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FA-2021-RES-051 11/03/2021 (Carga: 11/03/2021) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 8923/20 caratulado: “DI MELLA, Rodrigo Daniel, s/ solicitud de Diploma - Licenciado en Arte Dramático. FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 23/99-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN ARTE DRAMÁTICO al egresado Rodrigo Daniel DI MELLA (D.N.I. Nº 23.547.565) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTIOCHO (28) de octubre de 1973, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 23/99-C.S., con fecha de egreso DOCE (12) de diciembre de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 51
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FA-2021-RES-050 10/03/2021 (Carga: 11/03/2021) |
MENDOZA, 10 de marzo de 2021
VISTO:
Los expedientes CUDAP E-CUY Nros.1901/21 y 1525/21, donde obran los pedidos de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad para desempeñarse en cargos de mayor jerarquía, sin estabilidad, solicitado por personal de esta Unidad Académica.
CONSIDERANDO:
Que, en cada una de las actuaciones, corre agregado el Formulario N° 17 de la Circular N° 39/15 de Gestión de Personal de la Dirección de Personal de esta Facultad, como así también se incorpora la declaración jurada de cargos y funciones de cada uno de los agentes y el informe de la Dirección General de Personal de Rectorado.
Que las licencias comprendidas en la presente resolución, corresponde en su totalidad a incompatibilidades surgidas de cargos de la planta de esta Unidad Académica.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la ordenanza N° 32/16–R.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia sin goce de haberes por incompatibilidad de Personal Docente Universitario, generada por las disposiciones vigentes aplicables, que afectan el cargo que desempeña, para cumplir funciones en otro cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, por el período que en cada caso se indica, de acuerdo con lo detallado en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3o considerando de la presente.
ARTICULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCION N° 50
ANEXO ÚNICO Cargo de Cargo en el que Carreras o Apellido y mayor Espacios Curriculares o LEGAJO CUIL se otorga Espacio/s Curricular/es Disposiciones aplicables sector Período Nombres jerarquía a funciones especiales licencia específico desempeñar -Taller de Rotación I y II: Grabado . Art. 49 Punto II, inc. a) -Taller de Rotación I y II: Grabado -Taller I y II: Grabado apartado 1) Decreto -Taller I y II: Grabado 01/01/21 ALTERIO, Antonio Profesor Adjunto -Taller de Rotación: Grabado 1246/15 Profesor Titular -Taller de Rotación: Grabado Artes 16019 20-08582132-7 h/ Alberto (SE) -Taller I y II para Profesorado . Ord. 28/00-C.S (E) -Taller I: Grabado (Optativa Grupo I) Visuales 18/08/21 (Grabado) . Ord. 12/00-R -Taller I y II para Profesorado (con -Taller I: Grabado (Optativa) . Art. 45 E.U. opción a Grabado) . Art. 49 Punto II, inc. a) apartado 1) Decreto 01/01/21 FIOCHETTA, Jefe de Trabajos 1246/15 Profesor 21070 27-13324294-0 -Introducción al Diseño -Introducción al Diseño Diseño h/ Yolanda Inés Prácticos (SE) . Ord. 28/00-C.S Asociado (SE) 31/07/21 . Ord. 12/00-R . Art. 45 E.U.
RESOLUCION N° 50
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FA-2021-RES-049 10/03/2021 (Carga: 11/03/2021) |
MENDOZA, 10 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 10935/20 caratulado: “Rodríguez, Julieta s/ Solicitud acreditación como materia electiva ILUMINACIÓN CREATIVA PARA PRODUCCIONES AUDIOVISUALES (TUPA)”.
CONSIDERANDO:
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Julieta RODRIGUEZ (Registro N° 25899) la siguiente actividad: “Iluminación creativa para Producciones Audiovisuales” con una carga horaria de SESENTA (60) horas, en calidad de Materia Optativa perteneciente a la carrera de Diseño Industrial de las Carreras de Diseño de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2° considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 49
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FA-2021-RES-048 10/03/2021 (Carga: 11/03/2021) |
MENDOZA, 10 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 9978/20 caratulado: “GARABAN, Pedro s/ Solicitud acreditación horas optativas - Carreras Musicales - FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Pedro Ignacio GARABAN (Registro N° 21764) la siguiente actividad: ”Seminarios de Interpretación en la Maestría en Interpretación de la Música Popular latinoamericana del siglo XX” con una carga horaria de CUARENTA Y CINCO (45) horas, en calidad de Materia Optativa perteneciente a la carrera de Licenciatura en Dirección Coral de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2° considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 48
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FA-2021-RES-047 10/03/2021 (Carga: 11/03/2021) |
MENDOZA, 10 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 11521/20 caratulado: “Mariela A. Svachca s/ Solicitud acreditación materia "Producción Comunitaria" - Prof. de Teatro - FAD.”.
CONSIDERANDO:
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Mariela Alejandra SVACHCA (Registro N° 26131) la siguiente actividad: “Producción Comunitaria” con una carga horaria de SESENTA (60) horas, en calidad de Materia Optativa perteneciente a la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2° considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 47
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FA-2021-RES-046 10/03/2021 (Carga: 11/03/2021) |
MENDOZA, 10 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 11602/20 caratulado: “QUEIROLO VILASETRU, Lia s/ Solicitud acreditación materia optativa - FAD”.
CONSIDERANDO:
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Lía QUEIROLO VILASETRU (Registro N° 25665) la siguiente actividad: “Taller de Escenografía para Animación” con una carga horaria de SESENTA (60) horas, en calidad de Materia Optativa perteneciente a la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2° considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 46
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FA-2021-RES-045 10/03/2021 (Carga: 11/03/2021) |
MENDOZA, 10 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 11286/20 caratulado: “Lía Queirolo Vilasetru s/ Solicitud acreditación materia optativa - FAD.”.
CONSIDERANDO:
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Lía QUEIROLO VILASETRU (Registro N° 25665) la siguiente actividad: “Iluminación creativa para Producciones Audiovisuales” con una carga horaria de SESENTA (60) horas, en calidad de Materia Optativa perteneciente a la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2° considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 45
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FA-2021-RES-044 10/03/2021 (Carga: 11/03/2021) |
MENDOZA, 10 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 10936/20 caratulado: “Macarena del Aguila s/ Solicitud acreditación cursos optativos - Diseño Escenográfico - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Macarena Belén DEL ÁGUILA (Registro N° 24944) DOSCIENTOS TREINTA Y DOS (232) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Diseño Escenográfico de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 44
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FA-2021-RES-043 10/03/2021 (Carga: 11/03/2021) |
MENDOZA, 10 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 10232/20 caratulado: “MIRANDA, Lucía Silvana s/pedido acreditación horas optativas. FAD”.
CONSIDERANDO:
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Lucía Silvana MIRANDA (Registro N° 17500) las siguientes actividades: “Educación Auditiva y Musical” con una carga horaria de CUARENTA Y CINCO (45) horas y “Lenguaje Musical y Aprendizaje” con una carga horaria de SESENTA (60) horas, en calidad de Materia Optativa pertenecientes a la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Música de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2° considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 43
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FA-2021-RES-042 10/03/2021 (Carga: 11/03/2021) |
MENDOZA, 10 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP CUY Nº 2505/21 caratulado: “ARANCIBIA NAVARRO, Marcos Sebastian s/ pedido equivalencia "Seminario de practica e investigación Educativa en contextos no formales.”
CONSIDERANDO:
Que el alumno ARANCIBIA NAVARRO ha cursado y aprobado la asignatura “Seminario de Práctica e Investigación Educativa en Contextos No Formales” en la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Música.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
La opinión favorable de Secretaría Académica y de Dirección de Alumnos de esta Facultad.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia al alumno Marcos Sebastián ARANCIBIA NAVARRO (Legajo N° 24882 – DNI Nº 39018610) en la asignatura “Seminario de Investigación Educativa” perteneciente a la carrera de Profesorado de Grado Universitario de Teorías Musicales de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 42
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FA-2021-RES-041 10/03/2021 (Carga: 11/03/2021) |
MENDOZA, 10 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP CUY Nº 2504/21 caratulado: “ARANCIBIA NAVARRO, Marcos Sebastian s/ pedido equivalencia " Práctica de la Enseñanza"
CONSIDERANDO:
Que el alumno ARANCIBIA NAVARRO ha cursado y aprobado la asignatura “Práctica de la Enseñanza de la Música para nivel inicial, EGB y polimodal” en la carrera de Profesorado de Grado Universitario de Teorías Musicales.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
La opinión favorable de Secretaría Académica y de Dirección de Alumnos de esta Facultad.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia al alumno Marcos Sebastián ARANCIBIA NAVARRO (Legajo N° 24882 – DNI Nº 39018610) en la asignatura “Práctica de la Enseñanza” perteneciente a la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Música de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 41
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FA-2021-RES-040 9/03/2021 (Carga: 10/03/2021) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 8239/20 caratulado: “GUTIERREZ, Elena Beatriz, s/ solicitud de Diploma - Profesora de Grado Universitario en Teatro. FAD” .
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05 y 66/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO a la egresada Elena Beatriz GUTIERREZ (D.N.I. Nº 25.984.826) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el SIETE (7) de setiembre de 1977, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso VEINTISIETE (27) de febrero de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 40
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FA-2021-RES-039 9/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 367/21 caratulado: “s/Solicitud de renuncia condicionada Yolanda Ines Fiocchetta - FAD. ”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde la Prof. FIOCCHETTA solicita a partir del día 1 de febrero de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en los cargos detallados en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista de la docente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES FIOCCHETTA, Yolanda Inés
D.N.I. 13.324.294
CUIT/CUIL 27-13324294-0
LEGAJO 21.070
Los cargos en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos *
Dedicación Semiexclusiva
Condición efectivo
Nº de Resolución de designación 32/18-CS.
* En Licencia por Incompatibilidad, cargo mayor jerarquía desde 01/01 hasta 31/07/2021, según EXP. E-CUY n° 1525/21 (resolución en trámite)
Término de la última designación
Desde 01/01/18
Hasta
Espacio/s Curricular/es
1) “Introducción al Diseño”
5. Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Diseño
CARGO 2
Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Asociado
Dedicación Semiexclusiva
Condición interino
Nº de Resolución de designación 110/20-C.D.
Término de la última designación
Desde 01/01/21
Hasta 31/07/21
Espacio/s Curricular/es
1) “Introducción al Diseño”
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Diseño
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES Febrero
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 39
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FA-2021-RES-038 9/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP CUY Nº 9979/20 caratulado: “Solano Barona, Karina Alexandra s/ Solicitud equivalencia Música y Danzas Argentinas - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que la alumna SOLANO BARONA ha cursado y aprobado la asignatura “Historia de la Música IV” de la carrera de Licenciatura en Piano.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
La opinión favorable de Secretaría Académica y de Dirección de Alumnos de esta Facultad.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia a la alumna Karina Alexandra SOLANO BARONA (Legajo N° 25409 – DNI Nº 95439185) en la asignatura “Música y Danzas Argentinas” perteneciente a la carrera de Profesorado de Grado Universitario de Teorías Musicales de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 38
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FA-2021-RES-037 9/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 9178/20 caratulado: “Patricia Ubeda s/ Solicitud mesa examinadora especial de Seminario de Licenciatura en Artes Visuales FAD.”
CONSIDERANDO:
Lo propuesto por la Dirección de Carreras de Artes Visuales, en cuanto a la constitución del Jurado y fecha de examen.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Constituir la Comisión Examinadora Especial “Seminario de Licenciatura” integrada por los siguientes profesores: Presidente: Alejandro Luis IGLESIAS y Vocales: Claudia Beatriz PERALTA y Elizabeth Graciela CARBAJAL; encargados de evaluar a la alumna Patricia Mónica UBEDA (Registro N° 22385) el día DIECIOCHO (18) de diciembre de 2020 a las 16 hs., correspondiente a las Carreras de Artes Visuales de esta Unidad Académica.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 37
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FA-2021-RES-036 9/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 8355/20 caratulado: “SÁNCHEZ, Ignacio s/ solicitud mesa examinadora especial para Tesina - Licenciatura en Arte Dramático. FAD”
CONSIDERANDO:
Lo propuesto por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo, en cuanto a la constitución del Jurado y fecha de examen.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Constituir la Comisión Examinadora Especial “Seminario de Investigación” integrada por los siguientes profesores: Presidente: Federico ORTEGA y Vocales: Gabriela Ana LERGA MOSQUERA y Claudio Enrique MARTINEZ; encargados de evaluar al alumno Ignacio SÁNCHEZ (Registro N° 24.157) el día VEINTISIETE (27) de noviembre de 2020 a las 11 hs., correspondiente a las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Unidad Académica.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 36
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FA-2021-RES-035 9/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 805/21 caratulado: “s/Solicitud de renuncia condicionada Edgardo José Ventura Castro - FAD. ”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde el Prof. VENTURA CASTRO solicita a partir del día 1 de febrero de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en el cargo detallado en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista del docente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES CASTRO, Edgardo José Ventura
D.N.I. 8.469.034
CUIT/CUIL 20-08469034-2
LEGAJO 12.824
Los cargos en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Exclusiva
Condición efectivo
Nº de Resolución de designación 122/07-CS.
Término de la última designación
Desde 25/04/07
Hasta
Espacio/s Curricular/es
1) “Diseño Gráfico Final”
5. Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Diseño
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES Febrero
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- El docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 35
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FA-2021-RES-034 9/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 349/21 caratulado: “s/Solicitud de renuncia condicionada Mario Edgardo Echegaray Carosio - FAD. ”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde el Prof. ECHEGARAY solicita a partir del día 1 de febrero de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en los cargos detallados en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista del docente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES ECHEGARAY CAROSIO, Mario Edgardo
D.N.I. 10.272.214
CUIT/CUIL 20-10272214-1
LEGAJO 20.557
Los cargos en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos
Dedicación Semiexclusiva
Condición efectivo
Nº de Resolución de designación 82/17-CS.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta
Espacio/s Curricular/es
1) “Técnicas de Producción de la Imagen”
2) “Narrativa (optativa)”
3) “Iustración (Optativa)”
5. Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Diseño
CARGO 2
Descripción del cargo
Denominación del cargo Ayudante de Primera
Dedicación Simple
Condición efectivo
Nº de Resolución de designación 1365/18-CS.
Término de la última designación
Desde 01/01/2018
Hasta
Espacio/s Curricular/es
1) “Semiótica”
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Diseño
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES Febrero
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- El docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 34
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FA-2021-RES-033 8/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 8 de marzo de 2021
VISTO:
La nota CUDAP-CUY: 5761/19 caratulado: “FISELA, Romina S/ Solicitud acreditación para la materia Cursos Optativos - Carrera Licenciatura en Arte Dramático.”
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna María Romina FISELA (Registro N° 19367) CIENTO OCHO (108) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 33
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FA-2021-RES-032 8/03/2021 (Carga: 9/03/2021) |
MENDOZA, 8 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 8294/20 caratulado: “MARTINEZ, Facundo Gustavo s/ pedido acreditación horas optativas. FAD”.
CONSIDERANDO:
Lo informado por la Secretaria Académica de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Facundo MARTINEZ (Registro N° 25692- DNI N° 40220248) VEINTIÚN (21) horas de la actividad “Estudio de la Técnica en Interpretación Musical” y CUATRO (4) horas de la “Clase Magistral Guitarra” en calidad de Materia Optativa pertenecientes a la carrera de Licenciatura en Guitarra de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2° considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 32
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FA-2021-RES-031 8/03/2021 (Carga: 8/03/2021) |
MENDOZA, 8 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 668/21 caratulado: “s/ Solicitud de renuncia condicionada RUPOLO, Vilma Emilia - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde la Prof. RUPOLO solicita a partir del día 1 de febrero de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en los cargos detallados en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista de la docente.
Que sin perjuicio de lo anterior, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES RUPOLO, Vilma Emilia
D.N.I. 06.708.407
CUIT/CUIL 27-06708407-7
LEGAJO 17.958
El cargo en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Simple
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación 299/88-C.S.
Término de la última designación
Desde 19/08/1988
Hasta -------
Espacio/s Curricular/es
1) “Introducción a la Danza”
CARGO 2 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Semiexclusiva
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación 176/07-C.S.
Término de la última designación
Desde 23/05/2007
Hasta -------
Espacio/s Curricular/es
1) “Técnicas Corporales III”
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Artes del Espectáculo
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES FEBRERO
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 31
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FA-2021-RES-030 8/03/2021 (Carga: 8/03/2021) |
MENDOZA, 8 de marzo de 2021
VISTO:
La adhesión por parte del Rectorado de la UNCuyo en apoyo al "Paro Internacional de Mujeres”.
CONSIDERANDO:
Que esta manifestación se realiza en diferentes lugares del mundo, teniendo en cuenta la discriminación que sufren las mujeres en distintas sociedades y frente a las alarmantes cifras de femicidios en nuestro país, además de otras formas de violencia.
Que sería representativo de parte del Decano y del Equipo de Gestión de la Facultad, adherir a la medida solicitada, dada la importancia de garantizar la protesta de las trabajadoras y alumnas de esta Institución.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Adherir a la marcha en apoyo al "Paro Internacional de Mujeres" del día OCHO (8) de marzo de 2021.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 30
lo
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FA-2021-CIR-001 8/03/2021 (Carga: 8/03/2021) |
CIRCULAR N° 1: “Acogimiento a la Dispensa del deber de asistencia a los lugares de trabajo” “Solicitud y consentimiento expreso de renuncia a la dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo”
MENDOZA, 8 de marzo de 2021
SEÑOR
………………………………..
PRESENTE
En virtud de las disposiciones emitidas por el Rectorado de la UNCuyo (Circulares 1 y 2/2021) en relación con la presentación del “Formulario de acogimiento a la Dispensa del deber de asistencia a los lugares de trabajo” como asimismo del “Formulario de Solicitud y consentimiento expreso de renuncia a la dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo” y la delegación en las Unidades Académicas de competencia respecto a modalidades y necesidades a efectos de la aplicación de las circulares que los reglamentan, se comunica:
1°. La Facultad decidirá, conforme a la situación epidemiológica y el avance del programa de vacunación de la provincia, el retorno paulatino a la presencialidad. Oportunamente se comunicará por medios fehacientes el regreso a las actividades, preservando en primer lugar la salud y seguridad de toda la Comunidad Educativa
2°. En esa instancia, el personal comprendido en los grupos de riesgo o mayores de 60 años, podrá optar por la dispensa o la concurrencia a los lugares de trabajo, lo que será considerado por la autoridad y refrendado mediante resolución.
3°. Las embarazadas no podrán solicitar el retorno a las actividades en forma presencial, mientras dure su período de gestación
Saludo atentamente
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FA-2021-RES-029 5/03/2021 (Carga: 5/03/2021) |
MENDOZA, 5 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 1119/21 caratulado: “s/ Solicitud de renuncia condicionada Gloria Noemí López - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde la Prof. LOPEZ solicita a partir del día 1 de febrero de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en el cargo detallado en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista de la docente.
Que sin perjuicio de lo anterior, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES LOPEZ, Gloria Noemí
D.N.I. 10.041.250
CUIT/CUIL 27-10041250-6
LEGAJO 17.623
El cargo en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos
Dedicación Simple
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación 403/17-C.S.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta -------
Espacio/s Curricular/es
1) “Cuarteto Vocal Apoyo a la cátedra Dirección Coral”
5. Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras Musicales
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES FEBRERO
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 29
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FA-2021-RES-028 5/03/2021 (Carga: 5/03/2021) |
MENDOZA, 5 de marzo de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 978/21 caratulado: “s/ Solicitud de renuncia condicionada Antonio Alberto Alterio – FAD”
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 41/16 de Gestión de Personal, donde el Prof. ALTERIO solicita a partir del día 1 de febrero de 2021 la respectiva renuncia condicionada conforme a lo establecido en el Decreto Nacional Nº 8820/62, en los cargos detallados en el mismo.
Que se incorpora al mencionado expediente el Formulario Nº 2 de la Circular Nº 41/16 de la Gestión de Personal, en el que la Dirección de Personal informa la situación de revista del docente.
Que sin perjuicio de lo anterior, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES ALTERIO, Antonio Alberto
D.N.I. 08.582.132
CUIT/CUIL 20-08582132-7
LEGAJO 16.019
El cargo en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Adjunto (cargo en Licencia por incompatibilidad)
Dedicación Semiexclusiva
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación 1756/16-C.S.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta -----------
Espacio/s Curricular/es
1) “Taller de Rotación I y II: Grabado”
2) “Taller I y II: Grabado”
3) “Taller de Rotación: Grabado”
CARGO 2 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Exclusiva
Condición Interino
Nº de Resolución de designación 108/20- C.D.
Término de la última designación
Desde 01/01/2021
Hasta 18/08/2021
Espacio/s Curricular/es
1) “Taller de Rotación I y II: Grabado”
2) “Taller I y II para Profesorado Grabado”
3) “Taller I y II: Grabado”
4) “Taller I: Grabado (optativa)”
5) “Taller de Rotación: Grabado”
CARGO 3 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Simple
Condición Interino
Nº de Resolución de designación 106/20- C.D.
Término de la última designación
Desde 01/01/2021
Hasta 18/08/2021
Espacio/s Curricular/es
1) “Taller de Gráfica, para Producción y Apoyo Docente”
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Artes Visuales
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES FEBRERO
AÑO 2021
ARTÍCULO 2º.- El docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional, o hasta que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 3º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia certificada de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 28
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