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FA-2021-RES-089 18/03/2021 (Carga: 18/03/2021) |
MENDOZA, 18 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 8336/20 caratulado: “Director de Carreras de Artes Visuales s/equivalencia entre Taller I: Pintura y Taller I: Escultura a la alunma María Jimena BARROZO. ”
CONSIDERANDO:
Que el Director de las Carreras de Artes Visuales, avalando el pedido del Lic. José Luis Molina (Titular del Taller I y II: Pintura) solicita que a la alumna María Jimena BARROZO se le dé por aprobado el espacio: “Taller I: Pintura” de la Licenciatura en Artes Plásticas, que cursara y regularizara en el ciclo lectivo 2018, equitativa y correspondiente al “Taller I: Escultura” de la misma carrera, rendida y aprobada con la mayor calificación, considerando que los propósitos académicos son similares, algunos contenidos disciplinares son coincidentes y que los objetivos creativos y expresivos en su producción artística son personales.
La opinión favorable de Secretaría Académica y de Dirección de Alumnos de esta Facultad.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el espacio: “Taller I: Pintura” de la alumna María Jimena BARROZO (Legajo N° 22.119 – DNI Nº 26.838.511) perteneciente a la carrera de Licenciatura en Artes Plásticas, de las Carreras Visuales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.- Invalidar el espacio: “Taller I: Escultura” realizado por la alumna María Jimena BARROZO (Legajo N° 22.119 – DNI Nº 26.838.511) perteneciente a la carrera de Licenciatura en Artes Plásticas, de las Carreras Visuales de esta Facultad.
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 89
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FA-2021-RES-088 18/03/2021 (Carga: 18/03/2021) |
MENDOZA, 18 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 3984/21 caratulado: “Pago proporcional de vacaciones - ROCO, Lelia Graciela - FAD ”
CONSIDERANDO:
Que dicha solicitud encuadra con lo establecido en el artículo 45º inc. a) del Decreto Nacional Nº 1246/15 y en lo dispuesto en la ordenanza Nº 32/16-R.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar a Secretaría Económico-Financiera a liquidar los días de licencia proporcional de vacaciones correspondiente al año 2021, a favor de la docente que se detalla a continuación: Prof. Lelia Graciela ROCO (Legajo N° 19.906 – CUIL n° 20-12162124-5) Proporcional de vacaciones: OCHO (8) DÍAS Cargo: Profesor Titular con dedicación Exclusiva - Efectivo Baja definitiva: UNO (1) de marzo de 2021
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 88
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FA-2021-RES-087 18/03/2021 (Carga: 18/03/2021) |
MENDOZA, 18 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 2809/21 caratulado: “s/Solicitud de renuncia condicionada Claudia Estela Pacaccio - FAD. ”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde la Prof. PACACCIO solicita a partir del día 1 de marzo de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en el cargo detallado en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista de la docente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES PACACCIO, Claudia Estela
D.N.I. 13.556.730
CUIT/CUIL 27-13556730-8
LEGAJO 21.705
El cargo en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos
Dedicación Exclusiva
Condición efectivo
Nº de Resolución de designación 1742/16-CS.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta
Espacio/s Curricular/es
1) “Diseño Gráfico”
2) “Introducción al Diseño”
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Diseño
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES MARZO
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 87
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FA-2021-RES-086 18/03/2021 (Carga: 18/03/2021) |
MENDOZA, 18 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 2885/21 caratulado: “s/Solicitud de renuncia condicionada Silvia Beatriz Nasiff - FAD. ”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde la Prof. NASIFF solicita a partir del día 1 de marzo de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en el cargo detallado en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista de la docente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES NASIFF, Silvia Beatriz
D.N.I. 14.149.248
CUIT/CUIL 27-14149248-4
LEGAJO 19.802
El cargo en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Exclusiva
Condición efectivo
Nº de Resolución de designación 31/10-CS.
Término de la última designación
Desde 03/03/2010
Hasta
Espacio/s Curricular/es
1) “Iniciación al Canto”; “Canto (Nivel A, B, C y D) CIEMU”; “Canto I, II, III, IV” del Ciclo Preparatorio
2) “Canto I, II, III, IV, V” de la Licenciatura en Canto
3) “Canto I al IV” de la Licenciatura en Música Popular
5. Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras Musicales
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES MARZO
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 86
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FA-2021-RES-085 18/03/2021 (Carga: 18/03/2021) |
MENDOZA, 18 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY-Nº 3027/21 caratulado: “s/ Informar direccion Tesina Emmanuel Nicolas Gonzalez Barros - Lic. en Arte Dramático - FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte del profesor que estará a cargo del mismo.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección del “Seminario de Investigación” al alumno de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumno: Emmanuel Nicolás GONZALEZ BARROS- Registro N° 26089 Seminario: “Habitando lo trágico desde el bufón” Director: Prof. Fabián Alejandro CASTELLANI Carrera: Licenciatura en Arte Dramático
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2o considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 85
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FA-2021-RES-084 18/03/2021 (Carga: 18/03/2021) |
MENDOZA, 18 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP CUY Nº 4252/21 caratulado: “Tello Manuel S/ pedido equivalencias. FAD.”
CONSIDERANDO:
Que el alumno TELLO ha cursado y aprobado las asignaturas “Música Popular Argentina I y II”, “Ensamble I” y “Armonía Práctica” en la carrera de Licenciatura en Música Popular.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
La opinión favorable de Secretaría Académica y de Dirección de Alumnos de esta Facultad.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia al alumno Manuel Ignacio TELLO (Legajo N° 25342 – DNI Nº 38908665) en las asignaturas “Música Popular I” y “Armonía Práctica” perteneciente a la carrera de Profesorado de Grado Universitario de Música de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 84
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CD-2021-RES-045 18/03/2021 (Carga: 18/03/2022) |
MENDOZA, 18 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7419/22 caratulado: “ORTEGA Federico (1) s/ solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Profesor Titular (SE)- Asignatura: "Técnicas Vocales III" Carreras de Artes del Espectáculo FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV).
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “
ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado para todos los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. 197 y 198/2021 C.S.
Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 23/10-C.S.
Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa del Prof. Federico ORTEGA se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 19 de octubre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Técnicas Vocales III”, de la carrera de Licenciatura en Arte Dramático, que se cursa en las Carreras Artes del Espectáculo de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación: VEINTITRÉS (23) al VEINTISIETE (27) de marzo de 2022. Inscripción: VEINTIOCHO (28) al TREINTA (30) de marzo de 2022; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.arla documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad - Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes: los días TREINTA Y UNO (31) de marzo y UNO (1) de abril de 2022, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.aren horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Las expectativas de logro y los descriptores de la mencionada asignatura son: Expectativas de Logro: Se espera que el alumno logre: ● Reconocer y manejar la voz como recurso fundamental en la caracterización de personajes. ● Manejar la voz hablada y cantada desde el punto de vista expresivo. ● Desarrollar la “conciencia vocal”, de tal manera que optimice su utilización y prevenga futuras alteraciones.
Descriptores: • El cuerpo sonoro. • Asociación y disociación corporal – vocal: compliancia y resistencia energética corporal en función fonatoria. • Uso no convencional de la voz. Aspectos creativos no convencionales referidos a la voz y al habla. • Plasticidad vocal. • Voz cantada: desarrollo de las posibilidades expresivas de la voz cantada. Voz cantada y coreografías. • Puesta en escena y voz.
FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES:
• Poseer título de Licenciado en Arte Dramático o Profesor de Grado Universitario en Teatro, con experiencia comprobada en el área vocal. • Poseer conocimientos en arte, y acreditar estudios pertinentes con cursos, seminarios, jornadas, trabajos teóricos, etc. • Acreditar antecedentes docentes. • Tener pleno conocimiento de las expectativas de logro y de los descriptores de la asignatura, en el marco del Plan de Estudios de la Carrera.
En función del perfil profesional descripto en el Plan de Estudios vigente, para ejercer su profesión se espera que el graduado pueda: • Reconocer y aplicar sus posibilidades expresivas en el campo teatral. • Lograr desarrollar sus habilidades como intérprete dramático, relacionado con distintos ámbitos, dando respuestas a las necesidades y demandas del medio. • Aplicar distintos métodos y técnicas de actuación. • Integrar adecuadamente el manejo del espacio escénico, su cuerpo y su voz para resolver situaciones dramáticas. • Resolver el trabajo en equipo en forma responsable y disciplinadamente, como elemento esencial del arte dramático. • Integrar sus conocimientos a la investigación y su correspondiente transferencia. • Aplicar sus conocimientos a otros medios de expresión como el cine, la radio, la televisión y el video.
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR:
El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecidas en el Art.62 del Anexo único de la Ordenanza Nº 5/19- C.D. – FAD, según se detallan a continuación:
El Profesor Titular constituye la máxima jerarquía de profesor ordinario que tiene a su cargo la coordinación de la gestión académica de la cátedra y, por tanto, le compete la responsabilidad de la enseñanza e investigación que en ese ámbito se realicen. Funciones de Profesor Titular: ● Organizar la labor de la cátedra en acuerdo con sus pares del equipo de cátedra, organizando y supervisando el desempeño del mismo, tendiendo al mejoramiento continuo de la enseñanza y a la formación de docentes e investigadores en el marco de los lineamientos acordados con la Dirección de Carreras. ● Elaborar anualmente el programa de la asignatura. ● Dictar las clases correspondientes estipuladas en los planes y programas vigentes y en los horarios establecidos. ● Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. ● Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación. ● Participar en las actividades y reuniones de la Dirección a la que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. ● Actuar en las comisiones en las que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. ● Informar a la Dirección de Carreras hasta el 30 de abril de cada año el plan anual de labor que la cátedra concretará durante el año académico. ● Evaluar e informar, según se establece en la presente reglamentación, a la Dirección de Carreras a la que pertenece su cátedra, el desempeño de los docentes a su cargo, así como también las actividades académicas realizadas durante el año. ● Colaborar en actividades de posgrado, extensión o dirigidas a graduados en las que se requiera su participación mediando solicitud de autoridad universitaria competente. ● Realizar actividades de investigación científica, técnica o artística, conforme al plan anual de labor de la cátedra y los lineamientos propuestos por la Facultad y Universidad a tal efecto, según dedicación. ● Realizar reuniones con su equipo de cátedra a fin de analizar en conjunto la marcha de actividades de enseñanza, los reajustes en la programación, la evaluación de los estudiantes, los trabajos prácticos, etc. ● Coordinar la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra. ● Realizar en conjunto con el Profesor Asociado y Adjunto la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra. ● Orientar y supervisar la elaboración, implementación y evaluación de trabajos prácticos. ● Acordar con los profesores asociados y adjuntos la realización de tareas relacionadas con la elaboración de exámenes parciales y su posterior evaluación y recuperación.
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: Miembros Titulares: Prof. Titular efectivo “Actuación III”. Carreras de Artes MONTERO, Adriana Marcela del Espectáculo. Facultad de Artes y Diseño. Universidad Nacional de Cuyo. Jubilada Prof. Titular efectivo “Canto”. Departamento de Música (DAMUS). Universidad Nacional de las Artes (Buenos BLANCO, Marta Aires). Prof. Titular efectiva “Técnica Vocal”. Instituto Superior de Arte del Teatro Colón de Buenos Aires. Prof. Titular efectivo “Foniatría y Técnicas Vocales para Músicos”. Carreras Musicales. Facultad de Artes y RODRIGUEZ, María Mercedes Diseño. Universidad Nacional de Cuyo.
Miembros Suplentes: Prof. Titular Efectivo “Canto I a V” del Profesorado en Canto, y “Canto I y II” del Profesorado Universitario en Educación Musical, “Canto Módulo A, B y C” de la carrera Intérprete Musical, y “Canto I a III” de la SANCHEZ, César Alejandro Tecnicatura Superior en Canto. Facultad de Filosofía, Humanidades y Artes. Universidad Nacional de San Juan. Regularizado el 08 de febrero de 2021, según Res. 0257/21 FFHA.
Prof. Titular efectivo de las cátedras “Técnicas Corporales I y II”. Carreras de Artes del Espectáculo. Facultad de Artes y Diseño. Universidad Nacional de SINAY, Paula Rut Cuyo. Jubilada Prof. Titular “Técnicas Corporales I y II” y “Práctica Escénica para Cantantes I, II, III”. Carreras Musicales. Facultad de Artes y Diseño. Universidad Nacional de Cuyo. Jubilada
Prof. Titular Efectivo “Canto coral” y “Dirección Coral”. PACHECO, Mónica Beatriz Carreras Musicales. Facultad de Artes y Diseño. Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 5°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 45
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CD-2021-RES-005 18/03/2021 (Carga: 18/03/2021) |
MENDOZA, 18 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3889/21, caratulado: “Secretaria de Investigación y Posgrado s/Propuesta de Designación de Autoridades y Comité Académico de la Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales.FAD ”
CONSIDERANDO:
Que según los requerimientos de los organismos de acreditación de posgrado, la normativa de posgrado de la UNCUYO y de la Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales de la Facultad de Artes y Diseño, corresponde ratificar periódicamente en sus funciones a las autoridades vigentes y designar a las nuevos/as integrantes del Comité Académico de la citada carrera.
Que corresponde ratificar en sus funciones al Director de la carrera, cuya designación resultó del análisis de su trayectoria académica y sus antecedentes relevantes en el ámbito del diseño a nivel local y regional, su trayectoria en áreas de gestión del diseño, sus antecedentes en docencia, gestión, investigación y formación de recursos humanos en temáticas relacionadas al campo disciplinar del diseño y el desarrollo regional, su participación en redes académicas en el ámbito de diseño a nivel nacional e internacional.
Que corresponde ratificar en sus funciones a la Codirectora Académica cuya designación resultó del análisis de sus antecedentes académicos, de gestión e investigación, su trayectoria en la formación de recursos humanos a nivel de posgrado, su experiencia en la gestión y el desarrollo de proyectos de vinculación en el ámbito local y regional, así como en la coordinación de equipos de trabajos vinculados al ámbito de la extensión del diseño, así como su activa participación en la gestión y el desarrollo de la carrera.
Que a fin de ratificar y/o designar a los/as nuevos/as integrantes del Comité Académico se han tenido en cuenta sus antecedentes académicos, de investigación y extensión en el ámbito del diseño y de áreas de formación disciplinar complementarias a la formación del diseño, su participación como investigadores/as formados/as en organismos e institutos de investigación a nivel nacional. Su trayectoria en investigación y docencia relacionados con la temática de la carrera, la formación de recursos humanos y dirección de tesis a nivel de posgrado, el dictado de cursos y seminarios de posgrado. Que la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad, presta su conformidad al proyecto de referencia, atendiendo a que cumple los requerimientos de la normativa vigente. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día 16 de marzo de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE: Resol.nº 5
ARTICULO 1º.- Ratificar en sus funciones de Director de la Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales, de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo al Mgter. Luis Alberto SARALE, designado por resolución nº 39/09-C.D.
ARTÍCULO 2°.- Ratificar en sus funciones de Codirectora Académica de la Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales, de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo a la Mgter. Laura Viviana BRACONI, designada por resolución nº 218/12 C.D.
ARTICULO 3°: Ratificar en sus funciones como Miembros Titulares del Comité Académico (designados por Resol. Nº 271/12-CD) y designar a los/as nuevos integrantes del Comité Académico de la Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales, de la Facultad de Artes y Diseño, a los siguientes profesionales:
Miembros Titulares:
Dr. Oscar ZALAZAR Dra. Andrea PATTINI Dra. Carolina GANEM Mgter. Luis Alberto SARALE Mgter. Laura Viviana BRACONI
ARTICULO 4°.- Designar como Asesor Externo del Comité Académico de la Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales, de la Facultad de Artes y Diseño, al Dr. Jesús Enrique DE HOYOS MARTÍNEZ.
ARTICULO 5°.- Dejar sin efecto las Resoluciones 39/09; 218/12 y 217/12 del Consejo Directivo de la Facultad de Artes y Diseño.
ARTICULO 6º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 6to. considerando de la presente.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 5
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CD-2021-RES-004 18/03/2021 (Carga: 18/03/2021) |
MENDOZA, 18 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 770/21 caratulado: “s/Solicitar prórroga del D.I Diego PERALTA en el cargo reemplazante de Jefe de Trabajos Prácticos (S.E) en la materia Dibujo a Mano Alzada perteneciente a la carrera de Diseño Gráfico.”
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la prórroga de designación del docente PERALTA sobre el cargo mencionado en el VISTO, motivada por la licencia por incompatibilidad cargo de mayor jerarquía de la Prof. Amelia PLANA.
Los informes producidos por Dirección de Personal, Secretaria Académica y de Secretaria Económico-Financiera.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto en Sesión Plenaria Virtual del día 16 de marzo de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación, en carácter de remplazante, del Personal Docente Universitario que se detalla en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Las características particulares de los espacios detallados en el Anexo Único, que figuran en el informe de Secretaría Académica.
ARTÍCULO 3º.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en el Legajos Electrónico Único que consta en el informe de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
Resol. N° 4
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ARTICULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to. considerando de la presente.
ARTICULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 4
ANEXO ÚNICO
LEGAJO CUIL APELLIDO Y NOMBRE CARGO DEDICACIÓN ASIGNATURA CARRERA PERIODO Desde el 01/01/2021 y mientras dure la Jefe de Trabajos Semiexclusiva 33585 20-34525167-8 PERALTA, Diego Fernando -Dibujo a Mano Alzada -Diseño Grafico licencia de la Prof. Prácticos (Remplazante) Amelia PLANA y no más del 31/07/2021
RESOLUCIÓN Nº 4
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CD-2021-RES-003 17/03/2021 (Carga: 17/03/2021) |
MENDOZA, 17 de marzo de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3999/21, caratulado: “Secretaría de Investigación y Posgrado s/aprobación de Proyectos de Tesis de la Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales. FAD ”
CONSIDERANDO: Que el Comité Académico de la Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales, evaluó el cumplimiento de los requisitos académicos de los/as tesistas, así como el perfil y pertinencia de los/as directores/as y codirectores/as de tesis propuestos.
Que la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad, corroboró el cumplimiento de los requisitos formales y académicos de los mismos.
Que se ha dado cumplimiento a lo estipulado por la Ord. 49/03 CS y la Ord. 33/12 R., respecto a la normativa de posgrado vigente en la UNCUYO.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en sesión Plenaria Virtual del día 16 de marzo de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Aprobar la nómina de los Proyectos de Tesis aprobados por el Comité de la Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales, según consta en el listado que a continuación se detalla:
Maestría en Gestión del Diseño para los desarrollos regionales APELLIDO Y NOMBRE DNI DIRECTOR/ CODIRECTOR TEMA DE TESIS
DEL ROSSO, Roxana María 16.609.098 Dra. K. MOLLENHAUER “Modelo de gestión de calidad de diseño en cadena Mgter. J. HORMAZÁBAL productiva vitivinícola de Mendoza”
“Mapa de diseño como herramienta de reflexión en GONZÁLEZ, Silvina Marcia 20.595.485 Dra. Ofelia Beatriz AGOGLIA torno a una trama de relaciones entre los procesos de desarrollo y las lógicas socioculturales. El caso de las carreras de diseño FAD/UNCUYO.”
“Diseño Estratégico en la Economía Social y MARTÍN, Celeste 32.627.774 Mgter. Laura Viviana BRACONI Solidaria: herramienta para la sustentabilidad y sostenibilidad en el medio”
“El diseño aborigen como elemento identitario: PEPE, Eduardo Gabriel 16.609.098 Dra. Ofelia Beatriz AGOGLIA recuperación de la iconografía ancestral para la producción sustentable de los tejidos artesanales de Malargue - Modelo de intervención.” “Vinculación Universidad emprendedores: diseño de TORRES, Laura Beatriz 30.836.988 Mgter. Laura Viviana BRACONI herramientas para medición de impacto y mejoras metodológicas de abordaje en el territorio.”
Resol.nº 3
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 3
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FA-2021-RES-083 16/03/2021 (Carga: 17/03/2021) |
MENDOZA, 16 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7755/20 caratulado: “URIBE VERA, Daniela Natalia, s/solicitud de Diploma - Profesora de Grado Universitario en Artes Visuales. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES a la egresada Daniela Natalia URIBE VERA (D.N.I. Nº 39.392.301) nacida en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, República Argentina, el SEIS (6) de abril de 1996, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., con fecha de egreso DOS (2) de noviembre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 83
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FA-2021-RES-082 16/03/2021 (Carga: 16/03/2021) |
MENDOZA, 16 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 3145/20 caratulado: “MONCHIETTI, Antonela del Valle S/ACREDITACION CATEDRA ABIERTA de Música Popular- FAD ”
CONSIDERANDO:
Que según lo informado por la Dirección de Alumnos, la estudiante Antonela del Valle MONCHIETTI ha cumplido con la carga horaria de las actividades extracurriculares exigidas para la acreditación de la “Cátedra Abierta de Música Popular” correspondiente a la carrera de Licenciatura en Música Popular (Orientación Guitarra).
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Antonela del Valle MONCHIETTI (DNI 37.225.732 Registro N° 25.809) CUARENTA Y OCHO (48) horas de la actividad curricular “Cátedra Abierta de Música Popular”, en calidad de Materia Optativa Complementaria correspondiente a la carrera de Licenciatura en Música Popular (Orientación Guitarra).
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 82
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FA-2021-RES-081 15/03/2021 (Carga: 15/03/2021) |
MENDOZA, 15 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 11603/20 caratulado: “Balastegui Ballesteros, María Sofía s/ Solicitud acreditación de materias optativas - Lic. en Arte Dramático - FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna María Sofía BALASTEGUI BALLESTEROS (Registro N° 26505) los espacios curriculares “Guión” con una carga horaria de SESENTA (60) horas y “Fotografía, Iluminación y Cámara” con una carga horaria de CIENTO VEINTE (120) horas en calidad de Materias Optativas perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N°81
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FA-2021-RES-080 15/03/2021 (Carga: 15/03/2021) |
MENDOZA, 15 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 1391/21 caratulado: “s/ Solicitud acreditación de horas optativas Lía Queirolo Vilasetru - FAD”
CONSIDERANDO:
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Lía QUEIROLO VILASETRU (Registro N° 25665) el espacio curricular “Iluminación Creativa para Producciones Audiovisuales” con una carga horaria de SESENTA (60) horas, en calidad de Materia Optativa perteneciente a la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro de las Carreras Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N°80
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FA-2021-RES-079 15/03/2021 (Carga: 15/03/2021) |
MENDOZA, 15 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY N° 9870/20 caratulado: “Laura Beatriz Mavers s/ Informar renuncia a cargo de Vice Dirección del Grupo de Carreras de Cerámica FAD.
CONSIDERANDO:
Las razones invocadas por la Lic. Laura Beatriz MAVERS.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Los informes producidos por Dirección de Personal.
Por ello y de conformidad con lo establecido por ordenanza N° 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de marzo de 2021, a la Lic. Laura Beatriz MAVERS (Legajo N° 30496– CUIL Nº 27-25956488-9) en el cargo de Profesor Adjunto con Dedicación Simple, cuya prórroga de designación interina se efectuó desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021, para cumplir funciones de GestiónVicedirectora de las Carreras de Cerámica de esta Facultad, según Resol. n° 106/2020CD.
ARTICULO 2º.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de marzo de 2021, al “Adicional por Carácter Crítico de la Función” que percibe la Lic. Laura Beatriz MAVERS, para cumplir las funciones que se mencionan en el Articulo precedente, según Resol. n° 394/2020-FAD.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 79
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FA-2021-RES-078 15/03/2021 (Carga: 15/03/2021) |
MENDOZA, 15 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY-Nº 1629/21 caratulado: “s/ Informar título y dirección Tesina Lucia Inés Castellino - Lic. en Arte Dramático. FAD - “
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de la profesora que estará a cargo del mismo.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección del “Seminario de Investigación” a la alumna de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumna: Lucía Inés CASTELLINO- Registro N° 24623 Seminario: “Constantes y variables en la dramaturgia escogida de Elvira Maure de Segovia. Perspectiva crítica 2021” Directora: Prof. Ariana Lucía GÓMEZ Carrera: Licenciatura en Arte Dramático
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2o considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 78
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FA-2021-RES-077 15/03/2021 (Carga: 15/03/2021) |
MENDOZA, 15 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY-Nº 9523/20 caratulado: “s/ Solicitud aprobación de Tesis de Catalina Vergne Jatuff - Licenciatura en Artes Plásticas. FAD –“
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte del profesor que estará a cargo del mismo.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección del “Seminario de Licenciatura” a la alumna de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumno: Catalina VERGNE JATUFF- Registro N° 24589 Seminario: “Revaloración de espacios socio-históricos a través del muralismo en Mendoza entre 2015 y la actualidad. Murales del centro cultural urga” Director: Dr. Oscar ZALAZAR Carrera: Licenciatura en Artes Plásticas
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2o considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 77
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FA-2021-RES-076 15/03/2021 (Carga: 15/03/2021) |
MENDOZA, 15 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY-Nº 10500/20 caratulado: “s/ Solicitud aprobación Tesina Federico Potenzoni Mateos - Licenciatura en Artes Plásticas - FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de los profesores que estarán a cargo del mismo.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección del “Seminario de Licenciatura” al alumno de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumno: Federico POTENZONI MATEOS- Registro N° 23689 Seminario: “La luz e Iluminacón en el Arte: Un manual actual” Director: Prof. Eduardo Alfredo GRZONA Co/Directora Mgter. Lelia Graciela ROCO Carrera: Licenciatura en Artes Plásticas
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2o considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 76
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FA-2021-RES-075 15/03/2021 (Carga: 15/03/2021) |
MENDOZA, 15 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 2492/21 caratulado: “s/ Solicitud acreditación de cursos optativos Paula Andrea San Martín - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Paula Andrea SAN MARTÍN (Registro N° 16453) CIENTO OCHENTA Y DOS (182) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 75
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FA-2021-RES-074 12/03/2021 (Carga: 13/03/2021) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 1139/21 caratulado: “s/ Solicitud acreditación de horas de optativas Ana Bárbara Escot - Lic. en Arte Dramático.”
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Ana Bárbara ESCOT (Registro N° 23740) DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS (276) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 74
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FA-2021-RES-073 12/03/2021 (Carga: 13/03/2021) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 11787/20 caratulado: “Guido Botí s/ Presentacion de cursos optativos – FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Guido BOTÍ (Registro N° 25230) CIENTO VEINTISIETE (127) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 73
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FA-2021-RES-072 12/03/2021 (Carga: 13/03/2021) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 1628/21 caratulado: “s/ Solicitud acreditación de cursos optativos Pia Pitoni - FAD.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Karen Pía PITONI (Registro N° 23003) CUATROCIENTAS ONCE (411) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Diseño Escenográfico de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 72
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FA-2021-RES-071 12/03/2021 (Carga: 13/03/2021) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 1633/21 caratulado: “s/ Solicitud acreditación de cursos optativos Emmanuel Nicolas Gonzalez Barros - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Emmanuel Nicolás GONZALEZ BARROS (Registro N° 26089) CIENTO VEINTE (120) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 71
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FA-2021-RES-070 12/03/2021 (Carga: 13/03/2021) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 11285/20 caratulado: “Sánchez Castilla Juan Martín s/ Solicitud acreditación horas optativas de seminario "Madera más" - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 13/17–C.D. reconoce el seminario denominado "Workshop Madera]+[Diseño" como Materia Optativa/Electiva para las carreras de Diseño Gráfico e Industrial.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Los informes favorables efectuados por la Dirección de Carreras de Diseño y Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar al alumno Juan Martín SÁNCHEZ CASTILLA (Registro N° 24434DNI Nº 38580163) de la carrera de Diseño Industrial, Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 4/06–C.S., el reconocimiento académico de la asignatura "Workshop Madera]+[Diseño” con CINCUENTA (50) horas, la que corresponderá a UN (1) espacio optativo/electivo.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N°70
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FA-2021-RES-069 12/03/2021 (Carga: 13/03/2021) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 2703/21 caratulado: “s/ Solicitud acreditación materia optativa María Victoria Luna - FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna María Victoria LUNA (Registro N° 25651) el espacio curricular “Taller de Escenografía para Animación” con una carga horaria de SESENTA (60) horas, en calidad de Materia Optativa perteneciente a la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro de las Carreras Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N°69
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