Digesto
|
|
15558 Normativas
Últimas emisiones
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
FA-2026-RES-243 30/04/2026 (Carga: 30/04/2026) |
MENDOZA, 30 de abril de 2026
VISTO:
El tramite electrónico Nº 14134/26 caratulado: “ZORRERO FANTINEL, Natalia Belén S/Equivalencia - Carreras Musicales - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la estudiante Natalia Belén ZORRERO FANTINEL colaboró como flautista en la obra “Bird House, para noneto de flauta” de Efraín Amaya durante el desarrollo del Seminario “Música de Cámara III”, a cargo de la Mgter. Beatriz Plana y de la Mgter. Silvia Dabul.
La opinión favorable del Profesor Titular de la asignatura “Música de Cámara V”, en cuanto expresa su aval para otorgar equivalencia en el espacio curricular solicitado.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras Musicales y de Dirección de Alumnos de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia a la estudiante Natalia Belén ZORRERO FANTINEL (Legajo N° 28123-DNI 43943613) en el espacio curricular “Música de Cámara V” de la Licenciatura en Flauta correspondientes a las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 243
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-242 29/04/2026 (Carga: 29/04/2026) |
MENDOZA, 29 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 7571/26 caratulado: “GARCIA, Héctor Bruno S/Solicitud de Reconocimiento de Antigüedad No Docente”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Personal informa que dicho pedido encuadra en lo dispuesto en Artículo 56º Decreto Nacional Nº 366/06 (CCT), Ord. Nº 45/97-CS, Ord. Nº 4/22-R.
Que, de acuerdo a la normativa vigente, corresponde el pago del adicional por antigüedad resultante a partir de los haberes de MAYO de 2026, mes siguiente al de la presentación de las probanzas en el expediente mencionado.
Que el presente cómputo de antigüedad sólo tiene efectos jurídicos para pago del adicional y vacaciones, los cuales en ningún caso producen efectos previsionales.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Reconocer al Sr. Héctor Bruno GARCIA (Legajo N° 35015 – CUIL 2038582693-2) una Antigüedad NO Docente acumulada al NUEVE (9) de abril de 2026, de CUATRO (4) años, CINCO (5) meses y OCHO (8) días, de acuerdo al siguiente detalle: REPARTICIÓN DESDE HASTA A M D
FCPyS UNCUYO 01/11/2021 31/10/2024 02 11 30
FCPyS /FAD-UNCUYO 01/11/2024 09/04/2026 01 05 08
Licencia sin goce de haberes NO REGISTRA
TOTAL 04 05 08
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 242
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-241 29/04/2026 (Carga: 29/04/2026) |
MENDOZA, 29 de abril de 2026
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nros 13235/25, 1962/25, 26812/25 y 1883/25 en los que constan los pedidos de aprobación de adscripción de alumnos de las Carreras Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que los alumnos han cumplido con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Los informes producidos, la opinión de los Profesores Titulares de las cátedras y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Aprobar las adscripciones realizadas por los alumnos en las Carreras Musicales de esta Facultad, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan a continuación: CARRERAS MUSICALES DOCUMENTO LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CÁTEDRA OBSERVACIONES
22754809 17386 BEGUERI, Mariela Audioperceptiva I Ciclo Lectivo: 2025
37650680 26653 OCARANZA AMBI, Rocío Soledad Canto I Ciclo Lectivo: 2025
40558396 26296 RODRÍGUEZ CHABÁN, Jorge Abel Optativa: Lenguajes Artísticos Integrados Ciclo Lectivo: 2025
28701630 26690 VERA, Analía Roxana Rítmica I Ciclo Lectivo: 2025
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a cada interesado el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3°- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 241
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-240 29/04/2026 (Carga: 29/04/2026) |
MENDOZA, 29 de abril de 2026
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nº 3661/26, 4770/26, 5059/26, 3728/26, 3017/26 y 5400/26 en alumnos de las Carreras de Artes Visuales solicitan autorización para las direcciones de sus Seminario de Licenciatura.
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de los docentes que estarán a cargo de las Direcciones de los mismos.
Por ello, atento a los informes favorables de Secretaría Académica.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar las direcciones de “Seminario de Licenciatura” a los alumnos de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumno: Rodrigo Ezequiel CORDOVA GALLARDO – Registro N° 25088 “De lo visual al aprendizaje: La importancia de la ilustración científica en la formación Seminario: académica veterinaria en Mendoza, desde 2020 a 2025” Director: Mgtr. Alejandro Luis IGLESIAS Carrera: Licenciatura en Artes Plásticas
Alumno: Maitén Mercedes DURÁN – Registro N° 21531 “La ciencia vino a jugar: el libro-álbum pop-up como mediador del lenguaje científico para la Seminario: infancia”” Director: Mgtr. Alejandro Luis IGLESIAS Carrera: Licenciatura en Artes Plásticas
Alumno: Santiago Jeremías GARRO TAMBORINI – Registro N° 28303 Seminario: “Una Fuente Voraz de Saliva: Cuerpo e Identidad en el Arte Queer Mendocino” Director: Lic. Mariano Alcides FIORE Carrera: Licenciatura en Artes Plásticas
Alumno: María Elena JULIÁN – Registro N° 26341 Seminario: “Lo efímero” Directora: Mgtr. Fabiana Haydeé Pereira Carrera: Licenciatura en Artes Plásticas
Alumno: María Antonela MICCA – Registro Nº 24722 El Stop Motion como una forma artística para la educación sobre el medio ambiente. Una Seminario: propuesta pedagógica para la educación primaria del 2°ciclo (2026- 2027) Director: Mgtr. Alejandro Luis IGLESIAS Carrera: Licenciatura en Artes Plásticas
Alumno: Leonardo Antonio SANTARELLI – Registro N° 26157 "Grotescos Mendocinos estudio de la categoría estética del grotesco en las Artes Visuales de Seminario: Mendoza en los siglos XX y XXI” Directora: Lic. María Luciana SILVESTRI Carrera: Licenciatura en Artes Plásticas
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 240
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-239 29/04/2026 (Carga: 29/04/2026) |
MENDOZA, 29 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 14695/26 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL FAD- RENUNCIA CONDICIONADA - FAVRE, Patricia Sandra”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se agrega el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 44/22-R, en donde la Prof. Patricia Sandra FAVRE solicita, a partir del 1 de mayo de 2026 la respectiva renuncia condicionada, conforme con lo establecido en el Decreto Nacional N° 8820/62, en los cargos detallados en la misma.
Que además corre agregado el Formulario Nº 2 de la Ordenanza Nº 44/22-R, en donde la Dirección de Personal de esta Facultad informa la situación de revista de la docente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R y su modificatoria Ord. Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES FAVRE, Patricia Sandra
D.N.I. 18080967
CUIT/CUIL 27-18080967-3
LEGAJO 24654
Cargo en donde se solicita la renuncia condicionada:
CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular (Cargo en licencia por incompatibilidad- Mayor Jerarquía)
Dedicación Semiexclusiva
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación Resol. N° 457/2010–C.S.
Término de la última designación
Desde 01/11/2010
Hasta -------
Espacio/s Curricular/es
1) “Historia del Arte Moderno”
2) “Historia del Arte III”
Resol Nº 239
CARGO 2 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Simple
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación Resol. N° 384/2022-C.S.
Término de la última designación
Desde 01/08/2022
Hasta ---------------
Espacio/s Curricular/es
1) “Metodología de la Investigación en Historia del Arte”
2) “Técnicas de Investigación en Historia del Arte”
CARGO 3 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Simple
Condición Interino
Nº de Resolución de designación Resol. N° 325/2025–C.D.
Término de la última designación
Desde 01/01/2026
Hasta 31/12/2026
Espacio/s Curricular/es
1) “Historia del Arte Americano y Argentino I”
2) “Historia del Arte Precolombino”
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Artes Visuales
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES MAYO
AÑO 2026
ARTÍCULO 2º.-La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional.
ARTÍCULO 3º.- La docente que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, y que se encontrare bajo Renuncia Condicionada, seguirá prestando servicios hasta tanto obtenga su beneficio jubilatorio, con la única condición de haber iniciado el correspondiente trámite previsional, caso contrario cesará automáticamente. Por tanto, en estos casos no corresponderá solicitar la continuidad laboral.
ARTÍCULO 4º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia digital de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 5°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 239
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-238 29/04/2026 (Carga: 29/04/2026) |
MENDOZA, 29 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico N° 6772/26 caratulado: “Secretaria de Investigación y Posgrado s/ pedido Designación Coordinadora de Investigación - Esp. Liliana SAMMARCO”.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría Investigación y Posgrado solicita la designación de 10 Horas Semanales (Nivel Superior) a la Esp. Liliana Beatriz SAMMARCO FAZIO para desempeñar las funciones de Coordinadora de Investigación, dependiente de dicha Secretaria.
Que, la Dirección de Personal informa que la Esp. SAMMARCO FAZIO revista el cargo de Profesor Titular con dedicación Exclusiva, efectivo, para el dictado de las asignaturas “Tecnología de Pastas y Esmaltes”; “Tecnología de Pastas y Esmaltes (Optativa)”; “Tecnología Cerámica I y II” de las Carreras de Cerámica y que de la declaración jurada acompañada no surge situación de incompatibilidad para acceder a las funciones encomendadas.
Por ello y en el marco de la Ordenanza N° 13/24-CD.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar interinamente a la Esp. Liliana Beatriz SAMMARCO FAZIO (Legajo Nº 20559 - CUIL Nº 27-16448493-4) en 10 Horas Semanales (Nivel Superior) para desempeñar las funciones de Coordinadora de Investigación dependiente de la Secretaría Investigación y Posgrado de esta Facultad, desde el UNO (1) de abril hasta el DIECISÉIS (16) de agosto de 2026.
ARTÍCULO 2º.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática
Depend. o Subdepen- Fuente de Subprograma o Participación Programa Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Apartado dencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 03 00 99 00 3 4 100.00
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente designación, deberá ser imputada según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de cargos, según el siguiente detalle: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo
Resol. N° 238
2
Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 326 10 Horas de Nivel Superior
ARTÍCULO 4°.- De acuerdo con lo informado por esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al presente incremento horario.
ARTÍCULO 5°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 6°.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 238
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-237 29/04/2026 (Carga: 29/04/2026) |
MENDOZA, 29 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 7575/26 en el que se tramita la asignación de horas superiores al Personal Docente de las Carreras Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras Musicales solicita la asignación de “Horas de nivel Superior” (semanales) a los profesores Ignacio FIGUEROA FERNANDEZ y Mariano Gabriel COLOMBO para cubrir transitoriamente las funciones docentes en las asignaturas dictadas por la Prof. Laura Beatriz BALMES “Piano Complementario (Todos los Espacios curriculares y niveles)” y Pianista Acompañante (canto, vientos y cuerdas), quien actualmente se encuentra en licencia por tiempo indeterminado (ART).
Que la presente solicitud se encuentra enmarcado en los términos de la Ordenanza N° 13/24-CD.
Que, por su parte, la Secretaria Académica informa la distribución de la carga horaria de los espacios curriculares afectados, para determinar las funciones académicas asumidas por cada docente encomendado.
El informe producido por la Secretaria Administrativo-Financiera.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar interinamente “Horas Superiores” (semanales) al siguiente Personal Docente de las Carreras Musicales, desde el QUINCE (15) de abril hasta el TREINTA Y UNO (31) de julio de 2026 o hasta tanto dure la licencia concedida a la Prof. Laura Beatriz BALMES, lo que ocurra primero; conforme a la carga horaria y tareas que se indica en cada caso:
Horas Superiores LEGAJO CUIL APELLIDO y NOMBRE ASIGNATURAS/FUNCIONES (Semanales)
36536 20-42173184-6 FIGUEROA FERNANDEZ, Pianista Acompañante CINCO (5) Ignacio (canto, vientos y cuerdas) 29906 20-33821831-2 COLOMBO, Mariano Gabriel Piano Complementario (Todos los CINCO (5) Espacios curriculares y niveles)
ARTÍCULO 2°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 01 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
Resol. N° 237
2
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporal Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 326 5 Horas Nivel Superior
ARTICULO 4º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 237
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-236 29/04/2026 (Carga: 29/04/2026) |
MENDOZA, 29 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 4444/26 caratulado: “CAV Solicitar Adicional por Carácter Crítico de la Función a favor del Prof. Lucas Gustavo GRASSO en Taller I y II Pintura.”
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Artes Visuales solicita la asignación de un Adicional por Carácter Critico de la Función a favor del Prof. Lucas Gustavo GRASSO, para cumplir funciones docentes en los espacios curriculares “Taller I y II Pintura”; “Taller I y II para Profesorado con opción a Pintura” y “Taller I Pintura” que se dictan en las carreras Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, la Licenciatura en Artes Plásticas y la Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas.
Que, dicha solicitud responde a la imperiosa necesidad de resguardar la actividad académica de los mencionados espacios hasta tanto las funciones sean cubiertas mediante concurso (actualmente en proceso de sustanciación). Que, Dirección de Personal informa que el Prof. GRASSO revista en esta dependencia el cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, reemplazante, para cumplir funciones en las asignaturas “Taller I y II: Pintura”, “Taller I para Profesorado (Pintura)”, “Taller II para Profesorado (Pintura)” de la Licenciatura en Artes Plásticas /Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales y “Optativa Grupo I: Taller I (Pintura)” de la Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas.
El informe producido por la Secretaria Administrativo-Financiera. Que dicho adicional se fundamenta en el artículo 12° de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” al Prof. Lucas Gustavo GRASSO (Legajo N° 35690–CUIL 23-31715506-9) por la suma mensual de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000) para cumplir funciones en los espacios curriculares “Taller I y II Pintura”; “Taller I y II para Profesorado con opción a Pintura” y “Taller I Pintura” que se dictan en las carreras Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, la Licenciatura en Artes Plásticas y la Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas de esta Facultad, desde el UNO (1) de abril hasta el TREINTA Y UNO (31) de julio de 2026.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá ser atendido con Economías del Inciso 1 – Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2026.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 236
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-235 29/04/2026 (Carga: 29/04/2026) |
MENDOZA, 29 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 6998/26 caratulado: “Solicitud de Licencia por Incompatibilidad- BAGNATO, Laura Judith- JTP (SE) Efectivo- 01/04/26 al 31/12/26”.
CONSIDERANDO:
Que, en estas actuaciones corre agregado el Formulario N° 17 de la Circular N° 39/15 de Gestión de Personal de la Dirección de Personal de esta Facultad, como así también se incorpora la declaración jurada de cargos y funciones de la Prof. Laura Judith BAGNATO y el informe de toma conocimiento por parte de la Dirección General de Personal de Rectorado.
Que la licencia tramitada, corresponde a la incompatibilidad surgida en el cargo de mayor jerarquía desempeñada por la mencionada docente, en el marco del Art. 45 del Estatuto Universitario.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la ordenanza N° 32/16–R. y su modificatoria ordenanza Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia sin goce de haberes por incompatibilidad (cargo de mayor jerarquía) a la Prof. Laura Judith BAGNATO (Legajo Nº 24212–CUIL 27-12954481-9) generada por las disposiciones vigentes aplicables que afectan al cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, efectivo, para cumplir funciones en los espacios curriculares “Enseñanza y Aprendizaje del Teatro” y “Práctica de la Enseñanza” de las Carreras de Artes del Espectáculo, con motivo haber sido designada interinamente en el cargo Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las mencionadas asignaturas, desde el UNO (1) de abril hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2026.
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 235
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-074 29/04/2026 (Carga: 29/04/2026) |
MENDOZA, 29 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 14878/26 caratulado: “Proyecto de convocatoria para el Laboratorio de Medios”.
CONSIDERANDO:
Que el Área de Virtualidad eleva la convocatoria para el Laboratorio de Medios titulada “Producción de contenidos y experiencias pedagógicas en YouTube”, cuyo objetivo es fomentar la creación de materiales audiovisuales innovadores que contribuyan al fortalecimiento de las prácticas de enseñanza y aprendizaje en el ámbito de nuestra Facultad.
Que esta iniciativa se encuentra impulsada en el marco de la Ordenanza 12/24-C.D.
Que el programa incluye bases y condiciones de participación, plazos y modalidad de presentación, así como también criterios de evaluación y taller sobre experiencias pedagógicas en YouTube.
Que se cuenta con la opinión favorable de la Secretaria Académica.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del 7 de abril de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la convocatoria para el Laboratorio de Medios titulada “Producción de contenidos y experiencias pedagógicas en YouTube”, impulsada por el Área de Virtualidad de esta Facultad, de acuerdo a las bases/ condiciones, criterios de evaluación y Taller que se detallan en los Anexos I, II y III de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCION N° 74
ANEXO I CONVOCATORIA LABORATORIO DE MEDIOS PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS Y EXPERIENCIAS PEDAGÓGICAS EN YOUTUBE
Fundamentación y bases de la convocatoria La Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo, a través de su Laboratorio de Medios, convoca a la comunidad académica de la FAD a presentar proyectos audiovisuales que contribuyan al fortalecimiento del conocimiento disciplinar, promuevan la innovación pedagógica y se articulen con estrategias de difusión en entornos digitales. Esta iniciativa, impulsada por el Área de Virtualidad en el marco de la ordenanza Nº 12/24–C.D. tiene como objetivo fomentar la producción de contenidos académicos de calidad, que respondan a las necesidades actuales de comunicación, enseñanza y divulgación del saber en formatos accesibles, dinámicos y contemporáneos. El programa está especialmente dirigido a cátedras y equipos docentes de la Facultad, y busca, por un lado, facilitar la construcción de una visión crítica y creativa sobre los procesos de enseñanza-aprendizaje mediados por tecnologías; y por otro, incorporar una perspectiva comunicacional que potencie la visibilidad del trabajo académico en plataformas digitales. La producción de estos contenidos por parte de los espacios curriculares representa una oportunidad para consolidar la identidad institucional, fortalecer la vinculación con la comunidad y enriquecer las prácticas docentes mediante el uso estratégico de medios audiovisuales. 2. YouTube como Escenario de Enseñanza y Aprendizaje YouTube se utilizará como plataforma principal para la experimentación, producción distribución y difusión de los contenidos generados. Esta plataforma se ha convertido en un complemento valioso para los procesos de educación a distancia, sobre esta plataforma es esencial tener en cuenta: Accesibilidad Global: YouTube permite que los estudiantes accedan a las clases en cualquier momento y desde cualquier lugar, brindando flexibilidad para el aprendizaje a distancia y amplificando los contenidos generados por nuestra propia comunidad educativa. Formatos Audiovisuales Diversos: Los videos permiten la integración de gráficos, animaciones y ejemplos prácticos, lo que facilita la comprensión de conceptos complejos de manera clara y atractiva. Interactividad y Participación: YouTube ofrece herramientas como comentarios y encuestas para fomentar la participación de los estudiantes, incentivando la interacción con el contenido. Aprendizaje Autónomo: Los estudiantes pueden gestionar su tiempo de estudio, viendo los videos cuando lo deseen, pausando o retrocediendo según necesiten, lo que favorece un aprendizaje más personalizado. Facilidad de Uso: Los y las docentes solo deben preparar el contenido de la clase, ya que la parte técnica (grabación, edición y subida) será gestionada por el Área de Virtualidad de la FAD. Esto facilitará que los profesores se concentren en la pedagogía sin preocuparse por los aspectos tecnológicos. Acceso a Material Complementario: Las/los docentes pueden dirigir a los estudiantes a materiales adicionales a través de enlaces en los videos, facilitando el acceso a lecturas, investigaciones y otros recursos complementarios. Economía de Recursos: YouTube es una plataforma gratuita, lo que permite a la FAD distribuir el contenido de manera efectiva. El Área de Virtualidad se encargará de gestionar la subida de material al canal, organizando los contenidos a publicar y cuidando aspectos como los títulos, descripciones, miniaturas y configuraciones, para asegurar una presentación adecuada y un mayor alcance en la plataforma, optimizando al mismo tiempo los recursos disponibles. 3. Objetivos Objetivo general: Generar contenidos que potencien la divulgación del conocimiento, la práctica de enseñanza y la experimentación audiovisual desde los espacios curriculares de carreras de grado de la FAD.
Anexo I – Hoja 2
Objetivos específicos: Fomentar la producción audiovisual en la comunidad de la FAD. Repensar y explorar la práctica de la enseñanza desde nuevos medios. Integrar estrategias de optimización para plataformas digitales, considerando el análisis de audiencias. Vincular los recursos técnicos y humanos disponibles en el Laboratorio de Medios con equipos de trabajo integrados por docentes, egresados/as, adscriptos/as y estudiantes. 4. Objetivos del Objeto Digital a desarrollar mediante la convocatoria Una vez el material audiovisual ha sido producido y publicado, se convierte en un “Objeto digital” en este sentido, los proyectos audiovisuales deben producir objetos digitales alineados con los siguientes objetivos: Facilitar la enseñanza de contenidos específicos en el ámbito académico de manera atractiva y dinámica. Fomentar el aprendizaje autónomo mediante el uso de video/s que permitan a los estudiantes estudiar a su propio ritmo. Promover la reflexión y el pensamiento crítico a través de elementos visuales debidamente licenciados, actividades interactivas y preguntas que inviten al análisis y discusión. 5. Categoría de proyectos La convocatoria estará destinada a la producción de siete (7) proyectos presentados por equipos de espacios curriculares de carreras de grado de la FAD. Los proyectos se acotan a la producción de un (1) producto audiovisual para youtube de entre 30 y 45 minutos que contenga como temática contenido del espacio curricular. 6. Perfil de los/las participantes La convocatoria estará acotada a equipos liderados por docentes y conformados por equipos de los espacios curriculares, egresados/as y/o estudiantes. 7. Relevancia Pedagógica e Innovación en la Enseñanza Las propuestas presentadas deben centrarse en la creación de un producto que: Mejore la experiencia de aprendizaje: El objetivo es crear proyectos audiovisuales para el espacio curricular que sean interactivos, que favorezcan la comprensión de los contenidos académicos y fomenten la participación activa de los estudiantes. Genere Innovación pedagógica: Se busca que lo generado contribuya a los entornos Moodle, como material didáctico digital más cercano a las narrativas actuales y aprovechando las herramientas que ofrece YouTube (por ejemplo, comentarios interactivos, anotaciones, pausas activas). Adecuación pedagógica: El contenido debe ser apropiado para el nivel académico del estudiante universitario, utilizando un lenguaje claro que facilite la comprensión. 8. Criterios de Selección En cuanto a los criterios de selección, se ponderarán aquellos proyectos que: Contengan valor académico y pertinencia en el ámbito de la FAD. Propongan pedagogías activas, que apunten al desarrollo de un aprendizaje abierto, interactivo, flexible y diverso hacia la construcción colectiva y colaborativa del conocimiento. Partan del enfoque de competencias y capacidades fundamentales, desprendiendo de allí los diversos aprendizajes prioritarios. Establezcan metodologías y estrategias didácticas específicas al espacio curricular en relación con la carrera a la que corresponde, acordes al desarrollo, necesidades, intereses y capacidades de diversos sujetos de aprendizaje. Posibilitan nuevas miradas y acciones actualizadas e innovadoras. Conforman una propuesta didáctica homogénea, relacionante y en permanente construcción. Potencian procesos de enseñanza, aprendizaje y/o evaluación. Facilitan procedimientos vinculados a procesos de producción, análisis críticos, contextualización socio-cultural. A su vez, se priorizarán propuestas optimizadas para plataformas digitales y audiencias en YouTube, que presenten Innovación en lenguaje, guionado y la posibilidad de ser “clipeado” en formato vertical (extraer píldoras audiovisuales verticales a partir de la edición del formato largo). Dentro de los criterios de selección, incluyan aspectos como la viabilidad técnica y producción dentro del Laboratorio de Medios.
Anexo I – Hoja 3
Serán ponderados los proyectos que acrediten el taller sobre experiencias pedagógicas en YouTube dictado durante el periodo de solicitud de proyectos y especificado en el punto 11. 9. Condiciones de participación Los proyectos deberán ajustarse a las agendas de producción, post-producción y publicación de la presente convocatoria y de los equipos de trabajo conformados en el Laboratorio de Medios. La gestión de cada proyecto audiovisual estará a cargo de el/la responsable titular del espacio curricular. Cada equipo docente deberá aportar encuadre, recursos teóricos y guión para el desarrollo de su proyecto audiovisual. El acceso al equipamiento y los recursos del laboratorio estará sujeto a disponibilidad y reserva previa, y a la coordinación entre los distintos espacios curriculares que abordarán el desarrollo. La difusión de los proyectos seleccionados podría incluir estrategias de visibilidad en redes sociales y plataformas digitales y también podría incluir adaptaciones en otros formatos dentro de la misma plataforma, como YouTube Short o YouTube Music. Los acuerdos de cesión de derechos de imágen serán firmados previo a las instancias de grabación de los contenidos. En el momento de la postulación se dará consentimiento sobre la propiedad intelectual de los contenidos y conocimientos utilizados y/o generados en los proyectos audiovisuales. 10. Proceso de Postulación 1) Durante el periodo de postulación, el Área de Virtualidad realizará la publicación del Manual de postulación en el marco de la convocatoria. 2) Los equipos de cátedra interesados en participar deberán completar el formulario de inscripción de la convocatoria disponible en https://fad.uncuyo.edu.ar/ y en la plataforma Moodle https://virtual.fad.uncu.edu.ar/ 3) En la postulación se deberá adjuntar un dossier con la propuesta audiovisual, referencias, justificación académica y plan de producción. 4) Se valorarán aquellas propuestas que hayan asistido y aprobado el taller “Experiencias pedagógicas en YouTube”, esta instancia formativa será dictada en su totalidad durante el proceso de postulación. 11. Taller sobre experiencias pedagógicas en YouTube El taller se presenta como una instancia formativa destinada a ordenar y nivelar los conocimientos de los y las postulantes en torno al uso pedagógico de YouTube. A partir del análisis del fenómeno youtuber y su impacto en la cultura digital, se propone una reflexión sobre las posibilidades educativas de la plataforma, con énfasis en su potencial para fomentar la creatividad, la participación activa y la construcción de narrativas audiovisuales significativas en el aula. A lo largo del taller, se abordan los fundamentos de la narrativa digital, el diseño de contenidos y la escritura de guiones para videos educativos. Se introducen herramientas y estrategias para planificar y estructurar ideas de manera clara y efectiva, considerando el lenguaje propio de YouTube y las características de su audiencia. Se acompaña a los y las participantes en el proceso de guionado, promoviendo la producción de materiales que respondan a objetivos pedagógicos concretos. Además, se trabaja sobre la fase de preproducción, entendida como la organización previa a la grabación: definición de objetivos, selección de recursos, planificación de escenas y elaboración de storyboards. El taller se concibe como un espacio de acompañamiento técnico y creativo, que brinda herramientas para que los y las participantes puedan desarrollar propuestas audiovisuales educativas sólidas, sin necesidad de abordar aún la etapa de producción o publicación. 12. Publicación de plazos de presentación e instancia taller El Área de Virtualidad, según lo estipulado en Ord. 12/24 - C.D, establecerá hasta dos convocatorias al año, una por cada cuatrimestre. Durante cada convocatoria, se estipula un plazo mínimo de 30 días corridos para la postulación de proyectos audiovisuales. Tanto las fechas relativas al periodo de inscripción, como al período de recepción de propuestas y las fechas de dictado del taller formativo (así como las extensiones excepcionales de plazo que se realicen) serán publicadas por el área de virtualidad en la plataforma Moodle y en la página web de la Facultad (https://fad.uncuyo.edu.ar/)
RESOLUCIÓN N° 74
ANEXO II Bases y condiciones de la convocatoria La Facultad de Artes y Diseño (FAD) de la Universidad Nacional de Cuyo, a través de su Laboratorio de Medios lanza una convocatoria con el objetivo de fomentar la producción de contenidos audiovisuales académicos que enriquezcan los espacios virtuales (EVEAs) de los espacios curriculares de las carreras de grado. Esta iniciativa busca promover la innovación pedagógica, la divulgación del conocimiento y la experimentación audiovisual en entornos digitales, con especial énfasis en la plataforma YouTube. 1. Sobre las/los destinatarios/as La convocatoria está dirigida a equipos conformados por docentes responsables de espacios curriculares pertenecientes a carreras de grado de la FAD. Además, podrán integrar estos equipos egresados, estudiantes y adscriptos/as que colaboren en el desarrollo del proyecto. Cada equipo podrá presentar un único proyecto audiovisual, cuyo producto final deberá consistir en un video con una duración de entre treinta (30) y cuarenta y cinco (45) minutos. El contenido del video deberá estar directamente vinculado con el espacio curricular del equipo postulante, pudiendo abordar, por ejemplo, el contenido de una unidad, un bloque temático o una experiencia práctica. Se valorará especialmente la posibilidad de segmentar el contenido en clips verticales en formato “shorts”, así como la opción de extraer el audio para su adaptación a formato podcast. Para participar, los equipos deberán completar el formulario de inscripción disponible en el sitio web oficial de la FAD (https://fad.uncuyo.edu.ar) . Junto con el formulario, deberán adjuntar un dossier que contenga la propuesta audiovisual, una justificación académica, referencias conceptuales y visuales, y un plan de producción. Asimismo, se valorará positivamente la participación en el taller “Experiencias pedagógicas en YouTube”. 2. Plazos y modalidad de presentación La convocatoria estará abierta durante treinta (30) días corridos a partir de la publicación y difusión de apertura. Tanto las fechas como las modalidades, los medios de participación, las instancias formativas y extensiones excepcionales de plazos que se realicen serán publicadas por el Área de Virtualidad en los canales de difusión oficiales del área y de la Facultad de Artes y Diseño. Los proyectos deberán ser presentados exclusivamente en forma online, los enlaces para la presentación de proyectos estarán publicados en la plataforma Moodle y en la página web de la Facultad (https://fad.uncuyo.edu.ar/) , siendo condición necesaria para su evaluación el envio por estos medios. 3. Condiciones de presentación y criterios de selección Los proyectos deberán ser inéditos o, en su caso, contar con la debida autorización en caso de obras preexistentes; acreditar la titularidad de los derechos de autor o la correspondiente cesión de derechos; y cumplir con los requisitos técnicos y de contenido explicitados en el manual de postulación. Los proyectos que opten a esta convocatoria deberán desarrollarse con un enfoque pedagógico innovador y estar alineados con los valores institucionales de la FAD. Se priorizará la relevancia académica y la capacidad de generar impacto en el ámbito educativo de la Facultad y la comunidad en general. Los proyectos presentados serán evaluados por un comité designado por el Laboratorio de Medios compuesto por especialistas en producción audiovisual, tecnología y pedagogía, el cual aplicará criterios que incluyen el valor académico y la pertinencia disciplinar de la propuesta, el grado de innovación pedagógica y comunicacional, la viabilidad técnica y la adecuación a los recursos disponibles en el Laboratorio de Medios. También se considerará la optimización del contenido para plataformas digitales y su potencial para audiencias en YouTube, así como la participación en el Taller sobre experiencias pedagógicas en YouTube. El proceso de selección procurará garantizar una representación heterogénea de propuestas provenientes de distintos grupos de carreras de la FAD. Los proyectos seleccionados contarán con el acompañamiento técnico del Área de Virtualidad. El acceso al equipamiento y a los recursos necesarios estará sujeto a disponibilidad y deberá coordinarse previamente. Las instancias de planificación, guionado y pre-producción de las propuestas se llevarán a cabo a contracuatrimestre de las instancias de producción y publicación de los contenidos. Tanto las estrategias de publicación como las fechas puntuales de estreno de cada producto serán acordadas en conjunto con los equipos de cada proyecto seleccionado.
Anexo II – Hoja 2
Derechos y responsabilidades En cuanto a los derechos y responsabilidades, los equipos deberán firmar acuerdos de cesión de derechos de imagen antes de iniciar las grabaciones. Al presentar su postulación, los participantes aceptan la cesión no exclusiva de los derechos de uso y difusión de los contenidos generados. La propiedad intelectual de los conocimientos utilizados o generados será compartida entre los autores y la Facultad de Artes y Diseño. Como parte de los beneficios previstos para los equipos seleccionados, se ofrecerá acceso prioritario al Laboratorio de Medios, lo que permitirá una mejor planificación y ejecución de las etapas de producción. Además, se pondrán a disposición plantillas y formatos prediseñados que facilitarán la elaboración de los contenidos audiovisuales, optimizando tiempos y recursos. Los equipos contarán también con el asesoramiento permanente del equipo técnico-pedagógico del Área de Virtualidad, lo que garantizará un acompañamiento integral desde la concepción hasta la finalización del proyecto. Asimismo, los materiales producidos serán incorporados al catálogo de recursos institucionales certificados por competencias digitales, lo que les otorgará un reconocimiento formal dentro del ecosistema académico de la Facultad. 5. Interpretación y casos no previstos Cualquier circunstancia no contemplada en las presentes bases y condiciones será resuelta por el comité designado por el Laboratorio de Medios en conjunto con la Secretaría Académica de la Facultad de Artes y Diseño, cuyo fallo será inapelable. En caso de cambios en los plazos o condiciones, el comité podrá modificar los lineamientos establecidos, garantizando la transparencia y la equidad en el proceso. 6. Publicación y difusión Finalmente, los contenidos producidos serán publicados en el canal oficial de YouTube de la FAD. Estos materiales podrán ser adaptados a otros formatos, como YouTube Shorts o YouTube Music, y se promoverá su difusión a través de redes sociales y plataformas institucionales, siempre que la agenda de comunicación institucional y de redes sociales de la Facultad de Artes y Diseño así lo permita. Opcionalmente y de existir los canales, las acciones de publicación en YouTube podrán conformar estratégias colaborativas entre cuentas de los equipos docentes y la cuenta oficial @FAD_UNCUYO. Se espera que los contenidos publicados a su vez sean embebidos dentro de las aulas virtuales Moodle disponibles virtual.fad.uncu.edu.ar
RESOLUCIÓN Nº 74
Anexo III Taller sobre experiencias pedagógicas en YouTube En un contexto educativo atravesado por nuevas formas de comunicación y consumo cultural, YouTube se consolida como una plataforma clave para la creación y circulación de contenidos significativos. Este taller propone un acercamiento pedagógico y creativo al universo de los youtubers, explorando cómo sus lenguajes, formatos y narrativas pueden ser aprovechados en el ámbito educativo para potenciar la expresión, la participación y el pensamiento crítico. A través de una propuesta teórico-práctica, se busca acompañar a los y las participantes en el proceso de conceptualización, guionado y preproducción de contenidos audiovisuales educativos. El taller se plantea como un espacio de nivelación, intercambio y experimentación, que brinda herramientas concretas para transformar ideas pedagógicas en proyectos audiovisuales viables, con identidad propia y sentido didáctico. Objetivos del Taller Comprender el potencial pedagógico de YouTube como medio de comunicación, interacción y aprendizaje. Explorar el proceso de creación de contenido audiovisual: desde la idea, pasando por la conceptualización hasta la publicación. Desarrollar habilidades básicas de guionado y preproducción para proyectos educativos en video. Reflexionar sobre la identidad digital, la marca personal y la ética en la creación de contenidos. Destinatarios/as El taller estará destinado a docentes y adscriptos de la Facultad de Artes y Diseño. Módulos del Taller 1) YouTube en el Aula: Breve historia y evolución de YouTube. ¿Qué es un youtuber? Tipologías: booktubers, gamers, divulgadores, etc. 2) Casos educativos: Derivando, Experimentos Caseros, Vanfunfun. YouTube como canal de aprendizaje informal y formal. 3) Narrativas Digitales y Lenguajes Audiovisuales: Diferencias entre lenguaje televisivo y lenguaje YouTube. El rol de la autenticidad y la cercanía. Formatos: tutoriales, videoblogs, entrevistas, storytelling. Análisis de ejemplos reales. 4) Preproducción: De la Idea al Guión ¿Qué quiero comunicar? ¿A quién? Estructura básica de un guión audiovisual. Técnicas de escritura para YouTube: claridad, ritmo, tono. Herramientas para guionar: plantillas, apps, storyboards. Actividades Prácticas Análisis de un canal educativo y material de referencia. Escritura de un guión breve (1-2 minutos). Grabación de un video educativo corto. Rúbrica de evaluación colaborativa. Materiales de Apoyo Aula Moodle como complemento virtual. Guías de YouTube para educadores. Plantillas de guión y storyboard. Listado de canales educativos recomendados. Carga horaria y modalidad de acreditación El taller tiene una carga horaria total de 12 horas reloj, distribuidas en dos modalidades complementarias: 6 horas presenciales, organizadas en 2 jornadas de 3 horas cada una, con actividades teóricoprácticas, análisis de casos y trabajo colaborativo. 6 horas virtuales, destinadas a la realización de actividades asincrónicas, lectura de materiales, elaboración de guiones y planificación de propuestas audiovisuales. La acreditación del taller se otorga a quienes cumplan con la asistencia a ambas jornadas presenciales y entreguen las actividades requeridas en el entorno virtual, incluyendo al menos un guión o esquema de preproducción desarrollado durante el proceso formativo.
RESOLUCIÓN Nº 74
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-072 29/04/2026 (Carga: 29/04/2026) |
MENDOZA, 29 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico N° 6947/26 caratulado: “Programa Optativa/Electiva “Introducción al modelado 3D””.
CONSIDERANDO:
Que la Coordinación del Área de Virtualidad eleva la propuesta de dictado de espacio optativo/electivo denominado “Introducción al modelado 3D” con una carga horaria de 42 horas, que estará a cargo de los profesores Marcela Rebeca ZAKALIK, Juan Ignacio CHADE y Federico Nicolás Daniel MORALES MACCARI, como extensión de sus obligaciones docentes.
Que a través de este espacio se enseñarán los paradigmas de modelado sólido y poligonal mediante el uso de Autodesk Fusion 360 y Blender, con metodología de aprendizaje basado en proyectos.
Que entre sus objetivos principales, esta propuesta busca dotar al estudiante de una comprensión conceptual sólida y de habilidades técnicas básicas necesarias para crear, manipular y visualizar objetos tridimensionales.
Que la Dirección de Alumnos en su informe sugiere que para los estudiantes de las carreras de Diseño dicho espacio deberá ser reconocida como materia optativa y a tal efecto habilitar comisiones de cursado para que se inscriban los interesados; y para los estudiantes pertenecientes al resto de las Carreras de esta Facultad podrá reconocerse como suplemento al título, la que se deberá tramitarse conforme los criterios normativos establecidos por Ord.9/20-CD.
La opinión favorable de la Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 7 de abril de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la implementación del espacio optativo/electivo denominado “Introducción al modelado 3D” que dictarán los profesores D.I. Marcela Rebeca ZAKALIK, D.I. Juan Ignacio CHADE y D.I. Federico Nicolás Daniel MORALES MACCARI, como extensión de sus obligaciones docentes; con una carga horaria de CUARENTA Y DOS (42) horas, destinado a los estudiantes de las Carreras de esta Facultad, de acuerdo al detalle que se menciona en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norme se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 72
ANEXO ÚNICO Programa Introducción al modelado 3D
DATOS GENERALES
Grupo de Carreras de Diseño Carrera de Diseño Escenográfico CARRERA/S Grupo de Carreras de Artes Visuales Grupo de Carreras de Cerámica
Como Materia Optativa Diseño Gráfico Ord. N° 12/08 - CS Diseño Industrial Ord. N° 09/08- CS Como “Suplemento al Título” Ord. Nº 9/20–C.D. PLAN DE ESTUDIO ORD. N° Grupo de Carreras de Artes Visuales Grupo de Carreras de Cerámica Grupo de Carreras de Música Grupo de Carreras Artes del Espectáculo
ESPACIO CURRICULAR Introducción al modelado 3D
RÉGIMEN cuatrimestral CURSO
CARGA HORARIA TOTAL 42 CARGA HORARIA SEMANAL 3 horas
FORMATO CURRICULAR Teórico – Práctica
AÑO ACADÉMICO 2026 CARÁCTER Optativo – Suplemento al título
CORRELATIVIDADES PARA No EL CURSADO
CORRELATIVIDADES PARA No LA EVALUACIÓN
Titular/Tutor Pedagógico: D.I. Prof. Marcela ZAKALIK, EQUIPO DE CÁTEDRA JTP//Tutor Disciplinar: D.I Juan Ignacio CHADE, D.I Prof. Federico MORALES
HORARIOS DE CLASE Miércoles 09:00 a 12:00
HORARIOS DE CONSULTA Virtual: Viernes 12:00 a 13:00
MOVILIDAD ESTUDIANTIL Sí
Anexo Único – Hoja 2
FUNDAMENTACIÓN El modelado tridimensional (3D) ha trascendido su origen en la ingeniería y la animación para convertirse en un pilar fundamental en el panorama actual de las artes visuales, el diseño industrial, la arquitectura, el desarrollo de videojuegos y la comunicación digital. La incorporación de competencias en modelado 3D es una necesidad formativa que alinea a los futuros profesionales con las demandas del mercado creativo e industrial contemporáneo (Garza-Sánchez et al., 2021; Salama, 2020).
Esta asignatura está diseñada para dotar al estudiante de una comprensión conceptual sólida y de las habilidades técnicas básicas necesarias para crear, manipular y visualizar objetos tridimensionales. El enfoque radica en la conceptualización espacial y la toma de decisiones informada sobre la herramienta más adecuada para cada desafío de diseño o expresión artística.
La cátedra abordará dos paradigmas de modelado predominantes, utilizando como herramientas principales a Autodesk Fusion 360 y Blender. Esta elección dual es el eje de la fundamentación: Fusion 360 se justifica por su enfoque en el Modelado Sólido Constructivo y Paramétrico (CSG). Este sistema es esencial para el diseño con restricciones geométricas, donde la precisión dimensional, la fabricación (ej. impresión 3D, CNC) y el ensamble de piezas son cruciales. Permite a los estudiantes entender la lógica de la ingeniería de diseño, la gestión de componentes y la preparación de archivos para la producción (Sari et al., 2018). Blender se justifica por su especialización en el Modelado con Mallas Poligonales (Subdivisional) y por ser un conjunto de herramientas de código abierto con una curva de aprendizaje introductoria accesible para la expresión artística. Este enfoque es fundamental para el desarrollo de personajes, la escultura digital, la creación de entornos orgánicos y la aplicación de materiales (texturizado), iluminación y renderizado, aspectos vitales en la ilustración, el cine y la animación (Monea & Vasile, 2018).
La presente propuesta se fundamenta en la creciente relevancia de las herramientas de modelado tridimensional (3D) en el campo del Diseño Industrial contemporáneo. El dominio de estas tecnologías es crucial para la concepción, desarrollo, visualización, y preparación para la producción de productos. El modelado 3D permite una rápida iteración entre la idea y el prototipo digital de alta fidelidad. Esta asignatura optativa busca dotar a los estudiantes de las competencias básicas y necesarias para el modelado 3D de productos, incluyendo su preparación para impresión 3D, la generación de documentación técnica y la creación de visualizaciones realistas, habilidades altamente valoradas en el mercado laboral. Para concretar este enfoque, se implementará una metodología de enseñanza basada en proyectos (PBL - Project-Based Learning). Este método sitúa al estudiante como agente activo del proceso de aprendizaje, exponiéndolo a desafíos complejos que requieren la aplicación integrada de conocimientos teóricos y prácticos (Thomas, 2000). Se busca que el estudiante sea protagonista de su aprendizaje, aplicando los conocimientos en la resolución de problemas concretos de diseño.
El posicionamiento docente será el de un facilitador y guía, promoviendo la experimentación, el pensamiento crítico y la autonomía del estudiante. Los aportes y/o innovaciones de esta propuesta radica en: o La integración de un flujo de trabajo digital completo, desde el boceto inicial hasta la preparación para la fabricación y la presentación del producto, utilizando software actual y accesible. o El énfasis en la aplicación práctica mediante proyectos que simulan desafíos reales del diseño industrial.
La elección de Autodesk Fusion 360 como software principal se justifica por su interfaz intuitiva, su potencia para el modelado paramétrico y de formas libres, sus herramientas integradas de renderizado y planos, su accesibilidad para estudiantes y profesores (licencias educativas gratuitas) y su creciente adopción en el ámbito profesional y emprendedor (precios accesibles al mercado argentino). También se mencionarán conceptualmente otros programas (como SolidWorks, Rhinoceros para superficies complejas o Blender para modelado orgánico y visualización avanzada) para que los estudiantes comprendan el panorama general de herramientas disponibles.
COMPETENCIAS GENERALES Y ESPECÍFICAS COMPETENCIA GENERAL - Desarrollar un pensamiento crítico y creativo para la resolución de problemas complejos, fomentando la capacidad de aprendizaje autónomo y continuo, fortaleciendo las habilidades de comunicación visual y técnica, impulsando la innovación en la propuesta de soluciones y promoviendo la gestión eficiente del tiempo y la organización del trabajo.
Anexo Único – Hoja 3
COMPETENCIAS ESPECÍFICAS
- Identificar los diferentes paradigmas de modelado 3D (sólidos, superficies, mallas).
- Resolver problemas técnicos de modelado de forma metódica, sabiendo presentar y argumentar las decisiones de diseño y modelado.
- Desarrollar la paciencia y la atención al detalle, valorar la precisión y la calidad en el trabajo digital.
SABERES (Ejes/Módulos/Unidades) Introducción al modelado 3D con Blender ● Conceptos básicos del espacio 3D: vértices, aristas, caras y mallas. ● Interfaz y navegación del entorno de trabajo en Blender. ● Principios de modelado poligonal y modelado por subdivisión. EJE 1: ● Modificadores y herramientas de escultura digital. ● Materiales, texturas y sombreado básico. ● Iluminación y renderizado. ● Exportación de archivos y formatos compatibles (OBJ, STL, FBX). ● Aplicaciones del modelado orgánico en diseño, escenografía y cerámica. Introducción al modelado con Fusion 360 ● Interfaz, Navegación. El concepto de Historia (Timeline). Creación de bocetos (Sketches) 2D. Restricciones y Dimensiones. EJE 2: ● Operaciones básicas: Extrude, Revolve, Sweep, Loft. Modificación paramétrica. Patrones (Rectangular y Circular). ● Creación de Componentes y su diferencia con Cuerpos. Ensambles y Relaciones (Joints). Análisis básico de interferencia y movimiento. ● Generación de Dibujos 2D (Planos) y consideraciones de diseño. Proyecto Integrador – Presentación de producto 3D ● Desarrollo de una propuesta de producto o pieza artística. ● Integración de recursos de Blender (modelado orgánico y renderizado) y Fusion 360 (modelado técnico y planos). EJE 3: ● Preparación de archivo para visualización digital. ● Generación de lámina de presentación final: vistas, renders y ficha técnica. ● Estrategias de presentación de portafolio digital. ● Argumentación conceptual y técnica del proceso proyectual.
ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS
● Clases teórico–prácticas, integrando contenidos conceptuales y ejercicios guiados de modelado 3D aplicados a proyectos reales. ● Clases teóricas y prácticas con enfoque en el aprendizaje activo y la aplicación de los conocimientos. ● Aprendizaje Basado en Proyectos (PBL): desarrollo de proyectos de diseño que integren los contenidos de la materia y resuelvan problemas reales o simulados. ● Aprendizaje experiencial: uso de herramientas de software.
Anexo Único – Hoja 4
PROPUESTA FORMATIVA VIRTUAL
Cada eje temático se desarrollará con un 70 % de actividades presenciales y un 30 % virtuales. El aula virtual Moodle será una herramienta clave para complementar lo aprendido en clase. Los estudiantes podrán ingresar de manera autónoma, organizar sus tiempos de estudio y acceder a materiales como bibliografía digital, videos temáticos y clases grabadas que acompañen y refuercen los contenidos presenciales. Además, se realizarán trabajos prácticos en el aula virtual, que permitirán aplicar lo aprendido, fomentar la reflexión y facilitar la transferencia de conocimientos a situaciones reales.
EXTENSIÓN
Prácticas socio-educativas, visita al Polo Tic de Godoy Cruz.
EVALUACIÓN
- Cumplir con el ochenta (80) % de asistencia. Criterios de evaluación - Evaluación de proceso: aprobación de trabajos prácticos. - Evaluación final: realización de actividad creativa personal de integración y transferencia. Por promoción. El alumno deberá contar con: - 100% de los Trabajos Prácticos y evaluación final aprobados con una calificación de Acreditación 80 %. - 80 % de asistencia presencial. En caso de no lograr la promoción se rendirá un examen final.
Para que un alumno pueda rendir la materia debe cumplir con los siguientes requisitos: -Alumno regular: Al menos el 80% de los trabajos prácticos aprobados. La evaluación final debe ser aprobada con un mínimo del 60%. Debe tener 65 % de asistencia a clase. -Alumno No Regular: Deberá tener un porcentaje mínimo de asistencia del 40%. Deberá Criterios de acreditación presentar un trabajo extra en el momento del examen para equipararse a los criterios del alumno regular. -Alumno Libre: Debe haber cursado y quedado regular o no regular y se le haya vencido por el tiempo transcurrido. Deberá presentar un trabajo extra en el momento del examen para equipararse a los criterios del alumno regular.
BIBLIOGRAFÍA (Según Normas APA)
Autodesk, Inc. (2024). Autodesk Fusion 360 help. Autodesk. Consultado el 24 de junio de 2024, de https://help.autodesk.com/view/fusion360/ENU/
Blender Documentation Team. (s.f.). Blender manual. Blender Foundation. Consultado el 24 de junio de 2024, de https://docs.blender.org/manual/en/latest/
Hunter, F., Bieber, S., Fuqua, P. (2007). Light–Science & Magic An Introduction to Photographic Lighting (3rd ed.). Focal Press.
RESOLUCIÓN N° 72
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-071 29/04/2026 (Carga: 29/04/2026) |
MENDOZA, 29 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 37838/24 caratulado: “DIRECCION DE PERSONAL- OPCIÓN DE PERMANENCIA PROF. JOSÉ EDGARDO SEGOVIA”.
CONSIDERANDO:
Que el Prof. José Edgardo SEGOVIA presenta la solicitud de Opción de Permanencia en Actividad Laboral Universitaria en el marco de lo establecido por el artículo 1° inciso a) Apartado 2° de la Ley 26508.
Que a su vez el Consejo Superior, a través del artículo 6° de la ordenanza N° 82/09, delega en los Consejos Directivos de las Unidades Académicas la atribución de resolver mediante el dictado de un acto administrativo las opciones presentadas por los docentes, previo se verifiquen los recaudos establecidos en la citada ordenanza y lo dispuesto en el Artículo 1° Inciso a) de la Ley 26.508.
Que sin perjuicio de lo solicitado, se analizó la situación particular del estado de salud actual del Prof. SEGOVIA para determinar la viabilidad de la mencionada Opción. A tales efectos, se dio intervención a las Áreas especializadas de Salud (Medicina del Trabajo) y de Inclusión de Personas con Discapacidad de esta Casa de Estudios, en el cual ambos sectores informan y avalan la continuidad del docente; y que a pesar de afecciones padecidas por el mismo no resultan un impedimento para acceder a la Opción de Permanencia solicitada voluntariamente por aquél.
Que en concordancia con lo dispuesto por Art. 1 de la Ord. Nº 13/13-CD, el docente deberá presentar anualmente Certificado aptitud psicofísica al efecto.
Que, a pesar del periodo de vigencia consignado en el certificado de aptitud psicofísica (hasta el 28 de diciembre de 2026 con preexistencia) del docente, se deberá elevar las actuaciones a consideración del Consejo Directivo a fin de promover la continuidad de la opción de permanencia solicitada. Que la Dirección de Personal informa la situación de revista del Prof. SEGOVIA como también observa que se han cumplidos los recaudos previstos en la normativa vigente para los casos de docentes que opten por la permanencia en la actividad laboral. Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 21 de abril de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Opción de Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria presentada por el Prof. José Edgardo SEGOVIA (Legajo n° 25.995 – DNI N° 13992634), atento a que se han cumplido los recaudos establecidos en la ordenanza N° 82/09-C.S. y en lo dispuesto en el artículo 1°, inciso a) Apartado 2° de la Ley N° 26.508; en virtud de ello el docente reúne las condiciones indicadas en la citada Ley, en el cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, efectivo, para cumplir funciones en el espacio curricular “Luz y Sonido” de las Carreras de Artes del Espectáculo.
Resol. N° 71
ARTÍCULO 2º.- La continuidad en la actividad laboral del Personal Docente Universitario quedará sujeta a la vigencia del certificado de aptitud psicofísica emitido por la Dirección General de Medicina del Trabajo.
ARTÍCULO 3º.- El/la docente que hubiere cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha obtenga su beneficio jubilatorio, el mismo cesará en sus funciones indefectiblemente, no requiriéndose previa intimación.
ARTÍCULO 4°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 5º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 6º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 71
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-234 24/04/2026 (Carga: 24/04/2026) |
MENDOZA, 24 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 7752/26 caratulado: “Asesoría Estudiantil S/Solicitud de Licencia Estudiantil - DIAZ, Camila - Carreras de Artes del Espectáculo - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la estudiante Camila Lourdes DIAZ ha cumplimentado con las solicitudes de Licencia Estudiantil y ha invocando la causal de “Atención del Grupo Familiar", de acuerdo con lo estipulado por Ord. Nº 18/18-C.S., Anexo I, artículo 5, inciso H.
Que asimismo se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por razones de “Atención del Grupo Familiar", a la alumna Camila Lourdes DIAZ (Registro N° 25611 - DNI Nº 39239239) de la carrera Profesorado de Grado Universitario en Teatro, desde el DIECISIETE (17) de abril hasta el DIECISIETE (17) de junio del 2026, de acuerdo con lo estipulado por Ord. Nº 18/18C.S., Anexo I, artículo 5, inciso H.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 234
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-233 24/04/2026 (Carga: 24/04/2026) |
MENDOZA, 24 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 7748/26 caratulado: “CM s/ Propuesta veedores Concurso Prof. Titular (SE) efectivo, Ord. Nº 23/10 CS, "Contrabajo", Lic. Contrabajo.”.
CONSIDERANDO: La necesidad de designar a los profesores, egresados y estudiantes que deberán actuar en calidad de veedor en el concurso convocado por resolución Nº 10/26-C.D.
Por ello y de acuerdo con la delegación de atribuciones conferidas mediante resolución N° 115/24–C.D. LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso convocado por resolución Nº 10/26-C.D. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, para el dictado de los espacios curriculares “Instrumento A, B, C y D Contrabajo” del CIEMU; “Instrumento I a V Contrabajo”, pertenecientes a la carrera de Licenciatura en Contrabajo, “Iniciación en Instrumento” (Contrabajo) e “Instrumento I a IV (Contrabajo)” del Ciclo Preparatorio, que se dictan en las Carreras Musicales de esta Facultad.
Por los profesores: Ernesto Javier SUELDO
Por los egresados: Enzo Paolo ROSSI
Por los alumnos: Juan Lucas MOYANO GARCIA
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente electrónico Nº 22105/25.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 233
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-232 24/04/2026 (Carga: 24/04/2026) |
MENDOZA, 24 de abril de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 13233/26 caratulado: “Asesoría Estudiantil s/Limitación Beca Pre Profesional - SOLOA, Mailén”.
CONSIDERANDO:
Que la Asesoría Estudiantil solicita la limitación de la Beca Pre Profesional adjudicada a la estudiante Mailén Agostina SOLOA DI MARCO, para desempeñar tareas en el Taller de Impresiones, desde el 25 de marzo al 3 de julio de 2026, dispuesta mediante resolución N° 61/26-FAD.
Que dicha solicitud se encuentra fundada en razón a que la estudiante ha comenzado a trabajar en relación de dependencia, a partir del 1 de abril del corriente, lo cual esa condición resulta incompatible para continuar con el beneficio de la beca.
Que la Secretaria Administrativo-Financiera toma conocimiento de la presente baja.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Limitar, a partir del UNO (1) de abril de 2026, la Beca Pre Profesional adjudicada a la estudiante Mailén Agostina SOLOA DI MARCO (DNI 45024200) por el monto mensual de PESOS DOSCIENTOS SETENTA MIL ($270.000), para desempeñar tareas en el Taller de Impresiones, dispuesta mediante resolución N° 61/26-FAD.
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 232
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-231 24/04/2026 (Carga: 24/04/2026) |
MENDOZA, 24 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 4280/26 caratulado: “Pedido de compra de materiales de construcción _ PLAN DE MANTENIMIENTO 2026 FAD”.
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario contar con la disponibilidad oportuna de recursos y materiales de construcción que permitan atender de manera eficiente las tareas programadas, así como también responder a eventuales reparaciones urgentes. Que además son esenciales para preservar la infraestructura existente y evitar el deterioro progresivo de los edificios e instalaciones.
Que el Pliego de bases y condiciones particulares confeccionado fue aprobado por Secretaría Económica Financiera.
Que la Comisión de Evaluación emitió el informe aconsejando la adjudicación.
Que la Secretaria Administrativo-Financiera informa que cuenta con los recursos presupuestarios para atender al presente gasto. Por ello, en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto Nº 1023/01 art.25º inc d) párrafo 1, Decreto 1030/2016 y Ordenanza Nº 03/23 R. LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Adjudicar el trámite de referencia por la suma total de PESOS QUINCE MILLONES SEISCIENTOS DIECISEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 98/100 ($15.616.265,98), autorizando emitir la orden de compra a favor de los siguientes proveedores y por los importes que se indican a continuación:
PROVEEDORES - CUIT
IMPUTACIÓN BAUS ARDANAZ S.A. CARFON S.A (CUIT 30-71254973-0) (CUIT 30-71514532-0) CONSTRUCTORA SA TOTAL (CUIT 30-71657457-8) 255 784.152,00 $784.152,00 259 5.850.000,00 $5.850.000,00 261 1.672.614 $1.672.614,00 265 405.000 $405.000,00 269 6.797.000,00 $6.797.000,00 284 95.599,98 11.900 $107.499,98 TOTALES $ 1.672.614,00 13.526.751,98 416.900,00 $15.616.265,98
RED PROGRAMÁTICA: imputación presupuestaria: A.1206.010.001.000.12.37.08.00.99.00.2.5.5.0000.1.21.3.4 $ 784.152,00 A.1206.010.001.000.12.37.08.00.99.00.2.5.9.0000.1.21.3.4 $ 5.850.000,00 A.1206.010.001.000.12.37.08.00.99.00.2.6.1.0000.1.21.3.4 $ 1.672.614,00 A.1206.010.001.000.12.37.08.00.99.00.2.6.5.0000.1.21.3.4 $ 405.000,00 A.1206.010.001.000.12.37.08.00.99.00.2.6.9.0000.1.21.3.4 $ 6.797.000,00 A.1206.010.001.000.12.37.08.00.99.00.2.8.4.0000.1.21.3.4 $ 107.499,98
Resol. N° 231
ARTÍCULO 2°.- Designar a la siguiente Comisión de Recepción, según corresponda:
APELLIDO Y NOMBRE AREA RESPONSABLE CARÁCTER
A/C DIRECCIÓN SERVICIOS Y PIZARRO, VÍCTOR Titular MANTENIMIENTO DIRECTORA CARRERAS ARTES DEL GABRIELA BIZÓN Titular ESPECTÁCULO COORDINADOR DE INFRAESTRUCTURA PAEZ, GABRIEL A. Titular Y SERVICIOS
HUMEREZ, ROBERTO A/C JEFATURA BIENES PATRIMONIALES Suplente
SPANO, CIRO JEFE EDIFICIO GOBIERNO Suplente
HERRERA, ANDRÉS A/C JEFATURA EDIFICIO TALLERES Suplente
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 231
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-230 24/04/2026 (Carga: 24/04/2026) |
MENDOZA, 24 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 6931/26 caratulado: “Firma de Acuerdo Especifico entre Facultad de Artes y diseño y la Universidad de Antioquia Colombia”.
CONSIDERANDO:
Que dicho acuerdo tiene como objetivo promover la cooperación en los campos de docencia, investigación y extensión entre la Universidad de Antioquia - Facultad de Artes y la Universidad Nacional de Cuyo - Facultad de Artes y Diseño, en el campo de conocimiento propio de sus áreas de formación y desarrollo académico.
Que el presente acuerdo específico se encuentra enmarcado en los procedimientos y mecanismos administrativos establecidos por Ord. Nº 47/08–C.S.
Por ello y atento a la delegación expresa de sus facultades,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Acuerdo Especifico celebrado entre la Facultad de Artes y Diseño y la Universidad de Antioquia (Colombia), el cual tiene como objetivo promover la cooperación en los campos de docencia, investigación y extensión entre la ambas Instituciones Educativas, conforme con el Anexo Único que consta de SEIS (6) hojas y forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 230
ANEXO ÚNICO
Anexo Único – Hoja 2
Anexo Único – Hoja 3
Anexo Único – Hoja 4
Anexo Único – Hoja 5
Anexo Único – Hoja 6
RESOLUCIÓN N° 230
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-070 24/04/2026 (Carga: 28/04/2026) |
MENDOZA, 24 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 5273/26 caratulado: “CAV - Solicitud de participación CONEXIÓN ARTEBA 2026”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Artes Visuales solicita autorización institucional y académica para la participación en el Foro denominado “Conexión ARTEBA 2026” que llevará a cabo tanto en la provincia de Mendoza como en San Juan.
Que la actividad se concibe como un espacio de pensamiento que busca indagar cómo, desde el campo del arte contemporáneo, se sostienen las condiciones de vida que ya están (re)emergiendo —con exigencia de cambio—, como consecuencia de las fricciones entre los modelos socioeconómicos actuales y la aceleración de la transición climática.
Por ello atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo dispuesto por el Cuerpo en Sesión Plenaria el día 7 de abril de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la participación institucional y académica de la Dirección de Carreras de Artes Visuales en el Foro denominado “Conexión ARTEBA 2026”, que se llevará a cabo entre los días VEINTIDÓS (22) y VEINTICINCO (25) de abril de 2026, en las provincias de Mendoza y San Juan, respectivamente.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 70
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-069 24/04/2026 (Carga: 24/04/2026) |
MENDOZA, 24 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 7472/26 caratulado: “RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, María José S/ Renuncia como representante estudiantil en la Junta Electoral Particular de la FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la Srta. María José RODRÍGUEZ MARTÍNEZ presenta su renuncia, por razones de índole personal, a la Junta Electoral Particular Sección Facultad de Artes y Diseño, quien representaba en carácter de Miembro Titular el claustro “Alumnos” (según resolución N° 43/24-CD).
La necesidad de incorporar nuevo representante ante la inminente etapa de los comicios para las elecciones de autoridades universitarias; a tal efecto se propone a la Srta. Malena OZOLLO en reemplazo de la mencionada estudiante.
Por ello y atento a lo acordado en sesión plenaria del día 21 de abril de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la Srta. María José RODRIGUEZ MARTINEZ (DNI Nº 38580705) a la Junta Electoral Particular Sección Facultad de Artes y Diseño, quien representaba en carácter de Miembro Titular el claustro “Alumnos” (según resolución N° 43/24-CD).
ARTÍCULO 2º.-Designar a la Srta. Malena OZOLLO (DNI N° 44405085) para actuar como representante Titular por el claustro “Alumnos” ante la Junta Electoral Particular Sección Facultad de Artes y Diseño.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 69
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-229 23/04/2026 (Carga: 23/04/2026) |
MENDOZA, 23 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 7769/26 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL - Proporcionales vacaciones 2026: Linares/ Lonigro/ Lombardi/ Pincheira/Comadrán/ Giner/ Marquet”.
CONSIDERANDO:
La desvinculación definitiva, por jubilación y/o renuncia según corresponda, por parte del personal docentes universitario de esta Facultad.
Lo establecido en el artículo Art. 45º inc. a), del Dec. Nac. Nº 1246/15 y lo dispuesto por la Ord. Nº 32/16–R
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la Secretaría Económico-Financiera a liquidar días de licencia proporcional de vacaciones correspondientes al año 2026, del siguiente personal docente:
Prof. María Clara MARQUET (Legajo N° 22356 – CUIL n° 27-16294763-5) Cargos: Profesor Adjunto con Dedicación Semiexclusiva, efectivo, para el dictado de las asignaturas “Tecnología de Pastas y Esmaltes”, de las Carreras de Cerámica. Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Semiexclusiva, efectivo, para cumplir funciones en las asignaturas, “Taller Cerámico III” y “Modelado y Color Cerámico III”, de las Carreras de Cerámica. Baja definitiva por jubilación: 01/02/2026 Computo de antigüedad hasta la fecha de desvinculación definitiva: TREINTA Y OCHO (38) años y OCHO (8) meses. Proporción: CUATRO (4) días de Licencia Anual Ordinaria.
Prof. María Gloria COMADRÁN (Legajo N° 32408 – CUIL n° 27-14607704-3) Cargos: Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, Efectivo, (cargo en licencia por incompatibilidad mayor jerarquía) para cumplir funciones en las asignaturas “Diseño Cerámico I y II” en las Carreras de Cerámica. Profesor Adjunto con dedicación simple, Interino, para cumplir funciones en la asignatura “Diseño Cerámico I” de la carrera Licenciatura en Cerámica Artística/ Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística y “Diseño Cerámico II (Optativa)” de las Carreras Licenciatura en Cerámica Artística.
Baja definitiva por renuncia: 01/04/2026 Computo de antigüedad hasta la fecha de desvinculación definitiva: DIEZ (10) años y OCHO (8) meses. Proporción: SIETE (7) días de Licencia Anual Ordinaria
2Ing. Cristian Leonardo GINER (Legajo N° 34547 – CUIL n° 20-31716133-7) Cargo: Profesor Titular con dedicación Simple, interino, para el dictado de los espacios curriculares Tecnología de Productos II” y “Tecnología de Productos III” de las Carreras de Diseño. Baja definitiva por renuncia: 01/03/2026 Computo de antigüedad hasta la fecha de desvinculación definitiva: SEIS (6) años y CUATRO (4) meses. Proporción: CINCO (5) días de Licencia Anual Ordinaria Prof. Omar LINARES (Legajo N° 21.293 – CUIL n° 20-13886392-2) Cargos: Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, Interino, para desempeñar funciones en el espacio curricular “Historia del Diseño I-II” Carreras de Diseño Gráfico y Diseño Industrial. Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, Efectivo, para desempeñar funciones en espacios curriculares de los Profesorados de Grado Universitario de la Facultad de Artes y Diseño. Profesor Adjunto con dedicación Semiexclusiva, Efectivo, (cargo en licencia por incompatibilidad mayor jerarquía) para desempeñar funciones en el espacio curricular “Historia del Diseño I-II” Carreras de Diseño Gráfico y Diseño Industrial. Baja definitiva por jubilación: 01/04/2026 Computo de antigüedad hasta la fecha de desvinculación definitiva: TREINTA Y OCHO (38) años. Proporción: ONCE (11) días de Licencia Anual Ordinaria D.I. Belén del Carmen LOMBARDI VICENCIO (Legajo N° 35451 – CUIL n° 27-33444727-3) Cargo: Jefe de trabajos Prácticos con dedicación Simple, interino, para cumplir funciones de “Colaboradora de Industrias Creativas y Culturales”, en el Área de Innovación y Desarrollo de la Facultad de Artes y Diseño. Baja definitiva por renuncia: 01/04/2026 Computo de antigüedad hasta la fecha de desvinculación definitiva: TRES (3) años y CINCO (5) meses. Proporción: SIETE (7) días de Licencia Anual Ordinaria
Prof. Francisco Julio Cesar LONIGRO (Legajo N° 17031 – CUIL n° 20-13806834-0) Cargo: Profesor Titular con dedicación Exclusiva, Efectivo, para el dictado de las asignaturas “Clarinete I a IV” del Ciclo Preparatorio”; “Clarinete (Niveles A, B, C, D)”, “Clarinete I a V”, “Instrumento I a IV”, “Instrumento A y B”. Con funciones de Profesor Adjunto en Música de Cámara I a V. Con funciones de Ayudante de Primera en Practica Orquestal I a IV, de las Carreras Musicales.
Baja definitiva por jubilación: 01/04/2026 Computo de antigüedad hasta la fecha de desvinculación definitiva: CUARENTA Y CINCO (45) años. Proporción: ONCE (11) días de Licencia Anual Ordinaria
Resol. N° 229
D.I. Lautaro Hernán PINCHEIRA (Legajo N° 35438 – CUIL n° 23-30446019-9-) Cargo: Ayudante de Primera Simple, interino, para cumplir funciones en el espacio curricular “Técnicas de Maquetería” de la Carrera Diseño Industrial. Baja definitiva por renuncia: 01/04/2026 Computo de antigüedad hasta la fecha de desvinculación definitiva: TRES (3) años y CINCO (5) meses. Proporción: SIETE (7) días de Licencia Anual Ordinaria
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 229
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-228 23/04/2026 (Carga: 23/04/2026) |
MENDOZA, 23 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 7718/26 caratulado: “BENEGAS, Adriana Noemí S/ Solicitud pago Licencia Anual Ordinaria y Sueldo Anual Complementario”.
CONSIDERANDO:
La desvinculación definitiva, por jubilación, de la Sra. Adriana Noemí BENEGAS a partir del pasado mes de marzo del corriente, dispuesta por resolución N° 100/26-FAD.
Que por su parte, la interesada solicita se arbitren los medios necesarios para el pago del proporcional del Sueldo Anual Complementario (SAC), conforme lo establecido en el artículo 136 de la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744, el cual dispone que, al producirse la extinción del contrato de trabajo por cualquier causa, el trabajador tiene derecho a percibir la parte proporcional del mismo, calculada como la doceava parte de las remuneraciones devengadas en la fracción del semestre trabajado hasta el momento del cese.
Que en referencia a lo antes dicho, la Dirección de Personal aclara que el proporcional del SAC deberá calcularse considerando las remuneraciones correspondientes a los meses de enero y febrero del año 2026, período en el cual la Sra. BENEGAS se encontraba activa como personal de esta Facultad.
Que por último, se informa que no corresponde el pago de adicional alguno en concepto de Licencia Anual Ordinaria, conforme a lo estipulado en el régimen de licencias del Decreto Nº 366/2006 para el personal no docente de las Universidades Nacionales, en particular lo dispuesto por los artículos 82° y 87°, los cuales establecen el carácter obligatorio de su goce y la imposibilidad de su compensación pecuniaria.
Por ello y conforme a sus atribuciones,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la Secretaría Económico-Financiera a liquidar, proporcionalmente el Sueldo Anual Complementario (SAC) respecto de los meses de enero y febrero de 2026, a favor de la Sra. Adriana Noemí BENEGAS (Legajo Nº 20714 –CUIL N° 27-14562113-0) en el cargo Categoría 1 (Tramo Mayor- efectivo) del Agrupamiento Administrativo (Resol. 65/2020 CS.), en razón a los fundamentos expresados en la presente disposición.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 228
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-068 23/04/2026 (Carga: 24/04/2026) |
MENDOZA, 23 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 39009/24 caratulado: “CARRERAS DE DISEÑO S/Nota Inicio de Convocatoria a Concurso Interino JTP (S) “MODELOS Y PROTOTIPOS” (espacio curricular Optativo de Diseño Industrial) Ord 1/20-CD.FAD".
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Acta de Cierre de inscripción de fs. 62, figuran como inscriptos los siguientes postulantes: Claudio Javier SOLA, Lautaro Hernán PINCHEIRA y Claudia Silvia CHAVARRÍA.
Que iniciada la etapa de la sustanciación del concurso, la Comisión Asesora designada para atender en dicho concurso se expidió mediante Acta Final contenida a fs. 76/80, estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1°- Claudio Javier SOLA (79 puntos), 2°- Claudia Silvia CHAVARRÍA (66 puntos) y 3°- Lautaro Hernán PINCHEIRA (47 puntos).
Que de acuerdo con el procedimiento concursal, se ha dado cumplimiento con las notificaciones y plazos correspondientes y no se han presentado impugnaciones a la decisión del Jurado.
Que en esta instancia, la Dirección de Personal informa que el Prof. Claudio Javier SOLA, registra en esta dependencia los cargos: Profesor Adjunto con Dedicación Semiexclusiva, interina, para cumplir funciones en el espacio curricular “Diseño de Productos Final” de Carreras de Diseño Industrial. Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, interina, para cumplir funciones Complementarias al Desarrollo Curricular en las Carreras de Diseño. Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, interina, para cumplir funciones en el espacio curricular “Materiales y Procesos I” de las Carreras de Diseño Industrial.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y lo acordado en Sesión Plenaria del día 17 de marzo de 2026.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
Resol. N° 68
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora convocada mediante resolución N° 275/25-CD, para proveer con carácter interino, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones en el espacio curricular optativo “Modelos y Prototipos” que se dicta en la carrera de Diseño Industrial de esta Facultad; estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1°- Claudio Javier SOLA (79 puntos), 2°- Claudia Silvia CHAVARRÍA (66 puntos) y 3°- Lautaro Hernán PINCHEIRA (47 puntos).
ARTÍCULO 2°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres SOLA, Claudio Javier Documento Único 21985137 CUIL o CUIT 20-21985137-6 Legajo N° 34360
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Condición interino
Término de la designación Desde UNO (1) de abril de 2026 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2026
Denominación de la Unidad Académica Facultad Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curriculares 1) “Modelos y Prototipos (Optativa)”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina 2 Ingeniería y Tecnología
Subdisciplina 4 8 Ingeniería Industrial
Especialidad 9 9 “Modelos y Prototipos (Optativa)”
ARTÍCULO 4°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla:
Código de Descripción de la Carrera Participación Títulos Porcentual 153 Diseñador Industrial 100% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 5°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
Resol. N° 68
ARTÍCULO 6°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 813 Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 8°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 68
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-227 22/04/2026 (Carga: 24/04/2026) |
MENDOZA, 22 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 5792/26 caratulado: “CAE-S/ Solicitud del “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, de la Profesora FERRARO PETTIGNANO, Estefanía”
CONSIDERANDO: Que la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo solicita la asignación de un Adicional por Carácter Critico de la Función a favor de laProf. Estefanía GiselFERRARO PETTIGNANO, para cumplir funciones docentes en el espacio curricular “Historia de la Cultura y el Teatro Universales III” que se dicta en las carreras:Licenciatura en Arte Dramático y DiseñoEscenográfico y como materia optativa las carreras: Profesorado de Grado Universitario en Teatro y Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas, por lo que resulta uno de los cursos másnumerosos.
Que, dicha solicitud responde a la imperiosa necesidad de resguardar la actividad académica del mencionado espacio hasta tanto las funciones sean cubiertas mediante concurso (actualmente en proceso de sustanciación); ya que el cargo de Profesor Titular de esa asignatura se encuentra vacante ante la baja por jubilación de la Prof. Patricia Amalia DE LA TORRE. Que, por su parte, la Dirección de Personal informa que la Prof. FERRARO PETTIGNANO revista en esta dependencia el cargo: Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, interino, para el dictado del espacio curricular: “Historia de la Cultura y el Teatro Universales I” - Licenciatura en Arte Dramático en las Carreras de Artes del Espectáculo. El informe producido por la Secretaria Administrativo-Financiera. Que dicho adicional se fundamenta en el artículo 12° de la ordenanza N° 23/15–C.S. Por ello, LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” a la Prof.Estefanía GiselFERRARO PETTIGNANO(Legajo N° 35950– CUIL 27–31747294–9) por la suma mensual de PESOS TRESCIENTOSMIL($ 300.000)para cumplir funciones en la asignatura “Historia de la Cultura y el Teatro Universales III”que se dicta en las carreras: Licenciatura en Arte Dramático y DiseñoEscenográfico y como materia optativa en las carreras: Profesorado de Grado Universitario en Teatro y Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas, desde el VEINTE (20) de abril hasta elDIECISÉIS (16) de agosto de 2026.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá ser atendido con Economías del Inciso 1 – Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2026.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 227
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-226 22/04/2026 (Carga: 22/04/2026) |
MENDOZA, 22 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 5789/26 caratulado: “CAE-S/ Solicitud del “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, de la Profesora LONGO, Pablo.”
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo solicita la asignación de un Adicional por Carácter Critico de la Función a favor delProf. Pablo Darío LONGO, para cumplir funciones docentes en el espacio curricular “Actuación I” que se dicta en la carrera Licenciatura en Arte Dramático y Profesorado de Grado Universitario enTeatro.
Que, dicha solicitud responde a la imperiosa necesidad de resguardar la actividad académica del mencionado espacio hasta tanto las funciones sean cubiertas mediante concurso (actualmente en proceso de sustanciación); ya que el cargo de Profesor Titular de esa asignatura se encuentra vacante ante la reciente jubilación del Prof. Raúl Daniel POSADA.
Que, Dirección de Personal informa que el Prof. LONGO revista en esta dependencia el cargoProfesor Titular con dedicación Semiexclusiva,interino, para el dictado del espaciocurricular“Dramaturgia” que se dicta en las carreras: Licenciatura en Arte Dramático y Profesorado de Grado Universitario enTeatro, en las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
El informe producido por la Secretaria Administrativo-Financiera.
Que dicho adicional se fundamenta en el artículo 12° de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” al Prof.Pablo Darío LONGO (Legajo N° 27449– CUIL 20-28689126-9) por la suma mensual de PESOS TRESCIENTOS MIL($ 300.000)para cumplir funciones en la asignatura “Actuación I” que se dicta en las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, desde el VEINTE (20) de abril hasta elTREINTA Y UNO (31) de julio de 2026.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá ser atendido con Economías del Inciso 1 – Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2026.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 226
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-225 22/04/2026 (Carga: 22/04/2026) |
MENDOZA, 22 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 5798/26 caratulado: “CAE-S/ Solicitud del “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, de la Profesora ATENCIO, Nuria”
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo solicita la asignación de un Adicional por Carácter Critico de la Función a favor delaProf. Nuria ATENCIO, para cumplir funciones docentes en el espacio curricular“Actuación I” que se dicta en la carrera Licenciatura en Arte Dramático y Profesorado de Grado Universitario enTeatro.
Que, dicha solicitud responde a la imperiosa necesidad de resguardar la actividad académica del mencionado espacio hasta tanto las funciones sean cubiertas mediante concurso (actualmente en proceso de sustanciación); ya que el cargo de Profesor Titular de esa asignatura se encuentra vacante ante la reciente jubilación del Prof. Raúl Daniel POSADA.
Que, por su parte, la Dirección de Personal informa que la Prof. ATENCIO revista en esta dependencia los cargos: Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva,Interino, para el dictado de los espacios curriculares: “Análisis del Hecho Teatral”; “Aproximación a un Texto Teatral”; Profesor Adjunto con dedicación Semiexclusiva,Interino, para el dictado del espacio curricular: “Actuación I”; 3 Horas de Nivel Superior, para cumplir funciones en el “Proyecto de co-direcciónescénica femenina para la puesta en escena de la obra“Nuestra Señora de las Nubes, deArístides Vargas” todos en las Carreras de Artes del Espectáculo.
El informe producido por la Secretaria Administrativo-Financiera.
Que dicho adicional se fundamenta en el artículo 12° de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” a la Prof.Nuria ATENCIO (Legajo N° 34546– CUIL 27-24370492-3) por la suma mensual de PESOS CIENTO VEINTE MIL($ 120.000)para cumplir funciones en la asignatura “Actuación I” que se dicta en las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, desde el UNO (1) de abril hasta elTREINTA Y UNO (31) de julio de 2026.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá ser atendido con Economías del Inciso 1 – Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2026.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 225
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||