cátedra.
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso:
COMISIÓN ASESORA:
Miembros Titulares: Docente titular de cátedra (efectivo) en la asignatura instrumento Lic. Alberto Sebastián TRIMELITI principal Piano, en la UNSJ – Universidad Nacional de San Juan
Profesor Titular, efectivo, cátedra de “ Piano I a V”, “Piano Niveles Prof. Roberto Antonio URBAY A,B,C,D”; “Piano I a IV” ciclo Preparatorio (Nivel Parasistemático) Profesora Titular efectiva , cátedra “ Piano I a V”, “Piano Niveles Mgter. Elena Amalia DABUL A,B,C,D”; “Piano I a IV” ciclo Preparatorio (Nivel Parasistemático)
Miembros Suplentes: Docente Jubilado fue Profesor titular de Piano en la carrera de Magisterio en Música. Profesor titular de Piano Complementario en la carrera de Magisterio en Música. Profesor titular de Piano en la Mgter Walter Luis LEZCANO carrera de Profesorado en Educación Musical. Instituto Superior de Música “Prof. Carmelo Horlando De Biasi” (1986- 2016)
Profesor Asociado, efectivo, cátedra de “ Piano I a V”, “Piano Niveles Prof. Ramón Hugo CERÚSICO A,B,C,D”; “Piano I a IV” ciclo Preparatorio (Nivel Parasistemático)
Profesor titular , efectivo, cátedra “Piano complementario” de las carreras de Licenciatura y del Profesorado de grado Universitario en Prof. Gustavo Adolfo GATICA Teorías Musicales, “Instrumento A,B y I a IV- piano” de la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Música
ARTÍCULO 5°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 10º considerando de la presente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
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