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CD-2020-ORD-008 26/11/2020 (Carga: 30/11/2020) |
MENDOZA, 26 de noviembre de 2020
VISTO: El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6005/20 caratulado: “s/propuesta de Juramento y demás efectos del Acto de Colación - FAD. ”.
CONSIDERANDO: Que, teniendo en cuenta la actual situación de emergencia sanitaria por pandemia de COVID-19, se hace imposible el desarrollo presencial del Acto de Jura de Egresados/as de esta Facultad, por lo que la Secretaría Académica, a través de la Dirección de Egreso y Área de Relaciones Institucionales e Internacionalización, ha elaborado el protocolo para la realización del juramento de egresados y egresadas en la modalidad virtual, con el fin de que puedan contar con un acto de cierre de su actividad académica y con la constancia de haber realizado el mismo como requisito para poder retirar su Certificado Analítico de Egreso y Diploma. Asimismo ha dispuesto la realización de un video institucional para dar lugar a la celebración y reconocimiento que la conclusión de la trayectoria académica amerita. Finalmente, ha proyectado la entrega de los Certificados Analíticos de Egreso y Diplomas mediante la aplicación de protocolos de seguridad sanitaria. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y a lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria Virtual del día 3 de noviembre de 2020, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar protocolo para la realización de juramento de egresados y egresadas de la Facultad de Artes y Diseño con modalidad virtual, que figura como Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar la entrega de Certificados Analíticos de Egreso y Diplomas según protocolo de seguridad sanitaria que figura como Anexo II de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Aprobar la realización de piezas comunicacionales (flyer, folleto digital, videos breves, publicación en página web,etc.) en reemplazo del acto de colación, en reconocimiento de las y los egresadas/os de la Promoción 2020 y, en caso de ser necesario, de las siguientes promociones.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de ordenanzas del Consejo Directivo.
ORDENANZA Nº 8
ANEXO I
Protocolo de juramento de Egresados y Egresadas de la FAD Modalidad virtual Consideraciones iniciales:
El contexto de la pandemia y los actuales protocolos de la Universidad Nacional de Cuyo y la Provincia de Mendoza, limitan la realización de actividades presenciales y masivas, entre ellas, el acto de colación correspondiente a la promoción 2020 y las siguientes promociones que puedan estar afectadas por similares circunstancias.
La intención de la propuesta es que los/as egresados/as de la Facultad de Artes y Diseño cuenten con un acto de cierre de su actividad académica y obtener una constancia de haber realizado su juramento para poder retirar el Certificado Analítico de Egreso y Diploma.
Cabe destacar, que la Comisión Organizadora de Egresos, estuvo trabajando en la planificación de jura, previos al acto de colación, para que se realizaran al menos dos veces al año, para dar agilidad al mismo y responder a la necesidad de concreción de trámites demandados por egresadas/os. Pero tal periodicidad fue pensada para la presencialidad.
Por las razones expuestas, la Facultad de Artes y Diseño, ha dispuesto la concreción del acto de jura con modalidad virtual, sincrónica, conforme experiencias de otras Universidades Nacionales y de otras Unidades Académicas de la UNCuyo.
Es importante dejar establecido que se registrarán quienes estén dispuestas/os y cuenten con las condiciones de conectividad para realizar tal acto en modalidad virtual. Cabe destacar que, con los egresados/as carentes de estos medios, se arbitrarán instancias presenciales cuando las condiciones epidemiológicas lo permitan.
Cabe aclarar que quien realice la jura con modalidad virtual luego no podrá hacerlo en forma presencial cuando se reanuden las actividades con normalidad.
Organización de los juramentos virtuales: El acto de juramento se realizará para todas/os las/los egresadas/os de la Facultad de Artes y Diseño en conjunto o por Grupos de Carreras, según lo estime pertinente la comisión organizadora. Mesa académica:
Estará conformada por tres autoridades de la Facultad de Artes y Diseño. Si es posible de acuerdo a protocolos, se organizará presencialmente en la sede de la Facultad para, desde allí, realizar transmisión en vivo. Herramientas para la jura: Se realizará a través de Videoconferencia (Utilizando plataformas Meet o Zoom) mediante cuenta institucional y gestionada por personal responsable de la misma, en las que se conectarán las y los egresados/as. Se realizará la grabación de dicho acto, se conservará en la cuenta institucional organizadora y se compartirá con egresados.fad@gmail.com En caso de exceder la cantidad de participantes admitidos en dichas plataformas, se distribuirán por grupos según fórmula de juramento.
Anexo I – hoja 2
El acto se transmitirá en vivo por Canal Institucional de YouTube.
Procedimiento de Acto de Jura:
Preparación:
La Dirección de Egresos de la FAD contactará a través de correo electrónico a las y los egresados comprendidos en el período entre el día VEINTISÉIS (26) de octubre de cada año y el VEINTICINCO (25) de octubre del año siguiente (Ordenanza N°2/19-FAD), y enviará un formulario especificando la Modalidad de Juramento (presencial o virtual) y Fórmula de Juramento (Según Ord. 8/06-C.S). En el mismo confirmará la fecha de realización de tal acto y condiciones o posibilidades del/la interesado/a. Esta comunicación se realizará al menos con DIEZ (10) días de anticipación.
La Dirección de Egresos elaborará un listado de estudiantes que optaron por la jura virtual con sus direcciones de correo electrónico y lo comunicará a todas las áreas involucradas de la Facultad.
El Área de Tecnologías del Aprendizaje y la Comunicación –TAC- programará reunión a través de plataforma de videollamada y enviará al Área de Relaciones Institucionales y Dirección de Egresos el enlace. Será responsable, asimismo, de la realización técnica del acto.
El Área de Relaciones Institucionales enviará y comprobará respuesta de correos con enlace a videollamada a todos los participantes. Y será responsable de hacer llegar a las autoridades un guión organizador del acto.
Durante la jura: 5. Se conectarán a través de enlace a plataforma de videollamada institucional, los integrantes de la mesa académica (que podrán estar presencialmente en la institución siempre que las condiciones epidemiológicas y protocolos de seguridad lo permitan) y las/los egresadas/os que prestarán juramento. Será responsable de asegurar esta conexión el Área TAC. 6. La máxima autoridad de la mesa académica dirigirá unas palabras de inicio del acto y tomará el juramento preguntando "¿Jura por (fórmula elegida)?" y el/la egresado/a responderá "Si, juro".
El Área de Comunicación de la FAD será responsable de la transmisión en vivo del acto a través de Canal Institucional de YouTube.
Finalizada la jura:
El Área TAC guardará el video en los espacios en línea correspondientes a la cuenta desde la que se generó la videollamada y lo compartirá con egresados.fad@gmail.com.
La Dirección de Egresos enviará por correo electrónico el Acta de Juramento completa, restando solo la firma del/la egresado/a que deberá entregar al momento de retirar su diploma y Analítico.
Anexo I – hoja 3
ACTA DE JURAMENTO
Por medio de videoconferencia según lo establecido en Res. FAD N° de la Universidad Nacional de Cuyo, con fecha , el (cargo-nombre de la máxima autoridad de la mesa académica), en presencia del/la (cargo-nombre de la segunda autoridad o docente en la mesa académica), y (cargo-nombre de la tercer autoridad o docente de la mesa académica), procede a tomar juramento a ( DATOS DE/LA Egresado/a nombre/s y apellido/s, tipo de DNI y número), quien jura en los siguientes términos (fórmula de juramento).
Finalizado el acto, se procede a la firma del acta.
Autoridad 1 Autoridad 2 Autoridad 3
Firma del Egresado
ORDENANZA Nº 8
ANEXO II
Entrega de Certificados Analíticos de Egreso y Diplomas
La Dirección de Egresos se comunica a través de correo electrónico con la/el interesada/o para coordinar la entrega de su CAE/Diploma según una de las dos modalidades de envío que seleccionó el egresado en el formulario que se les envío para confirmar la Jura). La primera es mediante mensajería (a cargo del interesada/o) y la segunda, por turno, retiro presencial en la sede de la Facultad de Artes y Diseño conforme aprobación de su protocolo de salud y medidas que rigen a nivel provincial.
Estas entregas se podrán planificar por etapas y en todos los casos, se dejará constancia del recibo del/la interesado/a. Se trata de modalidades de entrega que permanecerán mientras continúen las medidas de aislamiento y distanciamiento social.
La Dirección de Egresos presenta listado de egresados y egresadas que cuentan con su Certificado Analítico y Diplomas a la Secretaría Académica e informa la modalidad de entrega acordada con las/los interesados.
La Dirección de Egresos es responsable de comunicar los días y horarios de envío o retiro con cada egresado/a.
Vicedecanato, a través del Área de Higiene y Seguridad de la Facultad, organiza las medidas pertinentes para llevar a cabo tales tareas a través del envío postal/mensajería o para el retiro en la sede de la Facultad.
ORDENANZA Nº 8
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CD-2020-ORD-007 26/11/2020 (Carga: 30/11/2020) |
MENDOZA, 27 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 6516/20 caratulado: “s/ Solicitud tratamiento de proyecto de Identidad de género p/ garantizar el ejercicio de lo establecido en la Ley de Identidad de género N° 26.743 - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que es necesario reconocer y velar por el cumplimiento del derecho de las personas LGBTIQ+, que conforman la comunidad educativa de la Facultad de Artes y Diseño, a que sea reconocida su identidad de género, al libre desarrollo de la persona conforme a ésta y a ser tratada dignamente. Que desde una perspectiva de Derechos Humanos, la protección del derecho a la identidad de género se encuentra entre una de las principales obligaciones de los Estados y de las instituciones. Que desde numerosas convenciones, tratados internacionales y legislación nacional se ha avanzado en garantizar el ejercicio de los derechos para personas de todas las orientaciones sexuales e identidades de género. Podemos mencionar entre ellas la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Principios Yogyakarta, la Ley de Educación Nacional N° 26.206, la Ley de Educación Sexual Integral N° 26.150, en la Resolución Nº 261-CFE-15 del Consejo Federal de Educación, entre otras.
Que durante el año 2012 se sanciona la Ley de Identidad de género N° 26.743, que reconoce el derecho al respeto por la identidad autopercibida. Este contempla inclusive a las personas que no han tramitado aún el Documento Nacional de Identidad donde se plantea el siguiente sistema de registro: “Artículo 12.- Trato digno. Deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad. A su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio, tanto en los ámbitos públicos como privados. Cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos obrantes en el documento nacional de identidad, se utilizará un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento y se agregará el nombre de pila elegido por razones de identidad de género a solicitud del interesado/a. En aquellas circunstancias en que la persona deba ser nombrada en público deberá utilizarse únicamente el nombre de pila de elección que respete la identidad de género adoptada.” Que es necesario destacar la resolución Conjunta N°, 1/2012 de la Dirección Nacional de Migraciones, y la N° 2/2012, perteneciente a la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, donde se aprueba el procedimiento para el reconocimiento del Derecho de Identidad de Género de extranjeros/as/es por lo que la presente normativa alcanza a personas migrantes.
Que en tal sentido, con gran urgencia debemos adecuar o generar instrumentos que acrediten la identidad autopercibida y brindar un marco que garantice tales derechos de una manera ágil y clara para estudiantes, egresados/as/es, personal de apoyo y docentes. Ya que el ejercicio de enunciar a la persona por el nombre que figura en su Documento Nacional de Identidad y no por el nombre autopercibido constituye un acto discriminatorio.
Que es imprescindible dimensionar que la identidad de género es una construcción dinámica, subjetiva y no binaria. Es decir, reconocer la diversidad de expresiones de géneros disidentes de la heteronormatividad (pensamiento que sostiene que varón y mujer son las únicas categorías de género desde una perspectiva biologicista y excluyente) y el derecho al trato digno que involucra el respeto al género autopercibido.
Que finalmente, desde un paradigma de inclusión, debemos concretar acciones que erradiquen todas las formas de discriminacion y violencia, garantizando la equidad, el reconocimiento y el pleno ejercicio de derechos a la totalidad de nuestra comunidad educativa. Es así como la Facultad asume el compromiso de continuar elaborando estrategias que garanticen la plena inclusión, desde una perspectiva no binarista, y generar las articulaciones necesarias en organismos universitarios y externos.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Género y Derechos Humanos y a lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día 3 de noviembre de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- Establecer que la comunidad de la Facultad de Artes y Diseño deberá respetar la identidad de género autopercibida de cualquier persona que transite por esta Unidad Académica.
ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo establecido en la Ley de Identidad de Género N° 26.743 y en lo relativo a cambios y/o adición de apellidos, cambio de nombres, de identidad, de género y cualquier otra circunstancia en las cuales exista una modificación de la identidad de la persona, la misma se hará constar en Libreta Universitaria, padrones electorales, trámites internos, registros, listados, notas, actas, constancias de asistencia, entre otros, el nombre autopercibido, identitario o social.
ARTÍCULO 3º.- La presente normativa contempla a aspirantes, estudiantes (activos y pasivos que quieran retomar sus estudios), egresados/as/es, personal de apoyo y/o docentes en servicio o ingresantes, que así lo requieran. Esta disposición incluye a personas que aún no tramiten el nuevo documento nacional de identidad y extranjeros/as/es.
ARTÍCULO 4º.- En el caso de quienes hayan realizado la actualización registral el trámite se extiende a la totalidad de certificaciones que emite la institución.
ARTÍCULO 5º.- Las personas interesadas presentarán por Mesa de Entradas de la Facultad , en el contexto de pandemia a través del correo electrónico tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.ar, una declaración jurada haciendo constar en la misma el nombre que considera representativo de su identidad. Se adjuntará copia para el legajo del/de la solicitante para exclusivos fines administrativos y académicos de la FAD.
ARTÍCULO 6º.- En toda documentación que la Facultad deba expedir para su presentación o exhibición ante terceros se consignará el nombre legal del/de la estudiante, docente, personal de apoyo o egresados/as/es.
ARTÍCULO 7º.- Las personas interesadas en solicitar cambios en su documentación deberán presentar el Formulario de solicitud de modificación de Identidad, que figura como Anexo Único de la presente ordenanza.
ARTICULO 8º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 9no. considerando de la presente.
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese e insértese en el libro de ordenanzas del Consejo Directivo.
ORDENANZA Nº 7
ANEXO UNICO
Formulario de solicitud de modificación de Identidad
Mendoza, …… de ……………………de 20……
Al/a la Decano/a de la Facultad de Artes y Diseño
Quien suscribe (nombre del/de la interesado/a/e), D.N.I. Nº …………………….., con domicilio en ……………………………………………………………, se dirige a usted y por su intermedio a quien corresponda a los efectos de solicitarle la modificación del nombre pila de (poner nombre y apellido anterior del/de la interesado/a/e).……………………..………………………………………..……………………..……………….….. por el de (poner nombre y apellido actual del/de la interesado/a/e) ………………………………………...…………….……….., en la documentación académica y administrativa.
Se consignan los datos de contacto del /de la solicitante:
Correo electrónico:…………………………………………………………. Teléfono: ………………………………………………..
Indicar la situación del/de la interesado/a/e Aspirante Estudiante Egresado/a/e Personal de Apoyo (de planta o ingresante) Docente (de planta o ingresante)
En caso de haber realizado la actualización registral de DNI, adjuntar a la presente solicitud, copia del mismo y partida de nacimiento actualizada.
Le saluda atentamente
…………………………………………….. Firma del/de la interesado/a
ORDENANZA Nº 7
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FA-2020-RES-347 25/11/2020 (Carga: 25/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 9181/20 caratulado: “s/ Solicitud rectificación parcial del Anexo único de Resol. N° 156/2020 D s/ “Becas de Paquetes de Datos: UNCUYO reconecta” – FAD.”
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido surge debido al cambio de las compañías telefónica presentada por los estudiantes beneficiarios de las Becas y por otra, hay quienes a la fecha cuentan con la línea de teléfono en banda negativa lo cual impide gestionar no solo la comunicación sino efectuar el pago correspondiente.
Que como consecuencia de lo expresado, se solicita el alta de estudiantes para ser beneficiarios a las presentes becas luego del relevamiento continuo y posterior seguimiento efectuado del Programa TRACES.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20- C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar parcialmente la resolución N° 156/20-FAD. en relación a las compañías de teléfonos consignados por los beneficiarios, conforme al siguiente detalle: “Donde dice”:
APELLIDO NOMBRE DNI COMPAÑÍA N° de Celular ARIAS Luana Guadalupe 44309702 Movistar 2613351879 CHAMVI RUIZ Santiago Critian 41752262 Personal 2613434352 LIZARZUBURU PONTÓN Michelle Dominique 95912023 Movistar 2616146953 MANGANELLI Carmen Patricia 17246121 Movistar 2614688737 ROJAS LEIVA Lucia Daiana 37513171 Personal 2616463620
“Debe decir”:
APELLIDO NOMBRE DNI COMPAÑÍA N° de Celular ARIAS Luana Guadalupe 44309702 Tuenti 2613351879 CHAMVI RUIZ Santiago Critian 41752262 Movistar 2613434352 LIZARZUBURU PONTÓN Michelle Dominique 95912023 Claro 2616146953 MANGANELLI Carmen Patricia 17246121 Claro 2614688737 ROJAS LEIVA Lucia Daiana 37513171 Movistar 2616463620
Resol. N° 346
ARTÍCULO 2°.- Dar de baja a los siguientes estudiantes que resultaron beneficiarios a las denominadas “Becas de Paquetes de Datos: UNCUYO reconecta” e incorporar en su lugar a los que se encuentran relevador por el Programa TRACES, conforme al siguiente detalle:
Baja de estudiantes beneficiarios de las “Becas de Paquetes de Datos: UNCUYO reconecta”
APELLIDO NOMBRE DNI COMPAÑÍA N° de Celular CACERES Iván Alexis 39602337 Movistar 2612551097 CUELLO AUSINAGA Florencia Aylen 39996236 Movistar 2622698298 FARINA Mara Noemí 41702440 Movistar 2634543098
Incorporación de estudiantes a “Becas de Paquetes de Datos: UNCUYO reconecta”
APELLIDO NOMBRE DNI COMPAÑÍA N° de Celular AGOSTINI Antonela 38475816 Tuenti 2616863806 BRACAMONTE Ailín 38307009 Tuenti 2616838866 GUEVARA CALLIRGOS Fernanda 43213285 Personal 2615051132
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 346
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FA-2020-RES-346 24/11/2020 (Carga: 25/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 9271/20 caratulado: “Solicitud reconocimiento por Conectividad al Personal de Apoyo Académico - Tramo Inicial - CCT Decreto Nacional N° 366/06-PEN – FAD”
CONSIDERANDO:
Que el presente reconocimiento surge por las tareas que satisfactoriamente desempeña el Personal de Apoyo Académico del Tramo Incial (Cat. 06 y 07-CCT Decreto Nacional 366/06-PEN) en la Modalidad de Teletrabajo, enmarcadas en el actual contexto social impuesta por la emergencia sanitaria.
Que por otra parte, dentro los objetivos propuestos desde el Área de Planificación en Abril del 2020 fue la de asignar recursos de la forma más adecuada a la categorías más bajas, analizadas principalmente en base a la situación de emergencia sanitaria y el consiguiente funcionamiento de toda la institución en relación a la virtualidad.
Que en este contexto, los agentes involucrados se esforzaron en capacitarse y/o especializarse en nuevas tecnologías y, en numerosas oportunidades, cumplir funciones en horarios no convencionales para apoyar la gestión y administración que se realiza en pos de garantizar el correcto funcionamiento de nuestra Facultad.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20- C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Que Secretaría Económico–Financiera informa que el mencionado adicional se encuentra fundado en el artículo 12°, inciso c) y e) de la ordenanza N° 23/15–C.S
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar “POR ÚNICA VEZ” un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, al siguiente Personal de Apoyo Académico- Tramo Inicial- que se indica en el Anexo Único, por la suma correspondiente de PESOS CINCO MIL ($5.000), en razón a los fundamentos expuestos en la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
Resol. N° 346
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5to. considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 346
ANEXO ÚNICO
LEGAJO CUIT APELLIDO Y NOMBRE CATEGORIA AGRUPAMIENTO 31.454 27-31839145-4 ARAYA, Norma Jaqueline 07 Administrativo 31.605 20-35516529-2 ARGUELLO, Leandro Agustín 07 Administrativo 27.448 27-26463067-9 BAYÓN, Silvia Marina 06 Técnico-Profesional 31.638 27-24893789-6 BRAJAK, Tania 07 Administrativo 33.342 27-36629346-4 CANTON, María Celeste 07 Administrativo 31.313 27-23536265-7 CAPERÓN, Patricia Ruth 07 Administrativo 30.492 27-25793254-6 CASTRO, Erica Natalia 07 Administrativo 28.684 27-21933603-4 CONDORELLI, María Gabriela 07 Técnico-Profesional 25.845 27-18083864-9 FORNIES, Silvana Paula 06 Administrativo 28.665 20-33577042-1 GORDILLO, Pedro Dante 06 Administrativo 30.192 23-27842334-4 MALLIMO, Laura Soledad 07 Administrativo 31.035 20-23901274-5 NAFRA, Pablo Miguel 07 Administrativo 30.279 27-18080908-8 ORTIGALA, Rosana Fabiola 07 Administrativo 30.851 20-31282485-0 RODRIGUEZ, Cristian Andrés 07 Administrativo 34.405 20-34479916-5 SCOSERIA, Tomas Guido 07 Administrativo 32.401 27-29875581-0 SEÑORANS, Valeria 07 Administrativo 34.041 23-33022433-9 SPANO, Ciro 07 Mantenimiento, Producción y Servicios Generales 28.223 27-17252333-7 SURA, Mónica Silvia 06 Administrativo
RESOLUCIÓN N° 346
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FA-2020-RES-345 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 6455/20 caratulado: “Franchini, Cyntia s/ reconocimiento académico. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna FRANCHINI cursó y aprobó distintos espacios curriculares en el año 2015 en el Conservatorio “Luigi Canepa”, de Sassari, Italia.
El reconocimiento académico efectuado por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y lo informado al respecto por Secretaría Académica y de Dirección de Alumnos de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar a la alumna Cyntia Tamara FRANCHINI (Registro N° 23858) el reconocimiento académico de las siguientes asignaturas “Prácticas ejecutivas y repertorio de conjunto de cámara III” con una carga horaria de CIENTO VEINTICINCO (125) horas y “Teoría y técnica de la interpretación escénica I” con una carga horaria de CIENTO VEINTICINCO (125) horas, correspondientes a la carrera de Licenciatura en Canto de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 345
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FA-2020-RES-344 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY: 6146/20 caratulado: “ONTIVERO, Gerardo Tomas s/ reconocimiento horas optativas - FAD.”
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos
Lo informado por la Secretaria Académica y de Dirección de Alumnos de esta Facultad.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Gerardo Tomás ONTIVERO (Registro N° 23109 DNI N° 36417237) en calidad de Materias Optativas los siguientes espacios: “Cátedra Abierta de Música Popular” con una carga horaria de CUARENTA Y OCHO (48) horas y “Espacios Complementarios de Formación y Perfeccionamiento Musical” con una carga horaria de CINCUENTA Y SEIS (56) horas, pertenecientes a la carrera de Licenciatura en Música Popular de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 344
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FA-2020-RES-343 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 6006/20 caratulado: “RODRIGUEZ, Virginia Soledad s/ solicitud de Diploma - Diseñadora Industrial. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06—C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Virginia Soledad RODRIGUEZ (D.N.I. N° 36.850.631) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el ONCE (11) de febrero de 1993, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso CINCO (5) de marzo de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 343
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FA-2020-RES-342 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 6568/20 caratulado: “OVIEDO, Sabrina Antonella s/ solicitud de Diploma - Diseñadora Industrial. FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06—C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Sabrina Antonella OVIEDO (D.N.I. N° 38.476.160) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el TRECE (13) de octubre de 1994, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso ONCE (11) de setiembre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 342
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FA-2020-RES-341 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 6314/20 caratulado: “CARRIERI ARTAZA, Antonieta s/ solicitud de Diploma - Diseñadora Industrial. FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06—C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Antonieta CARRIERI ARTAZA (D.N.I. N° 37.486.808) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el ONCE (11) de febrero de 1993, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso VEINTIUNO (21) de julio de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 341
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FA-2020-RES-340 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6585/20 caratulado: “RIOS MARTINEZ, Estefanía Karen, s/ solicitud de Diploma - Diseñadora Gráfica. FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06—C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Estefanía Karen RIOS MARTINEZ (D.N.I. N° 32.667.425) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTITRÉS (23) de febrero de 1986, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso DOS (2) de julio de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 340
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FA-2020-RES-339 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6489/20 caratulado: “CARPINETO, Mariana s/ solicitud de Diploma - Diseñadora Gráfica - FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06—C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Mariana CARPINETO (D.N.I. N° 38.291.438) nacida en la provincia de Buenos Aires, República Argentina, el VEINTINUEVE (29) de agosto de 1994, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso VEINTISIETE (27) de agosto de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 339
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FA-2020-RES-338 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6391/20 caratulado: “VIVANCO, Ana Laura Belén, s/ solicitud de Diploma - Profesora de Grado Universitario en Teatro. FAD ” .
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05 y 66/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO a la egresada Ana Laura Belén VIVANCO (D.N.I. Nº 37.963.202) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISÉIS (26) de diciembre de 1993, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso QUINCE (15) de octubre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 338
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FA-2020-RES-337 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 5997/20 caratulado: “KOTLIK, Nadya Luz Paula, s/ solicitud de Diploma - Profesora de Grado Universitario en Teatro. FAD ” .
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05 y 66/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO a la egresada Nadya Luz KOTLIK (D.N.I. Nº 39.081.461) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el ONCE (11) de mayo de 1995, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso DIECISÉIS (16) de setiembre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 337
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FA-2020-RES-336 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6313/20 caratulado: “GRASSO ,Mariano Agustín s/ solicitud de Diploma - Profesor de Grado Universitario en Teatro. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S, que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO al egresado Mariano Agustín GRASSO (D.N.I. Nº 40.919.101) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el ONCE (11) de noviembre de 1997, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso TRECE (13) de octubre de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 336
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FA-2020-RES-335 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 5489/20 caratulado: “PANELO, Miriam Edith s/ solicitud de Diploma - Profesora de Grado Universitario en Música. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 67/05 y 68/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN MÚSICA a la egresada Miriam Edith PANELO (D.N.I. Nº 27.982.878) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el TREINTA (30) de enero de 1981, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 67/05-C.S. y 68/05-C.S., con fecha de egreso ONCE (11) de agosto de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 335
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FA-2020-RES-334 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6487/20 caratulado: “JARA MONTAÑO, Nahir Betsabé s/ solicitud de Diploma - Profesora de Grado Universitario en Artes Visuales. FAD”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES a la egresada Nahir Betsabé JARA MONTAÑO (D.N.I. Nº 31.288.263) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el QUINCE (15) de marzo de 1985, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., con fecha de egreso DIECISÉIS (16) de setiembre de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 334
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FA-2020-RES-333 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 6569/20 caratulado: “MANINO, María Florencia s/ solicitud de Diploma - Licenciada en Arte Dramático. FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 23/99-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN ARTE DRAMÁTICO a la egresada María Florencia MANINO (D.N.I. Nº 36.850.436) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el ONCE (11) de noviembre de 1992, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 23/99C.S., con fecha de egreso SEIS (6) de agosto de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 333
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FA-2020-RES-332 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 6004/20 caratulado: “GOMEZ, Maira Cristela s/ solicitud de Diploma - Diseñadora Escenográfica. FAD” .
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 12/98-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA ESCENOGRÁFICA a la egresada Maira Cristela GOMEZ (D.N.I. Nº 33.579.587) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIEZ (10) de febrero de 1988, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 12/98C.S., con fecha de egreso SEIS (6) de marzo de 2020 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 332
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FA-2020-RES-331 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 7315/20 caratulado: “Secretaria Económico-Financiera sol/adicional por carácter crítico de la función Maximiliano COSERES- FAD ” .
CONSIDERANDO:
Que, en razón de la virtualidad impuesta por la emergencia sanitaria por la que atraviesa nuestro país, el Sr. CÓSERES ha visto incrementadas sus horas de trabajo, excediendo ampliamente las correspondientes a su cargo de planta, con el que cumple funciones de Chofer.
Que ha realizado desde el comienzo de la cuarentena, infinidad de tareas relacionadas con el desarrollo de la virtualidad, por ejemplo: entrega constante de fotocopias en los domicilios del estudiantado; firma de documentación por parte de las autoridades, entre ellos Diplomas de Egreso; apoyo a la Secretaria Académica y a la Secretaría Económico-Financiera, entre otras.
Que es necesario el reconocimiento de dichas tareas, a través del otorgamiento de un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera y Dirección de Personal,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, desde el UNO (1) de setiembre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020, al personal que se indica en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
ARTICULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to. considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 331
ANEXO ÚNICO
LEGAJO AGENTE DESDE HASTA MONTO MENSUA
28.977 CÓSERES, Claudio Maximiliano 01-09-2020 31-12-2020 $ 8.000,00
RESOLUCIÓN Nº 331
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FA-2020-RES-330 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 8082/20 caratulado: “S/ TRANSFORMACIÓN DEL EXP-CUY:12911/2018 - Ref. Convocatoria a concurso efectivo de UN (01) cargo de Profesor Titular (S), asignatura "Materiales y Procesos II" Carreras de Diseño. ”.
CONSIDERANDO:
Que intertanto se resolvía el concurso de referencia, se designó interinamente al Mgter. TOMASSIELLO en dicho cargo, desde 1 de setiembre hasta 31 de diciembre de 2020, mediante Resol. n° 45/2020-C.D.
Que habiéndose resuelto el mencionado concurso mediante resolución nº 213/20-C.S., la que en el artículo 2º designa en dicho cargo y funciones al postulante que figura en primer lugar en el orden de méritos establecido: Mgter. Roberto Luis TOMASSIELLO.
Que corresponde a esta Facultad establecer la fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del mencionado docente a los efectos de la eficacia de la designación efectuada, de conformidad con lo expresado en el artículo 4º de la resolución nº 213/20-C.S.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Lo informado al respecto por la Dirección de Personal.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de diciembre de 2020, al Mgter. Roberto Luis TOMASSIELLO (Leg. N° 20.056 – CUIL n° 20-13772562-1) en el cargo de Profesor Titular con Dedicación Simple, con carácter interino, para el dictado de la asignatura “Materiales y Procesos II”, de la carrera de Diseño Industrial, en las Carreras de Diseño, en el que fue designado interinamente desde UNO (1) de setiembre hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020, mediante Resol. n° 45/2020-CD, por las razones expuestas en el 1er. considerando.
ARTICULO 2º.- Fijar el UNO (1) de diciembre de 2020 como fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del Mgter. Roberto Luis TOMASSIELLO (Leg. N° 20.056 – CUIL n° 20-13772562-1) en el cargo de Profesor Titular con Dedicación Simple, carácter efectivo, para el dictado de la asignatura “Materiales y Procesos II”, de la carrera de Diseño Industrial, en las Carreras de Diseño, en el que ha sido designado mediante el artículo 2º de la resolución Nº 213/20-C.S..
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 330
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FA-2020-RES-329 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 8083/20 caratulado: “S/ TRANSFORMACIÓN DE LA EXP-CUY:2447/2019-Ref.: Convocatoria a concurso Abierto, Personal Apoyo Académico Ord. Nº 03/2008 C.S. Categoría 7 - Efectivo - Agrupamiento Administrativo. ”.
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 2º de la resolución nº 214/20-C.S., se designa en dicho cargo y funciones a la postulante que figura en primer lugar en el orden de méritos establecido: Téc.Univ. Carla Gianina PALANA.
Que corresponde a esta Facultad establecer la fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios de la mencionada agente a los efectos de la eficacia de la designación efectuada, de conformidad con lo expresado en el artículo 3º de la resolución nº 214/20-C.S.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Lo informado al respecto por la Dirección de Personal.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Fijar el UNO (1) de diciembre de 2020 como fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios de la Téc.Univ. Carla Gianina PALANA (CUIL nº 2734355775-8) en el cargo Categoría 7 – Nivel Inicial - efectivo, del Agrupamiento Administrativo, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo – Decreto Nacional Nº 366/06-P.E.N., para desempeñar funciones de Auxiliar Administrativo en los Departamentos Operativos de las Carreras de Artes Visuales y de Cerámica, dependientes de la Dirección General Administrativa de esta Facultad, en el que ha sido designada mediante el artículo 2º de la resolución Nº 214/20-C.S..
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 329
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FA-2020-RES-328 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 5464/20 caratulado: “S/ Incremento del Adicional por Carácter Crítico de la Función - Fad. ” .
CONSIDERANDO: Que, en razón de la virtualidad impuesta por la emergencia sanitaria por la que atraviesa nuestro país, dicho personal ha visto incrementadas sus horas de trabajo, excediendo ampliamente las correspondientes a su cargo de planta. Que las funciones y responsabilidad de los agentes involucrados en el presente pedido, pertenecientes al Personal de Apoyo Académico y de Gestión que cumplen funciones en la Secretaría Académica, se han visto complejizadas con la virtualidad obligada por la pandemia. Que las tareas desarrolladas por cada agente, en cada uno de los sectores a los que pertenecen, representa un papel fundamental en la vida institucional de esta Unidad Académica. Que es necesario el reconocimiento de las mismas, a través del otorgamiento de un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” y en otros un incremento del mismo que venían percibiendo, hasta tanto se normalicen las actividades de forma presencial. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera y Secretaría Académica, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, desde el UNO (1) de setiembre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020, al personal que se indica en el Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Incrementar el “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, desde el UNO (1) de setiembre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020, al personal que se indica en el Anexo II de la presente.
ARTICULO 3º.-El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
ARTICULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5to. considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 328
ANEXO I
a) Asignación: LEGAJO AGENTE DESDE HASTA MONTO MENSUAL
34.643 KERMEN, María Florencia 01-09-2020 31-12-2020 $ 3.000,00
ANEXO II
c) Incremento:
LEGAJO AGENTE DESDE HASTA MONTO MENSUAL
31.638 BRAJAK, Tania 01-09-2020 31-12-2020 (*) $ 6.000,00
31.035 NAFRA, Pablo Miguel 01-09-2020 31-12-2020 (*) $ 6.000,00
30.492 CASTRO, Erica Natalia 01-09-2020 31-12-2020 (*) $ 6.000,00
24.327 ROSALES, Roberto Alejandro 01-09-2020 31-12-2020 (*) $ 1.500,00
30.700 MARTÍN, María Belén 01-09-2020 31-12-2020 (*) $ 6.000,00
RESOLUCIÓN Nº 328
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FA-2020-RES-327 24/11/2020 (Carga: 24/11/2020) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2020
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY Nº 5694/20 caratulado: “DGA S/solicitud adicional por carácter crítico de la función Personal de Apoyo Académico” .
CONSIDERANDO: Que, en razón de la virtualidad impuesta por la emergencia sanitaria por la que atraviesa nuestro país, dicho personal ha visto incrementadas sus horas de trabajo, excediendo ampliamente las correspondientes a su cargo de planta. Que las funciones y responsabilidad de los agentes involucrados en el presente pedido, pertenecientes al personal administrativo y contable, se han visto complejizadas con la virtualidad obligada por la pandemia. Que las tareas desarrolladas por cada agente, en cada uno de los sectores a los que pertenecen, representa un papel fundamental en la vida institucional de esta Unidad Académica. Que es necesario el reconocimiento de las mismas, a través del otorgamiento de un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” y en otros un incremento del mismo que venían percibiendo, hasta tanto se normalicen las actividades de forma presencial. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera y Dirección General Administrativa, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, desde el UNO (1) de setiembre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020, al personal que se indica en el Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Incrementar el “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, desde el UNO (1) de setiembre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020, al personal que se indica en el Anexo II de la presente.
ARTICULO 3º.-El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2020.
ARTICULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5to. considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 327
ANEXO I
a) Asignaciones Personal Secretaría Económico Financiera:
LEGAJO AGENTE DESDE HASTA MONTO MENSUAL
31.454 ARAYA, Norma Jaqueline 01-09-2020 31-12-2020 $ 6.000,00
34.405 SCOSERIA , Tomás Guido 01-09-2020 31-12-2020 $ 6.000,00
30.279 ORTIGALA, Rosana Fabiola 01-09-2020 31-12-2020 $ 6.000,00
b) Asignaciones Personal Dirección General Administrativa:
LEGAJO AGENTE DESDE HASTA MONTO MENSUAL
23.508 Elsa Carmen MELCHIORI 01-09-2020 31-12-2020 $ 5.000,00
30.851 Cristián Andrés RODRIGUEZ 01-09-2020 31-12-2020 $ 6.000,00
29.011 Selva Anahí AGÜERO 01-09-2020 31-12-2020 $ 5.000,00
ANEXO II
c) Incremento Personal Dirección General Administrativa:
LEGAJO AGENTE DESDE HASTA MONTO MENSUAL
28.665 Pedro Dante GORDILLO 01-09-2020 31-12-2020 $ 6.000,00
30.192 Laura Soledad MALLIMO 01-09-2020 31-12-2020 $ 6.000,00
27.813 Roberto Ariel SABARONI 01-09-2020 31-12-2020 $ 5.000,00
RESOLUCIÓN Nº 327
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FA-2020-RES-326 20/11/2020 (Carga: 21/11/2020) |
MENDOZA, 20 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 6787/20 caratulado: “COLOMBO, Patricia Eugenia s/Solicita designación cargo PROFESOR TITULAR (S). Carreras de Cerámica – FAD”.
CONSIDERANDO:
Que es menester la designación de la Prof. Patricia Eugenia COLOMBO, ya que la mencionada docente se encuentra cumpliendo las obligaciones del presente cargo de manera virtual desde el día 1 de noviembre del presente.
Que la Dirección de Personal informa que la Prof. COLOMBO revista interinamente en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple para el dictado de los espacios curriculares “Taller Cerámico IV”, “Proyecto Artístico” y “Taller Cerámico de Investigación Educativa”, en las Carreras de Cerámica, desde el 1/1/2020 hasta 31/12/2020, según Resol. n° 343/19-CD.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto b) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas..”
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres COLOMBO, Patricia Eugenia Documento Único 20.111.585 CUIL o CUIT 27-20111585-5 Legajo N° 25.922
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación simple Condición interina
Término de la designación Desde UNO (1) de noviembre de 2020 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020
Resol. N° 326
4. Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Cerámica
Espacio/s Curricular/es 1) “Dibujo II” 2) “Dibujo II” (Optativa)
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Artes Plásticas
Especialidad: 9 9 “Dibujo II” y “Dibujo II” (Optativa)
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Descripción de la Carrera Participación Porcentual
846 Licenciatura en Cerámica Artística 33,33 % 6462 Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística 33,33 % 847 Licenciatura en Cerámica Industrial 33,34 % Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 05 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 810 Profesor Titular con Dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a las presentes actuaciones y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTÍCULO 7°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to. considerando de la presente.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 326
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FA-2020-RES-325 20/11/2020 (Carga: 21/11/2020) |
MENDOZA, 20 de noviembre de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 4998/20 caratulado: “s/Solicitud de Licencia por Incompatibilidad - FERNANDEZ, Gabriel Adolfo - desde el 01/04 al 31/12/2020 – FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en las actuaciones, corre agregado el Formulario N° 17 de la Circular N° 39/15 de Gestión de Personal de la Dirección de Personal de esta Facultad, como así también se incorpora la declaración jurada de cargos y funciones del Prof. FERNÁNDEZ y el informe de la Dirección General de Personal de Rectorado.
Que la licencia comprendida en la presente resolución, corresponde en su totalidad a incompatibilidades surgidas de cargos de la planta de esta Unidad Académica.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la ordenanza N° 32/16–R.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder prórroga de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad de Personal Docente Universitario, generada por las disposiciones vigentes aplicables, que afectan el cargo que desempeña, para cumplir funciones en otro cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, por el período que se indica, de acuerdo con lo detallado en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 325
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ANEXO ÚNICO Cargo de LEGAJO CUIL Apellido y Nombres Cargo en el que Espacio/s Curricular/es Disposiciones mayor Espacios Curriculares o Carreras se otorga aplicables jerarquía a funciones especiales o sector Período licencia desempeñar específico
26.874 20-23387148-7 FERNANDEZ, Gabriel Adolfo Jefe de Trabajos - “Taller de Rotación . Art. 49º Punto II - “Taller de Rotación: Escultura” Artes Desde el Prácticos I y II: Escultura” inciso a) apartado Profesor - “Taller de Rotación I: Visuales 01-04-20 (SE) - ”Taller I y II para 1 Nº 1246/15 Titular Escultura”, hasta el Profesorado (con . Ord. 28/00- CS. (SE) - “Taller de Rotación II: 31-12-20 opción a Escultura)” . Ord. 12/2000-R Escultura”, - “Taller I y II: . Art. 45° del Escultura” Estatuto - “Taller de Rotación II: Universitario Escultura” - “Taller I de Escultura (Optativa Grupo I)” - “Taller de Rotación I: Escultura”
RESOLUCIÓN N° 325
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