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CD-2025-RES-303 1/12/2025 (Carga: 1/12/2025) |
MENDOZA, 1 de diciembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 23564/25 caratulado: “CAE - Dirección de Carreras Artes del Espectáculo s/ Actualización de Plan de Estudio PGU Teatro 2025”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo eleva los fundamentos y lineamientos para llevar a cabo la reforma del Plan de Estudio de la carrera Profesorado de Grado Universitario en Teatro, en el marco de lo establecido mediante Ord. Nº 7/22– C.D.
Que el presente análisis ofrece información estadística sobre las tasas de egreso y rendimiento académico de la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro.
Que los datos revelan una situación alarmante: a pesar de un número considerable de ingresantes, sólo el 6% de los estudiantes logra graduarse en el tiempo estipulado por el Plan de Estudio.
Que esta baja tasa de egreso constituye una señal inequívoca de que el esquema curricular actual no está cumpliendo con las expectativas ni las necesidades de nuestros/as estudiantes. Por este motivo, es fundamental una revisión integral de la oferta académica de los Profesorados, buscando optimizar los procesos de enseñanzaaprendizaje y facilitar la graduación de nuestros/as alumnos/as.
Que la Secretaria Académica avala la justificación para la reforma del Plan de Estudio de la carrera Profesorado de Grado Universitario en Teatro, aprobado por ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S.
Por ello, atento con lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y con lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 7 de octubre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Aprobar la propuesta de justificación para la reforma del Plan de Estudio de la carrera Profesorado de Grado Universitario en Teatro de las Carreras de Artes del Espectáculo (ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S.), realizada bajo los lineamientos establecidos por Ord. Nº 7/22–C.D., de acuerdo con los fundamentos expresados en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCION N° 303
ANEXO ÚNICO
Justificación para avanzar sobre la revisión/actualización del Plan de Estudio de la Carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro, de la Facultad de Artes y Diseño, Universidad Nacional de Cuyo. El Plan de Estudio vigente del Profesorado de Grado Universitario de Teatro refiere a la ordenanza Nº 17/05, por lo que el mismo requiere un abordaje urgente a los fines de revisar y actualizar las ofertas académicas de nuestra casa de estudios. En efecto, el periodo transcurrido entre la creación de dicho plan y el presente excede ampliamente uno de los principales considerandos fijados por la Ord. N° 7 (FAD-UNCuyo, 2022), donde se proponen los lineamientos para la reforma, actualización y construcción colectiva de planes de estudio de la Facultad de Artes y Diseño: “Que muchos de los planes de estudio de la FAD tienen más de una década, por lo que se encuentran desactualizados y fragmentados institucionalmente”. Por tal motivo y a los fines de relevar información tanto normativa, como de aplicación, desarrollo y análisis del impacto de los mismos en la actualidad, se ofrece a disposición de las Autoridades algunos puntos que consideramos sustanciales: 1- Historia del Plan de Estudio actual y anteriores. En el año 1949 por iniciativa del Dr. Ireneo Fernando CRUZ, Rector de la UNCuyo y Juan Oscar PONFERRADA, poeta y dramaturgo, surgió el nombre de Galina Tolmacheva para que fundara la Escuela de Teatro y se hiciera cargo de la dirección de la misma (…) Es la primera vez que en la región se enseñó a actuar sistemáticamente a través de una institución oficial (Pellettieri, 2007, p. 244). Al año de haberse creado la Escuela Superior de Arte Dramático, con la dirección de Tolmacheva hasta 1955, se estrenaron las primeras producciones teatrales que tuvieron presentaciones en el Teatro Independencia. El primer Plan de Estudio comprendía impostación de la voz y dicción, fonética, gimnasia rítmica, improvisación e interpretación, historia del teatro y la escenografía. Se organizaba en un curso vocacional de tres años y un curso profesional de cuatro, destinados a la formación de actores, maestros de arte escénico y directores. Como parte de la formación, los/as estudiantes realizaron presentaciones públicas y trabajaron en relación con los alumnos del Curso de Escenografía, que surgió en 1951 en la Escuela Superior de Artes Plásticas, a cargo del profesor italiano Enrique Tanzi, quien impulsó una concepción moderna de la escenografía, inédita en Mendoza. Ese mismo año, se graduaron los/as primeros/as actores/actrices profesionales, quienes formaron el Teatro de Cuyo, dirigido por Tolmacheva. En 1957 asumió la dirección Eloísa Cañizares, quien acentuó la formación práctica. Sus alumnos/as llevaron a cabo un intenso programa teatral. Finalizada la gestión de Cañizares, la Escuela de Artes Escénicas, el Curso de Escenografía y el Ballet fueron cerrados. A fines de los 60 se reabrieron con el nombre de Escuela de Arte Dramático. En los 70 se la denominó Escuela Superior de Teatro y en 1972 incluye en sus estudios las carreras de Arte Dramático y Escenografía (Pizzi et al., 2017). Dentro de dicha iniciativa se creó la carrera de Intérprete Dramático, carrera de formación profesional de 3 años de duración. Cabe destacar que el Plan de Estudio estaba conformado por 15 espacios curriculares. Con pocos cambios, dicho plan, estuvo vigente hasta el regreso de la democracia. En 1980 se crea la Facultad de Artes y a partir de allí hasta el año 1989 se implementó el Plan de Estudio del profesorado. Por Resolución Nº 36/1987 se crea la Carrera de Arte Dramático con titulación de Intérprete Dramático. En 1989 el Decano Gustavo Andrés KENT y la Secretaria Académica Prof. Gloria TAPIA, convocan a la Prof. Ester TROZZO (curriculista referente de teatro) para colaborar en la construcción del Plan de Estudio del profesorado denominado “Profesorado de Arte Dramático”, para completar la titulación de egresados/as de la carrera de actor/actriz antes mencionada. Dicha carrera Resol. N° 303
Anexo Único – Hoja 2 brindaba la posibilidad de inscripción sólo de los/as egresados/as de dos cohortes, la de 1990 y la de 1991. Esta modalidad se implementó debido a la fuerte demanda de docentes por parte del sistema educativo provincial y en espera de la aprobación del Plan de Estudio que se estaba trabajando. El mencionado plan fue aprobado por el Consejo Superior ordenanza Nº 1/1993 y constaba de cinco espacios curriculares: Pedagogía, Psicología, Didáctica y Didáctica especial del Teatro y la Práctica de la Enseñanza. Sin embargo, este trayecto de formación pedagógica sólo era posible para los/as egresados/as de la Carrera de Intérprete Dramático. Desde entonces, el próximo antecedente respecto del Plan de Estudio data del año 2003, cuando la Ord. Nº 48/03–C.S. aprobó el Profesorado de Grado Universitario de Artes con Orientación en Teatro. Luego, en el año 2005, según la ordenanza Nº 65/05–C.S., se realiza la modificación de la denominación del título por Profesorado de Grado Universitario en Teatro y la Ord. Nº 66/05 aprueba el texto ordenado del Plan de Estudio. En los años subsiguientes, se realizaron algunas modificaciones en la implementación de algunos espacios curriculares. Específicamente, se reformuló el sistema de algunas correlatividades a partir de la ordenanza Nº 2/09–C.D., de la tramitación iniciada en nota CUDAP-CUY: 46189/18 y de Resolución Nº 20/19. 2- Relevos estadísticos del Grupo de Carreras de Teatro. Sobre la base del análisis de los Planes de Estudio antes mencionados y su implementación, se relevan las estadísticas que arrojan información sobre el ingreso, trayectorias y egresos de los/as estudiantes, las cuales ofrecen los siguientes datos de los últimos 12 años:
Profesorado de Grado Universitario 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 Promedio Total en Teatro
Ingreso 46 51 59 48 57 46 46 42 43 30 21 19 44 508 RAN 72 70 80 84 102 89 94 90 110 96 82 84 88 1053 2-3 materias 49 47 50 65 68 70 68 61 57 56 40 50 57 681 4-5 materias 17 31 35 37 32 31 38 46 30 28 20 23 31 368 6 o más 28 22 18 25 31 43 41 37 18 27 27 24 29 341 Cantidad de 212 221 242 259 290 279 287 276 258 237 190 200 250 2951 Estudiantes Egresados 6 8 7 10 18 16 29 35 17 13 6 8 15 165
Profesorado de Grado Universitario 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 Promedio en Teatro
Ingreso 22% 23% 24% 19% 20% 16% 16% 15% 17% 13% 11% 9,5% 18% RAN 34% 32% 33% 32% 35% 32% 33% 33% 43% 41% 43% 42% 35% 2-3 materias 23% 21% 21% 25% 23% 25% 24% 22% 22% 24% 21% 25% 23% 4-5 materias 8% 14% 14% 14% 11% 11% 13% 17% 12% 12% 11% 11,5% 12% 6 o más 13% 10% 7% 10% 11% 15% 14% 13% 7% 11% 14% 12% 12% Cantidad de 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% Estudiantes Egresados 3% 4% 3% 4% 6% 6% 10% 13% 7% 5% 3% 6%
Resol. N° 303
Anexo Único – Hoja 3 El presente análisis estadístico ofrece información sobre las tasas de egreso y rendimiento académico de la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Teatro. Los datos revelan una situación alarmante: a pesar de un número considerable de ingresantes, sólo el 6% de los estudiantes logra graduarse en el tiempo estipulado por el Plan de Estudio. Esta baja tasa de egreso constituye una señal inequívoca de que nuestro diseño curricular actual no está cumpliendo con las expectativas ni las necesidades de nuestros/as estudiantes. Por este motivo, consideramos fundamental una revisión integral de la oferta académica de los Profesorados, buscando optimizar los procesos de enseñanzaaprendizaje y facilitar la graduación de nuestros/as alumnos/as.
3- Sobre los espacios curriculares y cargas horarias Sobre los Espacios Curriculares y sus cargas horarias, específicamente en el campo de la formación pedagógica, observamos mediante un análisis de los mismos la evidencia de que los espacios curriculares han sido modificados en sus cargas horarias y trayectos (cuatrimestrales o anuales). En algunas cátedras del Plan de Estudio, se considera que las cargas horarias son excesivas por lo que, en esos casos, algunas materias anuales se han cuatrimestralizado, lo que evidencia que sus descriptores no son pertinentes al tiempo y horas que se habían establecido. Por ejemplo, el caso de “Psicología del Desarrollo” se estipula como cuatrimestral pero tiene una carga de 120 horas que corresponde a un dictado anual. Al mismo tiempo, como la demanda de cantidad de estudiantes supera las posibilidades del dictado docente, la materia se replica en ambos cuatrimestres. Igualmente, la carga horaria real ofrecida no cumple con lo que el Plan de Estudio debería garantizar en la formación docente de los estudiantes. Otro ejemplo lo constituyen “Didáctica y Currículum” y “Problemática Educativa” con CIENTO VEINTE (120) horas cada una, las cuales, al igual que en el caso antes mencionado, se dictan de manera cuatrimestral. El “Seminario de Práctica e Investigación Educativa en Contextos no Formales”, presenta la misma situación, ya que el mismo cuenta con una carga horaria de CIENTO SETENTA (170) horas y se dicta en un cuatrimestre. Es también el caso de “Enseñanza y Aprendizaje del Teatro” y “Práctica de la Enseñanza” que cuentan con una carga horaria de CIENTO CUARENTA (140) y CIENTO SETENTA (170) horas respectivamente, siendo necesario su revisión y adecuación a los tiempos reales de dictado y de prácticas educativas en todos los niveles en los cuales la titulación garantiza competencia del título. Por el contrario, espacios tales como “Gestión y Producción de Espectáculos”, están consignados como cuatrimestrales, con una carga horaria de CUARENTA Y OCHO (48) horas, y en la práctica se dicta de forma anual, en respuesta a los objetivos propios de la materia. La misma situación presenta la cátedra de “Práctica de Dirección”, cuyo cursado está consignado con un total de SESENTA Y CUATRO (64) horas y se desarrolla en una mayor carga horaria de trabajo por parte de los y las estudiantes. Esto evidencia que, en el caso de algunos espacios cuatrimestrales, sus trayectos formativos requieren ser revisados. Consideramos pertinente también, realizar revisiones sobre la nominación de los espacios curriculares, como por ejemplo, “Historia del Teatro Argentino I y II” que se menciona en el Plan de Estudio, los cuales en la implementación, aparecen modificadas como “Historia de la Cultura y del Teatro I y II”, en el trayecto de las materias obligatorias; así mismo, en el conjunto de espacios curriculares optativos, el Plan de Estudio menciona por ejemplo, “Historia del Teatro y la Cultura Universales II”. Existen, entonces, diferencias entre nominaciones de la ordenanza del Plan de Estudio y sus implementaciones en horarios de cursados, programas, incluso certificaciones. Resol. N° 303
Anexo Único – Hoja 4 Los casos mencionados, muchos de ellos transversales a distintos grupos de carreras, son algunos sobre los cuales se debe trabajar, reformular, al tiempo que actualizar sus saberes y competencias, adecuándose a los cambios que el mundo contemporáneo y sus campos de conocimientos requieren, tanto en el ámbito artístico como en el educativo. En efecto, estos espacios demandan, a su vez, una formación integral y flexible que permita a nuestros/as egresados/as enfrentar los desafíos del territorio laboral y contribuir al desarrollo cultural de nuestra sociedad. En tal sentido, un análisis exhaustivo de los Planes de Estudio vigentes, revela una serie de problemáticas que obstaculizan la formación de profesionales competentes y actualizados: ● Antigüedad: el Plan de Estudio no refleja los avances en el campo disciplinar ni las nuevas tendencias pedagógicas. Es pertinente su revisión y actualización para que el mismo esté en concordancia con las necesidades profesionales y características laborales que se presentan en la actualidad, es decir, para garantizar que los/as egresados/as cuenten con las competencias necesarias para insertarse de manera efectiva en el amplio y diverso campo profesional docente. ● Bajos índices de egreso: la estructura curricular actual, con un sistema de correlatividades rígido y una carga horaria excesiva en algunos semestres, desmotiva a los/as estudiantes y prolonga la duración de la carrera. En efecto, se constata un desgranamiento importante de personas que iniciaron su formación motivados por su profesionalización y en el camino abandonaron sus proyectos formativos. Revisar/actualizar cargas horarias generales y particulares, ejes formativos, y secuencias de los mismos, como también espacios curriculares, es imperativo para la oferta académica que se analiza. Como ejemplo se mencionan espacios curriculares de cursado simultáneo, que producen superposición entre algunos de la formación general pedagógica con otros propios de la formación específica. ● Las prácticas educativas en el Plan de Estudio no han sido actualizadas en relación al contexto socio-histórico, ni las normativas vigentes y los niveles educativos a los cuales habilita competencia docente. Se observa una inminente necesidad de propiciar espacios formativos que involucren a los/as estudiantes gradual y procesualmente al mundo de la práctica docente y no solamente en el último año del trayecto formativo. Esto se suma a la necesidad de pensar en la formación de sujetos docentes que puedan adaptarse a los contextos de alta vulnerabilidad social con que suelen enfrentarse los/as egresados/as al momento de salir al mundo laboral y que, al mismo tiempo, puedan ser capaces de desempeñarse en las distintas modalidades del sistema educativo como: Educación Artística, Educación Técnico Profesional, Educación Rural, Educación Especial, en Contextos de Encierro y/o Educación Domiciliaria y Hospitalaria. ● Inscripciones en dos carreras al mismo tiempo. Se observa que, a lo largo de los años, los estudiantes suelen inscribirse simultáneamente en la Licenciatura y en el Profesorado. Es importante destacar la complementariedad que ambos perfiles de egreso representan, ya que ofrecen trayectos formativos que, sin perder su especificidad, se combinan para ampliar las oportunidades profesionales. Sin embargo, en la práctica, la falta de una integración adecuada entre ambos Planes de Estudio genera una superposición en los cursados en ambas carreras. Esto, a su vez, impide que las trayectorias avanzadas sigan el camino previsto por los respectivos planes, dificultando el progreso y, en muchos casos, llevando al abandono de una de las carreras. Esto también puede afectar el rendimiento y ralentizar la trayectoria académica. La actualización de la oferta académica permitiría ofrecer enfoques, planificaciones y estrategias pedagógicas que respeten las particularidades de cada perfil, al mismo tiempo que los complementan en la práctica mediante trayectos formativos adecuados y posiblemente comunes. ● Se ha observado que en el plan vigente aparecen materias optativas que son obligatorias en la praxis, lo cual indica un contrasentido. Se aconseja, según lo establecido en la normativa, que los Diseños Curriculares jurisdiccionales estén definidos por el sistema de créditos, que se refieren al tiempo destinado a la asimilación del aprendizaje y la acreditación de conocimientos y capacidades (replicado en ordenanza Nº 75/16–C.S. de la Universidad Nacional de Cuyo, en su Anexo II), respecto de las carreras de formación docente.
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Anexo Único – Hoja 5 ● Sobre la lectura de propuestas de espacios curriculares, de los descriptores/saberes, competencias y formatos de enseñanza, también se evidencian carencias en cuanto a definiciones y trayectos formativos. Dichas falencias se evidencian sobre todo respecto del alcance del título sobre el cual se habilita la titulación y las especificidades que ese campo laboral tiene. Así mismo, es insoslayable considerar el desarrollo de capacidades/competencias a la hora de pensar el perfil de estudiante, como el de egresado/a y vincular las mismas al complejo y rico mundo laboral y social en el cual se insertan desde su perfil profesional en la contemporaneidad. ● Respecto de los Diseños Curriculares, se observan saberes que se repiten en espacios curriculares distintos, y ocasionan problemas en el funcionamiento orgánico de la carrera y confusión entre docentes y estudiantes. Al mismo tiempo, la falta de un sistema de evaluación claro, contribuye a la demora en la acreditación de materias, genera incertidumbre y frustración en el estudiantado. La evaluación, metodología, criterios, etc. debe aparecer en el Programa de cada espacio curricular, según normativa UNCUYO, Ord. Nº 108/10–C.S. Sin embargo, en la construcción del Plan de Estudio se debe consignar en las competencias aquello que se proyecta evaluar y el método implicado, por ejemplo, en el formato de enseñanza (taller, seminario, curso, asignatura, etc.). Si bien el "sistema de evaluación" no está expresado, debe aparecer en los Planes de Estudio. ● El régimen actual de correlatividad obstaculiza las posibilidades de avance en la carrera y en el egreso. Por lo tanto, en el nuevo Plan de Estudio se propone la revisión de dichas correlatividades a fin de promover que los/as estudiantes puedan finalizar el trayecto educativo. La atenta observancia de las correlatividades implica mirar por año y transversalmente el diseño del Plan de Estudio y la pertinencia de sus adecuaciones. ● Se observa una escasa articulación de los espacios de investigación y extensión como instancias formativas que podrían enriquecer las competencias académicas y artísticas del estudiantado. Esto representa una pérdida de oportunidades para el desarrollo de perfiles críticos, reflexivos y socialmente comprometidos. ● Se evidencia una ausencia de espacios transdisciplinares de formación en un campo que se expande constantemente y requiere de la articulación con otros saberes, procedimientos y experiencias. ● Se detecta una baja presencia de metodologías pedagógicas innovadoras en y desde las artes que favorezcan el aprendizaje activo, el trabajo colaborativo, la investigación-acción y otras estrategias centradas en el protagonismo de los/as estudiantes como sujetos productivos/as de conocimiento y experiencia. ● Se identifica una ausencia de incorporación de las nuevas herramientas tecnológicas digitales acordes a los tiempos actuales y la normativa vigente. Estos saberes y capacidades deberían ser parte de la formación docente para poder, en el contexto actual, construir también a partir de nuevos recursos, procesos de enseñanza y aprendizaje enriquecidos e inclusivos. 4 a -Sobre nuevos/as sujetos de aprendizaje, las necesidades, aportes y desafíos de los/as estudiantes. Resulta complejo hablar de un "nuevo/a" sujeto de aprendizaje. Tal vez sea más preciso referirse a nuevos/as sujetos en plural, pero también a nuevas condiciones en los procesos de enseñanza y de aprendizaje y a la formación de nuevas figuras docentes. En este sentido, los/as sujetos de aprendizaje en teatro provienen de contextos diversos y dinámicos, lo que configura un entramado complejo en constante transformación. Históricamente, la formación teatral ha estado vinculada centralmente a la actuación, lo corporal, lo vocal y la dirección, junto con los fundamentos teóricos y pedagógicos que los sostienen. Sin embargo, la irrupción de las tecnologías digitales, junto con la revisión crítica de las pedagogías teatrales, han introducido nuevas dimensiones en la experiencia, la creación y la enseñanza de lo teatral. Asimismo, emergen debates sobre la autoría y la producción del conocimiento artístico en un campo donde los/as sujetos de aprendizaje tensionan y son tensionados por las estructuras disciplinares, institucionales y culturales en las que se inscriben.
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Anexo Único – Hoja 6 En este contexto, los/as sujetos que ingresan a la formación teatral lo hacen en un escenario donde el valor social del arte dentro de la universidad y en el ámbito público también está en disputa (Dubatti, 2019). Esto implica considerar que su proceso de aprendizaje no solo es técnico y expresivo, sino también político y subjetivo. Cada estudiante transita la formación artística en una constante interacción entre sus experiencias, sus cuerpos, las instituciones educativas y culturales, y los contextos que les atraviesan. Desde este marco, es necesario también señalar que los aprendizajes teatrales se conciben como espacios de construcción relacional (Bourriaud, 2002) y de transformación mutua entre estudiantes, docentes y los saberes en juego. Esta perspectiva se aleja de modelos tradicionales basados en la transmisión unidireccional del conocimiento y propone, en cambio, un esquema triádico donde los sujetos (docentes y estudiantes) y el objeto de conocimiento establecen relaciones dinámicas y abiertas (Steiman, 2005). No se trata solo de transmitir técnicas y saberes, sino de problematizarlos y reconfigurarlos a partir de la experiencia situada de cada estudiante y del encuentro con otros/as. Siguiendo a Steiman (2005), este proceso de enseñanza y de aprendizaje no es neutral, sino que está condicionado por la historia personal y social de cada sujeto. Las aulas de teatro se configuran así como espacios de disputa y resignificación, donde se ponen en juego múltiples corporalidades, afectividades y formas de habitar el conocimiento y la experiencia escénica. En este sentido, enseñar y aprender teatro implica también desmontar normativas que regulan lo que se considera legítimo en la escena y en la pedagogía teatral, abriendo la posibilidad de imaginar otras formas de ser, crear y aprender colectivamente. Hechas estas consideraciones generales sobre la complejidad del campo teatral y su enseñanza, podemos señalar, de manera parcial, que los/as estudiantes que ingresan a la formación teatral presentan ciertas características que, a su vez, plantean múltiples desafíos en la elaboración de un Plan de Estudio. La clave de lectura e interpretación adoptada implica no solo un recorte sobre estos estudiantes, sino también una guía orientadora para definir elementos fundamentales que deben ser considerados en la propuesta formativa como: condiciones económicas y acceso a la información, desigualdad territorial en el acceso a la formación teatral, diversidad de trayectorias y perfiles, cuerpos, identidades y expresiones de género diversas, relación con la tecnología, salud mental, activismo y arte. 4b - Sobre perfiles de egreso y campos de formación. En la actualidad, el perfil y la formación del sujeto de aprendizaje para la carrera del profesorado requiere de un conjunto de competencias actualizadas en línea con las transformaciones y desafíos contemporáneos, garantizando competencias técnicas y específicas de la disciplina teatral, cognitivas, sociales, estéticas, pedagógicodidácticas. Así como también debe garantizar la formación de perfil en competencias creativas, competencia para ficcionalizar, competencia para producir pensamiento estético, competencias subjetivas, competencias socio-comunitarias, competencias digitales, entre otras. 5- Necesidades, demandas y expectativas de la sociedad (textos, relevos, revisar el plan de desarrollo institucional de la UNCuyo). Frente a las necesidades, demandas y expectativas sociales actuales, se observa que el Plan de Estudio vigente no cumple en su totalidad con el planteo institucional de la UNCuyo a través del Plan estratégico 2030. En este se establece como primer objetivo: impulsar el acceso a la educación preuniversitaria y universitaria de calidad, pertinente, Resol. N° 303
Anexo Único – Hoja 7 innovadora, inclusiva, intercultural, diversa; y acompañar integralmente a estudiantes y docentes. Por ello, en la reformulación y adecuación del Plan de Estudio se harán las revisiones pertinentes de aquellos modos y medios de enseñanza/aprendizaje que propendan a garantizar lo que se define en el Plan estratégico 2030 de la UNCuyo. El documento presentado por la Universidad indica las siguientes líneas y programas estratégicos que requieren ser incluidos en la reformulación nueva propuesta del Plan de Estudio: ● Actualizar, ampliar y adecuar la oferta académica de pregrado y grado con parámetros de innovación y pertinencia teniendo en cuenta diversas modalidades pedagógicas, organizativas y sedes. ● Impulsar la inclusión social, educativa y tecnológica de estudiantes y docentes a través de la articulación inter-institucional provincial y nacional. ● Fortalecer las estrategias de inclusión educativa y vinculación con el nivel medio. ● Incorporar acompañamiento académico integral de estudiantes mediante la obtención, sistematización, y publicación de datos agregados sobre los diversos tramos formativos, analizando aspectos integrales de los procesos de enseñanza y de aprendizaje. En el contexto de revisión de la formación de profesores/as de teatro, es esencial considerar cómo estos ejes del Plan Estratégico 2030 de la UNCUYO pueden integrarse en el nuevo diseño curricular. De este modo, se abordaría la necesidad de adaptar las metodologías educativas a las transformaciones sociales y tecnológicas, lo cual es particularmente relevante en disciplinas artísticas como el teatro. Así mismo, resulta indispensable generar dispositivos específicos de seguimiento, sistematización y análisis de las trayectorias estudiantiles reconociendo la multicausalidad de estos procesos a los fines de proponer abordajes integrales que permitan mejorar los indicadores académicos y diseñar respuestas institucionales y pedagógicas adecuadas a las necesidades reales de los/as estudiantes. Además, el Plan Estratégico destaca la importancia de la vinculación con el entorno social y cultural, promoviendo una formación que responda a las demandas locales y regionales. En este sentido, la formación docente en teatro debe incorporar prácticas que fortalezcan la conexión con la comunidad y fomenten la participación activa en la vida cultural de la región. Asimismo, la perspectiva de género y diversidad es un eje transversal que debe ser integrado en la formación de profesores/as de teatro, asegurando que las Prácticas Educativas sean inclusivas y reflejen la diversidad de experiencias e identidades de género. En resumen, la articulación de la formación de profesores de teatro con el Plan Estratégico 2030 de la UNCUYO, otorga un marco educativo que no solo responde a las necesidades y demandas actuales de la sociedad, sino que también anticipa y se adapta a los cambios futuros, asegurando una formación docente íntegra, crítica y comprometida con el desarrollo cultural y social de la región. Por tanto, partimos de estos lineamientos estratégicos para hacer las modificaciones y adecuaciones necesarias, pertinentes a la nueva propuesta del Plan de Estudio. 6- Necesidades y requerimientos: escenarios laborales y profesionales (egresados/as). En Latinoamérica, la formación docente en teatro enfrenta una serie de desafíos y tensiones vinculadas a los cambios socioculturales, las transformaciones en los sistemas educativos, las condiciones laborales precarizadas y las demandas de actualización pedagógica y disciplinar.
Resol. N° 303
Anexo Único – Hoja 8 En este contexto, los/as profesores/as de teatro se insertan principalmente en instituciones educativas formales (en los niveles inicial, primario, secundario, superior universitario y no universitario, educación para adultos y jóvenes, educación especial), en prácticas artísticas independientes y autogestivas, en espacios de educación no obligatoria y popular, y en instituciones de salud y proyectos socioeducativos. Sin embargo, estas posibilidades de inserción resultan limitadas y fragmentarias, dado que se desarrollan en un contexto caracterizado por la falta de reconocimiento institucional del campo laboral específico para la docencia en artes escénicas y por el desmantelamiento progresivo de políticas públicas orientadas a la enseñanza de las artes en el sistema educativo. Esta situación no solo restringe el acceso a puestos de trabajo estables y formalizados, sino que también obstaculiza el desarrollo de trayectorias profesionales sostenidas y con proyección, especialmente en áreas como la formación docente, la educación artística integral y la vinculación comunitaria desde el teatro. La profesionalización docente en el campo artístico-teatral implica el rigor del trabajo corporal, expresivo y vocal, así como el estudio profundo de técnicas interpretativas y diversos entrenamientos físicos- expresivos, diferentes enfoques de interpretación textual y sus respectivas mediaciones pedagógicas. En diálogo con el presente, se incorporan saberes teóricos en torno a las trayectorias de las diferentes estéticas artísticas, procedimientos escénicos, especies teatrales y/o teatralidades. Es por ello que resulta necesaria una reformulación del Plan de Estudio que promueva el trabajo y los aprendizajes en grupo desde lógicas de co-autoría, como principio de construcción narrativa, de exploración y creación; y el uso de tecnologías digitales (adecuadas y mediadas en cada respectivo nivel educativo) como recursos pedagógicos, poéticos y comunicacionales. Hacia el futuro, las modificaciones propuestas incentivan una formación integral desde una perspectiva crítica que les permita generar a los y las futuros/as profesionales entornos escénicos y educativos acordes a los desafíos sociales, culturales, tecnológicos y artísticos del siglo XXI. La propuesta del nuevo plan de estudio deberá contemplar egresados/as activos/as, sensibles y reflexivos/as en una escena cultural compleja, descentralizada y en constante transformación. Se prevé que las competencias y saberes tanto para la inserción profesional docente, como para la generación autónoma de proyectos artísticos y comunitarios, promuevan un perfil de egresado/a crítico/a, situado/a, creativo/a y colaborativo/a. Por ello se considera urgente una actualización del plan vigente, que, ante tantos cambios sociohistóricos, culturales, tecnológicos y artísticos, pueda dar respuestas y ofrecer espacios para la construcción de herramientas pedagógicas necesarias para las y los estudiantes en formación para el ejercicio de la docencia.
RESOLUCIÓN N° 303
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CD-2025-RES-302 1/12/2025 (Carga: 1/12/2025) |
MENDOZA, 1 de diciembre de 2025
VISTO:
El trámite electrónico N° 38648/25 caratulado: “NOTA PARA RATIFICAR RESOL 514-25-FAD”.
CONSIDERANDO:
Por ello, atento a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión Plenaria del 6 de noviembre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ratificar la resolución Nº 514/25–F.A.D. dictada por la Decana AdReferéndum de este Cuerpo, por la que se modifica el punto 11 del Anexo Único de la resolución N° 203/25-CD, referida al Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación del Concurso Cerrado Interno de Antecedentes, Entrevista Personal, Prueba de Oposición y Propuesta de mejora, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 5 – Tramo Intermedio – del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones en el Departamento de Liquidación de Haberes de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 302
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FA-2025-RES-660 26/11/2025 (Carga: 26/11/2025) |
MENDOZA, 26 de noviembre de 2025
VISTO:
El trámite electrónico 14516/25 caratulado: “TORNELLO, Milagros Marisa S/Suplemento al Título - Carrera Diseño Gráfico - FAD”
CONSIDERANDO:
Que la estudiante Milagros Marisa TORNELLO participó en diferentes actividades extracurriculares vinculadas a su carrera, como también curso y aprobó asignaturas durante el intercambio internacional en la Universidad de Santiago de Chile, realizado en el segundo semestre de 2023.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Diseño y de Dirección de Alumnos.
Que la solicitud de acreditación como Suplemento al Título, se efectúa en el marco de la Ord.9/20-CD. (Art. 3).
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Reconocer a la estudiante Milagros Marisa TORNELLO (D.N.I. 42.793.614) como “Suplemento al Título” a la carrera de Diseño Gráfico, las siguientes Actividades de: Actividades de Extensión y Vinculación Marketing Comunicación Estratégica Diseño de Interacción Digital Diseño e Innovación Laboratorio de Diseño Digital Educativo
Actividades Extracurriculares Participación en la Comisión de estudios para el diseño de fichas técnicas correspondientes a las 9 variedades de uva en fresco desarrolladas por el INTA, desde abril a junio de 2022.
Elaboración de diseño infográfico para la transferencia de conocimientos en Sistemas de Conducción Box Prunning, en conjunto con el INTA, durante noviembre y diciembre de 2022.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 660
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FA-2025-RES-659 26/11/2025 (Carga: 26/11/2025) |
MENDOZA, 26 de noviembre de 2025
VISTO:
El trámite electrónico Nº 40189/25 caratulado: “Nehuen Matías Bustamante Perrone S/ Solicitud acreditación de horas optativas. Carreras de Diseño FAD-”
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Diseño certifica que el alumno Nehuen Matias BUSTAMANTE PERRONE, ha cursado y aprobado el espacio Optativo “La FAD en clave de Derechos Humanos”, realizada desde el 28 de marzo del 2025 al 13 de junio de 2025, con una carga horaria de 60 horas.
El informe producido por la Dirección de Carreras de Diseño y de Secretaria Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Nehuen Matias BUSTAMANTE PERRONE (DNI N° 46.236.950) el curso “La FAD en clave de Derechos Humanos” con una carga horaria de SESENTA (60) horas, con validez a UN (1) espacio curricular Optativo de la Carrera Diseño Industrial.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 659
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FA-2025-RES-658 26/11/2025 (Carga: 26/11/2025) |
MENDOZA, 26 de noviembre de 2025
VISTO:
El trámite electrónico Nº 30148/25 caratulado: “Irina Di Bello S/ Solicitud acreditación como asignatura optativa el curso de Idioma Inglés. Carrera de Diseño Industrial. FAD -”
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Diseño certifica que la alumna Irina DI BELLO, ha cursado y aprobado el espacio Optativo “IDIOMA MODERNO SAJÓN (INGLÉS)” según los estándares del Marco Común Europeo de referencia de las Lenguas (MCERL), organizado por la Secretaría de Políticas Lingüísticas FFyL – UNCuyo, realizado durante el mes de setiembre del año 2024, con una carga horaria de 180 horas.
El informe producido por la Dirección de Carreras de Diseño y de Secretaria Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Irina DI BELLO (DNI N° 46.662.636) el curso “IDIOMA MODERNO SAJÓN (INGLÉS)” con una carga horaria de CIENTO OCHENTA (180) horas, con validez a UN (1) espacio curricular Optativo de la Carrera Diseño Industrial.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 658
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FA-2025-RES-657 26/11/2025 (Carga: 26/11/2025) |
MENDOZA, 26 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 37659/25 caratulado: “Asesoría Estudiantil S/Solicitud de Licencia Estudiantil - GIACOMODONATTO SENES, Aarón - Carreras Musicales - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el alumno Aarón GIACOMODONATTO SENES ha cumplimentado con la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de “Intervenciones Quirúrgicas de alta, media o baja complejidad”, como así también se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por “Intervenciones Quirúrgicas de alta, media o baja complejidad”, al alumno Aarón GIACOMODONATTO SENES (Registros N° 19114 - 22883 – D.N.I. Nº 31.029.188) de las carreras Profesorado de Grado Universitario en Música y Profesorado de Grado Universitario de Teorías Musicales, desde el DIEZ (10) de agosto hasta el DIEZ (10) de diciembre de 2025, inclusive, de acuerdo a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., Anexo I, artículo 5, inciso e.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 657
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CD-2025-RES-301 26/11/2025 (Carga: 26/11/2025) |
MENDOZA, 26 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 740/25 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONALOPCIÓN DE PERMANENCIA PROFESORA LAURA BAGNATO”.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° inciso a) Apartado 2° de la Ley 26508 explicita que los docentes universitarios podrán optar por permanecer en la actividad laboral durante CINCO (5) años más, después de los SESENTA Y CINCO (65) años.
Que el Consejo Superior, a través del artículo 6° de la ordenanza N° 82/09, delega en los Consejos Directivos de las Unidades Académicas la atribución de resolver mediante el dictado de un acto administrativo las opciones presentadas por los docentes, previo se verifiquen los recaudos establecidos en la citada ordenanza y lo dispuesto en el Artículo 1° Inciso a) de la Ley 26.508.
Que en concordancia con lo dispuesto por Art. 1 de la Ord. Nº 13/13-CD, se adjunta en las presentes actuaciones el Certificado aptitud psicofísica “Provisorio” de la Prof. Laura Judith BAGNATO, con vigencia hasta el 7 de enero de 2026.
Que, por último, sin perjuicio del periodo de vigencia consignado en el certificado de aptitud psicofísica que acompañe la docente, se deberá elevar las presentes actuaciones a consideración del Consejo Directivo a fin de promover la continuidad de la opción de permanencia solicitada.
El informe producido por la Dirección de Personal en relación a la situación de revista de la Prof. BAGNATO y en velar los recaudos previstos en la normativa vigente para los casos de docentes que opten por la permanencia en la actividad laboral. Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 4 de noviembre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Opción de Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria presentada por la Prof. Laura Judith BAGNATO (Legajo Nº 24212 – CUIL N° 27-12954481-9), atento a que se han cumplido los recaudos establecidos en la ordenanza N° 82/09-C.S. y en lo dispuesto en el artículo 1°, inciso a) Apartado 2° de la Ley N° 26.508; en virtud de ello la citada docente reúne las condiciones indicadas en la citada Ley, la que se extenderá hasta el SIETE (7) de enero de 2026, conforme la vigencia del certificado de aptitud psicofísica emitido por la Dirección General de Medicina del Trabajo, en los siguientes cargos: Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, interino, para el dictado de las asignaturas “Enseñanza y Aprendizaje del Teatro” y “Práctica de la Enseñanza”; de las Carreras de Artes del Espectáculo. Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, Efectivo, para cumplir funciones en las asignaturas “Enseñanza y Aprendizaje del Teatro” y “Práctica de la Enseñanza”; de las Carreras de Artes del Espectáculo (cargo en licencia por Incompatibilidad cargo Mayor Jerarquía).
Resol. N° 301
ARTÍCULO 2º.- La continuidad en la actividad laboral del Personal Docente Universitario quedará sujeta a la vigencia del certificado de aptitud psicofísica emitido por la Dirección General de Medicina del Trabajo.
ARTÍCULO 3º.- El/la docente que hubiere cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha obtenga su beneficio jubilatorio, el mismo cesará en sus funciones indefectiblemente, no requiriéndose previa intimación.
ARTÍCULO 4°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 5º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 6º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 301
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CD-2025-RES-300 26/11/2025 (Carga: 26/11/2025) |
MENDOZA, 26 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 31325/24 caratulado: “CARRERAS DE DISEÑO S/Nota Inicio Convocatoria a Concurso Interino JTP (SE) “INTRODUCCIÓN AL DISEÑO” (Diseño Gráfico) Ord 1/20- CD.FAD".
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Acta de Cierre de inscripción de fs. 52, figuran como postulantes inscriptos las siguientes personas: SUÁREZ TREJO, Marta Nazarena; ABDALA, Nora Ester; SORIA, Carina Teresa; ABEL DELGADO, Romina Paola y DELHEZ, Mariana.
Que iniciada la etapa de la sustanciación del concurso, la Comisión Asesora designada para atender en dicho concurso se expidió mediante Acta Final contenida a fs. 72/76, estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1°- SORIA, Carina Teresa (77puntos) y 2°- ABEL DELGADO, Romina Paola (58puntos). Por otra parte, se dejó aclarado en dicha Acta que las postulantes Marta Nazarena SUÁREZ TREJO y Nora Ester ABDALA no se presentaron a la instancia de coloquio, por las que quedaron excluida de toda evaluación prevista en el presente concurso. En el caso de la concursante Mariana DELHEZ no se menciona en dicho orden de mérito por haber obtenido un puntaje menor a las 40ptos., admitidos por la normativa concursal.
Que por otra parte, corre agregado en estas actuaciones el informe del veedor actuante, indicando que las instancias del concurso se llevaron a cabo con total normalidad.
Que de acuerdo con el procedimiento concursal, se ha dado cumplimiento con las notificaciones y plazos correspondientes y no se han presentado impugnaciones a la decisión del Jurado.
Que, por su parte, la Dirección de Personal informa que la Prof. SORIA revista en esta dependencia el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, interino, (Ord. N° 2/20-CD), para cumplir funciones en la asignatura “Introducción al Diseño”, carrera de Diseño Gráfico. Por último, informa que correspondería la baja del mencionado cargo al momento de tramitarse la presente designación, por tratarse de funciones en la misma asignatura.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y lo acordado en Sesión Plenaria del día 18 de noviembre de 2025.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
Resol. N° 300
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora convocada mediante resolución N° 188/25-CD, para proveer con carácter interino, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, para cumplir funciones en la asignatura “Introducción al Diseño” que se dicta en la carrera de Diseño Gráfico de esta Facultad; estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1°- SORIA, Carina Teresa (77puntos) y 2°- ABEL DELGADO, Romina Paola (58puntos).
ARTÍCULO 2°.- Limitar, a partir del UNO (1) de diciembre de 2025, la prórroga de designación interina (Ord. N° 2/20-CD) de la Prof. Carina Teresa SORIA (Legajo 30958- CUIL 27-25742144-4) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, para cumplir funciones en la asignatura “Introducción al Diseño” que se dicta en la carrera de Diseño Gráfico de esta Facultad, dispuesta mediante resolución N° 127/25-CD.
ARTÍCULO 3°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres SORIA, Carina Teresa Documento Único 25742144 CUIL o CUIT 27-25742144-4 Legajo N° 30.958
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Semiexclusiva Condición interino
Término de la designación Desde UNO (1) de diciembre de 2025 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025
Denominación de la Unidad Académica Facultad Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curriculares 1) “Introducción al Diseño”
ARTÍCULO 4°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 3° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina 2 Ingeniería y Tecnología
Subdisciplina 4 8 Ingeniería Industrial
Especialidad 9 9 “Introducción al Diseño”
ARTÍCULO 5°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 3° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Descripción de la Carrera Participación Títulos Porcentual 127 Diseñador Gráfico 100% Porcentaje total 100%
Resol. N° 300
ARTÍCULO 6°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 7°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 808 Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 8°.- De acuerdo con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 9°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 10°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 300
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CD-2025-RES-299 26/11/2025 (Carga: 26/11/2025) |
MENDOZA, 26 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 31531/24 caratulado: “CARRERAS DE DISEÑO S/Nota Inicio Convocatoria a Concurso Interino JTP (SE) “DISEÑO GRÁFICO FINAL” Ord 1/20-CD.FAD."
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Acta de Cierre de inscripción de fs. 57, figura como única postulante inscripta MURCIA, María Eugenia.
Que iniciada la etapa de la sustanciación del concurso, la Comisión Asesora designada para atender en dicho concurso se expidió mediante Acta Final contenida a fs. 79/76, estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1°- MURCIA, María Eugenia (71,45puntos).
Que de acuerdo con el procedimiento concursal, se ha dado cumplimiento con las notificaciones y plazos correspondientes y no se han presentado impugnaciones a la decisión del Jurado.
Que, por su parte, la Dirección de Personal informa que la Prof. MURCIA revista en esta dependencia el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, interino, (Ord. N° 2/20-CD), para cumplir funciones en la asignatura “Diseño Gráfico Final”, carrera de Diseño Gráfico. Asimismo, informa que correspondería la baja del mencionado cargo al momento de tramitarse la presente designación, por tratarse de funciones en la misma asignatura. Organizador Ejecutor “F”, designación interina, para desempeñar tareas administrativas en el Plataforma de MOODLE de la FAD.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y lo acordado en Sesión Plenaria del día 18 de noviembre de 2025.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora convocada mediante resolución N° 187/25-CD, para proveer con carácter interino, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, para cumplir funciones en la asignatura “Diseño Gráfico Final” que se dicta en la carrera de Diseño Gráfico de esta Facultad; estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1°- MURCIA, María Eugenia (71,45puntos).
Resol. N° 299
ARTÍCULO 2°.- Limitar, a partir del UNO (1) de diciembre de 2025, la prórroga de designación interina (Ord. N° 2/20-CD) de la Prof. María Eugenia MURCIA (Legajo 33.814- CUIL 27-36592039-2) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, para cumplir funciones en la asignatura “Diseño Gráfico Final” que se dicta en la carrera de Diseño Gráfico de esta Facultad, dispuesta mediante resolución N° 127/25-CD.
ARTÍCULO 3°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres MURCIA, María Eugenia Documento Único 36592039 CUIL o CUIT 27-36592039-2 Legajo N° 33.814
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Semiexclusiva Condición interino
Término de la designación Desde UNO (1) de diciembre de 2025 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025
Denominación de la Unidad Académica Facultad Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curriculares 1) “Diseño Gráfico Final”
ARTÍCULO 4°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 3° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina 2 Ingeniería y Tecnología
Subdisciplina 4 8 Ingeniería Industrial
Especialidad 9 9 “Diseño Gráfico Final”
ARTÍCULO 5°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 3° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Descripción de la Carrera Participación Títulos Porcentual 127 Diseñador Gráfico 100% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 6°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
Resol. N° 299
ARTÍCULO 7°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 808 Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 8°.- De acuerdo con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 9°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 10°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 299
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CD-2025-RES-298 26/11/2025 (Carga: 26/11/2025) |
MENDOZA, 26 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 15794/25 caratulado: “CCER - Dirección de Carreras de Cerámica s/ Actualización de Plan de Estudios PGU Cerámica 2025”.
CONSIDERANDO:
Que por resolución Nº 119/25–C.D. se aprobó la propuesta de justificación para la reforma del Plan de Estudio de la carrera Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística de las Carreras de Cerámica, realizada en el marco establecido mediante Ord. Nº 7/22–C.D.
Que a fs. 39/42 la Dirección de Carreras de Cerámica propone la Comisión Curricular conformada por los distintos claustros, para llevar a cabo el estudio y análisis complejo de dicha reforma; que luego a fs. 54 la Dirección de Carreras amplia dicha Comisión incorporando a dos Miembros Docentes y dos Miembros por los Estudiantes.
El informe favorable de la Secretaría Académica.
Por ello, atento con lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y con lo dispuesto por el Cuerpo en sesión plenaria del 7 de octubre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la conformación de la Comisión Curricular que tendrá a su cargo el estudio y análisis para producir la reforma del Plan de Estudio de la carrera Profesorado de Grado Universitario en Cerámica, la que quedará constituida de la siguiente manera: Coordinación General de la Comisión: Titulares: Prof. Lic. Patricia Eugenia COLOMBO (Directora de las Carreras de Cerámica) Suplente: Prof. Lic. Carina Paola OSORIO (Vicedirectora de Carreras de Cerámica) Coordinación Académica: Prof. Ana Patricia AMICO Miembros: 1. Por los Docentes Titulares: Prof. Adriana Marisa PERIS Prof. María Cecilia ESCALONA Mgter. Natalia Lorena MARENGO Prof. Esteban Gabriel SUCH Lic. Valeria RIGHI Suplente: Lic. Miriam Paola CANIULLÁN HERNÁNDEZ Prof. Lic. Adriana Nancy ARENAS Prof. Laura Cecilia DOÑA
2. Por los Estudiantes Titulares Adriana MONTORZI Fernanda Constanza ARENAS GAUBERT Julián VEGA Rodrigo Martín BARROSO Stella Maris GALDEANO Suplentes Alejandra Betiana FLORES Graciela Beatriz ALEJANDRO Ida Ana GAJARDO TRAPP 3. Por los egresados Titulares: Lic. Marisa ROMERA Prof. Patricia Gabriela MORALES Suplentes: Lic. Rosa Evangelina MOYANO Prof. Rosana Vanesa LLANOS 4. Por el Personal de Apoyo Académico Titular: Tec. Univ. Elsa Carmen MELCHIORI Suplente: Tec. Univ. Roberto Alejandro ROSALES
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 298
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CD-2025-RES-297 25/11/2025 (Carga: 25/11/2025) |
MENDOZA, 25 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico N° 5600/25 caratulado: “CAE- Conv. a Cargo: JTP (Simple) Efectivo– Cátedras: “Gestión y producción de espectáculos" y "Producción y gestión de espectáculos" por Ord. 32/95-CS "Concurso para la Cobertura de Cargos Auxiliares de Docencia, con carácter efectivo”.
CONSIDERANDO:
Que a fs. 117 consta el Acta de Cierre de inscripción del concurso de referencia en donde figuran los siguientes postulantes: Gustavo Nicolás ALFONSO, Valeria Karina OLAVARRIA ORTIZ, Gustavo Ariel UANO, Romano SALVADOR, Lourdes Mariana AYBAR, María Victoria FERRER ISLEÑO.
Que sustanciado el mismo, a fs. 163/167 se incorpora el Acta Final elaborada por la Comisión Asesora designada al efecto, proponiendo el siguiente orden de méritos: 1º.- UANO, Gustavo Ariel (83 ptos); 2º.- OLAVARRÍA ORTIZ, Valeria Karina (42 ptos) y 3º.- ROMANO, Salvador (40 ptos). Asimismo, se deja constancia que las postulantes María Victoria FERRER ISLEÑO y Lourdes Mariana AYBAR manifestaron su decisión de desistir mediante correo electrónico, en el que aducen motivos personales; como también se aclara, que el postulante Gustavo Nicolás ALFONSO no se presenta a la instancia de clase pública y coloquio, por lo que quedó excluido del presente concurso.
Que el Departamento de Concursos informa que se ha llevado a cabo la notificación del acta propuesta por la Comisión Asesora. Asimismo, destaca que, habiendo transcurrido el plazo para la presentación de recursos, no se han manifestado impugnaciones a la decisión del jurado.
Que, por otra parte, la Dirección de Personal informa que el Prof. Gustavo Ariel UANO revista en esta dependencia en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interino, para cumplir funciones en la asignatura “Gestión y Producción de Espectáculos”, Licenciatura en Arte Dramático correspondiente a las Carreras de Artes del Espectáculo. Por otra parte, informa que correspondería la baja del mencionado cargo; al momento de la efectivización del mismo, por tratarse de funciones en la misma asignatura.
Que se han tenido en cuenta los informes de Dirección EconómicoFinanciera, Secretaría Académica y Dirección de Personal de esta Unidad Académica.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 18 de noviembre de 2025.
Por ello y de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 de la ordenanza Nº 32/95-C.S.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el concurso convocado por resolución N° 117/25-CD, para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones en las asignaturas “Gestión y Producción de Espectáculos” de la Licenciatura en Arte Dramático y como materia optativa Complementaria en el Profesorado de Grado Universitario en Teatro y “Producción y Gestión de Espectáculos” de la Licenciatura en Música Popular, que se dictan en las Carreras de Arte del Espectáculo y Musicales, respectivamente de esta Facultad, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Concursos para la designación de profesores auxiliares de docencia (ordenanza N° 32/95-C.S. y su modificatoria ordenanza N° 15/96-C.S.), estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1º.- UANO, Gustavo Ariel (83 ptos); 2º.- OLAVARRÍA ORTIZ, Valeria Karina (42 ptos) y 3º.- ROMANO, Salvador (40 ptos).
ARTÍCULO 2º.- Limitar, a partir del UNO (1) de diciembre de 2025, la prórroga de designación interina (Ord. N° 2/20-CD) al Prof. Gustavo Ariel UANO (Legajo Nº 26.951 – CUIL n° 20-25245122-7) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interino, para cumplir funciones en la asignatura “Gestión y Producción de Espectáculos”, Licenciatura en Arte Dramático correspondiente a las Carreras de Artes del Espectáculo, dispuesta mediante resolución N° 124/25–C.D.
ARTÍCULO 3º.- Designar efectivamente al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres UANO, Gustavo Ariel Documento Único 25245122 CUIL o CUIT 20-25245122-7 Legajo N° 26.951
El cargo de la presente designación efectiva responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Carácter Efectivo
Término de la designación A partir UNO (1) de diciembre de 2025
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes del Espectáculo /Musicales
Espacio/s Curriculares/es 1) “Gestión y Producción de Espectáculos” 2) “Producción y Gestión de Espectáculos”
ARTÍCULO 4°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 3° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Teatro Especialidad: 9 9 “Gestión y Producción de Espectáculos”- “Producción y Gestión de Espectáculos”
ARTÍCULO 5°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 3° forman parte de los Planes de Estudios del Título que a continuación se detallan: Lista de Títulos: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 3297 Licenciatura en Arte Dramático 33.33% 6493 Licenciatura en Música Popular 33.33% 6463 Profesorado de Grado Universitario en Teatro 33.34% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 6°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subdepen Fuente de Programa Subpro- Proyecto Actividad Obra Finali Función ParticiApartado -dencia Financia- grama -dad pación miento Porcentual 10 00 11 37 03 00 02 00 3 4 100 %
Total de la distribució Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hace al cargo Escalafón 813 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple
ARTÍCULO 8°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTÍCULO 9°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 10°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 297
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CD-2025-RES-296 20/11/2025 (Carga: 20/11/2025) |
MENDOZA, 20 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 37553/25 caratulado: “Solicitud prórroga contratación Personal No Docente Sra. Alicia Roxana FERNÁNDEZ, desde 01/01/2026 hasta 31/08/2026 - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora Alicia Roxana FERNÁNDEZ.
Los informes producidos por la Dirección de Personal y de Secretaría Administrativo-Financiera.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión plenaria del 18 de noviembre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar a la señora Rectora la renovación de contrato de la señora Alicia Roxana FERNANDEZ (Legajo 36.433 – CUIL N° 27-28893438-5) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de Auxiliar de Servicio de limpieza dependiente de la Dirección de Servicios de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de agosto de 2026, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 007 Categoría 7
ARTÍCULO 4°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 296
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CD-2025-RES-295 20/11/2025 (Carga: 20/11/2025) |
MENDOZA, 20 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 37605/25 caratulado: “Solicitud prórroga contratación Personal No Docente Sra. Laura Eugenia LEYES, desde 01/01/2026 hasta 31/08/2026 - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora Laura Eugenia LEYES.
Los informes producidos por la Dirección de Personal y de Secretaría Administrativo-Financiera.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión plenaria del 18 de noviembre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar a la señora Rectora la renovación de contrato de la señora Laura Eugenia LEYES (Legajo 36.432 – CUIL N° 27-23027995-6) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de Auxiliar de Servicio de limpieza dependiente de la Dirección de Servicios de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de agosto de 2026, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 007 Categoría 7
ARTÍCULO 4°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 295
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FA-2025-RES-656 19/11/2025 (Carga: 19/11/2025) |
MENDOZA, 19 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 37704/25 caratulado: “DECANATO S/Solicitud de Designación de Personal No Docente Sra. Ana Elisa Sota en Cargo de Coordinadora de Facultad Dedicación completa”.
CONSIDERANDO:
Que Decanato solicita la designación interina de la D.I. Ana Elisa SOTA en el cargo de Coordinador de Facultad C- Tiempo Completo, para cumplir las funciones de Secretaria Privada de Decanato y Vicedecanato; y en consecuencia limitar el nombramiento de dicha agente en el cargo de Coordinador de Facultad A- Tiempo Parcial, designada oportunamente mediante resolución N° 24/25-FAD.
Que Dirección de Personal informa que la D.I. SOTA registra en esta dependencia los siguientes cargos y funciones: Coordinadora de Facultad A Tiempo Parcial: para cumplir las funciones de Secretaria Privada de Decanato y Vicedecanato; 5 Horas Semanales de Nivel Superior: para cumplir las funciones de asesora paisajística en el proyecto de recuperación de los espacios verdes de esta Facultad. Asimismo, aclara que deberá limitarse las funciones de gestión que se menciona, por tratarse de tareas en el mismo cargo.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de noviembre de 2025), a la D.I. Ana Elisa SOTA (DNI 24.192.330) en un cargo de Coordinadora de Facultad A Tiempo Parcial, para cumplir las funciones de Secretaria Privada de Decanato y Vicedecanato, designada oportunamente mediante resolución N° 24/25-FAD.
ARTÍCULO 2°.- Designar a la D.I. Ana Elisa SOTA (DNI 24.192.330) en un cargo de Coordinadora de Facultad C Tiempo Completo, para cumplir las funciones de Secretaria Privada de Decanato y Vicedecanato, desde el UNO (1) de noviembre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025.
ARTÍCULO 3°.- El presente gasto responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad, de acuerdo al siguiente detalle: Depend. o Sub Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Apartado dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 01 00 99 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura
Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón Coord. Fac.C- Completo
ARTÍCULO 4°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 656
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FA-2025-RES-655 19/11/2025 (Carga: 19/11/2025) |
MENDOZA, 19 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 37541/25 caratulado: “CARR DE CERÁMICA/ S/ Designación Prof. María Fernanda ZINNA Ord.N° 2/20 CD. Profesor Titular (S) Interino del espacio curricular "TÉCNICA Y PRÁCTICA CERÁMICA II" - FAD".
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Cerámica solicita la designación interina de la Lic. María Fernanda ZINNA en el cargo de Profesor Titular con dedicación Simple, para el dictado de la asignatura “Técnicas y Práctica Cerámica II”, cuya solicitud se encuentra motivada por la reciente baja por jubilación del Prof. Carlos Eliseo DIAZ, quien revistaba la condición de profesor titular efectivo del mencionado espacio.
Que la Dirección de Personal informa que la Lic. ZINNA registra la siguiente situación de revista en esta dependencia: Profesor Adjunto con Dedicación Simple, efectivo, para cumplir funciones la asignatura “Diseño Cerámico III”, Carreras de Cerámica. Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple, efectivo, para cumplir funciones en la asignatura “Técnica y Práctica Cerámica II”, Carreras de Cerámica. Asimismo, aclara que la docente tramita por vía separada licencia por incompatibilidad del este último cargo, por tratarse de funciones en la misma asignatura.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto B) de la ordenanza Nº 2/20-C.D.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Administrativo-Financiera,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres ZINNA, María Fernanda Documento Único 22059682 CUIL o CUIT 27-22059682-1 Legajo N° 23.390
El cargo de la presente designación interina responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Simple Carácter Interino
Término de la designación
Desde el UNO (1) de noviembre de 2025
Hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Cerámica
Resol. N° 655
5. Espacio Curricular 1) “Técnica y Práctica Cerámica II”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Artes Plásticas Especialidad: 9 9 “Técnica y Práctica Cerámica II”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudios de Títulos que a continuación se detallan:
Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual
846 Licenciatura en Cerámica Artística 33.33% Profesorado de Grado Universitario en Cerámica 6462 33.33% Artística 847 Licenciatura en Cerámica Industrial 33.34%
Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática:
Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 05 00 3 4 100%
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción
Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 810 Profesor Titular con dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 655
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FA-2025-RES-654 19/11/2025 (Carga: 19/11/2025) |
MENDOZA, 19 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 37199/25 caratulado: “CM-Desig. PARÉS, Leandro Marcelo, Ord. N° 2/20 CD, JTP (S), Instrumento A y B (CIEMU) y I a IV Percusión, Lic. M. Popular.".
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras Musicales solicita la designación interina del Lic. Leandro Marcelo PARÉS en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones en los espacios curriculares “Instrumento A y BPercusión”- CIEMU e “Instrumento I a IV Percusión” de la Licenciatura en Música Popular (Orientación Percusión), cuya solicitud se encuentra motivada por la disposición del cargo obtenido por baja del Prof. Camilo Ernesto MARTÍNEZ, dispuesta por resolución N° 287/24-CD (Art. 2).
Que la Dirección de Personal informa que el Lic. PARÉS registra la siguiente situación de revista en esta dependencia: Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva, interino, para el dictado de las asignaturas “Música Popular Latinoamericana I” y “Música Popular Latinoamericana II”, Licenciatura en Música Popular, Carreras Musicales. Profesor Titular con Dedicación Simple, efectivo, para el dictado de la asignatura “Interpretación II: Percusión”, Carreras Musicales.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto C) de la ordenanza Nº 2/20-C.D.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Administrativo-Financiera,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres PARÉS, Leandro Marcelo Documento Único 29537941 CUIL o CUIT 20-29537941-4 Legajo N° 30.324
El cargo de la presente designación interina responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Carácter Interino
Término de la designación
Desde el UNO (1) de noviembre de 2025
Hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras Musicales
Resol. N° 654
5. Espacio/s Curricular/es 1) “Instrumento A y B-Percusión”- CIEMU 2) “Instrumento I a IV Percusión”
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Música Especialidad: 9 9 “Instrumento A y B-Percusión” CIEMU - “Instrumento I a IV Percusión”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla:
Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual
6293 Licenciatura en Música Popular 100%
Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática:
Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 01 00 3 4 100%
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción
Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 813 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 654
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FA-2025-RES-653 19/11/2025 (Carga: 19/11/2025) |
MENDOZA, 19 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 37160/25 caratulado: “CDIS S/Desig. Andrea Marcela BÉCARES HINRICHSEN, Ord. N° 2/20 CD, JTP(S), “Psicología Aplicada al Diseño I”-FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Diseño solicita la designación interina de la D.I. Andrea Marcela BÉCARES HINRICHSEN en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones en la asignatura “Psicología Aplicada al Diseño I” que se dicta en las carreras de Diseño Gráfico y Diseño Industrial de esta Facultad.
Que la Dirección de Personal informa que la D.I. BÉCARES HINRICHSEN registra la siguiente situación de revista en esta dependencia: Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Semiexclusiva, efectivo, para cumplir funciones en la asignatura “Técnicas de Dibujo”, “Técnicas de Dibujo (Optativa)”, “Dibujo para Productos”, Carreras de Diseño.
Que por su parte, el Departamento de Concursos informa que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto C) de la ordenanza Nº 2/20-C.D.
Por ello, atento a los informes producidos por Dirección de Personal, Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres BECARES HINRICHSEN, Andrea Marcela Documento Único 25956411 CUIL o CUIT 27-25956411-0 Legajo N° 28.283
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Condición Interino
Término de la designación Desde UNO (1) de noviembre de 2025 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025
4. Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Psicología Aplicada al Diseño I”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades
Subdisciplina: 4 5 Historia
Especialidad: 9 9 “Psicología Aplicada al Diseño I”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte de los Planes de Estudios de los Títulos que a continuación se detalla: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual
127 Diseñador Gráfico 50%
153 Diseñador Industrial 50%
Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 813 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 653
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FA-2025-RES-652 19/11/2025 (Carga: 19/11/2025) |
MENDOZA, 19 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 37073/25 caratulado: “CDIS S/Desig. Graciela Viviana AMADIO, Ord. N° 2/20 CD, JTP(S), “Psicología Aplicada al Diseño II”FAD.”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Diseño solicita la designación interina de la D.I. Graciela Viviana AMADIO en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones en la asignatura “Psicología Aplicada al Diseño II” que se dicta en las carreras de Diseño Gráfico y Diseño Industrial de esta Facultad. Asimismo, dicha Dirección aclara que el cargo se encuentra vacante, debido al desdoblamiento de otros cargos.
Que la Dirección de Personal informa que la D.I. AMADIO registra la siguiente situación de revista en esta dependencia: Profesor Asociado con Dedicación Simple, interina, para el dictado de las asignaturas “Tipografía II: Editorial” y “Tipografía III: Expresiva”, Carrera de Diseño Gráfico, Carreras de Diseño.
Que por su parte, el Departamento de Concursos informa que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto C) de la ordenanza Nº 2/20-C.D.
Por ello, atento a los informes producidos por Dirección de Personal, Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres AMADIO, Graciela Viviana Documento Único 14985228 CUIL o CUIT 27-14985228-5 Legajo N° 29166
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Condición Interino
Término de la designación Desde UNO (1) de noviembre de 2025 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025
4. Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Psicología Aplicada al Diseño II”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades
Subdisciplina: 4 5 Historia
Especialidad: 9 9 “Psicología Aplicada al Diseño II”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte de los Planes de Estudios de los Títulos que a continuación se detalla: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual
127 Diseñador Gráfico 50%
153 Diseñador Industrial 50%
Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 813 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 652
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FA-2025-RES-651 19/11/2025 (Carga: 19/11/2025) |
MENDOZA, 19 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 37172/25 caratulado: “CDIS S/Desig. María Fernanda CORIA, Ord. N° 2/20 CD, JTP(Se), “Fotografía Básica” y “Fotografía Avanzada”FAD".
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Diseño solicita la designación interina, por promoción jerárquica, a la D.I. María Fernanda CORIA ESTEVES en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, para cumplir funciones en los espacios curriculares “Fotografía Básica” y “Fotografía Avanzada” perteneciente a las Carreras de Diseño Gráfico y Diseño Industrial, cuya solicitud se enmarca ante la necesidad de regularizar la transformación del cargo efectivo de Ayudante de Primera que revista la docente.
Que la Dirección de Personal informa que la D.I. CORIA ESTEVES registra la siguiente situación de revista en esta dependencia: Ayudante de Primera con Dedicación Semiexclusiva, efectivo, para cumplir funciones en las asignaturas “Fotografía Básica”, “Fotografía Básica (Opcional)”, “Fotografía Avanzada” y “Fotografía para Gráfica” de las Carreras de Diseño. Asimismo, aclara que la docente tramita por vía separada licencia por incompatibilidad del cargo, por tratarse de funciones en la misma asignatura.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto A) de la ordenanza Nº 2/20-C.D.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Administrativo-Financiera,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres CORIA ESTEVES, María Fernanda Documento Único 23386106 CUIL o CUIT 27-23386106-0 Legajo N° 27.540
El cargo de la presente designación interina responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Semiexclusiva Carácter Interino
Término de la designación
Desde el UNO (1) de noviembre de 2025
Hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Resol. N° 651
5. Espacio/s Curricular/es 1) “Fotografía Básica” 2) “Fotografía Avanzada”
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 2 Ingeniería y Tecnología Subdisciplina: 2 0 Ingeniería Industrial Especialidad: 9 9 “Fotografía Básica”- “Fotografía Avanzada”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudios de Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual
127 Diseñador Gráfico 50%
Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática:
Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100%
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción
Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 808 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 651
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FA-2025-RES-650 19/11/2025 (Carga: 19/11/2025) |
MENDOZA, 19 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 37058/25 caratulado: “CDIS S/Desig. Natalia Fernanda DAHER, Ord. N° 2/20 CD, JTP(S), “Introducción a la Cultura Material”-FAD. ".
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Diseño solicita la designación interina, por promoción jerárquica, a la D.I. Natalia Fernanda DAHER en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones en el espacio curricular “Introducción a la Cultura Material” perteneciente a las Carreras de Diseño Gráfico y Diseño Industrial, cuya solicitud se enmarca ante la necesidad de regularizar la transformación del cargo efectivo de Ayudante de Primera que revista la docente.
Que la Dirección de Personal informa que la D.I. Natalia Fernanda DAHER registra la siguiente situación de revista en esta dependencia: Ayudante de Primera con Dedicación Simple, efectivo, para cumplir funciones en la asignatura “Introducción a la Cultura Material”, Carreras de Diseño. Asimismo, aclara que la docente tramita por vía separada licencia por incompatibilidad del cargo, por tratarse de funciones en la misma asignatura.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto A) de la ordenanza Nº 2/20-C.D.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Administrativo-Financiera,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres DAHER, Natalia Fernanda Documento Único 23957748 CUIL o CUIT 27-23957748-8 Legajo N° 30.879
El cargo de la presente designación interina responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Carácter Interino
Término de la designación
Desde el UNO (1) de noviembre de 2025
Hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Resol. N° 650
5. Espacio Curricular 1) “Introducción a la Cultura Material”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 5 Historia Especialidad: 9 9 “Introducción a la Cultura Material”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte de los Planes de Estudios de Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual
127 Diseñador Gráfico 50%
153 Diseñador Industrial 50%
Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática:
Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100%
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción
Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 813 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 650
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FA-2025-RES-649 19/11/2025 (Carga: 19/11/2025) |
MENDOZA, 19 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 36237/25 caratulado: “CAE – S/ Solicitud designación interina (Ord. Nº2/20) de la FURLANI PALAZZI, María Laura – cargo Profesor con dedicación simple – de la materia SEMINARIO DE PRÁCTICA E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA EN CONTEXTOS NO FORMALES que se dicta en las carreras de PGU EN TEATRO".
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo solicita la designación interina de la Prof. y Lic. María Laura FURLANI PALAZZI en el cargo de Profesor Titular con dedicación Simple, para el dictado de las asignaturas “Seminario de Práctica e Investigación Educativa en Contextos No Formales” y “Seminario de Investigación Educativa”, cuya solicitud se encuentra motivada por la reciente baja por jubilación del Dr. Oscar ZALAZAR y su inmediata cobertura a las funciones académicas de los espacios afectados.
Que la Dirección de Personal informa que la Prof. María Laura FURLANI PALAZZI registra los siguientes cargos y funciones en esta dependencia: Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple, efectivo, para cumplir funciones en la asignatura “Sociología Aplicada al Diseño”, Carreras de Diseño. Coordinador de Área de Gestión de Facultad, Categoría B- Tiempo parcial para cumplir funciones de Asesora Pedagógica - FAD. 08 Horas Nivel Superior para cumplir tareas de corrección de trabajos pendientes de las cátedras “Seminario de Práctica en Investigación Educativa en Contextos no formales” y “Seminario de Investigación Educativa”.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto B) de la ordenanza Nº 2/20-C.D.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Administrativo-Financiera,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de noviembre de 2025, la designación interina de OCHO (8) Horas Semanales (Nivel Superior) a la Lic. María Laura FURLANI PALAZZI para cumplir tareas de corrección de trabajos pendientes de las cátedras “Seminario de Práctica en Investigación Educativa en Contextos no formales” y “Seminario de Investigación Educativa”, dispuesta mediante resolución N° 536/25–FAD.
ARTÍCULO 2°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres FURLANI PALAZZI, María Laura Documento Único 23267681 CUIL o CUIT 27-23267681-0 Legajo N° 34.011
Resol. N° 649
El cargo de la presente designación interina responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Simple Carácter Interino
Término de la designación
Desde el UNO (1) de noviembre de 2025
Hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes del Espectáculo
Espacios Curriculares 1) “Seminario de Práctica e Investigación Educativa en Contextos No Formales” 2) “Seminario de Investigación Educativa”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionado en el artículo 2° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 5 Ciencias Sociales Subdisciplina: 5 1 Docencia en otros niveles “Seminario de Práctica e Investigación Educativa en Contextos No Formales”Especialidad: 9 9 “Seminario de Investigación Educativa”
ARTÍCULO 4°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 2° forman parte de los Planes de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual
6465 Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte 14,28%
6422 Profesor de Grado Universitario en Diseño Ciclo de Profesorado 14,28% Profesorado de Grado Universitario en Música Ciclo de 6469 14,28% Profesorado Profesorado de Grado Universitario en Escenografía Ciclo de 14,28% Profesorado 6466 Profesorado de Grado Universitario en Música 14,28%
6463 Profesorado de Grado Universitario en Teatro 14,28%
6476 Profesorado de Grado Universitario en Teorías Musicales 14,32%
Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 5°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 02 00 3 4 100%
Total de la distribución programática 100%
Resol. N° 649
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción
Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 810 Profesor Titular con dedicación Simple
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 8º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 9º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 649
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FA-2025-RES-648 19/11/2025 (Carga: 19/11/2025) |
MENDOZA, 19 de noviembre de 2025
VISTO: El expediente electrónico Nº 36852/25 caratulado: “Haberes docentes CV y CL Ingreso 2026 - Horas superiores”.
CONSIDERANDO:
Que la Coordinadora General de Ingreso de esta Facultad solicita la designación de “Horas de nivel Superior” (semanales) al cuerpo de docentes que cumplirá funciones en el “Curso Vocacional” (Modulo I) y “Taller de Compresión Lectora (Modulo II) correspondiente al Ingreso 2026.
El informe presupuestario emitido por la Secretaria Administrativo-Financiera.
Por ello y conforme a sus atribuciones conferidas por Ord. 13/24-CD.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar interinamente en “Horas de nivel Superior” (semanales),al siguiente Personal Docente que cumplirán funciones en el “Curso Vocacional” (Modulo I) y “Taller de Compresión Lectora (Modulo II) correspondiente al Ingreso 2026, del UNO (1) al TREINTA (30) de noviembre de 2025, que se indica seguidamente:
MODULO I: CURSO VOCACIONAL
Horas LEGAJO APELLIDO Y NOMBRE CARRERA Asignadas 32853 ARANDA, Gonzalo Germán Teatro 2 34173 CARUSO, María Victoria Diseño 2 35517 DELLA GASPERA, Gianina María Música 2 32554 QUINTEROS BAEZ, Julio Roberto Diseño 2 28696 RASO, Alicia Edith Música 2 MODULO II: TALLER DE COMPRESIÓN LECTORA
Horas LEGAJO APELLIDO Y NOMBRE CARRERA Asignadas 29295 CANIULLAN HERNANDEZ, Miriam Paola Ceramica 4 34173 CARUSO María Victoria Diseño 4 34445 CORREA LUST Constanza Inés Teatro 4 35517 DELLA GASPERA Gianina María Música 4 28611 GARCÍA María Adriana Diseño 4 26867 LERGA MOSQUERA Gabriela Ana Teatro 4 32554 QUINTEROS BAEZ Julio Roberto Diseño 4 28696 RASO Alicia Edith Música 4 26157 SILVESTRI Maria Luciana Artes Visuales 4 33879 YARLLUR María Fernanda Diseño 4
Resol. N° 648
ARTÍCULO 2°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática:
Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 99 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporal Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 326 Horas Semanal de Nivel Superior
ARTÍCULO 4°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surgen situaciones de incompatibilidad de los mencionados docentes para acceder a las funciones encomendadas.
ARTICULO 5º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 6º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 648
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CD-2025-RES-294 19/11/2025 (Carga: 19/11/2025) |
MENDOZA, 19 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 35639/25 caratulado: “CM Prórroga Desig. PAEZ, David; Ord. Nº 2/20 CD, JTP (S)- Reemplazante, “Dirección Coral I a V" (cuarteto vocal), Carreras Musicales”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 349/25–F.A.D. fue designado, en condición de reemplazante, el Lic. David Oscar PAEZ en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones de Tenor en el Cuarteto Vocal de los espacios curriculares “Dirección Coral I a V” de la carrera Licenciatura en Dirección Coral.
Que Dirección de Personal aclara que el presente pedido surge de la prórroga de licencia por razones particulares del Prof. Cristian Nicolás MELLA en el cargo objeto del presente trámite, desde el 20/11/25 hasta el 18/05/26.
Que la presente designación excede las atribuciones conferidas por Ord. 2/20 C.D. por lo que corresponde ser tratado a consideración del Consejo Directivo.
El informe favorable de Secretaria Académica y de Secretaría Administrativo-Financiera.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 18 de noviembre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación, en condición de reemplazante, al Lic. David Oscar PAEZ (Legajo Nº 33.899– CUIL N° 20-33321115-8) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones de Tenor en el Cuarteto Vocal de los espacios curriculares “Dirección Coral I a V” de la carrera Licenciatura en Dirección Coral, correspondientes a las Carreras Musicales de esta Facultad, desde el VEINTE (20) de noviembre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025, mientras dure la licencia por razones particulares del titular del cargo, Prof. Cristian Nicolás MELLA, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en el Legajos Electrónico Único que consta en el informe de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 294
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CD-2025-RES-293 19/11/2025 (Carga: 19/11/2025) |
MENDOZA, 19 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 36642/25 caratulado: “Solicitud de Asignación de un Suplemento por Mayor Responsabilidad correspondiente a Cat. 04 del Agrup. Mantenimiento y Servicios para Sub Jefes de Edificio”.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría Administrativo-Financiera solicita la asignación de Suplementos por mayor responsabilidad correspondientes a la Categoría 4 (Subjefe de Edificios) del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, al personal no docente Silvia Graciela VIVES, Ana Laura REYES, Darío Omar MELZI y Gabriel Víctor PIZARRO, dependientes de la Dirección de Mantenimiento.
Que la Dirección de Personal informa que los agentes que a continuación se detallan, registran la siguiente situación de revista en esta dependencia: - Sra. Silvia Graciela VIVES Categoría 7, efectivo, Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales. Suplemento Mayor Responsabilidad Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales Cat. 05: prórroga asignación desde el 01/01 al 31/12/25 para cumplir funciones de Encargada de Edificio Gobierno – Turno Tarde – FAD. -Sra. Ana Laura REYES Categoría 7, efectivo, Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales. Suplemento Mayor Responsabilidad Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales Cat. 05: prórroga asignación desde el 01/01 al 31/12/25 para cumplir funciones de Encargada de Edificio Docencia – Turno Tarde – FAD. -Sr. Gabriel Víctor Gastón PIZARRO Categoría 7, efectivo, Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales para cumplir funciones en Rectorado, Dirección de Servicios y Mantenimiento. -Sr. Omar Darío MELZI Categoría 7, efectivo, Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales. Suplemento Mayor Responsabilidad Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales Cat. 05: prórroga asignación desde el 01/01 al 31/12/25 para cumplir funciones de Encargada de Edificio Talleres – Turno Tarde – FAD.
Que dicho pedido encuadra en el Art. 72 del Dcto. 366/06 (Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No docente de Universidades Nacionales) que expresa: “Este suplemento se liquidará a los trabajadores no docentes que desarrollen tareas de mayor responsabilidad que la asignada a la categoría de revista y consistirá en una suma equivalente a la diferencia de su categoría con la correspondiente a la jerarquía que le toque desempeñar, en los casos establecidos en el art. 17 del presente convenio colectivo de trabajo. Sólo se aplicará este suplemento cuando exista la vacante o el titular del cargo se encuentre con licencia que dé origen a la cobertura de la mayor responsabilidad…”
Que, por otra parte, en concordancia con lo dispuesto por Art. 17 del citado Decreto, prevé que el mencionado suplemento se abonará por el lapso en que se desempeñe tal función y si el plazo de permanencia en la nueva función excediera el año y el cargo estuviese vacante, deberán ponerse en marcha los mecanismos previstos en el capítulo de concursos.
El informe presupuestario de la Secretaría Administrativo-Financiera.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes; acordado en Sesión Plenaria del día 18 de noviembre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Dar de baja, a partir del UNO (1) de noviembre de 2025, al Suplemento Mayor Responsabilidad correspondiente a la Categoría 5- Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, asignado a la Sra. Silvia Graciela VIVES (Legajo 31.915 – CUIL Nº 27-23901306-1), desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025, para cumplir funciones de Encargada de Edificio Gobierno – Turno Tarde – FAD, según Resol. Nº 309/24-CD
ARTÍCULO 2°.-Dar de baja, a partir del UNO (1) de noviembre de 2025, al Suplemento Mayor Responsabilidad correspondiente a la Categoría 5- Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, asignado a la Sra. Ana Laura REYES (Legajo 31.914 – CUIL Nº 27-39239724-3), desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025, para cumplir funciones de Encargada de Edificio Docencia – Turno Tarde – FAD, según Resol. Nº 309/24-CD
ARTÍCULO 3°.-Dar de baja, a partir del UNO (1) de noviembre de 2025, al Suplemento Mayor Responsabilidad correspondiente a la Categoría 5- Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, asignado al Sr. Omar Darío MELZI (Legajo 28.102 – CUIL Nº 20-28399180-7), desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025, para cumplir funciones de Encargada de Edificio Talleres – Turno Tarde – FAD, según Resol. Nº 309/24-CD
ARTÍCULO 4°.- Asignar transitoriamente el Suplemento por Mayor Responsabilidad a los agentes que se mencionan a continuación, las que serán reconocidas con la correspondiente diferencia de sus respectivos cargos de revista y la asignación a un cargo Categoría 4 (Subjefe de Edificios) del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, desde el UNO (1) de noviembre, intertanto se tramita la cobertura del cargo mediante concurso y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025: Sra. Silvia Graciela VIVES (Leg. N° 31.915 – CUIL n° 27-23901306-1) Cargo Cat. 7 Agrup. Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de Subjefa de Edificio de Gobierno. Sra. Ana Laura REYES (Leg. N° 31.914 – CUIL n° 27-39239724-3) Cargo Cat. 7 Agrup. Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de Subjefa de Edificio de Docencia. Sr. Gabriel Víctor Gastón PIZARRO (Leg. N° 31.919– CUIL n° 20-33517037-8) Cargo Cat. 7 Agrup. Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de Subjefa de Edificio de Música. Sr. Omar Darío MELZI (Leg. N° 28.102 – CUIL n° 20-28399180-7) Cargo Cat. 6 Agrup. Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de Subjefa de Edificio de Talleres.
ARTÍCULO 5°.- Las funciones que deberán desempeñar los Subjefes de cada Edificio durante su jornada laboral, serán las siguientes: Organizar y supervisar los servicios generales de intendencia del edificio. Coordinar y hacer seguimiento de los servicios de limpieza, seguridad, acondicionamiento de aulas, talleres y locales, así como de la ventilación e iluminación en todos los sectores del edificio. Planificar y coordinar con la Jefatura del Departamento las acciones de vigilancia y la custodia de sus bienes. Garantizar un correcto cierre del edificio y realizar la apertura en caso de ausencia del Jefe del Departamento. • Programar, ejecutar y controlar los servicios de mensajería y despacho. Coordinar las acciones necesarias para garantizar el adecuado desarrollo de las actividades académicas, de apoyo académico, artísticas y de extensión que se realicen en el edificio. Organizar las tareas vinculadas al cuidado y preservación del patrimonio físico asignado a su unidad organizativa, informando al Departamento de Bienes Patrimoniales y Suministros sobre roturas y/o bajas. Coordinar con la Jefatura del Departamento, la provisión y administración de los elementos de limpieza e higiene necesarios para el edificio. Organizar con la Jefatura del Departamento todas las acciones vinculadas al mantenimiento del edificio. • Actuar como segundo referente de seguridad ante la activación de alarmas del edificio. Promover prácticas de eficiencia energética, uso racional del agua, manejo responsable de residuos y cuidado del entorno edilicio. Elaborar los informes solicitados y brindar asistencia tanto a la Jefatura del Departamento como a la Dirección de Mantenimiento y Servicios. Desempeñar otras tareas que resulten necesarias, conforme lo establecido en el artículo 12 inciso e) y artículo 14 inciso c) del Decreto Nacional 366/06.
ARTÍCULO 6º.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso I-Gasto de Personal- del Presupuesto Ordinario de esta Facultad Ejercicio 2025.
ARTÍCULO 7°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 8°.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 293
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CD-2025-RES-292 19/11/2025 (Carga: 19/11/2025) |
MENDOZA, 19 de noviembre de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 36792/25 caratulado: “S/SUPLEMENTO MAYOR RESPONSABILIDAD GIUNTA, JESUS ANTONIO CAT. 5 DIR. INFORMÁTICA - 01/11/2025 AL 31/12/2025”.
CONSIDERANDO:
Que el Coordinador Económico-Financiera de esta Facultad solicita un Suplemento por mayor responsabilidad a favor del Prof. Jesús Antonio GIUNTA, correspondiente a un cargo Categoría 5 del Agrupamiento Administrativo para desempeñar funciones profesionales en la Dirección de Informática; dichas tareas exceden ampliamente a su categoría de revista, lo que resulta merecedor del presente suplemento.
Que la Dirección de Personal informa que el Prof. GIUNTA revista en el cargo Categoría 07, efectivo, Agrupamiento Técnico Profesional, para cumplir funciones en la Dirección de Informática de la FAD.
Que dicho pedido encuadra en el Art. 72 del Dcto. 366/06 (Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No docente de Universidades Nacionales) que expresa: “Este suplemento se liquidará a los trabajadores no docentes que desarrollen tareas de mayor responsabilidad que la asignada a la categoría de revista y consistirá en una suma equivalente a la diferencia de su categoría con la correspondiente a la jerarquía que le toque desempeñar, en los casos establecidos en el art. 17 del presente convenio colectivo de trabajo. Sólo se aplicará este suplemento cuando exista la vacante o el titular del cargo se encuentre con licencia que dé origen a la cobertura de la mayor responsabilidad…”
Que la Secretaría Administrativo-Financiera informa que cuenta con la disponibilidad presupuestaria para atender lo solicitado. Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 18 de noviembre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asignar transitoriamente un Suplemento por Mayor Responsabilidad al Prof. Jesús Antonio GIUNTA (Legajo Nº 32.443 - CUIL N° 20-21372911-0) correspondiente a la diferencia de un cargo Categoría 7, efectivo, del Agrupamiento Técnico-Profesional, en el que revista y un cargo Categoría 5 del mismo Agrupamiento, para desempeñar funciones profesionales en la Dirección de Informática de esta Facultad, desde el UNO (1) de noviembre, mientras el cargo no se provea mediante concurso y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1-Gasto de Personal- del Presupuesto Ordinario de esta Facultad – Ejercicio 2025.
ARTÍCULO 3°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 292
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