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FA-2021-RES-108 31/03/2021 (Carga: 31/03/2021) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 10224/20 caratulado: “GONZALEZ, María Milagros, s/ solicitud de Diploma - Profesora de Grado Universitario en Artes Visuales. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES a la egresada María Milagros GONZALEZ (D.N.I. Nº 37.091.178) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIEZ (10) de octubre de 1992, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., con fecha de egreso DIECIOCHO (18) de setiembre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 108
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FA-2021-RES-107 31/03/2021 (Carga: 31/03/2021) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 10182/20 caratulado: “ONTIVERO, Gerardo Tomás s/ solicitud de Diploma - Licenciado en Música Popular (orientación percusión). FAD ”
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 128/03-C.S. y 119/03-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN MÚSICA POPULAR (ORIENTACIÓN PERCUSIÓN) al egresado Gerardo Tomás ONTIVERO (D.N.I. Nº 36.417.237) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el UNO (1) de noviembre de 1991, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 128/03-C.S. y 119/03-C.S., con fecha de egreso VEINTICUATRO (24) de noviembre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 107
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FA-2021-RES-106 31/03/2021 (Carga: 31/03/2021) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 3404/20 caratulado: “TCHRIKISHVILI, David s/ solicitud de Diploma - Licenciado en Trompeta. FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas 29/99, 06/08; 42/10-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN TROMPETA al egresado David TCHRIKISHVILI (D.N.I. Nº 19.025.465) nacido en Tbilisi – Georgia, el TRES (3) de junio de 1993, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas 29/99, 06/08; 42/10-C.S., con fecha de egreso TRES (3) de marzo de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 106
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FA-2021-RES-105 31/03/2021 (Carga: 31/03/2021) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 10830/20 caratulado: “VEGA, Jorge Antonio, s/ solicitud de Diploma - Licenciado en Clarinete. FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas 29/99, 06/08; 42/10-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN CLARINETE al egresado Jorge Antonio VEGA (D.N.I. Nº 22.688.590) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIEZ (10) de abril de 1972, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas 29/99, 06/08; 42/10C.S., con fecha de egreso VEINTE (20) de diciembre de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 105
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FA-2021-RES-104 31/03/2021 (Carga: 31/03/2021) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 10821/20 caratulado: “SARA, Natalia Soledad, s/ solicitud de Diploma - Licenciada en Gestión y Producción Teatral- Ciclo de Licenciatura. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 24/04 y 25/04-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN GESTIÓN Y PRODUCCIÓN TEATRAL – CICLO DE LICENCIATURA a la egresada Natalia Soledad SARA (D.N.I. N.º 30.844.595) nacida en la provincia de Córdoba, República Argentina, el DIECISÉIS (16) de febrero de 1984, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 24/04 y 25/04-C.S., con fecha de egreso SEIS (6) de noviembre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 104
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FA-2021-RES-103 31/03/2021 (Carga: 31/03/2021) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 10863/20 caratulado: “RIOS, Néstor Martín s/ solicitud de Diploma - Diseñador Industrial con orientación en Gráfica. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y 111/04-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL CON ORIENTACIÓN EN GRÁFICA al egresado Néstor Martín RÍOS (D.N.I. Nº 25.158.512) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTIOCHO (28) de noviembre de 1976, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y 111/04-C.S., con fecha de egreso VEINTISIETE (27) de noviembre de 2014 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 103
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FA-2021-RES-101 30/03/2021 (Carga: 30/03/2021) |
MENDOZA, 30 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY-Nº 3784/21 caratulado: “s/ Informar temática Tesis María Emilia MIRALLES DI CESARE - Lic. en Arte Dramático - FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de la profesora que estará a cargo del mismo.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección del “Seminario de Investigación” a la alumna de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumna: María Emilia MIRALLES DI CESARE - Registro N° 26522 Seminario: “Abordaje social del acceso al teatro como derecho tutelado de adolescentes escolarizados en la Zona Este de la Provincia de Mendoza, durante el año 2019” Director: Lic. María Soledad SORIA Carrera: Licenciatura en Arte Dramático
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2o considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 101
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FA-2021-RES-100 30/03/2021 (Carga: 30/03/2021) |
MENDOZA, 30 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 4391/20 caratulado: “Solicitud de Licencia por Incompatibilidad - PLANA, Amelia Angela - JTP (SE) - desde el 01/01 al 31/07/2021 - FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que en las actuaciones, corre agregado el Formulario N° 17 de la Circular N° 39/15 de Gestión de Personal de la Dirección de Personal de esta Facultad, como así también se incorpora la declaración jurada de cargos y funciones de la Prof. PLANA y el informe de la Dirección General de Personal de Rectorado.
Que la licencia comprendida en la presente resolución, corresponde a la situación de incompatibilidad surgida de su cargo en esta Unidad Académica.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la ordenanza N° 32/16–R.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder prórroga de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad de Personal Docente Universitario, generada por las disposiciones vigentes aplicables, que afectan el cargo que desempeña, para cumplir funciones en otro cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, por el período que se indica, de acuerdo con lo detallado en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 100
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ANEXO ÚNICO Cargo de LEGAJO CUIL Apellido y Nombres Cargo en el que se Espacio/s Curricular/es Disposiciones mayor Espacios Curriculares o Carreras otorga licencia aplicables jerarquía a funciones especiales o sector Período desempeñar específico
. Art. 49º Punto II Jefe de Trabajos inciso a) apartado Profesor Desde el 27.200 27-13184401-3 PLANA, Amelia Angela Prácticos - “Dibujo a Mano Alzada” 1 Nº 1246/15 Asociado - “Dibujo a Mano Alzada” Diseño 01-01-21 (SE) . Ord. 28/00- CS. (SE) hasta el . Ord. 12/2000-R 31-07-21 . Art. 45° del Estatuto Universitario
RESOLUCIÓN N.º 100
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FA-2021-RES-099 30/03/2021 (Carga: 30/03/2021) |
MENDOZA, 30 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 2315/21 caratulado: “s/ Solicitud de baja definitiva por jubilación Ángel Ricardo Peletay - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Los informes producidos por Dirección de Control e Informes de Rectorado.
Por ello y de conformidad con el artículo 22 inc. b) del Decreto 366/06 y en lo establecido por ordenanza N° 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Dar de baja por jubilación, a partir del UNO (1) de enero de 2021, al Sr. Ángel Ricardo PELETAY (Legajo N° 20060– CUIL Nº 20-10907273-8) en el cargo Categoría 03, Efectivo, Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, con el que cumplía funciones en el Edificio de Docencia de esta Unidad Académica, según resolución N° 37/12-C.S.
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 1er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 99
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CD-2021-RES-011 30/03/2021 (Carga: 30/03/2021) |
MENDOZA, 30 de marzo de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3061/21, caratulado: “S/Justificacion BRA a las y los estudiantes de la FAD reinscriptos en el ciclo lectivo 2020.”
CONSIDERANDO: Que la Ordenanza 116/20-C.D. establece normas de excepción a la reglamentación académica (Ord. 5/19-C.D.) dispuestas a raíz de la situación de aislamiento social preventivo y obligatorio establecido a raíz de la pandemia por Covid19. Que el Anexo Único de dicha norma, en el punto 5, inciso d) declara que “anualmente la Dirección de Alumnos confecciona un listado de estudiantes para proceder al proceso de readmisión. Sin embargo, en el presente ciclo lectivo las y los estudiantes comprendidos en el Art. 11 de la Reglamentación Académica vigente, han podido reinscribirse en forma directa sin que se realice el proceso de readmisión previsto en conjunto entre dicha Dirección y TRACES-SAPOE”.
Que por este motivo la norma dispone que “finalizado el aislamiento social preventivo y obligatorio, se procederá a realizar con quienes tengan bajo rendimiento académico la correspondiente justificación con el equipo de SAPOE/TRACES según lo establecido en la Reglamentación Académica vigente (art. 13, Ord. N° 5/19-CD-FAD).
Que las medidas de aislamiento por las cuales fue dictada la Ordenanza mencionada si bien han comenzado a flexibilizarse, pasando a una etapa de presencialidad gradual, escalonada y no lineal, continúan en gran medida vigentes en el ámbito de la FAD y de la UNCUYO.
Que el inicio del presente ciclo lectivo sorprendió a todos con una inédita modalidad de trabajo en la se debió dar prioridad a las tareas más urgentes en cada una de las áreas de la Secretaría Académica de la Facultad, entre las que se jerarquizó la adopción de medidas que involucran los distintos claustros de la Facultad, para continuar con el dictado de clases y posibilitar la realización de mesas de exámenes desde la virtualidad. Que ante la misma urgencia debieron abocarse los equipos SAPOE/TRACES que continuaron asistiendo y acompañando a las y los estudiantes en sus más urgentes necesidades de atención en las áreas sociales, pedagógicas, psicológicas y de conectividad, situaciones que obligaron a dejar en suspenso, entre otras actividades, el procedimiento para la justificación del bajo rendimiento de las y los estudiantes. Que debido a esta situación, y por encontrarse próximo a finalizar el corriente ciclo lectivo, se hace necesario justificar el último bajo rendimiento académico que hayan tenido las y los estudiantes previo a la reinscripción al Ciclo lectivo 2020. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día 16 de marzo de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Justificar el último Bajo Rendimiento Académico que se encuentre registrado en el sistema SIU GUARANI de las y los estudiantes de la FAD reinscriptos en el ciclo lectivo 2020.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese la respectiva justificación en el mencionado sistema de gestión académica.
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 8vo. considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 11
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FA-2021-RES-098 29/03/2021 (Carga: 30/03/2021) |
MENDOZA, 29 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY-Nº 4010/21 caratulado: “s/ Solicitud aprobación de Tesis Isaac Abdias Flores - Licenciatura en Arte Dramático - FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte del profesor que estará a cargo del mismo.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección del “Seminario de Investigación” al alumno de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumno: Isaac Abdias FLORES- Registro N° 26514 Seminario: “El acontecimiento teatral entre cuerpos, cyborgs y virtualidad” Director: Mgter. Víctor Leonardo ARROJO Carrera: Licenciatura en Arte Dramático
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2o considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 98
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FA-2021-RES-097 29/03/2021 (Carga: 30/03/2021) |
MENDOZA, 29 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY-Nº 4122/21 caratulado: “s/ Informar sobre Tesina Denis Gastón Ismael Vargas - Lic. en Arte Dramático - FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de la profesora que estará a cargo del mismo.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección del “Seminario de Investigación” al alumno de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumno: Denis Gastón Ismael VARGAS- Registro N° 26133 Seminario: “Enseñanza-Aprendizaje del teatro de personas con discapacidad en entornos terapéuticos” Directora: Dra. María Ester del Carmen TROZZO Carrera: Licenciatura en Arte Dramático
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2o considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 97
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FA-2021-RES-096 29/03/2021 (Carga: 30/03/2021) |
MENDOZA, 29 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY-Nº 4130/21 caratulado: “s/ Solicitud aprobación de Tesis Ana Elisa Silva Cantoni - Lic. en Arte Dramático - FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de la profesora que estará a cargo del mismo.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección del “Seminario de Investigación” a la alumna de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumna: Ana Elisa SILVA CANTONI- Registro N° 26113 Seminario: “El color como elemento dramático en la poética de Arístides Vargas y Roberto Cossa” Directora: Prof. Verónica MANZONE Carrera: Licenciatura en Arte Dramático
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2o considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 96
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CD-2021-RES-010 29/03/2021 (Carga: 29/03/2021) |
MENDOZA, 29 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 1272/21 caratulado: “S/ Propuesta de Cursos del Laboratorio Digital Educativo para el 2021 - organizado por las TAC- FAD –”
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con la opinión favorable de la Secretaría Académica.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por el Cuerpo en Sesión Plenaria Virtual del día 16 de marzo de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar el dictado de los Cursos del Área de Tecnologías para el Aprendizaje y la Comunicación (TAC) denominados: “Introducción a Moodle para estudiantes”, “Creación y edición de imágenes pixelares I” y “Creación y edición de imágenes vectoriales I” que se dictarán durante el Ciclo Lectivo 2021 y que estará a cargo de la profesora María Beatriz PERLBACH, según el detalle que consta en los Anexos I, II y III de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El Área de Tecnologías para el Aprendizaje y la Comunicación (TAC) deberá presentar una evaluación de los Cursos dictados.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5to. considerando de la presente
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 10
ANEXO I 1. FORMATO CURRICULAR (Marcar con una x según corresponda)
Curso X Conferencia Taller Obra de Teatro
Jornada Ciclo de debate Muestra de Arte Otro
Seminario Clase Magistral Concierto
TÍTULO DE LA ACTIVIDAD
Introducción a Moodle para estudiantes
ORGANIZADORES O RESPONSABLES
Dirección TAC, Tecnologías del Aprendizaje y la Comunicación - Porf. Lic Laura Amgélica Rodriguez
Estudiantes Colaboradores
Juan Ignacio Rojas
PROFESOR QUE OFRECERÁ LA ACTIVIDAD
En caso de que el docente sea externo a la FAD, incluir a continuación un CV completo. En caso de necesitar programa o catálogo, incluir CV abreviado (no más de 200 palabras).
Prof. y Lic. María Beatriz Perlbach
FECHA DE LA ACTIVIDAD
Comienza - 03 2021
Finaliza - 12 2021
HORARIO de - a
Especificar carga horaria Horas reloj (presenciales) - Horas reloj (NO presenciales) 12
Horas cátedra (presenciales) - Horas cátedra (NO presenciales)
Resol. N° 10
Observaciones
LUGAR DONDE SE REALIZARÁ LA ACTIVIDAD
Campus virtual de la Facultad de Artes y Diseño
Gestión del mismo a cargo de:
Oficina TAC, Tecnologías del Aprendizaje y el Conocimiento
DESTINATARIOS (Marcar con una X según corresponda)
Estudiantes de grado Activos X Oyentes FAD
Estudiantes de posgado Activos Oyentes Graduados FAD Activos Oyentes Docentes FAD Activos Oyentes Externo Activo Oyente Otro Activo Oyente
CUPOS
Mínimo - Máximo 30 por mes
10. ARANCEL (Especificar montos)
DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES
Estudiantes de grado FAD - Estudiantes de posgrado - Graduados FAD - Docentes FAD - Externo - Otro - Considerar en concepto de Becas un 10% de los inscriptos estudiantes de nuestra institución (Ord.6/2015-CDFAD)
Resol. N° 10
11. MODALIDAD DE LA ACTIVIDAD (Marcar con una X según corresponda)
Teórica Presencial Teórica-Práctica x
Práctica Semi-Presencial Virtual x
12. MATERIAL GRÁFICO NECESARIO PARA LA DIFUSIÓN
Flyer X Programa Catálogo
Otro web
13. RECURSOS TÉCNICOS REQUERIDOS
Aula virtual en la Campus virtual de la FAD
14. INSCRIPCIÓN ASISTENTES
La inscripción se realizará mediante un formulario on line gestionado por TAC
En caso de requerir otra información especificarlo a continuación Conocimientos previos: uso básico de sistema operativo y gestión de archivos.
En caso de que la actividad sea arancelada, la inscripción se podrá realizar contando con el número de recibo de pago. Los pagos se realizan exclusivamente en Secretaría Económica Financiera (planta baja Edificio de Gobierno FAD) de lunes a viernes de 9 a 13. 15. CERTIFICACIÓN
Enviar exclusivamente en formato digital a extension@fad.uncu.edu.ar, el listado con la nómina de participantes que hayan asistido y/o aprobado la actividad (nombre completo, DNI o pasaporte, correo electrónico). El periodo de envío de dicha lista no debe superar los 20 días a partir de finalizada la actividad.
A cargo del Área TAC/Secretaría Académica
16. OTRAS NECESIDADES O CONSIDERACIONES
RESOLUCIÓN N° 10
ANEXO II
FORMATO CURRICULAR (Marcar con una x según corresponda)
Curso X Conferencia Taller Obra de Teatro
Jornada Ciclo de debate Muestra de Arte Otro
Seminario Clase Magistral Concierto
TÍTULO DE LA ACTIVIDAD
Creación y edición de imágenes pixelares I
ORGANIZADORES O RESPONSABLES
Oficina TAC, Tecnologías del Aprendizaje y el Conocimiento. Lic. Prof. Laura Angélica Rodriguez
Estudiantes Colaboradores
PROFESOR QUE OFRECERÁ LA ACTIVIDAD
En caso de que el docente sea externo a la FAD, incluir a continuación un CV completo. En caso de necesitar programa o catálogo, incluir CV abreviado (no más de 200 palabras).
Prof. y Lic. María Beatriz Perlbach
FECHA DE LA ACTIVIDAD
Comienza - 04 2021
Finaliza - 04 2021
HORARIO
de - a
Especificar carga horaria
Horas reloj(presenciales) - Horas reloj (NO presenciales) 24
Horas cátedra(presenciales) - Horas cátedra (NO presenciales)
Resol. N° 10
Observaciones
LUGAR DONDE SE REALIZARÁ LA ACTIVIDAD
Campus virtual de la Facultad de Artes y Diseño
Gestión del mismo a cargo de:
Oficina TAC, Tecnologías del Aprendizaje y el Conocimiento
DESTINATARIOS (Marcar con una X según corresponda)
Estudiantes de grado FAD Activos X Oyentes Estudiantes de posgado Activos X Oyentes Graduados FAD Activos X Oyentes Docentes FAD Activos X Oyentes Externo Activo X Oyente Otro Activo X Oyente
CUPOS
Mínimo - Máximo 30
10. ARANCEL (Especificar montos)
DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES
Estudiantes de grado FAD - Estudiantes de posgrado 1500 Graduados FAD 1500 Docentes FAD - Externo 1800 Otro - Considerar en concepto de Becas un 10% de los inscriptos estudiantes de nuestra institución (Ord.6/2015-CDFAD)
Resol. N° 10
11. MODALIDAD DE LA ACTIVIDAD (Marcar con una X según corresponda)
Teórica Presencial Teórica-Práctica x
Práctica Semi-Presencial Virtual x
12. MATERIAL GRÁFICO NECESARIO PARA LA DIFUSIÓN
Flyer X Programa Catálogo
Otro web
13. RECURSOS TÉCNICOS REQUERIDOS
Aula virtual en la Campus virtual de la FAD
14. INSCRIPCIÓN ASISTENTES
La inscripción se realizará mediante un formulario web gestionado por la Dirección TAC.
En caso de requerir otra información especificarlo a continuación
Conocimientos previos: uso básico de sistema operativo y gestión de archivos.
En caso de que la actividad sea arancelada, la inscripción se podrá realizar contando con el número de recibo de pago. Los pagos se realizan exclusivamente en Secretaría Económica Financiera (planta baja Edificio de Gobierno FAD) de lunes a viernes de 9 a 13.
15. CERTIFICACIÓN
Enviar exclusivamente en formato digital a extension@fad.uncu.edu.ar, el listado con la nómina de participantes que hayan asistido y/o aprobado la actividad (nombre completo, DNI o pasaporte, correo electrónico). El periodo de envío de dicha lista no debe superar los 20 días a partir de finalizada la actividad.
La certificación estará a cargo de la Dirección TAC.
16. OTRAS NECESIDADES O CONSIDERACIONES
RESOLUCIÓN N° 10
ANEXO III
FORMATO CURRICULAR (Marcar con una x según corresponda)
Curso X Conferencia Taller Obra de Teatro
Jornada Ciclo de debate Muestra de Arte Otro
Seminario Clase Magistral Concierto
TÍTULO DE LA ACTIVIDAD
Creación y edición de imágenes vectoriales I
ORGANIZADORES O RESPONSABLES
Dirección TAC, Tecnologías del Aprendizaje y el Conocimiento. Lic. Prof. Laura Angélica Rodriguez
Estudiantes Colaboradores
PROFESOR QUE OFRECERÁ LA ACTIVIDAD
En caso de que el docente sea externo a la FAD, incluir a continuación un CV completo. En caso de necesitar programa o catálogo, incluir CV abreviado (no más de 200 palabras).
Prof. y Lic. María Beatriz Perlbach
FECHA DE LA ACTIVIDAD
Comienza - 04 2021
Finaliza - - 2021
HORARIO
de - a
Especificar carga horaria
Horas reloj(presenciales) - Horas reloj (NO presenciales) 24
Horas cátedra(presenciales) - Horas cátedra (NO presenciales)
Resol. N° 10
Observaciones
LUGAR DONDE SE REALIZARÁ LA ACTIVIDAD
Campus virtual de la Facultad de Artes y Diseño
Gestión del mismo a cargo de:
Oficina TAC, Tecnologías del Aprendizaje y el Conocimiento
DESTINATARIOS (Marcar con una X según corresponda)
Estudiantes de grado FAD Activos X Oyentes Estudiantes de posgado Activos X Oyentes Graduados FAD Activos X Oyentes Docentes FAD Activos X Oyentes Externo Activo X Oyente Otro Activo X Oyente
CUPOS
Mínimo - Máximo 30
10. ARANCEL (Especificar montos)
DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES
Estudiantes de grado FAD - Estudiantes de posgrado 1200 Graduados FAD 1200 Docentes FAD - Externo 1500 Otro - Considerar en concepto de Becas un 10% de los inscriptos estudiantes de nuestra institución (Ord.6/2015-CDFAD)
Resol. N° 10
11. MODALIDAD DE LA ACTIVIDAD (Marcar con una X según corresponda)
Teórica Presencial Teórica-Práctica x
Práctica Semi-Presencial Virtual x
12. MATERIAL GRÁFICO NECESARIO PARA LA DIFUSIÓN
Flyer X Programa Catálogo
Otro web
13. RECURSOS TÉCNICOS REQUERIDOS
Aula virtual en la Campus virtual de la FAD
14. INSCRIPCIÓN ASISTENTES
La inscripción se realizará mediante un formulario web gestionado por la Dirección TAC.
En caso de requerir otra información especificarlo a continuación
Conocimientos previos: uso básico de sistema operativo y gestión de archivos.
En caso de que la actividad sea arancelada, la inscripción se podrá realizar contando con el número de recibo de pago. Los pagos se realizan exclusivamente en Secretaría Económica Financiera (planta baja Edificio de Gobierno FAD) de lunes a viernes de 9 a 13.
15. CERTIFICACIÓN
Enviar exclusivamente en formato digital a extension@fad.uncu.edu.ar, el listado con la nómina de participantes que hayan asistido y/o aprobado la actividad (nombre completo, DNI o pasaporte, correo electrónico). El periodo de envío de dicha lista no debe superar los 20 días a partir de finalizada la actividad.
La certificación estará a cargo de la Dirección TAC.
16. OTRAS NECESIDADES O CONSIDERACIONES
RESOLUCIÓN N° 10
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FA-2021-RES-095 25/03/2021 (Carga: 25/03/2021) |
MENDOZA, 25 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 2935/21 caratulado: “Solicitud de designación del Prof. Claudio SOLA como reemplazante en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos (S) de la materia Materiales y procesos I. FAD - ”.
CONSIDERANDO:
Que la designación del Prof. Claudio SOLÁ, obedece a que la titular del cargo, Prof. Cecilia Marta LASAGNO, se encuentra con licencia sin goce de haberes por razones particulares desde el día 1 de febrero hasta el 31 de julio de 2021 y teniendo en cuenta la trayectoria del docente.
Que la Dirección de Personal informa que el Prof. SOLÁ revista en los cargos de Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple: prórroga de designación interina para cumplir funciones extracurriculares en el “Taller de Productos”, desde 1/1/2021 hasta 31/12/2021 y Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Semiexclusiva: prórroga de designación reemplazante para cumplir funciones en la cátedra “Diseño de Productos Final”, desde 1/1/2021 hasta 31/07/2021, ambos en las Carreras de Diseño.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto b) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas..”
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres SOLÁ, Claudio Javier Documento Único 21.985.137 CUIL o CUIT 20-21985137-6 Legajo N° 34.360
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación simple Condición Remplazante (Titular Prof. Cecilia Marta LASAGNO)
Resol. N° 95
3. Término de la designación Desde UNO (1) de abril de 2021 mientras dure la licencia de la Titular y no más allá Hasta TREINTA Y UNO (31) de julio de 2021
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Materiales y Procesos I“
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 2 Ingeniería y Tecnología
Subdisciplina: 2 0 Ingeniería Industrial
Especialidad: 9 9 Materiales y Procesos I
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Descripción de la Carrera Participación Porcentual
153 Diseñador Industrial 100% Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 813 Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 7°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to. considerando de la presente.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 95
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FA-2021-RES-094 25/03/2021 (Carga: 25/03/2021) |
MENDOZA, 25 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 2798/21 caratulado: “DIRECCIÓN DE CAVFAD S/ Solicitud designación Prof. Adriana Nancy ARENAS en cargo PROF. TITULAR (SE) desde el 01/03 hasta el 31/08/2021.”.
CONSIDERANDO:
Que es menester la designación de la Prof. ARENAS, ya que la mencionada docente se encuentra cumpliendo las obligaciones del presente cargo de manera virtual desde el día 1 de marzo del presente.
Que la Dirección de Personal informa que la Prof. ARENAS revista en un cargo de Profesor Adjunto con Dedicación Simple: designación efectiva, para el dictado de la cátedra “Didáctica y Currículum” (En licencia por cargo mayor jerarquía) • Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva: prórroga designación interina desde el 01/01 al 31/07/21, para el dictado de la mencionada cátedra • Adicional por Carácter Crítico de la Función: prórroga asignación desde el 01/01 hasta el 30/04/21, para cumplir funciones en la asignatura “Enseñanza y Aprendizaje” de las Carreras de esta Facultad. Cabe destacar que el Adicional por Carácter Crítico de la Función que posee la docente es para cumplir funciones en el cargo objeto del presente trámite.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto b) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas..”
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de marzo de 2021, el Adicional por Carácter Crítico de la Función a la Lic. Adriana Nancy ARENAS (Leg.Nº 27.780) para cumplir funciones en la asignatura “Enseñanza y Aprendizaje” de las Carreras de esta Facultad, cuya asignación le fuera prorrogada desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA (30) de abril de 2021, según resolución Nº 393/20-FAD.
ARTÍCULO 2º.- Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres ARENAS, Adriana Nancy Documento Único 18.061.662 CUIL o CUIT 23- 18061662-4 Legajo N° 27.780
Resol. N° 94
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación semiexclusiva Condición interina
Término de la designación Desde UNO (1) de marzo de 2021 Hasta TREINTA Y UNO (31) de agosto de 2021
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes Visuales y de Cerámica
Espacio/s Curricular/es 1) Enseñanza y Aprendizaje de las Artes Visuales 2) Enseñanza y Aprendizaje de la Historia del Arte 3) Enseñanza y Aprendizaje de la Cerámica
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 2° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Artes Plásticas Enseñanza y Aprendizaje de las Artes Visuales; Enseñanza y Aprendizaje de la Especialidad: 9 9 Historia del Arte y Enseñanza y Aprendizaje de la Cerámica.
ARTÍCULO 4°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 2° forman parte de los Planes de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Descripción de la Carrera Participación Porcentual
6464 Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales 33,34 % 6465 Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte 33,33 % 6462 Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística 33,33 % Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 5°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 66,67% 10 00 11 37 03 00 05 00 3 4 33,33% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 805 Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva
Resol. N° 94
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ARTÍCULO 7°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTÍCULO 8°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to. considerando de la presente.
ARTICULO 9º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 94
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CD-2021-RES-009 25/03/2021 (Carga: 25/03/2021) |
MENDOZA, 25 de marzo de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6612/20 caratulado “s/solicitud Opción de Permanencia en la Actividad Docente Universitaria de la Prof. María Florencia Fátima MARQUEZ ZAVALIA. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° inciso a) Apartado 2° de la citada Ley explicita que: los docentes universitarios podrán optar por permanecer en la actividad laboral durante cinco (5) años más, después de los sesenta y cinco (65) años. Que el Consejo Superior, a través del artículo 6° de la ordenanza N° 82/09, delega en los Consejos Directivos de las Unidades Académicas la atribución de resolver mediante el dictado de un acto administrativo las opciones presentadas por los docentes, previo se verifiquen los recaudos establecidos en la citada ordenanza y lo dispuesto en el Artículo 1° Inciso a) de la Ley 26.508. Los informes producidos por la Dirección de Personal y de Secretaría Académica. Que debido a la situación que está atravesando la Universidad Nacional de Cuyo con respecto a la Pandemia; la Dirección de Personal informa que “...se ha comunicado con el Director de la Dirección General de Medicina Laboral, Dr. Di Pasquale, a fin de informar los docentes que han optado por la Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria. Desde Medicina Laboral informaron que se comunicarán con cada docente, para cumplimentar la realización del certificado de aptitud psicofísica”. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria Virtual del día 16 de marzo de 2021, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la presentación efectuada por la Prof. María Florencia Fátima MARQUEZ ZAVALIA (Leg. n° 30.661 – CUIL n° 27-11943253-2) referida a la Opción de Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria atento a que se han cumplido los recaudos establecidos en la ordenanza N° 82/09-C.S. y lo dispuesto en el artículo 1°, inciso a) Apartado 2° de la Ley N° 26.508; en virtud de ello la citada docente reúne las condiciones para continuar revistando, según lo indica la citada Ley, en un cargo de Profesor Titular con Dedicación Simple, efectivo, desde el UNO (1) de mayo de 2013, para el dictado de las asignaturas “Mineralogía y Petrología”, de la Licenciatura en Cerámica Industrial y “Mineralogía y Petrología (optativa)”, de la Licenciatura en Cerámica Artística, Carreras de Cerámica, según Resol. n° 122/13-CS.
Resol. N° 9
ARTÍCULO 2º.- La continuidad en la actividad laboral del Personal Docente Universitario será prorrogada anualmente cuando el Consejo Directivo así lo disponga y cesando indefectiblemente el día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su beneficio jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriéndose intimación previa alguna.
ARTÍCULO 3°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5to. considerando de la presente.
ARTICULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 9
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CD-2021-RES-008 25/03/2021 (Carga: 25/03/2021) |
MENDOZA, 25 de marzo de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6942/20 caratulado “s/solicitud Opción de Permanencia en la Actividad Docente Universitaria de la Prof. María I. ZARAGOZA”.
CONSIDERANDO: Que el artículo 1° inciso a) Apartado 2° de la citada Ley explicita que: los docentes universitarios podrán optar por permanecer en la actividad laboral durante cinco (5) años más, después de los sesenta y cinco (65) años. Que el Consejo Superior, a través del artículo 6° de la ordenanza N° 82/09, delega en los Consejos Directivos de las Unidades Académicas la atribución de resolver mediante el dictado de un acto administrativo las opciones presentadas por los docentes, previo se verifiquen los recaudos establecidos en la citada ordenanza y lo dispuesto en el Artículo 1° Inciso a) de la Ley 26.508. Los informes producidos por la Dirección de Personal y de Secretaría Académica. Que debido a la situación que está atravesando la Universidad Nacional de Cuyo con respecto a la Pandemia; la Dirección de Personal informa que “...se ha comunicado con el Director de la Dirección General de Medicina Laboral, Dr. Di Pasquale, a fin de informar los docentes que han optado por la Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria. Desde Medicina Laboral informaron que se comunicarán con cada docente, para cumplimentar la realización del certificado de aptitud psicofísica”. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria Virtual del día 16 de marzo de 2021, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la presentación efectuada por la Prof. María Inés ZARAGOZA (Leg. N° 17.324 – CUIL n° 27-11264926-9) referida a la Opción de Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria atento a que se han cumplido los recaudos establecidos en la ordenanza N° 82/09-C.S. y lo dispuesto en el artículo 1°, inciso a) Apartado 2° de la Ley N° 26.508; en virtud de ello la citada docente reúne las condiciones para continuar revistando, según lo indica la citada Ley, en un cargo de Profesor Adjunto con Dedicación Semiexclusiva, efectivo, desde el UNO (1) de diciembre de 2016, para el dictado de las asignaturas “Taller de Rotación I y II: Grabado” de la Licenciatura en Artes Plásticas y Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales; “Taller I: Grabado (Optativa) de la Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas; “Taller I y II: Grabado” de la Licenciatura en Artes Plásticas; “Taller I y II para Profesorado: Grabado” del Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales y “Taller de Rotación: Grabado” del Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, Carreras de Artes Visuales, según Resol. n° 1753/2016-CS.
Resol. N° 8
ARTÍCULO 2º.- La continuidad en la actividad laboral del Personal Docente Universitario será prorrogada anualmente cuando el Consejo Directivo así lo disponga y cesando indefectiblemente el día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su beneficio jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriéndose intimación previa alguna.
ARTÍCULO 3°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5to. considerando de la presente.
ARTICULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 8
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CD-2021-ORD-001 25/03/2021 (Carga: 25/03/2021) |
MENDOZA, 25 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 3883/21 caratulado: “Secretaría de Investigación y Posgrado s/Propuesta de Aprobación del Nuevo Reglamento de la Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales.FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la Universidad Nacional de Cuyo establece las pautas y normas generales para la organización y funcionamiento del nivel de posgrado a través de Ordenanza N° 49/03-C.S. y, asimismo, define el Sistema Integral de Posgrado y sus dimensiones en la Ordenanza N° 38/12 y reglamenta la dimensión académica del Sistema Integral de Posgrado por Ordenanza 33/12-C.S.
Que atento al proceso de acreditación de la carrera, resulta necesario adecuar el reglamento de la Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales de esta Facultad (que fuera aprobada por Ord. 5/13-CD-FAD), según la normativa de posgrado vigente en sus aspectos académicos y de gestión, según los requerimientos de una maestría profesional, lo cual contribuirá al mejoramiento de las actividades curriculares y a los aspectos que hacen al control, gestión y seguimiento de los procedimientos que implican su desarrollo.
Que para llevar a cabo esta nueva propuesta se han seguido los criterios y términos establecidos por la normativa de Posgrado de la Universidad Nacional de Cuyo.
Que la propuesta ha sido elaborada en forma conjunta entre la Secretaría de Investigación y Posgrado y el Comité Académico de la carrera, siguiendo las recomendaciones y las pautas establecidas por el área de acreditación de posgrado de la Secretaría de Investigación, Internacionales y Posgrado de la Universidad Nacional de Cuyo.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria Virtual del día 16 de marzo de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Nuevo Reglamento de la Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales de la Facultad de Artes y Diseño, según las pautas que constan en el Anexo Único de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 2º.- Dejar sin efecto la Ordenanza Nº 5/13-C.D. FAD.
Ord. N° 1
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ARTÍCULO 3º.- La presente ordenanza emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5to. considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de ordenanzas del Consejo Directivo.
ORDENANZA N° 1
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ANEXO ÚNICO
REGLAMENTO MAESTRÍA EN GESTIÓN DEL DISEÑO PARA LOS DESARROLLOS REGIONALES
Elaborado según los parámetros de la Ord. 33/12 R y la Ord. 49/03 C.S. de la Universidad Nacional de Cuyo.
CAPÍTULO I: DE LA CARRERA
1. Unidad Académica: Facultad de Artes y Diseño 1.2. Tipo de carrera: Maestría profesional. 1.3. Título a otorgar: Magister en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales 1.4. Estructura del Plan de Estudios: Estructurado La carrera se organiza a partir de CUATRO (4) EJES de formación: 1) Diseño para el Territorio. 2) Diseño para Organizaciones. 3) Diseño para Proyectar. 4)Diseño para la Gestión. A partir de esta organización se propone desarrollar una formación dirigida a la resolución de problemáticas vinculadas con el desarrollo regional sustentable; en el que el diseño es un elemento articulador y de innovación que contribuye a crear valor territorial y propender a mejorar la calidad de vida en la región que se inserta. 1.5. Organización: Institucional con un único proceso formativo.
CAPITULO II: DE LOS ESTUDIANTES
1 Requisitos de admisión: Para ser admitidos en la Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales, los/as aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) poseer título de grado universitario, expedido por Universidades Nacionales o extranjeras, en disciplinas afines al abordaje disciplinar de la carrera; b) obtener la aprobación del Comité Académico; c) acreditar competencias proyectuales y en gestión de procesos (de producción, gráfica, industrial y/o comunicación); d) acreditar dominio del idioma español; e) cumplir con los requisitos formales que requiere la normativa de posgrado de la UNCUYO.
En el caso de postulantes que posean título superior no universitario de cuatro años como mínimo de duración, su aceptación dependerá de la evaluación de los antecedentes que realicen los Comités Académicos. 2.2. Inscripción: la inscripción a la carrera se realiza a través del formulario establecido para tal fin por la Universidad Nacional de Cuyo. Además del formulario electrónico, se deben cumplir con los requerimientos formales establecidos por la normativa vigente de la UNCUYO y presentar la siguiente documentación:
Ord. N° 1
Anexo Único – hoja 2 Formulario debidamente firmado por el postulante. Certificado analítico y copia certificada del título de grado, título/s de posgrado (si corresponde). Copia del documento de identidad o pasaporte. Currículum vitae extendido y actualizado que permita valorar su trayectoria profesional. Nota declarando el interés por el ingreso a la carrera.
Los títulos académicos obtenidos en el extranjero deben estar certificados por: a) la Universidad de origen; b) el Ministerio de Educación (o su equivalente) del país de origen; c) la Embajada Argentina sita en el país de origen (Consulado del país donde obtuvo el título); d) si el país no se encuentra inscripto en el convenio de La Haya, el trámite concluye en el Ministerio de Educación de la República Argentina. La documentación redactada en idioma extranjero debe ser traducida por traductor público con registro. 2.3. Proceso de admisión: Para recomendar la admisión, el Comité Académico realizará una evaluación del perfil y antecedentes de las/os postulantes, con el fin de determinar la viabilidad y pertinencia disciplinaria. Cuando se considere necesario se podrá solicitar una entrevista con las/los postulantes, para esclarecer cualquier aspecto vinculado a su postulación. La solicitud de admisión podrá ser rechazada por defectos formales, documentación incompleta, o por haber sido evaluada su postulación como no pertinente. En este caso, el/la postulante deberá retirar su solicitud, pudiendo volver a presentar una nueva solicitud de admisión por única vez, la que seguirá el mismo proceso de admisión antes descripto.
4. Requisitos de permanencia, promoción y graduación: Para mantener su condición de regular se deberá: a) Cumplir con la reinscripción anual según el formulario, el plazo y los requisitos establecidos para tal fin, por la Universidad Nacional de Cuyo. La reinscripción anual se realiza a través del sistema SIU GUARANI para estudiantes de posgrado. b) Cumplir con las obligaciones académicas de la carrera, previstas en el Plan de estudios. c) Presentar y aprobar los informes de avance anuales, según los requisitos formales y académicos establecidos por la normativa vigente de la UNCUYO. d) Cumplir con los plazos y los requisitos académicos y formales para la presentación de Tesis, según lo establecido por el área de posgrado de la Facultad de Artes y Diseño. e) Cumplir con los plazos y los requisitos académicos y formales para la defensa y aprobación de las Tesis de Maestría.
Los casos particulares a considerarse como excepciones deben ser analizados y decididos por el Comités Académico y el área de gestión de posgrado de la Facultad. 2.5. Régimen, instrumentos y porcentaje máximo de equivalencias admitido: La Universidad Nacional de Cuyo promueve un sistema flexible de equivalencias para convalidar las actividades curriculares de posgrado que se dictan en el marco de las carreras y cursos de posgrado ofrecidos por la Facultad y las diferentes Unidades Académicas. Para el otorgamiento de equivalencias se deberá contemplar: la calidad académica, carga horaria, docente responsable, contenidos mínimos y bibliografía de cada curso, según el formulario establecido a tal fin por la normativa vigente de la Universidad Nacional de Cuyo.
Ord. N° 1
Anexo Único – hoja 3 En el caso de actividades académicas que se dictan como parte de la oferta de carreras de posgrado de la Universidad Nacional de Cuyo, la equivalencia será automática. Se podrán acreditar actividades curriculares realizadas con anterioridad a la admisión en la carrera, hasta un 40% del total de horas totales del plan de estudios. El Comité Académico podrá considerar excepciones al presente artículo, por resolución fundada. Las actividades curriculares o seminarios que puedan ser considerados acreditables, que se hayan desarrollado en la Universidad Nacional de Cuyo, o en otros Centros Académicos y Científicos de reconocido prestigio, deben cumplir con la normativa específica de la Universidad Nacional de Cuyo y contar con la aprobación del Comité Académico de la carrera. Para ello el/la postulante debe aportar las probanzas que permitan juzgar los contenidos y la calidad de dichas actividades.
6. Políticas y procesos de seguimiento de estudiantes y graduados/as de posgrado: El seguimiento de los/as estudiantes de posgrado se realiza a través de diferentes instancias: a) a través del Comité Académico, encargado de supervisar que las/os estudiantes cumplan con los requisitos formales y académicos que implica el proceso de formación, aprueba los informes de avance y los avances particulares requeridos. b) a través del Cuerpo Docente de las carreras, que aseguran el cumplimiento de las actividades curriculares a su cargo. c) a través del Cuerpo de Directores/as de Tesis, quienes acompañan a las/os tesistas en su proceso formativo y guían los trabajos de investigación y las actividades que deben desarrollar en el proceso de producción de sus tesis, desde la etapa de formulación de proyecto hasta su defensa y aprobación. En todos los casos se debe informar al área de gestión de posgrado de la Facultad, sobre cualquier anormalidad detectada, a fin de que se propongan las medidas de corrección que se consideren necesarias. La carrera, contempla un programa de seguimiento de graduados/as que se desarrolla a través de: la sistematización y divulgación de los trabajos de investigación y de la producción científica desarrollada por los/as tesistas, la incorporación de sus graduados/as como parte del cuerpo académico de la carrera, ya sea a través del dictado de actividades curriculares o la dirección de nuevas tesis y su participación activa en los seminarios de investigación que se dicten en el marco de las carreras u organizados por el área de gestión de investigación y posgrado de la Facultad.
CAPÍTULO III: DEL CUERPO ACADÉMICO
1. Gestión académica y administrativa de la carrera: La carrera depende estructuralmente del área de gestión de Posgrado de la FAD. La estructura organizativa se compone de un/a Director/a, una Codirección Académica, un Comité Académico y un Cuerpo Académico compuesto por el Cuerpo Docente a cargo del dictado de las actividades curriculares y el Cuerpo de Directores de Tesis a cargo de la dirección de tesis.
Ord. N° 1
Anexo Único – hoja 4
Para formar parte del Cuerpo Académico de la carrera se requiere poseer título igual o superior al que otorga la carrera, excepcionalmente merito equivalente reconocido sobre la base de los criterios establecidos en la normativa vigente de la Universidad Nacional de Cuyo. 3.2. Mecanismos de designación, requisitos y funciones del Director/a, la Codirección Académica, el Comité Académico y el Cuerpo Académico de las carreras: El/la Director/a es designado/a por Resolución del Consejo Directivo de la Facultad, a través de un proceso de selección, en el que se tienen en cuenta los antecedentes académicos y de gestión para llevar a cabo la dirección de la carrera. Para su selección se tienen en cuenta la trayectoria académica y los antecedentes relevantes en producción científica, docencia, vinculación con el medio, gestión y formación de recursos humanos en temáticas relacionadas al campo disciplinar la carrera. El/la Director/a es responsable de la conducción de la carrera y de promover su nivel de excelencia en todo el proceso académico que implica, su planificación, ejecución, desarrollo, seguimiento y actualización. La designación de quien desempeñe la función de Codirector/a Académico/a se realiza por Resolución del Consejo Directivo de la Facultad a propuesta de la Secretaría de Investigación y Posgrado, y forma conjunta con el/la Director/a de la carrera, considerando
sus antecedentes y experiencia en gestión de posgrado y en la coordinación de equipos de trabajos vinculados al ámbito de la carrera, su formación académica y sus antecedentes en docencia, vinculación e investigación a nivel local o regional. La Codirección Académica tiene como responsabilidad acompañar las funciones de gestión académica de la Dirección y articular el trabajo de los miembros del Comité Académico. Promueve la interacción de la carrera con otras propuestas académicas a nivel local y regional, y con el sector productivo del territorio en el cual se inserta la carrera, cuenta con el apoyo de un área de gestión administrativa para el normal desempeño de las actividades que implica el desarrollo de la carrera.
El Comité Académico está integrado por un número impar de miembros designados por el Consejo Directivo de la Facultad, en función de sus antecedentes académico-científicos y la representatividad de las áreas del conocimiento que abarca la carrera. Podrá incluir especialistas de la Universidad Nacional de Cuyo u otros institutos de investigación y docencia superior. Para integrar el Comité Académico se requiere: Poseer título igual o superior al que otorga la carrera, contar con antecedentes relevantes en docencia, investigación y extensión relacionados con la temática de la carrera, acreditar formación de recursos humanos a nivel de posgrado, dirección de proyectos de investigación, extensión o vinculación, dictado de cursos y seminarios de posgrado. Contar, preferentemente, con antecedentes en gestión de posgrado y participación en programas y proyectos de investigación y vinculación. Son funciones del Comité Académico: a) Relativas a la estructura curricular: Brindar asistencia técnica en el diseño, desarrollo y seguimiento de la carrera de modo de contribuir a la optimización de los recursos vinculados con los objetivos propuestos en el plan de estudios. Realizar la autoevaluación de la carrera, a fin de destacar los logros y detectar áreas deficitarias o críticas, proponiendo planes de mejora.
Ord. N° 1
Anexo Único – hoja 5
Determinar el otorgamiento de mérito equivalente del Cuerpo Docente Promover la conformación de redes y acuerdos específicos con otras Instituciones para el desarrollo de programas de movilidad de docentes, investigadores y alumnos, la conformación de equipos y trabajos de investigación conjuntos, la realización de estudios comparados, el desarrollo de publicaciones conjuntas, el intercambio de jurados y directores de tesis. b) Relativas al seguimiento de los estudiantes: Elevar al área de gestión de posgrado de la Facultad, la propuesta de los/as postulantes admitidos/as, para su posterior elevación al Consejo Directivo. Aceptar, rechazar o solicitar modificaciones del plan de Tesis presentado por los/asestudiantes con el asesoramiento y conformidad de sus Directores/as de Tesis. Proponer al área de gestión de posgrado de la Facultad la aceptación o no del/a Director/a de Tesis propuesto/a (y del codirector/a si correspondiera). Aprobar las actividades de posgrado desarrolladas por los/as estudiantes y otorgar equivalencias. Evaluar el progreso de los/as estudiantes en la realización de sus trabajos de Tesis y, si fuera negativo, proponer las medidas a adoptar. Asesorar al área de gestión de posgrado de la Facultad sobre la designación del Jurado encargado de evaluar el trabajo de Tesis y la defensa del mismo. Resolver en forma conjunta con el área de posgrado de la Facultad, sobre todas las cuestiones concernientes al desarrollo del Plan de Estudio de la carrera en general o no previstas en la normativa específica. Los/as responsables de la gestión académica, como los integrantes de los Comités Académicos de las carreras, podrán ser designados por un plazo máximo de DOS (2) años, luego de lo cual podrán ser ratificados en su designación o no, teniendo en cuenta los mecanismos de evaluación de desempeño de sus funciones (de gestión y conducción, según sea el caso) determinadas por la Facultad. El Cuerpo Docente es designado por el Consejo Directivo de la Facultad previo aval de la Secretaría de Investigación y Posgrado, considerando su titulación a nivel de posgrado, sus antecedentes en investigación y docencia y sus capacidades para la formación de recursos humanos. El mismo está constituido por profesores e investigadores de la Facultad de Artes y Diseño, de la Universidad Nacional de Cuyo y de otras instituciones de reconocido prestigio. Su designación y el tipo de relación contractual de los docentes con la carrera, sigue las pautas establecidas en la normativa vigente de la Facultad y de la UNCUYO.
2.1. Designación, requisitos y funciones del Director/a y Codirector/a de Tesis: Los/as Directores/as y Codirectores/as de Tesis son designados por el Consejo Directivo, previa evaluación de sus antecedentes y pertinencia por parte del Comité Académico y el área de gestión de posgrado de la Facultad, considerando que cumplan con los siguientes requisitos: a) Poseer título igual o superior al que otorga la carrera. b) Poseer antecedentes de investigación en el tema de tesis propuesto. c) Poseer antecedentes en la dirección de tesis de posgrado o en la formación de recurso humanos.
Ord. N° 1
Anexo Único – hoja 6
Son funciones de los/as Directores/as y Codirectores/as de Tesis: a) Asesorar a los/as tesistas en la elección del tema de tesis; la elaboración del proyecto de Tesis y la selección de las actividades complementarias para su formación. b) Orientar a los/as tesistas en todo lo referente al desarrollo del trabajo de investigación que implica la elaboración de la Tesis. c) Informar al Comité Académico de la carrera acerca de las actividades de los/as tesistas toda vez que se lo requiera. d) Acompañar a los/as tesistas en la elaboración del informe de avance anual de las actividades realizadas. e) Otorgar la aprobación final, y justificar la contribución de la producción científica desarrollada, habilitando a los/as tesistas a presentar su trabajo de Tesis.
El/la directora/a y Codirector/a de Tesis pueden renunciar a sus funciones, a través de una nota dirigida al Comité Académico, que analizará el pedido de renuncia. Una vez aceptada la renuncia, el/la tesista deberá proponer un nuevo Director/a o Codirector/a. El Comité Académico evaluará sus antecedentes, y notificará su aceptación o no. Durante el desarrollo de su trabajo los/as tesistas pueden solicitar el cambio de Director/a de Tesis. Esta propuesta debe ser analizada y resuelta por el Comité Académico.
3. Constitución del Jurado de Tesis, mecanismo de selección, requisitos y funciones: El Jurado encargado de evaluar las Tesis de Maestría debe estar constituido por TRES (3) miembros titulares y DOS (2) miembros suplentes que deberán ser investigadores de reconocido prestigio en la especialidad sobre la que versa la tesis. Podrán pertenecer a la Universidad Nacional de Cuyo, otras Universidades Argentinas o extranjeras. Deben poseer título superior o igual al que otorga la carrera, debiendo uno de ellos ser externo a la Universidad Nacional de Cuyo y otro externo al programa de Maestría. El Jurado es designado por el Consejo Directivo, a propuesta del Comité Académico y el área de gestión de Posgrado de la Facultad, previa evaluación de sus antecedentes y pertinencia. En caso de ser necesario el reemplazo de un miembro titular se incorporará el suplente designado, sin mediar nueva resolución. En caso de que algún miembro del Jurado renunciara a su designación deberá presentar una nota fundamentada. Para su reemplazo se seguirá con el procedimiento indicado precedentemente.
CAPÍTULO IV: DE LA EVALUACIÓN FINAL
1. Indicar tipo de evaluación final: Tesis de Maestría o Trabajo Final de Maestría 4.2. Del proyecto de tesis Una vez que los/as maestrandos/as hayan cumplido con las obligaciones académicas del plan de estudios, deberán presentar un proyecto de tesis o trabajo final de Maestría, que comienzan a elaborar a partir del tercer eje de la carrera. Dicho proyecto debe seguir el formato determinado a tal fin por la normativa vigente de la UNCUYO. En el cual se especifiquen: a) Datos personales c) Título tentativo del proyecto d) Área en la que se encuadra el proyecto
Ord. N° 1
Anexo Único- Hoja 7
e) Descripción del problema a investigar o a resolver y fundamentación de su relevancia f) Hipótesis de trabajo o supuestos de partida g) Objetivos generales y específicos h) Estrategia metodológica propuesta i) Factibilidad para su desarrollo i) Bibliografía j) Actividades y cronograma
El proyecto presentado deberá contar con el aval del Director/a y/o codirector/a de tesis, según el formulario establecido para tal fin por la normativa vigente de la UNCUYO. La evaluación del proyecto de tesis o del trabajo final de maestría corresponde al Comité Académico de la carrera, quien analiza las propuestas presentadas, luego de lo cual emite un acta en la cual el proyecto presentado resulta: aprobado, aprobado con observaciones menores, aprobado con modificaciones o desaprobado. El Comité Académico establece el tiempo para que se realicen las modificaciones sugeridas. En caso de resultar desaprobado el proyecto puede ser reformulado y volver a presentarse en los plazos establecidos a tal fin por el Comité Académico. Una vez aprobados los proyectos por parte del Comité Académico se elabora un acta que es presentada al área de gestión de posgrado de la Facultad, quien eleva la propuesta de resolución respectiva al Consejo Directivo para su aprobación. 4.2. Modificaciones en el trabajo final o Tesis: En el proceso de elaboración de la Tesis o trabajo final de maestría, las/los tesistas pueden cambiar el tema con razón fundada. Para formalizar este trámite debe presentar una nota indicando la modificación con su fundamentación, el aval de su Director/a de tesis y un nuevo proyecto de Tesis. El Comité Académico evalúa el cambio de tema y el nuevo proyecto presentado y notifica su aprobación o no. Asimismo, se pueden realizar ajustes en el título cuando se trate de una modificación que no afecte la organización interna del trabajo, ni signifique un cambio de tema. Para realizar este trámite se debe seguir el formato y los periodos establecidos para tal fin por la normativa vigente de la UNCUYO. 4.3. Características del Trabajo final de Maestría: El trabajo de Tesis o el Trabajo final de Maestría consiste es un proyecto, un estudio de casos, una obra, una tesis, o un trabajo similar que dé cuenta de una aplicación innovadora o producción personal, sostenida en marcos teóricos, y que evidencien la resolución de problemáticas complejas, propuestas de mejora, desarrollo analítico de casos reales, acompañadas de un informe escrito que sistematiza el avance realizado a lo largo del trabajo, desarrollada sobre un aspecto del área de incumbencia de la carrera, que contenga un aporte significativo dentro del campo elegido. El trabajo deberá:
a) Poseer la información teórica y empírica correspondiente. b) Demostrar un uso adecuado de datos y fuentes de información relevantes en el desarrollo del tema elegido. c) Cumplir con los requisitos formales establecidos por la normativa vigente de la UNCUYO. d) Cumplir con los requisitos específicos de la carrera
La valoración de los requisitos antedichos compete a los miembros del Jurado de Tesis. Ord. N° 1
Anexo Único- Hoja 8
4. Presentación formal de la Tesis o Trabajo final de Maestría: Las/os interesados deben solicitar la defensa, siguiendo el formulario y requisitos establecidos por la normativa vigente de la UNCUYO, por Mesa de entradas de la Facultad Artes y Diseño, junto con una nota del/la Directora/a en la que fundamente las razones por las que considera que el trabajo de Tesis o el Trabajo final de Maestría, está en condiciones de ser presentado y defendido. Dicho trabajo, constituye el último requisito para alcanzar el grado de Magister, su presentación y estructura formal debe seguir los parámetros y plazos establecidos por la normativa vigente de la Universidad Nacional de Cuyo. 4.5. Proceso de defensa: Una vez iniciado el proceso de evaluación del trabajo escrito de la Tesis o Trabajo final de Maestría, el área de gestión de Posgrado remite un ejemplar en formato digital a los/as integrantes del jurado designado a tal fin, para que se expidan sobre su aprobación o no. Cada integrante del Jurado debe emitir un dictamen fundamentado, individual y por escrito sobre el trabajo que se somete a su consideración. Se analizará: el interés y relevancia del tema; la estructura lógica y conceptualización empleada en su exposición, la metodología utilizada; la calidad de la labor realizada; la bibliografía y otras fuentes de datos utilizados, luego de lo cual se debe consignar si el trabajo escrito se encuentra: a) Aprobado sin modificaciones b) Aprobado con modificaciones menores (podrán salvarse en la defensa oral) c) Sujeto a modificaciones (deberán salvarse y ser aprobadas por el jurado antes de la defensa oral) d) No aprobado
El jurado deberá expedirse dentro de un plazo máximo de SESENTA (60) días, a partir de efectivizado el envío del ejemplar del trabajo. Previo a notificar al o a la tesista sobre los resultados de la evaluación, se dará vista a los/as integrantes del Jurado de los dictámenes emitidos, para su conocimiento. El/la tesista será notificado/a sobre el resultado de los dictámenes emitidos por el Jurado, luego de lo cual, sólo para trabajos de tesis sujetos a modificaciones, el o la tesista tendrá un plazo máximo de SEIS (06) MESES para responder a las observaciones realizadas, cumplido este requisito, el trabajo se envía nuevamente al Jurado para que evalúe el cumplimiento de lo solicitado. Una vez que el Jurado haya aprobado por mayoría el trabajo escrito de la Tesis, el área de gestión de posgrado de la Facultad, fija la fecha para la defensa oral en un plazo no mayor a SESENTA (60) días desde que el o la tesista se haya notificado de la evaluación de su trabajo. En caso de que el trabajo escrito resultara no aprobado por la mayoría del Jurado, se debe reelaborar y presentar nuevamente, transcurrido un lapso no mayor de un año. El trabajo reelaborado debe volver a ser examinado por el mismo Jurado, quien emite un nuevo dictamen. 4.5.1. De la defensa oral y pública: Las Tesis o Trabajos finales de Maestría deben ser defendidas de modo oral y público, en idioma español, ante el mismo Jurado que intervino en la evaluación del trabajo escrito. En caso de imposibilidad física o de fuerza mayor, para la defensa presencial, se podrá recurrir a las posibilidades que brindan las tecnologías digitales, tales como videoconferencias o utilización de plataformas virtuales.
Ord. N° 1
Anexo Único- Hoja 9
Quien presida el Jurado es electo/a por los miembros del tribunal previo a la defensa. El acto de defensa se inicia con la exposición libre del/a tesista, en la misma sostendrá sus resultados y explicará los aspectos sustanciales del trabajo, teniendo en cuenta las revisiones solicitadas antes de la defensa oral, si las hubiera. La duración de la exposición no puede ser superior a cuarenta y cinco minutos, luego de lo cual el Jurado propone las cuestiones que considere oportunas y formula las preguntas que considere necesarias para evaluar la capacidad del/a la tesista para resolver con autonomía los problemas planteados. 4.6. De la calificación: Concluida la defensa oral, y cumplidos los requisitos específicos de la carrera, el Jurado, en sesión secreta, procede a extender el acta correspondiente, que suscriben todos los miembros del Jurado, donde figuran los conceptos que respectivamente merezcan el trabajo escrito y la defensa oral. De lo que resulta una calificación que responde a la siguiente gradación: “No Aprobado”, “Bueno”, “Muy Bueno”, “Distinguido”, “Sobresaliente” y “Sobresaliente con Mención de Honor”. En caso de no existir acuerdo del Jurado, sus integrantes podrán plantear actas diferenciadas. La calificación final, en tales casos, será el promedio de lo establecido en las diferentes actas. Una vez terminada la sesión, el Jurado procede a la lectura del acta haciendo pública la calificación obtenida. En todos los casos el dictamen es inapelable. Una vez que la tesis ha sido públicamente defendida, el área de gestión de Posgrado enviará un (1) ejemplar a la Biblioteca Central y uno (1) quedará en archivo de la carrera, según el formato requerido para tal fin.
CAPÍTULO V: DE LOS TÍTULOS
1. Requisitos para la obtención del título: Concluidos los estudios de Maestría, el Consejo Directivo de la Facultad emitirá una resolución donde otorgará el grado de Magister en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales. El diploma que acredita el grado de Magister es otorgado por la Universidad Nacional de Cuyo. En el diploma debe constar el nombre de la carrera y la Unidad Académica interviniente. 5.2. Requisitos formales para solicitar los títulos: El trámite para solicitar el título es de carácter personal y debe realizarse bajos las condiciones y normas establecidas para tal fin por la Universidad Nacional de Cuyo.
CAPÍTULO VI: DE LAS BECAS
1. Tipo de becas al que el alumno podrá optar: Desde la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad se promoverá que los estudiantes de las carreras de posgrado participen de las operatorias de becas ofertadas por los organismos nacionales e internacionales de apoyo a la formación de posgrado, tales como becas de CONICET, becas de la Agencia de Promoción Científico Tecnológica, becas de la Secretaría de Investigación Internacionales y Posgrado de la UNCUYO, organismos artísticos o similares. Así como la participación en programas de intercambio de investigación y formación con otras instituciones a nivel nacional e internacional.
ORDENANZA N° 1
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FA-2021-RES-093 22/03/2021 (Carga: 22/03/2021) |
MENDOZA, 22 de marzo de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP–CUY Nº 3898/21 caratulado: “s/ Solicitud de renuncia condicionada Rosa Ynés Batura - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde la Prof. BATURA solicita a partir del día 1 de marzo de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en los cargos detallados en el mismo. Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista de la docente.
Que sin perjuicio de lo anterior, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES BATURA, Rosa Ynés
D.N.I. 10.273.921
CUIT/CUIL 27-10273921-9
LEGAJO 25.407
Los cargos en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos
Dedicación Simple
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación 95/17-C.S.
Término de la última designación
Desde 01/12/2017
Hasta -------
Espacio/s Curricular/es
1) “Piano Complementario para Teorías Musicales”
2) “Piano Complementario I y II”
3) “Piano Complementario I, II y III”
4) “Piano Complementario Nivel A y B”
5) “Instrumento I a IV (Piano)”
CARGO 2 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Adjunto
Dedicación Exclusiva
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación 1366/17-C.S.
Término de la última designación
Desde 01/01/2018
Hasta -------
Espacio/s Curricular/es
1) “Pianista Acompañante Canto y Exámenes Finales”
2) “Pianista Acompañante Viento y Percusión”
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras Musicales
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES Marzo
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 93
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FA-2021-RES-092 22/03/2021 (Carga: 22/03/2021) |
MENDOZA, 22 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 8663/20 caratulado: “Gonzalez Guerrero, Pablo Emiliano s/ Solicitud acreditación horas optativas de seminario “Madera Más” FAD.”
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 292/17-C.D. reconoce el Seminario denominado “Workshop Madera]+[Mendoza 2017” como Materia Optativa/Electiva para los alumnos de las carreras de Diseño Gráfico e Industrial
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Los informes favorables efectuados por la Dirección de Carreras de Diseño y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Pablo Emiliano GÓNZALEZ GUERRERO (Registro N° 24179) de la carrera de Diseño Industrial, Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 4/06-C.S., el seminario “Workshop Madera]+[Mendoza 2017” con CINCUENTA (50) horas, la que corresponderá a UN (1) espacio curricular electivo del Ciclo de Formación Profesional.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N°92
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CD-2021-RES-007 22/03/2021 (Carga: 16/04/2021) |
MENDOZA, 22 de marzo de 2021
VISTO:
Las resoluciones N° 5/21 y 26/21 dictadas por el Decano Ad-Referéndum del Consejo Directivo.
CONSIDERANDO:
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto en Sesión Plenaria Virtual del día 16 de marzo de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ratificar las resoluciones que a continuación se detallan, las que fueran dictadas por el Decano Ad-Referéndum de este Cuerpo:
Resolución N° 5/21-FAD: Prorrogar la designación interina de la Prof. María Florencia KERMEN, en un cargo de Ayudante de Primera con dedicación Simple, para cumplir funciones en TRACES, desde el 01/01/2021 hasta el 31/12/2021.
Resolución N° 26/21-FAD: Aprobar la nómina del Jurado que tendrá a su cargo la evaluación de la tesis de maestría elaborada por el maestrando Prof. Marcos Bruno AMALFITANO denominada: “Las tres Sonatas y la Sonatina para piano de Luis Gianneo. Contextualización histórica y análisis formal y paramétrico”; desarrollada bajo la dirección de Dr. Alejandro CREMASCHI, el cual queda integrado de la siguiente manera: Miembros Titulares: Prof. Dora Cristina DE MARINIS, Dra. Alejandra SÁEZ, Dra. María Emilia GRECO. Miembros Suplentes: Mgter. Ana María PORTILLO Mgter. Diego Jesús BOSQUET.
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 1er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 7
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CD-2021-RES-006 22/03/2021 (Carga: 22/03/2021) |
MENDOZA, 22 de marzo de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP–CUY Nº 4343/21 caratulado: “S/ Encuentro de Formación y Actualización Curricular 2021-FAD”.
CONSIDERANDO: Que el “Encuentro de Formación y Actualización Curricular para Docentes FAD” se basa en tres ejes fundamentales: 1 - Formación docente en Artes y Diseño. Análisis crítico de las experiencias de enseñanza, aprendizaje y evaluación en escenarios virtuales, de alternancia y en el contexto de la pandemia. Puesta en valor de la formación docente en artes y diseño y de la docencia universitaria. Concurso. 2 Derechos Humanos, género y discapacidad. Línea estratégica de la política institucional que propone interpelarnos respecto del derecho a la educación superior de las y los estudiantes tanto en relación a nuestras prácticas docentes como artísticas y de diseño. Se hace necesario deconstruir el género y cuestionar mandatos selectivos que excluyen a minorías del ámbito universitario. Se trata de generar espacios y formas que nos permitan fortalecernos como comunidad académica y artística respetuosa y justa.3 Espacios de carreras, mates mediante. Claves para el desarrollo del año académico: reglamentación académica, protocolos, programas y entornos virtuales en su dimensión institucional, curricular, docente y estudiantil. Problemáticas específicas de los grupos de carreras. Ingreso 2021.
Que estos encuentros se consolidan como espacios de diálogo en torno a la dimensión académica de la Facultad, focalizando en los procesos de enseñanza y el aprendizaje en las artes y el diseño.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día 16 de marzo de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la realización del “Encuentro de Formación y Actualización Curricular para Docentes FAD” de acuerdo a los lineamientos detallados en el Anexo Único que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 6
ANEXO ÚNICO
ENCUENTROS DE FORMACIÓN Y ACTUALIZACIÓN CURRICULAR 2021
Cada docente obtiene certificación según la cantidad de horas a las que asiste.
Formulario de Inscripción: https://forms.gle/2Y9sBgFXxuQojSiE6
Comisión Organizadora: Secretaría Académica: Mariela Meljin Direcciones de Carreras: Damián Belot, Ana Elia Pistone, Alejandro Iglesias, Dorka Pamela Fernandez, Adrián Manchento, Laura Torres, Florencia Castellino, Gabriela Guembe, Andrea Zingaretti. Coordinación Derechos Humanos, Género y Discapacidad: Eva Bonino Asesoría Estudiantil: Pablo Morón
Asesoría de Egresados y Egresadas: Analy Elia Dazat
TRACES/SAPOE: Belén Martín, Adriana Piezzi, Elisa Mieras, Roxana Loyero, Celina Dominguez, Laura Mallimo. Colaboran: Hanna Luszt, Florencia Kermen Días: 10, 11 y 12 de Marzo de 2021 Organización general: Miércoles 10 de marzo - 17 a 20 hs Jueves 11 de marzo - 9 a 13 hs Jueves 11 de marzo - 17 a 20 hs Viernes 12 de marzo - 9 a 13 hs Las Actividades Académicas para Docentes denominadas Encuentros de Formación y Actualización Curricular se consolidan como espacios de diálogo en torno a la dimensión académica de la Facultad, focalizando en los procesos de enseñanza y el aprendizaje en las artes y el diseño, como oportunidad para encontrarnos, pensarnos y construir colectivamente. Al igual que en 2020, este año las jornadas se realizarán en forma virtual. Propósitos: Fortalecer los Encuentros de Formación y Actualización Curricular como espacio institucional de diálogo sobre la propuesta formativa de la FAD en relación a las particularidades del tiempo de pandemia que estamos viviendo. Valorar la experiencia realizada en 2020 en cuanto a la educación virtual de emergencia y proyectar los desafíos de la alternancia con la presencialidad para este año 2021. Reflexionar sobre la formación docente en artes y diseño interpelada por la necesidad de transformación y por acechanzas del contexto socio-políticonormativo. Promover la sensibilización y la reflexión crítica sobre temáticas transversales constitutivas del derecho a la educación, desde un enfoque de Derechos Humanos que contempla la diversidad de género y la inclusión de personas con discapacidad.
Resol. nº 6
Anexo Único – hoja 2
Ejes: Formación docente en Artes y Diseño. Análisis crítico de las experiencias de enseñanza, aprendizaje y evaluación en escenarios virtuales, de alternancia y en el contexto de la pandemia. Puesta en valor de la formación docente en artes y diseño y de la docencia universitaria. Concurso. Derechos Humanos, género y discapacidad. Línea estratégica de la política institucional que propone interpelarnos respecto del derecho a la educación superior de las y los estudiantes tanto en relación a nuestras prácticas docentes como artísticas y de diseño. Se hace necesario deconstruir el género y cuestionar mandatos selectivos que excluyen a minorías del ámbito universitario. Se trata de generar espacios y formas que nos permitan fortalecernos como comunidad académica y artística respetuosa y justa. Espacios de carreras, mates mediante. Claves para el desarrollo del año académico: reglamentación académica, protocolos, programas y entornos virtuales en su dimensión institucional, curricular, docente y estudiantil. Problemáticas específicas de los grupos de carreras. Ingreso 2021.
Día 1- Tarde Apertura: 17 hs Palabras del Sr. Decano: Prof. Arturo Tascheret Presentación: ¿Volvemos o no? Acerca de los protocolos y las alternancias para este ciclo 2021. A cargo de la DI Silvina González (Vicedecana) Presentación: Propuestas, logros y desafíos de la gestión académica de la FAD. A cargo de la Esp. Mariela Meljin (Secretaria Académica FAD) Panel: La política de concursos especiales. 18 horas Panelistas: Ester Trozzo, Javier Bauzá, Francisca Staiti (FADIUNC) Coordina: Roxana Loyero Link: TAC FAD UNCUYO le está invitando a una reunión de Zoom programada. Tema: EFAC 21 - Apertura - Conferencia - Panel Hora: 10 mar. 2021 05:00 p. m. Buenos Aires, Georgetown Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/95812056924?pwd=Y25xKytnWUZHN0RrejJob2JhRTBYZz09 ID de reunión: 958 1205 6924 Código de acceso: 283678 Día 2 - Mañana Charla: Área de Inclusión de Personas con Discapacidad: lineamientos y estrategias para abordar la discapacidad en el sistema universitario. 9 a 10 hs
A cargo de la Mgter. Alicia REPARAZ, Coordinadora General del Área de Inclusión de Personas con Discapacidad. El propósito es sensibilizar sobre la temática y dar a conocer el protocolo de discapacidad aprobado por la UNCUYO.
Resol. N° 6
Anexo Único – hoja 3 Expositora: Alicia REPARAZ
Coordina: Eva BONINO Link: TAC FAD UNCUYO le está invitando a una reunión de Zoom programada. Tema: EFAC21 - Panel Inclusión-Exclusión Hora: 11 mar. 2021 09:00 a. m. Buenos Aires, Georgetown Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/94470018929?pwd=dytpNWNTWWNSeGF5QUtXc3kxS2pIZz09 ID de reunión: 944 7001 8929 Código de acceso: 348874
Charla: Cuerpos y Sexualidad: roles posibles en el hacer artístico. Desde perspectivas Feministas Decoloniales - 10:30 a 11:30 hs
Se trata de un espacio de sensibilización en perspectiva de género en el que analizamos la dupla inclusión-exclusión, aquellos supuestos que nos interpelan como trabajadores y trabajadoras de la educación y la cultura. Realizaremos una revisión crítica sobre los patrones socioculturales que generan desigualdades, entre ellos la violencia sexista, reflexionando sobre herramientas que nos permitan construir cambios en la cultura y dinámica institucional.
Algunos de los ejes de problematización a abordar: ¿Qué roles son posibles para las mujeres y las disidencias, a partir de la significación de los cuerpos y la sexualidad colonialista? ¿Cuál es la memoria de las mujeres trabajadoras? Expositora: Paula Santoni Coordina: Eva Bonino Link: TAC FAD UNCUYO le está invitando a una reunión de Zoom programada. Tema: EFAC21 - Conversatorio Violencia Institucional Hora: 11 mar. 2021 10:30 a. m. Buenos Aires, Georgetown Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/94122469571?pwd=eDBBcmtJL2kwbUQrTVNzaXJJUWQ0QT09 ID de reunión: 941 2246 9571 Código de acceso: 813970
Pensar la enseñanza y el aprendizaje en tiempos de incertidumbre: análisis, reflexiones, proyecciones - 12 a 13 hs Reflexionar sobre las evaluaciones. Lo ocurrido sobre el ciclo 2020, análisis pedagógicos sobre los procesos e instancias de evaluación vinculadas al contexto de pandemia. Responsables: Vanina Lucero y Laura Rodriguez
Resol. N° 6
Anexo Único – hoja 4
Link: TAC FAD UNCUYO le está invitando a una reunión de Zoom programada. Tema: EFAC21 - TAC (nombre a definir) Hora: 11 mar. 2021 12:00 p. m. Buenos Aires, Georgetown Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/98819292088?pwd=SnBXdlovVjkxcm9scGNoRkFxMi9pdz09 ID de reunión: 988 1929 2088 Código de acceso: 590583
Día 2 - Tarde
Espacio de Carreras: 18 a 20 hs
Responsables: Direcciones de Carreras
La intención de este espacio es organizarse y pensar en conjunto los desafíos para el ciclo lectivo 2021 en un escenario en el que la incertidumbre se instaló como parte de la cotidianeidad y hoy nos convoca a diseñar propuestas de enseñanza sujetas a cambios y, principalmente, en entornos virtuales. Alternancia de la virtualidad y presencialidad con el objetivo de fortalecer el vínculo pedagógico. Quiénes vienen este año a la FAD? Compartimos información sobre el Curso de Ingreso 2021 según Grupos de Carreras que nos permita pensar estrategias para el cursado en los primeros años. Link (uno por grupo de carreras)
DISEÑO
TAC FAD UNCUYO le está invitando a una reunión de Zoom programada. Tema: EFAC21 - Espacio de carreras Diseño Hora: Este es una reunión recurrente Reunirse en cualquier momento Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/95380336394?pwd=NHR1RmFlYnRIclR1bWc4VVU1cjN2UT09 ID de reunión: 953 8033 6394 Código de acceso: 882488
MÚSICA
Coordinación TAC-FAD-UNCUYO le está invitando a una reunión de Zoom programada. Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/92909244515?pwd=b3UvMmh0ejlmMjNjbVVzdmppRDM2Z z09 ID de reunión: 929 0924 4515 Código de acceso: 084966
Resol. N° 6
Anexo Único – hoja 5
VISUALES
TAC FAD UNCUYO le está invitando a una reunión de Zoom programada. Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/91712065524?pwd=UVlTY2NpSnlEZ2hvK3UyOXZ3dDJPQT 09 ID de reunión: 917 1206 5524 Código de acceso: 172295
TEATRO tema: EFAC - Espacio de carreras Teatro Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/91052991896?pwd=WGhuT3NZLzRQbDJod3pXc01xS1ZhZz09 ID de reunión: 910 5299 1896 Código de acceso: 984466
CERÁMICA:
https://meet.google.com/zns-wpov-uau?hs=224
Día 3 - Mañana
Espacio de Carreras: 9 a 13 hs Espacio de Carreras, Conversatorio sobre programas de asignaturas
Responsables: Direcciones de Carreras
Rompiendo la soledad de las y los educadores (Prieto Castillo)
Los conversatorios en torno a las propuestas formativas de las cátedras, expresadas en los programas, constituyen una valiosa oportunidad para dialogar, formular preguntas, compartir criterios, decisiones y encontrar posibles respuestas a los problemas de la práctica docente en la enseñanza de las artes y el diseño.
Esperamos en este sentido, propiciar un espacio que permita compartir lo que las cátedras planifican y hacen mediante un respetuoso intercambio y diálogo. Así, los/las docentes (previa coordinación con la dirección) presentan la propuesta de cátedra (entre 5 y 10 minutos), teniendo presente que sus interlocutores son colegas de las carreras. Se comparten el enfoque o fundamentación, las intenciones, los contenidos seleccionados, las estrategias de enseñanza, aprendizaje y evaluación proyectadas para este ciclo 2021 en función de la experiencia del año 2020 en el que se realizaron adaptaciones, ajustes, se lograron buenos resultados y se evidenciaron numerosas dificultades. Intentamos de este modo generar una dinámica en la que no se realicen lecturas ni presentaciones digitales de trabajos sino que se compartan las producciones de modo coloquial y se interactúe con los/las participantes en un diálogo respetuoso y constructivo.
Resol. N° 6
Anexo Único – hoja 6
El conversatorio cerrará con propuestas para este año haciendo especial hincapié en articulaciones entre cátedras y con una autoevaluación del intercambio entre los/las participantes.
● Para las Carreras Musicales, se generará un espacio denominado: El enfoque del aprendizaje por competencias. Una oportunidad para reflexionar y revalorizar la tarea docente. A cargo de la Prof. Esp. Silvia Pérez
Link (uno por grupo de carreras):
DISEÑO
TAC FAD UNCUYO le está invitando a una reunión de Zoom programada. Tema: EFAC21 - Espacio de carreras Diseño Hora: Este es una reunión recurrente Reunirse en cualquier momento Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/95380336394?pwd=NHR1RmFlYnRIclR1bWc4VVU1cjN2UT09 ID de reunión: 953 8033 6394 Código de acceso: 882488
MÚSICA
Coordinación TAC-FAD-UNCUYO le está invitando a una reunión de Zoom programada. Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/92909244515?pwd=b3UvMmh0ejlmMjNjbVVzdmppRDM2Z z09 ID de reunión: 929 0924 4515 Código de acceso: 084966
VISUALES
TAC FAD UNCUYO le está invitando a una reunión de Zoom programada. Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/91712065524?pwd=UVlTY2NpSnlEZ2hvK3UyOXZ3dDJPQT 09 ID de reunión: 917 1206 5524 Código de acceso: 172295 TEATRO tema: EFAC - Espacio de carreras Teatro Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/91052991896?pwd=WGhuT3NZLzRQbDJod3pXc01xS1ZhZz09 ID de reunión: 910 5299 1896 Código de acceso: 984466
CERÁMICA: https://meet.google.com/gvi-xpzm-onw?hs=224
RESOLUCIÓN Nº 6
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FA-2021-RES-091 19/03/2021 (Carga: 19/03/2021) |
MENDOZA, 19 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY:3450/21 caratulado: “s/ Solicitud acreditación de horas optativas María Julieta Isuani Diaz - FAD.”
CONSIDERANDO:
Los informes favorables efectuados por la Dirección de Carreras de Diseño y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna María Julieta ISUANI DIAZ (Registro N° 24991) de la carrera de Diseño Industrial, Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 4/06-C.S., el espacio “Laboratorio de Animación - LabAn” con SETENTA Y DOS (72) horas, la que corresponderá a UN (1) espacio curricular electivo del Ciclo de Formación Profesional.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N°91
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FA-2021-RES-090 19/03/2021 (Carga: 19/03/2021) |
MENDOZA, 19 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 10061/20 caratulado: “María Constanza Fernández s/ Solicitud validación materias de intercambio en Francia - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que la alumna FERNANDEZ participó en el Programa de Movilidad Estudiantil, en el que cursó y aprobó distintos espacios curriculares durante el primer semestre del año 2019 en la Universidad de L’Ebabx Ecole Supérieure des Beaux-Arts de Bordeaux, Francia.
Lo sugerido por la Asesoría de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional.
El reconocimiento académico efectuado por la Dirección de Carreras de Diseño y lo informado al respecto por Secretaría Académica.
Que el Rectorado Ad-Referéndum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna María Constanza FERNANDEZ (Legajo N° 25.495 – DNI 39604974) las siguientes materias: “Curso Mason & Dixon” con una carga horaria de CIENTO CINCUENTA (150) horas; “Animación” con una carga horaria de NUEVE (9) horas, “InDesign” con una carga horaria de SEIS (6) horas, “Photoshop” con una carga horaria de SEIS (6) horas y “Serigrafía” con una carga horaria de NUEVE (9) horas, cada una posee una validez a UN (1) espacio curricular optativo respectivamente, que se dictan en la carrera de Diseño Gráfico de esta Facultad, cursadas y aprobadas en la la Universidad de L’Ebabx Ecole Supérieure des Beaux-Arts de Bordeaux, Francia.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 90
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