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FA-2020-RES-310 11/11/2020 (Carga: 7/04/2022) |
MENDOZA, 11 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 7284/20 caratulado: “Gestión de reconocimiento académico de actividades curriculares cumplimentadas por la alumna Camila Lourdes Cereda durante el segundo semestre de 2019 en la Universidad de Valparaíso - Chile”
CONSIDERANDO:
Que la alumna Camila Lourdes CEREDA participó en el Programa de Movilidad Estudiantil, en el que cursó y aprobó distintos espacios curriculares durante el segundo semestre del año 2019 en la Universidad de Valparaíso, Chile.
El reconocimiento académico efectuado por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y lo informado al respecto por Secretaría Académica.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar a la alumna Camila Lourdes CEREDA (Registro N° 25239 DNI 39.236.184) el reconocimiento académico de la asignatura “Gestión y Producción de Espectáculos” y acreditar el espacio “Materias Optativas” con una carga horaria de NOVENTA Y SEIS (96) horas, correspondientes a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático, realizadas en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 310
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FA-2020-RES-309 11/11/2020 (Carga: 23/11/2020) |
MENDOZA, 11 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 7117/20 caratulado: “s/ Solicitud acreditación de horas de optativas Mauricio Martín Funes – FAD.”
CONSIDERANDO:
Que el alumno FUNES ZAINA curso y aprobó las asignaturas “Taller de Producción Escrita” y “Seminario de Informática y Sociedad” en la carrera de Licenciatura en Comunicación Social de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de esta Casa de Estudios.
Lo informado por la Secretaria Académica.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Mauricio Martín FUNES ZAINA (Registro N° 21647) los espacios “Taller de Producción Escrita” y “Seminario de Informática y Sociedad” con una carga horaria total de CIENTO CINCUENTA (150) horas en calidad de Materias Optativas, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 309
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FA-2020-RES-308 11/11/2020 (Carga: 23/11/2020) |
MENDOZA, 11 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 7225/20 caratulado: “S/ Solicitud acreditación horas faltantes de materias optativas Marcela Aravena - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Lo informado por la Secretaria Académica.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Marcela ARAVENA (DNI N° 23714487) CUARENTA (40) horas en calidad de Materias Optativas, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 308
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FA-2020-RES-307 11/11/2020 (Carga: 23/11/2020) |
MENDOZA, 11 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 6956/20 caratulado: “S/ Solicitud acreditación horas faltantes de materias optativas Roxana Alvarez - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Lo informado por la Secretaria Académica.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Roxana Beatriz ALVAREZ (DNI N° 26545575) CIENTO OCHENTA Y CINCO (185) horas en calidad de Materias Optativas, perteneciente a la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 307
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FA-2020-RES-306 9/11/2020 (Carga: 12/11/2020) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2020
VISTO: El expediente CUDAP–CUY Nº 5666/20 caratulado: “s/ Solicitud de renuncia condicionada ROCO, Lelia Graciela - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde la Prof. ROCO solicita a partir del día 1 de octubre de 2020 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en el cargo detallado en el mismo. Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista de la docente. Que sin perjuicio de lo anterior, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES ROCO, Lelia Graciela
D.N.I. 12162124
CUIT/CUIL 27-12162124-5
LEGAJO 19906
El cargo en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Exclusiva
Condición Efectiva
Nº de Resolución de designación 1721/16-C.S.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta -------
Espacio/s Curricular/es
1) “Análisis de las Formas”
2) “Visión I y II”
3) “Visión I y II (Optativa)”
5. Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de: Artes Visuales, Cerámica y Arte del Espectáculo
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES OCTUBRE
AÑO 2020
ARTÍCULO 2º.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 306
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FA-2020-RES-305 9/11/2020 (Carga: 12/11/2020) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2020
VISTO: El expediente CUDAP–CUY Nº 5668/20 caratulado: “s/ Solicitud de renuncia condicionada CASARES, Alicia Mercedes – FAD.”
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde la Prof. CASARES solicita a partir del día 1 de octubre de 2020 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en el cargo detallado en el mismo. Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista de la docente. Que sin perjuicio de lo anterior, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES CASARES, Alicia Mercedes
D.N.I. 13569129
CUIT/CUIL 27-13569129-7
LEGAJO 24789
El cargo en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Semiexclusiva
Condición Efectiva
Nº de Resolución de designación 266/10-C.S.
Término de la última designación
Desde 01/08/2010
Hasta -------
Espacio/s Curricular/es
1) “Historia de la Cultura y el Teatro Universales II
CARGO 2 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Adjunto
Dedicación Semiexclusiva
Condición Efectiva
Nº de Resolución de designación 41/18-C.S.
Término de la última designación
Desde 01/01/2018
Hasta ------- 4. Espacio/s Curricular/es
1) “Actuación I”
CARGO 3 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos
Dedicación Simple
Condición Efectiva
Nº de Resolución de designación 1766/16-C.S.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta ------- 4. Espacio/s Curricular/es
1) “Aproximación a un Texto Teatral”
2) “Análisis a un Hecho Teatral”
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Arte del Espectáculo
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES OCTUBRE
AÑO 2020
ARTÍCULO 2º.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 305
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CD-2020-RES-066 9/11/2020 (Carga: 9/11/2020) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 6944/20 caratulado: “s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico - Sra. Silvia Graciela VIVES- desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021”.
CONSIDERANDO:
El informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora VIVES, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y de Secretaría Económico-Financiera en la que certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión virtual del día 3 de noviembre de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Silvia Graciela VIVES (Legajo N° 31.915 – CUIL N° 27-23901306-1) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
Resol. N° 66
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 66
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Silvia Graciela VIVES (CUIL N° 27-23901306-1), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Almirante Brown 5798- Guaymallén- Mendoza, se celebra el presente contrato:-----------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.----
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.--------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.-------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
SEÑOR RECTOR
Cumplo en elevar a usted las presentes actuaciones en la que obra la resolución N° 66 /20–C.D., por la que se solicita la renovación de contrato de la señora Silvia Graciela VIVES en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de auxiliar en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Sirva de atenta nota.
FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO, 9 de noviembre de 2020
Ref EXP_E-CUY:0006944/2020 s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico - Sra. Silvia Graciela VIVES - desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021
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CD-2020-RES-065 9/11/2020 (Carga: 9/11/2020) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 7029/20 caratulado: “s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico -Sr. Abel LUCERO - desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021”.
CONSIDERANDO:
El informe evaluativo de desempeño satisfactorio del señor LUCERO, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y de Secretaría Económico-Financiera en la que certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión virtual del día 3 de noviembre de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato del señor Abel LUCERO (Legajo Nº 33.784 - CUIL N° 20-17640912-7) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
Resol. N° 65
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 65
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Abel LUCERO (CUIL N° 20-17640912-7), en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Bº Difunta Correa Lote 30- Ciudad- Mendoza, se celebra el presente contrato:----------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: EL CONTRATADO cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.----
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.--------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN:LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------ En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el …………………………………….........................................
SEÑOR RECTOR
Cumplo en elevar a usted las presentes actuaciones en la que obra la resolución Nº 65 /20–C.D., por la que se solicita la renovación de contrato del señor Abel LUCERO en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Sirva de atenta nota.
FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO, 9 de noviembre de 2020
Ref.: EXP_E-CUY:0007029/2020 s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico -Sr. Abel LUCERO - desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021
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CD-2020-RES-064 9/11/2020 (Carga: 9/11/2020) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 6945/20 caratulado: “s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico - Sra. Claudia Petrona SIMIONATO - desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021”.
CONSIDERANDO:
El informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora SIMIONATO, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y de Secretaría Económico-Financiera en la que certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo. El informe de Dirección de Personal. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión virtual del día 3 de noviembre de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Claudia Petrona SIMIONATO (Legajo N° 31.910 - CUIL N° 27-26298099-0) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
Resol. N° 64
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 64
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señorita Claudia Petrona SIMIONATO (CUIL N° 27-26298099-0), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en el B° Jardín Aeroparque, Mz. 5, casa 6 - Las Heras - Mendoza, se celebra el presente contrato:-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.----
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada a LA CONTRATADA.---------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.--------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.-------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el …………………………………….........................................
SEÑOR RECTOR
Cumplo en elevar a usted las presentes actuaciones en la que obra la resolución Nº 64 /20–C.D., por la que se solicita la renovación de contrato de la señorita Claudia Petrona SIMIONATO en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Sirva de atenta nota.
FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO, 9 de noviembre de 2020
Ref.: EXP_E-CUY:0006945/2020 s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico - Sra. Claudia Petrona SIMIONATO - desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021
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CD-2020-RES-063 9/11/2020 (Carga: 9/11/2020) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2020
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 6946/20 caratulado: “s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico - Sr. Eduardo Claudio FARIAS - desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021”.
CONSIDERANDO:
El informe evaluativo de desempeño satisfactorio del señor FARÍAS, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y de Secretaría Económico-Financiera en la que certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión virtual del día 3 de noviembre de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato del señor Eduardo Claudio FARÍAS (Legajo 32.381 - CUIL N° 20-27648933-0) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
Resol. N° 63
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 63
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Eduardo Claudio FARÍAS (CUIL N° 20-27648933-0), en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en el B° SPUNC - Mz. A – Lote 5 - Casa 2 -Villanueva - Guaymallén- Mendoza, se celebra el presente contrato:-------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO:EL CONTRATADO cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.----
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021--. ---------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.---------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN:LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
SEÑOR RECTOR
Cumplo en elevar a usted las presentes actuaciones en la que obra la resolución Nº 63 /20–C.D., por la que se solicita la renovación de contrato del señor Eduardo Claudio FARÍAS en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, en el marco de las disposiciones de la ordenanza N° 43/07-C.S.
Sirva de atenta nota.
FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO, 9 de noviembre de 2020
Ref.: EXP_E-CUY:0006946/2020 s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico – Sr. Eduardo Claudio FARIAS - desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021
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CD-2020-RES-062 9/11/2020 (Carga: 9/11/2020) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 6954/20 caratulado: “s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico - Sra. Norma Jaqueline ARAYA - desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021”.
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora Norma Jaqueline ARAYA, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día 3 de noviembre de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Norma Jaqueline ARAYA (Legajo Nº 31.454 - CUIL N° 27-31839145-4) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Dirección Económico-Financiera, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Técnico Profesional
Resol. N° 62
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 62
lo
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Norma Jaqueline ARAYA (CUIL N° 27-31839145-4) en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Santa Clara y La escondida – Fray Luis Beltrán - Maipú, Mendoza, se celebra el presente contrato:----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección EconómicoFinanciera de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.-----------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.--------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.---------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.----------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
SEÑOR RECTOR
Cumplo en elevar a usted las presentes actuaciones en la que obra la resolución N° 62 /20–C.D., por la que se solicita la renovación de contrato de la señora Norma Jaqueline ARAYA (Legajo Nº 31.454 - CUIL N° 27-31839145-4) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Dirección Económico-Financiera de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Sirva de atenta nota.
FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO, 9 de noviembre de 2020
Ref.: Expte. E-CUDAP-CUY Nº 6954/20 “s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico Sra. Norma Jaqueline ARAYA – desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021”. .
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CD-2020-RES-061 9/11/2020 (Carga: 9/11/2020) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2020
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 7028/20 caratulado: “s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico - Prof. Valeria SEÑORANS- desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021 ”.
CONSIDERANDO: Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora Valeria SEÑORANS, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día 3 de noviembre de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Valeria SEÑORANS (Legajo Nº 32.401 - CUIL N° 27-29875581-0) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Secretaría de Extensión de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Técnico Profesional
Resol. N° 61
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 61
lo
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Valeria SEÑORANS (CUIL N° 27-29875581-0), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en San Zenón 2292, Maipú, Mendoza, se celebra el presente contrato:----------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Secretaría de Extensión de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.----------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.--------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.--------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
SEÑOR RECTOR
Cumplo en elevar a usted las presentes actuaciones en la que obra la resolución N° 61 /20–C.D., por la que se solicita la renovación de contrato de la señora Valeria SEÑORANS (Legajo Nº 32.401 - CUIL N° 27-29875581-0) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Secretaría de Extensión de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Sirva de atenta nota.
FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO, 9 de noviembre de 2020
Ref.: Expte. E-CUDAP-CUY Nº 7028/20 “s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico - Prof. Valeria SEÑORANS desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021”
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CD-2020-RES-060 9/11/2020 (Carga: 9/11/2020) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2020
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 7111/20 caratulado: “s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico - Téc. Jesica Paola CASTILLO MADRID- desde 01/01/2021 hasta 30/06/2021”.
CONSIDERANDO: Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora CASTILLO MADRID, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo. El informe de Dirección de Personal y de la Dirección de Biblioteca, referido al período solicitado. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día 3 de noviembre de 2020, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Jésica Paola CASTILLO MADRID (Legajo 31.268 – CUIL N° 27-26828293-4) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Técnico Profesional, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Biblioteca de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA (30) de junio de 2021, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Técnico Profesional
Resol. N° 60
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 60
lo
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Jésica Paola CASTILLO MADRID (CUIL N° 27-26828293-4), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en B° Nueva Esperanza Mz. G - Casa 12 -Guaymallén - Mendoza, se celebra el presente contrato:----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Biblioteca de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.---------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA (30) de junio de 2021. ------------------------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Técnico Profesional, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.-------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.----------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.-------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.----------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
SEÑOR RECTOR
Cumplo en elevar a usted las presentes actuaciones en la que obra la resolución N° 60 /20–C.D., por la que se solicita la renovación de contrato de la señora Jésica Paola CASTILLO MADRID en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Técnico Profesional, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Biblioteca de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA (30) de junio de 2021.
Sirva de atenta nota.
FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO, 9 de noviembre de 2020
Ref.: Expte. E-CUDAP-CUY Nº 7111/20 “s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico - Téc. Jesica Paola CASTILLO MADRID - desde 01/01/2021 hasta 30/06/2021” .
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CD-2020-RES-059 9/11/2020 (Carga: 9/11/2020) |
MENDOZA, 9 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 6943/20 caratulado: “ s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico - D.I. María Celeste CANTÓN - desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021 ”.
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la D.I. María Celeste CANTÓN, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día 3 de noviembre de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la D.I. María Celeste CANTÓN (Legajo Nº 33.342 - C.U.I.L: 27-36629346-4) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar en las Carreras de Diseño de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Técnico Profesional
Resol. N° 59
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 59
lo
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora María Celeste CANTÓN (CUIL N° 27-36629346-4), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Lavalle 633, San Rafael, Mendoza, se celebra el presente contrato:-------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección de las Carreras de Diseño de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.-
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.-------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.---------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
SEÑOR RECTOR
Cumplo en elevar a usted las presentes actuaciones en la que obra la resolución N° 59 /20–C.D., por la que se solicita la renovación de contrato de la D.I. María Celeste CANTÓN (Legajo Nº 33.342 - C.U.I.L: 27-36629346-4) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Dirección de las Carreras de Diseño de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Sirva de atenta nota.
FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO, 9 de noviembre de 2020
Ref.: Expte. E-CUDAP-CUY Nº 6943/20 “s/solicitud contratación Personal Apoyo Académico - D.I.María Celeste CANTÓN desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021”
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CD-2020-RES-058 6/11/2020 (Carga: 6/11/2020) |
MENDOZA, 6 de noviembre de 2020
VISTO: El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6003/20 caratulado: “S/modificar la fórmula de juramento elegida para el acto de colación - FAD. ”
CONSIDERANDO:
Que la egresada Ana Gabriela BLANCO solicita, en el marco de lo establecido por la resolución nº 8/06-CS, modificar la fórmula de juramento elegida para el acto de colación y suplantar el término Patria por el de Matria en la fórmula C, que resultaría de la siguiente manera: “Juro por la Matria y mi honor...”.
Que, de acuerdo a lo manifestado por Secretaría Académica y por la Coordinadora del Área Derechos Humanos, Género y Discapacidad: “...el término patria en su raíz latina deviene del adjetivo patrius-a-um (relativo al padre, a los antepasados), de la expresión pater, patris (padre, antepasado). Mientras matria resalta el protagonismo de las mujeres como fundantes y base de la nación.”
Que el artículo 2° de la citada norma expresa: “... que se contemple en la reglamentación la inclusión de fórmulas que permitan respetar la libertad y la creencia de quien es requerido por una expresión de tanta significación, siempre dentro de los márgenes que impone la razonabilidad.”
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria Virtual del 20 de octubre de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la egresada Ana Gabriela BLANCO (Registro N° 23.695) de la carrera de Diseño Gráfico, a utilizar la fórmula de juramento elegida para el Acto de Colación, que resultaría de la siguiente manera: “Juro por la Matria y mi honor...”, de acuerdo a lo aludido en los Considerandos 2do y 3ro de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Solicitar a la Secretaría Académica agregue en el Programa del Acto de Colación un asterisco con la explicación del término Matria utilizado en el mismo.
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 58
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CD-2020-RES-057 6/11/2020 (Carga: 6/11/2020) |
MENDOZA, 6 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 5953/20 caratulado: “s/ Informar labor y solicitud respaldo mediante aval al proyecto de creación del INAV (Instituto Nacional de Artes Visuales) - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que el objetivo de creación de este Instituto es la de buscar la promoción y apoyo por parte del Estado Nacional a todas las actividades desarrolladas por los Artísticas Visuales; con el fin de promover su desarrollo social, cultural, económico, educativo, solidario y crecimiento en nuestra población general.
Que esta iniciativa cuenta además con el aval de la Secretaría de Turismo y Cultura de Mendoza, la Asociación de Artistas Visuales de Mendoza, el Espacio Contemporáneo de Arte – Museo Carlos Alonso, S.U.T.E Mendoza y la FADIUNCCONADUH.
La opinión favorable de la Dirección de Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, por cuanto estima importante que este espacio logre concretar la federalización cultural como representación nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Lo dispuesto en el Anexo I, incisos A y B de la ordenanza Nº 2/15-C.D.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión virtual del día 3 de noviembre de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar AVAL Y DECLARACIÓN DE INTERÉS de esta Unidad Académica al proyecto de creación del INAV (Instituto Nacional de Artes Visuales) presentado por el delegado de la Asociación Nacional de Artistas visuales Mgter. Sergio Eduardo ROSAS y que tiene como objetivo la promoción y el apoyo de todas las actividades desarrolladas por los Artísticas Visuales; siendo un factor de desarrollo social, cultural, económico, educativo, solidario y por lo tanto de impulso inexorable de crecimiento de la población en general.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 57
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CD-2020-RES-056 5/11/2020 (Carga: 5/11/2020) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6335/20 caratulado: “Dirección Carreras Musicales s/ pedido autorización "Encuentro de Música Popular 2020" a realizarse los días 05 y 06 de noviembre FAD.”
CONSIDERANDO:
Que este XVIII Encuentro será en homenaje a la letrista, cantautora y folclorista peruana Chabuca GRANDA, quien compuso y escribió un gran número de canciones de música criolla y afroperuana, así como poesías y guiones teatrales y cinematográficos, al cumplirse el centenario de su nacimiento.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria Virtual del día 3 de noviembre de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización virtual del "XVIII Encuentro de Música Popular 2020" en homenaje a la letrista, cantautora y folclorista peruana Chabuca GRANDA, al cumplirse el centenario de su nacimiento, a realizarse los días CINCO (5) y SEIS (6) de noviembre de 2020, de acuerdo a lo indicado en el Anexo Único que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 56
lo
ANEXO ÚNICO
ENCUENTRO DE MÚSICA POPULAR 2020 Homenaje a Chabuca Granda (1920 – 1983)
Fecha: 5 y 6 de noviembre de 2020 Comisión Organizadora: Gabriela Guembe, Ini Ceverino, Polo Martí, Octavio Sánchez, Daniel Morcos, Oscar Puebla. Coordinación general: Dirección de Carreras Musicales.
Descripción General: El Encuentro 2020 será en homenaje a la figura de Chabuca Granda, al cumplirse el centenario de su nacimiento. Se adaptará el formato a las posibilidades de encuentro virtual, ya sea con transmisión en vivo, o con material grabado para ser estrenado en las fechas del EMP. Será necesario contar con salas de Zoom, y además transmitir en vivo por el canal de la FAD. Se proponen 6 actividades formativas, y un espacio para concierto de cierre. Los talleres tendrían un alto impacto ya que debido a su variedad resultan de interés para estudiantes no sólo de la LMP, sino de todas las carreras de Música. Además, se prevé que todas las actividades sean acreditables como espacios de Cátedra Abierta.
● Actividad 1: Hernán Ríos y Facundo Guevara nos hablan de su música. Concierto comentado: presentación del disco “Flor africana” en la Usina del Arte, noviembre de 2019, CABA. Expositores: Hernán Ríos y Facundo Guevara Moderador: Octavio Sánchez Asistencia: Daniel Morcos y Carlos Díaz (estudiante de la LMP)
● Actividad 2: Charla “Chabuca por Lucho” Expositor: Lucho González Moderadores: Oscar Puebla Asistencia: Ini Ceverino
● Actividad 3: Masterclass: Consideraciones sobre el arreglador y los arreglos de música popular. Expositor: Edgar Ferrer. Moderadores: Daniel Morcos Asistencia: Octavio Sánchez / Facundo Reyes (Estudiante LMP)
● Actividad 4: Conversatorio “La creación, cosa de mujeres” Expositoras: Ma. Eugenia Díaz, Charo Bogarín. Moderadores: Ini Ceverino, Asistencia: Natalia Torres (Estudiante de LMP)
● Actividad 5: Charla de Gestión Autoral. Expositor: Gustavo Machado Moderador: Oscar Puebla Asistencia: Daniel Morcos - Alfredo Musri (Estudiante LMP)
● Actividad 6: Conversatorio - concierto: El Bambuco colombiano: “Ocho Estudio de bambuco para guitarra”. Expositor: José Daniel Saboya Gonzales. Moderador: Polo Martí Asistencia: Luca Pinto (Estudiante LMP)
Resol. N° 56
Hoja 2- Anexo Único
CRONOGRAMA GENERAL
Jueves 5 nov Viernes 6 nov
14:00 Apertura del encuentro 14 a 16: Actividad 4 (Díaz/Bogarín Ceverino) 14:15 a 16:15: Actividad 1 (Ríos/Guevara Sánchez) 16 a 18: Actividad 5 (Machado - Puebla)
16:30 a 18:30: Actividad 2 (González - 18 a 20: Actividad 6: (Saboya - Martí) Puebla) 20 a 21: Cierre del Encuentro. Concierto Final 18:30 a 20:30: Actividad 3 (Ferrer - Morcos)
Requerimientos:
● Sala de ZOOM, en horario de 13.30 a 20.00, ambos días
● Transmisión por el canal de YouTube de la FAD en simultáneo
● Estreno por el canal de Youtube de videos del Concierto Final
● Requerimientos económicos: $30.500
DETALLE DE LAS ACTIVIDADES
Actividad 1 Hernán Ríos y Facundo Guevara nos hablan de su música. Concierto comentado: presentación del disco “Flor africana” en la Usina del Arte, noviembre de 2019, CABA. Expositores: Hernán Ríos y Facundo Guevara
Breve descripción: El dúo Ríos-Guevara presentó su disco Flor Africana en un concierto en la Usina del Arte en noviembre de 2019. El repertorio elegido para ese álbum incluye composiciones propias junto a clásicos de la música de Argentina y América. Ese espectáculo fue grabado con excelente calidad de audio y video. Posteriormente fue mezclado y masterizado. La actividad que se propone para el Encuentro de Música Popular 2020 consiste en la emisión de algunas de las interpretaciones que el dúo realizó esa noche, presentadas y comentadas por los mismos músicos (que estarán conectados desde CABA sincrónicamente por medio de una plataforma digital) en diálogo con el moderador (conectado desde Mendoza). Posteriormente se abrirá la posibilidad de preguntas y comentarios de los asistentes. Los contenidos que volcarán los músicos girarán en torno a las estrategias de composición, los arreglos, la interpretación de conjunto, la improvisación, los ensayos y a sus trayectorias artísticas (individuales y del dúo).
Fundamentación: Hernán Ríos (piano) y Facundo Guevara (percusión) son dos de los músicos más importantes de la Argentina, ambos referentes de sus instrumentos y del desarrollo de sus lenguajes. Comenzaron a tocar juntos en el año 2007, profundizando la búsqueda y experimentación en las raíces de la música de Argentina y Latinoamérica que ambos vienen realizando durante años. El dúo propone un concepto de libertad desde el lenguaje de la improvisación creando un sonido original y auténtico que podría encuadrarse tanto en el jazz como en las expresiones folklóricas populares o étnicas. Han tenido excelente repercusión en la prensa y son exponentes fundamentales de la música argentina contemporánea. Su repertorio incluye composiciones de Hernán Ríos como también clásicos de la música de Argentina y América (A.Yupanqui, “Cuchi” Leguizamón, J. Bosco, D. Ellington, J.C. Cobián, T. Monk, R. Valladares y Ch. Mingus, entre otros).
Resol. N° 56
Hoja 3- Anexo Único
Su último álbum, Flor africana, es un trabajo que resume doce años de una sociedad musical que tiene como esencia la libertad: un valor que construyeron desde una equilibrada propuesta sin rótulos y a favor de un camino creativo sin fronteras. Aunque no podamos tenerlos presencialmente en nuestro EMP 2020, esta actividad nos permitirá tomar contacto tanto con la música y los artistas como con los conceptos que están detrás de sus prácticas. Poder escuchar a estos músicos reflexionar sobre sus estrategias compositivas e interpretativas será muy enriquecedor para todo el auditorio y especialmente para los estudiantes de la licenciatura en Música Popular.
Objetivos:
● Comprender algunos de los recursos compositivos e interpretativos puestos en juego en la música del dúo Hernán Ríos-Facundo Guevara. ● Valorar esta propuesta artística en la que aparecen tanto elementos referidos a las tradiciones musicales argentinas como formas de crear música que ponen en crisis a esas tradiciones. ● Apreciar la música del dúo en cuanto obra de arte que nos hace experimentar goce estético como desde una perspectiva crítica y reflexiva que propicie el aprendizaje.
Contenidos: Los contenidos que volcarán los músicos al reflexionar y comentar el concierto girarán en torno a las estrategias de composición, la selección del repertorio, los arreglos, la interpretación de conjunto, la improvisación, la interacción, los ensayos, el rol de la tradición, la participación de otras tradiciones musicales y a sus trayectorias artísticas (individuales y del dúo).
Actividades: Emisión de algunas de las composiciones interpretadas por el dúo Hernán Ríos-Facundo Guevara, comentadas por los mismos artistas en diálogo con el moderador y los asistentes. Cronograma: un encuentro de dos horas
Materiales y recursos: sala de zoom, transmisión por el canal de YouTube de la FAD
Acreditación: se acreditará 2 horas de Cátedra Abierta de Música Popular para los estudiantes de la Licenciatura en Música Popular que completen un formulario de Google con asistencia y datos que corroboren su efectiva presencia en la actividad.
Actividad 2: Charla “Chabuca por Lucho” Expositor: Lucho González
Breve descripción: Charla interactiva con guitarra en mano, donde Lucho nos contará sobre la experiencia de transitar diversos escenarios del mundo junto a Chabuca Granda. También nos contará sobre la manera en que la Señora Granda componía sus canciones, sus diferentes estilos de composición y las temáticas de su poesía.
Fundamentación: Lucho González es un músico argentino-peruano contemporáneo muy importante en la escena latinoamericana de la Música Popular. Entre los guitarristas y arregladores, quizás uno de los más importantes dentro de la vida artística de la inmensa Chabuca Granda. Es por ello que en esta oportunidad tendremos la posibilidad de acercarnos a Chabuca desde un lugar preferencial, pudiendo así acceder a una información vital para la interpretación de su obra, ya que conoceremos su vida y obra contada prácticamente en primera persona
Objetivos: Conocer y dimensionar la figura de la artista peruana Chabuca Granda Reflexionar sobre su obra a partir del conocimiento de su faceta compositiva e interpretativa. Acercarnos a los aspectos más humanos de la artista conjugados con su desarrollo artístico.
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Hoja 4- Anexo Único
Contenidos: Lucho González desarrollará en esta charla vida y obra de Chabuca Granda, desde su experiencia como guitarrista y arreglador. También rasgos compositivos, fuentes inspiradoras, su interpretación y diferentes estilos que abordó. Proyección de la obra de Chabuca
Actividades: Charla de carácter expositiva, en la que Lucho Gonzales desarrollará diferentes contenidos en relación a Chabuca Granda, valiéndose de su experiencia personal, comentando, tocando y cantando obras significativas de la artista. En esta oportunidad Lucho propone la interacción con l@s asistentes, respondiendo preguntas y atendiendo las diferentes inquietudes que surjan espontáneamente.
Cronograma: Un encuentro de DOS (2) horas
Materiales y recursos: Sala de zoom, transmisión por el canal de YouTube de la FAD
Acreditación: Se acreditará DOS (2) horas de Cátedra Abierta de Música Popular para los estudiantes de la Licenciatura en Música Popular que completen un formulario de Google con asistencia y datos que corroboren su efectiva presencia en la actividad.
Actividad 3 Consideraciones sobre el arreglador y los arreglos de música popular. Expositor: Edgar Ferrer.
Breve descripción: A través de una amena exposición interactiva se trabajará sobre la posición ética, estética y artística del arreglador y su relación con el medio cultural. De igual manera se introducirá en los fundamentos técnicos del arreglo de música, sus principales conceptos, cualidades, clasificaciones y objetivos.
Fundamentación: La Lic. en Música Popular tiene como uno de sus principales objetivos estimular en el estudiantado la capacidad de arreglar repertorio, tanto en las materias de Interpretación, como en las diferentes cátedras de Instrumento, y sobre todo, en las cátedras con instancias de interpretación colectiva como las cátedras de Ensamble I, II y III, Música Popular 1 y 2, Producción, etc. y proyectos de desarrollo institucional como la Orquesta de Música Popular. El prof. Edgar Ferrer tiene una extensa trayectoria como Director de Orquesta, Compositor, Arreglador y Docente. Cuenta con una sólida formación en cada uno de éstos ámbitos y una vasta experiencia laboral, varios premios y publicaciones. Poder acceder a parte de su conocimiento y experiencia en estos campos, es de fundamental importancia para iniciar, desarrollar y contextualizar las capacidades del alumnado para arreglar música popular, generando diálogos fecundos con referentes nacionales de estas actividades.
Objetivos: Que el estudiante • Conozca las características principales del oficio de Arreglador Musical • Se introduzca en el conocimiento de las principales técnicas de arreglo utilizadas en la música popular y sus posibilidades y proyecciones. • Reflexione sobre el oficio del arreglador y la posición ética, estética y cultural con la que se desarrolla.
Contenidos: Se desarrollarán dentro de tres ejes principales: • El arreglo: técnica. El arreglador: un oficio. • El arreglador como sujeto en relación: con el autor y con los intérpretes. • El arreglador como agente de cultura, agente de memoria, inserción social, identidad.
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Hoja 5-Anexo Único
Desarrollo de los contenidos (opcional en el informe) Primer eje 1. Técnica de arreglos. En teatro: Romeo y Julieta. Versión textual; Versión Zefirelli: adaptación al cine; Versión Di Caprio: adaptación de época; Versión Bernstein: trasliteracion; Versión Pugliese: trasliteracion 2. El arreglador como oficio: El primer intérprete; El estilo; Troilo: yira yira; Piazzolla: Cambalache.
Segundo eje El compositor arreglador: Bach. Cuatro violines - Cuatro claves 2do mov.; El orquestador. Ravel. Cuadros de Mussorgsky En nuestro medio: Tango, fuente de tradición. Desde Canaro, el trío Pirincho en adelante; Gardel. Troilo. Di Sarli. D'Arienzo. Fresedo. De Caro. Pugliese. Piazzolla. Salgán: dice Piazzolla: en Salgán estamos todos.
Cómo se aprende a arreglar? Para qué hacemos un arreglo? El arreglador: un oficio. Cómo se aprende un oficio? Escuela de oficios. El arreglador en relación al autor y a los intérpretes. "Cuando escasean los originales entran a aparecer los novedosos." La letra. La finalidad del tema. Mis intenciones, mis posibilidades. La letra es mi programa. La finalidad original es parte de mi diálogo con el tema. Mis intenciones: Personal: trato de no usar un tema de otro como pretexto para decir lo que yo quiero o para filtrar mis ideas. El estilo: para mí, debe nacer del respeto. Mis posibilidades: quienes van a tocar? Quienes van a cantar? Está el autor presente? Situaciones: Raúl Lavié, José Cura, Guillermo Fernández, Cacho Castaña, Valeria Lynch, Luis Fonsi, Lila Downs, J. Manuel Serrat, Miguel Poveda, Canción con todos.
Tercer eje Relación con el público. Los facilitadores: Producción general. Producción ejecutiva. Representantes y mánagers. Sonido, luces, dirección artística. Publicidad. Intereses económicos y políticos.
Cronograma: Un encuentro de 2 horas.
Materiales y Recursos: Sala de Zoom con capacidad de compartir pantalla, video y audio. Transmisión simultánea por el canal de Youtube de la FAD.
Acreditación: se acreditará 2 horas de Cátedra Abierta de Música Popular para los estudiantes de la Licenciatura en Música Popular que completen un formulario de Google con asistencia y datos que corroboren su efectiva presencia en la actividad.
Actividad 4 “La creación, cosa de mujeres” Expositoras: María Eugenia Díaz, Charo Bogarín
Breve descripción: Conversatorio a cargo de las compositoras María Eugenia Díaz y Charo Bogarín en el que debatiremos sobre la presencia de la mujer en el ámbito de la composición musical.
Fundamentación: Hemos escuchado desde niños frases que sentenciaban “esto es cosa de hombres” o “esto es cosa de mujeres”. Como en el resto de los ámbitos laborales, las mujeres músicas nos encontramos en clara desventaja con respecto a las mismas actividades realizadas por varones. En este debate descubriremos que la creación también es cosa de mujeres.
Objetivos: ● Conocer la labor de mujeres compositoras argentinas invisibilizadas. ● Recordar a las mujeres que abrieron huella en la cultura argentina.
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Hoja 6- Anexo Único
Contenidos 1º Bloque: Creación de la agrupación argentina de autoras y compositoras “Las Cumparsitas” colectiva creada en plena pandemia que reúne a creadoras de todo el país. Exposición de la fundadora Ma. Eugenia Díaz y de la integrante de la Junta consultiva Charo Bogarín. Presentación de video realizado por integrantes de la colectiva. 2° Bloque: Conociendo a las expositoras. Relato de los comienzos de sus carreras ilustrado con videos y música. 3° Bloque: Cómo abordan la composición de sus obras. Géneros musicales que desarrolla cada una de las expositoras. 4° Bloque: Mujeres que dejaron huella.
*María Eugenia Díaz expondrá sobre la figura de Pablo del Cerro. Composiciones de Antonietta Paule Pepin Fitzpatrick, apodada Nenette, esposa de Atahualpa Yupanqui y creadora junto a él de éxitos como “El alazán”, “Luna tucumana”, “Chacarera de las piedras”, “El arriero va”.
*Charo Bogarín relatará su investigación sobre Aimé Painé, nombre artístico de Olga Elisa Painé. Cantante argentina de origen mapuche y tehuelche que se dedicó al rescate y difusión de la música folclórica de su pueblo. Relevancia de su figura, con el florecimiento del feminismo y la reivindicación en América Latina de las ríaces indigenistas a comienzos del nuevo siglo.
Cronograma: Un encuentro de dos horas
Materiales y recursos: Sala de zoom, transmisión por el canal de YouTube de la FAD
Acreditación: se acreditará 2 horas de Cátedra Abierta de Música Popular para los estudiantes de la Licenciatura en Música Popular que completen un formulario de Google con asistencia y datos que corroboren su efectiva presencia en la actividad.
Actividad 5: Charla sobre Gestión Autoral. Expositor: Gustavo Machado
Breve descripción: A través de una exposición dinámica y didáctica, Gustavo Machado desarrollará varios temas en torno a la problemática “Derecho de Autor”, orientados a brindar aportes significativos para quienes están incursionando en el campo de la creación musical y registro.
Fundamentación Uno de los grandes inconvenientes a los que se enfrentan los creadores musicales es el registro de sus obras. Este trámite burocrático suele ser muy engorroso y confuso para quienes nunca lo han hecho y aún para quienes no tienen la “gimnasia” de realizarlo habitualmente. El mismo se compone de dos partes: DNDA (Dirección Nacional de Derecho de Autor) y SADAIC (Sociedad Argentina de Autores y Compositores), las cuales suelen presentar complejidades si no tiene experiencia.
Objetivo General:
Capacitar a los artistas para que puedan alcanzar sus propios objetivos estratégicos en la gestión autoral.
Objetivos específicos: ● incrementar el conocimiento del artista para autogestionarse ● difundir nuevos saberes para el manejo de herramientas tecnológicas asociadas a la gestión artística ● proponer un cambio de actitud para con las sociedades colectivas de gestión artística ● mejorar el rendimiento económico de las propias creaciones
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Hoja 7- Anexo Único
Contenidos: Módulo I Registro de la obra musical: Trámites en DNDA, Sistema TAD. Boletín de declaración SADAIC. Paso y requisitos para el registro. Edición musical. Módulo II Inscripción como intérprete en SADAIC: Requisitos y pasos a seguir. IDA (informe de Actuación Digital). Módulo III Gestión de obras: Condición de obra (inédita, editada, grabada, grabada y editada). Grabaciones digitales (Res. 119 SADAIC). Declaraciones digitales. Aspectos societarios.
Actividades DNDA: Tomando como base el manual que ofrece el sistema TAD (Trámite A Distancia) se ha preparado una explicación detallada de cada ítem a los fines de simplificar la comprensión del mismo. SADAIC: del mismo modo, y a través de un material gráfico especialmente diseñado, se presenta el Boletín de Declaración de SACAIS, y se explica pormenorizadamente cómo completarlo y presentarlo. Además, se brinda una noción sobre la edición musical de las obras, sus ventajas y desventajas, como así también las cláusulas de los contratos a lo que hay que prestarles especial atención. Adicionalmente, se ofrece un instructivo simple y breve sobre cómo darse de alta como intérprete en SADAIC y los requisitos necesarios para ingresar como representado inscrito en esa misma institución. En el último módulo se desarrollan aspectos concernientes a la condición de obra grabada en formato digital, los requisitos que debe cumplir y otras cuestiones complementarias. Para finalizar, se les entrega a los participantes una planilla en formato Excel, donde pueden trabajar dichas declaraciones juradas.
Cronograma: Cuatro módulos de 30 minutos cada uno, con exposición y desarrollo de los diferentes temas y un segmento dedicado a la participación de los asistentes con rueda de preguntas
Materiales y recursos: Sala zoom - Canal de transmisión en vivo por el canal de YouTube de la FAD
Acreditación: se acreditará 2 horas de Cátedra Abierta de Música Popular para los estudiantes de la Licenciatura en Música Popular que completen un formulario de Google con asistencia y datos que corroboren su efectiva presencia en la actividad.
Actividad 6: Conversatorio-concierto: El Bambuco colombiano: “Ocho Estudios de bambuco para Guitarra” Expositor: José Daniel Saboya Gonzales
Breve descripción: Serie de piezas compuesta para estimular a los guitarristas, docentes y estudiantes de guitarra a acercarse y a conocer e incluir en sus repertorios músicas colombianas. La serie tiene un nivel ascendente en cuanto al desarrollo técnico y explora varios elementos del bambuco colombiano, considerado el ritmo más representativo de la región Andina Colombiana (la región con mayor densidad poblacional de nuestro país). Hace parte de un proyecto pedagógico que surge a partir de reflexiones, acerca de la ausencia de material e interés de las escuelas y conservatorios de música de nuestro continente, por abordar las sonoridades de nuestros contextos de origen.
Fundamentación: La ausencia de material académico basado en las músicas populares o tradicionales latinoamericanas, que familiarice a los docentes, intérpretes y estudiantes de guitarra con las sonoridades de nuestro continente, ha hecho que con frecuencia encontremos que los repertorios basados en ritmos de nuestros territorios no sean incluidos dentro de los procesos formativos de conservatorios, escuelas de música y universidades de América Latina. Para fortalecer el conocimiento relacionado con estas prácticas musicales, es necesario crear, difundir y enseñar un material que involucre un amplio conocimiento de las características principales de estos ritmos, dentro del tratamiento de la guitarra solista o sola.
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Hoja 8- Anexo Único
El perfil del creador de este tipo de obras debe dar cuenta de su conocimiento de las prácticas populares y de las prácticas académicas, para llevar a cabo una síntesis de los aspectos principales, en este caso del bambuco colombiano y de esta manera contribuir al proceso de formación de los instrumentistas. Es de esta forma que el compositor y guitarrista colombiano Daniel Saboya crea su libro “Ocho Estudios de Bambuco”, libro que se convierten en la primera etapa de una serie de libros dedicados al estudio de los ritmos latinoamericanos, a través de obras para guitarra sola y que surge de la reflexión por la necesidad de hacer un aporte desde la composición, que genere un movimiento de reconocimiento, análisis, difusión e interpretación de nuestras músicas.
Objetivos: ● Estimular a los guitarristas, docentes y estudiantes de guitarra a acercarse a las sonoridades y rasgos del bambuco colombiano ● Difundir, enseñar y analizar, entre los guitarristas, docentes y estudiantes de guitarra de Latinoamérica, el Bambuco Colombiano, a través de un conversatorio y un concierto virtual del libro “Ocho Estudios de Bambuco para Guitarra”
Contenidos: ● El Bambuco colombiano, sus orígenes y características musicales. ● Herramientas compositivas en la guitarra solista para aplicar al Bambuco colombiano. ● “Ocho Estudios de Bambuco” de Daniel Saboya, para guitarra sola.
Actividades: ● Exposición por parte del Prof. Daniel Saboya acerca de la historia y las características musicales del Bambuco colombiano. ● Exposición por parte del Prof. Daniel Saboya sobre diversas herramientas compositivas aplicadas a la guitarra, a partir de los elementos musicales del Bambuco colombiano. ● Interpretación de los “Ocho Estudios de Bambuco para Guitarra”, de y por el Prof. Daniel Saboya.
Cronograma: un encuentro de una hora y media, con un primer conversatorio (una hora aprox.), y luego un concierto de media hora.
Materiales y recursos: sala de zoom, transmisión por el canal de YouTube de la FAD.
Acreditación: se acreditará DOS (2) horas de Cátedra Abierta de Música Popular para los estudiantes de la Licenciatura en Música Popular que completen un formulario de Google con asistencia y datos que corroboren su efectiva presencia en la actividad.
ANTECEDENTES DE LOS EXPOSITORES
Antecedentes del Dúo Hernán Ríos-Facundo Guevara
Dúo conformado Hernán Ríos (piano) y Facundo Guevara (percusión). Búsqueda y experimentación en las raíces de la música de Argentina y Latinoamérica. Hernán Ríos y Facundo Guevara son dos de los músicos más importantes de la Argentina, ambos referentes de sus instrumentos. Comenzaron a tocar juntos en el año 2007, profundizando la búsqueda y experimentación en las raíces de la música de Argentina y Latinoamérica que ambos vienen realizando durante años. El dúo propone un concepto de libertad desde el lenguaje de la improvisación creando un sonido original y auténtico que podría encuadrarse tanto en el jazz como en las expresiones folclóricas populares o étnicas. El repertorio elegido incluye composiciones de Hernán Ríos como también clásicos de la música de Argentina y América (Atahualpa Yupanqui, el “Cuchi” Leguizamón, Joao Bosco, Juan Carlos Cobián, Thelonious Monk, Rolando Valladares y Charlie Mingus, entre otros). Tienen cuatro discos editados: “Pregunta y pregunta”, “Camino 1”, “Camino 2” y “Flor africana”
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Hoja 9- Anexo Único Breve CV de Hernán Ríos
Hernán Ríos nació en Buenos Aires en 1967. Pianista, improvisador, docente, compositor y productor, se ha convertido en un referente de la improvisación musical, dedicado a la investigación y desarrollo de la improvisación en la música popular argentina y latinoamericana. Es uno de los fundadores del grupo “El terceto” en 1993, proyecto que compartió con el baterista Norberto Minichillo y con el que consigue mostrar una nueva manera de abordar la música argentina, combinando la libertad y los conceptos del jazz con las raíces sudamericanas. Ha logrado un sonido original y auténtico en el que el jazz, el tango y el folklore conviven en una combinación única. Su original propuesta basada en la improvisación da lugar a una apertura en la que incorpora la percusión y la voz como elementos de su mensaje musical. Su discografía personal abarca 12 discos y un DVD (todos con excelente repercusión en la prensa), además de participar en discos de otros artistas como músico invitado o productor. Es autor del libro “Más acá de la improvisación” (editado en abril de 2014 por Editorial “Melos”), en el que presenta su original propuesta pedagógica. Desde hace más de 30 años lleva adelante una intensa actividad docente. Utilizando la improvisación como herramienta musical, ha creado un método de entrenamiento individual y grupal que viene desarrollando desde el año 1985. Es profesor de la materia “Técnicas de improvisación” de la carrera de instrumento del Conservatorio Julián Aguirre (Provincia De Buenos Aires) y “Técnicas de improvisación I, II y III” de la Licenciatura en Música Popular de la Universidad Católica Argentina. En el año 2007 forma un dúo con el percusionista Facundo Guevara, con el que ha grabado tres discos y se presenta regularmente en Argentina y el exterior del país. Se ha presentado en los escenarios más importantes de Argentina y en el exterior del país (Brasil, México, Estados Unidos, Uruguay y Paraguay) dando conciertos solo piano y con sus proyectos grupales, seminarios y talleres de improvisación. Continuando en ese camino, ha compartido la música con diferentes músicos: Guillermo Vadalá, Lilián Saba, Leo Maslíah, “Chacho” Echenique, Raúl Carnota, Swami Jr., Mario Séve, Silvana Reina, Guillermo Capocci, Sonny Fortune, Rashied Ali, entre otros.
Breve CV de Facundo Guevara
Nació en la ciudad de San Rafael (Mendoza) en 1969. Siendo niño aún, se trasladó a la capital de la provincia en donde entre los años 1985 y 1987 estudió percusión en la Escuela de Música de la Facultad de Artes de la Universidad Nacional de Cuyo. En esta ciudad, compartió escenarios con casi todos sus artistas populares como Armando Tejada Gómez, Tito Francia, Jorge Marziali, Markama, Los Enanitos Verdes, Alcohol Etílico, Rodolfo Castagnolo, Natalio Faingold y Salsa Blanca. Desde 1983 a 1988 estudió percusión con Eduardo Ordóñez, Rubén Sánchez Retta, Miguel “Bam Bam” Miranda, Alejandro Spadaro y Alfredo Montenegro. Entre los años 1987 y 1990 realizó dos giras por Latinoamérica y EEUU con Los Enanitos Verdes. Entre 1992 y 1993 realizó estudios de percusión clásica y afrocubana en el Instituto de formación musical Ignacio Cervantes en La Habana, Cuba. En esa ciudad además, tomó clases con los maestros Miguel “Angá” Díaz, Enrique Plá, Oscar Valdez del Grupo Irakere, Angel Chang, Enildo Rasúa y Santiago Reither. En los años 1997-1998 realizó estudios de tabla junto a Sanjai Baadoriya en la ciudad de Buenos Aires y la misma, desde 1997 toma clases con Elías “Chiche” Heger de percusión contemporánea. Ha participado en músicas de los films argentinos: “Tango Feroz”, compuesta por Osvaldo Montes. “Cómplices”, de Pedro Aznar. “Historias Secretas” compuesta por Rebeca Maizvet. “Samy y yo” de Carlos Villavicencio e “Indocumentados” compuesta por Pedro Aznar. Participó en la grabación para “The library of Antropology” en Inglaterra, en la producción del CD “Roots of South América” para la Compañía The Big Fish Audio junto a Fernando Martínez y César Silva. Ha participado en los discos y actuaciones de los siguientes artistas argentinos: Mercedes Sosa, Divididos, Raúl Barboza, Domingo Cura, el Dúo Salteño, Pedro Aznar, Lito Vitale, Luis Salinas, Oscar Cardozo Ocampo, Jairo, Liliana Vitale, Jorge Cumbo, Miguel Cantilo, Liliana Herrero, Teresa Parodi, Chango Farías Gómez, Sandra Mihanovich, Nora Sarmoria, Víctor Heredia, Peteco Carabajal, Lucho González, Ernesto Snajer, Verónica Condomí, Valdo Delgado, Roy Elder, Mono Fontana, Daniel Homer, Soledad, Susana Moncayo, Alfredo Casero, Sandro, Luciano Pereyra y Hernán Ríos, entre otros.Ha participado en discos y actuaciones de artistas extranjeros tales como Oscar de León, José Alberto “El canario”, Mike Lindup del Grupo Level 42, Dorine Webster, Matt Wates Group, The Grand Union Orchestra, Paquito D’Rivera, Negrocán, Bobby Carcasses, George Haslam y Hugo Fattorusso, entre otros.
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Hoja 10- Anexo Único
Ejerce la docencia y en esta actividad es profesor de percusión en el Conservatorio Municipal de Morón, provincia de Buenos Aires. Además ha realizado Workshops de entrenamiento para músicos en Inglaterra y Escocia con The Grand Union Orchestra y en la Semana de Música Argentina, Rhythmic Conservatory Copenhague Dinamarca, dicta cursos y talleres sobre música popular argentina. Es convocado por diferentes músicos del ámbito nacional como arreglador de sus propios temas musicales. A partir de marzo de 2017 integra el staff de profesores de la Licenciatura en Música Argentina, en la Universidad Nacional de San Martín, Provincia de Buenos Aires, a cargo de la cátedra de percusión.
Curriculum Lucho GONZALEZ
Luis Alejandro González Cárpena (Lima, 25 de noviembre de 1946), más conocido como Lucho González, es un guitarrista y compositor argentino-peruano. Siendo niño su familia se radicó en Buenos Aires. Al cumplir los 10 años recibió como regalo de su padre su primera guitarra. Inició sus estudios musicales a muy corta edad, siempre de manera empírica. A partir de esa edad, también tuvo su primera experiencia grupal pues fue elegido para integrar el coro de niños cantores de Buenos Aires, donde su amor por la música se incrementó para siempre. Vivió en Buenos Aires hasta los 16 años, en que regresó a Lima. En 1968, estando en cuarto año de la universidad (estudiando Derecho), conoció personalmente a la cantautora peruana Chabuca Granda (1920-1983), quien le ofreció trabajar con ella como su músico exclusivo. A partir de entonces dejó la carrera de Derecho y se introdujo plenamente en el mundo de la música. Inició una labor de acompañamiento en guitarra y composición de temas, que se prolongó durante siete años. Viajó con ella por todo el mundo de habla hispana. En los meses en que volvía a Lima integró la orquesta contemporánea de Jaime Delgado Aparicio, quien sería su primer maestro de música académica, y que le enseñó a realizar arreglos orquestales y composición. Durante esos años, aparte de trabajar con Chabuca, fue solicitado para grabaciones y presentaciones esporádicas con artistas mexicanos como: Libertad Lamarque, Guadalupe Trigo, José José, Rubén Fuentes, Marco Antonio Muñiz, el Mariachi Vargas de Tecalitlán, entre otros. En 1974 se tomó un tiempo en España para estudiar música y desarrollar su carrera musical. A los tres meses fue contratado para integrar el grupo de Ana Belén y Víctor Manuel, con quienes realizó giras por distintas ciudades de Europa durante un año y medio. Durante esa época realizó trabajos en España con María Dolores Pradera, el argentino Alberto Cortez, Betty Missiego y otros. En 1976, con gran sorpresa, recibió el ofrecimiento de la cantante argentina Mercedes Sosa (19352009) para ser su guitarrista. Esto implicó el retorno intempestivo a Sudamérica y a la Argentina de sus primeros años. Luego de una gira por el norte y por el sur argentino empezaron una gira de casi un año por buena parte de Europa y el norte de África. La gira terminó en Brasil, donde Mercedes Sosa iba por primera vez, y en donde grabó con ella y Milton Nascimento «Volver a los 17» (de Violeta Parra) para el disco Gerães. Después de estudiar en Argentina, dirigió regularmente una pequeña orquesta de cuerdas en Lima para acompañar a Chabuca Granda. Lucho aplicaba las nuevas armonías clásicas a la música popular, en este caso del Perú.Durante esa época participó de experiencias musicales con uno de sus grandes parámetros: Chango Farías Gómez, a quien Lucho admiraba. Empezó a ser solicitado para grabaciones con gran diversidad de artistas principalmente por el músico Oscar Cardozo Ocampo, quien lo solicitaba para grabar con artistas de la talla de Domingo Cura, Hugo Díaz y otros. Conoció y compartió experiencias musicales con Jorge Cumbo. En el ínterin de desarrollar un dúo con Cumbo, conocieron a Lito Vitale con quien formaron el primer trío que luego con la presencia de Bernardo Baraj constituiría un éxito musical a mediados de los años ochenta y que obtuvo, entre otros logros, el premio «Consagración» del Festival Nacional de Folklore de Cosquín en enero de 1986. Su relación de amistad y musical con Lito Vitale es hasta el día de hoy muy sólida y le permite compartir producciones musicales, como nuevos tríos como con Rubén Mono Izarrualde, Víctor Carrión y trabajos de composición como Ópera pampa y Tango palace.
Resol. N° 56
Hoja 11- Anexo Único
Trabajó como músico acompañante de la cantante Julia Elena Dávalos y durante siete años estudió arreglos y producción musical con Gabriel Senanes.A fines de los años ochenta participó en un proyecto llamado Los hijos del Sol como arreglador y guitarrista de un disco grabado en Los Ángeles en el que participaron Álex Acuña, Ramón y Oscar Stagnaro, Wayne Shorter, Justo Almario, Paquito D’Rivera, Ernie Watts y Roxana Valdivieso, entre otros.También en esa época fue convocado para grabar un disco y realizar una gira por el pianista y compositor brasileño César Camargo Mariano. Instalado en Buenos Aires, trabajó como guitarrista y arreglador con varios artistas destacados: Eva Ayllón, Pedro Aznar, Juan Carlos Baglietto, Raúl Carnota, Jorge Fandermole, Hugo Fattorusso, Alejandro Lerner, Tania Libertad, Hilda Lizarazu, Sandra Mihánovich, Marcela Morelo, Fito Páez 8en el disco El amor después del amor), y en Abre de Luciano Pereyra, Melania Pérez, Rubén Rada, Soledad, Vicentico, Liliana Vitale, Julia Zenko, entre otros. En el álbum Modelo para armar (de Juan Carlos Baglietto), gracias a la tecnología, pudo acompañar al gran cantor de tangos Carlos Gardel (1883-1935). Realizó una gira, El Guitarrazo, con otros dos guitarristas: Luis Salinas y el gitano Tomatito, y publicaron un disco homónimo. Escribió los arreglos de cuerdas del álbum acústico del cantante Diego Torres. Durante dos años, durante las giras de este artista, dirigió veinte grupos de cuerda en 17 países diferentes. Asimismo ha sido solicitado en otras oportunidades, sobre todo por el productor Afo Verde para escribir arreglos para artistas como Teresa Parodi, Luli y recientemente el grupo español El Canto del Loco. Comparte escenarios y grabaciones con la cantante peruana Carmina Cannavino. También conforma un dúo instrumental junto al pianista argentino Leo Sujatovich, realizando actuaciones en Argentina y España. Edgar Ferrer Nació en Venado Tuerto en 1964, y estudió música desde los 11 años. Desde 1982 continuó sus estudios en el Conservatorio Nacional de Buenos Aires y luego en el conservatorio Manuel de Falla, graduándose en Guitarra, Dirección de Orquesta y Composición. Fueron sus maestros Jorge Martínez Zárate, Juan Pedro Franze, Horacio López de la Rosa. También realizó estudios particulares de composición con Sergio Hualpa y a nivel institucional con Roberto García Morillo, y estudios de dirección con Miguel Ángel Gilardi. Con varios de estos maestros tuvo además, el honor de trabajar. Posee varias piezas editadas desde hace más de 25 años en Editorial Lemoine de París. En París se estrenó su Cuarteto “El Alma de la Piedra”. Compuso otro cuarteto: “Impresiones sobre un Caleidoscopio”, que fue estrenado en 2002. Ambos están siendo tocados por el Cuarteto Zamorai, de jóvenes intérpretes. En 2016 Marina Calzado y la orquesta del Piazzolla estrenaron su concierto para Marimba en la Usina del Arte. Ganó premios nacionales por sus composiciones. Es compositor de música para Teatro y Cine: películas, documentales y recientemente el telefilm “Cuando José no era San Martín”, de Alejandro Areal Vélez, para el que compuso más de dos horas de música original.Ha sido convocado para hacer arreglos sinfónicos para figuras de la canción popular Argentina, en lugares muy prestigiosos, en el país y el extranjero. Hace 15 años fundó junto con Néstor Schmidt y Susana Durán la Orquesta del Conservatorio Piazzolla de Buenos Aires.También dirigió en Suiza, Budapest, Asunción del Paraguay, New York, Madrid. Se encuentra reescribiendo para su segunda edición (la primera lleva varios años agotada) su libro “Técnicas de Creatividad Musical”, con el que ha dictado más de 30 cursos, seminarios y talleres de capacitación. Su camino es totalmente ecléctico: ha tenido el privilegio y la alegría de trabajar con y para José Cura, Joan Manuel Serrat, Joan Albert Amargós, Lila Downs, Miguel Poveda, Antonio Carmona, Ariel Ardit, Guillermo Fernández, Rick Wakeman, Luis Fonsi, Elena Roger, Gerardo Gardelín, Gaby Goldman, Pablo Mainetti, Hilda Herrera, Valeria Lynch, José Luis Juri, Chaqueño Palavecino, Ana Rosa Rodríguez, Claudio Barile, Alfredo Corral... y muchísimos jóvenes que han dado sus primeros conciertos como solistas bajo su dirección.
Resol. N° 56
Hoja 12- Anexo Único
Curriculum María Eugenia Díaz Cantautora, compositora, creadora junto con su hermano Juan Martin Diaz de “Los Díaz pasan volando”, y de la compañía musical/teatral infantil, “Mate de leche”. Sus temas “La fuerza del engaño”, en coautoría con Marcela Morelo y “Chacarera del milagro” en coautoría con su padre, Coco Diaz, han sido grabados por varios colegas y se interpretan en festivales de todo el país.Como cantautora, ha recorrido nuestro país, México, Estados Unidos, España, Suiza, Alemania y Francia, adonde regresa habitualmente representando la música argentina. Posee siete Cds. grabados, editados en destacadas discográficas. Es autora y actriz de comedias musicales infantiles/ folklóricas. Con “Mate de leche”, compañía que dirige junto a su hermano Juan Martin, ha grabado cuatro cds de música infantil original folklórica y conducen desde hace cuatro años el programa de radio “Mate de leche”, que se transmite por Radio Nacional Folklore de Buenos AiresEs gestora cultural, encargada de la coordinación de ciclos y conciertos. Es miembro fundadora del Colectivo inclusivo y federal de cantautoras y compositoras argentinas “Las cumparsitas”.
Curriculum Charo Bogarín Cantautora, recopiladora, actriz y periodista, Charo Bogarín es fundadora, autora y compositora del grupo Tonolec. También se desempeña como solista en su nuevo proyecto musical “La Charo”. Distinguida por su trabajo musical de investigación de los cantos de los pueblos originarios del norte argentino: etnias Qom (toba) del Chaco y Formosa y Mbya guaraní, de Misiones; tarea que desempeña desde hace veinte años. Actualmente está a cargo de la conformación de la Fonoteca del Canto Originario para el INAMU (Instituto Nacional de la Música) y es columnista de un programa de mujeres en Radio Provincia (BS. As.) Fue Jurado en Música de las dos últimas ediciones del Pre-Cosquín y parte de la programación del Festival de Cosquín como Tonolec y La Charo. Tras el rodaje en la Patagonia, de la miniserie Aimé, de la directora Aymará Rovera (2018) aprendió cantos en mapudungun, tehuelche y huarpe, del repertorio de la cantora mapuche. En su proyecto solista también canta en lengua quechua. Discografía: Tiene editados cinco álbumes y un DVD: Tonolec (2005), Plegaria del Árbol Negro (2008) Los Pasos Labrados (2010), Tonolec Acústico DVD (2011), Cantos de la Tierra sin mal (2014) y Mitai (2015). Como solista tiene publicado dos discos: "La Charo", un canto a Latinoamérica y "Legado", un homenaje a Mercedes Sosa; más tres sencillos durante 2020 publicados en las plataformas digitales. Cine: Como actriz de cine, participó en los largometrajes “Paco” (2010) y “Ley primera" (2016), ambas del director Diego Rafecas. En 2013 filmó en Angola y Etiopía (África) la película "Los Dioses del agua” del director Pablo César. Ha filmado cortometrajes, destacándose el de "La sombra Quema", del director Ezequiel Yoffe. Participó en bandas de sonido de música para documentales y ficciones (Paco, Ley Primera, Sintientes, La Palabra Originaria)
Curriculum Gustavo MACHADO Nació el 29 de noviembre de 1966 en Ceres, Provincia de Santa Fe, República Argentina. Es Licenciado en Marketing, especializado en Administración de las Industrias Artísticas y Culturales. Desde hace seis años se deesempeña como capacitador en Marketing Autoral, Gestión Artística, Social Media, Marketing Digital y Neuromarketing Creador del curso-taller “Marketing para autores y compositores”, que se dicta en SADAIC desde 2016, Gustavo Machado es uno de los referentes del marketing artístico de la actualidad. Más de 500 alumnos de CABA, Buenos Aires, Córdoba, Sanfa Fe, Entre Rios, Chaco, Salta y Mendoza han asistido a sus capacitaciones en este último lustro. Advisor marketing y gestor cultural, con más de 20 años de experiencia en el rubro, se especializa en el ámbito de las industrias artísticas, creativas y culturales. Ha realizado capacitaciones para los municipio sde Junín, Sanfa Fe, Santo Tomé, Paraná, Ceres, Gualeguaychú, y Arroyito. Desde 2019 dicta de manera virtual masterclass y webinars para cantautores de todo el país, ayudando a los creadores a gestionar sus producciones artísticas. Desde el registro de las mismas hasta las campañas de difusión en las redes sociales. El branding l, la reputación "on line " y las técnicas de ventas son los puntos fuertes sobre los que basa sus conferencias y donde hace hincapie para pensar la carrera musical.
Resol. N° 56
Hoja 13- Anexo Único
Las úttimas actualizaciones y tendencias en el marketing digital forman parte de los contenidos en los que pone foto, para brindar las novedades más recientes, en un ámbito signado por la dinámica de los avances tecnológicos. Es además compositor: con 915 obras musicales registradas en SADAIC, es uno de los autores y compositores musicales más prolíficos de su generación. Sus obras han sido grabadas principalmente en Argentina y algunas de ellas en Chile, Colombia, Paraguay, México y España. En su inmensa mayoría sus obras pertenecen a géneros nativos y de música popular. Desde 1996 hasta hoy ha compuesto, junto a grandes músicos mendocinos, más de 120 obras musicales para vendimias departamentales y Acto Central. Entre las más destacadas se pueden citar Mendoza al mundo y Mendoza tierra del vino (leitmotivs de los actos centrales del '98 y '99 ) respectivamente. Obtuvo premios y distinciones, entre los que se destacan las objetinas por sus temas inéditos en los festivales Cosquín (2013), Pescador ((2016), Paso del Salado (2016), Festival del Chamamé (2018), Chamarrita (2018), y en Baradero (2019), como persona destacada de su ciudad natal. Su proyección al exterior actualmente se manifiesta con una veintena de artistas de México, Brasil, Uruguay y Chile que reciben sus clases particulares.
Curriculum Daniel SABOYA
Considerado como uno de los Guitarristas más destacados de Colombia, Daniel Saboya ha realizado conciertos en importantes salas y escenarios de Holanda, Francia, Perú, Inglaterra, Ecuador, Luxemburgo, Brasil, España, Chile, Estados Unidos, Argentina, Panamá, Venezuela, Colombia. Su actividad como guitarrista, compositor y arreglista le ha permitido desarrollar proyectos y tocar junto a destacados músicos como Mike Marshall, Caterina Lichtenberg, Alexis Cárdenas, C4 Trío, y Luis Quintero, Javier Contreras, Edwin y Bill Colón Zayas, Fernando León, Germán Darío Pérez, Fabián Forero, Antonio Arnedo, Roberto Martínez, entre otros. Escenarios y festivales como el Encuentro Internacional de Guitarra de Antony (Francia), el Bimhuis de Amsterdam, el TSC Performing Arts Center Brownsville Tx, Cartagena Festival internacional de Música, el Encuentro Internacional de Guitarra Solistas del mundo en Venezuela, el teatro Teresa Carreño, el UTRGV Performing Arts Complex University Edinburg, Texas, el Encuentro Internacional de Guitarra de Cuenca, el Teatro Colón de Bogotá, el Bolivar Hall de Londres o la Sala de conciertos Luis Ángel Arango de Bogotá; lo han invitado para hacer parte de su programación de conciertos y académica. Ha sido solista de orquestas como la Orquesta Sinfónica Nacional de Colombia, Orquesta Sinfónica del Conservatorio de la Universidad Nacional de Colombia, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Orquesta Sinfónica de la Universidad El Bosque. Daniel Saboya es reconocido como un profundo conocedor de la obra del compositor colombiano Gentil Montaña, de quien ha realizado trabajos que son considerados referencia. Graduado como Guitarrista del Conservatorio de la Universidad Nacional de Colombia, ha tenido reconocimientos como el Primer Premio del II Concurso de Guitarra Clásica COMPENSAR 2004. Como compositor ha centrado su trabajo en la creación de obras para guitarra sola y para otros formatos en donde toma como base su contacto con diversas músicas entre las que están las músicas tradicionales de Colombia, la música clásica, la música latinoamericana, entre otras. Sus obras El Pasillo de las Hadas, Guabina para un Músico del Sur, Bordonero y La Ruta Natural, han sido primer premio en concursos nacionales de composición. Recientemente estrenó en el UTRGV Guitar Festival de la Universidad de Texas su serie “Ocho Estudios de Bambuco para Guitarra”, material que tiene como objetivo estimular a los guitarristas y estudiantes de guitarra a trabajar repertorios de la música latinoamericana. Dentro de sus producción discográfica se encuentran los discos “Reflejos” (año 1995); “Pa’ los Tres” (año 2000); “Suites” – (Producto de una beca otorgada por el Ministerio de Cultura de Colombia) año 2003; “CAMALEONTE” – Catalogado por la revista SEMANA entre los cinco mejores discos del 2006; “La Música de Agustín Barrios, Antonio Lauro y Gentil Montaña”- año 2013 (Disco Ganador del Premio Nacional de Música a Mejor Producción discográfica 2013 Ministerio de Cultura de Colombia); “Palos y Cuerdas Bimhuis” – este último disco grabado para el sello Holandés Saphrane Records con el concierto del Trío Palos y Cuerdas en el BIMHUIS de Ámsterdam en el año 2011, Así es Mi Tierra (Cuartetos de Guitarra de Gentil Montaña). Ha desarrollado un importante trabajo con la música de cámara en ensambles como el Trío Palos y Cuerdas, El Dúo Martínez-Saboya, el Cuarteto Gentil Montaña. Es profesor de planta de la Licenciatura en Música de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia.
RESOLUCIÓN N° 56
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FA-2020-RES-304 3/11/2020 (Carga: 3/11/2020) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 5880/20 caratulado: “YACIOFANO, María Agustina, s/ solicitud de Diploma - Profesora de Grado Universitario en Teatro. FAD ” .
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05 y 66/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO a la egresada María Agustina YACIÓFANO (D.N.I. Nº 38.307.357) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIECIOCHO (18) de agosto de 1994, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso DIECIOCHO (18) de diciembre de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 304
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FA-2020-RES-303 3/11/2020 (Carga: 3/11/2020) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 5878/20 caratulado: “SIMIONATO, Sergio Damián s/ solicitud de Diploma - Profesor de Grado Universitario en Teatro. FAD”
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S, que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO al egresado Sergio Damián SIMIONATO (D.N.I. Nº 40.907.385) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el TRECE (13) de enero de 1998, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso DIECISÉIS (16) de setiembre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 303
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FA-2020-RES-302 3/11/2020 (Carga: 3/11/2020) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 4423/20 caratulado: “CARRIERI CAROSELLA, Alejandro Javier s/ solicitud de Diploma - Profesor de Grado Universitario en Artes Visuales. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES al egresado Alejandro Javier CARRIERI CAROSELLA (D.N.I. Nº 30.536.647) nacido en Mendoza, República Argentina, el DIEZ (10) de diciembre de 1983, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., con fecha de egreso VEINTIOCHO (28) de julio de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 302
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FA-2020-RES-301 3/11/2020 (Carga: 3/11/2020) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 5534/20 caratulado: “MORÁN PALACIO, Nathaly Janeth s/solicitud de Diploma - Licenciada en Flauta. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 29/99-C.S., 6/08-C.S. y 42/10-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN FLAUTA a la egresada Nathaly Janeth MORÁN PALACIO (D.N.I. Nº 95.162.346) nacida en Guayaquil, República del Ecuador, el VEINTITRÉS (23) de octubre de 1990, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 29/99-C.S., 6/08-C.S. y 42/10-C.S., con fecha de egreso DIECIOCHO (18) de junio de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 301
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FA-2020-RES-300 3/11/2020 (Carga: 3/11/2020) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 5524/20 caratulado: “MORALES MACCARI, Federico Nicolás Daniel s/solicitud de Diploma - Diseñador Industrial. FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06—C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL al egresado Federico Nicolás Daniel MORALES MACCARI (D.N.I. N° 39.768.310) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el CATORCE (14) de junio de 1996, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso TRES (3) de julio de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 300
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FA-2020-RES-299 3/11/2020 (Carga: 3/11/2020) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 5532/20 caratulado: “MAILHOS ESCORIHUELA, María Valentina s/ solicitud de Diploma - Diseñadora Industrial. FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06—C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada María Valentina MAILHOS ESCORIHUELA (D.N.I. N° 39.088.293) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el OCHO (8) de octubre de 1995, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso ONCE (11) de setiembre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 299
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FA-2020-RES-298 3/11/2020 (Carga: 3/11/2020) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 4713/20 caratulado: “SRBOVIC, Florencia, s/solicitud de Diploma - Diseñadora Gráfica. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06—C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Florencia SRBOVIC (D.N.I. N° 39.626.697) nacida en la Ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el CATORCE (14) de mayo de 1996, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso VEINTISIETE (27) de agosto de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 298
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FA-2020-RES-297 3/11/2020 (Carga: 3/11/2020) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 5488/20 caratulado: “PARRA, Emiliano Ariel, s/solicitud de Diploma - Diseñador Gráfico. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06—C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR GRÁFICO al egresado Emiliano Ariel PARRA (D.N.I. N° 30.741.221) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTIOCHO (28) de enero de 1984, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso DIECINUEVE (19) de diciembre de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 297
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