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CD-2025-RES-278 10/11/2025 (Carga: 10/11/2025) |
MENDOZA, 10 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 33169/25 caratulado: “CM Conv. Concurso JTP (SE) interino, Ord. Nº 1/20 CD, "Canto", Lic. Música Popular Canto y C. Preparatorio".
CONSIDERANDO:
Que el Departamento de Concursos informa que se da cumplimiento a los requisitos necesarios que establece la Ord. Nº 1/20–C.D. y sus modificatorias Ords. Nº 6/23–C.D. y 10/25-CD respecto a la “Convocatoria a Concurso de cargos Docentes Interinos”, para la cobertura de un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, para cumplir funciones en los espacios curriculares “Canto A y B- CIEMU”, “Canto I a IV” de la Licenciatura en Música Popular (Canto) e “Iniciación a Canto y Canto I a IV” del Ciclo Preparatorio, que se dictan en las Carreras Musicales.
Que, Secretaría Administrativo-Financiera informa que cuenta con la disponibilidad del cargo para atender a lo solicitado.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 4 de noviembre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso de títulos, antecedentes y oposición, para proveer con carácter interino, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, para cumplir funciones en los espacios curriculares “Canto A y B- CIEMU”, “Canto I a IV” de la Licenciatura en Música Popular (Canto) e “Iniciación a Canto y Canto I a IV” del Ciclo Preparatorio, que se dictan en las Carreras Musicales de esta Facultad. La opción de evaluación elegida de acuerdo con la jerarquía del cargo y especificidad de la carrera, es la “A”.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del mismo: Publicación: desde el DOCE (12) al DIECIOCHO (18) de noviembre de 2025. Inscripción: los días DIECINUEVE (19), VEINTE (20) y VEINTICINCO (25) de noviembre de 2025. NOTA: La inscripción estará habilitada desde las 08:00 del día de apertura, hasta las 12:00 (mediodía) del día de cierre.
Modalidad de inscripción: Los interesados deberán presentar de manera virtual su inscripción a través del formulario Web, al que se accede a través del siguiente enlace: https://forms.gle/WKp5Xwmv5gAr95tN6 Importante: El/la postulante declarará en su inscripción un correo electrónico y aceptará la notificación electrónica a todos los efectos concursales, en el marco de las ordenanzas Nros. 30/16–C.S. y 26/20–C.S.
Resol. N° 278
La documentación deberá adjuntarse en formato PDF y su inscripción tendrá carácter de declaración jurada. Asimismo, para mayor información podrá comunicarse a través del correo institucional del Departamento de Concursos (concursos@gm.fad.uncu.edu.ar ) Se aceptará un solo formulario por postulante, es decir, cualquier agregado realizado con posterioridad (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado.
Vistas de antecedentes presentados por los postulantes, de manera presencial (solo para inscriptos- etapa no obligatoria): los días VEINTISIETE (27) de noviembre, UNO (1) y DOS (2) de diciembre de 2025, en la Dirección de Personal, Departamento de Concursos, Planta Baja, Edificio de Gobierno, en horario de 09:00 a 12:00.
ARTÍCULO 3°.- El perfil requerido para cubrir las funciones concursadas, de conformidad con lo establecido en el Anexo I- Art. 2 de la Ord. N° 1/20-CD, será el siguiente: Perfil Poseer título de Licenciado, Profesor de Grado Universitario en Canto y/o título afín, especialmente con orientación en canto popular. Los/as aspirantes deberán poseer experiencia relacionada a los espacios curriculares que se concursan. Además, deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad, y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma. Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación al perfil profesional que se pretende formar, considerando lo establecido en el inciso 4 del Anexo I de la Ordenanza Nº 128/2003-C.S., que aprueba el Plan de Estudios de la Carrera Licenciatura en Música Popular y los objetivos del Ciclo Introductorio a los Estudios Musicales Universitarios (CIEMU), considerando lo establecido en el inciso B del anexo I de la Ordenanza Nº 19/2013 C.S., así como lo dispuesto en el Inciso B de la Ordenanza Nº02/2002 C.D. FAD (Plan de estudio del Ciclo Preparatorio).
ARTÍCULO 4°.- Los descriptores y expectativas de logro de los espacios curriculares a cubrir se encuentran detallados seguidamente: Ord. Nº 19/13 C.S., que aprueba el Plan de Estudios del Ciclo Introductorio de Estudios Musicales Universitarios (CIEMU), disponible en el siguiente enlace: https://fad.uncuyo.edu.ar/upload/003995adef3ea5dda98b86e336ddd599.pdf Ord. Nº 128/03 C.S., que aprueba el Plan de Estudios de la Carrera de Licenciatura Música Popular, disponible en: https://fad.uncuyo.edu.ar/upload/764cafc74a2ce9436c0f9126b471bdc3.pdf Asimismo, los objetivos y saberes mínimos correspondientes al Ciclo Preparatorio son los especificados en la Ord. Nº 2/2002 C.D. FAD, disponible en: https://digesto.fad.uncu.edu.ar/regulations/2978
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR: El docente a cargo de las asignaturas deberá cumplir las funciones establecida en el Artículo 66 del Anexo Único de la ordenanza N° 5/19–C.D., según se detallan a continuación: https://digesto.fad.uncu.edu.ar/view/inline/attachment/file/5016
Resol. N° 278
ARTÍCULO 5°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: Profesores Titulares PROFESOR/A CARGO/ASIGNATURA
Jimena Gabriela SEMIZ Profesor Adjunto (SE)- Efectivo. Canto A a D y I a V- Lic. Canto
Marcela Fabiana CARRIZO Profesor Adjunto (SE)- Interino. Canto A y B y I a IV- Lic. Música Popular Canto
Viviana Marcela CEVERINO Profesor Titular (S)-Efectivo. Interpretación III Canto
Profesores Suplentes PROFESOR/A CARGO/ASIGNATURA
Yésica Mariana PALOMO Profesor Titular (S)- Efectivo. Interpretación I Canto
Diego Valentín FLORES Profesor Asociado (S)- Efectivo. Interpretación II Canto
Elisabeth Beatriz GUERRA Profesor Titular (S)- Efectivo. Dirección Coral
ARTÍCULO 6°.- Designar a los siguientes veedores que actuarán en el referido concurso. La ausencia de algún veedor durante el concurso no invalidará la prosecución del trámite. No obstante, deberá asegurarse la participación de al menos un veedor (Art. 17 Ord. 6/23 C.D.) Docente Titular APELLIDO Y NOMBRE REGISTRO DNI Nº
Carlos Enrique ÖESCH KUNZ 28549 941642552
Docente Suplente APELLIDO Y NOMBRE REGISTRO DNI Nº
Ernesto Javier SUELDO 33639 22033289
ARTÍCULO 7°.- Los aspirantes al presente concurso deberán presentar la siguiente documentación, en carácter obligatorio y en formato PDF: DNI del postulante Correo Electrónico (en el marco de la Ord. 26/20-CS) Curriculum Vitae Carpeta de Antecedentes Propuesta Docente para el cargo que se concursa (Requisito excluyente- Anexo III de la Ord. N° 1/20–C.D.) Nota importante: Una vez finalizada la carga del formulario de inscripción dispuesta a tal fin, el postulante recibirá un correo de respuesta inmediata como constancia que acredita su inscripción. En caso contrario el interesado deberá comunicarse de manera inmediata y en los horarios de atención para constatar el estado de su inscripción.
ARTÍCULO 8°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 278
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FA-2025-RES-591 7/11/2025 (Carga: 7/11/2025) |
MENDOZA, 7 de noviembre de 2025
VISTO:
El trámite electrónico Nº 26229/25 caratulado: “CORTEGOSO VIGNONI, MARTINA Solicitud de Acreditación Directa de Composición III y Acreditación de Suplemento al Título, según Ord. 5/2019 CD Ref.: Nota 186330/2024 - Expediente 36167/2024”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna Martina CORTEGOSO VIGNONI cursó y aprobó distintos espacios curriculares durante el segundo semestre de 2023, en la Universidad Dickinson College en Pennsylvania, Estados Unidos, en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil.
El aval otorgado por el Profesor Titular y la opinión favorable de la Dirección de Carreras Musicales y Dirección de Alumnos.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el reconocimiento académico a la alumna Martina CORTEGOSO VIGNONI (DNI N° 42.306.870) en la asignatura “Composición III” de la carrera de Licenciatura en Composición, realizada en la Universidad Dickinson College en Pennsylvania, Estados Unidos, en el marco del Programa de Movilidad Estudiantil.
ARTÍCULO 2°.- Reconocer a la alumna Martina CORTEGOSO VIGNONI (DNI N° 42.306.870) como “Suplemento de Título” de la carrera de Licenciatura en Composición Musical, las siguientes actividades realizadas en la Universidad Dickinson College en Pennsylvania, Estados Unidos, en el marco establecido por Ord. Nº 9/20–C.D. (Art. 3): “Jazz Piano Aplicado” “Música en los Medios” “Coro Universitario” “Ensamble de Jazz de Dickinson College”
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 591
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FA-2025-RES-590 7/11/2025 (Carga: 7/11/2025) |
MENDOZA, 7 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 36115/25 caratulado: “S/Pedido pago adicionales por carácter crítico de la función -Noviembre 2025- a personal de la FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el personal de Servicio al que se le otorga dicho adicional se encuentra afectado en el marco del Plan de Actividades Programadas 2025.
Lo informado por la Coordinación de Infraestructura, Equipamiento y Servicios y la opinión favorable de Secretaría Administrativo-Financiero.
Que el presente pedido se encuentra contemplado en el Artículo 12, inc. e) de la Ord. Nº 23/15–C.S.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” al personal de servicio que cumplirán funciones durante el mes de noviembre del corriente, conforme al Plan de Actividades Programadas 2025, de acuerdo al siguiente detalle:
Descripción de la Ítem Fecha Horario Agente Legajo Edificio Horas Monto a pagar actividad Cámara mandatarios 1 01/11/2025 08:00 a 13:30 Ana Laura REYES 31914 Docencia 5.5 $33.000 Mendoza Cámara mandatarios 2 01/11/2025 08:00 a 13:30 Alfredo David ABDO 19066 Docencia 5.5 $33.000 Mendoza Cámara mandatarios 3 08/11/2025 08:00 a 13:30 Alfredo David ABDO 19066 Docencia 5.5 $33.000 Mendoza Cámara mandatarios 4 15/11/2025 08:00 a 13:30 Ana Laura REYES 31914 Docencia 5.5 $33.000 Mendoza Cámara mandatarios 5 29/11/2025 08:00 a 13:30 Alfredo David ABDO 19066 Docencia 5.5 $33.000 Mendoza 27,5 $ 165.000, 00
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente corresponde ser imputado al Inciso 1 – Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2025.
ARTÍCULO 3°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 590
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FA-2025-RES-589 7/11/2025 (Carga: 7/11/2025) |
MENDOZA, 7 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 21634/25 caratulado: “Paredes Juan Pablo S/ Solicitud incorporación de la Mgter. Orellana Lanús Luciana, para la co-dirección del proyecto. Expediente 27415/22, de la Lic. en Música Popular Latinoamericana (percusión). FAD -”.
CONSIDERANDO:
Que el alumno Juan Pablo PAREDES se encuentra en condiciones de rendir la asignatura “Tesina” de la carrera de Licenciatura en Música Popular (Percusión).
Lo propuesto por la Dirección de Carreras Musicales, en cuanto a la constitución del Jurado y fecha de examen.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Constituir la Comisión Examinadora Especial de “Tesina”, integrada por los siguientes profesores: Presidente: Lic. Ernesto PÉREZ MATTA; Vocales: Lic. Patricio Agustín IBIRE y Lic. Leandro Marcelo PARÉS; Suplente: Prof. Arturo Eduardo TASCHERET, encargados de evaluar al alumno Juan Pablo PAREDES (Registro N° 26244) el día NUEVE (9) de octubre de 2025 a las 15:00 h, en la sede de las Carreras Musicales.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 589
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FA-2025-RES-588 7/11/2025 (Carga: 7/11/2025) |
MENDOZA, 7 de noviembre de 2025
VISTO Y
CONSIDERANDO:
El expediente electrónico Nº 36850/25 en el que el personal de esta Unidad Académica tramita licencias por enfermedad de largo tratamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 93° del Decreto Nacional N° 366/06, en el artículo 46° c) del Decreto Nacional 1246/15-PEN (CCT), ordenanza N° 32/16-R. y su modificatoria Nº 4/22R,
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia por enfermedad de largo tratamiento, con goce íntegro de haberes al personal que a continuación se detalla, en los cargos y períodos que se indica en cada caso, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 93° del Decreto Nacional N° 366/06, en el artículo 46° c) del Decreto Nacional 1246/15-PEN (CCT), ordenanza N° 32/16-R. y su modificatoria Nº 4/22-R: BENEGAS, Adriana Noemí – Legajo Nº 20714 – en el cargo Categoría 1, Efectivo, del Agrupamiento Administrativo – por TREINTA (30) días corridos, desde el VEINTIDÓS (22) de octubre al VEINTE (20) de noviembre de 2025. DIAZ, Andrea Patricia – Legajo Nº 31918 – en el cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, Efectivo – por VEINTINUEVE (29) días corridos, del TRES (3) al TREINTA Y UNO (31) de octubre de 2025. FORCADA, María de los Ángeles – Legajo Nº 23634 en los cargos de Profesor Adjunto con dedicación Simple, Efectivo y Profesor Titular con dedicación Exclusiva, Efectivo – por TREINTA (30) días corridos, desde el QUINCE (15) de octubre hasta el TRECE (13) de noviembre de 2025. LINARES, Omar – Legajo Nº 21293 – en los cargos Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, efectivo y Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, interino, por TREINTA (30) días corridos, desde el VEINTICUATRO (24) de octubre al VEINTIDÓS (22) de noviembre de 2025. LOYERO, Andrea Yolanda – Legajo Nº 28855 – en el cargo Categoría 2 del Agrupamiento Administrativo, Efectivo – por TREINTA (30) días corridos, desde el CUATRO (4) de octubre al DOS (2) de noviembre de 2025. MARTÍ, Leopoldo Guillermo – Legajo Nº 22079 – en el cargo Profesor Titular con dedicación Exclusiva, Efectivo, por VEINTIOCHO (28) días corridos, desde el DIECIOCHO (18) de octubre al CATORCE (14) de noviembre de 2025.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 588
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FA-2025-RES-587 7/11/2025 (Carga: 7/11/2025) |
MENDOZA, 7 de noviembre de 2025
VISTO:
El trámite electrónico 34954/25 caratulado: “S/Solicitud acreditación actividades electivas y optativas, Carrera de Diseño Industrial, Dulcich, Esteban Juan”.
CONSIDERANDO:
Que el estudiante Esteban Juan DULCICH cursó y aprobó distintos espacios curriculares optativos en distintas Instituciones Educativas: (INET, UTN y UNR).
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Diseño y de Dirección de Alumnos.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Acreditar al alumno Esteban Juan DULCICH (D.N.I. Nº 21.422.018) de la carrera de Diseño Industrial, en calidad de horas optativas las asignaturas que se mencionan a continuación:
“Desing Thinking. Procesos Colaborativos de Diseño” con una carga horaria de CUARENTA (40) horas “Programación de Máquinas de Control Numérico CNC”, con una carga horaria de CIEN (100) horas “Diseño Artístico por Computadora en Solidwork”, con una carga horaria de VEINTICUATRO (24) horas
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 587
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FA-2025-RES-586 7/11/2025 (Carga: 7/11/2025) |
MENDOZA, 7 de noviembre de 2025
VISTO:
El trámite electrónico Nº 36549/25 caratulado: “S/Solicitud Acreditación Optativa, Carrera de Diseño Gráfico, RIVERO Bárbara Rocío”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Diseño certifica que la alumna Bárbara Rocío RIVERO, ha cursado y aprobado el espacio Optativo “IDIOMA MODERNO SAJÓN (INGLÉS)” según los estándares del Marco Común Europeo de referencia de las Lenguas (MCERL), organizado por la Secretaría de Políticas Lingüísticas FFyL – UNCuyo, con una carga horaria de 180 horas.
El informe producido por la Dirección de Carreras de Diseño y de Secretaria Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Bárbara Rocío RIVERO (Legajo 25972 - DNI 38206818) el curso “IDIOMA MODERNO SAJÓN (INGLÉS)” con una carga horaria de CIENTO OCHENTA (180) horas, con validez a UN (1) espacio curricular Optativo de la Carrera Diseño Gráfico.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 586
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FA-2025-RES-585 7/11/2025 (Carga: 7/11/2025) |
MENDOZA, 7 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 35101/25 caratulado: “Asesoría Estudiantil S/Solicitud de Licencia Estudiantil - SALCEDO, Iara -Carreras de Artes del Espectáculo FAD”
CONSIDERANDO:
Que la alumna Iara Nerea SALCEDO TREVISAN ha cumplimentado la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de “Razones Particulares” como así también se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por “Razones Particulares” a la alumna Iara Nerea SALCEDO TREVISAN (Registro N° 28941 - DNI Nº 44059923) de la carrera de Licenciatura en Arte Dramático, los días DIECISIETE (17) y VEINTE (20) de octubre de 2025, inclusive, de acuerdo a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., Anexo I, artículo 5, inciso m.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 585
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FA-2025-RES-584 7/11/2025 (Carga: 7/11/2025) |
MENDOZA, 7 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 36781/25 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL- BAJA POR FINALIZACIÓN OPCIÓN PERMANENCIA PROF. MARQUEZ ZAVALIA, María Florencia”.
CONSIDERANDO:
Que se ha presentado el Formulario Nº 4 de la Circular nº 57/18 – de Gestión de Personal, en el que se informa la baja de la Prof. María Florencia de Fátima MÁRQUEZ ZAVALIA, a partir del 1 de noviembre de 2025.
Que, mediante Circular Nº 1/23 se recuerda al Personal Docente que optó por la “Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria – Ley 26.508” tener presente que, se encuentra en plena vigencia el Art. 8 de la Ord. 82/09-C.S. que dispone que la relación laboral “Cesará indefectiblemente al día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su haber jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriéndose intimación previa alguna”.
Lo informado por la Dirección de Personal.
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 8 de la Ord. N° 82/09C.S.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de “Baja por Finalización de la Opción de Permanencia Docente Universitario”, a partir del UNO (1) de noviembre de 2025, a la Prof. Prof. María Florencia de Fátima MÁRQUEZ ZAVALIA (Legajo N° 30661 – CUIL N° 27-11943253-2) en el cargo Profesor Titular con dedicación simple, efectivo, para el dictado de la asignatura “Mineralogía y Petrología” de la carrera de Licenciatura en Cerámica Industrial y su homónimo en un espacio curricular “Optativo” de la Licenciatura en Cerámica Artística, correspondiente a las Carreras de Cerámica de esta Facultad; quien fuera designada mediante resolución N° 122/2013-C.S.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 584
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CD-2025-RES-277 7/11/2025 (Carga: 10/11/2025) |
MENDOZA, 7 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 23130/25 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL- OPCIÓN DE PERMANENCIA PROFESOR HÉCTOR FERNANDO GIUNTA”.
CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución Nº 192/2025-CD., se rechazó la solicitud de la Opción de Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria al Prof. Héctor Fernando GIUNTA, a todos sus efectos legales.
Que, conforme a este dispositivo legal, el Recurso de Reconsideración debe interponerse dentro de los veinte días de notificado el acto ante el mismo órgano que lo dictó, el que será competente para resolver lo que corresponda, de acuerdo con lo reglado por el Artículo 82 del Decreto Nº 1759/1972, Reglamentario de la Ley Nº 19.549
Que, por tal motivo, la Asesoría Letrada a fs. 96/99 considera admisible formalmente el recurso, por haber sido presentado en tiempo y forma.
Que, desde el punto de vista sustancial, Asesoría Letrada analiza lo planteado por el recurrente.
Que el recurrente niega lisa y llanamente, todos y cada uno de los términos de la resolución y sobre todo las acusaciones que se le atribuyen por considerarlas inexactas, genéricas y carentes de sustento probatorio, como también considera vulnerado su derecho para acceder a la opción de permanencia solicitada.
Que la citada Asesoría argumenta que luego de haber constatado los informes y pruebas rendidas en esta pieza administrativa, el Lic. GIUNTA evidencia un incumplimiento con los deberes que recaen como docente de esta Institución Educativa, y que el solo hecho de haber invocado casualmente el “desconocimiento y rechazo generalizado” no quiere decir que no existan las certezas probatorias y demás deficiencias en sus labores docentes; que dieron lugar a lo dictaminado por resolución N° 192/25-CD
Que, en efecto, el docente habría incumplido con lo dispuesto por el Artículo 28 del Dcto 1246/15 CCT-Docentes Universitarios- CAPITULO IV – DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES, particularmente lo que dispone los incisos a) Prestar el servicio con puntualidad, asistencia regular …y e) Observar el deber de reserva respecto de todo asunto atinente a sus funciones docentes de enseñanza..
Que el análisis del citado artículo y en concordancia con lo dispuesto por Resolución N° 192/25-CD; respecto a los informes y reportes de inasistencias del docente, da por acreditado el incumplimiento de la efectiva prestación de servicio y carga horaria que pesa sobre el mismo; confirmando en efecto la medida que se dispuso en el acto administrativo.
Resol. N° 277
2 Que por otro lado, el recurrente también impugna la negación de la Opción de Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria, porque considera una vulneración a sus derechos docentes; además argumenta que no existe impedimentos legales para su negación, es decir, que la ley solo prevé su otorgamiento y no su rechazo.
Que, de lo esgrimido, se entiende que si bien la ley reconoce la solicitud de Opción de Permanecía (previo se den el cumplimiento de los recaudos legales), lo cierto es que la “negación” a dicha solicitud fue producto de un compendio de informes, encuestas de estudiantes, deficiencias por mal desempeño docente, antecedente de sumario administrativo contra el docente (Resol. 242/2017-CD), entre otros incumplimientos; y como tal el Consejo Directivo entendió y decidió el rechazo de la mencionada opción.
Que en el marco del argumento expresado, existen casos en esta Casa de Estudios de rechazo de Opciones de Permanencias por mal desempeño e incumplimiento docente; por lo que en el hipotético caso de conceder su acceso resultaría en definitiva un perjuicio a la transparencia, trayectoria y servicios de calidad académica del estudiante.
Que además, esta Institución como representante del servicio educativo del estudiante, debe responder y ser oída frente a reiterados reclamos que devienen al mal desempeño docente.
Que asimismo, esta Universidad en su Estatuto prevé los conceptos de Autonomía y Autarquía Universitaria, entendiéndose como tal la posibilidad (frente a determinadas lagunas de la ley) dictar sus propios normas y administrar propiamente sus recursos. Conforme a esto, considera aplicable la "teoría de los actos propios". Por lo que en el presente caso, el “rechazo” a la opción dictaminada oportunamente por resolución N° 192/2025-CD, cumple cabalmente y dentro de los márgenes legales permitidos.
Que las leyes generales, son normas de aplicación supletoria a las normas establecidas en cada Institución Universitaria, todo ello conforme a las atribuciones del Artículo 75, inciso 19) de la Constitución Nacional (Autonomía Universitaria).
Que, por otra parte, y no menor a todo lo argumentado, la Asesoría Letrada expresa además en lo que respecta a no otorgar la mencionada Opción de Permanencia, que todo lo fundamentado por el docente resulta totalmente improcedente por la simple y clara redacción normativa que dispone el Art. 4 y 5 de la Ord. 82/09-CS, que reza lo siguiente: Ord. 82/09-CS
ARTÍCULO 4º.- PERSONAL DOCENTE JUBILADO: El personal jubilado no podrá ejercer esta opción de permanencia, por haberse extinguido su relación laboral con la Administración Pública Nacional.
ARTÍCULO 5º.- DOCENTE QUE OPTÓ POR LA PERMANENCIA Y OBTUVO EL BENEFICIO PREVISIONAL: En todos los casos, la referida opción de permanencia quedará sin efecto en el momento en que la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social) o el organismo correspondiente, otorgue el beneficio previsional al docente optante, lo que implicará el cese automático en el cargo en el que se haya acordado la permanencia.
Resol. N° 277
Que de ello, se entiende que el personal docente que se encuentra jubilado NO puede acceder a la opción de permanencia por resultar incompatible con los haberes jubilatorios. Resulta evidente, que el docente en su escrito recursivo no hace hincapié u “omite” que actualmente se encuentra percibiendo los haberes jubilatorios. Tal afirmación resulta cierta toda vez que existe por via separada una pieza administrativa (Expte. 34791) por la cual existe documentación respaldatoria (certificación de servicios) emitida por la Dirección de Seguridad Social de Rectorado advirtiendo que el docente ha sumado los años de aportes como Docente Universitario y ha obtenido el beneficio jubilatorio bajo el régimen general previsto por la Ley 24241.
Que dicho esto, el accionar cometido por el docente a sabiendas de gestionar maniobras para obtener su opción de permanencia, estaría incumpliendo con su obligación principal de comunicar de si es beneficiario de jubilación. En tal caso, se cita el Art. 13 de la citada ley: Obligaciones de los afiliados y de los beneficiarios Artículo 13. a) Son obligaciones de los afiliados en relación de dependencia, sin perjuicio de las demás establecidas en la presente Ley: 1. Suministrar los informes requeridos por la autoridad de aplicación, referentes a su situación frente a las leyes de previsión. 2. Presentar al empleador la declaración jurada a la que se refiere el inciso h) del artículo 12, y actualizar la misma cuando adquieran el carácter de beneficiarios de jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva, en el plazo y con las modalidades que la autoridad de aplicación establezca. 3 empleador a las obligaciones establecidas por las leyes nacionales de jubilaciones y pensiones. La autoridad de aplicación, en un plazo no mayor de 45 días, deberá investigar los hechos denunciados, dictar resolución desestimando la denuncia o imponiendo las sanciones pertinentes y efectuar la denuncia penal, según corresponda y notificar fehacientemente al denunciante todo lo actuado y resuelto. El funcionario público que no diera cumplimiento a las obligaciones establecidas en este inciso incurrirá en falta grave.
Que con dicha mención normativa, Asesoría Letrada reitera expresamente la evidente existencia de la falta de los deberes legales y buena fe que prexisten aún de extinguida la relación laboral.
Que por último a criterio de la citada Asesoría el recurso de consideración intentado decae por resultar improcedente, es más, podría incluso entenderse que existen posibilidades, sujeto a previas investigaciones, por posible fraude laboral y perjuicio fiscal patrimonial a esta Institución Universitaria, dado el docente estaría percibiendo doble prestación (jubilatoria- docente en Actividad).
Que además, como tal la presentación efectuada por el Lic. GIUNTA no logra rebatir los argumentos en que se basa la resolución recurrida.
Que, por tanto, no se advierten vicios en los elementos del acto atacado que pudieran afectar su legitimidad o fallas de procedimiento o finalidad susceptibles de causar su nulidad, entendiendo que la Resolución en crisis se ajusta en sus elementos esenciales a los Artículos 7, 8 y 12 de la Ley de Procedimiento Administrativo (Ley Nº 19.549).
Resol. N° 277
Que, en virtud de lo expuesto, la Asesoría Letrada como servicio permanente de esta Facultad estima que corresponde hacer lugar formalmente a la vía recursiva interpuesta, considerada en los términos del Artículo 84 del Decreto Nº 1759/72, es decir, como Recurso de Reconsideración, y rechazar sustancialmente sus argumentaciones, dado que la Resolución Nº 192/2025-CD. es ajustada a Derecho, sin advertirse la existencia de vicios que pudieran justificar la revocación solicitada por el recurrente.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 21 de octubre de 2025
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar en lo formal y rechazar en lo sustancial el Recurso de Reconsideración presentado por Prof. Héctor Fernando GIUNTA (Leg. n° 16.840 – DNI N° 13.324.060), en contra de la Resolución Nº 192/2025-CD, por todos los argumentos expresados en los considerandos de la presente norma.
ARTICULO 2º.-Notifiquese al Prof. Héctor Fernando GIUNTA del presente decisorio.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 277
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CD-2025-RES-276 7/11/2025 (Carga: 7/11/2025) |
MENDOZA, 7 de noviembre de 2025
VISTO:
El trámite electrónico Nº 30750/25 caratulado: “CAV - Solic. s/ Logo Facultad Prof. Iglesias”
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Artes Visuales solicita aval para llevar a cabo el “Encuentro Trasandino de Grabado y Arte Impreso”. Dicha actividad registra como antecedente el mismo encuentro llevado a cabo entre los días 13 y 15 de marzo de 2025, que fuera avalado mediante resolución N° 33/25-CD.
Por ello y de acuerdo al marco normativo previsto por Ord. N° 1/23-CD,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Otorgar Aval Institucional para la realización del “Encuentro Trasandino de Grabado y Arte Impreso”, a cargo de los Prof. Ana SÁNCHEZ y Alejandro IGLESIAS, el que se llevó a cabo el día VEINTISEIS (26) de setiembre de 2025, en Valparaíso, Chile.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 276
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CD-2025-RES-275 7/11/2025 (Carga: 7/11/2025) |
MENDOZA, 7 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 39009/24 caratulado: “CARRERAS DE DISEÑO S/Nota Inicio de Convocatoria a Concurso Interino JTP (S) “MODELOS Y PROTOTIPOS” (espacio curricular Optativo de Diseño Industrial) Ord 1/20-CD.FAD".
CONSIDERANDO:
Que el Departamento de Concursos informa que se da cumplimiento a los requisitos necesarios que establece la Ord. Nº 1/20–C.D. y sus modificatorias Ords. Nº 6/23–C.D. y 10/25-CD respecto a la “Convocatoria a Concurso de cargos Docentes Interinos”, para la cobertura de un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones en el espacio curricular optativo “Modelos y Prototipos” que se dicta en la carrera de Diseño Industrial.
Que, Secretaría Administrativo-Financiera informa que cuenta con la disponibilidad del cargo para atender a lo solicitado.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 21 de octubre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso de títulos, antecedentes y oposición, para proveer con carácter interino, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones en el espacio curricular optativo “Modelos y Prototipos” que se dicta en la carrera de Diseño Industrial de esta Facultad. La opción de evaluación elegida de acuerdo con la jerarquía del cargo y especificidad de la carrera, es la “B”.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del mismo: Publicación: desde el ONCE (11) al DIECISIETE (17) de noviembre de 2025. Inscripción: desde el DIECIOCHO (18) al VEINTE (20) de noviembre de 2025. NOTA: La inscripción estará habilitada desde las 08:00 del día de apertura, hasta las 12:00 (mediodía) del día de cierre.
Modalidad de inscripción: Los interesados deberán presentar de manera virtual su inscripción a través del formulario Web, al que se accede a través del siguiente enlace: https://forms.gle/MiXjxKxstMFQ2TWQ6 Importante: El/la postulante declarará en su inscripción un correo electrónico y aceptará la notificación electrónica a todos los efectos concursales, en el marco de las ordenanzas Nros. 30/16–C.S. y 26/20–C.S.
Resol. N° 275
La documentación deberá adjuntarse en formato PDF y su inscripción tendrá carácter de declaración jurada. Asimismo, para mayor información podrá comunicarse a través del correo institucional del Departamento de Concursos (concursos@gm.fad.uncu.edu.ar ) Se aceptará un solo formulario por postulante, es decir, cualquier agregado realizado con posterioridad (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado.
Vistas de antecedentes presentados por los postulantes, de manera presencial (solo para inscriptos- etapa no obligatoria): los días VEINTISIETE (27), VEINTIOCHO (28) de noviembre y UNO (1) de diciembre de 2025, en la Dirección de Personal, Departamento de Concursos, Planta Baja, Edificio de Gobierno, en horario de 09:00 a 12:00.
ARTÍCULO 3°.- El perfil requerido para cubrir las funciones concursadas, de conformidad con lo establecido en el Anexo I- Art. 2 de la Ord. N° 1/20-CD, será el siguiente: Perfil Poseer título de grado en Diseño Industrial, Diseñador Industrial con orientación en Productos. Acreditar formación docente y trayectoria en docencia universitaria en relación al diseño. Tener habilidad para estimular en el estudiante el pensamiento crítico y el razonamiento. Acreditar trabajos profesionales independientes y/o en relación de dependencia asociados a proyecto y/o gestión del diseño. Acreditar experiencia de trabajo en equipo y demostrar conocimiento de funciones inherentes al JTP. Acreditar experiencia en el manejo de tecnología de los materiales y máquinasherramientas propias del empleo de la carrera de Diseño Industrial. Revelar compromiso con la labor docente en el marco de la institución, su misión, visión, valores y objetivos.
ARTÍCULO 4°.- Los descriptores y expectativas de logro del espacio curricular optativo “Modelos y Prototipos” se encuentran detallados a continuación: Expectativas de logros: Profundizar los conocimientos y habilidades adquiridas en las técnicas de marquetería, modelación, modelos de simulación y de apariencia. Construir modelos y prototipos con alto nivel de representación, que permitan comunicar conceptos y las apariencias del producto. Trabajar con materiales, herramientas y máquinas para confeccionar modelos y prototipos. Planificar el proceso y las acciones necesarias en la confección de modelos y/o prototipos, como también en la selección adecuada de los materiales, técnicas constructivas, empleo de herramientas y máquinas. Reconocer normas de seguridad en el uso de herramientas y máquinas, así como en la manipulación de materiales. Comprobar y representar valores perceptivos, de empleo, estéticos, de funcionamiento, propiedades estructurales y de relación entre subsistemas en los productos
Resol. N° 275
Descriptores: Conceptos de Modelos y Prototipos. Modelos de apariencia y funcionales. Maqueta y/o modelos de comprobación. Técnicas en la construcción de modelos y prototipos, a partir de dibujos y planos. Materiales primarios y semielaborados. Técnicas de construcción, de modelos y prototipos apropiados a los diferentes materiales, madera, metal, cerámica, yeso, resinas plásticas, plástico reforzado, espumados plásticos. Técnicas a partir de desarrollo de láminas, mecanizado de sólidos, por composición de partes, por colada y moldeado, por deformación plástica, por recubrimiento. Representación de movimientos y efectos. Técnicas especiales para el tratamiento y acabados superficiales. Técnicas de simulación. FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR: El docente a cargo de las asignaturas deberá cumplir las funciones establecida en el Artículo 66 del Anexo Único de la ordenanza N° 5/19–C.D., según se detallan a continuación: https://digesto.fad.uncu.edu.ar/view/inline/attachment/file/5016
ARTÍCULO 5°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: Profesores Titulares PROFESOR/A CARGO/ASIGNATURA
Profesor Titular. Interino. Catedra Optativa “Modelos y Prototipos” de las Carreras de Diseño Industrial de la DI Juan PALADINO Facultad de Artes y Diseño-UNCuyo
Profesor Titular. Efectivo. Cátedra “Equipamiento e Interiores” de las Carreras de Diseño Industrial y Diseño DI Álvaro Pedro RODRIGUEZ Gráfico de la Facultad de Artes y Diseño-UNCuyo
Jefe de trabajos Prácticos. Efectivo. Cátedra “Comunicación Visual” de las Carreras de Diseño Gráfico y DI Laura Beatriz TORRES Diseño Industrial de la Facultad de Artes y Diseño-UNCuyo.
Profesores Suplentes PROFESOR/A CARGO/ASIGNATURA
Profesor Titular. Efectivo. Cátedra “Introducción al Diseño” de la Carrera Diseño Industrial de la Facultad de DI Jerónimo FORMICA Artes y Diseño-UNCuyo
Jefe de Trabajos Prácticos. Efectivo. Cátedra “Técnicas de Dibujo- Dibujo de Productos” de las Carreras Diseño DI Roxana María DEL ROSSO Industrial y Diseño Gráfico de la Facultad de Artes y Diseño-UNCuyo
Profesor Titular Efectivo. Cátedra “Dibujo a Mano Alzada” de la Carrera Diseño Industrial. Facultad de Artes Mgter Fabricio Oscar DE LA VEGA ATENCIO y Diseño-UNCuyo.
ARTÍCULO 6°.- Designar a los siguientes veedores que actuarán en el referido concurso. La ausencia de algún veedor durante el concurso no invalidará la prosecución del trámite. No obstante, deberá asegurarse la participación de al menos un veedor (Art. 17 Ord. 6/23 C.D.) Estudiante Titular APELLIDO Y NOMBRE REGISTRO DNI Nº CARRERA
Juan Ignacio CHADE 27165 38474854 Diseño Industrial
Resol. N° 275
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ARTÍCULO 7°.- Los aspirantes al presente concurso deberán presentar la siguiente documentación, en carácter obligatorio y en formato PDF: DNI del postulante Correo Electrónico (en el marco de la Ord. 26/20-CS) Curriculum Vitae Carpeta de Antecedentes Propuesta Docente para el cargo que se concursa (Requisito excluyente- Anexo III de la Ord. N° 1/20–C.D.) Nota importante: Una vez finalizada la carga del formulario de inscripción dispuesta a tal fin, el postulante recibirá un correo de respuesta inmediata como constancia que acredita su inscripción. En caso contrario el interesado deberá comunicarse de manera inmediata y en los horarios de atención para constatar el estado de su inscripción.
ARTÍCULO 8°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 275
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CD-2025-RES-274 7/11/2025 (Carga: 7/11/2025) |
MENDOZA, 7 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 34849/25 caratulado: “CAMBA, Marcela S/ Solicitud licencia como Consejera Directiva Titular en representación del claustro de Profesores Adjuntos, período del 14 de octubre al 11 de noviembre de 2025. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la Esp. Marcela Beatriz CAMBA solicita licencia como Consejera Directiva Titular en representación del Claustro de Profesores Adjuntos, motivada por razones de índole académico.
Por ello, atento a lo acordado en sesión plenaria del día 4 de noviembre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia a la Esp. Marcela Beatriz CAMBA (DNI Nº 25584435) en las funciones de Consejera Titular en representación del Claustro de Profesores Adjuntos, motivada por razones de índole académico e incorporar en su lugar al Prof. Mariano Alcides FIORE (DNI Nº 24797548) desde el CATORCE (14) de octubre hasta el ONCE (11) de noviembre de 2025.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 274
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FA-2025-RES-583 6/11/2025 (Carga: 6/11/2025) |
MENDOZA, 6 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 13328/25 caratulado: “VALLEJOS, Leandro Esteban S/Adscripción Egresado/a- 2024/2025 - Sec. Académica- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el egresado Leandro Esteban VALLEJOS ha cumplido con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 11/09-C.D. y su modificatoria ordenanza N° 12/13-CD.
Que el informe evaluativo de la Profesora Titular de la asignatura es favorable.
La opinión favorable de la Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la adscripción realizada por el egresado Leandro Esteban VALLEJOS (D.N.I. N° 35.385.504) a la asignatura “Tipografía II Editorial” en las Carreras de Diseño, durante el Ciclo Lectivo 2024–2025.
ARTÍCULO 2°.- Otorgar al egresado Leandro Esteban VALLEJOS su certificado de aprobación.
ARTÍCULO 3 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 583
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FA-2025-RES-582 6/11/2025 (Carga: 6/11/2025) |
MENDOZA, 6 de noviembre de 2025
VISTO:
El trámite electrónico Nº 39264/25 caratulado: “Guadalupe Jazmín GUTIERREZ AGUIRRE S/ Solicitud validación de las horas optativas. Carreras de Diseño FAD -”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Diseño certifica que la alumna Guadalupe Jazmín GUTIERREZ AGUIRRE ha cursado y aprobado el curso “Italiano - Nivel A1” durante los meses de marzo a julio de 2025, en la Facultad de Filosofía y Letras de esta Casa de Estudios.
El informe producido por la Dirección de Carreras de Diseño y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Guadalupe Jazmín GUTIERREZ AGUIRRE (Legajo Nº 29604 – D.N.I. N° 47371221) el curso “Idioma Italiano Nivel A1” con una carga horaria CIEN (100) horas, con validez a UN (1) espacio curricular Optativo de la Carrera Diseño Gráfico.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 582
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FA-2025-RES-581 5/11/2025 (Carga: 5/11/2025) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 34607/25 caratulado: “Lorenzi, Carlos Raúl S/ Solicitud de Diploma de Licenciada en Arte Dramático”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 23/99-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN ARTE DRAMÁTICO al egresado Carlos Raúl LORENZI (D.N.I. Nº 24.160.633) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTIDÓS (22) de octubre de 1974, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 23/99C.S., con fecha de egreso el VEINTINUEVE (29) de abril de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 581
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FA-2025-RES-580 5/11/2025 (Carga: 5/11/2025) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 33775/25 caratulado: “Asesoría Estudiantil S/Solicitud de Licencia Estudiantil – CARAYOL BRESSAN, Pia - Carreras de Diseño - FAD”
CONSIDERANDO:
Que la alumna Pia CARAYOL BRESSAN ha cumplimentado la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de “Razones Particulares” como así también se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por “Razones Particulares” a la alumna Pia CARAYOL BRESSAN (Registro N° 29694 - DNI Nº 46664760) de la carrera de Diseño Industrial, los días UNO (1) y DOS (2) de octubre de 2025, inclusive, de acuerdo a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., Anexo I, artículo 5, inciso m.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 580
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FA-2025-RES-579 5/11/2025 (Carga: 5/11/2025) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 34610/25 caratulado: “Tapia Urra, Carlos Manuel S/ Solicitud de Diploma de Licenciado en Música Popular con Orientación en Guitarra”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 119/03-C.S. y 128/03-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN MÚSICA POPULAR CON ORIENTACIÓN EN GUITARRA al egresado Carlos Manuel TAPIA URRA (D.N.I. Nº 96.106.092) nacido en Santiago- República de Chile, el VEINTICUATRO (24) de febrero de 1996, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 119/03-C.S. y 128/03-C.S., con fecha de egreso CUATRO (4) de setiembre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 579
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FA-2025-RES-578 5/11/2025 (Carga: 5/11/2025) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 34606/25 caratulado: “Juarez D´Alessandro, María Emilia S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Industrial”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada María Emilia JUAREZ D´ALESSANDRO (D.N.I. N° 44.124.195) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTINUEVE (29) de abril de 2002, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso CUATRO (4) de setiembre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 578
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FA-2025-RES-577 5/11/2025 (Carga: 5/11/2025) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 34609/25 caratulado: “Simoncini, María Victoria S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Gráfica”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada María Victoria SIMONCINI (D.N.I. N° 38.475.971) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISIETE (27) de octubre de 1994, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso TREINTA (30) de junio de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 577
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FA-2025-RES-576 5/11/2025 (Carga: 5/11/2025) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 34604/25 caratulado: “Monterroza, Romina Jazmin S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Gráfica”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Romina Jazmin MONTERROZA (D.N.I. N° 42.064.142) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISÉIS (26) de agosto de 1999, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso DIECIOCHO (18) de agosto de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 576
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FA-2025-RES-575 5/11/2025 (Carga: 5/11/2025) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 35328/25 caratulado: “Relaciones Institucionales FAD s/firma Acta Acuerdo entre la FAD y AMEGAN (Asociación Mendocina de Gastronomía Móvil)”.
CONSIDERANDO:
Que dicho acuerdo tiene como objetivo principal brindar el servicio gastronómico durante la realización del Décimo Congreso Latinoamericano del DISUR (Red de Carreras de Diseño de Universidades Públicas Latinoamericanas), que se llevó a cabo entre los días 22 y 24 de octubre en los jardines de la Facultad de Artes y Diseño.
Que el presente acuerdo específico se encuentra enmarcado en los procedimientos y mecanismos administrativos establecidos por Ord. Nº 47/08–C.S.
Por ello y atento a la delegación expresa de sus facultades,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Acuerdo entre la FAD y AMEGAN (Asociación Mendocina de Gastronomía Móvil), el cual tiene como objetivo principal brindar el servicio gastronómico durante la realización del Décimo Congreso Latinoamericano del DISUR (Red de Carreras de Diseño de Universidades Públicas Latinoamericanas), que se llevó a cabo entre los días VEINTIDÓS 22 y VEINTICUATRO (24) de octubre en los jardines de la Facultad de Artes y Diseño, conforme con el Anexo Único que consta de DOS (2) hojas y forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 575
ANEXO ÚNICO
Resol. N° 575
2
RESOLUCIÓN Nº 575
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FA-2025-RES-574 5/11/2025 (Carga: 5/11/2025) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 35217/25 caratulado: “Relaciones Institucionales FAD s/firma del Acuerdo Intrainstitucional entre la Facultad de Artes y Diseño y Facultad de Filosofía y Letras, UNCuyo”.
CONSIDERANDO:
Que dicho acuerdo tiene como objetivo principal facilitar la transferencia en ambos sentidos de saberes, procedimientos, servicios, actividades y acciones basadas en el proyecto “Competencias digitales docentes en Educación Superior. Evaluación y Certificación de aulas virtuales” en el marco de competencias para un ecosistema educativo Digital.
Que el presente acuerdo específico se encuentra enmarcado en los procedimientos y mecanismos administrativos establecidos por Ord. Nº 47/08–C.S.
Por ello y atento a la delegación expresa de sus facultades,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Acuerdo Intrainstitucional entre la Facultad de Artes y Diseño y Facultad de Filosofía y Letras, UNCuyo, el cual tiene como objetivo principal facilitar la transferencia en ambos sentidos de saberes, procedimientos, servicios, actividades y acciones basadas en el proyecto “Competencias digitales docentes en Educación Superior. Evaluación y Certificación de aulas virtuales” en el marco de competencias para un ecosistema educativo Digital, conforme con el Anexo Único que consta de CUATRO (4) hojas y forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 574
ANEXO ÚNICO
Resol. N° 574
2
Resol. N° 574
3
Resol. N° 574
4
RESOLUCIÓN Nº 574
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FA-2025-RES-573 5/11/2025 (Carga: 5/11/2025) |
MENDOZA, 5 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 35193/25 caratulado: “Relaciones Institucionales FAD s/firma del Acuerdo de Beca de Capacitación Pre-Profesional entre la Facultad de Artes y Diseño y Facultad de Derecho, UNCuyo.”.
CONSIDERANDO:
Que dicho acuerdo tiene como objetivo posibilitar a el estudiante la realización de actividades formativas, no obligatorias, complementarias con la formación académica.
Que el presente acuerdo específico se encuentra enmarcado en los procedimientos y mecanismos administrativos establecidos por Ord. Nº 47/08–C.S.
Por ello y atento a la delegación expresa de sus facultades,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Acuerdo de Beca de Capacitación Pre-Profesional entre la Facultad de Artes y Diseño y Facultad de Derecho, UNCuyo, el cual tiene como objetivo posibilitar a el estudiante la realización de actividades formativas, no obligatorias, complementarias con la formación académica, conforme con el Anexo Único que consta de TRES (3) hojas y forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 573
ANEXO ÚNICO
Resol. N° 573
2
Resol. N° 573
3
RESOLUCIÓN Nº 573
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FA-2025-RES-572 4/11/2025 (Carga: 4/11/2025) |
MENDOZA, 4 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 36371/25 caratulado: “Asesoría Estudiantil S/Solicitud de Licencia Estudiantil - SIFUENTE LÓPEZ, Fernanda Milagros - Carreras de Artes del Espectáculo - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna Fernanda Milagros SIFUENTE LÓPEZ, ha cumplimentado con la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de “Situaciones médicas particulares y/o específicas”, como así también se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por la causal “Situaciones médicas particulares y/o específicas”, a la alumna Fernanda Milagros SIFUENTE LÓPEZ (Registro Nº 30182– D.N.I. Nº 47529218) de las carreras Licenciatura en Arte Dramático y Profesorado de Grado Universitario en Teatro, desde VEINTINUEVE (29) de octubre hasta el SEIS (6) de noviembre de 2025, inclusive, de acuerdo con lo establecido por la Ord. N° 18/18 C.S., Anexo I, artículo 5, inciso d.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 572
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