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FA-2021-RES-043 10/03/2021 (Carga: 11/03/2021) |
MENDOZA, 10 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 10232/20 caratulado: “MIRANDA, Lucía Silvana s/pedido acreditación horas optativas. FAD”.
CONSIDERANDO:
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Lucía Silvana MIRANDA (Registro N° 17500) las siguientes actividades: “Educación Auditiva y Musical” con una carga horaria de CUARENTA Y CINCO (45) horas y “Lenguaje Musical y Aprendizaje” con una carga horaria de SESENTA (60) horas, en calidad de Materia Optativa pertenecientes a la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Música de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2° considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 43
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FA-2021-RES-042 10/03/2021 (Carga: 11/03/2021) |
MENDOZA, 10 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP CUY Nº 2505/21 caratulado: “ARANCIBIA NAVARRO, Marcos Sebastian s/ pedido equivalencia "Seminario de practica e investigación Educativa en contextos no formales.”
CONSIDERANDO:
Que el alumno ARANCIBIA NAVARRO ha cursado y aprobado la asignatura “Seminario de Práctica e Investigación Educativa en Contextos No Formales” en la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Música.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
La opinión favorable de Secretaría Académica y de Dirección de Alumnos de esta Facultad.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia al alumno Marcos Sebastián ARANCIBIA NAVARRO (Legajo N° 24882 – DNI Nº 39018610) en la asignatura “Seminario de Investigación Educativa” perteneciente a la carrera de Profesorado de Grado Universitario de Teorías Musicales de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 42
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FA-2021-RES-041 10/03/2021 (Carga: 11/03/2021) |
MENDOZA, 10 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP CUY Nº 2504/21 caratulado: “ARANCIBIA NAVARRO, Marcos Sebastian s/ pedido equivalencia " Práctica de la Enseñanza"
CONSIDERANDO:
Que el alumno ARANCIBIA NAVARRO ha cursado y aprobado la asignatura “Práctica de la Enseñanza de la Música para nivel inicial, EGB y polimodal” en la carrera de Profesorado de Grado Universitario de Teorías Musicales.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
La opinión favorable de Secretaría Académica y de Dirección de Alumnos de esta Facultad.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia al alumno Marcos Sebastián ARANCIBIA NAVARRO (Legajo N° 24882 – DNI Nº 39018610) en la asignatura “Práctica de la Enseñanza” perteneciente a la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Música de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 41
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FA-2021-RES-040 9/03/2021 (Carga: 10/03/2021) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 8239/20 caratulado: “GUTIERREZ, Elena Beatriz, s/ solicitud de Diploma - Profesora de Grado Universitario en Teatro. FAD” .
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05 y 66/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO a la egresada Elena Beatriz GUTIERREZ (D.N.I. Nº 25.984.826) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el SIETE (7) de setiembre de 1977, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso VEINTISIETE (27) de febrero de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 40
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FA-2021-RES-039 9/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 367/21 caratulado: “s/Solicitud de renuncia condicionada Yolanda Ines Fiocchetta - FAD. ”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde la Prof. FIOCCHETTA solicita a partir del día 1 de febrero de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en los cargos detallados en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista de la docente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES FIOCCHETTA, Yolanda Inés
D.N.I. 13.324.294
CUIT/CUIL 27-13324294-0
LEGAJO 21.070
Los cargos en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos *
Dedicación Semiexclusiva
Condición efectivo
Nº de Resolución de designación 32/18-CS.
* En Licencia por Incompatibilidad, cargo mayor jerarquía desde 01/01 hasta 31/07/2021, según EXP. E-CUY n° 1525/21 (resolución en trámite)
Término de la última designación
Desde 01/01/18
Hasta
Espacio/s Curricular/es
1) “Introducción al Diseño”
5. Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Diseño
CARGO 2
Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Asociado
Dedicación Semiexclusiva
Condición interino
Nº de Resolución de designación 110/20-C.D.
Término de la última designación
Desde 01/01/21
Hasta 31/07/21
Espacio/s Curricular/es
1) “Introducción al Diseño”
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Diseño
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES Febrero
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 39
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FA-2021-RES-038 9/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP CUY Nº 9979/20 caratulado: “Solano Barona, Karina Alexandra s/ Solicitud equivalencia Música y Danzas Argentinas - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que la alumna SOLANO BARONA ha cursado y aprobado la asignatura “Historia de la Música IV” de la carrera de Licenciatura en Piano.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
La opinión favorable de Secretaría Académica y de Dirección de Alumnos de esta Facultad.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia a la alumna Karina Alexandra SOLANO BARONA (Legajo N° 25409 – DNI Nº 95439185) en la asignatura “Música y Danzas Argentinas” perteneciente a la carrera de Profesorado de Grado Universitario de Teorías Musicales de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 38
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FA-2021-RES-037 9/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 9178/20 caratulado: “Patricia Ubeda s/ Solicitud mesa examinadora especial de Seminario de Licenciatura en Artes Visuales FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo propuesto por la Dirección de Carreras de Artes Visuales, en cuanto a la constitución del Jurado y fecha de examen.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Constituir la Comisión Examinadora Especial “Seminario de Licenciatura” integrada por los siguientes profesores: Presidente: Alejandro Luis IGLESIAS y Vocales: Claudia Beatriz PERALTA y Elizabeth Graciela CARBAJAL; encargados de evaluar a la alumna Patricia Mónica UBEDA (Registro N° 22385) el día DIECIOCHO (18) de diciembre de 2020 a las 16 hs., correspondiente a las Carreras de Artes Visuales de esta Unidad Académica.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 37
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FA-2021-RES-036 9/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 8355/20 caratulado: “SÁNCHEZ, Ignacio s/ solicitud mesa examinadora especial para Tesina - Licenciatura en Arte Dramático. FAD”
CONSIDERANDO:
Lo propuesto por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo, en cuanto a la constitución del Jurado y fecha de examen.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Constituir la Comisión Examinadora Especial “Seminario de Investigación” integrada por los siguientes profesores: Presidente: Federico ORTEGA y Vocales: Gabriela Ana LERGA MOSQUERA y Claudio Enrique MARTINEZ; encargados de evaluar al alumno Ignacio SÁNCHEZ (Registro N° 24.157) el día VEINTISIETE (27) de noviembre de 2020 a las 11 hs., correspondiente a las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Unidad Académica.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 36
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FA-2021-RES-035 9/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 805/21 caratulado: “s/Solicitud de renuncia condicionada Edgardo José Ventura Castro - FAD. ”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde el Prof. VENTURA CASTRO solicita a partir del día 1 de febrero de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en el cargo detallado en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista del docente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES CASTRO, Edgardo José Ventura
D.N.I. 8.469.034
CUIT/CUIL 20-08469034-2
LEGAJO 12.824
Los cargos en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Exclusiva
Condición efectivo
Nº de Resolución de designación 122/07-CS.
Término de la última designación
Desde 25/04/07
Hasta
Espacio/s Curricular/es
1) “Diseño Gráfico Final”
5. Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Diseño
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES Febrero
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- El docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 35
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FA-2021-RES-034 9/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 349/21 caratulado: “s/Solicitud de renuncia condicionada Mario Edgardo Echegaray Carosio - FAD. ”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde el Prof. ECHEGARAY solicita a partir del día 1 de febrero de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en los cargos detallados en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista del docente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES ECHEGARAY CAROSIO, Mario Edgardo
D.N.I. 10.272.214
CUIT/CUIL 20-10272214-1
LEGAJO 20.557
Los cargos en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos
Dedicación Semiexclusiva
Condición efectivo
Nº de Resolución de designación 82/17-CS.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta
Espacio/s Curricular/es
1) “Técnicas de Producción de la Imagen”
2) “Narrativa (optativa)”
3) “Iustración (Optativa)”
5. Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Diseño
CARGO 2
Descripción del cargo
Denominación del cargo Ayudante de Primera
Dedicación Simple
Condición efectivo
Nº de Resolución de designación 1365/18-CS.
Término de la última designación
Desde 01/01/2018
Hasta
Espacio/s Curricular/es
1) “Semiótica”
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Diseño
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES Febrero
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- El docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 34
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FA-2021-RES-033 8/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 8 de marzo de 2021
VISTO:
La nota CUDAP-CUY: 5761/19 caratulado: “FISELA, Romina S/ Solicitud acreditación para la materia Cursos Optativos - Carrera Licenciatura en Arte Dramático.”
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna María Romina FISELA (Registro N° 19367) CIENTO OCHO (108) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 33
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FA-2021-RES-032 8/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 8 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 8294/20 caratulado: “MARTINEZ, Facundo Gustavo s/ pedido acreditación horas optativas. FAD”.
CONSIDERANDO:
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Facundo MARTINEZ (Registro N° 25692- DNI N° 40220248) VEINTIÚN (21) horas de la actividad “Estudio de la Técnica en Interpretación Musical” y CUATRO (4) horas de la “Clase Magistral Guitarra” en calidad de Materia Optativa pertenecientes a la carrera de Licenciatura en Guitarra de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2° considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 32
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FA-2021-RES-031 8/03/2021 (Carga: 8/03/2021) |
MENDOZA, 8 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 668/21 caratulado: “s/ Solicitud de renuncia condicionada RUPOLO, Vilma Emilia - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde la Prof. RUPOLO solicita a partir del día 1 de febrero de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en los cargos detallados en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista de la docente.
Que sin perjuicio de lo anterior, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES RUPOLO, Vilma Emilia
D.N.I. 06.708.407
CUIT/CUIL 27-06708407-7
LEGAJO 17.958
El cargo en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Simple
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación 299/88-C.S.
Término de la última designación
Desde 19/08/1988
Hasta -------
Espacio/s Curricular/es
1) “Introducción a la Danza”
CARGO 2 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Semiexclusiva
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación 176/07-C.S.
Término de la última designación
Desde 23/05/2007
Hasta -------
Espacio/s Curricular/es
1) “Técnicas Corporales III”
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Artes del Espectáculo
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES FEBRERO
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 31
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FA-2021-RES-030 8/03/2021 (Carga: 8/03/2021) |
MENDOZA, 8 de marzo de 2021
VISTO:
La adhesión por parte del Rectorado de la UNCuyo en apoyo al "Paro Internacional de Mujeres”.
CONSIDERANDO:
Que esta manifestación se realiza en diferentes lugares del mundo, teniendo en cuenta la discriminación que sufren las mujeres en distintas sociedades y frente a las alarmantes cifras de femicidios en nuestro país, además de otras formas de violencia.
Que sería representativo de parte del Decano y del Equipo de Gestión de la Facultad, adherir a la medida solicitada, dada la importancia de garantizar la protesta de las trabajadoras y alumnas de esta Institución.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Adherir a la marcha en apoyo al "Paro Internacional de Mujeres" del día OCHO (8) de marzo de 2021.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 30
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FA-2021-CIR-001 8/03/2021 (Carga: 8/03/2021) |
CIRCULAR N° 1: “Acogimiento a la Dispensa del deber de asistencia a los lugares de trabajo” “Solicitud y consentimiento expreso de renuncia a la dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo”
MENDOZA, 8 de marzo de 2021
SEÑOR
………………………………..
PRESENTE
En virtud de las disposiciones emitidas por el Rectorado de la UNCuyo (Circulares 1 y 2/2021) en relación con la presentación del “Formulario de acogimiento a la Dispensa del deber de asistencia a los lugares de trabajo” como asimismo del “Formulario de Solicitud y consentimiento expreso de renuncia a la dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo” y la delegación en las Unidades Académicas de competencia respecto a modalidades y necesidades a efectos de la aplicación de las circulares que los reglamentan, se comunica:
1°. La Facultad decidirá, conforme a la situación epidemiológica y el avance del programa de vacunación de la provincia, el retorno paulatino a la presencialidad. Oportunamente se comunicará por medios fehacientes el regreso a las actividades, preservando en primer lugar la salud y seguridad de toda la Comunidad Educativa
2°. En esa instancia, el personal comprendido en los grupos de riesgo o mayores de 60 años, podrá optar por la dispensa o la concurrencia a los lugares de trabajo, lo que será considerado por la autoridad y refrendado mediante resolución.
3°. Las embarazadas no podrán solicitar el retorno a las actividades en forma presencial, mientras dure su período de gestación
Saludo atentamente
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FA-2021-RES-029 5/03/2021 (Carga: 5/03/2021) |
MENDOZA, 5 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 1119/21 caratulado: “s/ Solicitud de renuncia condicionada Gloria Noemí López - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde la Prof. LOPEZ solicita a partir del día 1 de febrero de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en el cargo detallado en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista de la docente.
Que sin perjuicio de lo anterior, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES LOPEZ, Gloria Noemí
D.N.I. 10.041.250
CUIT/CUIL 27-10041250-6
LEGAJO 17.623
El cargo en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos
Dedicación Simple
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación 403/17-C.S.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta -------
Espacio/s Curricular/es
1) “Cuarteto Vocal Apoyo a la cátedra Dirección Coral”
5. Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras Musicales
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES FEBRERO
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 29
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FA-2021-RES-028 5/03/2021 (Carga: 5/03/2021) |
MENDOZA, 5 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 978/21 caratulado: “s/ Solicitud de renuncia condicionada Antonio Alberto Alterio – FAD”
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde el Prof. ALTERIO solicita a partir del día 1 de febrero de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en los cargos detallados en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista del docente.
Que sin perjuicio de lo anterior, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES ALTERIO, Antonio Alberto
D.N.I. 08.582.132
CUIT/CUIL 20-08582132-7
LEGAJO 16.019
El cargo en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Adjunto (cargo en Licencia por incompatibilidad)
Dedicación Semiexclusiva
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación 1756/16-C.S.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta -----------
Espacio/s Curricular/es
1) “Taller de Rotación I y II: Grabado”
2) “Taller I y II: Grabado”
3) “Taller de Rotación: Grabado”
CARGO 2 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Exclusiva
Condición Interino
Nº de Resolución de designación 108/20- C.D.
Término de la última designación
Desde 01/01/2021
Hasta 18/08/2021
Espacio/s Curricular/es
1) “Taller de Rotación I y II: Grabado”
2) “Taller I y II para Profesorado Grabado”
3) “Taller I y II: Grabado”
4) “Taller I: Grabado (optativa)”
5) “Taller de Rotación: Grabado”
CARGO 3 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Simple
Condición Interino
Nº de Resolución de designación 106/20- C.D.
Término de la última designación
Desde 01/01/2021
Hasta 18/08/2021
Espacio/s Curricular/es
1) “Taller de Gráfica, para Producción y Apoyo Docente”
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Artes Visuales
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES FEBRERO
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- El docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 28
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FA-2021-RES-027 5/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 5 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 670/21 caratulado: “s/Solicitud de renuncia condicionada Héctor Julio del Corazón de Jesús MILLARES - FAD. ”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde el Prof. MILLARES solicita a partir del día 1 de febrero de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en los cargos detallados en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista del docente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES MILLARES, Héctor Julio del Corazón de Jesús
D.N.I. 8.469.393
CUIT/CUIL 20-08469393-7
LEGAJO 28.101
Los cargos en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Semiexclusiva
Condición efectivo
Nº de Resolución de designación 432/10-CS.
Término de la última designación
Desde 01/08/2010
Hasta
Espacio/s Curricular/es
1) “Historia de la Cultura y el Teatro Universales I”
5. Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Artes del Espectáculo
CARGO 2
Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Semiexclusiva
Condición efectivo
Nº de Resolución de designación 1712/16-CS.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta
Espacio/s Curricular/es
1) “Dramaturgia”
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Artes del Espectáculo
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES FEBRERO
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- El docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 27
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CD-2021-RES-002 4/03/2021 (Carga: 4/03/2021) |
MENDOZA, 4 de marzo de 2021
VISTO: La resolución N° 265/2020 C.S. que ratifica las Actas del acuerdo Paritario del 25 y 30 de noviembre del año 2020 celebrado entre FADIUNC (Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo) y la Comisión Negociadora de la Universidad Nacional de Cuyo, las que establecen un proceso de efectivización para docentes interinos.
CONSIDERANDO: Que dicho proceso se llevará a cabo a través de un “Procedimiento Especial para la evaluación y control de Docentes Efectivos, Año Sabático y Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para docentes interinos”.
El propósito de reconocer el esfuerzo realizado por el claustro docente durante al año 2020 que ha logrado mantener el vínculo pedagógico con las y los estudiantes.
Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b) 4 de la mencionada resolución, es potestad del Consejo Directivo determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad. (Ámbito del concurso especial determinado por el Consejo Directivo, a saber área o en su defecto departamento. Solo por vía de excepción y ante la inexistencia de las estructuras académicas mencionadas, deberá convocarse el concurso especial abierto a la estructura académica menor y subsiguiente que corresponda”).
Que la estructura académica de la Facultad establece la división en cátedras en general en todas las carreras, con excepción del Área de “Actuación” existente en las carreras de Artes del Espectáculo, creada por Ord. 7/2017 C.D.
Que asimismo la norma faculta a los Consejos Directivos “a plantear ante la Comisión Paritaria Particular en forma fundada y para casos especiales la imposibilidad jurídica o material, o la inconveniencia por oportunidad y mérito de convocar o no algún concurso Especial que se hubiere solicitado”. (Anexo 1 Artículo 3 – inciso d) Acta Paritaria).
Que mediante resolución N° 100/2021 el Rector Ad Referendum del Consejo Superior establece un “Formulario On Line” para postular al inicio de Procedimiento de convocatoria de Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP-Cov), dado que el mismo es de carácter voluntario y optativo.
Que dichos concursos deben estar convocados en el término perentorio del 31 de julio de 2021, por lo que resulta indispensable definir el ámbito de convocatoria con carácter urgente.
Que los miembros del Consejo Directivo reunidos en Comisiones reconocen el atraso con el que ya cuenta el proceso por razones ajenas a esta Unidad Académica, lo exiguo de los plazos fijados, las numerosas consultas efectuadas por los docentes, hacen aconsejable pronunciarse con celeridad.
Resol. N° 2
Lo aprobado por el Consejo Directivo en sesión del 2 de marzo del corriente año.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por las Comisiones del Consejo y lo aprobado por este Cuerpo en sesión del 2 de marzo de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar inicio a la Implementación del “Procedimiento de convocatoria de Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID19 para docentes interinos (CEREP-Cov),” en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño.
ARTÍCULO 2°.- Determinar el ámbito de convocatoria de los CEREP-Cov a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Área de Actuación que se desarrolla en la Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.
ARTÍCULO 3°.- Dejar asentada la necesidad de debatir, analizar y/o formular en un futuro próximo nuevas estructuras organizativas transversales de la FAD.
ARTÍCULO 4°.- Reservar el derecho de plantear ante la Comisión Paritaria Particular en forma fundada y para casos especiales la imposibilidad jurídica o material, o la inconveniencia por oportunidad y mérito de convocar o no algún concurso Especial que se hubiere solicitado.
ARTÍCULO 5°.- Solicitar a Secretaría Académica que instrumente una certificación reconociendo la labor realizada por docentes efectivos e interinos durante el periodo de Pandemia del COVID-19.
ARTÍCULO 6°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 10mo. considerando de la presente.
ARTÍCULO 7°.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 2
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FA-2021-RES-026 3/03/2021 (Carga: 3/03/2021) |
MENDOZA, 3 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 1990/21 caratulado: “AMALFITANO, Marcos Bruno s/Jurado de Tesis - Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que Secretaría de Investigación y Posgrado eleva la propuesta sobre la integración del tribunal que entenderá en la evaluación de la Tesis del Prof. Marcos Bruno AMALFITANO, correspondiente a la Carrera de “Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX” de la Facultad de Artes y Diseño.
Que el maestrando ha cumplimentado con los requisitos formales y académicos necesarios para la solicitud de defensa de Tesis, según las pautas establecidas en la normativa de la UNCUYO Ord. 49/03 CS y Ord 33/12 R. Que es menester autorizar al Jurado interviniente que tendrá a su cargo el estudio de dicha tesis, dado que el tratamiento en la Comisión de Enseñanza y luego la aprobación del mismo por el Consejo Directivo, provocaría una demora en los tiempos que requiere el maestrando, teniendo en cuenta que el Cuerpo aún no ha comenzado a sesionar.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO AD REFERENDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la nómina del Jurado que tendrá a su cargo la evaluación de la tesis de maestría elaborada por el maestrando Prof. Marcos Bruno AMALFITANO (D.N.I. Nº 33.413.766) denominada: “Las tres Sonatas y la Sonatina para piano de Luis Gianneo. Contextualización histórica y análisis formal y paramétrico”; desarrollada bajo la dirección de Dr. Alejandro CREMASCHI, el cual queda integrado de la siguiente manera: Miembros Titulares: Prof. Dora Cristina DE MARINIS Dra. Alejandra SÁEZ Dra. María Emilia GRECO
Miembros Suplentes: Mgter. Ana María PORTILLO Mgter. Diego Jesús BOSQUET
Resol.nº 26
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 26
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FA-2021-RES-025 3/03/2021 (Carga: 3/03/2021) |
MENDOZA, 3 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6812/20 caratulado: “BONFANTI PODESTA, María Celina s/ solicitud de Diploma - Diseñadora Industrial. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada María Celina BONFANTI PODESTÁ (D.N.I. N° 39.800.264) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el TREINTA Y UNO (31) de julio de 1996, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso DIECISÉIS (16) de octubre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 25
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FA-2021-RES-024 3/03/2021 (Carga: 3/03/2021) |
MENDOZA, 3 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7235/20 caratulado: “SILVESTRI, Daniel Alejandro, s/ solicitud de Diploma - Licenciado en Gestión y Producción Teatral - Ciclo de Licenciatura. FAD”
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 24/04 y 25/04-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN GESTIÓN Y PRODUCCIÓN TEATRAL – CICLO DE LICENCIATURA al egresado Daniel Alejandro SILVESTRI (D.N.I. Nº 14.865.052) nacido en la provincia de Salta, República Argentina, el VEINTITRÉS (23) de abril de 1962, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 24/04 y 25/04-C.S., con fecha de egreso VEINTISÉIS (26) de octubre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 24
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FA-2021-RES-023 3/03/2021 (Carga: 3/03/2021) |
MENDOZA, 3 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7287/20 caratulado: “DI MAURO, Lucia s/ solicitud de Diploma - Licenciada en Gestión y Producción Teatral - Ciclo de Licenciatura. FAD”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 24/04 y 25/04-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN GESTIÓN Y PRODUCCIÓN TEATRAL – CICLO DE LICENCIATURA a la egresada Lucía DI MAURO (D.N.I. Nº 28.271.263) nacida en la provincia de Córdoba, República Argentina, el DIECINUEVE (19) de junio de 1980, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 24/04 y 25/04-C.S., con fecha de egreso VEINTITRÉS (23) de octubre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 23
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FA-2021-RES-022 1/03/2021 (Carga: 3/03/2021) |
MENDOZA, 1 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 1840/21 caratulado: “Pago proporcional de vacaciones - SEDERO, Ramón Samuel - FAD”
CONSIDERANDO:
Lo establecido en el artículo 45° inciso a) del Decreto Nacional N° 1246/15 y en lo dispuesto por ordenanza N° 32/16-R.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Secretaría Económico-Financiera a liquidar días de licencia proporcional de vacaciones correspondientes al año 2021, a favor del siguiente agente:
Prof. Ramón Samuel SEDERO– Legajo N° 12.790 - CUIL N° 20-08512065-5 Proporcional a liquidar: CUARENTA Y CINCO (45) días Cargo: Profesor Titular con dedicación Exclusiva-Efectivo Baja definitiva: a partir del UNO (1) de enero de 2021
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 22
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FA-2021-RES-021 1/03/2021 (Carga: 2/03/2021) |
MENDOZA, 1 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 9359/20 caratulado: “DIAZ SPINELLO, JOEL s/ Solicitud de Licencia Estudiantil - Carreras Musicales - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que el alumno Joel DÍAZ SPINELLO, ha cumplimentado la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando las causales médicas particulares y/o específicas e intervenciones quirúrgicas de alta, media o baja complejidad, como así también los informes de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., anexo I, artículo 5, inciso e,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por razones médicas particulares y/o específicas e intervenciones quirúrgicas de alta, media o baja complejidad, al alumno Joel DÍAZ SPINELLO (Legajo N° 26691 – DNI Nº40465353) de la carrera de Licenciatura en Música Popular (Percusión), desde el DIECINUEVE (19) de octubre de 2020 hasta el OCHO (8) de febrero de 2021, de acuerdo a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., anexo I, artículo 5, inciso e.
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 21
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