Digesto
|
|
15375 Normativas
Últimas emisiones
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
FA-2026-RES-102 11/03/2026 (Carga: 11/03/2026) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 3079/26 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL FAD- RENUNCIA CONDICIONADA - BAGNATO LAURA JUDITH”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se agrega el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 44/22-R, en donde la Prof. Laura Judith BAGNATO solicita, a partir del 1 de marzo de 2026 la respectiva renuncia condicionada, conforme con lo establecido en el Decreto Nacional N° 8820/62, en los cargos detallados en el mismo.
Que además corre agregado el Formulario Nº 2 de la Ordenanza Nº 44/22-R, en donde la Dirección de Personal de esta Facultad informa la situación de revista de la docente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R y su modificatoria Ord. Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES BAGNATO, Laura Judith
D.N.I. 12954481
CUIT/CUIL 27-12954481-9
LEGAJO 24212
Cargo en donde se solicita la renuncia condicionada:
CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos (Cargo en licencia por incompatibilidad- Mayor Jerarquía)
Dedicación Semiexclusiva
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación Resol. N° 1089/2017–C.S.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta -------
Espacio/s Curricular/es
1) “Enseñanza y Aprendizaje del Teatro”
2) “Práctica de la Enseñanza”
Resol Nº 102
CARGO 2 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Profesor Titular
Dedicación Semiexclusiva
Condición Interino
Nº de Resolución de designación Resol. N° 354/2025–C.D.
Término de la última designación
Desde 01/01/2026
Hasta 31/03/2026
Espacio/s Curricular/es
1) “Enseñanza y Aprendizaje del Teatro”
2) “Práctica de la Enseñanza”
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Artes del Espectáculo
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES MARZO
AÑO 2026
ARTÍCULO 2º.-La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional.
ARTÍCULO 3º.- La docente que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, y que se encontrare bajo Renuncia Condicionada, seguirá prestando servicios hasta tanto obtenga su beneficio jubilatorio, con la única condición de haber iniciado el correspondiente trámite previsional, caso contrario cesará automáticamente. Por tanto, en estos casos no corresponderá solicitar la continuidad laboral.
ARTÍCULO 4º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia digital de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 5°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 102
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-101 11/03/2026 (Carga: 11/03/2026) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 1304/26 caratulado: “Bosia Acevedo, Pilar Celeste S/ Solicitud de Diploma de Profesora de Grado Universitario en Artes Visuales”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES a la egresada Pilar Celeste BOSIA ACEVEDO (D.N.I. Nº 25657367) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISIETE (27) de diciembre de 1976, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., con fecha de egreso el OCHO (8) de marzo de 2007 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 101
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-100 11/03/2026 (Carga: 11/03/2026) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2978/26 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL- BAJA POR JUBILACIÓN - BENEGAS, Adriana Noemí - 01/03/26”.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal, la Tec. Univ. Adriana Noemí BENEGAS, ha obtenido el beneficio jubilatorio a partir del 1 de marzo de 2026.
Por ello y de conformidad con el artículo 22 inc. b) del Decreto 366/06 y en lo establecido por ordenanza N° 32/16-R. y su modificatoria Ord. Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja definitiva, por jubilación, a partir del UNO (1) de marzo de 2026, a la Tec. Univ. Adriana Noemí BENEGAS (Legajo Nº 20714 –CUIL N° 2714562113-0) en el cargo Categoría 1 (Tramo Mayor) del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo, con carácter efectivo, para desempeñar funciones en esta Facultad, según Resol. 65/2020 CS.
ARTÍCULO 2º.- Expresar nuestro agradecimiento a la Tec. Univ. Adriana Noemí BENEGAS por los servicios prestados en esta Unidad Académica.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 100
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-099 11/03/2026 (Carga: 11/03/2026) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 38653/25 caratulado: “Ponce, Gimena Lilian S/ Solicitud de Diploma de Licenciada en Artes Plásticas”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 10/1981-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN ARTES PLÁSTICAS a la egresada Gimena Lilian PONCE (D.N.I. Nº 36162495) nacida en la Ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el VEINTIUNO (21) de julio de 1991, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 10/1981-C.S., con fecha de egreso el QUINCE (15) de octubre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 99
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-098 11/03/2026 (Carga: 11/03/2026) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2402/25 caratulado: “ZAPPETTINI, Verónica Florencia S/Adscripción Estudiante 2025 - Sec Academica – FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la estudiante Verónica Florencia ZAPPETTINI presenta su renuncia a la mencionada adscripción por la falta de seguimiento y continuidad académico del especio curricular, dado a los recientes cambios surgidos en la reestructuración del equipo de cátedra (jubilación del Profesor Titular).
Por ello y atento a lo informado por Secretaría Académica,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Cancelar la adscripción de la estudiante Verónica Florencia ZAPPETTINI (Registro N° 24591 DN.I. N° 37007743) en la cátedra “Filosofía del Arte” de las Carreras de Artes Visuales, durante el Ciclo Lectivo 2025, autorizada oportunamente mediante resolución N° 80/25–F.A.D.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 98
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-097 11/03/2026 (Carga: 11/03/2026) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2026
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nros 10040/25, 24013/25 y 2662/25, en los que constan los pedidos de aprobación de adscripción de alumnos de las Carreras de Arte del Espectáculo y de Artes Visuales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que los alumnos han cumplido con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Los informes producidos, la opinión de los Profesores Titulares de las cátedras y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las adscripciones realizadas por los alumnos en las Carreras de Arte del Espectáculo y de Artes Visuales de esta Facultad, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan a continuación:
CARRERAS DE ARTES VISUALES DOCUMENTO LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CÁTEDRA OBSERVACIONES
40725109 26200 CURADELLI, Felipe Luminotecnia Ciclo Lectivo: 2025
40725109 26200 CURADELLI, Felipe Luz y Sonido Ciclo Lectivo: 2025
31318710 22264 CARRILLO BOERO, María Florencia Enseñanza y Aprendizaje de la Historia del Arte Ciclo Lectivo: 2025
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a cada interesado el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 97
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-030 11/03/2026 (Carga: 11/03/2026) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2334/26 caratulado: “Digitalización Expediente CUDAP EXP-CUY 0010671-2018 Comdoc. CAE- Conc. P.T. (SE) efec. Cátedra "Historia de la Cultura y el Teatro Universales III"”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 789/18 el Consejo Superior autorizó la convocatoria y ratificó la integración de la Comisión Asesora que intervendrá en el referido concurso.
Por ello y teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en el Reglamento de Concursos (ordenanza N° 23/10-C.S. y su modificatoria N° 39/10-C.S.), en sesión plenaria aprobada del día 9 de octubre de 2018,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso de títulos, antecedentes y oposición, para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas “Historia de la Cultura y el Teatro Universales III” de las carreras de Licenciatura en Arte Dramático, Diseño Escenográfico y Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas e “Historia de la Cultura y el Teatro Universales III (Optativa)” de la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro, todas correspondientes a las Carreras Artes del Espectáculo de esta Facultad, en los términos de la ordenanza N° 23/10C.S. y su modificatoria N° 39/10-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del mismo: Publicación/Convocatoria: desde el DIECISÉIS (16) al TREINTA (30) de marzo de 2026. Inscripción: desde el TREINTA Y UNO (31) de marzo al VEINTINUEVE (29) de abril de 2026. NOTA importante: La inscripción estará habilitada desde las 08:00 del día de apertura, hasta las 12:00 (mediodía) del día de cierre.
Modalidad de inscripción: Los interesados deberán presentar de manera virtual su inscripción a través del formulario Web, al que se accede a través del siguiente enlace: https://forms.gle/8xwM51z9Bs96YroU8
Importante: El/la postulante declarará en su inscripción un correo electrónico y aceptará la notificación electrónica a todos los efectos concursales, en el marco de las ordenanzas Nros. 30/16–C.S. y 26/20–C.S. La documentación deberá adjuntarse en formato PDF y su inscripción tendrá carácter de declaración jurada. Asimismo, para mayor información podrá comunicarse a través del correo institucional del Departamento de Concursos (concursos@gm.fad.uncu.edu.ar ) Se aceptará un solo formulario por postulante, es decir, cualquier agregado realizado con posterioridad (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado.
Vistas de antecedentes presentados por los postulantes, de manera presencial (solo para inscriptos- etapa no obligatoria): desde el CUATRO (4) al OCHO (8) de mayo de 2026, en la Dirección de Personal, Departamento de Concursos, Planta Baja, Edificio de Gobierno, en horario de 09:00 a 12:00.
ARTÍCULO 3°.- Las mencionadas asignaturas contienen los objetivos y contenidos mínimos en los Planes de Estudio (ordenanzas N° 12/98-C.S., 23/99-C.S., y 66/05-C.S.), que a continuación se detallan: Régimen: Anual – 3 horas semanales – 96 horas anuales. Objetivos: El alumno deberá lograr: Conocer la evolución del teatro occidental desde los orígenes hasta la actualidad. Reconocer los momentos clave de dicha evolución. Relacionar el contexto histórico social y el campo cultural en que se inserta el teatro de cada período. Analizar las obras más representativas, en relación con los contextos en que se inscriben y el movimiento estético al que pertenecen. Comprender los valores fundamentales de la evolución del teatro latinoamericano en el contexto del teatro occidental. Establecer las relaciones permanentes y necesarias entre los movimientos teatrales los contenidos desarrollados en Actuación. Tomar conciencia del valor del teatro como experiencia vital, ética, estética y cultural, asumiendo la función social del mismo. Contenidos: El teatro de vanguardia de principios de siglo: contexto socio-político. Jarry como antecedente de las vanguardias: absurdismo y parodia. Las vanguardias artísticas. El teatro y la interrelación con el cine. El expresionismo y el surrealismo. El dadaísmo y la integración artística. El expresionismo alemán. El esperpento de Valle Inclán. El grotesto italiano: Pirandello. El teatro español: Lorca. El teatro épico: Brecht. Realismo tardío en los Estados Unidos. El teatro de vanguardia en la segunda posguerra: contexto socio-político: la posguerra. El teatro existencialista. El teatro del absurdo. Ionesco y Beckett. El teatro de la crueldad. Genet. El teatro laboratorio de Grotowski y las propuestas de Peter Brook y Eugenio Barba. Cambios cualitativos en el concepto de teatro. Crisis de la primacía de la palabra y reivindicación de la especificidad del teatro en el protagonismo del cuerpo (Artaud). Teorizaciones acerca de la representación como totalidad homogénea: Meyerhold Brecht. Influencia de Pirandello y Brecht en el teatro latinoamericano. El absurdo latinoamericano. Algunos teatros nacionales: México, Uruguay, Brasil, Chile y Cuba. La teoría teatral de Boal y Antunes Filho. La creación colectiva. El teatro político y el antropológico. Las propuestas posmodemas. Nuevas concepciones dramatúrgicas: Müller y Koltes.
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR: El docente deberá cumplir las funciones establecida en el Art.62 del Anexo único de la Ordenanza Nº 05/2019 C.D. FAD, disponible en: https://fad.uncuyo.edu.ar/upload/ord-5-2019-cd-reglam-acad.pdf
ARTÍCULO 4 °.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso, de conformidad con la ratificación dispuesta por el artículo 2° de la resolución N° 859/2025–C.S.:
MIEMBROS TITULARES: Especialista e Investigador en Historia y Teoría Teatral, Artes Escénicas (Musicología, Ciencia del Teatro, Prof. Martín Gonzalo RODRIGUEZ Dramaturgia). Director del Instituto de Investigación en Teatro, del Departamento de Artes Escénicas de la Universidad Nacional de las Artes.
Profesor Titular, Efectiva, con dedicación simple, de la cátedra “Semiótica” que se dicta en la carrera de Prof. Susana Beatriz TARANTUVIEZ Licenciatura en Letras-Facultad de Filosofía y Letras- Universidad Nacional de Cuyo.
Profesor Titular, Efectivo, con dedicación simple, de la cátedra “Historia del Teatro” que se dicta en el Prof. Mauricio Antonio TOSSI Universitario de Posgrado/Doctorado de la Sede Andina de la Universidad Nacional de Río Negro.
MIEMBROS SUPLENTES: Especialista en Estudio de Cine y Teatro Argentino y Latinoamericano, Metodología de la Investigación Prof. Marina Fernanda SIKORA Teatral y Cinematográfica, con Doctorado en Historia y Teoría de las Artes
Profesor Titular, Efectivo, con dedicación semiexclusiva, de la cátedra “Historia de la Cultura y el Teatro Prof. Héctor Julio del Corazón de Jesús Universales I” que se dictan en las carreras de Diseño Escenográfico, Licenciatura en Arte Dramático y MILLARES como Materia Optativa Complementaria en el Profesorado de Grado Universitario en Teatro- Facultad de Artes y Diseño- Universidad Nacional de Cuyo. Profesora Titular, Efectiva, con dedicación semiexclusiva, de las cátedras “Enseñanza y Aprendizaje del Prof. María Ester del Carmen TROZZO Teatro” y “Práctica de la Enseñanza” que se dictan en la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro- Facultad de Artes y Diseño- Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 5°.- Los aspirantes al presente concurso deberán presentar la siguiente documentación, en carácter obligatorio y en formato PDF: DNI del postulante Correo Electrónico (en el marco de la Ord. 26/20-CS) Curriculum Vitae Carpeta de Antecedentes Plan de Actividades de enseñanza aprendizaje: (Art. 10 inc. c Ord 23/10-CS) deberá incluir Programa Espacio Curricular Nota importante: Una vez finalizada la carga del formulario de inscripción dispuesta a tal fin, el postulante recibirá un correo de respuesta inmediata como constancia que acredita su inscripción. En caso contrario el interesado deberá comunicarse de manera inmediata y en los horarios de atención para constatar el estado de su inscripción.
ARTÍCULO 6°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 30
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-029 11/03/2026 (Carga: 11/03/2026) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 40185/25 caratulado: “CDIS S/ Fundamentación para la REFORMA de los Planes de Estudio de las Carreras de Diseño-FAD”.
CONSIDERANDO:
Que, la ordenanza Nº 7/22–C.D. propone los lineamientos para la reforma, actualización y construcción colectiva de planes de estudio de la Facultad de Artes y Diseño y cita: “Que muchos de los planes de estudio de la FAD tienen más de una década, por lo que se encuentran desactualizados y fragmentados institucionalmente”; por lo que la presente justificación cumple ampliamente la necesidad de adecuación al contexto actual.
Que, dicho proyecto ha sido elaborado por la Dirección de las Carreras de Diseño en conjunto con la Comisión Curricular, el mismo sintetiza un profundo trabajo de análisis, diagnóstico y construcción colectiva, desarrollado a partir del diálogo con los distintos actores de la comunidad académica, delineando un camino a seguir para la elaboración de una propuesta de nuevos planes de estudio acordes a las demandas académicas y del medio.
Que la Secretaria Académica avala la justificación para la reforma de los Planes de Estudio de las Carreras de Diseño.
Por ello, atento con lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y con lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 16 de diciembre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la justificación de la reforma y actualización de los Planes de Estudio de las carreras de: Diseño Gráfico (Ord N° 2/06–C.S. y Ord Nº 12/08–C.S.) y Diseño Industrial (Ord. N° 4/06–C.S. y Ord Nº 9/08–C.S.), realizada bajo los lineamientos establecidos por Ord. Nº 7/22–C.D., de acuerdo con los fundamentos expresados en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCION N° 29
ANEXO ÚNICO
I- Fundamentación de la propuesta de reforma de los planes de estudio de las carreras de Diseño. La anterior comisión de revisión del Plan de Estudio para las Carreras de Diseño Gráfico y Diseño Industrial de la Facultad de Artes y Diseño (FAD-UNCuyo), se conformó en el año 2003, tomando como lineamientos generales los fijados en una reunión de profesores donde se acordó como base del Proyecto lo iniciado en 1998, denominado Nuevo desarrollo curricular para las Carreras Proyectuales de Diseño. Si bien el último Plan de Estudio para las Carreras de Diseño Gráfico y Diseño Industrial de la FAD-UNCuyo fue elaborado en 2005 (FAD-UNCuyo, 2005a; FAD-UNCuyo, 2005b), resulta indispensable considerar su revisión. La comisión de estudio designada debe actualizarlo para responder a las demandas actuales. Esto nos permite afirmar que el plan de estudio vigente para las Carreras de Diseño se basa en un documento desarrollado hace más de veinticinco años y fue implementado hace diecinueve años. Lo anteriormente expuesto exhibe con claridad que este período excede ampliamente uno de los principales considerandos fijados por la ordenanza N° 7 (FAD-UNCuyo, 2022) donde se proponen los lineamientos para la reforma, actualización y construcción colectiva de planes de estudio de la Facultad de Artes y Diseño: “Que muchos de los planes de estudio de la FAD tienen más de una década, por lo que se encuentran desactualizados y fragmentados institucionalmente”. En respuesta a lo previamente expuesto, en junio de 2024 se presentó ante el Consejo Directivo de la FAD UNCuyo la justificación para avanzar sobre la reforma de los planes de estudio de las Carreras de Diseño. La misma fue aprobada por el Consejo Directivo de la facultad el 11 de septiembre de 2024 (Resolución N° 167). A continuación, se conformó la Comisión Curricular (Anexo 1) para avanzar en la mencionada reforma. De acuerdo con lo estipulado por la ordenanza Ord. Nº 7/22-CD se procedió al desarrollo del diagnóstico y fundamentación para avanzar sobre la reforma de las mencionadas carreras. En este documento se exponen la metodología y los resultados alcanzados mediante el estudio de diagnóstico y se fundamenta de acuerdo con lo analizado la necesidad de avanzar sobre el proceso de reforma de los planes de estudio de la Carreras de Diseño Gráfico y Diseño Industrial de la FAD UNCuyo. Diagnóstico En primera instancia se expone una descripción general de cada una de las carreras. Las carreras de Diseño de la FAD se crean en el ámbito de la Universidad Nacional de Cuyo en el año 1958, con la creación del Departamento de Diseño y Decoración, en la Escuela Superior de Artes. Se actualizó por última vez sus planes de estudio en el año 2006, a través de la ordenanza 2/06 de C.S. que ratifica la ordenanza Nº 25/05 de Consejo Directivo, y reconocimiento oficial a través de Resolución Nº 279/09 del Ministerio de Educación. Carrera de Diseño Gráfico De acuerdo con el actual plan de estudio la carrera de Diseño Gráfico, forma profesionales capaces de generar proyectos de comunicación visual con alcance social que respondan a las necesidades culturales, tecnológicas y económicas de la región. Asimismo, en el mencionado documento se expone que los egresados de esta carrera tendrán una profunda conciencia crítica y reflexiva de las piezas de comunicación visual al considerar sus significados, su interpretación y sus modos de producción, con criterios que permitan interpretar cómo éstos influyen en la sociedad y en el ambiente. El título que otorga la FAD es de Diseñador Gráfico. Se trata de una carrera de carácter permanente, modalidad presencial y que otorga un título de carácter universitario. Su duración teórica es de CINCO (5) años con una carga horaria mínima total de TRES MIL CIENTO CINCUENTA (3150) horas reloj. La modalidad de cursado presenta espacios de régimen cuatrimestral y/o anual. El cursado combina teoría, práctica, taller y evaluación continua, con promoción o examen según se establece en el programa de cada espacio curricular. La estructura académica se organiza en TRES (3) ciclos: Instrumental Básico, de Formación General y de Formación Profesional El Ciclo Instrumental Básico, contiene OCHO (8) espacios curriculares (teórico-prácticos) obligatorios con una carga horaria total de SETECIENTAS VEINTIOCHO (728) horas. El Ciclo de Formación General es de MIL CUATROCIENTAS OCHENTA Y CUATRO (1484) horas y está comprendido por VEINTIÚN (21) espacios curriculares teórico-prácticos en total, DIECISIETE (17) de ellos son obligatorios y CUATRO (4) optativos. El Ciclo de Formación Profesional tiene una carga horaria de NOVECIENTAS TREINTA Y OCHO (938) horas distribuidas entre NUEVE (9) espacios curriculares, SIETE (7) obligatorios y DOS (2) optativos. En definitiva, los estudiantes deben cumplir para obtener su graduación con la acreditación de TRES MIL CIENTO CINCUENTA (3150) horas, de las cuales DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO (2898) son espacios curriculares obligatorios más las DOSCIENTAS CINCUENTA Y DOS (252) horas de los espacios
Anexo Único – Hoja 2 curriculares optativos CIENTO SESENTA Y OCHO (168) del Ciclo de Formación General y OCHENTA Y CUATRO (84) del Ciclo de Formación Profesional. Para realizar las actividades curriculares optativas los estudiantes podrán elegir por aquellas que oferte la Dirección de la Carreras, cuatrimestralmente, y la misma se actualizará de manera permanente. El Consejo Directivo, a través de la ordenanza Nº 7/07 aprueba la distribución curricular por año, el régimen de equivalencias y el régimen de correlatividades. En esa línea, existen correlatividades para cursar o rendir ciertos espacios, donde se exige aprobación o cursado previo de materias específicas (ej. “Diseño Gráfico I” requiere haber aprobado “Introducción al Diseño” y cursado materias como “Tipografía I Básica”, “Dibujo”, “Tecnología I – Software”).
Anexo Único – Hoja 3
Carrera de Diseño Industrial De acuerdo con lo expuesto en el corriente plan de estudio la carrera de Diseño Industrial forma profesionales capaces de realizar, con seriedad, solvencia y creatividad, proyectos de la determinación configurativa de objetos de uso, que serán fabricados por la industria. Para ello, el Diseñador Industrial será formado de modo tal que pueda reconocer los aspectos socioculturales, científicos, técnicos, tecnológicos, de la producción, económicos y jurídicos, en función de una visión totalizadora e integradora de cada proyecto específico. El título que otorga la FAD es de Diseñador Industrial. Se trata de una carrera de carácter permanente, modalidad presencial y que otorga un título de carácter universitario. Su duración teórica es de CINCO (5) años con una carga horaria mínima total de TRES MIL TRESCIENTOS CUATRO (3304) horas reloj. La modalidad de cursado presenta espacios de régimen cuatrimestral y/o anual. El cursado combina teoría, práctica, taller y evaluación continua, con promoción o examen según se establece en el programa de cada espacio curricular. La estructura académica se organiza en TRES (3) ciclos: Instrumental Básico, de Formación General y de Formación Profesional El Ciclo Instrumental Básico, contiene NUEVE (9) espacios curriculares (teórico-prácticos) obligatorios con una carga horaria total de SETECIENTAS VEINTIOCHO (728) horas. El Ciclo de Formación General es de MIL TRESCIENTAS CUARENTA Y CUATRO (1344) horas y está comprendido por DIECISÉIS (16) espacios curriculares teórico-prácticos en total, CATORCE (14) de ellos son obligatorios y DOS (2) optativos. El Ciclo de Formación Profesional tiene una carga horaria de MIL DOSCIENTAS TREINTA Y DOS (1232) horas distribuidas entre DOCE (12) espacios curriculares, OCHO (8) obligatorios, DOS (2) optativos y DOS (2) electivos. En definitiva, los estudiantes deben cumplir para obtener su graduación con la acreditación de TRES MIL TRESCIENTAS CUATRO (3304) horas, de las cuales DOS MIL SETECIENTAS CUARENTA Y CUATRO (2744) horas son espacios curriculares obligatorios más las TRESCIENTAS NOVENTA Y DOS (392) horas de los espacios curriculares optativos [CIENTO SESENTA Y OCHO (168) horas para el Ciclo de Formación General y DOSCIENTAS VEINTICUATRO (224) horas para el Ciclo de Formación Profesional]; y, además, las CIENTO SESENTA Y OCHO (168) horas de los espacios curriculares electivos del Ciclo de Formación Profesional. Para realizar las actividades curriculares optativas los estudiantes podrán elegir por aquellas que oferte la Dirección de la Carreras cuatrimestral y/o anualmente, y la misma se actualiza de manera permanente. El Consejo Directivo, a través de la ordenanza Nº 7/07 aprueba la distribución curricular por año, el régimen de equivalencias y el régimen de correlatividades. En esa línea, existen correlatividades para cursar o rendir ciertos espacios, donde se exige aprobación o cursado previo de materias específicas (ej. “Diseño de productos II” requiere haber aprobado “Introducción al Diseño”, “Dibujo Técnico” y “Dibujo a Mano Alzada” y cursado materias como “Geometría I y II” y “Técnicas de Maquetería”).
Anexo Único – Hoja 4
Anexo Único – Hoja 5
De manera complementaria a la información expuesta en esta primera sección del diagnóstico, se expone un cuadro de aspecto de las carreras donde se definen: año primera cohorte; implementación del plan vigente; modalidad de cursado; duración teórica de la carrera; título que otorga. También, un cuadro de aspectos de los planes de estudio donde se muestra: número de niveles; número de ciclos; cantidad de materias obligatorias; cantidad de materias optativas que debe acreditar; oferta de materias optativas; cantidad de créditos que se deben alcanzar para obtener la graduación.
Cuadro de aspectos de las carreras Aspectos DG DI
Año primera cohorte 1958 1958 Planes de estudio actuales Ord. 02/2006 CS Ord. 04/2006 CS Año de implementación del plan vigente 2007 2007 Modalidad de cursado presencial presencial Duración teórica de la carrera 5 años 5 años Título que otorga Diseñador Gráfico Diseñador Industrial
Cuadro de aspectos de los planes de estudio Aspectos DG DI
Número de niveles 5 5 Número de ciclos 3 3 Cantidad de Materias obligatorias 32 materias (2898 h) 31 materias (2744 h) Cantidad de Materias Optativas que debe acreditar 6 materias (252 h) 4 materias (392h) Cantidad de Materias Electivas que debe acreditar — 2 materias (168h) Acreditación de idioma — —Cantidad total de horas 3150 h 3304 h
Descripción del Plan de Estudio de DG y DI Primer Nivel DG DI
Ciclo INSTRUMENTAL BÁSICO INSTRUMENTAL BÁSICO
Introducción al Diseño Introducción al Diseño Anual Matemática Matemática Dibujo a mano alzada Tipografía I Básica Dibujo a mano alzada
Introducción a la cultura material Geometría Descriptiva I Dibujo 1o. Cuatrimestre Geometría Descriptiva I Técnico Tecnología I software Técnicas de Maquetería Geometría Descriptiva II 2o. Cuatrimestre Psicología aplicada al Diseño I Introducción a la cultura material Psicología aplicada al Diseño I
Anexo Único – Hoja 6
Segundo Nivel DG DI
Ciclo FORMACIÓN GENERAL FORMACIÓN GENERAL Diseño de Productos I Diseño Gráfico I Comunicación visual Comunicación Visual Anual Materiales y procesos I Técnicas de producción de la imagen Física General Fotografía Básica Ergonomía
1º Cuatrimestre Historia del Diseño I Historia del Diseño I
Tipografía II editorial Técnicas de Dibujo Tecnología II Insumos Historia del Diseño II 2º Cuatrimestre Historia del Diseño II Tipografía III expresiva
Tercer Nivel DG DI
Ciclo FORMACIÓN GENERAL FORMACIÓN GENERAL
Diseño Gráfico II Diseño de Productos II Métodos de Diseño Anual Métodos de Diseño Multimedia I Materiales y Procesos II Tecnología III Producción Psicología Aplicada al Diseño II 1o. Cuatrimestre Psicología Aplicada al Diseño II Tecnología de Productos I Semiótica Tecnología de Productos II 2o. Cuatrimestre Sociología Aplicada al Diseño Sociología Aplicada al Diseño
Cuarto Nivel DG DI
Ciclo FORMACIÓN PROFESIONAL FORMACIÓN PROFESIONAL
Diseño de Productos III Diseño Gráfico III Filosofía del Diseño Filosofía del Diseño Anual Tecnología de Productos III Gráfica en el espacio Tecnología de Productos IV Economía y Gestión Economía y Gestión 1o. Cuatrimestre — —
2o. Cuatrimestre — —
Quinto Nivel DG DI
Ciclo FORMACIÓN PROFESIONAL FORMACIÓN PROFESIONAL
Diseño Gráfico Final Diseño de Productos Final Anual Legislación Industrial Procesos productivos Legislación Industrial
1o. Cuatrimestre — — 2o. Cuatrimestre — —
Análisis de los trayectos curriculares. Indicadores de la Carrera de Diseño Gráfico y Diseño Industrial 2014-2024 La propuesta de análisis constituye un análisis sociológico comparado de los indicadores de trayectoria académica y eficiencia terminal correspondientes a las carreras de Diseño Gráfico y Diseño Industrial de la FAD. El período de estudio abarca las cohortes ingresantes entre 2014 y 2024, utilizando datos consolidados del Tablero de Gestión Curricular de la UNCuyo a agosto de 2025. El marco teórico se inscribe en la sociología de la educación superior, donde la eficiencia terminal es examinada como un constructo que refleja la articulación entre la oferta institucional y las trayectorias efectivas de los estudiantes. El análisis se focaliza en la interrelación entre el volumen de Ingreso, las tasas de Desgranamiento y las modalidades de Egreso (duración teórica versus duración extendida), con el fin de generar inferencias sobre la robustez de las estructuras curriculares y los desafíos prospectivos para el abordaje de las problemáticas de retención y desgranamiento del estudiantado de ambas carreras de Diseño.
Anexo Único – Hoja 7
La demanda social evidencia una disparidad significativa entre ambas carreras, generando consecuencias directas en la eficiencia de la trayectoria y los índices de abandono. Diseño Gráfico: Acumuló un total de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS (1256) ingresantes en las cohortes analizadas (2014-2024), registrando un notable pico de ingreso en el año 2022 con CIENTO CINCUENTA Y CUATRO (154) estudiantes. Diseño Industrial: Registró un menor volumen, con SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES (753) ingresantes en el mismo período. La disparidad en la matrícula genera una sobrecarga sustancial en la capacidad institucional y docente, particularmente en Diseño Gráfico, para el manejo del caudal de estudiantes y la contención del desgranamiento. En lo referente a los indicadores de Rendimiento Académico Inicial, medidos a través de las tasas de reinscripción, ambas carreras exhiben una notable capacidad de retención y progresión en las etapas tempranas de la cursada. Diseño Gráfico, a pesar de su mayor volumen de matrícula, muestra consistentemente altas tasas de reinscripción tanto al segundo año como al tercero. Por ejemplo, la cohorte 2014 registró CIENTO DOCE (112) reinscriptos al segundo año y CIENTO DOS (102) al tercer año sobre CIENTO QUINCE (115) ingresantes. Diseño Industrial replica este patrón con tasas de reinscripción igualmente elevadas en relación con su menor caudal de ingreso Por ej. cohorte 2014: SETENTA Y DOS (72) reinscritos al 2do. año y SESENTA Y CUATRO (64) al 3er. año sobre NOVENTA Y TRES (93) ingresantes. Este fenómeno indica que la deserción temprana, en los primeros dos años, no constituye el principal problema de eficiencia o la barrera inicial de rendimiento. Por el contrario, la dificultad académica real y la consecuente prolongación de la trayectoria se materializan a partir del tercer año, donde la progresión sostenida se ve obstaculizada, generando los cuellos de botella que, en última instancia, explican la baja eficiencia terminal en la duración teórica de cinco años. El egreso en Duración Teórica resulta estadísticamente insignificante en ambos casos, lo que indica una profunda desconexión sistémica entre el tiempo curricular formal y el tiempo real de dedicación necesario para la finalización de los estudios. La mayor proporción de egresos se concentra en el período de Duración Teórica + 2 años. Este fenómeno sociológico demuestra que, para la población que logra egresar, la duración real del estudio es, de facto, de al menos siete años, siendo la extensión del plazo un mecanismo institucional clave para la obtención del título. La carrera de Diseño Industrial manifiesta una Tasa de Egreso General (13,7%) que duplica la de Diseño Gráfico (6,61%). Esta superior conversión de ingreso a egreso en Diseño Industrial, a pesar de su menor volumen de matrícula, sugiere la existencia de factores internos, como un menor índice de desgranamiento o una gestión más efectiva del caudal de estudiantes en etapas avanzadas, que favorecen la retención y la titulación en esta disciplina. En cuanto al indicador de Desgranamiento Acumulado al 5º Año es consistentemente más elevado en Diseño Gráfico, en particular en las cohortes más antiguas (2014-2017). Un desgranamiento más pronunciado en Diseño Gráfico se erige como el principal factor limitante para su terminalidad, mientras que Diseño Industrial logra sostener una mayor proporción de sus estudiantes hacia el quinto año de la carrera. Los picos de ingreso registrados en las cohortes recientes (Diseño Gráfico: 154 en 2022; Diseño Industrial: 68 en 2024) generarán una significativa sobrecarga en la demanda de cursado en los años superiores a partir de 2025. La masa de ingresantes de los últimos años (Diseño Gráfico 2022-2024: 399 estudiantes) intensificará la demanda de recursos docentes y espacios en los ciclos avanzados, exacerbando el fenómeno de la trayectoria extendida y el riesgo de una acumulación crítica de estudiantes en las instancias finales de la carrera. La baja tasa de egreso en Duración Tardía y la marcada dependencia del período Duración Teórica +2 indican que la institución está reteniendo a una población estudiantil que persiste, pero demora la finalización de sus estudios. Si no se revisan los cuellos de botella curriculares (como asignaturas filtro o proyectos de grado) que obstaculizan la graduación a tiempo, se proyecta un riesgo elevado de Deserción Tardía o un incremento en la cohorte de estudiantes cronificados. Estos últimos, al superar el plazo extendido, pueden optar por el abandono debido al agotamiento o a una inserción laboral que compite con la finalización académica.
Anexo Único – Hoja 8 Si Diseño Gráfico logra equiparar su Desgranamiento Acumulado a los niveles de Diseño Industrial, su tasa de egreso final podría experimentar una mejora sustancial, siguiendo la relación inversa observada entre ambos indicadores. Las estrategias prospectivas podrían incluir la implementación de tutorías específicas y la flexibilización de la carga académica de Diseño Gráfico. El análisis prospectivo concluye que es imperativo abordar la desincronización crónica entre el tiempo formal y el tiempo real de estudio. Esto requiere una rearticulación del plan de estudio orientada a acortar la duración real de la carrera, alineándose con la duración nominal, o, alternativamente, una redefinición sociológica del tiempo de duración teórica para reconocer y formalizar el patrón de finalización de siete años ya naturalizado en el sistema universitario. DIÁLOGOS APRECIATIVOS: CONSTRUCCIÓN COLECTIVAS DE FORTALEZAS Y ASPIRACIONES. Este marco, condujo al desarrollo a nivel institucional de distintas actividades con la finalidad de hacer un diagnóstico de la situación de las Carreras de Diseño de la FAD-UNCuyo. Entre el año 2016 y 2018 en el marco del Plan de Desarrollo Institucional 2016 se desarrolla el proyecto denominado “Análisis prospectivo de escenarios académicos y formulación de un Plan Estratégico para las Carreras de Diseño” (FAD-UNCuyo, 2016) en el periodo comprendido entre 2011 y 2018. El proyecto se focalizó en contribuir a la definición de una agenda de desarrollo y sustentabilidad de las Carreras de Diseño. Implicó un extenso trabajo con toda la comunidad educativa de la carrera en talleres y encuentros de debate. Del proceso desarrollado se arribó a las siguientes construcciones expresadas en términos de necesidad: . Carreras más ágiles, con diferentes niveles de especialización de acuerdo con los niveles de la educación. . Flexibilidad curricular que permita la formación de distintos trayectos (obligatorio, optativo y electivo) propiciando la movilidad entre carreras. . Vinculación y orientación al reconocimiento de la identidad local, nacional y latinoamericana. . Actualización en torno a la problemática de la multimedia y en general en la incorporación de las herramientas tecnológicas. . Propuesta vinculada a la adquisición de las herramientas digitales para la manipulación de la imagen y la multimedia en general. . Actualización de contenidos y metodologías a la luz de los nuevos paradigmas del conocimiento artístico y docente . Incorporación de la investigación y la práctica social como parte de la docencia. . Modificación del régimen actual de correlatividades con el fin de agilizar el tránsito de los alumnos por el recorrido de la carrera. . Propiciar articulación horizontal y vertical en el plan de estudio. . Promover espacios curriculares comunes con el resto de las carreras de formación artística. Asimismo, en el periodo posterior a la pandemia COVID-19 se implementaron una serie de actividades para reflexionar sobre la revisión y actualización del plan de estudio de las carreras de Diseño de la FAD. Entre ellas se destacan: 1- En el marco de las Jornadas Diseñando al Diseño (FAD-UNCuyo, 2023) desarrolladas del 23 hasta el 30 de junio de 2023 se trabajó junto al destacado docente y diseñador industrial brasilero Ken Fonseca en vista de revisar la currícula actual de las carreras de diseño y los posibles procesos de innovación pedagógica. En el marco de este taller se discutieron aspectos referidos al perfil egresado 2030 y los escenarios y estrategias de enseñanza. Asimismo, se avanzó sobre un brainstorming en relación con una preliminar propuesta de plan de estudio. 2- Como parte de las actividades para pensar en la renovación del plan de estudio se invitó a la Dra. Mariana Salgado a dictar un taller, un panel que luego se convirtió en podcast y una charla. El taller se focalizó en el uso del podcast en la educación con objetivos claros: pensar nuevas materias para el plan de estudio, y desde esas nuevas materias, identificar ideas transversales y estratégicas, para incentivar la colaboración entre docentes de distintas áreas de estudio. Se evidenciaron necesidades y posibles escenarios futuros para satisfacerlas. Se aportaron perspectivas de abordaje y herramientas pedagógicas para fortalecer no solo a estudiantes sino a las carreras. 3- El Taller de revisión y actualización curricular para los estudiantes de las carreras de diseño de la FAD UNCuyo 23 se enmarca como una de las actividades planteadas en las Jornadas de diseño Resol. Nº 29
Anexo Único – Hoja 9
“La FAD Diseña” durante octubre del 2023. Tuvo como objetivo reunir a los/as estudiantes de las carreras de diseño, y debatir en conjunto sobre las necesidades y distintas visiones sobre el presente y futuro de su trayecto universitario en la FAD. Se detectaron una serie de obstáculos que se evidencian en la trayectoria estudiantil para luego concluir con propuestas sobre posibles escenarios teniendo en cuenta las habilidades y competencias que solicita el medio. Surgieron disparadores como lo flexible, lo colaborativo, lo transversal. 4- En su visita la Dra. Silvia Verónica Ariza Ampudia, de la Universidad Autónoma de Ciudad JuárezMéxico, planteó la posibilidad y necesidad de repensar el diseño, nuestra docencia, nuestras propias cátedras y prácticas en el aula enfocados en el contexto local y regional, poniendo en el eje de la discusión a nuestros egresados, los perfiles de egreso y la inserción laboral en el medio. Además, se discutió la necesidad de generar registros y sistematización de las producciones, de pensar desde lo colectivo y desde lo individual, reflexionar sobre la evaluación como proceso y como resultado. Por último, se destacó la importancia de trabajar sobre la escritura académica como herramienta de comunicación en diseño. Avanzados los encuentros de reflexión en comunidad y siguiendo con la normativa se conformó la comisión curricular y una comisión ampliada para acompañar el proceso institucional de reforma de planes de estudio. Se planteó un plan de trabajo colaborativo que posibilitó el proceso de evaluación diagnóstica, análisis e innovación de los planes de estudio. Se acordó el plan general, grupos de trabajos, tareas puntuales y tiempos. Para la comisión curricular se propuso abordar en torno al diálogo con diferentes actores de la comunidad: diálogo con Egresados y Estudiantes a través de encuestas, y diálogo con el sector productivo/organizaciones/empresarios a partir de entrevistas. La comisión ampliada tomó como punto de partida los programas de las materias obligatorias con el propósito de revisar el correlato de los programas actuales con el plan de estudio. Identificar donde existen posibilidades de reacomodar, reestructurar; y donde se repiten contenidos. Desde las Secretarías de Relaciones Internacionales y de Extensión y Articulación Social se investigó acerca de qué programas se han implementado en la FAD y qué proyectos, programas hay en otras universidades (que puedan integrarse en el nuevo Plan de Estudio tal que permitan la mayor capacitación de nuestros alumnos y egresados a efectos que puedan desempeñarse en esas Instituciones o similares). En cuanto a la Secretaría de Investigación se abordó el análisis a partir del registro de proyectos de investigación a cargo de docentes de las carreras de Diseño. Los resultados que se obtuvieron a partir de estas actividades se sintetizan en el presente escrito de acuerdo con su pertinencia a cada una de las temáticas abordadas. A.- Diálogo con ESTUDIANTES Este informe presenta la síntesis de los resultados de la encuesta realizada a estudiantes de las carreras de Diseño Gráfico y Diseño Industrial, con el objetivo de recabar sus percepciones y sugerencias para el proceso de reforma de los planes de estudio. La encuesta recibió 461 respuestas, lo que provee una base sólida para la toma de decisiones. La mayoría de los encuestados cursan Diseño Gráfico (70.7%), seguido por Diseño Industrial (28.4%). Un pequeño porcentaje (0.9%) cursa ambas carreras. La distribución por año de cursado es relativamente equitativa, con una ligera preponderancia de estudiantes de quinto año (26.2%) y segundo año (25.4%), seguidos por primer año (22.3%). Esto sugiere una representación de estudiantes en distintas etapas de su formación. Se rescatan las siguientes percepciones entre los estudiantes: existe un interés significativo en tener contenidos de la carrera de Diseño Gráfico por parte de estudiantes de Diseño Industrial (38.2% de los estudiantes de DI desean contenidos de DG). También es notable el interés de estudiantes de Diseño Gráfico en contenidos de Diseño Industrial (32.3% de los estudiantes de DG desean contenidos de DI). Esto subraya la necesidad de explorar mecanismos de articulación o materias electivas compartidas. Las opiniones respecto a la duración de la carrera están divididas de manera equitativa: el 48.4% considera que 5 años es "Mucho tiempo", mientras que el otro 48.4% lo considera "Correcto". Sólo un 3.3% lo ve como "Poco tiempo". Este resultado demanda un análisis profundo sobre la carga académica y la pertinencia de la extensión actual. La mayoría de los estudiantes (88.3%) desea tener la posibilidad de un título intermedio. Esta es una demanda clara que podría mejorar la empleabilidad y la progresión académica. Una gran mayoría de los estudiantes (76.4%) desconoce qué son los recorridos flexibles en una carrera universitaria. Esto indica una brecha de información que debe ser abordada antes de implementar dichas modalidades. Resol. Nº 29
Anexo Único – Hoja 10
La propuesta de incluir actividad física como materia obligatoria complementaria es rechazada por la mayoría (71.4%). En cuanto a la incorporación de idiomas como materia obligatoria complementaria es ampliamente aceptada (76.8%). Dentro de los idiomas, el inglés es el más relevante (95.6%), seguido por francés (24.3%), alemán (22.7%), portugués (22.1%) y chino mandarín (10.7%). En términos de vinculación con el medio y experiencias complementarias, un porcentaje significativo de estudiantes (71.1%) desconoce las Prácticas Sociales Educativas (PSE). Existe un consenso sobre la utilidad del sistema de pasantías para la inserción laboral (97.2% considera que SI es útil). La participación en proyectos de extensión y de investigación es baja (11.3% y 5,9%), pero sí estarían interesados en hacerlo. La participación en programas de intercambio es mínima (3.5%), pero el 84.8% de quienes no han participado, sí desearían postularse. B.- Diálogo con EGRESADOS Se realizó una encuesta que fue respondida por 135 egresados/as de las carreras de Diseño, con el objetivo de relevar percepciones sobre la formación recibida, la duración de la carrera y la pertinencia de los contenidos respecto de las demandas profesionales actuales. El análisis cualitativo de las respuestas permite identificar tensiones, oportunidades y lineamientos clave para una actualización curricular. La encuesta incluyó a egresados de Diseño Gráfico (54.8%, 74 respuestas) y Diseño Industrial (45.2%, 61 respuestas), mostrando una distribución equilibrada entre ambas especialidades. A partir de las siguientes categorías se registraron las siguientes respuestas: Actualización y modernización del plan de estudio: necesidad de incluir temas actualizados y tecnologías emergentes. Sugerencias sobre la incorporación de software y herramientas específicas. Menciones sobre tendencias del mercado y nuevas modalidades de estudio. Énfasis en la práctica y experiencia real: solicitud de prácticas profesionales obligatorias o pasantías. Propuestas de proyectos reales con clientes y casos de estudio reales. Mejoras en el proyecto final: críticas sobre la duración y complejidad del proceso. Quejas sobre los tiempos de corrección y plazos de entrega. Calidad de la formación teórica: reconocimiento de una buena formación teórica. Observaciones sobre la necesidad de complementar la teoría con más práctica. Otros comentarios y sugerencias diversas: discusiones sobre la IA y su impacto en el diseño. Solicitudes de flexibilidad en el cursado (clases online, a distancia). Coordinación de horarios y materias optativas. Respecto a la relevancia de los conocimientos adquiridos se evidencia desactualización de contenidos frente a las tecnologías emergentes. Falta de enseñanza de software específicos de Diseño. Materias enfocadas en teoría, desactualizadas y muy generales. Muchas materias teóricas sin aplicación directa al mundo profesional. Falta de proyectos aplicados a situaciones con clientes o empresas reales. Se propone incorporar materias obligatorias de herramientas digitales y temáticas actuales desde los primeros años (inteligencia artificial, automatización, renders, diseño UX/UI, animación, diseño de interacción, etc.). Fortalecer la práctica profesional durante la carrera, sobre todo en los últimos años. Se evidencia falta de formación en gestión de proyectos y en comunicación de proyectos oral y visual. Por ello, se propone incluir contenidos sobre gestión de negocios y finanzas. Incluir pasantías obligatorias y vínculos institucionales con el sector productivo, ONG y municipios. Fortalecer el enfoque en tendencias actuales y nuevas disciplinas del diseño: UX, diseño sustentable, diseño de servicio, etc. Incorporar materias nuevas o seminarios sobre metodologías ágiles, trabajo en equipo interdisciplinario, etc. Abordar el diseño más allá del objeto o la gráfica, integrando visión estratégica y contextual. C.- Diálogo con el SECTOR PRODUCTIVO / ORGANIZACIONES / EMPRESARIOS El análisis de las entrevistas realizadas a representantes de diversos sectores productivos y organizaciones vinculadas al diseño en Mendoza mostró las siguientes conclusiones recurrentes en torno a la inserción laboral y las demandas formativas hacia los egresados universitarios. En primer lugar, se constata que el diseño constituye un factor transversal y estratégico en distintos ámbitos, desde la industria y los servicios hasta la tecnología y el retail. Se realizó un mapeo de 35 instituciones, organismos públicos, empresas y/o organizaciones sociales vinculadas al ámbito del Diseño Industrial en la provincia de Mendoza, con el objetivo de identificar posibles colaboradores y fuentes de información relevantes para la actualización del plan de estudio. Resol. Nº 29
Anexo Único – Hoja 11
Del total de instituciones y/o organismos relevados, se priorizaron 15 actores estratégicos, de los cuales se consiguió respuesta por parte de 14, garantizando la representatividad de los siguientes sectores: industria y empresas (ej: fabricantes, estudios de diseño, PYMES, emprendedores y otros); sector público, áreas de Ciencia y Técnica (ej: CONICET, INTI); organizaciones sociales y cooperativas (ej: espacios de economía social, cooperativas). En cuanto a la inserción del diseñador, hay buena inserción de estudiantes avanzados o egresados de la FAD UNCuyo, con buena valoración en ciertos aspectos de la formación. Esta inserción se manifiesta con distintos grados de formalización y articulación interna o externa. Si bien la formación universitaria es valorada como una base importante, la mayoría de las organizaciones prioriza la experiencia profesional, las competencias demostradas y la actitud proactiva por sobre la posesión del título académico, el cual sólo resulta excluyente en organismos científicos o académicos. Asimismo, la composición de los equipos de trabajo tiende a ser reducida y flexible, con frecuentes articulaciones freelance o por proyecto, excepto en empresas de gran porte que cuentan con áreas consolidadas de diseño. Las habilidades más demandadas incluyen competencias técnicas, como el dominio de herramientas digitales y actualización en tendencias e innovación tecnológica, la integración de la inteligencia artificial y nuevas tecnologías es considerada un recurso estratégico antes que una amenaza y se destaca la necesidad de capacitar y formar en este aspecto. Los empleadores manifiestan una valoración negativa de la formación técnica recibida por los egresados, destacando desactualización en softwares y tecnologías presentes en el mercado. Respecto a la demanda en habilidades blandas, se destaca la gestión de proyectos, la comunicación efectiva, la creatividad, la adaptabilidad y, especialmente, la capacidad de trabajo en equipo. Se señala, además, la necesidad de fortalecer el abordaje interdisciplinario y la preparación para desempeñarse en contextos y tiempos reales. En estos aspectos se advierten déficits en cuanto a la preparación para el trabajo colaborativo, la autogestión profesional y el manejo de la crítica constructiva. Las propuestas para la formación universitaria incluyen la actualización permanente de contenidos, tecnologías, herramientas y tendencias, la incorporación de experiencias multidisciplinarias y prácticas, y la promoción de habilidades de gestión, autoevaluación y aprendizaje continuo, como claves para una inserción laboral exitosa y sostenible en el sector. Conclusiones de los informes obtenidos de las Secretarías de Extensión, Investigación y Relaciones Institucionales para la reforma de los planes de estudio de Diseño. El informe de las Secretarías de Extensión, Investigación y Relaciones Institucionales para la reforma de los planes de estudio de Diseño subraya la consolidación de la vinculación disciplinar con el medio y el fortalecimiento de la producción de conocimiento. Paralelamente, la Secretaría de Investigación destaca la creación de nuevos Centros de Investigación (CIFAD) enfocados en áreas estratégicas como Ergonomía, Tecnologías Emergentes y Diseño Ontológico/Crítico, así como la promoción de Proyectos de Investigación internos y becarios, evidenciando una agenda científica diversa. Finalmente, la Secretaría de Relaciones Institucionales confirma una activa movilidad estudiantil entrante y saliente, reflejando la internacionalización de la carrera, y la oferta de Posgrado se ha reforzado con la Maestría en Gestión del Diseño y la reciente creación del Doctorado en Diseño, cuyos objetivos responden directamente a la necesidad de formar investigadores expertos en soluciones innovadoras para problemas sociales, ambientales y tecnológicos complejos, demandando una actualización y sincronización de los contenidos de Grado con estas áreas estratégicas. A partir de los informes presentados, se desprenden las siguientes conclusiones: • Fortalecimiento de la extensión y vinculación social: integrar de manera más explícita y sistemática las PSE en los planes de estudio, promoviendo la participación estudiantil y docente en estas iniciativas desde las etapas iniciales de la formación. • Potenciar la investigación teórica y aplicada: fomentando la articulación entre docencia, investigación y extensión, incentivando la participación de estudiantes en proyectos de investigación o la incorporación de metodologías de investigación aplicada en las asignaturas. Los proyectos de becarios también ofrecen una oportunidad para vincular la formación con la producción de conocimiento. • Interdisciplinariedad y colaboración: estimular la interdisciplinariedad y el trabajo colaborativo entre las diferentes carreras de diseño y con otras disciplinas, preparando a los estudiantes para entornos laborales y de investigación complejos y multidisciplinarios. Resol. Nº 29
Anexo Único – Hoja 12
• Evaluación y mejora continua: establecer mecanismos claros de evaluación y retroalimentación para los nuevos planes de estudio, asegurando su pertinencia y adaptabilidad a las necesidades cambiantes del campo del diseño. • Internacionalización y movilidad: promover la internacionalización del currículo, no sólo a través de la movilidad, sino también mediante la inclusión de perspectivas globales, el desarrollo de competencias interculturales y la posibilidad de cursar asignaturas en otros idiomas o con modalidades virtuales de colaboración internacional. En síntesis, la información provista por las Secretarías de Extensión, Investigación y Relaciones Institucionales ofrece una base sólida para orientar la reforma curricular hacia planes de estudio que enfatiza la vinculación con el medio, la investigación aplicada, la internacionalización, la responsabilidad social y ambiental, y la interdisciplinariedad.
ANÁLISIS DE PLANES DE ESTUDIO DE OTRAS CARRERAS DE DISEÑO A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL Si consideramos los procesos de revisión de plan de estudio en otras carreras a nivel nacional e internacional detectamos que las actualizaciones se efectúan con una periodicidad mayor que la transcurrida en nuestra institución. A modo de ejemplo podemos citar el plan de estudio de la Licenciatura en Diseño Industrial (FADU-UNL, 2011a) y la Licenciatura en Diseño de la Comunicación Visual (FADUUNL, 2011b) de la FADU-UNL que fue modificado en el 2011 y actualmente transcurre un nuevo proceso de actualización. El plan de estudio de la Carrera de Diseño Gráfico de la FADU-UBA (2016) inicia un proceso de revisión de plan de estudio en el año 2014 que se consolida en una Propuesta de un Nuevo Plan de Estudio en noviembre del 2016. Respecto a lo expuesto anteriormente, a nivel internacional, detectamos que en las instituciones académicas de vanguardia del ámbito del diseño -Eindhoven University of Technology, Delft University of Technology- la oferta de espacios curriculares optativos representan más del 25% de la currícula (Bachelor Industrial Design. EUT, 2024; BSc Industrial Design Engineering, DUT, 2024). Asimismo, instituciones latinoamericanas de vanguardia como la Carrera de Diseño Gráfico del Sector de Artes, Comunicación y Diseño de la Universidade Federal do Paraná (Departamento de Design, UFP, 2024), que en la actualidad presenta entre un 14 y un 17% de materias optativas, reconoce la urgente necesidad de actualizar su plan de estudio para avanzar en uno más flexible que contemple los procesos de educación a distancia, la aparición y la facilidad de acceso a las nuevas tecnologías y la inteligencia artificial. En los mencionados planes de estudio la carga de materias optativas aumenta en los años superiores, permitiendo un mayor grado de especialización en la formación. Este tipo de estructura se destaca como favorable en la literatura específica sobre educación en diseño en el siglo XXI (Meyer et al., 2020) y coincide con la demanda de los docentes y estudiantes de las carreras de diseño de la FAD. Además, esto plantea una distribución de la carga horaria de las carreras más equilibrada que la que proponen los actuales planes de estudio. Asimismo, este formato habilitaría a los docentes a plantear espacios optativos que promuevan la actualización de la currícula. ¿QUÉ DICEN LOS TEÓRICOS? A continuación, se presenta una síntesis del análisis de los trabajos de Meyer y Norman, y de Verónica Ariza en torno a la enseñanza del diseño, y que acompañan la propuesta de reforma de planes de estudio. Meyer y Norman La enseñanza del diseño comenzó siguiendo y potenciando sus raíces como una rica y noble historia de la artesanía. Con el tiempo, los requisitos y las oportunidades del diseño se han ampliado enormemente. Su origen fue la creación de artefactos físicos, pero incluso estas necesidades han cambiado gracias a la introducción de materiales nuevos y exóticos, nuevas técnicas de fabricación, nuevas y potentes herramientas, el énfasis actual en los medios electrónicos y la distribución, e incluso a través de la visualización y la presentación virtuales. Los modelos de trabajo también han cambiado, pasando de un estudio en un solo lugar presidido por maestros diseñadores a un colectivo distribuido, en el que el equipo de diseño puede estar disperso por todo el mundo, a veces contratado por la misma empresa, a veces contratado temporalmente, sólo para un trabajo concreto. Además, los ámbitos abordados por los diseñadores se han ampliado enormemente, ya que la vertiente creativa y de búsqueda y resolución de problemas de la profesión ha crecido hasta abarcar cuestiones sociales de muy diversa índole y que surgen en innumerables contextos diferentes, desde el rediseño de procedimientos u organizaciones hasta la lucha contra el cambio climático.
Anexo Único – Hoja 13
Hoy en día, el mundo se enfrenta a nuevos retos. Los diseñadores están empezando a desempeñar un papel cada vez más importante no sólo en el diseño, sino en la gestión más allá del estudio de diseño e incluso en la toma de decisiones sobre las actividades que deben realizarse en toda la empresa. A los diseñadores se les confían retos (problemas, desafíos) cada vez más complejos e impactantes. Mientras tanto, las habilidades para desarrollar soluciones creativas a problemas complejos son cada vez más esenciales. Sin embargo, los estudiantes siguen teniendo sólo una comprensión ligera y superficial de los problemas que se les presentan, y esto, unido a su intento de aplicar métodos de diseño tradicionales, suele llevar a tratar los síntomas en lugar de las causas subyacentes. Aprovechar en mayor medida los conocimientos desarrollados en otros campos establecidos, traduciendo esa comprensión en una forma útil para los diseñadores en ejercicio es fundamental; de lo contrario, los diseñadores no podrán hacer frente a las crecientes demandas que se les plantean. Comprender el papel de las evidencias y la importancia de citar los trabajos de otros; conocer la historia de otros trabajos sobre el tema; y presentar una argumentación y un debate adecuados tanto del trabajo propio como del de otros. La persona debe tener un conocimiento amplio e informado de una gran variedad de temas y áreas, debe entender la argumentación rigurosa y el valor de las pruebas, y debe anteponer las necesidades de la organización -o de la sociedad- a las necesidades y opiniones de una sola profesión. Asimismo, el aprendizaje del seguimiento es tan importante como el liderazgo. Hacia el final de la formación, debería permitirse a los estudiantes seleccionar los proyectos más relevantes para su especialización y también asumir posiciones de liderazgo, guiando a los estudiantes más jóvenes. El conocimiento académico se define como los fundamentos y principios subyacentes de las actividades de un diseñador. Creemos que los diseñadores necesitan tanto el conocimiento práctico, para poder llevar a cabo las tareas, como el conocimiento académico, que les proporciona una base de conocimientos profunda y generalizable para guiar sus actividades. A partir de ello, propone incluir conocimientos sobre: Métodos de diseño (Principios del diseño centrado en el ser humano, Codiseño, diseño impulsado por la comunidad, cocreación y sus variantes, el papel de los diseñadores en el desarrollo de la estrategia y como gerentes, mentores y facilitadores Creatividad—individual y en equipo Liderazgo (Composición y gestión de equipos y experiencia en proyectos (esencial para perfeccionar las habilidades y entrenar tanto el seguimiento [años 1 y 2] como el liderazgo [años 2 y 3]) Investigación de diseño (aplicada; etnografía rápida, métodos cuantitativos, métodos cualitativos) Principios básicos de negocios (Finanzas, estados de resultados, balances y flujo de caja, toma de decisiones y justificación basadas en datos, ventas y marketing, operaciones, distribución, gestión de la cadena de suministro; patentes y propiedad intelectual; modelos de negocio; presentación a los ejecutivos) Principios básicos de la investigación académica (Pensamiento riguroso y debate basado en la evidencia, habilidades para desarrollar prototipos rápidos, métodos computacionales: big data, programación básica y pensamiento computacional) Pensar mediante el bocetaje y la creación Métodos experimentales y estadística (Teoría de la probabilidad simple y una comprensión de la variabilidad, los métodos de medición y la significación estadística, obtención de efectos grandes, utilizando tamaños de muestra más pequeños y pruebas más simples, sesgos y métodos para contrarrestar o mitigar el sesgo del experimentador, los sesgos de muestreo humano, los efectos del orden de la presentación, etc). Ética (Las responsabilidades del diseñador hacia el bien social, los principales problemas sociales del mundo, el medio ambiente y las comunidades locales, la ética de lo que estamos diseñando: impacto en las personas, el medio ambiente, la salud y la seguridad, trato respetuoso de la identidad individual y de grupo (género, raza, país de origen, creencias religiosas, etc.) El mundo real (Historia mundial, cultura, psicología, sociología y antropología humanas, factores humanos y ergonomía básicos, interacción humana) Verónica Ariza, La enseñanza del diseño: evolución en tres etapas. Analiza tres instituciones: Domus Academy, Politécnico de Milán y Central Saint Martins College of Art and Design del London Institute, de la Universidad de las Artes de Londres.
Anexo Único – Hoja 14
Tercera etapa que atraviesa la educación en diseño en el mundo, que es la actual, apunta a las siguientes características: - Formación basada en un equilibrio entre la adquisición de conocimiento y el ejercicio de la práctica profesional. - Diseñador identificador y solucionador activo de problemas, parte de equipos multidisciplinarios dedicados a mejorar el bienestar de las personas. - Educación que proporciona una base extensa de conocimientos amplios y flexibles para afrontar la actividad en la cultura contemporánea. Un programa educacional completo, basado en gran medida en la participación de varias disciplinas, en una introducción a los campos pertinentes que permitan al diseñador entrar en un diálogo productivo con una variedad de especialistas y de medios para lograr sus objetivos. - Apoyo en la investigación como tema central en la formación, que anticipe nuevas condiciones y escenarios para la práctica. - Acento puesto en la adquisición de conocimientos como base de la educación, factor previo para su posterior aplicación en la práctica. - Reflexión de la experiencia y la práctica en retroalimentación de la teoría, para la generación de nuevo conocimiento Propone desplazar el acento puesto en el desarrollo de habilidades mediante el ejercicio de una práctica para ponerlo ahora en la adquisición de conocimientos como base de la educación, un factor previo para su aplicación posterior en la práctica. Sucede que, cuando una disciplina es impartida a nivel universitario previamente ha sido considerada como importante para la sociedad, los estudios del campo de trabajo permiten incorporar nuevas áreas según el contexto de la comunidad y del país, su industria, sus empresas y su desarrollo social y cultural. MARCO NORMATIVO Y CONTEXTO INSTITUCIONAL En cuanto al marco normativo debemos ceñirnos, a la normativa vigente aprobada por la Dirección Nacional de Gestión Universitaria, dependiente del Ministerio de Capital Humano de la Nación, por la normativa aprobada por el Consejo superior de la Universidad Nacional de Cuyo (Ord 7/16 CS y Ord 75/16 CS) que actualmente se encuentra en revisión, como así también por la normativa aprobada por el Consejo Directivo de la Facultad de artes y Diseño Ord. 7/22 CD; que es de carácter procedimental. Cabe mencionar que, a partir del 1 de enero del 2027, todos los títulos universitarios deberán adecuarse a los lineamientos del SACAU para obtener validez y reconocimiento oficial. Para las carreras del art. 43º (*) de la LES, la exigencia será a partir de la convocatoria de CONEAU posterior a la fecha antes mencionada. (*) art. 43 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 establece que los planes de estudio de carreras correspondientes a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público, poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad y los bienes de los habitantes. Lineamientos principales Sistema Argentino de Créditos Académicos Universitarios (SACAU)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 2598/23 y 556/25 y los ACUERDOS PLENARIOS N° 270 y 274 del CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL Y SUS ANEXOS. La duración de las carreras debe establecerse en términos de créditos de referencia estudiantil (CRE), los que subsumen la carga horaria total de trabajo de los estudiantes, incluyendo las horas de interacción pedagógica y las horas de trabajo autónomo del estudiante. Cada CRE podrá oscilar entre VEINTICINCO (25) y TREINTA (30) horas totales. Los planes de estudio deberán tener un valor promedio de SESENTA (60) CRE anuales. La duración total de la carrera, así como las cargas horarias de los espacios curriculares, deberá ser adecuadamente presentada en términos de CRE, de horas de interacción pedagógica, en horas de trabajo autónomo del estudiante y en horas de trabajo total del estudiante. Propuesta de adaptación del SACAU para la UNCUYO Proyectado para todas las carreras del art. 42, extensible a las del art. 43 en la medida en que no se contradiga con los acuerdos específicos que reglamentan a cada una de ellas. Como indicamos en los párrafos anteriores el CRE propuesto por el ministerio oscila entre VEINTICINCO (25) y TREINTA (30) horas. Respetando los propósitos que inspiran la adopción del SACAU, la UNCUYO considera que lo mejor es consolidar el primer esquema presente en los acuerdos del CIN: CRE UNCUYO VEINTICINCO (25) horas.
Anexo Único – Hoja 15
Tabla de síntesis Duración de las carreras de grado y pregrado en términos de CRE y años Duración mínima Duración máxima Duración mínima en Duración máxima en CRE CRE años años
Pregrado 120 150 2 años 5 semestres
Grado 240 300 4 años 5 años
Duración de las carreras de grado y pregrado en horas de interacción (IP) y de trabajo autónomo de estudiantes (TA) Duración mínima Duración máxima Duración mínima Duración máxima horas IP horas IP horas TA horas TA
Pregrado 1100 1375 1900 2375
Grado 2100 2625 3900 4875
Duración de las carreras de grado y pregrado en términos de CRE de 25 horas Duración mínima horas totales (CRE 25) Duración máxima horas totales (CRE 25)
Pregrado 3000 3750
Grado 6000 7500
El criterio rector a la hora de configurar la distribución horaria en la malla curricular es la distribución de horas de interacción pedagógica (IP) CRE distribuidos en grado y pregrado. Duración Duración Duración Duración mínima máxima Duración Duración Duración Duración mínima máxima horas horas mínima máxima mínima máxima CRE CRE totales totales horas IP horas IP horas TA horas TA (CRE 25) (CRE 25)
Pregrado 120 150 3000 3750 1100 1375 1900 2375
Grado 240 300 6000 7500 2100 2625 3900 4875
Distribución de tiempos de trabajo autónomo por modalidad o por tipo de espacio curricular. Horas de IP Horas de TA Horas de IP por CRE Horas de TA por CRE
TIPO 1 1 4 5 20 Asignaturas teóricas
TIPO 2 1 2 8 17 Asignaturas teórico-aplicadas
TIPO 3 1 2 12,5 12,5 Talleres y laboratorios
TIPO 4 Prácticas de campo supervisadas, 1 0,5 17 8 seminarios, seminarios tutorados
II- Descripción de los principales cambios o aspectos a modificar. Al momento de pensar la posibilidad de modificar los planes de estudio de nuestras carreras se hace indispensable poder visualizar al nuevo sujeto de aprendizaje al que están dirigidos dichos planes de estudio. Como plantea la red federal de formación docente continua “se trata, en este caso, de provocar una actualización que privilegie una línea vastamente interdisciplinaria y enfatice una óptica que contemple al Sujeto del Aprendizaje como un sujeto mediatizado por su inserción socio-cultural, con componentes afectivos y cognitivos que no escapan a dicha inserción y que tampoco operan de manera disociada, tanto en lo que se refiere a la apropiación del conocimiento propiamente dicho, como a lo inherente a la convivencia institucional” Mieras, 2022.
Anexo Único – Hoja 16 En cuanto a las Carreras de Diseño de la FAD a partir de los resultados de los talleres realizados con el claustro estudiantil en el 2023 en el marco de revisión y actualización de planes de estudio. Se evidencian en los estudiantes la preocupación y necesidad de revisar y reflexionar sobre prácticas naturalizadas que interrumpen o hacen más lento el trayecto académico como, por ejemplo: régimen de correlatividades, actualización de contenidos temáticos y disciplinares, mayor flexibilidad, incorporando nuevas modalidades de cursado, pensar la posibilidad de incorporar títulos intermedios, reorganización de las parrillas e incorporación de mayor oferta de optativas entre otras. Plantean la necesidad de repensar las carreras desde una mirada más actualizada y solicitan más espacios de acompañamiento en la frustración y apoyo psicopedagógico. Las carreras de Diseño de la FAD no están exentas de una de las principales preocupaciones de la Universidad Nacional de Cuyo y de las instituciones universitarias en general que experimentan grandes diferencias entre sus tasas de ingreso y de egreso, sumado a altos porcentajes de demora y desgranamiento. Al avanzar en la carrera, distinguimos dos grandes subperfiles: 1. Cursantes de primeros años: se encuentran en proceso de adaptación a la vida universitaria y a la lógica proyectual. Muestran un esfuerzo inicial de autogestión, aunque limitado por la falta de estrategias para administrar tiempos y asignaturas, con dedicación horaria intensiva. 2. Cursantes con más de dos años de permanencia: han consolidado pertenencia a la carrera y superado el abandono temprano, pero suelen transitar con escaso avance académico respecto del tiempo real de cursado. Desarrollan estrategias de cursado, aunque evidencian heterogeneidad en conocimientos y en el dominio del lenguaje disciplinar. El cursante FAD-UNCuyo se caracteriza por un proceso de creciente autonomía y construcción de identidad profesional, condicionado por la estructura curricular, la carga horaria y los dispositivos de acompañamiento institucional. Los planes de estudio en vigencia postulan como uno de los principales problemas detectados que fundamentaron la modificación del anterior “flexibilizar el currículo para que se adapte a las exigencias cambiantes del contexto actual y superar la rigidez de la estructura actual”. Asimismo, sostiene entre sus objetivos principales “Proponer una alternativa versátil que permita la incorporación de nuevos campos epistémicos”. En respuesta a este objetivo en los mencionados planes de estudio se propuso la incorporación de 392 horas de espacios curriculares optativos y 168 horas de espacios electivos en la carrera de Diseño Industrial (DI) y 252 horas de espacios curriculares optativos en la carrera de Diseño Gráfico (DG). Esto representa para la carrera de DI el 17% de su carga horaria total y para la carrera de DG tan sólo el 8%. Si bien lo anteriormente expuesto resultó adecuado a la carrera en el contexto académico y socioeconómico de la primera década del siglo XXI, en la actualidad es necesario repensar esta propuesta para ubicar a las carreras de diseño de la FAD-UNCuyo en los criterios académicos de vanguardia adecuados a la realidad institucional, educativa y socioeconómica actual. Como primer punto de atención detectamos que, si bien DI tiene mayor carga horaria destinada a materias optativas, la oferta de espacios curriculares electivos en la carrera de DI en la actualidad es menos robusta que en la carrera de DG. Para reflexionar sobre el perfil de egreso, resulta interesante recordar lo que proponen los actuales planes de estudio de las Carreras de Diseño de la FAD-UNCuyo. Una mirada en profundidad de los actuales planes de estudio de las Carreras de Diseño de la FADUNCuyo nos permite identificar los perfiles que se buscaban alcanzar. Ambos planes postulan de manera general la necesidad de adquirir conocimientos vinculados a disciplinas científicas, técnicas y humanísticas y la aptitud para su integración interdisciplinaria que permitan alcanzar una comprensión crítica de la realidad. Se detecta que el foco está puesto en la formación en conocimientos y habilidades para el desarrollo proyectual, destacando aspectos configurativos, funcionales, de uso, operacional, estética, comunicacional y constructivos. Además, aparece como punto en común respecto a la formación el desarrollo metodológico del proceso proyectual y la adquisición de competencias en técnicas de representación y comunicación proyectual. Los mencionados planes de estudio hacen énfasis en la formación en factores tecnológicos vinculados a los materiales y procesos productivos, factores legales y jurídicos involucrados en el desempeño profesional y la comprensión del contexto económico. Claramente, el plan de estudio de DG pone el foco en el desarrollo de objetos de comunicación visual mientras que el de DI apunta al desarrollo de productos o líneas de productos. De manera particular se observa que el perfil de DG además incorpora la necesidad de adquirir conocimientos vinculados a aspectos semánticos y perceptuales mientras que el de DI incorpora temas relacionados con las tecnologías de la información y la comunicación. La definición de este perfil, en mayor o menor medida, se ve reflejada en los descriptores de los programas de los espacios curriculares que actualmente se dictan en la carrera.
Anexo Único – Hoja 17 En este marco y respecto al perfil del egresado, resulta pertinente destacar lo trabajado en las Jornadas de Diseñando el Diseño, donde se planteó la necesidad de formar profesionales con pensamiento crítico que tengan una visión sistémica y estratégica del diseño y el contexto en el que se enmarca cada proyecto. Además, se definió que el egresado deberá tener competencias para trabajar inter y transdisciplinariamente bajo un marco de distinguida responsabilidad social en contextos de cocreación y con capacidad de adaptación ante los complejos desafíos que enfrenta el diseño en la actualidad. Se destacó la necesidad de fortalecer las habilidades vinculadas a la comunicación técnica, oral, visual y escrita -reforzar las capacidades lingüísticas-.
DISEÑO GRÁFICO Los datos revelan un panorama preocupante y sostenido de ineficiencia en la trayectoria estudiantil. La carrera no está logrando acompañar a los estudiantes desde el ingreso hasta el egreso, lo cual exige acciones estructurales profundas, principalmente: ● Reforma del plan de estudios, para flexibilizar trayectos, actualizar contenidos y reducir barreras curriculares. ● Programas de apoyo académico, como tutorías, acompañamiento por pares, talleres de nivelación. ● Actualización pedagógica, con nuevas metodologías activas, formatos híbridos y articulación con el mundo profesional. El plan de estudios de Diseño Gráfico vigente no refleja la realidad actual de la disciplina, ni responde a las nuevas demandas del entorno ni de los estudiantes. Los indicadores de deserción y egreso demuestran que la carrera está en una situación crítica que compromete su sostenibilidad. Es urgente avanzar en una reforma curricular integral, participativa e innovadora, que permita revitalizar la propuesta académica, mejorar la calidad y aumentar la eficiencia del trayecto formativo. El plan vigente de Diseño Gráfico de la UNCuyo, con 19 años sin reforma, evidencia altísima deserción y mínima terminalidad. La estructura rígida, la falta de actualización y el escaso acompañamiento académico son factores determinantes. Una reforma integral —alineada a estándares nacionales e internacionales— es imprescindible para mejorar la calidad, relevancia y eficiencia de la carrera, garantizando que el interés inicial se traduzca en trayectorias completas y profesionales competitivos. DISEÑO INDUSTRIAL ● El modelo actual de cursado y acompañamiento no garantiza una trayectoria fluida ni una finalización oportuna. ● Los primeros años (1º→2º año y 2º→3º año) son etapas críticas donde se pierde casi el 50% de los estudiantes. ● El egreso en duración teórica es casi excepcional; incluso con 2 años extra, las cifras siguen siendo bajas. Los altos porcentajes de desgranamiento en 1º y 2º año justifican suavizar la carga y dar más acompañamiento inicial. La baja eficiencia terminal respalda la necesidad de flexibilizar correlatividades y acortar los tiempos de acreditación. La caída de matrícula exige modernizar el perfil de egreso para hacerlo más atractivo y vinculado con demandas emergentes. El plan de estudios de Diseño Industrial vigente mantiene una base sólida en formación técnica y proyectual, pero su desactualización, rigidez y sobrecarga inicial limitan la retención y el egreso en tiempo. La mejora de los últimos años en retención de cohortes pequeñas muestra que la atención personalizada y estrategias tempranas de motivación funcionan, por lo que una reforma integral debe potenciar estos factores y alinear la formación con el escenario productivo y tecnológico actual. En base a las conclusiones y justificaciones podrían sugerirse las siguientes modificaciones e incorporaciones al nuevo plan de estudios con el objeto de, que en un corto-mediano plazo se observen los resultados deseados, tener una oferta atractiva que incremente la demanda y facilite la permanencia, donde los estudiantes visualicen rápidamente el alcance de sus objetivos y obtengan su egreso efectivo en los plazos razonables, acordes a la duración teórica de la carrera. Entre ellos: 1. Disminuir la carga horaria e intensidad teórica en 1º y 2º año, privilegiando asignaturas introductorias y transversales que fortalezcan las competencias básicas (dibujo, herramientas digitales, fundamentos de diseño, pensamiento proyectual). Reemplazar algunas materias anuales por cuatrimestrales para dar más hitos de logro y sensación de avance. 2. Revisar y flexibilizar el régimen de correlatividades para que la demora en una asignatura no detenga toda la trayectoria. Incluir materias “puente” o equivalencias parciales que permitan cursar en paralelo asignaturas clave.
Anexo Único – Hoja 18
Ofrecer optativas o talleres de orientación en el segundo año para que el estudiante pueda vincularse con distintos campos del diseño industrial (producto, transporte, envases, mobiliario, etc.). Esto ayudaría a aumentar la motivación y sentido de pertenencia. 4. Incorporar proyectos integradores desde los primeros años que simulen encargos reales, en equipo interdisciplinario, para que el estudiante vea la aplicación práctica de lo que aprende. Articular con empresas, sector público y emprendedores. 5. Promover sistemas de evaluación y certificaciones intermedias (por ejemplo, “Certificado en prototipado”, “Certificado en marketing digital” o “Certificado en modelado 3D”), que reconozcan etapas parciales y sirvan como salida laboral antes del egreso. 6. Incluir al inicio del plan un módulo de nivelación en herramientas digitales, matemáticas y otras. Crear un “Taller de Estrategias de Estudio” en primer año para abordar las dificultades que están generando alto desgranamiento. 7. Revisar la carga de prácticas proyectuales vs teoría, manteniendo la esencia del taller, equilibrando con prácticas más cortas y evaluaciones parciales que no sobrecarguen la trayectoria académica. 8. Adecuar la currícula a nuevos perfiles profesionales, con contenidos de sostenibilidad, codiseño, manufactura digital, diseño para la economía circular y uso de inteligencia artificial en diseño. Actualizar materias tecnológicas incorporando software y procesos industriales vigentes. Se destacan entonces, varias áreas de oportunidad y desafíos: 1. Explorar la articulación curricular y contenidos complementarios: el interés en contenidos de la "otra" carrera indica la necesidad de revisar los planes para permitir mayor transversalidad o la inclusión de materias electivas interdisciplinarias que enriquezcan la formación. Considerar la inclusión de idiomas como materia obligatoria, con un fuerte enfoque en inglés. 2. Analizar la duración y el título intermedio: la alta demanda de un título intermedio requiere un análisis profundo de la carga académica y la pertinencia de incorporar una salida intermedia que otorgue valor a los estudiantes en un menor tiempo. 3. Promover la formación continua y los recorridos flexibles: actualización del plan de estudios que considere tanto las transformaciones tecnológicas como las culturales del diseño contemporáneo. Sugiere incorporar trayectos flexibles y optativas que se revisen periódicamente para atender a la velocidad de los cambios actuales. Además, enfatiza la necesidad de fortalecer la vinculación profesional con proyectos reales, promover la interdisciplinariedad con otras carreras, y desarrollar habilidades en gestión y liderazgo. 4. Fomentar la participación en actividades extracurriculares: existe un gran interés en actividades como extensión, investigación y de vinculación institucional a través de programas de intercambio nacionales o internacionales. Es crucial diseñar estrategias para visibilizar estas oportunidades y facilitar la participación estudiantil. La utilidad de las pasantías es un punto no negociable para los estudiantes, reforzando su valor. 5. Enfoque en el mercado laboral y el emprendedurismo: el plan de estudios debe actualizarse según las necesidades del mercado actual, incorporando conocimientos de marketing, gestión de proyectos (project management) y diseño UX. Se destaca que la formación no debe centrarse únicamente en preparar a los profesionales para ser empleados en grandes empresas, sino que debe enseñar a emprender, manejar presupuestos y trabajar de forma independiente. Esto es particularmente relevante para el mercado mendocino, que demanda profesionales multidisciplinarios capaces de relacionarse con diversos sectores. 6. Brecha entre la base teórica y la aplicación tecnológica y práctica: a partir del importante atraso de la carrera en términos tecnológicos, como la falta de enseñanza de nuevos softwares o la aplicación de IA, se resalta la importancia de que los docentes sean diseñadores activos en el campo laboral para transmitir conocimientos actualizados. Se sugiere aumentar las actividades prácticas como visitas a imprentas y empresas, charlas con diseñadores externos, y la incorporación de pasantías en estudios de diseño para reforzar los conocimientos y facilitar la inserción laboral. 7. Revisión curricular y metodológica: sugerencias sobre la estructura de la carrera, la pertinencia de las materias y las metodologías de enseñanza. Reducción de la duración de la carrera, flexibilidad en los horarios de cursado, eliminación o reformulación de materias consideradas poco relevantes y la transformación de materias optativas en obligatorias (o viceversa). También incluye la calidad y actualización del cuerpo docente.
Anexo Único – Hoja 19
Si bien la FAD, y específicamente las carreras de diseño, por su naturaleza viene trabajando desde hace muchos años en prácticas que se vinculen con las necesidades, demandas y expectativas de la sociedad, en las actividades de diagnóstico desarrolladas aparece la demanda de promover prácticas que profundicen la articulación con el territorio y que se vinculen a la producción. Resultaría fundamental afinar el acople de los temas que abordan los proyectos de vinculación y articulación, e incluso los trabajos finales de grado, que se desarrollan en las carreras con las potenciales áreas de desarrollo regional -economía del conocimiento, salud, alimentos, bioeconomía, agua y transición energética (MINCYT, 2023)-, bajo un marco de desarrollo sostenible (Foladori et la., 2000). Para avanzar sobre este punto es preciso disponer de un plan de estudio que explícitamente exponga las demandas sociales y que prevea una metodología de actualización permanente para dar respuesta a los cambios que se van produciendo. Concluyendo, la necesidad de reforma de los planes de estudio de Diseño, con más de quince años de vigencia, responde a una desactualización histórica (el plan data de 2005) y a la necesidad de alinearse con el Plan Estratégico UNCuyo 2030, buscando mayor articulación con el territorio, desarrollo sostenible y la resolución de problemáticas locales. Los principales cambios se centran en la flexibilización del currículo para superar la rigidez actual y adaptarse a las demandas del nuevo sujeto de aprendizaje y el contexto socioeconómico. Esto implica reducir la sobrecarga horaria y teórica en los primeros años (1° y 2°), que son críticos para la deserción; flexibilizar el régimen de correlatividades para agilizar el avance académico y ofrecer itinerarios y optativas más tempranas e interdisciplinarias. El objetivo es mejorar drásticamente la baja eficiencia terminal y el desgranamiento, facilitando el egreso efectivo. Además, se busca actualizar el perfil profesional incorporando contenidos como la sostenibilidad, codiseño, IA, gestión y emprendedurismo, fortaleciendo la vinculación temprana con la práctica (pasantías, proyectos integradores y co-creación). Finalmente, se considera la inclusión de títulos intermedios y la implementación de espacios de nivelación y apoyo psicopedagógico para sostener la trayectoria estudiantil. Lo expuesto anteriormente nos obliga necesariamente a repensar nuestros perfiles de egreso y plasmar un plan de estudio que responda a las condiciones locales socio-económicas-ambientales reales e interprete los nuevos roles del diseñador en el contexto contemporáneo. Finalmente, es fundamental profundizar los procesos de investigación para respaldar teóricamente las propuestas proyectuales tanto en el campo formativo como profesional. En este sentido resulta pertinente rescatar la mirada de Devalle (2017) respecto a la necesidad de que el diseño aporte al corpus teórico de la disciplina para evitar que la enseñanza quede reducida a la transmisión de conocimientos de oficio, de técnicas de realización y de actualización tecnológica únicamente. Meyer y Norman (2020) afirman que el diseño centrado en el ser humano sigue siendo uno de los ejes para avanzar sobre la resolución de estos problemas. Con ello no nos referimos simplemente a los diseñadores que diseñan para las personas y la sociedad. El diseñador centrado en el ser humano también dedica mucho tiempo a estudiar el comportamiento y la cultura humana pertinentes para comprender mejor las verdaderas necesidades subyacentes, no sólo los síntomas. Cada vez más, la investigación se lleva a cabo como parte de un proceso de codiseño impulsado por la comunidad. Esto significa que muchas ideas provienen directamente de la comunidad a la que se dirigen. La comunidad a la que se presta el servicio toma la iniciativa, mientras que los diseñadores y los expertos en la materia actúan como entrenadores, guías y mentores. Esto requiere una profunda comprensión del impacto social y del papel que pueden desempeñar las comunidades. (pp. 13-49).
RESOLUCIÓN Nº 29
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-028 11/03/2026 (Carga: 11/03/2026) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 35890/25 caratulado: “CCER S/Conv Conc Interino-Ord01/20- Prof. Titular (S) de "Historia del Arte y la Cerámica II” e “Historia del Artes I” y “Historia de la Cerámica III” -Carreras de Cerámica”.
CONSIDERANDO:
Que el Departamento de Concursos informa que se da cumplimiento a los requisitos necesarios que establece la Ord. Nº 1/20–C.D. y sus modificatorias Ords. Nº 6/23–C.D. y 10/25-CD respecto a la “Convocatoria a Concurso de cargos Docentes Interinos”, para la cobertura de un cargo de Profesor Titular con dedicación Simple, para el dictado de los espacios curriculares “Historia del Arte y la Cerámica II”, de la Licenciatura en Cerámica Artística e Industrial; “Historia del Arte I” e “Historia de la Cerámica III”, del Profesorado de Grado Universitario de la Cerámica Artística, correspondientes a las Carreras de Cerámica de esta Facultad.
Que, Secretaría Administrativo-Financiera informa que cuenta con la disponibilidad del cargo para atender a lo solicitado.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 16 de diciembre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso de títulos, antecedentes y oposición, para proveer con carácter interino, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación Simple, para el dictado de los espacios curriculares “Historia del Arte y la Cerámica II”, de la Licenciatura en Cerámica Artística e Industrial; “Historia del Arte I” e “Historia de la Cerámica III”, del Profesorado de Grado Universitario de la Cerámica Artística, correspondientes a las Carreras de Cerámica de esta Facultad. La opción de evaluación elegida de acuerdo con la jerarquía del cargo y especificidad de la carrera, es la “A”.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del mismo: Publicación: desde el DIEZ (10) al DIECISÉIS (16) de abril de 2026. Inscripción: los días DIECISIETE (17), VEINTE (20) y VEINTIUNO (21) de abril de 2026. NOTA: La inscripción estará habilitada desde las 08:00 del día de apertura, hasta las 12:00 (mediodía) del día de cierre.
Modalidad de inscripción: Los interesados deberán presentar de manera virtual su inscripción a través del formulario Web, al que se accede a través del siguiente enlace: https://forms.gle/FgF26sD2GWXv2uJ8A Importante: El/la postulante declarará en su inscripción un correo electrónico y aceptará la notificación electrónica a todos los efectos concursales, en el marco de las ordenanzas Nros. 30/16–C.S. y 26/20–C.S.
Resol. N° 28
La documentación deberá adjuntarse en formato PDF y su inscripción tendrá carácter de declaración jurada. Asimismo, para mayor información podrá comunicarse a través del correo institucional del Departamento de Concursos (concursos@gm.fad.uncu.edu.ar ) Se aceptará un solo formulario por postulante, es decir, cualquier agregado realizado con posterioridad (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado.
Vistas de antecedentes presentados por los postulantes, de manera presencial (solo para inscriptos- etapa no obligatoria): desde el VEINTITRÉS (23), VEINTICUATRO (24) y VEINTISIETE (27) de abril de 2026, en la Dirección de Personal, Departamento de Concursos, Planta Baja, Edificio de Gobierno, en horario de 09:00 a 12:00.
ARTÍCULO 3°.- El perfil requerido para cubrir las funciones concursadas, de conformidad con lo establecido en el Anexo I- Art. 2 de la Ord. N° 1/20-CD, será el siguiente: Perfil Profesor/a o Licenciado/a en Historia del Arte con conocimiento en Historia del Arte e Historia de la Cerámica. Profesor/a o Licenciado/a en Cerámica Artística y Lic. en Cerámica Industrial que tenga experiencia y demuestre conocimiento en Historia del Arte e Historia de la Cerámica. Disponibilidad horaria. Poseer conocimientos conceptuales necesarios para reconocer estilos, técnicas, significado y mensaje de cada expresión artística y materiales propios de cada época y cultura de la historia del arte y la cerámica. Demostrar conocimiento teórico- práctico de historia del arte y la cerámica, acorde con los perfiles de los planes de estudio y sus cargas horarias de los cursantes con el fin de transferir lo aprendido a la práctica cerámica profesional. Dominio en plataformas virtuales.
Importante: Los postulantes deberán presentar dos programas (un programa de la asignatura de “Historia del Arte y la Cerámica II” e “Historia del Arte I” y el otro programa de “Historia de la Cerámica III”) y plan de labor.
ARTÍCULO 4°.- Los descriptores y expectativas de logro de los espacios curriculares a cubrir se encuentran detallados en los Planes de Estudios, que se acceden mediante los siguientes enlaces: Licenciatura en Cerámica Artística: https://fad.uncuyo.edu.ar/upload/9d59c7dd76d0eb42a6436f746ca52755.pdf
Licenciatura en Cerámica Industrial: https://fad.uncuyo.edu.ar/upload/a6e01f4176e7c053089a822071e7b6e9.pdf
Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística: https://fad.uncuyo.edu.ar/upload/adba25111d6fff2d7fc5e8c71048f148.pdf
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR: Los aspirantes deberán poseer formación académica de grado y experiencia relacionada al espacio curricular que se concursa.
El docente a cargo de las asignaturas deberá cumplir las funciones establecida en el Artículo 62 del Anexo Único de la ordenanza N° 5/19–C.D., según se detallan a continuación: https://digesto.fad.uncu.edu.ar/view/inline/attachment/file/5016
Resol. N° 28
ARTÍCULO 5°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: Profesores Titulares PROFESOR/A CARGO/ASIGNATURA
Profesora Titular Jubilada. Historia del Arte y la Cerámica I y IV Carreras de Cerámica. Facultad de Artes y GONZALEZ MORETTI, Leticia Diseño- Universidad Nacional de Cuyo
Profesora Titular Efectivo- Modelado y Color Cerámico III y Taller Cerámico III. Carreras de Cerámica. Facultad LOPEZ SALDAÑA, Alejandro de Artes y Diseño. Universidad Nacional de Cuyo
Especialista en el Área: Profesora Titular Efectivo. Derecho y Legislación: Turismo y Patrimonio. *Directora SOSA, Emilce Nieves de la Carrera del Doctorado en Historia del Arte. Facultad de Filosofía y Letra. Universidad Nacional de Cuyo
Profesores Suplentes PROFESOR/A CARGO/ASIGNATURA
Profesor Titular Efectivo-Historia del Diseño I y II Carreras de Diseño. Facultad de Artes y Diseño. Universidad LINARES, Omar Nacional de Cuyo.
Profesora Titular Efectivo- Seminario de Investigación. Carreras Artes del Espectáculo. Facultad de Artes y LERGA MOSQUERA, Gabriela Ana Diseño. Universidad Nacional de Cuyo
Profesor Titular Efectivo-Taller Cerámico I y II. Carreras de Cerámica. Facultad de Artes y Diseño. REYNAUD, Ricardo Enrique Universidad Nacional de Cuyo
ARTÍCULO 6°.- Designar al siguiente veedor que actuará en el referido concurso. La ausencia de algún veedor durante el concurso no invalidará la prosecución del trámite. No obstante, deberá asegurarse la participación de al menos un veedor (Art. 17 Ord. 6/23 C.D.) APELLIDO Y NOMBRE Registro DNI Nº CARRERA
MAURI, Lorena 27748 22069048 Licenciatura en Cerámica Artística
ARTÍCULO 7°.- Los aspirantes al presente concurso deberán presentar la siguiente documentación, en carácter obligatorio y en formato PDF: DNI del postulante Correo Electrónico (en el marco de la Ord. 26/20-CS) Curriculum Vitae Carpeta de Antecedentes Propuesta Docente para el cargo que se concursa (Requisito excluyente- Anexo III de la Ord. N° 1/20–C.D.) Programa de la asignatura Nota importante: Una vez finalizada la carga del formulario de inscripción dispuesta a tal fin, el postulante recibirá un correo de respuesta inmediata como constancia que acredita su inscripción. En caso contrario el interesado deberá comunicarse de manera inmediata y en los horarios de atención para constatar el estado de su inscripción.
ARTÍCULO 8°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 28
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-027 11/03/2026 (Carga: 11/03/2026) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 26817/25 caratulado: “DECANATO S/ Convocatoria a Concurso para PAA-Cat.7-Técnico- Área Virtualidad- Tramo Inicial Ordenanza N° 91/23”.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se efectúa en el marco de la ordenanza N° 91/2023-C.S., por la cual se aprobó la “Reglamentación del Régimen de Concursos para cubrir Cargos Vacantes del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo”.
Que el Consejo Superior de la Universidad dictó la resolución N° 46/26, por la cual se autoriza la convocatoria del presente concurso, de acuerdo con los datos detallados en el instructivo previsto en la Circular N° 4/2024- Rectorado.
Los informes producidos por la Secretaría Administrativa–Financiera de esta Unidad Académica y de Dirección General de Presupuesto de Rectorado de la Universidad Nacional de Cuyo.
Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes; lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del 23 de setiembre de 2025 y las fechas propuestas por el Departamento de Concursos de esta Unidad Académica.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 91/23–C.S.,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a Concurso Abierto de Antecedentes, Entrevista Personal y Prueba de Oposición, para cubrir, con carácter efectivo, UN (1) cargo Categoría 7 – Tramo Inicial– del Agrupamiento Técnico Profesional, para desempeñar funciones en el Área Virtualidad dependiente de la Secretaría Académica de esta Facultad, cuyos datos se encuentran detallados en el Anexo Único de la presente resolución, que consta de TRES (32) hojas, de conformidad con los establecido en la ordenanza N° 91/23-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Difundir el presente llamado a concurso durante DIEZ (10) días hábiles, en el período comprendido entre los días DIECIOCHO (18) de marzo y SEIS (6) de abril de 2026 (artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 91/23-C.S.).
ARTÍCULO 3°.- Fijar como período de inscripción desde el SIETE (7) al TRECE (13) de abril de 2026, inclusive (5 días hábiles). Los interesados deberán presentar de manera virtual su inscripción a través del siguiente formulario Web: https://forms.gle/iegfEKGMy3rMYUEv5 Importante: El formulario de inscripción estará habilitado desde las 08:00 del día de apertura, hasta las 12:00 (mediodía) del día de cierre.
El/la postulante declarará en su inscripción un correo electrónico y aceptará la notificación electrónica a todos los efectos concursales, en el marco de las Ordenanzas Nros. 30/2016 y 26/2020-CS. La documentación deberá adjuntarse en formato PDF y su inscripción tendrá carácter de declaración jurada. Asimismo, para mayor información podrá comunicarse a través del correo institucional del Departamento de Concursos (concursos@gm.fad.uncu.edu.ar) No se admitirá documentación con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción. (Artículo 9°, Anexo I de la Ord. N° 91/23-C.S.)
ARTÍCULO 4°.- Los aspirantes deberán completar la solicitud de inscripción en el formulario electrónico habilitado al efecto, que deberá contener como mínimo la siguiente información básica: Apellido y nombres del postulante; Lugar y fecha de nacimiento; Número y tipo de Documento Nacional de Identidad, domicilio real, teléfono y cuenta de correo electrónico en la cual se efectuarán las correspondientes notificaciones e instancias del concurso; Curriculum Vitae con carácter de declaración jurada, probanzas en formato digital; título del nivel Secundario o polimodal. Todo ello de acuerdo a lo establecido en el Artículo 9, Anexo I de la Ord. N° 91/23-C.S.
ARTÍCULO 5°.- Establecer que la prueba de oposición, a la que se hace referencia en el artículo primero de la presente resolución, se llevará a cabo en el lugar, día y hora que determine el Jurado, integrado según el listado detallado en el Anexo Único de la presente resolución, conforme con las atribuciones conferidas en el Artículo 13° inciso b) del Anexo I de la Ord. N° 91/23-C.S.
ARTÍCULO 6°.- El temario de la prueba de oposición estará sujeto al detallado en el Anexo Único de la presente resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en el orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 7°.- Remitir una copia certificada de la presente resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, mediante el respectivo Trámite iniciado por SUDOCU, a fin de difundirlo en la página web de la Universidad, en virtud de lo establecido en el Artículo 8º - penúltimo párrafo - del Anexo I de la Ord. Nº 91/23-C.S.
ARTÍCULO 8°.- Convocar, mediante notificación fehaciente, que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, al Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (ATUNCU) a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante.
ARTÍCULO 9°.- Disponer que la notificación del Acta de Determinación de Aspirantes y Acta Final establecidas en el Artículo 13° del Anexo I de la Ordenanza N° 91/2023-C.S., se notificará en el domicilio electrónico constituido al efecto, en el marco de las Ordenanzas Nros. 30/2016 y 26/2020-CS.
ARTÍCULO 10°.- Los postulantes podrán obtener mayor información del presente llamado a concurso comunicándose al correo electrónico mesaentradasfad@gmail.com (Mesa de Entradas de la Facultad de Artes y Diseño) o bien ingresando a la página Web https://fad.uncuyo.edu.ar/ (Concursos Personal de Apoyo Académico).
ARTÍCULO 11°.- A los efectos de la tramitación del presente concurso se tendrán en cuenta las normas establecidas en la ordenanza N° 91/2023-C.S., en virtud de la cual se aprobó la “REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONCURSOS PARA CUBRIR CARGOS VACANTES DEL PERSONAL NO DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO”, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales celebrado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Federación Argentina de Trabajadores de las Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional N° 366/06.
ARTÍCULO 12°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 13°.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 27
ANEXO ÚNICO PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADEMICO Ordenanza nº 91/2023 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Artes y Diseño b) Unidad Organizativa Secretaria Académica c) Área o Sección donde pertenecen las funciones. Área de Virtualidad 2) Datos del Concurso: a) Clase de Concurso: ABIERTO b) Metodología de Evaluación: Antecedentes, Entrevista Personal y Prueba de Oposición. 3) Agrupamiento: Técnico Profesional 4) Tramo: Inicial 5) Categoría: 7 (SIETE) 6) Detalles del Cargo: a) Funciones especificas Asegurar el cumplimiento de las normativas legales vigentes y las disposiciones administrativas establecidas por la Universidad. Elaborar los informes solicitados y brindar asistencia tanto a la Coordinación del Área como a la Secretaria Académica. Gestionar expedientes en el Sistema SIU-SUDOCU, incluyendo la incorporación de documentos, inicio de trámites y transferencias. Brindar atención al público, tanto presencial como virtual. Coordinar la administración de usuarios, gestionar los permisos y roles (docentes, tutores, estudiantes) del LMS Moodle Establecer los criterios de diseño UX/UI para la adecuación del LMS Moodle en FAD. Asegurar la correcta integración de las herramientas digitales requeridas para la virtualidad. 7) Cantidad de Cargos: 1 (UNO) 8) Horario de desempeño previsto: lunes a viernes en horario de CATORCE (14) a VEINTIUNO (21). 9) Remuneración del cargo: 10) Bonificaciones especiales: no posee 11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: “La inscripción será en forma electrónica a través de la modalidad a publicarse en la resolución de convocatoria.” 12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso a) Jurados Titulares Apellido y Nombre N° de legajo N° Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa
Jefa Dpto. Publicaciones GREBENC, Claudia Elena 22883 18416103 3 Técnico Profesional FAD ALOI, Germán Alberto 33704 36581770 7 Administrativo Auxiliar Administrativo AVyTCT REC
MIERAS, Rolando Fabio 22812 17781295 3 Técnico Profesional Jefe Dpto. de Sistemas Informáticos
Anexo Único – hoja 2
b) Jurados Suplentes Apellido y Nombre N° de legajo N° Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa
Auxiliar Administrativo Dpto. DIEZ, Irene María 28222 26314724 7 Técnico Profesional Publicaciones - FAD
Auxiliar Administrativo PALANA, Carla Gianina 34764 34355775 7 Administrativo Carreras de Diseño – FAD
Auxiliar Técnico Dirección de GIUNTA, Jesús Antonio 32443 21372911 7 Técnico Profesional Informática - FAD
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones de Ingreso”, artículo 21º del Decreto Nacional nº 366/06. Artículo 21º: Para ingresar como trabajador de una Institución Universitaria nacional se requieren las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente y no estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos público. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria nacional o en la Administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aún cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena.
14) Condiciones Generales Titulo Secundario o Polimodal Completo.
15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante)
Administrador de Moodle con enfoque en UX/UI Demostrar buena predisposición, idoneidad y disponibilidad para el cargo que se postula Tener conocimiento intermedio de ofimática (procesador de textos, planilla de cálculo, Internet, Correo electrónico). Manejo intermedio de herramientas de almacenamiento y colaboración en línea (gestión de archivos, carpetas compartidas y trabajo colaborativo en tiempo real). Predisposición para el buen trato y respeto hacia autoridades, alumnos, docentes y personal de apoyo académico. Capacidad para el desempeño autónomo, resolución de conflictos, creatividad y pensamiento crítico. Disposición para el trabajo en equipo. Capacidad para resolver problemas desde una perspectiva de género. Actitud proactiva. Compromiso con la institución y la calidad de los procedimientos. Tener conocimiento en administración y mantenimiento del LMS (Sistema de Gestión de Aprendizaje) Moodle con un enfoque desde el diseño UX / UI Manejo de Software Adobe Illustrator y/o Adobe Photoshop
16) Temario General: Estatuto Universitario: Títulos I, II y III. Estructura Orgánico Funcional de la Facultad de Artes y Diseño - Ordenanza Nº 112/03-C.S. Ley Nacional N° 27.499. Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para Todas las Personas que Integran los Tres Poderes del Estado.
Anexo Único – hoja 3
Decreto Nacional 366/06 CCT para personal no docente de UUNN. Título 2 (Art. 11, 12 y 13. Deberes, Derechos y Prohibiciones) Resolución 2599/2023 del Ministerio de Educación Nacional. Reglamento sobre la modalidad de educación a distancia. Ord. 29/2021 C.S. Implementación de complementos virtuales en propuestas de la oferta educativa presencial. Ord. 11/2024 C.D. Creación del Área de Virtualidad de la FAD. Ord. N° 5/19 CD. Reglamentación Académica FAD. Sistema LMS Moodle disponible en https://docs.moodle.org/ Sistema Adobe Illustrator disponible en https://helpx.adobe.com/ar/illustrator/user-guide.html Sistema Adobe Photoshop disponible en https://helpx.adobe.com/ar/photoshop/userguide.html
RESOLUCIÓN N° 27
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-026 11/03/2026 (Carga: 11/03/2026) |
MENDOZA, 11 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 26817/25 caratulado: “DECANATO S/Convocatoria a concurso PPA-Cat.7-Técnico-Area Virtualidad-Ordenanza 91/23”.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se efectúa en el marco de la ordenanza N° 91/2023-C.S., por la cual se aprobó la “Reglamentación del Régimen de Concursos para cubrir Cargos Vacantes del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo”.
Que el Consejo Superior de la Universidad dictó la resolución N° 45/26, por la cual se autoriza la convocatoria del presente concurso, de acuerdo con los datos detallados en el instructivo previsto en la Circular N° 4/2024- Rectorado.
Los informes producidos por la Secretaría Administrativa–Financiera de esta Unidad Académica y de Dirección General de Presupuesto de Rectorado de la Universidad Nacional de Cuyo.
Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes; lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del 23 de setiembre de 2025 y las fechas propuestas por el Departamento de Concursos de esta Unidad Académica.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 91/23–C.S.,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a Concurso Abierto de Antecedentes, Entrevista Personal y Prueba de Oposición, para cubrir, con carácter efectivo, UN (1) cargo Categoría 7 – Tramo Inicial– del Agrupamiento Técnico Profesional, para desempeñar funciones en el Área Virtualidad dependiente de la Secretaría Académica de esta Facultad, cuyos datos se encuentran detallados en el Anexo Único de la presente resolución, que consta de TRES (32) hojas, de conformidad con los establecido en la ordenanza N° 91/23-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Difundir el presente llamado a concurso durante DIEZ (10) días hábiles, en el período comprendido entre los días DIECIOCHO (18) de marzo y SEIS (6) de abril de 2026 (artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 91/23-C.S.).
ARTÍCULO 3°.- Fijar como período de inscripción desde el SIETE (7) al TRECE (13) de abril de 2026, inclusive (5 días hábiles). Los interesados deberán presentar de manera virtual su inscripción a través del siguiente formulario Web: https://forms.gle/zzQcJ2yr2n965QVH9 Importante: El formulario de inscripción estará habilitado desde las 08:00 del día de apertura, hasta las 12:00 (mediodía) del día de cierre.
El/la postulante declarará en su inscripción un correo electrónico y aceptará la notificación electrónica a todos los efectos concursales, en el marco de las Ordenanzas Nros. 30/2016 y 26/2020-CS. La documentación deberá adjuntarse en formato PDF y su inscripción tendrá carácter de declaración jurada. Asimismo, para mayor información podrá comunicarse a través del correo institucional del Departamento de Concursos (concursos@gm.fad.uncu.edu.ar) No se admitirá documentación con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción. (Artículo 9°, Anexo I de la Ord. N° 91/23-C.S.)
ARTÍCULO 4°.- Los aspirantes deberán completar la solicitud de inscripción en el formulario electrónico habilitado al efecto, que deberá contener como mínimo la siguiente información básica: Apellido y nombres del postulante; Lugar y fecha de nacimiento; Número y tipo de Documento Nacional de Identidad, domicilio real, teléfono y cuenta de correo electrónico en la cual se efectuarán las correspondientes notificaciones e instancias del concurso; Curriculum Vitae con carácter de declaración jurada, probanzas en formato digital; título del nivel Secundario o polimodal. Todo ello de acuerdo a lo establecido en el Artículo 9, Anexo I de la Ord. N° 91/23-C.S.
ARTÍCULO 5°.- Establecer que la prueba de oposición, a la que se hace referencia en el artículo primero de la presente resolución, se llevará a cabo en el lugar, día y hora que determine el Jurado, integrado según el listado detallado en el Anexo Único de la presente resolución, conforme con las atribuciones conferidas en el Artículo 13° inciso b) del Anexo I de la Ord. N° 91/23-C.S.
ARTÍCULO 6°.- El temario de la prueba de oposición estará sujeto al detallado en el Anexo Único de la presente resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en el orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 7°.- Remitir una copia certificada de la presente resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, mediante el respectivo Trámite iniciado por SUDOCU, a fin de difundirlo en la página web de la Universidad, en virtud de lo establecido en el Artículo 8º - penúltimo párrafo - del Anexo I de la Ord. Nº 91/23-C.S.
ARTÍCULO 8°.- Convocar, mediante notificación fehaciente, que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, al Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (ATUNCU) a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante.
ARTÍCULO 9°.- Disponer que la notificación del Acta de Determinación de Aspirantes y Acta Final establecidas en el Artículo 13° del Anexo I de la Ordenanza N° 91/2023-C.S., se notificará en el domicilio electrónico constituido al efecto, en el marco de las Ordenanzas Nros. 30/2016 y 26/2020-CS.
ARTÍCULO 10°.- Los postulantes podrán obtener mayor información del presente llamado a concurso comunicándose al correo electrónico mesaentradasfad@gmail.com (Mesa de Entradas de la Facultad de Artes y Diseño) o bien ingresando a la página Web https://fad.uncuyo.edu.ar/ (Concursos Personal de Apoyo Académico).
ARTÍCULO 11°.- A los efectos de la tramitación del presente concurso se tendrán en cuenta las normas establecidas en la ordenanza N° 91/2023-C.S., en virtud de la cual se aprobó la “REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONCURSOS PARA CUBRIR CARGOS VACANTES DEL PERSONAL NO DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO”, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales celebrado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Federación Argentina de Trabajadores de las Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional N° 366/06.
ARTÍCULO 12°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 13°.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 26
ANEXO ÚNICO PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADEMICO Ordenanza nº 91/2023 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Artes y Diseño b) Unidad Organizativa Secretaria Académica c) Área o Sección donde pertenecen las funciones. Área de Virtualidad 2) Datos del Concurso: a) Clase de Concurso: ABIERTO b) Metodología de Evaluación: Antecedentes, Entrevista Personal y Prueba de Oposición. 3) Agrupamiento: Técnico Profesional 4) Tramo: Inicial 5) Categoría: 7 (SIETE) 6) Detalles del Cargo: a) Funciones especificas Colaborar en la gestión técnica de la producción de contenidos audiovisuales adaptados a entornos virtuales de enseñanza aprendizaje y coordinar proyectos de producción multimedia (videos, podcast, streaming) Realizar soporte técnico y operativo del Laboratorio de Medios, incluyendo la gestión de equipos de grabación, software de edición, manejo de inventario y licencias necesarias Asegurar el cumplimiento de las normativas legales vigentes y las disposiciones establecidas por la Universidad Prestar asistencia tanto a la Coordinación del Área como a la Secretaria Académica. Gestionar expedientes en Sistema SIU-SUDOCU, incluyendo la incorporación de documentos, inicio de trámites y transferencias. Brindar atención al público presencial y/o virtual
7) Cantidad de Cargos: 1 (UNO) 8) Horario de desempeño previsto: lunes a viernes en horario de SIETE (7) a CATORCE (14). 9) Remuneración del cargo: 10) Bonificaciones especiales: no posee 11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: “La inscripción será en forma electrónica a través de la modalidad a publicarse en la resolución de convocatoria.” 12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso a) Jurados Titulares Apellido y Nombre N° de legajo N° Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa
Jefa Dpto. Publicaciones GREBENC, Claudia Elena 22883 18416103 3 Técnico Profesional FAD
Auxiliar Administrativo ALOI, Germán Alberto 33704 36581770 7 Administrativo AVyTCT REC
Jefe Dpto. de Sistemas MIERAS, Rolando Fabio 22812 17781295 3 Técnico Profesional Informáticos
Anexo Único – hoja 2
b) Jurados Suplentes Apellido y Nombre N° de legajo N° Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa
Auxiliar Administrativo Dpto. DIEZ, Irene María 28222 26314724 7 Técnico Profesional Publicaciones - FAD
Auxiliar Administrativo PALANA, Carla Gianina 34764 34355775 7 Administrativo Carreras de Diseño – FAD
Auxiliar Técnico Dirección de GIUNTA, Jesús Antonio 32443 21372911 7 Técnico Profesional Informática - FAD
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones de Ingreso”, artículo 21º del Decreto Nacional nº 366/06. Artículo 21º: Para ingresar como trabajador de una Institución Universitaria nacional se requieren las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente y no estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos público. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria nacional o en la Administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aún cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena.
14) Condiciones Generales Titulo Secundario o Polimodal Completo.
15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante)
Preferentemente título de técnico o universitario en producción audiovisual, diseño multimedia, comunicación audiovisual, o afines, de preferencia especialización en producción digital para entornos educativos. Demostrar buena predisposición, idoneidad y disponibilidad para el cargo que se postula. Tener conocimiento intermedio de ofimática (procesador de textos, planilla de cálculo, Internet, Correo electrónico). Manejo intermedio de herramientas de almacenamiento y colaboración en línea (gestión de archivos, carpetas compartidas y trabajo colaborativo en tiempo real). Predisposición para el buen trato y respeto hacia autoridades, alumnos, docentes y personal de apoyo académico. Capacidad para el desempeño autónomo, resolución de conflictos, creatividad y pensamiento crítico. Disposición para el trabajo en equipo. Capacidad para resolver problemas desde una perspectiva de género. Actitud proactiva. Compromiso con la institución y la calidad de los procedimientos. Experiencia en manejo de equipo audiovisual (cámaras, consolas de sonido, software de edición) y conocimientos avanzados en software de edición multimedia (Adobe Premiere, Final Cut, After Effects) Habilidades en gestión de proyectos para coordinar producciones audiovisuales de alta calidad y trabajar en colaboración con docentes y estudiantes. Manejo de software OBS o software para transmitir.
Anexo Único – hoja 3 16) Temario General: Estatuto Universitario: Títulos I, II y III. Estructura Orgánico Funcional de la Facultad de Artes y Diseño - Ordenanza Nª 112/03-C.S. Ley Nacional N° 27.499. Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para Todas las Personas que Integran los Tres Poderes del Estado. Decreto Nacional 366/06 CCT para personal no docente de UUNN. Título 2 (Art. 11, 12 y 13. Deberes, Derechos y Prohibiciones). Resolución 2599/2023 del Ministerio de Educación Nacional. Reglamento sobre la modalidad de educación a distancia. Ord. 11/2024 C.D. Creación del Área de Virtualidad de la FAD. Ord. N° 5/19 CD. Reglamentación Académica FAD Sistema Adobe Premier Pro disponible en https://helpx.adobe.com/ar/premiere-pro/user-guide.html Sistema Open Broadcaster Software disponible en: https://docs.obsproject.com/
RESOLUCIÓN N° 26
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-096 10/03/2026 (Carga: 11/03/2026) |
MENDOZA, 10 de marzo de 2026
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nros 3149/26, 3170/26, 3169/26, 3168/26, 3167/26, 3166/26, 3165/26, 3164/26, 3163/26, 3162/26, 3161/26, 3160/26, 3208/26, 3159/26, 3158/26, 3157/26, 3156/26, 3155/26, 3154/26, 3153/26, 3152/26, 3150/26 y 3260/26 en los que se solicita autorización para la realización de adscripciones de los alumnos de las Carreras de Artes Visuales, Diseño y Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que las presentes solicitudes de adscripciones cumplen con los requisitos establecidos por la ordenanza Nº 9/09-CD.
Los informes producidos, la opinión favorable de los Profesores Titulares de los espacios curriculares involucrados y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar las adscripciones que realizarán los alumnos de las Carreras de Artes Visuales, Diseño y Musicales de esta Facultad, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan seguidamente: CARRERAS DE ARTES VISUALES REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES 23982 37271212 MARCUCCI, Ana Historiografía de la Historia del Arte Ciclo Lectivo: 2026
CARRERAS DE DISEÑO REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
28631 43077681 ALBARRACIN, Nicol Michelle (Optativa): Infografía Ciclo Lectivo: 2026 ALESSANDRELLO, Mailén 28622 45586112 Tecnología III Producción Ciclo Lectivo: 2026 Ayeray 29561 47532450 BLANCO VILLEGAS, Zoe Tipografía I Básica Ciclo Lectivo: 2026 BURGOS SQUIZZIATO, 28478 41112342 Diseño de Productos II Ciclo Lectivo: 2026 Ignacio Claudio 28482 42745584 CARDELI, Lucas Nicolas Diseño de Productos II Ciclo Lectivo: 2026 29142 46062400 CIRAVEGNA CATANA, Giuliana Tecnología III Producción Ciclo Lectivo: 2026 28402 43485053 FRANSÓ, Leandro Iván Diseño Gráfico III Ciclo Lectivo: 2026 27675 43830259 GALLUCCI, Camila Beatriz Dibujo a Mano Alzada Ciclo Lectivo: 2026 29706 46618182 GIL, Amparo (Optativa): Modelos y Prototipos Ciclo Lectivo: 2026 28681 44907506 HERNÁNDEZ, Josefina Historia del Diseño I Ciclo Lectivo: 2026 29167 45722998 JOFRE SESTO, Alexis Técnicas de Dibujo Ciclo Lectivo: 2026 29170 46060460 LUCENA NALLIM, Clara (Optativa): Infografía Ciclo Lectivo: 2026 29184 46062687 ONTIVEROS, Malena Valentina Técnicas de Dibujo Ciclo Lectivo: 2026 (Optativa): Experimentación en Diseño y 29242 45966462 REBOLLOSA, Guadalupe Aime Ciclo Lectivo: 2026 Color
Resol. N ° 96
28719 44404658 REDONDO, Valeria Sofía (Optativa): Infografía Ciclo Lectivo: 2026 28720 45137726 REY MACIAS, Carolina Historia del Diseño I Ciclo Lectivo: 2026 RODRIGUEZ JARQUE, Eneas 28724 45530381 Psicología Aplicada al Diseño II Ciclo Lectivo: 2026 Nicolás 29204 45967312 SORBELLO, Andrea Historia del Diseño I Ciclo Lectivo: 2026 29251 46236824 TOSCANO, Amanda Ergonomía Ciclo Lectivo: 2026 29252 46546769 VALLI LLALÉN, Nayla Sofía Ergonomía Ciclo Lectivo: 2026 28756 44986078 VON KATONA, Alejandrina Psicología Aplicada al Diseño II Ciclo Lectivo: 2026
CARRERAS DE ARTES VISUALES REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES 29282 46164056 ATTORRI CUNIETTI, Guadalupe Paz Instrumento Complementario (Piano) Ciclo Lectivo: 2026
ARTÍCULO 2 °- Los alumnos deberán realizar su adscripción de acuerdo con lo prescripto por la ordenanza N° 9/09-CD.
ARTÍCULO 3 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 96
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-095 9/03/2026 (Carga: 9/03/2026) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2026
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nros 3484/25, 2160/25, en los que constan los pedidos de aprobación de adscripción de alumnos de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que los alumnos han cumplido con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Los informes producidos, la opinión de los Profesores Titulares de las cátedras y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las adscripciones realizadas por los alumnos en las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan a continuación:
CARRERAS DE ARTES VISUALES DOCUMENTO LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CÁTEDRA OBSERVACIONES
46163989 26601 ALUME OSTROPOLSKY, Maia HISTORIA DEL ARTE MEDIEVAL Ciclo Lectivo: 2025
44308876 28342 ZÁRATE, Sofía HISTORIA DEL ARTE MEDIEVAL Ciclo Lectivo: 2025
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a cada interesado el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 95
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-094 9/03/2026 (Carga: 9/03/2026) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2026
VISTO: Los expedientes electrónicos Nros 5387/26, 2875/26, 2887/26, 2911/26, 2914/26, 2913/26, 2912/26, 2939/26, 2938/26, 2979/26, 2854/26, 2878/26, 2877/26, 2876/26, 2846/26, 2845/26, 2853/26, 2848/26, 2849/26, 2850/26, 2852/26, 2881/26, 2842/26, 2862/26, 2863/26, 2861/26, 2860/26, 2879/26 en los que se solicita autorización para la realización de adscripciones de los alumnos de las Carreras de Artes Visuales, Artes del Espectáculo, Musicales y Cerámica de esta Facultad.
CONSIDERANDO: Que las presentes solicitudes de adscripciones cumplen con los requisitos establecidos por la ordenanza Nº 9/09-CD.
Los informes producidos, la opinión favorable de las Profesoras Titulares de los espacios curriculares involucrados y de Secretaría Académica.
Por ello, LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar las adscripciones que realizarán los alumnos de las Carreras de Artes Visuales, Arte del Espectáculo, Musicales y Cerámica de esta Facultad, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan seguidamente. CARRERAS DE ARTES VISUALES REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES Tecnología y Expresión de los Materiales y Procesos 27624 43542994 ABALONE, Mafalda Carolina Ciclo Lectivo: 2026 Estructurales 28874 45137653 ARIAS RAFFAINI, Martina Aluhe Medios de Comunicación Ciclo Lectivo: 2026 BAIGORRIA MONTAÑA, Andrés Tecnología y Expresión de los Materiales y Procesos 28819 44953307 Ciclo Lectivo: 2026 Emiliano Estructurales 29020 46235338 BUSTOS PARISI, Jimena Sofía Historia del Arte I Ciclo Lectivo: 2026
28886 45708947 JANKO VILLAVICENCIO, Aide Taller de rotación II: Grabado Ciclo Lectivo: 2026
28884 45450435 IBAÑEZ LARROQUE, Carmina Medios de Comunicación Ciclo Lectivo: 2026
28520 44284529 CUCHIARO, Lucía Martina Historia del Arte Medieval Ciclo Lectivo: 2026
26977 42714168 PANELLA, Aldana Estrella Visión I Ciclo Lectivo: 2026
29051 43637663 MARÓN GUIRAO, Ailín Julieta Sistemas de Representación Ciclo Lectivo: 2026
29052 51705776 MARTÍNEZ VIDELA, Ángel Gabriel Taller de Rotación I: Grabado Ciclo Lectivo: 2026
CARRERAS DE ARTE DEL ESPECTÁCULO REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
28027 44138784 GUINOVART ARIGOSSI, Ana Paula Historia de la Cultura y el Teatro Universales III Ciclo Lectivo: 2026
28973 35196471 CASARES, Marysol Taller de Escenografía II Ciclo Lectivo: 2026
24608 46866509 ESTEVEZ VARELA, Pilar Improvisación II Ciclo Lectivo: 2026
28166 43839190 FLORES, Carla Julieta Improvisación I Ciclo Lectivo: 2026
28265 94826840 VILAJA, Alexander Técnicas Corporales III Ciclo Lectivo: 2026
28940 44907280 RUBIA JOFRÉ, Ayelén Guadalupe Práctica Escénica II Ciclo Lectivo: 2026
28241 42468913 LICEAGA, Ana Lucía Técnicas Corporales I Ciclo Lectivo: 2026
28259 44536550 QUIROZ LEON, Priscila Daniela Didáctica y Currículum Ciclo Lectivo: 2026
28257 44404610 NAVARRO BAYLE, Luna Análisis del Hecho Teatral Ciclo Lectivo: 2026
28926 45449393 MAÍZ MOLES, Álvaro Análisis del Hecho Teatral Ciclo Lectivo: 2026
28181 44439405 MAGNI GENRE, Antonella Rosa Práctica Escénica II Ciclo Lectivo: 2026
Resol. N ° 94
CARRERAS MUSICALES REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
28124 44189871 CANCINO, Micaela del Milagro Instrumento I (Flauta) Ciclo Lectivo: 2026
29758 94641147 MALAGOLI, Jordan Ezekiel Armonía II Ciclo Lectivo: 2026
23861 36859118 FAGGIAN, Marina Dirección Coral I Ciclo Lectivo: 2026
26296 40558396 RODRIGUEZ CHABÁN, Jorge Abel Problemática Educativa Ciclo Lectivo: 2026
27878 43411240 BARRIONUEVO TORCONI, Elian Instrumento II (Flauta) Ciclo Lectivo: 2026
28572 45450215 JURADO ZABALA, Verónica Ruth Armonía III Ciclo Lectivo: 2026
CARRERAS DE CERAMICA REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
40597666 26304 PAVÓN, Sol Micaela Dibujo I Ciclo Lectivo: 2026
ARTÍCULO 2 °- Los alumnos deberán realizar su adscripción de acuerdo con lo prescripto por la ordenanza N° 9/09-CD.
ARTÍCULO 3 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 94
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-093 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nros 3747/25, 10067/25; 23347/25, en los que constan los pedidos de aprobación de adscripción de alumnos de las Carreras de Artes Visuales y de Diseño de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que los alumnos han cumplido con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Los informes producidos, la opinión de los Profesores Titulares de las cátedras y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las adscripciones realizadas por los alumnos en las Carreras de Artes Visuales y de Diseño de esta Facultad, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan a continuación:
CARRERAS DE ARTES VISUALES DOCUMENTO LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CÁTEDRA OBSERVACIONES
43989084 28331 BENVENUTO, Milena Abril MEDIOS DE COMUNICACIÓN Ciclo Lectivo: 2025 CECCHINI AGUILAR, Lautaro 44406382 28211 HISTORIA DEL ARTE MEDIEVAL Ciclo Lectivo: 2025 Exequiel
CARRERAS DE DISEÑO DOCUMENTO LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CÁTEDRA OBSERVACIONES
46236824 29251 TOSCANO, Amanda HISTORIA DEL DISEÑO II Ciclo Lectivo: 2025
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a cada interesado el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 93
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-092 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 46722/25 caratulado: “LEYES, Laura Eugenia S/ Solicitud reducción horaria por hija/o con discapacidad, según así lo establece el CCT 366/06 en su artículo 108. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Laura Eugenia LEYES solicita reducción horaria de su jornada laboral por tener a cargo una hija con capacidades diferentes.
Que dicha petición se encuentra enmarcada en los términos dispuesto por el Art. 108 del Decreto N.º 366/2006 —“Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales”—, apartado Licencias extraordinarias y justificaciones, que establece lo siguiente: “Todo trabajador no docente, que tenga a su cargo un hijo con capacidades diferentes podrá disponer de dos permisos de media hora durante su jornada laboral, según elija, para poder atenderlo de manera adecuada. Excepcionalmente, y estando debidamente acreditada la necesidad de mayor atención, podrá extenderse dicho permiso diario media hora más por jornada laboral. Siempre se exigirá la presentación de las certificaciones médicas correspondientes. Se considera que la persona tiene capacidades diferentes cuando padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral. Las paritarias particulares, podrán ampliar esta concesión analizando pormenorizadamente cada caso en la medida que se presente en cada Institución Universitaria Nacional. En caso que ambos progenitores trabajen en la misma Institución Universitaria Nacional, uno solo de ellos podrá acceder al beneficio.”
Lo informado por la Dirección General de Medicina del Trabajo constatando certificado de Discapacidad emitido por profesional habilitante al efecto.
Que por su parte, la Dirección de Personal informa que la Sra. LEYES revista en esta dependencia el cargo Categoría 7–Tramo Inicial– del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, de carácter contratado, según resolución N° 3920/2025R.
Por ello y atento a sus atribuciones,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Conceder, a partir del UNO (1) de febrero de 2026, la reducción de jornada laboral a la Sra. Laura Eugenia LEYES (Legajo Nº 36432 – CUIL Nº 27–23027995–6) en el cargo Categoría 7–Tramo Inicial– del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, de carácter contratado, según resolución N° 3920/2025-R., en el marco de lo establecido en el Art. 108 del Decreto N.º 366/2006 —“Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales”.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 92
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-091 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 47941/25 caratulado: “Elisabeth GRERRA - FAD S/Solicitud de auspicio institucional nominal para proyecto de Música Afroamericana”.
CONSIDERANDO:
Que los docentes, Elisabeth Beatriz GUERRA, Simón ABECASIS y Mónica Beatriz PACHECO elevan la propuesta de llevar a cabo un taller con concierto final denominado “Canto colectivo afroamericano. Entre Spirituals y Candombes”. Dicha en actividad se interpretará un concierto repertorio afroamericano, spirituals y candombes, ya sea formando parte del colectivo coral y/o dirigiendo; también se realizarán cinco sesiones en las que se abordarán contenidos teórico-técnicos que se consoliden en experiencias artísticas de montaje (canto y dirección) en cada una de ellas.
Que el mismo está destinado a ingresantes, estudiantes y egresados de Carreras Musicales FAD u otras instituciones afines. Se admiten estudiantes mayores de edad de las Escuelas Artísticas Vocaciones de la Provincia de Mendoza; Profesores y estudiantes de Profesorados de Música de Institutos de Educación Superior de la Provincia de Mendoza, Directores Corales y Coreutas interesados en la temática.
La opinión favorable de las Carreras Musicales y de Secretaría de Extensión y Articulación Social.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar Auspicio Institucional para la realización de taller con concierto final denominado “Canto colectivo afroamericano. Entre Spirituals y Candombes”, organizado por los profesores Elisabeth Beatriz GUERRA, Simón ABECASIS y Mónica Beatriz PACHECO, el que se llevó a cabo entre los días VEINTITRÉS (23) y VEINTISIETE (27) de febrero del corriente, de acuerdo a los detalles consignados en el Anexo único.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 91
ANEXO ÚNICO
RESOLUCIÓN Nº 91
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-090 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 44135/25 caratulado: “Suplemento al Título del Espacio Curricular Optativo “Creación y Edición de imágenes Digitales”- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que varios estudiantes han cursado y aprobado la actividad optativa denominada “Creación y Edición de Imágenes Digitales” organizada por el Área de Virtualidad de la Facultad, durante el 2do semestre de 2025.
El informe emitido por la Dirección de Alumnos.
Que la solicitud de reconocimiento como suplemento al título de dicha actividad, se efectúa en el marco de la Ord.9/20-CD. (Art. 3).
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Reconocer como “Suplemento al Título” la actividad optativa “Creación y Edición de Imágenes Digitales” a los siguientes estudiantes, realizada durante el 2do semestre de 2025: - CABALLERO PAGANO, Luz María José (DNI 43637438)- Carrera de Artes Plásticas. - CUSSI, Lucía Belén (DNI 43270209)- Carrera de Diseño Escenográfico. - LUCERO PAZ, Sol (DNI 42064248)- Carrera de Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 90
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-089 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nº 2755/24, 9274/24, 2354/24 y 1896/24 en los que constan adscripciones de egresados/as que realizaron en las Carreras de Artes del Espectáculo, Artes Visuales y Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que los/as egresados/as han cumplido con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 11/09-C.D. y su modificatoria ordenanza N° 12/13-CD.
Los informes evaluativos de los Profesores Titulares de cada asignatura son favorables.
La opinión favorable de la Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las adscripciones de los egresados/a que realizaron en las Carreras de Artes del Espectáculo, Artes Visuales y Musicales de esta Facultad, respectivamente, de acuerdo al detalle que se menciona a continuación:
CARRERAS DE ARTES DEL ESPECTÁCULO DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
37270098 VELAZQUEZ, Pablo Emanuel OPTATIVA: HISTORIA DE LA CULTURA Y EL TEATRO UNIVERSALES III Ciclo Lectivo: 2024-2025
38582201 ZULUETA, Luciana Ruth OPTATIVA: HISTORIA DEL TEATRO Y LA CULTURA UNIVERSALES III Ciclo Lectivo: 2024-2025
CARRERAS DE ARTES VISUALES DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
33577396 VARGAS, Antonio INTRODUCCIÓN A LAS ARTES VISUALES Ciclo Lectivo: 2024 – 2025
CARRERAS MUSICALES DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
28511946 DI MARCO, José Luis OPTATIVA: VIOLONCELLO III Ciclo Lectivo: 2024 – 2025
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a cada egresado/a el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 89
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-088 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 4438/26 caratulado: “RIVERO, Alejandra S/Tesina - Director Fernando Guevara. Licenciatura enArtes Visuales - FAD”.
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte del docente que estará a cargo del mismo.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección de “Seminario de Licenciatura” a la alumna de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumna: Alejandra RIVERO (Registro N° 27286)
Seminario: “Resignificación del grabado contemporáneo desde una estética Pop” Director: Prof. Fernando Sebastián GUEVARA Carrera: Licenciatura en Artes Plásticas
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 88
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-087 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 42048/25 caratulado: “VILTE, Anahí S/Equivalencias -Carreras Musicales - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna Anahí VILTE ha cursado y aprobado varios espacios curriculares, entre ellos, “Armonía III” en la carrera de Profesorado y Licenciatura en Composición Musical que se dicta en la Facultad de Artes, Universidad Nacional de Córdoba.
La opinión favorable de la Titular de dicha asignatura y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia a la alumna Anahí VILTE (Registro Nº 28128) en el espacio curricular “Armonía III” que se dictan en la carrera de Licenciatura en Fagot de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 87
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-086 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico 4145/25 caratulado: “SANTONI PALMA, Ana Paula S/Adscripción egresada - 2025 -2026 - Sec Académica- FAD”
CONSIDERANDO:
Que la egresada Ana Paula SANTONI PALMA no dió cumplimiento a las exigencias establecidas por la ordenanza N° 11/09-C.D. y su modificatoria ordenanza N° 12/13-C.D, según lo informado por la Profesora Titular de la cátedra.
Lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desaprobar la adscripción de la egresada Ana Paula SANTONI PALMA (D.N.I. N° 28564280) a la asignatura “Seminario de Investigación” que se dicta en las Carreras de Diseño (Ciclo Lectivos 2025-2026), autorizada oportunamente mediante resolución N° 215/25–F.A.D.
ARTÍCULO 2°- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 86
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-085 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico 702/25 caratulado: “VERA, ROBERTO S/Adscripción Estudiante - 2025 - Sec Academica- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el estudiante Roberto VERA no ha dado cumplimiento con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D., según lo informado por la Profesora Titular de la cátedra.
Lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desaprobar la adscripción del estudiante Roberto VERA (Registro Nº 29340 D.N.I. N° 46475154) a la cátedra “Actuación I” que se dicta en las Carreras de Artes del Espectáculo (Ciclo Lectivo 2025), autorizado oportunamente mediante resolución N° 21/25– F.A.D.
ARTÍCULO 2°- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 85
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-084 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico 3748/25 caratulado: “JOFRE GOMEZ, Luna S/Adscripción Estudiante - 2025 - Sec Académica- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la estudiante Luna Jazmín JOFRÉ GÓMEZ no ha dado cumplimiento con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D., según lo informado por la Profesora Titular de la cátedra.
Lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desaprobar la adscripción de la estudiante Luna Jazmín JOFRÉ GÓMEZ (Registro Nº 28240 - D.N.I. N° 42210299) a la cátedra “Maquillaje” que se dicta en las Carreras de Artes del Espectáculo (Ciclo Lectivo 2025), autorizada oportunamente mediante resolución N° 66/25–F.A.D.
ARTÍCULO 2°- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 84
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-025 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2883/26 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL. FAD- CONCURSOS- PROPUESTA DE MODIFICATORIA ORD. 91/23 C.S.”.
CONSIDERANDO:
Que el Departamento de Concursos de esta Facultad eleva la propuesta de modificación del Art. 7 “Publicidad” de la ordenanza Nº 91/23–C.S. que Reglamenta el Régimen de Concursos para cubrir cargos vacantes del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo; en cuanto a no considerar en el caso de los Concursos Abiertos - Categoría 7 “la difusión de la Resolución de Convocatoria en ningún medio de comunicación gráfica”, pero sí continuar realizando la misma mediante los diversos espacios de difusión utilizados actualmente por esta Casa de Estudios.
Que además, dicha sugerencia surge por la problemática y la elevada carga onerosa del espacio publicitario que costean los diarios mendocinos a la hora de difundir una convocatoria a concurso.
Que la propuesta se da por analogía con lo establecido por Ord. Nº 58/23– C.S. que elimina toda publicación de convocatorias a concursos para el personal docente.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y a lo dispuesto por el Cuerpo en Sesión Plenaria del día 1 de julio de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Elevar al Consejo Superior la propuesta de modificación del Art. 7 “Publicidad” de la ordenanza Nº 91/23–C.S. que Reglamenta el Régimen de Concursos para cubrir cargos vacantes del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo; en cuanto a no considerar en el caso de los Concursos Abiertos - Categoría 7 “la difusión de la Resolución de Convocatoria en ningún medio de comunicación gráfica”, pero sí continuar realizando la misma mediante los diversos espacios de difusión utilizados actualmente por esta Casa de Estudios.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 25
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||