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FA-2021-RES-115 7/04/2021 (Carga: 7/04/2021) |
MENDOZA, 7 de abril de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 2888/21 caratulado: “Solicitud de Designación Prof. Florencia CASTELLINO como remplazante en el cargo de Profesor Adjunto (S) de la materia Tipografía Básica I. FAD - ”.
CONSIDERANDO:
Que es menester la designación de la Prof. CASTELLINO, ya que la mencionada docente se encuentra cumpliendo las obligaciones del presente cargo de manera virtual desde el día 1 de abril del presente.
Que la Dirección de Personal informa que la Prof. CASTELLINO revista en los siguientes cargos: - Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple: designación efectiva desde 1/12/16, para cumplir funciones en la asignatura “Tipografía I Básica” - Profesor Adjunto con Dedicación Simple: prórroga de designación interina para cumplir funciones de Vicedirectora de las Carreras de Diseño, desde 1/01/21 hasta 31/12/21.
Asímismo informa que la docente ha iniciado el trámite de Licencia por Incompatibilidad, en su cargo Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple, efectivo, desde 01/04/21 hasta 31/12/21, según Expte. E-CUDAP-CUY n° 3406/21. Como así también que el presente pedido de designación, es en reemplazo del Prof. Eduardo Gabriel PEPE, quien se encuentra en Licencia por Incompatibilidad, en el cargo objeto del presente trámite, desde 1/04/21 hasta 31/12/21, según Expte. E-CUDAP-CUY n° 3260/21.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto A) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas..” Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres CASTELLINO, María Florencia Documento Único 20.932.263 CUIL o CUIT 27-20932263-9 Legajo N° 26.178
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Adjunto Dedicación simple Condición Remplazante (Titular Prof. Eduardo Gabriel PEPE)
Resol.nº 115
3. Término de la designación Desde UNO (1) de abril de 2021 intertanto dure la licencia por incompatibilidad del Titular y no más allá del Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Tipografía I Básica”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 2 Ingeniería y Tecnología Subdisciplina: 2 0 Ingeniería Industrial
Especialidad: 9 9 “Tipografía I Básica”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Descripción de la Carrera Participación Porcentual
127 Diseñador Gráfico 100% Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 812 Profesor Adjunto con Dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTÍCULO 7°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5to. considerando de la presente.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 115
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FA-2021-RES-114 7/04/2021 (Carga: 7/04/2021) |
MENDOZA, 7 de abril de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 2886/21 caratulado: “Solicitud de designación del Prof. Eduardo PEPE como remplazante en el cargo de Profesor Titular (S.E) de la materia Tipografía Básica I.-FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la designación del Prof. Eduardo PEPE, obedece a que el titular del cargo, Prof. Juan Pablo DEL PERAL se encuentra con licencia sin goce de haberes por razones de estudio desde el día 23 de setiembre de 2020 hasta el 24 de marzo de 2022 y teniendo en cuenta la trayectoria del docente en la materia.
Que la Dirección de Personal informa que el Prof. PEPE revista en los cargos de Profesor Titular (S) para el dictado del espacio “Diseño Tipográfico (optativo)” y Profesor Adjunto (S) para el dictado del espacio “Tipografía I-Básica”, ambos en las Carreras de Diseño. Por otra parte, se aclara que el mencionado docente se encuentra tramitando la licencia por incompatibilidad sobre este último cargo, para acceder a la presente designación.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto a) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas..”
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres PEPE, Eduardo Gabriel Documento Único 16609098 CUIL o CUIT 23-16609098-9 Legajo N° 23.881
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Semiexclusiva Condición Remplazante (Titular Prof. Juan Pablo DEL PERAL)
Término de la designación Desde UNO (1) de abril de 2021 mientras dure la licencia de la Titular y no más allá Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021
Resol. N° 114
4. Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Tipografía I- Básica“
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 2 Ingeniería y Tecnología
Subdisciplina: 2 0 Ingeniería Industrial
Especialidad: 9 9 Tipografía I- Básica
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Descripción de la Carrera Participación Porcentual
127 Diseñador Gráfico 100% Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 805 Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 7°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to. considerando de la presente.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 114
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FA-2021-RES-113 6/04/2021 (Carga: 6/04/2021) |
MENDOZA, 6 de abril de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP–CUY Nº 2832/21 caratulado: “Adquisición de insumos limpieza y otros - Emergencia Covid-19 ”.
CONSIDERANDO:
Que esta adquisición se considera fundamental en el contexto actual de Covid-19 que asegura la higiene y desinfección de espacios para el regreso escalonado de las actividades académicas y laborales presenciales en esta primera etapa.
Que el detalle de los elementos para su compra ha sido elaborado por la Dirección de Servicios Generales y Coordinación de Infraestructura y Mantenimiento.
Que esta compra se realiza atendiendo la urgencia en el marco del Plan de Modernización UNCUYO - Pago a proveedores sin orden de compra.
Que se ha emitido informe de la Comisión aconsejando la adjudicación con el visto favorable de la Secretaría Económico-Financiera.
Que en función de los antecedentes expuestos, puede en consecuencia, darse curso aprobatorio al gasto con la afectación en la red presupuestaria prevista para este trámite.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante Resolución Nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado para la adquisición de elementos de limpieza y otros atendiendo la Emergencia Covid-19 con destino a esta Facultad por la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCO ($199.905).
ARTÍCULO 2º.- Adjudicar el trámite de referencia y afectar el gasto a favor de los proveedores y red programática que se indica a continuación:
Proveedores adjudicados CUIT / CUIL 234 291 299 TOTAL DISUR de Latina Aprovisionamientos S.A CUIT 30-71501047-6 72.300,00 72.300,00
CLAP Diseño de Emilia Daniela Cortez CUIL 27-36843982-2 32.780,00 32.780,00
SEVILLA DISTRIBUCIONES de Luis CUIT 20-12538828-1 5.462,00 5.462,00 Dante Sevilla DISTRIBUCIONES BALACCO CUIT 23-30972618-9 23.207,00 46.956,00 70.163,00
LA MAGA ARTÍCULOS Y PRODUCTOS DE CUIT 27-35662308-3 - 19.200,00 19.200,00 LIMPIEZA de Ana Florencia Varo Parra
TOTAL 23.207,00 143.918,00 32.780,00 199.905,00
Resol.Nº 113
Red Programática R.1100.010.001.000.16.37.08.00.99.00.2.0.0.0000.1.21.3.4
ARTÍCULO 3º.- La presente compra se realizará en el marco del Plan de Modernización (Res. 324/2020-R) - Pago a proveedores sin orden de compra.
ARTÍCULO 4º.- Remitir las presentes actuaciones a Secretaría Económico Financiera, Dirección General Económico Financiera y Dirección de Contrataciones y Patrimonio de la Facultad, para la prosecución del trámite, con copia de la presente.
ARTÍCULO 5º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 6to. considerando de la presente.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 113
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FA-2021-RES-112 6/04/2021 (Carga: 6/04/2021) |
MENDOZA, 6 de abril de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 11807/20 caratulado: “BOSIA ACEVEDO, Pilar Celeste s/ solicitud de Diploma - Licenciada en Artes plásticas. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 10/81-R., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN ARTES PLÁSTICAS a la egresada Pilar Celeste BOSIA ACEVEDO (D.N.I. Nº 25.657.367) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISIETE (27) de diciembre de 1976, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 10/81-R., con fecha de egreso TREINTA Y UNO (31) de marzo de 2011 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 112
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CD-2021-RES-012 6/04/2021 (Carga: 6/04/2021) |
MENDOZA, 6 de abril de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 2800/21 caratulado: “COLOMBO, Patricia Eugenia s/ Solicitud prórroga de designación cargo PROF. TITULAR (S). Carreras de Cerámica - FAD ”
CONSIDERANDO: Que la Dirección de Personal informa que la Prof. COLOMBO está designada en un cargo de Profesor Adjunto con Dedicación Simple, cuya prórroga de designación interina desde 1/1/2021 hasta 31/12/2021, es para el dictado de la asignaturas “Taller Cerámico IV”, “Proyecto Artístico” en la Licenciatura de Cerámica y “Taller Cerámico de Investigación Educativa” en el Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística, todas en las Carreras de Cerámica. Asimismo informa que la docente estuvo designada en el cargo objeto del presente trámite, desde el 1/11/20 hasta el 31/12/20, según Resol. Nº 326/20-C.D. cuyo pedido de prórroga se omitió por un error involuntario, por lo que el presente pedido deberá ser desde el 1/01 al 31/07/2021, dado que la misma surge del artículo 2º punto b) de la Ordenanza 2/20-C.D. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Los informes favorables emitidos por Dirección de Personal, Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera. Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria Virtual del día 30 marzo de 2021, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina al Personal Docente Universitario que se detalla en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Las características particulares del espacio detallado en el Anexo Único, que figuran en el informe de Secretaría Académica.
ARTÍCULO 3º.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en el Legajos Electrónico Único que consta en el informe de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 12
ANEXO ÚNICO
LEGAJO CUIL APELLIDO Y NOMBRE CARGO DEDICACIÓN ASIGNATURAS PERIODO 25.922 27-20111585-5 COLOMBO, Patricia Eugenia Profesor Titular Simple “Dibujo II” Desde 01/01/21 “Dibujo II” (Optativa) Hasta 31/07/21
RESOLUCIÓN Nº 12
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FA-2021-RES-111 31/03/2021 (Carga: 1/04/2021) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 1407/21 caratulado: “s/ Solicitud aprobación de Tesis Yañez Pedro Alejandro - Lic. en Artes Visuales FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo propuesto por la Dirección de Carreras de Artes Visuales, en cuanto a la constitución del Jurado y fecha de examen.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Constituir la Comisión Examinadora Especial “Seminario de Licenciatura” integrada por los siguientes profesores: Presidente: Alejandro Luis IGLESIAS; Vocales: Laura Cristina FERNANDEZ y José Luis Ramón MOLINA Suplente: Elizabeth Graciela CARBAJAL; encargados de evaluar al alumno Pedro Alejandro YÁÑEZ (Registro N° 25097) el día NUEVE (9) de abril de 2021 a las 16 hs., correspondiente a las Carreras de Artes Visuales de esta Unidad Académica.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 111
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FA-2021-RES-110 31/03/2021 (Carga: 31/03/2021) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 10069/20 caratulado: “FERNANDEZ VICENS, Lucrecia Aime, s/ solicitud de Diploma - Diseñadora Industrial. FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Lucrecia Aime FERNANDEZ VICENS (D.N.I. N° 36.088.827) nacida en la provincia de Buenos Aires, República Argentina, el TREINTA Y UNO (31) de octubre de 1994 en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso ONCE (11) de setiembre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 110
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FA-2021-RES-109 31/03/2021 (Carga: 31/03/2021) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 10770/20 caratulado: “ALVAREZ, Roxana Beatriz, s/ solicitud de Diploma - Profesora de Grado Universitario en Teatro. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05 y 66/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO a la egresada Roxana Beatriz ALVAREZ (D.N.I. Nº 26.545.575) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el SEIS (6) de mayo de 1977, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso ONCE (11) de noviembre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 109
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FA-2021-RES-108 31/03/2021 (Carga: 31/03/2021) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 10224/20 caratulado: “GONZALEZ, María Milagros, s/ solicitud de Diploma - Profesora de Grado Universitario en Artes Visuales. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES a la egresada María Milagros GONZALEZ (D.N.I. Nº 37.091.178) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIEZ (10) de octubre de 1992, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., con fecha de egreso DIECIOCHO (18) de setiembre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 108
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FA-2021-RES-107 31/03/2021 (Carga: 31/03/2021) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 10182/20 caratulado: “ONTIVERO, Gerardo Tomás s/ solicitud de Diploma - Licenciado en Música Popular (orientación percusión). FAD ”
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 128/03-C.S. y 119/03-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN MÚSICA POPULAR (ORIENTACIÓN PERCUSIÓN) al egresado Gerardo Tomás ONTIVERO (D.N.I. Nº 36.417.237) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el UNO (1) de noviembre de 1991, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 128/03-C.S. y 119/03-C.S., con fecha de egreso VEINTICUATRO (24) de noviembre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 107
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FA-2021-RES-106 31/03/2021 (Carga: 31/03/2021) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 3404/20 caratulado: “TCHRIKISHVILI, David s/ solicitud de Diploma - Licenciado en Trompeta. FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas 29/99, 06/08; 42/10-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN TROMPETA al egresado David TCHRIKISHVILI (D.N.I. Nº 19.025.465) nacido en Tbilisi – Georgia, el TRES (3) de junio de 1993, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas 29/99, 06/08; 42/10-C.S., con fecha de egreso TRES (3) de marzo de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 106
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FA-2021-RES-105 31/03/2021 (Carga: 31/03/2021) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 10830/20 caratulado: “VEGA, Jorge Antonio, s/ solicitud de Diploma - Licenciado en Clarinete. FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas 29/99, 06/08; 42/10-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN CLARINETE al egresado Jorge Antonio VEGA (D.N.I. Nº 22.688.590) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIEZ (10) de abril de 1972, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas 29/99, 06/08; 42/10C.S., con fecha de egreso VEINTE (20) de diciembre de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 105
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FA-2021-RES-104 31/03/2021 (Carga: 31/03/2021) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 10821/20 caratulado: “SARA, Natalia Soledad, s/ solicitud de Diploma - Licenciada en Gestión y Producción Teatral- Ciclo de Licenciatura. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 24/04 y 25/04-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN GESTIÓN Y PRODUCCIÓN TEATRAL – CICLO DE LICENCIATURA a la egresada Natalia Soledad SARA (D.N.I. N.º 30.844.595) nacida en la provincia de Córdoba, República Argentina, el DIECISÉIS (16) de febrero de 1984, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 24/04 y 25/04-C.S., con fecha de egreso SEIS (6) de noviembre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 104
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FA-2021-RES-103 31/03/2021 (Carga: 31/03/2021) |
MENDOZA, 31 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 10863/20 caratulado: “RIOS, Néstor Martín s/ solicitud de Diploma - Diseñador Industrial con orientación en Gráfica. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y 111/04-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL CON ORIENTACIÓN EN GRÁFICA al egresado Néstor Martín RÍOS (D.N.I. Nº 25.158.512) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTIOCHO (28) de noviembre de 1976, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 11/83-R. y 111/04-C.S., con fecha de egreso VEINTISIETE (27) de noviembre de 2014 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 103
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FA-2021-RES-101 30/03/2021 (Carga: 30/03/2021) |
MENDOZA, 30 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY-Nº 3784/21 caratulado: “s/ Informar temática Tesis María Emilia MIRALLES DI CESARE - Lic. en Arte Dramático - FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de la profesora que estará a cargo del mismo.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección del “Seminario de Investigación” a la alumna de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumna: María Emilia MIRALLES DI CESARE - Registro N° 26522 Seminario: “Abordaje social del acceso al teatro como derecho tutelado de adolescentes escolarizados en la Zona Este de la Provincia de Mendoza, durante el año 2019” Director: Lic. María Soledad SORIA Carrera: Licenciatura en Arte Dramático
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2o considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 101
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FA-2021-RES-100 30/03/2021 (Carga: 30/03/2021) |
MENDOZA, 30 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 4391/20 caratulado: “Solicitud de Licencia por Incompatibilidad - PLANA, Amelia Angela - JTP (SE) - desde el 01/01 al 31/07/2021 - FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que en las actuaciones, corre agregado el Formulario N° 17 de la Circular N° 39/15 de Gestión de Personal de la Dirección de Personal de esta Facultad, como así también se incorpora la declaración jurada de cargos y funciones de la Prof. PLANA y el informe de la Dirección General de Personal de Rectorado.
Que la licencia comprendida en la presente resolución, corresponde a la situación de incompatibilidad surgida de su cargo en esta Unidad Académica.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la ordenanza N° 32/16–R.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder prórroga de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad de Personal Docente Universitario, generada por las disposiciones vigentes aplicables, que afectan el cargo que desempeña, para cumplir funciones en otro cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, por el período que se indica, de acuerdo con lo detallado en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 100
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ANEXO ÚNICO Cargo de LEGAJO CUIL Apellido y Nombres Cargo en el que se Espacio/s Curricular/es Disposiciones mayor Espacios Curriculares o Carreras otorga licencia aplicables jerarquía a funciones especiales o sector Período desempeñar específico
. Art. 49º Punto II Jefe de Trabajos inciso a) apartado Profesor Desde el 27.200 27-13184401-3 PLANA, Amelia Angela Prácticos - “Dibujo a Mano Alzada” 1 Nº 1246/15 Asociado - “Dibujo a Mano Alzada” Diseño 01-01-21 (SE) . Ord. 28/00- CS. (SE) hasta el . Ord. 12/2000-R 31-07-21 . Art. 45° del Estatuto Universitario
RESOLUCIÓN N.º 100
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FA-2021-RES-099 30/03/2021 (Carga: 30/03/2021) |
MENDOZA, 30 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 2315/21 caratulado: “s/ Solicitud de baja definitiva por jubilación Ángel Ricardo Peletay - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Los informes producidos por Dirección de Control e Informes de Rectorado.
Por ello y de conformidad con el artículo 22 inc. b) del Decreto 366/06 y en lo establecido por ordenanza N° 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Dar de baja por jubilación, a partir del UNO (1) de enero de 2021, al Sr. Ángel Ricardo PELETAY (Legajo N° 20060– CUIL Nº 20-10907273-8) en el cargo Categoría 03, Efectivo, Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, con el que cumplía funciones en el Edificio de Docencia de esta Unidad Académica, según resolución N° 37/12-C.S.
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 1er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 99
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CD-2021-RES-011 30/03/2021 (Carga: 30/03/2021) |
MENDOZA, 30 de marzo de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 3061/21, caratulado: “S/Justificacion BRA a las y los estudiantes de la FAD reinscriptos en el ciclo lectivo 2020.”
CONSIDERANDO: Que la Ordenanza 116/20-C.D. establece normas de excepción a la reglamentación académica (Ord. 5/19-C.D.) dispuestas a raíz de la situación de aislamiento social preventivo y obligatorio establecido a raíz de la pandemia por Covid19. Que el Anexo Único de dicha norma, en el punto 5, inciso d) declara que “anualmente la Dirección de Alumnos confecciona un listado de estudiantes para proceder al proceso de readmisión. Sin embargo, en el presente ciclo lectivo las y los estudiantes comprendidos en el Art. 11 de la Reglamentación Académica vigente, han podido reinscribirse en forma directa sin que se realice el proceso de readmisión previsto en conjunto entre dicha Dirección y TRACES-SAPOE”.
Que por este motivo la norma dispone que “finalizado el aislamiento social preventivo y obligatorio, se procederá a realizar con quienes tengan bajo rendimiento académico la correspondiente justificación con el equipo de SAPOE/TRACES según lo establecido en la Reglamentación Académica vigente (art. 13, Ord. N° 5/19-CD-FAD).
Que las medidas de aislamiento por las cuales fue dictada la Ordenanza mencionada si bien han comenzado a flexibilizarse, pasando a una etapa de presencialidad gradual, escalonada y no lineal, continúan en gran medida vigentes en el ámbito de la FAD y de la UNCUYO.
Que el inicio del presente ciclo lectivo sorprendió a todos con una inédita modalidad de trabajo en la se debió dar prioridad a las tareas más urgentes en cada una de las áreas de la Secretaría Académica de la Facultad, entre las que se jerarquizó la adopción de medidas que involucran los distintos claustros de la Facultad, para continuar con el dictado de clases y posibilitar la realización de mesas de exámenes desde la virtualidad. Que ante la misma urgencia debieron abocarse los equipos SAPOE/TRACES que continuaron asistiendo y acompañando a las y los estudiantes en sus más urgentes necesidades de atención en las áreas sociales, pedagógicas, psicológicas y de conectividad, situaciones que obligaron a dejar en suspenso, entre otras actividades, el procedimiento para la justificación del bajo rendimiento de las y los estudiantes. Que debido a esta situación, y por encontrarse próximo a finalizar el corriente ciclo lectivo, se hace necesario justificar el último bajo rendimiento académico que hayan tenido las y los estudiantes previo a la reinscripción al Ciclo lectivo 2020. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día 16 de marzo de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Justificar el último Bajo Rendimiento Académico que se encuentre registrado en el sistema SIU GUARANI de las y los estudiantes de la FAD reinscriptos en el ciclo lectivo 2020.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese la respectiva justificación en el mencionado sistema de gestión académica.
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 8vo. considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 11
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FA-2021-RES-098 29/03/2021 (Carga: 30/03/2021) |
MENDOZA, 29 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY-Nº 4010/21 caratulado: “s/ Solicitud aprobación de Tesis Isaac Abdias Flores - Licenciatura en Arte Dramático - FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte del profesor que estará a cargo del mismo.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección del “Seminario de Investigación” al alumno de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumno: Isaac Abdias FLORES- Registro N° 26514 Seminario: “El acontecimiento teatral entre cuerpos, cyborgs y virtualidad” Director: Mgter. Víctor Leonardo ARROJO Carrera: Licenciatura en Arte Dramático
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2o considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 98
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FA-2021-RES-097 29/03/2021 (Carga: 30/03/2021) |
MENDOZA, 29 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY-Nº 4122/21 caratulado: “s/ Informar sobre Tesina Denis Gastón Ismael Vargas - Lic. en Arte Dramático - FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de la profesora que estará a cargo del mismo.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección del “Seminario de Investigación” al alumno de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumno: Denis Gastón Ismael VARGAS- Registro N° 26133 Seminario: “Enseñanza-Aprendizaje del teatro de personas con discapacidad en entornos terapéuticos” Directora: Dra. María Ester del Carmen TROZZO Carrera: Licenciatura en Arte Dramático
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2o considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 97
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FA-2021-RES-096 29/03/2021 (Carga: 30/03/2021) |
MENDOZA, 29 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY-Nº 4130/21 caratulado: “s/ Solicitud aprobación de Tesis Ana Elisa Silva Cantoni - Lic. en Arte Dramático - FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de la profesora que estará a cargo del mismo.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección del “Seminario de Investigación” a la alumna de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumna: Ana Elisa SILVA CANTONI- Registro N° 26113 Seminario: “El color como elemento dramático en la poética de Arístides Vargas y Roberto Cossa” Directora: Prof. Verónica MANZONE Carrera: Licenciatura en Arte Dramático
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2o considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 96
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CD-2021-RES-010 29/03/2021 (Carga: 29/03/2021) |
MENDOZA, 29 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 1272/21 caratulado: “S/ Propuesta de Cursos del Laboratorio Digital Educativo para el 2021 - organizado por las TAC- FAD –”
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con la opinión favorable de la Secretaría Académica.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por el Cuerpo en Sesión Plenaria Virtual del día 16 de marzo de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar el dictado de los Cursos del Área de Tecnologías para el Aprendizaje y la Comunicación (TAC) denominados: “Introducción a Moodle para estudiantes”, “Creación y edición de imágenes pixelares I” y “Creación y edición de imágenes vectoriales I” que se dictarán durante el Ciclo Lectivo 2021 y que estará a cargo de la profesora María Beatriz PERLBACH, según el detalle que consta en los Anexos I, II y III de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El Área de Tecnologías para el Aprendizaje y la Comunicación (TAC) deberá presentar una evaluación de los Cursos dictados.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5to. considerando de la presente
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 10
ANEXO I 1. FORMATO CURRICULAR (Marcar con una x según corresponda)
Curso X Conferencia Taller Obra de Teatro
Jornada Ciclo de debate Muestra de Arte Otro
Seminario Clase Magistral Concierto
TÍTULO DE LA ACTIVIDAD
Introducción a Moodle para estudiantes
ORGANIZADORES O RESPONSABLES
Dirección TAC, Tecnologías del Aprendizaje y la Comunicación - Porf. Lic Laura Amgélica Rodriguez
Estudiantes Colaboradores
Juan Ignacio Rojas
PROFESOR QUE OFRECERÁ LA ACTIVIDAD
En caso de que el docente sea externo a la FAD, incluir a continuación un CV completo. En caso de necesitar programa o catálogo, incluir CV abreviado (no más de 200 palabras).
Prof. y Lic. María Beatriz Perlbach
FECHA DE LA ACTIVIDAD
Comienza - 03 2021
Finaliza - 12 2021
HORARIO de - a
Especificar carga horaria Horas reloj (presenciales) - Horas reloj (NO presenciales) 12
Horas cátedra (presenciales) - Horas cátedra (NO presenciales)
Resol. N° 10
Observaciones
LUGAR DONDE SE REALIZARÁ LA ACTIVIDAD
Campus virtual de la Facultad de Artes y Diseño
Gestión del mismo a cargo de:
Oficina TAC, Tecnologías del Aprendizaje y el Conocimiento
DESTINATARIOS (Marcar con una X según corresponda)
Estudiantes de grado Activos X Oyentes FAD
Estudiantes de posgado Activos Oyentes Graduados FAD Activos Oyentes Docentes FAD Activos Oyentes Externo Activo Oyente Otro Activo Oyente
CUPOS
Mínimo - Máximo 30 por mes
10. ARANCEL (Especificar montos)
DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES
Estudiantes de grado FAD - Estudiantes de posgrado - Graduados FAD - Docentes FAD - Externo - Otro - Considerar en concepto de Becas un 10% de los inscriptos estudiantes de nuestra institución (Ord.6/2015-CDFAD)
Resol. N° 10
11. MODALIDAD DE LA ACTIVIDAD (Marcar con una X según corresponda)
Teórica Presencial Teórica-Práctica x
Práctica Semi-Presencial Virtual x
12. MATERIAL GRÁFICO NECESARIO PARA LA DIFUSIÓN
Flyer X Programa Catálogo
Otro web
13. RECURSOS TÉCNICOS REQUERIDOS
Aula virtual en la Campus virtual de la FAD
14. INSCRIPCIÓN ASISTENTES
La inscripción se realizará mediante un formulario on line gestionado por TAC
En caso de requerir otra información especificarlo a continuación Conocimientos previos: uso básico de sistema operativo y gestión de archivos.
En caso de que la actividad sea arancelada, la inscripción se podrá realizar contando con el número de recibo de pago. Los pagos se realizan exclusivamente en Secretaría Económica Financiera (planta baja Edificio de Gobierno FAD) de lunes a viernes de 9 a 13. 15. CERTIFICACIÓN
Enviar exclusivamente en formato digital a extension@fad.uncu.edu.ar, el listado con la nómina de participantes que hayan asistido y/o aprobado la actividad (nombre completo, DNI o pasaporte, correo electrónico). El periodo de envío de dicha lista no debe superar los 20 días a partir de finalizada la actividad.
A cargo del Área TAC/Secretaría Académica
16. OTRAS NECESIDADES O CONSIDERACIONES
RESOLUCIÓN N° 10
ANEXO II
FORMATO CURRICULAR (Marcar con una x según corresponda)
Curso X Conferencia Taller Obra de Teatro
Jornada Ciclo de debate Muestra de Arte Otro
Seminario Clase Magistral Concierto
TÍTULO DE LA ACTIVIDAD
Creación y edición de imágenes pixelares I
ORGANIZADORES O RESPONSABLES
Oficina TAC, Tecnologías del Aprendizaje y el Conocimiento. Lic. Prof. Laura Angélica Rodriguez
Estudiantes Colaboradores
PROFESOR QUE OFRECERÁ LA ACTIVIDAD
En caso de que el docente sea externo a la FAD, incluir a continuación un CV completo. En caso de necesitar programa o catálogo, incluir CV abreviado (no más de 200 palabras).
Prof. y Lic. María Beatriz Perlbach
FECHA DE LA ACTIVIDAD
Comienza - 04 2021
Finaliza - 04 2021
HORARIO
de - a
Especificar carga horaria
Horas reloj(presenciales) - Horas reloj (NO presenciales) 24
Horas cátedra(presenciales) - Horas cátedra (NO presenciales)
Resol. N° 10
Observaciones
LUGAR DONDE SE REALIZARÁ LA ACTIVIDAD
Campus virtual de la Facultad de Artes y Diseño
Gestión del mismo a cargo de:
Oficina TAC, Tecnologías del Aprendizaje y el Conocimiento
DESTINATARIOS (Marcar con una X según corresponda)
Estudiantes de grado FAD Activos X Oyentes Estudiantes de posgado Activos X Oyentes Graduados FAD Activos X Oyentes Docentes FAD Activos X Oyentes Externo Activo X Oyente Otro Activo X Oyente
CUPOS
Mínimo - Máximo 30
10. ARANCEL (Especificar montos)
DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES
Estudiantes de grado FAD - Estudiantes de posgrado 1500 Graduados FAD 1500 Docentes FAD - Externo 1800 Otro - Considerar en concepto de Becas un 10% de los inscriptos estudiantes de nuestra institución (Ord.6/2015-CDFAD)
Resol. N° 10
11. MODALIDAD DE LA ACTIVIDAD (Marcar con una X según corresponda)
Teórica Presencial Teórica-Práctica x
Práctica Semi-Presencial Virtual x
12. MATERIAL GRÁFICO NECESARIO PARA LA DIFUSIÓN
Flyer X Programa Catálogo
Otro web
13. RECURSOS TÉCNICOS REQUERIDOS
Aula virtual en la Campus virtual de la FAD
14. INSCRIPCIÓN ASISTENTES
La inscripción se realizará mediante un formulario web gestionado por la Dirección TAC.
En caso de requerir otra información especificarlo a continuación
Conocimientos previos: uso básico de sistema operativo y gestión de archivos.
En caso de que la actividad sea arancelada, la inscripción se podrá realizar contando con el número de recibo de pago. Los pagos se realizan exclusivamente en Secretaría Económica Financiera (planta baja Edificio de Gobierno FAD) de lunes a viernes de 9 a 13.
15. CERTIFICACIÓN
Enviar exclusivamente en formato digital a extension@fad.uncu.edu.ar, el listado con la nómina de participantes que hayan asistido y/o aprobado la actividad (nombre completo, DNI o pasaporte, correo electrónico). El periodo de envío de dicha lista no debe superar los 20 días a partir de finalizada la actividad.
La certificación estará a cargo de la Dirección TAC.
16. OTRAS NECESIDADES O CONSIDERACIONES
RESOLUCIÓN N° 10
ANEXO III
FORMATO CURRICULAR (Marcar con una x según corresponda)
Curso X Conferencia Taller Obra de Teatro
Jornada Ciclo de debate Muestra de Arte Otro
Seminario Clase Magistral Concierto
TÍTULO DE LA ACTIVIDAD
Creación y edición de imágenes vectoriales I
ORGANIZADORES O RESPONSABLES
Dirección TAC, Tecnologías del Aprendizaje y el Conocimiento. Lic. Prof. Laura Angélica Rodriguez
Estudiantes Colaboradores
PROFESOR QUE OFRECERÁ LA ACTIVIDAD
En caso de que el docente sea externo a la FAD, incluir a continuación un CV completo. En caso de necesitar programa o catálogo, incluir CV abreviado (no más de 200 palabras).
Prof. y Lic. María Beatriz Perlbach
FECHA DE LA ACTIVIDAD
Comienza - 04 2021
Finaliza - - 2021
HORARIO
de - a
Especificar carga horaria
Horas reloj(presenciales) - Horas reloj (NO presenciales) 24
Horas cátedra(presenciales) - Horas cátedra (NO presenciales)
Resol. N° 10
Observaciones
LUGAR DONDE SE REALIZARÁ LA ACTIVIDAD
Campus virtual de la Facultad de Artes y Diseño
Gestión del mismo a cargo de:
Oficina TAC, Tecnologías del Aprendizaje y el Conocimiento
DESTINATARIOS (Marcar con una X según corresponda)
Estudiantes de grado FAD Activos X Oyentes Estudiantes de posgado Activos X Oyentes Graduados FAD Activos X Oyentes Docentes FAD Activos X Oyentes Externo Activo X Oyente Otro Activo X Oyente
CUPOS
Mínimo - Máximo 30
10. ARANCEL (Especificar montos)
DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES
Estudiantes de grado FAD - Estudiantes de posgrado 1200 Graduados FAD 1200 Docentes FAD - Externo 1500 Otro - Considerar en concepto de Becas un 10% de los inscriptos estudiantes de nuestra institución (Ord.6/2015-CDFAD)
Resol. N° 10
11. MODALIDAD DE LA ACTIVIDAD (Marcar con una X según corresponda)
Teórica Presencial Teórica-Práctica x
Práctica Semi-Presencial Virtual x
12. MATERIAL GRÁFICO NECESARIO PARA LA DIFUSIÓN
Flyer X Programa Catálogo
Otro web
13. RECURSOS TÉCNICOS REQUERIDOS
Aula virtual en la Campus virtual de la FAD
14. INSCRIPCIÓN ASISTENTES
La inscripción se realizará mediante un formulario web gestionado por la Dirección TAC.
En caso de requerir otra información especificarlo a continuación
Conocimientos previos: uso básico de sistema operativo y gestión de archivos.
En caso de que la actividad sea arancelada, la inscripción se podrá realizar contando con el número de recibo de pago. Los pagos se realizan exclusivamente en Secretaría Económica Financiera (planta baja Edificio de Gobierno FAD) de lunes a viernes de 9 a 13.
15. CERTIFICACIÓN
Enviar exclusivamente en formato digital a extension@fad.uncu.edu.ar, el listado con la nómina de participantes que hayan asistido y/o aprobado la actividad (nombre completo, DNI o pasaporte, correo electrónico). El periodo de envío de dicha lista no debe superar los 20 días a partir de finalizada la actividad.
La certificación estará a cargo de la Dirección TAC.
16. OTRAS NECESIDADES O CONSIDERACIONES
RESOLUCIÓN N° 10
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FA-2021-RES-095 25/03/2021 (Carga: 25/03/2021) |
MENDOZA, 25 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 2935/21 caratulado: “Solicitud de designación del Prof. Claudio SOLA como reemplazante en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos (S) de la materia Materiales y procesos I. FAD - ”.
CONSIDERANDO:
Que la designación del Prof. Claudio SOLÁ, obedece a que la titular del cargo, Prof. Cecilia Marta LASAGNO, se encuentra con licencia sin goce de haberes por razones particulares desde el día 1 de febrero hasta el 31 de julio de 2021 y teniendo en cuenta la trayectoria del docente.
Que la Dirección de Personal informa que el Prof. SOLÁ revista en los cargos de Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple: prórroga de designación interina para cumplir funciones extracurriculares en el “Taller de Productos”, desde 1/1/2021 hasta 31/12/2021 y Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Semiexclusiva: prórroga de designación reemplazante para cumplir funciones en la cátedra “Diseño de Productos Final”, desde 1/1/2021 hasta 31/07/2021, ambos en las Carreras de Diseño.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto b) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas..”
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres SOLÁ, Claudio Javier Documento Único 21.985.137 CUIL o CUIT 20-21985137-6 Legajo N° 34.360
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación simple Condición Remplazante (Titular Prof. Cecilia Marta LASAGNO)
Resol. N° 95
3. Término de la designación Desde UNO (1) de abril de 2021 mientras dure la licencia de la Titular y no más allá Hasta TREINTA Y UNO (31) de julio de 2021
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Materiales y Procesos I“
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 2 Ingeniería y Tecnología
Subdisciplina: 2 0 Ingeniería Industrial
Especialidad: 9 9 Materiales y Procesos I
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Descripción de la Carrera Participación Porcentual
153 Diseñador Industrial 100% Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 813 Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 7°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to. considerando de la presente.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 95
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FA-2021-RES-094 25/03/2021 (Carga: 25/03/2021) |
MENDOZA, 25 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 2798/21 caratulado: “DIRECCIÓN DE CAVFAD S/ Solicitud designación Prof. Adriana Nancy ARENAS en cargo PROF. TITULAR (SE) desde el 01/03 hasta el 31/08/2021.”.
CONSIDERANDO:
Que es menester la designación de la Prof. ARENAS, ya que la mencionada docente se encuentra cumpliendo las obligaciones del presente cargo de manera virtual desde el día 1 de marzo del presente.
Que la Dirección de Personal informa que la Prof. ARENAS revista en un cargo de Profesor Adjunto con Dedicación Simple: designación efectiva, para el dictado de la cátedra “Didáctica y Currículum” (En licencia por cargo mayor jerarquía) • Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva: prórroga designación interina desde el 01/01 al 31/07/21, para el dictado de la mencionada cátedra • Adicional por Carácter Crítico de la Función: prórroga asignación desde el 01/01 hasta el 30/04/21, para cumplir funciones en la asignatura “Enseñanza y Aprendizaje” de las Carreras de esta Facultad. Cabe destacar que el Adicional por Carácter Crítico de la Función que posee la docente es para cumplir funciones en el cargo objeto del presente trámite.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto b) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas..”
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de marzo de 2021, el Adicional por Carácter Crítico de la Función a la Lic. Adriana Nancy ARENAS (Leg.Nº 27.780) para cumplir funciones en la asignatura “Enseñanza y Aprendizaje” de las Carreras de esta Facultad, cuya asignación le fuera prorrogada desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA (30) de abril de 2021, según resolución Nº 393/20-FAD.
ARTÍCULO 2º.- Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres ARENAS, Adriana Nancy Documento Único 18.061.662 CUIL o CUIT 23- 18061662-4 Legajo N° 27.780
Resol. N° 94
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación semiexclusiva Condición interina
Término de la designación Desde UNO (1) de marzo de 2021 Hasta TREINTA Y UNO (31) de agosto de 2021
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes Visuales y de Cerámica
Espacio/s Curricular/es 1) Enseñanza y Aprendizaje de las Artes Visuales 2) Enseñanza y Aprendizaje de la Historia del Arte 3) Enseñanza y Aprendizaje de la Cerámica
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 2° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Artes Plásticas Enseñanza y Aprendizaje de las Artes Visuales; Enseñanza y Aprendizaje de la Especialidad: 9 9 Historia del Arte y Enseñanza y Aprendizaje de la Cerámica.
ARTÍCULO 4°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 2° forman parte de los Planes de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Descripción de la Carrera Participación Porcentual
6464 Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales 33,34 % 6465 Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte 33,33 % 6462 Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística 33,33 % Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 5°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 66,67% 10 00 11 37 03 00 05 00 3 4 33,33% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 805 Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva
Resol. N° 94
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ARTÍCULO 7°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTÍCULO 8°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to. considerando de la presente.
ARTICULO 9º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 94
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CD-2021-RES-009 25/03/2021 (Carga: 25/03/2021) |
MENDOZA, 25 de marzo de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6612/20 caratulado “s/solicitud Opción de Permanencia en la Actividad Docente Universitaria de la Prof. María Florencia Fátima MARQUEZ ZAVALIA. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° inciso a) Apartado 2° de la citada Ley explicita que: los docentes universitarios podrán optar por permanecer en la actividad laboral durante cinco (5) años más, después de los sesenta y cinco (65) años. Que el Consejo Superior, a través del artículo 6° de la ordenanza N° 82/09, delega en los Consejos Directivos de las Unidades Académicas la atribución de resolver mediante el dictado de un acto administrativo las opciones presentadas por los docentes, previo se verifiquen los recaudos establecidos en la citada ordenanza y lo dispuesto en el Artículo 1° Inciso a) de la Ley 26.508. Los informes producidos por la Dirección de Personal y de Secretaría Académica. Que debido a la situación que está atravesando la Universidad Nacional de Cuyo con respecto a la Pandemia; la Dirección de Personal informa que “...se ha comunicado con el Director de la Dirección General de Medicina Laboral, Dr. Di Pasquale, a fin de informar los docentes que han optado por la Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria. Desde Medicina Laboral informaron que se comunicarán con cada docente, para cumplimentar la realización del certificado de aptitud psicofísica”. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria Virtual del día 16 de marzo de 2021, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la presentación efectuada por la Prof. María Florencia Fátima MARQUEZ ZAVALIA (Leg. n° 30.661 – CUIL n° 27-11943253-2) referida a la Opción de Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria atento a que se han cumplido los recaudos establecidos en la ordenanza N° 82/09-C.S. y lo dispuesto en el artículo 1°, inciso a) Apartado 2° de la Ley N° 26.508; en virtud de ello la citada docente reúne las condiciones para continuar revistando, según lo indica la citada Ley, en un cargo de Profesor Titular con Dedicación Simple, efectivo, desde el UNO (1) de mayo de 2013, para el dictado de las asignaturas “Mineralogía y Petrología”, de la Licenciatura en Cerámica Industrial y “Mineralogía y Petrología (optativa)”, de la Licenciatura en Cerámica Artística, Carreras de Cerámica, según Resol. n° 122/13-CS.
Resol. N° 9
ARTÍCULO 2º.- La continuidad en la actividad laboral del Personal Docente Universitario será prorrogada anualmente cuando el Consejo Directivo así lo disponga y cesando indefectiblemente el día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su beneficio jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriéndose intimación previa alguna.
ARTÍCULO 3°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5to. considerando de la presente.
ARTICULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 9
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