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CD-2024-RES-220 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO: El expediente electrónico Nº 18921/24 caratulado: “CARR DE ARTES VISUALES/ s/ Solicitar autorización para la realización del curso de "Libro de Artista"”.
CONSIDERANDO:
Que el desarrollo del curso propone un acercamiento a la investigación y análisis del concepto de libro de artista, así como a sus antecedentes y ejemplos. Asimismo, incluye el proceso de desarrollo y creación de un libro de artista, ya sea de manera individual o colectiva.
Que la encuadernación artesanal es un arte antiguo que consiste en forrar o cubrir con diferentes materiales las hojas que componen un documento. El objetivo principal del libro es la conservación de un documento o información considerada relevante. Este invento permitió guardar y transmitir diversos saberes
Que los objetivos propuestos para esta actividad son la de analizar y comprender el concepto de libro de artista, planteando y creando un libro de artista, ya sea individual o colectivo; y fomentar la exploración y experimentación de recursos y técnicas artísticas y gráficas, favoreciendo el consumo consciente y sustentable de los materiales.
La opinión favorable de Dirección de Carreras de Artes Visuales y de Secretaría de Extensión y Articulación Social.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 3 de setiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización del Curso de “Creación de Libro de Artista”, dictado por la Profesora Guadalupe CASTRO, que se encuentra llevándose a cabo desde el CINCO (5)de setiembre hasta el SIETE (7) de noviembre de 2024, en el Edificio de Talleres de esta Facultad, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo Único que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 220
ANEXO ÚNICO 1. Formato curricular: CURSO X CONFERENCIA TALLER OBRA DE TEATRO
JORNADA CICLO DE DEBATE MUESTRA DE ARTE OTRO
SEMINARIO CLASE MAGISTRAL CONCIERTO
Nombre de la actividad: Creación de Libro de artista
Organizadores o responsables: Guadalupe Castro
Alumnos colaboradores
Profesor que estará a cargo de la actividad:
Fecha de la actividad:
COMIENZA 05 09 2024 FINALIZA 07 11 2024
Horario
Horas reloj (presenciales) 30h Horas reloj (NO presenciales)
Horas cátedra (presenciales) Horas cátedra (No presenciales)
Lugar donde se realizará la actividad: Sala de Encuadernación edificio de talleres
Gestión del mismo a cargo de: Organizadores
Destinatarios:
ALUMNOS DE GRADO activos X Oyentes
GRADUADOS activos X Oyentes
DOCENTES activos X Oyentes
PÚBLICO EN GENERAL activos X Oyentes
OTRO (especificar) activos X Oyentes
Cupos:
Mínimo 8 Máximo 12
Resol. N° 220
Anexo Único– Hoja 2 10. Arancel: (Se abonarán 2 cuotas, una correspondiente al mes de septiembre y una en el mes de octubre) DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES ALUMNOS $20.000 GRADUADOS $23.000 DOCENTES $23.000 PÚBLICO EN GENERAL $25.000 Considerar en concepto de Becas un 10% de los inscriptos estudiantes de nuestra institución (Ord.6/2015-CDFAD)
11. Modalidad de la actividad: TEÓRICA PRESENCIAL X TEÓRICA-PRÁCTICA
PRÁCTICA SEMI-PRESENCIAL OTRA (ESPECIFICAR)
12. Material gráfico necesario para la difusión:
AFICHE X PROGRAMA CATÁLOGO
OTRA (ESPECIFICAR)
13. Recursos técnicos requeridos: Mesón de trabajo grande (medidas aproximadas 3 metros por 1,40 metros), en lo posible de 90 o 95 cm. de altura. Doce banquetas altas. Mesón complementario, este puede variar en las medidas y la altura, según la comodidad del espacio. Estantería para guardar materiales. Guillotina. Prensas de fundición.
14.CERTIFICACIÓN Presentar nómina de participantes (nombre completo, DNI o pasaporte) que hayan aprobado la actividad en formato papel planilla de asistencia al CORREO ELECTRÓNICO DE EXTENSIÓN: extension@fad.uncu.edu.ar
15. Evaluación de actividades de Extensión: Se le solicitará a los asistentes de las actividades organizadas por la Secretaría de Extensión una encuesta. Éste será un indicador que retroalimente el proceso, a tener en cuenta para futuros proyectos.
16-Otras necesidades o consideraciones:
RESOLUCIÓN N° 220
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CD-2024-RES-219 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 20807/24 caratulado: “SEMIZ, Jimena S/Taller Canto Colectivo. Carreras Musicales- FAD”
CONSIDERANDO:
Que es un Taller de exploración y producción vocal y corporal, en el marco del repertorio originario y folklórico latinoamericano.
Que el principio fundamental de las cosmovisiones que nos constituyen culturalmente en Latinoamerica, están basadas en lo colectivo y comunitario, por lo cual, para la construcción de comunidad aúlica y educativa se torna esencial, el fortalecimiento y fomento de la real escucha, la empatía y el arte solidario.
Que el mismo está destinado a los alumnos, graduados, docentes y público en general.
Que se proponen los siguientes objetivos: 1- Desarrollar actividades de exploración, lúdicas, ejercitaciones que nos entusiasmen en el aprendizaje y búsqueda vocal singular y colectiva. 2 - Vivenciar la fuerza de la Oralidad en la total coordinación y recorrido del Encuentro. 3- Improvisar y ensamblar voz hablada y cantada. 4- Descubrir e interpretar Músicas Originarias y Folklóricas Latinoamericanas. 5- Conjugar Lenguajes Artísticos.
La opinión favorable de Dirección de Carreras Musicales y de Secretaría de Extensión y Articulación Social.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 24 de setiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización del Taller denominado: "Canto colectivo" La fuerza de la oralidad en la producción artística, dictado por la destacada música, actriz y docente Alejandra FERNÁNDEZ, el día VEINTINUEVE (29) de octubre de 2024, en el Edificio de Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 219
ANEXO ÚNICO 1. Formato curricular: CURSO CONFERENCIA TALLER x OBRA DE TEATRO
JORNADA CICLO DE DEBATE MUESTRA DE ARTE OTRO
SEMINARIO CLASE MAGISTRAL CONCIERTO
Nombre de la actividad: "Canto colectivo" La fuerza de la oralidad en la producción artística
Organizadores o responsables: Jimena SÉMIZ
Alumnos colaboradores Vanina FERNÁNDEZ
Profesor que estará a cargo de la actividad: Alejandra FERNÁNDEZ
Fecha de la actividad: COMIENZA 29 10 2024 FINALIZA 29 10 2024
Horario
Horas reloj (presenciales) 2hs 30’ Horas reloj (NO presenciales)
Horas cátedra (presenciales) Horas cátedra (No presenciales)
Lugar donde se realizará la actividad: Edificio Escuela de Música
Gestión del mismo a cargo de:
Destinatarios:
ALUMNOS DE GRADO activos X Oyentes
GRADUADOS activos X Oyentes
DOCENTES activos X Oyentes
PÚBLICO EN GENERAL activos X Oyentes
OTRO (especificar) activos X Oyentes
Cupos:
Mínimo 10 Máximo 30/40
Resol. N° 219
Anexo Único– Hoja 2
10. Arancel: (indicar los montos) DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES ALUMNOS $5000 $ GRADUADOS $8000 $ DOCENTES $8000 $ PÚBLICO EN GENERAL $10.000 $ Considerar en concepto de Becas un 10% de los inscriptos estudiantes de nuestra institución (Ord.6/2015-CDFAD)
11. Modalidad de la actividad:
TEÓRICA PRESENCIAL X TEÓRICA-PRÁCTICA
PRÁCTICA SEMI-PRESENCIAL OTRA (ESPECIFICAR)
12. Material gráfico necesario para la difusión:
AFICHE X PROGRAMA CATÁLOGO
OTRA (ESPECIFICAR) REDES SOCIALES
13. Recursos técnicos requeridos: - Espacio para actividades en movimiento. - Guitarra - Instrumentos de Percusión - Amplificación - Micrófonos - Elementos para Proyección
14. CERTIFICACIÓN: asistencia y/o aprobación Presentar nómina de participantes (nombre completo, DNI o pasaporte) que hayan aprobado la actividad en formato papel planilla de asistencia al CORREO ELECTRÓNICO DE EXTENSIÓN: extension@fad.uncu.edu.ar
15. Evaluación de actividades de Extensión Se le solicitará a los asistentes de las actividades organizadas por la Secretaría de Extensión una encuesta. Éste será un indicador que retroalimente el proceso, a tener en cuenta para futuros proyectos. 16. Otras necesidades o consideraciones:
RESOLUCIÓN N° 219
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CD-2024-RES-218 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 20806/24 caratulado: “S/ SOLICITUD PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE EXTENSIÓN - Concierto de Guitarra y Clases Magistrales a cargo de Isaac Bustos y Alejandro Montiel.”
CONSIDERANDO:
Que el concierto estará a cargo de los destacados y reconocidos músicos Isaac BUSTOS y Alejandro MONTIEL, guitarristas residentes en Estados Unidos que se especializan en el campo de la música académica como intérpretes solistas y en grupos de cámara.
Que se propone una jornada de concierto, clases magistrales y un conversatorio entendiendo a estas actividades como un espacio de enriquecimiento invaluable tanto para los alumnos, como para la comunidad educativa en general.
Que en las actividades organizadas para este evento abordarán ideas conceptuales y su ejecución en torno a las diferentes problemáticas instrumentales y del repertorio en relación al instrumento. De acuerdo a las necesidades específicas de cada estudiante, podrán surgir temas tales como: producción de sonido; recursos mecánicos para ser más eficiente en la ejecución; técnicas de estudio; enfoque y forma de encarar una obra dependiendo del estilo de la misma; música original o no original para guitarra; aspectos musicales de la obra propuesta por el estudiante, tales como fraseo, articulación, estilo.
Que los objetivos de estas Clases Magistrales son: 1- Generar un espacio de reflexión y debate sobre la interpretación en guitarra. 2- Adquirir nuevos criterios de ejecución instrumental. 3- Ejecutar nuevas propuestas de interpretación y de técnica. 4 - Ampliar los conocimientos sobre la música en general, y la ejecución de la guitarra en particular. 5- Fomentar un espíritu crítico para ampliar criterios de interpretación. 6Profundizar en la práctica de la ejecución en vivo.
La opinión favorable de Dirección de Carreras Musicales y de Secretaría de Extensión y Articulación Social.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 24 de setiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización del “Concierto de Guitarra y Clases Magistrales” a cargo de los destacados y reconocidos músicos Isaac BUSTOS y Alejandro MONTIEL, el que se llevó a cabo el día VEINTE (20) de setiembre de 2024, en el Edificio de Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 218
ANEXO ÚNICO 1. Formato curricular: CURSO CONFERENCIA x TALLER OBRA DE TEATRO
JORNADA CICLO DE DEBATE MUESTRA DE ARTE OTRO
SEMINARIO CLASE MAGISTRAL x CONCIERTO x
Nombre de la actividad: Concierto de Guitarra y Clases Magistrales a cargo de Isaac Bustos y Alejandro Montiel
Organizadores o responsables: Cátedra de Guitarra: Prof. Titular Nahuel Romero – Prof. Adj. David Bajda
Alumnos colaboradores Pablo Giubert – Luciano Lucero
Profesor que estará a cargo de la actividad: Isaac Bustos: posee una gran cantidad de premios importantes en más de 12 concursos internacionales, 7 de los cuales son primeros premios. En el otoño del 2008 lanzó su CD debut titulado Caprichos y Sonatas, que la revista Soundboard describió como "...uno de los mejores...tiene todo lo que uno podría desear".¨
Bustos es artista destacado del sello Vgo Recordings y acaba de lanzar su segundo álbum titulado "Canciones a mi Madre". El álbum contiene músicas para guitarra de Brasil, Cuba, Nicaragua y Argentina.
Como educador, su compromiso con la enseñanza se refleja en el éxito de sus estudiantes, cuyas actuaciones premiadas han incluido victorias en prestigiosos concursos en todo el mundo. Desde 2005, el Dr. Bustos ha formado parte del cuerpo docente del Departamento de Estudios de Interpretación de la Universidad Texas A&M, donde es jefe de estudios de guitarra y director artístico del Simposio y Concurso Internacional de Guitarra de Texas A&M.
Alejandro Montiel: Descrito por la revista Soundboard como un "músico impecable, repleto de técnica pulida", disfruta de una carrera interpretativa que lo ha llevado por los Estados Unidos, China, México, Centro y Sudamérica y Europa. Tiene títulos de posgrado del Conservatorio Peabody y de la Universidad de Texas en Austin.
Además de actuar, hacer arreglos y grabar, el Dr. Montiel forma parte del cuerpo docente de la Universidad de Texas en San Antonio y del Lone Star College Montgomery. Además, es un músico de cámara con amplia actividad en Texas.
Fecha de la actividad: COMIENZA 20 09 2024 FINALIZA 20 09 2024
Horario
Horas reloj (presenciales) 4 horas Horas reloj (NO presenciales)
Horas cátedra (presenciales) Horas cátedra (No presenciales)
Lugar donde se realizará la actividad: Aula 1 – Edificio de Carreras Musicales - FAD
Gestión del mismo a cargo de: Organizadores
Resol. N° 218
Anexo Único– Hoja 2
Destinatarios:
ALUMNOS DE GRADO activos X Oyentes x
GRADUADOS activos X Oyentes x
DOCENTES activos Oyentes x
PÚBLICO EN GENERAL activos Oyentes x
OTRO (especificar) activos Oyentes
Cupos:
Mínimo 2 (activos) Máximo 4 (activos)
10. Arancel: (indicar los montos) DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES ALUMNOS $ $ GRADUADOS $ $ DOCENTES $ $ PÚBLICO EN GENERAL $ $ Considerar en concepto de Becas un 10% de los inscriptos estudiantes de nuestra institución (Ord.6/2015-CDFAD)
11. Modalidad de la actividad:
TEÓRICA PRESENCIAL X TEÓRICA-PRÁCTICA X
PRÁCTICA SEMI-PRESENCIAL OTRA (ESPECIFICAR)
12. Material gráfico necesario para la difusión:
AFICHE X PROGRAMA CATÁLOGO
OTRA (ESPECIFICAR)
13. Recursos técnicos requeridos:
Atril, banquito apoya pié y sillas
14. CERTIFICACIÓN: asistencia y/o aprobación Presentar nómina de participantes (nombre completo, DNI o pasaporte) que hayan aprobado la actividad en formato papel planilla de asistencia al CORREO ELECTRÓNICO DE EXTENSIÓN: extension@fad.uncu.edu.ar
15. Evaluación de actividades de Extensión Se le solicitará a los asistentes de las actividades organizadas por la Secretaría de Extensión una encuesta. Éste será un indicador que retroalimente el proceso, a tener en cuenta para futuros proyectos.
16. Otras necesidades o consideraciones:
RESOLUCIÓN N° 218
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CD-2024-ORD-010 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 17579/24 caratulado: “SECRETARIA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO S/presentación Reglamento General Doctorado en Diseño”.
CONSIDERANDO:
Que mediante Ord. N° 3/24-CD se auspicia la creación de la carrera de posgrado “Doctorado en Diseño” en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño de esta Casa de Estudios.
Que resulta necesario reglamentar la carrera de Doctorado en Diseño, estableciendo las condiciones generales de ingreso, permanencia en la carrera, presentación de defensa de tesis, entre otras consideraciones formales de la misma.
El aval de la Secretaria de Investigación y Posgrado de esta Facultad.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 6 de agosto de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el “Reglamento General de la Carrera de Doctorado en Diseño” en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño de esta Casa de Estudios, de acuerdo con las condiciones formales que se mencionan en el Anexo Único.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de ordenanzas del Consejo Directivo.
ORDENANZA N° 10
ANEXO ÚNICO REGLAMENTO GENERAL DEL DOCTORADO EN DISEÑO
El presente Reglamento establece las normas generales de funcionamiento de la carrera de Doctorado en Diseño de la Facultad de Artes y Diseño (FAD) perteneciente a la Universidad Nacional de Cuyo (UNCuyo). Dicho reglamento se elabora teniendo en cuenta la normativa nacional e institucional vigente.
CAPÍTULO I. DE LAS CONSIDERACIONES GENERALES DE LA CARRERA
Artículo 1. Estructura de la Carrera. La estructura de la carrera doctoral es semiestructurada y de carácter presencial. La Carrera de Doctorado en Diseño tendrá una duración máxima de CUATRO (4) años desde que se confirma la inscripción del/la estudiante, con la posibilidad de otorgar una prórroga de UN (1) año más a solicitar por el/la doctorando y su director/a con la justificación correspondiente.
Artículo 2. Plan de Estudios. El Plan de Estudios se compone por un tramo estructurado (equivalente a DOSCIENTAS (200) hs.) y un tramo semiestructurado (equivalente a 270 hs.). Los/as estudiantes, para tener completo el cursado de la carrera, además deberán acreditar la Prueba de Calificación obligatoria (equivalente a CIEN (100) hs.). Para acceder a la presentación de la Tesis deberán tener un mínimo de QUINIENTOS SETENTA (570) hs. acreditadas.
Artículo 3. Tramo Estructurado. El tramo estructurado está integrado por CUATRO (4) talleres que permite a los/as doctorandos/as complementar su formación de base. Los mismos se dictarán, de manera secuencial, a lo largo de todo el trayecto de formación doctoral. Se prevé el dictado del Taller de Tesis I y Taller de Escritura Académica I, durante el primer año de cursado y, el Taller de Tesis II y Taller de Escritura Académica II, en el segundo año de la carrera. El cursado y la aprobación de cada uno de estos talleres equivale a CINCUENTA (50) hs. de acreditación cada uno.
Artículo 4. Tramo Semiestructurado. Las asignaturas para cursar de manera semiestructurada serán propuestas por el/la doctorando/a y su director/a en base al proyecto de tesis. Se priorizarán las áreas disciplinares prioritarias para el doctorado: Diseño y sociedad; Diseño y sostenibilidad ambiental, Diseño y tecnologías, y Diseño y tendencias.
El diseño del trayecto semiestructurado será aprobado por el Comité Académico del Doctorado durante la instancia de inscripción. Si bien, el mismo puede cambiar en el transcurso de la carrera doctoral, estas modificaciones deberán ser fundamentadas por el/la doctorando/a y su director/a ante el Comité Académico, quien dictaminará su aprobación. Las instancias para presentar variaciones en el tramo semiestructurado serán durante los informes anuales, como también la acreditación de asignaturas aprobadas en el transcurso de la carrera. Las asignaturas semiestructuradas pueden ser cursadas en la Facultad de Artes y Diseño, en otras Unidades Académicas de la Universidad Nacional de Cuyo y/o en otras instituciones que cumplan con los requisitos de la carrera y su vinculación con el tema de la Tesis.
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 2
Artículo 5. Prueba de Calificación. La Prueba de Calificación constituye una instancia de evaluación sustancial, luego de cumplir con el cursado y la aprobación del tramo estructurado y al tener dos capítulos de tesis escritos acompañados por un índice comentado. La misma se deberá solicitar por el el/la doctorando/a, con el aval de su director/a. La finalidad de la misma es un seguimiento personalizado del trabajo de Tesis y del acompañamiento del director/a ante una Comisión de Calificación para sugerir o fortalecer el último recorrido de la carrera. La Prueba de Calificación es un examen formal que consta de dos pasos:
a) la presentación de dos capítulos de tesis finalizados y el índice comentado, en PDF. b) un encuentro para la discusión de dichos avances entre el/la doctorando/a y su director/a y una Comisión de Calificación, seleccionada por el Comité Académico del Doctorado, en la que, al menos un/a integrante de esta Comisión, deberá provenir de otra universidad nacional o extranjera, con el propósito de que también integre a futuro el tribunal de la defensa de Tesis.
La Comisión de Calificación se conformará a partir de la presentación escrita de los dos capítulos de tesis y el índice comentado, junto a la solicitud del/la doctorando/a y su director/a para acceder a la Prueba de Calificación. El Comité Académico tendrá 30 (treinta) días hábiles para la conformación de la Comisión y definir la fecha de la misma.
Artículo 6. Equivalencias. Podrán convalidarse por equivalencias asignaturas cursadas y aprobadas en la Facultad de Artes y Diseño, en distintas Unidades Académicas de la UNCuyo y/o en universidades nacionales o extranjeras, siempre que exista un previo dictamen favorable emitido por el Comité Académico del Doctorado.
Durante la admisión, los/as candidatos/as con título de Magíster pueden acreditar hasta un 40% del trayecto semiestructurado, siempre que la misma sea pertinente a la carrera doctoral. En cuanto a las asignaturas de posgrado que sean presentadas para su acreditación, las mismas deberán ser dictadas por doctores/as y ser pertinentes y afines al tema de tesis. Para el reconocimiento de equivalencias el/la doctorando/a deberá proporcionar a la coordinación de la carrera información acerca de la asignatura aprobada: programa, docentes responsables (doctores/as), carga horaria, sistema de evaluación, certificado de aprobación y lugar de realización, a fin de que se evalúe la misma y se defina el número de horas a acreditar. Las mismas podrán ser reconocidas, siempre y cuando, los cursos o actividades, hayan sido aprobadas en un plazo no mayor a CINCO (5) años previos al formal pedido de reconocimiento.
Las instancias para acreditación de equivalencias pueden ser durante la admisión a la carrera o en su transcurso, a partir de los informes anuales en los que se debe adjuntar la información solicitada anteriormente.
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 3
CAPÍTULO II. DE LAS CONDICIONES DE ADMISIÓN E INSCRIPCIÓN
Artículo 7. Condiciones de admisión. El/la postulante debe poseer título universitario de grado o de nivel superior no universitario de CUATRO (4) años de duración como mínimo, expedido por una Universidad Argentina y/o Institución de gestión estatal o privada autorizada por el Ministerio de Educación o su equivalente. En casos excepcionales de postulantes que no cuenten con los requisitos antes mencionados podrán ser admitidos/as siempre que demuestren contar con antecedentes y experiencia laboral/académica acorde al Doctorado en Diseño. Así como aptitudes y conocimientos suficientes para cursar la carrera satisfactoriamente. En caso de que la formación del aspirante fuera evaluada como insuficiente por parte del Comité Académico del Doctorado, éste indicará los cursos ofertados por las carreras de la FAD que el aspirante deberá aprobar para poder ingresar al Doctorado, tal como lo estipulan las normativas vigentes.
En todos los casos, la inscripción a la carrera doctoral y la obtención del título de posgrado, no acreditan de manera alguna el título de grado anterior, ni especifica actividades para las que tengan competencia sus poseedores.
No será excluyente la especificidad disciplinar del título de grado de los aspirantes a la inscripción en el Doctorado en Diseño. En este sentido, la modalidad semiestructurada propuesta, conduce al desarrollo de investigaciones disciplinares como transdisciplinares, en las que se enmarca el Plan Estratégico 2030 de la Universidad Nacional de Cuyo en torno a la articulación de distintas Unidades Académicas para garantizar calidad en la docencia y la excelencia académica mediante ofertas formativas permanentes, y dinamizando las relaciones de transferencia y vinculación de saberes y profesionales entre la comunidad académica en particular y la sociedad en general.
Artículo 8. Admisión de estudiantes extranjeros/as. En caso de estudiantes poseedores de títulos extranjeros, su admisión no significa reválida del título de grado ni lo habilita para ejercer la profesión en el país.
Los/as aspirantes con títulos de países no hispanohablantes deberán acreditar dominio funcional del idioma español. Los títulos de grado y de posgrado deberán estar debidamente legalizados por la universidad de origen. Los respectivos certificados analíticos deben ser expedidos por la universidad donde se obtuvo el título, en los que deberán figurar las calificaciones obtenidas en cada asignatura. Para el caso del/la solicitante cuyo título haya sido otorgado por una universidad extranjera, esta legalización debe ser efectuada por la universidad de origen, el Ministerio de Cultura y Educación de su país o su equivalente, y por la Embajada Argentina situada en el país de origen. Si el país no se encuentra inscripto en la apostilla de La Haya, el trámite concluirá en el Ministerio de Educación de la República Argentina o su equivalente.
Artículo 9. Preinscripción on-line. El proceso de selección se inicia cuando el/la aspirante completa un cuestionario de preinscripción on-line a la carrera y adjunta la documentación que se detalla a continuación:
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 4
a) formulario de inscripción a la carrera, debidamente firmado, b) documento de identidad escaneado (anverso y reverso), en formato PDF, c) Título de grado escaneado (anverso y reverso), en formato PDF o certificado de título en trámite, d) Certificado Analítico final de la carrera de grado, en formato PDF, e) Curriculum Vitae actualizado y firmado. f) Los títulos de posgrado (Especialista/Magíster/Doctor), se deben adjuntar escaneados (anverso y reverso), en formato PDF g) las autoridades de la carrera podrán solicitar que la preinscripción sea paga
Artículo 10. Proceso de selección. Nómina de aspirantes. La Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño realizará el control de la documentación que se adjunta, evaluará cada una y podrá solicitar información accesoria.
Artículo 11. Admisión. En caso de ser incluido/a en la nómina de aspirantes admitidos/as, se notificará por correo electrónico la decisión y para ingresar en forma definitiva en la carrera el/la interesado/a deberá, en el plazo que se establezca, completar y acompañar la documentación en soporte papel y soporte digital en PDF, a saber:
a) formulario de inscripción a la carrera, debidamente firmado, b) copia del documento de identidad (anverso y reverso), c) partida de nacimiento, d) copia del anverso y reverso del título grado certificado por la Institución que lo otorgó. Si el título se encuentra en trámite, deberá presentar una constancia original de tal circunstancia otorgado por la Facultad correspondiente, debiendo presentar la copia del título como se indica en cuanto posea el mismo, e) copia del Certificado Analítico final de la carrera de grado, f) Curriculum Vitae actualizado y firmado. g) los títulos de posgrado (Especialista/Magíster/Doctor), se deben adjuntar escaneados (anverso y reverso), en formato PDF h) en el caso de aspirantes extranjeros/as deben presentar certificado de dominio funcional del idioma español, cuando así corresponda.
Efectuada la presentación del/la aspirante y cumplimentados los requisitos de la admisión, el Comité Académico determinará, dentro de los SESENTA (60) días corridos su recomendación de aprobación o rechazo a la admisión. En todos los casos el Comité Académico deberá fundamentar su decisión para su elevación a la Secretaría de Investigación y Posgrado y, por su intermedio, al Consejo Directivo de la FAD. En caso de ser rechazado el/la candidato/a podrá:
a) presentarse a una nueva admisión no antes de UN (1) año desde el momento de no haber sido admitido/a; b) presentar recurso de reconsideración ante la Secretaría de Investigación y Posgrado para su tratamiento en el Consejo Directivo, quien resolverá en definitiva con carácter inapelable.
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Anexo Único- Hoja 5
Artículo 12. Inscripción. El Comité Académico dispondrá, al menos una vez al año, el período de Inscripción al Doctorado. Para dictaminar acerca de la inscripción del/la aspirante, el Comité Académico evaluará antecedentes del/la mismo/a, el proyecto de investigación propuesto, director/a y co-director/a de Tesis y la carta de aceptación de las/los mismos/as. Cuando el/la Director/a no perteneciera a la Facultad de Artes y Diseño, deberá adjuntarse currículum vitae del mismo, una justificación de la opción del/la aspirante. Sobre los requisitos formales de presentación del Proyecto de Tesis, ver aspectos formales en: Art. 54- Anexo II, del presente reglamento.
El diseño del trayecto semiestructurado propuesto será aprobado por el Comité Académico del Doctorado. Se priorizarán aquellos Proyectos de Tesis que aborden las áreas disciplinares prioritarias de la carrera: Diseño y sociedad, Diseño y sostenibilidad ambiental, Diseño y tecnologías y Diseño y tendencias.
Las asignaturas semiestructuradas pueden ser cursadas en la Facultad de Artes y Diseño, en otras Unidades Académicas pertenecientes a la Universidad Nacional de Cuyo y/o en otras instituciones que cumplan con los requisitos de la carrera.
El Comité Académico, cuando lo considere pertinente, podrá solicitarle al/la aspirante que realice modificaciones respecto de su propuesta de director/a y/o de su Proyecto de Tesis, para cuyo cumplimiento contará con un plazo de NOVENTA (90) días.
CAPÍTULO III. DE LOS REQUISITOS PARA SER DIRECTOR/A DE TESIS Y SUS FUNCIONES
Artículo 13. Director/a. La Tesis se realiza bajo la supervisión de un/a Director/a, que deberá ser doctor/a y/o justificar una formación equivalente demostrada por su trayectoria como profesional, docente o investigador/a que lo/a habilite para la orientación y dirección de la Tesis. Se podrá incluir un/a Director/a y un Codirector/a. La figura del Codirector/a será exigible de forma obligatoria en los casos en que las características de la Tesis así lo requieran. Se priorizará a Director/a y/o codirector/a que integre el Cuerpo Docente de la carrera, que sea graduado/a de la carrera o de la FAD o que tenga pertenencia institucional a la UNCuyo. Cada estudiante debe proponer un/a Director/a para su acompañamiento y asesoría durante el proceso de elaboración de la Tesis.
Artículo 14. Funciones de/la directora/a. 1-Previo a la presentación de la solicitud de admisión:
a) Participar activamente en la elaboración y presentación del proyecto de Tesis y diseño del tramo semiestructurado a desarrollar durante la carrera de Doctorado.
2-Efectuada la inscripción en la carrera, el/la directora/a supervisará en forma periódica la formación académica, técnica y científica de su dirigido/a. Sus funciones serán:
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Anexo Único- Hoja 6
a) orientar al/la estudiante en la en el seguimiento del Proyecto de Tesis y la elaboración de la Tesis. b) mantener una comunicación fluida con el/la doctorando/a, a través de reuniones de revisión bibliográfica, sugerencias metodológicas y de discusión sobre los avances y posibles obstáculos para el desarrollo del trabajo de investigación. c) supervisar al/la doctorando/a acerca de la concepción epistemológica y de los instrumentos de investigación más adecuados y oportunos para el mejor desarrollo de la investigación y la elaboración de la Tesis, velando por la originalidad, calidad, nivel académico y científico y presentación del estudio que se realice. d) informar anualmente al Comité Académico de la carrera sobre el avance de la investigación, avalar cambios en el Proyecto de Tesis y velar por la presentación de asignaturas aprobadas para su acreditación correspondiente. e) guiar al/la doctorando/a en la elección de cursos y seminarios de posgrado f) asesorar al/la doctorando/a sobre la instancia pertinente para solicitar la Prueba de Calificación y acompañar dicha presentación. g) orientar la incorporación de las sugerencias realizadas por la Comisión de Calificación. h) realizar, una vez concluida la Tesis, una nota en la que avale que la misma es resultado de una investigación realizada por el/la estudiante, que cumple y satisface adecuadamente las exigencias académicas para su presentación a fin de que se someta a la evaluación del tribunal. i) acompañar al/la doctorando/a en la instancia de defensa de la Tesis j) cada director/a podrá dirigir hasta TRES (3) tesis doctorales simultáneamente, incluyendo las de otras carreras de posgrado.
Artículo 15. Funciones de/la Codirectora/a. El/la Codirector/a será responsable, junto al director/a, del acompañamiento en el proceso del cursado de la carrera y en la elaboración de la Tesis del/la doctorando/a, compartiendo las funciones enunciadas en el Art. 40 de este reglamento.
Artículo 16. Cambio de director/a. Durante el transcurso de la carrera doctoral el/la estudiante puede solicitar el cambio del/la Director/a, mediante un escrito presentado con la firma del/la nuevo/a Director/a y su curriculum vitae, en caso de ser necesario. La nota se deberá presentar a la Secretaría de Investigación y Posgrado, quien la elevará a la Dirección de la carrera.
Artículo 17. Renuncia a sus funciones. El/la Director/a puede renunciar a su función mediante escrito presentado al/la estudiante y/o a la Secretaría de Investigación y Posgrado. En tal caso, el/la estudiante deberá proponer un/a nuevo/a Director/a antes de que concluya el ciclo académico. La renuncia y la pertinencia de la nueva propuesta de dirección serán elevadas al Comité Académico para su aprobación según lo dispone el presente reglamento.
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Anexo Único- Hoja 7 CAPÍTULO IV. DEL GOBIERNO DEL DOCTORADO
Artículo 18. La carrera de Doctorado contará con la siguiente instancia de gestión académico-administrativas:
a) Dirección b) Coordinación c) Comité Académico d) Administración e) Cuerpo Docente
Artículo 19. Designaciones. Las personas encargadas de la Dirección y Coordinación, los miembros que integran el Comité Académico, así como los/as profesores/as que integran el Cuerpo Docente estable de la carrera serán designadas, a propuesta del/la Decano/a de la Facultad de Artes y Diseño de la UNCuyo mediante resolución del Consejo Directivo de la Facultad de Artes y Diseño (FAD).
Artículo 20. Vigencia de las designaciones. Las designaciones de las personas que integran las instancias de gestión académico-administrativas de la carrera tendrán una vigencia de CUATRO (4) años. Cumplido el período y teniendo en cuenta los mecanismos de evaluación de desempeño de sus funciones establecidos por la carrera, excepcionalmente el Comité Académico podrá solicitar, de manera fundada, un periodo más de designación.
Artículo 21. Dirección. La Dirección de la carrera doctoral será otorgada a un/a profesor/a de la FAD que integre, además, el Cuerpo Docente estable del Doctorado. El/la director/a deberá poseer formación de posgrado equivalente a la ofrecida por la carrera y acorde con los objetivos de esta o una formación equivalente demostrada por su trayectoria como investigador/a, docente o profesional pertinente a la carrera.
Podrá incluirse, justificada la necesidad, la designación de un/a Codirector/a, quien deberá cumplir los mismos requisitos que para ser Director/a y será el/la reemplazante natural del Director/a en caso de ausencia.
Artículo 22. Funciones. Son funciones de la Dirección: a) supervisar las acciones vinculadas con la carrera, b) convocar al Comité Académico para el tratamiento de las actuaciones pertinentes que se sometan a su consideración y presidir estas reuniones, c) dirigir el dictado de las asignaturas y el sistema de evaluación referidas tanto a los/las estudiantes como al cuerpo docente, d) sugerir modificaciones y mejoras, e) supervisar y rubricar actuaciones administrativas, f) representar a la carrera y g) ejercer cualquier otra función que indique el presente Reglamento y/o que se requiera por indicación de las autoridades de la Facultad de Artes y Diseño.
Artículo 23. Coordinación. La Coordinación Académica del Doctorado será otorgada a un/a profesor/a y/o egresada/o de la Facultad de Artes y Diseño.
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Artículo 24. Funciones. Son funciones de la Coordinación Académica:
a) asistir a la Dirección en la coordinación y supervisión de las acciones vinculadas con la carrera, b) coordinar la tarea tanto de la Dirección, como del Comité Académico, con relación a la gestión administrativa, c) asistir a los/as docentes en sus necesidades y requerimientos en el desarrollo de las actividades curriculares, d) supervisar el material didáctico enviado por los/as docentes antes de ponerlo a disposición de los/as estudiantes, e) monitorear el cumplimiento de las actividades programadas y f) toda otra función que le encomiende el Comité Académico, la Dirección de la Carrera y la Secretaría de Investigación y Posgrado.
Artículo 25. Comité Académico. El Comité Académico estará integrado por cinco (cinco) de miembros y será presidida por el/la Director/a del Doctorado. Los cargos serán otorgados a quienes integren el plantel docente de la Facultad de Artes y Diseño, a miembros de la Universidad Nacional de Cuyo o de universidades externas. Los mismos deberán poseer formación de posgrado equivalente a la ofrecida por la carrera y acorde con los objetivos de esta o, si el caso lo amerita, una formación equivalente demostrada por su trayectoria como investigador/a, docente o profesional. En caso de empate, el/la Director/a del Doctorado tendrá doble voto.
Artículo 26. Funciones. Son funciones del Comité Académico
a) brindar asistencia técnica en el desarrollo y seguimiento de la carrera a modo de contribuir a la optimización de los recursos vinculados con ella, b) realizar la autoevaluación de la carrera, en conjunto con la Secretaría de Investigación y Posgrado, y hacer sugerencias para el plan de mejoras luego de la auto-evaluación y/o a solicitud de las autoridades de acreditación, c) determinar el otorgamiento de mérito equivalente del Cuerpo Docente y en los casos establecidos en el presente Reglamento, d) proponer al tribunal docente que integrará la Comisión de Calificación en la Prueba de Calificación e) dictaminar respecto de la continuidad de los/as estudiantes cuando su desempeño académico resulte negativo en los casos que establezca la reglamentación, f) dictaminar sobre la posibilidad de convalidar por equivalencia asignaturas cursadas y aprobadas en otras carreras de posgrado de la Facultad de Artes y Diseño y/o en otras Unidades Académicas de la UNCuyo, universidades nacionales o extranjeras, g) sesionar cada vez que sea necesario, a instancias de la Dirección de la carrera y, como mínimo, UNA (1) vez por semestre; las decisiones serán tomadas por mayoría de sus miembros y h) determinar la trayectoria de estudiantes recursantes, previo informe de su situación académica informada por la Secretaría de Investigación y Posgrado de la FAD
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Anexo Único- Hoja 9 i) resolver todo lo relativo al funcionamiento de la carrera que no se encontrase previsto en este Reglamento. j) aprobar el tema y Director/a propuesto por cada estudiante en su Proyecto de Trabajo de Tesis, k) supervisar el cumplimiento de los mecanismos de orientación y seguimiento de los/as estudiantes,
Artículo 27. Administración. La Administración será responsabilidad de la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño
Artículo 28. Funciones. Son funciones de la Administración:
a) evaluar el Curriculum Vitae de cada aspirante, atendiendo a su formación de grado y su experiencia académica y profesional, b) solicitar al aspirante información accesoria para ilustrar sus antecedentes curriculares, en caso de considerarlo necesario, c) recomendar el otorgamiento de reducción arancelaria en caso de encontrarse contemplada dentro de los supuestos previstos por la normativa vigente de la Universidad Nacional de Cuyo d) establecer la nómina de aspirantes admitidos/as a la carrera, e) supervisar y rubricar las actuaciones que le correspondan y designar a quién sustituirá al responsable que por imposibilidad sobreviniente o fuerza mayor no haya podido rubricar en su oportunidad y f) resolver todas las cuestiones que se planteen vinculadas con la gestión, en especial lo relativo a las readmisiones, gestionar y analizar los pedidos de las solicitudes de prórroga y toda otra que haga al buen funcionamiento del Doctorado y que no sea de competencia de otro órgano de la carrera.
Artículo 29. Cuerpo Docente. El Cuerpo Docente estable de la carrera estará integrado, en su conjunto, por al menos un CINCUENTA Y UNO por ciento (51%) de docentes pertenecientes al plantel de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo. Excepcionalmente, dicho porcentaje podrá flexibilizarse por razones fundadas. El restante CUARENTA Y NUEVE por ciento (49%), podrá estar integrado por docentes invitados/as que asuman eventualmente parte o todo el dictado de una actividad curricular. Deberán poseer formación de posgrado equivalente a la ofrecida por la carrera y acorde con los objetivos de esta o, si el caso lo amerita, una formación equivalente demostrada por su trayectoria como investigador/a, docente o profesional.
Serán considerados como: a) Profesor/a responsable: a quien tiene la responsabilidad académica del dictado regular y reglamentario de la actividad curricular de la asignatura que está a su cargo, b) Profesor/a: a quien se incluye en el cuerpo docente estable y colabora con el/la profesor/a responsable en el dictado regular y reglamentario de la asignatura a su cargo c) Profesor/a invitado/a: a quien asuma eventualmente el dictado de una actividad curricular por invitación del/la profesor/a responsable con el visto bueno de la Dirección de la carrera o por su invitación. Los/as mismos/as deben cumplir con las funciones que les asignen los/as profesores/as responsables.
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Artículo 30. Funciones. Son funciones del Cuerpo Docente:
a) completar y mantener actualizada la ficha docente ante CONEAU, y enviar a la Secretaría de Investigación y Posgrado de la FAD, una presentación resumida para poner a disposición de los/as estudiantes, b) organizar el dictado de la asignatura y disponer la dedicación requerida para una adecuada atención de los/as estudiantes, c) confeccionar y actualizar los programas, guías, apuntes, manejo de aula virtual y toda otra modalidad didáctica, incluyendo la bibliografía básica obligatoria y complementaria, ajustada al Plan de Estudio. d) garantizar el dictado de la asignatura de la manera más provechosa para los/as estudiantes, pudiendo invitar a otros/as profesores/as a colaborar, e) realizar el seguimiento y evaluación de estudiantes, como así también las tareas co-programáticas inherentes a la carrera, f) colaborar como evaluador/a de los Trabajos Finales sobre temas vinculados a su especialidad y g) cumplir en general con todas aquellas obligaciones que, no estando expresamente enunciadas, surgen de la propia modalidad de la actividad docente y de los objetivos propuestos en la carrera.
CAPÍTULO V. DE LA PERMANENCIA EN LA CARRERA
Artículo 31. Requisitos de los/as estudiantes regulares. Los/as estudiantes, para permanecer en la carrera, deben:
a) cumplir con las obligaciones establecidas por los/as profesores/as, aprobar las asignaturas obligatorias y cumplir con cualquier otra actividad de seguimiento que establezca la carrera, b) cumplir con las obligaciones establecidas por el/la Director/a de la Tesis, c) cumplir con las obligaciones arancelarias correspondientes a la carrera y abonar una matrícula anual con el monto que se fije por las autoridades correspondientes, desde el año siguiente al que finalizaron el cursado curricular regular y hasta que entreguen en la Secretaría de Investigación y Posgrado su Tesis terminada. Posteriormente se iniciará el trámite de conformación del tribunal para su evaluación y posible defensa. En el caso en que se admitan prórrogas para la presentación de la Tesis, el/la estudiante deberá matricularse cada año hasta que presente la misma y justificará por escrito adecuadamente los motivos que sustentan el pedido que será analizado por el Comité Académico junto a la Secretaría de Investigación y Posgrado de la FAD.
Artículo 32. Evaluaciones durante el cursado. En el caso de las asignaturas obligatorias, luego del cursado, los/as doctorandos/as deberán presentar los trabajos solicitados para su aprobación, dentro de un plazo máximo de SESENTA (60) días desde su cursado. El/la profesor/a responsable tiene un plazo máximo de TREINTA (30) días hábiles desde el momento en que recibió el trabajo para emitir su calificación.
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La calificación de los mismos será: aprobado, devuelto con observaciones (en cuyo caso se fijará una fecha para la nueva presentación que podrá tener un plazo de hasta UN (1) mes como máximo), o no aprobado. La no presentación se computará como no aprobado. En caso de que la calificación final sea no aprobada, el/la estudiante podrá recursar la asignatura en el dictado siguiente, debiendo abonar los aranceles que correspondan. Si la calificación es nuevamente no aprobada se elevará su legajo al Comité Académico para que dictamine respecto de la continuidad del/la estudiante.
Artículo 33. Solicitud de ver su examen. Los/as estudiantes tienen derecho a que los exámenes les sean exhibidos únicamente por el/la profesor/a responsable, por la Coordinación Académica o por la Dirección de la carrera, lo cual podrán solicitar dentro de los siete (7) días hábiles de haber sido notificados/as del resultado respectivo, a fin de que se fije una reunión presencial o por videollamada.
CAPÍTULO VI. DE LA PRESENTACIÓN Y DEFENSA DE LA TESIS
Artículo 34. La Tesis. Debe ser una propuesta original y significativa al progreso del conocimiento académico, científico o tecnológico desarrollados sobre la base de una rigurosa metodología académica, científica o tecnológica y realizados bajo la dirección de un/a director/a y eventualmente con un/a codirector/a, preferentemente de la Universidad Nacional de Cuyo.
Artículo 35. Modalidad de Tesis. La modalidad de la propuesta de tesis deberá ser fundamentada a partir de los objetivos, el perfil específico de la carrera y el proyecto presentado por el/la doctorando/a y su director/a, que será sometida a la aprobación del Comité Académico.
La carrera de Doctorado en Diseño puede culminar con un trabajo disciplinar o transdisciplinar e individual y escrito. Podrá tener el formato de tesis monográfica tradicional e incorporar en forma articulada trabajos previamente publicados de autoría del doctorando/a.
Artículo 36. Requisito sustancial. La Tesis debe evidenciar el dominio de un tema o área determinada dentro del campo profesional de la carrera. La culminación del doctorado implica alcanzar niveles de excelencia y constituir un aporte original al área del conocimiento pertinente. Se deberá evidenciar el manejo conceptual, metodológico y técnico propio de la actividad de investigación científica, académica y/o tecnológica y demostrar solvencia teórica y práctica.
Artículo 37. Plazos. El desarrollo del doctorado comenzará a computarse desde la fecha en que la Dirección de la Carrera aprueba el tema y al/la Director/a propuesto/a hasta la presentación de la Tesis. El plazo deberá ser cumplido en no más de CUATRO (4) años.
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Anexo Único- Hoja 12
Artículo 38. Prórroga. En casos debidamente justificados, se otorgará una prórroga de hasta UN (1) año. El trámite de solicitud de prórroga debe formalizarse mediante la presentación, antes del vencimiento del plazo (cuatro años), de una nota firmada en la que se expongan los motivos que la fundamentan debiendo acompañar, siempre que corresponda, la documentación que resulte necesaria. Asimismo, debe contar con el aval de su Director/a.
Artículo 39. Presentación de la Tesis. La Tesis deberá ser presentada/ enviada a través de trámites electrónicos de la FAD, dentro del plazo establecido, junto con: a) una nota personal, debidamente firmada, en la que indica que presenta su Tesis para su evaluación. Los mismos deberán reunir los requisitos formales previstos e indicados por el Comité Académico b) adjuntar un libre deuda de la carrera, c) presentar la Tesis en formato digital, PDF. Se aclara que, si la presentación es en formato digital y el/la evaluador/a solicita otro tipo de soporte para su visualización, se le notificará al estudiante
Artículo 40. Tesis o Trabajo Final. Disponibilidad de copias. Aprobada la Tesis, quedará una copia digital para sumar el repositorio académico digital de la Secretaría de Investigación y Posgrado. El mismo se solicitará en formato PDF y/o en el formato que dispongan los técnicos que mejor garantice la integridad de la Tesis presentada. A su vez, el doctorando deberá presentar un ejemplar debidamente encuadernado para que se incorpore a la Biblioteca de la FAD donde quedará disponible para ser consultado.
Artículo 41. Tesis. Cambio de tema. El/la estudiante podrá cambiar el tema de la Tesis por razones fundadas. Para formalizar este trámite deberá presentar una nota personal y una nueva propuesta con el correspondiente aval de su Director/a. Se seguirá el trámite establecido para la presentación de la primera propuesta. El plazo para la presentación de la Tesis será establecido acorde a la fecha de aprobación del tema y del/la Director/a propuesto/a al momento de su inscripción definitiva en la carrera y no el del nuevo tema.
Artículo 42. Tesis. Cambio de título. El/la estudiante puede realizar ajustes en el título de Tesis propuesto, sin necesidad de realizar trámite alguno, siempre que no impliquen cambios sustanciales en el mismo.
Artículo 43. Requisitos formales. En el caso de la Tesis debe estar escrita en español y cumplir con los requisitos formales y específicos fijados por la reglamentación vigente, explicitada en el Anexo II, aprobado por la FAD.
Artículo 44. Admisión formal. Presentada la Tesis, el Comité Académico tiene un plazo de TREINTA (30) días para examinar el cumplimiento general de los recaudos formales establecidos en la reglamentación. Si fueran incumplidos, la Tesis será devuelta al/la estudiante con las observaciones del caso. El/la estudiante tendrá un plazo de UN (1) mes como máximo para presentarlo nuevamente una vez cumplimentadas las observaciones efectuadas. Extraordinariamente, se le podrá conceder una prórroga por un plazo máximo de UN (1) mes más, si la solicita antes de que venza dicho plazo con fundamento.
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Anexo Único- Hoja 13
Artículo 45. Conformación del Tribunal Evaluador. Admitida formalmente la presentación de la Tesis, el Comité Académico designará la conformación del tribunal compuesto por tres evaluadores/as doctores/as titulares y un suplente. Se prevé que un/a de sus integrantes provenga de la Comisión de Calificación que formó parte de la Prueba de Calificación. Los/as jurados/as se designarán en función al tema de la Tesis, si el caso lo amerita, podrá ser parte del tribunal un/a investigador/a, docente o profesional, con una formación equivalente demostrada por su trayectoria.
Artículo 46. Recusación. Designado el tribunal evaluador se notificará al/la estudiante quien, dentro de los tres días hábiles de notificado/a, podrá recusar con expresión de causa, por nota presentada al Comité Académico. El mismo, tendrá tres días hábiles para revisar la recusación y deliberar su veredicto en función de los argumentos propuestos. En caso de rechazo de la impugnación, se dará cause al tribunal evaluador propuesto por el Comité Académico.
Artículo 47. Dictamen del Tribunal Evaluador. Dentro de los QUINCE (15) días de haber quedado firme la designación del tribunal evaluador se les enviará una copia de la Tesis para su lectura y la emisión de un dictamen por escrito según formato sugerido por el Comité Académico. El plazo de entrega del dictamen será de SESENTA (60) días a contar desde que recibió la Tesis. Vencido el plazo, el/la evaluador/a que no haya enviado su dictamen quedará desafectado/a de su designación, procediéndose a designar a un/a evaluador/a suplente.
Artículo 48. Notificación. El/la estudiante será notificado/a sobre el resultado del dictamen emitido por los/las evaluadores/as. Cuando el jurado se expida mayoritariamente en favor de aprobar el manuscrito de tesis, el/la doctorando/a estará en condiciones de defender su Tesis en forma oral y pública. En caso de que la Tesis sea observada, el/la estudiante tendrá un plazo máximo de TRES (3) meses para realizar las modificaciones correspondientes, luego de lo cual la Tesis se enviará nuevamente al mismo tribunal para su consideración.
Artículo 49. Defensa. La defensa se realizará ante un tribunal evaluador y en acto público. El/la doctorando/a dispondrá de CUARENTA (40) minutos para formular el planteo de su trabajo de Tesis y responder a eventuales objeciones formuladas por los miembros del jurado. La calificación del tribunal será inapelable.
El derecho a la defensa deberá ser previamente abonado según los montos establecidos por el Comité Académico
Artículo 50. Calificación. La Tesis será calificada según la siguiente escala: No Aprobado, Bueno, Muy Bueno, Distinguido y Sobresaliente con mención de publicación.
Artículo 51. Responsabilidad por opiniones vertidas por los/las estudiantes. Las opiniones vertidas por los/as estudiantes antes o después de la aprobación de sus Tesis, en cualquier publicación derivada de las mismas, son de exclusiva responsabilidad del/la autor/a y no comprometen a la Facultad de Artes y Diseño ni a la Universidad Nacional de Cuyo.
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Anexo Único- Hoja 14
CAPÍTULO VII. DE LA PROPUESTA DE SEGUIMIENTO DE LA CARRERA Y DEL/LA DOCTORANDO/A
Artículo 52. Propuesta de seguimiento curricular. La Secretaría de Investigación y Posgrado podrá solicitar anualmente informes al Comité Académico sobre el seguimiento curricular de la carrera. En ellos se incluirán aspectos tales como: a) evaluaciones de calidad y pertinencia de la estructura curricular propuesta y de los contenidos formativos implicados en la misma. b) informes sobre la actualización de soportes tecnológicos de la carrera para actividades vinculadas a recursos e intercambio de material según lo requieran las asignaturas. c) evaluaciones sobre la actualización y el acceso a la bibliografía específica. d) informes sobre actividades de los Centros de Investigación de la Facultad de Artes y Diseño (CIFAD) que incluyan líneas de investigación pertinentes a las áreas prioritarias de la carrera. e) previsiones realizadas para evaluar el parecer de los/las estudiantes y los/las docentes con el desarrollo de la carrera. f) informes referidos al desarrollo académico de los/las docentes que participen de la carrera.
Artículo 53. Seguimiento de estudiantes. La supervisión académica de los/las estudiantes y graduados/as está a cargo de la Dirección y del Comité Académico, quienes podrán sugerir las medidas que consideren necesarias. La Secretaría de Investigación y Posgrado arbitrará los medios para colaborar con el seguimiento de los/las estudiantes como parte del procedimiento de autodiagnóstico y mejoramiento de la actividad de Posgrado. Con relación a las metodologías de seguimiento curricular de los/las doctorandos/as se incluirán aspectos como:
a) informe de avance anual b) tutorías e instancias de acompañamiento c) reuniones periódicas del Comité Académico del Doctorado para fortalecer la continuidad de las trayectorias de los/las doctorandos/as d) prueba de calificación y la incorporación de observaciones realizadas durante los informes de avance anuales.
Artículo 54. Requisitos formales de presentación de Proyecto de Tesis. En la instancia de inscripción se deberá presentar un proyecto escrito de un máximo de CINCO (5) carillas, con las siguientes características: título, objetivos, fundamentación, antecedentes, actividades, metodología y referencias bibliográficas. Diseño temático de asignaturas a cursar en el tramo semiestructurado priorizando las áreas estratégicas propuestas por la carrera doctoral.
En cuanto a lo formal, el proyecto de Tesis deberá presentarse con las siguientes características: hoja tamaño A4, letra arial, tamaño 11, interlineado a espacio y medio, cronograma de actividades y uso de normas APA vigentes.
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Anexo Único- Hoja 15
Artículo 55. Informe Anual de avance de Tesis. Apellido y nombre del/la doctorando/a: Título del proyecto de tesis: Director/a: Codirector/a (si corresponde): Año de ingreso a la carrera: Número de Informe:
Informe: máximo de una carilla. Deberá resumir de un modo claro y de fácil comprensión los objetivos, las metodologías utilizadas, los resultados (máximo 300 palabras) y algunas conclusiones parciales o finales derivadas del trabajo (máximo DOSCIENTAS 200 palabras). 2. Presentaciones a Congresos, Jornadas o reuniones científicas (desde su inscripción a la carrera y relacionadas con el tema de Tesis). 3. Publicaciones desde su inscripción a la carrera y relacionadas con el tema de Tesis. 4. Cursos realizados, pasantías y seminarios desde su inscripción y relacionadas con el tema de Tesis. Deberá especificar el número de horas de los cursos y si fue evaluado, con el fin de ser acreditados en el tramo semiestructurado. 5. Otras actividades relacionadas con el trabajo de Tesis (cursos, talleres o seminarios dictados, actividad docente, dirección de becarios, dirección de estudiantes, idiomas, etc.) 6. Grado de avance de la Tesis (en este ítem deberá estimar qué porcentaje de la Tesis cree que ha ejecutado, según el plan inicial y bajo el formato indicado en el Art. 54 del presente reglamento). 7. Dificultades encontradas que permitan justificar algunos retrasos en el avance de la Tesis que impliquen cambios en el plan original (Máximo CIEN (100) palabras). 8. Cambios en relación al plan original, con su debida justificación. 9. Aval del/la directora/a (en este ítem, el/la director/a deberá expresar en no más de 100 palabras, la evaluación de su desempeño). 10. Posterior a la Prueba de Calificación, la incorporación de sugerencias o no y su debida fundamentación. Los informes de avances deberán ser presentados a los efectos de ser evaluado ante el Comité Académico. Recuerde que la información presentada tiene carácter de declaración jurada.
Artículo 56. Presentación de Tesis. La presentación de la Tesis deberá tener una extensión no inferior a DOSCIENTAS (200) páginas y no mayor a TRESCIENTOS CINCUENTA (350) páginas. La misma deberá respetar las siguientes características:
a) hoja tamaño A4 b) fuente Arial 11 c) margen izquierdo 3,5 cm.; demás márgenes 2,5 cm. d) interlineado a espacio y medio e) numeración correlativa f) notas al pie de página g) normas APA vigentes.
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Anexo Único- Hoja 16
Artículo 57. Aspectos económicos. La carrera de posgrado es arancelada. Por tanto, todo lo que implique su cursado deberá abonarse de acuerdo con los montos definidos por el Comité Académico, como también el derecho a la defensa de la Tesis.
Artículo 58. Todo lo que no esté previsto en el presente Reglamento será resuelto por el Comité Académico con el aval de la Secretaría de Investigación y Posgrado y/o el Consejo Directivo de la Facultad de Artes y Diseño.
ORDENANZA N° 10
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FA-2024-RES-564 25/10/2024 (Carga: 25/10/2024) |
MENDOZA, 25 de octubre de 2024
VISTO:
El trámite electrónico Nº 36187/24 caratulado: “María Sol Pérez S/ Solicitud acreditación de “cursos optativos”, para continuar con los trámites correspondientes de egreso, por la Carrera: Diseño Escenográfico. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna María Sol PÉREZ (Registro N° 23004) CIENTO OCHO (108) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 564
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FA-2024-RES-563 25/10/2024 (Carga: 25/10/2024) |
MENDOZA, 25 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 35236/24 caratulado: “Solicitud de asignación de Función Crítica para Carina Osorio y Patricia Benito”.
CONSIDERANDO:
Que el adicional solicitado para la Prof. Carina Paola OSORIO será para cumplir, transitoriamente, las funciones de Directora de Carreras de Cerámica de esta Facultad, debido a la licencia presentada por la funcionaria Prof. Patricia Eugenia COLOMBO, quien actualmente posee esa tarea encomendada.
Que paralelamente, se gestiona un incremento del Adicional a la docente Patricia Virginia BENITO, asignado oportunamente mediante resolución N° 302/24-FAD.
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12° de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Por ello, atento a lo informado por la Secretaria Administrativo-Financiera y Dirección de Personal,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” a favor de la Lic. Carina Paola OSORIO (Leg. N° 29.638 – CUIL n° 27-25292191-0) por el monto mensual de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000), para cumplir, transitoriamente, las funciones de Directora de Carreras de Cerámica de esta Facultad, desde el UNO (1) de setiembre, mientras dure licencia de la Prof. Patricia Eugenia COLOMBO y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 2°.- Incrementar el “Adicional por Carácter Crítico de la Función” asignado oportunamente a la Prof. Patricia Virginia BENITO (Legajo 35.626 – CUIL N° 2730424149-3) por un monto mensual de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL ($225.000), desde el UNO (1) de octubre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 3°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 4°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 563
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FA-2024-RES-562 25/10/2024 (Carga: 25/10/2024) |
MENDOZA, 25 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico N° 35183/24 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL - Prórroga ORTIZ, Ciro Omar - 15/09/24 al 22/10/24”.
CONSIDERANDO: Que por resolución Nº 275/23-CD, se prorrogó la designación interina, en el marco de la Opción Permanencia, al Prof. Ciro Omar ORTIZ en el cargo de Jefe de Trabajos Práctico con dedicación Semiexclusiva, para cumplir funciones en el “Taller de Computación” de las Carreras Diseño, desde el 01/01 hasta el 14/09/24.
Que por otra parte, dicha continuidad se encontraba supeditada a la vigencia del Certificado de Aptitud Psicofísica; el que fue presentado por el docente con fecha hasta el 4 de octubre de 2025.
Que el Prof. ORTIZ a pesar de haber cumplido los 70 años el día 1 de octubre de 2024 (fecha en que corresponde dar de baja por término de “Opción de permanencia”), por un error involuntario, hizo efectiva prestación de servicio hasta el 22 de octubre del corriente.
Que si bien la normativa dispuesta por Ord. 82/09-CS en su Art. 8 (última parte) prevé que: “…Cesará indefectiblemente al día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su haber jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriéndose intimación previa alguna.”; correspondería, excepcionalmente y en carácter restrictivo, prorrogar la designación del docente por el periodo comprendido del 15/09 hasta el 22/10/24. El informe producido por Dirección de Personal.
Por ello y ante la inminencia suscitada por el cierre de liquidación de haberes del corriente mes, el Decanato de esta Facultad conforme a sus facultades, solicita prorrogar la designación excepcional del mencionado docente mediante el mecanismo AdReferéndum. LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO AD-REFERÉNDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar, excepcionalmente, la designación interina del Prof. Prof. Ciro Omar ORTIZ (Legajo Nº 15.260 – CUIL Nº 20-11177289-5) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, para cumplir funciones en el “Taller de Computación” de las Carreras Diseño de esta Facultad, desde el QUINCE (15) de setiembre hasta el VEINTIDÓS (22) de octubre de 2024.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Dirección Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 562
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CD-2024-RES-217 24/10/2024 (Carga: 24/10/2024) |
MENDOZA, 24 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 28634/24 en el que se tramita la justificación del bajo rendimiento académico negativo de los alumnos de esta Facultad, durante el Ciclo Lectivo 2023.
CONSIDERANDO:
Que la ordenanza Nº 24/07–C.S, en su artículo 15 establece que “cuando para justificar la falta de rendimiento académico se invoquen causas que hayan obstaculizado el normal desarrollo de su actividad académica y fueren debidamente acreditadas, la procedencia estas será resuelta, en cada caso particular, por el Consejo Directivo respectivo”.
El destacado trabajo exhaustivo realizado por las integrantes del Servicio SAPOE/TRECES a través de citación, entrevistas personales /grupales y compromiso de los alumnos que presentaron notas de pedido de justificación de bajo rendimiento.
Los informes y sugerencias emitidas por la Dirección de Alumnos y la opinión favorable de la Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en sesión del día 24 de septiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Justificar el rendimiento académico negativo a los alumnos de esta Facultad, durante el Ciclo Lectivo 2023, que se detallan a continuación: CARRERAS DE ARTES DEL ESPECTÁCULO: ARCE, Pablo Nicolás (Legajo Nº 28003 – D.N.I. Nº 31429565) BARI GONZALEZ, Aldana Camila (Legajo Nº 26074 – D.N.I. Nº 40104370) BUSTOS, Daniela Belén (Legajo Nº 24941 – D.N.I. Nº 38907849) CARLETTI, Franco Matías (Legajo Nº 27482 – D.N.I. Nº 41084515) CASTRO CARRIZO, Carolina del Valle (Legajo Nº 16947 – D.N.I. Nº 30242670) CUSSI, Lucia Belén (Legajo Nº 27531 – D.N.I. Nº 43270209) DIAZ Camila Lourdes (Legajo Nº 25611 – D.N.I. Nº 39239239) DOMINGUEZ Ivana Belén (Legajo Nº 24811 – D.N.I. Nº 37267082) FLORES CACERES, María Teresa (Legajo Nº 16434 – D.N.I. Nº 30536783) GONZALEZ BUSTOS, Mara Luisina (Legajo Nº 22732 – D.N.I. Nº 34916033) GUARDIA, Rocio Belén (Legajo Nº 20978 – D.N.I. Nº 33433459) LAGOS SANHUEZA, Mayra Agustina (Legajo Nº 25297 – D.N.I. Nº 36965264) LUCERO MALTESE, Jován (Legajo Nº 26519 – D.N.I. Nº 41660716) MEMBRIVE, Patricia Lorena (Legajo Nº 12173 – D.N.I. Nº 24382007) MOYANO, Romina Mayra (Legajo Nº 22678 – D.N.I. Nº 31804871) ORTIZ BANDES, Hernan Javier (Legajo Nº 22735 – D.N.I. Nº 31318607) OVIEDO ASSENZA Mariángeles (Legajo Nº 26627 – D.N.I. Nº 41795446) SALINAS VERÓN, Lucas Julián (Legajo Nº 25754 – D.N.I. Nº 38756332)
CARRERAS DE ARTES VISUALES: ABAD, Hilda Candice (Legajo Nº 16460 – D.N.I. Nº 92499576) ACHO, Ester Teresa (Legajo Nº 26953 – D.N.I. Nº 26923460) ALANIZ, Verónica Alejandra (Legajo Nº 24567 – D.N.I. Nº 36393653) ALFARO, Ana Carolina (Legajo Nº 24797 – D.N.I. Nº 37486746) ANDRADA CARRASCO, Aien Ludmila (Legajo Nº 28818 – D.N.I. Nº 44471450) AREZO, Luciana Belén (Legajo Nº 24229 – D.N.I. Nº 35926042) ARGUELLO, Victoria Ailin (Legajo Nº 26956 – D.N.I. Nº 42244176) BERNUEZ JIMENEZ, Pablo Lucas (Legajo Nº 22940 – D.N.I. Nº 30242024) BORONI, Cintia (Legajo Nº 26986 – D.N.I. Nº 29446952) BRITTOS ARPAJOU Brenda Fabiana (Legajo Nº 25052 – D.N.I. Nº 38760604) BRIZUELA PERNICCI, Lautaro Fernán (Legajo Nº 29019 – D.N.I. Nº 44403702) CHAVEZ, Facundo Miguel (Legajo Nº 26960 – D.N.I. Nº 36607202) CONTRERA, Cintia Mabel (Legajo Nº 28869 – D.N.I. Nº 24633777) CUEVAS LOPEZ, Pedro Enrique (Legajo Nº 16367 – D.N.I. Nº 93041527) DE JONG PALOMBARINI, Bruno Agustín F (Legajo Nº 22399 – D.N.I. Nº 34068150) DEL PÓPOLO, María Elena (Legajo Nº 26362 – D.N.I. Nº 42010502) DIAZ, Carolina Micaela (Legajo Nº 26928 – D.N.I. Nº 40370729) DI CÉSARE, Valentina (Legajo Nº 27849 – D.N.I. Nº 37623451) DI MARCO, Leandro Omar (Legajo Nº 24548 – D.N.I. Nº 32169441) ESQUIVEL, Caterina Giuliana (Legajo Nº 25995 – D.N.I. Nº 41366678) GARCÍA YERUMINI, Germán (Legajo Nº 26337 – D.N.I. Nº 39241351) GOMEZ, Pablo (Legajo Nº 25576 – D.N.I. Nº 23840587) GUIRADO, Carmen Rosa (Legajo Nº 14810 – D.N.I. Nº 25484561) GUZZO, Matías (Legajo Nº 28841 – D.N.I. Nº 46665242) HEREDIA, Francisco (Legajo Nº 25578 – D.N.I. Nº 38473649) JANCO SUCULLANI, Rina Doris (Legajo Nº 28279 – D.N.I. Nº 33517057) KAHLE, Emilia Edith (Legajo Nº 27227 – D.N.I. Nº 41252320) LAUDADIO, María Paz (Legajo Nº 24276 – D.N.I. Nº 38207054) LEIVA, Gabriela Alejandra (Legajo Nº 29046 – D.N.I. Nº 34160581) LEYTES, Marcela Bibiana (Legajo Nº 47 – D.N.I. Nº 20545804) MANRIQUE, Pedro Alejandro (Legajo Nº 26206 – D.N.I. Nº 40104922) MÁRQUEZ EULA, Ailin Micaela (Legajo Nº 28866 – D.N.I. Nº 42967770) MARTIN, Estefanía Laura (Legajo Nº 26342 – D.N.I. Nº 40919356) MARTINEZ NICOSIA, María Clara (Legajo Nº 19436 – D.N.I. Nº 32039738) MONTOYA LUCATO, Ailin Rocio (Legajo Nº 26400 – D.N.I. Nº 40559485) MORALES, Andrea Valentina (Legajo Nº 26588 – D.N.I. Nº 41366538) MORENO, Angela Carolina (Legajo Nº 25431 – D.N.I. Nº 25624178) MOSQUEIRA, Luz del Mar (Legajo Nº 27597 – D.N.I. Nº 42274200) NAVA, Tomás Alan (Legajo Nº 26345 – D.N.I. Nº 41444228) NESOSSI, Carolina (Legajo Nº 25437 – D.N.I. Nº 37513075) OCHOA, Silvia Alejandra (Legajo Nº 28278 – D.N.I. Nº 25964783) PENZ PACHECO, María Luz (Legajo Nº 25094 – D.N.I. Nº 39952534) PORRAS, Mireya (Legajo Nº 25586 – D.N.I. Nº 5766457) RIOS NAVARRO, María Fernanda (Legajo Nº 24559 – D.N.I. Nº 34324340) RIPORTELLA, Marta Alejandra (Legajo Nº 6498 – D.N.I. Nº 16278083) RIVERO, Julieta Florencia (Legajo Nº 23386 – D.N.I. Nº 40219079) RIZZI, Virginia Susana (Legajo Nº 27232 – D.N.I. Nº 28893301) ROJAS CID, Carlos Darío (Legajo Nº 28337 – D.N.I. Nº 92438153) SEPULVEDA MARCHESINI, Mauro (Legajo Nº 23757 – D.N.I. Nº 37194794) SILICATO, Ariadna Anabel (Legajo Nº 20849 – D.N.I. Nº 32879460) SOTO, Maribel Andrea (Legajo Nº 26355 – D.N.I. Nº 36592060) TELLO, María Luisa (Legajo Nº 26950 – D.N.I. Nº 10509083) TORRES, Aldana Cristina (Legajo Nº 26357 – D.N.I. Nº 40787602) ZAPPETTINI, Verónica Florencia (Legajo Nº 24591 – D.N.I. Nº 37007743) ZERPA, Rosalia Talia (Legajo Nº 26984 – D.N.I. Nº 40370193)
CARRERAS DE CERÁMICA: CORIA, Cecilia Alejandra (Legajo Nº 23569 – D.N.I. Nº 33967506) LUCERO, Paz Sol (Legajo Nº 27241 – D.N.I. Nº 42064248) OLGUIN, María Luisa (Legajo Nº 27750 – D.N.I. Nº 23283111) PALERO, Irene (Legajo Nº 22475 – D.N.I. Nº 35512432)
CARRERAS DE DISEÑO: ALONSO, Daniela Estefanía (Legajo Nº 27324 – D.N.I. Nº 42863024) BAIGORRIA, María Cecilia (Legajo Nº 18048 – D.N.I. Nº 31037357) BURNIEGO, Paola Alejandra (Legajo Nº 13091 – D.N.I. Nº 24637280) CABALLERO, Celeste Karen (Legajo Nº 27640 – D.N.I. Nº 43215225) CHIARAMONTE, Ana Clara (Legajo Nº 24454 – D.N.I. Nº 38475951) ESTEBAN, Ignacio (Legajo Nº 24060 – D.N.I. Nº 35515019) FERNANDEZ MONDACA, Pedro Javier (Legajo Nº 27171 – D.N.I. Nº 42793094) FLORES, María Pia (Legajo Nº 26439 – D.N.I. Nº 39235423) GALLAR, Nicolás Javier (Legajo Nº 22548 – D.N.I. Nº 35514626) GATTI NASRALA, Karen Daiana (Legajo Nº 24018 – D.N.I. Nº 36963994) GUAYCO, Analia Belén (Legajo Nº 18903 – D.N.I. Nº 32085679) HIPÓLITO, Eliana Celina (Legajo Nº 24023 – D.N.I. Nº 34063973) LEZAN, Carolina Verónica (Legajo Nº 22569 – D.N.I. Nº 31429542) LÓPEZ CORROZA, Evelyn Micaela (Legajo Nº 28422 – D.N.I. Nº 40560125) MEDINA, Mariela Noemi (Legajo Nº 27360 – D.N.I. Nº 30019576) MERCADO, Irina Abigail (Legajo Nº 26757 – D.N.I. Nº 41368423) OLIVERA, Sergio Nicolás (Legajo Nº 23440 – D.N.I. Nº 37268953) ORO, Hector Daniel (Legajo Nº 17178 – D.N.I. Nº 18354709) PACHECO MOLINA, Paula Fabiana (Legajo Nº 23789 – D.N.I. Nº 37000441) PARRINO, Rebeca (Legajo Nº 24488 – D.N.I. Nº 36416573) PAZ COSTANTINO, Sofía Inés (Legajo Nº 25199 – D.N.I. Nº 39378668) PEREYRA, Paula Sofía (Legajo Nº 25199 – D.N.I. Nº 39378668) PESSINO BUSAJM, Candela (Legajo Nº 27207 – D.N.I. Nº 42518601) REINOSO, Dana Noel (Legajo Nº 25516 – D.N.I. Nº 36225732) RODRIGUEZ, Abril Virginia (Legajo Nº 26823 – D.N.I. Nº 39991292) RODRIGUEZ, Julieta (Legajo Nº 25899 – D.N.I. Nº 40919485) ROJAS BAEZ, Roxana Paola (Legajo Nº 27390 – D.N.I. Nº 6999469) SALAS, Ana Laura (Legajo Nº 19632 – D.N.I. Nº 32807221) SALCEDO, Florencia Abril (Legajo Nº 27395 – D.N.I. Nº 42750894) SIFON, Natalia Andrea (Legajo Nº 14977 – D.N.I. Nº 25666740) SOZZI, Nadia Gabriel (Legajo Nº 23546 – D.N.I. Nº 37135663) TOSAL, Daiana Sabrina (Legajo Nº 24508 – D.N.I. Nº 37269658)
CARRERAS MUSICALES: ANZE, Jairo Brian (Legajo Nº 27127 – D.N.I. Nº 41752988) ARANDA, José Daniel (Legajo Nº 18242 – D.N.I. Nº 13387310) BOSCHI, Cesar Eduardo (Legajo Nº 25834 – D.N.I. Nº 13453704) CASSINO, Sebastián (Legajo Nº 23586 – D.N.I. Nº 30178831) CHAVEZ RONDON, Jorge Andrés (Legajo Nº 25680 – D.N.I. Nº 95489881) COSTANZA, Fabricio Gabriel (Legajo Nº 24379 – D.N.I. Nº 33591953) DIAZ, German Santiago (Legajo Nº 26284 – D.N.I. Nº 38585917) FAVOLE, Liz Georgina (Legajo Nº 22845 – D.N.I. Nº 35622590) LEDDA VICENTE, Mariana Lorena (Legajo Nº 15710 – D.N.I. Nº 28341668) LOPEZ, Laura Analía (Legajo Nº 17344 – D.N.I. Nº 29540554) LOSADA, Agustina Andrea (Legajo Nº 23899 – D.N.I. Nº 36417711) MAGGIONI, Florencia Anabela (Legajo Nº 26693 – D.N.I. Nº 37780815) MANCHENTO, Paloma (Legajo Nº 24891 – D.N.I. Nº 39534820) MARTIN, Leandro Ignacio (Legajo Nº 19351 – D.N.I. Nº 32448220) MONTIVERO, María Jazmín (Legajo Nº 22278 – D.N.I. Nº 34807740)
PALACIO, Fernando Agustin (Legajo Nº 26251 – D.N.I. Nº 39089013) ROSALES, María Florencia (Legajo Nº 26295 – D.N.I. Nº 41417522) ROSALES FUNES, Ayrton Sergio Emmanuel (Legajo Nº 25821 – D.N.I. Nº 37811898) ROSSINI, Marco Valentín (Legajo Nº 25369 – D.N.I. Nº 39381326) SERRA BARBOSA, Alejandro Rodrigo (Legajo Nº 26254 – D.N.I. Nº 28647448) TOBAR, Israel Macario Moises (Legajo Nº 23597 – D.N.I. Nº 28757103) UGRIN, Gabriel (Legajo Nº 23664 – D.N.I. Nº 31124215) VALVERDE, Guillermo Esteban (Legajo Nº 21177 – D.N.I. Nº 21840806) VEGA VALERA, José Osvaldo (Legajo Nº 23673 – D.N.I. Nº 94634041) VENTURA, David Cristian (Legajo Nº 21827 – D.N.I. Nº 31505606)
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 217
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FA-2024-RES-561 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 34104/24 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL FAD- RENUNCIA CONDICIONADA DESDE 01/11/24 PROFESORA ALEJANDRA BERMEJILLO”
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se agrega el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 44/22-R, en donde la Prof. Alejandra Edith BERMEJILLO solicita, a partir del 1 de noviembre de 2024 la respectiva renuncia condicionada, conforme con lo establecido en el Decreto Nacional N° 8820/62, en los cargos detallados en el mismo.
Que además corre agregado el Formulario Nº 2 de la Ordenanza Nº 44/22-R, en donde la Dirección de Personal de esta Facultad informa la situación de revista de la docente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R y su modificatoria Ord. Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES BERMEJILLO, Alejandra Edith
D.N.I. 13806747
CUIT/CUIL 27–13806747–0
LEGAJO 25389
Cargos en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos
Dedicación Semiexclusiva
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación Resol. N° 117/2017–C.S.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta -------
Espacio/s Curricular/es
1) Canto I, II, III y IV
2) Instrumento A y B
CARGO 2 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos
Dedicación Simple
Condición Interino
Nº de Resolución de designación Resol. N° 259/2023–C.D.
Resol Nº 561
3. Término de la última designación
Desde 01/01/2024
Hasta 31/12/2024
Espacio/s Curricular/es
1) Interpretación I Canto B
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras Musicales
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES NOVIEMBRE
AÑO 2024
ARTÍCULO 2º.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional.
ARTÍCULO 3º.- La docente que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, y que se encontrare bajo Renuncia Condicionada, seguirá prestando servicios hasta tanto obtenga su beneficio jubilatorio, con la única condición de haber iniciado el correspondiente trámite previsional, caso contrario cesará automáticamente. Por tanto, en estos casos no corresponderá solicitar la continuidad laboral.
ARTÍCULO 4º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia digital de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 5°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 561
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FA-2024-RES-560 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nros. 29002/24 y 29078/24, en los que constan los pedidos de autorización y aprobación de adscripción de alumnos/as de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que los/las alumnos/as cumplen con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Los informes producidos, la opinión de los Profesores Titulares de las cátedras y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Tener por autorizadas las adscripciones realizadas por alumnos/as de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan a continuación: CARRERAS DE ARTES DEL ESPECTÁCULO DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE/D CÁTEDRA OBSERVACIONES 42.913.556 DEPUTAT SLUKICH, Antón “ANÁLISIS DEL Ciclo Lectivo: 2021 HECHO TEATRAL” 44.878.305 DE LA VEGA, Camila “ANÁLISIS DEL Ciclo Lectivo: 2022 HECHO TEATRAL”
ARTÍCULO 2°.- Tener por aprobadas las adscripciones realizadas por los alumnos/as de las Carreras de Artes del Espectáculo que se mencionan en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3°.- Otorgar a cada interesado/a el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 4 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 560
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FA-2024-RES-559 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 17155/24 caratulado: “LÓPEZ, Germán S/Solicitud de aprobación para añadir a la Prof. GRECO, María Emilia como co-directora de la Tesina. Carreras Musicales – FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el alumno Germán Andrés LÓPEZ solicita la incorporación de Co-Director de su Seminario Tesis.
La aceptación por parte de la docente que estará a cargo de la codirección del mismo.
Los informes producidos por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar al alumno Germán Andrés LÓPEZ (Registro Nº 27138) de las Carreras de Musicales, la incorporación de la Co-Directora Mgter. María Emilia GRECO en su Tesina titulada: “Propuesta interpretativa de la ‘‘Truco Suite’’ de Máximo Diego Pujol, basada en la influencia de los géneros rioplatenses”, junto con la dirección del Dra. Laura Beatriz GUEMBE.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 559
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FA-2024-RES-558 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nros 15214/24 y 29003/24, en los que constan los pedidos de autorización y aprobación de adscripción de egresadas/as de las Carreras de Diseño y Artes del Espectáculo de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que los/as egresados/as han cumplido con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 11/09-C.D.
Los informes evaluativos de los Profesores Titulares de cada asignatura son favorables.
La opinión favorable de las Direcciones de Carreras de Diseño y Artes del Espectáculo y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Tener por autorizadas las adscripciones realizadas por los/as egresados/as de las Carreras de Diseño y Artes del Espectáculo de esta Facultad, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan a continuación: CARRERAS DE DISEÑO DOCUMENTO NOMBRE Y APELLIDO/S CÁTEDRA OBSERVACIONES 27.325.366 Leonardo Enzo Uwe HINRICHSEN “DISEÑO DE Ciclo Lectivo: 2022-2023 PRODUCTOS II”
CARRERAS DE ARTES DEL ESPECTÁCULO DOCUMENTO NOMBRE Y APELLIDO/S CÁTEDRA OBSERVACIONES 34.087.320 Mauro Ezequiel WINCKLER “ACTUACIÓN I” Ciclo Lectivo: 2021-2022
ARTÍCULO 2°.- Tener por aprobadas las adscripciones realizadas por los/as egresados/as que se mencionan en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3°.- Otorgar a cada uno/a de las egresados/as el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 4°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 558
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FA-2024-RES-557 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El trámite electrónico Nº 33626/24 caratulado: “Emir Orlando Salomón Vanella S/ Informa Director de Práctica Profesional. Carreras de Artes del Espectáculo FAD -”.
CONSIDERANDO:
La aceptación del docente que estará a cargo de la Dirección de la Práctica Profesional.
Lo aconsejado por Secretaría Académica y de la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°. – Autorizar la realización de “Práctica Profesional” al alumno Emir Orlando SALOMÓN VANELLA (Registro Nº 27023) de la carrera de Diseño Escenográfico, la que estará bajo la dirección del Prof. Francisco Alejandro SUÁREZ VIÉ.
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 557
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FA-2024-RES-556 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 33636/24 caratulado: “María Belén Oviedo S/ Solicitud Materia Optativa. Carrera: Diseño Escenográfico FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna María Belén OVIEDO acredita mediante Certificado Institucional que cursó y aprobó la Materia Optativa “Taller de Escenografía para Animación” con una carga horaria de 60hs, en la carrera de Tecnicatura Universitaria en Producción Audiovisual (TUPA) que se dicta en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de esta Casa de Estudios.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de la Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna María Belén OVIEDO (Registro N° 26.067) la Materia Optativa “Taller de Escenografía para Animación” con una carga horaria de SESENTA (60) horas, en la carrera de Diseño Escenográfico perteneciente a las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 556
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FA-2024-RES-555 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 30589/24 caratulado: “Sol Castillo S/ Solicitud acreditación de la materia optativa “Electricidad y mantenimiento”. Carrera: Diseño Escenográfico FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna CASTILLO acredita mediante Certificado Institucional que cursó y aprobó la Materia Optativa “Electricidad y Mantenimiento” con una carga horaria de 40 horas, en la carrera de Tecnicatura Universitaria en Producción Audiovisual que se dicta en Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de esta Casa de Estudios.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de la Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Sol Ayelén CASTILLO GUTIÉRREZ (D.N.I. N° 36419009) la Materia Optativa “Electricidad y Mantenimiento” con una carga horaria de CUARENTA (40) horas, en la carrera de Diseño Escenográfico perteneciente a las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 555
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FA-2024-RES-554 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 33542/24 caratulado: “TAPIA URRA, CARLOS MANUEL. S/Acreditación Cátedra Abierta de Música Popular”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Alumnos informa que el alumno Carlos Manuel TAPIA URRA ha dado cumplimiento con la carga horaria de las actividades extracurriculares exigidas para la acreditación de “Cátedra Abierta de Música Popular” en la carrera de Licenciatura en Música Popular (Guitarra); acompañando al efecto el respectivo reporte de acreditación.
Los informes producidos por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Carlos Manuel TAPIA URRA (Registro Nº 27111 – DNI Nº 96106092) en calidad de Materia Optativa Complementaria “Cátedra Abierta de Música Popular” con CUARENTA Y OCHO (48) horas de carga horaria, correspondiente a la carrera de Licenciatura en Música Popular (Guitarra).
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 554
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FA-2024-RES-553 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 31667/24 caratulado: “Dirección de Alumnos. S/Acreditación Cátedra Abierta de Música Popular a Brenda Roggerone”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Alumnos informa que la alumna Brenda Natalí ROGGERONE ha dado cumplimiento con la carga horaria de las actividades extracurriculares exigidas para la acreditación de “Cátedra Abierta de Música Popular” en la carrera de Licenciatura en Música Popular (Canto); acompañando al efecto el respectivo reporte de acreditación.
Los informes producidos por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Brenda Natalí ROGGERONE (Registro Nº 24341 – DNI Nº 37613651) en calidad de Materia Optativa Complementaria “Cátedra Abierta de Música Popular” con CUARENTA Y OCHO (48) horas de carga horaria, correspondiente a la carrera de Licenciatura en Música Popular (Canto).
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 553
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FA-2024-RES-552 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 33541/24 caratulado: “NUÑEZ CASTRO, Abigail Micaela. S/Acreditación Cátedra Abierta de Música Popular”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Alumnos informa que la alumna Abigail Micaela NUÑEZ CASTRO ha dado cumplimiento con la carga horaria de las actividades extracurriculares exigidas para la acreditación de “Cátedra Abierta de Música Popular” en la carrera de Licenciatura en Música Popular (Canto); acompañando al efecto el respectivo reporte de acreditación.
Los informes producidos por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Abigail Micaela NUÑEZ CASTRO (Registro Nº 25788 – DNI Nº 40560871) en calidad de Materia Optativa Complementaria “Cátedra Abierta de Música Popular” con CUARENTA Y OCHO (48) horas de carga horaria, correspondiente a la carrera de Licenciatura en Música Popular (Canto).
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 552
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FA-2024-RES-551 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 14980/24 caratulado: “Gonzalo Hernán Puche S/ Solicitud Reconocimiento Académico de las actividades curriculares cumplimentadas durante el primer semestre de 2023 en UFRGS, Brasil”.
CONSIDERANDO:
Que el alumno Gonzalo Hernán PUCHE participó en el Programa de Movilidad Estudiantil, en el que cursó y aprobó distintos espacios curriculares durante el primer semestre de 2023, en UFRGS, Brasil.
El aval otorgado por el Profesor Titular de la asignatura “Música de Cámara I” y la opinión favorable de la Dirección de Carreras Musicales y Dirección de Alumnos.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el reconocimiento académico al alumno Gonzalo Hernán PUCHE (DNI N° 37194493) en la asignatura “Música de Cámara I” de la carrera de Licenciatura en Fagot, realizada en el marco de Movilidad Estudiantil durante el primer semestre de 2023, en UFRGS, Brasil.
ARTÍCULO 2°.- Reconocer al alumno Gonzalo Hernán PUCHE (DNI N° 37194493) como “Suplemento de Título” de la carrera de Licenciatura en Fagot, las siguientes actividades realizadas durante el primer semestre de 2023, en UFRGS – Brasil, en el marco establecido por Ord. Nº 9/20–C.D. (Art. 3), con una duración de TREINTA (30) horas cada una: “Práctica de Orquesta” “Laboratorio de Ejecución Instrumental I (Guitarra)” “Improvisación Musical I”
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 551
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FA-2024-RES-550 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 6837/23 que contiene las actuaciones referidas a la adscripción iniciada por la egresada Melisa Irupa LARA la cátedra “Enseñanza y Aprendizaje del Teatro” de las Carreras de Artes del Espectáculo.
CONSIDERANDO:
Que la egresada LARA presenta su renuncia a la presente adscripción debido a que la misma fue designada en un cargo docente para cumplir funciones en la catedra de “Actuación II”, según resolución 105/24 CD.
Por ello y a lo dispuesto en el inciso f) de las disposiciones generales contenidas en el Anexo Único de la ordenanza N° 11/09-C.D. y su modificatoria ordenanza Nº 12/13-C.D.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Cancelar la adscripción de la egresada Melisa Irupa LARA (D.N.I. N° 29.537.664)) en la cátedra “Enseñanza y Aprendizaje del Teatro”, de las Carreras de Artes del Espectáculo, para los Ciclos Lectivos 2023-2024, quien fuera autorizada mediante resolución Nº 376/23-FAD.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 550
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FA-2024-RES-549 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El trámite electrónico Nº 34790/24 caratulado: “Valeria Carolina Vitale S/ Solicitud autorización para dar inicio a la elaboración de Tesina. Carreras Musicales FAD -”
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte del docente que estará a cargo de la Dirección de la misma.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección de “Seminario Tesis” a la alumna de las Carreras Musicales de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumna VITALE, Valeria Carolina - Registro N° 26138. Seminario “Comunicación estratégica y difusión de conciertos en medios masivos: el caso de la Orquesta Barroca de Mendoza, como orquesta privada” Directora Lic. Vanina Silvana VITALE Co Directora Dra. Mariela Lourdes GONZÁLEZ Carrera Licenciatura en Música Popular (Teclados)
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 549
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CD-2024-RES-216 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 30315/24 caratulado: “Solicitud suplemento Mayor Responsabilidad a favor de HUMEREZ NUÑEZ, Roberto Claudio en Cat 5. - Dir. de Contrataciones y Patrimonio”.
CONSIDERANDO:
Que la Coordinación Económica Financiera de esta Facultad solicita la asignación de Suplemento por mayor responsabilidad correspondiente a un cargo Categoría 5 del Agrupamiento Administrativo al Sr. Roberto Claudio HUMEREZ NUÑEZ para cumplir funciones en la Dirección General Económica Financiera.
Que dicho pedido surge a raíz de las funciones que desempeña el Sr. HUMEREZ NUÑEZ las que superan ampliamente las responsabilidades que corresponden a su cargo de revista; entre las que se pueden enunciar: * Colaborar con la Dirección de Contrataciones y Patrimonio en la formulación, seguimiento y control de las contrataciones y suministros necesarios para el correcto funcionamiento de la Facultad; * Elaborar informes contables de las contrataciones realizadas; * Gestionar la tramitación de las actas de recepción de las compras efectuada; * Recibir y verificar las facturas correspondientes a las compras y servicios realizados por la Facultad; * Gestionar la tramitación de seguros solicitados por las diferentes áreas de la Facultad; * Mantener actualizado el registro de proveedores de la Facultad; * Asistir al Departamento de Patrimonio en la correcta recepción y registro de los bienes ingresados y egresados del patrimonio de la Facultad; * Colaborar en la coordinación con el departamento de Tesorería, Registros Contables y Auditoría Económica el pago a los proveedores contratados por la Facultad; * Elaborar los informes solicitados por la Dirección de Contrataciones y Patrimonio; * Proponer mejoras en los procedimientos existentes.
Que la Dirección de Personal informa que el Sr. Roberto Claudio HUMEREZ NUÑEZ revista en el cargo Categoría 07, efectivo, Agrupamiento Administrativo, para cumplir funciones en la Dirección General Económica Financiera.
Que dicho pedido encuadra en el Art. 72 del Dcto. 366/06 (Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No docente de Universidades Nacionales) que expresa: “Este suplemento se liquidará a los trabajadores no docentes que desarrollen tareas de mayor responsabilidad que la asignada a la categoría de revista y consistirá en una suma equivalente a la diferencia de su categoría con la correspondiente a la jerarquía que le toque desempeñar, en los casos establecidos en el art. 17 del presente convenio colectivo de trabajo. Sólo se aplicará este suplemento cuando exista la vacante o el titular del cargo se encuentre con licencia que dé origen a la cobertura de la mayor responsabilidad…”
Que por otra parte, en concordancia con lo dispuesto por Art. 17 del citado Decreto, prevé que el mencionado suplemento se abonará por el lapso en que se desempeñe tal función y si el plazo de permanencia en la nueva función excediera el año y el cargo estuviese vacante, deberán ponerse en marcha los mecanismos previstos en el capítulo de concursos.
Que la Secretaría Administrativo-Financiera informa que cuenta con la disponibilidad presupuestaria para atender lo solicitado.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 22 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asignar transitoriamente un Suplemento por Mayor Responsabilidad al Sr. Roberto Claudio HUMEREZ NUÑEZ (Legajo Nº 32892 – CUIL N° 20-33445868-8) correspondiente a la diferencia de un cargo Categoría 7, efectivo, del Agrupamiento Administrativo en el que revista y un cargo Categoría 5 del mismo Agrupamiento, para cumplir las funciones en la Dirección General Económica Financiera de esta Facultad, desde el UNO (1) de octubre, intertanto se tramita la cobertura del cargo mediante concurso y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1-Gasto de Personal- del Presupuesto Ordinario de esta Facultad Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 3°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 216
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CD-2024-RES-215 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 29111/24 caratulado: “SECRETARIA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO.S/Solicitud Subrogancia a la Lic. Mónica Silvia Sura”.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaria de Investigación y Posgrado solicita un Suplemento por mayor responsabilidad a la Lic. Mónica Silvia SURA, correspondiente a un cargo Categoría 3 del Agrupamiento Administrativo más la asignación de funciones (por tratarse de un cargo del Tramo Superior) para desempeñar las tareas a cargo de la Jefatura del Departamento Operativo del Área de Posgrado, dependiente de esa Secretaria.
Que dicho pedido surge del cargo vacante producido por la reciente jubilación de la Sra. Silvia Ema JATIB, quien cumplía al momento de su desvinculación funciones en dicha Área; lo que resulta inminente la necesidad de cubrir las tareas y responsabilidades que el sector requiere.
Que la Dirección de Personal informa que la Lic. Mónica Silvia SURA revista en el cargo Categoría 06, efectivo, Agrupamiento Administrativo, para cumplir funciones en el Departamento Operativo de la Secretaría de Investigación y Posgrado y además percibe un Adicional por Carácter Critico, para cumplir funciones en el mismo sector, según Resol. Nº 703/23-CD,. Asimismo, aclara que, en el caso de acceder al presente pedido deberá darse de baja al Adicional asignado.
Que dicho pedido encuadra en el Art. 72 del Dcto. 366/06 (Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No docente de Universidades Nacionales) que expresa: “Este suplemento se liquidará a los trabajadores no docentes que desarrollen tareas de mayor responsabilidad que la asignada a la categoría de revista y consistirá en una suma equivalente a la diferencia de su categoría con la correspondiente a la jerarquía que le toque desempeñar, en los casos establecidos en el art. 17 del presente convenio colectivo de trabajo. Sólo se aplicará este suplemento cuando exista la vacante o el titular del cargo se encuentre con licencia que dé origen a la cobertura de la mayor responsabilidad…”
Que por otra parte, en concordancia con lo dispuesto por Art. 17 del citado Decreto, prevé que el mencionado suplemento se abonará por el lapso en que se desempeñe tal función y si el plazo de permanencia en la nueva función excediera el año y el cargo estuviese vacante, deberán ponerse en marcha los mecanismos previstos en el capítulo de concursos.
Que la Secretaría Administrativo-Financiera informa que cuenta con la disponibilidad presupuestaria para atender lo solicitado.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 22 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Limitar, a partir del UNO (1) de octubre de 2024, el Adicional por Carácter Critico, asignado a la Lic. Mónica Silvia SURA (Legajo Nº 28.223- CUIL n° 2717252333-7) para cumplir funciones en el Departamento Operativo de la Secretaría de Investigación y Posgrado de esta Facultad, dispuesta mediante Resol. n° 703/23-FAD.
ARTÍCULO 2°.- Asignar transitoriamente un Suplemento por Mayor Responsabilidad a la Lic. Mónica Silvia SURA (Legajo Nº 28.223- CUIL n° 27-17252333-7) correspondiente a la diferencia de un cargo Categoría 6, efectivo, del Agrupamiento Administrativo en el que revista y un cargo Categoría 3 del mismo Agrupamiento, para cumplir las funciones a cargo de la Jefatura del Departamento Operativo del Área de Posgrado, dependiente de la Secretaria de Investigación y Posgrado, desde el UNO (1) de octubre, intertanto se tramita la cobertura del cargo mediante concurso y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 3°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1-Gasto de Personal- del Presupuesto Ordinario de esta Facultad Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 4°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 5°.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 215
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CD-2024-RES-214 23/10/2024 (Carga: 29/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 5537/24 caratulado: “CARRERAS DE ARTES VISUALES S/Convocar a concurso interino un cargo de JTP SE cátedra "Problemática Educativa" por Ord. 01/20- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Acta de Cierre de inscripción del concurso figuran los siguientes postulantes inscriptos: Pablo Sebastián MORÓN y Daiana Gisel BASCETA OLMOS.
Que agotada la instancia de sustanciación del concurso, la Comisión Asesora designada para atender en dicho concurso se expidió mediante Acta Final (subsanada) contenida a fs. 369/373, estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1°- Pablo Sebastián MORÓN (97p). Asimismo, en la misma Acta se dejó constancia que la postulante Daiana Gisel BASCETA OLMOS no figura en el orden de mérito dado que obtuvo un puntaje menor a los 40 puntos.
Que a fs. 391 la Comisión de Concursos del Consejo Directivo le solicita a la Comisión Asesora ampliación de dictamen, discriminando la asignación de puntaje otorgado en cada ítem de los postulantes. El mismo se encuentra incorporado a fs. 394/396, ratificando su actuación.
Que de acuerdo con la formalidad concursal, se ha dado cumplimiento con las notificaciones y plazos correspondientes y no se han presentado impugnaciones a la decisión del Jurado.
Lo acordado en Sesión Plenaria del día 8 de octubre de 2024.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora en el concurso convocado mediante resolución N° 95/24-CD, para proveer con carácter interino, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Problemática Educativa” que se dicta en las Carreras de Artes Visuales, Cerámica, Artes del Espectáculo, Musicales y Diseño de esta Facultad; estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1°- Pablo Sebastián MORÓN (97p).
ARTÍCULO 2°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres MORÓN, Pablo Sebastián Documento Único 34665186 CUIL o CUIT 20-34665186-6 Legajo 34.005
Resol. N° 214
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Semiexclusiva Condición Interino
Término de la designación Desde UNO (1) de noviembre de 2024 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes Visuales, Cerámica, Artes del Espectáculo, Musicales y Diseño
Espacio/s Curriculares 1) “Problemática Educativa”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina 5 Ciencias Sociales
Subdisciplina 5 1 Docencia en otros niveles
Especialidad 9 9 “Problemática Educativa”
ARTÍCULO 4°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° forma parte de los Planes de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Participación Descripción de la Carrera Títulos Porcentual 6464 Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales 11,11% 6465 Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte 11,11% 6462 Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística 11,11% 6466 Profesorado de Grado Universitario en Música 11,11% 6476 Profesorado de Grado Universitario en Teorías Musicales 11,12% 6469 Profesorado de Grado Universitario en Música- Ciclo de Profesorado 11,11% 6463 Profesorado de Grado Universitario en Teatro 11,11% Profesorado de Grado Universitario en Escenografía- Ciclo de Profesorado 11,11% 6422 Profesorado de Grado Universitario en Diseño- Ciclo de Profesorado 11,11% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 5°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 100,00 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 808 Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Semiexclusiva
Resol. N° 214
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 8°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 214
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CD-2024-RES-213 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 19279/24 caratulado: “BOSQUET, Diego Jesús S/Elevación del proyecto para la creación del CIFAD - Musicología Histórica, en los términos de la Ord. Nº 9 / 2023. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que se eleva la propuesta para la creación de un Centro de Investigación, en el marco de la Ordenanza N° 9/23-CD.
Que los Centros de Investigación se orientan principalmente en articular actividades de investigación, docencia y extensión entre las distintas áreas y carreras de esta Facultad y con el medio, de manera recíproca, promoviendo metodologías adecuadas para la formulación, implementación y transferencia de proyectos de investigación y vinculación en las áreas de Artes y Diseño.
Que a tal efecto el Consejo Asesor de Investigación y Posgrado de la FAD analizó y aprobó el Proyecto de Centro de Investigación formulado por el Dr. Diego Jesús BOSQUET, docente de esta Unidad Académica.
El visto bueno de la Secretaría de Investigación y Posgrado de esta Facultad.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 3 de setiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la creación del “Centro de Investigación FAD”, formulado por el Dr. Diego Jesús BOSQUET bajo la denominación “Musicología Histórica” en el marco de la Ordenanza N° 9/23-CD, según el detalle consignado en el ANEXO ÚNICO de la presente.
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 213
ANEXO ÚNICO 1. Denominación temática del CIFAD Musicología histórica
Fundamentación de la creación (máximo 300 palabras) Nuestra universidad tiene una larga tradición de investigación en música, y es reconocida como uno de los principales centros musicológicos de la Argentina. Los antecedentes son numerosos, y entre ellos debemos mencionar el Instituto de Musicología que creó Francisco Curt Lange, valorado como uno de los musicólogos más importantes de toda América. Inaugurado en 1948, el instituto se convirtió en la primera institución argentina dedicada a la musicología dentro de una universidad, y desde aquí se llevaron a cabo destacados proyectos, como la publicación de la Revista de Estudios Musicales. Lamentablemente, las autoridades que se hicieron cargo de la Universidad Nacional de Cuyo, luego de la intervención de 1955, decidieron cerrar el instituto. Más cerca en el tiempo, vemos a nuestra Facultad de Artes y Diseño participando activamente y siendo sede de Jornadas Nacionales de Musicología y de Conferencias de la Asociación Argentina de Musicología. No obstante el gran desarrollo que ha tenido la investigación musicológica en Mendoza, principalmente a través de proyectos y programas subsidiados por la Secretaría correspondiente de la Universidad y por la Facultad de Artes y Diseño (proyectos internos), no existe un ámbito institucional de reflexión y puesta en común entre los investigadores que participan de los diferentes proyectos. A esto debemos sumar la gran cantidad de tesis de maestría y tesinas de grado vinculadas con la música, observando que, en general, los tesistas transitan su camino en soledad. En cuanto a la denominación del CIFAD propuesto, creemos que al llamarlo “Musicología Histórica” estamos siendo bastante amplios para incluir todos los proyectos que tengan como objetivo la investigación musical en su perspectiva histórica, pero a la vez somos específicos para dar espacio a que se creen otros CIFAD vinculados con la etnomusicología, la educación musical, entre otras disciplinas afines.
Objetivos del CIFAD General: Brindar un espacio de reflexión, formación y acompañamiento a los investigadores que desarrollan su actividad en el terreno de la musicología histórica. Específicos: Difundir las investigaciones que llevan a cabo los integrantes del centro. Realizar tareas de extensión con la comunidad mendocina y argentina. Trabajar en conjunto con otros centros de investigación, universitarios o no. Brindar un programa de formación para los investigadores del centro, y cualquier interesado de la FAD.
Plan de transferencia a la docencia de grado y/o posgrado de la FAD y/o de la TUPA (máximo 500 palabras) La transferencia a la docencia de grado se hará directamente a través de los docentes que integran el CIFAD hacia sus cátedras: Historia de la Música, Análisis de la Música del Siglo XX, Contrapunto, Fuga, Armonía, Audioperceptiva, etc. Se realizarán actividades dirigidas especialmente a los estudiantes de grado (charlas, conciertos, etc.). En cuanto a la transferencia a la docencia de posgrado, se propondrán cursos que cumplan con los requisitos para ser acreditados en maestrías y/o doctorado, contemplando las temáticas que puedan resultar de interés para los estudiantes de posgrado. Además, se invitará a integrar el CIFAD a los maestrandos y/o doctorandos que estén elaborando sus tesis sobre temas vinculados con la musicología histórica.
Resol. N° 213
Anexo Único- Hoja 2
Áreas de estudio comprendidas (máximo 100 palabras) Historia de la Música, Historia del Arte, Análisis Musical, Pedagogía Musical, Historia Regional, Historia Cultural.
Adjuntar PDF con propuesta de reglamento interno (opcional)
Enumerar proyectos y programas de investigación desarrollados por cada uno de sus integrantes (últimos 5 años) Diego Jesús BOSQUET (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Director Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Director Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Proyecto: El arte en Mendoza, 1983-2001. Líneas de encuentros, debates y transformaciones Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: El arte en Mendoza, de las imágenes de la revolución a las de la guerra civil Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Silvia Susana MERCAU (FAD) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Directora Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Directora Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Miembro integrante desde 2021 del Grupo de Trabajo “Música y Periódicos” coordinado por la Dra. Maria Alice Volpe (UFRJ, Brasil), perteneciente a la Asociación Regional para América Latina y el Caribe (ARLAC) de la International Musicological Society (IMS). URL: https://www.gtmp-arlac-ims.org/ Luciana Natalia ORELLANA LANÚS (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025
Resol. N° 213
Anexo Único- Hoja 3
Proyecto: Hacia el estudio de interpretaciones y versiones de la música popular de base tradicional y su incidencia en torno a la circulación. Propuesta para su análisis y sistematización. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Octavio CERÚSICO (FAD) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Juan Antonio SÁNCHEZ MENDOZA (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Álvaro HERRERA SAGUÍ (FAD) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Ignacio Figueroa FERNÁNDEZ (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Germán SARTORI (FAD) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025
Resol. N° 213
Anexo Único- Hoja 4
Mario Agustín MASERA (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Codirector Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Codirector Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Lucas RAMALLO (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Proyecto: Hacia la profesionalización de la interpretación históricamente informada en Mendoza. Segunda generación: años '80 y '90. Función: Codirector Año de inicio: 2020 Año de finalización: 2021 Proyecto: Las escenas musicales de Mendoza en tiempos de dictadura: el Auditorium de Casa Galli (periodo 1974 – 1984) Función: Codirector Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2023 Matías Javier GUTIÉRREZ BRUNET (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Matías Daniel ÁLVAREZ FRANKS (FAD) Proyecto: Edición crítica de las obras de Alejo Abutcov: música para piano Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Edición de las obras de Alejo Abutcov: música de cámara y orquestal; manual de armonía Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025
Resol. N° 213
Anexo Único- Hoja 5
Proyecto: Hacia la profesionalización de la interpretación históricamente informada en Mendoza. Segunda generación: años '80 y '90. Función: Integrante Año de inicio: 2020 Año de finalización: 2021 Ramón Hugo CERÚSICO (FAD) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Codirector Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Codirector Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Fátima Graciela MUSRI (UNSJ) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las óperas de Arturo Berutti. Segunda parte. Función: Directora Año de inicio: 2020 Año de finalización: 2022 Proyecto: Publicaciones periódicas en San Juan: Redes, proyectos y trayectorias (1825 – 1925). Aportes desde la Historia Regional. Función: Integrante Año de inicio: 2023 Año de finalización: 2024 Proyecto: Historia de la Universidad Nacional de San Juan. Desarrollo y consolidación en clave regional. Primera parte (1995 – 2021). Función: Integrante Año de inicio: 2023 Año de finalización: 2024 Proyecto: Historias socioculturales del acontecer musical en Argentina (1890-2000)UBA Función: Integrante Año de inicio: 2020 Año de finalización: 2023 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa.FAD Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 María Ancelma ROSALES (FAD) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022
Resol. N° 213
Anexo Único-Hoja 6
Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Alejandro Rafael GIBOIN (FCPyS) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Adrián Darío RODRÍGUEZ (FAD) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Giuliana CERÚSICO (FFyL, UNCuyo) Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Segunda etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Representaciones de la ciudad en la literatura de Mendoza. FFyL. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025 Loreto Ximena HINOJOSA MELLA (FAD) Proyecto: Música contemporánea latinoamericana para guitarra desde 1950. 5ta.Etapa Función: Integrante Año de inicio: 2019 Año de finalización: 2022 Proyecto: Las prácticas musicales en Mendoza en el periodo 1910-1940. Tercera etapa. Función: Integrante Año de inicio: 2022 Año de finalización: 2025
Actividades a desarrollar (máximo 600 palabras) Organización de cursos y seminarios (acreditables para estudiantes de posgrado). Participación en congresos nacionales e internacionales. Organización de charlas con temáticas vinculadas a la musicología histórica.
Resol. N° 213
Anexo Único- Hoja 7
Organización de jornadas y otros eventos científicos con el objeto de capacitar a jóvenes investigadores y difundir los temas de estudio de la musicología. Organización de conciertos. Contactos con otras instituciones locales, regionales, nacionales e internacionales vinculadas a la temática del CIFAD.
Autoridades y comité asesor (adjuntar resumen CV en PDF del director/a) Director: Diego Jesús BOSQUET Coordinadora: Silvia Susana MERCAU Representantes de docentes investigadores de la FAD: Luciana Natalia ORELLANA LANÚS Octavio CERÚSICO Representantes de estudiantes de la FAD: Juan Antonio SÁNCHEZ MENDOZA Álvaro HERRERA SAGUÍ Representantes de egresados de la FAD: Ignacio FIGUEROA FERNÁNDEZ Germán Abel SARTORI
RESOLUCIÓN Nº 213
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