Digesto
|
14266 Normativas
Últimas emisiones
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
FA-2024-RES-227 31/05/2024 (Carga: 31/05/2024) |
MENDOZA, 31 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 12229/24 caratulado: “C.M sol./Designación Mgter. Irina Gruszka, cargo Prof. Titular (SE)-, Esp. Curriculares "Flauta" (todos los niveles) -Plan 84/10 CS, 19/13 CS, 128/03 CS y 2/02 CD, Ord. Nº2/20 C.D.".
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras Musicales solicita la designación interina de la Mgter. Irina Ethel GRUSZKA en el cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas “Flauta A, B, C y D” CIEMU, “Flauta I a V”, “Instrumento Flauta A y B” e Instrumento Flauta I a IV”, “Iniciación a Instrumento I a IV-Flauta -Ciclo Preparatorio".
Que, Dirección de Personal informa que la Mgter. GRUSZKA no registra situación de revista en esta dependencia y que habiendo realizado los exámenes preocupacionales o de ingreso correspondientes obtuvo el certificado de aptitud psicofísica DEFINITIVO. Asimismo, esta Dirección comunicó a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) el ALTA correspondiente, estableciendo como fecha de efectiva prestación de servicios a partir del 1 de junio de 2024.
Que, por su parte, el Departamento de Concursos informa que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto C) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Administrativo-Financiera, LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres GRUSZKA, Irina Ethel Documento Único 25661960 CUIL o CUIT 27-25661960-7 Legajo N° 27.110
El cargo de la presente designación interina responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Semiexclusiva Carácter Interino
Término de la designación Desde el UNO (1) de junio de 2024 Hasta el TREINTA (30) de noviembre de 2024
Resol. N° 227
4. Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras Musicales
Espacio/s Curricular/es 1) “Iniciación a Instrumento Flauta e Instrumento Flauta I a IV nivel –Ciclo Preparatorio” 2) “Flauta A, B, C y D- CIEMU” 3) “Flauta I a V” 4) “Instrumento Flauta A y B” 5) “Instrumento Flauta I a IV”
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Música “Iniciación a Instrumento Flauta e Instrumento Flauta I a IV nivel –Ciclo Especialidad: 9 9 Preparatorio”- “Flauta A, B, C y D- CIEMU”- “Flauta I a V”- “Instrumento Flauta A y B”- “Instrumento Flauta I a IV”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudios de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 7389 Licenciatura en Flauta 50% 6293 Licenciatura en Música Popular orientación Vientos (Flauta) 50% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 01 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 805 Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 227
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-226 31/05/2024 (Carga: 31/05/2024) |
MENDOZA, 31 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 10547/24 caratulado: “C.M sol./Designación Lic. Mariana ANTONIO, cargo Prof. Titular (S), Esp. Curricular "Historia del Arte", Ord. Nº2/20 C.D".
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras Musicales solicita la designación, en condición de reemplazante, a la Lic. Mariana ANTONIO en el cargo de Profesor Titular con dedicación Simple, para el dictado de la asignatura “Historia del Arte", cuya solicitud se encuentra motivada por la disposición transitoria del cargo obtenido ante la licencia por razones particulares de la docente titular, Prof. Patricia Sandra FAVRE.
Que, Dirección de Personal informa que la Lic. ANTONIO no registra situación de revista en esta dependencia y que habiendo realizado los exámenes preocupacionales o de ingreso correspondientes obtuvo el certificado de aptitud psicofísica DEFINITIVO. Asimismo, esta Dirección comunicó a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) el ALTA correspondiente, estableciendo como fecha de efectiva prestación de servicios a partir del 1 de junio de 2024.
Que, por su parte, el Departamento de Concursos informa que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto C) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Administrativo-Financiera, LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres ANTONIO, Mariana Documento Único 22519275 CUIL o CUIT 27-22519275-3 Legajo N° -----
El cargo de la presente designación interina responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Simple Carácter Reemplazante ((mientras dure la licencia por razones particulares de la titular, Prof. Patricia FAVRE)
Término de la designación Desde el UNO (1) de junio de 2024 Hasta el TREINTA Y UNO (31) de julio de 2024 (fecha de reintegro de la profesora titular)
Resol. N° 226
4. Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras Musicales
Espacio/s Curricular/es 1) “Historia del Arte”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Música Especialidad: 9 9 “Historia del Arte
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte de los Planes de Estudios de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 5329 Licenciatura en Dirección Coral 33,33% 2023 Licenciatura en Composición Musical 33,33% 6476 Profesorado de Grado Universitario de Teorías Musicales 33,34% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 01 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 810 Profesor Titular con Dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 226
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2024-RES-089 31/05/2024 (Carga: 31/05/2024) |
MENDOZA, 31 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 40024/23 caratulado: “Asesoría Estudiantil s/Becas PreProfesionales y Prestación de Servicios”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 298/23-C.D. se aprobó la propuesta de distribución del presupuesto del Programa Anual de Becas FAD-2024 y el cronograma para la Convocatoria y presentación de proyectos seleccionados.
Que se incorporan en las presentes actuaciones las Actas Finales realizadas por la Comisión Evaluadora, en la que se determina la distribución de los fondos destinados para cada modalidad de beca.
Por ello y atento a acordado por la Comisión de Enseñanza y lo dispuesto en Sesión Plenaria del día 14 de junio mayo de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Evaluadora que intervino para la distribución y adjudicación de los fondos destinados al Programa Anual de Becas FAD 2024, según la nómina de estudiantes Titulares que se menciona en el Acta Final de Evaluación consignado en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Establecer, en caso de producirse vacantes, el orden de mérito de estudiantes suplentes, la que se sucederá al primer suplente inmediato que haya postulado para cada modalidad de beca.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que origine la presente asignación deberá ser imputado a las siguientes redes programáticas:
1) R.1100.033.033.000.11.04.01.00.01.00.5.1.0.0000.1.21.3.4 2) A.1100.033.010.000.11.04.01.00.01.00.5.1.0.0000.1.21.3.4
ARTICULO 4º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 89
ANEXO ÚNICO ACTA FINAL DE EVALUACIÓN EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES POSTULANTES PARA BECAS PRE PROFESIONALES Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO CICLO 2024 Nómina de postulaciones de estudiantes para Becas de Prestación de Servicios y Pre Profesionales. Proyecto N°3: Préstamos de Aulas de Ensayo para las carreras de Artes del Espectáculo Modalidad Monto Mensual Duración Periodo Beca Prestación de Servicios $25.000,00 4 meses mayo, junio, agosto y septiembre
Titulares: 1. LICEAGA, ANA LUCÍA - DNI: 42468913 2. ORTIZ SOSA, MEGAN VICTORIA - DNI: 45448562 3. CORDOBA BRIZUELA, SELENA ABRIL - DNI: 44011220 Suplentes fuera del orden de mérito 1. SEPÚLVEDA MARCHESINI, MAURO - DNI: 37194794 Proyecto N°4: Asistencia técnica y mantenimiento de vestuario de las carreras de artes del espectáculo. Modalidad Monto Mensual Duración Periodo Beca Prestación de Servicios $25.000,00 4 meses mayo, junio, agosto y septiembre
Titulares: 1. GOZALVEZ, MARIANA - DNI: 39017931 2. DIAZ CASTRO, TATIANA NATALÍ - DNI: 96187860 3. HIPÓLITO, ELIANA CELINA - DNI: 34063973 Suplentes en orden de mérito 1. SEPÚLVEDA MARCHESINI, MAURO - DNI: 37194794 2. ILLANES GOMEZ, DENISE AILEN - DNI: 39602322 Suplentes fuera del orden de mérito 1. ROCHA, CARLOS MIGUEL - DNI: 28220132 2. SANCHEZ MANUELE, MICAELA GUADALUPE - DNI: 44245550 Proyecto N°5: Asistencia en Biblioteca de Partituras Modalidad Monto Mensual Duración Periodo Beca Prestación de Servicios $25.000,00 4 meses mayo, junio, agosto y septiembre
Titulares: 1. GUIBERT, PABLO SEBASTIAN - DNI: 33279474 2. BORDON, DANIEL EZEQUIEL - DNI: 34322516 Suplentes en orden de mérito 1. MAMANÍ, MARCO ANTONIO - DNI: 42913216 2. TAPIA URRA, CARLOS MANUEL - DNI: 96106092 3. ROCHA, CARLOS MIGUEL - DNI: 28220132
Resol. N° 89
Anexo Único- Hoja 2
Proyecto N°6: Tutorías pares en el proyecto TRACES FAD Modalidad Monto Mensual Duración Periodo Beca Pre Profesional $30.000,00 4 meses mayo, junio, agosto y septiembre
Titulares: 1. MARASCO, MYRIAM LILIANA - DNI: 43418062 2. SALOMÓN VANELLA, EMIR ORLANDO - DNI: 40272074 3. PONCE, GIMENA LILIAN - DNI: 36162495 Suplentes en orden de mérito 1. VIDELA, JULIETA ANAHI - DNI: 41284913 2. GONZALES, ISMAEL GUSTAVO - DNI: 43242396 3. BAZAN, YEMINA NOEL - DNI: 35936381 4. SOSA, DAIANA SOLEDAD - DNI: 34886450 5. GONZALES, ISMAEL GUSTAVO - DNI: 43242396 6. CARDOZO, CAMILA ALDANA - DNI: 43825565
Proyecto N°7: Asistencia en Taller de Productos Cerámicos Modalidad Monto Mensual Duración Periodo Beca Pre Profesional $30.000,00 4 meses mayo, junio, agosto y septiembre
Titulares: 1. MERA MUÑOZ, PAOLA ALEJANDRA - DNI: 94442575 2. CRISTOFANELLI, ORIANA LUCIA - DNI: 39239718 Suplentes en orden de mérito 1. MONTORZI, ADRIANA - DNI: 21379290 Proyecto N°8: Actualización Digital de Base de Datos - Programas de las Carreras de la Facultad de Artes y Diseño Modalidad Monto Mensual Duración Periodo Beca Prestación de Servicios $25.000,00 4 meses mayo, junio, agosto y septiembre
Titulares: 1. ROJAS, MILENA ARIADNA - DNI: 42506623 2. COLLADO, GABRIELA BELÉN - DNI: 41272741 Suplentes en orden de mérito 1. QUIROGA, YAMILA NAHIR - DNI: 39019776 2. MORALES, MARÍA JOSÉ - DNI: 42862954 3. VALDEZ, AGUSTINA - DNI: 42477515 4. ROJAS LEIVA, LUCIA DAIANA - DNI: 37513171 5. SANCHEZ MANUELE, MICAELA GUADALUPE - DNI: 44245550 Suplentes fuera del orden de mérito 1. GONZALES, ISMAEL GUSTAVO - DNI: 43242396 2. SOSA, DAIANA SOLEDAD - DNI: 34886450 3. VIDELA, JULIETA ANAHI - DNI: 41284913
RESOLUCION N° 89
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2024-RES-088 31/05/2024 (Carga: 31/05/2024) |
MENDOZA, 31 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 29733/23 caratulado: “Carreras de Diseño S/ Convocatoria concurso Profesor Adjunto (SE) "Técnicas de Producción de la Imagen". Diseño Gráfico”.
CONSIDERANDO: Que, en el concurso de referencia figuran los siguientes postulantes inscriptos: FRAMARINI, Mariano Armando y ABDALA GRAIDE, Nancy María del Carmen.
Que agotada la instancia de la vista de antecedentes prevista en toda etapa concursal, se procede a llevar a cabo la sustanciación del concurso en donde la Comisión Asesora designada para atender en dicho concurso se expide mediante Acta Final contenida a fs. 293/295 de esta pieza electrónica, proponiendo el siguiente Orden de Meritos: 1°- Mariano Armando FRAMARINI; aclarando seguidamente que en el caso de la concursante Nancy María del Carmen ABDALA GRAIDE quedaría excluida del mencionado orden por haber obtenido un puntaje inferior a los 40puntos, tal como dispone la reglamentación de concursos
Que se han cumplido con las notificaciones y plazos correspondientes del mencionado concurso y no se han presentado impugnaciones a la decisión del Jurado.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y lo acordado en Sesión Plenaria del día 14 de mayo de 2024.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora convocada para proveer con carácter interino, UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación Semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Técnicas de Producción de la Imagen” la carrera de Diseño Gráfico de esta Facultad; estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1°Mariano Armando FRAMARINI.
ARTÍCULO 2º.-Limitar, a partir del UNO (1) de junio de 2024, la prórroga de designación interina (Ord. 4/15-CD) del D.I. Mariano Armando FRAMARINI (Registro N° 34.439- CUIL 20-26314551-9) en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación Semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Técnicas de Producción de la Imagen” la carrera de Diseño Gráfico de esta Facultad, dispuesta mediante resolución N° 266/23-CD.
ARTÍCULO 3°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres FRAMARINI, Mariano Armando Documento Único 26.314.551 CUIL o CUIT 20-26314551-9 Legajo N° 34.439
Resol. N° 88
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Adjunto Dedicación Semiexclusiva Condición interino
Término de la designación Desde UNO (1) de junio de 2024 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curriculares 1) “Técnicas de Producción de la Imagen”
ARTÍCULO 4°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 3° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina 6 Humanidades
Subdisciplina 4 8 Dibujo
Especialidad 9 9 “Técnicas de Producción de la Imagen”
ARTÍCULO 5°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 3° forman parte de los Planes de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 127 Diseño Grafico 100 % Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 6.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Dependencia Sub- Fuente de Sub – Participación Programa Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado dependencia Financiamiento programa Porcentual 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100,00 Total de la distribución programática 100 %
ARTÍCULO 7°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 807 Profesor Adjunto con Dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 8°.- De acuerdo con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTÍCULO 9°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 10°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 88
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2024-RES-087 31/05/2024 (Carga: 31/05/2024) |
MENDOZA, 31 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 38985/23 caratulado: “Carreras de Artes del Espectáculo - Convocatoria a “Concurso para la Cobertura de Cargos Docentes Interinos” - Ord. 1/20-CD y Ord. 6/23-CD – Cargo: Profesor Titular (S) – Cátedra: “Taller de Escenografía para Cine y Televisión”.
CONSIDERANDO: Que, en el concurso de referencia figuran los siguientes postulantes inscriptos: LUQUEZ, Daniela Belén; DELGADO, María José; SANCHEZ, María Eleonora; GOMENSORO, María Claudina; MECINA, Laura Beatriz y SCALVINI CATANEO, Brenda Paola.
Que agotada la instancia de la vista de antecedentes prevista en toda etapa concursal, se procede a llevar a cabo la sustanciación del concurso en donde la Comisión Asesora designada para atender en dicho concurso se expide mediante Acta Final contenida a fs. 833/841 de esta pieza electrónica, proponiendo el siguiente Orden de Méritos: 1°- Daniela Belén LUQUEZ (97p); 2°- María José DELGADO (91p); 3°María Claudina GOMENSORO (88p); 4°- Brenda Paola SCALVINI CATANEO (78p); 5°María Eleonora SANCHEZ (64p) y 6°- Laura Beatriz MECINA (60p).
Que se han cumplido con las notificaciones y plazos correspondientes del mencionado concurso y no se han presentado impugnaciones a la decisión del Jurado.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y lo acordado en Sesión Plenaria del día 14 de mayo de 2024.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora convocada para proveer con carácter interino, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación Simple, para el dictado de la asignatura “Taller de Escenografía para Cine y Televisión” de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad; estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1°- Daniela Belén LUQUEZ (97p); 2°- María José DELGADO (91p); 3°- María Claudina GOMENSORO (88p); 4°- Brenda Paola SCALVINI CATANEO (78p); 5°- María Eleonora SANCHEZ (64p) y 6°- Laura Beatriz MECINA (60p).
ARTÍCULO 2°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres LUQUEZ, Daniela Belén Documento Único 25.067.094 CUIL o CUIT 27-25067094-5 Legajo N° 34.849
Resol. N° 87
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Simple Condición interino
Término de la designación Desde UNO (1) de junio de 2024 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes del Espectáculo
Espacio/s Curriculares 1) “Taller de Escenografía para Cine y Televisión”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina 6 Humanidades
Subdisciplina 4 8 Teatro
Especialidad 9 9 “Taller de Escenografía para Cine y Televisión”
ARTÍCULO 4°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° forman parte de los Planes de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 2411 Diseño Escenográfico 100 % Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 5°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Dependencia Sub- Fuente de Sub – Participación Programa Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado dependencia Financiamiento programa Porcentual 10 00 11 37 03 00 02 00 3 4 100,00 Total de la distribución programática 100 %
ARTÍCULO 6°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 810 Profesor Titular con Dedicación Simple
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTÍCULO 8°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 87
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2024-RES-086 30/05/2024 (Carga: 3/06/2024) |
MENDOZA, 31 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico N° 31239/22 caratulado: “Carr. Diseño s/conv. conc. efectivo JTP (Simple) "Sociologia Aplicada al Diseño" Ord. 32/95 CS”.
CONSIDERANDO:
La propuesta formulada al respecto por la Dirección de Carreras de Diseño y el informe de Secretaría Académica.
El informe de la Secretaría Económico-Financiera con relación a la situación del cargo por concursar, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la ordenanza N° 32/95-C.S.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en sesión del 21 de noviembre de 2023,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso con carácter efectivo, para proveer UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones en la asignatura “Sociología Aplicada al Diseño” que se dictan en las Carreras de Diseño de esta Facultad, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Concursos para la designación de profesores auxiliares para la docencia (ordenanza N° 32/95-C.S. y su modificatoria ordenanza N° 15/96-C.S.).
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del mismo: Publicación: desde el TREINTA (30) de mayo al TRECE (13) de junio de 2024. Inscripción: desde el CATORCE (14) de junio al TRES (3) de julio de 2024, a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.ar la siguiente documentación, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos en formato PDF con una capacidad máxima de 9MB cada uno (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad-, Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I., Carpeta de probanzas y Propuesta docente), según lo establecido en los Anexos II y III de la Ord. Nº 1/20-C.D. Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que cada postulante se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado.
Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes (SÓLO PRESENCIAL): los días CUATRO (4), CINCO (5), VEINTIDÓS (22), VEINTITRÉS (23) y VEINTICUATRO (24) de junio de 2024, en la Dirección de Personal, Departamento de Concursos, Planta Baja, Edificio de Gobierno, en horario de 9 a 12 hs
ARTÍCULO 3°.- El perfil requerido para cubrir las funciones concursadas, de conformidad con lo establecido en el Anexo I- Art. 2 de la Ordenanza N° 1/20-CD, será el siguiente: Perfil del postulante
El Diseñador Industrial, formado a nivel de grado universitario, tiene conocimientos, competencias y habilidades propios de este profesional, sobre la base del presente Plan de Estudio que comprende: Conocimientos básicos en disciplinas científicas, técnicas y humanísticas. a) Competencias básicas en técnicas de representación. b) Conocimientos y habilidades para el desarrollo del proceso proyectual de Diseño Industrial. c) Competencias específicas en técnicas de comunicación proyectual, bi y tridimensionales, adecuadas al Diseño Industrial. d) Habilidades para la comprensión y reflexión crítica de la realidad cultural, ambiental, productiva, económica y legal de la profesión del Diseño Industrial. e) Conocimiento de técnicas y métodos de producción. f) Conocimientos de las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC). g) Conocimientos actualizados y críticos de los avances de la tecnología de materiales, la electrónica, el impacto de los nuevos medios de comunicación, la informática y los procesos de manufactura, entre otros. h) Habilidades para integrar aspectos socioculturales, científicos, técnicos y tecnológicos relacionados con el Diseño Industrial. i) Conocimiento de avances e innovaciones tecnológicas que influyen en el Diseño Industrial. j) Conocimiento crítico de nuevos paradigmas sociales, culturales, tecnológicos y económicos. k) Capacidad para la integración de: aspectos funcionales, de uso, estéticos, comunicacionales y constructivos en la configuración de productos o líneas de productos con una visión totalizadora e integradora que caracterizan a la profesión. l) Conocimientos legales, económicos y jurídicos referidos a los productos, a la producción y al uso de productos. m) Aptitud para una visión holística del Diseño Industrial mediante la integración interdisciplinaria de aspectos socioculturales, científicos, técnicos y tecnológicos. n) Capacidad para imaginar e idear las características configurativas de futuros productos. o) Capacidad para resolver problemas creativamente
El Diseñador Gráfico, formado a nivel de grado universitario, tiene conocimientos, competencias y habilidades propios de este profesional, sobre la base del presente Plan de Estudio que comprende: 1- Conocimientos sobre: a) Factores humanos, socioculturales, semánticos y perceptuales, involucrados en el proceso de comunicación. b) Factores socioculturales que determinan las necesidades, capacidades e intereses de los destinatarios del proyecto.
c) Factores tecnológicos, materiales y procesos productivos que posibilitan la producción del Diseño Gráfico. d) Factores legales y reglamentarios involucrados. e) Principios económicos del mercado y de las organizaciones empresariales. f) Aspectos jurídicos y éticos que requiere el desempeño profesional. g) La teoría y la práctica del diseño desde un enfoque metodológico que considera la actividad proyectual del diseño gráfico en relación interdisciplinaria con otras áreas y disciplinas afines. h) El proceso proyectual del Diseño Gráfico. i) La factibilidad operativa, técnica funcional, productiva y económica de objetos de comunicación visual. 2- Aptitud para una visión holística del Diseño Industrial mediante la integración interdisciplinaria de aspectos socioculturales, científicos, técnicos y tecnológicos. 3- Competencias básicas en técnicas de representación. 4- Competencias específicas en técnicas de comunicación proyectual, bi y tridimensionales, adecuadas al Diseño Industrial.
ARTÍCULO 4°.- Las expectativas de logro y los descriptores de la mencionada asignatura son:
Expectativas de logro Conocer y comprender los fundamentos sociológicos que determinan la conducta humana, desde la dimensión personal, social y cultural. Comprender las influencias internas y externas a la persona que determinan su conducta al buscar, comprar, usar, evaluar, disponer de productos y mensajes que satisfagan sus necesidades. Descriptores de Visión I La conducta humana desde la cultura, la sociedad y la personalidad. Cultura, subcultura y estratificación social. Los grupos de pertenencia y de referencia. La familia. Rol y posición social. Ciclo de vida, ocupación, ingreso económico, estilo de vida y personalidad. Las prácticas sociales y su abordaje desde el Diseño. La investigación sociológica y su aporte a la investigación de mercado
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR: El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecida en el Art.66 del Anexo único de la ordenanza Nº 5/19–CD–FAD, según se detallan a continuación: El Jefe de Trabajos Prácticos es el auxiliar de mayor jerarquía que integra el equipo de cátedra trabajando según las orientaciones del Profesor Titular Asociado y Adjunto que constituye su jerarquía inmediata superior. Funciones del Jefe de Trabajos Prácticos Programar, según las pautas del Profesor Titular los trabajos prácticos necesarios para asegurar las experiencias de aprendizaje de los estudiantes, encargarse de su implementación y la evaluación de los mismos. Estará a su cargo la orientación de los estudiantes en el desarrollo de los mismos, debiendo atender los lineamientos que el Profesor Titular dé a su cátedra.
Asistir a las clases del Profesor Titular, Asociado y/o adjunto cuando ellos lo consideren necesarios para la correcta orientación de las clases prácticas. Controlar la asistencia de los estudiantes a clase cuando así lo determinen los requerimientos de la regularidad incluidos en el programa anual, y colaborar con el resto del equipo de cátedra en la evaluación continua del estudiante Colaborar en todo lo concerniente a las tareas inherentes a la cátedra (docencia, investigación, extensión) armonizando con la el Profesor Titular las tareas y propuestas necesarias para el logro de los fines de la misma Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación. Participar en las actividades y reuniones de la Dirección a la que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. Actuar en comisiones en que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. Asistir a las reuniones con su equipo de cátedra con objetivos de optimizar la gestión de enseñanza. Colaborar en la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra, según solicitud del Profesor Titular. Colaborar en la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra, según solicitud del Profesor Titular.
ARTÍCULO 5°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso:
MIEMBROS TITULARES: Profesor Titular Efectivo. Sociología Aplicada al Diseño. Facultad de AGOGLIA, Ofelia Beatriz Artes y Diseño. Universidad Nacional de Cuyo. Profesor Titular Efectivo. Filosofía del Diseño Facultad de Artes y ZALAZAR, Oscar Diseño. Universidad Nacional de Cuyo. Profesor Adjunto Efectivo. Teoría de la Imagen Facultad de Cs MAURE, Mario Fabián Políticas y Sociales. Universidad Nacional de Cuyo.
MIEMBROS SUPLENTES: Profesor Titular Efectivo. Introducción al Diseño. Facultad de Artes y FORMICA, Jerónimo Emiliano Diseño. Universidad Nacional de Cuyo. Profesor Titular Efectivo. Fundamentos Estilísticos del Diseño. GONZALEZ, María Sol Facultad de Artes y Diseño. Universidad Nacional de Cuyo. Jefe de Trabajos Prácticos Efectivo. Sociología Urbana y Rural BENEDETTO, Andrea Facultad de Cs Políticas y Sociales. Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 6°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 86
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-225 29/05/2024 (Carga: 29/05/2024) |
MENDOZA, 29 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 9857/24 caratulado: “Licencia por adopción ARANDA, Gonzalo”.
CONSIDERANDO:
Que el Lic. Gonzalo German ARANDA solicita, en el marco del artículo 48, inciso c) del Decreto Nacional N° 1246/2015, licencia por adopción; acompañando al efecto Oficio judicial emitido por el Juzgado de Familia de Guaymallén.
Que la Dirección de Personal informa que el Lic. ARANDA revista en el cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, interino, para el dictado de la asignatura “Práctica Escénica I” de las Carreras Artes del Espectáculo.
El dictamen emitido por la Dirección de Asuntos Legales de Rectorado.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia por adopción, con goce de haberes, al Lic. Gonzalo German ARANDA (Legajo 32.853- CUIL N° 20-25742084-2) en el cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, interino, para el dictado de la asignatura “Práctica Escénica I” de las Carreras Artes del Espectáculo, desde el DIECINUEVE (19) de abril hasta el CUATRO (4) de mayo de 2024, en el marco del artículo 48, inciso c) del Decreto Nacional N° 1246/2015.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 225
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-224 29/05/2024 (Carga: 29/05/2024) |
MENDOZA, 29 de mayo de 2024
VISTO:
El trámite electrónico Nº 14441/24 caratulado: “Asesoría Estudiantil S/Solicitud de Licencia Estudiantil - LARREA ALVARADO, Kelly Ines - Carreras Musicales - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna Kelly Inés LARREA ALVARADO, ha cumplimentado la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de “Intervenciones quirúrgicas de alta, media o baja Complejidad”, como así también se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder la Licencia Estudiantil, por razones de “Intervenciones quirúrgicas de alta, media o baja Complejidad”, a la alumna Kelly Inés LARREA ALVARADO (Registro N° 25.422 - DNI Nº 95.439.223) de la carrera de Licenciatura en Dirección Coral, durante el periodo comprendido entre el VEINTIDÓS (22) de mayo y el VEINTIUNO (21) de junio de 2024, inclusive, de acuerdo a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., Anexo I, artículo 5, inciso e.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 224
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-223 29/05/2024 (Carga: 29/05/2024) |
MENDOZA, 29 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 11973/24 caratulado: “FABREGA, Antonella S/ Solicitud de reveer equivalencias p/ser acreditadas en la Licenciatura de Artes Plásticas FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la Prof. Antonella Agustina FÁBREGA ROCHETTI es egresada de esta Facultad y actualmente se encuentra cursando la carrera de Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas.
Que en su analítico de egreso existen asignaturas que poseen contenidos equivalentes con la carrera que cursa en la actualidad, entre ellas, se mencionan: “Historia de la Cultura Universal”, “Historia del Arte Americano y Argentino I”, “Historia del Arte Americano y Argentino II” y “Técnicas de Investigación en Historia del Arte”, que fueron cursadas y aprobadas oportunamente.
La opinión favorable de los Profesores Titulares de las asignaturas involucradas en la solicitud de equivalencia.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia a la alumna Antonella Agustina FÁBREGA ROCHETTI (Registro N° 26.059) en las siguientes asignaturas: “Historia de la Cultura Universal”, “Historia del Arte Americano y Argentino I”, “Historia del Arte Americano y Argentino II” y “Técnicas de Investigación en Historia del Arte”, en la carrera de Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas correspondientes a las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 223
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-222 29/05/2024 (Carga: 29/05/2024) |
MENDOZA, 29 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 6257/24 caratulado: “PONCE, Gimena Lilian S/Solicitud de equivalencia del espacio curricular ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE, correspondientes al PGU EN ARTES VISUALES con PGU EN HISTORIA DEL ARTE y LICENCIATURA EN HISTORIA DEL ARTE. FAD”
CONSIDERANDO:
Que la Prof. Gimena Lilian PONCE es egresada de esta Facultad y actualmente se encuentra cursando las carreras de Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte y Licenciatura en Historia del Arte.
Que en su analítico de egreso existen asignaturas que poseen contenidos equivalentes con las carreras que cursa en la actualidad, entre ellas, se menciona el espacio curricular “Enseñanza y Aprendizaje de las Artes Visuales”, cursada y aprobada oportunamente.
La opinión favorable de la Profesora Titular de “Enseñanza y Aprendizaje en Historia del Arte” otorgando aval a la solicitud de equivalencia.
El informe de Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia a la alumna Gimena Lilian PONCE (Registro N° 24.581) en la asignatura “Enseñanza y Aprendizaje” de la carrera de Profesorado de Grado Universitario de Historia del Arte correspondiente a las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 222
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-221 29/05/2024 (Carga: 29/05/2024) |
MENDOZA, 29 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 10978/24 caratulado: “LARA, Daniela Paola s/ solicitud de Diploma de Profesora de Grado Universitario en Artes Visuales -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES a la egresada Daniela Paola LARA (D.N.I. Nº 30.837.004) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el QUINCE (15) de abril de 1984, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., con fecha de egreso CATORCE (14) de marzo de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 221
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-220 29/05/2024 (Carga: 29/05/2024) |
MENDOZA, 29 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 11246/24 caratulado: “ESPINAZA GALLARDO, Andrés Felipe s/ solicitud de Diploma de Diseñador Industrial -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL al egresado Andrés Felipe ESPINAZA GALLARDO (D.N.I. N° 48.357.809) nacido en Santiago - República de Chile, el DIECIOCHO (18) de mayo de 1999, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso DIECINUEVE (19) de abril de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 220
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-219 29/05/2024 (Carga: 29/05/2024) |
MENDOZA, 29 de mayo de 2024
VISTO:
El trámite electrónico Nº 12698/24 caratulado: “Micaela Arce S/ Solicitud acreditación materia optativa/electiva. Carrera de Diseño Industrial.”
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Diseño certifica que la alumna Micaela Malena ARCE ha cursado y aprobado el espacio Optativo “Curso de Idioma InglésAnual- Nivel A1”, en el año 2023, en la Facultad de Filosofía y Letras de esta Casa de Estudios.
El informe producido por la Dirección de Carreras de Diseño y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Micaela Malena ARCE (Registro N° 28.767) el “Curso de Idioma Inglés- Anual- Nivel A1” con una carga horaria de CIENTO VEINTIOCHO (128) horas, con validez a UN (1) espacio curricular Optativo de la Carrera Diseño Industrial.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 219
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-218 29/05/2024 (Carga: 29/05/2024) |
MENDOZA, 29 de mayo de 2024
VISTO:
El trámite electrónico Nº 13440/24 caratulado: “Giuliana Estefania Mattiazzo S/ Solicitud acreditación de cursos optativos. Licenciatura en Arte Dramático.”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Giuliana Estefania MATTIAZZO (Registro N° 24.271) CIENTO OCHO (108) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 218
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-217 29/05/2024 (Carga: 29/05/2024) |
MENDOZA, 29 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 10977/24 caratulado: “CASADOUMON, Josefina Alejandra s/ solicitud de Diploma de Profesora de Grado Universitario en Música -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 68/05-C.S. y 70/14-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN MÚSICA a la egresada Josefina Alejandra CASADOUMON (D.N.I. Nº 39.238.065) nacida en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el UNO (1) de septiembre de 1995, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 68/05-C.S. y 70/14-C.S., con fecha de egreso el SEIS (6) de marzo de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 217
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-216 29/05/2024 (Carga: 29/05/2024) |
MENDOZA, 29 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 11855/24 caratulado: “BUENANUEVA, María Soledad s/ solicitud de Diploma de Profesora de Grado Universitario en Diseño -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 92/02-CS y 93/02-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN DISEÑO a la egresada María Soledad BUENANUEVA (D.N.I. Nº 27.718.230) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISIETE (27) de febrero de 1980, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 92/02-C.S. y 93/02-C.S., con fecha de egreso el OCHO (8) de abril de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 216
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-215 29/05/2024 (Carga: 29/05/2024) |
MENDOZA, 29 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 11190/24 caratulado: “TARICCO, Gisela Solange s/ solicitud de Diploma de Diseñadora Industrial - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Gisela Solange TARICCO (D.N.I. N° 37.514.621) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DOCE (12) de mayo de 1993, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso QUINCE (15) de marzo de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 215
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-214 29/05/2024 (Carga: 29/05/2024) |
MENDOZA, 29 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 11862/24 caratulado: “MINATI BORZINO, María Paula, s/ solicitud de Diploma de Diseñadora Gráfica -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada María Paula MINATI BORZINO (D.N.I. N° 38.911.178) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTIDÓS (22) de marzo de 1995, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso CINCO (5) de abril de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 214
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-213 27/05/2024 (Carga: 28/05/2024) |
MENDOZA, 27 de mayo de 2024
VISTO:
El trámite electrónico Nº 16304/24 caratulado: “GISPERT, Fernando Emilio S/ Solicitud reincorporación en cargo. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Fernando Emilio GISPERT solicita la reincorporación al cargo de Preceptor, interino, con funciones de “Apoyo Presupuesto y Liquidación de Haberes” dependiente de la Dirección Económico Financiera de esta Facultad; que tal manifestación responde a que la jubilación tramitada por el mencionado agente se encuentra en Estado: “Retenido”, según constancia simple de ANSES que acompaña adjunto en estas actuaciones.
Que resulta importante destacar, que mediante las resoluciones N° 203/24FAD y 204/24-FAD fueron emitidas la baja por jubilación del Sr. GISPERT en el cargo antes mencionado y la designación interina, de Coordinador de Área de Gestión Categoría “A”-Tiempo Parcial, para cumplir funciones de liquidador de sueldos de esta Facultad, respectivamente, a partir del 1 de mayo de 2024.
Que ante dicha circunstancia, se deberá dejar sin efecto los actos administrativos dictados oportunamente en consecuencia.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dejar sin efecto las resoluciones N° 203/24-FAD y 204/24-FAD, en razón al argumento expresado en el primer Considerando de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en los expediente electrónicos Nº 12724/24 y 12603/24.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 213
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-212 27/05/2024 (Carga: 27/05/2024) |
MENDOZA, 27 de mayo de 2024
VISTO: El expediente electrónico Nº 13106/24 caratulado: “S/ transformación del cargo de Prof Adjunto SE a un cargo de Coordinador de Facultad A Parcial, de la Prof. María Florencia CASTELLINO - 2024 Fad”.
CONSIDERANDO: Que la Secretaria Académica solicita la transformación del cargo de Profesor Adjunto (SE) desempeñado por la Prof. María Florencia CASTELLINO en sus tareas de Referente de Ingreso de esta Facultad al de Coordinadora de Área de Gestión Categoría “A”-Tiempo Parcial, quien además cumplirá adicionalmente las funciones de “Encargada de Reportes del Mapa Docendi”. Que la Dirección de Personal informa que la Prof. CASTELLINO registra la siguiente situación de revista en esta dependencia: Profesor Adjunto con Dedicación Simple, reemplazante, para el dictado de la asignatura “Tipografía IBásica”, Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple, efectivo, con funciones en la asignatura “Tipografía I-Básica”, Carreras de Diseño ” (Cargo en licencia por incompatibilidad por cargo de mayor jerarquía) y Profesor Adjunto con Dedicación Semiexclusiva, interino, para cumplir funciones de Referente de Ingreso correspondiente al Personal de Gestión dependientes de la Secretaría Académica. Por otra parte, esta Dirección aclara que correspondería la baja del éste último, para acceder a las funciones objeto del presente trámite.
Que, Secretaría Administrativo-Financiera informa que cuenta con la disponibilidad del cargo para atender a lo solicitado.
Por ello y atento a lo dispuesto por la Ord N° 84/04-CS y su modificatoria Ord. 31/05-R y ratificada mediante resolución N° 513/05-C.S. LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Limitar, a partir del TRECE (13) de mayo de 2024, la designación interina de la Prof. María Florencia CASTELLINO (Legajo N° 26.178 -CUIL n° 2720932263-9) en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva, para cumplir funciones de “Referente de Ingreso” dependientes de la Secretaría Académica, según prórroga de designación dispuesta por resolución Nº 256/23-C.D.
ARTÍCULO 2°.- Designar a la Prof. María Florencia CASTELLINO (Legajo N° 26.178 CUIL n° 27-20932263-9) en un cargo de Coordinador de Área de Gestión Categoría “A”-Tiempo Parcial, para cumplir las siguientes funciones: “Referente de Ingreso” y “Encargada de Reportes del Mapa Docendi”, dependientes de la Secretaría Académica de esta Facultad, desde el TRECE (13) de mayo hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 3°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, que constan en los informes de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad, de acuerdo al siguiente detalle: Depend. o Sub Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Apartado dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 01 00 99 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
Resol. N° 212
Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón Coordinador de Área de Gestión Categoría “A”-Tiempo Parcial
ARTÍCULO 4°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 212
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-211 27/05/2024 (Carga: 28/05/2024) |
MENDOZA, 27 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 12507/24 caratulado: “RONDÁN Jorge Jesús Darío S/ Solicitud renuncia en función de Vicedirector del Grupo de Carreras Musicales FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el Prof. Jorge Jesús Darío RONDAN manifiesta su renuncia indeclinable al cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, interino, para cumplir las funciones de Vicedirector de las Carreras Musicales de esta Facultad, quien fuera designado mediante resolución N° 77/23-CD.
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el Art. N° 10 de la Ord. n° 44/22-R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja por renuncia, a partir del TRECE (13) de mayo de 2024, al Prof. Jorge Jesús Darío RONDAN (Legajo N° 28.894– CUIL Nº 20-27968877-6) en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, interino, para cumplir las funciones de Vicedirector de las Carreras Musicales de esta Facultad, según prórroga de designación dispuesta por resolución Nº 235/23-C.D.
ARTÍCULO 2°.- Dar de baja, a partir del TRECE (13) de mayo de 2024, al “Adicional por Carácter Critico de la Función” que percibía el Prof. Jorge Jesús Darío RONDAN para desempeñar el cargo y funciones que se mencionan en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 211
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2024-RES-085 27/05/2024 (Carga: 27/05/2024) |
MENDOZA, 27 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2007/24 caratulado: “CARRERAS DE ARTES VISUALES S/Convocar a concurso interino por Ord. 01/20 por un cargo de Prof. Titular SE Taller I y II: Grabado”.
CONSIDERANDO:
Que el Departamento de Concursos informa que se da cumplimiento a los requisitos necesarios que establece la Ordenanza Nº 1/2020-C.D. y su modificatoria Ordenanza 6/23-CD respecto a la “Convocatoria a Concurso de cargos Docentes Interinos”, para la cobertura de un cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas “Taller I y II: Grabado” y “Taller I y II para Profesorado con opción a Grabado” que se dictan en la Carreras de Artes Visuales de esta Facultad.
Que, Secretaría Administrativo-Financiera informa que cuenta con la disponibilidad del cargo para atender a lo solicitado.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 14 de mayo de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso de títulos, antecedentes y oposición, para proveer con carácter interino, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas “Taller I y II: Grabado” y “Taller I y II para Profesorado con opción a Grabado” que se dictan en la Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, en los términos de la ordenanza N° 1/20-C.D. y su modificatoria Ordenanza N° 6/23-CD, estableciendo que la opción de evaluación elegida de acuerdo con la jerarquía del cargo y especificidad de la carrera, es la A.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del mismo: Publicación: desde el VEINTISIETE (27) de mayo al DOS (2) de junio de 2024. Inscripción: los días TRES (3), CUATRO (4) y CINCO (5) de junio de 2024, a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.ar la siguiente documentación, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos en formato PDF con una capacidad máxima de 9MB cada uno (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad-, Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I., Carpeta de probanzas y Propuesta docente), según lo establecido en los Anexos II y III de la Ord. Nº 1/20-C.D. Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que cada postulante se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado.
Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes (SÓLO PRESENCIAL): los días SEIS (6), SIETE (7) y DIEZ (10) de junio de 2024, en la Dirección de Personal, Departamento de Concursos, Planta Baja, Edificio de Gobierno, en horario de 9 a 12 hs.
ARTÍCULO 3°.- El perfil requerido para cubrir las funciones concursadas, de conformidad con lo establecido en el Anexo I- Art. 2 de la Ordenanza N° 1/20-CD, será el siguiente: Perfil del postulante
Los aspirantes deberán poseer formación académica y experiencia relacionada al espacio curricular que se concursa. Poseer algunos de los siguientes títulos de grado: Profesor/a de Grado Universitario en Artes Visuales o Licenciado/a en Artes Plásticas, o título afín otorgado por oras instituciones, en todos los casos deben tener formación en Grabado. Perfil profesional: Experiencia en talleres vinculados a los sistemas de grabado e impresión. Valoración de las posibilidades creativas y expresivas de la gráfica y la estampación. Dominio del vocabulario específico y conceptos inherentes al ámbito de los sistemas gráficos. Manejo de herramientas, materiales, soportes y sistemas de impresión. Articulación de teoría y práctica en la construcción de marcos conceptuales que permitan la reflexión en la producción artística individual y grupal. Articulación e interrelación con las competencias desarrolladas en otros espacios curriculares. Conocimiento en el manejo diversas aplicaciones y programas de edición de imágenes digitales. Manejo de la Plataforma Virtual Moodle. Conocimiento y supervisión del mantenimiento de infraestructura y de herramientas. Poseer experiencia pedagógica, dominio metodológico y didáctico Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación a los perfiles profesionales que se pretenden formar en las carreras de Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales y Licenciatura en Artes Plásticas, correspondientes a las Carreras de Artes Visuales, en el cual se explicita: Licenciatura en Artes Plásticas (Ord. N° 10/81-R): Al finalizar la carrera de Licenciatura en Artes Plásticas el egresado puede realizar su ejercicio profesional en forma libre a través de la actividad artística personal, en galerías de arte, en muestras artísticas y artesanales, en departamentos de cultura y museos de arte. También participa en forma interdisciplinaria en el campo del diseño, arquitectura y dibujo publicitario. Un campo importantísimo es la enseñanza a través de la docencia en los distintos niveles de enseñanza y a través de talleres particulares para niños, adolescentes y adultos. Actividad artística personal en las especialidades de escultura, pintura, de grabado, etc. Investigación en las artes plásticas, en medios de comunicación visual, problemas de visión etc.
Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales (Ord. Nº 80/05-CS): Al finalizar la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, se espera que el egresado esté en condiciones de: Utilizar creativa y eficazmente, en el ejercicio de la docencia, las competencias propias del quehacer de las Artes Visuales. Identificar las principales problemáticas y desafíos de la enseñanza de las Artes Visuales, en los distintos Niveles, ciclos y Modalidades del Sistema Educativo, en Educación Artística (Regímenes Especiales) y Educación No Formal, adecuándose al contexto regional y con apertura universal.
Conocer las categorías estéticas y sus contextos socio-históricos, para posibilitar el análisis de las producciones artísticas visuales, ejerciendo una reflexión crítico valorativa de las mismas. Planificar e implementar situaciones didácticas variadas, sustentadas en el dominio de los contenidos de la enseñanza de las Artes Visuales, su relación con las otras áreas del conocimiento escolar y las características evolutivas de los alumnos a su cargo, respetando la diversidad de los contextos. Manifestar actitudes personales y conocimientos psicopedagógicos básicos y artísticos visuales necesarios para establecer con los estudiantes la relación de empatía requerida por el proceso de enseñanza- aprendizaje. Analizar e interpretar los resultados de su trabajo, siendo capaz de modificarlos para mejorar la calidad de los aprendizajes de los alumnos, reconociendo lo provisorio del conocimiento, con actitudes crítico-reflexivas y de honestidad intelectual. Desarrollar actitudes favorables a la permanente capacitación, actualización y perfeccionamiento en los aspectos referidos a sus saberes específicos, habilidades artísticas y al ejercicio del rol docente, incorporando los procesos y metodologías de investigación para el enriquecimiento personal y social. Asumir actitudes de compromiso y respeto por la diversidad cultural, la equidad social, la producción cooperativa y en equipo, valorando la importancia de las producciones artístico visuales propias y ajenas, por su contribución a la construcción del mundo de la cultura.
ARTÍCULO 4°.- Los descriptores y las expectativas de logro de la mencionada asignatura son:
Licenciatura en Artes Plásticas (ordenanza N° 10/81–R) Taller I: Grabado Objetivos Capacitar al alumno en el proceso individual a los fines de poder seleccionar con claridad las especializaciones futuras, afirmando las habilidades técnicas y el manejo de materiales. Desarrollar el espíritu de investigación incursionando en procedimientos no tradicionales. Contenidos Temáticos Mínimos: Xilografías. Aguafuerte y derivados (pintura seca, aguatinta, mezzotinta, barniz blando, grifado) soldadura y collage.
Taller II: Grabado Objetivos Enriquecer y afirmar los conceptos técnicos formales y expresivos del alumno. Capacitarlo para un análisis crítico en los conceptos formales y conceptuales de la imagen gráfica y su poder comunicativo. Contenidos Temáticos Mínimos: Litografías. Serigrafías. Grabado en diversos materiales y procedimientos. Uso simultáneo de diversas técnicas. Entintado en profundidad y en superficie. Creación personal con las distintas técnicas. Trabajo final de investigación.
Las expectativas de logro y descriptores de la asignatura en el Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales (ordenanza N° 80/05–C.S.) son: Taller I y II para Profesorado: Grabado Expectativas de logro Conocer técnicas y recursos ordenadores. Analizar críticamente los conceptos formales y conceptuales de la imagen gráfica y su poder comunicativo. Combinar técnica e intensión. Desarrollar habilidades de comunicación. Desarrollar actitudes y aptitudes en el campo de la creatividad. Desarrollar el espíritu de investigación incursionando en procedimientos no tradicionales. Recopilar e investigar aspectos de la gráfica argentina y americana. Desarrollar el espíritu crítico y de búsqueda. Afianzar aspectos personales de la imagen. Enfatizar sobre aspectos plásticos de la imagen gráfica. Valorar los aspectos vocacionales, éticos y estéticos. Desarrollar el entusiasmo y la autocrítica. Recopilar e investigar aspectos de la gráfica mundial. Transferir los conocimientos adquiridos al ámbito de la enseñanza no formal. Descriptores de Taller I para Profesorado con opción: Grabado Análisis y experimentación de técnicas gráficas tradicionales y modernas. Metodología de proyectos. Ajuste del proyecto a un procedimiento determinado. Valoración de los aspectos personales de la imagen. Códigos plásticos de la imagen gráfica. Gráfica argentina y americana. Descriptores de Taller II para Profesorado con opción: Grabado Ejercicios para la creación. Análisis y valoración conjunta de trabajos de taller. Proyección e introspección. Valoración ética y estética del trabajo del artista. Creación y autocrítica como factores movilizantes. Gráfica mundial.
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR: El docente a cargo de las asignaturas deberá cumplir las funciones establecida en el Artículo 62 del Anexo Único de la ordenanza N° 5/19–C.D., según se detallan a continuación: El PROFESOR TITULAR es la máxima jerarquía de profesor ordinario que tiene a su cargo la coordinación de la gestión académica de la cátedra y, por tanto, le compete la responsabilidad de la enseñanza e investigación que en ese ámbito se realicen. Funciones del Profesor Titular: Organizar la labor de la cátedra en acuerdo con sus pares del equipo de cátedra, organizando y supervisando el desempeño del mismo, tendiendo al mejoramiento continuo de la enseñanza y a la formación de docentes e investigadores en el marco de los lineamientos acordados con la Dirección de Carreras.
Elaborar anualmente el programa de la asignatura. Dictar las clases correspondientes estipuladas en los planes y programas vigentes y en los horarios establecidos. Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación. Participar en las actividades y reuniones de la Dirección de Carreras a que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. Actuar en las comisiones en que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. Informar a la Dirección de Carreras hasta el 30 de abril de cada año el plan anual de labor que la cátedra concretará durante el año académico. Evaluar e informar, según se establece en la presente reglamentación, a la Dirección de Carreras a la que pertenece su cátedra el desempeño de los docentes a su cargo, así como también las actividades académicas realizadas durante el año. Colaborar en actividades de posgrado, extensión o dirigidas a graduados en las que se requiera su participación mediando solicitud de autoridad universitaria competente. Realizar actividades de investigación científica, técnica o artística, conforme al plan anual de labor de la cátedra y los lineamientos propuestos por la Facultad y Universidad a tal efecto, según dedicación. Realizar reuniones con su equipo de cátedra a fin de analizar en conjunto la marcha de las actividades de enseñanza, los reajustes en la programación, la evaluación de los estudiantes, los trabajos prácticos, etc. Coordinar la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra. Realizar en conjunto con el Profesor Adjunto y Asociado la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra. Orientar y supervisar la elaboración, implementación y evaluación de trabajos prácticos. Acordar con los profesores asociado y adjunto la realización de tareas relacionadas con la elaboración de exámenes parciales y su posterior evaluación y recuperación.
ARTÍCULO 5°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: MIEMBROS TITULARES: Profesor/a Cargo y Asignatura/s
ZARAGOZA, María Inés Profesora Jubilada. Especialista. Cátedra Taller I y II: Grabado. FAD. UNCuyo Profesor Titular. Efectivo. Cátedra “Grabado e Impresión” y “Dibujo”. Departamento de HUESO, Federico Artes Visuales. Facultad de Filosofía Humanidades y Artes. Universidad Nacional de San Juan. Profesor Titular. Efectivo. Cátedras “Seminario de Licenciatura” y “Taller de Trabajo Final”. FERNANDEZ, Laura Cristina Carreras de Artes Visuales. FAD. UNCuyo.
MIEMBROS SUPLENTES: Profesor/a Asignatura/s
ALTERIO, Antonio Alberto Profesor Jubilado. Especialista. Cátedra Taller I y II: Grabado. FAD. UNCuyo
ABALLAY, Ariel Profesor Titular. Efectiva. Cátedra Dibujo I. Facultad de Artes y Diseño. UNSJ
Profesor Titular efectivo, cátedra “Técnica y Práctica Cerámica III” en las Carreras de MOM, Patricia Cerámica – FAD. UNCuyo.
ARTÍCULO 6°.- Designar a los siguientes veedores que actuarán en el referido concurso. La ausencia de algunos de los veedores durante el concurso no invalidará la prosecución del trámite. No obstante, deberá asegurarse la participación de al menos un veedor (Art. 17 Ord. 6/23 C.D.) Alumna Titular Apellido y Nombre Registro DNI Carrera AGOSTINI, Antonella 24536 38475816 Licenciatura en Artes Plásticas Alumna Suplente Apellido y Nombre Registro DNI Carrera LEDESMA, Mariano Iván 20967 32277379 Licenciatura en Artes Plásticas Egresada Titular Apellido y Nombre DNI correo electrónico GERVASI, Paulina 38208198 paulinagervasi@gmail.com Egresada Suplente Apellido y Nombre DNI correo electrónico VAQUIÉ, María Elina 25849088 evaquiec@yahoo.com.ar Representante de Secretaria Académica (a definirse al momento de la sustanciación)
ARTÍCULO 7°.- Los aspirantes al concurso deberán presentar su propuesta docente según el instructivo del Anexo III de la Ord. N°1/2020.
ARTÍCULO 8°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 85
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2024-RES-084 27/05/2024 (Carga: 27/05/2024) |
MENDOZA, 27 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2006/24 caratulado: “CARRERAS DE ARTES VISUALES S/Convocar a concurso interino por Ord. 01/20 por un cargo de Prof. Titular SE Taller Rotación I y II: Grabado”.
CONSIDERANDO:
Que el Departamento de Concursos informa que se da cumplimiento a los requisitos necesarios que establece la Ordenanza Nº 1/2020-C.D. y su modificatoria Ordenanza 6/23-CD respecto a la “Convocatoria a Concurso de cargos Docentes Interinos”, para la cobertura de un cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas “Taller de Rotación I y II: Grabado”; “Taller de Rotación: Grabado” y “Optativa Grupo I: Taller de Rotación I: Grabado” que se dictan en la Carreras de Artes Visuales de esta Facultad.
Que, Secretaría Administrativo-Financiera informa que cuenta con la disponibilidad del cargo para atender a lo solicitado.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 14 de mayo de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso de títulos, antecedentes y oposición, para proveer con carácter interino, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, para el dictado de las asignaturas “Taller de Rotación I y II: Grabado”; “Taller de Rotación: Grabado” y “Optativa Grupo I: Taller de Rotación I: Grabado” que se dictan en la Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, en los términos de la ordenanza N° 1/20-C.D. y su modificatoria Ordenanza N° 6/23-CD, estableciendo que la opción de evaluación elegida de acuerdo con la jerarquía del cargo y especificidad de la carrera, es la A.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del mismo: Publicación: desde el VEINTIOCHO (28) de mayo al TRES (3) de junio de 2024. Inscripción: los días CUATRO (4), CINCO (5) y SEIS (6) de junio de 2024, a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.ar la siguiente documentación, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos en formato PDF con una capacidad máxima de 9MB cada uno (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad-, Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I., Carpeta de probanzas y Propuesta docente), según lo establecido en los Anexos II y III de la Ord. Nº 1/20-C.D. Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que cada postulante se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado.
Vistas de los antecedentes presentados por los postulantes (SÓLO PRESENCIAL): los días SIETE (7), DIEZ (10) y ONCE (11) de junio de 2024, en la Dirección de Personal, Departamento de Concursos, Planta Baja, Edificio de Gobierno, en horario de 9 a 12 hs.
ARTÍCULO 3°.- El perfil requerido para cubrir las funciones concursadas, de conformidad con lo establecido en el Anexo I- Art. 2 de la Ordenanza N° 1/20-CD, será el siguiente: Perfil del postulante
Los aspirantes deberán poseer formación académica y experiencia relacionada al espacio curricular que se concursa. Poseer algunos de los siguientes títulos de grado: Profesor/a de Grado Universitario en Artes Visuales o Licenciado/a en Artes Plásticas, o título afín otorgado por oras instituciones, en todos los casos deben tener formación en Grabado. Perfil profesional: Experiencia en talleres vinculados a los sistemas de grabado e impresión. Valoración de las posibilidades creativas y expresivas de la gráfica y la estampación. Dominio del vocabulario específico y conceptos inherentes al ámbito de los sistemas gráficos. Manejo de herramientas, materiales, soportes y sistemas de impresión. Articulación de teoría y práctica en la construcción de marcos conceptuales que permitan la reflexión en la producción artística individual y grupal. Articulación e interrelación con las competencias desarrolladas en otros espacios curriculares. Conocimiento en el manejo diversas aplicaciones y programas de edición de imágenes digitales. Manejo de la Plataforma Virtual Moodle. Conocimiento y supervisión del mantenimiento de infraestructura y de herramientas. Poseer experiencia pedagógica, dominio metodológico y didáctico Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación a los perfiles profesionales que se pretenden formar en las carreras de Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales y Licenciatura en Artes Plásticas, correspondientes a las Carreras de Artes Visuales, en el cual se explicita: Licenciatura en Artes Plásticas (Ord. N° 10/81-R): Al finalizar la carrera de Licenciatura en Artes Plásticas el egresado puede realizar su ejercicio profesional en forma libre a través de la actividad artística personal, en galerías de arte, en muestras artísticas y artesanales, en departamentos de cultura y museos de arte. También participa en forma interdisciplinaria en el campo del diseño, arquitectura y dibujo publicitario. Un campo importantísimo es la enseñanza a través de la docencia en los distintos niveles de enseñanza y a través de talleres particulares para niños, adolescentes y adultos. Actividad artística personal en las especialidades de escultura, pintura, de grabado, etc. Investigación en las artes plásticas, en medios de comunicación visual, problemas de visión etc.
Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales (Ord. Nº 80/05-CS): Al finalizar la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, se espera que el egresado esté en condiciones de: Utilizar creativa y eficazmente, en el ejercicio de la docencia, las competencias propias del quehacer de las Artes Visuales. Identificar las principales problemáticas y desafíos de la enseñanza de las Artes Visuales, en los distintos Niveles, ciclos y Modalidades del Sistema Educativo, en Educación Artística (Regímenes Especiales) y Educación No Formal, adecuándose al contexto regional y con apertura universal.
Conocer las categorías estéticas y sus contextos socio-históricos, para posibilitar el análisis de las producciones artísticas visuales, ejerciendo una reflexión crítico valorativa de las mismas. Planificar e implementar situaciones didácticas variadas, sustentadas en el dominio de los contenidos de la enseñanza de las Artes Visuales, su relación con las otras áreas del conocimiento escolar y las características evolutivas de los alumnos a su cargo, respetando la diversidad de los contextos. Manifestar actitudes personales y conocimientos psicopedagógicos básicos y artísticos visuales necesarios para establecer con los estudiantes la relación de empatía requerida por el proceso de enseñanza- aprendizaje. Analizar e interpretar los resultados de su trabajo, siendo capaz de modificarlos para mejorar la calidad de los aprendizajes de los alumnos, reconociendo lo provisorio del conocimiento, con actitudes crítico-reflexivas y de honestidad intelectual. Desarrollar actitudes favorables a la permanente capacitación, actualización y perfeccionamiento en los aspectos referidos a sus saberes específicos, habilidades artísticas y al ejercicio del rol docente, incorporando los procesos y metodologías de investigación para el enriquecimiento personal y social. Asumir actitudes de compromiso y respeto por la diversidad cultural, la equidad social, la producción cooperativa y en equipo, valorando la importancia de las producciones artístico visuales propias y ajenas, por su contribución a la construcción del mundo de la cultura. Profesorado de Grado Universitario de Historia del Arte (Ord nº 39/05-CS): El Profesor de Grado Universitario de Historia del Arte es un profesional docente formado para: Planificar, conducir y evaluar procesos de enseñanza y aprendizaje en los distintos niveles y modalidades del Sistema Educativo, especialmente en Educación Superior y en regímenes especiales como las Escuelas Artísticas, las escuelas municipales, instituciones artísticas específicas, organizaciones de la sociedad civil y en instituciones de educación no formal. Integrar equipos de investigación en el ámbito de las problemáticas de la Historia del Arte y la educación. Actuar como gestor y curador en organismos estatales y privados destinados a la administración, preservación, difusión y/o comercialización de obras de arte y objetos artísticos. Mediar en la comprensión social del arte. Actuar como crítico de arte y comentarista de temas artísticos. Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas (Ord. N° 5/93–CS y su modificatoria Ord. N° 7/19–CS) El Licenciado en Historia de las Artes Plásticas estará capacitado para el conocimiento y análisis de una obra artística ya que recibe una formación tal que le permite ubicar histórica y geográficamente una obra, analizarla técnicamente y comprender su sentido en función de factores culturales, sociales y de la personalidad del autor. El Licenciado en Historia de las Artes Plásticas no sólo hace arte, sino que lo investiga, lo analiza y lo divulga. El campo ocupacional de este profesional es la investigación de la producción artística plástica y su difusión a través de los medios de comunicación social. También, como asesor en editoriales, museos o instituciones vinculadas con el quehacer artístico.
El licenciado en Historia de las Artes Plásticas será un profesional capaz de: Conocer y comprender la evolución de las expresiones artísticas, especialmente plásticas de las grandes culturas a través del tiempo. Analizar las expresiones artísticas, aplicando los criterios adecuados, en el contexto natural y socio cultural en que se dieron. Aplicar adecuadamente la metodología de la investigación en Historia del Arte, de análisis estético (o artístico) y las técnicas de relevamiento de materiales artísticos. Desarrollar su capacidad de análisis, síntesis y juicio crítico en relación con las producciones artísticas, y demostrar un pensamiento original y creativo. Lograr un criterio personal en la reflexión teórica del arte. Generar la divulgación de hechos artísticos comprometiéndose en la promoción de las experiencias creadoras o individuales o grupales, locales o universales y en el rescate e identificación de las expresiones locales. Desarrollar su propia expresión plástica para vivenciar las prácticas artísticas y comprender el proceso creativo. Aplicar los criterios de estructura, organización y administración de instituciones dedicadas a la conservación y divulgación de obras de arte. Comprometerse en la promoción, conservación, divulgación y valoración de las expresiones artísticas, especialmente de nuestra propia región.
ARTÍCULO 4°.- Los descriptores y las expectativas de logro de las mencionadas asignaturas son: Licenciatura en Artes Plásticas (ordenanza N° 10/81–R) Taller de Rotación I: Grabado Objetivos Introducción en la actividad de taller. Familiarizar al alumno con el manejo de herramientas y elementos más utilizados en el grabado. Contenidos Temáticos Mínimos: Trabajos en madera, plásticos y metal. Conocimiento de las condiciones físicas y expresivas de cada uno de ellos y su correcta utilización. Manejo de las herramientas.
Taller de Rotación II: Grabado Objetivos Impartir los principios básicos que peritan un adecuado desenvolvimiento teóricopráctico en el desarrollo de las actividades específicas del grabado. Familiarizar a los alumnos con los medios y recursos especiales necesarios para permitir el desarrollo de la capacidad creadora. Contenidos Temáticos Mínimos: Realización de prácticas necesarias para que el alumno tenga una idea general del grabado (relieve y hueco cono medio expresivo y de los materiales básicos, así como el uso correcto de las herramientas adecuadas y los métodos de impresión (a mano y mecánicos).
Las expectativas de logro y descriptores de la asignatura en el Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales (ordenanza N° 80/05–C.S.) son: Taller de Rotación I y II: Grabado Expectativas de logro Adquirir destreza ene l manejo de herramientas y materiales básicos. Experimentar técnicas básicas del grabado. Desarrollar la capacidad de observación. Observar aspectos formales necesarios para expresarse. Aplicar conceptos previos a la ejecución del proyecto. Estudiar antecedentes artísticos sobre el grabado. Transferir los conocimientos adquiridos al ámbito de la enseñanza no formal. Afianzar conceptos de las técnicas tradicionales del grabado. Desarrollar la capacidad de observación, análisis y síntesis. Observar aspectos formales necesarios para expresarse. Analizar antecedentes artísticos sobre el grabado. Transferir los conocimientos adquiridos al ámbito de la enseñanza no formal. Descriptores de Taller de Rotación I: Grabado Herramientas y materiales básicos. El grabado, técnicas tradicionales primarias. Campo de presentación, composición, equilibrio. La forma, figura y fondo. Proporciones. La xilografía, el aguafuerte: la línea, el punto, el plano, el valor y contraste. Observación de obras gráficas, valoración. Descriptores de Taller de Rotación II: Grabado Herramientas, materiales y procedimientos técnicos para la xilografía color. El color en la gráfica. Aspectos visuales. Planos, superposición, transparencia, tramados y texturas cromáticas. Observación y análisis de obras gráficas.
Las expectativas de logro y descriptores de la asignatura en el Profesorado de Grado Universitario de Historia del Arte (ordenanza N° 80/05–C.S.) son: Taller de Rotación: Grabado Expectativas de logro Adquirir destrezas en el manejo de herramientas y materiales básicos. Experimentar técnicas básicas del grabado. Desarrollar la capacidad de observación. Observar aspectos formales necesarios para expresarse. Aplicar conceptos previos a la ejecución del proyecto. Estudiar antecedentes artísticos sobre el grabado. Transferir los conocimientos adquiridos al ámbito de la enseñanza no formal. Descriptores Herramientas y materiales básicos. El grabado, técnicas tradicionales primarias. Campo de presentación, composición, equilibrio. La forma, figura y fondo. Proporciones. La xilografía, el aguafuerte: la línea, el punto, el plano, el valor y el contraste. Observación de obras gráficas, valoración.
Las expectativas de logro y descriptores de la asignatura en la Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas (ordenanza N° 5/93-CS y su modificatoria ordenanza N° 7/19– C.S.) son: Optativa Grupo I: Taller de Rotación I: Grabado Objetivos Profundizar la expresión y la comunicación plástica como referencia vivencial para la comprensión y conceptualización del fenómeno y obra artísticos, en alguna de las tres áreas plásticas fundamentales. Contenidos Materiales, técnicas y soportes diversos; técnicas tradicionales y combinación de técnicas y materiales no tradicionales; expresión personal.
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR: El docente a cargo de las asignaturas deberá cumplir las funciones establecida en el Artículo 62 del Anexo Único de la ordenanza N° 5/19–C.D., según se detallan a continuación: El PROFESOR TITULAR es la máxima jerarquía de profesor ordinario que tiene a su cargo la coordinación de la gestión académica de la cátedra y, por tanto, le compete la responsabilidad de la enseñanza e investigación que en ese ámbito se realicen. Funciones del Profesor Titular: Organizar la labor de la cátedra en acuerdo con sus pares del equipo de cátedra, organizando y supervisando el desempeño del mismo, tendiendo al mejoramiento continuo de la enseñanza y a la formación de docentes e investigadores en el marco de los lineamientos acordados con la Dirección de Carreras. Elaborar anualmente el programa de la asignatura. Dictar las clases correspondientes estipuladas en los planes y programas vigentes y en los horarios establecidos. Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño. Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación. Participar en las actividades y reuniones de la Dirección de Carreras a que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. Actuar en las comisiones en que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. Informar a la Dirección de Carreras hasta el 30 de abril de cada año el plan anual de labor que la cátedra concretará durante el año académico. Evaluar e informar, según se establece en la presente reglamentación, a la Dirección de Carreras a la que pertenece su cátedra el desempeño de los docentes a su cargo, así como también las actividades académicas realizadas durante el año. Colaborar en actividades de posgrado, extensión o dirigidas a graduados en las que se requiera su participación mediando solicitud de autoridad universitaria competente. Realizar actividades de investigación científica, técnica o artística, conforme al plan anual de labor de la cátedra y los lineamientos propuestos por la Facultad y Universidad a tal efecto, según dedicación.
Realizar reuniones con su equipo de cátedra a fin de analizar en conjunto la marcha de las actividades de enseñanza, los reajustes en la programación, la evaluación de los estudiantes, los trabajos prácticos, etc. Coordinar la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra. Realizar en conjunto con el Profesor Adjunto y Asociado la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra. Orientar y supervisar la elaboración, implementación y evaluación de trabajos prácticos. Acordar con los profesores asociado y adjunto la realización de tareas relacionadas con la elaboración de exámenes parciales y su posterior evaluación y recuperación.
ARTÍCULO 5°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: MIEMBROS TITULARES: Profesor/a Cargo y Asignatura/s
ZARAGOZA, María Inés Profesora Jubilada. Especialista. Cátedra Taller I y II: Grabado. FAD. UNCuyo
Profesor Titular. Efectivo. Cátedra “Grabado e Impresión” y “Dibujo”. Departamento de HUESO, Federico Artes Visuales. Facultad de Filosofía Humanidades y Artes. Universidad Nacional de San Juan. Profesor Titular. Efectivo. Cátedras “Seminario de Licenciatura” y “Taller de Trabajo Final”. FERNANDEZ, Laura Cristina Carreras de Artes Visuales. FAD. UNCuyo.
MIEMBROS SUPLENTES: Profesor/a Asignatura/s
ALTERIO, Antonio Alberto Profesor Jubilado. Especialista. Cátedra Taller I y II: Grabado. FAD. UNCuyo
ABALLAY, Ariel Profesor Titular. Efectiva. Cátedra Dibujo I. Facultad de Artes y Diseño. UNSJ
Profesor Titular efectivo, cátedra “Técnica y Práctica Cerámica III” en las Carreras de MOM, Patricia Cerámica – FAD. UNCuyo.
ARTÍCULO 6°.- Designar a los siguientes veedores que actuarán en el referido concurso. La ausencia de algunos de los veedores durante el concurso no invalidará la prosecución del trámite. No obstante, deberá asegurarse la participación de al menos un veedor (Art. 17 Ord. 6/23 C.D.) Alumna Titular Apellido y Nombre Registro DNI Carrera GAMBOA SEPÚLVEDA, María Salomé 21061 33517999 Licenciatura en Artes Plásticas Alumna Suplente Apellido y Nombre Registro DNI Carrera MUÑOZ CENARO, Camila Ayelén 27280 43417733 Licenciatura en Artes Plásticas Egresada Titular Apellido y Nombre DNI correo electrónico GERVASI, Paulina 38208198 paulinagervasi@gmail.com Egresada Suplente Apellido y Nombre DNI correo electrónico VAQUIÉ, María Elina 25849088 evaquiec@yahoo.com.ar Representante de Secretaria Académica (a definirse al momento de la sustanciación)
ARTÍCULO 7°.- Los aspirantes al concurso deberán presentar su propuesta docente según el instructivo del Anexo III de la Ord. N°1/2020.
ARTÍCULO 8°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 84
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2024-RES-210 24/05/2024 (Carga: 24/05/2024) |
MENDOZA, 24 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 13267/24 caratulado: “CARRERAS DISEÑO, S/solicitud Adicional por Carácter Crítico de la Función para el Prof. CUERVO SOLA, José”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Diseño solicita la asignación de un adicional al D.I. José CUERVO SOLA para cumplir tareas, como extensión de sus funciones inherentes al cargo, en la asignatura “Diseño de Productos III”, dado que el mencionado espacio posee la modalidad Taller y está diseñado bajo metodologías de enseñanza aprendizaje con enfoques pedagógicos constructivistas y crítico-dialógicos.
Que la Dirección de Personal informa que el D.I. CUERVO SOLA revista en esta dependencia el cargo de Ayudante de Primera con Dedicación Semiexclusiva, Interino, para cumplir funciones en la asignatura “Diseño de Productos I”, de las Carreras de Diseño.
El informe producido por la Secretaria Académica.
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12° de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Por ello, atento a lo informado por la Secretaria Administrativo-Financiera,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” al D.I. José CUERVO SOLA (Leg. n° 31.062- CUIL n° 20-29617572-3) por la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000) mensuales, para cumplir funciones en el espacio curricular “Diseño de Productos III” que se dicta en las Carreras de Diseño de esta Facultad, desde el UNO (1) de abril hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente corresponde ser imputado al Inciso 1 – Gastos en Personal del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 210
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2024-ORD-002 24/05/2024 (Carga: 24/05/2024) |
MENDOZA, 24 de mayo de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 11990/24 caratulado: “CCER c/Pedido de liberación correlativas propuesta por los Profesores Marquez Zavalía y Such”.
CONSIDERANDO:
Que por ordenanza N° 14/09-CD se establece el régimen, distribución y equivalencias de correlatividades de la carrera de Licenciatura en Cerámica Industrial (Plan de Estudio Ord. 4/09-CS).
Que desde la aplicación práctica de la mencionada ordenanza, los profesores Titulares de los espacios curriculares “Técnica y Práctica Cerámica I” y “Mineralogía y Petrología” sugieren la liberación de correlatividad tanto del cursado como la aprobación de esta última materia, por razones prácticas.
Que la Secretaria Académica considera oportuno la modificación sugerida.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 14 de mayo de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTICULO 1°.- Modificar parcialmente la Ordenanza N° 14/09-C.D. en lo que respecta al régimen de correlatividad entre los espacios curriculares “Técnica y Práctica Cerámica I” y “Mineralogía y Petrología” de la carrera de Licenciatura en Cerámica Industrial (Plan de Estudio Ord. 4/09-CS), conforme al siguiente detalle: Donde dice: PARA CURSAR PARA RENDIR Espacios curriculares TENER APROBADA TENER CURSADA APROBADA Obligatorios (regular o no regular) Mineralogía y Petrología -Técnica y Práctica Cerámica I -Técnica y Práctica -Química General Cerámica I
Debe decir: PARA CURSAR PARA RENDIR Espacios curriculares TENER APROBADA TENER CURSADA APROBADA Obligatorios (regular o no regular) Mineralogía y Petrología -Química General
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de ordenanzas del Consejo Directivo.
ORDENANZA N° 2
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||