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CD-2021-RES-132 5/11/2021 (Carga: 6/11/2021) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 32711/21 caratulado: “PEREIRA, Fabiana Haydeé s/Título Magíster en Arte Latinoamericano. FAD - ”.
CONSIDERANDO: Que la maestranda ha dado cumplimiento a todas las exigencias determinadas en la reglamentación vigente.
Que de acuerdo con el acta del jurado designado oportunamente por la resolución Nº 88/20-C.D. se aprueba la tesis titulada: “DOCUMENTO ARTÍSTICO Y NARRACIÓN FOTOGRÁFICA: EL ADOBE EN MENDOZA. CHRISTIANO JUNIOR (1880)”, bajo la dirección de la Mgter. María de los Ángeles FORCADA y la codirección de la Dra. Lorena Verónica MANZINI MARCHESI, otorgando la calificación de “MUY BUENO”.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por el Jurado que evaluó con la calificación de “MUY BUENO” la tesis denominada: “DOCUMENTO ARTÍSTICO Y NARRACIÓN FOTOGRÁFICA: EL ADOBE EN MENDOZA. CHRISTIANO JUNIOR (1880)”, presentada por la maestranda Prof. y Lic. Fabiana Haydeé PEREIRA (DNI 22.248.656), nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el día CINCO (5) de febrero de 1971.
ARTÍCULO 2º.- Otorgar el título de Magíster en Arte Latinoamericano a la Prof. y Lic. Fabiana Haydeé PEREIRA y autorizar la expedición del diploma respectivo, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 29/16-C.S., con fecha de egreso DIECISÉIS (16) de setiembre de 2021.
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 132
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CD-2021-RES-131 5/11/2021 (Carga: 6/11/2021) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 29044/21 caratulado: “S/Prórroga designación interina Prof. LÚQUEZ, Daniela Belén - Cargo: Profesor Titular (SE) Cátedra: “Taller de los Materiales Escenográficos” - Carreras de Artes del Espectáculo FAD”
CONSIDERANDO:
Que la presente prórroga de designación corresponde al cargo cubierto mediante selección de Instructivo aprobado por la ordenanza N° 2/20-CD y que a la fecha se ha cumplido con los 6 meses que estipula la mencionada normativa.
Los informes producidos por Dirección de Personal, Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina del Personal Docente cuyo cargo fue cubierto mediante ordenanza N° 2/20-CD, desde el TRES (3) de noviembre hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, siempre que antes el mismo no sea provisto mediante concurso, en el cargo y funciones de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO ÚNICO que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3o considerando de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 131
ANEXO ÚNICO
PRÓRROGA DE DESIGNACIÓN INTERINA DOCENTE INGRESADA POR ORD. N° 02/20–C.D.
DESDE 03/11/2021 HASTA 31/12/2021
LEGAJO CUIL APELLIDO Y NOMBRES CARGO DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR CARRERAS
Taller de los Materiales 34849 27-25067094-5 LUQUEZ, Daniela Belén Profesor Titular Semiexclusiva Escenográficos Artes del Espectáculo
RESOLUCIÓN N° 131
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CD-2021-RES-130 5/11/2021 (Carga: 6/11/2021) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 29423/21 caratulado: “CARRERAS DE ARTES VISUALES S/Prórroga de designación, remplazante, Arq. María Cecilia BILEN en un cargo Profesor Adjunto con dedicación simple. FAD”
CONSIDERANDO:
Que la presente prórroga de designación corresponde al cargo cubierto mediante selección de Instructivo aprobado por la ordenanza N° 2/20-CD.
Que si bien la presente prórroga es de carácter de reemplazante, es necesario dar continuidad a la misma ya que la titular del cargo, Prof. Paula MURCIA se encuentra tramitando, por Exp. E-CUY N° 29512/21, la prórroga de Licencia por Incompatibilidad, desde 01/11/21 hasta 31/12/21 en el mencionado cargo.
Los informes producidos por Dirección de Personal, Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación Reemplazante del Personal Docente cuyo cargo fue cubierto mediante ordenanza N° 2/20-CD, desde el UNO (1) de noviembre hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, siempre que antes el mismo no sea provisto mediante concurso, en el cargo y funciones de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO ÚNICO que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5o considerando de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 130
ANEXO ÚNICO
PRÓRROGA DE DESIGNACIÓN REEMPLAZANTE DE DOCENTE INGRESADA POR ORD. N° 2/20–C.D.
DESDE 01/11/2021 HASTA 31/12/2021
LEGAJO CUIL APELLIDO Y NOMBRES CARGO DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR CARRERAS
Sistemas de Representación Artes Visuales 34.896 27-33761111-2 BILEN, María Cecilia Profesor Adjunto Simple Artes del Espectáculo (reemplazante) Sistemas de Cerámica Representación (Optativa)
RESOLUCIÓN N° 130
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CD-2021-RES-129 5/11/2021 (Carga: 6/11/2021) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2021
VISTO:
Las resoluciones N° 533/21, 534/21, 535/21, 536/21, 537/21, 538/21, 539/21 y 540/21 dictadas por el Decano Ad-Referéndum del Consejo Directivo.
CONSIDERANDO:
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto en Sesión Plenaria Virtual del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ratificar las resoluciones que a continuación se detallan, las que fueran dictadas por el Decano Ad-Referéndum de este Cuerpo:
Resolución N° 533/21-FAD: Prórroga de designación de la Prof. Marta PAZ en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva (Reemplazante) para cumplir funciones en los espacios curriculares “Taller de Rotación I: Pintura” y “Taller de Rotación II: Pintura” de la Lic. en Artes Plásticas y Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, “Taller de Rotación: Pintura” del Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte y “Taller de Rotación I: Pintura” de Diseño Escenográfico, desde el UNO (1) de octubre, mientras dure la licencia por incompatibilidad de la Prof. CAMPASSI y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021. Resolución N° 534/21-FAD: Prórroga de designación de la Prof. Elizabeth Graciela CARBAJAL en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva (Reemplazante) para cumplir funciones en el espacio curricular “Análisis de las Formas” de la Licenciatura en Artes Plásticas, Licenciatura en Historia del Arte y Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, desde el UNO (1) de octubre, mientras dure la licencia por incompatibilidad de la Prof. CAMPASSI y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Resolución N° 535/21-FAD: Prórroga de designación del Mgter. Sergio Eduardo ROSAS en un cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva – Interino para el dictado de los espacios curriculares “Visión I” y “Visión II” de la Lic. en Artes Plásticas, Historia de las Artes Plásticas, Cerámica Industrial, Cerámica Artística, Diseño Escenográfico, Profesorado de Grado Universitario en Historia de las Artes Plásticas y Profesorado de Grado Universitario en Historia de las Artes Visuales y “Visión I – Optativa” y “Visión II – Optativa” del Profesorado de Grado Universitario de Cerámica Artística, todas las Carreras de Artes Visuales, Cerámica y Artes del Espectáculo desde el UNO (1) de octubre y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Resol. N° 129
Resolución N° 536/21-FAD: Prórroga de designación del Prof. Antonio Alberto ALTERIO en un cargo de Profesor Titular con dedicación Simple – Interino para cumplir funciones en el “Taller de Gráfica”, desde el DIECIOCHO (18) de agosto, hasta que se resuelva su trámite jubilatorio y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Resolución N° 537/21-FAD: Prórroga de designación del Prof. Gonzalo Germán ARANDA en un cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva – Interino para el dictado del espacio curricular “Práctica Escénica I” de la Licenciatura en Arte Dramático, desde el UNO (1) de octubre y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Resolución N° 538/21-FAD: Prórroga de designación de la Prof. Olga Herminia CAMPASSI en un cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva – Interino para el dictado del espacio curricular “Análisis de las Formas” de la Licenciatura en Artes Plásticas, Licenciatura en Historia del Arte y Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, desde el UNO (1) de octubre y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Resolución N° 539/21-FAD: Prórroga de designación de la Prof. Rosana Ignacia AGUERREGARAY CASTIGLIONE en un cargo de Profesor Titular con dedicación Simple – Interino para el dictado del espacio curricular “Práctica de Formación Profesional” del Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte, desde el UNO (1) de octubre y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Resolución N° 540/21-FAD: -Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de octubre de 2021, a la Prof. Dorka Pamela FERNÁNDEZ BURDILES en el cargo de Profesora Adjunta con dedicación simple, interina, con el que cumplía funciones de Vicedirectora en las Carreras de Artes Visuales, designada mediante resolución 218/2019-C.D. -Dar de baja, a partir del UNO (1) de octubre de 2021, al Adicional por Carácter Crítico de la Función que percibía la Prof. Dorka Pamela FERNÁNDEZ BURDILES por el desempeño de las funciones mencionadas en el párrafo precedente. -Designar a la Prof. Dorka Pamela FERNÁNDEZ BURDILES en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, para cumplir funciones en el ingreso a las Carreras de Artes Visuales, desde el UNO (1) de octubre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 1er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 129
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FA-2021-RES-576 4/11/2021 (Carga: 5/11/2021) |
MENDOZA, 4 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 26822/21 caratulado: “s/aprobar adscripcion E s/aprobar alumnos HERRERA SAGUI, Alvaro - SOLANO BARONA, Karina Alexandra - Fad”
CONSIDERANDO:
Que la presente adscripción fue realizada y coordinada de manera virtual por parte de los mencionados alumnos, debido a la situación de Pandemia durante los años mencionado , 2020 y 2021.
Los informes producidos por la Secretaría Académica. ormes
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, Referendum autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los C.S., Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Na Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la adscripción realizada por los alumno de las Carreras l alumnos Musicales esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle:
LEGAJO DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES 24731 38336683 HERRERA SAGUI, Alvaro HISTORIA DE LA MÚSICA III Ciclo Lectivo: 2019 25409 95439185 SOLANO BARONA, Karina Alexandra HISTORIA DE LA MÚSICA II Ciclo Lectivo: 2019
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a los interesados el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del el COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente. resado
ARTICULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 576
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FA-2021-RES-575 4/11/2021 (Carga: 31/03/2022) |
MENDOZA, 4 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 33803/21 caratulado: “Pago proporcional de vacaciones - PLANA, Amelia - FAD ”
CONSIDERANDO:
Lo establecido en el artículo 45° inciso a) del Decreto Nacional N° 1246/15 y en lo dispuesto por ordenanza N° 32/16-R.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Secretaría Económico-Financiera a liquidar días de licencia proporcional de vacaciones correspondientes al año 2021, a favor del siguiente agente:
Prof. Amelia Ángela PLANA – Legajo N° 27.200 – CUIL n° 27-13184401-3 Proporcional a liquidar: TREINTA Y OCHO (38) días Cargo: Profesor Asociado con dedicación semiexclusiva -Interino Baja definitiva: a partir del UNO (1) de noviembre de 2021
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 575
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CD-2021-RES-128 4/11/2021 (Carga: 4/11/2021) |
MENDOZA, 4 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 27981/21 caratulado: “s/Solicitud prórrogas de las designaciones interinas y reemplazantes del personal docente por ordenanza N° 2/20-CD de las Carreras de Diseño - FADFAD. ”
CONSIDERANDO:
Que las presentes prórrogas de designaciones corresponden a los cargos cubiertos mediante selección de Instructivo aprobado por las ordenanzas N° 2/20-CD.
Que es necesario dar continuidad al servicio educativo como así también a la designación de los docentes por los periodos correspondientes hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria en la que se encuentra el país.
Los informes producidos por Dirección de Personal, Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar las designaciones interinas y con carácter de remplazantes del Personal Docente cuyos cargos fueron cubiertos mediante ordenanza N° 2/20-CD, desde el UNO (1) de noviembre hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, siempre que antes los mismos no sean provistos mediante concursos, en los cargos y funciones de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO ÚNICO de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5o considerando de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 128
ANEXO ÚNICO
PRÓRROGAS DE DOCENTES QUE INGRESARON POR ORD. N° 02/20–C.D., DESDE 01/11/2021 HASTA 31/12/2021
INTERINAS
LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES GRUPO DE CARRERAS DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR CARGO
Geometría Descriptiva I-II 25.096 MURCIA, Paula Cecilia Artes Visuales Profesor Titular Exclusiva Sistemas de Representaciòn Diseño Sist. de Representaciòn (Optativa)
19.996 GUINEA, Carlos Alberto Diseño Profesor Adjunto Semiexclusiva Geometría Descriptiva I y II
REEMPLAZANTES
GRUPO DE LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CARGO DEDICACIÓN ESPACIO CURRICULAR MOTIVO REMPLAZO CARRERAS
Jefe de Geometría Descriptiva Licencia Prof. Carlos GARCÍA, María Adriana Diseño Semiexclusivo I-II Guinea 28.611 Trabajos Prácticos
RESOLUCIÓN N° 128
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CD-2021-RES-127 4/11/2021 (Carga: 4/11/2021) |
MENDOZA, 4 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY N° 28199/21 caratulado: “Solicitud prórroga designación interina Prof. LERGA MOSQUERA, Gabriela Ana en cargo Prof. Titular (SE) cátedras "Historia de la Cultura y el Teatro Universales II / Historia de la Cultura y el Teatro Universales II (Optativa)" - FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la presente prórroga de designación corresponde al cargo cubierto mediante selección de Instructivo aprobado por la ordenanza N° 2/20-CD.
Que es necesario dar continuidad al servicio educativo como así también la designación de la mencionada docente por el periodo correspondiente hasta tanto se resuelva la emergencia sanitaria en la que se encuentra el país.
Los informes producidos por Dirección de Personal, Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina del Personal Docente cuyo cargo fue cubierto mediante ordenanza N° 2/20-CD, desde el UNO (1) de noviembre hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, siempre que antes el mismo no sea provisto mediante concurso, en el cargo y funciones de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO ÚNICO que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la UniversidadNacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5o considerando de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 127
ANEXO ÚNICO
PRÓRROGA DE DESIGNACIÓN INTERINA DOCENTE INGRESADA POR ORD. N° 02/20–C.D.
DESDE 01/11/2021 HASTA 31/12/2021
GRUPO DE LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CARGO Y ESPACIO CURRICULAR CARRERAS CARRERAS DEDICACIÓN
Historia de la Cultura y el Teatro Universales II Licenciatura en Arte Dramático LERGA MOSQUERA, Gabriela Profesor Diseño Escenográfico 26.867 Teatro Titular Ana Semiexclusiva
Historia de la Cultura y el Teatro Universales II Diseño Escenográfico (Optativa)
RESOLUCIÓN N° 127
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FA-2021-RES-574 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 30373/21 en el que se tramita la designación de veedores del concurso CEREP, para proveer un cargo de Profesor/a Titular con dedicación semiexclusiva, efectivo, para el dictado de la asignatura “Diseño Gráfico I” de la carrera Diseño Gráfico en las Carreras de Diseño.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 113/21-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 113/21-CD. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor/a Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Diseño Gráfico I” que se cursa en la carrera de Diseño Gráfico, de las Carreras de Diseño, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: D.G. RIVEROS, Federico Pablo Suplente: D. I. CASTELLINO, María Florencia
Por los egresados: Titular: DG Blanco, Ana Gabriela Suplente: DG Barrionuevo, Carla
Por los alumnos: Titular: CASTILLO DE BLAS, Gabriela Gisel Suplente: RODRIGUEZ MARTINEZ, María José
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 8340/21.
Resol. N° 574
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 574
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FA-2021-RES-573 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 26734/21 caratulado: “s/Adicional por Carácter Crítico de la Función a Srta. María Celeste CANTÓN 01/09/2021 al 31/12/2021.”
CONSIDERANDO: Que dicho pedido se funda en la necesidad de cumplir funciones de colaboración en el Ingreso 2022, consistente en la carga de fichas de inscripción en el sistema Siu Guaraní.
Que por otra parte, dicho adicional se solicita ante la cobertura de funciones surgidas a partir de la jubilación de las Directoras de Alumnos y de Ingreso de esta Facultad.
Que los mencionados adicionales se fundamentan en el artículo 12°, inciso b) de la ordenanza N° 23/15–C.S. y el artículo 12° de la ordenanza N° 28/00–C.S.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” a la D.I. María Celeste CANTÓN (Leg. n° 33.342 – CUIL n° 27- 36629346-4) para cumplir funciones de colaboración en el Ingreso 2022, por un monto mensual de PESOS DIEZ MIL ($10.000), desde el UNO (1) de setiembre al TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4º considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 573 Lo
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FA-2021-RES-572 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 26733/21 en el que se tramita la asignación de un Adicional por Carácter Crítico de la Función, a favor del Personal de Apoyo Académico, que cumple funciones en el Ingreso 2022.
CONSIDERANDO: Que los agentes afectados desarrollan tareas específicas de carga de fichas de inscripción referida a dicho Ingreso, en el sistema Siu Guaraní, además del apoyo general en el desarrollo de las tareas correspondientes al mismo.
Que la solicitud de dicho adicional surge debido a la necesidad de cubrir funciones, a partir de la jubilación de las Directoras de Alumnos y de Ingreso de esta Facultad. Que los mencionados adicionales se fundamentan en el artículo 12°, inciso b) de la ordenanza N° 23/15–C.S. y el artículo 12° de la ordenanza N° 28/00–C.S. Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, al Personal de Apoyo Académico de esta Facultad, que se detalla seguidamente, con el que cumple tareas específicas de carga de fichas de inscripción en el sistema Siu Guaraní, referida al Ingreso 2022, además del apoyo general en el desarrollo de las tareas correspondientes al mismo, desde el UNO (1) de setiembre al TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021. LEGAJO APELLIDO y NOMBRE MONTO 31.313 CAPERÓN, Patricia Ruth $ 10.000 22.398 MONTENEGRO, Mabel Nancy $ 10.000 28.855 LOYERO, Andrea Yolanda $ 10.000 20.448 ROLDÁN, Pablo Javier $ 10.000
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4º considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 572 lo
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FA-2021-RES-571 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 31434/21 caratulado: “s/ Solicitud de baja definitiva por jubilación Gabriela María Menéndez Giorgio - FAD”
CONSIDERANDO:
Que la Prof. MENENDEZ ha obtenido el beneficio jubilatorio a partir del 1 de octubre de 2021.
Lo informado por la Dirección de Personal.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el art. 9° de la ordenanza Nº 32/16-R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja por jubilación, a partir del UNO (1) de octubre de 2021, a la Prof. Gabriela María Eugenia MENÉNDEZ (Legajo Nº 19.100– CUIL Nº 27-13690570-3) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, efectivo, para cumplir funciones en las asignaturas “Taller de Rotación I y II: Grabado”, “Taller I y II: Grabado”, “Taller I de Grabado”, “Taller I y II para Profesorado: Grabado”, todas correspondientes a las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 571
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CD-2021-RES-126 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 29985/21 caratulado: “s/ Solicitud prórroga contratación Personal de Apoyo Académico, Sra. Silvia Graciela VIVES, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora VIVES, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y de Secretaría Económico-Financiera en la que certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Silvia Graciela VIVES (Legajo N° 31.915 – CUIL N° 27-23901306-1) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
Resol. N°126
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 126
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Silvia Graciela VIVES (CUIL N° 27-23901306-1), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Almirante Brown 5798 - Guaymallén - Mendoza, se celebra el presente contrato:---------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.---
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.-------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.-------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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CD-2021-RES-125 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 29938/21 caratulado: “s/solicitud prórroga contratación Personal Apoyo Académico, Sra. Claudia SIMIONATTO, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora SIMIONATO, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y de Secretaría Económico-Financiera en la que certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo. El informe de Dirección de Personal. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Claudia Petrona SIMIONATO (Legajo N° 31.910 - CUIL N° 27-26298099-0) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
Resol. N° 125
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 125
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señorita Claudia Petrona SIMIONATO (CUIL N° 27-26298099-0), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en el B° Jardín Aeroparque, Mz. 5, casa 6 - Las Heras - Mendoza, se celebra el presente contrato:-----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.--
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada a LA CONTRATADA.---------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.--------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.-------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el …………………………………….........................................
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CD-2021-RES-124 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 30329/21 caratulado: “s/solicitu prórroga de contratación Personal de Apoyo Académico, Prof. Valeria SEÑORANS, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD”.
CONSIDERANDO: Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora Valeria SEÑORANS, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Valeria SEÑORANS (Legajo Nº 32.401 - CUIL N° 27-29875581-0) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Secretaría de Extensión de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Administrativo
Resol. N° 124
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 124
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Valeria SEÑORANS (CUIL N° 27-29875581-0), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en San Zenón 2292, Maipú, Mendoza, se celebra el presente contrato:----------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Secretaría de Extensión de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.----------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.-------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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CD-2021-RES-123 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 30155/21 caratulado: “s/solicitud prórroga de contratación Personal de Apoyo Académico, Sra. Norma Jaqueline ARAYA, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora Norma Jaqueline ARAYA, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Norma Jaqueline ARAYA (Legajo Nº 31.454 - CUIL N° 27-31839145-4) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Dirección Económico-Financiera, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Administrativo
Resol. N° 123
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 123
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Norma Jaqueline ARAYA (CUIL N° 27-31839145-4) en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Santa Clara y La escondida – Fray Luis Beltrán - Maipú, Mendoza, se celebra el presente contrato:----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección EconómicoFinanciera de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.----------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.--------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.--------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.-----------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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CD-2021-RES-122 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 30331/21 caratulado: “s/solicitud prórroga de contratación Personal de Apoyo Académico, Sr. Eduardo Claudio FARÍAS, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio del señor FARÍAS, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y de Secretaría Económico-Financiera en la que certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato del señor Eduardo Claudio FARÍAS (Legajo 32.381 - CUIL N° 20-27648933-0) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
Resol. N° 122
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 122
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Eduardo Claudio FARÍAS (CUIL N° 20-27648933-0), en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en el B° SPUNC - Mz. A – Lote 5 - Casa 2 -Villanueva - Guaymallén- Mendoza, se celebra el presente contrato:------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO:EL CONTRATADO cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.----
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022-- ---------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.---------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN:LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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CD-2021-RES-121 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 29939/21 caratulado: “s/solicitud prórroga contratación Personal Apoyo Académico, Téc. Jésica CASTILLO MADRID, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD ”.
CONSIDERANDO: Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora CASTILLO MADRID, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo. El informe de Dirección de Personal y de Dirección de Biblioteca, referido al período solicitado. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Jésica Paola CASTILLO MADRID (Legajo 31.268 – CUIL N° 27-26828293-4) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Técnico Profesional, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Biblioteca de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Técnico Profesional
Resol. N° 121
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 121
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora Jésica Paola CASTILLO MADRID (CUIL N° 27-26828293-4), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en B° Nueva Esperanza Mz. G - Casa 12 -Guaymallén - Mendoza, se celebra el presente contrato:----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Biblioteca de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.---------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022. ---------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Técnico Profesional, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.--------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.----------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.--------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.----------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 29944/21 caratulado: “s/ Solicitud prórroga de contratación Personal de Apoyo Académico, DI. María Celeste CANTON, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD”
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la D.I. María Celeste CANTÓN, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la D.I. María Celeste CANTÓN (Legajo Nº 33.342 - C.U.I.L: 27-36629346-4) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar en las Carreras de Diseño de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Administrativo
Resol. N° 120
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 120
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora María Celeste CANTÓN (CUIL N° 27-36629346-4), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Lavalle 633, San Rafael, Mendoza, se celebra el presente contrato:-------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección de las Carreras de Diseño de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.-
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.---------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.--------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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CD-2021-RES-119 3/11/2021 (Carga: 3/11/2021) |
MENDOZA, 3 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 30154/21 caratulado: “s/solicitud prórroga de contratación Personal de Apoyo Académico, Sr. Abel LUCERO, desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 - FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio del señor LUCERO, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y de Secretaría Económico-Financiera en la que certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
El informe de Dirección de Personal. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en Sesión Plenaria del día 2 de noviembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato del señor Abel LUCERO (Legajo Nº 33.784 - CUIL N° 20-17640912-7) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
Resol. N° 119
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 119
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Abel LUCERO (CUIL N° 20-17640912-7), en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en Bº Difunta Correa Lote 30 - Ciudad - Mendoza, se celebra el presente contrato:--------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: EL CONTRATADO cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.-----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022. -----------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.--------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.-------------------------------------
ARTÍCULO 6°.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN:LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------ En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el …………………………………….........................................
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CD-2021-RES-118 2/11/2021 (Carga: 2/11/2021) |
MENDOZA, 2 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 31191/21 caratulado: “ E “Nota sobre solicitud de tramite acreditación de monto correspondiente al presupuesto 2021 de Ciencia y Técnica destinados a la Facultad de Artes y Diseño ”.
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 31/97 C.S. destina fondos del presupuesto para el 31/97-C.S. Área de Investigación.
Que la Secretaría de Investigación y Posgrado informa que dispone de un crédito correspondiente al presupuesto 2021, de Ciencia y Técnica destinados a la Facultad de Artes y Diseño, cuyos fondos se destinarán, de acuerdo a lo dispuesto por la mencionada ordenanza, a los siguientes rubros: a)Subsidio a proyectos de investigación Subsidio internos de la FAD.b) Realización de las Jornadas de Investigación y Posgrado FAD 2022 y c)Subsidios para la capacitación de posgrado y organización de eventos científicos de Subsidios apoyo a la investigación.
Que el Rectorado Ad Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de Ad-Referendum actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Nacional,
Por ello, atento a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 19 de octubre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Solicitar al Señor Rector disponga la efectiva acreditación, a través de la Secretaría de Investigación, Internacionales y Posgrado de la UNCuyo, de la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHO CON SIETE ($ 368.408,07), correspondiente al presupuesto 2021, que será destinada a subsidiar: orrespondiente proyectos de investigación internos de la FAD; realización de las Jornadas de ealización Investigación y Posgrado FAD 2022 y capacitación de posgrado y organización de eventos científicos de apoyo a la investigación, de acuerdo a lo estipulado por la Ordenanza N° investigación, 31/97-C.S.
ARTÍCULO 2°-La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el La mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 uando y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3ºconsiderando de la presente. do presente
ARTÍCULO 3°- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 118
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CD-2021-RES-117 2/11/2021 (Carga: 2/11/2021) |
MENDOZA, 2 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 7469/21 caratulado: “DE LA TORRE, Patricia Amalia s/Solicitud opción de permanencia en la actividad docente universitaria - FAD. ”.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° inciso a) Apartado 2° de la citada Ley explicita que: los docentes universitarios podrán optar por permanecer en la actividad laboral durante cinco (5) años más, después de los sesenta y cinco (65) años. Que el Consejo Superior, a través del artículo 6° de la ordenanza N° 82/09, delega en los Consejos Directivos de las Unidades Académicas la atribución de resolver mediante el dictado de un acto administrativo las opciones presentadas por los docentes, previo se verifiquen los recaudos establecidos en la citada ordenanza y lo dispuesto en el Artículo 1° Inciso a) de la Ley 26.508.
Que debido a la situación que está atravesando la Universidad Nacional de Cuyo con respecto a la Pandemia; la Dirección de Personal informa que “...se ha comunicado con el Director de la Dirección General de Medicina Laboral, Dr. Di Pasquale, a fin de informar los docentes que han optado por la Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria. Desde Medicina Laboral informaron que se comunicarán con cada docente, para cumplimentar la realización del certificado de aptitud psicofísica”. Los informes producidos por la Dirección de Personal y de la Dirección De Concursos y Evaluación de Desempeño Docente, dependiente de Secretaría Académica, toma conocimiento y da el visto bueno. No obstante, aclara que la misma deberá quedar sujeta a la designación del cargo de reemplazante o futuro cargo interino de las asignaturas. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante Resolución Nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello, atento a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 19 de octubre de 2021, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Prorrogar la designación interina de la Prof. Patricia Amalia DE LA TORRE (Leg. N° 16.701 – CUIL n° 27-12044108-1) referida a la Opción de Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria atento a que se han cumplido los recaudos establecidos en la ordenanza N° 82/09-C.S. y lo dispuesto en el artículo 1°, inciso a) Apartado 2° de la Ley N° 26.508; en virtud de ello la citada docente reúne las condiciones para continuar revistando, según lo indica la citada Ley, en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, remplazante, para cumplir funciones en las asignaturas “Historia de la Cultura y el Teatro Universales III” e “Historia de la Cultura y el Teatro Universales III – Optativa”, desde el UNO (1) de agosto hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, según resol. N° 412/21-FAD ratificada por resolución Nº 62/21-C.D., la que deberá quedar sujeta a la designación del cargo de reemplazante o futuro cargo interino. Resol.Nº 117
ARTICULO 2º.- La continuidad en la actividad laboral del Personal Docente Universitario será prorrogada anualmente cuando el Consejo Directivo así lo disponga, hasta la finalización de la actual Gestión.
ARTÍCULO 3°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 6to. considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 117
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CD-2021-RES-116 2/11/2021 (Carga: 2/11/2021) |
MENDOZA, 2 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 23143/21 caratulado: “Pedido: agregar a la designación del Profesor Miguel Bellusci el dictado de Taller de Composición Electroacústica I y II. Carreras Musicales FAD. ”
CONSIDERANDO:
Que desde la creación del “Taller de Composición Electroacústica I y II”, que son materias pertenecientes a la carrera de Composición, no han contado con profesor a cargo, por lo que se ha resuelto de manera temporaria esta carencia con la designación de un Profesor Libre.
Que además, se observa que en el transcurso de los años, solamente se cuenta con un inscripto cada bienio aproximadamente, lo cual ha permitido justamente soluciones extraordinarias como la mencionada, en el que durante el Ciclo Lectivo 2021 estuvo designado el Prof. CERINI.
Que la Dirección de Carreras Musicales propone que estas asignaturas se encomienden al Prof. Miguel BELLUSCI, quien ha dado su acuerdo para esta modificación, entendiendo que con su cargo efectivo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva en Composición, puede asumir el dictado de las dichas asignaturas. Que, teniendo en cuenta que esta adición es con posterioridad a su designación original, se permita flexibilidad en el dictado de los espacios, lo que implicaría considerar la apertura de inscripciones y el armado de comisiones en dos momentos del año.
Que la Dirección de Personal informa que el Prof. BELLUSCI se desempeña en dos cargos a saber: • Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva, efectiva desde 1/12/2016, para el dictado de las asignaturas “Composición y Orquestación I a V” y “Composición I a V” • Profesor Titular con Dedicación Simple, efectiva, desde 1/12/2016, para el dictado de las asignaturas “Práctica Orquestal o Banda I a IV”, “Instrumentación y Lectura de Partituras” y “Orquestación”, ambos en las Carreras Musicales.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 19 de octubre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Encomendar al Prof. Miguel Angel BELLUSCI (Leg. N° 27.727 – CUIL n° 20-12578379-1) el dictado de las asignaturas “Taller de Composición Electroacústica I” y “Taller de Composición Electroacústica II”, por extensión de las funciones que desempeña con el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, efectivo, de las asignaturas “Composición y Orquestación I a V” y “Composición I a V” de esta Facultad, durante el Ciclo Lectivo 2022. Resol.Nº 116
ARTÍCULO 2º.- Solicitar a Secretaría Académica que a través de una Comisión Ad-Hoc designada a tal efecto, realice un estudio de proyección futura de la carrera.
ARTÍCULO 3º.- Monitorear a través de TRACES el desarrollo de la asignatura.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3° considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N.º 116
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FA-2021-RES-570 1/11/2021 (Carga: 1/11/2021) |
MENDOZA, 1 de noviembre de 2021
VISTO:
Los expedientes CUDAP E-CUY Nros.24174/21, 24467/21, 28360/21 y 30335/21 donde obran los pedidos de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad para desempeñarse en cargos de mayor jerarquía, sin estabilidad, solicitado por personal de esta Unidad Académica.
CONSIDERANDO:
Que, en cada una de las actuaciones, corre agregado el Formulario N° 17 de la Circular N° 39/15 de Gestión de Personal de la Dirección de Personal de esta Facultad, como así también se incorpora la declaración jurada de cargos y funciones de cada uno de los agentes y el informe de la Dirección General de Personal de Rectorado.
Que las licencias comprendidas en la presente resolución, corresponde en su totalidad a incompatibilidades surgidas de cargos de la planta de esta Unidad Académica.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la ordenanza N° 32/16–R.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia sin goce de haberes por incompatibilidad de Personal Docente Universitario, generada por las disposiciones vigentes aplicables, que afectan el cargo que desempeña, para cumplir funciones en otro cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, por el período que en cada caso se indica, de acuerdo con lo detallado en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3o considerando de la presente.
ARTICULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCION N° 570
ANEXO ÚNICO Cargo de Cargo en el que Carreras o Apellido y mayor Espacios Curriculares o LEGAJO CUIL se otorga Espacio/s Curricular/es Disposiciones aplicables sector Período Nombres jerarquía a funciones especiales licencia específico desempeñar . Art. 49 Punto II, inc. a) -Taller de Rotación I y II: Grabado -Taller de Rotación I y II: Grabado apartado 1) Decreto -Taller I y II: Grabado -Taller I y II: Grabado 19/08/21 ALTERIO, Antonio Profesor Adjunto 1246/15 Profesor Titular -Taller de Rotación: Grabado Artes 16019 20-08582132-7 -Taller de Rotación: Grabado h/ Alberto (SE) . Ord. 28/00-C.S (E) -Taller I: Grabado (Optativa Grupo I) Visuales -Taller I y II para Profesorado (Grabado) 31/12/21 . Ord. 12/00-R -Taller I y II para Profesorado (con -Taller I: Grabado (Optativa) . Art. 45 E.U. opción a Grabado) . Art. 49 Punto II, inc. a) AVILA, Susana apartado 1) Decreto Profesor Titular -Historia del Arte I 01/10/21 24.637 27-16555321-2 Profesor Adjunto (S) -Historia del Arte I 1246/15 Diseño Estela (SE) -Historia del Arte Antiguo h/ -Historia del Arte Antiguo . Ord. 28/00-C.S 31/12/21 . Ord. 12/00-R . Art. 45 E.U. . Art. 49 Punto II, inc. a) -Análisis de las Formas apartado 1) Decreto 01/10/21 CAMPASSI, Olga Jefe de Trabajos -Taller de Rotación I y II: Pintura 1246/15 Profesor Titular 23.765 27-14528726-5 -Análisis de las Formas Cerámica h/ Herminia Prácticos (E) -Taller de Rotación: Pintura . Ord. 28/00-C.S (SE) 31/12/21 -Taller I:Pintura (Optativa Grupo I) . Ord. 12/00-R . Art. 45 E.U. . Art. 49 Punto II, inc. a) apartado 1) Decreto 01/10/21 GIMENEZ, Flavia Jefe de Trabajos 1246/15 Profesor Titular Funciones de Directora de Carreras Artes 25.105 27-20115417-6 -Dibujo I h/ Gabriela Prácticos (S) . Ord. 28/00-C.S (S) de Artes Visuales Visuales 31/12/21 . Ord. 12/00-R . Art. 45 E.U.
RESOLUCIÓN N° 570
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FA-2021-RES-569 1/11/2021 (Carga: 1/11/2021) |
MENDOZA, 1 de noviembre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 31185/21 caratulado: “s/Solicitar la designación de la Prof. María Fabiola PRULLETTI como interina en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos (S) de la materia TECNOLOGÍA III PRODUCCIÓN de la Carrera de Diseño Gráfico .FAD”
CONSIDERANDO: Que la designación de la D.I. María Fabiola PRULLETTI surge ante la necesidad de garantizar la actividad educativa de la asignatura “Tecnología III Producción” que se dicta en las Carreras de Diseño y ante la baja por renuncia de la titular de la asignatura, Prof. Adriana Laura CANAL. Que, Dirección de Personal informa que la D.I. PRULLETTI registra situación de revista en esta dependencia en los siguientes cargos: Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación (S), interino, para cumplir funciones en el espacio “Comunicación Visual” y Jefe de Trabajos Prácticos (S), remplazante, con funciones en la asignatura “Tipografía I Básica”, todas correspondientes a las Carreras de Diseño de esta Facultad.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto B) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas.” Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres PRULLETTI, María Fabiola Documento Único 22.464.774 CUIL o CUIT 27-22464774-9 Legajo N° 33.738
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Condición Interino
3. Término de la designación Desde UNO (1) de octubre de 2021 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Tecnología III Producción”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 2 Ingeniería y Tecnología Subdisciplina: 2 0 Ingeniería Industrial Especialidad: 9 9 Tecnología III Producción
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 127 Diseñador Gráfico 100% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Depende Sub– Fuente de Participación ncia o Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Dependencia Financiamiento Porcentual Apartado 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 813 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos y a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTICULO 7º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to.considerando de la presente.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 569
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