Digesto
|
|
15182 Normativas
Últimas emisiones
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
FA-2021-RES-511 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 29009/21 caratulado: “Cecilia Marta Lasagno s/ Solicitud renuncia al cargo de JTP materia "Materiales y Procesos I" - FAD”
CONSIDERANDO:
Que se ha tomado conocimiento de la renuncia de la mencionada docente al cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, efectivo, para cumplir funciones en la asignatura “Materiales y Procesos I”, que se dicta en la carrera de Diseño Industrial de las Carreras de Diseño, según resolución N° 1734/2016-C.S.
Las razones invocadas por la dimitente.
Los informes producidos por Dirección de Personal y Secretaría Académica.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y de conformidad con lo establecido Anexo Ι, punto ΙΙ de la Ord. Nº 32/16-R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de octubre de 2021, a la Prof. Cecilia Marta LASAGNO (Legajo N° 28.058 - CUIL Nº 23-26349898-4) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, efectivo, para cumplir funciones en la asignatura “Materiales y Procesos I”, que se dicta en la carrera de Diseño Industrial de las Carreras de Diseño, quien fuera designada mediante resolución 1734/16-C.S.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 511
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-510 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 29420/21 caratulado: “s/asignación de un adicional por carácter crítico de la Función para la Prof. Lorena Beatriz ROSAS 01/09 al 31/12/2021 Sec Fad ” .
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido surge debido a la importante labor que cumple la mencionada docente.
Que Dirección de Personal informa que la Prof. Lorena Beatríz ROSAS registra la siguiente situación de revista en esta dependencia: . Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple, reemplazante de la Prof. Leticia BURGOS, para cumplir funciones en las asignaturas “Taller de Rotación I y II: Grabado”, “Taller I y II para Profesorado (con opción a Grabado)”, “Taller I y II: Grabado”, “Taller I: Grabado (optativa Grupo I)”, “Taller de Rotación: Grabado”, desde 01/08/21 hasta 31/12/21, según Resol. n° 60/21-C.D.
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12°, inciso b) de la ordenanza N° 23/15–C.S. y el artículo 12° de la ordenanza N° 28/00–C.S.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, a la Prof. Lorena Beatríz ROSAS (Leg. n° 30.407 – CUIL n° 27-22140371-7), por la suma mensual de PESOS ONCE MIL CIENTO SESENTA Y UNO ($ 11.161,00) para cumplir funciones en el Área de Grabado de esta Facultad, desde el UNO (1) de setiembre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 510
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-509 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 25818/21 caratulado: “FURLANI ANGELELLI, Ana Belén s/ Solicitud de Diploma Diseñadora Industrial. FAD.- ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Ana Belén FURLANI ANGELELLI (D.N.I. N° 38.580.790) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el UNO (1) de diciembre de 1994, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso VEINTIOCHO (28) de mayo de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 509
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-508 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 19337/21 caratulado: “CABALLERO, Lucía María s/solic. de Diploma Diseñadora Industrial.FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Lucía María CABALLERO (D.N.I. N° 39.241.397) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el TRECE (13) de noviembre de 1995, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso DIECINUEVE (19) de mayo de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 508
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-507 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 16568/21 caratulado: “AMORETTI, María del Pilar s/solic. de Diploma Diseñadora Industrial.FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada María del Pilar AMORETTI (D.N.I. N° 34.747.481) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el CUATRO (4) de noviembre de 1989, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso CATORCE (14) de setiembre de 2015 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 507
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-506 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 16597/21 caratulado: “MARTINELLI, Thelma Agustina s/solic. de Diploma Profesora de Grado Universitario en Artes Visuales. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES a la egresada Thelma Agustina MARTINELLI (D.N.I. Nº 39.678.013) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el TRECE (13) de septiembre de 1996, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., con fecha de egreso VEINTIUNO (21) de mayo de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 506
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-505 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 19327/21 caratulado: “FISELA FUSCO, María Romina s/solic. de Diploma Licenciada en Arte Dramático.FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 23/99-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN ARTE DRAMÁTICO a la egresada María Romina FISELA FUSCO (D.N.I. Nº 32.162.946) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTIUNO (21) de abril de 1986, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 23/99C.S., con fecha de egreso OCHO (8) de marzo de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 505
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-504 12/10/2021 (Carga: 12/10/2021) |
MENDOZA, 12 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 22918/21 caratulado: “CARRERAS DE ARTES VISUALES S/designación de la Prof. Susana Estela ÁVILA en cargo Profesor Titular (SE). FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la designación de la Prof. ÁVILA en un cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, surge ante la necesidad de garantizar la actividad educativa de las asignaturas “Historia del Arte I” e “Historia del Arte Antiguo”.de las Carreras de Artes Visuales. Por otra parte, el presente pedido se realiza teniendo en cuenta la reciente jubilación de la Prof. Silvia Amalia BENCHIMOL. Que, Dirección de Personal informa que la Prof. ÁVILA registra en esta dependencia el cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, efectivo, para el dictado de las asignaturas “Historia del Arte I” e “Historia del Arte Antiguo” (actualmente se encuentra tramitando la licencia por incompatibilidad según Expte. ECUDAP-CUY Nº 24467/21).
Asimismo se informa que el Adicional por Carácter Crítico de la Función que posee la docente es para cumplir funciones en el cargo objeto del presente trámite.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto A) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas.”
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja, a partir del UNO(1) de octubre de 2021, el Adicional por Carácter Crítico de la Función de la Prof. Susana Estela ÁVILA (Legajo Nº 24.637– CUIL Nº 27-16555321-2) que le fuera prorrogado desde UNO (1) de mayo hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, para cumplir funciones en las asignaturas “Historia del Arte I” e ” Historia del Arte Antiguo” de las Carreras de Artes Visuales, según resolución N° 202/21-FAD
ARTÍCULO 2º.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres ÁVILA, Susana Estela Documento Único 16.555.321 CUIL o CUIT 27-16555321-2 Legajo N° 24.637
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Semiexclusiva Condición Interino
Término de la designación Desde UNO (1) de octubre de 2021 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes Visuales
Espacio/s Curricular/es 1) “Historia del Arte I” 2) “Historia del Arte Antiguo”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 2° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 5 Historia Especialidad: 9 9 “Historia del Arte I”- “Historia del Arte Antiguo”
ARTÍCULO 4°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 2° forman parte de los Planes de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 6464 Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales 25% 834 Licenciatura en Artes Plásticas 25% 6465 Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte 25% 881 Licenciatura en Historia de la Artes Plásticas 25% Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 5°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 100 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 805 Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos y a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTICULO 8º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5to. considerando de la presente.
ARTICULO 9º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 504
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-503 12/10/2021 (Carga: 12/10/2021) |
MENDOZA, 12 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 21759/21 caratulado: “SANCHEZ CHIOTTA, Gonzalo Martin s/solicitud de Diploma - Diseñador Industrial.FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL al egresado Gonzalo Martín SANCHEZ CHIOTTA (D.N.I. N° 38.582.570) nacido en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTITRÉS (23) de noviembre de 1994, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso VEINTIOCHO (28) de mayo de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N.º 503
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-502 12/10/2021 (Carga: 12/10/2021) |
MENDOZA, 12 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 22047/21 caratulado: “FUCILI, Eduardo s/ solic. de Diploma Diseñador Industrial.FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL al egresado Eduardo FUCILI (D.N.I. N° 35.661.678) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISÉIS (26) de octubre de 1990, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso VEINTICINCO (25) de junio de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 502
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-501 12/10/2021 (Carga: 12/10/2021) |
MENDOZA, 12 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY N.º 27901/21 caratulado: “Cátedra Abierta PAREDES, Juan Pablo -FAD ”
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Alumnos informa el cumplimiento de la carga horaria de las actividades extracurriculares exigidas para la acreditación de la “CÁTEDRA ABIERTA DE MÚSICA POPULAR” en la carrera de Licenciatura en Música Popular (Percusión) por parte del estudiante Juan Pablo PAREDES, que se encuentra respaldado por el respectivo reporte de acreditación de actividades.
Lo aconsejado por Secretaría Académica y la Dirección de Carreras Musicales.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Juan Pablo PAREDES (Registro N° 26244) CUARENTA Y OCHO (48) horas de la actividad curricular “Cátedra Abierta de Música Popular”, en calidad de Materia Optativa Complementaria correspondiente a la carrera de Licenciatura en Música Popular (orientación percusión).
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 501
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-500 12/10/2021 (Carga: 12/10/2021) |
MENDOZA, 12 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 27715/21 caratulado: “TORRES SOSA Natalia Inés S/ Solicitud acreditación cátedra abierta - FAD ”
CONSIDERANDO:
Que según lo informado por la Dirección de Alumnos, la estudiante Natalia Inés TORRES SOSA ha cumplido con la carga horaria de las actividades extracurriculares exigidas para la acreditación de la “Cátedra Abierta de Música Popular” correspondiente a la carrera de Licenciatura en Música Popular (Canto) y Licenciatura en Música Popular (Teclados).
Lo aconsejado por Secretaría Académica y la Dirección de Carreras Musicales.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Natalia Inés TORRES SOSA (Registro N° 26.230) CUARENTA Y OCHO (48) horas de la actividad curricular “Cátedra Abierta de Música Popular”, en calidad de Materia Optativa Complementaria correspondiente a la carrera de Licenciatura en Música Popular (Canto) y Licenciatura en Música Popular (Teclados).
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 500
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-499 12/10/2021 (Carga: 12/10/2021) |
MENDOZA, 12 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP CUY Nº 26603/21 caratulado: “ALFONSÍN, María Natalia” s/ Solicitud equivalencia del espacio “Trabajo Corporal para Músicos II”- FAD.”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna María Natalia ALFONSÍN ha realizado diversos cursos relacionados con el espacio “Trabajo Corporal para Músicos II”, en la carrera de Licenciatura en Flauta en esta Unidad Académica.
La opinión favorable de la Titular de la cátedra y de la Dirección de Carreras Musicales.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia a la alumna María Natalia ALFONSÍN (Legajo N° 15.937) en el espacio “Trabajo Corporal para Músicos II” perteneciente a la carrera de Licenciatura en Flauta de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. Considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 499
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2021-RES-094 12/10/2021 (Carga: 12/10/2021) |
MENDOZA, 12 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 18408/21 en el que se tramita el “Homenaje a Isolde KLIETMANN” en esta Unidad Académica.
CONSIDERANDO:
Que la labor realizada por la extraodinaria artista austríaca Isolde KLIETMANN (1908 – 1996), radicada en Mendoza en 1939, estableció los fundamentos de la danza moderna y contemporánea en Mendoza y San Juan.
Su permanente trabajo como bailarina y coreógrafa conformó un legado de talento, calidez y gran profesionalismo, que permitió que varias generaciones de bailarines se formaran en el arte de la danza.
Que en 1994, la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza la nombró "Ciudadana Ilustre".
Que se pretende con este homenaje realizar y emplazar una escultura figurativa de bailarina con vestido, en tamaño real de la destacada Maestra de danza, que será llevada a cabo por la Profesora Marcela CAMBA y la colaboración de Técnicos, estudiantes y egresados y egresadas del espacio curricular Taller I y II de Escultura de las Carreras de Artes Visuales y será presentado en El Festival de Danza de Nuevas Tendencias, en su edición 2021, que es dirigido por la profesora Vilma RÚPOLO y Patricia BALDIN en producción, lo que permitirá perpetuar la memoria de esta profesional de la danza, pilar de las nuevas generaciones de artistas.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Que dicho pedido se efectúa en el marco de lo establecido por Ord. 2/15C.D.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 5 de octubre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar Aval Institucional de esta Unidad Académica, al homenaje a la artista austríaca Isolde KLIETMANN, que consiste en la presentación de una escultura figurativa de la bailarina, en tamaño real, durante El Festival de Danza de Nuevas Tendencias, en su edición 2021 que se realizará entre el VEINTISÉIS (26) de octubre y el SIETE (7) de noviembre de 2021, la que será emplazada en un espacio urbanístico de la Ciudad de Mendoza a seleccionar.
Resol. N.º 94
ARTÍCULO 2º.- Autorizar el presupuesto de PESOS TREINTA MIL ($30.000) asignado en concepto de incentivo y becas en favor de: Marcela CAMBA $5.000, Macarena LOPEZ LIRA $ 17.500, María Milagros GONZALEZ $2.500, Alejandra VILLALOBOS $2.500 y María Laura HERRERA $2.500.
ARTÍCULO 3º.- Rubricar un convenio específico entre la FAD y la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza, respecto a los aspectos materiales para el desarrollo de la obra.
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5to. considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 94
LO/lo
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-498 7/10/2021 (Carga: 11/10/2021) |
MENDOZA, 7 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 21973/21 caratulado: “Nota Refuerzo pedido de insumos sanitarios, limpieza y desinfección FAD.”.
CONSIDERANDO: Que esta compra se realiza a partir de la presencialidad dispuesta por la Superioridad, para reforzar necesidades básicas de distintos sectores del Área de Mantenimiento.
Que debido a la necesidad de disponer del material faltante, la mercadería ha sido recibida mediante Acta de recepción y se encuentra disponible en Depósito.
Que se han emitido informes pertinentes aconsejando la adjudicación, con el visto favorable de la Secretaría Económico Financiera.
Que, en función de los antecedentes expuestos, puede en consecuencia, darse curso aprobatorio al gasto con la afectación en la red presupuestaria prevista para este trámite.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitalesmientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante Resolución Nº 323/20 ratificada, entre otras, por Resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Aprobar lo actuado en expediente E-CUDAP-CUY Nº 21973/21 para la compra de elementos de limpieza y desinfección, con destino a distintas áreas de esta Unidad Académica, por la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CATORCE ($ 74.614).
ARTICULO 2º.- Adjudicar el trámite de referencia y afectar el gasto a favor de los proveedores y red programática que se indica a continuación:
PROVEEDOR CUIT ADJUDICADO AFECTACIÓN DISTRIBUCIONES BALACCO 23-30972618-9 $ 47.440.- 2.9.1. LATINA APROVISIONAMIENTOS 2.9.1. 30-71501047-6 $ 4.760.S.A.(DISUR) ANA FLORENCIA VARO PARRA 20-12538828-1 $ 14.000.- 2.9.1. SEVILLA.DISTRIBUCIONES 27-35662308-3 $ 8.414.- 2.9.1.
Red Programática:A.1206.010.001.000.12.37.08.00.99.00.2.0.0.0000.1.21.3.4
Resol. N° 498
ARTÍCULO 3º.- La presente compra se realizará en el marco del Plan de Modernización (Res. 324/2020-R) - Pago a proveedores sin orden de compra.
ARTÍCULO 4.- Remitir copia de la presente resolución a Secretaría EconómicoFinanciera, Dirección General Económico-Financiera y Dirección de Contrataciones y Patrimonio de la Facultad.
ARTÍCULO 5º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 6º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 498
mf
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-497 7/10/2021 (Carga: 11/10/2021) |
MENDOZA, 7 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 4430/21 caratulado: “Nota pedido de Diagnóstico y revisión de equipos calefacción edif. Talleres FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se fundamenta en la urgente necesidad de disponer de este equipamiento en perfectas condiciones de funcionamiento que aseguren la calefacción en distintas cátedras de las Carreras de Cerámica y Artes Visuales.
Que se considera importante la reparación de estos equipos de calefacción central de 37000 KCAL., teniendo en cuenta el alto costo que demandaría su compra.
Que la reparación significó el desarme previo y verificación técnica encomendada a la firma Aldo Gimenez Castillo Climatización SA (AGC)CUIT 3371202512-9, de reconocido prestigio en el medio. Que se han emitido informes aconsejando la adjudicación, con el visto favorable de la Secretaría Económico Financiera.
Que en función de los antecedentes expuestos, puede en consecuencia, darse curso aprobatorio al gasto con la afectación en la red presupuestaria prevista para este trámite. Que Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante Resolución Nº 323/20 ratificada, entre otras, por Resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Aprobar lo actuado en expediente E-CUDAP-CUY Nº 4430/21 para la contratación de servicio de reparación equipos de calefacción con destino a esta Facultad Talleres por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 175.450).
ARTICULO 2º.- Adjudicar el trámite de referencia y afectar el gasto a favor del proveedor y red programática que se indica a continuación: PROVEEDOR Afectación CUIT ADJUDICADO
AGC S.A. 33-71202512-9 $ 175.450 3.3.3
Inciso 3: R.1100.010.001.000.16.37.08.00.99.00.3.0.0.0000.1.21.3.4
Resol. N° 497
ARTICULO 3º.- La presente compra se realizará en el marco del Plan de Modernización (Res. 324/2020-R) - Pago a proveedores sin orden de compra –.
ARTICULO 4º.- Remitir copia de la presente resolución a Secretaría Económico-Financiera, Dirección General Económico-Financiera y Dirección de Contrataciones y Patrimonio de la Facultad.
ARTÍCULO 5º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do considerando de la presente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 497
mf
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-496 7/10/2021 (Carga: 11/10/2021) |
MENDOZA, 7 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 26014/21 caratulado: “RIGHI, Valeria S/ Solicitud de Diploma Profesora de Grado Universitario de Cerámica Artística.FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 40/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN CERÁMICA ARTÍSTICA a la egresada Valeria RIGHI (D.N.I. N° 31.546.725) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el QUINCE (15) de julio de 1985, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 40/05–C.S., con fecha de egreso DIECISÉIS (25) de agosto de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 496
lo
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-495 7/10/2021 (Carga: 11/10/2021) |
MENDOZA, 7 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 26018/21 caratulado: “ALTAMIRA CAPRERA, José María s/solicitud de Diploma Profesor de Grado Universitario en Cerámica Artística. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 40/05-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN CERÁMICA ARTÍSTICA al egresado José María ALTAMIRA CAPRERA (D.N.I. N° 40.561.340) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTITRÉS (23) de junio de 1997, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 40/05–C.S., con fecha de egreso VEINTITRÉS (23) de agosto de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 495
lo
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-494 7/10/2021 (Carga: 11/10/2021) |
MENDOZA, 7 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 16598/21 caratulado: “SANTISTEBAN, Mauro Andrés s/ Solicitud de Diploma Diseñador Gráfico.FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06—C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR GRÁFICO al egresado SANTISTEBAN Mauro Andrés (D.N.I. N° 36.672.718) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el QUINCE (15) de agosto de 1992, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso DIECISIETE (17) de diciembre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 494
lo
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-493 7/10/2021 (Carga: 11/10/2021) |
MENDOZA, 7 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 23024/21 caratulado: “CABRINO, Franco Rubén s/ solic. de Diploma Diseñador Gráfico.FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06—C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR GRÁFICO al egresado Franco Rubén CABRINO (D.N.I. N° 34.375.368) nacido en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, República Argentina, el OCHO (8) de marzo de 1989, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso VEINTISÉIS (26) de febrero de 2016 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 493
lo
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-492 7/10/2021 (Carga: 11/10/2021) |
MENDOZA, 7 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 19370/21 caratulado: “AROSTEGUI, Eliana Alejandra s/ solic. de Diploma Profesora de Grado Universitario en Teatro.FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05 y 66/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO a la egresada Eliana Alejandra AROSTEGUI (D.N.I. Nº 30.672.229) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTIOCHO (28) de octubre de 1983, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso VEINTIDÓS (22) de junio de 2021 y el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 492
lo
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-491 7/10/2021 (Carga: 11/10/2021) |
MENDOZA, 7 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 25827/21 caratulado: “PORCO, Pablo Francisco s/solicitud de Diploma Profesor de Grado Universitario en Música. FAD - ”
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 67/05-C.S. y 68/05-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN MÚSICA al egresado Pablo Francisco PORCO (D.N.I. Nº 32.752.328) nacido en la provincia de Mendoza, Argentina, el NUEVE (9) de noviembre de 1986, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 67/05-C.S. y 68/05-C.S., con fecha de egreso NUEVE (9) de agosto de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 491
lo
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-490 7/10/2021 (Carga: 11/10/2021) |
MENDOZA, 7 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 22547/21 caratulado: “BAUTISTA, Maximiliano Fabián s/Solicitud de Diploma Profesor de Grado Universitario en Música. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 67/05-C.S. y 68/05-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN MÚSICA al egresado Maximiliano Fabián BAUTISTA (D.N.I. Nº 32.652.309) nacido en la provincia de Mendoza, Argentina, el DIECISIETE (17) de enero de 1987, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 67/05-C.S. y 68/05-C.S., con fecha de egreso DOS (2) de agosto de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 490
lo
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-489 7/10/2021 (Carga: 11/10/2021) |
MENDOZA, 7 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 22510/21 caratulado: “GARCIA, Dalmiro Elias s/solic. de Diploma Licenciado en Música Popular con Orientación en Guitarra.FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 128/03-C.S. y 119/03-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN MÚSICA POPULAR CON ORIENTACIÓN EN GUITARRA al egresado Dalmiro Elías GARCIA (D.N.I. Nº 35.663.611) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIECISIETE (17) de abril de 1990, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 128/03-C.S. y 119/03-C.S., con fecha de egreso DIECIOCHO (18) de junio de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 489
lo
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2021-RES-488 7/10/2021 (Carga: 11/10/2021) |
MENDOZA, 7 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 23040/21 en el que Fernanda Mariel RODRIGUEZ solicita la extensión del Diploma de Licenciada en Música Popular con Orientación en Canto.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 128/03-C.S. y 119/03-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN MÚSICA POPULAR CON ORIENTACIÓN EN CANTO a la egresada Fernanda Mariel RODRIGUEZ (D.N.I. Nº 36.859.478) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el ONCE (11) de agosto de 1992, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 128/03-C.S. y 119/03-C.S., con fecha de egreso CATORCE (14) de diciembre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 488
lo
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||