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FA-2018-RES-090 12/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 24618/17 caratulado: “Prórroga de designaciones interinas de Docentes del ciclo de Formación Básica en Artes Visuales – FAD. Ddesde 01-01-18 al 31-12-18. En el marco del Convenio – Programa Nº 150/14 ME”.
CONSIDERANDO:
Que el Prof. Fernando Sebastián GUEVARA cumplirá funciones docentes en el Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales, creado por ordenanza N° 121/15-C.S., Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 6/16-C.D. en el ámbito de la UNCuyo y en el marco del Convenio-Programa Nº 150/14-ME.
Que la propuesta de creación y desarrollo de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos (CGCB) en subsedes distribuidas en el territorio provincial, a cargo de diferentes UUAA de la UNCuyo, tiene como propósito la ampliación del derecho y el fortalecimiento de las políticas de inclusión a los estudios superiores, con calidad y pertinencia social. Esto como producto del trabajo que la Universidad viene desarrollando como resultado de los procesos reflexivos realizados, producto de las prácticas de evaluación y acreditación a los que se somete periódicamente.
Que los CGCB, para áreas de conocimientos disciplinares afines, se plantean como componentes de una visión estratégica para la mejora en la calidad de la formación universitaria, así como posibilitadores del acceso a la Educación Superior por parte de grandes sectores de la población que, debido a las enormes distancias que deben recorrer hacia los centros urbanos en donde radican las sedes centrales de las universidades y consecuentemente los costos que esto significa para las familias, optan por desestimar su ingreso.
Que la provincia de Mendoza por sus características geográficas y poblacionales cuenta con regiones que requieren, por parte del Estado, el impulso de políticas integrales que apunten al logro de un desarrollo sostenible. En este sentido, el acceso a la Educación Superior se constituye en un potente instrumento de retención y/o atracción poblacional que permite paralizar y, en lo posible revertir, los procesos emigratorios desde las pequeñas ciudades hacia los centros densamente poblados.
Que la UNCuyo reconoce en este sentido que es necesario planificar, crear y desarrollar ofertas que permitan la presencia de la Universidad en todo el conglomerado poblacional que así lo requiera y asume el desafío de lograrlo.
Que se precisa definir mecanismos de gestión interinstitucional y generar normativa que garantice la articulación horizontal y vertical entre las Unidades Académicas responsables y el Rectorado para gestionar la creación y el desarrollo de nuevas carreras a partir de acciones sinérgicas entre la masa crítica ya formada en la UNCuyo y los actores involucrados.
Que, a los fines de la selección de docentes interinos para este Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales, la misma se llevó a cabo de acuerdo con lo dispuesto por ordenanza N° 4/15-C.D., habiéndose elegido el punto III: Niveles de Convocatoria, Opción 2.
Que Secretaría Académica de Rectorado informa, a fs. 2 vta., que la fecha de designación del docente, es desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2018.
Resol.nº 90
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente personal docente universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres: GUEVARA, Fernando Sebastián Documento Único: 29.067.261 C.U.I.L. o C.U.I.T.: 23–29067261–9 Legajo Nº 33.047
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo: Profesor Titular Dedicación: Simple Condición: Interina
Término de la designación Desde el: UNO (1) de enero de 2018 Hasta el: TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2018
Espacio/s Curricular/es 1) “Innovación Tecnológica Aplicada a las Artes Visuales”
Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad: Facultad de Artes y Diseño Subdependencia: Carreras de Artes Visuales y Cerámica
Campo de formación 1) Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales
ARTÍCULO 2°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Dependencia Sub- Fuente de Sub – Participación Programa Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado dependencia Financiamiento programa Porcentual 44 1 11 3 10 0 02 0 3 4 100,00 Total de la distribución programática 100 %
ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Educación y Deportes Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 44 Secretaría Académica Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 2 Personal Temporario Partida Parcial 0 Escalafón Docente Docente
ARTÍCULO 4°.- De acuerdo con las presentes actuaciones no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 90
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FA-2018-RES-089 12/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 24618/17 caratulado: “Prórroga de designaciones interinas de Docentes del ciclo de Formación Básica en Artes Visuales – FAD. Ddesde 01-01-18 al 31-12-18. En el marco del Convenio – Programa Nº 150/14 ME”.
CONSIDERANDO:
Que el Prof. Alejandro LÓPEZ SALDAÑA cumplirá funciones docentes en el Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales, creado por ordenanza N° 121/15-C.S., Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 6/16-C.D. en el ámbito de la UNCuyo y en el marco del Convenio-Programa Nº 150/14-ME.
Que la propuesta de creación y desarrollo de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos (CGCB) en subsedes distribuidas en el territorio provincial, a cargo de diferentes UUAA de la UNCuyo, tiene como propósito la ampliación del derecho y el fortalecimiento de las políticas de inclusión a los estudios superiores, con calidad y pertinencia social. Esto como producto del trabajo que la Universidad viene desarrollando como resultado de los procesos reflexivos realizados, producto de las prácticas de evaluación y acreditación a los que se somete periódicamente.
Que los CGCB, para áreas de conocimientos disciplinares afines, se plantean como componentes de una visión estratégica para la mejora en la calidad de la formación universitaria, así como posibilitadores del acceso a la Educación Superior por parte de grandes sectores de la población que, debido a las enormes distancias que deben recorrer hacia los centros urbanos en donde radican las sedes centrales de las universidades y consecuentemente los costos que esto significa para las familias, optan por desestimar su ingreso.
Que la provincia de Mendoza por sus características geográficas y poblacionales cuenta con regiones que requieren, por parte del Estado, el impulso de políticas integrales que apunten al logro de un desarrollo sostenible. En este sentido, el acceso a la Educación Superior se constituye en un potente instrumento de retención y/o atracción poblacional que permite paralizar y, en lo posible revertir, los procesos emigratorios desde las pequeñas ciudades hacia los centros densamente poblados.
Que la UNCuyo reconoce en este sentido que es necesario planificar, crear y desarrollar ofertas que permitan la presencia de la Universidad en todo el conglomerado poblacional que así lo requiera y asume el desafío de lograrlo.
Que se precisa definir mecanismos de gestión interinstitucional y generar normativas que garanticen la articulación horizontal y vertical entre las Unidades Académicas responsables y el Rectorado para gestionar la creación y el desarrollo de nuevas carreras a partir de acciones sinérgicas entre la masa crítica ya formada en la UNCuyo y los actores involucrados.
Que, a los fines de la selección de docentes interinos para este Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales, la misma se llevó a cabo de acuerdo con lo dispuesto por ordenanza N° 4/15-C.D., habiéndose elegido el punto III: Niveles de Convocatoria, Opción 2.
Que Secretaría Académica de Rectorado informa, a fs. 2 vta., que la fecha de designación del docente, es desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2018.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente personal docente universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres: LÓPEZ SALDAÑA, Alejandro Documento Único: 19.049.519 C.U.I.L. o C.U.I.T.: 20–19049519–2 Legajo N°: 30.497
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo: Profesor Titular Dedicación: Semiexclusiva Condición: Interino
Término de la designación Desde el: UNO (1) de enero de 2018 Hasta el: TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2018
Espacios Curriculares 1) “Materiales y Procesos I” 2) “Materiales y Procesos II”
Denominación de la Unidad Académica Facultad: de Artes y Diseño Subdependencia: Carreras de Artes Visuales y Cerámica
Campo de formación 1) Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales
ARTÍCULO 2°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Dependencia Sub- Fuente de Sub – Participación Programa Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado dependencia Financiamiento programa Porcentual 44 1 11 3 10 0 02 0 3 4 100,00 Total de la distribución programática 100 %
ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Educación y Deportes Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 44 Secretaría Académica Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 2 Personal Temporario Partida Parcial 0 Escalafón Docente Docente
ARTÍCULO 4°.- De acuerdo con las presentes actuaciones no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 89
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FA-2018-RES-088 12/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 24618/17 caratulado: “Prórroga de designaciones interinas de Docentes del Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales – FAD. Ddesde 01-01-18 al 31-12-18. En el marco del Convenio – Programa Nº 150/14 ME”.
CONSIDERANDO:
Que el Prof. Agustín Emilio HERRERA cumplirá funciones docentes en el Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales, creado por ordenanza N° 121/15-C.S., Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 6/16-C.D. en el ámbito de la UNCuyo y en el marco del Convenio-Programa Nº 150/14-ME.
Que la propuesta de creación y desarrollo de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos (CGCB) en subsedes distribuidas en el territorio provincial, a cargo de diferentes UUAA de la UNCuyo, tiene como propósito la ampliación del derecho y el fortalecimiento de las políticas de inclusión a los estudios superiores, con calidad y pertinencia social. Esto como producto del trabajo que la Universidad viene desarrollando como resultado de los procesos reflexivos realizados, producto de las prácticas de evaluación y acreditación a los que se somete periódicamente.
Que los CGCB, para áreas de conocimientos disciplinares afines, se plantean como componentes de una visión estratégica para la mejora en la calidad de la formación universitaria, así como posibilitadores del acceso a la Educación Superior por parte de grandes sectores de la población que, debido a las enormes distancias que deben recorrer hacia los centros urbanos en donde radican las sedes centrales de las universidades y consecuentemente los costos que esto significa para las familias, optan por desestimar su ingreso.
Que la provincia de Mendoza por sus características geográficas y poblacionales cuenta con regiones que requieren, por parte del Estado, el impulso de políticas integrales que apunten al logro de un desarrollo sostenible. En este sentido, el acceso a la Educación Superior se constituye en un potente instrumento de retención y/o atracción poblacional que permite paralizar y, en lo posible revertir, los procesos emigratorios desde las pequeñas ciudades hacia los centros densamente poblados.
Que la UNCuyo reconoce en este sentido que es necesario planificar, crear y desarrollar ofertas que permitan la presencia de la Universidad en todo el conglomerado poblacional que así lo requiera y asume el desafío de lograrlo.
Que se precisa definir mecanismos de gestión interinstitucional y generar normativas que garanticen la articulación horizontal y vertical entre las Unidades Académicas responsables y el Rectorado para gestionar la creación y el desarrollo de nuevas carreras a partir de acciones sinérgicas entre la masa crítica ya formada en la UNCuyo y los actores involucrados.
Que, a los fines de la selección de docentes interinos para este Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales, la misma se llevó a cabo de acuerdo con lo dispuesto por ordenanza N° 4/15-C.D., habiéndose elegido el punto III: Niveles de Convocatoria, Opción 2.
Que Secretaría Académica de Rectorado informa, a fs. 2 vta., que la fecha de designación del docente, es desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2018.
Resol. N° 88
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente personal docente universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres: HERRERA, Agustín Emilio Documento Único: 29.385.717 C.U.I.L. o C.U.I.T.: 20–29385717–3 Legajo N°: 31.456
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo: Profesor Adjunto Dedicación: Semiexclusiva Condición: Interino
Término de la designación Desde el: UNO (1) de enero de 2018 Hasta el: TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2018
Espacios Curriculares 1) “Materiales y Procesos I”
2) “Materiales y Procesos II”
Denominación de la Unidad Académica Facultad: de Artes y Diseño Subdependencia: Carreras de Artes Visuales y Cerámica
Campo de formación 1) Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales
ARTÍCULO 2°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Dependencia Sub- Fuente de Sub – Participación Programa Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado dependencia Financiamiento programa Porcentual 44 1 11 3 10 0 02 0 3 4 100,00 Total de la distribución programática 100 %
ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Educación y Deportes Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 44 Secretaría Académica Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 2 Personal Temporario Partida Parcial 0 Escalafón Docente Docente
ARTÍCULO 4°.- De acuerdo con las presentes actuaciones no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 88
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FA-2018-RES-087 12/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 24618/17 caratulado: “Prórroga de designaciones interinas de Docentes del ciclo de Formación Básica en Artes Visuales – FAD. Ddesde 01-01-18 al 31-12-18. En el marco del Convenio – Programa Nº 150/14 ME”.
CONSIDERANDO:
Que la Prof. Andrea Laura BARRERA MATHUS cumplirá funciones docentes en el Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales, creado por ordenanza N° 121/15-C.S., Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 6/16-C.D. en el ámbito de la UNCuyo y en el marco del Convenio-Programa Nº 150/14-ME.
Que la propuesta de creación y desarrollo de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos (CGCB) en subsedes distribuidas en el territorio provincial, a cargo de diferentes UUAA de la UNCuyo, tiene como propósito la ampliación del derecho y el fortalecimiento de las políticas de inclusión a los estudios superiores, con calidad y pertinencia social. Esto como producto del trabajo que la Universidad viene desarrollando como resultado de los procesos reflexivos realizados, producto de las prácticas de evaluación y acreditación a los que se somete periódicamente.
Que los CGCB, para áreas de conocimientos disciplinares afines, se plantean como componentes de una visión estratégica para la mejora en la calidad de la formación universitaria, así como posibilitadores del acceso a la Educación Superior por parte de grandes sectores de la población que, debido a las enormes distancias que deben recorrer hacia los centros urbanos en donde radican las sedes centrales de las universidades y consecuentemente los costos que esto significa para las familias, optan por desestimar su ingreso.
Que la provincia de Mendoza por sus características geográficas y poblacionales cuenta con regiones que requieren, por parte del Estado, el impulso de políticas integrales que apunten al logro de un desarrollo sostenible. En este sentido, el acceso a la Educación Superior se constituye en un potente instrumento de retención y/o atracción poblacional que permite paralizar y, en lo posible revertir, los procesos emigratorios desde las pequeñas ciudades hacia los centros densamente poblados.
Que la UNCuyo reconoce en este sentido que es necesario planificar, crear y desarrollar ofertas que permitan la presencia de la Universidad en todo el conglomerado poblacional que así lo requiera y asume el desafío de lograrlo.
Que se precisa definir mecanismos de gestión interinstitucional y generar normativas que garanticen la articulación horizontal y vertical entre las Unidades Académicas responsables y el Rectorado para gestionar la creación y el desarrollo de nuevas carreras a partir de acciones sinérgicas entre la masa crítica ya formada en la UNCuyo y los actores involucrados.
Que, a los fines de la selección de docentes interinos para este Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales, la misma se llevó a cabo de acuerdo con lo dispuesto por ordenanza N° 4/15-C.D., habiéndose elegido el punto III: Niveles de Convocatoria, Opción 2.
Que Secretaría Académica de Rectorado informa, a fs. 2 vta., que la fecha de designación de la docente, es desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2018.
Resol. N° 87
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente personal docente universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres: BARRERA MATHUS, Andrea Laura Documento Único: 29.326.539 C.U.I.L. o C.U.I.T.: 27–29326539–4 Legajo N°: 33.359
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo: Profesor Titular Dedicación: Simple Condición: Interino
Término de la designación Desde el: UNO (1) de enero de 2018 Hasta el: TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2018
Espacios Curriculares 1) “Dibujo y Sistemas de Mediación Visual”
Denominación de la Unidad Académica Facultad: de Artes y Diseño Subdependencia: Carreras de Artes Visuales y Cerámica
Campo de formación 1) Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales
ARTÍCULO 2°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Dependencia Sub- Fuente de Sub – Participación Programa Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado dependencia Financiamiento programa Porcentual 44 1 11 3 10 0 02 0 3 4 100,00 Total de la distribución programática 100 %
ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Educación y Deportes Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 44 Secretaría Académica Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 2 Personal Temporario Partida Parcial 0 Escalafón Docente Docente
ARTÍCULO 4°.- De acuerdo con las presentes actuaciones no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTICULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 87
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FA-2018-RES-086 12/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 24618/17 caratulado: “Prórroga de designaciones interinas de Docentes del ciclo de Formación Básica en Artes Visuales – FAD. Ddesde 01-01-18 al 31-12-18. En el marco del Convenio – Programa Nº 150/14 ME”.
CONSIDERANDO:
Que el Prof. Jorge Alejandro GALDAMES cumplirá funciones docentes en el Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales, creado por ordenanza N° 121/15-C.S., Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 6/16-C.D. en el ámbito de la UNCuyo y en el marco del Convenio-Programa Nº 150/14-ME.
Que la propuesta de creación y desarrollo de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos (CGCB) en subsedes distribuidas en el territorio provincial, a cargo de diferentes UUAA de la UNCuyo, tiene como propósito la ampliación del derecho y el fortalecimiento de las políticas de inclusión a los estudios superiores, con calidad y pertinencia social. Esto como producto del trabajo que la Universidad viene desarrollando como resultado de los procesos reflexivos realizados, producto de las prácticas de evaluación y acreditación a los que se somete periódicamente.
Que los CGCB, para áreas de conocimientos disciplinares afines, se plantean como componentes de una visión estratégica para la mejora en la calidad de la formación universitaria, así como posibilitadores del acceso a la Educación Superior por parte de grandes sectores de la población que, debido a las enormes distancias que deben recorrer hacia los centros urbanos en donde radican las sedes centrales de las universidades y consecuentemente los costos que esto significa para las familias, optan por desestimar su ingreso.
Que la provincia de Mendoza por sus características geográficas y poblacionales cuenta con regiones que requieren, por parte del Estado, el impulso de políticas integrales que apunten al logro de un desarrollo sostenible. En este sentido, el acceso a la Educación Superior se constituye en un potente instrumento de retención y/o atracción poblacional que permite paralizar y, en lo posible revertir, los procesos emigratorios desde las pequeñas ciudades hacia los centros densamente poblados.
Que la UNCuyo reconoce en este sentido que es necesario planificar, crear y desarrollar ofertas que permitan la presencia de la Universidad en todo el conglomerado poblacional que así lo requiera y asume el desafío de lograrlo.
Que se precisa definir mecanismos de gestión interinstitucional y generar normativas que garanticen la articulación horizontal y vertical entre las Unidades Académicas responsables y el Rectorado para gestionar la creación y el desarrollo de nuevas carreras a partir de acciones sinérgicas entre la masa crítica ya formada en la UNCuyo y los actores involucrados.
Que, a los fines de la selección de docentes interinos para este Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales, la misma se llevó a cabo de acuerdo con lo dispuesto por ordenanza N° 4/15-C.D., habiéndose elegido el punto III: Niveles de Convocatoria, Opción 2.
Que Secretaría Académica de Rectorado informa, a fs. 2 vta., que la fecha de designación del docente, es desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2018.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente personal docente universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres: GALDAMES, Jorge Alejandro Documento Único: 14.528.907 C.U.I.L. o C.U.I.T.: 20–14528907–7 Legajo N°: 32.510
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo: Profesor Titular Dedicación: Simple Condición: Interino
Término de la designación Desde el: UNO (1) de enero de 2018 Hasta el: TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2018
Espacios Curriculares 1) “Química General”
Denominación de la Unidad Académica Facultad: de Artes y Diseño Subdependencia: Carreras de Artes Visuales y de Cerámica
Campo de formación 1) Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales
ARTÍCULO 2°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Dependencia Sub- Fuente de Sub – Participación Programa Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado dependencia Financiamiento programa Porcentual 44 1 11 3 10 0 02 0 3 4 100,00 Total de la distribución programática 100 %
ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Educación y Deportes Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 44 Secretaría Académica Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 2 Personal Temporario Partida Parcial 0 Escalafón Docente Docente
ARTÍCULO 4°.- De acuerdo con las presentes actuaciones no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 86
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FA-2018-RES-085 12/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 24618/17 caratulado: “Prórroga de designaciones interinas de Docentes del Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales – FAD. Ddesde 01-01-18 al 31-12-18. En el marco del Convenio – Programa Nº 150/14 ME”.
CONSIDERANDO:
Que la Prof. Ana Patricia AMICO cumplirá funciones docentes en el Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales, creado por ordenanza N° 121/15-C.S., Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 6/16-C.D. en el ámbito de la UNCuyo y en el marco del Convenio-Programa Nº 150/14-ME.
Que la propuesta de creación y desarrollo de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos (CGCB) en subsedes distribuidas en el territorio provincial, a cargo de diferentes UUAA de la UNCuyo, tiene como propósito la ampliación del derecho y el fortalecimiento de las políticas de inclusión a los estudios superiores, con calidad y pertinencia social. Esto como producto del trabajo que la Universidad viene desarrollando como resultado de los procesos reflexivos realizados, producto de las prácticas de evaluación y acreditación a los que se somete periódicamente.
Que los CGCB, para áreas de conocimientos disciplinares afines, se plantean como componentes de una visión estratégica para la mejora en la calidad de la formación universitaria, así como posibilitadores del acceso a la Educación Superior por parte de grandes sectores de la población que, debido a las enormes distancias que deben recorrer hacia los centros urbanos en donde radican las sedes centrales de las universidades y consecuentemente los costos que esto significa para las familias, optan por desestimar su ingreso.
Que la provincia de Mendoza por sus características geográficas y poblacionales cuenta con regiones que requieren, por parte del Estado, el impulso de políticas integrales que apunten al logro de un desarrollo sostenible. En este sentido, el acceso a la Educación Superior se constituye en un potente instrumento de retención y/o atracción poblacional que permite paralizar y, en lo posible revertir, los procesos emigratorios desde las pequeñas ciudades hacia los centros densamente poblados.
Que la UNCuyo reconoce en este sentido que es necesario planificar, crear y desarrollar ofertas que permitan la presencia de la Universidad en todo el conglomerado poblacional que así lo requiera y asume el desafío de lograrlo.
Que se precisa definir mecanismos de gestión interinstitucional y generar normativas que garanticen la articulación horizontal y vertical entre las Unidades Académicas responsables y el Rectorado para gestionar la creación y el desarrollo de nuevas carreras a partir de acciones sinérgicas entre la masa crítica ya formada en la UNCuyo y los actores involucrados.
Que, a los fines de la selección de docentes interinos para este Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales, la misma se llevó a cabo de acuerdo con lo dispuesto por ordenanza N° 4/15-C.D., habiéndose elegido el punto III: Niveles de Convocatoria, Opción 2.
Que Secretaría Académica de Rectorado informa, a fs. 2 vta., que la fecha de designación de la docente, es desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2018.
Resol.nº 85
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente personal docente universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres: AMICO, Ana Patricia Documento Único: 20.984.650 C.U.I.L. o C.U.I.T.: 27–20984650–6 Legajo N°: 33.357
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo: Profesor Titular Dedicación: Simple Condición: Interino
Término de la designación Desde el: UNO (1) de enero de 2018 Hasta el: TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2018
Espacios Curriculares 1) “Fundamentos y Percepción de la Forma”
Denominación de la Unidad Académica Facultad: de Artes y Diseño Subdependencia: Carreras de Artes Visuales y Cerámica
Campo de formación 1) Ciclo de Formación Básica en Artes Visuales
ARTÍCULO 2°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Dependencia Sub- Fuente de Sub – Participación Programa Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado dependencia Financiamiento programa Porcentual 44 1 11 3 10 0 02 0 3 4 100,00 Total de la distribución programática 100 %
ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Educación y Deportes Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 44 Secretaría Académica Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 2 Personal Temporario Partida Parcial 0 Escalafón Docente Docente
ARTÍCULO 4°.- De acuerdo con las presentes actuaciones no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTICULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 85
lo
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FA-2018-RES-084 12/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 22112/17 caratulado: “de la VEGA, Fabricio s/Licencia con goce de haberes por estudio. Del 05/02/2018 al 09/03/2018”.
CONSIDERANDO:
Que el D.I. DE LA VEGA ATENCIO realizará estudios de perfeccionamiento de idioma inglés en Otago Polytechnic English Language Centre, Nueva Zelanda dado que resultó favorecido en el Programa de Movilidad para docentes de la Universidad Nacional de Cuyo 2017–2018, implementado por la Secretaría de Relaciones Internacionales e Integración Regional Universitaria de la UNCuyo.
Que, de acuerdo con lo informado por la Dirección de Personal a fs. 22, su solicitud encuadra en el artículo 49°, Punto I, inc. e) Anexo II del Decreto Nacional N° 1246/15; en el Capítulo IV art. 13° Punto I inciso b) del Decreto Nacional N° 3413/79 y artículo 69° Anexo II del Decreto Nacional N° 1246/15 y en la ordenanza N° 13/98-C.S.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia con goce de haberes, por razones de estudio al D.I. Fabricio Oscar DE LA VEGA ATENCIO (Legajo N° 27.201 – CUIL N° 23–25649138–9) en sus cargos de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva, efectivo, para el dictado de las asignaturas “Técnicas de Dibujo” y “Técnicas de Dibujo/Dibujo de Productos (Optativa)”, y Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, efectivo, para el dictado de la asignatura “Dibujo a Mano Alzada” en las Carreras de Diseño, desde el CINCO (5) de febrero hasta el NUEVE (9) de marzo de 2018, quien resultó favorecido en el Programa de Movilidad para docentes de la Universidad Nacional de Cuyo 2017–2018, implementado por la Secretaría de Relaciones Internacionales e Integración Regional Universitaria de la UNCuyo para llevar a cabo una estancia de estudios de perfeccionamiento de idioma inglés en Otago Polytechnic English Language Centre, Nueva Zelanda .
ARTÍCULO 2°.- El D.I. Fabricio Oscar DE LA VEGA ATENCIO deberá cumplimentar ante el Consejo Directivo de esta Facultad, las exigencias establecidas en la ordenanza N° 13/98–C.S. (Apartado I – inciso 1.9).
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 84
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FA-2018-RES-083 12/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 26612/17 caratulado: “MARTÍN, María Belén s/Solicita licencia posmaternidad. A partir del 23/12/2017”.
CONSIDERANDO:
Que la solicitud se encuadra en el artículo 48° inciso b) Anexo II del Decreto Nacional 1246/15–PEN (CCT).
El informe de Dirección de Personal y de la Dirección General de Medicina del Trabajo.
Por ello, atento a lo dispuesto por ordenanza N° 32/16–R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia postmaternidad, con goce de haberes, a la señora María Belén MARTÍN (Legajo N° 30.700) por el lapso de NOVENTA (90) días a desde el VEINTITRÉS (23) de diciembre de 2017 hasta el VEINTIDÓS (22) de marzo de 2018, en los cargos Ayudante de Primera con dedicación simple y Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, ambas designaciones interinas, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 48° b) Anexo II del Decreto Nacional 1246/15–PEN (CCT).
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 83
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FA-2018-RES-082 12/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 27005/17 caratulado: “ROSALES, María Ancelma s/Solicita licencia posmaternidad. A partir del 28/02/2018”.
CONSIDERANDO:
Que la solicitud se encuadra en el artículo 48° inciso b) Anexo II del Decreto Nacional 1246/15–PEN (CCT).
El informe de Dirección de Personal y de la Dirección General de Medicina del Trabajo.
Por ello, atento a lo dispuesto por ordenanza N° 32/16–R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia postmaternidad, con goce de haberes, a la señora María Ancelma ROSALES (Legajo N° 29.167) por el lapso de NOVENTA (90) días desde el VEINTIOCHO (28) de febrero hasta el VEINTIOCHO (28) de mayo de 2018, en el cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, efectivo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 48° b) Anexo II del Decreto Nacional 1246/15–PEN (CCT).
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 82
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FA-2018-RES-081 12/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2018
VISTO:
La nota CUDAP–CUY: 4405/18 en la que personal de esta Unidad Académica tramita licencia por enfermedad de largo tratamiento, atento a lo informado por la Dirección General de Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo y por la Dirección de Personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 93° del Decreto Nacional N° 366/06 y ordenanza N° 32/16-R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia por enfermedad de largo tratamiento, con goce íntegro de haberes al señor Jorge Ernesto REYNALS, Legajo N° 18.178, en el cargo Categoría 6 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, efectivo, VEINTIOCHO (28) días corridos, desde el VEINTICUATRO (24) de febrero hasta el VEINTITRÉS (23) de marzo de 2018.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 81
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FA-2018-RES-080 12/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2018
VISTO:
La nota CUDAP–CUY: 3452/18 en la que personal de esta Unidad Académica tramita licencia por enfermedad de largo tratamiento, atento a lo informado por la Dirección General de Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo y por la Dirección de Personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 46°, inciso a) del Decreto Nacional N° 1246/15 y ordenanza N° 32/16-R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia por enfermedad de corto tratamiento, con goce íntegro de haberes a la Prof. María Gabriela GUEMBE, Legajo N° 22.938, en el cargo Profesor Titular con dedicación simple, interino – CUATRO (4) días corridos, del CUATRO (4) al SIETE (7) de diciembre de 2017.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 80
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FA-2018-RES-079 12/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 26614/17 en el que la egresada Macarena SARAVIA tramita la extensión del diploma de DISEÑADORA GRÁFICA.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 6/8 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Macarena SARAVIA (D.N.I. N° 33.193.436) nacida en la Ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el VEINTISÉIS (26) de julio de 1987, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso VEINTIDÓS (22) de octubre de 2015 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 79
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FA-2018-RES-078 12/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
UNCUYO fad ^ 2C18 FACUITAD DE AÑO DEL CENTENARIO UNIVERSIDAD ARTES Y DISEÑO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA NACIONAL DE CUYO
MENDOZA, H 2 HAR 2018
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY: 2 6 9 3 6 / 1 7 caratulado: "Prof. Dra. Mariela Nedyaikova s/Elevación académica y económica p/abrir las preinscripciones 6ta. Cohorte de la Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del S. XX.".
CONSIDERANDO:
Que s e h a n tenido en cuenta l a s indicaciones de la Secretaría de Ciencia, Técnica y Posgrado ( S E C T y P ) para llevar a cabo la nueva a p e r t u r a .
Que la Directora de dicha Maestría s e c o m p r o m e t e a definir a los docentes que estarán a cargo de la mencionada carrera en el momento de formalizar la inscripción definitiva de a s p i r a n t e s .
Por ello,
E L DECANO D E LA FACULTAD D E A R T E S Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización de la pre-inscripción a la 6 t a . Cohorte de la Maestría en Interpretación de Música Latinoamericana del S. XX.
ARTÍCULO 2°.- Comuniqúese e insértese en el libro de resoluciones.
R E S O L U C I O N N° 78 LO/lo 'SANTOS P r o f / O A R L O S BRAJAfC AoiiiNisritAnirA ^DECANO
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CD-2018-RES-020 12/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2018
VISTO:
La nota CUDAP–CUY: 15998/17 en la que la Dra. Carolina GANEM solicita percibir el incentivo para Docentes Investigadores con Dedicación Exclusiva, según establece en su Art. 1° la Res. 572/2004 R. “Procedimiento a seguir por los Docentes Investigadores de la UNCuyo con dedicación Simple, que desempeñen funciones de investigación en Organismos de Ciencia y Tecnología y opten por percibir el incentivo para la dedicación Exclusiva”.
CONSIDERANDO:
Que Secretaría Académica a fs. 23 opina que es pertinente acceder a lo solicitado respecto de percibir el incentivo mencionado.
Que Asesoría Letrada a fs. 24/25 dictamina favorablemente a la petición de la docente según lo dispuesto por Resol. Ministerial N° 811/03 y Resol. N° 572/04– R.
Que Secretaría de Posgrado a fs. 30 propone las actividades que deberá desempeñar la Dra. GANEM para cumplimentar la carga horaria prevista para docentes con dedicación exclusiva.
Que la Comisión de Enseñanza a fs. 62 ha analizado la presente solicitud y se ha expedido favorablemente.
Por ello, atento a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión del día 28 de noviembre de 2017 en el sentido de reconsiderar lo dispuesto por el Consejo Directivo el 22 de junio de 2013,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar conformidad para que la Dra. Carolina GANEM (Legajo N° 28.798) perciba el incentivo estipulado para docentes investigadores con dedicación exclusiva, propiciando ante el Señor Rector su otorgamiento.
ARTÍCULO 2°.- Tener por válida la solicitud efectuada por la Dra. GANEM, en forma retroactiva, al VEINTICINCO (25) de febrero de 2013 (fecha de su petición inicial).
ARTÍCULO 3°.- Aceptar las actividades propuesta por la Secretaría de Posgrado de esta Unidad Académica para la docente y realizar un seguimiento de las mismas.
ARTÍCULO 4°.- Establecer que esta percepción no implica o genera obligación alguna a la Universidad con relación a salarios o aportes como docentes con dedicación Exclusiva.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 20
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CD-2018-RES-019 12/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 12 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 11907/17 caratulado: “Dirección Carreras de Artes Visuales. FAD Convocatoria a Concurso de Trámite Efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular (SE), asignaturas “Dibujo II”, “Dibujo II” (Optativa Grupo I) y “Dibujo III”. Carreras de Artes Visuales”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 1202/17 el Consejo Superior autorizó la convocatoria y ratificó la integración de la Comisión Asesora que intervendrá en el referido concurso.
Por ello y teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en el Reglamento de Concursos (ordenanza N° 23/10-C.S. y su modificatoria N° 39/10-C.S.).
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso de títulos, antecedentes y oposición, para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas: “Dibujo II” de las carreras Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales y Licenciatura en Artes Plásticas; “Optativa Grupo I: Dibujo II” de la carrera Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas y “Dibujo III” de la carrera Licenciatura en Cerámica Artística, que se cursan en las Carreras de Artes Visuales y de Cerámica de esta Facultad, en los términos de la ordenanza N° 23/10-C.S. y su modificatoria N° 39/10-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del mismo: Publicación: TRES (3) al DIECISÉIS (16) de abril de 2018. Inscripción: DIECISIETE (17) de abril al DIECISÉIS (16) de mayo de 2018. Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes: DIECISIETE (17), DIECIOCHO (18), VEINTIUNO (21), VEINTIDÓS (22) y VEINTITRÉS (23) de mayo de 2018 (art. 12°-Ord. N° 23/10-C.S.).
ARTÍCULO 3°.- Las expectativas de logro y descriptores de las mencionadas asignaturas son: Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales (Ord. Nº 80/05-C.S.) Expectativas de logro: “Dominar el lenguaje dibujístico, desarrollando una base sólida que le permita progresar en el uso de distintas técnicas, medios y recursos instrumentales propios del Dibujo. Desarrollar capacidad para la observación de formas y estructuras del entorno y de las formas naturales. Profundizar habilidades para dibujar, estructurar, modelar (con sombras propias y reflejadas) en relación a estudios analíticos y con modelo desnudo. Utilizar todas las técnicas conocidas que aceleran el proceso de aprehensión de las formas y todas los materiales conocidos o creados por la propia búsqueda (sanguina, tinta china, etc) y con la guía docente en trabajos libre. Integrar en la práctica conocimientos y habilidades desarrollados en otras materias de la carrera. Desarrollar la creatividad plástico visual. Entender el concepto de dibujo como composición, su relación con otras disciplinas artísticas: pintura, escultura, grabado, música, dramatización, danza, escenografía, literatura, cine, el dibujo autónomo y los lenguajes híbridos o mixados.
Desarrollar la capacidad de análisis, reflexión y fundamentación del propio trabajo plástico. Comprender la tarea de producción como desarrollo de un lenguaje plástico personal.” Descriptores : “Estudio del desnudo humano con modelo vivo, representación naturalista, visiones realistas y visiones subjetivas. Evaluación del campo. Observación y análisis para desencadenar imágenes mnemotécnicas. Dominio de la línea. Proporción, Articulación, distribución espacial, atmósfera. Ambientación: realista, recreada o inventada.”
Licenciatura en Artes Plásticas (Ord. Nº 10/81-R.) Objetivos “Profundizar los conocimientos adquiridos en Dibujo I. Estimular la observación de formas naturales.” Contenidos Temáticos Mínimos “Realización académica realista de cabeza. Estudio de proporciones. Interpretación de modelos clásicos.”
Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas (Ord. Nº 5/93-C.S.) Objetivos • “Profundizar la compresión, conocimientos y habilidades adquiridos en el Nivel I. • Sensibilizar la intuición y la percepción para la lectura y análisis gráfico-formal de la obra de arte, como primer grado de compresión de las actividades expresivas. • Incentivar la imaginación y la representación para la integración en un proceso creador de expresión gráfica, orientado hacia la investigación, comunicación y crítica de las formas plásticas”. Contenidos. • “Representación de la figura humana, aislada o en contexto reales o imaginarios; con o sin modelo, síntesis, representación del movimiento a través del modelo o por medios gráficos. • Observación analítica de fragmentos particularizados, composiciones agrupadas. Modelos conceptuales, verbales, kinestésicos, fotográficos, proyecciones, psicológicos-imaginarios. • Dibujo creativo, autónomo y aplicado; significación intrínseca de la línea, distintas situaciones morfológicas; imaginación rítmica y gestual.”
Licenciatura en Cerámica Artística (Ord. Nº 10/09-C.S.) Expectativas de logros: • “Iniciar a la observación, el análisis y la reflexión de todos los fenómenos visuales y su representación en el plano. • Desarrollar una base sólida que le permita al alumno progresar en el uso de distintas técnicas, medios y recursos instrumentales propios del dibujo. • Entender el concepto de dibujo como composición y generador de nuevas ideas en el diseño personal de cada alumno, en relación con el Taller Cerámico. • Desarrollar destrezas y habilidades desde la percepción visual extrayendo de la realidad objetiva aquello que sea susceptible de transformarse en expresión plástica teniendo en cuenta la bidimensión y tridimensión. • Adquirir a través de la observación un dominio en la construcción gráfica/plástica de la figura humana. • Producir creativamente distintas expresiones de la figura humana. • Crear expresivamente desde la identificación de los elementos del lenguaje plástico vinculados a la producción cerámica. • Ejercitar intuitiva y espontáneamente el color a través de técnicas pictóricas y su equiparación a distintas cubiertas cerámicas.”
Descriptores de Dibujo III “Profundización del estudio del desnudo humano con modelo vivo. Representación naturalistas, visiones realistas y visiones subjetivas. Recursos Plásticos y expresivos propios de la representación objetiva. Recursos plásticos y expresivos para la creación subjetiva. Composición. Ambientación.”
Requisitos de formación y antecedentes exigidos a los aspirantes. Los aspirantes deberán poseer formación académica y experiencia relacionada a los espacios curriculares a concursar. Además deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma.
Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación a los perfiles profesionales que se pretende formar en las carreras de Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, Licenciatura en Artes Plásticas, Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas y Licenciatura en Cerámica Artística; según se establece en los respectivos planes de estudio y que a continuación se explicitan:
Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales: “Al finalizar la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, se espera que el egresado esté en condiciones de: • Utilizar creativa y eficazmente, en el ejercicio de la docencia, las competencias propias del quehacer de las Artes Visuales. • Identificar las principales problemáticas y desafíos de la enseñanza de las Artes Visuales, en los distintos Niveles, ciclos y Modalidades del Sistemas Educativo, en Educación Artística (Regímenes Especiales) y Educación No Formal, adecuándose al contexto regional y con apertura universal. • Conocer las categorías estéticas y sus contextos socio-históricos, para posibilitar el análisis de las producciones artísticas visuales, ejerciendo una reflexión crítico-valorativa de las mismas. • Planificar e implementar situaciones didácticas variadas, sustentadas en el dominio de los contenidos de la enseñanza de las Artes Visuales, su relación con las otras áreas del conocimiento escolar y las características evolutivas de los alumnos a su cargo, respetando la diversidad de los contextos. • Manifestar actitudes personales y conocimientos psicopedagógicos básicos y artísticos visuales necesarios para establecer con los estudiantes la relación de empatía requerida por el proceso de enseñanza-aprendizaje. • Analizar e interpretar los resultados de su trabajo, siendo capaz de modificarlos para mejorar la calidad de los aprendizajes de los alumnos, reconociendo lo provisorio del conocimiento, con actitudes crítico-reflexivas y de honestidad intelectual. • Desarrollar actitudes favorables a la permanente capacitación, actualización y perfeccionamiento en los aspectos referidos a sus saberes específicos, habilidades artísticas y al ejercicio del rol docente, incorporando los procesos y metodologías de investigación para el enriquecimientos personal y social. • Asumir actitudes de compromiso y respeto por la diversidad cultural, la equidad social, la producción cooperativa y en equipo, valoreando la importancia de las producciones artísticovisuales propias y ajenas, por su contribución a la construcción del mundo de la cultura.
Licenciatura en Artes Plásticas “Actividad artística personal en las especialidades de escultura, de pintura, de grabado, etc. Investigación en las Artes Plásticas, en medios de comunicación visuales, problemas de visión, etc.”
Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas El Licenciado en Historia de las Artes Plásticas será un profesional capaz de: • Conocer y comprender la evolución de las expresiones artísticas, especialmente plásticas, de las grandes culturas a través del tiempo. • Analizar las expresiones artísticas, aplicando los criterios adecuados, en el contexto natural y sociocultural en que se dieron. • Aplicar adecuadamente la metodología de la investigación en Historia del Arte, de análisis estético (o artístico) y de las técnicas de relevamiento de materiales artísticos. • Desarrollar su capacidad de análisis, síntesis y juicio critico en relación, con las producciones artísticas y demostrar un pensamiento original y creativo. • Lograr un criterio personal en la reflexión teórica del arte. • Generar la divulgación de hechos artísticos comprometiéndose en la promoción de las experiencias creadoras individuales o grupales, locales o universales y en el rescate e identificación de las expresiones locales. • Desarrollar su propia expresión plástica para vivenciar las prácticas artísticas y comprender el proceso creativo. • Aplicar los criterios de estructura, organización y administración de instituciones dedicadas a la conservación y divulgación de obras de arte. • Comprometerse en la promoción, conservación, divulgación y valoración de las expresiones artísticas, especialmente de nuestra propia región.
Licenciatura en Cerámica Artística El egresado será un profesional capacitado para desempeñar las siguientes actividades: • Transferir los conocimientos teóricos y la experiencia práctica adquiridas en el manejo de los procesos cerámicos, a la realización de proyectos artísticos, que puede incluir o no otros materiales y/o soportes, en función de las necesidades expresivas, comunicacionales, estéticas y/o artísticas. • Conocer e identificar las diversas categorías estéticas construidas en relación al contexto sociohistórico, como herramientas de análisis critico e historiografía de producciones artísticas cerámicas. • Desarrollar proyectos de investigación aplicados a la producción, experimentación e innovación en campo de la cerámica artística. • Gestionar e intervenir en el sistema de circulación y exposición de los objetos cerámicos artísticos. • Intervenir en la preservación y restauración de la obra cerámica artística. • Participar en equipos interdisciplinarios, en el estudio de problemas y en la producción de conocimientos en su campo de conocimiento”.
Funciones docentes, artísticas y/o investigación por cumplir: El docente a cargo de las asignaturas deberá cumplir las funciones establecidas en el inc. 3.1 Anexo Único de la ordenanza N° 14/00-C.D., según se detallan a continuación: El PROFESOR TITULAR constituye la más alta jerarquía académica universitaria. El profesor asociado y el profesor adjunto, en este orden, constituyen las jerarquías académicas que siguen a la del profesor titular. (Estatuto Universitario, art. 47). Tiene las siguientes funciones: Organizar la labor de la cátedra en acuerdo con sus pares del equipo de cátedra, organizando y supervisando la labor del mismo, tendiendo al mejoramiento continuo de la enseñanza y a la formación de docentes e investigadores en el marco de los lineamientos acordados con la Dirección de Carreras y de Departamento a los que pertenece. Elaborar anualmente la oferta disciplinar–programa de la asignatura. Dictar las clases correspondientes estipuladas en los planes y programas vigentes y en los horarios establecidos. Atender la consulta de alumnos dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación.
Participar en las actividades y reuniones del Departamento al que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. Actuar en las comisiones en que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. Informar a la Dirección de Departamento antes del 15 de marzo el plan anual de labor que la cátedra concretará durante el año académico. Evaluar e informar, según se establece en la presente reglamentación, a la Dirección de Departamento al que pertenece su cátedra el desempeño de los docentes a su cargo, así como también las actividades académicas realizadas durante el año. Colaborar en actividades de posgrado, extensión o dirigidas a graduados en las que se requiera su participación mediando solicitud de autoridad universitaria competente. Realizar actividades de investigación científica, técnica o artística, conforme al plan anual de labor de la cátedra y los lineamientos propuestos por la Facultad y Universidad a tal efecto, según dedicación. Realizar reuniones con su equipo de cátedra a fin de analizar en conjunto la marcha de las actividades de enseñanza, los reajustes en la programación, la evaluación de los alumnos, los trabajos prácticos, etc. Coordinar la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra. Realizar en conjunto con el profesor adjunto y asociado la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra. Orientar y supervisar la elaboración, implementación y evaluación de trabajos prácticos. Acordar con los profesores asociado y adjunto la realización de tareas relacionadas a la elaboración de exámenes parciales y su posterior evaluación y recuperación.”
ARTÍCULO 4°.- Constituir la Comisión Asesora que intervendrá en el citado concurso según el siguiente detalle y de conformidad con la ratificación dispuesta por el artículo 2° de la resolución N° 994/17–C.S.: MIEMBROS TITULARES: Mgter. Alberto Guillermo SANCHEZ MARATTA Profesor Titular (E), efectivo – Universidad Nacional de San Juan
Lic. Rubén Oscar MENAS Profesor Titular, efectivo – Universidad Nacional de Córdoba
Lic. Ana María FERNICOLA Profesora Titular Ordinario (S) – Universidad Nacional de Las Artes
MIEMBROS SUPLENTES: Lic. María Claudia MINGIACA Profesor Titular, efectivo – Universidad Nacional de Rosario
Arq. Víctor Hugo MURGIA Profesor Titular Regular – U.B.A. y U.N.A.
Mgter. Jorge BARDELÁS Profesor Titular Regular – Universidad Nacional de Las Artes
ARTÍCULO 5°.- Los postulantes presentarán la documentación correspondiente a su inscripción en Mesa de Entradas de la Facultad, todos los días hábiles administrativos (lunes a viernes) previstos para tal fin, en horario de 9:00 a 13:00 y de 15:30 a 19:00.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 19
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FA-2018-RES-077 9/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 678/18 en el que la egresada Ana Clara BLANC tramita la extensión del diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 5/7 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 66/05-C.S. y la modificatoria del referido título ordenanza N° 65/05-C.S., que la hacen acreedora al mismo.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO a la egresada Ana Clara BLANC (D.N.I. N° 37.000.320) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el TRECE (13) de febrero de 1993, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 66/05-C.S. y la modificatoria del referido título ordenanza N° 65/05-C.S., con fecha de egreso VEINTICINCO (25) de setiembre de 2017 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 77
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FA-2018-RES-076 9/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 1751/18 en el que la egresada Ivana Andrea PALMA SEBASTIANELLI tramita la extensión del diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 5/6 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 80/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES a la egresada Ivana Andrea PALMA SEBASTIANELLI (D.N.I. N° 23.000.042) nacida en la provincia de San Juan, República Argentina, el VEINTITRÉS (23) de enero de 1973, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 80/05–C.S., con fecha de egreso UNO (1) de marzo de 2005 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 76
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FA-2018-RES-075 9/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 26616/17 en el que la egresada Cecilia Verónica DIAZ tramita la extensión del diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 5/7 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 80/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES a la egresada Cecilia Verónica DIAZ (D.N.I. N° 27.723.810) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el CATORCE (14) de noviembre de 1979, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 80/05–C.S., con fecha de egreso DIECINUEVE (19) de setiembre de 2017 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 75
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FA-2018-RES-074 9/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 4914/17 en el que consta el pedido de adscripción del alumno Matías Julián GROSSO BIMA a la cátedra “Diseño Gráfico III” en las Carreras de Diseño.
CONSIDERANDO:
Que a fs. 4 consta la autorización de Secretaría Académica para dar inicio a la adscripción.
Que el alumno Matías Julián GROSSO BIMA cumplió con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D. sobre Reglamento de Adscripción de Alumnos.
El informe positivo del Profesor Titular de la cátedra y la opinión de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la adscripción realizada por el alumno Matías Julián GROSSO BIMA (Registro N° 23.497 – D.N.I. N° 37.001.079) en la cátedra “Diseño Gráfico III” en las Carreras de Diseño, durante el ciclo lectivo 2017.
ARTÍCULO 2°.- Otorgar al interesado el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 74
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FA-2018-RES-073 9/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 4476/17 en el que consta el pedido de adscripción de la alumna Mailen Paula OBRADOR PURPORA a la cátedra “Interpretación IV (Canto)” en las Carreras Musicales.
CONSIDERANDO:
Que a fs. 3 consta la autorización de Secretaría Académica para dar inicio a la adscripción.
Que la alumna Mailen Paula OBRADOR PURPORA cumplió con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D. sobre Reglamento de Adscripción de Alumnos.
El informe positivo de la Profesora Titular de la cátedra y la opinión de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la adscripción realizada por la alumna Mailen Paula OBRADOR PURPORA (Registro N° 21.436 – D.N.I. N° 34.627.324) en la cátedra “Interpretación IV (Canto)” en las Carreras Musicales, durante el ciclo lectivo 2017.
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a la interesada el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 73
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FA-2018-RES-072 9/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 26832/17 caratulado: “CREMASCHI, Verónica s/Reconocimiento de Antigüedad Docente”.
CONSIDERANDO:
Que a fs. 11 la Dirección de Control e Información de Rectorado informa que dicho pedido encuadra en lo dispuesto en el artículo 36° del Decreto Nacional N° 1246/15 (CCT), en las ordenanzas N° 45/97–C.S. y 32/16-Rectorado.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Reconocer a la Dra. Verónica CREMASCHI (Legajo N° 30.511 -CUIL 27– 27143390–0) una antigüedad docente acumulada al TREINTA Y UNO (31) de enero de 2018, de UN (1) año, DOS (2) meses y VEINTICUATRO (24) días, de acuerdo al siguiente detalle: REPARTICIÓN DESDE HASTA A M D UNC-FUNDAR (Facultad de Ingeniería) 01-11-11 30-04-12 -- 06 - UNC-Facultad de Artes y Diseño 08-05-17 31-01-18 -- 08 24
Licencias Sin Goce de Haberes NO REGISTRA
TOTAL 01 02 24
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 72
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FA-2018-RES-071 9/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 27377/17 caratulado: “PEREZ, María Angélica s/Baja definitiva por Jubilación desde el 01-12-2017”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Personal informa la baja de la Prof. PEREZ, a partir del 1/12/17, de acuerdo a la publicación de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que obra adjunta.
Por ello y conforme con las facultades otorgadas al Decanato por ordenanza Nº 32/16-R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dar de baja por jubilación, a partir del UNO (1) de diciembre de 2017, a la Prof. María Angélica PEREZ (Legajo N° 15.300 – CUIL 23–10207490–4) en los cargos que a continuación se detallan: • Profesor Adjunto con dedicación simple, interina, para el dictado de la asignatura “Dibujo y Pintura Escenográficos I” en las Carreras de Artes del Espectáculo, según resolución N° 310/16-C.D. • Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, efectiva, para cumplir funciones en la asignatura “Dibujo II”, “Dibujo II (Optativa)” y “Dibujo III” en las Carreras de Cerámica, según resolución Nº 359/17-C.S. • Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, efectiva, para desempeñar funciones en el espacio curricular “Dibujo II” en las carreras de Artes Visuales, según resolución N° 55/07–C.D.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 71
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FA-2018-RES-070 9/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 1980/18 caratulado: “SARALE, Luis Alberto S/ Solicita Baja en el cargo Profesor Titular (SE)- Transitorio, desde 01/03/18. Obtención beneficio jubilatorio”.
CONSIDERANDO:
Que, mediante resolución nº 344/17-CD se prorrogó la designación interina del Mgter. Luis Alberto SARALE en el cargo de Profesor Titular con cambio dedicación transitoria de Exclusiva a Semiexclusiva, para el dictado del espacio curricular “Diseño Gráfico III” de las Carreras de Diseño.
Que Dirección de Personal toma conocimiento de la renuncia definitiva del Prof. SARALE a partir del 1/03/18, conjuntamente con el formulario emitido por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Que por expediente Nº 1982/18 se tramita la Baja en el cargo de Profesor Titular con dedicación Exclusiva, efectivo.
Por ello y conforme con las facultades otorgadas al Decanato por ordenanza Nº 32/16-R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dar de baja por jubilación, a partir del UNO (1) de marzo de 2018, al Mgter. Luis Alberto SARALE (Legajo N° 13.611 – CUIL 20–8158170–4) en el cargo de Profesor Titular con cambio dedicación transitoria de Exclusiva a Semiexclusiva, para el dictado del espacio curricular “Diseño Gráfico III” de las Carreras de Diseño, según prórroga designación interina establecida por resolución Nº 344/17-C.D.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 70
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CD-2018-RES-018 9/03/2018 (Carga: 12/03/2018) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2018
VISTO:
La nota CUDAP-CUY: 2396/18 caratulada: “Prof. LOYERO, Rosana- Directora de Personal-FAD. Solicita rectificativa de la Res. Nº 348/2017-CD-, correspondiente a las prórrogas designaciones interinas docentes.”
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución Nº 348/2017-C.D. se prorrogaron las designaciones interinas del Personal Docente Universitario para el año 2018.
Que por un error involuntario no se incluyeron los docentes involucrados que se mencionan en el Anexo Único de la presente.
Que las novedades fueron recibidas con posterioridad a la emisión de la resolución mencionada.
Por ello,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Rectificar parcialmente la resolución Nº 348/17–C.D. en lo referente a la modificación e incorporación de docentes contenidos en el Anexo I y III de la misma, la que quedará detallada en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Incorpórese copia de la resolución a los expedientes N sº 18673/17 y 22496/17.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCION Nº 18
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ANEXO ÚNICO En el Anexo I Donde dice:
30700 MARTIN, María Belén Diseño Jefe de Trabajos Prácticos Simple Diseño de Productos Final Diseño Industrial
Debe decir:
30700 MARTIN, María Belén Diseño Jefe de Trabajos Prácticos Semiexclusiva Diseño de Productos Final Diseño Industrial
Incorporar a los siguientes docentes: CARRIZO,Marcela Licenciatura en Música Popular 22579 Musicales Profesor Titular Simple Interpretación IV-Canto Fabiana orientación Canto CERÚSICO, Ramón Licenciatura en Instrumento 25266 Musicales Profesor Titular Semiexclusiva Música de Cámara I a V Hugo (todos)
En el Anexo III Incorporar a los siguientes docentes: Semiexclusiva Tecnología de Productos II 18102 GIMENEZ, Daniel Omar Diseño Jefe de Trabajos Prácticos a Simple Tecnología de Productos III
Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales
Profesorado de Grado Universitario de Historia del Arte
Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística
Profesorado de Grado Universitario en Diseño-Ciclo de Profesorado. Simple Grupos de 27780 ARENAS, Adriana Nancy Profesor Adjunto a Didáctica y Curriculum Profesorado de Grado Universitario en Música Carreras Semiexclusiva Profesorado de Grado Universitario de Teorías Musicales
Profesorado de Grado Universitario en Música-Ciclo de Profesorado
Profesorado de Grado Universitario en Teatro
Profesorado de Grado Universitario en Escenografía- Ciclo de Profesorado
RESOLUCIÓN N° 18
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FA-2018-RES-069 8/03/2018 (Carga: 14/03/2018) |
MENDOZA, 8 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY: 17492/17 en el que consta el pedido de adscripción de la alumna Agustina Sofía NOSENZO D'ALESSANDRO a la cátedra “Publicidad II” en las Carreras de Diseño.
CONSIDERANDO:
Que a fs. 4 consta la autorización de Secretaría Académica para dar inicio a la adscripción.
Que la alumna Agustina Sofía NOSENZO D'ALESSANDRO cumplió con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D. sobre Reglamento de Adscripción de Alumnos.
El informe positivo de la Profesora Titular de la cátedra y la opinión de Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la adscripción realizada por la alumna Agustina Sofía NOSENZO D'ALESSANDRO (Registro N° 25.189 – D.N.I. N° 39.531.321) en la cátedra “Publicidad II” en las Carreras de Diseño, durante el ciclo lectivo 2017.
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a la interesada el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 69
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