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CD-2026-RES-056 9/04/2026 (Carga: 9/04/2026) |
MENDOZA, 9 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 39789/25 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL - Prórroga Docentes interinos Opción Permanencia - Desde el 01/01/2026”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 354/25-CD se aceptó, entre otros, la Opción de Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria a la Prof. Laura Judith BAGNATO en el cargo Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, interino, para el dictado de las asignaturas “Enseñanza y Aprendizaje del Teatro” y “Práctica de la Enseñanza” que se dictan en la carrera Profesorado de Grado Universitario en Teatro, cuya designación se encontraba limitada al 31 de marzo de 2026.
Que por otra parte, se aclara que la mencionada docente se encuentra actualmente bajo el régimen de renuncia condicionada, prestando sus servicios hasta la obtención del beneficio jubilatorio; a su vez, se acompaña adjunto certificado de aptitud psicofísica emitido por la Dirección General de Medicina del Trabajo, extendido hasta el 6 de enero de 2027.
Que el Consejo Superior, a través del artículo 6° de la ordenanza N° 82/09, delega en los Consejos Directivos de las Unidades Académicas la atribución de resolver mediante el dictado de un acto administrativo las opciones presentadas por los docentes, previo se verifiquen los recaudos establecidos en la citada ordenanza y lo dispuesto en el Artículo 1° Inciso a) de la Ley 26.508.
Que, en consecuencia, la presente prórroga deberá elevarse a consideración del Consejo Directivo a fin de promover la continuidad de la opción de permanencia solicitada.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 7 de marzo de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina en el marco de la Opción de Permanencia en la Actividad Laboral Docente Universitaria a la Prof. Laura Judith BAGNATO (Legajo Nº 24212– CUIL N° 27-12954481-9) en el cargo Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, interino, para el dictado de las asignaturas “Enseñanza y Aprendizaje del Teatro” y “Práctica de la Enseñanza” que se dictan en la carrera Profesorado de Grado Universitario en Teatro correspondientes a las Carreras de Artes del Espectáculo, desde el UNO (1) de abril o hasta tanto la docente obtenga el beneficio jubilatorio y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2026, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 56
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CD-2026-RES-055 9/04/2026 (Carga: 9/04/2026) |
MENDOZA, 9 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 4349/26 caratulado: “CAV - Solicitud de Curso Encuadernación Artesanal 1er. y 2do. Nivel y Libro de Artista”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Artes Visuales propone llevar a cabo el dictado curso- Taller denominado: “Encuadernación artesanal. Sistemas para elaborar encuadernación; desde la exploración de recursos, técnicas y materiales- Nivel I y II”, a cargo de la Prof. María Guadalupe CASTRO TITTARELLI.
Que como el resto de las ediciones anteriores, el presente taller propone un recorrido formativo orientado al desarrollo de conocimientos técnicos y prácticos sobre el oficio de la encuadernación artesanal y la exploración y creación de narrativas visuales del Libro de artista.
Que por su parte, la Secretaría de Extensión y Articulación Social informa que si bien el Curso-Taller se encuentra programado en dos instancias (Nivel I) para el primer cuatrimestre, siguiere que la apertura del (Nivel II) quedará sujeta a evaluación para el segundo cuatrimestre.
Que el presente taller se encuentra enmarcado en la Ord. Nº 3/2025- CD.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 7 de abril de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar el dictado del curso- Taller de “Encuadernación artesanal. Sistemas para elaborar encuadernación; desde la exploración de recursos, técnicas y materiales- Nivel I y II”- “Libro de Artista Exploración y creación de narrativas visuales” a cargo de la Prof. María Guadalupe CASTRO TITTARELLI y que se llevará a cabo durante el primer semestre del corriente año en las instalaciones del Edificio de Talleres de esta Facultad, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo Único que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 55
ANEXO ÚNICO
Resol. N° 55
Anexo Único- Hoja 2
RESOLUCION N° 55
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CD-2026-RES-054 9/04/2026 (Carga: 9/04/2026) |
MENDOZA, 9 de abril de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 5897/24 caratulado: “DECANATO S/Elección Autoridades 2026/2030. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que actualmente se encuentran iniciadas las etapas electorales correspondientes elecciones de autoridades para el periodo 2026/2030, y como tal, este Decanto propone la modificación de Presidente (Titular y Suplente) de la Junta Electoral Particular, sección Facultad de Artes y Diseño, oportunamente designados mediante resolución Nº 43/24-CD.
Que los docentes propuestos dirigirán y fiscalizarán los próximos sufragios electorales.
Por ello, atento a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión plenaria del día 7 de abril de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar, parcialmente, la resolución N° 43/24-CD, en lo que respecta a la designación Presidente (Titular y Suplente) de la Junta Electoral Particular, sección Facultad de Artes y Diseño, de la siguiente manera:
PRESIDENTE Titular: Mgter. Leandro Víctor SORBELLO (DNI N° 33579413) Suplente: DI. María Fernanda YARLLUR (DU N° 18084217)
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCION N° 54
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FA-2026-RES-172 7/04/2026 (Carga: 7/04/2026) |
MENDOZA, 7 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 5723/26 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL- BAJA POR JUBILACIÓN -LONIGRO, Francisco Julio César- 01/04/2026”.
CONSIDERANDO:
Que el Prof. Francisco Julio César LONIGRO presenta su renuncia por jubilación en el cargo Profesor Titular con Dedicación Exclusiva, efectivo, para el dictado de las asignaturas “Clarinete I a IV” del Ciclo Preparatorio”; “Clarinete (Niveles A, B, C, D)” de la Licenciatura en Clarinete, “Clarinete I a V” de la Licenciatura en Clarinete, “Instrumento I a IV” de la Licenciatura en Música Popular (Vientos), “Instrumento A y B” de la Licenciatura en Música Popular (Vientos), Con funciones de Profesor Adjunto en Música de Cámara I a V- de la Licenciatura en Instrumentos (todos), Con funciones de Ayudante de Primera en Practica Orquestal I a IV- de la Licenciatura en Instrumentos (todos), de las Carreras Musicales.
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el Art. N° 10 de la Ord. N° 44/22-R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja por jubilación, a partir del UNO (1) de abril de 2026, al Prof. Francisco Julio César LONIGRO (Legajo Nº 17031 – CUIL Nº 20-13806834-0) en el cargo Profesor Titular con Dedicación Exclusiva, efectivo, para el dictado de las asignaturas “Clarinete I a IV” del Ciclo Preparatorio”; “Clarinete (Niveles A, B, C, D)” de la Licenciatura en Clarinete, “Clarinete I a V” de la Licenciatura en Clarinete, “Instrumento I a IV” de la Licenciatura en Música Popular (Vientos), “Instrumento A y B” de la Licenciatura en Música Popular (Vientos), Con funciones de Profesor Adjunto en Música de Cámara I a V- de la Licenciatura en Instrumentos (todos), Con funciones de Ayudante de Primera en Practica Orquestal I a IV- de la Licenciatura en Instrumentos (todos), de las Carreras Musicales.
ARTÍCULO 2º.- Expresar nuestro agradecimiento al Prof. Francisco Julio César LONIGRO por los servicios prestados a esta Unidad Académica.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 172
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FA-2026-RES-171 7/04/2026 (Carga: 7/04/2026) |
MENDOZA, 7 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico N° 68816/24 caratulado: “Decanato S/Convocatoria Concurso PAA - Ord. 91-23 - Cat. 3 - Cerrado General - Administrativo – Departamento Operativo Consejo Directivo”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Personal de esta Facultad informa que el Lic. Roberto Ariel SABARONI ha sido efectivizado en el cargo Categoría 3 – Tramo Mayor– del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Jefe del Departamento Operativo de Consejo Directivo, dependiente de la Dirección General Administrativa de esta Facultad, según resolución Nº 160/26–C.S.
Que ante dicha efectivización, resulta necesario regularizar la situación de revista del mencionado agente, con el fin de evitar posibles incompatibilidades y a los efectos en determinar la eficacia jurídica de su nombramiento.
Que en consecuencia, corresponde limitar a partir del 1 de abril de 2026 el cargo efectivo de menor jerarquía (Categoría 5 del Agrupamiento Administrativo) y suplemento por mayor responsabilidad, asignado oportunamente a dicho agente.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas por artículo 10º de la Ord. N° 44/22-R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de abril de 2026, al Lic. Roberto Ariel SABARONI (Legajo N° 27813 – CUIL N° 20-23901335-0) en el cargo Categoría 5 – Tramo Intermedio– del Agrupamiento Administrativo, efectivo, para desempeñar funciones en el Departamento Operativo de Consejo Directivo, dependiente de la Dirección General Administrativa de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- Limitar, a partir del UNO (1) de abril de 2026, el Suplemento por Mayor Responsabilidad asignado al Lic. Roberto Ariel SABARONI correspondiente a un cargo Categoría 3 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Jefe del Departamento Operativo de Consejo Directivo, dependiente de la Dirección General Administrativa de esta Facultad, dispuesta mediante Resol. n° 332/25-CD.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 171
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FA-2026-RES-170 7/04/2026 (Carga: 7/04/2026) |
MENDOZA, 7 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico N° 68816/24 caratulado: “Decanato S/Convocatoria Concurso PAA - Ord. 91-23 - Cat. 3 - Cerrado General - Administrativo – Departamento Operativo Consejo Directivo”.
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 2º de la resolución Nº 160/26–C.S., se designa con carácter efectivo mediante concurso, al Lic. Roberto Ariel SABARONI en el cargo Categoría 3 – Tramo Mayor– del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Jefe del Departamento Operativo de Consejo Directivo, dependiente de la Dirección General Administrativa.
Que, asimismo, corresponde a esta Facultad establecer la fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del mencionado agente a los efectos de la eficacia de la designación efectuada, de conformidad con lo expresado en el artículo 3º de la resolución Nº 160/26–C.S.
Que por último, se aclara que por vía separada se tramita las adecuaciones a su situación de revista, con el fin de evitar posibles incompatibilidades.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Fijar el UNO (1) de abril de 2026 como fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del Lic. Roberto Ariel SABARONI (Legajo N° 27813 – CUIL N° 2023901335-0) en el cargo Categoría 3 – Tramo Mayor– del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Jefe del Departamento Operativo de Consejo Directivo, dependiente de la Dirección General Administrativa de esta Facultad, designado mediante el artículo 2º de la resolución Nº 160/26–C.S.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 170
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FA-2026-RES-169 7/04/2026 (Carga: 7/04/2026) |
MENDOZA, 7 de abril de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 9561/26 en el que la Dirección de Carreras de Diseño solicita la rectificación de la denominación del espacio curricular acreditado como optativo al alumno Nehuen Matías BUSTAMANTE PERRONE.
CONSIDERANDO:
Que por resolución N° 659/25-FAD se acreditó a dicho estudiante el curso “La FAD en clave de Derechos Humanos” con una carga horaria de SESENTA (60) horas, con validez a un espacio curricular Optativo de la Carrera Diseño Industrial.
Que a posterior a su emisión, la Dirección de Carreras de Diseño por intermedio y a petición del estudiante BUSTAMANTE PERRONE, advierte que el nombre de la actividad realizada por el mismo se denomina “Seminario Electivo y Cátedra Abierta en DDHH”, conforme al certificado original acompañado adjunto en estas actuaciones.
Que por lo antes dicho, corresponde modificar la resolución N° 659/25FAD dictada a esos efectos.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modificar la resolución N° 659/25-FAD, en lo que respecta a la denominación de la actividad realizada por el estudiante Nehuen Matías BUSTAMANTE PERRONE, de la siguiente manera:
Donde dice:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Nehuen Matias BUSTAMANTE PERRONE (DNI N° 46.236.950) el curso “La FAD en clave de Derechos Humanos” con una carga horaria de SESENTA (60) horas, con validez a UN (1) espacio curricular Optativo de la Carrera Diseño Industrial.
Debe decir:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Nehuen Matias BUSTAMANTE PERRONE (DNI N° 46.236.950) el “Seminario Electivo y Cátedra Abierta en DDHH” con una carga horaria de SESENTA (60) horas, con validez a UN (1) espacio curricular Optativo de la Carrera Diseño Industrial.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 169
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CD-2026-RES-053 7/04/2026 (Carga: 9/04/2026) |
MENDOZA, 7 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 5510/26 caratulado: “Presentación de Proyecto de Presupuesto Participativo LA FAD DECIDE 2026".
CONSIDERANDO:
La continuidad del proyecto presupuestario “FAD DECIDE” para el corriente año; en el cual esta edición promueve mejoras en las líneas de acción estratégicas, para obtener la mayor participación de toda la comunidad Universitaria.
Que resulta de conocimiento, este proyecto participativo implica generar un espacio de deliberación, participación y toma de decisiones directas para la comunidad de la Facultad de Artes y Diseño, permitiéndoles influir en la asignación de una parte del presupuesto institucional mediante la presentación, evaluación y votación de proyectos que promuevan un impacto positivo en esta institución educativa.
Por ello, atento a lo aconsejado por las Comisiones de Consejo y lo dispuesto por este Cuerpo en sesión plenaria del día 7 de abril de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Presupuesto Participativo “LA FAD DECIDE 2026”, destinado a toda la comunidad de esta Facultad; cuyo lanzamiento se encuentra programado para el día NUEVE (9) de abril del corriente, conforme a las bases y condiciones que se describen en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCION N° 53
ANEXO ÚNICO
Presupuesto participativo “LA FAD DECIDE 2026” Fundamentación El origen del presupuesto participativo se remonta a 1989 en la ciudad de Porto Alegre. Ante una crisis económica y la reducción de las políticas federales aplicadas directamente en los municipios, el Gobierno de la ciudad optó por implementar esta política para encontrar soluciones rápidas, alternativas y creativas a las diversas necesidades de su población.
Desde entonces, este programa ha sido replicado en diversas partes del mundo debido a su gran éxito. En el caso de la provincia de Mendoza contamos con las experiencias municipales de Maipú, Junín y Godoy Cruz, mientras que en el ámbito universitario se ha implementado en las Universidades Nacionales de Rosario, Litoral, Quilmes, Mar del Plata, Córdoba, Entre Ríos, General Sarmiento, Tecnológica y Cuyo.
El presupuesto participativo no solo permite un mejor diagnóstico de las demandas sociales, junto con diversas propuestas de solución, sino que también fomenta la participación directa de la comunidad en la ejecución de los fondos públicos, lo que incrementa sustancialmente el compromiso social y el sentido de pertenencia de la población.
El Sistema Universitario Nacional atraviesa actualmente una crisis presupuestaria sin precedente. Este contexto, que presenta similitudes a las que se vivían en 1989 en Porto Alegre, nos obliga a repensar nuestras prácticas presupuestarias. Dentro de la UNCUYO la Facultad de Artes y Diseño no escapa a esta realidad. Es por ello que durante el 2024 la Secretaría Administrativa Financiera de la Facultad, junto con las coordinaciones que agrupa, promovió la implementación de un presupuesto participativo en la FAD.
La experiencia 2024 y su posterior edición del 2025 lograron cumplir con todos los objetivos propuestos, consolidándose como un espacio de deliberación y participación donde la comunidad de la Facultad de Artes y Diseño incidió directamente en la asignación del presupuesto institucional. A través de la presentación, evaluación y votación de proyectos, se fomentó la cooperación entre los distintos claustros, fortaleciendo el sentido de pertenencia y promoviendo la integración de todas las áreas académicas y artísticas.
Además de financiar iniciativas con impacto transversal, el programa permitió relevar necesidades clave para la planificación futura y reforzó el compromiso con la sostenibilidad mediante la reutilización de materiales en desuso. Las experiencias 20242025 no solo validó la importancia del programa, sino que también sentó las bases para una participación más activa en la gestión institucional, demostrando la importancia de continuar con el programa durante el 2026. Objetivo General Generar un espacio de deliberación, participación y toma de decisiones directas para la comunidad de la Facultad de Artes y Diseño, permitiéndoles influir en la asignación de una parte del presupuesto institucional mediante la presentación, evaluación y votación de proyectos que promuevan un impacto positivo en la facultad.
Resol. N° 53
Anexo Único- Hoja 2 Objetivos Específicos Promover la participación de los diferentes claustros que conforman la comunidad educativa, incrementando su sentido de pertenencia con la Facultad. Favorecer y promover procesos de innovación dentro de la FAD. Financiar al menos un proyecto por grupo de carreras para beneficiar a todas las carreras de la FAD. Fomentar la integración entre los diferentes grupos de carreras de la Facultad. Realizar un relevamiento de las necesidades de la comunidad de la FAD, con el propósito de utilizarlo como insumo para futuras acciones de planificación. Promover la Economía Circular mediante la reutilización de materiales en desuso disponibles en la Facultad como insumos para la materialización de propuestas. Promover el otorgamiento de becas preprofesionales para estudiantes de la FAD, como una forma de incentivar su participación en proyectos institucionales. Coordinación General del Programa
La coordinación general del programa estará a cargo del Director General Económico Financiero de la FAD, Lic. Gabriel Olmedo, y de la Coordinadora de Innovación y Desarrollo, DI Laura Torres.
Público al que está dirigido La presente propuesta está dirigida a toda la comunidad de la FAD, entendida como sus estudiantes, egresados, docentes y no docentes Presupuesto Total Asignado $10.500.000. Origen de los fondos Reorientación de los fondos destinados para la compra de papel higiénico. Otros Recursos Disponibles Los proyectos seleccionados podrán acceder a la infraestructura, maquinaria y equipamiento disponibles en la FAD durante su ejecución, previa coordinación con el responsable de cada área. Además, se permitirá el uso de materiales actualmente en desuso, lo que optimizará los recursos disponibles para la implementación de las propuestas
Tipos de proyecto Proyectos de Impacto Único: Serán considerados proyectos de impacto único todos aquellos cuya elaboración e impacto en la votación alcance a solo un claustro universitario o un grupo de carreras. El equipo de trabajo deberá estar conformado por entre 1 y 6 integrantes de la comunidad de la FAD.
Proyecto de Alto Impacto: Serán considerados proyectos de alto impacto todos aquellos cuya elaboración e impacto en la votación alcance a más de un claustro universitario y más de un grupo de carreras. En la etapa de votación deberá superar 20 votos por grupo de carrera y por claustro afectado. El equipo de trabajo deberá estar conformado por entre 4 y 10 integrantes de diferentes carreras y claustros intervinientes en la propuesta de la comunidad de la FAD.
Resol. N° 53
Anexo Único- Hoja 3
Presupuesto por proyecto Proyectos de Impacto Único: Máximo de $750.000. Proyecto de Alto Impacto: Máximo $1.500.000. Líneas estratégicas Los proyectos presentados deberán estar incluidos en alguna de las siguientes 5 líneas estratégicas: Mejora en los procesos de enseñanza y aprendizaje: Esta línea de acción se enfoca en los procesos académicos y tiene como objetivo generar intervenciones para mejorar la diversidad de espacios físicos y equipamientos educativos disponibles en la FAD, incluyendo talleres, escenarios, salas de ensayo, espacios creativos, espacios multimedia, entre otros. Estas distintas modalidades de aulas requieren diversos medios, herramientas e instrumentos que son fundamentales para la enseñanza de las Artes y el Diseño. Se podrán presentar proyectos que propongan mejoras en el espacio y/o en su equipamiento. Bienestar y géneros: Las propuestas relacionadas con esta línea deben dirigirse a mejorar la calidad de vida de la comunidad FAD mediante el desarrollo de acciones específicas que fomenten la prevención y promoción del bienestar integral y la perspectiva de género. Se considerarán proyectos que impliquen la modificación o creación de espacios comunes, la mejora de la accesibilidad para la comunidad de la FAD y la realización de acciones de sensibilización en torno a la perspectiva de género. Producciones artísticas, creativas y culturales e innovación y desarrollo. Esta línea estratégica se propone respaldar a la comunidad de la FAD en la realización de sus proyectos tecnológicos, artísticos y culturales que tengan impacto en la comunidad de la FAD. A su vez, se fomentará la cogestión de registro de proyectos como, por ejemplo: modelos y diseños, producciones artísticas y musicales, investigaciones, publicaciones, marcas, patentes, etc. ante los organismos estatales INPI (Instituto Nacional de Propiedad Industrial) y DNDA (Dirección Nacional del Derecho de Autor).
En el caso de los proyectos que puedan concretar un registro de propiedad intelectual se realizará un seguimiento desde el área de innovación y desarrollo, que podrá exceder el plazo de ejecución del proyecto, que busque concretar finalmente dicho registro. Esta instancia brindará la posibilidad tanto al/la autor/a como a la Facultad la oportunidad de obtener ingresos económicos que a futuro retroalimentarán este proyecto de presupuesto participativo. Asimismo, esta iniciativa tiene como propósito reforzar el papel de la FAD como un actor activo en el desarrollo tecnológico y la innovación, tanto a nivel nacional como internacional. Sostenibilidad: La Sostenibilidad en la Educación Superior debe ser reconocida como una dimensión fundamental tanto en la formación humana como en la gestión académica y administrativa. Es esencial para fomentar una interacción armónica, respetuosa y responsable de la comunidad académica con su entorno. En esta línea, se busca promover el consumo responsable de recursos como descartables, energía, agua y gas en la FAD.
Resol. N° 53
Anexo Único- Hoja 4
Además, se pretende optimizar los recursos desde una perspectiva de economía circular, fomentando la reutilización, el reúso y el reciclado de materiales e insumos de acuerdo con las características y necesidades de la población y territorio de la FAD. Todo esto con el objetivo de reducir la contaminación y la generación de residuos en la FAD. Estas acciones se enmarcan en el Programa de Gestión de la Sostenibilidad de la UNCUYO 2022/2026 y en la Agenda 2030 de la ONU para el Desarrollo Sostenible.
Memoria, Verdad y Justicia. A 50 años del último golpe cívico-militar en Argentina:
En el marco de los 50 años del último golpe cívico-militar en Argentina, esta línea tiene como objetivo promover iniciativas que fortalezcan la construcción de memoria colectiva, la defensa de los derechos humanos y el compromiso democrático en la comunidad de la FAD. Se podrán presentar proyectos orientados a la producción artística, cultural y académica, así como a la generación de espacios de reflexión, formación y sensibilización en torno a los procesos históricos vinculados al terrorismo de Estado y sus consecuencias. Asimismo, se valorarán propuestas que recuperen memorias locales, articulen con organismos de derechos humanos y contribuyan a la transmisión intergeneracional de estos procesos.
Requisitos de forma
Los proyectos presentados deberán cumplir con los siguientes requisitos de forma.
Pertenencia a alguna/s de las líneas estratégicas del programa. La pertinencia será evaluada por las áreas de la FAD vinculadas a cada línea estratégica: Secretaría Académica, Área de Bienestar, derechos humanos y géneros, Área de Innovación y desarrollo de industrias creativas y culturales y Comisión de Sostenibilidad de la FAD.
Viabilidad Económica. La viabilidad será evaluada por la Dirección General Económica Financiera en función de si el proyecto presentado cumple con el límite presupuestario establecido por proyecto.
Financiamiento exclusivamente durante la ejecución del proyecto. El producto obtenido del proyecto no podrá implicar erogaciones futuras una vez concluido el proyecto. Por ejemplo: alquiler de maquinaria o equipos, sueldos, pagar un programa o patente, etc. La no implicancia de gastos corrientes será establecida por la Dirección General Económica Financiera.
Aplicación directa en la FAD. Si el producto final es físico, su aplicación debe ser en el espacio físico de la FAD, si es virtual debe reproducirse en los canales institucionales de la FAD y si es de propiedad intelectual la misma debe registrarse a través de la FAD
Resol. N° 53
Anexo Único- Hoja 5
Impacto colectivo y duradero. Los proyectos deben ser pensados para generar un beneficio colectivo y no individual, como también debe quedar un producto cuyo impacto perdure por un lapso mayor al de la ejecución del proyecto. No se permite asignar fondos a pagos de incentivos ni a remuneraciones de personal que mantenga una relación de dependencia con la Facultad.
Integración del equipo de trabajo: El equipo de trabajo debe estar integrado por la cantidad establecida para cada tipo de proyecto. Entre 1 y 6 integrantes para los de impacto único y entre 4 y 10 integrantes para los de alto impacto
Postulación de propuestas: No podrán presentar ideas ni formar parte de un equipo, aquellas personas que en ediciones anteriores hayan ganado el financiamiento, pero no hayan terminado de ejecutar el proyecto.
Fondos para Becas Preprofesionales: Los proyectos podrán destinar hasta un 30 % de su presupuesto al otorgamiento de becas preprofesionales para estudiantes regulares de la Facultad de Artes y Diseño que no hayan registrado Rendimiento Académico Negativo durante el ciclo lectivo 2025. A su vez, se establece que cada beca no podrá superar el 15 % del presupuesto total asignado al proyecto.
Comunicación y Lanzamiento Se propone que el programa sea lanzado de forma presencial el NUEVE (9) de abril, acompañado con una fuerte campaña virtual a través de la página WEB, redes sociales y cadenas de mail que garantice la mayor participación posible de la comunidad de la FAD.
Formato de presentación de proyecto En la página web de la facultad, se dispondrá de una sección dedicada al presupuesto participativo. En este apartado, se publicarán las bases y condiciones del programa, así como el enlace a un formulario de Google diseñado para la presentación de proyectos. Los campos que deben completarse están detallados en el Anexo II. Una vez que el formulario haya sido llenado en su totalidad, se enviará una notificación instantánea al equipo de trabajo para informar sobre la recepción del proyecto.
Formato de selección de los proyectos Los proyectos que cumplan con los requisitos de forma establecidos serán publicados en la página de la FAD y recibirán un número de identificación en función del orden en el que fueron presentados. La coordinación de “LA FAD DECIDE” puede proponer la unificación de ideas iguales y/o similares en sus objetivos antes del proceso de votación. El proceso de selección se llevará a cabo mediante un formulario de Google, cuyo enlace estará disponible en la página web. En este formulario, se mostrará únicamente el número, el nombre y una breve descripción de cada proyecto. Todos los miembros de la comunidad de la FAD, incluyendo estudiantes, egresados, docentes y personal no docente, tendrán la oportunidad de votar por hasta tres proyectos de su elección. Los electores deberán cargar su nombre, DNI, número de legajo/registro, mail y claustro al momento de votar a los fines de garantizar que sean miembro de la comunidad de la FAD
Anexo Único- Hoja 6
Proyectos seleccionados Los proyectos más votados de cada grupo de carreras serán seleccionados para su ejecución. En consecuencia, en esta primera selección se elegirán un máximo de 5 proyectos, considerando la posibilidad de que un proyecto de alto impacto abarque más de un grupo de carreras. Además, se tendrán en cuenta los proyectos más votados hasta que se alcance el presupuesto total de $10.500.000. El número final de proyectos a realizar oscilará entre un mínimo de 7, si todos los seleccionados son de alto impacto, y un máximo de 14, si todos son de impacto único. Posteriormente, se emitirá un acto administrativo en el que se informarán los proyectos seleccionados y los equipos que los integran. En cuanto a la fase de realización de los proyectos, es crucial destacar que deberán ejecutarse durante el segundo semestre de 2026, sin poder excederse de dicha fecha límite. Además, los fondos no serán transferidos al equipo formulador del proyecto; en su lugar, se coordinará su ejecución con la Dirección General Económica y Financiera para gestionar las contrataciones mediante el régimen de compras públicas. La Secretaría Administrativa Financiera elevará al Consejo Directivo un informe final de la evolución y ejecución de los proyectos seleccionados.
Proyectos no seleccionados Después del proceso de votación, los proyectos que no resulten seleccionados, o no cumplieron con los requisitos formales, se incorporarán a una "Usina de Voces". Estos proyectos serán revisados por diversas áreas institucionales de la FAD con el fin de brindar asesoramiento sobre cómo llevar a cabo las propuestas. Este asesoramiento se dirigirá especialmente a aquellos proyectos que sean viables para postularse a líneas de financiamiento externas a la Facultad.
Sello del programa El programa de Presupuesto Participativo "LA FAD DECIDE" contará con una identidad visual propia diseñada para acompañar cada proyecto financiado a través de esta iniciativa. El propósito de esta marca es destacar y comunicar claramente el impacto del programa en la comunidad. Esta estrategia de comunicación tiene como objetivo sensibilizar a la comunidad sobre la relevancia de participar en un programa que busca abordar las necesidades cotidianas de la comunidad de la FAD.
CRONOGRAMA
Presentación del Proyecto al Consejo Directivo: SIETE (7) de abril de 2026. 2. Lanzamiento: NUEVE (9) de abril de 2026. 3. Presentación de Pre-Proyectos: Del NUEVE (9) al VEINTE (20) de abril de 2026. 4. Evaluación de cumplimiento de requisitos de forma: Del VEINTE (20) al VEINTICUATRO (24) de abril de 2026. 5. Publicación de Proyectos aptos para votación: VEINTIOCHO (28) de abril de 2026. 6. Votación: Del VEINTIOCHO (28) de abril al SEIS (6) de mayo de 2026. 7. Publicación de proyectos seleccionados: OCHO (8) de mayo de 2026. 8. Ejecución de proyectos: Segundo semestre 2026.
Anexo Único- Hoja 7
FORMATO DE PRE-PROYECTO A PRESENTAR
Título. Hasta 80 caracteres. 2. Descripción breve. Hasta 280 caracteres. 3. Detalle de la Propuesta. Hasta 1.500 caracteres. 4. Insumos y trabajos necesarios. 5. Línea/s estratégicas en la que se enmarca. 6. Datos del responsable principal del proyecto. 7. Equipo de trabajo. Se deberá identificar a cada integrante con nombre, apellido, DNI y claustro. 8. Ámbito de aplicación. Espacio de implementación del proyecto (virtual o físico). 9. Impacto en la comunidad. 10. Claustro/s que se verán beneficiados. 11. Grupo/s de carrera/s que se verá/n beneficiado/s.
RESOLUCION N° 53
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CD-2026-RES-052 7/04/2026 (Carga: 7/04/2026) |
MENDOZA, 7 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 5598/26 caratulado: “Asesoría Estudiantil s/Becas de Fortalecimiento a las Trayectorias FAD 2026.”
CONSIDERANDO:
Que la Asesoría Estudiantil eleva la convocatoria de Becas de Fortalecimiento a las Trayectorias Académicas de esta Facultad, como también las condiciones de postulación, criterios de evaluación y cronograma tentativo de dicha convocatoria.
Que esta iniciativa propone compensar la crisis económica que atraviesa nuestro país, la cual afecta significativamente a nuestros estudiantes, impactando tanto su rendimiento académico como su capacidad para continuar y concluir sus estudios; situación que pone en riesgo tanto la permanencia como la graduación del estudiante. Que, en tal sentido se propone la distribución de 100 Becas destinadas tanto al Fortalecimiento en la Permanencia (tramo intermedio) como al Fortalecimiento al Egreso (tramo final).
Que la Secretaria Administrativo Financiera informa que ha procedido a realizar la reserva presupuestaria para atender con lo solicitado.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por el Cuerpo en Sesión Plenaria del día 7 de abril de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la distribución del Presupuesto para las Becas de Fortalecimiento a las Trayectorias Académicas de la FAD 2026, de acuerdo al siguiente detalle: MONTO MODALIDAD CANTIDAD TOTAL MENSUAL Beca de Fortalecimiento a la Permanencia $100.000 100 $10.000.000 Beca de Fortalecimiento al Egreso $100.000
Algunas consideraciones a saber: a) Condiciones para la postulación: ● Becas de Fortalecimiento a la Permanencia: Ser estudiante regular de alguna carrera de la FAD, tener entre el 15% y 70% del porcentaje de avance de la carrera y tener como máximo dos Rendimientos Académicos Negativos (RAN) a lo largo de su trayectoria. ● Becas de Fortalecimiento al Egreso: Ser estudiante regular de alguna carrera de la FAD, tener más del 70% del porcentaje de avance de la carrera y tener como máximo dos Rendimientos Académicos Negativos (RAN) a lo largo de su trayectoria. b) Criterios de Evaluación: Se propone considerar criterios de evaluación tanto socioeconómicos cómo académicos y que los mismos sean ponderados por la Comisión responsable de la evaluación de postulaciones de estudiantes conformada por la Res. 28/2023-CD c) Criterios de Adjudicación: Considerando que el presente proyecto no compromete la transferencia directa de fondos a los estudiantes beneficiarios, sino la adquisición de entrega de materiales e impresiones, se realizará un relevamiento de necesidad de materiales e impresiones de las personas adjudicadas. Luego, se proveerá a la Secretaría AdministrativoFinanciera un listado final de requerimientos.
Resol. N° 52
ARTÍCULO 2º.- Establecer el Cronograma para la Convocatoria para las Becas de Fortalecimiento a las Trayectorias Académicas de la FAD 2026, de acuerdo al siguiente detalle:
Llamado a inscripción de postulantes: del NUEVE (9) al QUINCE (15) de abril de 2026. Evaluación, selección y orden de mérito de beneficiarias/os: del QUINCE (15) al VEINTE (20) de abril de 2026. Cierre de evaluaciones, presentación de informes a la autoridad: del VEINTE (20) al VEINTIDÓS (22) de abril de 2026. Publicación de resultados mediante resolución de Decanato y notificación de beneficiarios: del VEINTIDÓS (22) al VEINTICUATRO (24) de abril de 2026. Relevamiento de materiales: del VEINTISIETE (27) al TREINTA (30) de abril de 2026.
ARTÍCULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 52
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FA-2026-RES-168 6/04/2026 (Carga: 6/04/2026) |
MENDOZA, 06 de abril de 2026
VISTO:
El trámite electrónico N° 23643/25 caratulado: “SEPÚLVEDA, Mauro S/Solicitud de Equivalencias. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el alumno Mauro SEPÚLVEDA MARCHESINI cursó y aprobó, entre otros, los espacios curriculares “Taller I para Profesorado: Pintura”, “Taller II para Profesorado: Pintura” y “Dibujo III” en la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, cuyas asignaturas poseen contenidos equivalentes a la asignatura “Dibujo y Pintura Escenográficos II” de la carrera Diseño Escenográfico.
El informe positivo de la Profesora Titular de la asignatura objeto de la presente equivalencia y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia al alumno Mauro SEPÚLVEDA MARCHESINI (Registro N° 23757) en la asignatura “Dibujo y Pintura Escenográficos II”, correspondiente a la carrera Diseño Escenográfico, Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 12/98-C.S.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 168
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FA-2026-RES-167 6/04/2026 (Carga: 6/04/2026) |
MENDOZA, 06 de abril de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 8672/26 caratulado: “Chifani, Juan Manuel S/ Solicitud acreditación de los cursos optativos. Licenciatura en Arte Dramático FAD”
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Juan Manuel CHIFANI (Registro N° 18013) CIENTO OCHO (108) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 167
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FA-2026-RES-166 6/04/2026 (Carga: 6/04/2026) |
MENDOZA, 06 de abril de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 6197/26 caratulado: “TRIGO, María Verónica S/Acreditación cursos optativos. Carrera Diseño Escenográfico - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 349/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna María Verónica TRIGO (Registro N° 28900) CIENTO OCHO (108) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Diseño Escenográfico de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 166
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FA-2026-RES-165 6/04/2026 (Carga: 6/04/2026) |
MENDOZA, 06 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 5382/26 caratulado: “Asesoría Estudiantil S/Solicitud de Licencia Estudiantil - DE LA HOZ, Constanza Carolina - Carreras de Artes del Espectáculo - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna Constanza Carolina DE LA HOZ BURGOS, ha cumplimentado con la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de “Atención del grupo familiar”, como así también se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por la causal “Atención del grupo familiar”, a la alumna Constanza Carolina DE LA HOZ BURGOS (Registro Nº 29350 – D.N.I. Nº 96303060) de las carreras Licenciatura en Arte Dramático, desde el VEINTICINCO (25) marzo hasta el DIEZ (10) de abril de 2026, inclusive, de acuerdo con lo establecido por la Ord. N° 18/18 C.S., Anexo I, artículo 5, inciso h.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 165
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FA-2026-RES-164 6/04/2026 (Carga: 6/04/2026) |
MENDOZA, 06 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 25524/25 caratulado: “CAE - S/ Solicitud cambio de dedicación definitivo de la Docente LACAU, María de SIMPLE a SEMIEXCLUSIVA en la asignatura “Técnicas Corporales IV”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución Nº 209/26–C.S., se otorga, en el marco de lo establecido por ordenanza Nº 37/1986-C.S., la dedicación semiexclusiva efectivo a la Prof. María LACAU en su cargo de revista.
Que, asimismo, corresponde a esta Facultad establecer la fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios de la mencionada docente a los efectos de la eficacia del cambio de dedicación otorgado en el artículo primero de la mencionada resolución.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establecer, el UNO (1) de abril de 2026, como fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios a la Prof. María LACAU (Legajo Nº 27202 – CUIL Nº 27-143822074) en el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, efectivo, para el dictado de la asignatura “Técnicas Corporales IV” de la carrera Licenciatura en Arte Dramático, correspondiente a las Carreras Artes del Espectáculo de esta Facultad, de conformidad con lo establecido por el Art. 3 de la resolución N° 209/26-C.S.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 164
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CD-2026-RES-051 6/04/2026 (Carga: 6/04/2026) |
MENDOZA, 06 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 4213/26 caratulado: “Decanato s/Proyecto institucional: ‘La FAD reconstruye memoria’.”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 41/26-CD se aprobó el Proyecto institucional “La FAD reconstruye memoria”, en reconocimiento de la memoria y revalorización del archivo y documentos históricos que marcaron la larga trayectoria de esta reconocida Casa de Estudios.
Que durante el año 2025 se desarrollaron trabajos con el propósito de recuperar documentación histórica de la Facultad de Artes y Diseño, rescatar planes de estudio, proyectos académicos, de extensión, investigación y posgrado, así como designación de docentes que reflejan los cambios pedagógicos y el impacto que ha tenido esta Unidad Académica durante el desarrollo académico y social.
Que, a partir del compromiso asumido por esta Facultad con las políticas de derechos humanos y las acciones concretas, se han desarrollado diferentes líneas de acción, por ejemplo, la Plaza de la Memoria de la FAD, así como en la generación de instancias de formación en temáticas que ponen en valor a los derechos humanos, a la memoria, la verdad y la justicia.
Que se propone establecer múltiples objetivos específicos y líneas de acción tales como la de inventariar, clasificar y digitalizar todos los documentos históricos más relevantes de la FAD, garantizando su conservación a largo plazo.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado en sesión plenaria del día 17 de marzo de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establecer los objetivos y líneas de acción del Proyecto institucional “La Facultad de Artes y Diseño reconstruye memoria” (aprobado por resolución N° 41/26CD), de acuerdo con los contenidos desarrollados en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2°- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº51
ANEXO ÚNICO
La Facultad de Artes y Diseño reconstruye memoria La historia de nuestra Facultad tiene un recorrido formal, que se institucionaliza a partir de marzo de 1980 en la Universidad Nacional de Cuyo, por Resol. N° 351 del Rectorado, con un objetivo principal, que es jerarquizar los estudios de las disciplinas artísticas, en consonancia con la evolución que han tenido los organismos encargados de esta formación. Pero, esta constitución como Unidad Académica se sostiene sobre los cimientos de una historia previa y de una decisión institucional de unificar. Esa historia estuvo centrada en una estructura académica y administrativa de las Escuelas Superiores de Artes Plásticas, Diseño, Música y Teatro. Estas Escuelas que se integraron en la Facultad de Artes, funcionaban como organismos autónomos dependientes del Rectorado hasta 1980, y la existencia de algunas de ellas (Artes Plásticas, Música y Teatro), se vinculan con la creación de la Universidad Nacional de Cuyo (1939) y posteriormente, se crearon las Escuelas de Cerámica (1942) y Diseño (1958). El desarrollo de esta última Escuela y su trascendencia social hace que, en la década de 1990, el Consejo Directivo de la Facultad de Artes, cambiara la denominación de la Facultad de Artes por Facultad de Artes y Diseño (Ordenanza Nº 67/98), ratificada en el Consejo Superior de la UNCuyo (ordenanza Nº 8/98). Este breve recorrido pone en evidencia un recorrido institucional importante que devela decisiones institucionales, actividades y trayectorias diferentes, pero también subyacen historias que sólo permanecen en los actores de la época. Por lo que, este proyecto busca poner en valor y resguardar la memoria institucional. Hoy, encontramos esta memoria en documentaciones y otros registros, que nos relatan el desarrollo institucional, académico y cultural y también, la hallamos en la memoria de quienes vivieron esos momentos. Entre estos documentos se encuentran: Borradores sobre la creación y fundamentación de las carreras que forman la FAD; Resoluciones y ordenanzas; Proyectos de extensión, investigación y posgrado; Legajos históricos de alumnos; Asistencia de personal docente y de apoyo académico; Catálogos, boletines, revistas publicadas por las carreras; entre otros documentos. Los documentos históricos, como los planes de estudio y los nombramientos de docentes, reflejan los cambios pedagógicos y las políticas institucionales, mientras que los proyectos de extensión, investigación y posgrado permiten evidenciar el impacto de la facultad en la sociedad y en el ámbito académico en las diferentes décadas. Este proyecto es estratégico, porque busca poner en valor y preservar nuestra historia institucional, la historia de la Facultad de Artes y Diseño (FAD), recuperando documentación e historias invaluables. La conservación y puesta en valor del archivo en papel de la FAD, es de vital importancia para preservar la memoria institucional, garantizar el acceso a la información, promover la investigación histórica y académica y fomentar el desarrollo académico y cultural. En síntesis, se pretende un reconocimiento y puesta en valor de los orígenes de nuestra institución y colaborar en promover el sentido de pertenencia, para consolidar una identidad institucional. Esta propuesta como un acto para identificar, recordar y reconocer, es un proceso vinculado al contexto, a la institución y las personas que formaron parte de la FAD, es memoria colectiva. A través de este proyecto, la Facultad fortalecerá su compromiso con la historia y con el futuro de la educación en las artes y en diseño. . Objetivo general: Poner en valor la memoria institucional de la Facultad de Artes y Diseño, con el fin de dar visibilidad y reconocimiento público a la construcción académica, cultural y productiva de la institución, como también promover la investigación histórica y académica utilizando el material de archivo. . Objetivos específicos: Identificar archivos formato papel para inventariar, clasificar y digitalizar los documentos históricos más relevantes de la FAD, garantizando su conservación a largo plazo. Crear un sistema de archivo accesible, tanto físico como digital, para facilitar la consulta de los documentos y dar visibilidad a esta documentación. Recuperar historias, relatos de personas que forman y formaron parte de la FAD y que, por sus trayectorias académicas, artísticas y proyectuales, han dejado huellas profundas en la institución, contribuyendo a la formación de profesionales en las artes y en el diseño. Metodología de trabajo: El proyecto presenta dos líneas de desarrollo.
Anexo Único – Hoja 2
Línea.1. ‘Memoria FAD: historias que nos construyen’ Esta línea se desarrolla sobre la documentación formato papel. Se plantean las siguientes actividades: a. Inventario y clasificación: Realización de un inventario exhaustivo de todos los documentos disponibles, clasificándolos según su tipo (planes de estudio, nombramientos, proyectos, etc.) y por su relevancia histórica o académica. b. Conservación y restauración: Evaluación del estado de conservación de los documentos, priorizando aquellos que necesiten restauración para evitar su deterioro, como implementación de medidas de conservación física (limpieza, protección contra agentes dañinos, almacenamiento adecuado). c. Digitalización: Registro de los documentos más relevantes, asegurando que los archivos digitales sean de alta calidad y compatibles con sistemas de archivo. Para asegurar su acceso a través de una plataforma en línea y garantizar su conservación a largo plazo. d. Creación de una base de datos y archivo accesible: Desarrollo de una base de datos digital y un archivo físico organizado y accesible para la comunidad académica y el público en general. e. Difusión y promoción: Promoción del uso del archivo a través de exposiciones, jornadas de puertas abiertas y publicaciones que destaquen la relevancia de los documentos históricos de la FAD. A partir de los documentos hallados y en el marco de que este año 2026, se cumplen 50 años del último golpe de Estado en Argentina, hecho que dio inicio a una de las etapas más oscuras de nuestra historia reciente. En este contexto, se desplegó un plan sistemático de terrorismo de Estado basado en la represión, la desaparición forzada, el silenciamiento y la destrucción de toda forma de disidencia política, cultural y educativa. En ese contexto, muchas vidas quedaron suspendidas, arrancadas del registro institucional. Los legajos truncos, fragmentados o ausentes en los archivos universitarios dan cuenta de estas historias silenciadas. Además, en el marco de las leyes nacionales de reparación (24.043 y 25.985), que establecen la entrega de legajos de las instituciones a familiares de víctimas del terrorismo de Estado, visibilizando la represión laboral y estudiantil durante la dictadura. Los hallazgos hasta el momento en la FAD nos permiten reconstruir una historia académica de docentes y estudiantes que fueron parte de la FAD y que, por razones de expulsión, cesantía, no pudieron continuar sus trayectorias. Por esta razón, se propone el siguiente proyecto, que se desprende de los hallazgos de la línea 1 y se desarrolla sobre la documentación formato papel. 1.1 ‘Memoria FAD: reconstruyendo memoria situada’ Se plantean las siguientes actividades, tal como se especifican en los ítems (a, b, c, d, e) de la Línea 1, se busca recuperar, reconstruir y visibilizar los legajos de estudiantes y docentes, cuyas trayectorias fueron interrumpidas por la dictadura (por cesantía, suspensión u otra figura), en un gesto de memoria activa y reparación simbólica. A febrero del presente año, se han recuperado legajos de: ALFARO, Gastón; BERMÚDEZ, Ester Liliana; BRAJAK, Carlos “Drago”; LABIANO, María Estela; MICHAUT, Nélida; TULIÁN, Juan Carlos ‘Chalo’; RÚPOLO, Vilma Emilia; ROBERT, Edgardo; SALAS, Beatriz Elba; SUAREZ, Manuel Ernesto y SCAFATI, Luis Genaro. Finalmente, se propone la constitución de una Comisión Asesora, que analice el procedimiento y el tratamiento adecuado a los mismos expedientes para su ‘Rectificación administrativa’, basada en el espíritu del Decreto Nacional Nº 1199/2012. Línea.2. ‘Memoria FAD: voces de nuestra historia’ Esta línea desarrolla relatos, historias de docentes y personal nodocente de la institución. Se plantean las siguientes actividades: a. Identificar referentes: Relevamiento de personal de la FAD, en la que se destacan por su trayectoria académica. Etapa 1: con entrevistas breves a ‘profesores eméritos y consultos’. Etapa 2: especialistas por carreras y áreas. b. Grabación: Registro de voces, asegurando que los archivos digitales sean de calidad. c. Difusión: Promoción de estos archivos a través de diferentes formatos. En síntesis, este proyecto trasciende la mera organización de archivos; es una apuesta estratégica por consolidar nuestra identidad institucional y promover un profundo sentido de pertenencia en nuestra comunidad. Reconocemos y ponemos en valor nuestros orígenes —desde las actas, planes de estudio hasta los recorridos de nuestras Escuelas fundacionales—, la FAD reafirma su compromiso con la historia y con el futuro de la educación en las artes y el diseño. Y finalmente, recuperar nuestra memoria es, en última instancia, el acto que nos permite habitarnos hoy con plena conciencia de nuestra trayectoria y excelencia académica.
RESOLUCIÓN Nº51
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FA-2026-RES-163 1/04/2026 (Carga: 1/04/2026) |
MENDOZA, 1 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 3079/26 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL FAD- RENUNCIA CONDICIONADA - BAGNATO LAURA JUDITH”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución Nº 102/26-FAD se aceptó la renuncia condicionada de la Prof. Laura Judith BAGNATO, solicitada a partir del 1 de marzo de 2026, en el marco establecido por el Decreto Nacional N° 8820/62, en los cargos detallados en la misma.
Que, posterior a su emisión, la Prof. BAGNATO solicita rectificación de la fecha de la renuncia condicionada, a partir del 1 de abril del corriente año, con el beneficio de obtener los 25 años de servicios como docente universitario.
Que a tal efecto y en vía de promover dicho beneficio a favor de la mencionada docente, corresponde modificar la resolución N° 102/26-FAD en la fecha indicada.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 10º por la ordenanza Nº 44/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar, parcialmente, la resolución Nº 102/26-FAD, respecto a la fecha de la renuncia condicionada aceptada a la Prof. Laura Judith BAGNATO, de la siguiente manera: Donde dice: 6. Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES Marzo
AÑO 2026
Debe decir: 6. Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES Abril
AÑO 2026
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 163
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CD-2026-ORD-003 1/04/2026 (Carga: 5/05/2026) |
MENDOZA, 1 de abril de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 5280/26 en el que se eleva el “Reglamento para la Designación de Docente en Cargos Transitorios” en el ámbito de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que resulta necesaria la modificación de la ordenanza N° 2/20-CD, por la cual se instrumentó el mecanismo de designación de docentes para cubrir cargos interinos o reemplazantes de manera transitoria; como también para los casos de docentes con funciones extracurriculares.
Que dicha reforma requiere adecuaciones a la luz de los nuevos cambios tecnológicos y modalidades en los procedimientos para la designación transitoria de cargos docentes (sin concurso), con el fin de garantizar la continuidad académica, funcionamiento institucional y los estándares mínimos de calidad educativa.
Que resulta imprescindible contar con un instrumento normativo que permita, de manera excepcional y temporal, la cobertura de cargos docentes cuyas vacantes se produzcan por jubilación, renuncia o desvinculación repentina.
Que dichas designaciones deben ser sometidas a criterios claros de transparencia, idoneidad profesional y evaluación periódica, con el fin de resguardar la calidad de la enseñanza.
Que es necesario establecer requisitos, procedimientos y mecanismos de evaluación obligatoria previos a la continuidad de las designaciones, en caso de no haber sido cubiertas mediante mecanismos concursales.
Que al efecto se conformó una comisión revisora constituida por personal Docente, No Docente y de Gestión, con una visión global y periférica de los distintos sectores de esta comunidad universitaria.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y lo aprobado por este Cuerpo en sesión del 31 de marzo de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- Derogar la ordenanza Nº 2/20-CD.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el “REGLAMENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE DOCENTES EN CARGOS TRANSITORIOS” en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño.
ARTÍCULO 3°.- Delegar en el/la Decano/a la atribución de designar transitoriamente a docentes interinos y reemplazantes -a propuesta de las Direcciones de Carreras con el aval de Secretaría Académica- bajo la modalidad establecida en el Anexo I de la presente.
Ord. N° 3
ARTÍCULO 4°.- Aprobar el Procedimiento General y Modalidades de Convocatoria (Promoción Jerárquica, Convocatoria Cerrada y Convocatoria Abierta) para la cobertura de cargos transitorios, de acuerdo con lo establecido en los Anexos II, III y IV de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Aprobar los lineamientos, estructura y requisitos obligatorios para la presentación del Plan de Labor (Propuesta Docente) exigidos para la cobertura de cargos con funciones docentes y de complemento curricular, contenidos en los Anexos V y VI del presente reglamento.
ARTÍCULO 6°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 7º.- Comuníquese e insértese en el libro de Ordenanzas del Consejo Directivo.
ORDENANZA N° 3
ANEXO I Título I – Procedimiento para la designación excepcional y transitoria de docentes interinos y reemplazantes
Capítulo I – CONSIDERACIONES
ARTÍCULO 1°. Tiene como finalidad cubrir necesidades académicas urgentes cuando se produzcan vacantes por jubilación, renuncia o desvinculación repentina o imprevista. Garantiza estándares mínimos de calidad, transparencia y profesionalidad. Responde a la necesidad de dar continuidad, regularidad y calidad del servicio educativo. Es de carácter transitorio y excepcional Deberá tramitarse concurso de antecedentes y oposición de carácter interino o efectivo en el marco de las reglamentaciones vigentes, en el plazo que se establece, sin excepción. En todos los cargos será un requisito esencial e ineludible la presentación del Plan de Labor (propuesta docente) para la admisibilidad de las postulaciones. La omisión de su presentación o la falta de adecuación sustantiva a los lineamientos académicos e institucionales vigentes determinará la no consideración de su postulación .
ARTÍCULO 2º. La Dirección de Carreras realizará una Nota de pedido de designación del postulante que resultó elegido. Esta, deberá estar fundamentada, teniendo en cuenta: experiencia afín al Espacio Curricular, presentación a concursos, adscripciones, participación en proyectos institucionales, experiencia comprobada en el campo y Propuesta Docente.
ARTÍCULO 3°. MODALIDADES: A criterio de la Dirección de Carrera, podrá utilizarse una de las siguientes modalidades a) Promoción Jerárquica: se realizará dentro de la cátedra (ver Anexo II) b) Convocatoria cerrada: destinada exclusivamente a docentes que revistan cargos activos en la Facultad o Universidad. Solo se aplicará cuando el cargo vacante sea Profesor Titular. (ver Anexo III) c) Convocatoria abierta: a Docentes, Egresados o Profesionales que no se encuentren en actividad docente en la Universidad Nacional de Cuyo. (ver Anexo IV)
Capítulo II – TRÁMITE
ARTÍCULO 4º. Las designaciones en el marco de la presente Ordenanza serán realizadas por un lapso no mayor a NUEVE (9) meses, cesando cuando el cargo se provea por Concurso o expire el plazo de designación, lo que suceda primero. Cuando el Concurso ya convocado se encuentre demorado; la designación podrá ser prorrogada por el Consejo Directivo.
ARTÍCULO 5º. Cuando se solicite al Consejo Directivo -en forma excepcional- la prórroga de designación de los docentes designados bajo esta modalidad, deberá realizarse previamente una breve evaluación de su desempeño durante los NUEVE (9) meses transcurridos. La misma estará a cargo del/la Director/a, Vicedirector/a y, en los casos que no sea Profesor Titular el cargo a evaluar, el/la Profesor/a Titular de la asignatura. Para ello se considerará: a) Planificación y organización académica b) Desempeño en el aula c) Evaluación estudiantil d) informe de actuación, e) otros.
Anexo I- Hoja 2
ARTÍCULO 6º. Cuando se trate de cargos interinos, la Dirección de Carreras deberá enviar la propuesta de convocatoria a concurso para cubrir ese cargo dentro de los SESENTA (60) días a partir de la efectiva prestación del docente designado.
ARTÍCULO 7º. Cuando se trate de cargos reemplazantes el plazo de designación transcurrirá mientras dure la licencia del titular del cargo con funciones docentes. No deberá llamarse a Concurso y podrá prorrogarse con resolución del Consejo Directivo.
ARTÍCULO 8°. Cuando se trate de cargos reemplazantes o interinos que dependan de docentes con funciones de gestión, no podrá llamarse a Concurso y la prórroga se hará mientras dure el periodo que el docente titular del cargo permanezca cumpliendo las funciones de gestión.
ARTÍCULO 9º. Si el docente elegido no reviste cargo en la UNCUYO, no podrá ser designado ni puesto en funciones hasta que haya cumplimentado todos los trámites pertinentes en Dirección de Personal para el ingreso a la Administración Pública Nacional.
ARTÍCULO 10°. Este mecanismo también podrá utilizarse como medio de selección para cargos con funciones de complemento curricular. Para ello, también se solicitará la realización de un plan de labor (propuesta docente), según Anexo V y VI. El plazo de designación deberá consensuarse con la autoridad, dado que no podrá convocarse a concurso de ningún tipo, considerando la naturaleza de las funciones.
ARTÍCULO 11°. Dado el carácter transitorio y el corto período de la designación, los/las docentes designados/as por este mecanismo no podrán solicitar las siguientes licencias enmarcadas en el Decreto 1246/2015 “Convenio Colectivo de Trabajo Personal docente de Universidades Nacionales”: Artículo 49º - Licencias extraordinarias I. CON GOCE DE HABERES e) Licencia por razones de estudio II. SIN GOCE DE HABERES a) Licencia por ejercicio transitorio de cargos de mayor jerarquía (1 y 2) b) Licencia por Razones Particulares
ARTÍCULO 12°. Cada DOS (2) meses el Departamento de Concursos enviará a Decano/a la nómina del personal docente que accedió por este mecanismo, a fin de que el/la señor/a Decano/a informe al Consejo Directivo las designaciones realizadas bajo esta modalidad.
ARTÍCULO 13°. Las Direcciones de Carreras elevarán periódicamente al Consejo Directivo un informe con el estado de avance de las convocatorias a concurso de los cargos designados mediante la presente ordenanza.
ORDENANZA N° 3
ANEXO II
OPCIÓN A – PROMOCIÓN JERÁRQUICA
AMBITO DE APLICACIÓN PUBLICACIÓN MODALIDAD SELECCIÓN
Profesor Titular o Asociado: Cargos de Profesor: Convocatoria Presentación de Plan de Labor por orden jerárquico a docentes (Propuesta docente + Programa de la cátedra con cargo de del Espacio Curricular) (*) Profesor (Asociado o Adjunto). Profesor Adjunto/Auxiliares: Cargos de Auxiliar: Convocatoria a Presentación de Plan de Labor Director/a o Vicedirector/a de docentes de la cátedra con cargo (Propuesta docente). Notificación personal a los Carreras. Para ello podrá de Auxiliar (JTP, Ayudante 1ra o integrantes de la cátedra, a Para ello, se deberá tener en cuenta consultar con el Profesor Titular 2da). cargo de la Dirección. el modelo establecido por Secretaría de la asignatura o de asignatura En ningún caso podrá promoverse un Académica y demostrar una afín. docente auxiliar al cargo de profesor. correlación y coherencia entre Plan Ante más de un postulante de igual de Estudios, Propuesta y Programa jerarquía, se evalúan antecedentes y presentado del Espacio Curricular, en Plan de Labor. el que debe garantizar coherencia curricular.
(*) Esto asegura la continuidad pedagógica y evita fragmentaciones o desvíos respecto del Plan de estudios aprobado. Asimismo, asegura consistencia académica y metodológica, lo que permite valorar la capacidad de conducción, su aptitud para planificar, organizar y proyectar el desarrollo de la Cátedra a mediano y corto plazo.
La exigencia de presentación de una propuesta docente junto con el programa de la asignatura encuentra su fundamento en la naturaleza estratégica del cargo dentro de la estructura académica universitaria. El Titular no solo asume funciones de dictado de clases, sino que ejerce responsabilidad académica integral sobre la Cátedra. Esto no constituye una formalidad, sino un requisito sustancial para asegurar calidad, articulación curricular y responsabilidad académica en el ejercicio del cargo.
ORDENANZA Nº 3
ANEXO III
OPCIÓN B - CONVOCATORIA CERRADA
AMBITO DE APLICACIÓN PUBLICACIÓN MODALIDAD SELECCIÓN
Comisión Evaluadora: Director/a o Vicedirector/a de Carreras, un Aplicable únicamente para la Profesor Titular afín y un tercer provisión de cargos de Profesor miembro designado por Titular. Presentación de Plan de Labor Secretaría Académica. (Propuesta docente + Programa Página web de la Facultad del Espacio Curricular). Destinada exclusivamente a Procedimiento: (pestaña "Docentes"). docentes que revisten cargos activos en la Facultad o Para ello, se deberá tener en -Elaboración de acta Redes sociales institucionales. Universidad. cuenta el modelo establecido por fundamentando la elección Secretaría Académica y demostrar realizada o cuando no haya Correos electrónicos de ningún postulante que reúna los En esta opción no se admitirán una correlación y coherencia entre docentes y canal comuniFAD requisitos para ser designado. postulantes externos a la Plan de Estudios, Propuesta y (o reemplazo). Universidad, por razones de Programa presentado del Espacio celeridad administrativa y Curricular, en el que debe - Potestad de llamar a Coloquio. resguardo de la continuidad garantizar coherencia curricular pedagógica. Este acta será notificada Fehacientemente a todos los postulantes.
ORDENANZA Nº 3
ANEXO IV
OPCIÓN C - CONVOCATORIA ABIERTA
AMBITO DE APLICACIÓN PUBLICACIÓN MODALIDAD SELECCIÓN
Comisión Evaluadora: Director/a o Vicedirector/a de Carreras, un Profesor Titular afín y un tercer miembro designado por Secretaría Académica. Página web de la Facultad (pestaña “Docentes”) Procedimiento: Destinada a: Docentes - Elaboración de acta Redes sociales de la carrera Egresados Presentación de Plan fundamentando la elección convocante Profesionales que no se de Labor (Propuesta realizada o cuando no haya encuentren en actividad docente). ningún postulante que reúna los Correos electrónicos de docente en la Universidad requisitos para ser designado. egresados Nacional de Cuyo. anal comuniFAD u otros - Potestad de llamar a Coloquio.
Esta acta será notificada fehacientemente a todos los postulantes.
ORDENANZA Nº 3
ANEXO V PLAN DE LABOR / PROPUESTA DOCENTE (para funciones docentes)
El aspirante a PROFESOR Titular, Asociado, Adjunto o a AUXILIAR: Jefe de Trabajos Prácticos, Ayudante de Primera o Ayudante de Segunda, realizará una Propuesta de acuerdo al cargo.
DATOS INFORMATIVOS Apellido, Nombre, Cargo, Cátedra, etc.
PROPUESTA SEGÚN EL CARGO: Se presenta el desarrollo de la Propuesta para alcanzar el objetivo que haya planteado el postulante. Se hará en forma diferenciada según el cargo al que se presenta:
Profesor Titular y Asociado: deberá elaborar una Propuesta Docente y el Programa del Espacio Curricular, demostrando que conoce su responsabilidad académica y demuestra su capacidad de conducción. Para el programa deberá tener en cuenta el modelo establecido en Secretaría Académica. En la Propuesta deberá demostrar una correlación y coherencia curricular entre Plan de Estudios y lo que propone. Profesor Adjunto: Teniendo en cuenta el Programa vigente presentado por el Titular, elegirá una Unidad, Módulo o Eje temático y deberá elaborar una Propuesta en la que podrá hacer aportes, pero siempre en el marco de la coherencia curricular con los lineamientos del Espacio. Auxiliar de Docencia: deberá presentar una Propuesta en la que demuestre como colaborará en la implementación del Programa aprobado y contribuyendo al cumplimiento de los objetivos del Espacio Curricular de acuerdo a la jerarquía y funciones de su cargo. Como tiene un rol clave en el trabajo directo con los estudiantes, sobre todo en instancias prácticas, desarrollo de guías de Trabajos Prácticos y su corrección, producción de materiales de apoyo, etc.
DESARROLLO ORIENTATIVO DE LA PROPUESTA: Para el caso de Profesores o Auxiliares, la Propuesta o Plan deberá contener lo siguiente, siempre ajustándose a la jerarquía y funciones:
FUNDAMENTACIÓN Y JUSTIFICACIÓN Cumple una tarea introductoria. Es la primera explicación, la primera impresión y la presentación del trabajo escrito. Debe ser una descripción afirmativa, comprensible, razonable y comprobable. Se debe tener en cuenta la fundamentación pedagógica porque argumenta la pertinencia. Debe dar cuenta del posicionamiento del aspirante en relación con los marcos teóricos y disciplinares. No puede faltar el encuadre de la propuesta con el Perfil del Egresado. COMPETENCIAS GENERALES Y ESPECÍFICAS (para el Programa) ENCUADRE METODOLÓGICO (Metodología de enseñanza aprendizaje) RECURSOS (materiales- didácticos- tecnológicos) SABERES PRESUPUESTO DEL TIEMPO- CRITERIO DE DISTRIBUCIÓN EVALUACIÓN BIBLIOGRAFÍA DEL DOCENTE Y DEL ESTUDIANTE (Se evalúa la adecuación, actualización y pertinencia con ajuste a las normas internacionales vigentes (Normas APA).
ORDENANZA N° 3
ANEXO VI PLAN DE LABOR / PROPUESTA DOCENTE (para funciones Complementarias al Desarrollo Curricular)
El personal con funciones complementarias al desarrollo curricular cumple funciones de apoyo, pero no forma parte de la estructura de Cátedra. Asimismo, no interviene en instancias formales de evaluación académica. Su rol se desarrolla en articulación con el equipo docente y se orienta a fortalecer procesos de enseñanza aprendizaje, acompañamiento estudiantil, contribución en el fortalecimiento de las actividades que realizan los estudiantes, colaboración en la organización de Talleres o producciones colectivas, asistencia en la preparación de materiales.
Aclaraciones respecto del personal docente con funciones complementarias al desarrollo curricular: No tienen responsabilidad de conducción académica de los Espacios Curriculares y su actividad se realiza en articulación con el equipo docente a los que acompañe. Deben cumplir la totalidad de la carga horaria. Ello en virtud de lo dispuesto por Ord. 28/00 C.S. art. 3°, que establece las actividades docentes en el plano de la disponibilidad. Ninguna de ellas incluye tareas que realiza el personal con funciones complementarias. https://bibliotecas.uncuyo.edu.ar/sig/digesto/?archivo=DI-O_CS_0028_2000.pdf
PLAN O PROPUESTA: Considerando los espacios de Talleres y funciones de Modelos, entre otros, la organización resulta clave para garantizar condiciones pedagógicas, técnicas y de seguridad para la formación práctica de las Carreras de Artes y Diseño. Por lo expuesto, la Propuesta deberá desarrollar estas temáticas: Talleres: Colaboración en la organización del espacio: Talleres. Explicación del acompañamiento a estudiantes en el uso adecuado de herramientas, materiales y procedimientos técnicos. Asistencia técnica en los procesos. Contemplación de medidas de promoción y prevención en orden a las Normas de Higiene y seguridad. Mantenimiento básico del equipamiento del Taller. Concientización sobre el cuidado del equipamiento y del espacio común. Colaboración en la gestión de insumos y materiales Contribución para que sea un espacio colectivo de aprendizaje
Modelos: Organización de sesiones de trabajo como Modelo para Dibujo, Pintura, Escultura Coordinación de tiempos y dinámicas de pose según las necesidades pedagógicas de los Espacios Curriculares. Conocimiento y aceptación de las condiciones de trabajo del taller (duración de poses, descansos, dinámica de las clases). Aptitud para el trabajo corporal (posturas, resistencia, expresividad). Conformidad con el uso pedagógico de su imagen dentro del contexto académico
ORDENANZA N° 3
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FA-2026-RES-162 30/03/2026 (Carga: 30/03/2026) |
MENDOZA, 30 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 3260/26 caratulado: “ATTORRI CUNIETTI, Guadalupe Paz S/ Adscripción Alumnos 2026, CM - FAD.
CONSIDERANDO:
Que por resolución N° 96/26-FAD se autorizó la adscripción a la estudiante Guadalupe Paz ATTORRI CUNIETTI en el espacio curricular “Instrumento Complementario (Piano)” de la Licenciatura en Música Popular, para el ciclo lectivo 2026.
Que a posterior a su autorización, la Secretaria Académica advierte que el formulario de solicitud de adscripción se encuentra suscripta por otro docente distinto al titular de la asignatura.
Que a tal efecto, corresponde modificar el espacio curricular con el fin de procurar la participación de la estudiante ATTORRI CUNIETTI bajo la autorización del titular de la catedra correspondiente; todo ello conforme a la reglamentación vigente dispuesto por Ordenanza N° 9/09-CD,
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modificar, parcialmente, la resolución N° 96/26-FAD, en lo que respecta al espacio curricular destinado a cumplimentar la adscripción autorizada a la estudiante Guadalupe Paz ATTORRI CUNIETTI, de la siguiente manera:
Donde dice: CARRERAS MUSICALES REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES 29282 46164056 ATTORRI CUNIETTI, Guadalupe Paz Instrumento Complementario (Piano) Ciclo Lectivo: 2026
Debe decir: CARRERAS MUSICALES REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES 29282 46164056 ATTORRI CUNIETTI, Guadalupe Paz Armonía Ciclo Lectivo: 2026
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 162
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FA-2026-RES-161 27/03/2026 (Carga: 12/05/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico N° 3460/26 caratulado: “Israel Macario Moisés TOBAR S/ Solicitud Suplemento al Título. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el estudiante Israel Macario Moisés TOBAR ha realizado y participado en numerosas actividades extensión y vinculación, de docencia y de gestión que favorecen ampliamente la formación y perfil profesional como futuro egresado de esta Casa de Estudios.
Los informes producidos por la Dirección de Alumnos y de Secretaria Académica.
Que la solicitud de acreditación como Suplemento al Título, se efectúa en el marco de la Ord.9/20-CD. (Art. 3).
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Reconocer al estudiante Israel Macario Moisés TOBAR (D.N.I. Nº 28757103) como “Suplemento al Título” a la carrera Profesorado de Grado Universitario en Música (Guitarra), las siguientes actividades extracurriculares:
1) Actividades de Docencia: -Adscripción a Cátedra “Guitarra” – Carreras Musicales, FAD (2015). Probanza: Certificado de Adscripción con Res. 58/2016-FAD. 2) Actividades de Extensión y Vinculación: -Participación en la XI Semana de Educación Musical – FAD (2019). Probanza: Certificado con Res. 259/2019-CD. -Seminario de Extensión “Pedagogía Musical. Avances de la Investigación Aplicada” – FAD (2015) (Certificado institucional incorporado) 3) Actividades de Gestión: -Gestión universitaria en la Facultad de Artes y Diseño – Asesoría Estudiantil (2019–2026). Probanzas: Res. CD-2022-340; Res. CD-2022-350; Res. CD-2023-251; Res. CD2024-289; Res. CD-2025-315. -Miembro de la Comisión Evaluadora de Becas – Asesoría Estudiantil (2025). Probanza: FA-2025-RES434.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 161
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FA-2026-RES-160 27/03/2026 (Carga: 27/03/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 1397/26 caratulado: “Macarena Saravia S/ Renuncia al Comité Académico de la “Diplomatura en Diseño Ux/U. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaria de Investigación y Posgrado eleva formalmente la renuncia presentada por la Mgtr. Macarena SARAVIA como miembro del Comité Académico Asesor de la Diplomatura en UX/UI. Experiencia de usuario y diseño de interfaces.
Que el Comité Académico Asesor reunidos en sesión del día 11 de marzo de 2026, aceptan en Acta la renuncia presenta por la Mgtr. SARAVIA, agradeciendo los aportes realizados en la mencionada Diplomatura.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia de la Mgtr. Macarena SARAVIA como miembro del Comité Académico Asesor de la Diplomatura en UX/UI. Experiencia de usuario y diseño de interfaces, nombrada a tal efecto mediante resolución Nº 287/23–C.D.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 160
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FA-2026-RES-159 27/03/2026 (Carga: 27/03/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2986/26 caratulado: “Garcia, Aldo Enrique S/ Solicitud de Diploma de Licenciado en Guitarra”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 84/10-C.S., 76/14-CS y modificatoria 49/18C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN GUITARRA al egresado Aldo Enrique GARCIA (D.N.I. Nº 40963219) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el CUATRO (4) de enero de 1998, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 84/10-C.S., 76/14-CS y modificatoria 49/18-C.S., con fecha de egreso ONCE (11) de diciembre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 159
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FA-2026-RES-158 27/03/2026 (Carga: 27/03/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2983/26 caratulado: “Fernández Corvalán, María Vanina S/ Solicitud de Diploma de Licenciada en Música Popular con Orientación en Canto”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 119/03-C.S. y 128/03-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN MÚSICA POPULAR CON ORIENTACIÓN EN CANTO a la egresada María Vanina FERNÁNDEZ CORVALÁN (D.N.I. Nº 22217446) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el CINCO (5) de febrero de 1972, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 119/03-C.S. y 128/03-C.S., con fecha de egreso VEINTISIETE (27) de octubre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 158
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FA-2026-RES-157 27/03/2026 (Carga: 27/03/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2991/26 caratulado: “Guerra Quiroz, Celeste Victoria S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Industrial”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Celeste Victoria GUERRA QUIROZ (D.N.I. N° 43213621) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTINUEVE (29) de enero de 2001, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso DIECIOCHO (18) de diciembre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 157
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FA-2026-RES-156 27/03/2026 (Carga: 27/03/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2985/26 caratulado: “Fortuna, Mariángeles S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Gráfica”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Mariángeles FORTUNA (D.N.I. N° 44059929) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DOS (2) de marzo de 2002, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso CATORCE (14) de noviembre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 156
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FA-2026-RES-155 27/03/2026 (Carga: 27/03/2026) |
MENDOZA, 27 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2982/26 caratulado: “Fernandez Lucero, Abril S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Gráfica”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Abril FERNANDEZ LUCERO (D.N.I. N° 43077653) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTICINCO (25) de octubre de 2000, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso CATORCE (14) de noviembre de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 155
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