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FA-2026-RES-166 6/04/2026 (Carga: 6/04/2026) |
MENDOZA, 06 de abril de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 6197/26 caratulado: “TRIGO, María Verónica S/Acreditación cursos optativos. Carrera Diseño Escenográfico - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 349/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna María Verónica TRIGO (Registro N° 28900) CIENTO OCHO (108) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Diseño Escenográfico de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 166
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FA-2026-RES-165 6/04/2026 (Carga: 6/04/2026) |
MENDOZA, 06 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 5382/26 caratulado: “Asesoría Estudiantil S/Solicitud de Licencia Estudiantil - DE LA HOZ, Constanza Carolina - Carreras de Artes del Espectáculo - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna Constanza Carolina DE LA HOZ BURGOS, ha cumplimentado con la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de “Atención del grupo familiar”, como así también se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por la causal “Atención del grupo familiar”, a la alumna Constanza Carolina DE LA HOZ BURGOS (Registro Nº 29350 – D.N.I. Nº 96303060) de las carreras Licenciatura en Arte Dramático, desde el VEINTICINCO (25) marzo hasta el DIEZ (10) de abril de 2026, inclusive, de acuerdo con lo establecido por la Ord. N° 18/18 C.S., Anexo I, artículo 5, inciso h.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 165
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FA-2026-RES-164 6/04/2026 (Carga: 6/04/2026) |
MENDOZA, 06 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 25524/25 caratulado: “CAE - S/ Solicitud cambio de dedicación definitivo de la Docente LACAU, María de SIMPLE a SEMIEXCLUSIVA en la asignatura “Técnicas Corporales IV”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución Nº 209/26–C.S., se otorga, en el marco de lo establecido por ordenanza Nº 37/1986-C.S., la dedicación semiexclusiva efectivo a la Prof. María LACAU en su cargo de revista.
Que, asimismo, corresponde a esta Facultad establecer la fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios de la mencionada docente a los efectos de la eficacia del cambio de dedicación otorgado en el artículo primero de la mencionada resolución.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establecer, el UNO (1) de abril de 2026, como fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios a la Prof. María LACAU (Legajo Nº 27202 – CUIL Nº 27-143822074) en el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, efectivo, para el dictado de la asignatura “Técnicas Corporales IV” de la carrera Licenciatura en Arte Dramático, correspondiente a las Carreras Artes del Espectáculo de esta Facultad, de conformidad con lo establecido por el Art. 3 de la resolución N° 209/26-C.S.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 164
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CD-2026-RES-051 6/04/2026 (Carga: 6/04/2026) |
MENDOZA, 06 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 4213/26 caratulado: “Decanato s/Proyecto institucional: ‘La FAD reconstruye memoria’.”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 41/26-CD se aprobó el Proyecto institucional “La FAD reconstruye memoria”, en reconocimiento de la memoria y revalorización del archivo y documentos históricos que marcaron la larga trayectoria de esta reconocida Casa de Estudios.
Que durante el año 2025 se desarrollaron trabajos con el propósito de recuperar documentación histórica de la Facultad de Artes y Diseño, rescatar planes de estudio, proyectos académicos, de extensión, investigación y posgrado, así como designación de docentes que reflejan los cambios pedagógicos y el impacto que ha tenido esta Unidad Académica durante el desarrollo académico y social.
Que, a partir del compromiso asumido por esta Facultad con las políticas de derechos humanos y las acciones concretas, se han desarrollado diferentes líneas de acción, por ejemplo, la Plaza de la Memoria de la FAD, así como en la generación de instancias de formación en temáticas que ponen en valor a los derechos humanos, a la memoria, la verdad y la justicia.
Que se propone establecer múltiples objetivos específicos y líneas de acción tales como la de inventariar, clasificar y digitalizar todos los documentos históricos más relevantes de la FAD, garantizando su conservación a largo plazo.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado en sesión plenaria del día 17 de marzo de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establecer los objetivos y líneas de acción del Proyecto institucional “La Facultad de Artes y Diseño reconstruye memoria” (aprobado por resolución N° 41/26CD), de acuerdo con los contenidos desarrollados en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2°- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº51
ANEXO ÚNICO
La Facultad de Artes y Diseño reconstruye memoria La historia de nuestra Facultad tiene un recorrido formal, que se institucionaliza a partir de marzo de 1980 en la Universidad Nacional de Cuyo, por Resol. N° 351 del Rectorado, con un objetivo principal, que es jerarquizar los estudios de las disciplinas artísticas, en consonancia con la evolución que han tenido los organismos encargados de esta formación. Pero, esta constitución como Unidad Académica se sostiene sobre los cimientos de una historia previa y de una decisión institucional de unificar. Esa historia estuvo centrada en una estructura académica y administrativa de las Escuelas Superiores de Artes Plásticas, Diseño, Música y Teatro. Estas Escuelas que se integraron en la Facultad de Artes, funcionaban como organismos autónomos dependientes del Rectorado hasta 1980, y la existencia de algunas de ellas (Artes Plásticas, Música y Teatro), se vinculan con la creación de la Universidad Nacional de Cuyo (1939) y posteriormente, se crearon las Escuelas de Cerámica (1942) y Diseño (1958). El desarrollo de esta última Escuela y su trascendencia social hace que, en la década de 1990, el Consejo Directivo de la Facultad de Artes, cambiara la denominación de la Facultad de Artes por Facultad de Artes y Diseño (Ordenanza Nº 67/98), ratificada en el Consejo Superior de la UNCuyo (ordenanza Nº 8/98). Este breve recorrido pone en evidencia un recorrido institucional importante que devela decisiones institucionales, actividades y trayectorias diferentes, pero también subyacen historias que sólo permanecen en los actores de la época. Por lo que, este proyecto busca poner en valor y resguardar la memoria institucional. Hoy, encontramos esta memoria en documentaciones y otros registros, que nos relatan el desarrollo institucional, académico y cultural y también, la hallamos en la memoria de quienes vivieron esos momentos. Entre estos documentos se encuentran: Borradores sobre la creación y fundamentación de las carreras que forman la FAD; Resoluciones y ordenanzas; Proyectos de extensión, investigación y posgrado; Legajos históricos de alumnos; Asistencia de personal docente y de apoyo académico; Catálogos, boletines, revistas publicadas por las carreras; entre otros documentos. Los documentos históricos, como los planes de estudio y los nombramientos de docentes, reflejan los cambios pedagógicos y las políticas institucionales, mientras que los proyectos de extensión, investigación y posgrado permiten evidenciar el impacto de la facultad en la sociedad y en el ámbito académico en las diferentes décadas. Este proyecto es estratégico, porque busca poner en valor y preservar nuestra historia institucional, la historia de la Facultad de Artes y Diseño (FAD), recuperando documentación e historias invaluables. La conservación y puesta en valor del archivo en papel de la FAD, es de vital importancia para preservar la memoria institucional, garantizar el acceso a la información, promover la investigación histórica y académica y fomentar el desarrollo académico y cultural. En síntesis, se pretende un reconocimiento y puesta en valor de los orígenes de nuestra institución y colaborar en promover el sentido de pertenencia, para consolidar una identidad institucional. Esta propuesta como un acto para identificar, recordar y reconocer, es un proceso vinculado al contexto, a la institución y las personas que formaron parte de la FAD, es memoria colectiva. A través de este proyecto, la Facultad fortalecerá su compromiso con la historia y con el futuro de la educación en las artes y en diseño. . Objetivo general: Poner en valor la memoria institucional de la Facultad de Artes y Diseño, con el fin de dar visibilidad y reconocimiento público a la construcción académica, cultural y productiva de la institución, como también promover la investigación histórica y académica utilizando el material de archivo. . Objetivos específicos: Identificar archivos formato papel para inventariar, clasificar y digitalizar los documentos históricos más relevantes de la FAD, garantizando su conservación a largo plazo. Crear un sistema de archivo accesible, tanto físico como digital, para facilitar la consulta de los documentos y dar visibilidad a esta documentación. Recuperar historias, relatos de personas que forman y formaron parte de la FAD y que, por sus trayectorias académicas, artísticas y proyectuales, han dejado huellas profundas en la institución, contribuyendo a la formación de profesionales en las artes y en el diseño. Metodología de trabajo: El proyecto presenta dos líneas de desarrollo.
Anexo Único – Hoja 2
Línea.1. ‘Memoria FAD: historias que nos construyen’ Esta línea se desarrolla sobre la documentación formato papel. Se plantean las siguientes actividades: a. Inventario y clasificación: Realización de un inventario exhaustivo de todos los documentos disponibles, clasificándolos según su tipo (planes de estudio, nombramientos, proyectos, etc.) y por su relevancia histórica o académica. b. Conservación y restauración: Evaluación del estado de conservación de los documentos, priorizando aquellos que necesiten restauración para evitar su deterioro, como implementación de medidas de conservación física (limpieza, protección contra agentes dañinos, almacenamiento adecuado). c. Digitalización: Registro de los documentos más relevantes, asegurando que los archivos digitales sean de alta calidad y compatibles con sistemas de archivo. Para asegurar su acceso a través de una plataforma en línea y garantizar su conservación a largo plazo. d. Creación de una base de datos y archivo accesible: Desarrollo de una base de datos digital y un archivo físico organizado y accesible para la comunidad académica y el público en general. e. Difusión y promoción: Promoción del uso del archivo a través de exposiciones, jornadas de puertas abiertas y publicaciones que destaquen la relevancia de los documentos históricos de la FAD. A partir de los documentos hallados y en el marco de que este año 2026, se cumplen 50 años del último golpe de Estado en Argentina, hecho que dio inicio a una de las etapas más oscuras de nuestra historia reciente. En este contexto, se desplegó un plan sistemático de terrorismo de Estado basado en la represión, la desaparición forzada, el silenciamiento y la destrucción de toda forma de disidencia política, cultural y educativa. En ese contexto, muchas vidas quedaron suspendidas, arrancadas del registro institucional. Los legajos truncos, fragmentados o ausentes en los archivos universitarios dan cuenta de estas historias silenciadas. Además, en el marco de las leyes nacionales de reparación (24.043 y 25.985), que establecen la entrega de legajos de las instituciones a familiares de víctimas del terrorismo de Estado, visibilizando la represión laboral y estudiantil durante la dictadura. Los hallazgos hasta el momento en la FAD nos permiten reconstruir una historia académica de docentes y estudiantes que fueron parte de la FAD y que, por razones de expulsión, cesantía, no pudieron continuar sus trayectorias. Por esta razón, se propone el siguiente proyecto, que se desprende de los hallazgos de la línea 1 y se desarrolla sobre la documentación formato papel. 1.1 ‘Memoria FAD: reconstruyendo memoria situada’ Se plantean las siguientes actividades, tal como se especifican en los ítems (a, b, c, d, e) de la Línea 1, se busca recuperar, reconstruir y visibilizar los legajos de estudiantes y docentes, cuyas trayectorias fueron interrumpidas por la dictadura (por cesantía, suspensión u otra figura), en un gesto de memoria activa y reparación simbólica. A febrero del presente año, se han recuperado legajos de: ALFARO, Gastón; BERMÚDEZ, Ester Liliana; BRAJAK, Carlos “Drago”; LABIANO, María Estela; MICHAUT, Nélida; TULIÁN, Juan Carlos ‘Chalo’; RÚPOLO, Vilma Emilia; ROBERT, Edgardo; SALAS, Beatriz Elba; SUAREZ, Manuel Ernesto y SCAFATI, Luis Genaro. Finalmente, se propone la constitución de una Comisión Asesora, que analice el procedimiento y el tratamiento adecuado a los mismos expedientes para su ‘Rectificación administrativa’, basada en el espíritu del Decreto Nacional Nº 1199/2012. Línea.2. ‘Memoria FAD: voces de nuestra historia’ Esta línea desarrolla relatos, historias de docentes y personal nodocente de la institución. Se plantean las siguientes actividades: a. Identificar referentes: Relevamiento de personal de la FAD, en la que se destacan por su trayectoria académica. Etapa 1: con entrevistas breves a ‘profesores eméritos y consultos’. Etapa 2: especialistas por carreras y áreas. b. Grabación: Registro de voces, asegurando que los archivos digitales sean de calidad. c. Difusión: Promoción de estos archivos a través de diferentes formatos. En síntesis, este proyecto trasciende la mera organización de archivos; es una apuesta estratégica por consolidar nuestra identidad institucional y promover un profundo sentido de pertenencia en nuestra comunidad. Reconocemos y ponemos en valor nuestros orígenes —desde las actas, planes de estudio hasta los recorridos de nuestras Escuelas fundacionales—, la FAD reafirma su compromiso con la historia y con el futuro de la educación en las artes y el diseño. Y finalmente, recuperar nuestra memoria es, en última instancia, el acto que nos permite habitarnos hoy con plena conciencia de nuestra trayectoria y excelencia académica.
RESOLUCIÓN Nº51
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FA-2026-RES-163 1/04/2026 (Carga: 1/04/2026) |
MENDOZA, 1 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 3079/26 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL FAD- RENUNCIA CONDICIONADA - BAGNATO LAURA JUDITH”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución Nº 102/26-FAD se aceptó la renuncia condicionada de la Prof. Laura Judith BAGNATO, solicitada a partir del 1 de marzo de 2026, en el marco establecido por el Decreto Nacional N° 8820/62, en los cargos detallados en la misma.
Que, posterior a su emisión, la Prof. BAGNATO solicita rectificación de la fecha de la renuncia condicionada, a partir del 1 de abril del corriente año, con el beneficio de obtener los 25 años de servicios como docente universitario.
Que a tal efecto y en vía de promover dicho beneficio a favor de la mencionada docente, corresponde modificar la resolución N° 102/26-FAD en la fecha indicada.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 10º por la ordenanza Nº 44/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar, parcialmente, la resolución Nº 102/26-FAD, respecto a la fecha de la renuncia condicionada aceptada a la Prof. Laura Judith BAGNATO, de la siguiente manera: Donde dice: 6. Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES Marzo
AÑO 2026
Debe decir: 6. Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES Abril
AÑO 2026
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 163
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CD-2026-ORD-003 1/04/2026 (Carga: 5/05/2026) |
MENDOZA, 1 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 5280/26 en el que se eleva el “Reglamento para la Designación de Docente en Cargos Transitorios” en el ámbito de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que resulta necesaria la modificación de la ordenanza N° 2/20-CD, por la cual se instrumentó el mecanismo de designación de docentes para cubrir cargos interinos o reemplazantes de manera transitoria; como también para los casos de docentes con funciones extracurriculares.
Que dicha reforma requiere adecuaciones a la luz de los nuevos cambios tecnológicos y modalidades en los procedimientos para la designación transitoria de cargos docentes (sin concurso), con el fin de garantizar la continuidad académica, funcionamiento institucional y los estándares mínimos de calidad educativa.
Que resulta imprescindible contar con un instrumento normativo que permita, de manera excepcional y temporal, la cobertura de cargos docentes cuyas vacantes se produzcan por jubilación, renuncia o desvinculación repentina.
Que dichas designaciones deben ser sometidas a criterios claros de transparencia, idoneidad profesional y evaluación periódica, con el fin de resguardar la calidad de la enseñanza.
Que es necesario establecer requisitos, procedimientos y mecanismos de evaluación obligatoria previos a la continuidad de las designaciones, en caso de no haber sido cubiertas mediante mecanismos concursales.
Que al efecto se conformó una comisión revisora constituida por personal Docente, No Docente y de Gestión, con una visión global y periférica de los distintos sectores de esta comunidad universitaria.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y lo aprobado por este Cuerpo en sesión del 31 de marzo de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- Derogar la ordenanza Nº 2/20-CD.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el “REGLAMENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE DOCENTES EN CARGOS TRANSITORIOS” en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño.
ARTÍCULO 3°.- Delegar en el/la Decano/a la atribución de designar transitoriamente a docentes interinos y reemplazantes -a propuesta de las Direcciones de Carreras con el aval de Secretaría Académica- bajo la modalidad establecida en el Anexo I de la presente.
Ord. N° 3
ARTÍCULO 4°.- Aprobar el Procedimiento General y Modalidades de Convocatoria (Promoción Jerárquica, Convocatoria Cerrada y Convocatoria Abierta) para la cobertura de cargos transitorios, de acuerdo con lo establecido en los Anexos II, III y IV de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Aprobar los lineamientos, estructura y requisitos obligatorios para la presentación del Plan de Labor (Propuesta Docente) exigidos para la cobertura de cargos con funciones docentes y de complemento curricular, contenidos en los Anexos V y VI del presente reglamento.
ARTÍCULO 6°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 7º.- Comuníquese e insértese en el libro de Ordenanzas del Consejo Directivo.
ORDENANZA N° 3
ANEXO I Título I – Procedimiento para la designación excepcional y transitoria de docentes interinos y reemplazantes
Capítulo I – CONSIDERACIONES
ARTÍCULO 1°. Tiene como finalidad cubrir necesidades académicas urgentes cuando se produzcan vacantes por jubilación, renuncia o desvinculación repentina o imprevista. Garantiza estándares mínimos de calidad, transparencia y profesionalidad. Responde a la necesidad de dar continuidad, regularidad y calidad del servicio educativo. Es de carácter transitorio y excepcional Deberá tramitarse concurso de antecedentes y oposición de carácter interino o efectivo en el marco de las reglamentaciones vigentes, en el plazo que se establece, sin excepción. En todos los cargos será un requisito esencial e ineludible la presentación del Plan de Labor (propuesta docente) para la admisibilidad de las postulaciones. La omisión de su presentación o la falta de adecuación sustantiva a los lineamientos académicos e institucionales vigentes determinará la no consideración de su postulación .
ARTÍCULO 2º. La Dirección de Carreras realizará una Nota de pedido de designación del postulante que resultó elegido. Esta, deberá estar fundamentada, teniendo en cuenta: experiencia afín al Espacio Curricular, presentación a concursos, adscripciones, participación en proyectos institucionales, experiencia comprobada en el campo y Propuesta Docente.
ARTÍCULO 3°. MODALIDADES: A criterio de la Dirección de Carrera, podrá utilizarse una de las siguientes modalidades a) Promoción Jerárquica: se realizará dentro de la cátedra (ver Anexo II) b) Convocatoria cerrada: destinada exclusivamente a docentes que revistan cargos activos en la Facultad o Universidad. Solo se aplicará cuando el cargo vacante sea Profesor Titular. (ver Anexo III) c) Convocatoria abierta: a Docentes, Egresados o Profesionales que no se encuentren en actividad docente en la Universidad Nacional de Cuyo. (ver Anexo IV)
Capítulo II – TRÁMITE
ARTÍCULO 4º. Las designaciones en el marco de la presente Ordenanza serán realizadas por un lapso no mayor a NUEVE (9) meses, cesando cuando el cargo se provea por Concurso o expire el plazo de designación, lo que suceda primero. Cuando el Concurso ya convocado se encuentre demorado; la designación podrá ser prorrogada por el Consejo Directivo.
ARTÍCULO 5º. Cuando se solicite al Consejo Directivo -en forma excepcional- la prórroga de designación de los docentes designados bajo esta modalidad, deberá realizarse previamente una breve evaluación de su desempeño durante los NUEVE (9) meses transcurridos. La misma estará a cargo del/la Director/a, Vicedirector/a y, en los casos que no sea Profesor Titular el cargo a evaluar, el/la Profesor/a Titular de la asignatura. Para ello se considerará: a) Planificación y organización académica b) Desempeño en el aula c) Evaluación estudiantil d) informe de actuación, e) otros.
Anexo I- Hoja 2
ARTÍCULO 6º. Cuando se trate de cargos interinos, la Dirección de Carreras deberá enviar la propuesta de convocatoria a concurso para cubrir ese cargo dentro de los SESENTA (60) días a partir de la efectiva prestación del docente designado.
ARTÍCULO 7º. Cuando se trate de cargos reemplazantes el plazo de designación transcurrirá mientras dure la licencia del titular del cargo con funciones docentes. No deberá llamarse a Concurso y podrá prorrogarse con resolución del Consejo Directivo.
ARTÍCULO 8°. Cuando se trate de cargos reemplazantes o interinos que dependan de docentes con funciones de gestión, no podrá llamarse a Concurso y la prórroga se hará mientras dure el periodo que el docente titular del cargo permanezca cumpliendo las funciones de gestión.
ARTÍCULO 9º. Si el docente elegido no reviste cargo en la UNCUYO, no podrá ser designado ni puesto en funciones hasta que haya cumplimentado todos los trámites pertinentes en Dirección de Personal para el ingreso a la Administración Pública Nacional.
ARTÍCULO 10°. Este mecanismo también podrá utilizarse como medio de selección para cargos con funciones de complemento curricular. Para ello, también se solicitará la realización de un plan de labor (propuesta docente), según Anexo V y VI. El plazo de designación deberá consensuarse con la autoridad, dado que no podrá convocarse a concurso de ningún tipo, considerando la naturaleza de las funciones.
ARTÍCULO 11°. Dado el carácter transitorio y el corto período de la designación, los/las docentes designados/as por este mecanismo no podrán solicitar las siguientes licencias enmarcadas en el Decreto 1246/2015 “Convenio Colectivo de Trabajo Personal docente de Universidades Nacionales”: Artículo 49º - Licencias extraordinarias I. CON GOCE DE HABERES e) Licencia por razones de estudio II. SIN GOCE DE HABERES a) Licencia por ejercicio transitorio de cargos de mayor jerarquía (1 y 2) b) Licencia por Razones Particulares
ARTÍCULO 12°. Cada DOS (2) meses el Departamento de Concursos enviará a Decano/a la nómina del personal docente que accedió por este mecanismo, a fin de que el/la señor/a Decano/a informe al Consejo Directivo las designaciones realizadas bajo esta modalidad.
ARTÍCULO 13°. Las Direcciones de Carreras elevarán periódicamente al Consejo Directivo un informe con el estado de avance de las convocatorias a concurso de los cargos designados mediante la presente ordenanza.
ORDENANZA N° 3
ANEXO II
OPCIÓN A – PROMOCIÓN JERÁRQUICA
AMBITO DE APLICACIÓN PUBLICACIÓN MODALIDAD SELECCIÓN
Profesor Titular o Asociado: Cargos de Profesor: Convocatoria Presentación de Plan de Labor por orden jerárquico a docentes (Propuesta docente + Programa de la cátedra con cargo de del Espacio Curricular) (*) Profesor (Asociado o Adjunto). Profesor Adjunto/Auxiliares: Cargos de Auxiliar: Convocatoria a Presentación de Plan de Labor Director/a o Vicedirector/a de docentes de la cátedra con cargo (Propuesta docente). Notificación personal a los Carreras. Para ello podrá de Auxiliar (JTP, Ayudante 1ra o integrantes de la cátedra, a Para ello, se deberá tener en cuenta consultar con el Profesor Titular 2da). cargo de la Dirección. el modelo establecido por Secretaría de la asignatura o de asignatura En ningún caso podrá promoverse un Académica y demostrar una afín. docente auxiliar al cargo de profesor. correlación y coherencia entre Plan Ante más de un postulante de igual de Estudios, Propuesta y Programa jerarquía, se evalúan antecedentes y presentado del Espacio Curricular, en Plan de Labor. el que debe garantizar coherencia curricular.
(*) Esto asegura la continuidad pedagógica y evita fragmentaciones o desvíos respecto del Plan de estudios aprobado. Asimismo, asegura consistencia académica y metodológica, lo que permite valorar la capacidad de conducción, su aptitud para planificar, organizar y proyectar el desarrollo de la Cátedra a mediano y corto plazo.
La exigencia de presentación de una propuesta docente junto con el programa de la asignatura encuentra su fundamento en la naturaleza estratégica del cargo dentro de la estructura académica universitaria. El Titular no solo asume funciones de dictado de clases, sino que ejerce responsabilidad académica integral sobre la Cátedra. Esto no constituye una formalidad, sino un requisito sustancial para asegurar calidad, articulación curricular y responsabilidad académica en el ejercicio del cargo.
ORDENANZA Nº 3
ANEXO III
OPCIÓN B - CONVOCATORIA CERRADA
AMBITO DE APLICACIÓN PUBLICACIÓN MODALIDAD SELECCIÓN
Comisión Evaluadora: Director/a o Vicedirector/a de Carreras, un Aplicable únicamente para la Profesor Titular afín y un tercer provisión de cargos de Profesor miembro designado por Titular. Presentación de Plan de Labor Secretaría Académica. (Propuesta docente + Programa Página web de la Facultad del Espacio Curricular). Destinada exclusivamente a Procedimiento: (pestaña "Docentes"). docentes que revisten cargos activos en la Facultad o Para ello, se deberá tener en -Elaboración de acta Redes sociales institucionales. Universidad. cuenta el modelo establecido por fundamentando la elección Secretaría Académica y demostrar realizada o cuando no haya Correos electrónicos de ningún postulante que reúna los En esta opción no se admitirán una correlación y coherencia entre docentes y canal comuniFAD requisitos para ser designado. postulantes externos a la Plan de Estudios, Propuesta y (o reemplazo). Universidad, por razones de Programa presentado del Espacio celeridad administrativa y Curricular, en el que debe - Potestad de llamar a Coloquio. resguardo de la continuidad garantizar coherencia curricular pedagógica. Este acta será notificada Fehacientemente a todos los postulantes.
ORDENANZA Nº 3
ANEXO IV
OPCIÓN C - CONVOCATORIA ABIERTA
AMBITO DE APLICACIÓN PUBLICACIÓN MODALIDAD SELECCIÓN
Comisión Evaluadora: Director/a o Vicedirector/a de Carreras, un Profesor Titular afín y un tercer miembro designado por Secretaría Académica. Página web de la Facultad (pestaña “Docentes”) Procedimiento: Destinada a: Docentes - Elaboración de acta Redes sociales de la carrera Egresados Presentación de Plan fundamentando la elección convocante Profesionales que no se de Labor (Propuesta realizada o cuando no haya encuentren en actividad docente). ningún postulante que reúna los Correos electrónicos de docente en la Universidad requisitos para ser designado. egresados Nacional de Cuyo. anal comuniFAD u otros - Potestad de llamar a Coloquio.
Esta acta será notificada fehacientemente a todos los postulantes.
ORDENANZA Nº 3
ANEXO V PLAN DE LABOR / PROPUESTA DOCENTE (para funciones docentes)
El aspirante a PROFESOR Titular, Asociado, Adjunto o a AUXILIAR: Jefe de Trabajos Prácticos, Ayudante de Primera o Ayudante de Segunda, realizará una Propuesta de acuerdo al cargo.
DATOS INFORMATIVOS Apellido, Nombre, Cargo, Cátedra, etc.
PROPUESTA SEGÚN EL CARGO: Se presenta el desarrollo de la Propuesta para alcanzar el objetivo que haya planteado el postulante. Se hará en forma diferenciada según el cargo al que se presenta:
Profesor Titular y Asociado: deberá elaborar una Propuesta Docente y el Programa del Espacio Curricular, demostrando que conoce su responsabilidad académica y demuestra su capacidad de conducción. Para el programa deberá tener en cuenta el modelo establecido en Secretaría Académica. En la Propuesta deberá demostrar una correlación y coherencia curricular entre Plan de Estudios y lo que propone. Profesor Adjunto: Teniendo en cuenta el Programa vigente presentado por el Titular, elegirá una Unidad, Módulo o Eje temático y deberá elaborar una Propuesta en la que podrá hacer aportes, pero siempre en el marco de la coherencia curricular con los lineamientos del Espacio. Auxiliar de Docencia: deberá presentar una Propuesta en la que demuestre como colaborará en la implementación del Programa aprobado y contribuyendo al cumplimiento de los objetivos del Espacio Curricular de acuerdo a la jerarquía y funciones de su cargo. Como tiene un rol clave en el trabajo directo con los estudiantes, sobre todo en instancias prácticas, desarrollo de guías de Trabajos Prácticos y su corrección, producción de materiales de apoyo, etc.
DESARROLLO ORIENTATIVO DE LA PROPUESTA: Para el caso de Profesores o Auxiliares, la Propuesta o Plan deberá contener lo siguiente, siempre ajustándose a la jerarquía y funciones:
FUNDAMENTACIÓN Y JUSTIFICACIÓN Cumple una tarea introductoria. Es la primera explicación, la primera impresión y la presentación del trabajo escrito. Debe ser una descripción afirmativa, comprensible, razonable y comprobable. Se debe tener en cuenta la fundamentación pedagógica porque argumenta la pertinencia. Debe dar cuenta del posicionamiento del aspirante en relación con los marcos teóricos y disciplinares. No puede faltar el encuadre de la propuesta con el Perfil del Egresado. COMPETENCIAS GENERALES Y ESPECÍFICAS (para el Programa) ENCUADRE METODOLÓGICO (Metodología de enseñanza aprendizaje) RECURSOS (materiales- didácticos- tecnológicos) SABERES PRESUPUESTO DEL TIEMPO- CRITERIO DE DISTRIBUCIÓN EVALUACIÓN BIBLIOGRAFÍA DEL DOCENTE Y DEL ESTUDIANTE (Se evalúa la adecuación, actualización y pertinencia con ajuste a las normas internacionales vigentes (Normas APA).
ORDENANZA N° 3
ANEXO VI PLAN DE LABOR / PROPUESTA DOCENTE (para funciones Complementarias al Desarrollo Curricular)
El personal con funciones complementarias al desarrollo curricular cumple funciones de apoyo, pero no forma parte de la estructura de Cátedra. Asimismo, no interviene en instancias formales de evaluación académica. Su rol se desarrolla en articulación con el equipo docente y se orienta a fortalecer procesos de enseñanza aprendizaje, acompañamiento estudiantil, contribución en el fortalecimiento de las actividades que realizan los estudiantes, colaboración en la organización de Talleres o producciones colectivas, asistencia en la preparación de materiales.
Aclaraciones respecto del personal docente con funciones complementarias al desarrollo curricular: No tienen responsabilidad de conducción académica de los Espacios Curriculares y su actividad se realiza en articulación con el equipo docente a los que acompañe. Deben cumplir la totalidad de la carga horaria. Ello en virtud de lo dispuesto por Ord. 28/00 C.S. art. 3°, que establece las actividades docentes en el plano de la disponibilidad. Ninguna de ellas incluye tareas que realiza el personal con funciones complementarias. https://bibliotecas.uncuyo.edu.ar/sig/digesto/?archivo=DI-O_CS_0028_2000.pdf
PLAN O PROPUESTA: Considerando los espacios de Talleres y funciones de Modelos, entre otros, la organización resulta clave para garantizar condiciones pedagógicas, técnicas y de seguridad para la formación práctica de las Carreras de Artes y Diseño. Por lo expuesto, la Propuesta deberá desarrollar estas temáticas: Talleres: Colaboración en la organización del espacio: Talleres. Explicación del acompañamiento a estudiantes en el uso adecuado de herramientas, materiales y procedimientos técnicos. Asistencia técnica en los procesos. Contemplación de medidas de promoción y prevención en orden a las Normas de Higiene y seguridad. Mantenimiento básico del equipamiento del Taller. Concientización sobre el cuidado del equipamiento y del espacio común. Colaboración en la gestión de insumos y materiales Contribución para que sea un espacio colectivo de aprendizaje
Modelos: Organización de sesiones de trabajo como Modelo para Dibujo, Pintura, Escultura Coordinación de tiempos y dinámicas de pose según las necesidades pedagógicas de los Espacios Curriculares. Conocimiento y aceptación de las condiciones de trabajo del taller (duración de poses, descansos, dinámica de las clases). Aptitud para el trabajo corporal (posturas, resistencia, expresividad). Conformidad con el uso pedagógico de su imagen dentro del contexto académico
ORDENANZA N° 3
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FA-2026-RES-162 30/03/2026 (Carga: 30/03/2026) |
MENDOZA, 30 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 3260/26 caratulado: “ATTORRI CUNIETTI, Guadalupe Paz S/ Adscripción Alumnos 2026, CM - FAD.
CONSIDERANDO:
Que por resolución N° 96/26-FAD se autorizó la adscripción a la estudiante Guadalupe Paz ATTORRI CUNIETTI en el espacio curricular “Instrumento Complementario (Piano)” de la Licenciatura en Música Popular, para el ciclo lectivo 2026.
Que a posterior a su autorización, la Secretaria Académica advierte que el formulario de solicitud de adscripción se encuentra suscripta por otro docente distinto al titular de la asignatura.
Que a tal efecto, corresponde modificar el espacio curricular con el fin de procurar la participación de la estudiante ATTORRI CUNIETTI bajo la autorización del titular de la catedra correspondiente; todo ello conforme a la reglamentación vigente dispuesto por Ordenanza N° 9/09-CD,
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modificar, parcialmente, la resolución N° 96/26-FAD, en lo que respecta al espacio curricular destinado a cumplimentar la adscripción autorizada a la estudiante Guadalupe Paz ATTORRI CUNIETTI, de la siguiente manera:
Donde dice: CARRERAS MUSICALES REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES 29282 46164056 ATTORRI CUNIETTI, Guadalupe Paz Instrumento Complementario (Piano) Ciclo Lectivo: 2026
Debe decir: CARRERAS MUSICALES REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES 29282 46164056 ATTORRI CUNIETTI, Guadalupe Paz Armonía Ciclo Lectivo: 2026
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 162
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FA-2026-RES-161 27/03/2026 (Carga: 12/05/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico N° 3460/26 caratulado: “Israel Macario Moisés TOBAR S/ Solicitud Suplemento al Título. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el estudiante Israel Macario Moisés TOBAR ha realizado y participado en numerosas actividades extensión y vinculación, de docencia y de gestión que favorecen ampliamente la formación y perfil profesional como futuro egresado de esta Casa de Estudios.
Los informes producidos por la Dirección de Alumnos y de Secretaria Académica.
Que la solicitud de acreditación como Suplemento al Título, se efectúa en el marco de la Ord.9/20-CD. (Art. 3).
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Reconocer al estudiante Israel Macario Moisés TOBAR (D.N.I. Nº 28757103) como “Suplemento al Título” a la carrera Profesorado de Grado Universitario en Música (Guitarra), las siguientes actividades extracurriculares:
1) Actividades de Docencia: -Adscripción a Cátedra “Guitarra” – Carreras Musicales, FAD (2015). Probanza: Certificado de Adscripción con Res. 58/2016-FAD. 2) Actividades de Extensión y Vinculación: -Participación en la XI Semana de Educación Musical – FAD (2019). Probanza: Certificado con Res. 259/2019-CD. -Seminario de Extensión “Pedagogía Musical. Avances de la Investigación Aplicada” – FAD (2015) (Certificado institucional incorporado) 3) Actividades de Gestión: -Gestión universitaria en la Facultad de Artes y Diseño – Asesoría Estudiantil (2019–2026). Probanzas: Res. CD-2022-340; Res. CD-2022-350; Res. CD-2023-251; Res. CD2024-289; Res. CD-2025-315. -Miembro de la Comisión Evaluadora de Becas – Asesoría Estudiantil (2025). Probanza: FA-2025-RES434.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 161
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FA-2026-RES-160 27/03/2026 (Carga: 27/03/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 1397/26 caratulado: “Macarena Saravia S/ Renuncia al Comité Académico de la “Diplomatura en Diseño Ux/U. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaria de Investigación y Posgrado eleva formalmente la renuncia presentada por la Mgtr. Macarena SARAVIA como miembro del Comité Académico Asesor de la Diplomatura en UX/UI. Experiencia de usuario y diseño de interfaces.
Que el Comité Académico Asesor reunidos en sesión del día 11 de marzo de 2026, aceptan en Acta la renuncia presenta por la Mgtr. SARAVIA, agradeciendo los aportes realizados en la mencionada Diplomatura.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia de la Mgtr. Macarena SARAVIA como miembro del Comité Académico Asesor de la Diplomatura en UX/UI. Experiencia de usuario y diseño de interfaces, nombrada a tal efecto mediante resolución Nº 287/23–C.D.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 160
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FA-2026-RES-159 27/03/2026 (Carga: 27/03/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2986/26 caratulado: “Garcia, Aldo Enrique S/ Solicitud de Diploma de Licenciado en Guitarra”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 84/10-C.S., 76/14-CS y modificatoria 49/18C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN GUITARRA al egresado Aldo Enrique GARCIA (D.N.I. Nº 40963219) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el CUATRO (4) de enero de 1998, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 84/10-C.S., 76/14-CS y modificatoria 49/18-C.S., con fecha de egreso ONCE (11) de diciembre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 159
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FA-2026-RES-158 27/03/2026 (Carga: 27/03/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2983/26 caratulado: “Fernández Corvalán, María Vanina S/ Solicitud de Diploma de Licenciada en Música Popular con Orientación en Canto”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 119/03-C.S. y 128/03-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN MÚSICA POPULAR CON ORIENTACIÓN EN CANTO a la egresada María Vanina FERNÁNDEZ CORVALÁN (D.N.I. Nº 22217446) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el CINCO (5) de febrero de 1972, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 119/03-C.S. y 128/03-C.S., con fecha de egreso VEINTISIETE (27) de octubre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 158
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FA-2026-RES-157 27/03/2026 (Carga: 27/03/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2991/26 caratulado: “Guerra Quiroz, Celeste Victoria S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Industrial”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Celeste Victoria GUERRA QUIROZ (D.N.I. N° 43213621) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTINUEVE (29) de enero de 2001, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso DIECIOCHO (18) de diciembre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 157
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FA-2026-RES-156 27/03/2026 (Carga: 27/03/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2985/26 caratulado: “Fortuna, Mariángeles S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Gráfica”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Mariángeles FORTUNA (D.N.I. N° 44059929) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DOS (2) de marzo de 2002, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso CATORCE (14) de noviembre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 156
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FA-2026-RES-155 27/03/2026 (Carga: 27/03/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2982/26 caratulado: “Fernandez Lucero, Abril S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Gráfica”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Abril FERNANDEZ LUCERO (D.N.I. N° 43077653) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTICINCO (25) de octubre de 2000, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso CATORCE (14) de noviembre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 155
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FA-2026-RES-154 27/03/2026 (Carga: 27/03/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2981/26 caratulado: “Dominguez Bisogno, María Constanza S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Gráfica”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada María Constanza DOMINGUEZ BISOGNO (D.N.I. N° 44057475) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTICINCO (25) de febrero de 2002, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso CATORCE (14) de noviembre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 154
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FA-2026-RES-153 27/03/2026 (Carga: 27/03/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 1952/25 caratulado: “Relaciones Institucionales s/solicitud de firma de Convenio Marco UNCUYO - Escuela Universitaria de Artes TAI.”
CONSIDERANDO:
Que dicho acuerdo tiene como objetivo implementar las acciones tendientes a desarrollar proyectos de carácter académico, científico y cultural en beneficio para ambas Instituciones Educativas.
Que el presente acuerdo específico se encuentra enmarcado en los procedimientos y mecanismos administrativos establecidos por Ord. 47/08-CS.
Por ello y atento a la delegación expresa de sus facultades,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Acuerdo Especifico suscripto entre la Facultad de Artes y la Escuela Universitaria de Artes TAI, el cual tiene como objetivo implementar las acciones tendientes a desarrollar proyectos de carácter académico, científico y cultural en beneficio para ambas Instituciones Educativas, conforme con el Anexo Único que consta de DOS (2) hojas y forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 153
ANEXO ÚNICO
Anexo Único – Hoja 2
RESOLUCIÓN Nº 153
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CD-2026-RES-050 27/03/2026 (Carga: 27/03/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 3665/26 caratulado: “Propuesta formativa "Marco de Competencias Digitales e instrumentos de evaluación para EVEAs.”.
CONSIDERANDO:
Que el Área de Virtualidad eleva la propuesta formativa denominada “Estándares de calidad para entornos virtuales: Marco de Competencias Digitales e instrumentos de evaluación para EVEAs.” destinada a desarrollar competencias de evaluación de entornos virtuales de enseñanza y aprendizaje para miembros de la Comisión Asesora de Educación a Distancia de la Facultad de Artes y Diseño.
Que dicho proyecto constituye una iniciativa pionera por parte de esta Facultad en cuanto al desarrollo, evaluación y certificación de competencias digitales docentes en el contexto de la planificación, diseño y evaluación del aula en los Entornos Virtuales de Enseñanza y Aprendizaje (EVEA) según el Marco Europeo para la Competencia Digital de los Educadores.
Que, esta actividad formativa posee como objetivo general la certificación de competencias digitales en la plataforma Moodle en base al marco de competencias digitales de Umbral Digital y en consecuencia, generar un protocolo de evaluación y certificación de entornos virtuales de enseñanza y aprendizaje para la FAD.
La opinión favorable de la Secretaria Académica.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo aconsejado por el Cuerpo en sesión plenaria del día 17 de marzo de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la propuesta formativa denominada “Estándares de calidad para entornos virtuales: Marco de Competencias Digitales e instrumentos de evaluación para EVEAs.” que estará bajo la coordinación del Área de Virtualidad de esta Facultad, de acuerdo a las especificaciones detalladas en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 50
ANEXO ÚNICO
Estándares de calidad para entornos virtuales: Marco de Competencias Digitales e instrumentos de evaluación para EVEAs.
Fundamentación de la propuesta La propuesta constituye una iniciativa pionera de la Facultad de Artes y Diseño en cuanto al desarrollo, evaluación y certificación de competencias digitales docentes en el contexto de la planificación, diseño y evaluación del aula en los Entornos Virtuales de Enseñanza y Aprendizaje (EVEA) según el Marco Europeo para la Competencia Digital de los Educadores 1. Esta iniciativa, en el marco del Sistema Institucional de Educación a Distancia, es valiosa para avanzar en procesos de evaluación de la calidad en entornos virtuales dentro de la Facultad de Artes y Diseño.
Actualmente, las competencias digitales conforman un espectro de habilidades y comportamientos fundamentales para poder desempeñarnos en territorios digitales, parte esencial de la alfabetización en el siglo XXI. Estos territorios digitales facilitan el acceso abierto al conocimiento, aceleran las formas conectadas y colaborativas de trabajo y la construcción de saberes. En educación superior, estos territorios cambian su topografía constantemente sumando o modificando casi a diario las tecnologías, las estrategias pedagógicas y las competencias de los actores implicados en estas relaciones de enseñanza y aprendizaje.
La alfabetización digital no es solo una habilidad técnica, sino una competencia crítica que habilita a los individuos a participar activamente en la sociedad actual, contribuyendo con contenido de manera consciente y crítica. Este cambio redefine el papel de docentes y estudiantes, quienes deben estar preparados no solo para consumir información, sino para cuestionarla, modificarla y crearla, en un entorno digital en constante evolución. Las instituciones educativas deben responder tanto a los avances tecnológicos como a las demandas del contexto profesional. En este sentido, incorporar las competencias digitales en la currícula es una necesidad tanto para la formación docente como para la de los estudiantes. Por ello, el proceso de estandarización educativa es tan importante para establecer marcos comunes que faciliten la comparabilidad de programas y permitan a los estudiantes una mejor preparación para contextos profesionales globalizados.
En este proyecto se subraya el valor de trabajar con las aulas en los entornos virtuales de enseñanza y aprendizaje teniendo como horizonte las competencias digitales que evidencian y promueven tanto en docentes como en estudiantes. El marco de referencia de la propuesta de formación basada en competencias digitales desde la dimensión tecnopedagógica se centra en trascender el uso de las TIC y centrarse en la práctica docente como el proceso más importante a transformar, el cual se verá reflejado en el diseño de los EVEA.
1 Marco Europeo para la Competencia Digital de los Educadores https://www.metared.org/content/dam/metared/pdf/marco_europeo_para_la_competencia_digital_de_los_e ducadores.pdf
Resol. N° 50
Anexo Único-Hoja 2
Objetivos -Objetivos generales: Certificar competencias digitales en la plataforma Moodle en base al marco de competencias digitales de Umbral Digital. Generar un protocolo de evaluación y certificación de entornos virtuales de enseñanza y aprendizaje para la FAD. - Objetivos específicos Capacitar a la Comisión Asesora de Virtualidad de FAD en competencias digitales vinculadas específicamente con aulas virtuales y ecosistemas digitales. Capacitar en la evaluación de entornos virtuales de enseñanza y aprendizaje para la calidad educativa de propuestas presenciales, híbridas y a distancia. Diseñar diferentes estrategias de divulgación y comunicación para sensibilizar a la comunidad educativa sobre las competencias digitales en relación con los EVEA. Sensibilizar a la comunidad académica en competencias digitales.
Articulación y antecedentes Esta propuesta se enmarca en un conjunto de antecedentes institucionales que le dan sustento y continuidad. La articulación entre la Facultad de Artes y Diseño y la Facultad de Filosofía y Letras se formaliza en el año 2023 y 2024 mediante el convenio expuesto en la Res. 23/24 CD y estas actividades de cooperación y transferencia interinstitucional continuaron basadas en el proyecto “Competencias digitales docentes en educación superior. Evaluación y certificación de aulas virtuales” un proyecto plasmado en el acuerdo disponible en la Res. 574/25 C.D.Asimismo, estos acuerdos se refuerzan mediante el proyecto de fortalecimiento "Marco de competencias para un ecosistema educativo digital" plasmado en la Res. 1652/25 R.y el proyecto de investigación SIIP "Marco teórico de los procesos educativos mediados por tecnologías" visible en la Res. 1651/25 R.- Finalmente, estas instancias de transferencia y construcción de un marco común para la evaluación de entornos virtuales, en articulación con la Dirección de Educación a Distancia e Innovación Educativa de la UNCUyo se transfiere a la Comisión de Virtualidad de SIED, según lo expuesto en la resolución 1730/2025 R.- que aprueba la propuesta de "Competencias digitales docentes en Educación Superior. Evaluación y certificación de aulas virtuales", en el marco del Plan de Virtualización de la Educación Superior IV (VES IV). Estos antecedentes constituyen escenarios de investigación, articulación y validación del Marco de Competencias Digitales, previos y directos a la presente propuesta.
Población destinataria del proyecto Comisión Asesora de planificación, seguimiento y evaluación de Proyectos de Educación a Distancia de la Facultad de Artes y Diseño Docentes a cargo de EVEAs seleccionados para el proyecto.
Desarrollo del proyecto y descripción de etapas El carácter situado e iterativo de la evaluación dentro de un EVEA implica que el valor de la plataforma no se mide de forma abstracta, sino en función de su interacción con el usuario y el contenido en un entorno específico.
Resol. N° 50
Anexo Único-Hoja 3
Bajo esta premisa, la mejora continua deja de ser un objetivo lineal para convertirse en un proceso circular sustentado en la iteración. El uso de modelos metodológicos iterativos —propios del diseño de interacción, el diseño de interfaces gráficas de usuario y el UX/UI — permite que las interfaces y los entornos virtuales evolucionen mediante diagnósticos recurrentes, reduciendo la brecha entre la funcionalidad técnica y la efectividad pedagógica. Para abordar el Marco de Competencias Digitales y los instrumentos de evaluación para EVEAs. se abordan las siguientes etapas;
Proceso de selección de Entornos Virtuales 2025: Durante el periodo 2025 se seleccionaron 16 entornos virtuales correspondientes a 17 espacios curriculares que fueron acompañados por el equipo de Virtualidad. Etapa formativa sobre el Marco de Competencias Digitales: Esta etapa se abordará durante el mes de marzo de 2026 y comprende un proceso de formación sobre el Marco de Competencias Digitales. En esta fase formativa se espera que el perfil destinatario aborde el trayecto desde dos perspectivas; a). Perspectiva 1: Docentes en formación en competencias digitales (Nivel C1 - DigCompEdu) b) Perspectiva 2: Gestión institucional de la Educación a Distancia
El contenido formativo de esta instancia de divide en los siguientes temas: c) Las competencias digitales en educación d) La presentación de la propuesta virtual - El armado del “bloque inicial” del aula e) Diseño de una propuesta formativa - Actividades y evaluación f) Gestión de la información - Recursos y materiales didácticos g) La tutoría en escenarios virtuales - Roles y tareas basados en las competencias digitales. Taller de evaluación de EVEAs: Una vez el perfil destinatario ha sido formato en competencias digitales, se procede a la evaluación por pares sobre muestra de entornos Virtuales 2025 Publicación de resultados de evaluación: Entrega de informes a los espacios curriculares participantes con el grado obtenido en cada categoría y las sugerencias de mejora. Aprobación de la instancia formativa: Serán requisitos de aprobación: i. Participación de las instancias presenciales y virtuales propuestas para el taller ii. La lectura y visualización de todos los contenidos iii. Evaluación de 2 a 4 aulas virtuales por cada equipo de referentes iv. Resolver el cuestionario de sugerencias al proceso realizado v. En cuanto a la valoración final, es decir, la calificación obtenida será cualitativa: “Aprobado - Desaprobado”.
Resultados esperados a) Capacitar / iterar sobre el Marco de Competencias Digitales como una de las acciones vinculadas al proceso de certificación de EVEAs. b) Instancias de sensibilización sobre el Marco de Competencias Digitales en la Facultad de Artes y Diseño específicamente para docentes en el tramo de carreras de grado. c) Se espera que los resultados de este proceso funcionen como base de datos para el desarrollo de un instrumento normativo (entre otros) que acercan a la fad al proceso de certificación de EVEAs.
Resol. N° 50
Anexo Único-Hoja 4
Referencias y bibliografía Carraro, J. M. & Duarte, Y. (2015) Diseño de experiencia de usuario (UX). Cómo diseñar interfaces amigables para las personas y rentables para las compañías.
La FAD y Filosofía y Letras fortalecen la educación digital con un convenio de colaboración https://fad.uncuyo.edu.ar/la-fad-y-filosofia-y-letras-fortalecen-la-educacion-digitalcon-un-convenio-de-colaboracion González, R., & Vázquez, A. (2021). Competencias digitales en la educación superior de América Latina: Un análisis de las percepciones de docentes y estudiantes. Revista Latinoamericana de Tecnología Educativa, 20(1), 55-67.
Jenkins, H. (2006). Convergence Culture: Where Old and New Media Collide. New York: New York University Press.
Jenkins, H., Ito, M., & boyd, d. (2015). Participatory Culture in a Networked Era. Polity Press. Kahneman, D. (2012). Pensar rápido, pensar despacio. Editorial Debate.
Marco Europeo para la Competencia Digital de los Educadores https://www.metared.org/content/dam/metared/pdf/marco_europeo_para_la_compete ncia_digital_de_los_educadores.pdf
Pérez, A., & Muñoz, J. (2021). Competencias digitales en la educación básica en América Latina: Un enfoque hacia la inclusión. Revista de Educación y Tecnología, 12(1), 80-95.
Qué es el marco DigCompEdu y cómo lo aplicamos desde Umbral Digital https://www.youtube.com/watch?v=6mRlaUe1RJI
Redecker, C. (2020). The Future of Learning: Digital Competence for Citizens. Luxembourg: Publications Office of the European Union.
Samsó, M. F., & Sosa Eula, M. (2025, abril 9) Entre la narrativa y el algoritmo: educación superior en la era de la hiperconectividad, (Taller) II Jornadas de Investigación FFyL. https://ffyl.uncuyo.edu.ar/upload/jornadas-inv-v11.pdf
RESOLUCIÓN N° 50
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FA-2026-RES-152 26/03/2026 (Carga: 26/03/2026) |
MENDOZA, 26 de marzo de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 7980/26 caratulado: “Erick Jon Ovando S/ Solicitud acreditación de cursos optativos. Carrera de Diseño Escenográfico FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 349/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Erick Jon OVANDO (Registro N° 24949) CIENTO OCHO (108) horas en calidad de Cursos Optativos en la carrera de Diseño Escenográfico perteneciente a las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 152
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FA-2026-RES-151 26/03/2026 (Carga: 26/03/2026) |
MENDOZA, 26 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico N° 4200/26 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL- DESCUENTO AUSENTE SIN AVISO: DOMINGUEZ, Celina Ines”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Personal advierte las inasistencias injustificadas de la Prof. Celina Inés DOMINGUEZ ocurridas en los días 10, 11, 18 y 23 de febrero de 2026.
Que por su parte, la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo acompaña los partes de inasistencias (sin aviso) de los días antes mencionados.
Que ante la falta cometida por la Prof. DOMINGUEZ en los derechos y obligaciones que pesan a su cargo, el descuento respectivo se hará efectivo en los haberes del mes de abril; ya que adicionalmente, la docente se encuentra actualmente suspendida por la medida de sanción dispuesta por resolución N° 3/26-FAD.
Por ello y en cumplimiento con la normativa dispuesta en los Arts. 28 y 32 del Decreto Nacional 1246/2015 y el Art. 71 de la Ord. 5/2019 (Reglamentación Académica); y en ejercicio de sus atribuciones,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aplicar CUATRO (4) días de descuento en los haberes que percibe la Prof. Celina Inés DOMINGUEZ (Legajo 33818 - CUIL 23-26792827-4) correspondiente al cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, efectivo, de las Carreras de Artes del Espectáculo, de por haber incurrido en las inasistencias injustificadas de los días DIEZ (10), ONCE (11), DIECIOCHO (18) y VEINTITRÉS (23) de febrero de 2026, en cumplimiento con la normativa dispuesta en los Arts. 28 y 32 del Decreto Nacional 1246/2015 y el Art. 71 de la Ord. 5/2019 (Reglamentación Académica).
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a la Prof. Celina Inés DOMINGUEZ del presente resolutivo.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 151
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FA-2026-RES-150 26/03/2026 (Carga: 26/03/2026) |
MENDOZA, 26 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2238/26 caratulado: “COMADRÁN, María Gloria S/Renuncia al cargo de JTP EFECTIVO (S), asignaturas “Diseño Cerámico I”, Diseño Cerámico II” y “Diseño Cerámico II (Optativa)” actualmente con licencia y al cargo de PROFESOR ADJUNTO INTERINO (S) asignaturas “Diseño Cerámico I”, “Diseño Cerámico II” y “Diseño Cerámico II (Optativa)”. Carreras de Cerámica. A partir del 1 de abril del 2026. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la Prof. María Gloria COMADRÁN comunica su renuncia al cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, Efectivo, con funciones en las asignaturas “Diseño Cerámico I y II” en las Carreras de Cerámica de esta Facultad.
Que asimismo, Dirección de Personal informa que la Prof. COMADRÁN reviste los siguientes cargos en esta dependencia: Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, Efectivo, (cargo en licencia por incompatibilidad- mayor jerarquía) para cumplir funciones en las asignatura “Diseño Cerámico I y II” en las Carreras de Cerámica. Profesor Adjunto con dedicación simple, Interino, para cumplir funciones en la asignatura “Diseño Cerámico I” de la carrera Licenciatura en Cerámica Artística/ Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística y “Diseño Cerámico II (Optativa)” de las Carreras Licenciatura en Cerámica Artística de esta Facultad.
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el Art. N° 10 de la Ord. N° 44/22-R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de abril de 2026, a la Prof. María Gloria COMADRÁN (Legajo N° 32408– CUIL N° 27-14607704-3) en los siguientes cargos que reviste en esta Facultad: Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, Efectivo, (cargo en licencia por incompatibilidad- mayor jerarquía) para cumplir funciones en las asignaturas “Diseño Cerámico I y II” en las Carreras de Cerámica. Profesor Adjunto con dedicación simple, Interino, para cumplir funciones en la asignatura “Diseño Cerámico I” de la carrera Licenciatura en Cerámica Artística/ Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística y “Diseño Cerámico II (Optativa)” de las Carreras Licenciatura en Cerámica Artística.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 150
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FA-2026-RES-149 26/03/2026 (Carga: 26/03/2026) |
MENDOZA, 26 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2973/26 caratulado: “Carrizo, Gonzalo Miguel S/ Solicitud de Diploma de Profesor de Grado Universitario en Música”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 68/2005-C.S. y su modificatoria ordenanza N° 70/2014-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN MÚSICA al egresado Gonzalo Miguel CARRIZO (DNI Nº 39953285) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISIETE (27) de octubre de 1996, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 68/2005-C.S. y su modificatoria ordenanza N° 70/2014-C.S., con fecha de egreso QUINCE (15) de diciembre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 149
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FA-2026-RES-148 26/03/2026 (Carga: 26/03/2026) |
MENDOZA, 26 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 1305/26 caratulado: “Ferrer, María Celina S/ Solicitud de Diploma de Profesora de Arte Dramático”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 1/93-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE ARTE DRAMÁTICO a la egresada María Celina FERRER (D.N.I. Nº 23849603) nacida en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTINUEVE (29) de octubre de 1974, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 1/93-C.S., con fecha de egreso DIEZ (10) de noviembre de 2000 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 148
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FA-2026-RES-147 26/03/2026 (Carga: 26/03/2026) |
MENDOZA, 26 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2980/26 caratulado: “Diaz, Silvana Laura S/ Solicitud de Diploma de Licenciada en Artes Plásticas”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 10/1981-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN ARTES PLÁSTICAS a la egresada Silvana Laura DIAZ (DNI Nº 22089006) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISIETE (27) de enero de 1971, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 10/1981-C.S., con fecha de egreso el CINCO (5) de noviembre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 147
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FA-2026-RES-146 26/03/2026 (Carga: 26/03/2026) |
MENDOZA, 26 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2970/26 caratulado: “Bora, Nella Beatriz S/ Solicitud de Diploma de Licenciada en Arte Dramático”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 23/99-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN ARTE DRAMÁTICO a la egresada Nella Beatriz BORA (DNI Nº 29914590) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el QUINCE (15) de enero de 1983, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 23/99-C.S., con fecha de egreso el SEIS (6) de noviembre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 146
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FA-2026-RES-145 26/03/2026 (Carga: 26/03/2026) |
MENDOZA, 26 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2974/26 caratulado: “De Costa Riili, Pablo Esteban S/ Solicitud de Diploma de Diseñador Industrial”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL al egresado Pablo Esteban DE COSTA RIILI (D.N.I. N° 36417693) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISÉIS (26) de noviembre de 1991, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso NUEVE (9) de diciembre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 145
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